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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MANUELA BELTRÁN MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Sabiduría y Sana Convivencia1 TABLA DE CONTENIDO CAPITULO I _________________________________________________________________________________ 5 PROPÓSITO, OBJETIVOS Y MARCO LEGAL ______________________________________________________ 5 Artículo 1. PROPÓSITO. ______________________________________________________________________ 5 Artículo 2. OBJETIVOS _______________________________________________________________________ 5 Artículo 3. MARCO LEGAL. ___________________________________________________________________ 6 Decreto 0505 de 2011 Contralor escolar _______________________________________________________ 7 Decreto 1965 de 2013 Reglamentario de la ley de convivencia. _____________________________________ 7 CAPITULO II _________________________________________________________________________________ 8 HORIZONTE INSTITUCIONAL ___________________________________________________________________ 8 Artículo 4. MISIÓN __________________________________________________________________________ 8 Artículo 5. VISIÓN ___________________________________________________________________________ 8 Artículo 6. LEMA: SABIDURÍA Y SANA CONVIVENCIA ______________________________________________ 8 Artículo 7: MARCO AXIOLÓGICO. ______________________________________________________________ 9 Artículo 8. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES ______________________________________________________ 10 CAPÍTULO III _______________________________________________________________________________ 11 CARACTERISTICAS, PERFILES, DEBERES, DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA __________________________________________________ 11 Artículo 9. CARACTERISTICAS. ______________________________________________________________ 11 Artículo 10. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE __________________________________________ 11 Artículo 11. PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE ______________________________________ 12 Artículo 12. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES. ___________________________ 12 Artículo 13. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES _____________________________ 13 Artículo 14. PERFIL DEL ESTUDIANTE: ________________________________________________________ 14 Artículo 15. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES_________________________________________________ 14 Artículo 16. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES __________________________________________________ 15 Artículo 17. PERFIL DE LA FAMILIA ____________________________________________________________ 17 Artículo 18. DERECHOS DE LAS FAMILIA Y ACUDIENTES _________________________________________ 17 Artículo 19. DEBERES DE LAS FAMILIA Y ACUDIENTES___________________________________________ 18 Artículo 20. PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA. ___________________________________________________ 19 Artículo 21. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ____________________________________________ 20 Artículo 22. RESPONSABILIDADES DEL RECTOR________________________________________________ 20 Artículo 23. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES __________________________________________ 21

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MANUELA BELTRÁN MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

“Sabiduría y Sana Convivencia”

1

TABLA DE CONTENIDO

CAPITULO I _________________________________________________________________________________ 5

PROPÓSITO, OBJETIVOS Y MARCO LEGAL ______________________________________________________ 5

Artículo 1. PROPÓSITO. ______________________________________________________________________ 5

Artículo 2. OBJETIVOS _______________________________________________________________________ 5

Artículo 3. MARCO LEGAL. ___________________________________________________________________ 6

Decreto 0505 de 2011 Contralor escolar _______________________________________________________ 7

Decreto 1965 de 2013 Reglamentario de la ley de convivencia. _____________________________________ 7

CAPITULO II _________________________________________________________________________________ 8

HORIZONTE INSTITUCIONAL ___________________________________________________________________ 8

Artículo 4. MISIÓN __________________________________________________________________________ 8

Artículo 5. VISIÓN ___________________________________________________________________________ 8

Artículo 6. LEMA: SABIDURÍA Y SANA CONVIVENCIA ______________________________________________ 8

Artículo 7: MARCO AXIOLÓGICO. ______________________________________________________________ 9

Artículo 8. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES ______________________________________________________ 10

CAPÍTULO III _______________________________________________________________________________ 11

CARACTERISTICAS, PERFILES, DEBERES, DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS

INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA __________________________________________________ 11

Artículo 9. CARACTERISTICAS. ______________________________________________________________ 11

Artículo 10. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE __________________________________________ 11

Artículo 11. PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE ______________________________________ 12

Artículo 12. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES. ___________________________ 12

Artículo 13. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES _____________________________ 13

Artículo 14. PERFIL DEL ESTUDIANTE: ________________________________________________________ 14

Artículo 15. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES _________________________________________________ 14

Artículo 16. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES __________________________________________________ 15

Artículo 17. PERFIL DE LA FAMILIA ____________________________________________________________ 17

Artículo 18. DERECHOS DE LAS FAMILIA Y ACUDIENTES _________________________________________ 17

Artículo 19. DEBERES DE LAS FAMILIA Y ACUDIENTES ___________________________________________ 18

Artículo 20. PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA. ___________________________________________________ 19

Artículo 21. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ____________________________________________ 20

Artículo 22. RESPONSABILIDADES DEL RECTOR________________________________________________ 20

Artículo 23. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES __________________________________________ 21

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CAPÍTULO IV _______________________________________________________________________________ 22

GOBIERNO ESCOLAR _______________________________________________________________________ 22

Artículo 25. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR ______________________________________________ 22

Artículo 26. OTROS ÓRGANOS REPRESENTATIVOS _____________________________________________ 24

CAPITULO V. _______________________________________________________________________________ 32

CURRICULO Y EVALUACIÓN __________________________________________________________________ 32

Artículo 27. ÁREAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES _________________________________________ 32

Artículo 28. DIMENSIONES EN PREESCOLAR ___________________________________________________ 32

Artículo 29. PROYECTOS OBLIGATORIOS ______________________________________________________ 33

Artículo 30. PROYECTOS COMPLEMENTARIOS _________________________________________________ 33

Artículo 31. MODELO PEDAGÓGICO SOCIAL ___________________________________________________ 34

Artículo 32. DE LOS TEXTOS ESCOLARES _____________________________________________________ 35

Artículo 33. DE LA LISTA DE ÚTILES ___________________________________________________________ 35

Artículo 34. GENERALIDADES DEL SISTEMA INSTITUCIONA DE EVALUACIÓN _______________________ 35

Artículo 35. ESCALA DE VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO Y FORMATIVO ________________ 36

Artículo 36. EDUCACIÓN FLEXIBLE. __________________________________________________________ 38

Artículo 37. COMPONENTES DE LA EVALUACIÓN. _______________________________________________ 38

Artículo 38. PROMOCIÓN ___________________________________________________________________ 39

Artículo 39. REPETICIÓN DEL GRADO _________________________________________________________ 40

Artículo 40. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS

ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. __________________________________________________ 41

Artículo 41. ESTRATEGIAS DE APOYO _________________________________________________________ 41

Artículo 42. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN _____________________________________________ 41

Artículo 43. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PARA RESOLVER RECLAMACIONES

ACADÉMICAS. ____________________________________________________________________________ 42

Artículo 44. REQUISITOS PARA OBTENER TÍTULO DE BACHILLER ACADÉMICO ______________________ 43

Artículo 45. REQUISITOS PARA OBTENER TÍTULO DE BACHILLER CON MEDIA TÉCNICA ______________ 43

Artículo 46. CEREMONIA DE CLAUSURA. ______________________________________________________ 43

Artículo 47. SALIDAS PEDAGÓGICAS. _________________________________________________________ 43

Artículo 48. EVALUACIONES EXTERNAS. ______________________________________________________ 44

CAPÍTULO VI _______________________________________________________________________________ 45

PARA LA SANA CONVIVENCIA ________________________________________________________________ 45

Artículo 49. PRINCIPIOS ____________________________________________________________________ 45

Artículo 50. ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN __________________________ 45

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Artículo 51. ESTÍMULOS ____________________________________________________________________ 46

Artículo 52. DEBIDO PROCESO ______________________________________________________________ 48

Artículo 54. CRITERIOS PARA DETERMINAR O GRADUAR UNA SITUACIÓN. _________________________ 48

Artículo 55. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES. _____________________________________________ 49

Artículo 56. TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES TIPO I __________________________________________ 49

Artículo 57. PROTOCOLOS DE NEGOCIACIÓN SITUACIONES TIPO I ________________________________ 52

Artículo 58. TIPIFICACIÓN SITUACIONES TIPO II ________________________________________________ 53

Artículo 59. PROTOCOLO PARA LA NEGOCIACIÓN DE SITUACIONES TIPO II MEDIACIÓN ______________ 57

Artículo 60. TIPIFICACIÓN SITUACIONES TIPO III. _______________________________________________ 57

Artículo 62. PROTOCOLO DE ACTIVACIÓN DE RUTA EN CASO DE VIOLENCIA SEXUAL. _______________ 60

Artículo 63. PROTOCOLO PARA LA ACTIVACIÓN DE RUTA PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES QUE SE

ENCUETRAN BAJO EFECTOS DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN LA INSTITUCIÓN. _________________ 62

CAPITULO VII _______________________________________________________________________________ 65

UNIFORMES, HORARIOS Y OTRAS DISPOSICIONES. ______________________________________________ 65

Artículo 66. DESCRIPCIÓN Y USO DE LOS UNIFORMES __________________________________________ 65

Artículo 67. DEL HORARIO __________________________________________________________________ 66

Artículo 69. DEL CUADERNO DE COMUNICACIONES. ____________________________________________ 67

CAPÍTULO VIII ______________________________________________________________________________ 69

SERVICIOS INSTITUCIONALES ________________________________________________________________ 69

Artículo 71. PROCEDIMIENTO PARA PERMISOS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES. ____________________ 69

Artículo 72. PROCESO DE ADMISIÓN __________________________________________________________ 69

Artículo 73. PROCESO PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS COSTOS DE MATRÍCULA __________________ 70

Artículo 74. MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA Y EXTERNA ___________________________________ 70

Artículo 75. SALA DE AUDIOVISUALES, SALAS DE SISTEMAS, LABORATORIO, AUDITORIOS Y

BIBLIOTECAS _____________________________________________________________________________ 71

Artículo 76. PROVEEDORES _________________________________________________________________ 71

Artículo 77. AUTO EVALUACIÓN INSTITUCIONAL Y PLAN DE MEJORAMIENTO ANUAL. ________________ 71

Artículo 78. PROGRAMAS DE BIENESTAR INSTITUCIONAL. _______________________________________ 71

CAPITULO IX _______________________________________________________________________________ 72

REFORMAS AL MANUAL DE CONVIVENCIA. _____________________________________________________ 72

Artículo 79. ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PERMANENTE DEL MANUAL DE FUNCIONES Y

PROCEDIMIENTOS EN LA IE. ________________________________________________________________ 72

Artículo 80. CONSTRUCCIÓN DEL ARCHIVO HISTÓRICO INSTITUCIONAL. ___________________________ 72

Artículo 81. PROCEDIMIENTOS PARA REFORMAR EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA IE. ____________ 72

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Artículo 82. MODIFICACIONES _______________________________________________________________ 72

Artículo 83. MECANISMOS DE DIFUSIÓN Y ESTUDIO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA EN LA IE. _________ 73

Artículo 84. ESTRATEGIAS DE SOCIALIZACIÓN - DIVULGACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ________ 74

ANEXOS. __________________________________________________________________________________ 75

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CAPITULO I

PROPÓSITO, OBJETIVOS Y MARCO LEGAL

Artículo 1. PROPÓSITO.

De acuerdo con la exigencia de la normatividad vigente y la razón propia de nuestro quehacer institucional, se hace necesaria la construcción de una herramienta que defina y regule las relaciones escolares, que precise los actores individuales y colectivos, sus perfiles, derechos y deberes, sus funciones y competencias, los procesos más significativos del diario acontecer institucional, y el establecimiento de otras disposiciones que hacen posible el funcionamiento de la escuela, en todas sus concepciones y prácticas en el marco irrenunciable de la promoción, defensa y ejercicio de los derechos humanos. Esta herramienta reguladora de las relaciones – padre/madre de familia-estudiante-docente, permite permear las acciones con una visión pedagógica que posibilite la adquisición y el afianzamiento de aprendizajes en los ámbitos académico y comportamental, que garantice el ejercicio efectivo y el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, y que oriente los medios y mecanismos de acción institucional, donde lo fundamental es el reconocimiento de la dignidad del ser humano y la defensa incondicional de la vida, el respeto por la diferencia y el compromiso de brindar cada vez con mayor calidad, una educación gratificante, pertinente y acorde con las necesidades personales y sociales de nuestros estudiantes. Es el Manual de Convivencia, el elemento que orienta y guía nuestras prácticas como comunidad educativa dentro de un contexto normativo sensible a nuestra realidad institucional, comunitaria y social, donde tanto el conocimiento como la formación se integren de manera intencionada mediante una propuesta pedagógica de corte social, para la construcción de ciudadanos honestos, respetuosos, responsables y solidarios, tal cual lo postulan nuestros valores pilares.

Artículo 2. OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL Constituirse como guía de reflexión, acción y convivencia civil, democrática e intelectual, que conduzca a la búsqueda de ideales personales y sociales. Además, como medio pedagógico para la construcción de la autonomía personal y de valores sociales donde se respeten los derechos de los demás y se defiendan los propios contribuyendo a la formación de una sociedad justa. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Ofrecer a la comunidad educativa un marco normativo que medie las relaciones

interpersonales para la sana convivencia basado en la participación democrática y la formación de seres humanos íntegros.

2. Dar a conocer los derechos y deberes a la comunidad educativa para contribuir a la formación de buenos ciudadanos.

3. Generar espacios para la autorreflexión que lleve a la acción y al compromiso con el mejoramiento personal, académico y social.

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4. Formular las bases fundamentales desde lo pedagógico, preventivo y formativo para la convivencia escolar pacífica, atendiendo y promoviendo las condiciones que favorezcan el desarrollo humano de los estudiantes.

5. Fomentar en la comunidad educativa la cultura ciudadana para la convivencia con un espíritu crítico que desarrolle la capacidad de reconocer y corregir los errores.

6. Guiar los procedimientos para resolver oportuna y justamente los conflictos individuales o colectivos, incluyendo instancias de diálogo y concertación.

7. Definir los estímulos y sanciones, incluyendo el derecho a la defensa y al debido proceso. 8. Permitir el desarrollo de las actividades escolares, teniendo en cuenta los diferentes estilos

y ritmos de aprendizaje, dentro de un clima de orden, respeto, responsabilidad y convivencia.

9. Contribuir desde la institución con la construcción de una ciudad pacifica, participativa, pluralista, incluyente, justa, solidaria, equitativa y con sentido de pertenencia.

Artículo 3. MARCO LEGAL.

La Institución Educativa soporta su Marco Legal en el referente jurídico establecido en la Constitución Política del país, la ley General de Educación y la ley de Infancia y Adolescencia específicamente, sin embargo, contempla otras leyes, decretos, resoluciones, sentencias y fallos de tutela proferidas en el ámbito escolar como se relaciona a continuación.

NORMAS CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991

Artículos 1, 4, 6, 16, 19, 29, 41, 44, 45, 67

LEYES

Ley 115 de 1994 - “General de Educación” Ley 599 de 2000 - Artículo 25 La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión Ley 1098 de 2006 – Infancia y adolescencia Ley 1146 de 2008 – Respaldo del Estado a víctimas de abuso sexual. Ley 1346 de 2009 - "Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad". Ley 1388 de 2010 - Derechos de los niños con C.A Ley 1618 de 2013 - Disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad Ley 1620 de 2013. - Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

SENTENCIAS

Sentencia t-519 de 1991 Sentencia t-341 de 1993 Sentencia t-439 de 1993 Sentencia t-316 de 1994 Sentencia t-386 de 1994 Sentencia t- 555 de 1994 Sentencia t-569 de 1994 Sentencia t-037 de 1995 Sentencia t-527 de 1995 Sentencia t-366 de 1997 Sentencia t-1233 de 2003 Sentencia t-390 de 2011

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DECRETOS

Decreto 1423 de 1993. Guía para la Convivencia Institucional y reglamento. Decreto 1860 de 1994 reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales Decreto 1236 de 1995 establece criterios especiales para la evaluación y promoción de estudiantes. Decreto 2247 de 1997 Prestación del servicio educativo del nivel preescolar Decreto 1850 de 2002 organización de la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y docentes Decreto 1286 de 2006 Participación de las familias Decreto 0505 de 2011 Contralor escolar Decreto 1965 de 2013 Reglamentario de la ley de convivencia.

RESOLUCIONES

Resolución 4210 de Septiembre de 1996 – Servicio social del estudiantado. Resolución 9317 del 06 de mayo de 2016. Funciones de docentes y directivos docentes.

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CAPITULO II

HORIZONTE INSTITUCIONAL

Artículo 4. MISIÓN

Formar personas autónomas que vivencien la sana convivencia respetando la diversidad y apropiándose de los conocimientos para generar acciones de transformación personal, social y cultural.

Artículo 5. VISIÓN

Para el año 2023 la Institución Educativa Manuela Beltrán será reconocida por su calidad humana y académica, formación técnica, eficientes procesos de desarrollo organizacional y proyección social.

Artículo 6. LEMA: SABIDURÍA Y SANA CONVIVENCIA

SABIDURÍA: Implica la trascendencia de lo intelectual, es la capacidad que tiene una persona para discernir y tomar decisiones a partir de las experiencias de su vida y utilizarla para el bien-estar propio y el de los demás. Es colocar los conocimientos adquiridos en la cotidianidad para SABER VIVIR BIEN es decir para Ser, saber, pensar, hacer y sentir. SANA CONVIVENCIA: Es el establecimiento de relaciones interpersonales basadas en el respeto, la confianza, la aceptación de las diferencias y la disposición a emprender acciones de mutua afectación y beneficio en los ámbitos personal y colectivo, siempre en la búsqueda de un ambiente social de encuentro y dialogo constructivo como base para la coexistencia pacífica, implica aprender a relacionarse consigo mismo, con los demás, con el medio y la cultural.

SABIDURÍA Y SANA CONVIVENCIA

Para relacionarse consigo mismo, con los demás, con el medio y la

cultura

Para Ser, saber, pensar, hacer y sentir

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Artículo 7: MARCO AXIOLÓGICO.

SANA CONVIVENCIA: Es nuestro referente formativo por eso se establece en la misión, hacer parte de nuestra lema y se constituye en el valor superior y articulador de los demás valores institucionales. Su definición fue contemplada en el artículo anterior. RESPETO: Es reconocer al otro como igual y diverso, por lo que merece ser considerado, escuchado, cuidado, comprendido, y reconocido en su condición de ser humano con intereses y necesidades diferentes, pero con quien es posible establecer acuerdos fundados en el reconocimiento de los derechos individuales y colectivos. Tiene que ver con el cuidado de si, del otro y lo otro. HONESTIDAD: Compromiso de actuar siempre con verdad, limpieza, sinceridad y franqueza, buscando ser coherente con lo que se piensa y se expresa, actuando con justicia y rectitud, reconociendo de manera autocritica las fortalezas y los errores propios, así como las acciones u omisiones para hacer actuaciones de reparación. RESPONSABILIDAD: Es responder y cumplir con las obligaciones y compromisos que se establecen, cómo y cuándo hay que hacerlas bajo el principio “todo se hace bien desde el comienzo”; es la decisión de asumir las acciones necesarias para obtener buenos resultados siendo consciente de que lo que hacemos con nosotros mismos o sobre los demás tiene consecuencias. SOLIDARIDAD: Decisión de unirse a otros a través de acciones concretas que buscan un fin común que generalmente propende por el bien colectivo, se funda en la sensibilidad social y en el reconocimiento de que los otros son susceptibles de ser reconocidos y respetados en su dignidad y su calidad de seres humanos. Se vincula con la idea del entre nos, el compartir y la vivencia del bien común público.

Sana

Convivencia

Respeto

Honestidad

Responsabilidad

Solidaridad

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Artículo 8. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

LA BANDERA: Las franjas de color azul rey representa la capacidad del ser humano para sobreponerse a las dificultades. Las listas azul celeste resaltan el valor del respeto como elemento fundamental de la sana convivencia. El fondo blanco representa la paz interior y social por la que trabajamos. Las tres estrellas blancas representan la responsabilidad, honestidad y la solidaridad que se viven en la comunidad escolar. El círculo blanco central representa integración, protección y el establecimiento de relaciones de equidad. El ave la sabiduría y persistencia de los seres humanos para luchar por sus sueños buscando siempre condiciones de bienestar y bienvivir. EL ESCUDO: El Partenón representa la Institución que se cimienta en los valores de sabiduría y sana convivencia para proyectarse a la comunidad. La silueta de la mujer representa a la gran heroína Manuela Beltrán en cuya mente hay una antorcha encendida como señal de guía para la búsqueda del conocimiento. Las ramas de Laurel nos motivan por los ideales de triunfo y grandeza. Debajo del Partenón se ubican las iniciales de Medellín y la palabra Colombia como una manera de proyectar y contextualizar la IE e identificarlas con relación a otra entidad que tiene el mismo nombre. Todo reposa sobre un fondo color azul rey que representa fortaleza y la capacidad del ser humano para sobreponerse a las dificultades para luchar por sus ideales.

HIMNO: Se contemplar la posibilidad de construir uno nuevo, que incluya algo alusivo a Manuela Beltrán y que motive a los/as educandos a estudiar para salir adelante y formarse como seres humanos que contribuyan a la construcción de un mundo mejor.

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CAPÍTULO III

CARACTERISTICAS, PERFILES, DEBERES, DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 9. CARACTERISTICAS.

1. Adquisición de la calidad de estudiante: Esta se obtiene una vez cumplidos los

requisitos establecidos por la institución para el proceso de matrícula. 2. Adquisición de la calidad de docente o directivo docente: Se adquiere por

nombramiento oficiado por la entidad competente. 3. Adquisición de la calidad de acudiente: Adquiere la calidad de representante ante

la institución como acudiente la madre/padre de familia que haya firmado la matrícula, aceptando la filosofía y el reglamento institucional, o aquella persona a la que se le haya otorgado la patria potestad. Para legalizar la matrícula o renovarla es necesario que se presente el acudiente.

PARÁGRAFO: Otras calidades de acudientes

1. En caso de que el papá y mamá hayan fallecido, firmará la matrícula el responsable del (la) estudiante, previa certificación de defunción.

2. En caso de que el papá o la mamá existan pero no estén cumpliendo su función, la persona responsable del/la estudiantes deberá notificar esta situación por escrito y firmará la matrícula.

3. Si la madre/padre existen, pero tienen inconveniente justificado para no firmar la matrícula, lo hará el responsable del (la) estudiante, previa presentación de una autorización del papá o de la mamá, donde lo responsabilice del proceso educativo de su hijo(a).

4. Para el caso de la educación de adultos/as si el/la estudiante es mayor de edad no se hace necesaria la matricula a través de un acudiente.

Artículo 10. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE

Se pierde la calidad de estudiante en la Institución Educativa Manuela Beltrán:

1. Cuando se ha cursado y aprobado el grado once, por lo tanto, se ha graduado y pasa a ser egresado de la Institución.

2. Cuando no se formalice la renovación de matrícula dentro de los plazos y fechas programadas por la Institución.

3. Cuando así lo determine una medida comportamental. 4. Cuando cancela por inasistencia. O sea que haya dejado de asistir a las actividades

pedagógicas programadas en el plan de estudios por periodos acumulados equivalentes a la cuarta parte (25%) del tiempo total previsto.

5. Por retiro voluntario, con o sin cancelación de matrícula 6. Cuando no aprueba el mismo grado por dos años consecutivos.

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Artículo 11. PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE

1. PROFESIONAL IDÓNEO en pedagogía y en su área de desempeño 2. INVESTIGADOR, creativo, autónomo, con trabajo colaborativo 3. CRÍTICO, reflexivo, democrático, conciliador, líder 4. EMPATICO, con capacidad de establecer relaciones respetuosas y de aceptación de

los estudiantes y sus familias 5. OBJETIVO, ecuánime. 6. INNOVADOR: Crear y trabajar con materiales educativos para desarrollar mejor los

contenidos, en especial las capacidades mentales y físicas de los estudiantes. 7. LÍDER: Dirigir, ordenar, organizar y atender de manera justa, generado ambientes

favorables en la institución en general. 8. DINÁMICO: Realizar juegos, dinámicas y nuevas formas de trabajo que agilizan el

trabajo educativo, motivando a los estudiantes a aprender. 9. FORMADOR: Guiar, orientar, aconsejar y enseñar valores con su ejemplo de vida,

para transmitirla a sus estudiantes y estos sepan responder de una manera asertiva a los problemas que se suscitan en la sociedad.

10. INFORMADO: Manejar a la perfección los contenidos de su área y nivel, a la vez conoce las técnicas y estrategias para mejorar el aprendizaje en sus estudiantes.

11. ACTUALIZADO: Buscar constantemente adquirir más información de la ya conocida para estar al día en la preparación de sus clases, a la vez conoce las últimas técnicas e innovaciones pedagógicas que necesitan nuestros estudiantes para el dúo enseñanza aprendizaje y lo tiene en cuenta en sus procesos de planeación.

12. INVESTIGADOR: Demostrar capacidades científicas (curiosidad, capacidad de asombro, observación, análisis, síntesis y evaluación). Saber presentar el fruto de su investigación y su pensamiento en forma apropiada, coherente y consistente. Tener hábitos de lectura, gusto por el estudio, deseo de aprender por sí mismo.

13. PROACTIVO: Mostrar iniciativa en la ejecución de su clase, trabajo y de sus funciones como docente. Ser independiente y autónomo. Preguntar e indagar para desarrollar su proyecto.

14. RESPONSABLE: Presentar a tiempo sus trabajos, fichas, prácticas, exámenes, siendo un ejemplo a seguir y asumiendo las consecuencias de sus actos en la sociedad. Ser puntual y organizado.

15. RESPETUOSO: con consideración por el otro, capaz de reconocer que en las diferencias se puede construir para el bien común.

Artículo 12. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES.

1. Recibir un buen trato con respeto y reconocimiento a sus Derechos Fundamentales. 2. Recibir capacitación por parte de la Institución y otras entidades. 3. Ser asesorados para la atención de los (las) estudiantes con aprendizajes diferentes. 4. Recibir reconocimientos y estímulos por su buen desempeño docente. 5. Contar con implementos y material educativo para el desempeño de su trabajo. 6. Ser elegidos para los diferentes órganos de gobierno o para representar la

Institución. 7. Ser informados oportunamente del plan operativo institucional y de los cambios en

los cronogramas de trabajo.

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8. Disponer de autonomía para la implementación de prácticas pedagógicas en consonancia con las leyes vigentes y lo dispuesto en los diferentes órganos del gobierno escolar.

9. Respeto a su jornada laboral 10. Ser escuchados siguiendo el debido proceso. 11. Tener acceso a los espacios y recursos con los que cuenta la Institución para su

quehacer educativo. 12. Expresarse libremente y que sus opiniones sean consideradas. 13. Contar con el apoyo, la confianza y la presunción de buena fe por parte de la

comunidad escolar. 14. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos especiales de

acuerdo a su área, inquietudes e intereses. 15. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta las normas vigentes. 16. Ser evaluado con equidad, justicia y objetividad, según disposiciones vigentes. 17. Conocer plena y oportunamente toda la información laboral que sea de su

competencia. 18. Libre desarrollo de la personalidad, sin más limitaciones que las derivados de la

constitución, las leyes y la jurisprudencia emanada de las sentencias de la corte y otras instancias competentes

Artículo 13. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES

1. Asumir un compromiso permanente con la Institución. 2. Transmitir con claridad sus conocimientos, teniendo en cuenta las necesidades

individuales de los (las) estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa. 3. Planear las acciones necesarias para el desarrollo de su labor, aprovechando y

acompañando la totalidad de las actividades asignadas y propias de su cargo. 4. Ser democrático 5. Escuchar a los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa buscando

resolver sus inquietudes de acuerdo con sus competencias y funciones. 6. Aplicar las medidas necesarias que sean de su competencia ante situaciones

comportamentales y de convivencia de los estudiantes y otros integrantes de la comunidad educativa.

7. Permitir la evaluación de su desempeño de acuerdo a las leyes y normatividad vigente.

8. Velar por el cuidado de las personas que integran la comunidad educativa, los enseres y la planta física.

9. Estar actualizado y capacitarse de manera permanente. 10. Hacer adaptaciones curriculares para una mejor atención de los estudiantes con

aprendizajes diferentes según disposiciones y orientaciones de ley y de diferentes órganos del gobierno escolar o entidades aliadas.

11. Presentar por escrito diferentes solicitudes (permisos, recursos, licencias, entre otros.) según los procedimientos y formatos establecidos institucionalmente.

12. Dar cumplimiento al cronograma de actividades. 13. Socializar las capacitaciones recibidas de acuerdo a los espacios brindados por la

institución. 14. Manejar responsablemente los libros, documentos e información institucional. 15. Todos lo establecidos en la ley 734 de febrero 05 de 2002.

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“Sabiduría y Sana Convivencia”

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Artículo 14. PERFIL DEL ESTUDIANTE:

1. Es tolerante con las diferencias de los demás 2. Se reconoce y valora a sí mismo y a los demás actuando asertivamente 3. Participa en la promoción y preservación de un sano ambiente de convivencia

institucional 4. Ejerce y promueve los valores institucionales. 5. Contribuye con sus actos a la conservación del medio ambiente. 6. Defiende la vida en todas sus manifestaciones. 7. Maneja su libertad con responsabilidad, solidaridad y autonomía 8. Asume una postura crítica, reflexiva, cívica, democrática y participativa. 9. Propende por desarrollar su creatividad y espíritu investigativo. 10. Es capaz de proponer alternativas de solución pacífica a los conflictos propios y

ajenos. 11. Toma decisiones con criterios propios y en función de los valores fundamentales de

la sociedad. 12. Participa en la transformación positiva de la realidad de la institución. 13. Desarrolla su capacidad de liderazgo. 14. Aprende a servir al otro. 15. Se apropia de los saberes y los coloca en práctica en su cotidianidad.

Artículo 15. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

1. Recibir una educación integral, humana, social, cultural, científicamente

fundamentada, y de calidad de tal manera que propicie el crecimiento personal y académico.

2. Presentar planes de mejoramiento y actividades de apoyo, ante las dificultades académicas, recibir certificados, informes académicos, comportamentales y constancias de forma oportuna.

3. Ser evaluados de manera integral. 4. Conocer su estado académico y formativo. 5. Recibir estímulos correspondientes a su buen desempeño académico y

comportamental de acuerdo con las disposiciones de la institución. 6. Tener acceso a las ayudas, recursos y dependencias educativas de conformidad con

los reglamentos. 7. Poseer carné estudiantil expedido por la Institución como medio para acreditar la

condición de estudiante. 8. Disfrutar de un ambiente institucional adecuado que posibilite desarrollar su proceso

de aprendizaje y potenciar sus capacidades. 9. Presentar las evaluaciones durante los cinco primeros días hábiles después de faltar

a clase con excusa justificada. 10. Ser asesorado con estrategias de apoyo cuando las condiciones académicas, físicas

o comportamentales así lo requieran, según la disponibilidad y/o alianzas institucionales.

11. Recibir información clara, veraz y oportuna sobre las diferentes normas que atañen con su formación por parte de directivos y docentes.

12. Disponer de una biblioteca con servicio permanente de lectura, consulta y préstamo que permita el acceso democrático a los bienes de la cultura.

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“Sabiduría y Sana Convivencia”

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13. Conocer con anticipación los criterios, actividades y estrategias evaluativas a seguir en las diferentes áreas.

14. Libre desarrollo de la personalidad, sin más limitaciones que las derivados de la constitución, las leyes y la jurisprudencia emanada de las sentencias de la corte y otras instancias competentes

15. Ser protegido eficazmente contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros docentes y directivos.

16. A no ser discriminado por razón de su identidad cultural, credo, ideología, etnia y preferencia sexual, discapacidad o capacidades excepcionales.

17. Ser respetados en su intimidad, de modo que la información personal que sobre ellos tenga la Institución sea manejada según el secreto profesional.

18. Recibir un trato cordial y dignificante por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.

19. Participar en los órganos de gobierno escolar y representación de la Institución. 20. Los estudiantes tienen derecho a elegir y ser elegidos en los órganos de

participación, previo al cumplimiento de los requisitos establecidos en el PEI. 21. Ser escuchados, atendidos con oportunidad, resolver sus reclamos, inquietudes y

propiciar un buen ambiente para la gestión y resolución de sus conflictos. 22. Conocer y participar en los programas y proyectos que desarrolla la Institución. 23. Hacer sugerencias a directivos y docentes sobre aspectos que consideren

necesarios para mejorar la marcha y el buen nombre de la institución. 24. La defensa en todos los procedimientos en los cuales puedan ser sancionados,

debiendo ser escuchados de acuerdo con el conducto regular establecido por la institución.

25. Los estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar tienen derecho a acceder a actividades de nivelación.

26. Los estudiantes con discapacidad, con capacidades excepcionales y en situación de riesgo deben ser atendidos de acuerdo a sus características específicas.

27. Las estudiantes embarazadas serán tratadas con respeto por todas las personas que pertenecen a la institución educativa; tendrán la posibilidad de asistir a sus citas médicas y de control presentando las debidas constancias; pueden realizar las actividades y prácticas curriculares, atendiendo y dando a conocer las indicaciones del médico tratante. Tendrán derecho a amamantar, en el lugar y horario acordado con la familia y la estudiante, este espacio corresponde como máximo a una hora de la jornada diaria de clases durante el período de lactancia (6 meses). Asistir a clases de Educación Física y ser evaluada, así como eximida en caso de ser necesario hasta que finalice el periodo de seis semanas después del parto o posterior a él según recomendación médica.

28. El estudiante progenitor tiene derecho a justificar su inasistencia a la jornada escolar con certificados médicos de su hijo para los permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de las etapas del embarazo, su rol como progenitor y/o labores de cuidado

Artículo 16. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

1. Cumplir con los requisitos del proceso de matrícula 2. Asistir puntualmente a la institución, a las clases y demás actividades programadas. 3. Demostrar sentido de pertenencia y compromiso en el desarrollo de las actividades

escolares y extraescolares.

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“Sabiduría y Sana Convivencia”

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4. Conocer y respetar la Filosofía, los Principios y proyecto educativo institucional. 5. Realizar oportunamente los trabajos y presentar las evaluaciones asignadas. 6. Colaborar con la disciplina, el orden, el silencio y el comportamiento adecuado en los

diferentes espacios y actividades institucionales. 7. Acatar y cumplir las órdenes de las directivas, los educadores dentro de la institución

y fuera de ella cuando se estén desarrollando actividades curriculares. 8. Asistir a clase con todos los implementos necesarios de estudio. 9. Utilizar las carteleras en forma adecuada y respetar la información que allí se exhibe. 10. Cuidar la planta física y los enseres de la Institución Educativa. 11. Responder por los daños ocasionados en las instalaciones. 12. Cumplir lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia 13. Mantener un buen desempeño en sus labores académicas. 14. Cuidar los enseres y la planta física de la Institución. 15. Presentar excusa médica o de la familia en caso de inasistencia, el día que regrese a

la Institución después de haber dejado de asistir. 16. Colaborar con el aseo de la Institución, del salón de clase y ayudar a preservar la

limpieza de la institución. 17. Respetar los símbolos patrios e institucionales y nuestros valores culturales, morales,

étnicos, entre otros dentro y fuera del plantel. 18. Comunicar a la familia toda la información atinente a diferentes actividades de la

institución o de cualquier otro requerimiento institucional. 19. Presentar por escrito autorización del acudiente cuando necesite retirarse de la

Institución. 20. Utilizar el cuaderno de comunicaciones según lo dispuesto en el presente manual. 21. Retirarse de la Institución después de cumplido el horario excepto cuando participen

en actividades curriculares y/o extracurriculares. 22. Evitar recoger dinero, hacer rifas y ventas o comercializar productos dentro de la

institución. 23. Mantener una adecuada presentación personal en las actividades institucionales y

llevar correctamente el uniforme según lo estipulado. 24. Evitar el uso de joyas, objetos y dispositivos tecnológicos que no hagan parte del

material escolar. La Institución no se hace responsable por la pérdida de los mismos, siendo de absoluta responsabilidad de sus dueños y familias. Abstenerse de portar, traer, distribuir y/o usar material pornográfico, armas, juguetes bélicos y/o artefactos que generen violencia o induzcan a ella.

25. Respetar a los miembros de la Comunidad Educativa y sus pertenencias. 26. Respetar las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. 27. Utilizar un vocabulario respetuoso dando a los demás un trato digno. 28. Respetar de hecho y palabra a los compañeros, docentes, directivas y empleados de

la Institución, evitando expresiones ofensivas y grotescas, chistes obscenos, agresiones físicas, sobrenombres, insultos, palabras soeces y difamación del buen nombre.

29. Abstenerse de portar, traer, distribuir y/o usar o consumir drogas psicotrópicas, estupefacientes, bebidas alcohólicas, cigarrillos entre otros, así como sus precursores e insumos.

30. Cumplir con las propuestas de elección 31. Acatar las decisiones y disposiciones de los diferentes órganos de representación. 32. Cumplir con las funciones establecidas para el cargo que fuese elegido. 33. Recibir las capacitaciones de los profesionales

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Artículo 17. PERFIL DE LA FAMILIA

1. Es responsables de la educación de sus hijos/as. 2. Tiene conciencia de las dificultades y fallas de sus hijos/as, así como de sus aciertos

y valores 3. Ofrece estímulos formativos a sus hijos/as, sin caer en el castigo despersonalizante,

ni en el exceso de premios. 4. Brinda a sus hijos/as un diálogo efectivo y la atención sincera a sus problemas,

facilitándoles el acceso a las ayudas profesionales y especializadas cuando lo requieran

5. Ofrece los medios necesarios para el bienestar integral de sus hijos/as. 6. Promueve el respeto, el afecto y los valores, buscando formar a sus hijos/as en el

amor a sí mismo y a su entorno.

Artículo 18. DERECHOS DE LAS FAMILIA Y ACUDIENTES

1. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del

establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.

2. Expresar de manera respetuosa, sus opiniones, percepciones, sugerencias, quejas, reclamos, respecto al proceso educativo de sus hijos/as, siguiendo el conducto regular.

3. Participar en el proceso educativo de sus hijos/as o acudido/a y, de manera especial, en la construcción y modificación del proyecto educativo institucional;

4. Recibir respuesta oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos/a o acudido/a;

5. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos/a o acudido/a.

6. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento.

7. Elegir y ser elegido para representar a las familias en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus decretos reglamentarios;

8. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos y promover la capacitación de las familias en los asuntos que atañen a la mejor educación de sus hijos/a o acudido/a.

9. Recibir buen trato y atención por directivos, docentes y demás miembros de la Comunidad Educativa.

10. Solicitar que su hijo/a o acudido/a sea evaluado y obtenga atención de docente de apoyo y otros profesionales, siempre y cuando la institución cuente con el recurso humano requerido.

11. Participar activamente de las actividades institucionales programadas para las familias y/o acudientes.

12. Solicitar entrevistas con los docentes y directivos teniendo en cuenta los protocolos establecidos por la institución.

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“Sabiduría y Sana Convivencia”

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13. Asistir al aula de clase para minimizar las conductas disruptivas del estudiante y facilitar los procesos académicos.

14. Obtener de parte de la institución alternativas pertinentes y razonables en la aplicación de procesos de flexibilización de la jornada escolar del estudiante, recibiendo orientaciones relativas a las temáticas trabajadas en clase.

15. Libre desarrollo de la personalidad, sin más limitaciones que las derivados de la constitución, las leyes y la jurisprudencia emanada de las sentencias de la corte y otras instancias competentes

Artículo 19. DEBERES DE LAS FAMILIA Y ACUDIENTES

1. Matricular oportunamente a sus hijos o acudido en el establecimiento educativo y

asegurar su permanencia. 2. Asumir el proceso educativo de sus hijos o acudido, informándose periódicamente

sobre sus avances y dificultades en el proceso académico y comportamental. 3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matricula 4. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad

mutua que favorezca la educación de los hijos o acudidos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.

5. Comunicar oportunamente las irregularidades de las cuales tengan conocimiento y en relación con los estudiantes de la institución, frente al maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas, entre otras. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes. (Ver anexos)

6. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de la autoevaluación y los planes de mejoramiento institucional.

7. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de la responsabilidad como primer educador de su hijo o acudido.

8. Participar en la elaboración y desarrollo del proyecto educativo institucional. 9. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa. 10. Asistir puntualmente a las reuniones informativas, entrega de notas, capacitaciones y

asesorías profesionales. Requerimientos que serán de obligatoria asistencia para la permanencia de su hijo o acudido en la institución.

11. Responder por los daños causados por su hijo o acudido por el uso inadecuado o maltrato de los enseres y servicios de la institución.

12. Brindar a sus hijos/as o acudido/a los implementos necesarios para su educación. 13. Enviar excusa escrita o informar en el cuaderno de comunicación, cuando el/la

estudiante deje de asistir a la institución. 14. Utilizar el cuaderno de comunicaciones como un medio de contacto con el docente y

las directivas. 15. Informar a la institución y actualizar los diagnósticos cuando su hijo/a o acudido/a

este siendo atendido por un profesional de la salud física o mental. 16. Informar a la institución de los controles por medicina especializada los cuales en su

mayoría son entre tres y seis meses entregando por escrito el soporte. 17. Acatar la ley 1098 o código de la infancia y la adolescencia.

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18. En los casos en que el estudiante dentro del tratamiento sea medicado por el especialista, la familia o acudiente deberá informar a la institución y comprometerse a su suministro según la prescripción haciendo seguimiento a los efectos de este.

19. La prescripción del medicamento y su manejo es responsabilidad del estudiante y su familia o acudiente; se debe presentar a la institución copia de las fórmulas médicas y de los tratamientos que recibe, así como, informar a la institución educativa y por escrito, las irregularidades o cambios en el suministro del medicamento, bien sea por: cambio de EPS, demora en las entregas, acciones de tutela, entre otras. De igual manera, el acudiente deber informar a la institución sobre el proceso terapéutico o las diferentes terapias que recibe el estudiante.

20. Informar a la institución educativa que el estudiante se encuentra en condición de gestación.

21. Las familias con estudiantes en condición de embarazo, maternidad, paternidad deberán firmar un compromiso de acompañamiento y consentimiento para que asista a los controles, exámenes médicos, cuidados médicos, cuidados del hijo nacido, entre otros, que requieran ausencia de la jornada de clase.

Artículo 20. PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA.

La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, la familia deberá: 1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza,

ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la

convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.

5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia.

8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere la Ley 1620 para restablecer los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

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Artículo 21. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES

Además de las responsabilidades asignadas a las Instituciones Educativas, como parte del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, la institución tendrá las siguientes obligaciones: 1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal el

respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2. Implementar el Comité Escolar de Convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley 1620.

3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del Manual de Convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la misma y en la protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

Artículo 22. RESPONSABILIDADES DEL RECTOR

Del establecimiento educativo en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normativa vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos

11,12 y 13 de la Ley 1620.

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2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normativa vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

Artículo 23. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES

En el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normativa vigente y que le son propias, los docentes tendrán las siguientes responsabilidades: 1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia

escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normativa vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 5. Asumir el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la

convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos 6. Contribuir en la detección temprana de las situaciones referidas en el numeral

anterior. Artículo 24. OBLIGACIONES

Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños, las niñas y los adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico. El niño, la niña o el adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo.

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PARAGRAFO: En las decisiones jurisdiccionales o administrativas, sobre el ejercicio de los derechos o la infracción de los deberes se tomarán en cuenta los dictámenes de especialistas.

CAPÍTULO IV

GOBIERNO ESCOLAR

Artículo 25. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

Las instancias que conforman el gobierno escolar están constituidas legalmente según las disposiciones establecidas por el MEN según el artículo 142 ley 115 de 1994, y su Decreto Reglamentario 1860 de agosto 3 de 1994 para todas las instituciones educativas. RECTOR Funciones: 1. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del

gobierno escolar; 2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento

de los recursos necesarios para el efecto; 3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el

establecimiento; 4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los

patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.

5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa;

6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el

manual de convivencia; 8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en

favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional ; 9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la

comunidad local;

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“Sabiduría y Sana Convivencia”

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10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo, y

11. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

CONSEJO DIRECTIVO Funciones: Es instancia de apoyo en la toma de decisiones de Rectoría. Sus funciones son: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que

sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados;

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;

3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución; 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos

estudiantes; 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,

cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado; 6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado

por el Rector. 7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del

currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que certifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa; 9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del

estudiante que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;

10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;

12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;

13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;

14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes; 15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto. 16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los

provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes tales como derechos académicos, uso de libros del texto y similares, y

17. Darse su propio reglamento.

Integrantes:

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“Sabiduría y Sana Convivencia”

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El Rector(a)

Dos representantes de docentes.

Dos representantes de las familias procedentes del Consejo de madres/padres.

Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la Institución.

Un representante de los egresados.

Un representante del sector productivo Encuentros: Una vez al mes CONSEJO ACADÉMICO Funciones: Instancia que tiene a su cargo la propuesta curricular de la institución. Sus funciones son: 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del

proyecto educativo institucional; 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las

modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto;

3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución; d). Participar en la evaluación institucional anual;

4. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación;

5. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa, y 6. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el

proyecto educativo institucional. Integrantes:

Rector

Coordinadores

Líderes de área según el plan de estudios.

Representantes de los programas flexibles

Un docente por cada grado de primero a tercero, cuando no hay representación en los líderes de área.

Encuentros Una vez por periodo académico

Artículo 26. OTROS ÓRGANOS REPRESENTATIVOS

COMITÉ DE CONVIVENCIA.

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Funciones: Encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la

educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así

como del desarrollo y aplicación del Manual de Convivencia y de la Prevención y

mitigación de la violencia escolar

Integrantes:

Encuentros:

Anexo 1 - Reglamento del Comité Escolar de Convivencia.

CONSEJO ESTUDIANTIL

Funciones:

Es el máximo órgano colegiado que asegura el ejercicio y participación de las

estudiantes. (Decreto 1860 de 1994-artículo 29). Son sus funciones:

1. Darse su propia organización interna; 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del

establecimiento y asesorar lo en el cumplimiento de su representación; 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el

desarrollo de la vida estudiantil, 4. Darse su propio reglamento. 5. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya

el manual de convivencia.

Integrantes: Está conformado por los representantes de cada grupo, a partir del grado cuarto, elegidos por votación en asamblea de estudiantes; y liderado por un docente encargado. Los grados de preescolar a tercero eligen un delegado del grado tercero. Encuentros: Una vez al mes. Escenarios de participación: El representante de los/as estudiantes (del último grado ofrecido por la IE), participa en el consejo directivo. El presidente del consejo estudiantil participa en el comité de convivencia. REPRESENTANTES DE GRUPO Perfil:

Mostrar interés por las actividades académicos

Favorecer con su buen comportamiento la convivencia grupal.

Identidad y sentido de pertenencia con la institución.

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Aceptación entre sus compañeros y liderazgo positivo en el grupo.

Disponibilidad y colaboración

Ser ejemplo de vida mediante la vivencia cotidiana de los valores. Funciones: 1. Mantener constante comunicación con el orientador/a de grupo 2. Liderar espacios de participación democrática, amplia, activa para desarrollar

actividades, propuestas que sean responsabilidad del grupo. 3. Motivar a sus compañeros para vivenciar en el grupo el respeto, la disciplina y el

cumplimiento del Manual de Convivencia. 4. Dar informe al grupo de las reuniones del consejo estudiantil. 5. Informar las dificultades e inquietudes de los compañeros ante el orientador/a grupo,

o la Coordinación cuando sea necesario. 6. Liderar y colaborar con las distintas campañas y proyectos que emprenda el grupo o

la Institución. 7. Conocer los canales de comunicación y el Manual de Convivencia para colaborar

con los estudiantes en la solución de dificultades y propuestas que se presenten en el grupo. Actuando como mediador/a cuando sea requerido.

8. Estimular las buenas relaciones personales en el grupo. 9. Reunirse con su grupo para presentar inquietudes y propuestas de sus compañeros

ante otras instancias institucionales. Revocatoria del mandato y protocolo:

Cuando el representante de grupo no cumpla con sus funciones, o su perfil no corresponda con lo estipulado en el Manual de Convivencia, sus compañeros de clase podrán solicitar la revocatoria de su cargo, en cuyo caso se convocará a una nueva elección.

En caso de ausencias temporales del representante de grupo por cualquier motivo, el suplente debe asumir el cargo.

En caso de ausencia definitiva, se convocará a nuevas elecciones. Escenario de participación: En el consejo estudiantil. PERSONERO (A) Perfil:

Mostrar interés por las actividades académicos

Favorecer con su buen comportamiento la convivencia.

Destacarse en las cualidades del perfil del estudiante

Sobresalir por su liderazgo y libertad responsable.

Tener adecuadas relaciones con los miembros de la comunidad educativa.

Debe conocer y respetar el Manual de Convivencia de la Institución.

Poseer iniciativa y creatividad para liderar procesos institucionales.

Capacidad para solucionar problemas y tomar decisiones.

Acatar y respetar los conductos regulares y el debido proceso para la solución de los conflictos.

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Dinámico, creativo y que su programa sea realizable, coherente y acorde con la realidad institucional.

Solidario y tolerante con todos, honesto, sincero y leal consigo mismo, con los compañeros y con la Institución.

Parágrafo: Es un derecho del personero/a que le sean reasignadas o reprogramadas actividades académicas cuando falte a clases en el cumplimiento de sus funciones. Funciones: 1. Promover por distintos medios el ejercicio de los derechos y facilitar el cumplimiento

de los deberes estudiantiles, consagrados en la Constitución Política de Colombia, en las leyes o decretos reglamentarios y en el Manual de Convivencia.

2. Diseñar mecanismos que faciliten el cumplimiento de responsabilidades, compromisos y deberes estudiantiles.

3. Promover un servicio educativo de calidad, la convivencia social responsable, justo, pacífico y democrático, de acuerdo con los principios educativos.

4. Cuando lo considere necesario podrá solicitar la revisión de asuntos de convivencia o académicos frente a las instancias competentes.

5. Representar a estudiantes antes situaciones concernientes al debido proceso comportamental.

Integrantes: Estudiante de grado undécimo elegido por votación. Escenarios de participación:

Comité de convivencia escolar

Comités de restaurante escolar

CONTRALORÍA ESCOLAR Perfil

Estudiante con capacidad de liderazgo, respetuoso de la convivencia y buen desempeño académico.

Capacidad de diálogo, concertación y resolución pacífica de conflictos.

Manifiesto sentido de pertenencia por la institución.

Reconocimiento dentro de la comunidad educativa por respeto y valoración hacia los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

Capacidad y criterio de argumentación.

Con disponibilidad de tiempo para cumplir con sus funciones.

Tener muy buen conocimiento del manual de convivencia y cumplir sus normas.

Ser persona leal, confiable y discreta.

Tener muy buenas relaciones con los docentes y compañeros.

Funciones: 1. Favorecer la creación de la cultura del control fiscal, del buen uso del manejo de los

recursos públicos 2. Fomentar la participación de los estudiantes, en el desarrollo de las tareas que

corresponde a la contraloría escolar.

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3. Velar para que los proyectos ejecutados satisfagan los objetivos inicialmente previstos y las necesidades reales del establecimiento

4. Vigilar que los procesos de contratación que realice el establecimiento educativo contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad educativa.

5. Conocer el proyecto educativo institucional (PEI), el manual de convivencia, el presupuesto, los estados financieros, el plan de compras del establecimiento.

6. Presentar a la comunidad educativa los resultados de su gestión institucional 7. Fomentar la rendición de Cuentas del rector a la comunidad educativa.

Elección y requisitos: Será un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo o undécimo.

Presentar una propuesta asociada al desempeño como Contralor Escolar, la cual será socializada en las carteleras de la institución educativa y a través de los demás medios de comunicación que posee el establecimiento educativo.

No podrá ejercer al mismo tiempo como Personero ni como representante de los estudiantes al Consejo Directivo o ante el Consejo Estudiantil.

Haber recibido sensibilización y/o capacitación por parte de la Contraloría General de Medellín.

Grupo de apoyo Estará conformado por: Un estudiante matriculado por cada grado de sexto a undécimo. Se elegirá democráticamente un representante por cada grado por votación interna que realizará los estudiantes preferiblemente el mismo día de la elección del Contralor Escolar.

Escenario de participación:

Consejo directivo

Comité de refrigerio escolar.

COMITÉ DIRECTIVO

Competencias: Es la instancia que orienta, apoya y decide sobre el diseño, implementación, evaluación y mejora del sistema de gestión de la calidad de la institución. Son de su responsabilidad:

Documentación de procesos

Seguimiento, evaluación y mejora del sistema de gestión

Diseño, planeación y desarrollo del servicio

Mejora continua de la calidad del servicio educativo

Planeación permanente de las actividades de la institución

Integrantes:

Rector(a)

Coordinadores

Encuentro: Quincenal

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COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION

Funciones: 1. Analizar los casos persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de

logros y proponer actividades pertinentes de refuerzo, recuperación y motivación según el caso

2. Analizar el caso de estudiantes con desempeño académico excelente y proponer al consejo académico su promoción anticipada

3. Evaluar los resultados de las actividades de refuerzo y superación a fin de sugerir a los docentes los correctivos pertinentes

4. Hacer recomendaciones generales o particulares a los docentes u otras instancias del establecimiento educativo, en termino de actividades de refuerzo, superación y motivación

5. Participar cuando así se requiera en reuniones conjuntas de acudientes, estudiantes y profesores del grado respectivo para el análisis de desempeño académico y para la formulación de seguimiento de compromiso

6. Proponer estrategias de mejoramiento para alcanzar los logros propuestos para el grado

7. Controlar el cumplimento de las recomendaciones y compromisos del periodo anterior tanto para estudiantes como para educadores

8. Consignar en acta sus decisiones, observaciones y recomendaciones respecto a los procesos de promoción y evaluación

9. Definir la promoción de los estudiantes de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 1290 de 2009

10. Definir los criterios de validación de un determinado grado académico cuando por fuerza mayor no se pueda aportar la documentación legal que certifique la promoción o por provenir de un plantel que carezca de aprobación o sin licencia de funcionamiento, de acuerdo con la norma para validaciones y con autorización de secretaria de educación.

11. Definir reconocimientos para lo/as estudiantes que presentan excelente desempeño académico.

12. Estudiar la promoción o no de los (las) estudiantes con aprendizajes diferenciales con proceso de atención de el/la docente de apoyo.

13. Definir la promoción anticipada de quien la solicite.

Integrantes:

El rector o su delegado/a.

Orientadores de grupo

Docentes que dictan clase en los grados

Una madre/padre de familia por cada grado

Psicóloga y maestra de apoyo (cuando la IE cuente con ellas/os)

Encuentros: Una vez por periodo académico.

CONSEJO DE MADRES Y PADRES DE FAMILIA

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Funciones: Órgano de participación de las familia cuya función es contribuir a elevar los resultados de calidad del servicio y valorar el alcance de logros desarrollados por las(os) estudiantes. 1. Contribuir en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones

periódicas de competencias y las pruebas de Estado. Exigiendo su presentación por todo/as los/as estudiantes.

2. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo.

3. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

4. Promover actividades de formación de las familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes

5. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

6. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia y PEI 7. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de

los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

8. Elegir los dos representantes de los padres/madres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo.

9. Darse su propio reglamento. 10. Solicitar al rector la asesoría y acompañamiento de un docente o directivo.

Integrantes: Una madre, padre, acudiente de familia de cada uno de los grados y programas de flexibilización de la institución.

Encuentros: Una vez por periodo académico.

COMITE DE LA CALIDAD

Funciones: 1. Es el órgano que planea y propone acciones sobre el Sistema de Gestión de la

Calidad de la Institución. A través de este Comité se mantiene la integridad y se planean e implementan los cambios del Sistema de Gestión de la Calidad.

2. Actúa como órgano asesor del rector, del comité directivo y del consejo directivo.

Integrantes:

Rector

Coordinadores

Un docente de la sección San José, y dos de la sede central (uno por cada jornada)

Un asesor externo

Una madre/ padre de Familia

Personero o representante estudiantil

Un representante de servicios generales.

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Encuentros: Una vez por semestre.

COMITE DE VIGILANCIA EN SALUD OCUPACIONAL (COVISO)

Funciones: El COVISO es un Organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional en la institución educativa. Todas las IE deben constituirlo con el fin de implementar acciones que propendan por la salud ocupacional de los docentes.

Integrantes: Dos docentes elegidos por votación efectuada por los mismos docentes

Encuentros: Una vez por periodo académico.

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CAPITULO V.

CURRICULO Y EVALUACIÓN

Artículo 27. ÁREAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES

En la IE de acuerdo con el artículo 23 de la ley general de educación se ofrecen las siguientes áreas:

Áreas /asignaturas. Nivel

C. Naturales y educación ambiental

C. Naturales y educación ambiental

Educación Básica

Física Media Académica

Medía Técnica

Química

Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política, estudios afrocolombianos y cátedra para la paz.

Educación Artística y cultural

Educación ética y en valores humanos. Urbanidad y cívica.

Educación Física, recreación, deportes y utilización del tiempo libre.

Educación religiosa

Humanidades. Lengua Castellana

Inglés

Matemáticas

Tecnología e Informática.

Emprendimiento

Filosofía

Ciencias políticas y económicas.

Áreas del énfasis de la Media técnica

Artículo 28. DIMENSIONES EN PREESCOLAR

En el nivel de preescolar se trabaja el desarrollo integral del (la) estudiante a través de las siguientes dimensiones, de conformidad con el decreto 2247 de 1996

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Artículo 29. PROYECTOS OBLIGATORIOS

En la Institución se han establecido los siguientes proyectos que ayudan a lograr una educación integral.

Protección del medio ambiente, ecología y la preservación de los recursos naturales.

Formación en valores humanos

Educación sexual y construcción de ciudadanía.

Educación vial

Estudios constitucionales (50 horas, ley 107 de 2005)

Prevención integral de la drogadicción.

Cátedra escolar de teatro y artes escénicas.

Servicio Social del estudiantado, resolución 4210 de 1996.

Construyendo en familia – Escuela de Madres y padres.

Artículo 30. PROYECTOS COMPLEMENTARIOS

Biblioteca

Bienestar estudiantil

Restaurante escolar

Jornada complementaria

Transporte estudiantil.

Centros de interés.

Salidas pedagógicas

Apoyo psicosocial.

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Artículo 31. MODELO PEDAGÓGICO SOCIAL

Enfoque: Sociocultural e Integrador El modelo pedagógico institucional es el sociocultural e integrador; concibe al ser humano como una construcción biopsicosocial que busca la integración e inclusión de los y las estudiantes a partir del desarrollo de habilidades relacionadas con la comunicación, la capacidad para experimentar la diferencia y la posibilidad de tomar decisiones. Su componente académico se sustenta en un conjunto de acciones que buscan contribuir a elevar el nivel de desempeño científico, técnico, tecnológico, cultural, racional, lógico y argumentativo a través de la apropiación de los saberes específicos de cada área del conocimiento, desde una perspectiva de reconocimiento de su entorno y de promoción de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

El modelo sociocultural e integrador requiere la interacción de los agentes educativos para buscar relaciones y conocimientos significativos fundados en procesos comunicativos diversos, estrategias de enseñanza-aprendizaje interactivas; intercambios con el entorno que aporten a la solución de las problemáticas de la comunidad local, teniendo en cuenta los imaginarios culturales y la subjetividades.

El modelo Sociocultural e Integrador tiene en cuenta la teoría de Aprendizaje Representacional de David Ausubel 1973 (“Tener en cuenta lo que el aprendiz ya sabe”),

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donde la comprensión del entorno brinda elementos para solucionar problemas, con una actitud de aprendizaje significativo, de tal manera que el conocimiento nuevo se vincule intencionada y sustancialmente con los conceptos o proposiciones existentes en la estructura cognoscitiva de los estudiantes, permitiendo investigar sus ideas previas y las de sus comunidades, para con base en ellas construir conocimiento.

En el Modelo Pedagógico Sociocultural e Integrador se establece una relación dinámica entre el sujeto cognoscente y su entorno social, de manera tal que se desarrolla una acción sinérgica entre ambos, promotora del cambio cualitativo y cuantitativo del sujeto que aprende en una situación histórico cultural concreta del ambiente social donde él se desenvuelve.

Artículo 32. DE LOS TEXTOS ESCOLARES

Dadas las condiciones económicas de la Comunidad Educativa, se propone la no exigencia de textos escolares. Éstos en la medida de las posibilidades pueden suplirse con recursos propios y los programas que llegan a la IE. Ningún docente a nombre propio o en el de la Institución podrá exigir a los estudiantes texto alguno. Sólo el Área de Lengua Castellana y filosofía, por su funcionalidad, podrá sugerir, como opcional, y recomendado, un texto de lectura/literatura como medio para reforzar la competencia lectora y capacidad analítica.

Artículo 33. DE LA LISTA DE ÚTILES

Al finalizar o comenzar el año escolar, la Institución entregará la lista de útiles requerida para el año lectivo. Una vez entregada la lista de útiles, el acudiente, procederá de acuerdo con sus posibilidades económicas, a conseguir la misma. Ningún docente podrá presionar la consecución inmediata del listado de útiles dado, como tampoco podrá recomendar tipos de cuaderno, marcas o sitios para su consecución. El padre o acudiente sabe de su responsabilidad y velará por la consecución oportuna del listado de su hijo/a, de tal manera que no se afecte en sus actividades académicas. La lista de útiles es de propiedad del estudiante y él debe hacerse responsable de su porte. Tanto el estudiante como su acudiente son responsables de traer a las clases, el listado de materiales requeridos para el trabajo en las áreas que por horario le corresponden. La Institución Educativa NO puede hacerse responsable de listados particulares, ni generales y en ningún caso podrá asumir responsabilidades por la pérdida de algún material educativo de pertenencia del estudiante

Artículo 34. GENERALIDADES DEL SISTEMA INSTITUCIONA DE EVALUACIÓN

La Institución Educativa Manuela Beltrán en concordancia con la Ley General de Educación (Ley 115 de agosto de 1994) cumplirá con lo dispuesto en el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 – El texto completo, hace parte del PEI.

Para la IE MB la evaluación es una acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo del estudiante o sobre los procesos pedagógicos. La evaluación puede ser utilizada como herramienta para

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promover, estimular o facilitar la adquisición de conocimientos. La evaluación educativa es un proceso sistemático y planificado que permite identificar y verificar los conocimientos, habilidades y desempeños de un estudiante que avanza en un proceso de aprendizaje.

Características de la Evaluación: Contextual, Continua, integral, cualitativa, sistemática, flexible, interpretativa, participativa y formativa.

La evaluación se hace permanente y se organiza en cuatro períodos. En todo momento se realiza comparando el estado de desarrollo formativo y cognoscitivo del estudiante, con relación a los indicadores de desempeño propuestos en el plan de estudios.

Artículo 35. ESCALA DE VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO Y FORMATIVO

Valoración

Superior

Alto

Básico

Bajo

Para la media técnica, las áreas transversales (Ética, Artística, Inglés, Emprendimiento, Educación Física) y las especificas deben tener una valoración final básica que cuenta a partir de 3.5.

Las anteriores valoraciones fueron definidas por el Consejo Académico de la siguiente manera:

1. DESEMPEÑO SUPERIOR: Se le asigna al estudiante cuando alcanza desempeños

óptimos en todos los procesos que le permiten enriquecer su aprendizaje, alcanza los estándares y competencias y supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI. Se puede considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna, entre otras las siguientes características:

Es creativo, innovador y puntual en la presentación de los trabajos académicos.

Siempre cumple con las tareas y trabajos de área.

Es analítico y crítico en sus cuestionamientos.

Es constante en su asistencia, y aun teniendo ausencias, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.

Presenta excelente actitud y entabla buenas relaciones con todas las personas de la comunidad educativa.

Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.

Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.

Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional.

Participa en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.

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Presenta actitudes proactivas de liderazgo y gran capacidad de trabajo en equipo.

2. DESEMPEÑO ALTO: Se asigna al estudiante que alcanza la totalidad de los indicadores de desempeño previstos en cada área, demostrando un desarrollo satisfactorio en cada uno de los aspectos de la formación. Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.

El trabajo en el aula es constante y aporta a la construcción de grupo.

Es constante en su asistencia, y aun teniendo ausencias, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado en gran medida.

Presenta los trabajos oportunamente.

Presenta buena actitud y entabla relaciones respetuosas con todas las personas de la comunidad educativa.

Reconoce y supera sus dificultades actitudinales cuando las tiene.

Desarrolla actividades curriculares específicas.

Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.

Desarrolla buena capacidad de trabajo en equipo.

3. DESEMPEÑO BÁSICO: Se le asigna al estudiante que logra lo mínimo en los procesos de formación y puede continuar avanzando en el proceso, con la necesidad de fortalecer su trabajo para que alcanzar mayores niveles de desempeño. Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

Sólo alcanza los niveles de desempeño mínimos.

Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso de aprendizaje.

Es relativamente creativo y su sentido analítico no se evidencia en sus acciones.

Presenta sus trabajos en el límite del tiempo y la oportunidad de hacerlo.

Presenta algunas dificultades en el aspecto relacional con las personas de su comunidad educativa.

Reconoce y supera sus dificultades actitudinales

Desarrolla actividades curriculares específicas.

Manifiesta un relativo sentido de pertenencia con la Institución.

Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes.

Desarrolla una capacidad de trabajo en equipo limitada.

Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos en clase.

Desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

4. DESEMPEÑO BAJO: Se asigna al estudiante que no supera los desempeños necesarios previstos en las Áreas/Asignaturas, teniendo limitaciones en los procesos de formación, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI. Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

No alcanza los logros mínimos en las Áreas/Asignaturas y requiere de un plan de mejoramiento con actividades de apoyo.

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No alcanza los logros mínimos en las Áreas/Asignaturas aún después de presentar el plan de mejoramiento con las actividades de apoyo y persiste en las dificultades.

Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje.

Presenta dificultades actitudinales

Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área

No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

No manifiesta sentido de pertenencia a la institución.

Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en equipo.

Presenta dificultad para integrarse con los demás.

No demuestra motivación e interés por las actividades escolares.

El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta su desempeño.

PARÁGRAFO 1. SOBRE LA VALORACIÓN Son valoraciones de aprobación: Desempeño superior, Alto, Básico. Es valoración de no aprobación: Desempeño Bajo.

Artículo 36. EDUCACIÓN FLEXIBLE.

Procesos Básicos y Aceleración del aprendizaje Los modelos de educación flexibles se ajustan a la escala establecida en la institución. Posee un soporte descriptivo de los desempeños y niveles de desempeño. Se ajusta al calendario escolar para garantizar su implementación y desarrollo óptimo. En caso de inasistencia reiterada o contratiempos de otro tipo, la maestra debe plantear al consejo académico, estrategias para que los estudiantes culminen de forma satisfactoria el programa. Nuestros estudiantes deben ser tenidos en cuenta para presentación de las pruebas de periodo, utilizando las evaluaciones que aparecen en cada proyecto y subproyecto.

Educación de adultos.

La IE ofrece la modalidad de educación básica y media en los nivel Clei 3 al Clei 6. Para personas mayores de 16 años. Se ofrece el servicio en la tercera jornada con una intensidad de 20 horas semanales.

Artículo 37. COMPONENTES DE LA EVALUACIÓN.

Para el proceso evaluativo se establecen los siguientes componentes y porcentajes

COMPONENTE PORCENTAJE VALORATIVO

“Saber conocer” Conceptual

80% que incluye un 20% de la evaluación o trabajo del periodo.

“Saber hacer” Procedimental

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“Saber Ser” Actitudinal

20% Incluye tres aspectos Autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.

Cada maestro evalúa mínimo tres desempeños.

La IE les ofrece a los estudiantes un instrumento que les permite realizar la autoevaluación.

Según cada componente, se debe tener un mínimo de notas requerido para que el proceso evaluativo sea pertinente y objetivo.

Componente Número de notas por periodo

Evaluación/trabajo de periodo 1

Conceptual y procedimental 3* a 10

Actitudinal 3

Nota: *cuando la intensidad del área es de una hora.

Artículo 38. PROMOCIÓN

La promoción se realiza al finalizar el año escolar a quienes hayan alcanzado como mínimo un desempeño básico en las áreas establecidas en el plan de estudios.

Reconociendo las diferencias individuales, la promoción puede realizarse de la siguiente manera:

Promoción anticipada de grado:

1. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de la familia y por recomendación de las comisiones de evaluación y promoción, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un buen rendimiento académico y un adecuado desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa y evidenciado en que gana todas sus áreas en superior (S: 4,6 – 5,0). La decisión será consignada en el Acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el registro escolar. Artículo 7 Decreto 1290 de 2009.

2. Los estudiantes que reprueben el año, podrán solicitar promoción anticipada, siempre y cuando, durante el primer período, ganen todas sus áreas: las áreas perdidas el año anterior en alto o superior (A: 4,0 – 4,59; S: 4,6 – 5,0) y las demás, mínimo en básico (B: 3,0 – 3,99).

3. Tanto para el caso a) como para el b), la solicitud de promoción anticipada se realizará ante el Comité de Evaluación y Promoción. De ser aprobada la promoción anticipada, al estudiante se le deberá entregar las actividades de apoyo de todas las áreas del grado al cual es promovido, para que se nivele en el segundo periodo. La valoración de sus áreas durante el primer periodo del grado al cual fue promovido será la alcanzada durante el primer período del grado anterior.

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4. Se exceptúan de promoción anticipada de los estudiantes que estén cursando el grado 11º y los modelos de educación flexible, ya que se debe cursar completo. Además, los estudiantes de la modalidad de Clei, ya que cursan dos grados en uno.

Caso especial de promoción. El Grado Preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar, es decir que no se reprueba, ni se rige por el 1290 de 2009.

Promoción al final del año lectivo. En la Institución serán promovidos al grado siguiente los (las) estudiantes que al finalizar el año lectivo: 1. Hayan obtenido una valoración de desempeño superior, alto y/o básico en todas las

áreas. 2. El estudiante que al finalizar el año escolar obtenga un desempeño bajo en sólo un

área será promovido. 3. El estudiante de grado décimo que repruebe la media técnica pasa a la modalidad

académica siempre y cuando cumpla con los requisitos para la promoción al grado undécimo en la modalidad académica. Quien repruebe en el grado undécimo en la media técnica, siempre y cuando cumpla con los requisitos para obtener el título de bachiller, podrá graduarse como bachiller académico.

4. Los modelos de educación flexible, procesos básicos y aceleración del aprendizaje, permiten la promoción de uno, dos o tres grados, según las competencias demostradas por el estudiante y el registro de seguimiento que evidencie su historia académica. En caso de que un estudiante, no logre culminar el programa de aceleración del Aprendizaje, por causas ajenas a su voluntad y haya avanzado significativamente, es posible, que, dadas las características cognitivas, expresivas y afectivas del estudiante, evidenciadas en su nivel de desempeño, sea promovido al grado correspondiente, previa aprobación del Consejo académico. El programa Aceleración del Aprendizaje no se repite y el estudiantes que no alcanza los niveles de competencia esperados, se promueve al grado siguiente de aquel que haya certificado al momento de la matrícula en el programa.

Parágrafo: Las estudiantes embarazadas tendrán derecho a ser promovidas con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que las asistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos y/o con la licencia de maternidad.

Artículo 39. REPETICIÓN DEL GRADO

Deberán repetir el grado: 1. Los estudiantes que al finalizar el año lectivo presenten una valoración de

desempeño bajo en dos ó más área según determinación de las comisiones de evaluación y promoción.

2. Los estudiante que presente inasistencia injustificada mayor a un 25% de las actividades académicas anuales preestablecidas en el calendario académico y el plan de estudios, salvo los casos excepcionales previo aval de los consejos académico y directivo.

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3. Los estudiantes con procesos académicos y pedagógicos de Apoyo, por sus aprendizajes diferenciales, que no hayan logrado superar sus deficiencias cognitivas de acuerdo a su discapacidad o dificultades de aprendizaje.

Parágrafo: Los modelos de educación flexible, procesos básicos y aceleración del aprendizaje, permiten que el estudiante pueda tener un porcentaje de reprobación por inasistencia injustificada del 30% dada las características de la población.

Artículo 40. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS

DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

1. Dar un informe verbal a las familia o acudientes y estudiantes en la sexta (6tª)

semana de cada periodo académico. 2. Hacer una reunión en cada período por áreas para evaluar debilidades y/o fortalezas. 3. Realizar actividades complementarias y solicitar acompañamiento de las familias y/o

acudientes. 4. Coadyuvar en la evaluación formativa de manera permanente, a través de la

Autoevaluación, Heteroevaluación y Coevaluación. 5. Recurrir a los procesos de maestras de apoyo, de aceleración del aprendizaje,

procesos básicos, psicología, entre otros, para favorecer los procesos formativos de los estudiantes

6. Determinar fechas para la realización de planes de mejoramiento y actividades de apoyo, hacer registro de las mismas.

Artículo 41. ESTRATEGIAS DE APOYO

Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes serán: 1. Banco de talleres que complemente las actividades de clase. 2. Acompañamiento al proceso evaluativo con acudiente, orientador/a de grupo y

coordinación. 3. Organizar grupos de apoyo entre compañeros de clase. 4. Hacer usos de las TIC en todas las áreas. 5. Seguimiento al Mejoramiento en cada área. 6. Crear incentivos para los estudiantes que obtengan un Desempeño Superior

(Pruebas Nacionales e Internacionales), y estudiantes con talentos excepcionales a nivel cognitivo, artístico, cultural, deportivo o similar.

7. Planear actividades especiales con estudiantes que presentan desempeños bajos. 8. Suministrar a los estudiantes la información clara y precisa del qué, cómo y cuándo

va a ser evaluados y los resultados de sus evaluaciones oportunamente. 9. Se entenderá como Plan de Mejoramiento aquellas actividades de recuperación

dentro del período en curso. Actividades de apoyo, las que se realizan la última semana del periodo con el propósito de evitar que los estudiantes reprueben el área.

Artículo 42. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN

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La Institución tiene un registro escolar que contiene, además de los datos académicos y de identificación personal, los conceptos de carácter evaluativo integral. Para los efectos de transferencia a otra Institución, la valoración por desempeños dentro de cada área/asignatura se expresa en los términos de Desempeño Superior, Desempeño Alto, Desempeño Básico, Desempeño Bajo de acuerdo a los resultados de cada estudiante.

Los modelos de educación flexible, proceso básicos y aceleración del aprendizaje, se adaptan al diseño de boletines de la IE y la entrega de informes académicos; los resultados de la evaluación se emiten según las áreas vistas, así el trabajo en el aula sea interdisciplinar, en el cual debe aparecer el nivel de desempeño alcanzado por el estudiante y su representación en la escala valorativa. Cuando un estudiante no termina la totalidad de tiempo contemplado por el programa y luego regresa a solicitar un certificado de estudio, se le elabora con el último grado cursado antes de ingresar al programa si lo hizo en la IE.

Otras consideraciones:

Se respeta el proceso de promoción que tenga el estudiante de otra Institución Educativa, al llegar a nuestra institución.

Cuando un estudiante llega iniciado el año escolar, en la secretaria de la IE, le registran las valoraciones que trae de los periodos ya cursados.

Cuando los periodos académicos de nuestra IE no coinciden con los de la IE de procedencia, se le homologan los periodos completos vencidos y se asumen como parciales las mismas valoraciones del último periodo que serán tenidas en cuenta con las nuevas que obtenga durante el periodo en curso.

Artículo 43. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PARA RESOLVER

RECLAMACIONES ACADÉMICAS.

El conducto regular para realizar reclamaciones en materia de evaluación, observará las siguientes instancias:

PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER RECLAMACIONES:

Para resolver las reclamaciones de los estudiantes o familias se deberá proceder así: Solicitud escrita, ante la instancia que corresponda, lo cual configura un derecho de petición.

Una vez llegue la reclamación, el responsable –según las instancias - tendrá un plazo de 5 días hábiles para dar respuesta por escrito, en caso de no estar conforme con la decisión:

1. Presentar el recurso de reposición, dirigido a la misma instancia, para lo cual

tiene como plazo, los tres días hábiles siguientes a la notificación de la respuesta.

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2. En caso de continuar la inconformidad se presentar el Recurso de Apelación ante la instancia superior, en un lapso no mayor a los tres días hábiles siguientes a la notificación de la respuesta. Quien recibe la reclamación tiene cinco días hábiles para dar respuesta.

Artículo 44. REQUISITOS PARA OBTENER TÍTULO DE BACHILLER ACADÉMICO

1. Haber alcanzado todos los desempeños en cada una de las áreas y asignaturas del

grado undécimo. 2. Presentar certificación por servicio social del estudiantado. 3. Certificar las cincuenta horas de constitución política. 4. Inscribirse a la presentación de las pruebas SABER 11 5. Estar a paz y salvo con la Institución educativa por conceptos de matrículas,

biblioteca, papelería y demás que la institución considere pertinentes.

Artículo 45. REQUISITOS PARA OBTENER TÍTULO DE BACHILLER CON MEDIA TÉCNICA

1. Haber alcanzado todos los desempeños en cada una de las áreas y asignaturas

del grado undécimo, y las establecidas para la media técnica. 2. Presentar certificación del proyecto productivo. 3. Certificación aprobatoria por parte del ente articulador de la media técnica. 4. Certificar las cincuenta horas de constitución política. 5. Inscribirse a la presentación de las pruebas SABER 11 6. Estar a paz y salvo con la Institución educativa por conceptos de matrículas,

biblioteca, papelería y demás que la institución considere pertinentes.

Artículo 46. CEREMONIA DE CLAUSURA.

Los estudiantes que culminen su grado 9º y hayan aprobado todas las áreas, recibirán un Certificado donde conste la culminación de este nivel de Educación Básica.

Los estudiantes que culminen Preescolar.

Los estudiantes que culminan el grado 11 y cumplan con los requisitos anteriormente establecidos.

Artículo 47. SALIDAS PEDAGÓGICAS.

Para realizar este tipo de actividades se deberá presentar un proyecto escrito al rector, con copia al coordinador(a). Este proyecto deberá exponer en forma breve los objetivos de la salida, las actividades a realizar, los recursos necesarios y los responsables de la misma. Además deberá señalar la fecha, la dirección del lugar que se visitará y los horarios de salida y llegada. Para realizar la salida pedagógica, se deberá contar con la autorización del jefe de núcleo y con el permiso escrito, firmado por el rector de la

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institución y el coordinador de la jornada. Las familias deben dar la respectiva autorización previamente por escrito Los estudiantes deben salir con el uniforme de la Institución y portar algún documento de identidad y salud. Los docentes a cargo de la salida, deberán presentar un informe evaluativo de la misma al respectivo coordinador(a), a más tardar tres días hábiles después su realización. Este tipo de actividades debe contemplar además las reglamentaciones establecidas por la Secretaria de Educación.

Artículo 48. EVALUACIONES EXTERNAS.

La institución se ajusta a lo establecido a nivel municipal y nacional con relación a la realización de pruebas externas y dispone su capacidad logística y organizativa para realizar estos procesos con seriedad, claridad, compromiso y eficiencia. Se motivará a los/as estudiantes para que participen de manera responsable en la realización de las pruebas SABER (grados tercero, quinto, séptimo, noveno y once) u otras que se den, siempre y cuando cuente con el aval de rectoría o la instancia encargada.

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CAPÍTULO VI

PARA LA SANA CONVIVENCIA

Artículo 49. PRINCIPIOS

1. Alteridad: reconociendo al otro como semejante, valorando la vida del otro como si

se tratase de la propia, comprendiendo que el otro es y piensa distinto, el diálogo es el medio para llegar al acuerdo.

2. Comunicación: privilegiar el dialogo asertivo y honesto para solucionar los conflictos.

3. Interacción: reconociendo en las personas sus deberes y derechos; relacionándonos con el otro, practicando normas de cortesía; prevalencia del interés colectivo sobre el individual.

4. Autocuidado: practicando adecuados hábitos de seguridad y protección personal (higiene, alimentación, actividad física, fortalecimiento espiritual, entre otros) y cuidando del entorno.

5. Pluralidad: reconociendo y respetando los diversos conocimientos, costumbres, practicas, valores y símbolos para proyectarse y convivir en sociedad; apropiándose del saber cultural que pasa de generación en generación.

6. Corresponsabilidad: comprometiendo la familia con la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

7. Diversidad: garantizando el derecho a recibir una educación en un ambiente pacífico, democrático e incluyente, desde el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural.

Artículo 50. ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN

Nuestra filosofía institucional pretende formar en el respeto y la responsabilidad, valores fundamentados en una disciplina de confianza y compromiso. Para ello se han definido algunos mecanismos que ayudarán a prevenir los comportamientos inadecuados y por lo tanto evitar tomar medidas sancionatorias. Esos mecanismos son:

1. Diálogos permanentes y abiertos. Apertura de espacios que permitan la posibilidad

de expresar sentimientos, inquietudes, opiniones y desacuerdos que contribuyan al desarrollo de la formación personal.

2. Encuentros con profesionales. Propiciar espacios de formación y dialogo (foros, talleres, conferencias, salidas pedagógica, congresos, entre otros) con profesionales de diversas área que traten temas sobre el comportamiento humano y la vida en comunidad.

3. Remisiones a profesionales de apoyo institucional: Se dará orientación y asesoría a los/as estudiantes y sus familias, según las disponibilidades institucionales.

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4. Programación de actividades institucionales. Se programarán actividades culturales, educativas, deportivas y recreativas para fortalecer la autoestima y la participación, generando lazos de fraternidad, tolerancia y autocuidado.

5. Negociación Escolar. En el marco de nuestros principios para la sana convivencia optamos por incorporar la negociación del conflicto como base para su resolución, esta estrategia posibilita entre otras cosas fomentar nuestros valores, el dialogo en condiciones de igualdad, la autonomía de nuestros estudiantes y su empoderamiento en la gestión del conflicto.

6. Plan de Convivencia: La IE realiza en el primer trimestre del año un diagnóstico orientada conocer la percepción de la comunidad escolar sobre situaciones de convivencia, derechos humanos, sexuales y reproductivos y otros temas asociados a los proyectos institucionales. A partir de la información recolectada se define un plan de acción anual, esta actividad es liderada por el comité escolar de convivencia.

7. Dinamización de los proyectos pedagógicos institucionales: Cada uno de los proyectos adoptados por la institución, anualmente realizan acciones encaminadas a favorecer y fortalecer el desarrollo humano y a prevenir situaciones de riesgo biopsicosocial.

Artículo 51. ESTÍMULOS

Acción por la cual se valora y motiva a los integrantes de la comunidad educativa a actuar en forma positiva. La Institución Educativa propende por la formación integral de los estudiantes y resalta el esfuerzo, la constancia, el excelente comportamiento, el buen desempeño académico, deportivo, cultural, científico y comunitario. Los estímulos serán:

COMPORTAMIENTOS DIGNOS DE VALORAR EN LOS ESTUDIANTES

La adecuada presentación personal, la puntualidad y la participación correcta en actos dentro y fuera de la Institución.

El respeto, el diálogo, la solidaridad, el civismo, el compañerismo y la participación.

El rendimiento académico, el esfuerzo y el deseo de superación.

La sensibilidad ecológica expresada en el cuidado de la naturaleza, en los enseres y la planta física de la Institución.

El excelente desempeño comportamental.

La participación responsable en eventos o proyectos deportivos, culturales, artísticos, científicos y comunitarios.

La capacidad de iniciativa, creatividad e innovación en los distintos campos del saber y la vida social.

La capacidad de liderazgo.

EN LOS/AS DIRECTIVOS Y DOCENTES

Puntualidad y responsabilidad en el desempeño de sus actividades laborales.

Sentido de pertenencia y colaboración con la Institución.

Capacidad de gestión, creatividad e innovación en su desempeño pedagógico.

Liderazgo y crítica constructiva que conlleve al mejoramiento de la Institución.

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EN LAS FAMILIA

Acompañamiento activo y constante en el proceso formativo de los hijos/as.

Participación en los eventos formativos planeados por la institución.

El respeto y el trato amable con los integrantes de la Institución.

TIPOS DE ESTÍMULOS.

A ESTUDIANTES.

Izada del pabellón nacional como reconocimiento al espíritu de superación, además del esfuerzo académico y disciplinario.

Diplomas, placas o menciones de honor como reconocimiento al esfuerzo y aprovechamiento académico, disciplinario, valores, liderazgo entre otros.

Informe a las familias sobre los aspectos positivos de sus hijos/as consignados en el observador del estudiante (aspectos comportamentales y académicos).

Ser destacado en actos comunitarios y sociales con la posibilidad de representar a la Institución Educativa en actividades deportivas, recreativas y culturales.

Ser respaldado por la institución para asistir a eventos de índole académico, cultural, deportivo o recreativo.

Trofeos o medallas como reconocimiento por su participación deportiva, cultural o científica, en cualquier espacio.

Dar el cargo de monitor de área, al estudiante, cuyo desempeño sea excelente.

Los estudiantes que presentan capacidades excepcionales podrían ser promovidos al grado siguiente, participar en eventos especiales y representar la institución en eventos de índole académico, cultural, deportivo o recreativo.

Publicar en los medios de comunicación institucional, la lista de los/as estudiantes excelentes por diferentes motivos.

Consignar en el cuaderno de “Comunicaciones” los aciertos y cualidades excelentes.

Otros estímulos que establezcan los directivos docentes, las familias, o los estudiantes tales como: el mejor compañero, el mejor deportista, el mayor sentido de colaboración, el cumplimiento de sus deberes.

Entrega de símbolos en el acto final.

A DIRECTIVOS Y DOCENTES

Oportunidad de capacitación en temas de interés

Mención de honor y/o placas de reconocimiento por diferentes méritos.

A LAS FAMILIA

Capacitación sobre temas de su interés o que favorezcan su rol de madre/padre/acudiente.

Reconocimiento en público, menciones de honor por diferentes méritos.

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Artículo 52. DEBIDO PROCESO

Es un principio procesal según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro de un proceso, permitiendo tener oportunidad de ser escuchado y hacer valer sus pretensiones legítimas.

Artículo 53. PRINCIPIOS Y GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO.

La Institución Educativa será garante de la aplicación del debido proceso, para lo cual se regirá por los siguientes

principios o garantías básicas:

1. LEGALIDAD: Ningún estudiante puede ser investigado, ni sancionado, sino

conforme a las normas que con antelación se han tipificado en este Manual de Convivencia, o en las normas expedidas por la autoridad competente.

2. CULPABILIDAD: Ante una falta, el estudiante, responde por dolo (cuando existe una intención manifiesta de hacer daño) o por culpa (cuando es el resultado de una conducta o actuar negligente del estudiante).

3. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: Todo estudiante se presume inocente, mientras no se le demuestre lo contrario.

4. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA: Se evitará la humillación y la degradación humana del estudiante.

5. DEFENSA: El estudiante tiene derecho a presentar pruebas, pedir que se practiquen otras pruebas que él no puede aportar y a controvertir las que sean practicadas o aportadas. Para ello puede valerse de la familia, de su acudiente o del Personero/a Estudiantil.

6. FAVORABILIDAD: Cuando existan dos o más normas aplicables a un hecho, se le aplicará al estudiante la que más le favorezca.

7. COSA JUZGADA: No se puede investigar y/o sancionar más de una vez a un mismo estudiante por un mismo hecho. Este principio no aplica si el hecho ocurre dos veces en distinto tiempo.

8. PUBLICIDAD: El estudiante debe conocer, mediante medio escrito, la investigación que se le adelanta, al igual que la(s) prueba(s) acusatoria(s).

Artículo 54. CRITERIOS PARA DETERMINAR O GRADUAR UNA SITUACIÓN.

Se deben atender los siguientes criterios: 1. El grado de responsabilidad. Evaluar si hay dolo o culpa. 2. La reiteración de la situación. 3. Las motivaciones que tuvo la persona para cometer el hecho. 4. Los perjuicios ocasionados: considerar los agravantes y los atenuantes 5. La confianza que se deposita en la persona que cometa la falta. 6. El número de personas de que se valga para cometer un hecho. A mayor número de

personas, mayor es la responsabilidad y por lo tanto mayor es la falta.

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Artículo 55. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES.

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: 1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados

inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciber acoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

Que se presenten de manera repetida o sistemática.

Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

3. Situaciones Tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

4. Medidas pedagógicas: Hacen referencia a la intervención para evitar que las conductas

se sigan dando. Se debe introducir al currículum escolar actividades que respondan a los objetivos de socialización, adquirir habilidades sociales durante el proceso enseñanza aprendizaje, promover el conocimiento y aceptación del otro., promover la resolución de conflictos como una actividad que permite compartir conocimientos, llegar a acuerdos, desarrollo de habilidades en competencias ciudadanas.

Artículo 56. TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES TIPO I

SITUACIONES TIPO I

MEDIDAS PEDAGÓGICAS

EL PROTOCOLO PARA EL DEBIDO

PROCESO.

1. Negarse a realizar las actividades académicas propuestas en el aula o fuera de ella interfiriendo en el trabajo de los demás.

2. Presentarse a la institución sin los

elementos de trabajo pedagógico. 3. Dejar de asistir a las clases y demás

actos comunitarios sin justificación, incapacidad médica o excusa escrita de la madre, padre de familia y/o acudiente.

4. Salir o entrar a aulas de clase u

otros espacios institucionales sin autorización

5. Estando en la IE no ingresar a

clases o actividades establecidas a nivel institucional

Establecer mediaciones en los casos que sean pertinentes. Según protocolo Elaboración de carteleras, exposiciones, escritos reflexivos u otras según las características de los estudiantes, la situación presentada y la(s) falta(s) cometida(s) Realización de actividades alternas Realización de talleres reflexivos en familia sobre las normas incumplidas

El docente propenderá por el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de las personas involucradas recepcionando información oral y/o escrita, testimonios, descargos, declaraciones, etc., sin hacer divulgación pública de su contenido y/o autores, con registro en el observador que estará bajo su absoluto y exclusivo manejo El docente realiza el debido registro en el observador de la

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6. Ocasionar cualquier tipo de

interferencia en el desarrollo de las actividades académicas o actos comunitarios

7. Realizar sin autorización actividades

diferentes a las asignadas por las maestras/os durante las clases o actos comunitarios.

8. Permanecer en el horario de clases

en otros espacios o actividades de la IE sin autorización del maestro/a.

9. Consumir alimentos o bebidas en

espacios institucionales no autorizados.

10. consumir chicle. 11. Faltar injustificadamente a las

actividades y asesorías programadas por el maestros/as o el personal de apoyo de procesos formativos y pedagógicos.

12. Comprar en la tienda en horas de

clase. 13. Permanecer en las aulas y en

lugares no permitidos durante los descansos.

14. Permanecer en la IE sin autorización

o en un horario diferente a su jornada escolar.

15. Llegar tarde a la institución, a las

clases y demás actos donde se requiera su asistencia.

16. Presentarse sin el uniforme o

incumplir con el adecuado porte del uniforme

17. Falta de higiene personal 18. Afectar o incumplir con el aseo y

limpieza de la Institución. 19. Realizar acciones que afecten de

manera negativa el medio ambiente

Actividades pedagógicas dirigidas al conocimiento y reflexión del manual de convivencia. Citación a la familia para el establecimiento de acuerdos que busquen comprender qué motiva estas actuaciones del estudiante y que impliquen procesos mejoramiento y acompañamiento. (diligenciamiento de formato de compromiso de cambio) Acta de corresponsabilidad parental Realización de guías sobre técnicas de estudio y de convivencia. Realización de pausas activas en las clases. Abordar las situaciones recurrentes en orientaciones de grupo Aplicar negociación por estrategia de conciliación (justicia restaurativa) Recordar los reglamentos de las diferentes instancias de la IE. Diálogos y compromisos con la familia y el (la) estudiante. Remisión a personal de apoyo pedagógico, social y/o psicológico.

siguiente manera: 1. Anotar la fecha 2. Anotar la situación

tal cual aparece en el manual de convivencia con su respectiva nomenclatura;

3. Describir el hecho ocurrido;

4. Recibir descargos del estudiante de manera oral o escrita.

5. Anotar la acción pedagógica emprendida;

6. Recoger firmas de estudiantes, acudientes, docente y coordinador según el caso.

El docente aplica las medidas pedagógicas pertinentes. Ante la reiteración del mal comportamiento se hará un primer llamado de atención escrito con citación a la familia, con registro en el observador del estudiante De persistir el mal comportamiento se hará un segundo llamado de atención escrito con citación a la familia, con registro en el observador del estudiante Al presentarse la reincidencia por tercera vez, se firmará compromiso de cambio, en presencia del acudiente.

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natural, la infraestructura institucional, desperdicio o abuso de recursos, bienes, muebles e inmuebles

20. Incumplimiento a los acuerdos,

compromisos de cambio y medidas pedagógicas establecidos con docentes, directivos o personal de apoyo educativo.

21. Desatender o ser irrespetuoso ante

sugerencias, observaciones y llamados de atención.

22. Mostrar negligencia para mejorar

actitudes o comportamientos inadecuados

23. Usar un vocabulario descomedido o

trato descortés. 24. Utilizar apodos para referirse a

cualquier miembro de la comunidad escolar.

25. Hacer comentarios descomedidos,

descalificadores o inapropiados de las personas vinculadas a la IE

26. Celebrar inadecuadamente cualquier

evento, arrojando huevos, harina, agua, aleluyas o cualquier otro elemento que atente contra el aseo de la Institución.

27. Participar en juegos bruscos que

impliquen patear, manotear, empujar o coger fuerte a otros/as.

28. Comercializar productos o servicios

dentro de la institución. 29. Desplazarse de manera

desordenada: empujar, golpear, molestar a los demás, tirar objetos, gritar o no ir al lugar asignado.

30. Desplazarse por sitios no

autorizados dentro de la Institución 31. Mentir para evadir

responsabilidades.

Acompañamiento del acudiente en el aula con el propósito de apoyar la norma y direccionar al estudiante en momentos cuando su comportamiento es perturbador o requiere apoyo por el estado de salud. Espacios para la orientación de actividades académicas en el hogar. Establecer acuerdos de grupo

Frente al incumplimiento de acuerdos establecidos como: medidas pedagógicas, compromiso de cambio, el docente citará a las familias para informarles las situaciones presentadas y dando a conocer que ante una nueva incurrencia se aplicara el debido proceso definido para situaciones tipo II y el caso será remitido a la coordinación o mesa de atención del comité escolar de convivencia. Está acción se registra en el observador del estudiante. En caso de que el estudiante no esté de acuerdo con la decisión tiene dos días hábiles para presentar los recursos.

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32. Hacer uso inadecuado del refrigerio. 33. Negarse a firmar una observación

disciplinaria o hacerlo de manera irrespetuosa.

34. Omitir la entrega oportuna, a las

madres, padres y/o acudiente de la información que envíe la institución de forma verbal o mediante circulares, citaciones, boletines, cuaderno de comunicaciones otros.

35. Incumplir con acciones preventivas y

correctivas asignadas

Artículo 57. PROTOCOLOS DE NEGOCIACIÓN SITUACIONES TIPO I

Conciliación 1. Instancias competentes para la intervención: Docentes y Coordinador 2. En este proceso no intervienen los adultos ni hay mediador; se invita a las partes en

conflicto a que diriman la situación de acuerdo con este protocolo. 3. La instancia competente conoce sobre la ocurrencia de los hechos recepciona el caso y

establece si la situación es tipo I,II,III 4. La instancia competente activa los mecanismos establecidos en su reglamento para

garantizar la confidencialidad y el derecho fundamental a la intimidad de los presuntos infractores y proteger a quienes informaron de la situación sobre posibles acciones en su contra

5. Se registra en el observador cada una de las actuaciones que se suceden en el proceso 6. La instancia competente dialoga con los actores, los escucha, señala la presunta

situación en la que pueden haber incurrido según el manual, les informa de las opciones: negociación directa (CONCILIACIÓN) o someterse a una sanción en caso de que se le compruebe la falta (explica cada una)

7. Si acepta se abre escenario pedagógico con fecha , hora y lugar de encuentro ( las partes se reúnen, establecen reglas para el encuentro, escuchan mutuamente sus versiones sobre el conflicto, usan la palabra en orden, hablan sobre los motivos y razones que los tienen en la situación conflictiva, expresan como se sienten frente al conflicto, presentan y discuten propuestas de salidas, eligen la que satisfaga los intereses de todos, consignan el acuerdo por escrito; La instancia competente debe previamente haber orientado y explicado esta metodología, los adultos no intervienen en la negociación.

8. Se informa a la instancia competente quien hace seguimiento al cumplimiento, se archiva la información; Si no se logran o se incumplen: se inicia proceso disciplinario contra presunto agresor.

Mediación Instancias competentes para la intervención: Docentes, mediadores escolares. Se procede según protocolo de mediación según artículo X.

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Artículo 58. TIPIFICACIÓN SITUACIONES TIPO II

FALTAS REFERIDAS A SITUACIONES TIPO II

MEDIDAS PEDAGÓGICAS EL PROTOCOLO PARA EL DEBIDO PROCESO.

1. Crear, motivar o participar reiteradamente en disturbios con el fin de interferir con el desarrollo de las clases, en actividades pedagógicas dentro o fuera de la IE

2. Provocar o realizar falsar

alarmas tendientes a conseguir el pánico colectivo (así sea en broma) dentro o fuera del aula,

3. Dañar, retener o esconder

las pertenencias de las personas de la Comunidad Educativa

4. Practicar juegos que atenten

contra la integridad física y mental de los integrantes de la comunidad educativa.

5. Actos contra la integridad

sexual y el respeto a la intimidad

6. Dar información falsa/mentir

a maestros/as o directivos docentes.

7. Escribir expresiones que difamen y/o ridiculicen a las personas o al buen nombre de la institución en volantes, pasquines, grafitis, en redes sociales, foros virtuales u otros.

8. Publicar fotos, videos,

audios y otros registros audiovisuales sin autorización de los afectados.

9. Reincidir en una situación

Motivar al estudiante frente al reconocimiento de la falta ante las personas afectadas, reconociendo por qué esa acción afecta la sana convivencia. Realizar campañas de sensibilización frente al impacto negativo de la falta cometida Compromiso frente a la falta cometida. Elaborar un trabajo frente la falta y luego socializarlo a la comunidad escolar Reactivar, socializar y fortalecer los acuerdos realizados en los grupos. Remisión a personal de apoyo pedagógico, social y/o psicológico. Asistencia a programas, talleres y cursos de formación con entidades aliadas a la IE. Realizar talleres de sensibilización, tanto para estudiantes como a los Padres de Familia. Capacitación, formación y orientación a padres-madres y/o acudientes de manera individual o colectiva. Mediación escolar con establecimiento de acciones de reparación por parte de los transgresores. Según protocolo establecido

El docente realiza el debido registro en el observador de la siguiente manera: 1. Anotar la fecha 2. Anotar la situación tal

cual aparece en el manual de convivencia con su respectiva nomenclatura;

3. Describir el hecho ocurrido;

4. Recibir descargos del estudiante

5. Anotar la acción pedagógica emprendida;

6. Recoger firmas de estudiantes, acudientes, docente y coordinador según el caso.

El docente propenderá por el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de las personas involucradas recepcionando información oral y/o escrita, testimonios, descargos, declaraciones, etc., sin hacer divulgación pública de su contenido y/o autores, con registro en el observador que estará bajo su absoluto y exclusivo manejo El caso será remitido a coordinación por el docente, desde donde se generarán espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido.

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tipo I después de firmar compromiso pedagógico

10. Estando por fuera de la IE, representándola, se ausenta de la actividad.

11. Salir de la Institución

durante la jornada escolar sin previa autorización

12. Encubrir información o

mentir respecto a situaciones que afecten la sana convivencia.

13. Utilizar el nombre de la IE para cualquier actividad diferente a las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas autorizadas por la rectoría del plantel o por el consejo que le corresponda esta función.

14. Traer a la IE revistas, libros,

folletos o cualquier otro material de tipo pornográfico, navegar y/o chatear en páginas de esta clase.

15. Falsificar documentos: notas

en planillas, boletines, excusas, trabajos académicos o presentar trabajos de otros compañeros/as como propios, u otro de carácter educativo e institucional

16. Irrespeto y falta de apoyo a

la filosofía institucional 17. Motivar o realizar cualquier

tipo de discriminación

18. Agredir física y/o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad, dentro y fuera de la Institución.

19. Citar o convocar a cualquier

miembro de la comunidad educativa y/o de otras

Citar a la familia para comunicarle la situación e indicarle cual es la ruta de atención integral según sea el caso. Acompañamiento del acudiente en el aula con el propósito de apoyar la norma y direccionar al estudiante en momentos cuando su comportamiento es perturbador o requiere apoyo por el estado de salud. Solicitar a la coordinación la flexibilización y/o temporalización horaria de la jornada escolar. Espacios para la orientación de actividades académicas en el hogar. Espacios para la sustentación de los trabajos cuando se implementen estrategias de flexibilización de la jornada. Espacios para la orientación con un docente que tenga dominio en TIC, para enseñar cómo usar la tecnología de manera positiva.

En casos de daño al cuerpo o a la salud, el coordinador gestionará el procedimiento para la atención en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, el coordinador, o los integrantes de la mesa de atención remitirán la situación a las autoridades o entidades competentes, mediante la activación de las rutas pertinentes, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante. Se adoptarán las medidas pertinentes y de competencia institucional para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra. Se informará de manera inmediata a la familia o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante Se determinarán las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo de acuerdo con el protocolo de mediación. Se aplicarán las sanciones pertinentes desde la rectoría

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instituciones educativas con el propósito de agredir física, verbal, emocional y/o psicológicamente.

20. Traer problemas externos o

ajenos a la institución que deterioren la armonía interna.

21. Realizar acoso escolar a

cualquier miembro de la comunidad educativa.

22. Conformar grupos que

ejerzan violencia física o psicológica dentro o fuera de la IE

23. Coaccionar o realizar

cualquier acto de intimidación a miembros de la comunidad educativa.

24. Generar conflictos que

llevan a la agresión por hacer comentarios malintencionados e imprecisos.

25. Propiciar y/o motivar peleas

entre compañeros/as dentro y fuera de la Institución

26. Atentar o dañar equipos,

materiales, muebles, enseres, medios de comunicación y planta física del establecimiento o un miembro de la comunidad educativa.

27. Hacer uso inadecuado de

los objetos personales de sus compañeros.

28. Hacer uso inadecuado de

los bienes y servicios de la Institución (baños, tienda, aulas, teléfono, auditorio, biblioteca, laboratorios, oficinas y equipos de sistemas, carteleras, etc.)

a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. Sanciones: 1. ante la primera falta,

suspensión por dos días donde se asignaran actividades relacionadas con la situación presentada. El estudiante deberá llegar al orden del día en las actividades académicas asignadas y tiene derecho a presentar actividades evaluativas.

2. Ante una segunda falta se suspenderá de tres a cinco días (según atenuantes y/o agravantes) donde se asignaran nuevamente actividades relacionadas con la situación presentada. El estudiante deberá llegar al orden del día en las actividades académicas asignadas.

3. En caso de reincidencia en situaciones tipo dos, o de incumplimiento de acuerdos establecidos en la mediación se firmará contrato pedagógico.

4. Ante el incumplimiento

del contrato pedagógico Se realizará suspensión entre siete y quince días calendario de acuerdo con los agravantes y atenuantes de la(s) situación(s) cometidas, con asignación de actividades pedagógicas en las áreas vistas.

5. Ante una nueva

reincidencia en una situación tipo dos, se procederá a la

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29. Fumar dentro de la Institución o consumir SPA (sustancias psicoactivas) u otra sustancia dañina para la vida humana en la institución educativa

30. Ingresar a la institución educativa bajo efectos de alucinógenos (alcohol, spa, drogas cibernéticas)

31. Portar armas o SPA dentro de la IE.

32. Inducir al consumo de

alcohol, spa, drogas cibernéticas y otra sustancias a un miembro de la comunidad

33. Realizar y/o invitar a

otros/as a hacer acciones de autoagresión física que lesionen su cuerpo (cutting, perforaciones, entre otros.)

34. Incumplimiento de contrato

pedagógico

cancelación de matrícula mediante resolución de exclusión

El estudiante tiene derecho a presentar reclamación durante los tres días hábiles siguientes a esta decisión Parágrafo: el estudiante que al finalizar el año haya sido sancionado bajo las condiciones del literal d, inicia el año con contrato pedagógico.

Situaciones o casos de discriminación y hostigamiento escolar generados por parte del grupo de docente, directivo, administrativo u otro diferente del estudiante. El protocolo para el debido proceso Presentación de queja por parte del estudiante ante el superior inmediato que presuntamente cometió la falta. Presentación de descargos ante el superior inmediato del acusado Se adoptarán las medidas pertinentes y de competencia institucional para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra. Se informará a la familia o acudiente del estudiante involucrado, actuación de la cual se dejaría constancia en el formato de atención a situaciones tipo II y III. Se determinarán las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo de acuerdo con el protocolo de mediación. Como constancia de lo anterior, se dejará registro del proceso en la hoja de vida del docente. De persistir la situación o ante el incumplimiento de acuerdos o reparación la situación pasará a ser considerada como de tipo III; el caso se remitirá al superior jerárquico inmediato o a las instancias de protección y denuncia.

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Artículo 59. PROTOCOLO PARA LA NEGOCIACIÓN DE SITUACIONES TIPO II MEDIACIÓN

Instancia competente: Docentes, directivos, CEC 1. Igual a situaciones tipo I, hasta numeral 4 2. La instancia competente dialoga con los actores, los escucha e informa a padres: señala

la presunta situación en la que pueden haber incurrido según el manual, les informa de las opciones: negociación (MEDIACIÓN) o proceso disciplinario explicando cada una; se invita a negociar a presuntos implicados. Si no acepta se inicia proceso disciplinario contra presunto agresor; si aceptan, se negocia bajo la forma de mediación: selección de mediadores de lista; se abre espacio pedagógico de negociación se hace el encuentro de mediación y se aplica la técnica (pre-mediación, cuéntame, ubicarnos, arreglo, vb acuerdo, cierre, seguimiento); si se logran o no acuerdos, el mediador informará a la coordinación. Si no se logran acuerdos o se incumplen: se inicia proceso disciplinario contra presunto agresor. Si se logran acuerdos la coordinación hará seguimiento al cumplimiento y se archiva la información.

3. Justicia restaurativa: se buscan acuerdos de reparación integral y de solución a las violencias y a su no repetición.

Artículo 60. TIPIFICACIÓN SITUACIONES TIPO III.

FALTAS REFERIDAS A SITUACIONES TIPO III

MEDIDAS PEDAGÓGICAS

EL PROTOCOLO PARA EL DEBIDO PROCESO.

1. Realizar cualquier acto que atente contra el derecho a la vida, salud, integridad y seguridad.

2. Cometer hechos graves, calificados como tales por las leyes vigentes colombianas.

3. Servir de enlace o participar en actividades dedicadas a la prostitución o comercialización del cuerpo.

4. Atentar contra su integridad física o la de otros miembros de la comunidad educativa.

5. Acosar, provocar o abusar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

6. Retener o secuestrar a algún miembro de la Comunidad Educativa

7. Extorsionar, amenazar,

Activación de rutas de atención integral

El coordinador, rector o comité de convivencia realiza el debido registro en un acta con la siguiente información: 1. Anotar la fecha 2. Anotar la situación tal cual

aparece en el manual de convivencia con su respectiva nomenclatura;

3. Describir el hecho ocurrido; 4. Recibir descargos del estudiante 5. Recoger firmas de estudiantes,

acudientes, docente y coordinador según el caso.

El coordinador, rector e integrantes del comité escolar de convivencia garantizará el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de las personas involucradas recepcionando información oral y/o escrita, testimonios, descargos, declaraciones, etc., sin hacer divulgación pública de su contenido y/o autores, con registro en el formato destinado por el CEC En caso de que uno o más

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acosar, coaccionar a algún miembro de la comunidad educativa, dentro y fuera de la institución.

8. Participar en cualquier tipo de negocio ilegal que involucre procesos académicos y/o formativos

9. Hurtar los bienes ajenos con o sin violencia

10. Hackear información institucional

11. Traficar y distribuir dentro de la institución educativa, SPA (sustancias psicoactivas), alcohólicas u otra sustancia que altere el comportamiento

12. Traficar y distribuir dentro de la institución educativa armas de cualquier género que puedan afectar físicamente y atentar contra la vida.

estudiantes sufran daño al cuerpo o a la salud, se gestionará la adecuada atención en salud física y mental de los mismos, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia a través del formato de activación de ruta del CEC. Se informará de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia a través de acta en el formato de actuaciones institucionales para situaciones tipo III. El rector, coordinador y/o CEC de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de las autoridades competentes, actuación de la cual se dejará c el formato de actuaciones institucionales para situaciones tipo III. El rector o coordinador(a) citará a los integrantes del comité, dejando constancia de ello y en dicho comité informará a los participantes de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando la reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de los estudiantes involucrados, así como del reporte realizado ante las autoridades competentes. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité de convivencia escolar adoptará, de manera inmediata, las medidas y consecuencias propias, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se

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dejará constancia a través de acta en el formato de actuaciones institucionales para situaciones tipo III. 7. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité de convivencia escolar, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. RESOLUCION DE EXCLUSION El estudiante tiene derecho a presentar reclamación durante los tres días hábiles siguientes a esta decisión. (RECURSO DE REPOSICION)

Artículo 61. PROTOCOLO PARA CASOS DE ACOSO ESCOLAR

El acoso escolar es entendido como la conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, Intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, Aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. Ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

1. El conocedor (cualquier miembro de la comunidad educativa) del casó puede informar la

situación inmediatamente a la coordinación, o en su defecto un cualquier miembro de la mesa de atención del comité escolar de convivencia (docente, psicólogo).

2. Verificada la situación de acoso escolar por parte de la coordinación, la información recolectada será consignada en el formato de "atención a situaciones" establecido por el comité escolar del convivencia.

3. Brindar al estudiante los primeros auxilios psicológicos 4. El acoso escolar es considerado como situación tipo II, por lo cual, será aplicado el

debido proceso para este (Sanciones y Medidas pedagógicas). 5. En Caso de Ciber Acoso, se deben guardar las pruebas (e-mail, SMS, Capturas de

Pantalla, otras entre) adjuntándolas al formato de "Atención a Situaciones"

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6. De no solucionar la situación y agotada la anterior instancia, debe informar a la entidad que corresponda (ver Anexo)

Artículo 62. PROTOCOLO DE ACTIVACIÓN DE RUTA EN CASO DE VIOLENCIA SEXUAL.

1. El conocedor (cualquier miembro de la comunidad educativa) del caso puede informar la

situación a cualquier miembro de la institución educativa y quien reciba la información deberá notificar INMEDIATAMENTE al rector, o en su defecto a cualquier miembro de la mesa de atención del Comité Escolar de Convivencia (coordinador, docente, psicólogo/a).

2. La información recolectada será consignada en el formato de “Atención a situaciones” establecido por el comité escolar del convivencia. Este documento quedará en custodia del Rector, en el archivo destinado al comité.

3. Si quién denuncia es el (la) estudiante que presuntamente sufrió algún tipo de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos, debe informárseles que por disposición de la ley 1098 de 2006 se debe notificar de la situación presentada.

4. El Rector, o un/a integrante del Comité Escolar de convivencia o quien fuera designado, deberá prestar primeros auxilios psicológicos y orientar a la presunta víctima.

5. Notificación a la familia o acudiente y traslado a servicios médicos en casos que lo amerite.

6. Se indica a la familia que por efecto de la ley 1098 la institución educativa está obligada a notificar de lo ocurrido para que se puedan interponer las acciones que obliga la ley, las cuales básicamente consisten en poner en conocimiento de las autoridades competentes.

7. En caso de presumir un acceso carnal violento, debe indicársele al acudiente que deberá trasladar de inmediato al estudiante al servicio de urgencia, y que luego deberá interponer la demanda en fiscalía (Centro Atención Integral a víctimas de abuso sexual -CAIVAS- , Centro de Atención víctimas de violencia intrafamiliar - CAVIF-) o en caso de tratarse de un miembro de la familia a la comisaria de familia.

8. En caso de que el abuso sexual se haya cometido por un agresor por fuera del núcleo familiar el rector, coordinador o designado por el Comité Escolar de Convivencia procederá a notificar a la familia o acudiente, para que traslade a urgencias al estudiante en caso de presentarse sospecha de acceso carnal. En caso de no sospechar acceso carnal se orientará para que se haga la denuncia al CAIVAS, CAVIF.

9. En caso de que el presunto agresor se encuentre dentro del núcleo familiar, y se sospeche acceso carnal violento: notificar a la familia y paralelamente a la comisaria de familia más cercana o al ICBF, se deberá indicar a la familia que se dirijan de inmediato con el menor al servicio de urgencias y notificar al 123 Infancia y Adolescencia con la finalidad que vincule al defensor de familia en el caso, acompañar a la víctima en el proceso de atención médica y psicosocial, y, garantice la protección del menor.

10. En caso de que la familia no se presente, se debe trasladar al estudiante al servicio de urgencias más cercano, y notificar al 123 Infancia y Adolescencia o al ICBF para que garanticen los derechos del menor y lo protejan mientras se hace presente la familia y se verifique sus condiciones.

11. En caso de que el abuso ocurriera antes de los 76 horas, quien acompañe al estudiante al servicio de urgencia debe informar a la persona encargada de la recepción o el triage en la unidad hospitalaria que se trata de un código fucsia , este código indica que se trata de un posible abuso sexual y que debe emprenderse un protocolo interno dirigido

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recolectar pruebas que permitan judicializar al posible abusador y realizar intervenciones que puedan prevenir embarazos y enfermedades de trasmisión sexual.

12. En caso de no existir sospechas de acceso carnal violento deber indicársele que debe asistir a fiscalía lo antes posible.

13. En todas las situaciones se deberá enviar un oficio a la entidad correspondiente notificando el caso.

14. En caso de que el acudiente o familiar entré en crisis, se debe implementar el protocolo de primeros auxilios psicológicos.

15. Seguimiento al caso: Una vez atendida la urgencia o surtida la denuncia el Comité Escolar de convivencia deberá hacer seguimiento al caso mediante contacto con el estudiante o su familia y deberá constatar que reciba atención jurídica, en salud y psicosocial para su recuperación en caso de no ser así deberá orientar para la instauración del proceso de tutela.

16. Cuando hay sospecha de abuso sexual y el victimario se presume que es un integrante de la institución educativa se debe realizar la denuncia oficial a las entidades correspondientes igual que cualquier caso. Las directivas de la institución iniciarán un procedimiento jurídico y administrativo de acuerdo con las leyes colombianas que para tales efectos son:

Ley 1146 de 2008 “ARTÍCULO 15. DEBER DE DENUNCIAR. En ejercicio del deber constitucional de protección de los niños, niñas y adolescentes, el Estado y la sociedad tienen el deber de denunciar oportunamente a las autoridades competentes cualquier indicio o caso de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento del hecho.” Por ello, se debe realizar la denuncia penal, como obligación ética y jurídica ineludible para la institución educativa (con consecuencias administrativas y penales si no se realiza), no queda a discrecionalidad de las autoridades de la institución.

Esto está respaldado en el artículo 209 del Código Penal (Ley 599 de 2000) modificado en la ley 1236 de 2008: “Artículo 209. Actos Sexuales con Menor de catorce años. El que realizare actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de catorce (14) años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales, incurrirá en prisión de nueve (9) a trece (13) años”. Por lo tanto se debe realizar denuncia inmediata para que tenga un debido proceso como le exige la ley. Se debe informar además a la Secretaria de Educación, pues ellos serán los encargados de realizar el seguimiento disciplinario correspondiente.

En estos casos se debe informar de manera inmediata a los padres, madres o encargados y si los hechos configuran un delito, la denuncia se debe interponer aun con la oposición de los padres, madres o encargados.

Realizar seguimiento pertinente por parte de la institución educativa para verificar el cumplimiento de los derechos, si fue atendido, si se dictó medida de protección, si recibe atención el niño, niña o adolescente y su familia.

En situaciones de riesgo inminente las víctimas y los denunciantes pueden solicitar medidas cautelares ante la autoridad judicial. La persona denunciante está protegida de contrademandas en caso de no prosperar la denuncia.

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Artículo 63. PROTOCOLO PARA LA ACTIVACIÓN DE RUTA PARA NIÑOS, NIÑAS Y

ADOLESCENTES QUE SE ENCUETRAN BAJO EFECTOS DE SUSTANCIAS

PSICOACTIVAS EN LA INSTITUCIÓN.

Decreto 1108/94 Artículo 9o. “Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte y consumo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Será obligación de los directivos, docentes y administrativos de los establecimientos educativos que detecten casos de tenencia o consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, informar de ello a la autoridad del establecimiento educativo; tratándose de un menor deberá comunicarse tal situación a los padres y al defensor de familia, y se procederá al decomiso de tales productos.”

La Institución educativa integrará en sus proyectos anuales el tema de la prevención del consumo de sustancias psicoactivas de acuerdo al decreto 1108 del 94, artículos 12 y 13; en este, se integrarán los estudiantes que se identifiquen y presenten problemas de consumos o presenten riesgo; al mismo tiempo se extenderán estas acciones de manera participativa a toda la comunidad educativa.

1. Los integrantes de la comunidad educativa que identifican algún estudiante que llega a la I.E en “estado de conciencia alterado”, intoxicado y/o consumiendo o dentro de la jornada académica en la misma situación, debe comunicar al coordinador(a) de la institución. De no encontrarse el coordinador(a) en el plantel debe de comunicar al docente líder en convivencia.

2. El integrante del comité escolar de convivencia de convivencia procederá una vez identificado el estudiante presuntamente bajo los efectos por el uso de sustancias psicoactivas o del cual se presumo algún tipo de uso de las mismas, a trasladarlo a un espacio tranquilo el cual permita abordar la situación.

3. La información recolectada será consignada en el formato de “Atención a situaciones” establecido por el comité escolar del convivencia. Este documento quedará en custodia del Rector.

4. En caso que el estudiante presente intoxicación moderada, severa o aguda por consumo de drogas, el Rector- o los integrantes del comité de convivencia escolar deberá llevarlo al centro de salud más cercano para que se le brinde la atención en salud.

5. El rector o encargado se comunica con la familia del estudiante y comenta la situación, argumentando que se encuentra en un estado de salud el cual no le permite ingresar a la jornada académica este día o continuar en ella.

6. Si hay contacto con la familia, se le solicita que se presente a la Institución Educativa para que traslade al estudiante al servicio de salud más cercano para evaluar su estado y recibir las recomendaciones respectivas.

7. La institución educativa en representación del psicólogo o rector realizan el seguimiento respectivo con la familia, preguntando sobre los resultados de la visita al servicio de salud y el regreso del estudiante a la institución educativa.

8. Si el estudiante no tiene presencia de la familia en la Institución Educativa, se deberá llamar a la línea 123 social o infancia y adolescencia quienes asumirán la situación del niño, niña, adolescente o joven y velarán por la garantía de derechos y el debido proceso. Se espera que esta acción determine la intervención con el estudiante

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posibilitando la atención adecuada y posteriormente la continuidad en la institución educativa como derecho primordial.

9. De igual manera, el equipo de apoyo psicosocial, acompaña la situación del estudiante, en este sentido podrá ubicar información y orientación en la línea para jóvenes y adolescentes 4444448, donde abordarán el caso y se recibirán la sugerencias respectivas para el siguiente paso con el estudiante. Además se le brindaran alternativas para la atención de su situación.

10. Cuando el estudiante se integre nuevamente a la institución educativa, el rector le hablará de la situación y ubicará dicho evento en el manual de convivencia; esto para evidenciar la situación y su respectiva sanción y medida pedagógica que se aplicará después de explicar que se realizó y garantizó el debido proceso. Este punto debe socializarse con el padre de familia o acudiente para que se tenga conocimiento y se reconozca que puede pasar si vuelve a ocurrir dicha situación

11. Seguimiento por parte del equipo psicosocial (si la Institución educativa cuenta con él) a la situación del estudiante y revisión de los compromisos que se acordaron al ingresar de nuevo a la Institución Educativa.

Artículo 64. PROTOCOLO DE ATENCIÓN DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES

1. Informar por escrito de la situación de la estudiante gestante al orientador escolar y/o coordinador garantizado el derecho a la intimidad y confidencialidad.

2. Establecer una entrevista con la estudiante para obtener información sobre el estado del embarazo e informar sobre sus derechos dentro y fuera de la institución, verificando que no esté siendo vulnerados.

3. Verificar que la estudiante se encuentre afiliada a salud y acceda a controles médicos, solicitando el certificado de la atención.

4. El Orientador Escolar y/o Coordinador, informará la situación al CEC, buscando siempre la reserva y manejo adecuado de la información.

5. En el caso de que se trate de una estudiante menor de 14 años, el CEC remitirá el caso al ICBF y/o CAIVAS buscando el restablecimiento de sus derechos y protección ante la vulneración de los mismos. De esta actuación se dejará constancia por escrito en el formato de “Atenciones a situaciones tipo II”.

6. El CEC, gestionará las acciones para garantizar la continuidad de la adolescente en el sistema educativo; para lo cual solicitará las respectivas adaptaciones curriculares y garantizará el proceso de la flexibilidad curricular.

Artículo 65. PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA IDEACIÓN INTENTO Y SUICIDIO

Ideación Suicida: El miembro de la comunidad educativa que se entere del caso debe:

1. Notificar a la familia y/o acudiente. 2. Los miembros que integran el Comité Escolar de Convivencia (CEC) o los

coordinadores académicos, diligencian y entregan a la familia, el formato para atención por urgencias dirigida a las entidades prestadoras de salud, este documento reposa en la carpeta de “Activación de Rutas” que se encuentra en la oficina de coordinación, sala de profesores y en secretaría. En caso de que la familia y/o acudiente no acuda al servicio de salud para la atención prioritaria se debe: Por negligencia: informar al ICBF o Policía de Infancia y Adolescencia

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Circunstancia ajena a la voluntad de padres, madres y/o acudientes: es necesario informar al CEC, para que los miembros amplíen la red de apoyo (abuelos, tíos, primos, entre otros) que puedan acompañar en esta gestión al miembro de la comunidad educativa. En caso de que la entidad prestadora de salud no realice la atención pertinente se remitirá el caso al CEC, para que los integrantes activen otras rutas que garanticen una oportuna atención (secretaría de salud, secretaría de educación, inclusión social, personería).

3. Seguimiento. La mesa de atención del CEC, realizará el seguimiento del caso. A todos los casos atendidos en el entorno escolar, se les debe dar el debido seguimiento, sea en los procesos administrativos, judiciales o la atención psicosocial de los involucrados y establecer patrones de eficiencia en la atención de los mismos.

Intento de Suicidio: El miembro de la comunidad educativa que se entere del caso debe:

1. Notificar a la familia (padre, madre, acudiente o familiar cercano) 2. Solicitar el servicio de ambulancia al 123 social (línea de la Policía) 3. Si la Policía no acude, uno de los miembros del comité de emergencias acompañará

y se desplazará hasta el servicio de urgencias de Metrosalud (Piloto o Raizal) o el Hospital San Vicente.

4. Seguimiento. La mesa de atención del CEC, realizará el seguimiento del caso. A todos los casos atendidos en el entorno escolar, se les debe dar el debido seguimiento, sea en los procesos administrativos, judiciales o la atención psicosocial de los involucrados (as) y establecer patrones de eficiencia en la atención de los mismos.

Suicidio: El miembro de la comunidad educativa que se entere del caso debe:

1. Llamar al 123 social para el levantamiento y acompañamiento psicológico a la

comunidad educativa 2. Notificar a la familia (padre, madre, acudiente o familiar cercano) 3. Notificar al Comité Escolar de Convivencia para que los integrantes citen a comité

extraordinario y se tomen las medidas correspondientes según lo establecido por la ley 1620. A todos los hechos atendidos en el entorno escolar, se les debe dar el debido seguimiento, sea en los procesos administrativos, judiciales o la atención psicosocial de los involucrados (as) y establecer patrones de eficiencia en la atención de los mismos.

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CAPITULO VII

UNIFORMES, HORARIOS Y OTRAS DISPOSICIONES.

Artículo 66. DESCRIPCIÓN Y USO DE LOS UNIFORMES

Educación Física. Unisexo

Pantalón sudadera azul rey con cuatro líneas blancas paralelas a lado y lado, las externas más delgadas, marcada con las letras iniciales del nombre de la institución en el costado derecho.

Tenis blancos o negros con cordones del mismo color

Camiseta blanca tipo polo, con cuello y ribete en la manga azul rey, con el escudo de la Institución impreso o bordado al lado izquierdo

Medias clásicas blancas.

Preescolar: tendrán uniforme de educación física para todos los días, llevarán además un delantal amarillo, con ribetes y botones azul rey, abotonado adelante, su diseño ya está establecido.

Uniforme Gala.

Mujeres jornada diurna.

Jumber en paño, referencia 103, la falda con prenses a los lados, largo hasta la rodilla.

Camisa blanca colegial manga corta.

Medias blancas a la rodilla.

Zapatos negros colegiales.

Hombres jornada diurna.

Jean azul oscuro clásico.

Camiseta blanca tipo polo, con cuello y ribete en la manga azul rey, con el escudo de la Institución impreso o bordado al lado izquierdo

Medias clásicas blancas, negras o azules oscuras.

Zapato o tenis totalmente negro.

Correa negra o azul oscura.

Jornada nocturna mujeres y hombres.

Camiseta blanca tipo polo, con cuello y ribete en la manga azul rey, con el escudo de la Institución impreso o bordado al lado izquierdo

El buzo, saco o chaqueta debe ser azul oscuro sin adornos.

NORMAS PARA LLEVAR EL UNIFORME

La falda debe llevarse a la altura de la rodilla, con la cremallera y el botón lateral cerrados.

Los adornos para el cabello deben ser de color blanco, negro, azul oscuro o rojo.

La sudadera del uniforme de educación física no debe tener flecos, ni estar entubada.

Se permite el uso de camisilla o camiseta de color blanco por debajo de la camiseta o camisa.

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El uniforme de educación física solamente se usará el día que corresponda o cuando se autorice su uso para actividades institucionales.

Los hombres y las mujeres deben usar los uniformes limpios y completos.

Maquillaje y accesorios suaves, sin exageraciones.

Se permite el maquillaje en las uñas.

No se permiten accesorios que atenten contra la integridad física personal y la de los demás.

Las estudiantes embarazadas pueden utilizar el uniforme que consideren pertinente (Gala o educación física) o adaptarlo a su condición de embarazo.

Artículo 67. DEL HORARIO

1. Horario para los estudiantes:

SEDE PRINCIPAL

BACHILLERATO

JORNADA MAÑANA Entrada: 6:15 am Salida: 12:15 pm

JORNADA TARDE Entrada: 12:15 pm. Salida: 6:15 pm

JORNADA NOCTURNA Entrada:6:15 pm Salida:10:15 pm

SECCION SAN JOSE

JORNADA MAÑANA PRIMARIA

Entrada 7:00 am salida: 12:00 am

JORNADA TARDE Entrada 12:00 pm Salida: 5:00 pm

2. Horario para los Docentes:

SEDE PRINCIPAL

BACHILLERATO

JORNADA MAÑANA Entrada: 6:15 am Salida: 12:15 pm

JORNADA TARDE Entrada: 12:15 pm Salida: 6:15 pm

JORNADA NOCTURNA Entrada:6:00 pm Salida:10:00 pm

SECCION SAN JOSE

JORNADA MAÑANA PRIMARIA

Entrada 7:00 am salida: 1:00 pm

JORNADA TARDE Entrada 11:00 am Salida: 5:00 pm

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3. NORMAS GENERALES SOBRE EL HORARIO:

La entrada de los estudiantes será 10 minutos antes de iniciar la jornada.

Pasados 10 minutos de terminada la jornada, no deben permanecer estudiantes dentro de la institución educativa.

Los estudiantes deben llegar puntualmente, a su vez sus acudientes los reclamarán a la hora indicada; después de media hora se reportarán a las autoridades competentes.

Es requisito para que un estudiante salga de la institución durante su jornada escolar, que la familia o su acudiente se haga presente; sólo en caso de emergencia podrá salir acompañado de un docente o directivo docente.

Los estudiantes que lleguen tarde a la Institución, ingresarán luego de aplicarles el siguiente procedimiento: Se le anotará falta de asistencia a la primera hora Se llevará un registro para consignar las llegadas tarde Con tres llegadas tarde, se hace la respectiva anotación en el observador del

estudiante, con la quinta llegada tarde se hace requerimiento a la familia.

Si un estudiante llega tarde a la clase, sin justificación, el educador permitirá su ingreso y realizará la anotación en el observador. Si el comportamiento es reiterado se le iniciará el proceso disciplinario.

Ante las llegadas tarde, después de la primera hora de clase, se le exigirá al estudiante una excusa escrita o constancia médica.

Artículo 68. SOBRE EL TIMBRE

Sonará un toque prolongado para pasar a las aulas y al terminar la jornada.

Sonará un toque normal para cambios de clase.

Sonarán dos toques para formación general o actos comunitarios.

Artículo 69. DEL CUADERNO DE COMUNICACIONES.

El (la) estudiante deberá traerlo diariamente.

El cuaderno de comunicaciones se utilizará, entre otros fines para:

Enviar la excusa cuando un(a) estudiante falte a la Institución. Debe llevar fecha, motivo de la ausencia y firma del padre/madre de familia, acudiente o quien haya firmado la matrícula.

Solicitar una cita para dialogar con alguno de los docentes o con el coordinar(a). El (la) rector(a) y la secretaria quienes tienen unos horarios de atención.

Citar o responder a una solicitud de la familia o acudiente.

Informar acerca de alguna dificultad académica o comportamental que presente el (la) estudiante.

Citar a la familia o acudiente para informarle sobre novedades académicas y/o comportamentales de sus acudido(s)

Enviar informaciones generales de la Institución y citar a reuniones.

Autorizar las salidas pedagógicas de los (las) estudiantes.

El cuaderno de comunicaciones deberá contener el nombre del (la) estudiante, los teléfonos de contacto con el acudiente y su nombre.

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Artículo 70. DEL CUIDADO DEL AMBIENTE ESCOLAR

Todo miembro de nuestra comunidad educativa debe ser consciente de la vital importancia y trascendencia que tiene la conservación del medio ambiente. Por eso, es necesario comprometernos con las siguientes tareas:

Abstenerse de transitar o estacionarse sobre las zonas verdes.

Abstenerse de arrojar papeles y otra clase de basura al piso; en caso de encontrar alguna, recogerla y depositarla en uno de los basureros (de acuerdo a campañas sobre el reciclaje)

Conservar los recursos naturales existentes.

Colaborar y participar activamente del proyecto PRAES

Mantener la Institución en completo orden y aseo, evitando la contaminación visual y auditiva.

Mantener una sana convivencia.

Los equipos audiovisuales deberán escucharse con volumen moderado.

Usar correctamente los servicios sanitarios.

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CAPÍTULO VIII

SERVICIOS INSTITUCIONALES

Artículo 71. PROCEDIMIENTO PARA PERMISOS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES.

Para representar a la Institución Educativa en eventos culturales, deportivos, sociales, académicos y recreativos, los permisos serán dados por la coordinación, previo informe del docente encargado de la actividad y autorización escrita del acudiente.

Para un estudiante retirarse del establecimiento durante la jornada escolar, por cita médica u otros, la autorización será dada por la coordinación, previa autorización escrita del acudiente y sólo podrá retirarse bajo la compañía de un adulto.

Toda inasistencia debe ser justificada por escrito, debe estar firmada por el acudiente y estar bien presentada. Inicialmente debe hacerse firmar en la coordinación y después por todos los docentes que dieron clase el día o los días de inasistencia. Para la presentación de talleres y evaluaciones deberá tener el visto bueno de la coordinación.

En el caso de los docentes, los permisos para ausentarse por horas durante una jornada, para ausentarse durante una jornada completa y hasta tres días, son competencia exclusiva del rector(a) dicha solicitud deberán hacerse diligenciando el formato dispuesto para ello. Deberán presentarse siempre tres copias: una para rectoría, otra para coordinación y la tercera para el docente. En todos los casos, deberá ser informado del permiso, el coordinador/a, para proceder a realizar los ajustes necesarios en el horario.

Artículo 72. PROCESO DE ADMISIÓN

En la IE, los criterios para la admisión de estudiantes, los cupos disponibles para cada grado y los procedimientos de admisión y matrícula, serán establecidos por el Consejo Directivo. El Rector(a) será el encargado de realizar los procesos de admisión de estudiantes nuevos y de renovación de matrícula. REQUISITOS PARA LA MATRICULA. 1. NIVEL PREESCOLAR.

Tener (5) cinco años cumplidos o que los cumpla a más tardar en marzo de la vigencia.

Copia del documento de identidad del estudiante, Registro Civil.

Hoja de vida

Carnet de vacunas

Copia de cédula de la madre, padre, acudiente.

Copia del SISBEN o del carnet de afiliación a la EPS.

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En caso de ser admitido debe diligenciar la matrícula cumpliendo con los requisitos y la papelería completa en la fecha correspondiente.

2. PRIMARIA, SECUNDARIA, MEDIA Y EDUCACIÓN FLEXIBLE.

Certificado de calificaciones de los grados anteriores, en papel membrete con la firma del Rector.

Copia del documento de identidad del estudiante.

Hoja de vida

Copia de cédula de la madre, padre, acudiente.

Copia del SISBEN o del carnet de afiliación a la EPS.

En caso de ser admitido debe diligenciar la matrícula cumpliendo con los requisitos y la papelería completa en la fecha correspondiente.

Artículo 73. PROCESO PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS COSTOS DE MATRÍCULA

El costo de la matrícula será determinado por Acuerdo del Consejo Directivo, y reglamentado por Resolución Rectoral, cumpliendo con los parámetros que para tal efecto expida la Secretaría de Educación del municipio de Medellín.

Artículo 74. MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA Y EXTERNA

Los medios de comunicación tanto internos como externos tendrán como principio fundamental el diálogo concertado en forma abierta, clara, efectiva y sincera, su función primordial será difundir información institucional, apoyar los proceso formativos y participación. Además, generar vínculos familia, comunidad e institución.

Medios

Circulares.

Carteleras de las diferentes áreas y proyectos.

Emisora Escolar.

Periódico escolar virtual

Acuerdos del Consejo Directivo.

Resoluciones Rectorales.

Actas de Reuniones.

Observadores del estudiante.

Fichas de Seguimiento.

Memorandos.

Citaciones y Remisiones.

Dirección electrónica de la IE

Página Web institucional

Cronograma semanal

Es responsabilidad del Consejo Directivo recibir los proyectos de trabajo relacionados con la comunicación dentro de la institución, destinando un monto dentro del presupuesto, para financiar este tipo de actividades.

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Artículo 75. SALA DE AUDIOVISUALES, SALAS DE SISTEMAS, LABORATORIO,

AUDITORIOS Y BIBLIOTECAS

Los reglamentos y normas que se construyan para la utilización de estos espacios deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones generales:

Establecer una programación semanal, mensual y/o anual donde se definan los horarios de uso previamente.

Asignar una persona responsable, que será encargada del inventario y de la organización de los horarios de servicio. Esta persona debe velar por la equidad en el acceso al servicio.

Cada educador que utilice estos espacios debe responder por el inventario, el uso adecuado del espacio, los enseres y el aseo al finalizar la actividad programada.

La programación con las fechas reservadas para el uso de estos espacios debe permanecer en lugares visibles.

Si no se utiliza este espacio en el horario reservado, otro docente podrá hacer uso del espacio, previa inscripción en el formato de reservas.

En ninguno de estos espacios se permite consumir alimentos, bebidas, cigarrillos, chicles u otro tipo de producto.

Siempre que los estudiantes se encuentren en estos espacios, deben estar acompañados por un docente o persona adulta debidamente autorizada.

En estos espacios se deberán mantener siempre las normas de disciplina que permitan un ambiente adecuado para el aprendizaje.

Los muebles y enseres de estas aulas especializadas (cortinas, materiales, sillas, equipos, etc.), no podrán ser retirados sin autorización expresa del Rector.

Los docentes encargados de estas aulas especializadas, deberán responder por las pérdidas y daños de equipos y materiales a su cargo, cancelando el valor de la reposición y/o reparación.

Estas aulas sólo serán utilizadas para las actividades pedagógicas para las cuales fueron diseñadas. Para darles otro tipo de uso deberá contarse con autorización escrita del Rector.

Artículo 76. PROVEEDORES

Artículo 77. AUTO EVALUACIÓN INSTITUCIONAL Y PLAN DE MEJORAMIENTO ANUAL.

Es responsabilidad del equipo directivo de la IE, encabezado por el rector, implementar anualmente la autoevaluación institucional con el respectivo plan de mejoramiento y plan operativo, el cual será socializado con la comunidad educativa, mediante una circular.

Artículo 78. PROGRAMAS DE BIENESTAR INSTITUCIONAL.

Todos los programas de bienestar que ofrece la Institución, se constituyen en actividades curriculares de obligatorio cumplimiento y es responsabilidad del Consejo Directivo, velar porque estos servicios se presten con eficiencia, transparencia y calidad, para que cumplan con el objetivo para el cual fueron creados. Estos servicios dependen de las alianzas que establezca la IE con otras entidades gubernamentales o privadas.

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CAPITULO IX

REFORMAS AL MANUAL DE CONVIVENCIA.

Artículo 79. ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PERMANENTE DEL MANUAL DE

FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS EN LA IE.

La ejecución de esta tarea será responsabilidad del comité operativo, la aprobación del documento final será competencia del consejo directivo. Una vez realizado, deberá socializarse a toda la comunidad educativa, en especial a los docentes y directivos docentes.

Artículo 80. CONSTRUCCIÓN DEL ARCHIVO HISTÓRICO INSTITUCIONAL.

El consejo directivo de la institución y el rector(a), nombrará a un equipo responsable de la construcción de un Archivo Histórico Institucional. Este equipo será el encargado de la recolección, organización, sistematización y preservación de todos los documentos y elementos que se constituyan en evidencia de la historia de la institución y en patrimonio institucional. Los registros fotográficos de eventos, grabaciones, correspondencia interna y externa del establecimiento, los observadores de cada grupo, etc., todo esto es evidencia de los procesos escolares individuales y comunitarios, y como tal hacen parte de la memoria colectiva. Para la realización de esta tarea, se asignará y adecuará un espacio y se ofrecerán los recursos e implementos necesarios. A su vez, este grupo dará informe cada año al Consejo Directivo sobre sus inventarios en forma escrita.

Artículo 81. PROCEDIMIENTOS PARA REFORMAR EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA

IE.

Al manual de convivencia se le podrán hacer, conforme a las tendencias educativas, al entorno, a las necesidades institucionales, pero en atención especial a las nuevas normas que se profieran, dos tipos de reformas:

Artículo 82. MODIFICACIONES

PARCIALES: Estas surgen de la Evaluación Institucional Anual. Para estas modificaciones se requiere que el Rector(a) presente la propuesta de modificación al Consejo Directivo, y una vez aprobada, expida la Resolución Rectoral que reglamenta los cambios establecidos, y que entrarán en vigencia con la publicación del acto administrativo mencionado.

MODIFICACIÓN TOTAL: Para modificar de manera total el manual de convivencia se requiere que las propuestas de reforma se presenten en forma escrita al Consejo Directivo de la IE, por un 10% de los miembros de la comunidad educativa, o por cualquiera de los organismos de participación de la comunidad educativa en el gobierno escolar. El consejo directivo estudiará las propuestas y decidirá si le da o no curso al proceso de reforma.

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En caso de ser aprobada en el consejo directivo una propuesta de reforma del manual de convivencia, se deberá convocar una consulta popular. Para llevarla a cabo, se integrarán los cinco estamentos de la comunidad educativa en tres grandes asambleas: la primera de estudiantes y exalumnos, la segunda de docentes y directivas, y la tercera de padres de familia y/o acudientes. El consejo directivo pondrá en consideración de la comunidad educativa, por escrito, las propuestas de reforma, de manera sencilla, concreta y bien formulada, para que mediante voto secreto, los integrantes de cada asamblea tomen la decisión de si cambian o no alguno de los numerales del manual de convivencia de la institución. Las propuestas que sean aprobadas mayoritariamente en dos de estas tres asambleas donde están representados todos los estamentos de la institución, serán de obligatorio cumplimiento. Solamente el consejo directivo tiene competencia para poner en consideración de la comunidad educativa de la IE una propuesta de reforma del manual de convivencia. En todos los casos de consulta popular para reforma del manual de convivencia, el consejo directivo deberá promover un proceso previo de sensibilización y concientización, para que haya una participación responsable y significativa en el mismo. Las reformas al manual de convivencia que hayan sido aprobadas después de haber seguido el anterior proceso, deberán ser consignadas en un Acuerdo del Consejo Directivo y firmadas por todos los miembros de éste, Acto administrativo que se dará a conocer a cada familia de la comunidad educativa.

Artículo 83. MECANISMOS DE DIFUSIÓN Y ESTUDIO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA EN

LA IE.

Los mecanismos que a continuación presentamos, están orientados a cultivar en todos los miembros de la comunidad educativa, y especialmente en nuestros estudiantes, desde este espacio institucional escolar, un elevado nivel de competencia ciudadana, de inteligencia política y de esa manera de pensar y actuar en sociedad que denominamos: cultura de la legalidad o cultura del conocimiento y el respeto por las normas establecidas para asegurar una convivencia más tranquila, más humana, más civilizada y más constructiva. En la IE, todos los estudiantes deberán portar, una copia del manual de convivencia, la cual será entregada por la Institución, de la misma manera para los estudiantes nuevos que al inicio o durante el transcurso del año vayan ingresando a la institución. En cuanto a las reformas que se vayan haciendo con el paso del tiempo, éstas también serán entregadas en hojas anexas a cada estudiante antiguo y nuevo, para que las vaya adicionando a su manual. Teniendo en cuenta que durante el primer mes del año lectivo, deben nombrarse todos los representantes de los diferentes estamentos ante los distintos órganos del gobierno escolar y ante los demás organismos y cargos de participación en el gobierno escolar, en todos los grupos de la institución, durante el primer mes lectivo, se estudiará en las clases del área de ciencias sociales, todo lo referente al gobierno escolar, para conocer, comprender en profundidad, debatir, criticar, en torno a este tema y estar así suficientemente fundamentados a nivel teórico, para participar en Forma inteligente y crítica durante el proceso de elección de los representantes a los diferentes organismos del gobierno escolar. Con esta medida se pretende desarrollar la competencia ciudadana y la inteligencia política de los estudiantes, para que desde la institución, aprendan a participar en los procesos democráticos, teniendo un significativo

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nivel de dominio de las normas que establecen cuáles son sus derechos, sus espacios y sus mecanismos de participación en las decisiones que afectan la vida escolar. Cada año, será un requisito obligatorio para renovar la matrícula, presentar el manual de convivencia con el compromiso de cumplimiento que aparece en la última hoja, firmado por el estudiante y el acudiente, como evidencia de que conocen las políticas y las normas institucionales, y que se comprometen libre y voluntariamente a respetarlas.

Artículo 84. ESTRATEGIAS DE SOCIALIZACIÓN - DIVULGACIÓN DEL MANUAL DE

CONVIVENCIA

1. GENERALES

Promocionar el manual desde la divulgación y publicación del mismo en la página web de la institución.

Construir una base de datos: contacto celular y cuenta de correo; de los Padres de Familia o Acudientes y de los estudiantes.

Diseñar pendones para cada salón con las tipificaciones y procedimiento respectivo.

2. CON LAS FAMILIAS.

En reuniones con madres y padres hablar del manual de convivencia.

En la asamblea de madres y padres trabajar el debido proceso.

Enviar el manual de convivencia a los correos electrónicos de las familias.

Inducción para familias y estudiantes.

Talleres prácticos para las familias sobre el Manual de Convivencia. 3. ESTUDIANTES.

Al momento de la matricula hacer cuestionarios sobre el manual de convivencia, para adquirir un código que sea necesario en el ficho de la matrícula.

Elaborar carteleras con los grupos sobre temas específicos del manual de convivencia.

Elaboración por parte de los estudiantes de un Plegable, donde se evidencien los deberes y derechos de los estudiantes y el porte adecuado del uniforme, entre otros.

Inducción para estudiantes nuevos.

Talleres prácticos para los Estudiantes del Manual de Convivencia.

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ANEXOS. Anexo 1 - Reglamento del Comité Escolar de Convivencia.

COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA (CEC)

REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I CARÁCTER, PROPÓSITO, OBJETIVO, PRINCIPIOS Y DOMICILIO Artículo 1. Carácter. El “COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA”, de ahora en adelante denominado CEC, es una comisión intrainstitucional conformada por los representantes de los diferentes estamentos de la comunidad educativa, para tratar asuntos de la convivencia pacífica, orientar, asesorar, capacitar y establecer criterios para la solución de conflictos escolar en primera instancia y enviar a instancias superiores, previo análisis y merito, los casos especiales. Artículo 2. Propósito. Orientar las políticas de la pedagogía de la tolerancia y la convivencia armónica institucional para articularlas con las diferentes áreas del conocimiento y los estamentos escolares, constituyéndose en orientación, participación y proyección en la solución de problemáticas. Artículo 3. Objetivo general. Legitimar la elaboración de estrategias de promoción, prevención, negociación y solución de conflictos que se presenten dentro la comunidad educativa, como herramienta de participación democrática de deliberación y decisión, para la promoción del bienestar y el progreso personal e institucional. Artículo 4. Principios. El CEC de la Institución Educativa MANUELA BELTRÁN se rige con los siguientes principios en correspondencia con los enunciados para el Sistema Nacional de Convivencia Escolar: participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad. Artículo 5. Domicilio. El domicilio y lugar de reuniones del CEC será en la sede principal de la institución Educativa Manuela Beltrán, ubicada en la carrera 37 no 71-47 en la ciudad de Medellín. CAPÍTULO II CONFORMACIÓN Artículo 6. El CEC está integrado por: El Rector(a) quien lo preside Los Coordinadores(as) de cada sede y jornada. Orientador(a) Escolar Dos Docentes por la sede principal (uno por cada jornada) y un docente por la Sección San José, todos(as) elegidos/as por la asamblea general de docentes. Personero/a estudiantil. Presidente del consejo estudiantil Presidente del consejo de padres y madres Artículo 7. Para ser miembro activo del CEC, se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

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Estar vinculado a la comunidad educativa. Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y congruencia con el Proyecto Educativo Institucional. Demostrar alto grado de pertenencia, compromiso con el colegio y entrega al servicio educativo del plantel Comulgar con la filosofía de la Institución Educativa y con sus principios y haber manifestado siempre respeto por la institución y sus componentes. Conocer la parte pertinente del manual de convivencia y la ley 1620 de 2013 con su decreto reglamentario. Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades. CAPÍTULO III FUNCIONES DEL CEC Y SUS MIEMBROS Artículo 8. Funciones. Se adoptan las funciones establecidas por la ley 1620 de 2013, Decreto reglamentario 1955 de 2013 y manual de convivencia, a saber: Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes, estudiantes, directivos y familias. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. Promover la vinculación de estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones Conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, en el PLAN DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el CEC. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Artículo 9. Funciones del presidente del CEC. Las estipuladas en el artículo 18 de la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario, se consideran las siguientes funciones que deben ir en concordancia con las anteriormente mencionadas, a saber: Presidir las reuniones y ejercer la representación legal del CEC citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias

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Preparar el orden del día Artículo 10. Funciones del Secretario(a). Elaborar el acta de cada reunión y darle el trámite correspondiente. Dicha acta deberá contener como mínimo lo siguiente: Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión. Registro de los miembros del CEC que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la entidad o sector que representan y verificación del quórum. Registro de los miembros del CEC que presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión. Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones. Firma de los miembros del CEC, una vez haya sido aprobada por los asistentes Llevar los archivos del CEC, citaciones, control de asistencia, actas, correspondencia y documentos que soportan los casos. Artículo11. Son funciones de los miembros del CEC: Asistir puntualmente a todas las reuniones Presentar y considerar las iniciativas de la Comunidad Educativa que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. Presentar las sugerencias de los estamentos de la comunidad educativa. Mantener informados a sus representados. CAPITULO IV DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES Y SANCIONES Artículo 12. “El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.” Artículo 13. Son deberes de los miembros del CEC: Asistir puntualmente a todas las reuniones Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el CEC. Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el CEC. Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa. Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos tratados por el CEC de convivencia escolar Los demás que le sean asignados por el CEC, siempre que sean de su incumbencia Artículo 14. Son derechos de los miembros del CEC: Presentar iniciativas y sugerencias para asesorar a la Rectoría en la toma de decisiones y para lograr la práctica de la participación en la vida escolar. Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás miembros del CEC Participar en todas las deliberaciones con voz y voto Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa. Artículo 15. Prohibiciones a los miembros del CEC. Revelar información sobre temas tratados en el CEC sin la debida autorización. Distorsionar las decisiones tomadas en el del CEC. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las actividades del CEC

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Disociar las relaciones entre los integrantes del CEC. CAPITULO V SANCIONES Artículo16. Pérdida de investidura. Se consideran causales para exclusión o pérdida de investidura como representante al CEC las siguientes: Inasistencia a dos (2) sesiones sin justa causa Faltar gravemente a la debida discreción sobre los temas tratados al interior del CEC. Llamada de atención en sesión, por negligencia en el cumplimiento de sus deberes, por segunda vez. Por orden de autoridad competente. CAPITULO VI ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL CEC Artículo 17. Estructura. El CEC contará para su funcionamiento con tres Mesas de Atención discriminadas así: Mesa de Atención A: En la sede principal para la jornada de la mañana Mesa de Atención B. En sede principal para la jornada de la tarde Mesa de Atención C. En la Sede San José Mesa de Atención D. En sede principal para la jornada de la noche Composición: Cada Mesa de Atención estará integrada por: Coordinador(a) de Sede/Jornada Orientador(a) Escolar Docente representante de la jornada. Funciones: Son funciones de cada Mesa de Atención en el contexto particular de la jornada/sede: Prevención y Promoción. Dinamizar para la Sede/Jornada las estrategias y/o actividades para la prevención y la promoción definidas por el CEC; Definir para la Sede/Jornada otras estrategias y actividades de prevención y promoción particulares acordes con las condiciones de la Sede/Jornada. Mediación. Establecer y definir escenarios para la mediación y su práctica constante en la Sede/Jornada Atención. Prestar atención a las diferentes situaciones tipo II relativas a la convivencia escolar que tengan suceso en la Sede/Jornada. Artículo 18. Funcionamiento de las mesas de atención. Se rigen por los artículos 20, 21,23,25 y 26 del presente reglamento. Artículo 19. Reuniones. Las reuniones del CEC serán de dos clases: Ordinarias: que se convocan mensualmente en fechas previamente establecidas en el cronograma institucional Extraordinarias: que se convocan en forma excepcional para tratar un asunto específico. Artículo 20. Quórum Deliberatorio. Constituye quórum para deliberar la mitad de los miembros del CEC

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Artículo 21. Quórum Decisorio. Para decidir, se debe contar con la presencia de por lo menos la mitad mas uno de los integrantes incluido el rector o su representante. Las decisiones que lo requieran se tomarán por votación secreta o abierta y por mayoría absoluta de los asistentes. Parágrafo 1: El CEC, cuando lo considere necesario para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, podrá invitar a miembros de la comunidad educativa, funcionarios o representantes de las entidades públicas o privadas, o personas expertas y otras personas naturales o jurídicas, cuyo aporte pueda ser de utilidad. Los invitados tendrán voz pero no voto dentro de las respectivas sesiones. Artículo 22. El voto es personal e indelegable para todos los efectos. Artículo 23. Todas las personas integrantes del CEC se someten a las mismas obligaciones por principio de corresponsabilidad. Artículo 24. Mesas de Trabajo. Se constituyen para la ejecución de tareas y/o actividades asignadas por el CEC como comisiones accidentales. No son de carácter permanente y se disuelven una vez realizada la actividad para la que fueron creadas. CAPITULO VII DISPOSICIONES GENERALES Artículo 25. Conducto regular. Los asuntos que lleguen a consideración del CEC, sólo serán considerados después de haber seguido el conducto regular establecido en el Manual de Convivencia del plantel. Artículo 26. Recursos. Contra las decisiones del CEC proceden los recursos establecidos en nuestro manual de convivencia en las condiciones y términos definidos para los diferentes protocolos CAPITULO VIII VIGENCIA Artículo 27. El CEC ejercerá sus funciones por un año contado a partir del momento de si instalación hasta cuando se designe el nuevo Comité, mediante la paliación del procedimiento correspondiente Artículo 28. El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta cuando sea modificado total o parcialmente por el mismo CEC

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Anexo 2 - SIE. Anexo 3 - Conceptos: 1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad

real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos

no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

4. Acoso escolar (Bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

5. Ciber acoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente,

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utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

ANEXO 5 – Directorio para rutas de atención. A 2016 DIRECTORIO DE CONTACTOS PARA LA ACTIVACIÓN DE RUTAS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES DE ACOSO Y CIBER ACOSO ESCOLAR

Nombre Unidad Notificadora Dirección Teléfono Te Protejo – MINTIC www.teprotejo.org

Pantallas amigas www.pantallasamigas.net/

Centro Cibernético Policial www.ccp.gov.co/

Policía de infancia y adolescencia Calle 71 # 37 – 52 123 2332933

Bienestar familiar ICBF Centros zonales Calle 51 # 51 – 59 Barrio Centro

4093440

Comisaria de Familia Calle 78 # 42 – 21 2113076

Personería Municipal Centro cultural plaza de la libertad carrera 53 a # 42 – 101 contigua al centro administrativo la alpujarra Medellín Colombia

3849999 [email protected]

DIRECTORIO DE CONTACTOS PARA ACTIVACIÓN DE RUTAS Y ATENCIÓN A NNA POR FARMACODEPENDENCIA.

Nombre Unidad Notificadora

Modalidad (Ambulatorio-Residencial-Mixto )

Dirección Teléfono

Salud Mental Integral SAMEIN S.A.S

Residencial CL 33 #63B-151 Calle 103 No 46-446 Vereda Ancón, Paraje el Zarzal

4605949 Ext 308 - 216 3152203032

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Corporación Centro Cita Salud Mental Tienen Dos Cedes: Sede Ambulatoria Carrera 81 b 49 f 20, Calasanz, Medellín Sede Residencial. Vereda el Cerro, corregimiento de Santa Elena, Medellín

Ambulatorio Cra 81 B 49 F 20 Calasanz

4225525 - 2641476 Cel. Bibiana 3116016929

Fundación Hogares Claret Centro de Rehabilitación para Adictos

Residencial km 9 antigua vía al mar

4484904 Ext. 61, 62 313 6592463

Fundación Hogares Claret - Adultos: CENTRO DE REDUCACION DE ADICTOS

Residencial KILOMETRO OCHO VIA SANTA HELENA -VEREDA MEDIA LUNA

2217844 - 2260693 Cel. 3217993956

Fundación Hogares Claret Programa ambulatorio Centro de Reeducación de adictos

Ambulatorio Cra 50 # 58-59 Prado Centro

2844304 EXT 40-43-41 3207844280

Fundación La Luz Residencial CL 16 AA SUR # 25 55 San Lucas

3171849 -2 o Ext 116 Cel. 310 2866988

Centro de Investigación y Atención al Farmacodependiente - CIAF (U. SAN BUENAVENTURA)

Ambulatorio Cra 56 c 51-90 5145600 ext. 4251 - 3217314683

Corporación Enlace Terapéutico

Ambulatorio Calle 57 # 42-15 Centro

4485448 - 311 7540442

E.S.E CARISMA Mixto Carrera 93 No. 34 AA-01. Belencito Corazón.

4924000 Ext 111 3113762980

Centro de Atención en Drogadicción San Vicente de Paul

Ambulatorio Calle 64 Cra 51 D 154 BL 4 Salud Mental

4441333 - ext. 2704 o 3505 cel.: 300-656-55-34

IPS FUNDACION IPSI Ambulatorio CL 53 # 42-26 4483505

Centro Día - Sec. Inclusión Social y Familia Municipio de Medellín - Sistema de Atención al Habitante de Calle

No aplica Calle 57B # 54-151

5111821 - 3811924 - 514 17 22 - 5719478 - 385 73 68 Celular Carlos 314 8470594

Vos con Vos S.A.S Calle 40# 97-33 492 99 - 3007825692

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DIRECTORIO DE CONTACTOS PARA ACTIVACIÓN DE RUTAS Y ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL

Nombre Unidad Notificadora Dirección Teléfono Secretaría de Inclusión Social y Familia – Unidad de Niñez

Carrera 78B N° 72A – 36 (Robledo)

Teléfonos: 385 54 99 – 385 54 97 – Línea 123 Social

Fiscalía – Centro de Atención Integral de Violencias y Abusos Sexuales (CAIVAS)- Cuando el supuesto agresor tiene 18 años o más-

Carrera 44A N° 31 – 156 (Almacentro)

Teléfonos: 261 02 40 Ext. 112 – 113 Atención de lunes a viernes horario de oficina

CESPA- Cuando el agresor tiene entre 14 y 17 años.

Dirección: Carrera 83 # 47 A - 47, Medellín

412 41 71 - 416 55 88

Fiscalía – Unidad de Reacción Inmediata (URI)

Carrera 64C N° 67– 30 (Bunker Fiscalía – Bloque A)

Teléfonos: 444 66 77 Ext. 5303 Atención de lunes a viernes de 8:00 am a 11:00 am y de 1:00 pm a 4:00 pm

Unidad Permanente para los Derechos Humanos de la Personería

carrera 52 N° 71 – 84

Teléfonos: 212 12 11 – 212 14 99 Atención las 24 horas

Cruz Roja Internacional – Unidad de Atención a Víctimas de Violencia Sexual por Actores del Conflicto Amado

Circular 4ª # 71-91 416 20 10

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

ICBF Centros zonales Calle 51 # 51 - 59 Barrio Centro

409 34 40

Comisarías de Familia. Calle 78 # 42 – 21 2113076

En caso de denuncia anónima:

[email protected] [email protected]

DIRECTORIO OTRAS ENTIDADES

Nombre Unidad Notificadora Dirección Teléfono Metro salud el Raizal Cr 32 # 71 a 51 2541298 - 2542592

Metro salud Piloto Cl 66 e # 42 – 51 5167260 - 5164261

Bomberos Cr 48 a # 72 a 79 2124444

Cruz Roja Cr 52 # 25 – 310 Línea de emergencia 132

Defensa civil Cl 60 # 44 - 46 2924708

Atención Pre-hospitalaria 018000521021