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INSTITUTO CIENTÍFICO Y TECNOLOGICO DEL EJÉRCITO ESCUELA DE POS GRADO MAESTRIA EN GESTION E INNOVACION TECNOLOGICA “GRAL DIV EDGARDO MERCADO JARRIN” TESIS “GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017” PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE: MAESTRO PRESENTADO POR: Bach. Ulises Enrique REYNEL CHAVEZ LIMA – 2017 1

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INSTITUTO CIENTÍFICO Y TECNOLOGICO DEL EJÉRCITO

ESCUELA DE POS GRADO

MAESTRIA EN GESTION E INNOVACION TECNOLOGICA

“GRAL DIV EDGARDO MERCADO JARRIN”

TESIS

“GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA

PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL APOYO A

LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017”

PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE:

MAESTRO

PRESENTADO POR:

Bach. Ulises Enrique REYNEL CHAVEZ

LIMA – 2017

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TITULO DE LA TESIS:

“GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA

PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL APOYO A

LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017”

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DEDICATORIA

A Dios por darme la capacidad y oportunidad de poder

alcanzar una meta más en mi vida.

A mis Hijas Jazmín y Emily, a mi Esposa Esmeralda y a

mis padres por ser el motivo de mi esfuerzo y el motor

principal para seguir adelante, gracias por brindarme

su amor, comprensión y apoyo para alcanzar esta gran

meta.

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AGRADECIMIENTOS

Agradezco a Dios por acompañarme día a día e iluminarme en los momentos difíciles

para salir adelante.

Agradezco A mis Hijas Jazmín y Emily, a mi Esposa Esmeralda y a mis padres por ser el

motivo de mi esfuerzo y el motor principal para seguir adelante, gracias por brindarme su

amor, comprensión y apoyo para alcanzar esta gran meta.

Agradezco a todos los profesores que me brindaron su valiosa enseñanza y su apoyo

académico. ¡Gracias!

Agradezco a las personas que laboran en el Instituto Científico y Tecnológico del Ejército,

por ser parte de mi vida y por brindarme enseñanzas invaluables, que han hecho de mí

una mejor persona.

A mis amigos, por el apoyo y motivación que de ellos he recibido.

A los Revisores por su dedicación y apoyo en la revisión y recomendaciones del presente

trabajo.

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ÍNDICE

Páginas

TITULO ii

DEDICATORIA iii

AGRADECIMIENTO iv

INDICE v

RESUMEN vii

ABSTRACT viii

LISTA DE TABLAS ix

LISTA DE FIGURAS xi

INTRODUCCIÓN xii

CAPÍTULO I: PLANTEAMIENTO DEL ESTUDIO 14

1.1. Descripción de la realidad problemática 141.2. Formulación del problema 17

1.2.1. Problema principal 181.2.2. Problemas específicos 18

1.3. Objetivos 181.3.1. Objetivo principal 181.3.2. Objetivos específicos 18

1.4. Justificación e importancia de la Investigación 191.5. Delimitación de la investigación 21

1.5.1. Delimitación espacial 211.5.2. Delimitación temporal 221.5.3. Delimitación social 221.5.4. Delimitación conceptual 22

1.6. Limitaciones 22

CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO 24

2.1. Antecedentes 242.2. Bases teóricas o teoría sustantiva 402.3. Glosario de términos 722.4. Formulación de las hipótesis 77

2.4.1. Hipótesis Global o principal 772.4.2. Hipótesis Específicas 77

2.5. Identificación y clasificación de las variables 772.6. Operacionalización de variables 78

CAPÍTULO III: METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 80

3.1. Tipo, Diseño y Nivel de la investigación 803.2. Población y muestra 80

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3.2.1. Población 803.2.2. Muestra 80

3.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de datos. 813.4. Procesamiento de los datos 82

CAPÍTULO IV: ANÁLISIS Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS 83

4.1 Presentación, análisis e interpretación de Resultados 85

4.2 Contrastación de hipótesis 99

4.3 Discusión de los resultados 111

CONCLUSIONES 114

RECOMENDACIONES 115

REFERENCIAS 117

ANEXOS:

Anexo Nº 01: Matriz de consistencia 119

Anexo Nº 02: Instrumento de recolección de datos 121

RESUMEN

En esta investigación se planteó el objetivo principal de: Determinar la Gestión del

conocimiento del marco legal vigente en la Primera Brigada de Fuerzas Especiales como

se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana; con el propósito de identificar las

causas que las generan y proponer el uso de Normas, nuevos conocimientos para que las

Fuerzas Armadas puedan apoyar en la seguridad ciudadana amparándose en nuevas

normas legales.

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La muestra total de la población censal, de 593 personas entre la población Civil del

Distrito de Chorrillos y personal militar de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales, y se

aplicó la prueba estadística de Alfa de Konbrach, para lo cual se ha tenido que

dicotomizar todas las variables del Marco Referencial y las variables de la Realidad; dado

que el tamaño del estrato se ha fijado teniendo en cuenta la población censal total (593)

informantes, que conforman el estudio de investigación. Se aplicó una encuesta a toda la

muestra censal, para recoger la información y medir la sumatoria de datos de los dominios

de todas las variables que se indican, señalados en el numeral 2.5 del Capítulo II MARCO

TEORICO de la presente investigación, sobre identificación y clasificación de las

variables:

Los resultados obtenidos fueron analizados en el nivel explicativo con el diseño No

experimental. Con la estadística se ha desarrollado la contrastación de las hipótesis, se

realizó con la Prueba Chi-Cuadrado a determinar la distribución teórica

Palabras clave: Marco legal vigente - seguridad ciudadana

ABSTRACT

In this investigation, the main objective of: Determine the Knowledge Management of the

current legal framework in the First Brigade of Special Forces as it relates to the support to

the citizen security; with the purpose of identifying the causes that generate them and

proposing the use of Norms, new knowledge so that the Armed Forces can support citizen

security based on new legal norms.

The total sample of the census population, of 593 people among the Civilian population of

the District of Chorrillos and military personnel of the First Brigade of Special Forces, and

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the statistical test of Alpha of Konbrach was applied, for which it has been necessary to

dichotomize all the variables of the Reference Framework and the variables of the Reality;

given that the size of the stratum has been fixed taking into account the total census

population (593) informants, who make up the research study. A survey was applied to the

entire census sample, to collect the information and measure the data summation of the

domains of all the indicated variables, indicated in section 2.5 of Chapter II THEORETICAL

FRAMEWORK of the present investigation, on identification and classification of the

variables:

The results obtained were analyzed at the explanatory level with the non-experimental

design. With statistics has been developed the testing of the hypothesis, was performed

with the Chi-square test to determine the theoretical distribution

Keywords: Current legal framework - citizen security

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LISTA DE TABLAS

Tablas:

1. TABLA N° 01 : Resultados de la evaluación del cuestionario 83

2. TABLA N° 02 : Resultados de la Prueba estadística “Alfa de Cronbach 85

3. TABLA N° 03 : Resultados de la Prueba estadística ”Alfa de Cronbach 88

4. TABLA N° 04 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 1 89

5. TABLA N° 05 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 2 89

6. TABLA N° 06 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 3 90

7. TABLA N° 07 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 4 91

8. TABLA N° 08 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 5 91

9. TABLA N° 09 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 6 92

10. TABLA N° 10 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 7 92

11. TABLA N° 11 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 8 92

12. TABLA N° 12 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 9 93

13. TABLA N° 13 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 10 93

14. TABLA N° 14 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 11 93

15. TABLA N° 15 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 12 94

16. TABLA N° 16 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 13 94

17. TABLA N° 17 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 14 95

18. TABLA N° 18 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 15 95

19. TABLA N° 19 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 16 95

20. TABLA N° 20 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 17 96

21. TABLA N° 21 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 18 96

22. TABLA N° 22 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 19 97

23. TABLA N° 23: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 20 97

24. TABLA N° 24: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 21 97

25. TABLA N° 25 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 22 97

26. TABLA N° 26 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 23 98

27. TABLA N° 27 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 24 98

28. TABLA N° 28 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 25 98

29. TABLA N° 29 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 26 99

30. TABLA N° 30 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 27 99

31. TABLA Nº 31 Dimensiones relacionadas en la hipótesis de investigación 101

32. TABLA N° 32 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 1 104

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33. TABLA N° 33 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 2 106

34. TABLA N° 34: Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3 108

35. TABLA N° 35 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3 109

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LISTA DE FIGURAS

1. Figura Nº 1: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 1 89

2. Figura Nº 2: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 2 90

3. Figura Nº 3: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 5 91

4. Figura Nº 4: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 13 94

5. Figura Nº 5: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 16 95

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INTRODUCCIÓN

El presente trabajo de investigación titulado “GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL

MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS

ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA

CHORRILLOS 2017”, tiene por objetivo determinar las dificultades que podría ocasionar

en una eventual participación de las Fuerzas Armadas participen en apoyo a la Seguridad

Ciudadana junto con la Policía Nacional del Perú para el control del orden interno en el

territorio nacional; con el propósito de identificar cuáles serían los problema básicos que

les podrían generar; de tal manera que tengamos base para proponer nuevos

conocimientos que contribuyan a la Participación de las Fuerzas Armadas y por ende la

Primera Brigada de Fuerzas Especiales acantonadas en el Distrito de Chorrillos

En la investigación se analizó las dificultades que impiden al Personal de las Fuerzas

Armadas en participar apoyando a la Policía Nacional en la seguridad Ciudadana ya que

este flagelo está azotando y ocasionando muertes en todo el Territorio Nacional ya que la

Policía Nacional no se abastece para cumplir esta función y asimismo hacer partícipe a

las Fuerzas Armadas en Nuevos roles innovando así nuevas normas y nuevos

conocimientos que amparen al Personal Militar en el empleo de La fuerza ,enmarcado en

la normatividad vigente, durante el ejercicio de la función militar, dicho personal sujeta su

accionar y conducta a lo previsto en la Constitución Política del Perú, y en estricta

observancia de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

En tal sentido, se consideró oportuno el desarrollo de la presente tesis, ante la creciente

amenaza de la delincuencia común que enfrentan la Población del Distrito de Chorrillos y

la participación del personal militar de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales en

apoyo a la Policía Nacional siendo originados entre otros por factores externos a la propia

dinámica de la Participación de las Fuerzas Armadas, como por ejemplo las limitaciones

del Marco Legal Vigente, La capacitación del Personal y la Revisión del Marco legal

vigente por las carencias de normas legales para que amparen a este personal.

La presente de tesis consta de los siguientes capítulos:

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El capítulo I: Planteamiento del estudio. Contiene la descripción y formulación del

problema; los objetivos de la investigación; la justificación; la delimitación y limitaciones.

El capítulo II: Marco Teórico, Se desarrolló los antecedentes de la investigación; las bases

teóricas de las dos variables en estudio, glosario de términos, la formulación de hipótesis,

identificación y la operacionalización de variables.

El capítulo III: Metodología de la investigación. Se desarrolló el tipo de investigación; el

diseño y nivel de investigación; la población y muestra, los instrumentos de recolección de

datos y procesamiento de los datos.

El capítulo IV: Análisis y Presentación de Resultados. Contiene la presentación, análisis e

interpretación de resultados; contrastación de hipótesis y discusión de los resultados.

Finalmente en las conclusiones, se indica los dominios en que se expresan las variables

en la Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente y el Apoyo a la Seguridad

Ciudadana, según la percepción y conocimientos de los entrevistados; en las

recomendaciones, éstas se plantean como producto del estudio realizado. Finalmente,

luego de las referencias bibliográficas, en los anexos, revisada, se presenta los

instrumentos utilizados en el presente estudio de investigación que tuvo viabilidad positiva

para su aplicación.

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CAPÍTULO I:

PLANTEAMIENTO DEL ESTUDIO

1.1 Descripción de la realidad problemática.

El actual gobierno conducido por el Economista Pedro Pablo Kuczynski ha tomado

como uno de sus pilares y como una política de estado el combatir y eliminar la

inseguridad ciudadana, habiéndose puesto él a la cabeza de esta actividad; sin

embargo, contrario a su opositora de la segunda vuelta electoral, la señora Keiko

Fujimori, ha tomado la decisión de no utilizar a las Fuerzas Armadas para lograr

este propósito político. Quedando en medio la actividad a desempeñar por esta

Brigada como una nueva relación de apoyo contra la ya existente corrupción

política interna, por lo cual acarrearía nueva modalidades de inseguridad donde

dicha gran unidad no estaría contando con el apoyo de medios para su buen

desenvolvimiento de optimizar y contrarrestar las acciones venideras a futuro.

Teniendo en consideración que el problema de la inseguridad ciudadana se ha

venido agudizando en los últimos años, mostrando un avance incontrolable, pese a

los esfuerzos de los gobiernos de turno, las Fuerzas Armadas, entre ellas el

Ejército del Perú con su gran Unidad la Primera Brigada de Fuerzas Especiales,

deben estar alertas y preparadas para afrontar misiones, para contribuir a combatir

esta lacra de la sociedad, pues la escasa posibilidad de que exista un conflicto

bélico contra un enemigo exterior, hará que la sociedad en su conjunto reclame su

accionar ante esta amenaza, por lo que se tiene orientar el esfuerzo a nuevos

escenarios a nivel nacional, tales como la vigilancia y control de penales, brindar

seguridad a los servicios públicos esenciales, y otros puntos críticos de las

ciudades (eje de la economía de la región), hasta el patrullaje en las calles

apoyando a la PNP

Esta investigación me he basado en la problemática que existe en el Distrito de

Chorrillos que es el incremento de la Delincuencia como otros desordenes

antisociales , lo que ha provocado un malestar social en este distrito y un aumento

de la presencia policial en la zona que no es suficiente para poder enfrentar a estos

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desordenes antisociales a pesar del número significativo de muertos, heridos y

damnificados en general por este auge de las conductas antisociales

protagonizadas por algunos grupos locales que no cumplen con la ley.

El barrio de Los Chorrillos constituye un área degradada de la ciudad, habitado

mayoritariamente por poblaciones inmigrantes de origen rural que se han ido

estableciendo durante los últimos tiempos en algunos de los barrios tradicionales

del centro urbano.

Los porcentajes de población juvenil son muy elevados y se calcula que en torno a

un 25% de los habitantes del barrio tienen entre 15 y 24 años, todos en edad Militar

Hay muchas de las razones que la mayoría de los jóvenes de Chorrillos pertenecen

a esto grupos antisociales como por ejemplo:

1. Cuentan con unos ingresos escasísimos o carecen completamente de ellos.2. Las empresas de la zona no muestran un interés especial en contratar a

trabajadores jóvenes, alegando su falta de experiencia y de seriedad. 3. Muchos jóvenes apenas tienen información sobre el mercado laboral y

desconocen sus posibilidades de contratación.4. Debe señalarse que la deficiente capacitación laboral del colectivo juvenil

provoca el subempleo o el paro de muchos de ellos. 5. Falta de una formación específica de valores dentro y fuera de su casa6. Padres separados 7. Ausencia de una formación laboral específica pero, también, a los muy bajos

niveles de escolaridad que tienen muchos de estos jóvenes.8. Malos hábitos de vida de los jóvenes del barrio son muy poco saludables y que

el consumo de drogas, el alcoholismo o las relaciones sexuales de riesgo son

mucho más comunes de lo que en principio podía suponerse.

Esta investigación estará enfocada en la Gestión del conocimiento del marco legal

vigente en la Primera Brigada de Fuerzas Especiales y su relación con el apoyo a

la seguridad ciudadana Chorrillos 2017 en donde existen carencias de normas

legales que amparen el accionar del personal militar para poder enfrentar a estos

grupos antisociales existente en Chorrillos por lo cual resulta necesaria la

consideración de algunos aspectos:

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Que esas manifestaciones deben ser observadas, específicamente, como

hechos de carácter delictivo y comprendido, como tales, por la legislación penal

correspondiente. La condición nacional que las puede distinguir o, en otras

palabras, de perpetrarse ilegítimamente y el hecho de atentar, en menor o

mayor grado, contra la seguridad de las sociedad que lo constituyen y/o los

individuos que las conforman, en modo alguno las desvinculan de tal regulación

pese a la posibilidad de evidenciarse como agresiones contra las personas. Las herramientas que dispone el estado para estos casos son, precisamente,

las diferentes instancias judiciales según la peculiar circunstancia y naturaleza

del presunto delito.

En ese orden, también suele especularse sobre la supuesta falta de

preparación, compromiso, coordinación y hasta de falta de medios del Personal

Militar para que cumplan satisfactoriamente sus roles ante asuntos criminales

de la complejidad y dimensión propias de la Policía Nacional. De hecho que la

natural solución será, por parte del estado, incrementar los esfuerzos para

lograr el mejor funcionamiento de las instituciones responsables de enfrentar la

citada problemática.

El Personal Militar deben estar preparadas para contribuir a la disuasión y,

eventualmente, estar en capacidad para hacer frente a cualquier agresión que

pueda alcanzar dimensión militar.

Cabe ahora plantearse la hipótesis de que la dimensión y el aumento de estos

grupos antisociales, como ya ha sucedido en otros distritos, adquiriera una

relevancia y grado de amenaza tal que, mediante la revisión de la normativa

legal que actualmente fija la divisoria entre defensa y seguridad, pudiera

contemplarse la posibilidad de involucrar al Personal Militar en la lucha contra

los mismos.

Al respecto es interesante establecer algunas cuestiones. En primer término,

que la revisión del rol del Personal Militar no sea resultado de la búsqueda de

nuevas misiones y funciones para recrear o reforzar el sentido de la propia

institución militar o que se invoque la incapacidad de los instrumentos estatales

16

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responsables de enfrentar estos grupos sociales cuando, en realidad, lo que

debiera apuntalarse es, justamente, el eficiente desempeño de esta Unidad.

Cabe agregar por otra parte que, tanto en actuales como futuras

circunstancias, cualquier intento de revisión de tal régimen a favor de

comprometer al instrumento militar en asuntos de delincuencia juvenil y otras ,

supondría, por parte de quienes pudieran impulsar tal propósito, la percepción

de que se está en presencia de un proceso de desborde del sistema

responsable de ese ámbito, debido a un desmedido incremento de la

inseguridad asociado a una manifiesta incapacidad de los instrumentos propios

de ese sistema.

Debiera considerarse el hecho de que, en modo alguno, el sistema legal

vigente excluye la actual posibilidad de intervención militar, frente a cuestiones

de seguridad interna del estado, sino que las habilita en situaciones

particulares y excepcionales.

En tal sentido, resulta evidente que Personal Militar no está preparado, bajo ningún

aspecto, para hacer frente a competencias como las ya mencionadas. Considerar

su empleo en el marco interno significara entrenarlas y equiparlas para atender una

problemática de corte netamente policial, con todas las exigencias que ello significa

además de sujetar su accionar, en cuanto al personal militar, al plexo legal

correspondiente. Lo planteado precedentemente no resulta una cosa menor.

Significaría involucrar al Personal Militar, previa modificación de la legislación

existente, en roles que son de naturaleza totalmente ajena a sus presentes

responsabilidades.

1.2 Formulación del problema.

1.2.1 Problema principal

¿En qué medida la Gestión del conocimiento del marco legal vigente en la

Primera Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la

seguridad ciudadana Chorrillos 2017?

1.2.2 Problemas específicos

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¿Cómo el marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos

2017?

¿De qué manera la capacitación al Personal Militar sobre su

comportamiento y accionar en este tipo de misiones aplicado a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad

ciudadana Chorrillos 2017?

¿De qué manera la revisión del marco legal vigente aplicado a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad

ciudadana Chorrillos 2017?

1.3 Objetivos.

1.3.1 Objetivo principal

- Determinar la Gestión del conocimiento del marco legal vigente en la

Primera Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la

seguridad ciudadana Chorrillos 2017

1.3.2 Objetivos específicos

- Determinar el marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de

Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana

Chorrillos 2017.

- Determinar la capacitación al Personal Militar sobre su comportamiento y

accionar en este tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de

Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana

Chorrillos 2017.

- Determinar la revisión del marco legal vigente aplicado a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad

ciudadana Chorrillos 2017.

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1.4. Justificación e Importancia de la investigación

IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN

Actualmente se debate en nuestro país sobre la posibilidad de que los militares

participen en el control del orden interno y la seguridad ciudadana.

Las Fuerzas Armadas sí están facultadas para prestar apoyo a la Policía Nacional

en el control del orden interno ante delitos como tráfico ilícito de drogas y

terrorismo, así como para proteger instalaciones estratégicas para el

funcionamiento del país, incluso cuando no se ha declarado estado de excepción.

Además, las Fuerzas Armadas también pueden intervenir en “los demás casos

constitucionalmente justificados”, tal como establece el numeral 3 del artículo 4 del

Decreto Legislativo N° 1095, norma que fija las reglas de empleo y uso de la fuerza

por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Dicha expresión fue

precisada por el Tribunal Constitucional en una sentencia expedida en el sentido de

que tales casos solo pueden ser aquellos en los que peligra la vida, integridad,

salud o seguridad de las personas, de todo o parte de la población, asimismo

estipula no puede exceder de los 60 días que la Constitución prevé para la

duración del estado de emergencia.

Entonces, a todo esto si es posible que las Fuerzas Armadas y en especial La

Primera Brigada de Fuerzas Especiales acantonadas en el Distrito de Chorrillos se

dediquen a combatir la delincuencia común, tenemos entendido que las Fuerzas

Armadas intervienen en los conflictos armados (sean internos o internacionales) y,

como se dijo en el párrafo, es posible que presten apoyo a la Policía Nacional

cuando se ha declarado un estado de excepción.

En circunstancias normales y según lo establecido, su participación se rige por una

lógica de excepcionalidad y temporalidad. Además, señala que las reglas

establecidas por el Decreto Legislativo N° 1095 deben armonizarse con las

restricciones que impone el Derecho Internacional Humanitario.

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Por lo tanto, las Fuerzas Armadas sí pueden intervenir apoyando a la Policía para

mantener o restablecer el orden interno, incluso cuando no se ha declarado un

estado de excepción. Sin embargo, ello solo será posible en casos excepcionales y

durante períodos limitados.

Por ello, para evitar posibles arbitrariedades y de tal manera que las Fuerzas

Armadas y por ende la Primera Brigada de Fuerzas Especiales acantonadas en el

Distrito de Chorrillos participen activamente es que debería modificarse y/o

complementarse el Decreto Legislativo Nº 1095 mediante un reglamento que

precise la intervención del mismo cuando no exista estado de excepción. De esta

forma se precisaría qué situaciones específicas que presenten riesgos para la vida,

integridad, salud o seguridad de las personas, de todo o parte de la población

(entre las que podría incluirse la seguridad ciudadana), podrán autorizar la

intervención de las Fuerzas Armadas en el control del orden interno

Todo ello con la finalidad de poder contrarrestar ese flagelo que incomodad a toda

la población y en especial al distrito de chorrillos en el cual baso mi investigación

JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION:

Relevancia Institucional:

El trabajo de investigación estará orientado a una metodología de investigación a

un enfoque cuantitativo, tomando un tema que es muy álgido por la complejidad del

mismo, pues hasta ahora los gobiernos de turno no dan solución al problema de la

inseguridad ciudadana, problema que toda la sociedad peruana en su conjunto

reclama a voces su solución.

Esta situación abarca a todo el país, pues un país en crecimiento económico como

el nuestro, trae como consecuencia la delincuencia común y delincuencia

organizada, que amenaza a todo persona.

Una de las soluciones que pide el pueblo peruano para esta lacra de la sociedad es

la intervención de las Fuerzas Armadas pero teniendo en cuenta un marco legal

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que proteja dicha intervención para lo cual no se descarta que el actual gobierno, al

ver fracasados sus esfuerzos tenga que acudir a las Instituciones castrense como

solución de este problema. Por tal motivo, esta investigación se tomará como

unidad de análisis a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales ubicada en el

Distrito de Chorrillos.

Por su utilidad.

Se hace prioritario realizar un estudio basado en los problemas que tendría que

afrontar la Primera Brigada de Fuerzas Especiales para cumplir con este tipo de

misión, entre ellos la situación de recursos humanos, la infraestructura logística

(vehículos y materiales) y por último el aspecto legal.

Justificación Metodológica:

La investigación considera pues de gran importancia este trabajo, esperando que

su aporte, producto de un exhaustivo estudio sirva de modelo o sea una base para

iniciar otros estudios relacionados con el tema

1.5. Delimitación de la investigación

1.5.1 Delimitación Espacial:

En el ámbito del distrito de CHORRILLOS y la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales quien es el ente ejecutor de la presente investigación.

1.5.2Delimitación temporal:

Se realiza en el periodo de Mayo a Noviembre del año 2017.

1.5.3Delimitación Social:

Se realizara encuesta mediante la técnica del cuestionario a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales y Ciudadanos de Chorrillos.

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1.5.4 Delimitación conceptual:

Gestión del conocimiento del Marco Legal vigente

Nos proporciona las bases sobre las cuales las instituciones construyen y

determinan el alcance y naturaleza de la participación política. El marco legal

de una elección, y especialmente los temas relacionados con la integridad

de la misma, regularmente se encuentran en un buen número de provisiones

regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí

Seguridad Ciudadana

Es una situación social, donde predomina la sensación de confianza,

entendiéndosela como ausencia de riesgos y daños a la integridad física y

psicológica, donde el Estado debe garantizar la vida, la libertad y el

patrimonio ciudadano.

1.6. Limitaciones

Esta investigación visualiza tener limitaciones en la obtención de información, pues

es un tema un poco novedoso y particular, no tocado mucho por otros

investigadores; asimismo se espera tener limitaciones en la información clasificada

de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales estudiada, por el compartimentaje

que siempre reserva el personal militar encargada de la custodia y manejo de la

misma; sin embargo esta limitación se superará con la Iniciativa del suscrito para

poder superarlas.

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CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO

2.1. Antecedentes de la investigación

2.1.1. Trabajos Internacionales

ONU, (1945) La Carta de las Naciones Unidas: el documento constitutivo de la

Organización de las Naciones Unidas fue firmado el 26 de junio de 1945 en San

Francisco por 50 países miembros y entró en vigor el 24 de octubre de 1945. Al ser

firmante de dicha Carta, el Perú se ha convertido en un miembro fundador del

Sistema de las Naciones Unidas. Se basa en “la fe en los derechos fundamentales

del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de

derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, a crear

condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las

obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derechos

internacional”. Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas firmada el 26 de junio

de 1945.

Martínez, F. (2010). Investigación Aplicada: Uso de la Fuerza. Instituto de Asuntos

Públicos de la Universidad de Chile. Entre las principales conclusiones plantea:

1. Una primera cuestión que aparece de la revisión efectuada en este estudio, es la

importancia de que la policía cuente con una política institucional sobre uso de

la fuerza. Dicha política pública debe estar integrada por varios componentes,

entre ellos un marco normativo de tipo legal y reglamentario que desarrolle el

tema del uso de la fuerza. Las normas de tipo legal deben estar orientadas a

sentar las bases jurídicas que permiten a la policía, en circunstancias de

excepcionalidad, hacer uso de la fuerza, así como las limitaciones que para tal

facultad supone el respeto de los derechos humanos y, particularmente, la no

discriminación respecto del derecho de igualdad al momento de su empleo.

2. Complementariamente, la política sobre uso de la fuerza no debe agotarse en la

determinación del marco jurídico en que su empleo se considerará justificado y

aquel en que no se estimará así, sino que la obligación del Estado y de las

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policías en esta materia se extiende a la necesidad imperiosa de traducir el

marco de justificación en orientaciones operativas (básicamente a través de

manuales de procedimientos para el uso de la fuerza), entrenamiento y

equipamiento que supongan un nivel de preparación idónea para hacer uso de

la fuerza.

3. De esta forma, tanto la regulación normativa del uso de la fuerza como sus

necesarios complementos, el entrenamiento y equipamiento, deben constituir

los pilares fundamentales de una política pública que esté dirigida a prevenir el

uso excesivo o mal uso de la fuerza, ya sea que ésta aparezca en casos

aislados (entendiendo por tal aquellas situaciones que suelen calificarse como

excesos de la policía, entre cuyas causas es posible identificar la falta de

conocimiento teórico sobre los límites jurídicos del ejercicio de la fuerza, así

como la insuficiente preparación -habilidades, destrezas- de parte de quien la

ejerce) o como resultado de políticas que abusan sistemáticamente de la

posibilidad de empleo de la fuerza, dando lugar a situaciones de violación

institucional de los derechos humanos.

4. Asimismo, el desarrollo de la institución policial en materia de uso de la fuerza

requiere la existencia de reglas claras y transparentes para la evaluación y

control de la conducta funcionaria, no sólo para aquellos casos en que el uso

de la fuerza aparezca injustificado o excesivo, sino para la revisión permanente

de todas las situaciones que ameriten empleo de la fuerza, sobre todo aquellas

vinculadas a la utilización de armas de fuego.

5. La participación de la sociedad civil en la elaboración de normas y

orientaciones operativas sobre uso de la fuerza, así como en la supervisión que

contribuya a su control posterior (oversight), aparece como esencial en una

policía que actúe con transparencia y que pretenda fortalecer su legitimidad

ante la población. Un ejemplo claro de ello, en el caso del Departamento de

Policía de Seattle, lo constituye el Grupo de Investigación sobre Opciones en el

Uso de la Fuerza, el cual se encuentra integrado por personas interesadas en

el trabajo policial, pero que no ostentan la calidad de funcionarios de la

institución.

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CABALLERO D (2014) En su Tesis Doctoral LA INTERVENCIÓN DEL EJÉRCITO

EN LA SEGURIDAD PÚBLICA INTERIOR “LA ALTERNATIVA ADOPTADA PARA LA

SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS Y PATRIMONIO DE LAS PERSONAS EN

MÉXICO de la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN FACULTAD DE

DERECHO Y CRIMINOLOGÍA DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO entre

sus principales conclusiones dice :

Para considerar una verdadera evaluación de la intervención del ejército mexicano

y fuerzas armadas en el combate a la delincuencia en el interior de las ciudades y

centros poblacionales del territorio nacional, es necesario realizar un análisis claro,

congruente y orientado a metas y objetivos claros.

Si bien la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes

reglamentarias prevén como facultades del Ejecutivo solicitar al ejército y fuerzas

armadas el apoyo para cualquier cuestión que involucre una alteración grave de la

paz pública o emergencia por desastres naturales, no debemos olvidar que la

persecución del delito y su investigación deben efectuarse exclusivamente por las

autoridades civiles como lo es la vocación original del texto constitucional. Más aún,

la persecución y combate al delito corresponden a la autoridad civil, tanto que ni

siquiera existen instrumentos jurídicos adjetivos que regulen éstas cuestiones para

el caso de autoridades militares; que en todo caso siguen una lógica como la

planteada en la Ley de Seguridad Nacional.

En la a Teoría del Derecho Procesal se refiere que la jurisdicción es una función

pública encomendada a los órganos del Estado para la actuación del derecho

objetivo mediante la aplicación de la norma general al caso concreto. De la

aplicación de la norma general al caso concreto puede deducirse, a veces, la

necesidad de ejecutar el contenido de la declaración formulada por el juez, y

entonces, la actividad jurisdiccional es no sólo declarativa, sino también ejecutiva y

la competencia se ha tratado de definir como “la aptitud del juez para ejercer su

jurisdicción en un caso determinado” y como “la facultad y el deber de un juzgado o

tribunal para conocer de determinado asunto” lo cual, a todas luces, nos indica que

la intervención de las fuerzas armadas en la seguridad pública interior está sujeta

apenas, por una disposición, si bien constitucional, precariamente reglamentada en

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aspectos de normas adjetivas. Desafortunadamente en época actual, nos

encontramos en la disyuntiva de tener que decidir emplear las fuerzas armadas en

el combate al crimen organizado al interior del país, debido a la falta de

infraestructura, equipo, capacitación, preparación y rezago de las corporaciones

policiacas y de investigación; ya que hoy en día las circunstancias rebasan a las

policías establecidas y no son capaces de obtener resultados a corto y mediano

plazos. Las autoridades civiles no se encuentran en condiciones propicias para

hacer las labores que realiza actualmente el ejército, tal y como las estadísticas en

el crecimiento de la delincuencia y las constantes depuraciones de los cuerpos de

seguridad, nos lo indican.

Las instituciones de policía no son las únicas que necesitan una reestructura

organizacional y reingeniería en sus procesos. También los

resultados entregados cuando menos por la Secretaría de la Función Pública; la

Procuraduría General de la República mediante su Unidad Especializada en Delitos

por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia; la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público por conducto de la Unidad de Inteligencia Financiera; y

el Consejo de la Judicatura Federal (por citar algunos ejemplos), no tienen

cercanos resultados a los obtenidos por el Ejército, pues si comparamos las

acciones que ellos realizan en la detención de presuntos delincuentes y el

aseguramiento de armas y narcóticos, contra los procedimientos instaurados en

contra de servidores públicos o contra particulares lavadores de dinero, no llegan ni

a la mitad de los números tan sólo del ejército y fuerza aérea, sin incluir a la

marina-armada nacional.

El trabajo de la lucha contra la delincuencia y crimen organizado es una lucha que

debe verse simultáneamente desde todos los frentes. Las bandas y organizaciones

criminales tienen estructuras complejas, recursos económicos bastos, procesos

definidos en su operación y miembros estratégicamente posicionados en lugares

clave de la administración pública de los tres niveles de gobierno y en empresas

privadas de distintos giros, que brindan servicios diversos a las redes criminales y

mantienen los canales abiertos de la información para conocer de antemano los

movimientos de la autoridad Desarticular una banda u organización criminal

requiere de un esfuerzo de inteligencia y coordinación entre todos los organismos

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de gobierno especializado en sus tres niveles, realizándose dicha tarea por

funcionarios públicos capacitados, con alta preparación y equipo técnico, táctico e

informático; para así trabajar de manera focalizada y evitar en lo menor posible

cometer errores como los que se han incurrido por las fuerzas armadas (sin

descalificar su actuar) cuando confunden a delincuentes por particulares. En este

sentido y desde mi punto de vista particular, aunque el ejército se encuentre

facultado para intervenir en las cuestiones ya comentadas, la preparación que tiene

el personal militar es preponderantemente belicosa. Considero igualmente que con

un buen trabajo de inteligencia y de control de confianza, coordinado entre las

autoridades civiles y contando con el equipo e instrumentos necesarios, se podría

minimizar las bajas civiles y controlar al mismo tiempo al crimen organizado.

Entre tanto se lleven a cabo las tareas comentadas, deben también llevarse

trabajos simultáneos en capacitación, adiestramiento, controles de confianza y

reingeniería de las corporaciones, con el fin de estar en posibilidades de obtener

resultados en el menor tiempo posible.

Concluyendo, consideramos que mientras el ejército lleve a cabo labores conjuntas

de seguridad con las autoridades civiles, es oportuno el que sus miembros sean

capacitados en tácticas de intervención urbana, propias de las policías civiles, con

esquemas más nobles que las que cotidianamente emplearían en tiempos de

combate u operaciones aéreas o en altamar Por otro lado y de manera simultánea,

es necesario trabajar en políticas públicas articuladas que generen un real

bienestar en la población, que desaliente la práctica de actividades criminógenas

por causas exógenas con origen en la incapacidad y desinterés de algunos; pero

por supuesto, que esto no es tema de nuestro estudio, sino que lo que se aborda

primordialmente en este trabajo, es la necesidad de contar con instrumentos

jurídicos de vanguardia que procuren la congruencia en el actuar conjunto de las

autoridades civiles y militares en el combate a la delincuencia, si es que,

finalmente, esta estrategia será empleada ya de manera definitiva por parte de la

autoridad Lo que sí es imprescindible en todo caso, es el hecho de que cualquier

cuestión que refiera a la actuación del ejército en la seguridad interior, debe contar

necesariamente con una legislación adecuada, sistematizada y congruente a la

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realidad del entorno y en donde se privilegie la salvaguarda de los derechos

fundamentales de los individuos

2.1.2. Trabajos nacionales

Villanueva, P. (2015). Fuerza pública y derechos humanos: Fundamentos

del empleo estatal del arma de fuego en operaciones destinadas a hacer

cumplir la ley. Para optar el grado académico de magister. Pontifica

Universidad Católica del Perú, Lima. Entre las principales conclusiones

plantea:

1. Derechos humanos y empleo de la fuerza estatal son dos conceptos

histórica y jurídicamente vinculados. Si bien uno surge como límite a la

arbitrariedad del otro, ambos se encuentran en la esencia constitutiva del

Estado y favorecen el cumplimiento de dos de sus roles principales:

promover los derechos fundamentales de las personas y garantizar el

orden y la seguridad de la sociedad.

2. Si los Estados, a través del empleo de la fuerza, asumen el orden y la

seguridad como un fin en sí mismo, los derechos esenciales de las

personas se relativizan, abriéndose el camino a la arbitrariedad y a la

posibilidad de incurrir en violaciones de derechos humanos. Sin

embargo, si los Estados se abstienen de emplear la fuerza, la seguridad

y el orden se debilitan, la ley pierde fuerza coactiva y se allana el camino

de la afectación de otros tantos derechos fundamentales que la sociedad

valora. Por ello, al tratarse de roles complementarios e irrenunciables,

los Estados, más allá de optar por privilegiar uno en detrimento del otro,

deben procurar un balance en su vigencia y desarrollo.

3. La seguridad en un estado democrático tiene al ser humano como eje

central de su definición. No puede limitarse al aseguramiento del orden,

la estabilidad política o la persecución del delito, pues estas estrategias

solo inciden en los derechos de las personas de modo indirecto. Además

de la obligación clásica de abstenerse de incurrir en excesos en el

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empleo de la fuerza, una noción de seguridad basada en derechos

humanos supone por parte del Estado la obligación de adoptar medidas

positivas de prevención, disuasión y represión del delito y, en general, de

toda amenaza contra los derechos de las personas proveniente de

terceros.

4. Si la fuerza es el medio coercitivo a través del cual el Estado garantiza la

seguridad, y ésta última, a su vez, debe orientarse al pleno ejercicio de

los derechos de las personas, entonces, el uso del arma de fuego, por

ser la expresión coercitiva más extrema del Estado, debe restringirse al

máximo. El daño que el arma de fuego puede causar en derechos tan

esenciales como la vida o integridad lleva a afirmar la absoluta

excepcionalidad de este recurso y la imperiosa necesidad de reducir al

mínimo indispensable el margen de discrecionalidad en su empleo.

5. La normativa peruana en materia de empleo del arma de fuego es

insuficiente y contradictoria. Teniendo en cuenta la trascendencia de los

derechos que tal empleo afecta, resulta urgente proporcionar a los

Funcionario Encargado de Hacer Cumplir la Ley y operadores de justicia

peruanos una norma con rango de ley que establezca con claridad y

certeza los criterios y circunstancias del recurso a la fuerza y las armas

de fuego y que, además, resulte plenamente compatible con los

estándares internacionales de empleo de la fuerza y derechos humanos

reseñados en este trabajo.

6. Es fundamental que el análisis de la pertinencia del empleo del arma de

fuego se centre cada vez más en los procedimientos y las circunstancias

particulares del caso y menos en el perfil criminal, cultural, ideológico o

socioeconómico del presunto infractor.

C7. El uso de armas de fuego con el fin de realizar la detención de un

individuo que se da a la fuga no puede justificarse salvo que éste

exponga, durante su huida, a un inminente riesgo de muerte o lesiones

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graves a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley o a

terceros.

8. El empleo del arma de fuego no se encuentra proscrito en las

operaciones de mantenimiento y restablecimiento del orden público. Si

bien se trata de situaciones en las que puede resultar mucho más viable

un uso progresivo de la fuerza, lo cierto es que si las circunstancias

degeneran en hechos de violencia que llegan a poner en riesgo la vida

de las personas, el arma de fuego se encontrará justificada bajo los

mismos exactos criterios que se han venido explicando a lo largo de este

trabajo.

Morales y Longa (2013), en su tesis titulada “Rol del Ejército del Perú en el

desarrollo Nacional y su influencia en la inclusión social en el Perú. 2103”,

presentada en la Escuela Superior de Guerra, para obtener el grado de Maestro

en Ciencias Militares, concluyeron:

a. De los resultados obtenidos como producto del estudio se ha podido establecer

que un Ejército con aportes técnicos al desarrollo Nacional, tiene implicancia

favorable en el libre ejercicio de los derechos ciudadanos en el Perú, existen

factores coyunturales como estructurales en los cuales el Ejército viene

participando de forma acertada con aportes técnicos al desarrollo de seguridad

social del País.

b. De los datos obtenidos se ha podido determinar que un Ejército con actividades

productivas de bienes y servicios tiene implicancia favorable en los acuerdos

con el sector privado para la inversión en el Perú, y puede competir con

empresas privadas con ejercicio calificado, ya que las instituciones Armadas

tiene estructuras de costos de producción con rubros subsidiados.

Caro, Arias y Gonzales (2011) en su tesis titulada. ”Doctrina para el

Planeamiento y conducción de Operaciones Militares en el Frente Externo y

Frente Interno de las Unidades del Ejército (GUB, GUC, UU)”, presentada en la

ESGE para optar el grado de Maestro en Ciencias Militares, concluyen:

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Las Unidades (GGUUBB; GGUUCC; UU) toman en cuenta de manera

referencial los procedimientos doctrinarios difundidos por el COEDE, en el

planeamiento y conducción de las operaciones en el frente externo y frente

Interno.

La metodología empleada en la producción de doctrina de guerra en el Ejército,

para Guerra Convencional y Guerra No Convencional, no incorpora las

experiencias institucionales.

La evidente incompetencia militar en el tema, tiene relación directa en

desempeño de los mandos que descuidan de sobremanera un aspecto de vital

importancia en la preparación de la fuerza, el cual es la producción y difusión

de doctrina propia; en cuanto a presupuesto, personal, entre otros

Arce, G. (2011). La Herencia del Pasado: Fuerzas Armadas, Derechos Humanos

y seguridad interior en el Perú contemporáneo. Para optar el Título de Licenciado

en Ciencia Política y Gobierno. Pontifica Universidad Católica del Perú, Lima.

Entre las principales conclusiones plantea:

1. En cuanto a las Fuerzas Armadas fue la aprobación de la ley de Reglas de

Empleo de la Fuerza, que otorgaba a la fuerza armada el marco legal para su

intervención en el control del orden interno, tanto en el control de protestas

sociales, como en la lucha contrainsurgente en el VRAE, y que buscaba evitar

–según sus propios autores– que se produzcan nuevas denuncias por

violaciones de derechos humanos, brindado amparo legal a las acciones del

personal militar, e intentando que dichas denuncias sean vistas por la justicia

militar, en vez de la justicia civil.

Vallovera, A. (2008). En su tesis Realidad operativa del Ejercito Paraguayo. Tesis

para optar el grado académico de Maestro. Su implicancia en la defensa nacional.

Una propuesta de reestructuración y despliegue. Señala que el propósito de este

trabajo de investigación, fue el de contribuir con la Institución Militar, presentando

a las más altas autoridades militares, Señores Oficiales, Generales, Superiores,

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Subalternos, compañeros/as cursantes no uniformados y en general a quienes

pudiera interesar, un modelo nuevo del Ejército Paraguayo, organizado,

adiestrado y equipado acorde a los nuevos desafíos que impone el Siglo XXI y la

globalización, siendo consciente y teniendo en cuenta nuestra realidad nacional,

que nos obliga a adaptar las tendencias militares del nuevo milenio, a nuestra

situación actual, proporcionándole las condiciones y los medios apropiados para

el cumplimiento de su misión constitucional y legal.

Comenzó esta investigación, con una descripción del marco legal, que le da el

soporte fundamental requerido, expresando algunos artículos de la Constitución

Nacional referente a la Misión de las Fuerzas Armadas, que tienen incidencia

directa en la organización de las Fuerzas Singulares. Así también se tuvo en

cuenta la Política de Defensa, Directivas de Defensa y la Política Militar vigente,

aprobada en reunión del Consejo de la Defensa Nacional en el año 1999, que

consagra la evolución de la Expresión Militar de la Nación hasta el año 2020,

dando aún más fuerza al presente trabajo.

Luego se describió, la organización actual del Ejército, su realidad operativa, sus

fortalezas y debilidades, presentando finalmente un modelo adaptado a la realidad

paraguaya, y las etapas del proceso de reestructuración y modernización.

Se realizó un trabajo de investigación no experimental, de tipo descriptivo, cuya

unidad de análisis fue el Ejército Paraguayo, tomando como muestra específica a

una División de Infantería y sus elementos de maniobras. Se recolectó datos

mediante observaciones, entrevistas, encuestas, fuentes bibliográficas y medios

de Internet.

Se concluyó, que el Ejército no está en condiciones de realizar operaciones

militares en cumplimiento de su misión constitucional, en las condiciones actuales

y que en tiempo de paz, cumple con sus misiones constitucionales y

complementarias, no en las mejores condiciones.

Se resaltó la falta de una cultura de la Defensa Nacional por parte de la sociedad

toda, en especial de la clase decisoria, para comprender que la defensa no es

monopolio de las Fuerzas Armadas sino una tarea de todos los paraguayos que

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amamos esta Nación y que la expresión militar, para que sea garante de la

Independencia y soberanía del Paraguay, requiere de recursos mínimos básicos

indispensables.

Sansó-Rubert P (2013), en su tesis “La seguridad ciudadana y las Fuerzas

Armadas: ¿despropósito o último recurso frente a la delincuencia organizada?,

presentada en la Universidad de Angostela-España, para obtener el grado de

Doctor, entre otros concluyó:

a. Hasta la fecha, la justificación para el incremento de los roles de los ejércitos en

la lucha contra la delincuencia organizada, ha sido habitualmente vaga e

imprecisa, cincelada sobre grandes conceptos etéreos, como la seguridad

nacional o la soberanía.

b. A ello hay que añadir el hecho de que detractores y defensores de la inmersión

de las fuerzas armadas en la prestación de seguridad ciudadana y en la lucha

contra la delincuencia organizada se han volcado en colmar el debate con

argumentos de diversa índole, sin que ni a priori (que sería lo adecuado), pero

ni tan siquiera a posteriori, exista una evaluación profunda de los resultados

empíricamente obtenidos y las consecuencias derivadas del intervencionismo

castrense en un área de máxima sensibilidad político-social. Por esto, resulta

en exceso prematuro afirmar con contundencia si la participación de las fuerzas

armadas es una medida positiva o no en el combate a la criminalidad.

c. Ante la dicotomía planteada en el título de este análisis, a tenor de lo expuesto,

queda claro que la participación militar en la esfera de la seguridad interna

obedece a unas necesidades perentorias del estado (último recurso), y que

debiera limitarse solo a los supuestos en los que la circunstancia así lo

requieran. Por lo tanto tiene perfecta cabida en democracia, pero su empleo

debe ser articulado en forma conveniente bajo premisas claras (aplicación del

modelo integral, preservando un mínimo de criterios para que el empleo de las

tropas tenga legitimidad: que se asegure la gravedad de la amenaza; que el

propósito del uso de la fuerza militar sea correcto; que exista una

proporcionalidad de los medios; que se formule un balance de las

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consecuencias), que eviten otorgar erráticamente a las fuerzas armadas una

primacía que conlleve el riesgo de militarizar la seguridad interior.

d. Por otro lado, afirmar la militarización de la lucha contra la delincuencia

organizada (Bobbea, 2014), como procesos generales e irreversibles, es

otorgarles una característica de la que efectivamente carecen (al menos por

ahora). Hoy, el principal desafio para los régimenes democráticos y las políticas

de defensa y seguridad obedece a la superposición de funciones entre las

fuerzas armadas y la policía, en el contexto de una aún débil conducción civil

(Rojas, 2008).

Grupo de Trabajo en Seguridad Regional (2013), en su artículo titulado “Los

militares en la seguridad interna: realidad y desafíos para Ecuador”, escrito en la

Revista Perspectivas N° 1- 2013, concluyen:

a. Dado que la realidad social contemporánea es una sociedad cambiante,

compleja y asimétrica en la dinámica de la relación global-local, las dinámicas y

estrategias de seguridad generan importantes consecuencias para la Política

Criminal, especialmente para aquella encaminada a dar soluciones en materia

de seguridad ciudadana y, en este ámbito, las acciones cooperativas de las

Fuerzas Armadas en materia de seguridad interna parecen ser una de las

posibles alternativas.

b. Las políticas de seguridad ante el delito transnacional y el crimen organizado,

consideradas como dispositivos prioritarios de estabilización y cohesión social,

tienen que encontrar soluciones ante el desafío de construir mensajes de

garantía y protección, razón por la cual, se intenta gestionar la inseguridad

ciudadana con nuevos actores de fuerza como las Fuerzas Armadas.

c. Los medios de comunicación que priorizan una semántica de la representación

de la inseguridad, sin duda, contribuyen a generar una desproporción entre la

entidad objetiva de los peligros y la sensación subjetiva en el imaginario de la

población, todo lo cual genera un discurso estereotipado respecto de la

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inseguridad ciudadana con nuevos actores de fuerza como las Fuerzas

Armadas.

c. Los medios de comunicación que priorizan una semántica de la representación

de la inseguridad, sin duda, contribuyen a generar una desproporción entre la

entidad objetiva de los peligros y la sensación subjetiva en el imaginario de la

población, todo lo cual genera un discurso estereotipado respecto de la

inseguridad ciudadana.

d. La seguridad ciudadana puede ser vista como un iceberg, en cuya parte superior

aparecen los índices de criminalidad, la problemática que aparece en los medios

de comunicación, la construcción discursiva respecto de la violencia. Pero es en

la parte inferior y la más grande en donde aparecen problemáticas socio

criminales, político-penales, político-criminales y de precariedad institucional; y

es precisamente en esta parte del iceberg donde realmente está el problema de

la seguridad ciudadana que demanda estrategias que rebasen la visión simplista

y coyuntural y tengan un diseño de largo plazo. Habrá que determinar en este

sentido si es oportuna la colaboración de las Fuerzas Armadas en seguridad

ciudadana e interna.

e. Se evidencia una preocupante incapacidad de respuesta del Estado ante el

incremento del crimen organizado, a pesar de la cooperación de las Fuerzas

Armadas en tareas de seguridad interna en Ecuador.

Desde la perspectiva doctrinaria de la seguridad integral y la configuración de

reformas legales y marcos normativos, priorizados por el actual Gobierno desde

el 2009, no se perciben evidencias reales de reducción en las tasas de violencia.

f. La intención de utilizar a los militares en operativos para garantizar la seguridad

interna es visibilizar la legitimación de autoridad del Estado y la credibilidad del

actual Gobierno, en un ámbito en el que los resultados esperados son aún

deficientes, porque el impacto en el control del crimen es reducido.

g. Se corre el riesgo de que las Fuerzas Militares se contaminen de corrupción en

la exposición permanente al crimen organizado y sus actos ilícitos conexos.

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h. La pérdida de identidad debido a la poli funcionalización de las Fuerzas Armadas

es un riesgo inminente, dentro de un contexto de desmilitarización de la Policía

(nueva misión constitucional), que conlleva una desprofesionalización progresiva

hacia la mutación a otra institucionalidad: Guardia Civil o Gendarmería, que bien

puede ser utilizada con criterios clientelares y/o político-coyunturales, en suma

con respuestas inmediatistas contrarias a una orientación estratégica Estatal de

largo plazo.

Cano (2015), en su artículo titulado “Presencia de las fuerzas armadas en tareas

de seguridad nacional. Criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”

sostiene

a. Es obligación del Estado determinar las razones y motivos que llevan a las

autoridades internas a declarar un estado de emergencia y corresponde a éstas

ejercer el adecuado y efectivo control de esa situación y que la suspensión

declarada se encuentre, conforme a la Convención, “en la medida y por el

tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación”. Los Estados no

gozan de una discrecionalidad ilimitada y corresponderá a los órganos del

sistema interamericano, en el marco de sus respectivas competencias, ejercer

ese control en forma subsidiaria y complementaria. En este caso, la Corte

analiza la conformidad de los actos estatales en el marco de las obligaciones

consagradas en el artículo 27 de la Convención, en relación con las otras

disposiciones de la Convención objeto de la controversia.

b. Es importante destacar que en el presente caso la Corte estimó que, una vez

determinada una intervención militar con tan amplios alcances y en función de

objetivos a su vez tan amplios y difusos, la suspensión de garantías que en

efecto operó en este caso, y que el Estado ecuatoriano reconoció al allanarse a

la alegada violación del artículo 27 de la Convención, sobrepasó la facultad

reconocida a los Estados por la Convención en el primer inciso de esta

disposición.

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La Junta Interamericana de Defensa (2012), en su artículo “Pesquisa sobre el

involucramiento de las fuerzas armadas del Continente Americano en actividades

de seguridad pública”, establece:

a. El escenario de la seguridad ha sufrido variaciones, debido al carácter cada vez

más difuso entre lo interno y lo externo en la vida de los Estados, como efecto de

la internacionalización y globalización.

El empleo de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad pública se ha

convertido en una realidad en diversos países de la región. Lo cierto es que los

resultados obtenidos por los sistemas policiales, judiciales y de rehabilitación en

la seguridad no han sido los esperados, razón por la cual se ha actualizado el

debate sobre el uso de los militares en el plano interno.

b. La gravedad de las amenazas ha llevado a los gobiernos y a diversos sectores

de la sociedad a proponer el uso de las fuerzas armadas en tareas de seguridad

pública como son la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico, hoy

conocidas como nuevas amenazas o amenazas irregulares.

c. Las nuevas amenazas fueron reconocidas oficialmente en el Tratado de

Seguridad Democrática de Centroamérica del Sistema de la Integración

Centroamericana (SICA), en 1995, y en la Declaración sobre Seguridad en las

Américas de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en 2003.

Ambos instrumentos contienen agendas que incluyen tanto temas tradicionales

como los llamados “nuevos”.

d. La realidad actual del crimen organizado de la manera transnacional que opera

obligan a los países a tomar medidas legales y a reorganizar sus estrategias

tendientes a neutralizar este fenómeno que está afectando la gobernabilidad,

democracia y desarrollo de los Estados.

En ese contexto se analiza el empleo de las fuerzas armadas en la seguridad

interna. La aparición de amenazas, que tienen rasgos duales de seguridad

externa e interna, ha impulsado una revisión de la estricta separación entre las

funciones militares y policiales.

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e. Esta política se puede entender como producto de la decisión del Estado de

recurrir a todos los medios a su disposición ante la imposibilidad de establecer

seguridad. Además, la población ha percibido que las fuerzas armadas son

idóneas para colaborar en la lucha contra las amenazas públicas más

angustiantes.

En algunos países pesquisados, hay una profundización de las

responsabilidades de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública. Sin que

disminuya el nivel de adiestramiento para la defensa del territorio, existen

respuestas en el terreno de la Defensa Nacional en relación al narcotráfico.

f. En otros países, en los que los aparatos policiales cuentan con altos niveles de

confianza, capacidad operativa y aprobación ciudadana, sólo en ocasiones

excepcionales las fuerzas armadas han participado en el mantenimiento del

orden público. Así, los roles de las fuerzas armadas y de las policías en asuntos

vinculados a la seguridad interna están más delimitados.

g. Hay una tendencia general en la mayor parte de los países para elaboración de

una Política de Defensa Nacional, lo que comúnmente se conoce como Libro

Blanco.

Este documento es un instrumento para definir y orientar el funcionamiento del

sistema de defensa nacional y al mismo tiempo fortalecer las medidas de

confianza entre Estados, mejorar la relación cívico-militar y cooperar con la

preservación de la estabilidad y la paz hemisféricas.

h. La reestructuración de las Fuerzas Armadas ha sido un proceso político

derivado de la decisión a nivel Ejecutivo, como responsable de la

determinación de la Política de la Defensa Nacional y de las decisiones

militares institucionales. Esta cooperación ha sido decisiva para elevar el nivel

profesional y fortalecer la institucionalidad de las Fuerzas Armadas y de la

democracia. El documento de la OEA llamado “Lineamientos para la

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Elaboración de Documentos sobre Políticas y Doctrinas de Defensa” ha sido un

referente para el diseño de las nuevas políticas.

2.2 Bases teóricas o teoría sustantiva.

2.2.1 Para la variable Gestión del conocimiento del Marco Legal Vigente

2.2.1.1 Marco legal vigente

Para este tema de interés nacional tenemos el conocimiento de dos (02)

marcos legales regidos en nuestra nación:

El Decreto Legislativo N° 1095, del Congreso de la República, publicado

el 10 de julio del 2,010, tiene por objeto establecer el marco legal que

regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de

la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su función

constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad

coercitiva para la protección de la sociedad, en defensa del Estado de

Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el territorio

nacional.

En su artículo 4, establece la finalidad de la intervención de las Fuerzas

Armadas en defensa del Estado de Derecho y protección de la sociedad:

Hacer frente a un grupo hostil, conduciendo operaciones militares, previa

declaración del Estado de Emergencia, cuando las Fuerzas Armadas

asumen el control del orden interno; o Proporcionar apoyo a la Policía

Nacional, previa declaración del Estado de Emergencia, con la finalidad de

restablecer el orden interno ante otras situaciones de violencia; o Prestar

apoyo a la Policía Nacional, en casos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo

o protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país,

servicios públicos esenciales y en los demás casos constitucionalmente

justificados cuando la capacidad de la Policía sea sobrepasada en su

capacidad de control del orden interno, sea previsible o existiera peligro de

que ello ocurriera.

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Asimismo, establece en su artículo 5, que cuando la actuación de las

Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia se orienta a conducir

operaciones militares para enfrentar la capacidad de un grupo hostil o

elemento de éste, rigen las normas del Derecho Internacional Humanitario.

De igual modo, cuando la actuación de las Fuerzas Armadas en Estado de

Emergencia se orienta a realizar acciones militares en apoyo a la Policía

Nacional para el control del orden interno, rigen las normas del Derecho

Internacional de los Derechos Humanos. Éstas también rigen cuando se

orientan a realizar acciones militares distintas a enfrentar un grupo hostil.

Por tanto, el presente Decreto Legislativo, en su Artículo 6, establece que el

empleo de la fuerza ante acciones de un grupo hostil en zonas declaradas

en estado de emergencia, es el Presidente de la República quien autoriza

la intervención de las Fuerzas Armadas frente a un grupo hostil, para

conducir operaciones militares, previa declaración del Estado de

Emergencia, encargándoles el control del orden interno.

Todo ello, se enmarca dentro de los principios rectores que rigen antes,

durante y después del empleo de la fuerza, reconocidos por las normas del

Derecho Internacional Humanitario:

Humanidad.- Las personas puestas fuera de combate y aquellas que no

participan directamente de las hostilidades son respetadas, protegidas y

tratadas con humanidad. En el mismo sentido, las personas que participan

directamente de las hostilidades no son objeto de sufrimientos

innecesarios.

Distinción.- Es la diferenciación que se debe realizar entre quienes

participan y quienes no participan directamente de las hostilidades. La

población civil no puede ser objeto de ataque.

Debe distinguirse entre los objetivos militares y aquellos que no lo son.

Sólo los objetivos militares pueden ser objeto de ataque.

Limitación.- Los medios y métodos de empleo de la fuerza en el

enfrentamiento no son ilimitados, El Derecho Internacional Humanitario

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prohíbe el empleo de aquellos que pudiesen causar daños o sufrimientos

innecesarios.

Necesidad militar.- Es aquella que justifica el empleo de la fuerza y que

permite obtener la legítima y concreta ventaja militar esperada. Este

principio no constituye excusa para conducta alguna que esté prohibida por

el Derecho Internacional Humanitario.

Proporcionalidad.- Autoriza una operación militar cuando sea previsible que

no causará daños incidentales entre la población civil o daños a bienes de

carácter civil, que sean excesivos en relación con la ventaja militar concreta

y prevista. (Decreto Legislativo 1095).

De igual modo, el Decreto Legislativo en mención, en su artículo 8, expresa

que los miembros de las Fuerzas Armadas deberán observar como mínimo,

que las personas que no participan directamente en las hostilidades o que

han depuesto las armas así como las personas puestas fuera de combate

por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa son, en todas

las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole

desfavorable basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el

nacimiento, la condición socio-económica o cualquier otro criterio análogo.

De igual modo, las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio

ante un tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales los

heridos y los enfermos son recogidos y asistidos.

Requisitos y condiciones para el empleo de la fuerza

El Artículo 10.- Empleo de la fuerza ante un grupo hostil, establece que “El

empleo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, procede luego de la

declaración del Estado de Emergencia, disponiendo que éstas asuman el

control del orden interno para enfrentar a un grupo hostil”.

El Artículo 12 establece el control del orden interno, que establece que,

durante la vigencia del Estado de Emergencia, el Comando Conjunto de las

Fuerzas Armadas designa al Comando Operacional para el control del

orden interno, con la participación de la Policía Nacional, la que previa

coordinación, cumple las disposiciones que dicta el Comando Operacional.

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Reglas de enfrentamiento y empleo de la fuerza.

A continuación se transcriben literalmente los artículos 13 y 14, que norman

las Reglas de Enfrentamiento:

Artículo 13.- Reglas de enfrentamiento

13.1 Son aquellas órdenes de mando que determinan como y contra quien

se emplea la fuerza durante una operación militar. Refieren las

instrucciones que da el Estado para trazar claramente las

circunstancias y los límites en los que sus fuerzas terrestres, navales

y aéreas pueden emprender o proseguir operaciones militares contra

grupos hostiles.

13.2 El empleo de la fuerza por las Fuerzas Armadas contra un grupo hostil

durante el Estado de Emergencia se sujeta a las reglas de

enfrentamiento, ejecutándose las operaciones de conformidad con el

Derecho Internacional Humanitario.

13.3 Las operaciones se ejecutan con la finalidad de proteger la vida de la

población y la integridad física y la vida de los miembros de las

Fuerzas Armadas, defender el Estado, doblegar la capacidad del

grupo hostil y proteger el patrimonio público y privado.

Artículo 14.- Empleo de la fuerza

El empleo de la fuerza procede contra objetivos militares, conforme a los

principios establecidos en el artículo 7 del presente Decreto Legislativo y

debe estar previsto en un plan u orden de operaciones.

Niveles de intensidad del uso de la fuerza

18.1 Preventivo

a. Presencia Militar.- Es la demostración de autoridad, en la que los

miembros de las Fuerzas Armadas están uniformados, equipados, en

actitud diligente y de alerta, actuando preventiva y disuasivamente a fin

de mantener o restablecer el orden interno.

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b. Contacto Visual.- Es el dominio visual sobre una persona, grupo de

personas, vehículos, áreas o instalaciones, que permite ejercer un

cierto control sobre la situación.

c. Verbalización.- Es el uso de la comunicación oral, utilizando el tono y

los términos necesarios que sean fácilmente comprendidos, con miras

a mantener o restablecer el orden interno.

18.2 Reactivo

Agotadas las acciones del nivel preventivo y antes de usar la fuerza

en el nivel reactivo, se realiza la advertencia correspondiente,

procediendo al uso de la fuerza gradualmente, siempre y cuando la

situación lo permita, de la manera siguiente:

a. Control físico.- Es la acción militar que utiliza técnicas de fuerza

corporal, con el fin de controlar, reducir, inmovilizar o conducir ante

la autoridad que corresponda a quienes se encuentren alterando el

orden interno.

b. Medios no letales. – Se refiere al empleo de equipamiento y armas

con bajo potencial de daño, para contrarrestar o superar la

amenaza existente.

c. Medios letales. – Excepcionalmente, se puede proceder al empleo

de armas de fuego, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 19 del

presente Decreto Legislativo.

Uso de armas de fuego

Excepcionalmente, los miembros de las Fuerzas Armadas en

cumplimiento de la misión asignada pueden usar armas de fuego en

defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de

muerte o lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de

un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para

la vida, o con el objeto de detener a una persona que represente ese

peligro y oponga resistencia a su autoridad, o para impedir su fuga, y

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sólo en caso de que resulten insuficientes las medidas menos

extremas para lograr dichos objetivos.

Si como consecuencia del uso de las armas de fuego se produjeran

heridos, los miembros de las Fuerzas Armadas habilitan la atención

médica inmediata, sin discriminación. En caso de que se registren

personas fallecidas se adoptan los protocolos correspondientes para

el tratamiento de los restos humanos. En ambos casos, se procede a

informar a los familiares.

Informe sobre el uso de armas de fuego

En el Artículo 20 del Decreto Legislativo 1095, establece:

Los miembros de las Fuerzas Armadas que hagan uso de armas de fuego

presentan en el término de la distancia un informe por escrito a su superior,

dando cuenta de los siguientes aspectos: fecha, hora y lugar del incidente,

unidad o elemento que participó en el incidente, hechos que condujeron a

su participación, la causa por la cual se abrió fuego, el tipo y la cantidad de

armas y municiones empleadas, daños personales o materiales causados,

número de eventuales detenidos, heridos o muertos, debiendo acompañar,

en lo posible, registros fílmicos o fotográficos existentes.

Si como consecuencia del uso de las armas de fuego se produjeran daños

personales o materiales, el superior o la autoridad competente proceden a

la indagación correspondiente, a fin de establecer las circunstancias de la

acción.

Principios, niveles y excepcionalidad

El Artículo 22 del presente Decreto Legislativo, establece que las Fuerzas

Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional en los siguientes

casos:

a. Tráfico ilícito de drogas

b. Terrorismo.

c. Protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país

y servicios públicos esenciales.

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d. En otros casos constitucionalmente justificados en que la capacidad de

la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible

o existiera el peligro de que esto ocurriera.

Solicitud y autorización

La autoridad política o policial del lugar en que se producen los hechos

descritos en el artículo 21 del presente Decreto Legislativo debe solicitar la

intervención de las Fuerzas Armadas al Ministro del Interior, quien una vez

evaluados los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la República.

El Presidente de la República autoriza la actuación de las Fuerzas

Armadas, mediante Resolución Suprema, refrendada por los Ministros de

Defensa e Interior. (Artículo 25 del DL 1095. P- 10).

Instrucción

Los Institutos de las Fuerzas Armadas incorporan en sus planes de

instrucción y entrenamiento las previsiones necesarias a efectos de impartir

a su personal la instrucción, preparación y entrenamiento apropiados para

el cumplimiento del presente Decreto Legislativo.

Jurisdicción y competencia

Artículo 27.- Competencia del Fuero Militar Policial

Las conductas ilícitas atribuibles al personal militar con ocasión de las

acciones realizadas, en aplicación del presente Decreto Legislativo o en

ejercicio de su función, son de jurisdicción y competencia del Fuero Militar

Policial, de conformidad al artículo 173 de la Constitución Política.

Responsabilidad

EL Artículo 28 establece que el incumplimiento del presente Decreto

Legislativo y su Reglamento es investigado y sancionado, según

corresponda.

Asimismo, establece que el superior asume la responsabilidad

correspondiente cuando hubiera tenido conocimiento de que sus

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subordinados infringieron las disposiciones del presente Decreto Legislativo

y su Reglamento, y no hubiera adoptado oportunamente las medidas

preventivas o correctivas a su disposición.

Artículo 30.- Exención de responsabilidad penal

Los supuestos de exención de responsabilidad penal derivados del empleo

y uso de la fuerza en aplicación del presente Decreto Legislativo son

regulados conforme a lo establecido en los numerales 3, 8 y 11 del Artículo

20 del Código Penal y en la Ley Nº 27936, en materia de legítima defensa y

cumplimiento del deber.

Informe operacional

Artículo 31.- Presentación de informe

Concluidas las operaciones o acciones previstas en el presente Decreto

Legislativo, el comandante de la fuerza militar presenta un informe por

escrito a su superior, dando cuenta de los siguientes aspectos: fecha, hora

y lugar de las operaciones o acciones, unidad o elemento participante,

hechos que condujeron a su participación, las operaciones o acciones

efectuadas, sus resultados y otros aspectos de relevancia.

Comentario.

Este Decreto Legislativo regula el marco legal de la actuación de las

fuerzas armadas en apoyo a la Policía Nacional, teniendo muy en cuenta

que es una decisión política neta del presidente de la República, el

disponer su empleo para la protección de la sociedad, en defensa del

Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el

territorio nacional.

Otorga la posibilidad que las fuerzas armadas tengan que intervenir en este

tipo de misiones, cuando en su artículo 22 establece que Por lo que se

concluye que si es posible constitucionalmente hacer uso de las fuerzas

armadas para proteger a la sociedad peruana, en casos de control del

orden interno.

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Sin embargo, existiría un vacío legal más específico en caso de que las

fuerzas armadas tuvieran que intervenir para apoyar a combatir la

delincuencia común y organizada, pues si se toma en cuenta que estas

bandas actúan organizadas, la posibilidad de su empleo es mucho mayor,

pero el grupo investigador es de opinión que el Poder Legislativo tendría

que proponer y aprobar algún Decreto legislativo más específico con el fin

de evitar que el personal militar que intervenga, evite estar involucrado de

oficio en delitos contra los derechos humanos o contra la normativa legal

del aparato estatal.

Constitución Política del Perú

El Artículo 171 de la Constitución Política, señala que las Fuerzas Armadas

participan en el desarrollo económico y social del país, así como en la

defensa civil de acuerdo a ley; siendo las acciones de apoyo a la

comunidad, una de las formas en que las fuerzas armadas contribuyen

directamente a integrar a aquellas poblaciones donde el Estado tiene

limitaciones objetivas para desarrollar sus actividades.

La intervención de las Fuerzas Armadas se basa en la defensa del Estado

de Derecho y protección de la sociedad dentro del territorio nacional, se

rige por los principios señalados y definidos en el Título I y II de los

artículos 7° y 16° del Decreto Legislativo N° 1095

a. Hacer frente a un grupo hostil, conduciendo operaciones militares, previa

declaración del Estado de Emergencia, cuando las Fuerzas Armadas

asumen el control del orden interno.

b. Proporcionar apoyo a la Policía Nacional, previa declaración del Estado de

Emergencia, con la finalidad de restablecer el orden interno ante otras

situaciones de violencia; o,

c. Prestar apoyo a la Policía Nacional, en casos de tráfico ilícito de drogas,

terrorismo o protección de instalaciones estratégicas para el

funcionamiento del país, servicios públicos esenciales y en los demás

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casos constitucionalmente justificados cuando la capacidad de la Policía

sea sobrepasada en su capacidad de control del orden interno, sea

previsible o existiera peligro de que ello ocurriera.

2.2.1.2 Capacitación del Personal Militar

Instrucción

El Método de instrucción militar (1996) menciona en las consideraciones

básicas en la instrucción militar la necesidad de integrar en la formación del

personal militar el desarrollo de la iniciativa individual y la creación de un

estado Que conciencia colectiva. La coexistencia de disciplinas de contenido

diverso, humanístico, técnico, social, científico, con las exigencias de la

carrera militar. La necesidad de proporcionar una preparación física

adecuada al desempeño profesional. La posibilidad de que las condiciones

en que ha de desenvolverse la actividad profesional pueden ser en

ocasiones de carácter extraordinario, tanto en el aspecto colectivo como en

el individual.

La dificultad de llevar a la práctica las enseñanzas teóricas de las disciplinas

comprendidas en el área militar, ya que difícilmente se podrá actuar dentro

de una completa realidad bélica. El permanente concepto de disciplina que

preside toda actividad militar. La relevante importancia que se concede a la

formación y preparación para el ejercicio de la función de mando.

Entrenamiento

Organización, conducción y control de la instrucción y entrenamiento (1999),

en el capítulo I menciona que el objeto de la instrucción y entrenamiento

militar, es preparar al personal del Ejército para obtener la victoria en caso

de guerra, es decir:

a. Instruir y entrenar los efectivos del Ejército Activo, a fin de mantenerlo

en las mejores condiciones operativas, cualquiera que fuera la

situación, para obtener la victoria en caso de guerra.

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b. Disponer de oficiales, personal auxiliar y especialista, tropa de armas

y personal civil al servicio del Ejército, altamente capacitados, para

desempeñarse eficientemente en cumplimiento de la misión principal

del Ejército.

c. Preparar al personal militar de acuerdo a las necesidades de

instrucción de los planes de operaciones existentes.

2.2.1.3 Revisión del Marco Legal Vigente

ESTABLECE LAS REGLAS DE EMPLEO Y USO DE LA FUERZA POR

PARTE DE LAS FUERZAS ARMADAS Y PNP

Según el DL N° 1095 la intervención de las fuerzas armadas en el control

del orden interno se va a desarrollar en tres escenarios:

PRIMER ESCENARIO: Cuando previa declaración del estado de

emergencia, se encarga a las fuerzas armadas el control del orden interno,

a quienes se les faculta a utilizar “operaciones militares” en contra de

“grupos hostiles”. Rigen las normas del derecho internacional humanitario.

En este escenario las fuerzas armadas actúan controlando el orden interno

por si solas (es decir no están respaldadas por la Policía Nacional)

desarrollarán operaciones militares en contra de “grupos hostiles”, definidos

como grupos de individuos en el territorio nacional que reúnen 3

condiciones (literal f) del art. 3):

a) Están mínimamente organizados.

b) Tienen capacidad y decisión de enfrentar al estado, en forma prolongada

por medio de armas de fuego, punzocortantes o contundentes en cantidad.

c) Participan en las hostilidades o colaboran en su realización

Estas tres condiciones son excesivamente amplias, y fácilmente aplicable

a quienes participan en cualquier protesta social, por lo tanto pueden

intervenir en todos los actos en donde se desarrollen tensiones o

disturbios, esto aunado a que la norma no ha definido que se entiende por

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hostilidades. Por lo tanto cualquier disturbio realizado en el interior del

país como por ejemplo las realizadas en contra del precio del balón del

gas, fácilmente podrían encuadrarse en lo que este decreto entiende por

“grupo hostil”.

La norma criminaliza las actuaciones de las los defensores y defensoras

de derechos humanos, al considerar como grupo hostil a la personas que

colaboran en la actuación de grupos hostiles.

La norma señala que en este supuesto será de aplicación las normas del

Derecho Internacional Humanitario, norma que de acuerdo a los tratados

internacionales solo se aplica en los casos de conflictos armados

internaciones o conflictos armados internos, es decir en situaciones de

guerra y no en contextos de tensiones y disturbios internos como es el

caso de las protestas sociales.

Se asumen supuestos de situaciones de guerra como:

a) Daño incidental (colateral): La norma señala que “es la consecuencia

no intencionada de operaciones militares en las que se puede

ocasionar daño a personas civiles…” y cuya calificación de excesiva se

evaluará respecto a la necesidad militar y proporcionalidad. En ese

sentido los daños a personas o bienes no involucrados en los disturbios

pueden ser admitidos si es que permiten obtener una ventaja militar, sin

establecerse quién determina los criterios de necesidad militar y

proporcionalidad. (literal b) del art. 3)

b) Objetivo militar: Es aquel que por su naturaleza, ubicación, finalidad o

utilización contribuye a la actuación del grupo hostil pudiéndolo destruir

si se obtiene una ventaja militar. Se estaría avalando la destrucción de

cualquier lugar donde se pueda reunir personas previo a una marcha e

incluso instalaciones donde se encuentren refugiados.(literal j) del art.

3)

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c) Comando operacional: este comando es designado por las fuerzas

armadas y está a cargo del control del orden interno. La policía está

también bajo su dirección. (art. 12)

d) Uso de la fuerza letal: se puede utilizar contra los manifestantes,

aunque estos no supongan una amenaza para la vida, si con ello se

obtiene una ventaja militar (literal d) y e) del art 7).

Se da un uso abusivo del estado de emergencia, en cuanto está

previsto en la Constitución para situaciones extremas, como

perturbación de la paz o del orden interno, así como una grave

circunstancia que afecte la vida de la nación. Sin embargo muchas

veces se declara estado de emergencia en previsión a protestas

sociales con las que el régimen de turno está en desacuerdo haciendo

uso innecesario del Estado de Emergencia en situaciones de

conflictividad social.

SEGUNDO ESCENARIO: Cuando se ha decretado un estado de

emergencia, pero las fuerzas armadas no asumen el control del orden

interno, sino que apoyan a la Policía Nacional del Perú en su control.

Desarrollando para tal fin “acciones militares” contra otras “situaciones de

violencia”. Rige el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Aquí la Policía tiene el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas

Armada, en cuanto a las “otras” situaciones de violencia no se especifica

cuáles son estas, en ese sentido la norma sigue siendo imprecisa y hasta

puede caer en un doble discurso respecto al tratamiento de los disturbios

o tensiones internas.

Respecto a la necesidad del uso de la fuerza por parte de las fuerzas

armadas se atiende a dos supuestos (literal b) art. 16):

a) Haber agotado el despliegue de medidas que no impliquen el uso de la

fuerza y que permitan alcanzar el “resultado esperado”.

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b) Llegar a la conclusión de que un eventual uso de la fuerza resulta

“inevitable para alcanzar dicho resultado”.

En otras palabras siempre se justifica el empleo de la fuerza para

obtener una “ventaja militar” o el “resultado esperado”.

Se permite el uso de armas de fuego en situaciones donde a todas luces

no es racional ni necesario, por ejemplo se permite el uso con el objeto de

detener a una persona que representa un peligro y oponga resistencia a

la autoridad, o para impedir su fuga, siempre que resulten insuficientes

otras medidas. (art. 19)

TERCER ESCENARIO: Cuando las fuerzas armadas no asumen el

control del orden interno, pero apoyan a la Policía Nacional del Perú,

desarrollando “acciones militares” en casos de tráfico ilícito de drogas,

terrorismo, o protección de instalaciones estratégicas y en los demás

“casos constitucionalmente justificados” cuando la capacidad operativa de

la Policía sea sobrepasada, o existe peligro de que ello ocurra. Rige el

Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Se permite que el ejército intervenga en apoyo de la policía sin previa

declaración de un estado de emergencia ni ningún otro requisito preciso,

solo se menciona que la autoridad política o policial solicita la intervención

de las fuerzas armadas al ministerio del interior, quién formaliza el pedido

ante el Presidente quién finalmente autoriza dicha intervención mediante

resolución suprema. (Art. 25)

El supuesto de “casos constitucionalmente justificados” constituye una

expresión excesivamente general lo que podría generar situaciones de

arbitrariedad en la participación de las Fuerzas Armadas, además de que

la norma no establece mecanismos de control políticos ni jurídicos, ni

criterios en los que la policía requiera el apoyo de las fuerzas armadas.

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2.2.2 Para la variable Apoyo a la Seguridad Ciudadana.

2.2.2.1 Seguridad

Según la real Academia de la Lengua (RAE), seguridad viene del latín

securitas, es decir, realza la propiedad de algo donde no se registran

peligros, daños ni riesgos. Una cosa segura es algo firme, cierto e

indubitable. La seguridad, por lo tanto, puede considerarse como una

certeza.

Clasificación de la Seguridad

Existen muchas taxonomías de seguridad; para el grupo de investigación se

tomarán en cuenta las siguientes:

Seguridad personalSeguridad ciudadanaSeguridad jurídicaSeguridad industrialSeguridad alimentariaSeguridad informáticaSeguridad militarSeguridad policialSeguridad laboral

Seguridad Ciudadana

Basándonos en la definición anterior, se puede definir como seguridad

ciudadana, como la sensación de estabilidad integral de que una determinada

sociedad o grupo humano que experimenta de un lugar o ambiente seguro,

luego de adoptar una serie de medidas para lograr el statu quo de tranquilidad

que se respira o se siente en todo lo que lo que lo rodea.

Según la Ley No 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana,

se entiende por Seguridad Ciudadana a “la acción integrada que desarrolla el

Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su

convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de

las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la

comisión de delitos y faltas”

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2.2.2.2 Experiencia de países que militarizaron la seguridad ciudadana (01 Oct.15).

A continuación se muestran casos de países de América Latina y el Caribe,

donde se ha experimentado el empleo de la las fuerzas armadas, en

circunstancias particulares de cada uno de ellos, extraídos del Diario La

República, el 1 de octubre del 2015, en base a las experiencias de los países

de República Dominicana, El Salvador, México y Argentina. Resultados no tan

alentadores por cierto:

1. La experiencia de la República Dominicana

En su artículo "Encarando al Jano bifronte: ¿reforma o militarización

policial?", la investigadora Lilian Bobea, cuenta que encontró que la tasa de

muertes violentas en este país pasó de registrar 13.9 por 100 000

habitantes en el 2000 a casi duplicarla a una tasa de 26.7 muertes en el

2005, en la región evidencia que en la última década se registró un

incremento de la criminalidad que en parte importante está asociada al

tráfico de drogas, debido a la sofisticación de las pandillas armadas que en

muchos casos le disputan a los Estados el monopolio de la violencia legal.

Igualmente afectada se vio la percepción de la seguridad ciudadana. Según

la encuesta Demo del año 2004 y LAPOP de 2006, el porcentaje de

ciudadanos que afirmaban sentirse seguros pasó del 42 % en 1994 al 79 %

para el año 2006.

Ante este fenómeno regional (El Caribe pasó de registrar las tasas más

bajas de homocidios en Latinoamérica a tener las más altas en menos de

una década) el entonces presidente Leonel Fernández impulso en el año

2005 una reforma de seguridad pública cuyo fin era desmilitarizar a la

policía. En el primer año de la implementación de esta reforma la tasa de

muertes violentas decreció de 26.7 por cada 100 000 habitantes a tan solo

17 muertes. Asimismo por primera vez en su historia, la conducción de la

política pública de seguridad estuvo a cargo de una instancia civil.

2. La seguridad en retroceso: El Salvador

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Un caso diferente es el de El Salvador, un país que vivió una de las etapas

más duras de su historia por el conflicto armada de la década de 1980. En

aquella época la seguridad pública se encontraba bajo responsabilidad de

las Fuerzas Armadas; y la ejecución de la política criminal, por parte del

Ministerio de Defensa.

En 1996 se constituyó el Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP),

se dispuso la constitución de la Policía Nacional Civil (PNC), la Academia

Nacional de Seguridad Pública (ANSP) y la Procuraduría para la Defensa

de los Derechos Humanos (PDDH), entre otras instituciones, para ponerle

fin a la militarización de la seguridad ciudadana.

Sin embargo, se dejó la respuesta a las llamadas "amenazas emergentes"

o "irregulares" a la seguridad pública (en particular el caso de las maras,

pandillas relacionadas al narcotráfico) a los militares. Esta política fue

fortalecida cuando el 2003, el presidente Francisco Flores implanta el "Plan

Mano Dura" permitiendo la colaboración de la PNC y la Fuerzas Armadas.

Un año después el presidente Elías Antonio Saca continúa con el "Plan

Súper Mano Dura" y en el 2006 el entonces Viceministro de Gobernación

reveló el "Plan Antidelincuencial", de la misma corriente.

Pero para que todos estos planes sean posibles, el Poder Ejecutivo tuvo

que promulgar varios decretos excepcionales, abusando de este recurso

constitucional y borrando las distinciones entre seguridad pública y la

defensa nacional y debilitando a la institución policial, la justicia penal y el

control civil. Así lo explicó el investigador Oscar Bonilla.

3. Guerra contra el narcotráfico: el error de México

De acuerdo con los investigadores Gaston Chillier y Laurie Freeman, en el

caso de México la militarización de la seguridad ciudadana respondió

principalmente a dos factores: la lucha contra las drogas y la asignación de

militares en labores sociales, protección ecológica y en casos de desastres

naturales.

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Sin embargo, los resultados en torno al combate al narcotráfico dejan mucho

que desear. Pese al alto grado de autonomía en las decisiones con la que

cuentan los militares en este país (o quizás justamente por eso), lo cierto es

que hasta ahora este país sigue sufriendo los estragos de una guerra

antinarcotráfico que parece que no va a acabar nunca (solo hasta el 2011 se

contaron 50 mil muertos producto de esta).

A la falta de supervisión civil a las Fuerzas Armadas se suma la falta de una

participación activa por parte del gobierno mexicano en la organización de

esquemas de seguridad internacional para atacar en conjunto el narcotráfico

y el lavado de dinero desde su ruta: que comienza en los andes (Colombia,

Perú y Bolivia) y continúa hasta los territorios de consumo (Estados Unidos,

Europa). Un caso similar es el que vive respecto a la entrada ilegal de armas

del sur de Estados Unidos que ha alimentado las actividades criminales del

país.

4. La creciente militarización en Argentina

Un caso interesante es el que se vive en Argentina, en donde la creciente

percepción de inseguridad en la población conllevó al apoyo a un mayor

involucramiento de la Gendarmería Nacional en la seguridad ciudadana (esta

institución, por su estructura y su doctrina, es más similar a una institución

castrense que a un órgano policial) así como la creación de políticas

restrictivas de la libertad (el decrecimiento de la imputabilidad de 16 a 14 años

es un buen ejemplo).

El problema con este enfoque es que al igual que los otros casos se busca

solucionar un problema complejo formado por diversas aristas con una

política represiva que en la práctica se muestra no solo ineficiente en la

aplicación de la justicia sino también contraproducente (aumenta el nivel de

"inseguridad" así como el número de asesinatos violentos).

El investigador Flabián Nievas explica que esta política (y su aprobación por

parte de la población) crea las condiciones para que la violencia estatal se

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ejerza con mayor fluidez, poniendo en peligro la institucionalidad del país y la

democracia.

Actualmente un gran conjunto de investigadores concuerdan en que la

integración de los militares en la seguridad ciudadana suele ser un desastre.

La investigadora Lilian Bobea resume los principales peligros de esta

propuesta: la penalización de los sectores más vulnerables de la sociedad, la

puesta en peligro de las reformas de la seguridad, la banalización de un

problema altamente complejo siguiendo una lógica simplista y el alejamiento

de los ciudadanos del control de la seguridad.

Con las elecciones del 2016 a la vuelta de la esquina, muchos candidatos

buscan ganarse el favor de la población con propuestas como estas por lo

que es necesario que la población este al tanto de lo que significaría su

implementación para que luego no se sorprendan cuando descubran que el

remedio sea más caro que la enfermedad. (Recuperado de hhtp/La

República. Com del 01 Oct 2015).

2.2.2.3 Caso peruano (Participación del Ejército)

Rivas y Chicoma (2016), escriben en el Diario el Comercio del 29 Set 16, en

donde realizan un análisis de la situación de la inseguridad ciudadana en el

Perú y la factibilidad de emplear a las fuerzas armadas en la lucha contra este

flagelo, razón por la que el grupo investigador ha creído conveniente citarlo:

La reciente encuesta de El Comercio hecha por Ipsos revela que los limeños

consideran que la participación del Ejército Peruano sería una solución contra

la inseguridad ciudadana. Según el sondeo, el 87% cree que los militares

deberían patrullar las calles; el 94%, que debería declararse estado de

emergencia en zonas críticas de la capital; y el 86%, que se debería imponer

el toque de queda en las zonas más peligrosas de la ciudad.

Asimismo, la encuesta señala que, en todos los casos, las cifras no muestran

variaciones mayores al 5% tanto en los distintos niveles socioeconómicos

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(NSE) como en la edad ni el sexo de los entrevistados. Por ello, es plausible

sostener que la opinión de los limeños refleja casi unánimemente una

profunda desconfianza en las capacidades de la policía para resolver los

problemas de inseguridad.

Reglas diferentes.

La intervención del Ejército para resguardar la seguridad de las calles

implicaría ampliar su marco de acción. “El mismo está restringido a la lucha

contra la subversión y a la defensa de recursos estratégicos para el Estado

cuando la policía se ve superada, según Alonso Gurmendi, especialista en

derecho internacional humanitario.

Gurmendi (2015), sostiene: “Tratar de forzar el ingreso de militares en las

funciones netamente policiales sería jugar con fuego, porque cambiar la

mentalidad de un soldado no es sencillo”.

Por otro lado, Federico Tong, experto en temas de seguridad ciudadana,

calificó de irresponsables a los alcaldes que azuzan a los ciudadanos al

insistir con el pedido de que las Fuerzas Armadas deben ingresar a sus

distritos para velar por la seguridad.

Tong explicó que la encuesta de El Comercio-Ipsos demuestra que hay una

actitud poco responsable de los burgomaestres al contribuir a un clima de

alarma en sus afanes por buscar soluciones.

Asimismo, puntualizó que las medidas que solicitan algunos alcaldes

distritales son efectistas y no solucionarán el problema de inseguridad. Para

hacer valer su argumento, citó como ejemplos a Brasil y El Salvador, países

donde se movilizó a los militares en las ciudades con un buen resultado

momentáneo, pero no duradero.

Estado débil

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Patricia Zárate, especialista en gobernabilidad democrática del Instituto de

Estudios Peruanos (IEP) expresa: “La baja confianza en las instituciones que

administran justicia y seguridad es un serio problema para el asentamiento de

la democracia en el Perú, de acuerdo”

Zárate (2016) también sostiene:

Tradicionalmente, los militares siempre han sido mejor vistos que el resto de

instituciones del Estado en el Perú, lo cual no significa que la gente entienda

cuáles son las reales implicancias de la participación militar en el control del

orden interno

Tanto en el Perú como en el resto de América Latina la alta aprobación de los

militares parece estar más relacionada con una antigua falsa percepción –viva

hasta hoy– de que durante los distintos regímenes autoritarios que existieron

en la región no hubo ni crimen ni desorden en las ciudades.

Las Fuerzas Armadas que gobernaron las principales ciudades hace muchos

años no estaban sujetas a ningún tipo de control democrático que

contrapesara sus acciones. Tampoco fueron autoridades elegidas, por lo que

no se les podía exigir que sus medidas fueran transparentes. Su participación

siempre significó un riesgo de vulneración de los derechos humanos de los

ciudadanos”.

Violencia delictiva

Arriagada (2015), en su obra “Seguridad ciudadana y violencia en América

Latina”, sostiene que:

Existen dos teorías básicas para el estudio de la violencia y de la conducta

delictiva, que se presentan en diversas combinaciones: la teoría de las formas

de socialización y la teoría de la ruptura o de la anomia. En el primer caso, el

énfasis se coloca en la socialización, es decir la violencia comprendería

dimensiones organizativas, institucionales y culturales que pueden conducir a

la selección de estrategias violentas por parte de ciertos actores sociales. En

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esa línea, la teoría de Sutherland afirma que las causas primarias del delito se

derivarían de la existencia de grupos ‘sub culturales’ de delincuentes (grupo de

amigos, familia, cárcel), que traspasan los conocimientos delictuales (ILPES

1997).

En el segundo caso, privilegiando como factores explicativos las dimensiones

estructurales y sociales, la violencia surgiría de la ruptura o desajuste del orden

social, es decir, de cambios sociales acelerados como efecto de la

industrialización o la urbanización, por ejemplo, que disuelven los mecanismos

tradicionales de control social y generan una brecha entre aspiraciones y los

medios social y culturalmente aceptados para hacer realidad esas aspiraciones

(Martínez 1990). En esa línea, la teoría de Maltón sostiene que la conducta

delictiva depende de la capacidad de los individuos para alcanzar las metas-

éxitos de acuerdo a su entorno social y a la importancia asignada al éxito

económico (ILPES 1997). Por tanto, desde esta perspectiva, existiría una

correlación importante entre pobreza y delincuencia.

Que opinan los expertos sobre la inseguridad ciudadana y el empleo de las

fuerzas armadas, es preciso recolectar la siguiente información del Diario el

Comercio del 30 de noviembre del 2015, titulado: VERSUS: ¿Fuerzas Armadas

para la seguridad ciudadana?

Arteta e Hidalgo.

Cómo combatir la inseguridad ciudadana será uno de los puntos claves en las

propuestas de los distintos candidatos durante sus campañas rumbo a

las elecciones 2016. A poco más de cuatro meses para los comicios

presidenciales, un tema sobre el tapete es el uso de las Fuerzas Armadas para

contrarrestar el alto índice de criminalidad en el país. Algunos partidos, como

Alianza Para el Progreso, se han mostrado en contra de esta idea. En la vereda

opuesta, se ha parado el Partido Aprista, viendo con buenos ojos esta

iniciativa.

En contra

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General PNP (r) Guillermo Arteta (jefe del Comité Consultivo en materia de

seguridad ciudadana de Alianza Para el Progreso)

Nosotros vamos a implementar el programa de servicio policial comunitario. En

una primera fase, realizaremos una selección de 50 mil policías comunitarios a

nivel nacional. Para ello hemos conformado una alianza con licenciados de las

Fuerzas Armadas y con la Confederación Nacional de Ronderos del Perú.

Estos policías comunitarios patrullarán a pie centros educativos, comerciales y

las principales calles de todos los distritos a nivel nacional. Otra de las

funciones que se les va a asignar es la atención al público en las comisarías,

reemplazando las tareas administrativas de los policías. Se les brindará un

seguro integral de salud, un sueldo que se ajuste a las necesidades de su

canasta familiar, incentivos de ingreso a las escuelas de formación de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, y a las universidades nacionales del

país. Estos agentes van a pertenecer a la institución por un máximo de 2 años,

situación por la cual se les está otorgando estos incentivos.

Conformaremos una red de inteligencia vecinal en un trabajo conjunto con la

Policía Nacional. Vamos a crear todo un sistema mediante el cual el ciudadano,

de forma voluntaria, se comprometa en construir su propia seguridad.

No somos de la idea de que las Fuerzas Armadas salgan a las calles a realizar

funciones de policía porque es personal que no está preparado para cumplir

estas labores. Las Fuerzas Armadas han sido preparadas para defender la

soberanía nacional en una contienda bélica y estamos hablando del tratamiento

a la población.

Otra de las propuestas que tenemos en nuestro plan es la modernización de

las comisarías en el ámbito nacional. Este proceso consiste en establecer un

sistema de comunicación troncalizado, enlazando las comisarías a nivel

nacional. Se ha previsto especializar al personal policial de las comisarías en

tareas de protección de las personas y atención e investigación de denuncias.

Contaremos con un servicio de vigilancia fija móvil de electrónica e

implementaremos un call center que permita atender y evaluar la productividad

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y focalización de las ocurrencias policiales. Es decir, tener acceso a una base

de datos y a un mapa del delito. Vamos a utilizar un sistema de GPS para las

unidades policiales de patrullaje. Mejoramiento de las infraestructuras, que

incluye armas, vehículos, celulares.

Asimismo, crearemos el proyecto nacional de sistema integral de gestión de

atención de llamadas de emergencia, al cual estamos denominando ‘Perú

Seguro 911’. Buscamos integrar los servicios que brindan la Policía Nacional,

los bomberos, unidades de serenazgo, Defensa Civil, Cruz Roja, servicios de

salud y Fuerzas Armadas, en un solo número telefónico que esté reconocido

como única señal de emergencia. Para lograrlo pensamos invertir 25 mil

millones de soles en los próximos cinco años.

A favor

General PNP (r) Miguel Hidalgo (responsable del tema de seguridad ciudadana

del equipo de Plan de Gobierno del Partido Aprista)

El Partido Aprista Peruano apuesta por una política criminal del Estado, que

tenga bien definido el tema de la prevención, el combate a la delincuencia,

tanto al delito callejero como a la criminalidad organizada, y del sistema

penitenciario en el Perú. Fundamentalmente nos concentraremos en la

prevención para evitar que los jóvenes se involucren en delitos en el futuro.

Trabajaremos con una serie de programas sociales desde el colegio, la

comunidad y el Estado, con varias ONG, que tienen muy buenos programas.

Vamos a masificar las juntas vecinales, en alianza con los municipios y la

Policía Nacional. Es importante la participación de la comunidad organizada.

Utilizaremos la tecnología y un sistema de comunicaciones entrelazados con

bomberos, seguridad privada y emergencias, que nos permita ser más

eficientes en la respuesta ante actos delictivos.

Proponemos también el empleo de las Fuerzas Armadas. Si el Estado atiende

las necesidades de las Fuerzas Armadas, que tiene recursos humanos,

transporte, comunicaciones, armas, logística e infraestructura, en una

propuesta democrática y legal, por qué no podemos emplearlas bajo una serie

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de criterios como temporalidad, solo por un periodo, en áreas demográficas

definidas, en operaciones de patrullaje que serán conducidas por la Policía

Nacional.

Utilizaremos tanquetas, jamás tanques. Podemos colocar esas tanquetas con

personal militar y policial en zonas de alta incidencia delictiva para que sean

elementos disuasivos. Podemos emplearlos de una manera racional,

planificada y técnica en la seguridad de los peruanos. Todos esos vehículos

han sido del Ejército y la Policía Nacional los ha repotenciado para utilizarlos.

Las Fuerzas Armadas tendrán una presencia inminentemente disuasiva en la

parte de la prevención.

La idea no es sacar tropas, el objetivo es sacar oficiales y suboficiales del

Instituto de Educación Superior Tecnológico del Ejército (ETE), que tienen una

preparación de tres años, que saben cuál es la potencia de fuego de un fusil,

que no se va a utilizar. Buscamos sacar gente profesional para que apoye a la

Policía Nacional.

Habrá sumo cuidado en el respeto de los derechos humanos. No hay que

pensar que esto es una medida de emergencia. Lo que queremos que se

entienda es que las Fuerzas Armadas no van a salir a las calles a matar.

En un periodo provisorio de un año, con una inversión de tres millones de

soles, como ha mencionado nuestro líder Alan García, y con el apoyo de las

Fuerzas Armadas a la Policía Nacional, creemos que podemos ir recuperando

la confianza de la población. Nuestro programa también está orientado a

fortalecer las condiciones de seguridad de los peruanos que viven en las partes

altas del país y en la selva.

2.2.2.5 Accionar de la delincuencia común

Hernández, W. (2017), de la Universidad de Lima, se hace la pregunta ¿Qué

metas? :

Prevenir y controlar la delincuencia común.

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Victimización y percepción de inseguridad; reducir a 20% la victimización por

cualquier tipo de delito asociado a la delincuencia común (robos al paso,

arrebatos, cogoteos, hurtos, etc.), con especial énfasis en los que afectan a

las mujeres y menores de edad. Disminuir a 60% la percepción de inseguridad ciudadana, especialmente en

mujeres y quienes han sido previamente victimizados, a niveles tales que los

ciudadanos no vean afectadas sus rutinas diarias, sus decisiones de

inversión y en general su calidad de vida. Desarrollo en menores de edad: Reducir los factores de riesgo criminógenos

que afectan a menores de edad (violencia familiar, consumo de drogas y/o

alcohol y deserción escolar). Aumentar las oportunidades económicas y

sociales de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo. Disminuir la cantidad de robos y hurtos cometidos por menores de edad.

Gestión local y comunidad: Fortalecer los Comités Distritales de Seguridad

Ciudadana promoviendo el liderazgo, el uso de información de calidad y la

gestión orientada a resultados. Promover las condiciones para una ciudadanía más informada y participativa

en los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. Gestión policial. Fortalecer la capacidad de acción local de las comisarías

mediante la modernización de su gestión, el uso de más y mejor información

y el desarrollo de competencias para su personal. Mejorar la confianza que la población tiene en la Policía, generando un

mayor sentido de trabajo en comunidad.

Hernández sostiene que el cumplimiento de estas metas requiere la puesta

en marcha de iniciativas diversas, señaladas más adelante.

Pero previamente también requiere de la atención de carencias y problemas

estructurales en una institución tan importante como la Policía Nacional del

Perú, tales como remuneraciones, personal suficiente, corrupción,

infraestructura y logística en comisarías, educación policial, tecnología e

información, entre otros aspectos señalados también por la Defensoría del

Pueblo (2009).

En el Perú, 3 de cada 10 personas han sido víctimas de algún hecho

delictivo mayormente ligado a la delincuencia común (robos al paso,

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arrebatos, cogoteos, hurtos, etc.), según la Encuesta Nacional de Programas

Estratégicos (ENAPRES - INEI). Este tercio de victimizados nos reafirma

como el país con mayor victimización en América Latina. De las encuestas

que cada 2 años ha hecho la Universidad de Vandervilt (Barómetro de las

Américas) entre el 2004 y el 2014, solo en una ocasión no ocupamos ese

lugar. (Ibid.)

La percepción de riesgo es más alta de lo que debería ser para nuestro nivel

de victimización. De cada 10 peruanos, 8 cree que será víctima de algún

delito, inseguridad que afecta en mayor proporción a las mujeres y los

previamente victimizados.

Es ese miedo el que se ha convertido en nuestra función de demanda de

seguridad ciudadana. El alto miedo al delito ha hecho que vivamos bajo la

sensación permanente que todo tipo de delincuencia –organizada y no

organizada–, ha aumentado. Ello, pese a que mes a mes desde el 2010

hasta el 2014, las estadísticas de victimización (ligadas a delincuencia

común) se han reducido en forma constante, también según datos de la

ENAPRES, aplicada a 90,000 personas cada año. (Ibidem).

El mismo autor considera que la delincuencia común: organización y actores

Frente a la criminalidad organizada, la delincuencia común se muestra

menos estructurada y más artesanal.

De acuerdo con la clasificación del Ministerio de Justicia y Derechos

Humanos, en el Perú la delincuencia común equivale a la criminalidad de

organización baja, siendo los ejemplos más comunes los robos al paso,

arrebatos, cogoteos, hurtos con víctimas individuales, ejecutados en una

cobertura geográfica limitada. No siempre son hechos violentos y el uso de

armas de fuego tampoco es la regla. Según la misma institución, el consumo

de drogas puede ser común entre quienes la ejercen, sustancias que actúan

como motivadores del acto delictivo. Los montos robados suelen ser

relativamente bajos.

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Entre el total de reos en el Perú, la mediana por robo fue de 480 dólares

(PNUD, 2014). Se trata, por tanto, de un fenómeno extenso pero al mismo

tiempo atomizado y por tanto difícil de estudiar. La delincuencia común es

una fuente para el desarrollo de la criminalidad organizada, enafatiza

Hernández.

2.2.2.6 Accionar del Crimen organizado

Según la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito –

UNODOC (2014), la delincuencia (crimen) organizada y otros delitos

graves representan una seria amenaza para el desarrollo de un país.

Sus efectos tienen profundo impacto sobre las estructuras del Estado

porque reducen su capacidad para proveer servicios, proteger a las

personas y mantener la confianza de los ciudadanos e inversionistas

en el gobierno y en la democracia, así como para la aplicación de la ley.

Esta situación empeora cuando se trata de estructuras de gobierno que

afrontan grandes retos en un marco de desigualdad, pobreza, bajo

capital humano y falta de oportunidades.

El quehacer criminal no solo viene aumentando en escala y recurriendo

a medios cada vez más violentos (especialmente cuando se asocia a

movimientos guerrilleros o terroristas), sino que desafía al Estado

valiéndose de métodos altamente evolucionados para evadir la justicia

y lavar el dinero proveniente de sus actividades. En este sentido, ha ido

pasando de un modus operandi donde el cabecilla de la organización

era el dueño y manejaba todo personalmente, a uno donde ejerce el

control mediante testaferros y últimamente, con empaquetamientos

financieros difíciles de rastrear. (UNODOC).

Para combatir la delincuencia organizada y otros delitos graves, el

Estado debe servirse de una serie de instituciones y dependencias que

actúan en los ámbitos jurídico, operativo (prevención, represión, control

y rehabilitación) y de investigación. Asimismo, los demás agentes

económicos, como las familias y las empresas, utilizan parte de sus

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recursos para evitar situaciones de victimización (gastos en seguridad

privada, infraestructura y equipos para restringir el acceso a

desconocidos, entre otros).

El crimen organizado tiene diversas modalidades de acción, para el

presente estudio se mencionarán los más comunes que están

golpeando al país, no solo en la capital sino en diversas ciudades de

provincias, entre los cuales se citan los siguientes:

CorrupciónLavado de activosTráfico de drogasTerrorismoTráfico de migrantesMinería ilegalTrata de personas.Tala ilegal de árboles.Etc.

Referirse específicamente de cada uno de ellos, sería motivo de otros

estudios, pues cada uno de estos flagelos merece la atención del

Estado y de la sociedad en su conjunto, pues los daños que causan al

hombre y al medio ambiente son cuantiosos. Lamentablemente, los

casos de estas modalidades de crimen organizado van en aumento,

por lo que las autoridades y las organizaciones del estado

responsables de combatir estas lacras, deben adoptar políticas y

estrategias más agresivas, partiendo desde una purga desde sus

mismas instituciones, llámese Policía Nacional, poder judicial,

Ministerio público, Congreso de la República y los mismos ministerios

del Ejecutivo.

2.2.2.7 Tráfico ilícito de drogas

Ruda, J. y Novak, F. (2009) sostienen que la expresión tráfico ilícito de

drogas resulta más apropiada para calificar lo que comúnmente se

denomina narcotráfico.

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En primer lugar, porque no todo tráfico es ilícito, pues hay muchas

drogas que se venden legalmente en las farmacias; en segundo lugar,

porque no toda droga traficada ilegalmente es un narcótico. Por otro

lado, cuando hablamos de drogas, nos referimos a “toda sustancia

natural o sintética que al ser introducida en el organismo humano por

cualquier medio, produce en menor o en mayor grado, estimulación,

depresión o disturbios en la personalidad del usuario, modificando las

percepciones sensoriales y creando una necesidad continua de su

uso”. (p-2).

El tema de las drogas y su tráfico es complejo en el Perú y en otros

países de la región andina. Al respecto se han desarrollado una serie

de políticas para afrontarla, así como diversas medidas; entre ellas las

de materia penal.

En lo que respecta a las normas penales, además de las disposiciones

contenidas en el Código Penal que regulan el delito de tráfico de

drogas (que a su vez han sido objeto de modificaciones e incorporación

de nuevos tipos penales), está vigente el Decreto Legislativo No. 824,

que aprueba la ley de lucha contra el narcotráfico y que declara de

interés nacional la lucha contra el consumo de drogas en todo el

territorio y que para tal efecto constituye la Comisión de lucha contra el

consumo de drogas "CONTRADROGAS" (artículo I ° del Decreto

Legislativo No. 824).

El Perú ha suscrito casi la totalidad de los tratados internacionales de

carácter vinculante en materia de sustancias controladas que se

encuentran vigentes:

La Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes (suscrita en

Nueva York, 1961), y su Protocolo Modificatorio (1972). El Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas (suscrito en Viena, 1971). El Acuerdo Sudamericano sobre Estupefacientes y Psicotrópicos,

suscrito en Buenos Aires, 1973.

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La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de

Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas (suscrita en Viena, 1 978).

En cuanto al bien jurídico protegido se considera que es "la salud

pública enmarcada en el concepto de seguridad común de la sociedad.

La acepción expuesta es admitida por la doctrina comparada, y por la

legislación penal en materia de drogas".

Políticas de Estado según el Acuerdo Nacional

Promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la

corrupción, lavado de dinero, evasión tributaria y el contrabando.Erradicación de la producción, el tráfico y el consumo ilegal de drogas.

2.2.2.8 Seguridad Ciudadana según el Plan de Gobierno del actual

Presidente de la República del Peú. PPK.

La Seguridad ciudadana es uno de los cuatro grandes objetivos del Plan

de Gobierno del actual presidente de la República, don Pedro Pablo

Kucinski (PPK), el mismo que no contempla la intervención de las

fuerzas armadas en la lucha contra este flagelo, política distinta a su

opositora de la segunda vuelta electoral presidencial, Fuerza Popular

(FP), cuya líderesa Keiko Fujimori proponía el empleo de las mismas

para enfrentar la delincuencia organizada y común.

En la actualidad, al gobierno de turno, el Congreso de la República le ha

otorgado 90 días de facultades legislativas, con el fin de que el Ejecutivo

pueda legislar en varias materias, dentro de ellas está la Seguridad

Ciudadana, como una alternativa para que se puedan plantear medidas

de corto plazo como solución a los problemas del país. Esta situación ha

creado muchas expectativas en la sociedad en general, pues todos se

sienten hartos con no encontrar (por parte del gobierno saliente) una

solución a tan álgido problema.

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Se espera pues, que el gobierno actual, el cual goza de un 60% de

simpatía y aceptación por parte de la población, encuentre solución a la

situación de inseguridad que se vive en la mayor parte del territorio

nacional.

El primer de los cuatro objetivos del Plan de Gobierno de PPK, sostiene:

Seguridad ciudadana. Mejorar sustancialmente la seguridad ciudadana

desde los dramáticos niveles a los cuales ha llegado en los últimos años.

Sin seguridad no hay inversión y no prospera el bienestar y la actividad

económica y social. La seguridad de los ciudadanos abarca todo lo que

ocurre en su día a día, incluyendo la tranquilidad de la vida cotidiana, la

estabilidad jurídica, el derecho de vivir en paz en una sociedad

democrática y que respeta los derechos humanos.

(Plan de Gobierno de PPK, P-4).

2.3 Glosario de términos.

2.3.1 Delincuencia ComúnEs un fenómeno muy cercano a nuestra sociedad, puesto que desde

nuestros familiares hasta los conocidos han sido víctimas de sus alcances

2.3.2 Violencia Delictiva

Es el ejercicio de fuerza física, real o mediante amenaza, legalmente no

permitida, de una persona directamente contra una o varias personas, con el

propósito de asegurar algún fin contra el deseo o sin el consentimiento de la

otra persona o personas.

2.3.3 Estado débil

Es un nivel de falta de estatalidad y como nivel de falta de funciones para

actuar en el territorio. La estatalidad en los autores es la medida en la cual

cumple el Estado con sus funciones jurídicas y de seguridad básica, y de

funcionalidad como la capacidad del Estado en interceder en la vida

cotidiana en el país.

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2.3.4 Crimen Organizado

Es toda aquella organización compuesta por un grupo de personas con

determinadas jerarquías, roles y funciones, cuyo principal objetivo es la

obtención de beneficios materiales o económicos mediante la comisión de

delitos.

2.3.5 Corrupción

La palabra corrupción dentro de un enfoque social y legal se encuentra

definida como la acción humana que transgrede las normas legales y los

principios éticos. La corrupción puede darse en cualquier contexto, en este

caso se analizará la corrupción en el sentido administrativo y político.

2.3.6 Lavado de activos

Es una figura que busca darle apariencia de legalidad a unos dineros de

origen ilegal. Los delincuentes mediante el movimiento de activos y dinero

buscan crear esa apariencia legal de sus ganancias, o por lo menos buscan

que sea difícil seguir o rastrear el origen ilícito de sus ganancias ilícitas.

2.3.7 Tráfico de drogas

Es un delito consistente en facilitar o promocionar el consumo ilícito de

determinadas sustancias estupefacientes y adictivas que atentan contra la

salud pública con fines lucrativos

2.3.8 Terrorismo

Forma violenta de lucha política, mediante la cual se persigue la destrucción

del orden establecido o la creación de un clima de terror e inseguridad

susceptible de intimidar a los adversarios o a la población en general

2.3.9 Minería ilegal

Es una actividad económica que consiste en la explotación de minerales

metálicos (como el oro), y no metálicos (arcilla, mármoles, entre otros),sin

control ni regulación social y ambiental de parte del Estado peruano

2.3.10 Trata de personas

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La trata de personas es un delito que consiste en el secuestro, el traslado o

la acogida de seres humanos por medio de la amenaza, la violencia u otros

mecanismos coercitivos (estafa, abuso de una posición dominante, etc.).

2.3.11 Tala ilegal de árboles

Es cuando las madereras cortan árboles, los transportan, los venden o

compran violando las leyes nacionales de cada país. El proceso en sí puede

ser ilegal, incluyendo corrupción para lograr acceso a los bosques, o

extrayendo madera de bosques protegidos, o cortando especies en peligro

de extinción, o simplemente extrayendo madera en exceso

2.3.12 Constitución Política

Es la máxima ley, la ley fundamental y la de mayor jerarquía. En ella se

establecen los derechos y obligaciones de los ciudadanos, la estructura y

organización del Estado y bajo sus lineamientos se aprueban las demás

normas que rigen la vida del país

2.3.13 Decreto Legislativo

Es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo (en el

caso de España, el Gobierno) en virtud de delegación expresa efectuada por

el poder legislativo (es decir, mediante ley ordinaria)

2.3.14 Seguridad

La palabra Seguridad proviene del latín securitas, que a su vez deriva

de securus (sin cuidado, sin precaución, sin temor a preocuparse), que

significa libre de cualquier peligro o daño, y desde el punto de vista

psicosocial se puede considerar como un estado mental que produce en

los individuos (personas y animales) un particular sentimiento de que se

está fuera o alejado de todo peligro ante cualquier circunstancia. La

seguridad es la garantía que tienen las personas de estar libre de todo

daño, amenaza, peligro o riesgo; es la necesidad de sentirse protegidas,

contra todo aquello que pueda perturbar o atentar contra su integridad

física, moral, social y hasta económica.

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2.3.12 Disturbios internos

Expresiones de violencia, latentes o manifiestas, en forma de graves

alteraciones del orden público. (DL 1095).

2.3.13 Fuerza letal

Es el mayor nivel de intensidad de la fuerza, por el cual resulta probable

causar el deceso de los miembros del grupo hostil. En operaciones militares,

su empleo es regulado por el Derecho Internacional Humanitario. En

acciones militares, es el último recurso que tiene el personal militar. (DL

1095).

2.3.14 Fuerza no letal

Es el medio compulsivo por el cual el personal militar hace que una

persona o grupo de personas cumpla la ley aún en contra de su voluntad.

(DL 1095).

2.3.15 Grupo hostil

Pluralidad de individuos en el territorio nacional que reúnen tres condiciones:

(i) están mínimamente organizados; (ii) tienen capacidad y decisión de

enfrentar al Estado, en forma prolongada por medio de armas de fuego,

punzo cortantes o contundentes en cantidad; y, (iii) participan en las

hostilidades o colaboran en su realización. (DL 1095).

2.3.16 Medio no letal

Equipamiento y armas, cuya utilización representan un bajo potencial de

daño. (Diario El Comercio)

2.3.17 Objetivo militar

Es aquel que por su naturaleza, ubicación, finalidad o utilización contribuye

a la actuación del grupo hostil y cuya destrucción total o parcial, captura o

neutralización ofrece una ventaja militar. (DL 1095)

2.3.18 Acciones militares

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Acciones que realizan las Fuerzas Armadas, diferentes a las operaciones

militares. Se refieren a aquellas enfocadas al mantenimiento o

restablecimiento del orden interno. (DL 1095).

2.3.19 Instrucción Militar

Conocimientos que se imparten a los individuos y a las unidades de las

Fuerzas Armadas para capacitarlos en el cumplimiento de su misión.

(Diccionario de términos militares – 2004).

2.3. 20 Entrenamiento

Conjunto de ejercicios intelectuales, síquicos y físicos, progresivamente

creciente, a que se someten los individuos y las unidades militares con el fin

de alcanzar una capacidad suficiente para la ejecución de una función

determinada. Puede ser individual, de unidad o de gran unidad. (Diccionario

de términos militares – 2004).

2.4 Formulación de las hipótesis.

2.4.1 Hipótesis Global o principal

- La Gestión del conocimiento del marco legal vigente en la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el

apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017

2.4.2 Hipótesis Específicas

- El marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad

ciudadana Chorrillos 2017.

- La capacitación al Personal Militar sobre su comportamiento y accionar

en este tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad

ciudadana Chorrillos 2017.

- La revisión del marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de

Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la

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seguridad ciudadana Chorrillos 2017.

2.5 Identificación y clasificación de las variables.

Variable Independiente

Gestión del conocimiento del Marco Legal Vigente

Variable Dependiente

Apoyo a la Seguridad Ciudadana

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2.6 Operacionalización de variables.

VARIABLE DIMENSIONES INDICADORESIndependiente: X

Gestión del conocimiento del marco

legal vigente

Definición conceptual

Nos proporciona las bases sobre las

cuales las instituciones construyen y

determinan el alcance y naturaleza de

la participación política. El marco legal

de una elección, y especialmente los

temas relacionados con la integridad de

la misma, regularmente se encuentran

en un buen número de provisiones

regulatorias y leyes interrelacionadas

entre sí

X 1: Marco legal vigente

- % de conocimiento de la norma de la

Constitución respecto al accionar de las FFAA

en estado de emergencia- Conocimiento del articulo 137 y 171 de la

Constitución Política del Perú- Conocimiento del Decreto Legislativo 1095

X2:Capacitación del Personal Militar- Aprendizaje de la norma- Reglas de Enfrentamientos- Preparación de la fuerza

X3: Revisión del marco legal vigente

- Nivel de actuación de las FFAA sin estado de

Emergencia - Nivel de contenido del Decreto Legislativo 1095- Nuevos roles de las Fuerzas Armadas ante las

amenazas actuales

Dependiente : YApoyo a la Seguridad Ciudadana

Definición conceptual

Es una situación social, donde

predomina la sensación de confianza,

entendiéndosela como ausencia de

Y1: Accionar de la Delincuencia

común.

- Número de actos delincuenciales de robos y

asaltos a mano armada.- Planeamiento con PNP y Serenazgo en

operativos contra la delincuencia común.- Cantidad de bandas que,. actúan en la zona de

responsabilidad de la Primera Brigada de

Fuerzas Especiales

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riesgos y daños a la integridad física y

psicológica, donde el Estado debe

garantizar la vida, la libertad y el

patrimonio ciudadano

Y2: Accionar del crimen organizado.- Cantidad de actos de sicariato en el año 2017.- Casos de Trata de personas. - Casos de vendedores de Droga.

Y3: Tráfico ilícito de drogas. - Cantidad de acciones policiales contra los

vendedores de droga.- Armamento y equipo empleado por las bandas.- Apoyo de la 1era Brig. FFEE. a la PNP en

labores de patrullaje antidrogas.

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CAPÍTULO III: METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

3.1 Tipo, Diseño y Nivel de la investigación.

3.1.1. TIPO: Es de tipo Básica porque no se pretende resolver el problema

propuesto sino simplemente estudiarlo y analizarlo en vista que es

necesario la participación de las FFAA para contribuir a la solución

de este problema que afecta al Distrito de Chorrillos.

3.1.3. DISEÑO: Es No Experimental porque no se manipulan la variable

independiente en estudio simplemente se le observa tal como se

presenta en la realidad analizada

3.1.3. NIVEL DE LA INVESTIGACION: Es Explicativo porque se trata de

explicar la relación que existe entre las variables en estudios, es

correlacional porque se analiza dicha relación entre las variables y

es transversal porque se sujeta a un momento único del estudio (AF

2017)

3.2 Población y muestra.

3.2.1 Población

La población objeto de estudio, está conformado por 450 Personas de

procedencia militar de la Primera Brigada de Fuerzas especiales y por

330 756 habitantes del distrito de chorrillos según lo señala el Instituto

Nacional de Estadística e Informática, Directorio Nacional de

Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados

(Población Proyectada al 30/06/2016).

3.2.2 Muestra

La muestra será aleatoriamente estratificada la cual será determinada

por la fórmula de la estimación de la proporcional en un nivel de

confianza del 95% y margen de error del 5%.

3.2.2.1 PRIMER CASO:

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Muestra representativa de la Población objetivo militar 450

Personas de Procedencia militar

2

n = N Z p q

---------------------------

2 2

(N-1) E + Z p q

2

n = (450) (1.96) (0.5) (0.5)

__________________________

2 2

(449) (0.05) + (1.96) (0.5) (0.5)

n = 432.18

_______________ _ 432.18

1.1225 + 0.9604 2.0829

n = 207.49 = > N1 = 208 Personas

3.2.2.2. SEGUNDO CASO:

Muestra representativa de la Población objetivo del distrito de

chorrillos de 330, 756 Habitantes

Como 330,756 es un Valor muy grande:

n2 = 385

Luego: n = n1 + n2 = 208 + 385 = 593 personas

3.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de datos.

Técnicas

- Análisis documental

- Encuesta

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Instrumentos

- Cuestionario

3.4 Procesamiento de los datos

3.4.1 Pruebas estadísticas CHI CUADRADO para la contratación de las

Hipótesis.

3.4.2 Pruebas Alfa de CRONBACH para la medición de la confiabilidad

(Validez interna) de la encuesta de Opinión.

CAPÍTULO IV: ANÁLISIS Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS

4.1 Presentación, análisis e interpretación de Resultados.

4.1.1 Presentación de los resultados de la encuesta de Opinión

TABLA N° 01 : Resultados de la evaluación del cuestionario

PREGUNTAN°

ESCALA DE LIKERT DEL 1 AL 5PERCEPCIÓN DEL

PERSONAL MILITARPERCEPCIÓN DE LOS

CIUDADANOS DE CHORRILLOS1 2 22 1 23 2 24 1 25 1 36 1 27 1 28 1 39 1 210 1 211 1 312 1 213 5 414 5 415 5 416 5 517 5 418 5 5 19 1 2

85

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20 1 221 1 222 1 223 1 324 1 225 5 526 5 427 5 5

FUENTE: Elaboración Propia

4.1.2 La Prueba de “alfa de Cronbach

Empleando el software estadístico MINITAB, se obtienen los siguientes

resultados:

a) Percepción del Personal Militar

- Media Aritmética : X 1 = 2.4074 unidades escala Likert

- Moda : Mo = 5 Unidades escala Likert

- Varianza: S1 = 3.558405

2

b) Percepción de los Ciudadanos de Chorrillos

- Media Aritmética : X 2 = 2.9630 unidades escala Likert

- Moda : Mo = 2 Unidades escala Likert

- Varianza: S 2 = 1.364337

2

86

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c) Percepción del Personal Militar

- Media Aritmética : X 1 = 5.3704 Unidades

- Moda : Mo = 3

- Varianza: S2 = 8.857550

t

TABLA N° 02 : Resultados de la Prueba estadística”Alfa de Cronbach

PREGUNTAN°

ESCALA DE LIKERT DEL 1 AL 5

TOTALPERCEPCIÓN DELPERSONAL

MILITAR

PERCEPCIÓN DELOS CIUDADANOSDE CHORRILLOS

1 2 2 42 1 2 33 2 2 44 1 2 35 1 3 46 1 2 37 1 2 38 1 3 49 1 2 310 1 2 311 1 3 412 1 2 313 5 4 914 5 4 915 5 4 916 5 5 1017 5 4 918 5 5 10 19 1 2 320 1 2 321 1 2 322 1 2 3

87

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23 1 3 424 1 2 325 5 5 1026 5 4 927 5 5 10

TOTAL 65 80 145

FUENTE: Elaboración Propia

Calculando la suma de las Varianzas individuales:

∑Vi = 3.358405+1.364337 = 4.922742

El Numero de estratos a considerar es: k =2 estratos

Teniendo presente que la fórmula de Cronbach es:

α =

Sustituyendo valores ya determinados

α =

α = (2) (1-0.555768)

α = (2) (0.444232) = 0.888464

88

k------k -1

1 - ∑Vi ------

S2

t

2------2 -1

1 - 4.922742 --------------

8.857550

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Este resultado obtenido, implica que el cuestionario de la encuesta tiene muy

buena validez interna; lo que quiere decir que es confiable, puesto que mide lo que

se ha querido medir.

4.1.3 Conversión de los valores obtenidos en el cuestionario en la Escala de

Likert a valores porcentuales

Esta conversión la ejecutamos para poder facilitar las interpretaciones

correspondientes de lo obtenido en la encuesta de opinión ejecutadas

Para llevar a cabo esta conversión, empleamos métodos de interpolación

lineal para obtener ecuaciones de conversión en los casos siguientes:

a) Si 1 ≤ valor en la escala likert < 2:

Valor porcentual = 12.5% + (fracción decimal de Likert) x 12.5%

b) Si 2 ≤ valor en la escala likert < 3:

Valor porcentual = 25% + (fracción decimal de Likert) x 25%

c) Si 3 ≤ valor en la escala likert < 4:

Valor porcentual = 50% + (fracción decimal de Likert) x 25%

d) Si 4 ≤ valor en la escala likert < 5:

Valor porcentual = 75% + (fracción decimal de Likert) x 25%

Así entonces, aplicando estos casos a los resultados que se indican en la sección

4.1.1, las conversiones se indican en el cuadro siguiente:

89

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TABLA N° 03 : Resultados de la Prueba estadística ”Alfa de Cronbach

PRE N°

PERCEPCION DELPERSONAL MILITAR

PERCEPCION CIUDADANA PROMEDIO GENERAL

PROMEDIO(LIKERT)

FRECUENCIAABSOLUTA

PROMEDIO(LIKERT)

FRECUENCIAABSOLUTA

LIKERT %

1 2 208 2 385 2.0000 25.00002 1 208 2 385 1.6492 20.61503 2 208 2 385 2.0000 25.00004 1 208 2 385 1.6492 20.61505 1 208 3 385 2.2985 32.46256 1 208 2 385 1.6492 20.61507 1 208 2 385 1.6492 20.61508 1 208 3 385 2.2985 32.46259 1 208 2 385 1.6492 20.6150

10 1 208 2 385 1.6492 20.615011 1 208 3 385 2.2985 32.462512 1 208 2 385 1.6492 20.615013 5 208 4 385 4.3508 83.770014 5 208 4 385 4.3508 83.770015 5 208 4 385 4.3508 83.770016 5 208 5 385 5.0000 100.000017 5 208 4 385 4.3508 83.770018 5 208 5 385 5.0000 100.0000 19 1 208 2 385 1.6492 20.615020 1 208 2 385 1.6492 20.615021 1 208 2 385 1.6492 20.615022 1 208 2 385 1.6492 20.615023 1 208 3 385 2.2985 32.462524 1 208 2 385 1.6492 20.615025 5 208 5 385 5.0000 100.000026 5 208 4 385 4.3508 83.770027 5 208 5 385 5.0000 100.0000

FUENTE: ELABORACION PROPIA

90

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4.1.4 TABLA N° 04 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 1

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

2 208 35.08% 2 385 64.92%

- Media Aritmética : 2 Unidades escala likert

- Moda : 2 Unidades escala likert

- Gráfica : Diagrama de Barras Verticales

(Pregunta N° 1)

FUENTE:

Elaboración Propia

Figura 1.

La Totalidad de los encuestados opinan eligiendo la opción en desacuerdo; lo que

significa, que perciban que el Marco Legal Vigente, NO permite reducir el número

de robos y asaltos a mano armada en el distrito de Chorrillos.

4.1.5 TABLA N° 05 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 2

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%- Media Aritmética : 1.642 UNIDADES ESCALA LIKERT

- Moda : 2 UNIDADES ESCALA LIKERT

91

ESCALA DE LIKERT

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- Gráfica : Diagrama de Barras Verticales

(Pregunta N° 2)

FUENTE PROPIA: Elaboración Propia

Figura 2

La percepción militar opina totalmente en desacuerdo, mientras que la percepción

ciudadana opina en desacuerdo; lo que implica que la mayoría de encuestado

percibe que el Marco Legal vigente , no contribuye en efectuar acciones de

planeamiento con la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal para que

participen junto con las Fuerzas Armadas en operativos contra la delincuencia

común

4.1.6 TABLA N° 06 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 3

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

2 208 35.08% 2 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.4. Entonces en este caso, la totalidad

de los encuestado opinan eligiendo la opción en desacuerdo; lo que significa, que

perciben que el Marco Legal Vigente, no contribuye en reducir la cantidad de

bandas delincuenciales que actúan dentro de la zona de responsabilidad de la

Primera Brigada de Fuerzas Especiales.

92

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4.1.7 TABLA 07 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 4

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, en este caso, la

gran mayoría de encuestado opinan que los Artículos 137 y 171, no permite reducir

el número de robos y asaltos a mano armada, mediante la participación de las

Fuerzas Armadas

4.1.8 TABLA N° 08 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 5

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 3 385 64.92%

- Media Aritmética : 2.2985 UNIDADES ESCALA LIKERT

- Moda : 3 UNIDADES ESCALA LIKERT

- Gráfica : Diagrama de Barras Verticales (Pregunta N° 5)

FUENTE: Elaboración Propia

Figura 3.

La percepción militar opina totalmente en desacuerdo, mientras que la percepción

ciudadana opina ni de acuerdo ni en desacuerdo. Como la media aritmética es

93

ESCALA DE LIKERT

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menor que 3. Esto implica que la opinión general, se enfoca en estar en

desacuerdo aproximadamente.

De este modo, la percepción conjunta tiende a señalar que los artículos 137 y 171,

no permiten efectuar acciones de planeamiento con la Policía Nacional y el

Serenazgo Municipal, para participar en Operativos conjuntos con las Fuerzas

Armadas contra la delincuencia común

4.1.9 TABLA N° 9 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 6

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%

Los resultados son semejantes a lo incluido en la sección 4.1.5. De modo, la gran

mayoría de encuestado opina que los Artículos 137 y 171, no permiten reducir la

cantidad de bandas delincuenciales que actúan en la zona de responsabilidad de la

Primera Brigada de Fuerzas Especiales.

4.1.10 TABLA N° 10 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 7

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%

Son semejantes a lo señalado en la Sección 4.1.5. Así entonces, la gran mayoría

de encuestado opina que el Decreto Legislativo N° 1095 no permite contribuir con

la reducción de bandas delincuenciales, que actúan en la zona de responsabilidad

de las Primera Brigada de Fuerzas Especiales.

4.1.11 TABLA N° 11 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 8

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

94

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1 208 35.08% 3 385 64.92%

Es semejante a lo incluido en la sección 4.1.8. De esta manera, la percepción

conjunta de ambos estratos encuestados tiende a incluir que el Decreto Legislativo

N° 1095, no permite que las Fuerzas armadas puedan ejecutar acciones de

Planeamiento con la Policía Nacional y el Serenazgo Municipal, para participar en

operativos contra la delincuencia común.

4.1.12 TABLA N° 12 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 9

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. Así entonces, la percepción

conjunta de ambos estratos encuestados tiende a indicar que el Decreto Legislativo

N° 1095, no permite contribuir con la reducción de bandas delincuenciales, que

actúan en la zona de responsabilidad de las Primera Brigada de Fuerzas

Especiales.

4.1.13 TABLA N° 13 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 10

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De esta manera, la gran mayoría

de encuestado opina que la Normativa Vigente , no permite reducir la cantidad de

actos de sicariato que existe actualmente.

4.1.14 TABLA N° 14 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 11

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 3 385 64.92%

95

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Es semejante a lo señalado en la sección N° 4.1.8. Así entonces, la percepción

conjunta de los estratos de Personas encuestada tiende a señalar que la Normativa

Vigente, no contribuye en reducir la cantidad de casos de Trata de Personas que

existe actualmente.

4.1.15 TABLA N° 15 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 12

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, la gran mayoría de

encuestado percibe que la Normativa Vigente, no contribuye en la reducción de

casos de vendedores de droga que existen actualmente.

4.1.16 TABLA N° 16 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 13

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 4 385 64.92%

- Media Aritmética : 4.3508 Unidades escala de Likert

- Moda : 4 Unidades escala Likert

- Grafica N° : Diagrama de Barras Verticales (pregunta N° 13)

FUENTE: Elaboración Propia

96

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Figura 4

Dado que la media aritmética es mayor que 3 ; entonces se deduce que la gran

mayoría de los encuestados, perciben que se debe establecer un Marco Jurídico

más adecuado , para que el empleo de la Fuerza Armada , pueda contribuir en la

reducción de actos de sicariato que existe actualmente

4.1.17 TABLA N° 17 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 14

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 4 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. Así entonces, la gran mayoría de

los encuestados, perciben que se debe establecer un Marco jurídico más

Adecuado, para el empleo de la Fuerza Armada, pueda contribuir en la reducción

de casos de trata de Personas que existen actualmente

4.1.18 TABLA N° 18 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 15

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 4 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. De este modo, la gran mayoría de

los encuestados, perciben que se debe establecer un Marco Jurídico más

adecuado, para que el empleo de la Fuerza Armada, pueda contribuir en la

reducción de casos de vendedores de droga que existen actualmente.

4.1.19 TABLA N° 19 :Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 16

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 5 385 64.92%

97

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- Media Aritmética : 5 Unidades escala de Likert

- Moda : 5 Unidades escala Likert

- Grafica N° : Diagrama de Barras Verticales (pregunta N° 16)

FUENTE: Elaboración Propia

Figura 5

El total de los encuestados están totalmente de Acuerdo, en que el personal de las

Fuerzas armadas tenga una preparación adecuada, para que conjuntamente con la

Policía Nacional y el Serenazgo Municipal, actúan coordinadamente para reducir la

cantidad de actos de sicariato que existen actualmente

4.1.20 TABLA N° 20 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 17

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 4 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. De este modo, la gran mayoría de

los encuestados, perciben que el Personal de las Fuerzas Armadas tenga una

preparación adecuada, para que conjuntamente con la Policía Nacional del Perú y

el Serenazgo Municipal, actúen coordinadamente para reducir la cantidad de casos

de trata de Personas que existen actualmente

4.1.21 TABLA N° 21 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 18

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

98

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5 208 35.08% 5 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.19. Asi entonces el total de

encuestados están totalmente de acuerdo, en que el Personal de las Fuerzas

Armadas tengan una preparación adecuada, para que conjuntamente con la Policía

Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal, actúen coordinadamente para reducir

la cantidad de casos de vendedores de droga que existen actualmente

4.1.22 TABLA N° 22 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 19

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, la gran mayoría de

los encuestados, opina que el Nivel de actuación de las Fuerzas Armadas

actualmente, no es adecuado para actuar conjuntamente con la Policía Nacional

del Perú, para contribuir con la reducción de la cantidad de casos de vendedores

de droga.

4.1.23 Tabla N° 23: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 20

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. Así entonces, la gran mayoría de

los encuestados opina que el Nivel de actuación de las Fuerzas Armadas

actualmente, no es el adecuado para combatir el armamento y equipo empleados

por las bandas delincuenciales.

4.1.24 TABLA N° 24: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 21

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De esta manera, la gran mayoría

de los encuestados opina que el Nivel de actuación de las Fuerzas Armadas

actualmente, no es el adecuado para combatir en la lucha contra las drogas,

mediante labores de Patrullaje.

99

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4.1.25 TABLA N° 25 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 22

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, la gran mayoría de

los encuestados opina que el contenido actual del Decreto Legislativo N° 1095, no

permite a las Unidades de Brigada de Fuerzas Especiales trabajar conjuntamente

con la Policía Nacional del Perú, en los Operativos contra los vendedores de droga.

4.1.26 TABLA N° 26 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 23

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 3 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.8. Así entonces, la percepción

conjunta de los estratos encuestado tienden a señalar que el Decreto Legislativo N°

1095, no permite a las Fuerzas Armadas, combatir adecuadamente el Armamento y

equipo empleado por las Bandas de delincuentes

4.1.27 TABLA N° 27 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 24

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

1 208 35.08% 2 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De esta manera, la gran mayoría

de los encuestados percibe que el contenido actual del Decreto Legislativo N°

1095, no permite la Cooperación entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional

del Perú, para las labores de Patrullaje antidrogas.

4.1.28 TABLA N° 28 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 25

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 5 385 64.92%

100

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Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.19. De este modo, el total de los

encuestados están totalmente de acuerdo, que dentro del Marco Legal futuro

existan normas que amparen las acción es de las Fuerzas Armadas, para que al

enfrentar sus nuevos roles, puedan permitir la cooperación eficaz con la Policía

Nacional del Perú, en la Lucha contra los Vendedores de Droga.

4.1.29 TABLA N° 29 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 26

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 4 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. Así entonces, la gran mayoría de

los encuestados perciben que dentro del Marco Legal futuro existen normas que

amparen las acciones de las Fuerzas armadas, que permitan el combate eficaz

contra el Armamento y Equipo empleados por las bandas de delincuentes

4.1.30 TABLA N° 30 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 27

PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio

(Lkert)FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

Promedio(Likert)

FrecuenciaAbsoluta

FrecuenciaRelativa %

5 208 35.08% 5 385 64.92%

Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.19. De esta manera, el total de los

encuestados están totalmente de acuerdo, que dentro del Marco Legal Futuro

existan normas que amparen las acciones de las Fuerzas Armadas, que permitan

lograr un apoyo eficaz para labores de Patrullaje antidroga.

4.2 CONTRASTACIÓN DE LA HIPOTESIS

4.2.1 Las Variables de Investigación

Independiente: X= Gestión del Conocimiento del Marco Legal

Vigente.

Dependiente: Y= Apoyo a la Seguridad Ciudadana

4.2.2 Dimensiones de la variable Independiente.

101

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X1= Marco legal vigente

X2= Capacitación del Personal Militar

X3= Revisión del marco legal vigente

4.2.3 Dimensiones de la Variable dependiente

Y1= Accionar de la Delincuencia común

Y2= Accionar del crimen organizado.

Y3= Tráfico ilícito de drogas.

4.2.4 Indicadores de la dimensión de la variable independiente

X11= % de conocimiento de la norma de la Constitución respecto al

accionar de las FFAA en estado de emergencia.

X12= Conocimiento del articulo 137 y 171 de la Constitución Política

del Perú.

X13= Conocimiento del Decreto Legislativo 1095

X21= Aprendizaje de la norma.

X22= Reglas de Enfrentamientos.

X23= Preparación de la fuerza.

X31= Nivel de actuación de las FFAA sin estado de Emergencia.

X32= Nivel de contenido del Decreto Legislativo 1095

X33= Nuevos roles de las Fuerzas Armadas ante las amenazas

actuales.

4.2.5 Indicadores de las dimensiones de la Variable Dependiente

Y11= Número de actos delincuenciales de robos y asaltos a mano

armada.

Y12= Planeamiento con PNP y Serenazgo en operativos contra la

delincuencia común.

102

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Y13= Cantidad de bandas que actúan en la zona de responsabilidad

de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales

Y21= Cantidad de actos de sicariato en el año 2017.

Y22= Casos de Trata de personas.

Y23= Casos de vendedores de Droga

Y31= Cantidad de acciones policiales contra los vendedores de

droga.

Y32= Armamento y equipo empleado por las bandas.

Y33= Apoyo de la 1era Brig. FFEE. a la PNP en labores de patrullaje

antidrogas.

4.2.6 Las Preguntas del Cuestionario de la Encuesta de Opinión y la relación

con los indicadores de las Dimensiones ambas variables.

TABLA Nº 31 DIMENSIONES RELACIONADAS EN LA HIPÓTESIS DE

INVESTIGACIÓN

PREGUNTA N° DIMENSIONES RELACIONADAS

HIPOTESIS DE INVESTIGACONI

1 X11 con Y11

HIPOTESISESPECIFICA N° 1

HIPOTESISPRINCIPAL O

GENERAL

2 X11 Con Y123 X11 con Y134 X12 con Y115 X12 con Y126 X12 con Y137 X13 con Y118 X13 con Y129 X13 con Y1310 X21 con Y21

HIPOTESISESPECIFICA N° 2

11 X21 con Y2212 X21 con Y2313 X22 con Y2114 X22 con Y2215 X22 con Y2316 X23 con Y2117 X23 con Y2218 X23 con Y2319 X31 con Y3120 X31 con Y32

103

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HIPOTESISESPECIFICA N° 3

21 X31 con Y3322 X32 con Y3123 X32 con Y3224 X32 con Y3325 X33 con Y3126 X33 con Y3227 X33 con Y33

FUENTE: ELABORACION PROPIA

4.2.7 Selección de la Prueba estadística para la contrastación de las

Hipótesis del Trabajo de Investigación

Con el objeto de seleccionar la Prueba estadística, que sea la más

adecuada para la contrastación de hipótesis de investigación, se tomara

en cuenta las consideraciones siguientes

a) El Titulo del tema de Investigación del trabajo es: “GESTION DEL

CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA

PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN

CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS

2017”

b) En dicho título, el tema de investigación se refiere a la relación o

asociación entre las variables involucradas, pero enfocándose en la

tendencia a la concordancia de las opiniones o percepciones que

tienen las personas encuestadas, con respecto a los dos estratos

considerados: personal Militar y Ciudadanos de chorrillos.

c) En la teoría estadística existen varios enfoques , cuando se trata de

relacionar variables de investigación

d) Por ejemplo cuando se trata estudiar la relación entre las variables,

bajo el criterio de bondad del ajuste o la dependencia o independencia

entre ellas, se emplea la Prueba Chi – cuadrada clásica de Pearson.

Este no es el caso de nuestro Trabajo de Investigación.

e) Por otro Lado, cuando se trata de estudiar la relación entre las

variables en estudio, bajo el punto de vista de la concordancia entre

los valores numéricos en la escala Likert (o en otros casos) de las

opiniones o percepciones de los encuestados se suelen usar la

Prueba de concordancia (w) de Kendall. Estrictamente hablando,

tampoco es el caso de nuestro trabajo de investigación.

104

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f) Además, cuando se trata de estudiar la relación entre las variables en

estudio, bajo el punto de vista de la concordancia entre las opiniones

de los encuestados (de acuerdo o en un desacuerdo, se aplica una

variante de la Prueba de Chi Cuadrado adaptado a este caso, que se

conoce como la prueba de Cronbach. Dado esta situación es

coincidente con el enfoque de nuestra investigación; entonces ,

emplearemos de las Prueba de Cronbach para la contratación, tanto

de las Hipótesis específicas como de la Hipótesis principal o global del

presente trabajo de investigación

4.2.8 La Prueba de Cronbach

Como se mencionó anteriormente, se trata de una adaptación de la

Prueba de Chi Cuadrado de Pearson, para estudiar la concordancia de las

Opiniones de los encuestados (de acuerdo o en desacuerdo) que

provienen del cuestionario de una encuesta.

Se trata de una prueba estadística muy útil, pero muy poco difundida. Una

aplicación de dicha prueba estadística puede observarse en la Página N°

145 de la Tesis: El paradigma de los Círculos de Aprendizaje significativo y

su influencia en la gestión del Mejoramiento del rendimiento académico de

los Alumnos del Instituto Científico y Tecnológico del Ejército (ICTE) en el

Periodo 2010 -2011 del profesor Investigador y Docente Emérito del ICTE,

Geraldo SCHABAUER PICASSO para obtener el Grado de Magister en

Gestión e Innovación Tecnológica.

En nuestro estudio, consideramos éxito” , asignándole el vlaor de 1 en los

siguientes casos :

- Concordancia “en desacuerdo” que corresponde a las opciones 1y 2 de la

escala de Likert en los estratos evaluados.

- Concordancia “ de acuerdo “ que comprende a las Opciones 4 y 5 de la

Escala de Likert en los estratos evaluados

- Coincidencia entre las magnitudes de las opiniones de los estratos

encuestados en la escala de Likert( ambos estratos contestan los mismo :

1,2,3,4,o 5 )

105

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En cualquier otro caso distinto de los anteriores, se consideran “fracaso” y

su valor será Cero

4.2.9 Contrastación de las Hipótesis Especifica N° 1

El Marco Legal Vigente aplicado dentro de la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad

ciudadana Chorrillos 2017.

La Hipótesis Especifica N° 1 adaptada a la Prueba de Cronbach, se

convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las

opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto

a lo que se afirma en las Hipótesis Especifica N° 1

De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:

Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a

lo que se afirma en la hipótesis Especificas N° 1.

Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que

se afirma en la Hipótesis Estadística N° 1.

Enseguida aplicamos el procedimiento para la contrastación de la hipótesis

TABLA N° 32 Prueba de Cronbach para la Hipotesis Especifica N° 1

Pregunta N°1Personal

MilitarCiudadanos

ChorrillosSumatoria en Cada Pregunta H j

2 H

j 1 1 1 2 4

2 1 1 2 4

3 1 1 2 4

4 1 1 2 4

5 1 0 1 1

6 1 1 2 4

7 1 1 2 4

8 1 0 1 1

106

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9 1 1 2 4

Sumatoria deéxitos en elcuestionario

(G i)

9 7 16 30

2 G i

81 49 130 Totales

FUENTE: ELABORACION PROPIA

La Fórmula de Cochran :

Q = ( K-1 ) (K) ( ∑ G i ) – (∑ G i )

( K-1 ) (K) ( ∑ H j ) – (∑ H j )

Teniendo presente que K=2 estratos considerados; entonces:

Q = ( 2-1 ) (2) ( 130 ) – (16 )

= 4 = 2

( 2 ) (16 ) – (30 ) 2

Q = 2 (Estadístico de Prueba)

Grados de libertad: gl = K-1 = 2- 1 = 4

Nivel de riesgo: α= 5% =0.05 Tabla de Chi - Cuadrado

Prueba de dos colas (exceso o por defecto)

Con los valores anteriores consultamos la Tabla de Chi Cuadrado; encontrándose:

Critico = 3.84

107

2

2

2

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Como el estadístico de prueba 2 es menor que 3.84, se acepta Hipótesis nula y se

rechaza la Hipótesis alternativa (H1). Con lo cual, queda verificada la veracidad de

la Primera Hipótesis especifica del presente trabajo de investigación

4.2.10 Contrastación de las Hipótesis Especifica N° 2

La Capacitación al personal militar sobre su comportamiento y accionar en

este tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales

se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad ciudadana

Chorrillos 2017.

La Hipótesis Especifica N° 2 adaptada a la Prueba de Cronbach, se

convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las

opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a

lo que se afirma en las Hipótesis Especifica N° 2

De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:

Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a

lo que se afirma en la hipótesis Especificas N° 2.

Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que

se afirma en la Hipótesis Estadística N° 2.

Luego aplicamos el procedimiento para la Contrastación de las hipótesis

TABLA N° 33 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 2

Pregunta N°1Personal

Militar

Ciudadanos

Chorrillos

Sumatoria enCada Pregunta H j

2 H

j

10 1 1 2 4

11 1 0 1 1

12 1 1 2 4

13 1 1 2 4

14 1 1 2 4

15 1 1 2 4

108

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16 1 1 2 4

17 1 1 2 4

18 1 1 2 4

Sumatoria deéxitos en elcuestionario

(G i)

9 8 17 33

2 G I

81 64 145 Totales

FUENTE: ELABORACION PROPIA

La Fórmula de Cochran :

Q = ( K-1 ) (K) ( ∑ G i ) – (∑ G i )

( K-1 ) (K) ( ∑ H j ) – (∑ H j )

Teniendo presente que K=2 estratos considerados; entonces:

Q = ( 2-1 ) (2) ( 145 ) – (17 )

= 1 = 1

( 2 ) (17 ) – (33 ) 1

Siguiendo el procedimiento señalado en la sección 4.2.9; como ocurre que:

1 < 3.841, se acepta la hipótesis nula y se rechaza la alternativa. Con lo

cual, queda verificada la hipótesis especifica N° 2

4.2.11 Contrastación de las Hipótesis Especifica N° 3

109

2

2

2

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La Revisión del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de

Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la

seguridad ciudadana Chorrillos 2017.

La Hipótesis Especifica N° 3 adaptada a la Prueba de Cronbach, se

convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las

opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a

lo que se afirma en las Hipótesis Especifica N° 3

De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:

Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a

lo que se afirma en la hipótesis Especificas N° 3.

Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que

se afirma en la Hipótesis Estadística N° 3.

Luego aplicamos el procedimiento para la Contrastación de las hipótesis

TABLA N° 34: Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3

Pregunta N°1 Personal

Militar

Ciudadanos

Chorrillos

Sumatoria enCada Pregunta H j

2 H

j

19 1 1 2 4

20 1 1 2 1

21 1 1 2 4

22 1 1 2 4

23 1 0 1 4

24 1 1 2 4

25 1 1 2 4

26 1 1 2 4

27 1 1 2 4

Sumatoria deéxitos en elcuestionario

9 8 17 33

110

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(G i)

2 G I

81 64 145 Totales

FUENTE: ELABORACION PROPIA

Sustituyendo valores en la Formula de Cochran y teniendo magnitudes

iguales que los valores ocurridos en la sección 4.2.10; queda comprobada la

veracidad de la Hipótesis Especifica N° 3

4.2.11 Contrastación de las Hipótesis Principal

La Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo

a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017.

La Hipótesis Principal de Investigación adaptada a la Prueba de Cronbach,

se convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las

opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a

lo que se afirma en las Hipótesis principal

De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:

Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a

lo que se afirma en la hipótesis principal

Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del

Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que

se afirma en la Hipótesis Principal

Luego aplicamos el procedimiento para la Contrastación de las hipótesis

TABLA N° 35 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3

Pregunta N°1Personal

Militar

Ciudadanos

Chorrillos

Sumatoria enCada Pregunta H j

2 H

j

1 1 1 2 4

2 1 1 2 4

3 1 1 2 4

111

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4 1 1 2 4

5 1 0 1 1

6 1 1 2 4

7 1 1 2 4

8 1 0 1 1

9 1 1 2 4

10 1 1 2 4

11 1 0 1 1

12 1 1 2 4

13 1 1 2 4

14 1 1 2 4

15 1 1 2 4

16 1 1 2 4

17 1 1 2 4

18 1 1 2 4

19 1 1 2 4

20 1 1 2 4

21 1 1 2 4

22 1 1 2 4

23 1 1 2 4

24 1 1 2 4

25 1 1 2 4

27 1 1 2 4

Sumatoria deéxitos en elcuestionario

(G i)

9 8 17 33

2 G I

81 64 145 Totales

FUENTE: ELABORACION PROPIA

112

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Sustituyendo valores en la Formula de Cochran y teniendo magnitudes

iguales que los valores ocurridos en la sección 4.2.10; queda comprobada la

veracidad de la Hipótesis Especifica N° 3

La Fórmula de Cochran :

Q = ( K-1 ) (K) ( ∑ G i ) – (∑ G i )

( K-1 ) (K) ( ∑ H j ) – (∑ H j )

Teniendo presente que K=2 estratos considerados; entonces:

Q = ( 2-1 ) (2) ( 1305 ) – (51 )

= 9 = 3

( 2 ) (51 ) – (99 ) 3

Siguiendo el procedimiento señalado en la sección 4.2.9; como ocurre que:

3 < 3.841, se acepta la hipótesis nula y se rechaza la alternativa. Con lo

cual, queda verificada la hipótesis principal

4.3 DISCUSION DE RESULTADOS

De todo lo señalado y establecido en las secciones 4.1 y 4.2, se puede

deducir los siguientes hechos:

a. La Prueba de Alfa de Cronbach nos permitió calcular que: α=0.888464; lo

que implica que el cuestionario de preguntas de la encuesta de Opinión

ejecutada, tiene muy buena validez interna, lo que significa que es

confiable, porque mide lo que ha pretendido medir.

113

2

2

2

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b. De Los resultados obtenidos en la pregunta N° 1; 2 y 3, se deduce que en

la totalidad en unos casos y la gran mayoría de encuestados en otros

casos, opinan que el Marco Legal Vigente, no permiten reducir el número

de robos y asaltos a mano armada, ni tampoco contribuyen a efectuar

acciones de planeamiento con la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo

Municipal, para participar conjuntamente con las Fuerzas Armadas en

Operativos contra la delincuencia común, ni tampoco contribuye en

reducir la cantidad de bandas delincuenciales que actúan en la zona de

responsabilidad de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales, en el

distrito de Chorrillos.

c. De las Preguntas 4,5 y 6, se deduce que la totalidad o la gran mayoría de

encuestados, opinan que los artículos 137 y 171, no permiten reducir el

número de robos y asaltos a mano armada mediante la participación de

las Fuerzas Armadas, ni tampoco efectuar acciones de planeamiento con

la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal para participar en

operativos conjuntos con las Fuerzas Armadas contra la delincuencia

común, ni menos reducir la cantidad de bandas de delincuentes que

actúan en la zona de responsabilidad de la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales, en el distrito de Chorrillos.

d. De las preguntas 7,8 y 9 se deduce que la totalidad o la gran mayoría de

encuestados opinan que el Decreto Legislativo N° 1095, no contribuye en

la reducción de robos y asaltos a mano armada, ni tampoco permite que

las Fuerzas Armadas puedan ejecutar acciones de planeamiento con la

Policía Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal para participar en

operativos contra la delincuencia común, ni menos contribuir con la

reducción bandas delincuenciales que actúan en la zona de

responsabilidad de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales, en el

distrito de Chorrillos

e. De las preguntas 10,11 y 12, se deduce que la totalidad o la gran mayoría

de encuestados, opinan que la Normativa Vigente, no permite reducir la

cantidad de actos de sicariato que hay actualmente, ni tampoco

contribuye en reducir la cantidad de casos de trata de personas, ni menos

114

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contribuir con la reducción de casos de vendedores de droga que exista

actualmente, en el distrito de Chorrillos.

f. De las preguntas 13,14 y 15 se deduce que la totalidad o la gran mayoría

de encuestados opinan que se debe establecer un marco Jurídico más

adecuado, para que el empleo de la Fuerza Armada, pueda contribuir en

la reducción de actos de sicariato que existen actualmente, también

puedan contribuir en la reducción de casos de trata de Personas que

existen actualmente y además pueda contribuir en la reducción de casos

de vendedores de droga que existen actualmente, en el Distrito de

Chorrillos.

g. De las preguntas 16,17 y 18 se deduce que la totalidad o la gran mayoría

de encuestados , opinan que el personal de las Fuerzas Armadas tengan

una preparación adecuada , para que conjuntamente con la Policía

Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal, actúan coordinadamente

para reducir la cantidad de actos de sicariato que existen actualmente,

además , para reducir la cantidad de casos de trata de Personas que

existen actualmente , en el Distrito de Chorrillos

h. De las preguntas 19,20 y 21, se deduce que la totalidad o la gran mayoría

de encuestados, opinan que el nivel de actuación de las Fuerzas Armadas

actualmente, no es el adecuado para actuar conjuntamente con la Policía

Nacional del Perú, para contribuir con la reducción de casos de

vendedores de droga , ni tampoco para combatir el armamento y equipo

empleado por las bandas de delincuentes , ni menos , para efectuar

labores de patrullaje en la lucha contra las drogas, en el Distrito de

Chorrillos.

i. De las Preguntas 22,23 y 24 se deduce que la totalidad o la gran mayoría

de encuestados , opinan que el contenido actual del Decreto Legislativo

N° 1095 no permiten a las Unidades de las Fuerzas Armadas trabajar

conjuntamente con la Policía Nacional del Perú, para aumentar operativos

contra los vendedores de droga , ni tampoco , combatir adecuadamente el

armamento y equipo empleado por las bandas de delincuentes ni menos

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, la cooperación entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú

para labores de patrullaje antidrogas , en el Distrito de Chorrillos.

j. De las preguntas 25,26 y 27 , se deduce que la totalidad o la gran

mayoría de encuestados , opinan que dentro del Marco Legal futuro

existan normas que amparen las acciones de las Fuerzas Armadas, para

que al enfrentar sus nuevos roles , puedan permitir la cooperación eficaz

con la Policía Nacional del Perú en la lucha contra los vendedores de

droga , también , permiten el combate eficaz contra el armamento y

equipos empelados por las bandas de delincuentes , y además , permitan

lograr un apoyo más eficaz para las labores de patrullaje antidrogas , en

el Distrito de Chorrillos.

k. De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis especifica N° 1 , quedo

verificado que : El Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de

Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la

seguridad ciudadana Chorrillos 2017 con un nivel de confianza del 95%

l. De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis especifica N° 2 quedo

verificado que : La Capacitación al personal militar sobre su

comportamiento y accionar en este tipo de misiones aplicado a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el

apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de

confianza del 95%.

m.De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis especifica N° 2 quedo

verificado que: La Revisión del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el

apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de

confianza del 95%.

n. De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis Principal quedo

verificado que: La Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente

aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona

116

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significativamente con el apoyo a la Seguridad Ciudadana Chorrillos 2017.

Con un nivel de confianza del 95%

CONCLUSIONES:

Son las siguientes:

a. El Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales

se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad ciudadana

Chorrillos 2017 con un nivel de confianza del 95%

b. La Capacitación al personal militar sobre su comportamiento y accionar en este

tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales se

relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos

2017. Con un nivel de confianza del 95%.

c. La Revisión del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad

ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de confianza del 95%.

d. La Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a

la Seguridad Ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de confianza del 95%

117

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RECOMENDACIONES

Son las siguientes:

1. Propiciar ante las entidades del Gobierno del Perú a quien corresponda una

propuesta de los Artículos 137 y 171 de la Constitución Política del Perú para

que amparen la participación eficaz de las Fuerzas Armadas en la Lucha

contra la delincuencia común y el crimen organizado , en provecho de los

ciudadanos y del desarrollo sostenible del Perú.2. Generalizar la recomendación anterior en el sentido de que la Constitución

Política del Perú, tenga artículos necesario que permitan amparar las acciones

de las Fuerzas Armadas en favor de la seguridad Ciudadana , como parte de

los Nuevos Roles que deberán asumir , para contribuir con la paz que se

requiere en favor del desarrollo del Perú. 3. Proponer a las Organizaciones que sean necesarias , para que las Fuerzas

Armadas puedan planificar y ejecutar acciones conjuntas con la Policía

Nacional y los Serenazgo Municipales en provecho de la seguridad Ciudadana

en el Perú4. Capacitar a las Unidades de las Fuerzas Armadas para que puedan actuar

eficazmente en la Lucha contra la delincuencia común y el crimen organizado,

basándose en las recomendaciones señaladas anteriormente en provecho de

la Seguridad Ciudadana en el Perú, como parte de sus nuevos roles, como ya

ocurre en otros casos; por ejemplo, en la Participación ante los desastres

naturales en sus etapas de prevención, reacción y respuesta en esos casos.

118

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REFERENCIAS

BIBLIOGRAFÍA

Constitución Política del Perú (1993). Artículo 171°.- Fuerzas Armadas, PNP y el

Desarrollo del país.

Decreto Legislativo N° 1095 (2010), que establece reglas de empleo y uso de la

fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

Decreto Legislativo N° 1136, (2012). Del Comando Conjunto de las Fuerzas

Armadas. Segunda Disposiciones Complementarias Finales.

http://www.ccffaa.mil.pe/menuCCFFAA/legal.htm

Martínez, F. (2010). Investigación Aplicada: Uso de la Fuerza. Instituto de

Asuntos Públicos de la Universidad de Chile.

Ley N° N° 29166 (2007), que establece reglas de empleo de la fuerza por parte del

personal de las fuerzas armadas en el territorio nacional.

ONU, (1945) La Carta de las Naciones Unidas.

TESIS:

Caballero J (2014) En su tesis doctoral la intervención del Ejército en la Seguridad

pública interior “la alternativa adoptada para la salvaguarda de los derechos y

patrimonio de las personas en méxico

119

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Cano (2015), en su artículo titulado “Presencia de las fuerzas armadas en tareas

de seguridad nacional. Criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”

Caro, Arias y Gonzales (2011) en su tesis titulada. ”Doctrina para el Planeamiento

y conducción de Operaciones Militares en el Frente Externo y Frente Interno de las

Unidades del Ejército (GUB, GUC, UU)”

Sansó-Rubert P (2013), en su tesis “La seguridad ciudadana y las Fuerzas

Armadas: ¿despropósito o último recurso frente a la delincuencia organizada?

Vallovera, A. (2008). En su tesis Realidad operativa del Ejercito Paraguayo

Arce, G. (2011). La Herencia del Pasado: Fuerzas Armadas, Derechos Humanos y

seguridad interior en el Perú contemporáneo

Morales y Longa (2013), en su tesis titulada “Rol del Ejército del Perú en el

desarrollo Nacional y su influencia en la inclusión social en el Perú. 2103”

Villanueva, P. (2015). Fuerza pública y derechos humanos: Fundamentos del

empleo estatal del arma de fuego en operaciones destinadas a hacer cumplir la ley.

Para optar el grado académico de magister. Pontifica Universidad Católica del

Perú, Lima.

Arce, G. (2011). La Herencia del Pasado: Fuerzas Armadas, Derechos Humanos y

seguridad interior en el Perú contemporáneo. Para optar el Título de Licenciado en

Ciencia Política y Gobierno. Pontifica Universidad Católica del Perú, Lima.

La Junta Interamericana de Defensa (2012), en su artículo “Pesquisa sobre el

involucramiento de las fuerzas armadas del Continente Americano en actividades

de seguridad pública”

Grupo de Trabajo en Seguridad Regional (2013), en su artículo titulado “Los

militares en la seguridad interna: realidad y desafíos para Ecuador”, escrito en la

Revista Perspectivas N° 1- 2013.

120

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Anexo 01: MATRIZ DE CONSISTENCIA

Título: GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU

RELACION CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017

PROBLEMAS DEINVESTIGACION

OB JETIVOS DE LAINVESTIGACION

HIPÓTESIS DE LAINVESTIGACION

VARIABLESPOBLACION Y

MUESTRA

METODOLOGÍADE

INVESTIGACIONProblema Principal ¿En qué medida la gestióndel conocimiento del marcolegal vigente aplicado a laPrimera Brigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?Problemas Secundarios a. ¿Cómo el marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?b. ¿De qué manera laCapacitación al personalmilitar sobre sucomportamiento y accionaren este tipo de misionesaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?c. ¿ De qué manera larevisión del marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?

Objetivo General: Determinar la gestión delconocimiento del marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017. Objetivos Específicos:

a. Determinar el marco legalvigente aplicado a laPrimera Brigada deFuerzas Especiales serelaciona con el apoyo a laseguridad ciudadanaChorrillos 2017

b. Determinar la Capacitaciónal personal militar sobre sucomportamiento y accionaren este tipo de misionesaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionacon el apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.

c. Determinar la revisión delmarco legal vigenteaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionacon el apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.

Hipótesis Principal La gestión del conocimiento delmarco legal vigente aplicado ala Primera Brigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con el apoyoa la seguridad ciudadanaChorrillos 2017. Hipótesis Especificas: a. El marco legal vigente

aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con elapoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.

b. La Capacitación al personalmilitar sobre sucomportamiento y accionaren este tipo de misionesaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con elapoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.

c. La revisión del marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con elapoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017

XV. Independiente Gestión delconocimiento delMarco legal Dimensión: - Marco Legal

Vigente - Capacitación del

Personal Militar - Revisión del

Marco LegalVigente

Y V. Dependiente: Apoyo a laSeguridadCiudadanaDimensión: - Incremento de la

Delincuencia - Accionar del

Crimenorganizado

- Trafico Ilícito deDrogas

Población: La población objeto deestudio, estáconformado por 450Personas deprocedencia militar dela Primera Brigada deFuerzas especiales ypor 330 756 habitantesdel distrito de chorrillossegún lo señala elInstituto Nacional deEstadística eInformática, DirectorioNacional deMunicipalidadesProvinciales,Distritales y deCentros Poblados(Población Proyectadaal 30/06/2016). Muestra La muestra seráaleatoriamenteestratificada la cualserá determinada porla fórmula de laestimación de laproporcional en unnivel de confianza del95% y margen de errordel 5%.

Tipo : Básica Diseño: No Experimental

NIVEL- Explicativo - Transversal - Correlacional

Método: Inductivo

Técnicas Análisis

documental Encuesta

Instrumentos - Cuestionario

119

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ANEXO 02: INSTRUMENTOS DE RECOLECCION DE DATOS : ENCUESTAS

TRABAJO DE CAMPO SOBRE

“GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE

APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y

SU RELACION CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA

CHORRILLOS 2017”

120

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INTRODUCCIÓN

Buenos días (tardes):

Quien les habla es un investigador que está trabajando en un estudio que servirá para elaborar una tesis profesional acerca

de la “GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS

ESPECIALES Y SU RELACION CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017”.

Se le solicita su ayuda para que responda algunas preguntas que no llevarán mucho tiempo. Sus respuestas serán

confidenciales y anónimas, las conclusiones que se obtengan permitirán planificar las mejoras de este proceso.

Las opiniones de todos los encuestados serán sumados e incluidas en la tesis profesional, pero nunca se comunicarán datos

individuales.

Les pido que contesten este cuestionario con la mayor sinceridad posible. No hay respuestas correctas ni incorrectas.

Hay cinco (05) opciones de respuesta. Marque con una “X” la respuesta que Ud. crea conveniente.

Lea las instrucciones cuidadosamente, sólo hay una sola opción de marcar cada pregunta.

De antemano, ¡GRACIAS POR SU COLABORACIÓN!

121

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Encuesta realizada al personal de Oficiales del Estado Mayor y de las Unidades de la 1ra Brigada de FFEE así como a los

ciudadanos de chorrillos.

CUESTIONARIO

ESCALA DE CALIFICACIÓN

N° PREGUNTATotalmente endesacuerdo

Endesacuerdo

Ni de Acuerdo ,Ni en

DesacuerdoDe acuerdo

Totalmente deacuerdo

1 2 3 4 5

01

El Marco legal Vigente de la Constitución

Política del Perú que regula el empleo de la

Fuerza Armada en misiones de asegurar la

paz y el orden interno en el Territorio

Nacional permiten reducir el número de

robos y asaltos a mano armada

02

El Marco legal Vigente de la Constitución

Política del Perú que regula el empleo de la

Fuerza armada en misiones de asegurar la

paz y el orden interno en el Territorio

nacional permite efectuar acciones de

planeamiento con la Policía Nacional y el

Serenazgo para participar en operativos

contra la delincuencia común

122

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03

El Marco legal Vigente de la Constitución

Política del Perú que regula el empleo de la

Fuerza Armada en misiones de asegurar la

paz y el orden interno en el Territorio

Nacional permiten reducir la cantidad de

bandas delincuenciales que actúan en la

zona de responsabilidad de la Primera

Brigada de Fuerzas Especiales

04

Los Artículos 137 y 171 de la Constitución

Política del Perú, que regula el empleo de

la Fuerza Armada en misiones de asegurar

la paz y el orden interno en el territorio

nacional , permiten reducir el número de

robos y asaltos a mano armada

05

Los Artículos 137 y 171 de la Constitución

Política del Perú, que regula el empleo de

la Fuerza armada en misiones de asegurar

la paz y el orden interno en el territorio

nacional , permite efectuar acciones de

planeamiento con la Policía Nacional y el

Serenazgo para participar en operativos

contra la delincuencia común06 Los Artículos 137 y 171 de la Constitución

Política del Perú, que regula el empleo de

123

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la Fuerza Armada en misiones de asegurar

la paz y el orden interno en el territorio

nacional , permiten reducir la cantidad de

bandas delincuenciales que actúan en la

zona de responsabilidad de la primera

Brigada de Fuerzas especiales

07

El Decreto Legislativo N° 1095 que regula

el empleo de la Fuerza Armada en

situaciones de emergencia permiten

reducir el número de robos y asaltos a

mano armada

08

El Decreto Legislativo N° 1095 que regula

el empleo de la Fuerza Armada en

situaciones de emergencia permite

efectuar acciones de planeamiento con la

Policía Nacional y el Serenazgo para

participar en operativos contra la

delincuencia común

09

El Decreto Legislativo N° 1095 que regula

el empleo de la Fuerza Armada en

situaciones de emergencia permiten reducir

la cantidad de bandas delincuenciales que

actúan en la zona de responsabilidad de la

Primera Brigada de Fuerzas Especiales

124

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10

La Normativa vigente que regula la

actuación de la Fuerza Armada en misiones

de asegurar la paz y el orden interno en el

Territorio Nacional permiten reducir la

cantidad de actos de sicariato que existe

actualmente

11

La Normativa vigente que regula la

actuación de la Fuerza Armada en misiones

de asegurar la paz y el orden interno en el

Territorio Nacional permite reducir la

cantidad casos de trata de personas que

existe actualmente

12

La Normativa vigente que regula la

actuación de la Fuerza Armada en misiones

de asegurar la paz y el orden interno en el

Territorio Nacional permiten reducir la

cantidad de casos de vendedores de droga

que existe actualmente

13

Está usted de acuerdo en que se debe

establecer un Marco Jurídico más

adecuado para el empleo de la Fuerza

Armada, que permite reducir la cantidad de

actos de sicariato que existen actualmente14 Está usted de acuerdo en que se debe

125

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establecer un Marco Jurídico más

adecuado para el empleo de la Fuerza

Armada, que permite reducir la cantidad de

casos de trata de personas que existen

actualmente

15

Está usted de acuerdo en que se debe

establecer un Marco Jurídico más

adecuado para el empleo de la Fuerza

Armada, permitan reducir la cantidad de

casos de vendedores de droga que existe

actualmente

16

Está usted de acuerdo en que el personal

de las Fuerzas Armadas tenga una

preparación adecuada para que junto con

la Policía Nacional y el Serenazgo

actuando coordinadamente, que permite

reducir la cantidad de actos de sicariato

que existen actualmente17 Está usted de acuerdo en que el personal

de las Fuerzas Armadas tenga una

preparación adecuada para que junto con

la Policía Nacional y el Serenazgo

actuando coordinadamente, que permite

reducir la cantidad de casos de trata de

126

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personas que existen actualmente

18

Está usted de acuerdo en que el personal

de las Fuerzas Armadas tenga una

preparación adecuada para que junto con

la Policía Nacional y el Serenazgo

actuando coordinadamente, permitan

reducir la cantidad de casos de vendedores

de droga que existe actualmente

19

Está usted de acuerdo en que el nivel de

actuación de las Fuerzas Armadas en la

actualidad es el adecuado para accionar

conjuntamente con la Policía Nacional de

modo que contribuyan con la reducción de

la cantidad de vendedores de drogas

20

Está usted de acuerdo en que el nivel de

actuación de las Fuerzas Armadas en la

actualidad les permite combatir

adecuadamente el armamento y equipo

empleado por las bandas delincuenciales21 Está usted de acuerdo en que el nivel de

actuación de las Fuerzas Armadas en la

actualidad a través de sus unidades

correspondientes, como por ejemplo la

Primera Brigada de Fuerzas Especiales,

127

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contribuyan en la lucha contra las drogas,

mediante labores de patrullaje adecuados

22

Está usted de acuerdo que el contenido

actual del Decreto Legislativo N° 1095 le

permite a las Unidades de las Fuerzas

Armadas, como es el caso de la primera

Brigada de Fuerzas especiales, aumentar

las acciones policiales contra los

vendedores de droga

23

Está usted de acuerdo que el contenido

actual del Decreto Legislativo N° 1095 le

permite a las Unidades de las Fuerzas

Armadas, como es el caso de la primera

Brigada de Fuerzas especiales, combatir

adecuadamente el armamento y equipo

empleado por las bandas delincuenciales

24

Está usted de acuerdo que el contenido

actual del Decreto Legislativo N° 1095 le

permite a las Unidades de las Fuerzas

Armadas, como es el caso de la primera

Brigada de Fuerzas Especiales, cooperar

con la Policía Nacional en las labores de

patrullaje antidrogas25 Está usted de acuerdo que dentro del

128

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Marco Legal futuro existen normas que

amparen las acciones de las Fuerzas

Armadas para que al enfrenta nuevos roles,

permitan la cooperación eficaz con la

Policía Nacional, en la lucha contra los

vendedores de droga

26

Está usted de acuerdo que dentro del

Marco Legal futuro existen normas que

amparen las acciones de las Fuerzas

Armadas para que al enfrenta nuevos roles,

permitan facilitar el combate eficaz contra

el armamento y equipo empleado por las

bandas delincuenciales

27

Está usted de acuerdo que dentro del

Marco Legal futuro existen normas que

amparen las acciones de las Fuerzas

Armadas para que al enfrenta nuevos roles,

permitan a sus Unidades, como es el caso

de la Primera Brigada de Fuerzas

Especiales, apoyar más eficazmente las

labores de patrullaje antidrogas TOTAL FRECUENCIAS:

%:

129

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MUCHAS GRACIAS!!

130