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DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-019GYN010-E27-2016 Página 1 de 60 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA NÚMERO: LO-019GYN010-E27-2016 PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA BAJO LA CONDICIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN A LOS SISTEMAS DE IMPERMEABILIZACIÓN DE LOS INMUEBLES UBICADOS EN LOS CONJUNTOS SAN FERNANDO Nos. 547, 12 Y BUENAVISTA, LA ESCUELA DE DIETÉTICA Y NUTRICIÓN Y DE LOS EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS “ISSSTE EMERGENCIAS”, DINAMARCA No. 79 Y RÍO RHIN No. 3, TODOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO”. CIUDAD DE MÉXICO A 19 DE ABRIL DE 2016. ÁREA REQUIRENTE Y CONVOCANTE JEFATURA DE SERVICIOS OPERATIVOS SUBDIRECTORA DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO

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DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

NÚMERO LO-019GYN010-E27-2016

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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA

NÚMERO: LO-019GYN010-E27-2016

PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA BAJO LA CONDICIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN A LOS SISTEMAS DE IMPERMEABILIZACIÓN DE LOS INMUEBLES UBICADOS EN LOS CONJUNTOS SAN FERNANDO Nos. 547, 12 Y BUENAVISTA, LA ESCUELA DE DIETÉTICA Y NUTRICIÓN Y DE LOS EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS “ISSSTE EMERGENCIAS”, DINAMARCA No. 79 Y RÍO RHIN No. 3, TODOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO”.

CIUDAD DE MÉXICO A 19 DE ABRIL DE 2016.

ÁREA REQUIRENTE Y CONVOCANTE

JEFATURA DE SERVICIOS OPERATIVOS

SUBDIRECTORA DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO

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Í N D I C E

Información Específica

Contenido Pág.

I Presentación. 4

II Convocatoria. 4

III Datos generales o de identificación de la Licitación Pública. 4

IV Glosario. 6

V Calendario de eventos 10

VI Obtención de la Convocatoria 11

VII Condiciones para la ejecución de los trabajos 11

VI Visita al sitio de realización de los trabajos 11

IX Junta de aclaraciones 12

X Modificaciones y aclaraciones que podrán efectuarse a la presente convocatoria a la licitación

13

XI Acto de presentación y apertura de proposiciones 13

XII Proposición conjunta 15

XIII Instrucciones al elaborar y presentar las proposiciones 16

XIV Documentación que integra la proposición 17

XV Causas o motivos de desechamiento 33

XVI Revisión aritmética de las proposiciones 35

XVII Criterios para la evaluación de las proposiciones 36

XVIII Mecanismos de evaluación 36

XIX Precios Unitarios 46

XX Especificaciones y alcances 47

XXI Cancelación de licitación y licitación desierta 47

XXII Mecanismos de adjudicación 48

XXIII Consideraciones generales 48

XXIV Fallo de la licitación 49

XXV Contrato y Fianza de Cumplimiento 49

XXVI Póliza de Responsabilidad Civil 52

XXV Garantía de Vicios Ocultos y cualquier otra responsabilidad que resulte a cargo del contratista

53

XXVI Bitácora electrónica (BEOP) 53

XXVII Relaciones Laborales 53

XXVIII Plazo de ejecución 54

XXIX Pago de los trabajos, deducciones y retenciones 54

XXX Conceptos extraordinarios 56

XXXI Ajuste de costos 57

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XXXII Seguridad e higiene. 58

XXXIII Confidencialidad 58

XXXIV Suspensión temporal de la obra 58

XXXV Suspensión, rescisión y terminación anticipada del contrato 59

XXXVI Penas convencionales y sanciones 59

XXXVII Controversias 60

XXXVIII Situaciones no previstas en la convocatoria 60

XXXIX Inconformidades 60

Anexo 1 Modelo de contrato.

Anexo 2 Cédula de preguntas.

Anexo 3 Cédulas de entrega de documentos.

Anexo 4

Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales".

Anexo 5 Encuesta de transparencia del procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta.

Anexo 6 Directorio.

Anexos LA Documentación distinta a la Propuesta Técnica y Económica y Formatos

Anexos A Anexos Legales-Administrativos y Técnicos y Formatos

Anexos B Anexos Económicos y Formatos.

Catálogo de Conceptos

Términos de Referencia

Detalles Constructivos

Planos

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I. PRESENTACIÓN

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 fracción I, 27 fracción I, 28, 30 fracción I del 31 al 39 y 45 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del ISSSTE, a través de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, dependiente de la Dirección de Administración, ubicada en Avenida San Fernando número 547, edificio “D”, planta baja, Col. Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, C.P.14070, en la Ciudad de México, llevará a cabo el procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta, para la adjudicación del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado, relativo a los

trabajos de: “Conservación, Mantenimiento y Rehabilitación a los Sistemas de Impermeabilización de los Inmuebles ubicados en los Conjuntos San Fernando Nos. 547, 12 y Buenavista, la Escuela de Dietética y Nutrición y de los Edificios Administrativos “ISSSTE Emergencias”, Dinamarca No. 79 Y Río Rhin No. 3, todos en la Ciudad de México”.

II. CONVOCATORIA

A las personas físicas o morales cuya actividad u objeto social preponderante sea entre otros los trabajos de obra pública y servicios relacionados con las mismas, así como los trabajos de conservación y mantenimiento en inmuebles, que se interesen en participar en la presente Licitación Pública Nacional Mixta número LO-019GYN010-E27-2016 (los licitantes podrán participar en forma presencial o electrónica), para la adjudicación del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado,

relativo a los trabajos de: “Conservación, Mantenimiento y Rehabilitación a los Sistemas de

Impermeabilización de los Inmuebles ubicados en los Conjuntos San Fernando Nos. 547, 12 y Buenavista, la Escuela de Dietética y Nutrición y de los Edificios Administrativos “ISSSTE Emergencias”, Dinamarca No. 79 Y Río Rhin No. 3, todos en la Ciudad de México”. Conforme a las siguientes:

B A S E S

III. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Descripción general de la obra y lugar donde se llevarán a cabo los trabajos: Obra pública a precios

unitarios y tiempo determinado, relativo a los trabajos de: “Conservación, Mantenimiento y Rehabilitación

a los Sistemas de Impermeabilización de los Inmuebles ubicados en los Conjuntos San Fernando Nos. 547, 12 y Buenavista, la Escuela de Dietética y Nutrición y de los Edificios Administrativos “ISSSTE Emergencias”, Dinamarca No. 79 Y Río Rhin No. 3, todos en la Ciudad de México”.

III.1. Lugar donde se llevarán a cabo los trabajos:

Conjunto San Fernando 547: Avenida San Fernando No. 547, Colonia Barrio de San Fernando, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, en la Ciudad de México.

Conjunto San Fernando 12: Callejón Vía San Fernando No. 12, Colonia Barrio de San Fernando, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, en la Ciudad de México.

Conjunto Buenavista: Avenida Jesús García Corona No. 140, Colonia Buenavista, C.P. 06350,

Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.

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Escuela de Dietética y Nutrición: Callejón Vía San Fernando No. 12, Colonia San Pedro Apóstol, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, en la Ciudad de México.

ISSSTE Emergencias: Avenida San Fernando No. 15, Colonia Toriello Guerra, C.P. 14050, Delegación Tlalpan, en la Ciudad de México.

Edificio Administrativo Dinamarca No. 79: Calle Dinamarca No. 79, Colonia Juárez, C.P. 06600,

Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.

Edificio Administrativo Rio Rhin No. 3: Calle Río Rhín No. 3, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06500,

Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.

III.2. Procedencia de los recursos: Para la ejecución de los trabajos objeto del presente

procedimiento de contratación el Instituto cuenta con suficiencia presupuestal para el ejercicio fiscal 2016

suficiencia autorizada por parte de la Subdirección de Programación y Presupuesto de la Dirección de

Administración del Instituto, Mediante oficio número DA/SPP/735/2016, de fecha 31 de marzo de 2016

III.3. Entidad convocante: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del

Estado, a través de la Dirección de Administración y por conducto de la Subdirección de Conservación y

Mantenimiento, con domicilio en Avenida San Fernando Núm. 547 edificio “D”, planta baja, Colonia Barrio

de San Fernando, Delegación Tlalpan, Código Postal 14070, en la Ciudad de México.

III.4. Medio y carácter para la presente Licitación: Licitación Pública Nacional Mixta, por lo que únicamente pueden participar personas de nacionalidad mexicana, por encontrarse debajo de los umbrales previstos en los tratados, de conformidad con el artículo 30 fracción I de la Ley, los licitantes podrán participar en forma presencial o electrónica. En la presente licitación no se recibirán proposiciones a través de servicio postal o de mensajería.

III.5. Número de identificación del procedimiento: LO-019GYN010-E27-2016.

III.6 Ejercicio fiscal que abarcará el procedimiento: Ejercicio Fiscal 2016, para lo cual se cuenta

con suficiencia presupuestal autorizada por parte de la Subdirección de Programación y Presupuesto de

la Dirección de Administración del Instituto, Mediante oficio número DA/SPP/735/2016, de fecha 31 de

marzo de 2016.

III.7 Idioma en el que deberán presentarse las proposiciones: Las proposiciones y anexos de los

trabajos y/o folletos que se presenten deberán ser en idioma español. En caso de que sean en idioma

diferente, deberá presentarse con traducción simple al español.

III.8. No podrán participar personas físicas o morales: que se encuentren en los supuestos

señalados en los artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

III.9. Anticipos: El Instituto no otorgará anticipo para los trabajos objeto de esta licitación.

III.10. Moneda: Las proposiciones deberán presentarse en pesos mexicanos (Moneda Nacional).

III.11. Subcontratación: Los licitantes no podrán subcontratar parte alguna o la totalidad de los

trabajos.

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IV. GLOSARIO

Para los efectos de la presente Convocatoria se entenderá por: Acuerdo:

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado “Compra Net” (Publicado en el D.O.F. el 28 de junio de 2011).

Administrador del Contrato:

El Titular del Departamento de Conservación, Mantenimiento y Supervisión de Inmuebles e Instalaciones, dependiente de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento o quien lo sustituya en esta función, quien no podrá tener cargo inferior a Jefe de Departamento.

A.D.R.:

La Administración Desconcentrada de Recaudación.

Área Contratante:

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a través de la Dirección de Administración y por conducto de la Jefatura de Servicios de Seguimiento y Control de Mantenimiento y/o Jefatura de Servicios Operativos, adscritas a la Subdirección de Conservación y Mantenimiento.

Área Requirente:

La Jefatura de Servicios Operativos, dependiente de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento de la Dirección de Administración.

Área Técnica:

La que en el Instituto elabora las especificaciones técnicas que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, evalúa la propuesta técnica de las proposiciones y es responsable de responder en la junta de aclaraciones, las preguntas que sobre estos aspectos realicen los licitantes: Departamento de Conservación, Mantenimiento y Supervisión de Inmuebles e Instalaciones o quien sustituya a esta área, quien no podrá tener cargo inferior a Jefe de Departamento; el Área técnica podrá tener también el carácter de Área requirente.

Bitácora:

El instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que formalizan los contratos, en el cual se registran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos a través de medios remotos de comunicación electrónica en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Código:

El Código Fiscal de la Federación.

CompraNet:

El Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Calendario de Eventos:

La fecha, hora y lugar de celebración de los actos de la presente licitación, de la visita al sitio de realización de los trabajos, junta de aclaraciones, apertura y presentación de proposiciones, fallo, firma del contrato, inicio y terminación de los trabajos.

Caso fortuito o fuerza mayor:

El acontecimiento proveniente de la naturaleza o del hombre caracterizado por ser imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable, ajeno a la voluntad de las partes y que imposibilita el cumplimiento de todas o alguna de las obligaciones previstas en el contrato de obra pública o servicios relacionados con la misma.

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Catálogo de Conceptos:

La relación de los trabajos y volúmenes a realizar.

Contratista: La persona física o moral que celebra con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado contratos de obra pública o de servicios relacionados con la misma.

Contrato: El instrumento jurídico por el que el Instituto y el licitante ganador, acuerdan derechos y obligaciones con el objeto de llevar a cabo la ejecución de la obra pública.

Convocante: El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a través de la Dirección de Administración, por conducto de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento.

Convocatoria:

El documento que contiene las bases, requisitos y condiciones en materia de obra pública en que se desarrollará el procedimiento de la licitación.

Día: El día natural (día calendario).

D.O.F:

El Diario Oficial de la Federación.

Documentación distinta a las proposiciones:

La documentación distinta a lo solicitado en las propuestas técnica y económica.

Especificaciones Generales de Construcción:

El conjunto de condiciones generales que las dependencias y entidades tienen establecidas para la ejecución de obras, incluyendo las que deben aplicarse para la realización de estudios, proyectos, ejecución, equipamiento, puesta en servicio, mantenimiento y supervisión, que comprenden la forma de medición y la base de pago de los conceptos de trabajo.

Especificaciones Particulares de Construcción:

El conjunto de requisitos exigidos por las dependencias y entidades para la realización de cada obra, mismas que modifican, adicionan o sustituyen a las especificaciones generales de construcción.

Estimación: La evaluación de los trabajos ejecutados en un período determinado presentada para autorización de pago, en la cual se aplican los precios, valores o porcentajes establecidos en el contrato en atención a la naturaleza y características del mismo, considerando, en su caso, la amortización de los anticipos, los ajustes de costos, las retenciones económicas, las penas convencionales y las deducciones; así como la valuación de los conceptos que permitan determinar el monto de los gastos no recuperables.

Identificación Oficial Vigente:

La credencial para votar, cédula profesional, pasaporte o cartilla del servicio militar nacional.

Internet: La red mundial de comunicaciones electrónicas.

Instituto: El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

I.V.A: El Impuesto al Valor Agregado.

Ley: La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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Licitante: La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de invitación a cuando menos tres personas.

Licitación:

La Licitación Pública Nacional Mixta Núm. LO-019GYN010-E27-2016.

Medio de identificación electrónica:

Conjunto de datos electrónicos asociados con documentos que son utilizados para reconocer a su autor, y que legitiman el consentimiento de éste para obligarlo a las manifestaciones que en él se contienen de conformidad con lo previsto en los artículos 28, 31 fracción VIII y 74, de la Ley.

Medios remotos de comunicación electrónica:

Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.

MIPYMES: Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Monto del Contrato:

La cantidad cierta en dinero que se cubrirá al contratista de conformidad con el contrato, como contra prestación por el debido y total cumplimiento de sus obligaciones pactadas.

Normas de Calidad:

Los requisitos mínimos que establecen las dependencias y entidades, conforme a las especificaciones generales y particulares de construcción, para asegurar que los materiales y equipos de instalación permanente que se utilizan en cada obra, son los adecuados.

Obra Similar: Trabajos de características técnicas, magnitud y complejidad similares o superiores a las del objeto de esta licitación, según la descripción contenida en el Anexo A

OCDE.- Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

O.I.C: El Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Políticas: Las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas del ISSSTE, vigentes, que contienen los criterios generales y normativos que se deben aplicar a los programas generales, convenios y contratos que deban celebrarse en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas (publicadas el 02 de marzo del 2012 en el DOF).

Persona:

La persona física o moral que participe en este procedimiento de contratación.

Programa Informático:

El medio de captura desarrollado por la S.F.P. que permite a los licitantes, así como al Instituto, enviar y recibir información por medios remotos de comunicación electrónica, así como generar para cada Licitación Pública un mecanismo de seguridad que garantice la confidencialidad de las proposiciones que recibe el Instituto por esta vía; y que constituye el único instrumento con el cual podrán abrirse los sobres que contengan las proposiciones en la fecha y hora establecidas en la Convocatoria para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones.

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Proposición: Los documentos que entrega el licitante como propios y que contienen los términos y condiciones legales, técnicas y económicas que propone para la realización de obras o servicios relacionados con la obra pública.

Proposición Solvente:

Es aquella que reúne, conforme a los criterios de evaluación establecidos en la Convocatoria de la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el Instituto y que garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Reglamento: El Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Residente: El servidor público designado como responsable de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos de obra pública, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por los Contratistas.

R.F.C: El Registro Federal de Contribuyentes.

S.A.T: El Servicio de Administración Tributaria.

S.E: La Secretaría de Economía.

S.F.P: La Secretaría de la Función Pública o la Institución gubernamental que asuma las funciones a cargo de dicha Dependencia.

S.H.C.P: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sitio de los Trabajos:

Los lugares de ejecución de los trabajos de obra pública objeto de la presente licitación.

Sobre cerrado: Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de la Ley,

Superintendente: El representante del contratista ante la entidad para cumplir con los términos y condiciones pactados en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los trabajos. Supervisor

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V. CALENDARIO DE EVENTOS Para los efectos del presente procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta, se designa como representante del Instituto, al Jefe de Servicios Operativos y/o Jefe del Departamento de Control de Avance de Obras y Servicios de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento de la Dirección de Administración. V.I PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.

Publicación de la Convocatoria en CompraNet 19 de abril de 2016

Envío del resumen de la Convocatoria al D.O.F. 19 de abril de 2016

V.II CALENDARIO Y LUGAR DE LOS ACTOS.

Acto Fecha y hora Lugar

Visita al sitio de los trabajos:

22 de abril de 2016 a las 10:30 horas

Los licitantes deberán presentarse

en la hora señalada para iniciar el

recorrido en las oficinas de la

Subdirección de Conservación y

Mantenimiento, ubicado en Avenida

San Fernando número 547, edificio

“D”, Colonia Barrio de San

Fernando, Delegación Tlalpan,

Código Postal 14070, en la Ciudad

de México.

Junta de aclaración a la Convocatoria

27 de abril de 2016 a las 11:00 horas

Auditorio de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, ubicado en Avenida San Fernando número 547, edificio “D”, Colonia Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, Código Postal 14070, en la Ciudad de México,

Presentación y apertura de proposiciones

04 de mayo de 2016 a las 11:00 horas

Fallo 11 de mayo de 2016

a las 17:00 horas

Firma del contrato

El contrato se firmará dentro de los 10 días naturales siguientes a la notificación del fallo, o bien, en el acto de fallo se dará a conocer la fecha, hora y lugar para la suscripción del mismo.

V.III FECHA ESTIMADA DE INICIO Y TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS:

Inicio Terminación Plazo

12 de mayo de 2016 25 de julio de 2016 75 días naturales

La proposición se entregará por parte de los licitantes, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, el día y hora señalados en el calendario de eventos, en el auditorio de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, ubicado en Avenida San Fernando No. 547, Edificio “D”, Colonia Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, C.P. 14070, en la Ciudad de México.

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VI. OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA.

La obtención de la presente Convocatoria es gratuita y está a disposición de los licitantes en CompraNet, con número de procedimiento LO-019GYN010-E27-2016, cuya dirección electrónica es http://compranet.gob.mx y en el domicilio de la Convocante en Avenida San Fernando Núm. 547 edificio “D”, planta baja, Colonia Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, código postal 14070, en la Ciudad de México, en donde se podrá consultar una copia textual de la misma; lo anterior con el propósito de informar y transparentar este procedimiento de contratación. Para el caso de los interesados en participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, será requisito indispensable obtener la Convocatoria a través del Sistema CompraNet. El licitante deberá sufragar todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de su proposición y el Instituto no se hará responsable de dichos gastos, cualquiera que sea el resultado de la licitación, excepto por lo dispuesto en los artículos 40 tercer párrafo y 47 cuarto párrafo de la Ley. Cuando exista cancelación de la licitación por caso fortuito o fuerza mayor, el licitante no tendrá derecho al pago de los gastos no recuperables. Las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales podrán asistir a los actos públicos de esta licitación, así como cualquier persona física que manifieste interés en estar presente en los mismos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en los mismos. Invariablemente se cursarán invitaciones al Órgano Interno de Control y a la Subdirección Jurídica, para que de considerarlo conveniente, participe en este procedimiento, con la asistencia de un representante con derecho a voz pero sin autorización para la toma de decisiones. VII. CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. El contratista deberá considerar para el desarrollo de los trabajos lo siguiente: a) La ejecución de los trabajos estará sujeta al horario y restricciones que se indiquen en las Especificaciones Particulares y Generales, en las Normas Complementarias o en su caso las que indique la Residencia de obra.

b) Se deberá considerar un control de acceso de personal y de vehículos.

c) Deberá considerar la Información Técnica que EL Instituto proporciona en la presente convocatoria. VIII. VISITA AL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. Se efectuará el día 22 de abril de 2016, a las 10:30 Horas, los licitantes deberán presentarse en la las oficinas de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, ubicado en Avenida San Fernando número 547, edificio “D”, Colonia Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, Código Postal 14070, en la Ciudad de México., en ningún caso El Instituto asumirá responsabilidad por las conclusiones que los licitantes obtengan al examinar los lugares y circunstancias antes señaladas, y el hecho de que un licitante no se familiarice con las condiciones imperantes, no lo exime de su obligación para ejecutar y concluir los trabajos en forma y términos convenidos, en el caso de que el Instituto decida encomendárselos. Los asistentes deberán llevar una identificación oficial vigente con fotografía La visita será optativa para los interesados, en caso de no asistir, deberán incluir en su proposición escrito en el que manifiesten que conocen el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus

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implicaciones de carácter técnico, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al contrato por este motivo (Anexo A-6.1). El no presentar este documento será motivo para desechar su proposición, en términos en lo establecido en la fracción VIII del artículo 34, así como en la fracción IX, inciso e) del Artículo 61 del Reglamento, en virtud de no resultar solvente técnicamente la proposición. Los licitantes que participen en la visita sólo podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video grabación, teléfonos celulares, equipos portátiles de comunicación y/o radiolocalizadores conforme a las directrices que estipule el personal del Instituto. IX. JUNTA DE ACLARACIONES La Junta de Aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria de la Licitación, se llevará a cabo conforme a lo establecido en el numeral V. CALENDARIO DE EVENTOS Y OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA, en la que el Instituto resolverá las dudas o cuestionamientos que sobre los aspectos contenidos en la Convocatoria de la Licitación formulen los licitantes. Para tales efectos, las personas que pretendan solicitar aclaraciones, deberán presentar un escrito firmado en papel membretado de la empresa, en donde expresen su interés de participar en la licitación, por si mismos o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y en su caso, del representante. Este escrito deberá cumplir con lo establecido en el artículo 35 tercer párrafo de la Ley, artículo 39 cuarto párrafo del Reglamento y Dicho escrito aplica para los licitantes que decidan participar a través de CompraNet). Si el escrito señalado no se presenta, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, en términos del penúltimo párrafo del artículo 27 de la Ley. Las solicitudes de aclaración deberán entregarse personalmente, o en ventanilla o enviarse a través del Sistema Compranet, a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se celebre la junta de aclaraciones, señalando que sólo se dará respuesta a las preguntas de los licitantes que se realicen en los términos antes señalados. Se recomienda a los licitantes que asistan al acto, presenten sus preguntas en medios magnéticos en formato pdf y formato word, con el objeto de agilizar dicho evento). Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad a la primera Junta de Aclaraciones, no serán contestadas por el Instituto por resultar extemporáneas, debiéndose integrar al expediente respectivo. En dicho supuesto, si el Servidor Público que presida la Junta de Aclaraciones considera necesario citar a una junta posterior, el Instituto tomará en cuenta dichas solicitudes para responderlas; se debe considerar que entre la última Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones deberá existir un plazo de al menos seis días naturales, De resultar necesario, la fecha señalada en la Convocatoria para realizar el acto de presentación y apertura de proposiciones podrá diferirse. Este acto será la única instancia para solicitar aclaraciones a la Convocatoria, su contenido, anexos y formatos. Los interesados en participar en el presente procedimiento de contratación y que opten por enviar sus solicitudes de aclaración por escrito, deberán hacerlo en papel membretado de la empresa participante y firmadas por el licitante o el Representante Legal, de acuerdo al Anexo 2 de esta Convocatoria, entregándolas en la ventanilla única de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento de la Dirección de Administración del Instituto, ubicada en Avenida San Fernando núm. 547 edificio “D”, planta baja, colonia Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan. C.P. 14070, Ciudad de México, en horario comprendido de las 09:00 a las 14:00 horas y de las 15:00 a las 18:00 horas. La persona que haya firmado el escrito mencionado en este apartado, será la que deberá asistir a los actos de la presente licitación, con facultad para intervenir en los mismos, en caso de no asistir, el Representante Legal de la empresa podrá emitir carta poder simple, otorgada y firmada por él y quién

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acepta el poder, sólo para estar presente en el acto de junta de aclaraciones y presentar las solicitudes de aclaración, anexando fotocopia y original de identificación oficial vigente para cotejo.

Cada solicitud de aclaración deberá indicar el numeral o punto específico con el cual se relaciona la pregunta o aspecto que se solicita aclarar; aquellas solicitudes de aclaración que no se presenten en la forma señalada podrán ser desechadas por el Instituto.

De las preguntas que se formulen y respuestas que otorguen, el Instituto levantará un acta, misma que será firmada por los participantes en términos del Artículo 39 último párrafo, y del Artículo 40 del Reglamento; el Instituto proporcionará copia del acta de la junta de aclaraciones a cada uno de los Licitantes La asistencia a la junta de aclaraciones será de la estricta responsabilidad de los licitantes y podrán obtener una copia del resultado de ésta, en CompraNet, cuya dirección electrónica es http://compranet.gob.mx y en la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, ubicada en Avenida San Fernando No. 547 Edificio “D” Planta Baja, Colonia Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, C.P. 14070, quedando bajo su más estricta responsabilidad incluir en su proposición, las modificaciones que se generen. Para los licitantes que no asistan a dicha junta, se fijará un ejemplar en un lugar visible, al que tenga acceso el público, en el domicilio del área responsable de la contratación por un término no menor de cinco días hábiles. Igualmente el acta estará a su disposición, previa solicitud de la misma, en el domicilio del Instituto, así como en la página de CompraNet, descrita con anterioridad. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

X. MODIFICACIONES Y ACLARACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE A LA PRESENTE CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN

Conforme a lo dispuesto por los Artículos 34 y 35 de la Ley, El Instituto, siempre que no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la Convocatoria a la Licitación, a partir de la fecha en que sea publicada y hasta, inclusive, el séptimo día natural previo al acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, debiendo publicar dichas modificaciones en CompraNet por una sola ocasión, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Cualquier modificación a la convocatoria a la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición. XI. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

A partir de la hora señalada para el inicio del acto de Presentación y Apertura de Proposiciones previsto en la presente convocatoria, o en su caso, en la fecha derivada de sus modificaciones, el Servidor Público que lo presida no permitirá el acceso a ningún licitante, ni observador ajeno al acto; asimismo, las proposiciones recibidas en este acto, no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que estarán vigentes hasta su conclusión. Una vez iniciado el acto, se procederá a registrar a los asistentes. Los licitantes presentes deberán entregar su proposición en sobre cerrado al Servidor Público que presida el acto. Los licitantes que participen por medios electrónicos, entregarán su proposición a través de CompraNet. La entrega de proposiciones se hará en un solo sobre cerrado, etiquetado claramente con los datos de la licitación y del licitante, que deberá contener la propuesta técnica y económica. La documentación distinta a la propuesta técnica y económica, podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre

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El Servidor Público designado por el Instituto, procederá a la apertura de los sobres que fueron recibidos en el acto y posteriormente a los entregados a través de CompraNet. El acto no podrá concluir hasta en tanto se hayan abierto todos los sobres recibidos. En el supuesto caso que durante este acto de Presentación y Apertura de Proposiciones por causas ajenas a la voluntad del Instituto, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por CompraNet, el acto será suspendido y será reanudado hasta que se restablezcan las condiciones de comunicación y desaparezcan las causas que dieron origen a la interrupción. En este supuesto se levantará acta de suspensión, la cual deberá ser firmada por los asistentes al acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en la cual se deberá señalar el tiempo que será suspendido y la hora de su reanudación. La SFP podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de la interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en poder del Instituto. Los licitantes que presenten sus proposiciones a través de CompraNet, aceptarán que se tienen por notificados por medio del Acta de Apertura Técnica-Económica que se levante una vez que ésta se encuentre a su disposición en CompraNet, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger el acta en el domicilio de El Instituto. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, el Servidor Público facultado por el Instituto, procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada sin que ello implique la evaluación de su contenido, se verificará que el licitante haya presentado los documentos requeridos, firmados en la última hoja de cada “Documento solicitado”, asimismo, que el catálogo de conceptos y los programas estén firmamos en todas sus hojas. De las proposiciones que sean presentadas a través de CompraNet, se verificará la entrega de los documentos solicitados directamente del archivo electrónico, sin ser necesario la impresión de los mismos durante el evento, excepto el Catálogo de Conceptos. La presentación de proposiciones por parte de los licitantes debe ser completa, uniforme y ordenada, en atención a las características, complejidad y magnitud de los trabajos a realizar, debiendo utilizar los formatos e instructivos elaborados y proporcionados por el Instituto, ya que forman parte integrante de la Convocatoria, debiendo regresar estos debidamente firmados, anexándolos en el documento que corresponda a dicho formato, en idioma español y en pesos moneda nacional. En caso de que el licitante presente otros formatos, éstos deberán cumplir con cada uno de los elementos requeridos por la convocante. En caso de que durante la revisión de la documentación presentada por los licitantes, se observe la omisión de algún documento o inconsistencia, el Servidor Público facultado por el Instituto informará a la persona que entregó la proposición de dicho acontecimiento y se hará constar en el Acta de Apertura Técnica-Económica. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno que en forma conjunta con el Servidor Público designado por el Instituto que presida el acto, rubricarán el Catálogo de Conceptos (Forma B-8.1). Dicha información constará documentalmente; posteriormente se dará lectura al importe total de cada una de las proposiciones recibidas. A continuación se levantará el acta que servirá de constancia de la celebración del acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en la que se indicará el importe total de cada una de ellas e indicando a los presentes la fecha y hora en que se dará a conocer el Fallo del presente procedimiento de contratación, el cual será difundido a través de CompraNet. Dicha Acta será firmada por los asistentes y se les entregará copia de la misma.

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La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación en el domicilio del Instituto y a través de CompraNet. Se comunica a los Licitantes que en cumplimiento al acuerdo, en su numeral 27 en el que se dispone que se deberá enviar dicha información a CompraNet; se solicita a los licitantes integrar en medio magnético las proposiciones escaneadas en formato PDF y programa calendarizado por concepto de trabajo y programa por partidas así como el catálogo de conceptos en formato PDF y EXCEL, con la finalidad de incorporar dicha información al sistema CompraNet, además de las entregadas documentalmente. Esta información deberá corresponder al 100% a lo entregado documentalmente; se solicita que estos archivos se presenten con el nombre del anexo a que da cumplimiento.

XII. PROPOSICIÓN CONJUNTA De conformidad con lo estipulado en el artículo 36 segundo párrafo de la Ley, y en el artículo 47 del Reglamento, Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad o una nueva sociedad en caso de personas morales, siempre que, para tales efectos en la proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de El Instituto, las partes de los trabajos que cada persona se obligue a ejecutar, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, ya sea

autógrafamente o por los medios de identificación electrónica autorizados por la S.F.P. Los interesados que decidan agruparse para presentar PROPOSICIÓN CONJUNTA, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados en esta Convocatoria. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá realizarse por el representante común. Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando, se mantengan en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio. Los actos, contratos, convenios o combinaciones que lleven a cabo los licitantes en cualquier etapa del procedimiento de Licitación deberán apegarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones, sin perjuicio de que el Instituto determinará los requisitos, características y condiciones de los mismos en el ámbito de sus atribuciones. Cualquier licitante o la Convocante podrán hacer del conocimiento de la Comisión Federal de Competencia, hechos materia de la citada Ley, para que resuelva lo conducente. Cuando la proposición ganadora de la licitación haya sido presentada en forma conjunta, el contrato deberá ser firmado por el Representante Legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Para acreditar la capacidad financiera requerida por la convocante, se considerará en conjunto las correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, tomando en cuenta si la obligación que asumirán es mancomunada o solidaria.

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Los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, cumpliendo los siguientes aspectos: I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste

su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación; II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el

convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

I. Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales de la agrupación y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.

II. Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando,

en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.

III. Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender

todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública. IV. Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona

integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y V. Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás

integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;

III. En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción II de este numeral se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos; En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el contrato deberá ser firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la Convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las 24 (veinticuatro) horas siguientes. Todos los integrantes de la proposición conjunta deberán cumplir con la documentación distinta a la propuesta técnica y económica.

XIII. INSTRUCCIONES AL ELABORAR Y PRESENTAR LAS PROPOSICIONES.

1. Los licitantes prepararán sus proposiciones conforme a lo establecido en esta Convocatoria y sus anexos, así como en las aclaraciones y modificaciones que, en su caso, se establezcan en la(s) Junta(s) de Aclaraciones.

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2. Los licitantes deberán presentar su proposición en forma ordenada, completa y uniforme. Asimismo toda la documentación que forme parte de su proposición deberá estar personalizada de acuerdo al presente procedimiento de contratación.

3. La entrega de las proposiciones se hará por escrito en papel membretado y original, con firma autógrafa de la persona facultada para ello, en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, la proposición deberá presentarse en un sólo sobre identificado en su parte exterior y cerrado, integrando la proposición técnica y económica.

4. La documentación Legal y Administrativa podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del

sobre que contenga la Proposición Técnica y Económica.

5. Los escritos de manifestaciones solicitadas deberán ser elaboradas conforme a los formatos

entregados por el Instituto.

6. Las proposiciones se podrán presentar preferentemente en carpetas de argollas, con separadores. El incumplimiento de esta indicación, no será motivo de descalificación, pero se considera conveniente para facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación.

7. Los licitantes deberán foliar cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto se deberán numerar de manera individual la proposición técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, no será motivo de desechamiento de la propuesta. 8. Los licitantes podrán utilizar los formatos proporcionados en esta convocatoria. Si los licitantes presentan otros formatos, éstos deberán cumplir con los requisitos solicitados.

9. Los licitantes que opten por él envío de proposiciones a través de CompraNet, deberán concluir el envío de éstas previo al evento de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnica-Económica.

10. Los licitantes que presenten su proposición a través de CompraNet, deberán presentar sus archivos en Microsoft Word, Excel o PDF según sea el caso.

11. Asimismo se hace la aclaración que, al licitante que se le adjudique el contrato, objeto del presente procedimiento de contratación y previo a la formalización del mismo, deberá rubricar en su totalidad toda la documentación que integre su proposición. XIV. DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPOSICIÓN

A continuación se relacionan los documentos y requisitos, que deben ser presentados en papel membretado del LICITANTE, para integrar la proposición técnica y económica y la distinta a éstas, la cual se entregará en sobre cerrado, como se indicó en el numeral XIII. Para su integración se deberá atender lo especificado en el Anexo 3, así como en las especificaciones generales y particulares, que forman parte de la presente convocatoria

XIV.I. ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA (LEGAL-ADMINISTRATIVA).

Los licitantes podrán presentar a su elección, dentro o fuera del sobre cerrado, la documentación distinta a la propuesta técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.

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LA-1 Copia simple del comprobante del registro a la licitación ó carta en el que el licitante manifieste su interés en participar, señalando claramente los datos de la presente licitación (Formato libre).

Para el caso de los interesados en participar a través de medios remotos de comunicación

electrónica, será requisito indispensable obtener la Convocatoria a través del Sistema CompraNet, presentando dentro de su proposición el comprobante de registro de participación a la licitación, emitido por el Sistema de Contrataciones Gubernamentales CompraNet.

LA-2 PERSONALIDAD JURÍDICA. LA-2.1 Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que el licitante manifieste, que es de nacionalidad

mexicana (según Formato FA-2.1).El no presentar este documento será motivo para desechar su proposición, en términos en lo establecido en la fracción VIII del artículo 34, así como en la fracción IX, inciso d) del Artículo 61 del Reglamento, por incumplir con las disposiciones jurídicas que los establecen.

LA-2.2 Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que cuenta con facultades

suficientes de la empresa para suscribir la proposición y para comprometerse por sí o por su representada en el acto de presentación y apertura de proposiciones (según Formato FA-2.2 conforme al Anexo LA-2.2). Anexando copia simple por ambos lados de identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal de la empresa, quien firma la proposición. El no presentar dicho escrito, será motivo para desechar la propuesta.

En el supuesto de tratarse de dos o más empresas que se agrupan para participar en esta

licitación, además, deberán anexar copia del convenio a que se refiere el artículo 47, del Reglamento. Anexando copia simple por ambos lados de identificación oficial vigente de los representantes legales. Las personas físicas presentarán copia certificada de su acta de nacimiento.

El domicilio consignado en el escrito referido será el domicilio para oír y recibir todo tipo de

notificaciones que deriven de los actos del procedimiento de la licitación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones, aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no se señale otro distinto.

La empresa adjudicada deberá presentar, previo a la firma del contrato al Instituto, para su

cotejo, original o copia certificada, así como copia simple de los documentos de la Convocatoria establecidos en el numeral XX, así como los que se le soliciten en el oficio de adjudicación, a efecto de poder elaborar y suscribir el contrato correspondiente.

LA-2.3 Original y copia de identificación oficial vigente de quien firma las proposiciones. Los licitantes

que hubieren participado a través de medios remotos de comunicación electrónica deberán utilizar el medio de comunicación electrónica previamente certificado por la S.F.P.

LA-3 DECLARACIONES BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, SEÑALADAS EN LA LEY Y

SU REGLAMENTO.

LA-3.1 Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos señalados en los artículos 51 y 78, de la Ley. Formato FA-3.1 El no presentar este documento será motivo para desechar su proposición, en términos en lo establecido en la fracción VIII del artículo 34, así como en la fracción IX, inciso a del Artículo 61 del Reglamento, en virtud de por incumplir con las disposiciones jurídicas que los establecen.

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Si de la información y documentación con que cuenta la SFP, se desprende que personas físicas o morales pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, el Instituto, se abstendrá de firmar el contrato correspondiente.

LA-3.2 Declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir

verdad, que de por sí mismos ó a través interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos del Instituto, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones ventajosas, con relación a los demás licitantes (en papel preferentemente membretado de la empresa). Formato FA-3.2.

LA-3.3 Manifestación bajo protesta de decir verdad, de que por sí mismos o por su conducto no

participan personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la S.F.P., en los términos de Ley, en Formato Libre.

En caso de no presentar el documento que se menciona en el párrafo anterior, el Instituto se abstendrá de firmar los contratos correspondientes.

LA-3.4 Escrito bajo protesta de decir verdad en el que el licitante manifieste, de acuerdo con lo que

establece la fracción VII del artículo 51 de la Ley, lo siguiente:

Que no hemos realizado, por si o a través de empresas que formen parte de nuestro grupo empresarial, en virtud de otro contrato, estudios, planes o programas para la realización de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura motivo del presente procedimiento de contratación en los que se incluyan trabajos de preparación de especificaciones de construcción, presupuesto, selección o aprobación de materiales, equipos o procesos, misma que se integra en la documentación e información que forma parte de la convocatoria objeto de la licitación. Formato Libre

El no presentar estos documentos (todos los escritos bajo protesta de decir verdad) será motivo para desechar su proposición, en términos en lo establecido en la fracción VIII del artículo 34, así como en la fracción IX, inciso b) del Artículo 61 del Reglamento, en virtud de incumplir con las disposiciones jurídicas que los establecen.

LA-4 OTROS DOCUMENTOS

LA-4.1 Copia del Registro Federal de contribuyentes emitido por la SHCP, del LICITANTE, en su caso cambio de domicilio fiscal, así como comprobante de domicilio que pueda acreditarse con: recibo telefónico, boleta de impuesto predial o contrato de arrendamiento del inmueble, así como copia de una factura vigente.

El domicilio manifestado en las hojas membretadas de su proposición deberá ser el mismo del

R.F.C. y de su factura fiscal. LA-4.2 Escrito en el que manifieste el domicilio convencional preferentemente en la Ciudad de México

así como su correo electrónico para oír y recibir todo tipo de notificaciones que deriven de los actos del procedimiento de contratación, que servirá para practicar las notificaciones, aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no se señale otro distinto, en Formato Libre.

Este domicilio puede ser independiente al domicilio fiscal del licitante.

En caso de resultar ganador de la presente Licitación y el licitante cambiare la ubicación del citado domicilio sin comunicarlo al Instituto a través de la Jefatura de Servicios Operativos, las

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subsecuentes notificaciones se harán en el lugar que se ubiquen los servicios relacionados con la obra pública contratados.

LA-4-3 El licitante deberá manifestar por escrito si la información o documentación (total o parcial) que

entregó en su proposición, es de naturaleza confidencial o no, de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en Formato Libre. Formato libre.

LA-4.4 Escrito en el que el Licitante manifieste que conoce y acepta la presente convocatoria así

como todos sus anexos. (Formato libre), incluido el modelo del contrato el cual se encuentra contenido en el Anexo 1.

LA-4.5 Entregar un escrito firmado por el Representante Legal de la empresa en el que exprese que

todos los datos e información proporcionada en la documentación distinta a la propuesta técnica y económica de su representada se encuentran vigentes a la fecha de celebración del Acto de Presentación y Entrega de Proposiciones. Formato Libre

LA-4.6 Entregar carta en la que se mencione que en caso de resultar adjudicado de contrato, se

obliga a presentar una póliza de responsabilidad civil por el 20% del monto del contrato (antes de I.V.A.) que permanecerá vigente durante el tiempo del contrato y que garantice en su totalidad la integridad de los bienes propiedad del Instituto, del personal y/o de los derechohabientes, de cualquier eventualidad que se llegará a presentar durante la prestación del servicio causada por negligencia imputable a su personal o al mismo y que pudiera causar daño personal o en sus bienes y/o a terceras personas Formato libre.

LA-4.7 Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad

con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación y las Leyes Tributarias, por lo que deberá presentar en este apartado el documento que acredite la resolución favorable expedida por el Servicio de Administración Tributaria, en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31 y la Regla 2.1.39 de la Miscelánea Fiscal para 2016 y su modificación, publicada su modificación en el D.O.F. el 23 de diciembre de 2015. En caso de que la resolución presentada no sea favorable (contenga adeudos) no será motivo de desechamiento, sin embargo, el licitante adjudicado de contrato deberá presentar previo a la firma del contrato el documento que acredite la resolución favorable o el convenio de pago celebrado con la A.D.R.

La prohibición establecida en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, no será aplicable a los licitantes que se encuentren en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, siempre que celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por servicios u obra pública que se pretendan contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en dicho artículo.

LA-4.8 Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad

Social, conforme a lo establecido en el acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR (y su anexo único), publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 27 de febrero del 2015; por lo que deberá presentar en este apartado el documento que acredite dicho cumplimiento expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social la Opinión Positiva acerca del cumplimiento de obligaciones en materia de Seguridad Social, emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

LA-4.9 Nota informativa de acuerdo a lo contenido en el Anexo 4 para personas físicas y empresas de

países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y

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firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, la cual será transcrita en papel membretado del licitante, de acuerdo al Anexo 4.

LA-4.10 Los licitantes que se encuentren dentro del régimen de MIPYMES, deberán requisitar el

Formato FA-2.3 de acuerdo al Anexo LA-2.3. El no presentar este documento será motivo para desechar su proposición, en términos en lo establecido en la fracción VIII del artículo 34, así como en la fracción IX, inciso f) del Artículo 61 del Reglamento, en virtud de incumplir con las disposiciones jurídicas que los establecen.

LA-4.11 Los licitantes podrán realizar la presentación conjunta de proposiciones, para lo cual deberán

dar estricto cumplimiento a lo indicado el numeral XII de esta Convocatoria, debiendo entregar copia simple del convenio al que se refiere dicho párrafo.

LA-4.12 Disco compacto con archivos en formato Excel (office 2007), conteniendo el catálogo

de conceptos (Formato B-8.1), el resumen por partidas, programas calendarizados (Anexos B-9.1, Formatos FB-9.1.1, FB-9.1.2, FB-9.1.3, FB-9.2, FB-9.3, FB-9.4 y FB-9.5) y explosión de insumos (Formato FB-11.1 de acuerdo al Anexo B-11.1).

XIV.II. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.

A-1 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer los sitios donde se realizarán

los trabajos y sus condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico, estar conforme de ajustarse a las leyes y reglamentos aplicables, a los términos de las bases en que se desarrollará el procedimiento de licitación, sus anexos y formatos, las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado al modelo de contrato, los proyectos arquitectónicos y de ingeniería; el haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de los trabajos que el Instituto les hubiere proporcionado, en papel membretado de su empresa. FormatoFA-6.1 de acuerdo al Anexo A-6.1

El no presentar este documento será motivo para desechar su proposición en términos de lo

establecido en la fracción VIII del artículo 34, así como el artículo 61 fracción IX inciso c del Reglamento, en virtud de incumplir con las disposiciones jurídicas que los establecen.

A-2 Descripción de la Planeación Integral del Licitante para realizar los trabajos, considerando, en su

caso, las restricciones técnicas que procedan conforme a los proyectos ejecutivos que establezca el Instituto.

Se refiere a la planeación integral propuesta por el licitante para el desarrollo y organización de los trabajos por etapas de construcción, que sea congruente con las características, complejidad y magnitud de los mismos. (Anexo. A-6.2). Se deberán tomar en cuenta los factores locales, regionales y técnicos de acuerdo a lo presentado en el formato (Anexo A-6.2).

Con relación a lo anterior, la planeación integral debe ser acorde con los trabajos a realizar, el licitante deberá describir detalladamente la forma en que tiene contemplado realizar las actividades técnico-administrativas necesarias para la ejecución de los trabajos, es decir, la planeación financiera, administrativa (incluyendo el proceso para elaboración y pago de estimaciones), y planeación técnica para la ejecución de los trabajos, considerando las partidas y conceptos de obra que integran el catálogo de conceptos (concepto, unidades de medición, volúmenes), el que deberá ser congruente con las actividades programadas en los Anexos B-9.1,

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B-9.2, B-9.3, B-9.4 y B-9.5; Formatos FB-9.1.1, FB-9.1.2, FB-9.1.3, FB-9.2, FB-9.3, FB-9.4 yF B-9.5 , así como los Anexos A-8.1, A-8.1.2, A-8.2, A-8.3 y A-8.4; Formatos FA-8.1, FA-8.1.2, FA-8.2, FA-8.3 y FA-8.4

A-3. Descripción de los Procedimientos constructivos del Licitante para la ejecución de los trabajos,

considerando, en su caso, las restricciones técnicas que procedan conforme a los proyectos ejecutivos que establezca el Instituto.

Deberá describir de manera detallada, las actividades y técnicas que utilizará para la ejecución de los trabajos. El licitante deberá demostrar que conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente; dicho procedimiento debe ser acorde con el programa de ejecución considerado en su proposición, tomando en cuenta las partidas y conceptos de obra que integran el catálogo de conceptos (concepto, unidades de medición, volúmenes), el que deberá ser congruente con las actividades programadas en los anexos B-9.1, B-9.2, B-9.3, B-9.4 y B-9.5; Formatos FB-9.1.1, FB-9.1.2, FB-9.1.3, FB-9.2, FB-9.3, FB-9.4 y F B-9.5 ., así como los Anexos A-8.1, A-8.1.2, A-8.2, A-8.3 y A-8.4; Formatos FA-8.1, FA-8.1.2, FA-8.2, FA-8.3 y FA-8.4 Teniendo la congruencia que guarde este documento, tomando en cuenta los factores locales, regionales y técnicos de acuerdo a lo presentado en el Anexo A-6.2.

Sí derivado de la revisión, se observa que los procedimientos constructivos propuestos no son congruentes con la propuesta en términos generales, no se asignarán puntos en este subrubro.

A-4. Esquema estructural de la organización (Organigrama) y Currículum de los profesionales técnicos que serán responsables de la Dirección, Administración y Ejecución de los trabajos, incluyendo lo siguiente:

Organigrama propuesto para la obra materia de esta licitación, incluyendo nombres y cargos de todo el personal técnico y administrativo relacionado directamente, el cual deberá ser congruente con el programa calendarizado solicitado en el numeral B-9.5 y con el organigrama general del licitante. Original del Currículum del Superintendente, quien será el responsable y estará al frente de la ejecución de los trabajos, en el que demuestre una experiencia de cuando menos tres años en este tipo de obras y carta-compromiso; ambos documentos deberán estar firmados por él y por el Representante Legal de la empresa licitante. En caso de resultar adjudicado del contrato; el superintendente propuesto será el que firme el contrato así como la apertura de bitácora de obra; en caso de que posterior a la fecha de la firma de dichos actos se requiera el cambio del superintendente, el nuevo superintendente propuesto deberá acreditar como mínimo la experiencia, competencia y dominio que acreditó el anterior. Adicionalmente, se deberá presentar lo siguiente respecto al Superintendente:

Anexar copia de su cédula profesional y acreditación del máximo grado de estudios, debiendo acreditar como mínimo la licenciatura en Ingeniería Civil, Ingeniero Constructor o Arquitectura; asimismo podrá comprobar grados superiores a la licenciatura.

Comprobar su capacitación en el manejo de bitácora electrónica, presentando copia de la constancia de capacitación correspondiente.

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Comprobar su experiencia en el uso de bitácora electrónica, anexando impresiones de pantallas de notas de bitácora electrónica de por lo menos tres contratos de obra pública con una antigüedad no mayor a 3 años. Comprobar capacitación en el ámbito de los trabajos objeto del presente procedimiento de contratación o en ramas afines (construcción, sistemas de impermeabilización, precios unitarios, procedimientos constructivos, etc.) con una antigüedad no mayor a 2 años.

Acreditar que cuenta con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente, anexando copia del comprobante de inscripción correspondiente.

Deberá demostrar que ha participado en obras similares, adjuntando copia de la documentación que así lo acredite, como podrá ser minutas de trabajo, generadores de obra, estimaciones, actas de entrega recepción, finiquitos de obra, notas de bitácora de obra, etc. Estos documentos deberán acreditar una experiencia de cuando menos tres años.

Residentes de obra: 2 Residentes de obra y 2 auxiliares de residente de obra, los cuales deberá proponer el licitante conforme a su programa de ejecución de los trabajos, el cual deberá ser congruente con las fechas y volúmenes a ejecutar, presentando la siguiente documentación:

Original del Currículum y cartas-compromiso del personal técnico, ambos documentos deberán estar firmados por cada uno de los profesionistas y por el Representante Legal de la empresa licitante, de acuerdo al formato FA-5.4 de acuerdo al Anexo A-5.4, incluyendo copia de la identificación oficial del citado personal (credencial para votar vigente, cédula profesional, pasaporte o cartilla del servicio militar nacional).

El personal técnico propuesto para la ejecución de los trabajos objeto de la presente convocatoria (Residentes de obra y auxiliares de residente de obra), deberá acreditar experiencia en trabajos similares a los que se refiere esta licitación, de por lo menos dos años, adjuntando copia de la documentación que así lo acredite, como podrá ser minutas de trabajo, generadores de obra, estimaciones, actas de entrega recepción, finiquitos de obra, notas de bitácora de obra.

A-5. Documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en obras con características

técnicas y magnitud similares a la de la presente convocatoria en el plazo de 5 años previos a la publicación de esta convocatoria, identificando los trabajos realizados por el licitante y su personal, en los que sea comprobable su participación; La acreditación de este rubro deberá realizarse con los siguientes documentos:

a) Currículum de la empresa donde se señale el tiempo que lleva ejecutando obras similares a

la de la presente Convocatoria.

Currículum actualizado de la empresa que incluya la relación de contratos en el plazo de 5 años previos a la publicación de esta convocatoria, solicitada en el Anexo A-5.2, dando relevancia a los que se trate de trabajos con las características, complejidad y magnitud específicas y en condiciones similares a las establecidas en la convocatoria, anotando el nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones; también deberá contener el organigrama general del licitante, así como el propuesto para la obra materia de esta licitación, incluyendo nombres y cargos de todo el personal técnico y administrativo

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relacionado directamente, el cual deberá ser congruente con los programas calendarizados solicitados en el numeral B-9.5.

b) Copia de Contratos completos y sus anexos. El licitante deberá presentar copia de los contratos completos, incluyendo sus anexos debidamente identificados, señalados en el Formato FA-5.1, debidamente suscritos por las personas que en ellos intervienen, en los que se especifique claramente que los trabajos son de características, complejidad y magnitud similares a los del objeto de la presente licitación. No serán tomados en cuenta contratos que no cumplan con este requisito. Los contratos plurianuales se considerarán por los años que abarque su vigencia.

A-6. Documentos que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio en la ejecución oportuna y

adecuada de obras de la misma naturaleza objeto de la presente Convocatoria, que hubieren sido contratadas por alguna dependencia, entidad o cualquier otra persona en el plazo de 5 años previos a la publicación de esta convocatoria.

El licitante deberá acreditar el cumplimiento de los contratos relacionados en el documento A-5 de estas bases, para lo cual deberá entregar por cada uno de los contratos presentados, alguno de los siguientes documentos en copia:

• Documento de la convocante/cliente en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva.

• Documento de la convocante/cliente con manifestación expresa sobre el cumplimiento total de las obligaciones contractuales.

• Finiquito. • Acta de extinción de derechos y obligaciones. • Escrito de la institución afianzadora en el que exprese la cancelación de la fianza

de cumplimiento, en virtud del cumplimiento de las obligaciones contractuales de la empresa.

En el supuesto de que los licitantes no hayan formalizado contratos con las dependencias y entidades, este lo manifestará por escrito en este apartado, bajo protesta de decir verdad.

A-7 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que señale las partes de los trabajos

que subcontratará, siempre y cuando lo indique la Convocatoria de la licitación. En caso contrario igualmente manifestar por escrito que no se subcontratará parte alguna. Formato FA-5.5 de acuerdo al Anexo A-5.5.

Para este caso en particular, no se permitirá la subcontratación de parte alguna o la totalidad de los trabajos, objeto de la presente licitación.

A-8 Documentos que acrediten la capacidad financiera, declaraciones fiscales y estados financieros dictaminados o no, de los últimos dos ejercicios fiscales y en caso de empresas de nueva creación, los más actualizados a la fecha de presentación de proposiciones.

En el caso de personas morales, comprobación de la capacidad financiera, con base en la copia de las dos últimas declaraciones fiscales anuales (2014 -2015), con todos sus anexos, así como el acuse de recibo de la declaración expedido por el S.A.T., y pagos parciales del ejercicio fiscal 2016 (enero – marzo), así como los correspondientes a los del presente ejercicio, conforme a las Normas de Información Financiera, emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, con sus notas relativas a los mismos por Contador Público Registrado, del

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cual se deberá anexar copia de su cédula profesional y de su registro emitido por el S.A.T. incluyendo, en su caso, las informativas por las que no se efectúa el pago.

Si se trata de una empresa de reciente creación, ésta deberá presentar los estados financieros arriba señalados, a partir del inicio de sus operaciones y los vigentes con antigüedad no mayor a dos meses en relación con la fecha de la emisión de la presente licitación.

En el caso de personas físicas, con base en la copia de las dos últimas declaraciones fiscales anuales (2014 -2015), con todos sus anexos, así como el acuse de recibo de la declaración expedido por el S.A.T., y pagos provisionales del ejercicio fiscal 2016 (enero – marzo), así como los correspondientes a los del presente ejercicio, incluyendo, en su caso, las informativas por las que no se efectúa el pago.

El Instituto verificará las razones financieras básicas mínimas tales como: la rentabilidad de la empresa (utilidad/capital social), la capacidad para pagar sus obligaciones por medio de la relación entre activo circulante y pasivo circulante, por el grado de endeudamiento. Se requiere, que el capital neto de trabajo de los licitantes obtenido de los estados financieros, sea suficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de acuerdo con el análisis e integración del costo por financiamiento. Los licitantes deberán integrar en su propuesta para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria, en el que se emita la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales, a que alude la regla 2.1.2.31 y 2.1.2.39 de la Miscelánea Fiscal para 2016, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2015. La prohibición establecida en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, no será aplicable a los licitantes que se encuentren en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, siempre que celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por servicios u obra pública que se pretendan contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en dicho artículo. Estados financieros básicos y notas relativas a los mismos con base en lo siguiente:

Estado de posición financiera (balance general),

Estado de resultados,

Razones financieras (solvencia, capital de trabajo, grado de endeudamiento y rentabilidad).

Lo anterior, conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados de los dos últimos ejercicios fiscales (2014 -2015) y los vigentes con una antigüedad no mayor a dos meses en relación con la fecha de la Convocatoria y a partir del 1° de enero del presente año, conforme a las Normas de Información Financiera, emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, con sus notas relativas a los mismos por Contador Público Registrado, del cual se deberá anexar copia de su cédula profesional y de su registro emitido por el SAT. Si se trata de una empresa de reciente creación, ésta deberá presentar los estados financieros arriba señalados, a partir del inicio de sus operaciones y los vigentes con antigüedad no mayor a dos meses en relación con la fecha de la emisión de la presente licitación.

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Dictamen de estados financieros arriba señalados para fines fiscales, incluyendo la documentación soporte completa, así como el acuse de recibo de la información expedido por el S.A.T., en el caso de estar obligado, de acuerdo a las disposiciones en el artículo 32-A, del Código Fiscal de la Federación. En el supuesto de encontrarse dentro del plazo para presentar el dictamen ante la S.H.C.P., deberá manifestarlo por escrito, acompañando al mismo, copia del aviso para presentar el dictamen respectivo. De no existir esta obligación, manifestarlo por escrito.

Estados financieros consolidados, en el supuesto que la empresa licitante posea capital social en participación con otra(s), deberá anexar una nota expresando los porcentajes de participación; si no es el caso, de igual manera, deberá manifestarlo por escrito.

A-9 Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son de su propiedad, arrendados

con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos conforme al programa presentado; tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado, con o sin opción a compra, deberá presentarse carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad;

En caso de ser rentados, deberá presentar en original, carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad, firmada y en papel membretado de los arrendadores, anexando copia de identificación oficial vigente de quien firma dicha carta y la cotización del citado arrendamiento. En caso de ser propios, presentar copia de las facturas respectivas. La información deberá ser congruente con los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, solicitada en el Formato FB-4.1.

A-10 Declaración escrita de no tener antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o de mala calidad de los trabajos o su equivalente en el extranjero en un lapso no mayor a cinco años. En caso contrario presentar una relación de las mismas. Si no se han celebrado contratos de este tipo deberá manifestarlo por escrito en papel membretado de la empresa.

Manifestar por escrito de decir verdad, en papel membretado de la empresa, si cuentan con antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o de mala calidad de los trabajos, en un lapso no mayor a cinco años. Formato Libre.

A-11 Escrito mediante el cual manifieste que en su planta laboral cuenta cuando menos con un cinco

por ciento de personas con discapacidad, cuyas altas en el Instituto Mexicano del Seguro Social se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, así como demostrar que realmente son personas con diferente capacidad, a requerimiento de la convocante; de no contar con este personal, manifestarlo por escrito Formato Libre.

A-12 Relación de materiales y equipos de instalación permanente más representativos o sus

componentes, presentando su ficha técnica indicando descripción, especificaciones técnicas y normas de calidad, con el propósito de garantizar las mejores condiciones de la calidad en la obra; Dichas características están señaladas en la descripción detallada de cada concepto del catálogo de conceptos, así como en los términos de referencia que forman parte de la presente Convocatoria.

A-13 Constancia de conocimiento de los términos de referencia y de las especificaciones

generales y particulares.

Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, de conocer y aplicar en su caso, los términos de referencia de los servicios, las especificaciones generales de construcción y particulares, las

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NORMAS DE CALIDAD de los materiales, las Leyes y los Reglamentos aplicables en la materia, en Formato Libre. Se reitera a los LICITANTES que deberán de anexar a su proposición los formatos y documentación anexa, entregada por el INSTITUTO y que forman parte de la presente Convocatoria, debidamente firmados.

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XIV.III. DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA.

B-1 CÁLCULO DE LOS SALARIOS REALES PARA CADA CATEGORÍA. B-1.1 Copia de la declaración anual de la prima del seguro de riesgo de trabajo, asignada por el IMSS, congruente con el giro motivo de este concurso, para el año inmediato anterior y copia de la última liquidación de cuotas obrero-patronales, pagada y sellada por cualquier Institución Bancaria. B-1.2 Análisis, cálculo e integración de factores de las prestaciones de Ley, de acuerdo al Formato FB-1.2, con fundamento en los artículos 45, apartado A, fracción III, 191 y 192 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. B-1.3 Análisis, cálculo e integración del salario real para cada categoría, de acuerdo al Formato FB-1.3, debiendo incluir el tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios, con fundamento en los artículos 45, Apartado A, fracción III y 190, del Reglamento. B-2 INTEGRACIÓN DE CUADRILLAS O GRUPOS DE TRABAJO. B-2.1 Análisis de los costos de cuadrillas o grupos de trabajo que intervienen en la ejecución de los trabajos, de acuerdo al Formato FB-2.1 de acuerdo al Anexo B-2.1, utilizando los salarios reales obtenidos en el numeral B-1. B-3 ANÁLISIS DE COSTOS INDIRECTOS. B-3.1 Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales, de acuerdo al Formato FB-3.1 de acuerdo al Anexo B-3.1y con fundamento en los artículos 45, Apartado A, fracción V, 211, 212 y 213 del Reglamento.

Constatar que el Licitante presente el análisis de los Costos Indirectos en lo correspondiente a la Administración de Oficinas Centrales, Administración de Oficinas de campo y los Seguros y Fianzas.

Para el cálculo de los Costos por Administración de Oficinas Centrales, el Licitante deberá consignar únicamente aquellos costos necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia encargada directamente de los trabajos.

Para el cálculo de los Costos por Administración de Oficinas de campo, deberán considerarse todos los gastos necesarios que se realicen durante el periodo de ejecución de los trabajos y que están directamente relacionados con esta obra.

Los importes correspondientes a honorarios y sueldos de los costos de administración de oficinas de campo, deberán ser congruentes con el Formato B-9.5, programa calendarizado de montos mensuales de utilización de personal técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos a costo directo; asimismo deberán ser desglosados por cargo, los cuales deberán ser congruentes con los consignados en el organigrama propuesto para la ejecución de los trabajos.

B-4 COSTOS HORARIOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN. B-4.1 Análisis, cálculo e integración del costo horario de la maquinaria y equipo de construcción, considerando la maquinaria y equipo como nuevos en costo y rendimientos, de acuerdo con el Formato FB-4.1 de acuerdo al Anexo B-4.1 y con fundamento en los artículos 45, Apartado A, fracción IV, 194,

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195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205 y 206 del Reglamento; la tasa bancaria utilizada debe ser la misma considerada para el cálculo del costo por financiamiento. B-5 ANÁLISIS DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO. B-5.1 Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento que será calculado mediante el procedimiento fundado en los artículos 45, Apartado A, fracción VI, 214, 215 y 216 del Reglamento de la Ley y de acuerdo al Formato FB-5.1 de acuerdo al Anexo B-5.1. B-5.2 Documento que muestre el indicador económico específico que se utilizará para el cálculo.

El análisis del Costo por Financiamiento deberá desarrollarse mediante el procedimiento denominado "Flujo de Efectivo", el cual considera la diferencia que resulte entre los ingresos y egresos, afectada por la tasa de interés propuesta y dividida entre el costo directo y los costos indirectos.

B-6 COSTO POR UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES. B-6.1 Análisis, cálculo e integración del costo por porcentaje de utilidad, calculado de acuerdo con los artículos 45, Apartado A, fracción VII y 219 del Reglamento, en Formato Libre.

El licitante deberá presentar el cálculo e integración del cargo por utilidad, considerando que dentro de su monto queden incluidas la ganancia que el contratista estime que deba percibir por la ejecución de los trabajos, así como las deducciones correspondientes al impuesto sobre la renta y la participación de los trabajadores en la utilidad de la empresa.

B-6.2 Manifestación por escrito, de los cargos adicionales, con fundamento en el artículo 220 del Reglamento, en Formato Libre.

El licitante deberá manifestar por escrito el valor del porcentaje de cargos adicionales que está aplicando y que fue debidamente estructurado y determinado, lo anterior será de acuerdo con lo que marca el reglamento de la Ley.

B-7 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS. B-7.1 Calculo e integración del total de los análisis de precios unitarios, de los conceptos de trabajo determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, donde se incluirán los materiales a utilizar con sus correspondientes consumos y costos, de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos y costos reales de mercado, con fundamento en los artículos 45, apartado A, fracción I, 185, 186 y 187 del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-7.1 de acuerdo al Anexo B-7.1. B-7.2 Análisis, cálculo e integración de los costos unitarios básicos de los materiales que se requieran para la ejecución de los trabajos, con fundamento en el artículo 45, fracción VIII del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-7.2 de acuerdo al Anexo B-7.2.

El Licitante, en caso de que utilice costos unitarios básicos para la estructura de sus precios unitarios, deberá presentar la relación y el análisis del total de estos. En caso de que no utilice costos unitarios básicos, deberá anotar en este anexo "no aplica".

En su caso, el Licitante presentará el análisis de los costos básicos y serán estructurados por concepto de: materiales, mano de obra, maquinaria, herramienta y equipo requerido para la ejecución de los trabajos, todos estos a costo directo.

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B-8 CATÁLOGO DE CONCEPTOS Y CANTIDADES DE OBRA. B-8.1 Catálogo de conceptos y cantidades de obra, con fundamento en el artículo 45, fracción IX del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-8.1 de acuerdo al Anexo B-8.1

Catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto y del total de la proposición. Este documento formará el presupuesto de la obra que servirá para formalizar el contrato correspondiente;

Constatar que se han cotizado todos los conceptos que integran el catálogo proporcionado, en consideración con el alcance de la obra que se concursa.

El participante podrá diseñar su propio formato del catálogo de conceptos, siempre y cuando conserve todos los elementos del catálogo de conceptos proporcionado por el Instituto; de optar por su propio formato, el catálogo que le fue entregado por el instituto, deberá ser devuelto firmado por el licitante y de no hacerlo, será motivo para desechar su proposición

B-9 PROGRAMA CALENDARIZADO DE MONTOS MENSUALES. B-9.1 Programa calendarizado de montos mensuales de ejecución general de los trabajos, por partidas y a precio unitario, representando gráficamente mediante diagrama de barras de inicio y término de cada una de ellas, indicando los importes mensuales correspondientes, con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción X del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-9.1.1 conforme al Anexo B-9.1 B-9.1.2 Programa calendarizado de montos mensuales de ejecución general de los trabajos, por cada uno de los conceptos de trabajo y a precio unitario, representando gráficamente mediante diagrama de barras de inicio y término de cada uno de ellos, indicando los importes mensuales correspondientes, con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción X del Reglamento, de acuerdo con Formato FB-9.1.2 conforme al Anexo B-9.1. B-9.1.3 Programa calendarizado de montos mensuales de ejecución general de los trabajos por cada uno de los conceptos de trabajo y a costo directo, representando gráficamente mediante diagrama de barras de inicio y término de cada uno de ellos, indicando los importes mensuales correspondientes, con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción XI del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-9.1.3 conforme al Anexo B-9.1

Verificar que la programación de los importes (a Precio Unitario) por partidas y subpartidas, y por conceptos, se encuentren dentro del plazo establecido, sean congruentes entre sí (Formatos FB-9.1.1 y FB-9.1.2); así como que el programa de ejecución de los trabajos a costo directo (Formato FB-9.1.3) sea congruente con los programas mensuales del personal técnico obrero encargado directamente de la ejecución de los trabajos (Formato B-9.2), de la maquinaria y equipo de construcción (Formato B-9.3), y de los materiales y equipo de instalación permanente (Formato B-9.4).

B-9.2 Programa calendarizado de montos mensuales de utilización del personal técnico obrero encargado directamente de la ejecución de los trabajos, a costo directo, representando gráficamente mediante diagrama de barras de cada categoría, indicando los importes mensuales correspondientes, con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción XI del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-9.2 conforme al Anexo B-9.2.

Verificar que la programación de los importes (a Costo Directo), para cada una de las categorías del personal técnico obrero encargado directamente de la ejecución de los trabajos se encuentre

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dentro del plazo establecido y sea congruente con el programa de ejecución general de los trabajos (Formato FB-9.1.3).

B-9.3 Programa calendarizado de montos mensuales de utilización de maquinaria, equipo de construcción y herramienta, a costo directo, representando gráficamente mediante diagrama de barras cada tipo de maquinaria o equipo utilizado, indicando los importes mensuales correspondientes, con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción XI del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-9.3 conforme al Anexo B-9.3.

Verificar que la programación de los importes (a Costo Directo) para cada maquinaria y equipo de construcción, se encuentre dentro del plazo establecido y sea congruente con el programa de ejecución general de los trabajos (Formato FB-9.1.3).

B-9.4 Programa calendarizado de montos mensuales de utilización de materiales y equipo de instalación permanente, a costo directo, representando gráficamente mediante diagrama de barras de cada uno de ellos, indicando los importes mensuales correspondientes, con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción XI del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB-9.4 conforme al Anexo B-9.4

Verificar que la programación de los importes (a Costo Directo) de los materiales y equipo de instalación permanente, se encuentre dentro del plazo establecido y sea congruente con el programa de ejecución general de los trabajos (Formato FB-9.1.3).

B-9.5 Programa calendarizado de montos mensuales de utilización del personal técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos, a costo directo, representando gráficamente mediante diagrama de barras de cada categoría, indicando los importes mensuales correspondientes, con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción XI del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB.9.5 conforme al Anexo B-9.5.

Verificar que la programación de los importes (a Costo Directo) para cada una de las categorías del personal técnico, administrativo y de servicio encargado de la Dirección, Administración y ejecución de los trabajos, se encuentre dentro del plazo de ejecución y que los importes presentados sean congruentes con los costos correspondientes a honorarios y sueldos, consignados en el documento B-3.1, cálculo de los costos indirectos.

Asimismo, las categorías consignadas en este documento, deberán ser congruentes con las presentadas en el organigrama propuesto para la ejecución de los trabajos.

B-10 CARTA COMPROMISO DE LA PROPOSICIÓN. B-10.1 Carta compromiso de la proposición, de acuerdo con el Formato FB-10.1 B-11 EXPLOSIÓN DE INSUMOS DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE,

DE MANO DE OBRA, DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y HERRAMIENTA. B-11.1 Explosión de insumos (materiales y equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria, equipo de construcción y herramienta) con fundamento en el artículo 45, Apartado A, fracción II del Reglamento, de acuerdo con el Formato FB.11.1 conforme al Anexo B-11.1.

Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupado por los materiales y equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, sus respectivas unidades de medición y sus importes:

a) Materiales y maquinaria y equipo de instalación permanente;

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Se verificará y evaluará que estos cumplan con la calidad de los insumos establecidos en el proyecto ejecutivo, en el catálogo de conceptos, en las especificaciones generales y en las especificaciones particulares anexas a la presente convocatoria.

El Instituto no proporcionará para la ejecución de los trabajos, materiales y/o equipos de instalación permanente.

b) Mano de obra;

Se verificara y evaluará que las especialidades y categorías del personal obrero encargado directamente de la ejecución de los trabajos garanticen el cumplimiento de la calidad de la obra objeto de la presente licitación

El Instituto evaluará que el personal administrativo, técnico y de obra sea el adecuado y suficiente para ejecutar los trabajos y que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto por el licitante, tomando en cuenta los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los trabajos y que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos

Análisis de los Costos de Cuadrillas o Grupos de Trabajo que intervienen en la ejecución de los trabajos, de acuerdo al Formato FB-2.1.

c) Maquinaria y equipo de construcción;

Se verificara y evaluará que la maquinaria y equipo de construcción propuesto para llevar a cabo la obra, garanticen el cumplimiento de la calidad de los trabajos objeto de la presente licitación. La evaluación de este subrubro se efectuará con base al Formato FA-7.1. conforme al Anexo A-7.1.

Asimismo, se verificará que sean los adecuados, necesarios y suficientes para ejecutar los trabajos objeto de la presente licitación pública y que sean congruentes con el procedimiento de construcción propuesto por el licitante y que los datos coincidan con el listado de maquinaria y equipo presentado por el licitante.

En caso de que el licitante considere en su proposición maquinaria o equipo rentados, éste presentará carta compromiso original del (los) arrendatario (s), anexando copia de identificación oficial vigente de quien firma dicha carta, en la que hará constar cuando menos, su descripción, marca, modelo, disponibilidad y ubicación física; el Instituto podrá comprobar que los datos asentados en dicha carta sean congruentes y veraces a los especificados en su relación, así mismo se reserva el derecho de verificar físicamente la existencia del mismo en la ubicación señalada por el licitante.

Asimismo, se evaluará que las características y capacidad de la maquinaria y equipo de construcción consideradas por el licitante sean las adecuadas para desarrollar el trabajo en las condiciones particulares donde deberá ejecutarse y que sean congruentes con el procedimiento de construcción propuesto por el contratista, y

Que en la maquinaria y equipo de construcción, los rendimientos de éstos sean considerados como nuevos, para lo cual se deberá apoyar en los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos.

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Análisis, cálculo e integración del costo horario de la maquinaria y equipo de construcción, considerando la maquinaria y equipo como nuevos en costo y rendimientos, de acuerdo con el Anexo FB-4.1 y con fundamento en los artículos 45, apartado A, fracción IV, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205 y 206 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas; la tasa de interés utilizada debe ser la misma considerada para el cálculo del costo por financiamiento.

El formato propuesto solamente es ilustrativo, por lo que cada Licitante deberá presentar su Costo-Horario, en función de las características propias de los equipos.

XV. CAUSAS O MOTIVOS DE DESECHAMIENTO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 31 fracciones XXIII, de la Ley y artículo 69 del Reglamento de la Ley, las proposiciones serán motivo de desechamiento por las siguientes causas:

1. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas respecto de las cuales se estableció expresamente en la presente Convocatoria de Licitación Pública Nacional Mixta, que afectan la solvencia de la proposición, así como la debida integración de su propuesta económica; cualquier error de cálculo en los documentos que integra la propuesta económica, que afecte la solvencia de la misma, será motivo de desechamiento.

2. El no poder acreditar fehacientemente la constitución y objeto social de la empresa acorde a los trabajos objeto de la licitación, así como las facultades del Representante Legal, la experiencia de la empresa y capacidad financiera.

3. La falta de información o documentos, o la presentación incompleta de los mismos que imposibiliten determinar su solvencia.

4. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas, que afecten la solvencia de la proposición conforme lo requerido en la Convocatoria.

5. Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa.

6. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 51, y 78

penúltimo párrafo, de la Ley.

7. La falta de presentación de los escritos o manifiestos señalados en la fracción VIII del artículo 34 del Reglamento.

8. La omisión o incorrecta descripción del número de licitación, fechas de inicio, de terminación de

los trabajos o denominación del objeto de la licitación, en cualquiera de los documentos presentados.

9. Cuando se compruebe que un licitante ha acordado con otro u otros de los participantes de la

misma licitación, elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

10. La presentación del análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, sin la debida

congruencia con los procedimientos constructivos, con los programas de trabajo, así como no considerar los costos vigentes de los materiales, recursos humanos y demás insumos necesarios en el momento y zona donde se llevarán a cabo los trabajos, conforme a los precios unitarios presentados.

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11. La existencia de incongruencias en los programas o entre estos y en general de la información solicitada en la Convocatoria.

12. Cuando se presenten cotizaciones en moneda extranjera.

13. Cuando incluyan documentos que presenten alteraciones, raspaduras, tachaduras,

enmendaduras o resulten apócrifos. 14. Cuando se solicite “bajo protesta de decir verdad“ y esta leyenda sea omitida en el documento

requerido. 15. Cuando el licitante incurra en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a

cualquier otro ordenamiento legal en la materia.

16. Cuando alguno de los documentos que integran las proposiciones se presente incompleto y/o o su representante no firmen cuando menos la última hoja de los documentos que integran su proposición, así como, firmados en todas sus hojas el Documento B.8.1 Catálogo de Conceptos ó los programas solicitado.

17. Que presente varias proposiciones bajo el mismo o diferentes nombres, ya sea por sí mismo o formando parte de cualquier empresa o asociación;

18. Cuando algún documento de los exigidos, no coincida con lo solicitado o presente incompleta la

documentación requerida.

19. Cuando presente más de una proposición.

20. Cuando la proposición presentada no se apegue exacta y cabalmente a lo estipulado en esta Convocatoria y/o a las especificaciones y condiciones de lo solicitado en el catálogo de conceptos, incluyendo las aclaraciones y modificaciones que en su caso, se hayan originado en la junta de aclaraciones, conforme al acta respectiva.

21. Que los precios a costo directo de los insumos propuestos por el licitante NO sean aceptables, es decir, que sean menores de forma considerable o rebasen considerablemente el presupuesto de obra elaborado previamente por la convocante.

22. Las demás que, de acuerdo a las características, magnitud y complejidad de los trabajos a

realizar, sean consideradas expresamente en la Convocatoria en la cual se establecen las bases en que se desarrollará el procedimiento de la licitación, y que sean estrictamente necesarias para la evaluación de las proposiciones o la realización de los trabajos.

23. De conformidad con el numeral 29 del Acuerdo, se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Convocante.

24. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en forma total o parcial a la presente Convocatoria, será causa de desechamiento. El Instituto se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información proporcionada por los licitantes.

25. Cuando en la evaluación de la propuesta técnica por puntos y porcentajes, se obtenga una calificación menor de 37.5 puntos.

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XVI. REVISIÓN ARITMÉTICA DE LAS PROPOSICIONES. Para la revisión aritmética de las proposiciones, se establece lo siguiente: Si el Instituto detecta en la proposición un error aritmético o de cualquier otra naturaleza que no afecte el resultado de la evaluación, podrá llevar a cabo su rectificación siempre que la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera. De existir discrepancias entre los precios unitarios consignados con número y letra, se tomarán como válidos estos últimos; si la discrepancia se presentara entre el precio unitario con letra y el obtenido mediante su análisis correspondiente, se tomará este último. En ambos casos, el Instituto, efectuará los ajustes correspondientes. Sin embargo, sí esto modifica el análisis de indirecto, de financiamiento o de cualquier otro cálculo razón de esta licitación, será motivo para desechar la propuesta.

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XVII. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. El Instituto verificará que se cumplan todas las condiciones legales, técnicas y económicas exigidas en la Convocatoria por los licitantes. Se evaluarán las proposiciones, tanto en el aspecto cuantitativo como cualitativo, comprobando que las mismas incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en la Convocatoria a la licitación. Que el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos sea factible de realizar dentro del plazo solicitado; que exista congruencia entre los programas específicos; que las características, especificaciones y calidad de los materiales sean los requeridos por el Instituto; así como el debido análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, y se cumpla con lo establecido en los artículos 38 de la Ley, 63 Fracción II, 67 Fracción II, 74 Fracción V y 257 de su Reglamento y los Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación. Por lo que la determinación y asignación de la puntuación o unidades porcentuales en los diversos rubros y subrubros, así como la valoración de su acreditación se realizara atendiendo lo establecido tanto en la Ley y su Reglamento, como en los “Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación regulados por la Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas”; contenidos en el Capítulo Segundo, sección tercera del “Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas”, publicado el 9 de septiembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación. XVIII. MECANISMOS DE EVALUACIÓN. Cuando el área convocante tenga necesidad de solicitar al licitante las aclaraciones pertinentes, o aportar información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, dicha comunicación se realizará según lo indicado por el Reglamento de la Ley, siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de su proposición.

XVIII.I. ASPECTO LEGAL Y TÉCNICO: Se comprobará que: El objeto social de la empresa sea congruente al tipo de los trabajos objeto de la presente licitación, que el Representante Legal de la empresa cuente con las facultades suficientes para suscribir la proposición, y que la persona que presente la proposición (en el caso de que no sea el Representante Legal), cuente con carta poder simple firmada por el Representante Legal para participar en los actos de la licitación a nombre de su representada. Que cada documento contenga toda la información solicitada. Que las proposiciones se encuentren foliadas y firmadas autógrafamente como se solicita en el numeral REFERENTE A LA PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN. Que los escritos solicitados con la leyenda de “bajo protesta de decir verdad“ se presenten en la forma requerida en esta Convocatoria. La correcta descripción del número de licitación, fechas de inicio y de terminación de los trabajos y denominación del objeto de la licitación. Que los documentos presentados no se presenten con tachaduras o enmendaduras.

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XVIII.II EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

En lo que respecta al aspecto técnico la convocante asignará la puntuación de conformidad con lo siguiente:

La puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por tanto, no ser desechada, será de cuando menos 37.5 de los 50 máximos que se pueden obtener en su evaluación.

En cualquiera de los subrubros, la convocante otorgará puntuación adicional a los licitantes que ofrezcan características o condiciones superiores de las obras o de aquellos aspectos solicitados al licitante considerados como mínimos indispensables, siempre y cuando ello repercuta directamente en la obtención de mejores condiciones para el Instituto.

En la propuesta técnica los rubros a considerar serán:

I.- Calidad en la obra. 15.00

a) Materiales y maquinaria y equipo de instalación permanente. 1.00 A-12

b) Mano de obra 1.00 B-1.3

c) Maquinaria y equipo de construcción 1.00 A-9

d) Esquema estructural de la organización de los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección y coordinación de los trabajos

2.50 A-4

e) Descripción de la planeación integral para la ejecución de los trabajos. Se refiere a valorar la planeación estratégica y técnicas que el licitante utilizará para la ejecución de los trabajos.

2.50 A-2

f) Programas, congruencia entre los distintos programas generales y específicos de la obra, tales como los programas de ejecución general, de utilización de mano de obra, de suministros de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, de utilización del equipo y maquinaria de construcción.

2.00 B-9.1, B-9.2, B-9.3, B-9.4 y B-

9.5

g) Descripción de los procedimientos constructivos para la ejecución de los trabajos. Se refiere a valorar las formas y técnicas que el licitante utilizará para la ejecución de los trabajos.

5.00 A-3

II.- Capacidad del licitante. 15.00

a). Capacidad de los recursos humanos

i. Experiencia en obras similares 2.40 A-4 ii. Competencia y habilidades 4.00 A-4 iii. Dominio de herramientas 1.60 A-4

b). Capacidad de recursos económicos 6.00 A-8

c). Participación de discapacitados 1.00 A-11

III.- Experiencia y Especialidad. 14.00

a). Mayor tiempo ejecutando obras similares 7.00 A-5

b). Mayor número de contratos similares 7.00 A-5

IV.- Cumplimiento de contratos y no afectación de garantías. 6.00

a). Mayor número de contratos cumplidos satisfactoriamente 6.00

A-6

I. Calidad en la obra. Este rubro tiene una puntuación de 15.00 puntos, los cuales están distribuidos en los subrubros a), b), c), d), f) y g) de la siguientes manera: Se verificarán y evaluarán las características relacionadas con las especificaciones técnicas propias de la obra objeto de la presente licitación y de los procedimientos para ejecutar la misma. Dichas características deberán ser congruentes con las señaladas en el proyecto ejecutivo, en el catálogo de conceptos, en las especificaciones generales y en las especificaciones particulares anexas a la presente convocatoria. Para ello se considerarán los siguientes subrubros:

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a. Materiales y maquinaria y equipo de instalación permanente (valor 1.00 punto).

Se verificara y evaluará que estos cumplan con la calidad de los insumos establecidos en el proyecto ejecutivo, en el catálogo de conceptos, en los términos de referencia anexas a la presente convocatoria, de acuerdo a con las fichas técnicas que anexe el licitante, con la información señalada en los numerales A-12, de no cumplir con lo solicitado no se le asignaran puntos.

b. Mano de obra. (valor 1.00 punto). Se verificara y evaluará que las especialidades y categorías del personal obrero encargado directamente de la ejecución de los trabajos garanticen el cumplimiento de la calidad de la obra objeto de la presente licitación. La evaluación de este subrubro se efectuará con base al Documento B-1.3; de no cumplir con lo solicitado, no se le asignaran puntos.

c. Maquinaria y equipo de construcción. (valor 1.00 punto). Se verificará y evaluará que la maquinaria y equipo de construcción propuesto para llevar a cabo la obra, garanticen el cumplimiento de la calidad de los trabajos objeto de la presente licitación. La evaluación de este subrubro se efectuará con base al Documento A-9, de no cumplir con lo solicitado, no se le asignarán puntos.

d. Esquema estructural de la organización de los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección y coordinación de los trabajos. (valor 2.50 puntos). Esquema estructural de la organización de los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección y coordinación de los trabajos. La evaluación de este subrubro se efectuará con base en el documento A-4 y se otorgarán 5.00 puntos; de no cumplir con lo solicitado, no se asignarán puntos.

e. Descripción de la Planeación Integral. (valor 2.50 puntos). Se verificará y evaluará que la Planeación Integral propuesta para la ejecución de la obra coincida, conforme a los proyectos ejecutivos y sea congruente con las características técnicas y magnitud de los trabajos objeto de la presente convocatoria. La evaluación de este subrubro se efectuará con base al Documento A-2; de no cumplir con lo solicitado, no se asignarán puntos.

f. Programas. (valor 2.00 puntos). Se verificara y evaluará que exista congruencia entre los distintos programas generales y específicos de la obra, tales como los programas de ejecución general, de utilización de mano de obra, de suministros de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, de utilización del equipo y maquinaria de construcción. La evaluación de este subrubro se efectuará con base en los documentos B-9.1, B-9.2, B-9.3, B-9.4 y B-9.5; de no cumplir con lo solicitado, no se le asignarán puntos.

Respecto de los programas calendarizados, se verificará que el programa de ejecución general de los trabajos sea factible de ejecutar, corresponda al plazo establecido por el Instituto, así como la congruencia de los programas específicos, de erogaciones, de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, adicionalmente a la congruencia que debe existir respecto del procedimiento constructivo a realizar. Los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización, deberán ser congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos; Los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción deberán ser congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y en el procedimiento constructivo a realizar;

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Los suministros deberán ser congruentes con el programa de ejecución general, en caso de que se requiera de equipo de instalación permanente. Los insumos propuestos por el licitante, deberán corresponder a los periodos presentados en los programas;

g. Descripción de los Procedimientos Constructivos (valor 5.00 puntos). El procedimiento constructivo descrito por el licitante, deberá demostrar que conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente; De esta forma, el procedimiento constructivo deberá ser acorde con los trabajos que se llevarán a cabo, describiendo detalladamente las formas y técnicas que utilizará para la ejecución de los trabajos. La evaluación de este subrubro se efectuará con base al Documento A-3; de no cumplir con lo solicitado, no se asignarán puntos.

II. Capacidad del licitante. Este rubro tiene una puntuación de 15.00 puntos, los cuales están distribuidos en los subrubros a), b) y c) de la siguientes manera:

Se verificará y evaluará que los recursos humanos y económicos con que cuente el licitante, le permita ejecutar la obra en el tiempo requerido en la convocatoria, para que el licitante pueda cumplir con las obligaciones previstas en el contrato. Para ello se considerarán los siguientes subrubros:

a. Capacidad de los recursos humanos. (valor 8.00 puntos). La convocante tomará en cuenta para la evaluación de este rubro, los niveles de preparación del responsable de grupo de trabajo (Superintendente de obra), analizando los siguientes aspectos:

i. Experiencia en obras de la misma naturaleza del objeto del presente procedimiento de contratación. La evaluación de este subrubro se efectuará con base en el Documento A-4 y la máxima puntuación a obtener será de 2.40 puntos, al que presente mayor número de años de experiencia en obras de la misma naturaleza del objeto de la presente Licitación, tomando como mínimo 3 años y como máximo 10 años y al resto de los licitantes, se les asignará puntuación de manera proporcional al número de años que acreditó tener. Si la persona propuesta como Superintendente no demuestra tener al menos 3 años de experiencia en trabajos similares a los del objeto de la presente Licitación, no se asignará puntos.

ii. Competencia o habilidad en el trabajo de acuerdo a sus conocimientos académicos o profesionales. La evaluación de este subrubro se efectuará con base en el Documento A-4; cuando compruebe Licenciatura en Ingeniería Civil, Ingeniero Constructor, Arquitectura o áreas afines, reconocidos por la S.E.P., se asignarán 3 puntos; si comprueba que tiene grados superiores a la Licenciatura (Maestría(s) o Doctorado(s) concluidos), se asignará 1 punto adicional. Si no demuestra al menos tener la Licenciatura en algunas de las ramas afines, no se asignarán puntos.

iii. Dominio de herramientas relacionadas con la obra a ejecutar. La evaluación de este subrubro se efectuará con base en el Documento A-4 y se le asignará 1.60 puntos al que demuestre documentalmente que cuenta con por lo menos una capacitación en el ámbito de los trabajos objeto del presente procedimiento de contratación o en ramas afines (construcción, sistemas de impermeabilización, precios unitarios, procedimientos constructivos, etc.) con una antigüedad no mayor a 2 años y que demuestre que cuenta con dominio en el manejo de bitácora electrónica por lo menos en 3 contratos de obra pública que no excedan de 3 años de antigüedad. En caso de no acreditar lo solicitado, no se asignarán puntos.

b. Capacidad de los Recursos Económicos. (valor 6.00 puntos).

Se verificará y evaluará que los recursos económicos del licitante manifestados en los documentos que acrediten su capacidad financiera, tales como declaraciones fiscales, estados financieros dictaminados o

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no de los últimos dos ejercicios fiscales, o en caso de empresas de nueva creación, los más actualizados a la fecha de presentación de la proposición. De acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos, se verificará:

Que el capital de trabajo del licitante cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos

primeros meses de ejecución de los trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en

su análisis financiero presentado;

Que el licitante tenga capacidad para pagar sus obligaciones, y

El grado en que el licitante depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa.

La evaluación de este subrubro se efectuará con base al Documento A-8 y se le asignarán 6 puntos.

c. Participación de discapacitados. (valor 1.00 puntos). Al licitante que cuente con trabajadores con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, se le asignará 1.00 punto. En caso de no acreditar lo solicitado en el numeral A-11, no se asignarán puntos.

III. Experiencia y especialidad del licitante. Este rubro tiene una puntuación de 14.00 puntos, los cuales están distribuidos en los subrubros a) y b) de la siguientes manera: Se verificará y comprobará que el licitante haya ejecutado obras de la misma naturaleza de la que es objeto del presente procedimiento de contratación a través de los contratos o cualquier otro documento que presente y que hayan suscrito o tengan adjudicados con anterioridad a la fecha de la convocatoria. Asimismo se valorará si las obras que ha venido ejecutando el licitante, corresponden a las características, complejidad y magnitud específicas y a los volúmenes y condiciones similares a las requeridas en la presente convocatoria. Para ello se considerarán los siguientes subrubros: a) Experiencia. Se verificará y cuantificará la experiencia en años del licitante en obras con características técnicas y magnitud, similares a la de la presente convocatoria en el plazo de 5 años previos a la publicación de esta convocatoria y se tomará en cuenta el tiempo en que el licitante ha ejecutado obras de la misma naturaleza de la que es objeto del presente procedimiento de contratación. La evaluación de este subrubro se efectuará con base al Documento A-5 y se asignarán hasta 7.00 puntos como máximo. En caso de que el licitante no acredite una experiencia mínima de un año, no se asignarán puntos. b) En la especialidad. Se verificará y cuantificará el mayor número de contratos o documentos con los cuales el licitante puede acreditar que ha ejecutado obras con las características, complejidad y magnitud específicas y en condiciones similares a las establecidas en esta convocatoria en el plazo de 5 años previos a la publicación de esta convocatoria, en los que sea comprobable su participación. La evaluación de este subrubro se efectuará con base en el numeral A-5, y se asignarán hasta 7.00 puntos como máximo. En caso de que el licitante no acredite su participación en por lo menos un contrato, no se asignarán puntos. El Instituto asignará la máxima puntuación, al licitante que haya acreditado el mayor número de años de experiencia y presente el mayor número de contratos o documentos que acrediten su experiencia y especialidad. A partir de este máximo asignado, se efectuará un reparto proporcional de puntuación entre el resto de los licitantes, en razón de los años de experiencia y del número de contratos o documentos presentados respecto de la especialidad.

En caso de que dos o más licitantes acrediten el mismo número de años de experiencia y presenten el mismo número de contratos o documentos para la especialidad, el Instituto dará la misma puntuación a los licitantes que se encuentren en este supuesto;

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IV. Cumplimiento de contratos. Este rubro tiene una puntuación de 6.00 puntos, de acuerdo con lo siguiente: Documentos que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio en la ejecución oportuna y adecuada de los contratos señalados en la relación de contratos del documento A-5 de estas bases.

Para acreditar este rubro, los licitantes deberán anexar copia del o los documentos en los que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva, la manifestación expresa de la contratante sobre el cumplimiento total de las obligaciones contractuales, el acta de extinción de derechos y obligaciones o cualquier otro documento con el que se corrobore dicho cumplimiento. Se asignará la mayor puntuación al licitante que demuestre documentalmente tener más contratos cumplidos satisfactoriamente en términos del Reglamento de la Ley, a partir del mínimo establecido por el Instituto y al resto de los licitantes se les asignará puntuación de manera proporcional al número de contratos que acreditó haber cumplido. La evaluación de este subrubro se efectuará con base al numeral A-6 y se le asignarán 6.00 puntos. En caso de no presentar el mínimo de contratos requeridos, no se asignarán puntos. En caso de que dos o más licitantes presenten el mismo número de contratos o documentos para acreditar el cumplimiento de contratos, se dará la misma puntuación a los licitantes que se encuentren en este supuesto; La convocante deberá consultar en CompraNet el registro único de contratistas, para verificar la información presentada por los licitantes para cumplir los rubros señalados en los incisos III) y IV). En caso de existir discrepancias en la información, la convocante no tomará en cuenta para el otorgamiento de puntuación o unidades porcentuales, los documentos presentados por el licitante que contengan dichas discrepancias.

XVIII.I.II EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La puntuación máxima a obtener en la propuesta económica, será de 50 puntos, los cuales se desglosan de la siguiente manera:

a) Precio. Se asignarán 40 puntos a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas y que no presente algún error de cálculo que afecte la solvencia de la propuesta. Para evaluar este rubro, se excluirá del precio ofertado por el licitante el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto.

Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan al precio ofertado por cada licitante, la convocante aplicará la siguiente fórmula:

PPAj = 40(PSPMB/PPj) Para toda j = 1, 2,…..,n

Donde:

PPAj = Puntuación o unidades Porcentuales a Asignar a la proposición “j” por el precio ofertado;

PSPMB = Proposición Solvente cuyo Precio es el Más Bajo;

PPj = Precio de la Proposición “j”, y

El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación.

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b) Financiamiento. Se asignarán 10 puntos a la propuesta que resulte ser la más baja en costos de financiamiento de las técnicamente aceptadas y que no presente algún error de cálculo que afecte la solvencia de la propuesta.

Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan al financiamiento por cada licitante, la convocante aplicará la siguiente fórmula:

PFAj = 10(PSFMB/FPj) Para toda j = 1, 2,…..,n

Donde:

PFAj = Puntuación o unidades porcentuales que por Financiamiento se Asignan a la proposición “j”;

PSFMB = Proposición Solvente cuyo Financiamiento es el Más Bajo;

FPj = Financiamiento de la Proposición “j”, y

El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. A efecto de determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica por cada licitante, cuando se consideren los dos rubros a que se refieren los incisos a) y b) de esta fracción, la convocante aplicará la siguiente fórmula:

TPE = PPAj + PFA Para toda j = 1, 2,…..,n

Donde:

TPE = Total de Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la propuesta Económica; PPAj = Puntuación o unidades porcentuales por Precio Asignados a la proposición “j”; PFAj = Puntuación o unidades porcentuales por Financiamiento Asignados a la proposición “j”, y

El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación;

Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula:

PTj = TPT + TPE Para toda j = 1, 2,…..,n

Donde:

PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición;

TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignadas a la propuesta Técnica;

TPE = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignadas a la propuesta Económica, y

El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación.

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XVIII.III ASPECTO ECONÓMICO De conformidad con el artículo 45 del Reglamento de la Ley, se constatará que las proposiciones recibidas en el acto de apertura incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en la Convocatoria de la licitación.

1) Para tales efectos, el Instituto Verificará

a) Que cada documento contenga toda la información solicitada. b) Que los precios a costo directo de los insumos propuestos por el licitante sean aceptables,

es decir, que sean menores, iguales o no rebasen considerablemente el presupuesto de obra elaborado previamente por la convocante. Dicho presupuesto deberá considerar las condiciones vigentes en el mercado nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, considerando los precios de manera individual o cómo inciden en su totalidad en la propuesta económica.

2) Del presupuesto de obra

a) Se verificará que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el

importe del precio unitario; b) Se verificará que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra,

los cuales deberán ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho análisis.

c) Se verificará que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes por parte del Instituto. El monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones;

3) Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo

con lo establecido en el Reglamento, revisando:

a) Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales;

b) Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción;

c) Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado;

d) Que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores de salario real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto en el Reglamento;

e) Que el cargo por el uso de herramienta menor se encuentre incluido, bastando para tal efecto que se haya determinado aplicando un porcentaje sobre el monto de la mano de obra requerida para la ejecución del concepto de trabajo de que se trate, y

f) Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados;

4) Que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo

previsto en el Reglamento; además se considerará:

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a) Que los costos de los materiales considerados por el licitante sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en esta Convocatoria.

b) Que los costos de la mano de obra considerados por el licitante sean congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos, y

c) Que los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde se realizarán los trabajos;

5) Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo

previsto en el Reglamento, debiendo además considerar:

a) Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo;

b) Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del licitante, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra,

c) Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a esta Convocatoria, deba pagarse aplicando un precio unitario específico, y

d) Que se considere dentro del cálculo de los costos indirectos, el impuesto del 3.0 % sobre nómina del Ciudad de México sobre trabajos remunerados de mano de obra.

6) Que el análisis, cálculo e integración del costo financiero se haya determinado considerando lo siguiente:

a) Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los

costos directos e indirectos

b) Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico;

c) Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales, y

d) Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante sea congruente con lo que se establece en esta Convocatoria.

e) Que el cargo por utilidad fijado por el licitante se encuentre de acuerdo a lo previsto en el Reglamento;

f) Cargos adicionales

g) Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la

integran, y h) Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y

maquinaria y equipo de construcción y de instalación permanente, sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos.

XVIII.IV RENDIMIENTOS DE MANO DE OBRA

Respecto de los análisis de conceptos de trabajo, el Instituto, verificará que la mano de obra propuesta por el licitante cumpla con los requisitos señalados en la Convocatoria de la licitación, así como la

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congruencia que deberá existir entre los rendimientos para jornadas de 8 hrs., proceso constructivo, características ambientales de la zona y los programas de ejecución, así como el que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida. Así mismo, el Instituto, para efectos de evaluar que los rendimientos considerados por el licitante se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto, realizará una comparativa de los rendimientos presentados por el licitante, respecto de los registrados por empresas consultoras de reconocido prestigio nacional, así como de los empleados por el propio Instituto, en la elaboración del presupuesto base respectivo.

XVIII.V PRECIOS BÁSICOS DE ADQUISICIÓN DE MATERIALES Respecto de la integración de los precios unitarios, el Instituto, verificará que los materiales propuestos por el licitante cumplan con las especificaciones señaladas en el catálogo de conceptos.

XVIII.VI PRECIOS BÁSICOS DE MANO DE OBRA Respecto de los salarios nominales por categoría, el Instituto verificará que los costos de la mano de obra considerados por el licitante, sean acordes a los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos. El Instituto, evaluará que dicho aspecto se cumpla para las categorías que intervienen en su proposición, efectuando una comparativa entre los salarios propuestos por el licitante y los del Instituto, o en su defecto, contra los recomendados por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, la Cámara Nacional de Empresas de Consultoría o del Colegio de Ingenieros Civiles de México.

XVIII.VII PROGRAMAS Y MONTOS MENSUALES DE OBRA. Respecto de los programas calendarizados de montos mensuales, se verificará que el programa de ejecución general de los trabajos sea factible de ejecutar, corresponda al plazo establecido por el Instituto, así como la congruencia de los programas específicos, de erogaciones de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción; con este último, y a su vez con los consumos y rendimientos considerados por el licitante en sus análisis de precios unitarios, adicionalmente a la congruencia que debe existir respecto del procedimiento constructivo a realizar, y cuando se requiera de equipo de instalación permanente, deberá considerarse que los suministros sean congruentes con el programa de ejecución general.

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XVIII.VIII CONFORMACIÓN DE LAS MATRICES El Instituto, constatará que los análisis de precios unitarios contengan correctamente la descripción completa del concepto a ejecutar, considerando los materiales puestos en el sitio de los trabajos, congruentes y a precio de mercado, todos los insumos necesarios y suficientes para la correcta ejecución de los trabajos incluidos en el catálogo de conceptos que forma parte integrante de la presente convocatoria, los cuales deberán ser acordes con lo indicado en los términos de referencia, la mano de obra representada a salarios reales según la zona, la herramienta, el equipo, la maquinaria, los indirectos, el financiamiento, la utilidad, los cargos adicionales y la seguridad e higiene, que sea acorde a los trabajos por realizar, Para estar en posibilidad de realizar lo anterior, el licitante deberá presentar las matrices de precio unitario con la clavé, la unidad y la descripción (aún cuando sea un subíndice), de acuerdo con el Catálogo de Conceptos proporcionado por el Instituto. Únicamente las proposiciones que satisfagan todos los aspectos anteriores, se calificarán como solventes y por lo tanto, sólo éstas serán objeto del análisis comparativo. Para efectos de que los licitantes presenten sus proposiciones, se proporcionan los formatos para la conformación de su proposición, mismos que forman parte de la presente Convocatoria: Los formatos de referencia se complementarán con el resto de los documentos y formatos libres solicitados, así como con los anexos de esta Convocatoria XIX. PRECIOS UNITARIOS El precio unitario se estructurará con los costos directos, indirectos, el financiamiento, el cargo por utilidad y los cargos adicionales. En el análisis de los precios unitarios deberán considerarse los materiales puestos en el sitio de los trabajos, congruentes y a precio de mercado, considerando todos los insumos necesarios y suficientes para la correcta ejecución de los trabajos incluidos en el catálogo de conceptos que forma parte integrante de la presente convocatoria, los cuales deberán ser acordes con lo indicado en los términos de referencia, la mano de obra representada a salarios reales según la zona, la herramienta, el equipo, la maquinaria, los indirectos, el financiamiento, la utilidad, los cargos adicionales y la seguridad e higiene, que sea acorde a los trabajos por realizar. Los licitantes, deberán presentar la totalidad de los análisis de precios unitarios firmados autógrafamente por el Representante Legal de la empresa debidamente ordenados por área y/o partidas, para todos y cada uno de los conceptos que integran el catálogo, aún en el caso de conceptos repetidos para las diferentes áreas o etapas que conforman los trabajos objeto de la presente licitación. La omisión de alguno de los análisis de los precios unitarios solicitados, será motivo para desechar su proposición. Los análisis de precios unitarios (matrices), deberán contener la clave, el enunciado completo del concepto y la unidad. Estos deberán ser idénticos a los del catálogo de conceptos del Instituto. El no presentarlos de esta forma, será motivo para desechar su proposición. Los licitantes para sus análisis de precios unitarios, deberán tomar en cuenta los diversos factores que puedan presentarse durante el transcurso de la obra (horarios, tráfico, condiciones climatológicas, etc.) y que pudieran afectar el cumplimiento en el plazo de ejecución de los trabajos, por lo que en su proposición deberán considerar los salarios de mercado de manera que garanticen la correcta ejecución de los trabajos.

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Los licitantes deberán tomar en cuenta como cargo adicional el cinco al millar que se destina a la S.F.P. dentro del análisis de precios unitarios. Se podrá realizar en forma electrónica el pago de derechos por dicho concepto. Para realizar de manera electrónica el entero de retenciones efectuadas a contratistas de obra pública, se debe obtener el formato “Hoja de Ayuda” de manera gratuita a través de la página web de la S.F.P. Una vez capturada la información, podrá imprimir el formato y efectuar el pago mediante estas dos opciones:

1) En ventanilla bancaria: entregue el formato de “Hoja de Ayuda” en la ventanilla del banco de su preferencia, en donde se elaborará un recibo con sello digital como comprobante del pago.

2) En Internet: efectúe el pago electrónico mediante transferencia en cualquiera de los bancos

autorizados del que sea cliente, se mostrará en pantalla el recibo con sello digital; mismo que deberá imprimir, ya que este será su comprobante de pago.

Los precios unitarios así obtenidos, deberán ser los que se utilicen para integrar la proposición económica. XX. ESPECIFICACIONES Y ALCANCES En la ejecución de los trabajos de obra, se vigilará la aplicación de las especificaciones particulares y generales vigentes, editadas por el Instituto, especial cuidado se prestará al cumplimiento de las normas de calidad, además, se vigilará que éstas se realicen de acuerdo al proyecto, con la calidad debida, en el tiempo señalado, el importe contratado y la seguridad requerida. El Instituto en caso de considerarlo necesario, efectuará pruebas de calidad a los trabajos conforme se concluyan. En caso de que se determine que los trabajos no cumplen con la calidad contratada, se aplicará la deductiva en la estimación de pago correspondiente, o bien no se reconocerán dichos trabajos como terminados; para este caso, el costo de la prueba de calidad será por cuenta y a cargo del contratista. Para el caso de que la prueba de calidad realizada arroje como resultado que los trabajos sí se efectuaron con la calidad contratada, El Instituto reconocerá el costo de la prueba solicitada como concepto extraordinario. Los riesgos, la conservación y la limpieza de los trabajos, durante el periodo de ejecución y hasta el momento de su entrega al Instituto, serán responsabilidad del contratista. XXI. CANCELACIÓN DE LICITACIÓN Y LICITACIÓN DESIERTA. Cancelación de la licitación: El Instituto podrá cancelar el procedimiento por caso fortuito o causa de fuerza mayor, o cuándo existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al propio Instituto. En este supuesto, el Instituto precisará el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Séptimo Capítulo Primero de la Ley. Licitación desierta: Se declarará desierto el procedimiento de Licitación, Además de los supuestos previstos en el artículo 40, de la Ley cuando:

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No se reciba proposición alguna en el acto de presentación y apertura de proposiciones. De las proposiciones recibidas ninguna resultare solvente, La proposición solvente más baja rebase el presupuesto asignado por el Instituto, para la obra que se licita. Lo anterior, conforme a lo dispuesto por el Titulo Segundo, Capitulo Primero, Sección VI del Reglamento de la Ley. XXII. MECANISMOS DE ADJUDICACIÓN. Una vez concluido el proceso de evaluación de las proposiciones recibidas, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en la Convocatoria de la licitación, el Instituto, determinará cuales de ellas cumplen con todos los requisitos, considerando entonces a dichas proposiciones como solventes, de acuerdo a lo establecido en el numeral noveno del artículo segundo de los lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación. Al finalizar la evaluación de las proposiciones, el Instituto, adjudicará el contrato conforme a los criterios de evaluación que establece la Convocatoria de la licitación, a lo dispuesto por la Ley, su Reglamento, y el numeral SEXTO de lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación al licitante cuya proposición reúna la mayor puntuación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria de la Licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. En caso de empate entre los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes, éste se resolverá en términos del penúltimo párrafo del artículo 38 de la Ley. Si no fuere factible resolver el empate en los términos del citado artículo, la adjudicación del contrato se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada licitante empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los licitantes que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, conforme a lo dispuesto en los párrafos primero fracción II y segundo del artículo 67 del Reglamento de la Ley. XXIII. CONSIDERACIONES GENERALES. Cuando el Instituto, no cuente con elementos para valorar alguno de los criterios o rubros mencionados, estos no aplicarán para la adjudicación y los puntos que les corresponderían no se consideraran Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquél cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en

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la Convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas. El instituto realizará la adjudicación del contrato al licitante cuya proposición haya obtenido el mayor puntaje. XXIV. FALLO DE LA LICITACIÓN. Al finalizar la evaluación de las proposiciones el Instituto emitirá el fallo de la licitación, en el que se hará constar, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas y que servirá como base para la adjudicación del contrato. El fallo se dará a conocer en junta pública el día, lugar y hora indicados en el acta de presentación y apertura de proposiciones. El contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet, el mismo día que se emita. De conformidad a lo señalado en el párrafo quinto del artículo 39 de la Ley, con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el mismo. Cuando se advierta que en el fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por el Instituto, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y siempre que el contrato no se hubiere firmado se procederá a su corrección, mediante acta administrativa en la que se harán constar los motivos que lo originaron y a las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los licitantes que participaron en el procedimiento de contratación. Las proposiciones desechadas durante la licitación pública, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos el Instituto, podrá proceder a su devolución o destrucción. No obstante, las proposiciones solventes que hayan sido sujetas de la aplicación de los criterios de adjudicación previstas en esta Convocatoria, serán las únicas que no podrán devolverse o destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes del Instituto, quedando sujetas a las disposiciones correspondientes a la guarda, custodia y disposición final de los expedientes, y demás aplicables, así como a las previstas en el artículo 74, de la Ley. Como parte de la política de transparencia, se le solicita al licitante llene y entregue la “Encuesta de transparencia del procedimiento”, al finalizar el acto de fallo. De conformidad con el Anexo 5. XXV. CONTRATO Y FIANZA DE CUMPLIMIENTO. En el evento celebrado para dar a conocer el Fallo (acto de Fallo) se dará a conocer la fecha, hora y lugar para la firma del Contrato, el representante legal del licitante que haya resultado ganador, deberá presentarse a firmar el mismo en las oficinas que ocupa el Departamento de Control de Avance de Obras y Servicios, cuyo modelo se incluye como Anexo N° 1, el cual se ajustará a lo establecido en la presente Convocatoria, a las aclaraciones y modificaciones a la misma que se deriven de la Junta de Aclaraciones El licitante que resulte adjudicado deberá presentar dentro de los 10 días naturales siguientes a la notificación del Fallo, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación y las Leyes Tributarias, por lo que deberá presentar previo a la firma

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del contrato el documento que acredite la opinión favorable expedida por el Servicio de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en la Regla 2.1.27 y 2.1.35 de la Resolución Miselanea Fiscal para 2015, conforme a lo anterior, el contribuyente con quien se vaya a celebrar el contrato deberá solicitar a las autoridades fiscales del S.A.T. la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto. En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la prestación de servicios que se pretende contratar, la opinión la emitirá la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándolo al portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago. Tratándose de las proposiciones conjuntas previstas en el artículo 36 párrafo segundo de la Ley, los licitantes que resulten con adjudicación a su favor, deberán presentar el acuse de recepción a que se hace referencia en el primer párrafo, por cada uno de los obligados en dicha proposición. Si el licitante ganador no firmare el contrato, por causas imputables a él, dentro del plazo señalado en la presente Convocatoria, el Instituto, dará vista en términos de lo establecido en el artículo 78 de la Ley y podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato de obra al licitante que haya presentado la proposición solvente que hubiere quedado en segundo lugar, y así sucesivamente en caso de que aquél no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiera sido ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento). Se entenderá que es imputable al licitante que resulte con adjudicación a su favor, si éste no cumple con la documentación solicitada en el presente numeral, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 47 párrafo segundo de la Ley. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado en su cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción II, del artículo 48, de la Ley. El licitante que resulte adjudicado, deberá presentarse el día hábil siguiente de haberse emitido el fallo, en la Jefatura de Servicios Operativos de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento en horario de las 10:00 a las 14:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas, presentando la siguiente documentación: 1) Exhibir original o copia certificada para cotejo y entregar copia simple para archivo del acta constitutiva de la empresa conteniendo la inscripción del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, así como todas las modificaciones existentes, en el caso de personas físicas acta de nacimiento. 2) Exhibir original o copia certificada del testimonio notarial del poder general para actos de administración y/o dominio de quien suscribirá el contrato y entregar copia simple. 3) Exhibir identificación oficial vigente del Representante Legal o de quien suscriba el contrato (pasaporte, cedula profesional, cartilla del servicio militar nacional o credencial para votar) y entregar copia simple. 4) Exhibir original de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes y entregar copia simple, así como todas las modificaciones existentes respecto al cambio de domicilio. El contratista, deberá garantizar el cumplimiento del contrato y ésta deberá constituirse a favor del Instituto, en moneda nacional por un importe total del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, mediante fianza expedida por una institución legalmente autorizada, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 91, de su Reglamento, la cual deberá ser entregada a el Instituto, invariablemente dentro de los 10 días naturales después de la notificación del Fallo y con anterioridad a la firma del contrato.

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Cuando la proposición ganadora de la licitación haya sido presentada en forma conjunta, la fianza para garantizar el cumplimiento del contrato deberá indicar claramente como Fiado a todos y cada uno de los interesados que decidieron agruparse para presentar la proposición conjunta. Esta garantía deberá entregarse en la Jefatura de Servicios Operativos de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, ubicada en Avenida San Fernando Núm. 547 edificio “D”, planta baja, Colonia Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, Código Postal 14070, Ciudad de México.

Garantía de cumplimiento, deberá contener los siguientes requisitos:

A. Que la afianzadora, en ejercicio de la autorización que le otorgó el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de los artículos 11, 12, 36 y 47, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye en fiadora por la suma de $___,___.__ (________________________ __/100 M.N.), para el ejercicio fiscal 2016, sin incluir el I.V.A.

B. Ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la

presente fianza se otorga para garantizar por la empresa “_________________________________________”, con Registro Federal de Contribuyentes número __________________, señala como domicilio para todos los efectos legales del presente contrato el ubicado en ___________ número ___ , Colonia __________, Delegación _____________, Código Postal ______, Ciudad de México, todas y cada una de las obligaciones establecidas en el contrato número DA/CM/___/16, de fecha __ de ______ de 2016, derivado del procedimiento de la Licitación Pública Nacional Mixta número LO-019GYN010-E27-2016, celebrado con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, relativo a los trabajos de:

“ Conservación, Mantenimiento y Rehabilitación a los Sistemas de Impermeabilización de los Inmuebles ubicados en los Conjuntos San Fernando Nos. 547, 12 y Buenavista, la Escuela de Dietética y Nutrición y de los Edificios Administrativos “ISSSTE Emergencias”, Dinamarca No. 79 Y Río Rhin No. 3, todos en la Ciudad de México, por un importe sin IVA de $___________ (____________________________ __/100 M.N.), y un importe total con IVA de $___________ (_________________________ __/100 M.N.), con una vigencia de __ de ________ al __ de ________ de 2016.

La afianzadora, acepta expresamente:

I. La póliza de la fianza deberá contener, como mínimo, las siguientes previsiones:

a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;

b) Que para cancelar la fianza será requisito contar con el acta administrativa de extinción de derechos y obligaciones, o bien, el finiquito y, en caso de existir saldos a cargo del contratista, la liquidación correspondiente;

c) En el caso de la fianza que se constituya como garantía a la que alude el artículo 66 de la

Ley, el contratista deberá presentar a la afianzadora el acta de recepción física de los trabajos después de transcurrido el plazo a que alude el artículo 95 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De presentarse el supuesto a que se refiere el artículo 96 del Reglamento, el contratista presentará ante la afianzadora una manifestación expresa y por escrito de la dependencia o entidad en la que señale su conformidad para cancelar la fianza;

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d) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y

e) En caso de hacerse exigible la fianza, la Institución Afianzadora se someterá expresamente

a la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución en los artículos 279, 280, y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, o bien, a través del artículo 63 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Asimismo, la Institución Afianzadora otorga su consentimiento liso llano en lo referente al artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en caso de que “EL INSTITUTO” decida otorgarle prorrogas y/o esperas a “EL CONTRATISTA”.

II. En caso de la celebración de convenios para ampliar el monto o el plazo de ejecución del

contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza;

III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo de “EL CONTRATISTA” y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, “EL INSTITUTO” deberán cancelar la fianza respectiva.

IV. Cuando se requiera hacer efectiva la fianza, “EL INSTITUTO” deberá remitir a la

Tesorería de la Federación, dentro del plazo a que hace referencia el artículo 143 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, la solicitud donde se precise la información necesaria para identificar la obligación o crédito que se garantiza y los sujetos que se vinculan con la fianza, debiendo acompañar los documentos que soporten y justifiquen el cobro, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 279, 280, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para el Cobro de Fianzas Otorgadas a Favor de la Federación, de la Ciudad de México, de los Estados y de los Municipios, Distintas de las que Garantizan Obligaciones Fiscales Federales a cargo de Terceros, tratándose de entidades la solicitud se remitirá al área correspondiente de la propia entidad.

En caso de incremento al monto del contrato o modificación al plazo “EL CONTRATISTA”, se obliga a entregar a “EL INSTITUTO”, en el momento de la firma del convenio respectivo, fianza adicional o el endoso correspondiente, debiendo contener el documento la estipulación de que es conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada originalmente. De conformidad con los artículos 31 fracciones XXIV y XXV y 46 fracción IX, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 77 primer párrafo del Reglamento de la citada Ley, “EL INSTITUTO”, determinará que las obligaciones contractuales resultan indivisibles y en consecuencia en este supuesto la garantía se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas. Las modificaciones a las fianzas deberán formalizarse con la participación que corresponda a la Afianzadora, en términos de las disposiciones aplicables. XXVI. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL El contratista adjudicado de contrato deberá de entregar al Instituto dentro de los 10 días naturales siguientes a la notificación del fallo, póliza de seguro contratada por el 20% del monto del importe total del contrato (sin considerar el IVA) ésta deberá constituirse a favor de “EL INSTITUTO”, misma que deberá cubrir el riesgo por responsabilidad civil por daños a bienes muebles e inmuebles y a terceros, además deberá contener la descripción del objeto del contrato y número de contrato, la cual estará vigente durante el periodo del contrato.

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En el caso de que el contratista adjudicado presente una póliza de responsabilidad civil en la cual no se especifique que la misma no cubre los riesgos por responsabilidad civil por daños a bienes muebles e inmuebles y a terceros derivados del contrato adjudicado, deberá presentar carta o extensión de la póliza referida emitida por la misma aseguradora a favor del Instituto, en la que se especifique el número de contrato, la entidad y el monto que cubre, en términos de lo señalado en el párrafo que antecede. XXVI. GARANTIA DE VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD QUE

RESULTE A CARGO DEL CONTRATISTA Concluidos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley, quedará obligado a responder de los defectos que resultaran en los mismos, de los vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal. Para garantizar por un plazo de doce meses a partir de la recepción de los trabajos, el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección, podrá constituir fianza por el equivalente al 10% del monto total ejercido. Quedarán a salvo los derechos de la contratante para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme a este punto. La vigencia de esta garantía será a partir de la fecha de la recepción física de los trabajos a entera satisfacción de la contratante y si durante los doce meses no surgió una responsabilidad a cargo del contratista, podrá ser liberada, de conformidad con el artículo 95 del Reglamento. La cancelación de la fianza será a solicitud expresa y por escrito del contratista al Instituto. XXVII. BITÁCORA ELECTRÓNICA (BEOP) El uso de la bitácora electrónica es obligatorio en el contrato adjudicado en esta Convocatoria, de conformidad con el Acuerdo publicado en el D.O.F. de fecha 09 de septiembre de 2009, motivo por el cual se deberá considerar que dicha bitácora electrónica forma parte del contrato y su uso deberá apegarse a lo establecido en la Ley, su Reglamento, así como el citado Acuerdo. XXVII. RELACIONES LABORALES El contratista como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia del contrato, será el único responsable de las obligaciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. El contratista conviene por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra el Instituto, en relación con la obra materia de éste contrato. En el evento de que los trabajadores del contratista lleguen a entablar demanda laboral en contra del Instituto, el contratista se obliga a reembolsar los gastos en que incurran los abogados que designe el Instituto para la atención de los juicios respectivos. Para tales efectos, el contratista autoriza al Instituto para que el importe de dichos gastos, se le deduzcan de las facturas que se encuentran pendientes de pago, o en su caso, que se haga efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.

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El contratista se obliga a sacar a salvo y en paz al Instituto de cualquier contingencia de orden laboral o sindical que en su caso, afecten los trabajadores de la obra objeto del contrato. El incumplimiento por parte del contratista de lo establecido en el párrafo que antecede, será causa de recisión del contrato.

XXVIII. PLAZO DE EJECUCIÓN. El contratista al que se le asigne el contrato, deberá considerar como fecha estimada de inicio de los trabajos objeto del contrato, el día 12 de mayo de 2016, fecha que a su vez se señalará en el contrato de obra que elabore el Instituto, basándose en el programa de ejecución de obra, por lo cual el contratista se obliga a concluir totalmente los trabajos dentro de un término estimado de 75 días naturales contados a partir de la fecha de inicio. XXIX. PAGO DE LOS TRABAJOS, DEDUCCIONES Y RETENCIONES. El pago al contratista por los trabajos realizados, se hará con base a estimaciones de los trabajos ejecutados con periodicidad no mayor a treinta días, tomando en cuenta el Catálogo de Conceptos, y los precios unitarios de la proposición. El Instituto pagará las estimaciones por trabajos ejecutados en un plazo no mayor a veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de obra y que el contratista haya presentado la factura correspondiente a la Subdirección de Conservación y Mantenimiento. Los descuentos que resulten procedentes se aplicarán de la siguiente manera:

1) De conformidad con los artículos 220, párrafo segundo del Reglamento y 191, de la Ley Federal de Derechos, el Instituto aplicará como descuentos por pago de derechos en los contratos de obra pública y servicios relacionados con las mismas el 5 (cinco) al millar por concepto de apoyo a los servicios de vigilancia, inspección y control que realiza la Secretaría de la Función Pública y el 2 (dos) al millar correspondiente al Instituto de Capacitación de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, siendo esta última optativa para el Contratista, quien lo deberá manifestar expresamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 128 del Reglamento y 191 de la Ley Federal de Derechos.

El contratista deberá anexar a la estimación que presente para su autorización, el reporte de cada una de las actividades que realizó durante el período correspondiente al que se estima, el cual invariablemente deberá tener la autorización del residente designado por el Instituto y contener la información correspondiente. Cuando el contratista requiera la cesión de derechos de cobro para adquirir algún financiamiento para la ejecución de los trabajos, el Instituto deberá reconocer los trabajos realizados hasta el momento de la solicitud, aún y cuando los conceptos de trabajo no se encuentren totalmente terminados. La entrega de la estimación final de los trabajos, se hará al residente designado del Instituto, dentro de un plazo no mayor a sesenta días naturales siguientes a la fecha de terminación de la obra, anexando copia de la estimación de finiquito del o los contratos ejecutados, más la documentación complementaria necesaria para su propio finiquito y la bitácora de obra debidamente cerrada y firmada por el Superintendente de Obra, de lo contrario no se tramitará dicha estimación Los pagos de cada una de las estimaciones por trabajos ejecutados son independientes entre sí y por lo tanto, cualquier tipo y secuencia será sólo para efecto de control administrativo. El pago de las

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estimaciones no se considerará como la aceptación plena de los trabajos, ya que el Instituto, tendrá el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado. En caso de atraso en la ejecución de los trabajos durante la vigencia del programa de ejecución general de los trabajos, el Instituto aplicará retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en la fecha en la que se determine el atraso, las cuales serán calculadas en función del avance en la ejecución de los trabajos conforme a la fecha de corte para el pago de las estimaciones pactada en el contrato. Dichas retenciones podrán ser recuperadas por el Contratista en las siguientes estimaciones, si regulariza los tiempos de atraso conforme al citado programa. El importe de la retención económica se determinará con base en el contrato celebrado por las partes y en el grado de atraso que se determine de acuerdo al avance físico en relación con el programa de ejecución convenido. El Contratista podrá recuperar el importe de las retenciones económicas en las siguientes estimaciones si regulariza los tiempos de atraso conforme al citado programa. La Residencia, notificará al Contratista por medio de la bitácora, respecto del atraso de los trabajos conforme al programa convenido, para que ésta en un plazo no mayor de 15 días naturales aporte las pruebas y alegue lo procedente. Una vez cuantificadas las retenciones económicas éstas se harán del conocimiento del Contratista mediante nota de bitácora u oficio. El monto determinado como retención económica se aplicará en la estimación que corresponda a la fecha en que se determine el atraso en el cumplimiento. El Residente calculará el importe de la retención de conformidad con el tipo de obra específico mismo que será:

Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, Atípicos, Complejas y/o Plurianuales, con un monto de $ 5´000,000.00 en adelante se aplicará sobre la base de 3% del monto faltante de realizar según programa vigente.

Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, con montos menores a $5´000,000.00 se aplicará sobre la base del 5% del monto faltante de realizar según programa vigente.

Esta retención se aplicará durante el período contractual de forma mensual y tendrá carácter devolutivo cuando el Contratista logre el avance programado. Si el avance es menor de lo que debió realizarse, el residente asignado por el Instituto procederá a través del área de supervisión correspondiente a una retención económica de la estimación que se encuentre en proceso, en la fecha que se determine el atraso, sobre la base del 3% o 5% (Según sea el caso) del importe de los trabajos que no han sido realizados, desde la fecha en que debieron ejecutarse, hasta el de la revisión, mismas que el Contratista podrá recuperar en las siguientes estimaciones si regulariza los tiempos de atraso conforme al citado programa. Las retenciones económicas tendrán el carácter de definitivas, si a la fecha pactada de terminación de los trabajos, éstos no han sido concluidos, de conformidad con el artículo 88 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De existir retenciones a la fecha de terminación de los trabajos pactada en el contrato y en el caso de quedar trabajos pendientes por ejecutar, éstas seguirán en poder del Instituto. La cantidad determinada por concepto de penas convencionales que se cuantifique a partir de la fecha de terminación del plazo, se hará efectiva contra el importe de las retenciones económicas que haya aplicado el Instituto, de conformidad con el artículo 88 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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Si, una vez concluida la totalidad de los trabajos y determinadas las penas convencionales resulta saldo a favor del Contratista por concepto de retenciones económicas el Instituto deberá devolver dicho saldo al Contratista, sin que en éste caso, se genere gasto financiero alguno. Cuando se celebren convenios que modifiquen el programa de ejecución convenido, las retenciones económicas se calcularán considerando las condiciones establecidas en el nuevo programa. Las retenciones se aplicarán sin excepción alguna independientemente de que el Contratista refuerce sus programas de suministro de materiales y mano de obra para recuperar el atraso determinado. Cuando el Instituto reintegre al Contratista algún monto retenido, no se generará gasto financiero. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, este deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento establecido en la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del Instituto. No se considerará pago en exceso, cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.

En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajustes de costos, de conformidad con lo establecido en el artículo 55, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el Instituto, a solicitud del contratista, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del contratista. En caso de optar por el pago a través de medios remotos de comunicación electrónica, a nivel central, el contratista lo solicitará ante la Tesorería del Instituto. El contratista adjudicado podrá requerir al Instituto, su afiliación al programa de cadenas productivas de Nacional Financiera, S.N.C., además deberán tomar en cuenta los mecanismos que promuevan la realización de los pagos correspondientes a través de dicho programa, con el propósito de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos. XXIX. CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS. Cuando por causas especiales de la obra, se requiera la ejecución de conceptos no previstos en el catálogo original del contrato y cantidades de obra; el contratista solo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la autorización mediante nota en la bitácora, por parte del residente de obra designado por el Instituto, salvo que se trate de situaciones de emergencia en las que no sea posible su autorización previa; para la revisión y autorización de conceptos no previstos en el catálogo original del contrato (conceptos extraordinarios), el procedimiento será el establecido en el artículo 59 penúltimo párrafo de la Ley, en relación con los artículos 107 y 108 del Reglamento. Para el estudio y aprobación de precios unitarios correspondientes a conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, se procederá de la manera siguiente:

a) Cuando surja la necesidad de realizar un concepto no previsto en el catálogo original del contrato, detectado en obra, tanto el Residente que representa al Instituto, como el superintendente de la contratista, deberán anotar en la bitácora el surgimiento de tales conceptos y la fecha en la que fueran detectados, registrando la firma del contratista y del Residente de obra del Instituto.

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b) El contratista presentará el análisis de los precios unitarios que correspondan debidamente

requisitados, en un plazo no mayor a quince días después de ser requerido por bitácora.

c) A solicitud de la Jefatura de Servicios Operativos y a través del Departamento de Precios Unitarios de Instalaciones, adscrito a la Jefatura de Servicios de Seguimiento y Control de Mantenimiento de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, se revisarán los precios unitarios de los conceptos no previstos en el catálogo original del contrato solicitados y en su caso los sancionará, de ser necesario realizará los ajustes que estime procedentes, para lo que el contratista deberá asistir a la conciliación cuando y las veces que se le requiera.

d) La Jefatura de Servicios de Seguimiento y Control de Mantenimiento, comunicará a la Jefatura de Servicios Operativos, responsable de los trabajos, el precio unitario sancionado para que continúe con el trámite correspondiente.

e) En caso de que el contratista no presente oportuna y debidamente documentada la proposición de análisis de precios unitarios de los conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, el Instituto realizará el análisis respectivo, y el precio unitario obtenido, será el que se aplique al nuevo concepto de obra.

f) En caso de que el contratista no se presente a la cita para conciliación de precios unitarios, el Instituto se reserva el derecho de realizarlos de manera unilateral.

XXXI. AJUSTE DE COSTOS.

El procedimiento para llevar a cabo el ajuste de costos se realizará conforme a lo establecido en el artículo 57, fracción I, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; asimismo corresponderá al superintendente por parte del contratista registrar en la bitácora la solicitud de ajustes de costos.

Con base en el artículo 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, cuando

el porcentaje del ajuste de costos sea al alza, será el contratista, quien lo promueva, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente, mediante la presentación por escrito de la solicitud, estudios y documentación que la soporten. Si el referido porcentaje es a la baja, será el Instituto quien lo determinará en el mismo plazo, con base en la documentación comprobatoria que lo justifique.

Una vez transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, se perderá la posibilidad de solicitar el

ajuste de costos por parte del contratista, y de realizarlo a la baja por parte del Instituto. Las partes acuerdan que el procedimiento para la revisión y ajuste de costos determinado procederá

cuando a partir de la presentación de las proposiciones ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que determinen un aumento o disminución de los costos de los trabajos aún no ejecutados, conforme al Programa aprobado, que será el mismo a que se refieren los artículos 56, 57, fracción I, y 58, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como en lo relativo a los artículos 178, 179 y 180 de su Reglamento. Los ajustes de costos se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el incremento o decremento en el costo de los insumos respecto de la obra faltante de ejecutar, conforme al Programa de Ejecución de los Trabajos pactados en el contrato, o en caso de existir atraso no imputable a el contratista, con respecto al Programa convenido. Cuando el atraso sea por causa imputable al contratista, procederá el ajuste de costos exclusivamente para los trabajos pendientes de ejecutar, conforme al Programa originalmente pactado.

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Cuando proceda el ajuste de costos, conforme a la fracción III del artículo 57, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el contratista podrá solicitar su revisión, a efecto de que sean corregidos; cuando no esté de acuerdo con la proporción de intervención de los insumos y su forma de medición, y de no llegar a un acuerdo en su revisión, el Instituto podrá sustituir el procedimiento por el de la fracción I, del citado artículo, revisando cada uno de los precios del contrato. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices nacionales de precios al productor y comercio exterior/actualización de costos de obras públicas que determine el Banco de México. Cuando los índices que requiera el contratista, o el instituto, no se encuentren dentro de los publicados por el Banco de México, el Instituto procederá a calcularlos en conjunto con el contratista, conforme a los precios que investiguen, por mercadeo directo o en publicaciones especializadas nacionales o internacionales, considerando al menos tres fuentes distintas o utilizando los lineamientos y metodología que expida el Banco de México, de conformidad con lo previsto en el artículo 58, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Los precios del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos contratados, el ajuste se aplicará a los costos directos conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato; el costo por financiamiento estará sujeto a las variaciones de la tasa de intereses propuesta y a los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de la Función Pública. XXXII. SEGURIDAD E HIGIENE. Los riesgos, la conservación y la limpieza de los trabajos hasta su entrega, serán responsabilidad del contratista. El contratista estará obligado a coadyuvar en la extinción de incendios comprendidos en las zonas en las que se ejecuten los trabajos objeto del contrato, con el personal y los elementos que disponga para ese fin; igualmente se obliga a dar aviso al residente designado, de la existencia de incendios, de su localización y magnitud. El contratista tendrá la obligación de notificar al residente designado de cualquier brote epidémico, en la zona de los trabajos objeto del contrato y de coadyuvar a combatirlo con los medios que disponga. XXXIII. CONFIDENCIALIDAD El licitante no podrá suministrar ni divulgar información alguna relativa a los trabajos objeto de la presente licitación, en forma de publicidad o artículo técnico a menos que cuente con la autorización previa, expresa y por escrito del Instituto. En caso contrario el Instituto podrá rescindir el contrato, de conformidad con el artículo 157 fracción XI del Reglamento. XXXIV. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA OBRA. Se podrán suspender temporalmente los trabajos contratados por cualquier causa justificada, de conformidad con el artículo 60 de la Ley.

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XXXV. SUSPENSIÓN, RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. El Instituto, podrá suspender, rescindir administrativamente o dar por terminado anticipadamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista; los procedimientos de rescisión y terminación anticipada se llevarán a cabo con fundamento en los artículos 60, 61, y 62 de la Ley y los señalados en el Reglamento. XXXVI. PENAS CONVENCIONALES Y SANCIONES. El licitante conviene y acepta que las penas convencionales serán las que se establecen en el modelo de contrato y se aplicarán por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables al contratista, determinadas únicamente en función del importe de los trabajos no ejecutados en la fecha pactada para la conclusión total de la obra. Lo anterior sin perjuicio de que el Instituto opte por la rescisión del contrato.

Si el contratista no concluye los trabajos en la fecha señalada en el programa de ejecución general de los trabajos aprobado, se aplicará como pena convencional el cinco al millar del importe diario de la obra no ejecutada, cantidad que cubrirá en las estimaciones subsecuentes y hasta el momento en que los trabajos queden concluidos y recibidos a satisfacción del Instituto. Se aplicará por incumplimiento del plazo de ejecución si una vez cumplida la fecha de terminación pactada en el contrato, los trabajos no se han terminado, se aplicará una sanción a favor del Instituto igual al importe que resulte de aplicar el 0.5% (cero punto cinco por ciento) por día de retraso del importe de los trabajos no ejecutados, hasta la conclusión total de los trabajos, para lo cual se podrán revisar los avances en periodos no menores de los que están pactados en el contrato para la elaboración de las estimaciones Las penas convencionales procederán únicamente cuando ocurran causas imputables al contratista. En ningún caso las penas convencionales podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento. Las penas se establecerán atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos contratados, tipo de contrato, grados de avance y posibilidad de establecer fechas de cumplimiento parcial de los trabajos. No dará lugar a la aplicación de penas convencionales, el período en el cual se presente un caso fortuito o fuerza mayor o por cualquier otra causa justificada, que a juicio del Instituto no sea imputable al contratista. La Residencia, notificará al contratista por medio de la bitácora, respecto del atraso de los trabajos conforme al programa convenido, para que ésta en un plazo no mayor de 15 días naturales aporte las pruebas y alegue lo procedente. Una vez cuantificadas las penas convencionales éstas se harán del conocimiento de la contratista mediante nota de bitácora u oficio. El monto determinado como pena convencional se aplicará en la estimación que corresponda el atraso. La cantidad determinada por concepto de penas convencionales que se cuantifique a partir de la fecha de terminación del plazo contractual se hará efectiva contra el importe de las retenciones económicas que haya aplicado el Instituto.

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DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

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Cuando se celebren convenios que modifiquen el programa de ejecución convenido, las penas convencionales se calcularán considerando las condiciones establecidas en el nuevo programa convenido.

Independientemente de la aplicación de las penas convencionales antes señaladas, el Instituto podrá

optar entre exigir el cumplimiento del contrato o bien la rescisión del mismo. XXXVII. CONTROVERSIAS. La solución de las controversias que se susciten, se sujetarán a lo previsto por el Titulo Séptimo de la Ley. XXXVIII SITUACIONES NO PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA. Cualquier situación que no haya sido prevista en la presente Convocatoria, será resuelta por el Instituto, escuchando la opinión de las autoridades competentes, con base en las atribuciones establecidas en las disposiciones legales y administrativas aplicables. Asimismo, para la interpretación o aplicación de esta Convocatoria o del contrato que se celebre, y para lo no previsto en tales instrumentos, se estará a lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, en el Código Civil Federal, en el Código Federal de Procedimientos Civiles, en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y en las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública del ISSSTE, y demás disposiciones legales y administrativas en la materia. XXXIX. INCONFORMIDADES. Los licitantes podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en el Instituto, por los actos que contravengan las disposiciones de la Ley, producidos durante el proceso de la licitación, en los términos del artículo 83, del propio ordenamiento legal. Cabe señalar, que podrán inconformarse por escrito directamente en las oficinas de la SFP, ubicadas en Av. Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn, Del. Álvaro Obregón, Ciudad de México, C.P. 01020, tels. 20002000, www.funcionpublica.gob.mx o a través de CompraNet. La SFP se encuentra en condiciones para recibir inconformidades a través de los medios remotos de comunicación electrónica, en atención a que cuenta con la infraestructura técnica requerida, así como la certificación de su medio de identificación electrónica.