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PEMEX-REFINACIÓN GERENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DOCUMENTO NORMATIVO FECHA: MARZO / 95 CRITERIOS GENERALES PARA LA INSPECCION DE DUCTOS . No. de documento: GPASI-IT-0006 Rev. 3 Hoja 1 de 19 Índice Tema página 1. Introducción........................................................................................ 2 2. Objetivo .............................................................................................. 2 3. Alcance .............................................................................................. 2 4. Ambito de aplicación .......................................................................... 2 5. Criterios generales ............................................................................. 3 6. Bibliografía ....................................................................................... 12 7. Anexos ............................................................................................. 14

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Í n d i c e

T e m a p á g i n a

1. Introducción........................................................................................ 2

2. Objetivo .............................................................................................. 2

3. Alcance .............................................................................................. 2

4. Ambito de aplicación .......................................................................... 2

5. Criterios generales............................................................................. 3

6. Bibliografía ....................................................................................... 12

7. Anexos ............................................................................................. 14

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1. Introducción.

El sistema de transporte por ducto en Pemex–Refinación, es una parte

fundamental del sistema de distribución de petróleo crudo, condensados, gasolina

natural, gases licuados y productos derivados de la refinación del petróleo, hacia

todos los estados de la república mexicana.

Por tal motivo, es indispensable mantener estos ductos en condiciones de

operación segura y confiable, como lo establecen las políticas de seguridad de

Pemex–Refinación.

2. Objetivo.

Establecer los criterios generales para comprobar por medio de la inspección

periódica de los ductos, las condiciones de operación de los mismos con la máxima

seguridad y optimizar su mantenimiento.

3. Alcance.

Este documento fija las bases para realizar las inspecciones, períodos de estas,

reportes y registros de los sistemas de transporte por tubería.

4. Ambito de aplicación.

Este documento es de aplicación general y obligatoria en todos los sistemas de

transporte por ducto de Pemex–Refinación.

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5. Criterios generales.

5.1. La inspección periódica de las tuberías o sistemas de tuberías se hace

necesaria para conocer su estado físico interior y exterior, grado de

deterioro y la causa que lo originó, con objeto de aplicar las medidas

preventivas o correctivas convenientes y de esta manera evitar los riesgos

de fugas e incendios, conduciendo a una operación segura y disminución de

daños a terceros.

5.2. Para facilitar la inspección de las tuberías de un sistema de transporte, se

deberá contar con la siguiente información adecuadamente archivada.

5.2.1. Diámetro, cédula o espesor de pared, especificación de material,

servicio, fecha de puesta en operación y condiciones de operación

de la tubería.

5.2.2. Planos de localización con la topografía de la tubería de transporte

que indiquen trazo, kilometraje, estaciones de bombeo, estaciones

de compresión, válvulas de seccionamiento, cruzamientos, injertos,

clase de localización, etc.

5.2.3. Información sobre el tipo de recubrimiento exterior aplicado.

5.2.4. Datos de diseño, planos, gráficas y hojas de cálculo de la

protección catódica del ducto y registro de las mediciones del

potencial tubo–suelo.

5.2.5. Registro gráfico de fugas, accidentes y reparaciones en las

tuberías de transporte.

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5.2.6. Información de las tuberías o estructuras metálicas o vías de

FF.CC. próximas, que sigan trayectorias paralelas o sean ramales

del sistema de tubería que se inspeccionará.

5.2.7. Información de la localización de la inyección de inhibidor y el tipo

de este, si se realiza esta actividad y la localización de los testigos

de corrosión o puntos de la medición de la velocidad de corrosión.

5.2.8. Informes y reportes de la calibración de espesores, reparaciones,

fallas, accidentes, simulacros y actividades de seguridad.

5.2.9. Informes y reportes de las inspecciones anteriores, solicitudes de

trabajo para corregir anomalías, emplazamientos y/o solicitudes de

fabricación.

5.3. Inspección.

Se deberá establecer un programa de inspección periódico semestral y

vigilar que se cumpla. La inspección además de visual, se deberá

complementar con el uso de todas las técnicas de inspección aplicables a

tuberías, equipos y dispositivos de seguridad, y deberá cubrir las siguientes

instalaciones.

- Tuberías.

- Protección catódica.

- Estaciones de compresión y rebombeo.

- Trampas de diablos.

- Sistemas y equipos contraincendio.

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- Equipos y conexiones.

- Inhibidores de corrosión.

- Válvulas de seccionamiento.

- Cruces sub–fluviales, aéreos y con vías de comunicación.

- Dispositivos de protección.

- Derechos de vías en propiedad de la institución y/o en propiedad privada.

La función de fiscalizar la inspección de los ductos, estará bajo la

responsabilidad de las dependencias de inspección y seguridad del centro

de trabajo a cuyo cargo están los ductos.

5.3.1. Tuberías.

5.3.1.a. Medición de espesores:

Se deberán medir los espesores de la tubería utilizando

en general el método ultrasónico, como sigue:

A).- Por el exterior, con los periodos de tiempo que

arroje la aplicación del procedimiento GPASI-IT-0204,

realizando los sondeos en los lugares en los que por

experiencia se conozca que se pueden presentar

problemas de desgaste como son: lugares bajos

donde se puedan acumular agua y sedimentos por el

interior y terrenos con baja resistividad y en tramos

aéreos como son: cruces de ríos, válvulas de

seccionamiento, estaciones de rebombeo, etc.

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B).- Por el interior, por medio de un diablo

instrumentado; debiendo realizar una corrida inicial y

en función del resultado (estado de la tubería) se

programarán las subsecuentes.

5.3.1.b. Inspección visual.

Paralelamente con la medición de espesores por el

exterior se debe inspeccionar visualmente la tubería,

buscando daños al recubrimiento, socavados, etc., los

cuales deben registrarse para programar su reparación

de acuerdo con el procedimiento GPEI-IT-0209.

A).- Así mismo, donde existan válvulas de seccionamiento

y trampas de diablo, la inspección visual debe

efectuarse sobre la tornillería de acuerdo con el

procedimiento y criterios establecidos en GPEI-0903.

B).- En las estaciones de rebombeo verificar el cumplimiento

del programa (si lo hay) de prueba de hermeticidad

de válvulas de retención o checks de acuerdo al

procedimiento GPEI-IT-2700; revisión de niplería de

bombas de acuerdo con los procedimientos GPEI-IT-

0201 y GPEI-IT-4200; cumplimiento del programa de

calibración de válvulas de seguridad o relevo de

presión de acuerdo con el procedimiento GPEI-IT-

0207.

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5.3.1.c. Llevar un registro actualizado de todas las reparaciones

provisionales que se han efectuado al ducto (tal como:

colocación de abrazaderas, grampas, etc.) y programar

la reparación definitiva a la brevedad, de acuerdo a la

norma de Pemex No. 07.3.13, rev. 5 de 1990, capítulo 6,

inciso 6.5.1. (F).

5.3.2. Protección catódica.

Con objeto de verificar el funcionamiento y eficiencia del sistema

de protección catódica, se deberán revisar todos sus componentes

periódicamente (rectificadores, camas de ánodos, estado del

recubrimiento y juntas de aislamientos), los cuáles deberán cumplir

con lo indicado en la norma de Pemex No. 07.3.13, rev. 5 (1990),

capítulo 7, (A-VIII-1, cap. 5.0, inciso 5.17).

5.3.2.a. Perfil de potenciales.

Esta revisión tiene por objeto constatar la eficiencia de la

protección catódica; se debe realizar de acuerdo a la

addenda de la norma No. 07.3.13, 1988, capítulo 9,

inciso 9.2.1.1. (NSPM a VIII-1.9.2.1.1.).

A).- Mediciones de potencial tubo suelo cada seis meses

para comprobar el estado del recubrimiento.

(Formato tipo GPASI-IT-0006-1).

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B).- Comprobación del correcto funcionamiento de los

rectificadores y camas de ánodos cada tres meses.

(Formato tipo GPASI-IT-0006-2).

Es responsabilidad del personal de la superintendencia

de inspección del centro de trabajo, verificar la

realización, registro y control de esta revisión, cuyos

resultados se deberán anotar en los formatos tipo

correspondientes.

5.3.2.b. Revisión de la instalación en casetas.

En cada caseta donde se localizan los rectificadores se

deberá revisar la instalación eléctrica, verificando el

paso de energía eléctrica desde las cuchillas de

acometida hasta las terminales del rectificador. El valor

de potencial de protección debe quedar comprendido

entre -0.85 y -2.50 volts; en caso de no ser así se

deberán hacer ajustes en el rectificador.

5.4. Estaciones de compresión y rebombeo.

Se deberá realizar semestralmente como mínimo una inspección preventiva

de riesgos. La revisión del equipo restante será de acuerdo a los

procedimientos aplicables a la magnitud de la instalación, debiendo de

comprender estado de máquinas, tuberías, recipientes, dispositivos de

protección de equipo, instalación contraincendio, equipo de protección

personal fijo y portátil, equipo de contraincendio portátil, etc., adenda de la

norma No. 07.3.13, capítulo 9, inciso 9.2.1.6. (AVIII-1.9.2.1.6).

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5.4.1. Se debe realizar un estudio de las condiciones actuales de

operación y verificar si los sellos y empaques actualmente en uso

son recomendables a los productos manejados a través del ducto

en la actualidad.

5.4.1.a. Trampas de diablos, válvulas de seccionamiento y

cruces de ríos.

Se deberá medir el espesor ultrasónicamente de

acuerdo al procedimiento GPASI-IT-0204 de toda la

tubería superficial y de acuerdo al reglamento de niplería

de todos los accesorios.

Se deberá revisar toda la tornillería de acuerdo al

procedimiento GPEIT-IT-0903.

Se deberán revisar todos los accesorios e instrumentos,

tales como: válvulas de corte, medidores de flujo,

medidores de presión, indicadores de paso, dispositivos

de bloqueo, verificando su estado y reportando todo lo

que se encuentre con anomalías. Esta revisión se

deberá realizar como mínimo cada 6 meses, adenda de

la norma No. 07.3.13, capítulo 9, inciso 9.2.1.6 (AVIII-

1.9.2.1.6).

Las tuberías que crucen ríos se deberán de inspeccionar

de acuerdo a lo que indica la norma de Pemex No.

07.3.13, capítulo 6.3, inciso 6.3.7.2 (AVIII-1 capítulo

7.7.2).

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5.4.1.b. Derechos de vía.

Se deben efectuar recorridos del derecho de vía cada 30

días como mínimo (No. 03.0.02 y No. 07.3.13, capítulo 6,

inciso 6.3.7) para detectar anomalías tales como:

invaciones, daños en la tubería, fugas, daños a los

señalamientos de localización, postes de medición de

potenciales, caseta de rectificadores, válvulas de

seccionamiento y sus casetas, etc.

5.4.1.c. Control de corrosión.

En todos los ductos que así lo ameriten se deben

implementar los accesorios para la instalación de

cupones de medición de la corrosión interna e inyección

de inhibidor de corrosión. Se debe llevar una

comprobación de la efectividad del inhibidor mensualmente

(addenda de norma No. 07.3.13, capítulo 9, inciso

9.2.1.7(B) (AVIII-1.9.2.1.7) mediante testigos de corrosión,

reportando los resultados en el formato tipo GPASI-IT-

0006-3, anexo.

5.4.1.d. Sistemas y dispositivos de seguridad.

Inspeccionar los sistemas y dispositivos de seguridad,

tales como: limitadores de presión o temperatura,

reguladores, instrumentos de control, válvulas de alivio,

etc. (norma No. 07.3.13, inciso 6.3.2.).

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5.4.1.e. Reportes y registros.

Los resultados de las inspecciones a las que sean

sometidas las instalaciones de los sistemas de

transporte por tubería, serán anotados en los formatos

tipo, de estado de ductos GPASI-IT-0006-4 y/o 4a. y los

datos para el control de corrosión se registrarán en el

formato tipo control de corrosión GPASI-IT-0006-3.

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Bibliografía.

NSPM No. 09.0.03 "Dispositivos de alivio de presión, periodos máximos

permisibles para la calibración y prueba".

NSPM No. 09.0.04 "Reglamentación con respecto a la instalación de válvulas de

bloqueo en las válvulas de seguridad".

NSPM No. 09.0.02 (BI-1): "Aplicación y uso de protección catódica en tuberías

enterradas y sumergidas".

ASME/ANSI B31.4 "Sistemas de transporte de hidrocarburos líquidos, gas líquido

del petróleo, amoniaco anhidro y alcoholes".

NSPM No. 07.3.13 "Requisitos mínimos de seguridad para el diseño, construcción,

operación, mantenimiento e inspección de tuberías de transporte".

Procedimiento GPASI-IT-0204 "Para el registro, análisis y programación de

calibración preventiva".

Procedimiento GPEI-IT-209 "Para efectuar la revisión de tuberías de proceso y

servicios auxiliares en operación, de las instalaciones de Pemex-Refinación".

Procedimiento GPEI-IT-0903 "Para revisión de la tornillería de líneas y equipos en

las instalaciones en operación de Pemex-Refinación".

Procedimiento GPEI-IT-2700 "Para prueba de hermeticidad de válvulas check de

las bombas de las áreas de proceso y fuerza".

Procedimiento GPEI-IT-0201 "Revisión inicial de niplería de plantas en operación".

Procedimiento GPEI-IT-4200 "Para el control de desgaste de niplería".

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Procedimiento GPEI-IT-0207 "Para la recepción de válvulas de alivio en plantas en

operación".

Procedimiento GPEI-IT-4005 "Para registrar y programar las pruebas de los

dispositivos de protección de los equipos de las instalaciones de la S.T.I.".

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