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INSTITUCIONES QUE REGULAN EL PROCESO ELECTORAL
PROCESO ELECTORAL 2017-2018
DELITOS ELECTORALES
SUJETOS ACTIVOS
VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
INFRACCIÓN ELECTORAL
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
TEMARIO
REFORMA POLÍTICO-ELECTORAL
Mandata la creación de tres leyes generales: Ley General en Materia de Delitos Electorales. Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales. Ley General de Partidos Políticos.Reforma Ley General del Sistema de Medios de
Impugnación en materia Electoral.
REFORMA POLÍTICO-ELECTORAL
El Instituto Federal Electoral (IFE) se transforma en Instituto Nacional Electoral (INE).
Se crea una Fiscalía General de la República (en sustitución de
la Procuraduría General de la República) como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonios propios.
Se adelanta del 1º de diciembre al 1º de octubre la toma de
protesta del Presidente de la República.
FEDERALES
LOCALES
INSTITUCIONES QUE REGULAN EL PROCESO ELECTORAL
Procuración de justicia
Organización
Impartición de justicia
FEDERALES
Procuración de justicia
Organización
Impartición de justicia
LOCALES
PROCESO ELECTORAL 2017-2018
ENTIDAD
CARGOS
FEDERALES
GOBERNADOR CARGOS
LOCALES
AYUNTAMIENTOS TOTAL DE
CARGOS
AGUASCALIENTES
6
0
27
0
33
BAJA CALIFORNIA
11
0
0
0
11
BAJA CAL. SUR
5
0
21
5
31
CAMPECHE
5
0
35
11
51
CHIAPAS
16
1
40
122
179
CHIHUAHUA
12
0
33
67
112
CIUDAD DE MÉXICO
27
1
66
16
110
COAHUILA
10
0
0
38
48
COLIMA
5
0
25
10
40
DURANGO
7
0
25
0
32
ESTADO DE MÉXICO
44
0
75
125
244
GUANAJUATO
18
1
36
46
101
GUERRERO
12
0
46
81
139
ENTIDAD
CARGOS FEDERALES
SENADORES DIPUTADOS
GOBERNADOR CARGOS
LOCALES
AYUNTAMIENTOS TOTAL DE
CARGOS
HIDALGO
10
0
30
0
40
JALISCO
23
1
38
125
187
MICHOACÁN
15
0
40
113
168
MORELOS
8
1
20
33
62
NAYARIT
6
0
0
0
6
NUEVO LEÓN
15
0
42
51
108
OAXACA
13
0
42
153
208
PUEBLA
18
1
41
217
277
QUERÉTARO
8
0
25
18
51
QUINTANA ROO
7
0
0
11
18
SAN LUIS POTOSÍ
10
0
27
58
95
SINALOA
10
0
40
18
68
SONORA
10
0
33
72
115
ENTIDAD
CARGOS
FEDERALES
GOBERNADOR CARGOS
LOCALES
AYUNTAMIENTOS TOTAL DE
CARGOS
TABASCO
9
1
35
17
62 TAMAULIPAS
12
0
0
43
55 TLAXCALA
6
0
25
0
31
VERACRUZ
23
1
50
0
74 YUCATÁN
8
1
25
106
140 ZACATECAS
7
0
30
58
95
TOTAL
32
396
9
972
1614
2991 PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA 1
SENADORES DE
REPRESENTACIÓN
PROPORCIONAL
32
DIPUTADOS DE
REPRESENTACIÓN
PROPORCIONAL
200
JUNTAS MUNICIPALES EN
CAMPECHE 24
TOTAL DE
CARGOS
3248
Elecciones Locales y Federales 2018
Cargos Locales a elegir
Cargos Federales a elegir
9 GOBERNADORES
972 DIPUTADOS
1,638 AYUNTAMIENTOS (24 juntas municipales de Campeche)
TOTAL 2619
1 PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
128 SENADORES (AS)
500 DIPUTADOS (AS)
TOTAL 629
TOTAL DE CARGOS 3, 248
08-09-2017
PREPARACIÓN DE LA ELECCIÓN
PRECAMPAÑAS ELECTORALES
PERIODO DE ABSTENCIÓN DE PUBLICITAR OBRAS (EXCEPCIONES)
2 de Abril al 30 de Junio 2018
CAMPAÑAS POLÍTICAS
Inicio de campañas a Gobernador: Del 29 de abril
al 27 de Junio del 2018.
Inicio de campañas de Candidatos y Ayuntamientos: 14 de Mayo al 27 de Junio del
2018.
JORNADA ELECTORAL
01 de Julio del 2018
RESULTADOS Y DECLARACIÓN DE
VALIDEZ
Cuando se resuelvan todos los juicios de
inconformidad
Veda electoral 28 al 30 de Junio del
2018
Gobernador:
3-01-2018 al 11-02-2018
Diputados y Ayuntamientos: 13 Enero al
11 de Febrero del 2018
ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL MORELOS
DELITOS ELECTORALES.
PREPARACIÓN DE LA ELECCIÓN
REGISTRO DE CANDIDATOS CAMPAÑAS POLÍTICAS JORNADA ELECTORAL
DELITOS ELECTORALES MÁS COMUNES COMETIDOS DURANTE LAS ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL.
A) PREPARACIÓN DE LA ELECCIÓN
• Artículo 7 Fracción XXI. Provea bienes y servicios a las campañas electorales sin formar parte del padrón de proveedores autorizado por el órgano electoral administrativo. • Artículo 9 Fracción IX. Durante la etapa de preparación de la elección o en la jornada electoral, solicite votos por paga, promesa de dinero, recompensa, o cualquier otra contraprestación. • Artículo 11 Fracción I. Coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición;
PREPARACIÓN DE LA ELECCIÓN
REGISTRO DE CANDIDATOS CAMPAÑAS POLÍTICAS JORNADA ELECTORAL
A) JORNADA ELECTORAL
• Artículo 7 Fracciones III. Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo;
VI. Retenga durante la jornada electoral, sin causa justificada por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos;
VIII. Solicite u ordene evidencia del sentido de su voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto;
XIII. Obstaculice o interfiera el traslado y entrega de los paquetes y documentos públicos electorales; • Artículo 9 Fracción II Realice o distribuya propaganda electoral durante la jornada electoral;
DELITOS ELECTORALES MÁS COMUNES COMETIDOS DURANTE LAS ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL.
DELITOS ELECTORALES MÁS COMUNES COMETIDOS DURANTE LAS ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL.
C) RESULTADOS Y DECLARACIONES DE VALIDEZ DE LAS ELECCIONES
• Artículo 8 Fracción IV
IV. Altere los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales electorales;
• Artículo 9 Fracciones
V. Divulgue, de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados;
VI. Impida … el escrutinio y cómputo, el traslado y entrega de los paquetes y documentación electoral, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;
• Artículo 7 Fracciones.
V. Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos; XI. Se apodere, destruya, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o documentos públicos electorales.
CUALQUIER TIEMPO
DELITOS ELECTORALES MÁS COMUNES COMETIDOS DURANTE LAS ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL.
FUNCIONES COMPETENCIA COMPETENCIA EN
ELECCIONES LOCALES
FEPADE
• Prevención, investigación y persecución de los delitos electorales.
Fundamento legal Artículos 3, 22 y 23 del Reglamento de la Ley Orgánica de la PGR y 21 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
• Conocer de los delitos electorales federales, cuando se trate de elecciones para Presidente de la República, Diputados Federales y Senadores de la República.
• Aquellos en los que la
Ley nos faculte para ello.
• INE organice la
elección. • Delitos cometidos en el
extranjero con efectos en el territorio Nacional.
• Conductas vinculadas con:
• Recoger o retener las credenciales de elector.
• Alterar Registro Federal de Electores.
• Recursos Públicos Federales.
• Servidores Públicos Federales.
OFICIO
•Los delitos electorales se persiguen de oficio
•Cualquier persona que conozca de este delito puede acudir ante el agente del Ministerio Público
•No es facultad exclusiva del afectado
NO GRAVES
•Los delitos electorales no son delitos graves
•La persona que haya incurrido en alguno de éstos podrá obtener su libertad bajo caución. ( A excepción de que la pena se agrave)
DOLOSOS
•Los delitos electorales son dolosos
•El sujeto que lo comete tiene conocimiento de su conducta ilícita y su consecuencia
Características de los Delitos Electorales.
SUJETOS ACTIVOS.
Cualquier persona
Ministros de culto religioso
Funcionario electoral
Funcionario partidista
Candidatos Electos
Ex Magistrados Electorales, Consejeros Electorales, Secretario
Ejecutivo del I.N.E.
Servidor Público
•Se impondrá de cuatrocientos a ochocientos días multa a quienes hayan calificado, o participado, asuman cargos a dirigentes partidistas, o sean postulados a cargos de elección popular, dentro de los dos años siguientes a la conclusión de su encargo.
• Suspensión de derechos políticos hasta por 6 años
•Se impondrá de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que…
•Se impondrá de cien a doscientos días multa y prisión de dos a seis años al funcionario partidista o al candidato que…
•Se impondrá de cincuenta a doscientos días multa y prisión de dos a seis años al funcionario electoral que…
•Se impondrá de 100 hasta 500 días multa a los ministros de cultos religiosos que…
•Se impondrá de cincuenta a cinco mil días multa y prisión de cinco a quince años a quien…
Fedatarios
CALIDAD DEL SUJETO ACTIVO Y SUS SANCIONES
DELITOS ELECTORALES COMETIDOS POR SERVIDORES
PÚBLICOS
¿QUIÉNES SON SERVIDORES PÚBLICOS?
La persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la APF o local centralizada, organismos descentralizados federales o locales, empresas de participación estatal mayoritaria federales o locales, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos federales o locales, en las legislaturas federal o locales y en la Asamblea Legislativa del DF, en los poderes judiciales federal o locales o Tribunal Superior de Justicia del DF, o que manejen recursos económicos federales o locales, así como en los organismos a los que la Constitución, las constituciones locales o el Estatuto de GDF otorguen autonomía.
También se entenderá como servidores públicos a los funcionarios o empleados de la administración pública municipal y delegacional
SANCIÓN GENÉRICA SERVIDORES PÚBLICOS
Art. 5 LGMDE:
Tratándose de servidores públicos que cometan cualquiera de los delitos previstos en esta Ley, se les impondrá, además de la sanción correspondiente en el tipo penal de que se trate, la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, local, municipal o de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, de dos a seis años y, en su caso, la destitución del cargo.
Art. 11 LGMDE
Sanción: Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que:
DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS
COACCIONE
I. Coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición;
CONDICIONE
II. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición;
CONDICIONE PROGRAMAS SOCIALES
Si el condicionamiento del programa gubernamental, se realiza utilizando programas de naturaleza social, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en este artículo;
DESTINE FONDOS, BIENES O SERVICIOS
III. Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado;
PROPORCIONE APOYO A TRAVÉS DE SUS SUBORDINADOS
IV. Proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores;
SOLICITE APORTACIONES A SUS SUBORDINADOS
V. Solicite a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política;
ABSTENGA DE ENTREGAR INFORMACIÓN
VI. Se abstenga de entregar o niegue, sin causa justificada, la información que le sea solicitada por la autoridad electoral competente, relacionada con funciones de fiscalización.
DELITOS MÁS COMUNES ATENDIDOS EN LA FEPADE
LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES
Se impondrá de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:
V. Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.
…
VI. Retenga durante la jornada electoral, sin causa justificada por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.
…
XI. Se apodere, destruya, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o documentos públicos electorales.
Se impondrá de setenta a doscientos días multa y prisión de tres a siete años a quien: I. Por cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía.
LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES
DATOS ESTADÍSTICOS POR ENTIDAD FEDERATIVA
INCIDENCIA DELICTIVA PENAL ELECTORAL POR ENTIDAD FEDERATIVA
ENTIDAD CARPETAS DE
INVESTIGACIÓN DE
ENERO A SEPTIEMBRE
2017
ENTIDAD
TOTAL
ESTADO DE
MÉXICO
358
62
420
CIUDAD DE
MÉXICO
191
12
203
VERACRUZ
92
14
106
MORELOS
10
0
10
DATOS ESTADÍSTICOS POR ENTIDAD FEDERATIVA
DATOS ESTADÍSTICOS POR ENTIDAD FEDERATIVA
ENTIDAD
ENERO A
SEPTIEMBRE
OCTUBRE TOTAL
COAHUILA
6
0
6
OAXACA
4
0
4
PUEBLA
4
0
4
MORELOS
1
0
1
CARPETAS DE INVESTIGACIÓN INICIADAS POR VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO 2017
VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
Son actos u omisiones (incluida la tolerancia) por medio de los cuales se menoscaba el goce, ejercicio y/o reconocimiento de los derechos políticos o prerrogativas inherentes a un cargo público.
En los últimos años, los legisladores, las autoridades
electorales y las entidades de la administración
pública federal y local, así como los organismos
internacionales, desde el ámbito de su competencia,
han detectado una serie de eventos que han afectado
a mujeres que pretenden ocupar cargos de elección
popular.
DATOS ESTADÍSTICOS POR ENTIDAD FEDERATIVA
ENTIDAD
ENERO A
SEPTIEMBRE
OCTUBRE TOTAL
COAHUILA
6
0
6
OAXACA
4
0
4
PUEBLA
4
0
4
MORELOS
1
0
1
CARPETAS DE INVESTIGACIÓN INICIADAS POR VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO 2017
Entre el periodo del 2012-2016 se han detectado 156 casos de
violencia política contra las mujeres.
La reducción en el número de casos puede explicarse debido a que en 2015 se registró proceso electoral en todo el país, mientras que en 2016 se desarrolló solo en 14 entidades federativas.
Se basa en elementos de género. Por el simple hecho de ser mujer.
Psicológica Física Patrimonial
Económica Sexual
Registros simulados de candidatas que
renuncian a las mismas a favor de
varones.
Registrar a mujeres exclusivamente en
distritos perdedores.
Amenazas a mujeres que han sido electas para ocupar cargos
públicos. Inequidad en los tiempos de radio y
televisión.
Inequidad en la distribución de recursos para
campañas.
Acoso, ataques físicos, violencia
sexual.
Desconocimiento socializado de este tipo de violencia, sus alcances y formas de sancionarla.
Desconocimiento del concepto, sus prácticas y afectaciones a nivel sociocultural.
No identifican que sufren este tipo de violencia.
Incertidumbre respecto de la autoridad y vía competente.
Desconfianza en las autoridades.
Insuficientes redes de apoyo.
Por miedo a represalias, amenazas y acoso.
Temor a arruinar sus aspiraciones políticas.
Miedo a ser clasificadas o estigmatizadas.
Vergüenza de ostentarse como víctima.
Inexistencia de marco jurídico.
Razones por las cuales las mujeres no denuncian:
•Fué obligada a dimitir de su cargo el miércoles 25 de mayo de 2016, tras el secuestro de dos legisladores del Estado de Chiapas.
“Presidenta Municipal de Chenalhó”
•Le fueron robados materiales electorales con
violencia, consistentes en boletas electorales,
mismas que fueron posteriormente quemadas.
“Presidenta de casilla en Manzanillo”
•A la precandidata a la alcaldía de
Aguascalientes le colocaron una corona de
muertos en el exterior de su domicilio con amenazas escritas en la misma.
“Precandidata Aguascalientes”
•Denuncia por parte de la Regidora, debido a la
retención de su dieta , así como de la
humillación pública con motivo de interposición de un juicio para la protección de sus derechos
político electorales, siendo victima de diversas
humillaciones en las sesiones de cabildo.
“Regidora
Tecamachalco
Puebla”
Casos 2015-2016
Cuarto: Se exhorta al Instituto Nacional Electoral, al
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, la Procuraduría General de la República a
través de la Fiscalía Especializada para la Atención
de Delitos Electorales, así como los Organismos
Públicos Locales y demás autoridades correspondientes
a fin de que se garanticen el ejercicio pleno de los
derechos políticos de las mujeres y la seguridad de
aquellas que participan en los procesos electorales y
se establezcan mecanismos de denuncias y atención
oportuna de situaciones de acoso y violencia en su
contra.
Punto de Acuerdo emitido por la Comisión Permanente del H.
Congreso de la Unión, emitido el 17 de junio de 2015
Punto de Acuerdo que rechaza el uso de
lenguaje sexista y discriminatorio en
contra de las mujeres; y sobre la
violencia política hacia las mujeres
INFRACCIÓN ELECTORAL.
SANCIÓN ELECTORAL
(INFRACCIÓN)
• Es la conducta que trasgrede o va en contra de un ordenamiento jurídico vigente.
SUSPENSIÓN DE LA PROPAGANDA GUBERNAMENTAL
• Durante el tiempo de campañas electorales federales y locales, hasta la conclusión de la jornada electoral, se suspenderá la difusión de propaganda gubernamental.
• Excepciones: Campañas de información, Autoridades electorales, servicios educativos o de salud, Protección civil en casos de emergencia.
PROHIBICIONES DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS
• La propaganda, bajo la modalidad de comunicación social que se difunda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.
• No podrá incluirse: nombres, imágenes, voces ,símbolos.
• Que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.
“Actos u omisiones que afecten la honradez, legalidad, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.”
SANCIÓN DISCIPLINARIAS
Amonestación privada o pública
Suspensión en el cargo, empleo o comisión
Destitución del cargo, empleo o comisión
Sanción económica
Inhabilitación temporal para ejercer cargos públicos
PENAL ELECTORAL ADMVA.
COEXISTENCIA
CONCLUSIÓN
GRACIAS.