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Gestión Administrativa INICIO DE SOCIEDADES Al comienzo de toda sociedad, se deben distinguir dos momentos: Suscripción: Es cuando los socios se comprometen a aportar determinada cantidad de dinero, que en su conjunto conformará el capital de la sociedad. Este momento es registrable por la contabilidad, utilizando en el haber la cuenta de capital correspondiente, según el tipo societario, y otra/s cuenta/s, donde se registrará la deuda de los socios hacia la sociedad, es decir, la deuda de las personas físicas hacia la persona jurídica, las cuales serán del activo. Integración: Es cuando los socios aportan, en efectivo o en especie, lo que se comprometieron en el momento de la suscripción. Esto puede ser en su totalidad, si es en especie, al momento de la suscripción, o un 20% como mínimo en la suscripción si es en efectivo y el saldo hasta 2 años después. La registración será ingresando al patrimonio los bienes y derechos, y obligaciones, contra la cuenta que se haya utilizado para reflejar la deuda de los socios. Según el tipo societario, las cuentas de capital, serán: Sociedad de Responsabilidad Limitada: “Capital Social”. Sociedad Anónima: “Acciones en circulación”. Según el tipo societario, las cuentas que reflejan las Práctica Empresarial 5º Año Pág. 1/3

Inicio de sociedades

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Page 1: Inicio de sociedades

Gestión Administrativa

INICIO DE SOCIEDADES

Al comienzo de toda sociedad, se deben distinguir dos momentos:

Suscripción: Es cuando los socios se comprometen a aportar

determinada cantidad de dinero, que en su conjunto conformará el capital

de la sociedad. Este momento es registrable por la contabilidad,

utilizando en el haber la cuenta de capital correspondiente, según el tipo

societario, y otra/s cuenta/s, donde se registrará la deuda de los socios

hacia la sociedad, es decir, la deuda de las personas físicas hacia la

persona jurídica, las cuales serán del activo.

Integración: Es cuando los socios aportan, en efectivo o en especie, lo

que se comprometieron en el momento de la suscripción. Esto puede ser

en su totalidad, si es en especie, al momento de la suscripción, o un 20%

como mínimo en la suscripción si es en efectivo y el saldo hasta 2 años

después. La registración será ingresando al patrimonio los bienes y

derechos, y obligaciones, contra la cuenta que se haya utilizado para

reflejar la deuda de los socios.

Según el tipo societario, las cuentas de capital, serán:

Sociedad de Responsabilidad Limitada: “Capital Social”.

Sociedad Anónima: “Acciones en circulación”.

Según el tipo societario, las cuentas que reflejan las deudas de los socios,

serán:

Sociedad de Responsabilidad Limitada: “Socio X – cuenta aporte”,

debiendo tener una cuenta cada socio, ya que se debe dejar identificado

la deuda.

Sociedad Anónima: “Accionistas”, en forma genérica, sin identificación

personal.

Puede darse también que los socios aporten de más, siendo una deuda de la

sociedad hacia ese socio, por lo tanto una pasivo. En esta situación, nos

encontremos en cualquier tipo societario, y al no ser un proveedor o acreedor, la

cuenta que se utiliza es “Socio X –cuenta particular”.

Práctica Empresarial 5º Año Pág. 1/2

Page 2: Inicio de sociedades

Gestión Administrativa

Ejemplo:

01/04/08 - Se constituye JUFANI, comprometiéndose los socios AC y AS a

aportar cada uno $ 10.000.

01/04/08 – El socio AC aporta un local, valuado en $ 14.000.

01/04/08 – El socio AS aporta $ 8.000 en efectivo.

Práctica Empresarial 5º Año Pág. 2/2