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Consejo General Sesión Extraordinaria 2 de Septiembre de 2016 Sesión: 27 1 Toluca de Lerdo, México, 2 de septiembre de 2016. Versión Estenográfica de la Vigésima Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, llevada a cabo en el Salón de Sesiones del organismo electoral. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Buenos días. Bienvenidas y bienvenidos a esta Sala de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México. Antes de iniciar con esta Vigésima Sesión Extraordinaria del 2016 programada y propuesta para su celebración el día de hoy, quiero pedirle al señor Secretario nos dé cuenta de notificaciones para el Consejo General recibidas recientemente. Por favor, señor Secretario. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Buenos días a todos. Señor Consejero Presidente, con su permiso. Daría cuenta de una comunicación hecha llegar al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México en los siguientes términos: “Horacio Duarte Olivares, personalidad que acredito con la certificación que se acompaña, con fundamento en los artículos 41, fracción I; 116, fracción IV, numeral uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 23, párrafo uno, inciso j) y 24 de la Ley General de Partidos Políticos; 38, inciso a), del Estatuto de MORENA, así como el acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA por el cual determina que la designación de los representantes ante Organismos Públicos Locales Electorales será a través de la representación de MORENA ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, comparezco ante ustedes para acreditar como representantes de MORENA ante esta autoridad electoral a…” Y después, señor Presidente, refiere: “En cargo, propietario; nombre, Ricardo Moreno Bastida, número telefónico y correo electrónico. Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente solicito: Único. Tener por notificada la determinación de nuestro partido para la acreditación de representantes y, en consecuencia, acreditar a los ciudadanos arriba señalados como representantes ante este Máximo Órgano de Dirección”. Firma el Licenciado Horacio Duarte Olivares, representante de MORENA ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral. Sería cuanto, señor Consejero Presidente.

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Toluca de Lerdo, México, 2 de septiembre de 2016. Versión Estenográfica de la Vigésima Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, llevada a cabo en el Salón de Sesiones del organismo electoral. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Buenos días.

Bienvenidas y bienvenidos a esta Sala de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Antes de iniciar con esta Vigésima Sesión Extraordinaria del 2016 programada y

propuesta para su celebración el día de hoy, quiero pedirle al señor Secretario nos dé cuenta de notificaciones para el Consejo General recibidas recientemente.

Por favor, señor Secretario.

SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Buenos días a todos.

Señor Consejero Presidente, con su permiso. Daría cuenta de una comunicación hecha llegar al Consejo General del Instituto

Electoral del Estado de México en los siguientes términos: “Horacio Duarte Olivares, personalidad que acredito con la certificación que se

acompaña, con fundamento en los artículos 41, fracción I; 116, fracción IV, numeral uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 23, párrafo uno, inciso j) y 24 de la Ley General de Partidos Políticos; 38, inciso a), del Estatuto de MORENA, así como el acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA por el cual determina que la designación de los representantes ante Organismos Públicos Locales Electorales será a través de la representación de MORENA ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, comparezco ante ustedes para acreditar como representantes de MORENA ante esta autoridad electoral a…”

Y después, señor Presidente, refiere: “En cargo, propietario; nombre, Ricardo Moreno Bastida, número telefónico y correo electrónico.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente solicito: Único. Tener por notificada la determinación de nuestro partido para la acreditación

de representantes y, en consecuencia, acreditar a los ciudadanos arriba señalados como representantes ante este Máximo Órgano de Dirección”.

Firma el Licenciado Horacio Duarte Olivares, representante de MORENA ante el

Consejo General del Instituto Nacional Electoral. Sería cuanto, señor Consejero Presidente.

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CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario.

Antes de iniciar la sesión y habiendo hecho de nuestro conocimiento el cambio en la

representación, nos ha solicitado y vamos a concederle el uso de la palabra al señor Luis Daniel Serrano Palacios, para dirigirse a este Consejo General.

Por favor, don Luis Daniel.

REPRESENTANTE DE MORENA, C. LUIS DANIEL SERRANO PALACIOS: Muchas gracias. Buenos días a todas, a todos.

El día de hoy termina una etapa para nosotros en MORENA, vamos a asumir con

mucha responsabilidad las nuevas tareas que nos han sido encomendadas. Yo quiero agradecer a todos los miembros de este Consejo General el tiempo que

hemos compartido, en particular al personal del Instituto Electoral del Estado de México, que generalmente en este tipo de sesiones no se ve, pero son realmente quienes dan sustento a las tareas cotidianas de este Órgano Electoral.

Quiero decir también que en esta etapa, lo ha dicho el Presidente Nacional de

MORENA, lo ha repetido también el Presidente de MORENA en el Estado de México, el Licenciado Horacio Duarte, la autoridad electoral se encuentra cuestionada.

Vamos a iniciar un proceso para la renovación del Ejecutivo del Estado en un

ambiente complicado, sin dar aún un cierre formal al ejercicio anterior, se prometió tener un Libro Blanco, que a la fecha no tenemos, y la siguiente sesión de este Consejo ya será la sesión formal del inicio.

Ojalá y muchas cosas que hay que corregir, se puedan corregir. No me resta más que agradecer a todas y todos este tiempo compartido, este

tiempo también de aprendizaje. No me despido del todo porque nos vamos a estar viendo muy seguido por las tareas propias del proceso.

Y no me resta más que dar la bienvenida también a un compañero de hace muchos

años, un compañero que estoy seguro va a llevar a buen puerto y va a hacerlo de manera muy honrosa, el papel de representar a MORENA en este Consejo General. Le doy la más cordial bienvenida y saludo fraternalmente a nuestro compañero Ricardo Moreno Bastida.

Sería cuanto. Muchas gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, don Luis Daniel. Agradecerle en nombre propio la disposición para los trabajos de este Consejo y

desearle el mayor de los éxitos en sus nuevas tareas. Muchísimas gracias.

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Si nadie más quiere hacer uso de la palabra antes de que empiece la sesión, le

agradezco entonces y le pido al señor Secretario proceda conforme al proyecto de orden del día para poder desarrollar esta Vigésima Sesión Extraordinaria, por favor.

Toda vez que es la primera ocasión en que se encuentra con nosotros el señor

representante, Ricardo Moreno Bastida, creo que corresponde tomarle la protesta de ley, por lo que les pido nos pongamos de pie.

Licenciado Ricardo Moreno Bastida: ¿Protesta usted guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, la particular del Estado Libre y Soberano de México, las leyes y disposiciones legales que de una y otra emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de representante propietario de MORENA que le ha sido conferido? LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: ¡Sí, protesto! CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: A nombre del Instituto Electoral del Estado de México, le agradezco su compromiso y le doy la más cordial bienvenida. Muchísimas gracias a todos. Tomemos asiento, por favor. Proceda, señor Secretario, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Con su permiso, señor Consejero Presidente, procedo a pasar lista de presentes. Consejero Presidente, Licenciado Pedro Zamudio Godínez. (Presente) Consejera Electoral, Doctora María Guadalupe González Jordan. (Presente) Consejero Electoral, Maestro Saúl Mandujano Rubio. (Presente) Consejero Electoral, Maestro Miguel Ángel García Hernández. (Presente) Consejero Electoral, Doctor Gabriel Corona Armenta. (Presente) Consejera Electoral, Maestra Natalia Pérez Hernández. (Presente) Consejera Electoral, Maestra Palmira Tapia Palacios. (Presente) Por el Partido Acción Nacional, Licenciado Rubén Darío Díaz Gutiérrez. (Presente) Por el Partido Revolucionario Institucional, Licenciado Eduardo Bernal Martínez. (Presente)

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Por el Partido de la Revolución Democrática, Licenciado Javier Rivera Escalona. (Presente) Por el Partido Verde Ecologista de México, Licenciado Esteban Fernández Cruz. (Presente) Por Movimiento Ciudadano, Maestro César Severiano González Martínez. (Presente) Por el Partido Nueva Alianza, Licenciado Efrén Ortiz Álvarez. (Presente) Por el MORENA, Licenciado Ricardo Moreno Bastida. (Presente) Por Encuentro Social, Carlos Loman Delgado. (Presente) Y el de la voz, Javier López Corral. (Presente) Señor Consejero Presidente, le informo que están presentes las consejeras y consejeros integrantes de este Órgano, y contamos con la presencia de ocho de los nueve representantes legalmente acreditados, por lo que existe el quórum legal para llevar a cabo esta sesión extraordinaria. Sería cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Una vez establecida la existencia del quórum legal necesario, le pido proceda conforme al proyecto de orden del día que se circuló. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: El siguiente punto es el dos: Lectura y aprobación en su caso, del orden del día, que contiene lo siguiente:

1. Lista de presentes y declaración de quórum legal.

2. Lectura y aprobación en su caso, del orden del día.

3. Aprobación del Acta de la sesión ordinaria celebrada el 12 de agosto de 2016.

4. Proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para el Registro de Candidaturas Independientes ante el Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso.

5. Proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para la Sustanciación de los Procedimientos Sancionadores del Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso.

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6. Proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para el Registro de Candidaturas a los Distintos Cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso.

7. Proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para el Funcionamiento de la Oficialía Electoral del Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso.

8. Proyecto de Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos de Monitoreo a Medios de Comunicación Electrónicos, Impresos, Internet, Alternos y Cine del Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso.

9. Proyecto de Acuerdo por el que se reforma el Manual de Procedimientos para el Monitoreo a Medios de Comunicación Alternos y Cine del Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso.

10. Proyecto de Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeras y Consejeros Electorales Distritales para el Proceso Electoral para la Elección Ordinaria de Gobernador del Estado de México 2016-2017, discusión y aprobación en su caso.

11. Proyecto de Acuerdo por el que se aprueba el calendario del Proceso Electoral Ordinario 2016-2017; discusión y aprobación en su caso.

12. Asuntos Generales.

13. Declaratoria de clausura de la sesión. Sería cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Señoras y señores integrantes del Consejo, está a su consideración el Proyecto de orden del día. Al no haber observaciones, pido al señor Secretario consulte sobre su eventual aprobación, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Solicitaría a las consejeras y consejeros electorales que, si están por la aprobación del orden del día en los términos en que fue dado a conocer, lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Proceda entonces con el siguiente asunto, por favor.

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SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, si lo autoriza, antes daría cuenta de la integración de la mesa. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Doy cuenta de la presencia de J. Ascención Piña Patiño, representante suplente del Partido del Trabajo, que se incorpora a estos trabajos. El siguiente punto del orden del día es el número tres y corresponde a la aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria celebrada el 12 de agosto de 2016. Atentamente solicitaría la dispensa de la lectura y les pediré que si tienen comentarios, los manifiesten. No se registran, señor Consejero Presidente.

Por tanto, pediría a las consejeras y consejeros que si están por aprobar el acta en sus términos, lo manifiesten levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Proceda, por favor, con el siguiente asunto. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: El siguiente punto, señor Consejero Presidente, es el número cuatro y corresponde al proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para el Registro de candidaturas independientes ante el Instituto Electoral del Estado de México; discusión y aprobación en su caso. Si me lo autoriza, señor Consejero Presidente, haré referencia a que hemos recibido observaciones para este proyecto de Acuerdo, el 30 de agosto del año en curso, de la oficina de la Consejera Doctora María Guadalupe González Jordan; mediante escrito nos hace saber diversas observaciones a los proyectos, no sólo a éste. Es preciso mencionar que tanto en el documento, proyecto que se discute como en los sucesivos, dichas observaciones son en general de forma y no impactan en el fondo de los mismos; han sido ya revisados por la Secretaría Ejecutiva y estarían siendo atendidas las observaciones que he referido. Sería cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Señoras y señores integrantes del Consejo, está a nuestra consideración el proyecto de Acuerdo de referencia. Y quisiera pedirles, si me lo permiten, iniciar la primera ronda con una participación específica.

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Primero para señalar y reconocer que este proyecto de Acuerdo y los tres siguientes son resultados del trabajo arduo que desarrolló la Comisión Especial para la Revisión de la Normatividad del Instituto, a la que reconozco en la presencia de su presidenta, la Maestra Natalia Pérez Hernández, y sus integrantes, los maestros Miguel Ángel García Hernández y don Saúl Mandujano Rubio. Reconociendo el trabajo de la Comisión, votaré a favor de este Reglamento, de esta modificación al Reglamento, pero quiero señalar algunas inquietudes que, en un tema en particular sobre este Reglamento, tengo y me permitiré hacer la lectura del documento que preparé para tal. Votaré a favor del proyecto de Acuerdo y, en consecuencia, de la aprobación del Reglamento porque reconozco el trabajo realizado en la Comisión Especial para Revisión y Actualización de la Normatividad, aunado a que considero adecuado que este Instituto reglamente la manera en que dará operatividad a las normas contenidas en nuestro Código para regular lo relativo a las candidaturas independientes. Con ello, se dota de certeza jurídica al procedimiento que se seguirá para llevar a cabo el registro de estas intenciones durante los próximos procesos electorales. No obstante, considero que el Reglamento debió prever otorgar la garantía de audiencia a los aspirantes a una candidatura independiente, con motivo de las eventuales inconsistencias detectadas en la verificación realizada en la obtención del apoyo ciudadano. En este sentido, los principales argumentos en los que se centra mi opinión son los siguientes: Uno, considero que al momento de regular lo relativo al registro de candidaturas independientes, en el Capítulo V del Reglamento, particularmente los artículos 28, 29 y 30, debió realizarse una interpretación favorable en atención al principio pro persona del artículo 122 del Código Electoral del Estado de México, que establece, cito: “Si de la verificación realizada se advierte que se omitió el cumplimiento de uno o varios requisitos, se notificará de inmediato al solicitante o a su representante para que dentro de las 48 horas siguientes subsane el o los requisitos omitidos, siempre y cuando esto pueda realizarse dentro de los plazos que señala este Código”. Cierro la cita.

Así, acorde con el principio pro persona, al estar contemplado en el Código Electoral la figura de la prevención y el otorgamiento de un plazo de 48 horas a los aspirantes a una candidatura independiente, para que a partir de la notificación realizada por este Instituto, derivada de la verificación de requisitos, se subsanen los mismos, este plazo debe extenderse al requisito relativo a la verificación del apoyo ciudadano y con ello quedaría colmado el derecho de audiencia y a un debido proceso respecto a la verificación de todos los requisitos y la documentación contenidas en el artículo 120, puesto que no existen razones lógicas y jurídicas que justifiquen el por qué este Instituto únicamente tendría que otorgar la garantía de audiencia o prevención respecto al cumplimiento de algunos requisitos y no de otros.

Cuando la cédula de respaldo se presenta al mismo tiempo que los demás requisitos

contemplados en el artículo 120, es decir, forma parte de la documentación que acompaña la solicitud de registro.

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Lo anterior en virtud del hecho de que los artículos 121 y 123 del Código se divide el

procedimiento para la verificación de requisitos; es decir, que primero esta autoridad habrá de verificar el cumplimiento de algunos requisitos contenidos en el artículo 120 y una vez que se hayan verificado y tenido por cumplidos, se procederá a verificar el apoyo ciudadano.

No debe entenderse que la prevención contenida en el artículo 120 del Código es

aplicable únicamente a la primera verificación, puesto que de la lectura del propio artículo no se desprende que se exceptúe de dicha prevención al apoyo ciudadano, ya que el artículo 120 se refiere a requisitos en general, es decir, aquellos contenidos en la solicitud o registro, incluida en la documentación que debe ser acompañada, como es la Cédula de Obtención de Apoyo Ciudadano o dicho de otro modo, lo único que distingue el Código Electoral es el momento para verificar por este Instituto entre unos y otros requisitos, no así sobre cuáles requisitos tendrán la prevención.

Dos. Privilegiar el derecho de audiencia, con motivo de las inconsistencias

detectadas en la verificación realizada a la obtención de apoyo ciudadano, resultaría conveniente para este Instituto por las siguientes razones:

Primera. El conjunto de formalidades esenciales del procedimiento integra la garantía

de audiencia, lo que permite que los gobernados ejerzan su defensa antes de que las autoridades modifiquen su esfera jurídica de manera definitiva.

Segunda. Para favorecer a los aspirantes que estén en posibilidades de contender en

procesos comiciales a cargos de elección popular, en condiciones de igualdad, sin que se haga nugatoria su participación política así como su eventual derecho a ser votados.

Tercera. Reducir el efecto adverso de los medios de impugnación en el sano

desarrollo de los procesos electorales y tener que asumir los costes de tener que ejecutar una sentencia por no haber respetado y garantizado derechos fundamentales.

Cuarto. Abatir los costos económicos y las dificultades logísticas que traería como

consecuencia la ejecución de una sentencia derivada de que la autoridad jurisdiccional electoral resolviera que un aspirante a una candidatura independiente obtenga su registro, cuando las boletas electorales estuvieran ya impresas, por no haberse otorgado previamente la garantía de audiencia por parte de este Instituto.

Las anteriores consideraciones en las que baso este razonamiento encuentran su

fundamento jurídico en los artículos 1º, 14, y 35, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8.1 y 23, fracción, inciso b) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 168, 171, fracción III, y 185, fracción I, del Código Electoral del Estado de México.

Asimismo encuentra sustento en diversos precedentes de la Sala Superior del Tribunal

Electoral del Poder Judicial de la Federación como el SUP-REC-192/2015, el SUP-JDC-1593/2016 y acumulados, el SUP-CDC-1/2015, SUP-CDC-2/2015 y acumulados, en estos casos la autoridad jurisdiccional ha sostenido el criterio de que debe otorgarse, por parte de las autoridades administrativas electorales, la garantía de audiencia con motivo de la

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verificación del apoyo ciudadano y ha ordenado, derivado de dichas omisiones, el registro de las candidaturas. Todas en un momento diferente a lo previamente señalado por las leyes y con las complicaciones logísticas que ustedes comprenderán.

En particular quisiera destacar los casos del Estado de Jalisco y el del Proceso

Electoral para la Elección de Diputados a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, ya que en ambas legislaciones electorales aplicadas, es decir, el Código Electoral y de Participación Social del Estado de Jalisco, y la LEGIPE, para el caso de la Ciudad de México, se encuentran redactados en los mismos términos que nuestro Código Electoral del Estado de México, que en este sentido la Sala Superior ha sostenido el criterio de privilegiar la participación política y garantizar el ejercicio eficaz del derecho fundamental de ser votado, en calidad de candidatos y candidatas independientes, considerando que para ello se deben eliminar los obstáculos que puedan surgir durante su procedimiento de registro.

Finalmente, es un hecho cierto que los derechos fundamentales no son absolutos,

pero también es cierto que este organismo electoral tiene el mandato constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos en el ámbito de sus atribuciones; en ese sentido los derechos humanos deben verse desde una óptica integral, en donde el valor de cada derecho se ve incrementado por la presencia de otros, lo que implica que el ejercicio de un derecho humano necesariamente debe ser respetado y protegido, conjuntamente con los demás derechos vinculados; en este caso específico, el derecho a ser votado y el derecho de audiencia y al debido proceso de los aspirantes a una candidatura independiente.

Reitero, votaré a favor del Reglamento como lo aprobó la Comisión, pero también

tengo pretendido, y lo anuncio aquí, presentar en breve una propuesta a la propia Comisión para que se revise este capítulo en particular, porque creo que es importante que le demos otra revisada.

Muchísimas gracias. ¿Alguien más en primera ronda? En primera ronda, el Maestro Mandujano. Por favor, Maestro.

CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Sí, Consejero Presidente. Escuché con interés su intervención, en donde me parece que razona la inquietud de

que en el Reglamento aprobado por la Comisión Especial para la Revisión y Actualización de la Normatividad del IEEM, relativo al registro de candidatos independientes, se otorgara la garantía de audiencia.

Quiero revisar algunas cuestiones previas con base en un argumento que fue motivo

de análisis y discusión precisamente en el seno de esta Comisión.

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El artículo 120 al que usted se refiere, habla de los requisitos que deben reunir los ciudadanos que aspiran a ser candidatos independientes.

Entre los requisitos que menciona, la fracción II dice que “deberán acompañar a la

solicitud la documentación siguiente…”, y en el inciso h) dice “escrito en el que manifieste su conformidad para todos…” A ver, déjeme decirle, “manifestación bajo protesta de decir verdad” y habla del apoyo ciudadano.

Son requisitos que debe también de requerir el apoyo ciudadano, una cédula que

contenga el nombre, las firmas y la copia legible de la Credencial de Elector para Votar de cada uno de los ciudadanos que manifiesten el apoyo con el porcentaje requerido en el Código, es decir, entre los requisitos que el 120 establece habla del apoyo ciudadano.

El 122 al que se refirió dice que “si de la verificación realizada se advierte que se

omitió el cumplimiento de uno o varios requisitos se notificará de inmediato al solicitante o a sus representantes para que dentro del término de 48 horas subsane el requisito omitido” y dice que “en el Reglamento no se considera en esta revisión el tema relativo al apoyo ciudadano”. No se considera porque el legislador lo separó.

Es muy evidente, el artículo 123 del Código dice “una vez que se cumplan los demás

requisitos…”, ¿cuáles? Todos los del 120. “Una vez que se cumplan los demás requisitos en el Código, el Instituto procederá a verificar que se haya reunido el porcentaje de apoyo ciudadano”, es decir, no se revisan al mismo tiempo los requisitos que debe acompañar a su solicitud de candidato independiente el aspirante, junto con el apoyo ciudadano, éste se revisa después, o sea, no se revisan al mismo momento, sino se revisan de manera posterior.

Para darle la garantía de audiencia debe de haber un plazo, un plazo material que

permita darle esta garantía de audiencia. Si uno revisa en la Legislación, el plazo que corre para los candidatos independientes

de obtener su registro a los aspirantes, es el mismo que corre a los candidatos de partido político. Y no dice en ese plazo que los candidatos independientes lo deban de presentar ciertos días antes; no, lo pueden presentar el último día del plazo que está corriendo para los demás candidatos.

Y si lo presentan el último día, le voy a leer el artículo 126 del Código, dice: “Dentro de

los tres días siguientes al vencimiento de los plazos, los consejos General, distritales y municipales deberán celebrar la sesión del registro de candidaturas, tanto de los candidatos independientes como de los que no son independientes”.

Le quiero preguntar, yo soy partidario de la garantía de audiencia, por supuesto que

sí, es un derecho fundamental, estoy totalmente de acuerdo; nada más quiero saber ¿en qué momento le damos la garantía de audiencia? ¿Si el legislador no nos dio ese espacio, el Reglamento no podría haber abreviado un plazo legal? Porque el legislador le da el mismo plazo para candidatos postulados por partidos que para candidatos independientes.

Y la revisión del apoyo ciudadano no se hace de manera simultánea con los otros

requisitos que debe reunir el candidato independiente, se hace de manera posterior. Así lo

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dispone el legislador, primero revisa los requisitos del 120 y cuando los cumpla ahí sí lo puedes prevenir, entonces dice que vas a entrar a la revisión del apoyo ciudadano, pero no se revisan al mismo tiempo. Y cuando terminamos de revisar el apoyo ciudadano ya no ha plazo legal, porque el legislador no lo otorga.

Quisiera saber si en un Reglamento de Registro de Candidaturas, una Comisión o un

Consejo como éste puede abreviar un plazo que el legislador le da de manera similar a candidatos de partidos que a candidatos independientes.

¿Por qué no está la garantía de audiencia en el Reglamento? Porque materialmente

no hay plazo para darle la garantía de audiencia, tendría que haber una reforma legal que modificara el plazo de registro y que le permitiera al Instituto, después de verificar el apoyo ciudadano, entonces sí prevenir al ciudadano para que cumpla con las omisiones en el apoyo al respaldo que corresponde al legislador.

No da margen de maniobra, quiero saber de dónde saca ese margen una Comisión. Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. Si le parece bien, en segunda ronda le respondo. ¿Alguien más en primera ronda? En primera ronda, la Maestra Natalia Pérez Hernández. Por favor, Maestra. CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. NATALIA PÉREZ HERNÁNDEZ: Gracias, Consejero Presidente. De nueva cuenta, muy buenos días. En cuanto al proyecto que se somete a la consideración de este pleno, quiero señalar que el Reglamento forma parte de un conjunto de cuatro normas que se analizaron al seno de la Comisión Especial para la Revisión de la Normatividad de este Instituto. Considero importante destacar que en las actividades que se llevaron al interior de la Comisión en torno a la actualización de los ordenamientos que se pondrán a nuestra consideración, se realizaron cinco reuniones de trabajo en las que se emplearon alrededor de 16 horas en total y se recibieron múltiples propuestas y opiniones acerca de los diversos tópicos que se abarcaron en cada uno de los reglamentos analizados. En esa virtud, quiero aprovechar este espacio para agradecer las aportaciones que por escrito y en forma verbal presentaron las representaciones de los partidos políticos, así como las observaciones y sugerencias que remitieron a esta Comisión las diversas áreas administrativas del Instituto, quienes participaron activamente en las reuniones de trabajo y conforme a su vasta experiencia se logró la integración del material que hoy se nos brinda, por lo que extiendo a todas y a todos mi agradecimiento por el apoyo brindado.

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Otro aspecto a resaltar es que en la elaboración de todos los cuerpos normativos se privilegió el uso del lenguaje incluyente, atendiendo a las diversas disposiciones convencionales y muy especialmente al reciente criterio emitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, específicamente en el caso Puebla, consultable en el expediente SUP-JRC-56/2016. Finalmente, por lo que respecta al Reglamento de las Candidaturas Independientes, que nos ocupa, quiero referir que en el mismo se realizó un ejercicio para derogar aquellas disposiciones que ya se encuentran contempladas en el Código Electoral Local para evitar repeticiones innecesarias. Se eliminó lo relativo al cruce de datos a cargo del Instituto, debido que éste lo realiza la Dirección Ejecutiva por conducto de la Junta Local, ambas del Instituto Nacional Electoral. Por lo que respecta a la garantía de audiencia, quiero referir que este punto, la Comisión de Actualización de la Normatividad lo discutió ampliamente. Obvio que todos estamos a favor de este derecho fundamental, este derecho humano que da garantía de audiencia para los aspirantes a una candidatura independiente con motivo de eventuales inconsistencias detectadas en la verificación realizada a la obtención del apoyo ciudadano, pero lo que se determinó al seno de la misma Comisión es que no era factible su otorgamiento. Para tal efecto, toda vez que la autoridad que realiza el cruce con la Lista Nominal es el INE y no este Instituto, por lo tanto, no se trata de un acto directamente imputable a este organismo. Por otro lado, tomando en consideración la opinión del área operativa conforme a la experiencia del pasado proceso electoral y atendiendo a que los plazos que nos dispone el código de la materia resultan ser muy acotados y técnicamente sería imposible dar cabida a una garantía diversa a la contenida en el artículo 122 del código de la materia, máxime si se toma en consideración que algún ciudadano formule la petición en el mismo día del plazo y en el que la Comisión determinó que con tal disposición se ajustaba lo relativo a una garantía de audiencia, máxime que en la misma se dispone:

“Artículo 122. Si de la verificación realizada se advierte que se omitió el otorgamiento de uno o varios requisitos, se notificará de inmediato al solicitante o a su representante para que dentro de las 48 horas siguientes subsane el o los requisitos omitidos, siempre y cuando esto pueda realizarse dentro de los plazos que señale este Código. Lo anterior, sin soslayar que cualquier ciudadano tiene a salvo sus derechos para hacerlos valer en la vía correspondiente; y en tal sentido, para el caso de que alguna autoridad determine la procedencia de una eventual garantía, en lo que respecta a la verificación del apoyo ciudadano y se determine esta situación, obviamente tomaría las acciones para el caso concreto.

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El documento que se pone a nuestra consideración, como el resto de los instrumentos que trabajamos en la Comisión, fueron aprobados por unanimidad, con el consenso en lo general de los partidos políticos. Como se observa, el resultado conseguido derivó de un ejercicio digno y eficiente de las funciones que nos corresponden a cada uno de los que participamos en las labores de actualización de estas cuatro normas; lo que constituye para la de la voz una forma de contribuir en el perfeccionamiento de los procedimientos atinentes que redunden en el fortalecimiento de nuestras instituciones electorales. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, Maestra. En este punto del orden del día y en primera ronda, ¿alguien más desea hacer uso de la palabra? Bien. En segunda ronda, por supuesto que jamás con el ánimo de polemizar con el Maestro, mi Maestro don Saúl Mandujano, pero señalar precisamente que esa es mi preocupación, Maestro, que el legislador en la LEGIPE, como lo puso, lo tenemos en el Estado de México; como lo puso la LEGIPE lo tiene en el Estado de Jalisco.

Y en la Ciudad de México y en el Estado de Jalisco ya les causó precisamente ese problema, tuvieron que volver a hacer boletas cuando ya quedaba muy poco plazo para la jornada electoral, tuvieron que repetir las boletas porque justo en esa ruta jurisdiccional que, los candidatos o los aspirantes a candidato tiene pendiente, emprendieron, pues todas las resoluciones fueron a su favor y muchas de las resoluciones tuvieron como origen el no haberles dado un plazo para subsanar irregularidades. Por eso creo que vale la pena que le demos otra vuelta, que busquemos una manera y si no la tenemos, al menos podamos en su momento cuando… Si esto nos pasa en la figura del candidato independiente, es novísima, se ha aplicado solamente en las elecciones del Proceso Electoral 2014-2015, ahora en las del 2016, y creo que todavía tiene muchos asuntos que ajustar; incluso, eventualmente, daríamos pie a motivar lo que usted mismo señala, la modificación desde la Ley y no la precisión desde el Reglamento. Ese es sólo el ánimo de esta intención. Reitero el respeto y el reconocimiento a los integrantes de la Comisión, consejeros y partidos, por el arduo trabajo que hicieron y que nos da como resultado este nuevo Reglamento, este actualizado Reglamento para Candidaturas Independientes. Muchas gracias. ¿Alguien más en segunda ronda? En segunda ronda, el Maestro Mandujano.

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CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Sí. Es para precisar algunos comentarios que se han hecho en el tema. La Consejera Natalia Pérez Hernández, presidenta de la Comisión Especial para la Revisión y Actualización de la Normatividad, estuvo muy al pendiente de que nos llegaran observaciones sobre el tema; y hace rato mencionó que en el seno de la Comisión, el tema de la garantía de audiencia fue ampliamente debatido. Yo nada más quiero traer el antecedente: Tan se revisó que cuando se elaboró el Reglamento, el artículo 29 del Reglamento, que se está poniendo a consideración del Consejo General, habla de la verificación de los requisitos que están previstos en el 120, y dice que se estará dispuesto a lo previsto en el 122 del Código. El 122 del Código dice que podemos prevenir y darle un margen de 48 horas al aspirante que no reúna alguno de los requisitos previstos en el 120. Pero el legislador, insisto, separó la revisión. Primero verificamos todos los demás requisitos del 120 y si se cumplen esos requisitos, conforme al 123 del Código, pasamos entonces a solicitarle al INE, como lo menciona la Consejera Natalia, la verificación del respaldo ciudadano que debe acreditar el aspirante a candidato independiente; ese requisito no lo verifica el IEEM, lo verifica el INE, es decir, a nosotros no nos corresponde verificar el respaldo ciudadano, lo hace el Instituto Nacional Electoral. Pero está corriendo un plazo, la Consejera Natalia dice: “Ese aspirante lo pudo haber presentado el último día que se le vencía el plazo para presentar la solicitud”; y el plazo de registro es el mismo que le corre a los candidatos postulados por partido político, son tres días.

El INE ¿qué tiempo se tardará? Es una decisión del INE, me pregunto si yo en un reglamento le podría decir al INE, que

el INE me debe entregar la verificación en 24 horas. Yo no puedo determinar en un reglamento una obligación para el Instituto Nacional Electoral.

De manera que el INE tiene un mecanismo de verificación propio. Si el INE me lo entrega al tercer día, ese día el Consejo correspondiente debe decir el

registro del candidato. Materialmente es imposible darle garantía de audiencia, pero no por una decisión de la Comisión, es una manera en que el legislador construyó el procedimiento para registrar un aspirante a candidato independiente.

Para que le diéramos margen, entonces la Comisión debía haber propuesto abreviar

el plazo dado a los candidatos, a los aspirantes a candidatos independientes, y no podemos legislar, y no podemos modificar el Código.

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¿Es una inquietud que el legislador revise el procedimiento? Me parece que esa no es una tarea de la Comisión Especial para la Normatividad; la Comisión tuvo todo el empeño de cuidar la garantía de audiencia, si era materialmente posible dársela.

¿Por qué no la incorporó? Porque los plazos no dan, le dimos toda la jurisprudencia, checamos todos los criterios

del Tribunal, conocemos el caso de la Ciudad de México, donde usted ha referido que el Tribunal le ordenó al Instituto Nacional Electoral subsanar ese tipo de deficiencias en un reglamento propio, sí, nada más quisiera ver si esa jurisprudencia la pueda incorporar yo aquí, cuando el plazo previsto por el legislador no le está dando ningún margen de maniobra a un órgano de este Instituto para verificar el apoyo ciudadano; no es una tarea del IEEM, es una tarea del INE y no podemos regular al Instituto Nacional Electoral.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Maestro. En segunda ronda, ¿alguien más desea hacer uso de la palabra? En segunda ronda la Maestra Palmira Tapia Palacios. Por favor, Maestra. CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. PALMIRA TAPIA PALACIOS: Buenos días a los integrantes de esta mesa.

De manera muy respetuosa quisiera manifestar mi coincidencia con lo que ha expresado, Presidente, comparto con usted esta inquietud de otorgarle la garantía de audiencia, en su caso, a los aspirantes a una candidatura independiente.

Entiendo plenamente los razonamientos que de manera clara ha vertido el Consejero

Saúl, y también me queda claro que en la Comisión de Normatividad fue objeto de revisión. No obstante, veo que de manera legítima persisten esas inquietudes y me parecería

que no obstante ya se ha tocado el tema en la Comisión de Normatividad, pues que se agote la discusión en el seno de la misma.

Por otro lado, también creo que en este momento no podremos llegar a una

propuesta y quizá hacernos cargo de la misma en mesa de consejeros. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Maestra. En segunda ronda tiene el uso de la palabra el señor representante del Partido de la Revolución Democrática.

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REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Muchas gracias. Buenos días a todos, integrantes del Consejo General. También me sumo a la bienvenida ya formal, ya lo hice acá, como decimos en corto, pero de manera formal a nuestro amigo Ricardo Moreno Bastida, representante propietario del partido MORENA. Bienvenido, Richard.

Y, por supuesto, un reconocimiento a Daniel Serrano, quien fungió como representante estos meses.

Ya entrándole al tema: Me parece que estamos ante una circunstancia inédita, ya no

entendí cuál es la posición del Presidente, sí va votar a favor, pero está pidiendo que se regrese para que luego se pueda volver a revisar y se incorpore, sigue haciendo manifestaciones en ese sentido.

Yo sólo quiero llamar la atención, Presidente, esto sucede por no llamar a mesas de

trabajo y para esta sesión de Consejo General lamento que no haya habido convocatoria a mesa de trabajo. Voy a insistir en eso porque lo establece el propio Código, no estamos solicitando cosas irregulares.

Pero, bueno, desde la pasada sesión parece ser que les gustó el modelo de debate

que se dio, en donde pudimos realizar aquí nuestras observaciones y no en una mesa política en donde pudiéramos llegar a algunos consensos.

Yo sólo quiero reconocer el trabajo que se hizo en la Comisión, en donde participaron

nuestros representantes y de los cuales yo avalo lo que ahí se manifestó, y simplemente pedirles que en sus mesas –como ha dicho la Consejera– de consejeros, pues pudieran ponerse de acuerdo, porque de nada sirve el debate que se está dando si a final de cuentas se va a dar un turno, como ya lo ha asentado el Presidente con sus gesticulaciones, de que va a votar a favor, entonces no hay debate.

Sometámoslo a votación, si hubiera debate es en torno a solicitar una modificación o,

en su caso proponer, como está en el Reglamento, que se regresara a Comisiones el mismo documento que se está discutiendo; de lo contrario, yo propondría que si hay alguna objeción de fondo de este documento que se está poniendo a consideración, las manifestemos, las discutamos, pero sí insistir y en llamar nuevamente la atención a que respetuosamente se ha hecho insistentemente, y lo seguiremos haciendo, la solicitud de que previamente a las sesiones de Consejo General haya sesiones de trabajo llamadas mesas políticas para resolver este tipo de conflictos.

Por lo que yo sé, Presidente, no asistió usted a ninguna de las reuniones de la Comisión

de Normatividad, creo que nos hubiera dado gusto que estas intervenciones que ahora está haciendo las pudiera haber hecho en esas reuniones, sé que no es parte, pero obviamente tiene su derecho a voz y creo que a veces no es suficiente con verlas nada más desde el monitoreo en la transmisión que se hace por vía circuito cerrado.

Es cuanto.

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CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en segunda ronda? En segunda ronda, el señor representante de Movimiento Ciudadano.

REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: Muchas gracias, Presidente.

A esta representación sí le llama un tanto la atención esa doble moral, por llamarlo de

alguna forma, respecto de cómo se maneja el Presidente en este tipo de temas. En sesiones pasadas, incluso cuando tuvimos ahí un álgido intercambio de opiniones

respecto del nombramiento de la titular de la Unidad de Género, el Presidente siempre se mantuvo en que él actuaría de acuerdo a lo que le mandata la ley. Y eso creo que es un acto consciente, si recordamos que siempre el acto de autoridad no va a poder ir más allá de lo que le permite la ley.

Pero ahora se me hace muy raro que aún y cuando manifiesta su apoyo a que se

apruebe este Acuerdo en los términos que se está dando, haga un llamado a que se pueda hacer una revisión y vea si la Legislación; digo, usted no creo que sea ahora el momento ni el foro para que quiera quedar bien ante la ciudadanía.

Si usted tiene alguna observación que hacer, precisamente esto pasó por comisiones

y usted también tenía esa calidad de poder haber mandado este tipo de observaciones, y a lo mejor –como bien lo comenta el compañero del PRD– pues hasta llegar, sino con voto, pero sí con voz, precisamente para poder dar oportunidad a ese debate.

Creo que debemos de ser congruentes, máxime que vamos a entrar ya a un proceso

electoral formal y no podemos estar manejándonos con esta doble moral. Si realmente la intención del Presidente fuera que esto caminara bien y que se

tuvieran que hacer las modificaciones a la Legislación desde donde tiene que ser, que en este caso sería la Legislatura Local, pues yo creo que el Presidente hubiera pugnado e impulsado aquel ejercicio en el cual nosotros, los partidos, anticipamos bien que ese ejercicio que se hizo con los diputados de esas comisiones que tienen que ver con la cuestión electoral, pues obviamente nada más iba a ser para la foto. Y lo predijimos bien, eh.

Si realmente la intención del Presidente hubiera sido entrar a ese espacio de debate

para lograr que el legislador pudiera hacer ese tipo de modificaciones desde el Código, seguramente usted hubiera estado impulsando que se continuara con esas reuniones; sin embargo, en ese sentido, no vimos ninguna intención y tampoco ninguna buena voluntad de que se continuara con esas reuniones.

Y coincido también con Javier, de que lejos de querer tomar un foro, si no hay alguna

cuestión que agregar de fondo en este asunto del orden del día que se está tratando, pues

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ya que se pase a su votación y si después tiene algo en su favor que agregar, lo hagamos en una Comisión. Sería cuanto, gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. ¿Alguien más en segunda ronda? En segunda ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante de MORENA. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Muchas gracias. Antes que nada, quisiera agradecer las expresiones de bienvenida a esta mesa que se me hacen a mi persona; agradecer desde luego a nuestro compañero Daniel Serrano, quien ha fungido hasta el día de hoy, y seguramente lo hará también en un futuro en esta mesa, su dedicación en los trabajos que se han tenido hasta el momento. El tema que se debate, y qué bueno que se debata y qué bueno que se haga en público, no es un tema menor, no es sino la materialización de un derecho ciudadano, de un derecho humano incorporado a las reglas electorales en nuestro país hasta hace muy poco. El derecho de audiencia otorgado a los ciudadanos no es un capricho de la autoridad otorgarlo o no, es una obligación. Aunque ni siquiera esté reglamentado, debo decirlo, es obligación de la autoridad otorgarlo. Diría el filósofo, ahora que está de moda Juan Gabriel, qué necesidad de no ponerlo. ¿Se requiere incorporarlo? Sí. ¿Para ejercerlo se requiere que esté en el Reglamento? Fíjense que no, cualquier determinación jurisdiccional en la cual un ciudadano reclame que no se le otorgó el debido derecho de audiencia, va a echar por tierra cualquier determinación de este órgano o del INE, porque en este caso en particular del registro de candidaturas, por la verificación de los requisitos, va a haber dos autoridades distintas que van a ejercer una competencia:

Por un lado, la verificación de todos los requisitos, documentales, llamémosle así, por parte de este Instituto. Y, por otra, la verificación de los apoyos populares que va a realizar el INE. De tal suerte que habrá dos autoridades actuando para la toma de una decisión con resoluciones distintas, pero que se van a incorporar en un solo paquete y en una sola determinación final. Por lo tanto, el ciudadano podrá ejercer su reclamo ante cualquiera de las dos vías.

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Yo llamo a la atención y no tomo partido, simple y sencillamente digo: ¿Es necesario incorporarlo? Sí. ¿No nos dan los tiempos? Quién sabe, habría que hacer hasta lo imposible para que las cosas quepan. La filosofía popular es muy sabia, todo cabe en un jarrito sabiéndolo acomodar. Los términos y plazos en un proceso electoral siempre han cabido, siempre, y los hemos tenido apretados en sumo, incluso en todo lo que corresponde a la etapa impugnativa de los procesos electorales hemos tenido verdaderamente casos apretadísimos y hemos salido adelante con los plazos. Yo llamo la atención y sí creo que habría que actuar con mesura, y apoyo la propuesta de que pudiera devolverse, al menos en esta parte, a la Comisión. El expediente puede probarse, entre tanto todo lo demás, pero en esta parte sí devolverlo a la Comisión para que pueda ser incorporado el derecho de audiencia de los ciudadanos en la determinación del registro de candidaturas independientes, desde luego. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en segunda ronda? En segunda ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante del Partido Encuentro Social. REPRESENTANTE DE ENCUENTRO SOCIAL, C. CARLOS LOMAN DELGADO: Me permiten, por favor. Gracias. A mí me parece que éste no es un asunto casuístico, yo lo veo más bien sintomático, precisamente sobre la materia que nos compete, afectado por diversas circunstancias, incluso, hasta ajenas a la propia voluntad de los que participan. Este debate no va a ser el único con respecto a la visión garantista de la aplicación de los derechos humanos fundamentales en los actos administrativos, no va a ser la única; de hecho, ese debate se da en otras mesas y en otras comisiones de trabajo, con respecto a la visión. Si precisamente debemos integrar los diversos derechos fundamentales, estén expresados en la Ley o no; es decir, no solamente debemos de actuar conforme a lo que está expreso, sino incluso ante omisiones, que también deben estar resguardadas por el control de los derechos humanos. No obstante, vivimos esta situación precisamente como… Si me permiten, compañeros consejeros, yo nunca los he interrumpido en sus exposiciones. Gracias.

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Tenemos la oportunidad como autoridad, no solamente la obligación, sino la oportunidad de poder desarrollar esa obligación constitucional establecida en el artículo 1º; no obstante, a mí me parece que sí tenemos que definir una filosofía, un ímpetu, una actualización de cómo vamos a estar actualizando la tutela de los derechos humanos, porque si no vamos a tener una galimatías con diversos criterios. En ese sentido, como lo comentaba en diversas comisiones, se va a estar tomando eso; esto es parte, además complicado, por la Reforma Electoral, todavía no se asientan las arenas de la Reforma Electoral, en la cual se complican más los procedimientos, no sólo una autoridad es responsable de un procedimiento que tiene objetivo preciso, sino intervienen más y eso complica más la situación. Es precisamente por eso que vivimos una etapa transicional y en la que igual nosotros tenemos la necesidad de actualizarnos y asumir criterios lo más homogéneos posibles. Yo recibo con bienvenida la inquietud, no solamente sobre este tema, es sobre diversos temas el cómo tenemos que afrontar la aplicación de los derechos humanos a los actos administrativos. Déjenme decirlo, no solamente es de parte del IEEM, es de parte, prácticamente, de muchas autoridades de las entidades, de autoridades mexicanas, el cómo velar por los derechos humanos, a pesar de las limitaciones de las leyes expresas y de las omisiones o de las disposiciones implícitas en la normatividad. En consecuencia, yo sin determinar en este momento la pertenencia o no, porque soy muy respetuoso en nuestros trabajos, eso no es óbice, no es obstáculo para que los ciudadanos ejerzan sus derechos en las diversas instancias, incluso si no está expreso, como ya se mencionó, en cualquier momento cualquier ciudadano puede presentar su escrito solicitando información, sus propias argumentaciones, como lo hacemos en el seno de las comisiones los partidos, que hacemos nuestras peticiones y a veces se nos oye y a veces no, pero ya están expresadas en comisiones. De alguna manera, expresarlas en la Ley nos hace participar de un lenguaje que nos facilita a los ciudadanos poder ejercer nuestros derechos. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, don Carlos. Tiene el uso de la palabra, en segunda ronda, por haberlo manifestado previamente, el señor representante del Partido Revolucionario Institucional; y después Acción Nacional. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. Quisiera coincidir con mis compañeros, primero –a Ricardo, bienvenido, amigo– con César y con Javier, en el sentido de que a usted, Presidente, le gana su formación.

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Pudiera coincidir con usted en el tema, porque en lo que dice Ricardo en su exposición tiene toda la razón, es un derecho constitucional que tiene cualquier ciudadano, el asunto es por qué no lo manejó usted en las comisiones, por qué se esperan hasta este último momento para hacerlo. Podría coincidir con usted porque finalmente cualquier ciudadano que no se le dé esa garantía de audiencia, simplemente se va ante autoridad superior y la logra. Yo lo que considero es que tampoco darle tanto tiempo, o sea, Ricardo que se regrese a Comisión, es muy sencillo, es un derecho que tienen los ciudadanos, nada más debátanlo aquí, acuérdenlo. En mi concepto, tiene usted razón; y tiene razón Ricardo. Pero no estar perdiendo el tiempo, después de que compañeros nuestros han pasado muchas horas trabajando, como para que cuando presenten este documento, y como bien dice Javier, pudimos haber adelantado en las reuniones de trabajo y no se trató este asunto, y venir a quererse lucir de ser conocimiento de la ley y de la Constitución. Yo sí les pediría a los señores consejeros, que me da gusto que debatan entre ellos, lo que no me da gusto es que no se pongan de acuerdo y en un tema que la ley señala, que es un derecho constitucional que tienen todos.

Y aprovecho para de veras reconocer a Daniel, Daniel ha sido un gusto que hayas estado en este Instituto defendiendo las posiciones de tu partido, de tu dirigente, con vehemencia se te reconoce; muchas cosas a lo mejor no se comparten, pero la ideología que tienes, conozco mucha gente de izquierda que piensan una cosa y dicen otra, pero tú sí eres una auténtica izquierda, nunca has militado en el partido, no sales de nuestro partido como muchos han salido, y te reconozco tu trabajo, tu prudencia, pero sobre todo la defensa de tus ideas.

Ha sido –las veces que tengo aquí y he conocido a muchos representantes en estos

últimos siete años– uno de mis mayores privilegios, conocer esa vocación política que tienes y sobre todo tu ideología.

Es cuanto, Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra, en segunda ronda, el señor representante de Acción Nacional. REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. Sumarme específicamente a darle la bienvenida al representante de MORENA; a Daniel, reconocerte y esperamos el mayor de los éxitos en las tareas que tu partido te ha otorgado y que por eso te ves en la necesidad de abandonarnos, de veras te lo decimos por parte de Acción Nacional y por parte de este representante que tienes un amigo en nosotros.

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Por otra parte, señor Presidente y señores consejeros, no hay que perder de vista una circunstancia: Yo podría suscribir casi en todo lo que el representante de MORENA manifestó, pero hay una circunstancia: Aquí no hay que perder de vista que lo que se hace es la verificación de los ciudadanos que estén en la Lista Nominal, circunstancia que como lo han dicho algunos otros consejeros, no es una responsabilidad de este Instituto y necesariamente quien tendría que estar otorgándoles la garantía de audiencia específicamente es una instancia que no corresponde a este Instituto.

Y además sabemos otra cosa: Inmediatamente, en cuanto los ciudadanos se puedan

percatar de esto, necesitarían iniciar su juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en virtud que sabemos que por alguna causa o por alguna circunstancia no aparecen en la Lista Nominal; pero también específicamente la ley establece la obligación de todos los ciudadanos de verificar la Lista Nominal para ver si están o no están.

En este sentido, no sería posible que nosotros otorgáramos una garantía de audiencia

porque el acto no emana de nosotros; si bien es cierto nosotros solicitamos específicamente que se analice y se vea este apoyo para ver si están en la Lista Nominal, finalmente a nosotros no nos correspondería porque nosotros qué vamos a decir: “Oye, ¿sabes qué? Pues no apareces en la lista”. Y es lo único que les podremos decir.

¿Y qué nos van a decir? “Oye, te aporto mi credencial, aquí está” o “¿Sabes qué? Estoy haciendo el trámite”.

Sí, pero específicamente la ley federal es la que determina por qué salen las personas

de la Lista Nominal. Nosotros no podríamos, de ninguna manera, modificar esa circunstancia, porque no

somos la autoridad que tendría la facultad para poderlo hacer. Eso sería cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra, por haberlo solicitado previamente, el señor representante del Partido del Trabajo. REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias, Presidente.

No nos podemos quedar atrás y me sumo a la bienvenida al compañero y amigo Ricardo, que ya hemos tenido el agrado de que haya estado en alguna representación en este Órgano.

Y quiero decirle a Ricardo que las cosas no han cambiado mucho aquí, bueno, mejor

dicho sí ha cambiado; todo sigue igual como cuando estabas tú. Hoy te vas a divertir más que antes, porque el debate se da, como ya lo estás viendo.

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En nuestro partido nos daría mucho gusto que el debate subiera de calidad, pero desafortunadamente quienes tienen la obligación de votar los acuerdos, de votar las disposiciones de este Órgano Electoral, ni ellos se ponen de acuerdo, ya lo viste.

Entonces bienvenido, Ricardo, y nuestro reconocimiento, por supuesto, a Daniel. Desafortunadamente, como ya lo decía la representación del PRD, hace falta

reinstalar esas mesas de trabajo o mesas políticas, o como se les quiera llamar, previas a las sesiones de Consejo, porque vemos que de nada sirve entonces que esta Comisión haya trabajado, como ha informado la Presidenta de la misma, durante 16 horas en este proyecto para que aquí se venga a decir que está bien, pero que le falta algo. Y lamentablemente lo dice el Presidente.

Y algunos consejeros se van como si fuera ya un mandato, “hay que votarlo así

porque lo digo yo y soy el Presidente”. A nosotros nos gustaría escuchar la posición, si es que así lo van a votar como viene o

si le van a poner ahí algún asterisco, como lo ha propuesto el Presidente, no como asterisco, pero así lo entendemos, sí nos gustaría escuchar sus posiciones.

De por sí las candidaturas independientes son complicadas, nosotros lo dijimos en su

momento, para todos aquellos aspirantes por esta figura tienen mayor compromiso que los propios partidos políticos, porque a nosotros, a los partidos, se nos pide, se nos exige por ley cumplir cierto porcentaje una vez pasada la elección y a los independientes se les pide por anticipado y luego todavía se les acota en ciertas cuestiones para hacérselos más difícil.

Miren, todos aquellos ciudadanos que en este proceso que nos ocupa o que nos va a

ocupar ya de manera formal y legal a partir de la semana entrante, le están dando seguimiento a estas sesiones y principalmente a ésta, aquellos que aspiren por esta figura, porque sabían que en el punto cuatro del orden del día se va a expedir el Reglamento, si es que así se aprueba, porque dice “discusión y aprobación, en su caso”, no necesariamente se tiene que aprobar; no necesariamente, se está discutiendo.

Por eso nuestra posición es que los señores consejeros nos digan su posición para ver

por qué van a votar, si es que lo votan así o tienen alguna disposición diferente. Entonces ya les estamos anunciando a los aspirantes por esta figura para que se

vayan preparando desde ahora, ya desde ahora porque seguramente más de uno le está dando seguimiento a esta sesión y, particularmente, a este punto.

Por tiempo, señor Presidente, por lo pronto sería cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en segunda ronda? En segunda ronda, el Consejero Miguel Ángel García.

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Por favor, Maestro.

CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA HERNÁNDEZ: Gracias, Presidente. También escuchando con interés lo que se ha señalado aquí. Y yo quisiera comentar

que dentro de la Comisión su servidor fue también quien estuvo debatiendo sobre este tema de la garantía de audiencia, pero coincido mucho con lo que ha comentado ya el Consejero Saúl, la preocupación que trae el Consejero Presidente e incluso lo que han señalado aquí los representantes, tanto de Acción Nacional como también del Revolucionario Institucional.

Y yo quisiera referir que el problema al que nos estamos enfrentando o que estamos

previendo es simplemente también la no perfección que hay en la ley, porque aunque nosotros quisiéramos incorporar el tema de la garantía de audiencia, que además es un derecho que efectivamente se ha señalado, el problema es para el propio ciudadano, porque el acto de molestia que él tendría que ir a solventar, no sería exactamente con el Instituto Electoral del Estado de México, sino tendría que ir con el Instituto Nacional Electoral, con el Órgano correspondiente. Pero eso, como ya lo ha comentado aquí el Consejero Saúl Mandujano, dice “es que finalmente los plazos que se le dan van a llevar al propio ciudadano a ir con una autoridad diferente al IEEM y entonces pedir que se pueda solventar ese tema”.

Y creo que ahí esta falta de tiempo, de plazo que deba tener el ciudadano, eso es lo que va en detrimento de él, pero reitero, no porque el IEEM no lo quiera hacer, no porque sea debate de una mesa, sino más bien lo veo en la imperfección que hay en la ley.

Y como es imperfección, quisiera anunciar que nos vamos a encontrar al menos otras

cinco imperfecciones que van a impactar en la aprobación también de la reglamentación que viene. ¿Por qué? Porque también fueron debatidas parte de esas imperfecciones que hay en nuestro Código Electoral.

Yo quiero anunciar que finalmente mi voto será a favor. Está mi preocupación sí latente por el tema de la garantía de audiencia y me parece

que también lo que debiéramos buscar sería nuevamente un canal con la soberanía legislativa para anunciar, reitero, al menos su servidor tiene detectadas algunas imperfecciones más bien que hay en la ley y que fueron debatidas en la construcción o una vez que estábamos renovando, una vez que estábamos actualizando las normas secundarias en materia electoral del IEEM y que creo que pudieran abonar a que en muy poco tiempo pudiéramos, reitero, señalar esas observaciones, porque finalmente tenemos que hacer que la ley sea accesible, factible para el gobernado, para el ciudadano, para los candidatos, y que finalmente estos debates que estamos llevando a cabo pudieran ser más bien debates, como se ha señalado, que vayan construyendo en pro de la democracia.

Pero, reitero, no es tampoco una situación que el Instituto Electoral del Estado de

México esté omitiendo, su servidor también mantuvo la preocupación, señalé la

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preocupación; sin embargo, creo que la parte final de este Reglamento cumple con la parte de la legalidad.

En todo caso, los ciudadanos tendrían que solventar alguna anomalía, alguna

irregularidad presentada por ellos, pero emanados de una autoridad totalmente diversa, como es el ir y pedir al Instituto Nacional Electoral, a través de su órgano correspondiente, que le permita hacer las correcciones debidas.

Es cuanto, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, Consejero. ¿Alguna otra intervención en segunda ronda? ¿En tercera? En tercera ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante de MORENA. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Muchas gracias. Me llama la atención que para muchos se soslaye este problema, que es un problema de carácter jurídico y las consecuencias que puede alcanzar. Si esta autoridad persiste en que no se incorpore el derecho de audiencia, permítame decirle que a cualquier ciudadano que le sea negado el registro lo va a ganar en tribunales. Así de simple, aunque no haya cumplido prácticamente ninguno de los requisitos que se establecen, porque el derecho convencional, incorporado a derecho a nacional, ha señalado una especie de trilogía que se establece más o menos de la siguiente forma:

El debido proceso contiene a la garantía de audiencia, ante la violación de ésta, que es debido proceso, entonces hay una protección absoluta de los derechos del ciudadano, no entra entonces la autoridad a la verificación en la aplicación de la justicia respecto a lo que obra en el expediente, sino básicamente si se cubrieron o no las formas del debido proceso.

Si esto es así, entonces el ciudadano que no haya cumplido algún requisito va a alegar simplemente la violación al debido proceso por la falta de garantía de audiencia y la autoridad jurisdiccional no tendrá ni siquiera que entrar al fondo del asunto, es decir, al cumplimiento de las obligaciones ciudadanas para poder acceder a la candidatura. De tal suerte que están cometiendo un gravísimo error. Yo digo, y no es por tiempo, como lo ha dicho el representante Bernal, del PRI, no porque estemos aquí y esté en el orden del día hay que sacarlo; aquí la prudencia debe permear y yo llamo a la prudencia. Ya he explicado que esto es un tema de carácter convencional, que protege los derechos del ciudadano, sí; pero también debe verificar la autoridad electoral que todos los

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requisitos que se establecen para acceder a la candidatura sean cumplimentados y no por esta trampa y este vacío se obtenga el derecho prácticamente sin cumplir los requisitos. Llamo a la prudencia y diría, en forma de propuesta, porque hay que tener el remedio y el trapito. Hay sesión, me parece que para el próximo día 7 solemne, antes de la sesión solemne creo que podemos llevar a cabo una sesión extraordinaria, tratar este tema, y después de ello entrar a la solemne sin ningún problema. Es la propuesta, Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda su servidor, para tratar de compilar los diferentes comentarios que se han dado en las rondas previas. Es intención de su servidor, como lo anuncié, no lo gesticulé, sino lo anuncie desde el principio, votar a favor del proyecto. Este Reglamento es nuevo que, me parece, subsana muchas de las eventuales complicaciones que nos pudo haber dado el Reglamento anterior cuando lo aplicamos para la Elección del 2015; el Reglamento anterior fue aprobado en 2014, antes de que este Consejo se integrara como actualmente lo está, con la mejor intención de darnos un Reglamento que nos sirviera para la Elección 2014-2015, pero honestamente han pasado muchas cosas del 2014 a la fecha en este tema, en particular, sobre los candidatos independientes, como para que el Reglamento se quedar intacto; por eso se modificó.

Este Reglamento que la Comisión abordó, también lo señalan sus integrantes, se discutió el tema, es un asunto que está ya revisado por la Comisión, no fui omiso, lo presente o lo solicité creo que desde mayo mi inquietud al respecto y, además, fue una inquietud que fue valorada y revisada, como ya nos explicó el Maestro Mandujano, y se encontraron las limitantes que él nos explicaba en la Ley.

Creo que el tema no está cerrado porque aunque, como es mi pretensión o mi

propuesta, aprobemos el Reglamento que la Comisión elaboró y tiene listo para hoy, todavía nos queda otro espacio, otro momento para detallar este asunto con los aspirantes a candidato independiente que va a ser la convocatoria que se debe emitir en diciembre.

Finalmente no se trataría –Maestro Mandujano, déjeme comentarlo así– de restringirles

derechos y decir: “Tienes que venir antes y hacerlo”, sino de ofrecerles oportunidades: “Puedes venir desde antes y te vamos revisando para que tú y nosotros estemos seguros de que no vas a tener ningún problema”.

Creo que todavía hay espacio, no veo una obligación para que lo tengamos definido

y delimitado de aquí al 7 de septiembre, creo que es un tema que podemos bien revisar, hacernos de más elementos, de las experiencias inmediatas de 2016.

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Hicimos un análisis, en la oficina de su servidor, sobre los candidatos independientes que participaron en las elecciones del 2016 y es muy significativo la gran cantidad de ellos que obtuvieron el registro sin cumplimiento de requisitos, por esta vía que nos señala el representante de MORENA.

Y muy significativo, además quiero señalarlo porque ya lo revisamos, que la cantidad

de votos obtenidos por estos candidatos en la constitucional fue mucho menor que las supuestas firmas presentadas. Me refiero a supuestas porque no fueron efectivamente demostradas, no pudieron ser efectivamente demostradas por los procedimientos legales previstos.

Creo que es un tema en el que el Estado de México tiene todavía un tramo por

avanzar y que tenemos todavía oportunidad para hacerlo antes de la emisión de la convocatoria que está prevista, según yo, para el mes de diciembre.

Por eso es que mi intención es votar el Reglamento como se consiguió, porque es un

Reglamento muy bueno, sólido, actualizado; y tener todavía este tema con una propuesta que yo haré, en su momento, a la Comisión que seguirá funcionando, según mi visión, para que se pueda revisar ahí o en la convocatoria.

Gracias. El Partido Verde en tercera ronda. Por favor, don Esteban.

REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente. Aprovecho la oportunidad para dar la bienvenida al señor representante de MORENA. Bienvenido, Ricardo. Mi querido Dani, públicamente, gracias por tus gestos de atención y educación que siempre tuviste con el de la voz, te lo reconozco públicamente. Dice un dicho popular, que si de lo bueno breve, dos veces bueno, a cada rato lo cito, aquí se va votar lo que se tenga que votar y va suceder lo que tenga que suceder.

Yo comparto absolutamente la postura de mi amigo Rubén, Ricardo cuando tienes la

razón desafortunadamente pierdes la razón, dice un dicho; yo pierdo la razón cuando tengo la razón.

¿Qué va suceder? El derecho de audiencia está contemplado en la Constitución; la supremacía

constitucional ya nada más faltaría que la pusiéramos en tela de juicio. ¿Qué va suceder? Como diría mi amigo Horacio, para qué tanto brinco estando el piso tan plano, no

vaya suceder que les tenga que decir: Se los dijimos, porque no lo digo yo, se los dijimos.

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No entiendo la premura por la cual se tenga que aprobar, si es discusión y, en su caso

aprobación, podemos seguirlo discutiendo, pero en el seno de un grupo donde pueda aportar ideas y no se excluyan las ideas jurídicas que se han estado presentando en este momento.

Repito: ¿Qué va suceder? Pues lo que tenga que suceder. Ojalá que no tengamos que decirles: ¡Se los dijimos! Es cuando, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en tercera ronda? Tiene el uso de la palabra, en tercera ronda, el señor representante del Partido Revolucionario Institucional. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Voy a suscribir lo que señala el representante de MORENA, en el sentido que no podemos contravenir el 14 constitucional, Presidente; no entiendo por qué no toma la decisión ahora.

A mí, como lo señalé en mi anterior intervención, me preocupa tantas horas que trabajaron estas gentes, tantas horas que trabajaron los consejeros y al final de cuentas regresar todo un trabajo nada más por esto que está más que dicho.

O sea, si bien dice Rubén que conoce mucho, y reconozco siempre su solvencia

jurídica, pero al final de cuentas no pueden ir sobre la Constitución, cualquiera, como dice Ricardo, que se vaya, lo impugna al Tribunal, le van a dar la razón.

Yo no veo por qué ni regresarlo en una cosa tan obvia, es preferible que lo acuerden

dándole el derecho de audiencia al ciudadano; si de por sí también dice bien mi amigo Piña, se le meten más requisitos a una candidatura independiente que a los propios partidos, pues ¡caray! facilitémosle las cosas.

Y es menos probable que lo impugnen dándole el derecho de audiencia que

quitándole el derecho de audiencia. Es cuanto, Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. En tercera ronda, el representante del PRD, después Nueva Alianza y después Movimiento Ciudadano. Por favor.

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REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Gracias.

Como lo manifesté en la primera intervención, había confusión en la propuesta que hacía el Presidente y creo que sigue reiterando la misma circunstancia.

Pero como aquí ya varios han señalado su objeción o su disenso para que se apruebe

en este momento, me parece que en todo caso podemos llegar a un consenso en el sentido de que se retire el punto del orden del día, porque no podemos estar bordando sobre la mesa o sobre las rodillas de qué manera vamos a incorporar ese tema.

Me parece que lo prudente, Presidente, sin ánimo de denostar el trabajo de la

Comisión ni mucho menos de quien la preside, debiera ser, el que tiene sólo la posibilidad de hacerlo es quien tiene, según el reglamento, derecho a voz y voto, es decir, alguno de los consejeros, formalmente solicitar se retire de la aprobación de esta sesión y hagámoslo de inmediato en una sesión extraordinaria de la Comisión primero y posteriormente, como aquí ya se ha propuesto, incluso va haber sesión extraordinaria después de la sesión de instalación, ahí podríamos incorporar este tema.

Creo que no pasa nada, si es que hemos llegado a este punto en donde el disenso

está más que en el ambiente, está en las resoluciones jurídicas que se les han otorgado a quienes han solicitado por esta vía su derecho a registro por candidatura independiente y entonces no pasa nada, creo que estaríamos en condiciones de aprobar algo con mayor consenso de los partidos políticos.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. En tercera ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante de Nueva Alianza.

REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Gracias, Presidente. A ver, tengo entendido que el Consejero Presidente mandó un oficio el 13 de mayo a

la Comisión con esta propuesta; digo, para que vayamos dejando a un lado la idea de que el Presidente está aprovechando la ocasión y está en un papel protagónico por la defensa de los derechos de los ciudadanos, en especial de los candidatos independientes. Hubo mucho tiempo para procesarla.

Yo sin duda alguna estoy de acuerdo con lo que aquí se ha planteado, en el sentido

de que el derecho de audiencia es parte fundamental del debido proceso y que el debido proceso está reconocido plenamente por la Constitución y que entonces eso nos obliga sin duda alguna a incorporarlo en el cuerpo del Acuerdo; de lo contrario nos va a pasar lo que ya habíamos platicado, Presidente, que en varios estados este tipo de reglamentos no pasaron por el tamiz de los tribunales.

Así que la posición de mi partido es en favor de respetar los derechos de todas y

todos los ciudadanos, y en ese sentido nos sumamos a esta propuesta que usted hace de

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reconocer el derecho de audiencia que todo ciudadano debe de tener; de lo contrario, los estamos despojando de un derecho fundamental.

Y también señalar que somos respetuosos de la interpretación y de los

posicionamientos de los consejeros, quienes no han estado de acuerdo con esta postura. Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene antes el uso de la palabra el señor representante de Movimiento Ciudadano y

después Acción Nacional.

REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: Muchas gracias, Presidente.

Lo que ha manifestado el representante de MORENA, obviamente que tiene la razón

en términos de este bloque de constitucionalidad que al día de hoy nos rige y que dicho sea de paso Ricardo Moreno es una persona que conoce muy bien el tema, es un gran amigo mío y hemos estado trabajando del hombro en algunos otros procesos; por eso qué bueno que se encuentra el día de hoy aquí.

Y también comentar que este tema, si queremos realmente garantizarle sus derechos

al ciudadano, pues no es un tema nada más que impacte en esa garantía de audiencia que violente el debido proceso.

Esto obviamente que todavía alcanza a impactarle en esos derechos que consagra

en favor del ciudadano el artículo 23 y el artículo 8º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Entonces creo que no nada más se trata de un tema que impacte en una cuestión

procedimental, sino va todavía más allá. Desafortunadamente, mi querido Ricardo, como ya te lo ha comentado el amigo

Piña, aquí no pasa nada y todo sigue igual; y te puedo asegurar que este proyecto va a ser aprobado en los términos que viene y seguramente los ciudadanos van a tener que acudir al Órgano Jurisdiccional para que, en uso de esas facultades que tiene la autoridad jurisdiccional electoral, tenga que venir a enmendar este tipo de situaciones que estamos advirtiendo y de las cuales no se hicieron caso, incluso en comisiones.

Sí es importante recordarle a la ciudadanía, incluso desde este momento lo puedo

hacer patente, no obstante de que Movimiento Ciudadano siempre tiene cuando menos salvaguardado el 50 por ciento de candidaturas para la ciudadanía, que si algún candidato independiente se ve violentado en sus derechos político-electorales, Movimiento Ciudadano con mucho gusto podrá proporcionar toda esa asesoría técnico-jurídica para que pueda acudir a los tribunales y les sean respetados sus derechos, tanto fundamentales como humanos.

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Sería cuanto. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante.

En tercera ronda, el señor representante de Acción Nacional. Y después el PT. REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. Aquí ya se ha hablado de la prudencia, específicamente llamaríamos a eso, y no nada más a los señores consejeros, sino también a todos los representantes de los partidos políticos, porque hay una circunstancia. Sí, efectivamente, el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece ese derecho que tiene uno a que se le escuche, tenga uno la posibilidad de probar y pueda uno alegar, nada más que aquí, reitero, no hay que perder de vista una circunstancia. El acto del cual pudiera dolerse en este caso cualquier candidato no emana de este Consejo, no emana específicamente. ¿Por qué? Porque específicamente los requisitos lo dicen claramente, que el ciudadano haya sido o esté dado de baja de la lista nominal y que por esa circunstancia no pueda ser considerado para el apoyo que se requiere. Esa circunstancia específicamente a nosotros no nos daría la posibilidad de… Lo único que le podríamos decir es: “Mira, te doy la garantía de audiencia para el efecto de que te des cuenta de que estos ciudadanos que tú presentaste como apoyo no están en la lista nominal”. ¿Y qué nos va a decir específicamente el candidato o el presunto candidato independiente? Es que sí. ¿O cómo va a acreditar o cómo va a demostrar que específicamente fueron omitidos de la lista por alguna circunstancia? Porque específicamente, como lo comento, la ley federal establece claramente por qué son dados de baja los ciudadanos de la lista nominal. En ese sentido, ¿cómo le vamos a hacer nosotros para desahogar una garantía de audiencia cuando el acto no emana de nosotros? Máxime, como lo refiero, no nos correspondería a nosotros, porque específicamente el ciudadano tiene la obligación de verificar que está en la Lista Nominal.

¿Qué le vamos a decir? Porque lo podemos plasmar en el Reglamento, pero la garantía de audiencia va para decirle: “Mira, de la verificación que se hizo tus firmas de apoyo no están en la Lista Nominal”. Es a lo más que podríamos llegar.

¿Y qué va a hacer el ciudadano, qué nos va a aportar como prueba en contrario y

qué va a alegar?

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Nada más eso sería específicamente lo que les pediría que pensáramos y razonáramos.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante del Partido del Trabajo. REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias, Presidente. Por supuesto que tenemos que ser respetuosos del trabajo que se realizó por parte de la Comisión, recordando que todas las comisiones son auxiliares de este Consejo General, ahí aprueban y se pasa al pleno. Lamentablemente, repito, si quienes tienen la obligación de aprobar, los partidos políticos ya fijamos posición en las comisiones, los partidos políticos tenemos representantes, todos, en las comisiones; sin embargo, los consejeros solamente la conforman tres de ellos, por eso nosotros solicitábamos la postura de los señores consejeros para ver en qué sentido vienen. Miren, lamentablemente también, como ya lo dije en mi intervención anterior, si algún ciudadano recurre a la instancia correspondiente jurisdiccional, ya estamos hablando de que va a ganar su demanda, la va a ganar. ¿Y qué pasa si la gana en el momento que ya estén las boletas elaboradas? Eso implica que, si la gana, tendrá que haber una reimpresión y un gasto doble o triple, porque una reimpresión de último momento sale carísima. Estamos previniendo. Aquí cuando conviene o en algunos casos se discuten leyes, recordemos que las leyes se discuten en la Cámara de Diputados, allá se discuten las leyes, aquí se aplican. Y si es cierto que, como lo ha dicho el Consejero Mandujano, que el Legislativo lo separó, aplíquese la ley, recordando que la Constitución otorga el derecho a los ciudadanos de postularse como candidatos independientes, pero nada más lo otorga a través de unos cuantos párrafos. Para eso está la ley secundaria, para ordenar, etcétera; eso es para facilitar, la ley secundaria facilita la aplicación de la Constitución. ¿Pero cómo facilitas la aplicación de la ley? En los reglamentos.

¿Para qué existe el Reglamento si la Ley ya lo específica de esa manera; si el legislador ya lo hizo de esa manera, entonces para qué existe el Reglamento? Los reglamentos son para hacer más operativa la Ley, al menos así nosotros lo concebimos.

Por ello, señores consejeros, señor Presidente, en particular, mi partido le estaría

proponiendo que declare un receso; que ustedes los señores consejeros con el Presidente se reúnan tres minutos, a ver si logran ponerse de acuerdo en tres minutos para que el asunto

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salga el día de hoy, respetando, por supuesto, el trabajo que la Comisión ya realizó durante 16 horas, como lo ha informado la Presidenta de la misma.

Muchas gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Tiene el uso de la palabra, por haberlo solicitado previamente, el Consejero Miguel Ángel García Hernández, en tercera ronda. Por favor, Consejero. CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA HERNÁNDEZ: Gracias, Presidente. Nada más quisiera la venia de todos mis compañeros del Consejo para hacer el reconocimiento público también a Luis Daniel, que deja la representación; y reconocer que finalmente el trabajo que se hace en el ámbito político-electoral no es un trabajo que acabe, es un trabajo que siempre está en constante movimiento y se está renovando. También darle la bienvenida a Ricardo, de quienes conocemos también su trayectoria y su compromiso con la democracia. Gracias. Gracias, Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejero. ¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda, don Carlos Loman, del Partido Encuentro Social. Por favor. REPRESENTANTE DE ENCUENTRO SOCIAL, C. CARLOS LOMAN DELGADO: A mí me parece que nuevamente estamos viviendo las fronteras de la creatividad y de la actuación, de las formas a la realidad, como lo dijimos en alguna conferencia. Es muy interesante la propuesta, incluso, operadora que hizo el Presidente, en el caso de que se aprobara el Reglamento, porque no obstante que pudiera parecer que hay una omisión o incluso, como se ve aquí, una negación de un derecho, ¿hasta dónde puede llegar un servidor público administrativo a proveer y procurar el cuidado de los derechos humanos? Yo lo veo así, tal vez sea una creencia muy personal, esa obligación de los servidores públicos, que generalmente se le da a los servidores públicos, me parece que desde todos los seres, incluso los que no son servidores, deberíamos proveer en todo momento, en cada actuación la no afectación de los derechos, estén establecidos o no en la Ley, estén establecidos en alguna norma. ¿Por qué? Porque si no, estamos entre dos paredes, estamos entre principio de la tutela y el principio de la ilegalidad.

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Una cuestión que no ha sido resuelta o que se sigue construyendo en los máximos tribunales y que estamos construyendo casuísticamente, como lo había mencionado. Debemos de asumir ya una cultura democrática de derechos y, en ese sentido, el que, incluso, no está establecido en la Ley de manera expresa, esto no es obstáculo para que la autoridad administrativa sea omisa. El problema es que, en este momento y en varios casos, todavía la cultura en el país está todavía en la visión tradicional de la estricta legalidad, pero ahora es necesario que cuando se puedan trastocar derechos humanos, no solamente es cuestión de la legalidad, sino también proveer a la garantía de los derechos fundamentales, es decir, a principios. En lo que cuaja esa trayectoria histórica, nosotros estamos aquí y tenemos que tomar determinaciones que pueden tener consecuencias también muy fuertes. Yo por eso veo muy bien la actitud del Presidente, independientemente de si se aprobara, e incluso cómo proveer a actos o a procedimientos que pudieran, aun así, garantizar el derecho humano, es decir, a darle contenido al derecho, no solamente de palabra, que es muchas veces lo que ha pasado. Aunque se exprese ahí el espíritu garantista, muchas veces es operativo o no. En consecuencia, la propuesta que hace el Presidente sí se me hace muy innovadora; tal vez va en contra de la tradición estrictamente legal o literalmente legal de hacer solamente lo que diga la Ley, sino que además tenemos que subsanar las deficiencias de la propia Ley. Y eso lo reconozco. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, don Carlos. Tiene ahora el uso de la palabra el Consejero Electoral, Doctor Gabriel Corona Armenta. CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: Gracias. Buenos días. Creo que se han hecho diversos planteamientos, la mayoría coinciden en que la garantía de audiencia es un derecho constitucional, y no plasmarlo en este documento nos podría generar grandes problemas, muy cerca ya de la jornada electoral. Yo no sé qué sea lo más prudente o lo más eficaz, si este Reglamento pudiera ser modificado durante el transcurso de esta misma sesión o que fuera retirado para mejor proveer.

Yo diría, incluso, aunque de pronto es algo que no gusta mucho, dado que intervienen dos instancias en este procedimiento, que es el Instituto Nacional Electoral y nuestro Instituto, se hiciera la consulta correspondiente, de tal manera que este procedimiento que se realiza de verificación del apoyo ciudadano el INE lo pudiera hacer de condiciones tales, que pudiera ser acortado y que pudiera dar tiempo a introducir esta figura de la garantía de audiencia.

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Me parece en ese sentido que hay tiempo suficiente para procesarlo, no veo un plazo fatal en este momento como para que tenga que ser aprobado en este momento, y creo que sí sería conveniente que a partir de lo que se ha escuchado, lo que se ha planteado aquí, pudiera ser tomado en cuenta y darle el debido cauce legal.

Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. ¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda el Consejero Mandujano. Por favor, Maestro. CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Sí, Consejero Presidente.

En este debate del reglamento, quizá pudiera ayudar, no sé, quiero poner a consideración de ustedes el artículo 28 del reglamento que estamos analizando.

El artículo 28, en la página 11, se quizá el que mete un poco de ruido, dice: “El órgano

competente verificará, dentro de los tres días siguientes, que se cumplió con todos los requisitos señalados en el artículo 120 del Código, con excepción de lo relativo al apoyo ciudadano”. Eso se incorporó porque la verificación no le toca a este Instituto sino al INE.

Mi propuesta sería retirar este último renglón, sólo este último renglón que dice: “…con

excepción de lo relativo al apoyo ciudadano”. Es decir, dejarlo en términos de cómo viene redactado el 120 del Código Electoral.

En el 120 se verifican todos los requisitos, incluso el apoyo ciudadano en un lapso de

72 horas. Mi propuesta sería para tratar de conciliar un poco la inquietud que el artículo 28 del

reglamento, que estamos revisando, se modificara en la parte final y que quedara sólo de esta manera: “El órgano competente verificará, dentro de los tres días siguientes, que se cumplió con todos los requisitos señalados en el artículo 120 del Código”. Hasta ahí. Retirar lo de: “…con excepción del apoyo ciudadano”.

Lo hago porque en 72 horas, que es el plazo que le da, también debería verificarse el

respaldo ciudadano; si retiramos esto, la garantía de audiencia a la que hemos estado haciendo referencia, prevista en el 122, cabe en la protección del 120, porque el 122 en la parte final dice: “…siempre y cuando pueda realizarse dentro de los plazos que señale este Código”.

Es decir, aunque nosotros advirtamos que hay irregularidades en el apoyo ciudadano,

en 48 horas que nos devuelve el INE, tendría que decirle al ciudadano: “Oye, el INE advirtió inconsistencias, tienes un plazo para subsanarla”. ¿Cuál es el plazo? El que te permite el propio Código.

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Mi propuesta sería para conciliar la inquietud que deriva de este debate, es que el

artículo 28 del reglamento se reformara, bueno, retiráramos eso, se puede hacer en este Consejo General, la parte final que dice: “…con excepción de lo relativo al apoyo ciudadano”. Y queda, bajo mi percepción, considerada la garantía de audiencia en todos los requisitos del 120.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. Yo ya participé en tercera ronda pero quisiera hacerle una pregunta al orador. CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Sí, claro. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Consejero Mandujano, ¿aceptaría usted que yo me sumara a su propuesta? Porque es exactamente, con eso yo me doy por satisfecho. CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Por supuesto que sí, Consejero. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias. La Consejera González… ¡Ah! ¿Una pregunta también? Una pregunta para el Consejero Mandujano. PERMÍTAME, maestra. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Y me emociona la receptibilidad de los señores consejeros. Una pregunta: Yo creo que es correcto lo que señala el Consejero, me parce que esto abona en el sentido que se quiere, simplemente me queda una duda y quisiera ver si la podemos despejar. Con esta redacción, quitando la última parte del artículo 28, ¿cómo se explicita el derecho de audiencia en el reglamento? Es decir, no hay una obligación de la autoridad, ni queda explícitamente señalado, sino simplemente se habla de la verificación de los requisitos y de la posibilidad de que el ciudadano pueda corregir las omisiones en que puede incurrir.

Entiendo que esa es la propuesta, pero el derecho de audiencia no es eso; perdón,

no es eso. El derecho de audiencia es “ante tal situación, te la pongo de tu conocimiento para que alegues lo que a tu derecho corresponda”, ni siquiera se le advierte al ciudadano cuál es el camino a corregir.

Yo le digo “señor ciudadano, usted no cumplió con el apoyo ciudadano porque el

INE nos está reportando que tal cantidad de firmas no son consistentes con los registros del

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Instituto y por cuanto te lo hago de tu conocimiento para que alegues lo que a tu derecho corresponda”.

Eso es el derecho de audiencia, no es la verificación de los requisitos. Estando de acuerdo con lo que se señala, simplemente creo que pudiéramos decir “si

se advirtiere que hay omisión en uno o varios requisitos, se le notificará al ciudadano para que pueda ejercer su derecho de audiencia”.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Para responder, el Consejero Mandujano.

CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Sí, gracias, Ricardo, por la pregunta.

El artículo 28 que yo sugiero modificar, en la parte final sí limita de alguna manera la

garantía de audiencia; el 28 del Reglamento, estoy en la página 11 del Reglamento, cuando dice “con excepción de lo relativo al apoyo ciudadano”, pero el 29 del mismo Reglamento, en la página 12, dice que “si de la verificación realizada se advierte que se omitió el cumplimiento de uno o varios requisitos se estará a lo dispuesto en el 122 del Código”.

Y el 122 del Código es el que consagra la garantía de audiencia, dice “si de la

verificación realizada se advierte que se omitió el cumplimiento de uno o varios requisitos, se notificará de inmediato al solicitante para que dentro del plazo de 48 horas siguientes subsane el o los requisitos omitidos”.

El 122 del Código consagra la garantía de audiencia, que es al que remite el 29 del

Reglamento que estamos discutiendo. Si retiramos la excepción del 28, quedaríamos en términos totalmente del 122 y

quedaría garantizada la garantía; bueno, quedaría asegurada la garantía de audiencia con la limitación temporal que el propio artículo 122 dice “siempre y cuando pueda realizarse dentro de los plazos que señala el propio Código”.

Mi propuesta, –gracias, Ricardo, por la pregunta– es precisar que el 29 al remitir al 122

del Código ahí está consagrando la garantía de audiencia.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. Tiene el uso de la palabra, en tercera ronda, la Consejera María Guadalupe González

Jordan. Por favor, Doctora.

CONSEJERA ELECTORAL, DRA. MARÍA GUADALUPE GONZÁLEZ JORDAN: Gracias.

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Nada más sumarme a la propuesta que ha estado realizando el Consejero Saúl Mandujano, yo también coincido, en el artículo 28 dejarlo “hasta el artículo 20 del Código.”

Y sabemos, como autoridad, que en cada momento, tal como lo consagra el artículo

1º Constitucional, pues debemos de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos.

A mí me parece que si algún ciudadano cree que han sido vulnerados sus derechos,

pues claro que podrá reclamarlos y en cada caso particular, cuando la autoridad tenga conocimiento y ella sea la responsable, pues claro que tiene que responderle.

En este caso el tema que se ha puesto aquí en la mesa es el del apoyo ciudadano y

ya, como bien lo dijo el señor representante del PAN, es un tema que le corresponde al INE como autoridad.

Y en el caso de que si en este tema hubiera un juicio, pues a quien va a señalar como

autoridad responsable es al INE, a nosotros no; entonces creo que con la propuesta que está haciendo el Consejero Saúl Mandujano salimos adelante con este Reglamento.

Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejera. ¿Alguien más en tercera ronda? No hay más intervenciones, y en las intervenciones después de la propuesta del

Consejero Mandujano no hay ninguna en oposición, lo que le voy a pedir al Secretario es que consulte sobre la eventual aprobación del proyecto de Acuerdo y su anexo con la modificación propuesta.

Por favor, señor Secretario.

SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, estamos en el punto cuatro del orden del día, relativo al proyecto de acuerdo número 70/2016.

En atención a lo que usted ha señalado, hemos registrado la propuesta que tendría

que ver con la modificación del artículo 28 del Reglamento que se discute, y la propuesta consiste en que la redacción del mismo llegue hasta el artículo 120 del Código y punto, omitiendo lo que le sigue en el proyecto que se ha circulado. Con esta consideración, sometería a votación el proyecto, pidiéndole a las consejeras y consejeros electorales que lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario.

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Le pido proceda con el siguiente asunto del orden del día, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, el siguiente punto del orden del día es el número cinco y corresponde al proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para la Sustanciación de los Procedimientos Sancionadores del Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso. Está a su consideración. CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: Gracias, señor Secretario. Señoras y señores integrantes del Consejo, está a su consideración el proyecto de referencia. Al no haber intervenciones, pido al señor Secretario consulte sobre su eventual aprobación, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Con relación al proyecto identificado con el número 71/2016, correspondiente al punto cinco del orden del día, pedirías a las consejeras y consejeros que, si están por su aprobación, lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Proceda, por favor, con el siguiente asunto. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Es el número seis: Proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para el Registro de Candidaturas a los Distintos Cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso. Está a su consideración. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Señoras y señores integrantes del Consejo, está a su consideración el proyecto de referencia. Tiene el uso de la palabra, en primera ronda, si me lo permite, señor representante, la Consejera Palmira Tapia. Y después el señor representante del Partido Verde Ecologista. Por favor, Maestra, usted primero. CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. PALMIRA TAPIA PALACIOS: Gracias.

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De manera muy breve, solamente referirme a un aspecto de este Reglamento que vale la pena destacar. Me parece que con la aprobación de este Reglamento se recoge el mandato constitucional de la paridad de género, así como las diversas determinaciones y jurisprudencias que el Tribunal emitió a lo largo de diversas elecciones locales de 2015.

Lo que en su momento fue objeto de un intenso debate en este Órgano sobre el alcance de la paridad de género en el ámbito de los ayuntamientos, ahora, al estar de manera expresa en este Reglamento, queda claro que los partidos políticos habrán de garantizar la misma proporción de candidatas y hombres y mujeres en el cargo de la presidencia municipal.

Me parece que con este tipo de determinaciones que habremos de tomar en un

momento, veremos un incremento importante en el número de presidentas municipales en el Estado de México en el 2018.

Sería cuanto, Presidente, gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejera. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante del Partido Verde Ecologista de México. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente. En este punto del orden del día, relativo al proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para el Registro de Candidaturas a los distintos cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso, esta representación considera que es pertinente señalar que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sus sesiones públicas número 83 y 86 ordinarias, celebradas el día 18 y 25 de agosto del año en curso, resolvió la acción de inconstitucionalidad 50/2016 y sus acumulados 51/2016, 52/2016, 53/2016 y 54/20016, promovidas por los partidos políticos Encuentro Social, de la Revolución Democrática, MORENA, Acción Nacional, así como diversos diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de México, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de México, publicado en la Gaceta de Gobierno de la entidad el pasado 31 de mayo de 2016 mediante Decreto 85. Ahora bien, la Suprema Corte, en sesión ordinaria, repito, de fecha 18 de agosto del presente año, reconoció la validez de los artículos 74, 75, 76, fracción I y II; 77, incisos b) y c); 81, párrafo segundo y tercero del Código Electoral del Estado de México, relativo a las candidaturas comunes. Es motivo por el cual que esta representación considera que el párrafo segundo del artículo 6º del Proyecto de Reglamento para el Registro de Candidaturas a los Distintos Cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México, que a la letra dice: “Corresponde al Consejo General verificar que en los convenios de coalición o

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candidatura común no haya cláusulas que impliquen una transferencia de votos o que tengan como fin generar mayorías ficticias, en términos del artículo 9º del Código”. Es contradictorio con lo resuelto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la acción de inconstitucionalidad mencionada, por lo que se refiere a las candidaturas comunes, cuando señala que: “En los convenios de candidatura común no haya cláusulas que impliquen una transferencia de votos o que tengan como fin generar mayorías ficticias, en términos del artículo 9º del Código, en virtud que validó las candidaturas comunes como una forma de participación política en cualquier proceso electoral en el Estado de México, toda vez que las legislaturas de los estados gozan de la libertad para regular formas distintas de participación política”. Por lo que también es importante mencionar que el artículo 9º del Código Electoral del Estado de México, que se encuentra en el Título segundo de los derechos y las obligaciones de los ciudadanos, resulta un tanto cuanto contradictorio con “al de la figura de las candidaturas comunes”, pero que ya la Corte tuvo a bien pronunciarse en el sentido de validar las candidaturas comunes. Por otra parte, el Proyecto de Reglamento que se va a aprobar en este punto del orden del día, se advierte claramente, como su nombre lo dice, que es un Reglamento para el Registro de Candidaturas a los Distintos Cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México; que es una etapa posterior, repito, es una etapa posterior a la del registro del convenio de candidaturas comunes, en términos del artículo 76, fracción I, del Código Electoral del Estado de México. Que establece que: “El convenio de candidatura común se presentará para su registro ante el Instituto, a más tardar 30 días antes del inicio del proceso de la precampaña de la elección que se trate”, que en este caso en particular sería de fecha 24 de diciembre. El hecho que dicho Reglamento señale en el párrafo segundo, el artículo 6º que corresponde al Consejo General verificar que en los convenios de coalición a candidatura común no haya cláusulas que implican una transferencia de votos o que tengan como fin generar mayoría ficticia, en términos del artículo 9º del Código, se aparta totalmente del objeto del Reglamento en tratamiento, en virtud de que su artículo 2º cita a la letra que: “El presente Reglamento tiene por objeto establecer las reglas para registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular que presenten los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidatos, candidatas independientes ante el Instituto Electoral del Estado de México y los plazos aplicables en términos del calendario electoral correspondiente”. Ahora bien, en este orden de ideas, queda claro que todo lo relativo a los requisitos del Convenio de candidatura común, su solicitud de registro y su aprobación por este órgano máximo de dirección, se encuentra establecido en el Capítulo VI de las Coaliciones, las candidaturas comunes y fusiones del Código Electoral del Estado de México. De igual forma, las coaliciones se encuentran reguladas por la Ley General de Partidos Políticos y los Lineamientos que al respecto expidió el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

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Por lo anterior expuesto, esta representación solicita que el párrafo segundo del artículo 6º del Proyecto de Reglamento para el Registro de la Candidatura a los Distintos Cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México, que ya he multicitado, sea suprimido del Reglamento en comento, por las consideraciones de hecho y de derecho vertidas por esta representación. Es cuanto, señor Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en primera ronda? En primera ronda, el Partido Acción Nacional. REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. Yo no coincidiría con las manifestaciones que hace el representante del Verde. Porque, efectivamente, a lo mejor lo pudiéramos suprimir de este artículo del Reglamento, pero el Código establece con toda claridad, aunque a veces los legisladores, desafortunadamente, no utilizan un lenguaje adecuado, específicamente, bueno, yo creo que lo que hicieron los señores consejeros al establecer esta circunstancia, fue específicamente la obligación que tienen de interpretar el Código mediante un mecanismo o un sistema gramatical, sistemático y funcional, que lo prevé con toda claridad el artículo 2º, y que en concordancia con el artículo 3º del propio Código establece que al Instituto le corresponde aplicar las disposiciones de este ordenamiento.

En tal circunstancia, por eso no coincido, porque independientemente, aun cuando

él solicita que se retire específicamente este párrafo, pues el Código es muy claro, y lo tienen que hacer cumplir, les guste o no les guste.

Por el momento sería cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en primera ronda? En primera ronda el señor representante del Partido Revolucionario Institucional. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. La verdad ahora leyendo y revisando el tema, y planteaba Rubén lo del Código, hay una contradicción, se le puede llamar así, dentro de un artículo con el otro.

El artículo 9º, al final señala que queda prohibida toda práctica que implique transferencia de votos a todo acto que tenga como fin generar mayoría ficticia, tanto en los ayuntamientos como en la legislatura del Estado. Y en el reglamento lo transcribieron casi idénticamente.

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Pero en el artículo 76, en el inciso e) dice: “La forma en que se acreditarán los votos a

cada uno de los partidos políticos que postulen las candidaturas comunes para efectos de conservación de registro, para otorgar el financiamiento público, y en su caso, para otros, aquellos que establezca la ley”. Y el artículo 81 dice: “Los votos se computarán a favor del candidato común y la distribución del porcentaje de votación será conforme al convenio de candidatura común registrado ante el Instituto”. Pues es transferencia de votos.

O sea, acá dice que no hay transferencia de votos, que no se permite, pero luego, si

me voy al 81, el segundo párrafo dice que sí puedo cuando le da el porcentaje de votos al partido.

Creo que dentro del mismo Código, Rubén, hay una, están transcribiendo lo que dice

el Código al reglamento, pero en el mismo Código, aunque dice que no se permite la transferencia de votos, cuando dice que se registra el convenio a favor de la candidatura común, se distribuye el porcentaje de votación. Automáticamente se está haciendo lo mismo.

Yo no entraría en este debate, yo sí, como esto viene de una resolución que emitieron

los criterios derivados de la acción de inconstitucionalidad del 104/2016 y acumulados; yo en este caso, sin darle la razón a Rubén o a mi amigo Esteban, yo creo que deberían hacer ustedes una consulta al INE y en última instancia o en primera instancia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Porque si están diciendo, es que es un acto de inconstitucionalidad, se tiene que ir a

la Suprema Corte o al INE o a la Suprema Corte, en un acto de inconstitucionalidad que viene este resolutivo.

Porque si bien dice el Código que no debe haber transferencia de votos, cuando

habla que en el convenio se puede hacer en base al porcentaje que se le da, se está hablando de lo mismo.

Me queda la confusión en ese sentido. Creo que choca un párrafo con el otro. Al final de cuentas creo que si se deja como transferencia, no hay transferencia de

votos y yo hago el convenio con un porcentaje y genero ese porcentaje de votos, es transferencia de votos.

Es cuanto, Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Antes de continuar cediendo el uso de la palabra, me permito intervenir para un comentario, bueno, para mi primera intervención pero no abusaré.

El artículo 6º del reglamento que estamos revisando es puntual en cuanto a que señala que debemos cumplir con el Código. Me parece que no sobra porque debemos

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cumplir con el Código, pero me parece muy bien puesto aquí, porque si bien es cierto que existe la posibilidad de que los partidos políticos hagan coaliciones y convenios de candidatura común, también es cierto que con la validación que hizo la corte y con la consonancia con nuestro Código, estos convenios de coalición deberán registrar y desde el principio decir: “De los votos obtenidos por la candidatura común, cuántos le corresponden a cada participante”. Yo lo veo así como un negocio, si hacemos un negocio tú y yo, yo pongo el 80 por ciento del capital, tengo derecho al 80 por ciento de las ganancias, algo así.

Si yo hago un negocio y desde el principio me pongo de acuerdo, de lo que

saquemos, de lo que resulte, me toca tal porcentaje a mí y a ti tal, eso me parece que puede estar perfectamente definido en un convenio sin que haya ninguna transferencia, porque todavía no hay ni votos, es un hecho futuro.

Lo que yo creo que con este párrafo en el Reglamento estamos cuidando es que el

convenio no diga además, “te toca el 10 por ciento de los votos y si no te alcanza para el tres por ciento o para cualquier otra cosa, te voy a dar los suficientes para que te alcance”. Ahí sí estaríamos transfiriendo votos, no conviniendo desde el inicio cuántos votos tiene cada persona.

Entiendo que esto es un asunto que da para bastante discusión porque incluso ya lo

vio la Suprema Corte; la Suprema Corte lo que dijo es: “Los estados –así lo leí yo– tienen derecho de resolver al respecto” y no se metió en el tema de las candidaturas comunes, nos modificó otras cosas que acabamos de identificar en el Código, pero en las candidaturas dijo “tienen derecho”.

Pero nuestro Código dice “no hay transferencia de votos”, entonces son dos cosas

diferentes. Si en el inicio en el convenio definimos cuántos votos te tocan a ti de los que saquemos y cuántos me tocan a mí, recordemos que es como el modelo anterior de las coaliciones donde los partidos decidían desde antes cuántos votos le iban a tocar a cada uno de los participantes en la coalición cuando iban con un solo emblema, por eso se separaron los emblemas y en ese momento se definía también aquellas cláusulas, les llamaban, tenían nombres hasta identificatorios de que son cláusulas para garantizarle a alguno de los participantes un mínimo de votos.

Esto creo que en nuestro modelo actual no estaría permitido, en el convenio de la

candidatura común se puede asentar eventualmente una distribución de los votos, esto es un acuerdo entre partes, pero no puede ese mismo convenio contener un apartado que diga “y de los votos que obtengamos te garantizo un porcentaje mínimo”, porque eso sí sería estar en ese momento transfiriéndolos.

Creo que el artículo, para efectos del comentario de don Esteban, el artículo está

completo y está bien en donde está, por eso yo lo tendría por válido. Han solicitado, déjenme anotarlos para que no se me olvide, Nueva Alianza,

Movimiento Ciudadano y MORENA. Por favor, don Efrén.

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REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Gracias, Presidente.

Me da gusto que ya haya usted estrenado el nuevo artículo 2º de nuestro Código

Electoral, en donde ustedes ya pueden hacer interpretaciones de lo que dice la ley. Nada más que no me gustó la analogía que utilizó, señor Presidente, esto no es un

negocio. Ahí sí se equivoca. Número uno. Número dos, tampoco creo que haya transferencia de votos, eh; no, no. No es lo

mismo construir un acuerdo de candidatura común fijando determinados porcentajes en función de la votación válida emitida o incluso, porque así se ha hecho en algunos modelos, en Chiapas por ejemplo, sobre una referencia abstracta, matemática, como es la votación que obtenga la coalición o la candidatura común. Entonces tampoco es transferencia de votos.

Pero me gusta; aunque no me gustó la analogía, Presidente, creo que le da en el

clavo al concepto. La transferencia de votos se da posterior, ex post a la jornada electoral en la que pudiera ser que alguno de estos partidos que forman parte del convenio no alcanzará el tres por ciento y entonces se estableciera en alguna cláusula del convenio que de un partido saldrá un determinado número de votos para salvarle el pellejo electoral a otro partido.

Para mí no está de más este último párrafo, viene en el Código; es más, yo les diría

“mandar una consulta al INE, por favor esto ya lo discutió la Suprema Corte”. Ya los tribunales, no solamente se promovieron acciones de inconstitucionalidad en Baja California Sur, en Chihuahua, en Durango y ahora en el Estado de México, también se impugnaron los convenios y los tribunales determinaron que eran legales.

Y ahí están los resultados, ahí están las elecciones, ahí está la declaración de validez y

ya algunos tomaron protesta mediante estos convenios. Entonces yo creo que está de más decir que aquí hay una transferencia de votos y coincidimos plenamente con la interpretación que hace usted, señor Presidente, y con que se quede el párrafo, lo dice el Código, no pasa nada.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de Movimiento Ciudadano y

después MORENA.

REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. Coincidir en la primera parte de lo que manejaba nuestro amigo Efrén, qué triste la

analogía que realizó de que esto es un negocio. De por sí la percepción de la ciudadanía no es buena y sus comentarios créanme que no ayudan en mucho, le restan credibilidad a las fuerzas políticas y también al Órgano Electoral.

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Creo que necesitamos ser más sensibles en razonar lo que vamos a decir. En segundo término, sí, Movimiento Ciudadano desde este momento rechaza la visión que usted tiene respecto de la transferencia de votos. Movimiento Ciudadano sí quiere dejar en claro que eso se trata única y exclusivamente de una opinión personal del Presidente, porque su formación académica tampoco le da mucho como para poder decidir y mucho menos poder debatir a un nivel ya más académico respecto a si se trata de una transferencia de votos o no. Esto de la transferencia de votos en procesos electorales pasados fue llevado a los tribunales, y tenemos en Movimiento Ciudadano el conocimiento de lo que resolvieron los tribunales en su momento. Así que no vamos a adelantarnos a los tiempos, porque desde este momento usted ya está descalificando convenios que tengan algunas cláusulas, como las que usted ha mencionado y que nada más porque a usted no le parecen no serán aprobados por ser transferencia de votos, creo que le corresponde al Tribunal en su momento decidir si se trata de una transferencia o no. Sí, nada más que quede muy claro que eso no lo asume Movimiento Ciudadano ya como si fuera una regla o una ley o una norma, pero, sí, nada más lo tomamos como una opinión personal del Presidente de este Consejo. Muchas gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de MORENA. Y después Encuentro Social. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Muchas gracias. Como ustedes saben, MORENA, que fue uno de los promotores de esta acción de inconstitucionalidad, que trae como consecuencia las modificaciones a este Reglamento. Por tanto, habíamos tomado la determinación, se tomó la determinación de no participar con comentarios a dicho Reglamento hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia se pronunciara sobre estas acciones. Esto ya ha ocurrido y, por lo tanto, es que hoy traemos nuestros comentarios a esta mesa. En primer término, quiero señalar que no nos alegre ni mucho menos el reconocimiento a esta involución democrática. El volver a este tipo de candidaturas comunes es la conclusión de una trampa.

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Siguiendo el fenotipo de la vieja coalición, hoy nos traen la misma gata, pero revolcada. Esto era la coalición de los ochentas, noventas, que, por cierto, trajo muchos problemas a este Órgano, hay que reconocerlo. Las candidaturas comunes, de las cuales el Estado de México fue pionero, fueron otras, cada quien competía con su emblema y el nombre del candidato en cada uno de los recuadros de esos partidos políticos y esa era la verdadera candidatura común. Pero el señor, a este que hoy le va mal en todos los foros que se presenta, que fue Gobernador del Estado, que hoy es Presidente de la República y que no quiero mencionar, vino a dar al traste con ese modelo, porque no le convenía, porque perdió el Estado de México en 2006, porque perdió más de la mitad de los ayuntamientos, perdió mayoría, no sólo calificada, sino absoluta en la Cámara de Diputados e hizo todo cuanto pudo para echar atrás ese modelo y volver al pasado. Y el pasado hoy nos trae, todavía no llegamos ni siquiera al inicio del proceso electoral, ya con problemas de aplicación de la norma. Ya ha intervenido la Suprema Corte de Justicia y todavía hay discusiones de cómo lo vamos a aplicar, qué efectos tiene.

Dice el Reglamento, en el caso de los convenios, que: “El Consejo va a verificar que los convenios no contengan cláusulas que impliquen una transferencia de votos, a fin de generar mayorías ficticias”.

Esto es contrario a lo que por ahí están interpretando, eh, habla de mayorías ficticias,

no transferencia de votos, a efecto de garantizar que ningún partido tenga al menos el mínimo que establece la Ley para obtener o conservar su registro. Eso es otra cosa distinta.

Por cierto, eso ya fue declarado inconstitucional por la Corte en la Reforma Federal.

La cláusula de sobrevivencia a los partidos políticos, a través de convenios, es inconstitucional y, por tratarse de una acción de inconstitucional, una sentencia de una acción inconstitucional es jurisprudencia, que debe aplicarse en todos los procesos electorales, tanto locales, como federales.

De tal suerte que, la transferencia de votos para garantizar el mínimo requerido por la

Ley para obtener el registro y conservarlo a los partidos políticos está sin discusión. Eso sí ya es cosa juzgada.

Aquí en la redacción del artículo nos trae otra interpretación que es, ya lo dije: “Garantizará el Consejo General que no se generen mayorías ficticias”.

Esa es una frase muy bonita, pero para lograrla, aquí el señor Presidente nos ha dado luz respecto a cuál será su opinión, sobre cuál teoría acerca de los convenios, va a utilizar; y es la teoría del derecho civil privado, bueno, del derecho civil que es derecho privado, ver al convenio como un negocio entre partes, negocio en el buen sentido de la palabra, una negociación entre partes de carácter privado y, por lo tanto, sus efectos, si es que esa es la

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línea, tendrá una naturaleza distinta a la de derecho público, del cual forma parte este Órgano.

Esta discusión, de qué tipo de convenio se utiliza para verificar el contenido de los convenios electorales, ha sido desde hace 15 años la constante en el modelo electoral que hoy se propone a través de las candidaturas comunes; siempre ha sido una parte sustancial de la discusión qué teoría de los contratos vamos a utilizar. Aquí ya se ha dado luz por parte del Presidente. A mí me parece afortunado porque el Reglamento dice, y aquí sí estoy a favor del Reglamento, a fin de garantizar que no se generen mayorías ficticias. Pero preguntaría a la Comisión: ¿Qué medidas va a utilizar para ello? Y digo para aquellos que tienen pensado hacer coaliciones, no en este proceso electoral, sino en los ulteriores, al momento de registrar el convenio y que se califique y cualifique el mismo, seguramente van a tener que ir directamente a la Sala Regional, pero de inmediato, porque desde ahí se va a tener que hacer una interpretación del contenido del convenio y, por tanto, generará consecuencias que van a trascender a la asignación de diputados y regidores de representación proporcional. De ese tamaño es la naturaleza. Por eso digo, para mí es muy afortunado que diga el Reglamento lo que dice, que no se van a generar mayorías ficticias. Vamos a ver cuáles son las medidas.

Yo les propongo una cosa que no se acostumbra en este Órgano, pero ya debiéramos acostumbrarnos a hacerlo: El Instituto Nacional Electoral, desde que era IFE tomaba un acuerdo previo al inicio del proceso electoral y establecía el método sobre cómo se va aplicar la asignación de representación proporcional en caso de las diputaciones federales y de las senadurías de representación proporcional, y el acuerdo era tomado previo al inicio del proceso a efecto de dar certeza. Ahí hay por lo menos seis o siete acuerdos del Consejo General.

Yo invitaría a los señores consejeros que le echaran un vistazo a ese reglamento que

se expide, a efecto de valorar la pertinencia de hacerlo en el Estado de México y que nos diéramos certeza.

Porque si este es el caso tendríamos tiempo los partidos políticos, y ahora hasta los

candidatos independientes, de llevar a cabo nuestra cadena impugnativa sin mayores prisas; ya la Corte nos dirá: “Sí, no; está mal aplicada, se va aplicar mal”, etcétera, o “Es correcto como se va hacer”, y punto.

Eso le daría certeza al proceso electoral y nos evitemos problemas poselectorales que

en ocasiones nos lastiman, no solo políticamente sino a veces en el terreno personal y que tienen implicaciones muy graves.

Recuerdo un caso inaudito, por ahí de 1996 o 1997, no fue en el ’96, donde la Corte

determinó el mismo día de la toma de protesta de los señores diputados y bajó, si no mal recuerdo, a seis o cuatro diputados, no tengo el número en la mente en este caso. Y esto porque la cadena impugnativa era muy corta.

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Yo insistiría, me parece de suma trascendencia el tema, en segunda ronda voy a

ahondar, que los señores consejeros y las señoras consejeras estudiaran este proyecto de Acuerdo que regularmente presenta el Instituto Nacional Electoral, donde se aprueba, y que tiene como contenido la forma como se van aplicar las cláusulas relativas a la asignación de diputados de representación proporcional.

Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de Encuentro Social. REPRESENTANTE DE ENCUENTRO SOCIAL, C. CARLOS LOMAN DELGADO: Tengo 10 minutos, entonces creo que sí puedo decir que usted nos mida a todos, de manera equitativa esos 10 minutos. Gracias.

Yo creo que lo rescatable, en ese sentido, es que se va construyendo precisamente la conceptualización, el entramado jurídico, y en ese sentido sí se menciona en términos de cosa juzgada y en términos de cuestiones que todavía se tendrán que ir ventilando y construyendo al interior de un proceso jurisdiccional electoral.

En materia de lo que se está construyendo, a mí me parece que nosotros rescatamos,

que se retoma precisamente el concepto de participación entre partidos; un concepto genérico que está establecido en la legislación nacional y que no está por demás dejarla de lado.

Porque nos permite tener el conjunto de formas, llámese como se le llame, de poder

asociarse, no solamente los ciudadanos para participar en la construcción de un partido político sino incluso para fundamentar la vida entre los propios partidos, esa libertad de asociación, yo diría tal vez indirecta.

A mí me parece que eso es fundamental, contemplar ya las figuras como la coalición

y las figuras que establezcan las legislaciones locales como un derecho también de asociación, tal vez indirecta de los ciudadanos.

No obstante aquí se maneja esa cuestión, de que la legislatura local tiene la

capacidad, establecida por esta ley general, para establecer otras formas de participación. Nosotros pensamos que siempre y cuando se establezcan esos principios

fundamentales, democráticos para esas formas de participación y de asociación. En ese sentido, conceptos que se pueden incluir, conceptos incluso que se pueden

someter a juicio, pues se van a seguir construyendo. Lo fundamental es que estas formas de participación no sean utilizadas de manera

excepcional o sean utilizadas en un abuso de derecho o en un fraude a la ley.

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En ese sentido se entiende la buena disposición de prever algunas figuras que lleven a

ese buen uso de ese derecho e incluso –diríamos nosotros– hasta para esquivar algunas obligaciones de manera inequitativa para utilizar la figura de la candidatura común para omitir el escrutinio de la sociedad, que ya veremos en otros puntos y en otros momentos.

En consecuencia, creo que la construcción de esta participación entre partidos no

debe de ser afectada precisamente por ese abuso, me parece que vamos a iniciar un camino para seguir construyendo a partir de que podría ser una forma de participación, pero siempre y cuando no se haga un uso excesivo o abuso de ella.

Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante.

Tiene ahora el uso de la palabra el Consejero Electoral Saúl Mandujano. Por favor, Maestro.

CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Sí, gracias, Consejero Presidente. Este artículo al que se ha referido Esteban, que es el artículo 6º del Reglamento, el

segundo párrafo, donde dice que “le corresponde al Consejo General del Instituto verificar que los convenios de coalición o candidatura común no tengan cláusulas que impliquen transferencia de votos, es de alguna manera retomado del artículo 9º del mismo Código”.

Pero quiero hacer mención de algo que me parece oportuno, el capítulo sexto del

Código Electoral del Estado de México, después de su reforma, de su más reciente reforma, dice: “De las coaliciones, las candidaturas comunes y fusiones”, el artículo 74 dice que “en los procesos electorales los partidos tendrán derecho a postular candidatos, fórmulas o planillas por sí mismos en coalición o en candidatura común en los términos previstos por la Ley General de Partidos”.

Este capítulo sexto del Código Electoral del Estado de México en realidad se aboca

de manera muy especial a la candidatura común y no habla de coaliciones, este capítulo en realidad no tiene una mención específica a las coaliciones.

Como no hace mención específica a las coaliciones, los convenios de coalición que

no están previstos los requisitos en el Código Electoral del Estado de México, tendrán que cumplir las condiciones que marca la Ley General de Partidos.

El artículo 91 de la Ley General de Partidos, que habla de los convenios de coalición

dice cuáles requisitos debe reunir y en ninguno habla de un convenio o de pactar en el convenio un porcentaje de votos a transferir, es decir, en la Ley General de Partidos los convenios de coalición no establecen una cláusula de que pacten porcentajes de votación, no está previsto.

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Sí está previsto en el artículo 9º del Código Electoral del Estado de México, es decir, el artículo 9º habla, voy a leerlo, el artículo 9º de este Código, que es el que de alguna manera recoge el artículo 6º del Reglamento, dice: “Queda prohibida toda práctica que implique transferencia de votos o todo acto que como fin genere mayorías ficticias, tanto en los ayuntamientos como en la Legislatura del Estado de México”.

A eso obliga el Código, a que el Consejo General verifique que en los convenios no

venga esta figura. Pero no le da elementos. ¿Por qué no da elementos? Porque el propio Código no establece qué requisitos

debe tener un convenio de coalición y remite en todo caso a la Ley General de Partidos, y en la Ley General de Partidos, en el artículo 91, entre los requisitos que vienen para declarar válido un convenio de convenio de coalición no se pactan porcentajes de votación.

Entonces la pregunta es si en términos del artículo 9º nos toca llevar a cabo una tarea

que el legislador local previó, pero se han referido que esta disposición local de alguna manera se contraviene o se contradice con otros preceptos del mismo Código.

Ya Esteban hizo referencia al pronunciamiento de la Corte sobre la acción de

inconstitucionalidad que interpone MORENA con respecto al artículo 74 y 77 del Código Electoral del Estado de México y se declaró válido en los incisos que corresponden y un inciso del artículo 77 del Código que habla de “en un convenio de candidatura común sí se puede pactar el porcentaje de participación”, finalmente la Corte declaró que ése no viola o no trasgrede una disposición constitucional.

¿Qué le toca a este Instituto Electoral? En términos del artículo 9º del Código Electoral

verificar que en los convenios no haya transferencia de votos.

Uno. En los de coalición no se pactan votos y en los de candidatura común sí se pactan porcentajes. Pero pactar un porcentaje en la candidatura común, bajo el criterio de la Corte, nos trasgrede una disposición constitucional. Me parece que, para ser consistente con lo que dispone el legislador, mi opinión sería sí dejar en el artículo 6º, en el segundo párrafo del Reglamento, donde dice que corresponde a este Consejo verificar que en los convenios de coalición o candidatura común no haya cláusulas que impliquen una transferencia de votos. Eso sí nos lo dice el legislador. Lo que no dice el legislador es qué requisitos debe tener un convenio de coalición, eso no lo dice el local, nos tenemos que ir a la legislación federal, donde el artículo 91, de la Ley General de Partidos, establece que en los convenios de coalición no hay pacto de porcentaje de votación. Me parece, con esta intervención en una primera ronda, lo que quería fijar era mi punto de vista de que el artículo 6º, del Reglamento, debería quedar en sus términos para

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ser consistente con lo que dispone el legislador local en el artículo 9º, del Código Electoral del Estado. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. ¿Alguien más en primera ronda? En primera ronda, el señor representante del Partido del Trabajo. REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias, Presidente. No teníamos la intención de intervenir en este punto del orden del día, pero dadas las circunstancias, nos vemos obligados a hacerlo, primero por la expresión que hace la Consejera Palmira en el sentido de que ahora con este reglamento se tendrá la misma cantidad de presidentas municipales y presidentes municipales. Eso no es verdad, eso es falso, totalmente falso. A los partidos políticos, si se aplica la verticalidad y la horizontalidad, claro, nos obligará a registrar candidaturas del mismo género, 50 y 50, pero falta que ganen. Seríamos magos para decir que la mitad de hombres y la mitad de mujeres va a ganar; digo, ésta es una orientación para quien nos esté viendo a través del internet, que no se vayan con la idea y se confunda más todavía sobre todo a las damas, que tienen nuestro respeto y apoyo total y absoluto por la equidad de género, pero hay que aclarar estas cosas. Para no apasionar a la gente también, como es el caso de las candidaturas comunes, que ya pasó el asunto. Segundo. Efectivamente, hoy a la candidatura común, de acuerdo a la última reforma electoral, la candidatura común es lo que antes era la coalición, estamos hablando de hace siete u ocho años, en el 2009, por ejemplo. Esa era la coalición, hoy es al revés, hoy la candidatura común es la coalición y la coalición es la candidatura común. Es un asunto que a este Órgano Electoral no le corresponde interpretar, sino aplicar lo que el Código dice y vámonos, porque la interpretación de las leyes, la interpretación de todos la hace una instancia jurisdiccional, aquí es para aplicar la ley y punto. Y si el Código así lo establece y el Reglamento que se presenta está diseñado en ese sentido, es en ese sentido como debemos de aplicarlo, porque resulta que estamos hablando de la transferencia de votos. En un primer momento se pasaba a mencionar lo que el señor Presidente dice “el negocio”. Si esto es un negocio, los partidos aquí hacemos política; si alguien lo interpreta como negocio, invítennos, a ver si formamos una sociedad.

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En un primer momento el convenio establece o puede establecer distribución, pero eso no es transferencia, ¿verdad? Ya después de la votación a lo mejor se puede considerar como transferencia, pero eso ya serán los tribunales quienes habrán de determinarlo, si fue o no fue y si alguien lo denuncia. Nosotros solamente queremos plantear que, a final de cuentas, se puede considerar como un fraude a la Ley porque en una candidatura común no se puede realmente determinar en el convenio cuántos votos va a tener cada partido, es más ni al final; en la coalición sí, porque es la separación, pero en la común no. Tal pareciera que nosotros mismos nos echamos la soga al cuello porque hoy a alguien le debe convenir, vamos a poder ser candidatos o ya no van a poder ser candidatos por diferentes vías: Coalición total, coalición parcial, coalición flexible, solos o candidatura común y candidatura independiente.

Somos ricos en tener ideas; ahora tengamos la capacidad entonces de poder articular todo lo que la Ley nos otorga, entendiendo que la Ley tiene sus bondades, pero esas bondades las queremos, a veces, tergiversar en un Reglamento.

Lo que ha propuesto el Partido Verde Ecologista es algo muy amplio, él propone que

se modifique –si así lo entendí, Esteban– ese artículo porque trasgrede tanto al Código, como a la acción de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia. Eso es lo que yo entendí.

Volvemos a lo mismo, se está discutiendo un Reglamento, el cual choca con otras

disposiciones legales y ahí, en esa parte, nosotros diríamos que se aplique lo que realmente establece la Ley y ya si tiene que haber interpretación de alguien que se sienta agraviado por este asunto, existen instancias jurisdiccionales para hacerlo.

Sería cuanto, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, señor representante. ¿Alguien más en primera ronda? Inicia entonces la segunda ronda… Perdón.

En primera ronda el señor representante del PRD.

REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Gracias. Me parece que atendiendo la oportunidad de la discusión debiéramos, en consecuencia, sí estar modificando el segundo párrafo del artículo 6º, pero en lo que tiene que ver con el concepto de convenios de coalición y únicamente dejarlo como candidatura común, es decir, corresponderá a este Consejo General verificar que en los

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convenios de candidatura común no haya cláusulas que impliquen transferencia de votos, tal y como lo señala el artículo 9º. Eso no implica estar generando una contradicción, como lo ha sostenido y propuesto la representación del Partido Verde Ecologista.

Por eso, aunque en la discusión en la Comisión estuvimos casi a la par de la definición en la Suprema Corte de Justicia de las acciones de inconstitucionalidad que se presentaron, sí implicó un largo estudio de todos los representantes de partido y, en particular, de los consejeros electorales.

Por ello, debemos regirnos bajo el principio de la legalidad y de la certeza, lo que

aquí han señalado también varias representaciones. En consecuencia, nosotros estaríamos proponiendo de manera formal que se pudiera

modificar el concepto de convenio de coalición para que se quedara exclusivamente como candidatura común.

Resulta engorroso repetir lo que ya dijo el Consejero Electoral Mandujano, en el

sentido de que, evidentemente, en los convenios de coalición que se rigen bajo la Ley General de Partidos Políticos, no está sujeto el concepto de transferencia de votos, e incluso ya lo estrenamos en el Estado de México, en el pasado Proceso electoral de diputados federales, quienes así realizaron coaliciones.

Pero como ya aquí se ha dicho, esta autoridad electoral debe cumplir con la

responsabilidad de los que establece el artículo 9º del Código Electoral del Estado de México. Que dicho sea de paso, mi estimado Esteban, también fue sancionado por la acción de inconstitucionalidad y se quedó intocado por lo que corresponde al artículo 9º. Luego entonces sí se establecería la necesidad de que en su momento oportuno este Consejo General establezca algunos mecanismos a efecto de garantizar el cumplimiento al artículo 9º. Pero eso ya será en su momento.

Creo que ahora es oportuno establecer estos lineamientos a efecto que se le dé cumplimiento a la reforma electoral y que ha sido sancionada, para algunos nos dejó insatisfecha la acción de inconstitucionalidad, pero estaremos, por supuesto, atendiendo a que la autoridad cumpla –como ya lo he mencionado– el artículo 9º.

Por el momento es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en primera ronda? Bien. Inicia la segunda ronda de intervenciones, con la solicitada por el señor representante del Partido Verde Ecologista. Por favor.

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REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente.

Afortunadamente celebro que exista este tipo de debates, muchas gracias mi querido Javier, Ricardo, lo que aportan efectivamente tiene mucho conocimiento, y qué decir de nuestro jurisconsulto, mi querido Rubén.

Toda vez que tengo cinco minutos y tengo que hacer en esta intervención varias

órdenes de ideas, si usted me permite, las voy enumerar. En primer lugar, efectivamente el fundamento está claro, el artículo 9º del Código, el

cual citó Rubén, pero yo quiero aclarar que no estoy hablando del fundamento, yo estoy hablando de una situación distinta en una etapa distinta.

Si bien es cierto que en el artículo 9º, ya antes multicitado, viene el fundamento legal

para que se pueda incluir en este artículo 6º, el segundo párrafo, el cual voy a leer a la letra: “Corresponde al Consejo General verificar que los convenios de coalición o candidatura común no haya cláusulas que implique una transferencia de votos o que tenga como fin generar mayorías ficticias, en términos del artículo 9º del Código”, voy a precisar, si ustedes me permiten, que en ningún momento yo hablé de la transferencia de votos y para eso está la Versión Estenográfica.

Y la intervención del de la voz al final fue solicitar que sea suprimido del reglamento

en comento por consideraciones, de hecho y de derecho, vertidas por esta representación, en el segundo párrafo.

Segundo. Señor Presidente, qué bueno que tenemos la capacidad, como dice mi

amigo Efrén, de poder estrenar el artículo 2º del presente Código, el cual habla de interpretaciones.

La materia de derecho no es una materia científica, dos más dos son cuatro, pero en

derecho existen diferentes tipos de interpretación, aquí se habla de tres pero hay más de 20, qué bueno que se interpreta, qué bueno que existe la capacidad de interpretar, porque el espíritu del legislador lo conocerá quien tenga la capacidad de tener contactos con los espíritus, yo no.

Pero no estoy hablando tampoco de la transferencia, señor Presidente, yo a lo que

me refiero es que a mí en particular me preocupa que se plasme un párrafo en donde dice que el Consejo General verificará, sí, ¿pero qué va verificar? Están hablando que si el famoso tres por ciento, ya estamos hablando de actos futuros inciertos.

¿Quién citó la transferencia? ¿Quién habló del tres por ciento? Estamos hablando de otra cosa. Bueno, por lo menos eso fue lo que yo intenté. También les voy a decir que el artículo 81 del Código, en el párrafo segundo dice:

“Los votos se computarán a favor del candidato común y la distribución del porcentaje…”, repito: “…la distribución del porcentaje de votación será conforme al convenio”. Ahí lo dejo.

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Mi querido Piña sabiamente dijo: “Aquí nunca pasa nada”. Bueno, sí pasa, pasa

cuando se solicitan las cosas. Señor Presidente, a nombre de esta representación; señores consejeros,

representantes, esta representación le solicita formalmente que este Consejo haga una consulta, tanto al Consejo General del Instituto Nacional Electoral como a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer sus puntos de vista en relación a las contradicciones aparentes en el Código del Estado de México, para que los partidos políticos, no solamente su servidor, todos podamos actuar con certeza, multicitada certeza, sobre una posible candidatura común en el punto ya señalado, que establece en los convenios la distribución de votos a cada partido conforme a la candidatura común.

Es cuanto, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante del PRI y después MORENA.

REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. De entrada, para cuestión de la Versión Estenográfica y por respeto a los partidos

políticos, Presidente, le voy a pedir que en su próxima intervención se disculpe de la expresión de “negocio”, y que quede en la Versión Estenográfica, porque esto es un insulto para todos los partidos políticos, y en mi caso no voy a permitir que se insulte a ningún partido, a ningún representante con ese tipo de expresiones.

Segundo. Yo creo que éste, y ahora voy a entrar, ya habrá tiempo de entrar en un

debate político con Ricardo, en su momento, creo que no es el momento de entrar ahora a un debate político, sino a un debate jurídico, como es el tema.

En su momento se contestará en tiempo y forma las aseveraciones de Ricardo. Javier planteó un punto muy sensible, yo aquí iría hasta con la primera intervención

que tuvo Ricardo Moreno en este Consejo, creo que esto no hay que pasarlo, creo que esto hay que regresarlo.

Hay cuestiones muy importantes, como la que dice Javier, en que creo que no tiene

sentido que se maneje verificar en los convenios de coalición, sabemos que en los convenios de coalición no hay transferencia de votos; no tiene por qué estar en el Reglamento que en los convenios de coalición, con que diga “en los convenios de candidatura común” que es donde, aunque dice que no se van a dar, sí se van a dar en la realidad.

Entonces, Presidente, puntualmente yo dije al principio, y qué bueno que lo reitera el

Verde, solicitar esa consulta, creo que este es un tema que sí requiere mayor estudio, hay una aportación muy buena de Javier –yo considero– en ese sentido.

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Y la otra, el artículo 9º, que habla de la transferencia de votos, pues no dice, lo hace en general, no dice ni candidaturas comunes ni coalición.

Pero ya en el artículo 76, donde dice “los partidos políticos tendrán derecho a

postular candidaturas comunes para la elección de gobernador, diputados y miembros de los ayuntamientos, de acuerdo con lo siguiente”, la forma en que se acreditaran los votos; a cada uno de los partidos políticos que postulan las candidaturas comunes, pero dice “para el efecto de la cancelación del registro”. Ahí está diciendo que por lo menos es el tres por ciento, pues como marca la ley.

Ahí automáticamente hay una transferencia de datos, por supuesto que si no

alcanzan los números de votos, a lo mejor no alcanza ni tres una candidatura común, pues no les va a tocar nada.

Pero es donde yo inicié mi primera intervención, Presidente, en el sentido de que se

contraviene una redacción que viene de la Sala, de la Corte, del artículo 9º, aunque no porque lo maneja de manera general, pero dentro del Código sí, en donde dice que no habrá transferencia de votos y en la que dice que sí puede darse mediante el convenio y para la conservación del registro.

Entonces yo creo que esto hay que acomodar si se queda de una forma o de otra,

hay una aportación muy importante, Javier, en ese sentido y al final de cuentas es con la finalidad de que no contravenga una disposición a otra.

Reitero, ya habrá tiempo para debatir el pasado, estamos ahora con el presente y lo

que viene, en base a las normatividades que tenemos y que al final de cuentas siempre es lo mismo, siempre tratamos de interpretar lo que el legislador quiso decir y los que hemos sido diputados, pues lo sabemos, aquí este Instituto luego pagamos las consecuencias de esa interpretación del legislador.

Es cuanto, Presidente. Yo solicitaría formalmente que este asunto se retirara, se regresara a comisiones para

que se pudiera, además de la consulta, enriquecer con las opiniones que han dado aquí los señores representantes de los partidos.

Y reitero, yo solicito que en cuestión de la Versión Estenográfica, Presidente, dé una

disculpa pública por sus expresiones de negocios.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tomo nota y en breve haré un comentario al respecto, pero mientras quiero seguir

dando espacio para que quien quiera intervenir en segunda ronda lo haga. Ya estaba apuntado el señor representante de MORENA y es quien tiene ahora el uso

de la palabra.

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REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: La expresión “negocio” se refiere, a los que nos desarrollamos en el mundo jurídico, el negocio es una expresión genérica y no solamente una expresión comercial como algunos lo pretenden ver. Y al que le venga el saco, que se lo ponga. Me voy a constreñir al tema de la candidatura común y a los efectos que se le pretenden dar ya desde ahora. La representación del PRI en este momento lo que está haciendo es preconstituir la legalidad del convenio de candidatura común que va a presentar en unos meses. Eso es lo que pretende, pretende retirar este proyecto de reglamento porque no le gusta ver lo que no vio en comisiones, que es que el Reglamento hace suyo el contenido del artículo 9º, del Código Electoral del Estado de México. Y le voy a decir a qué obedece esa contradicción, obedece a la necesidad del Gobernador, a la necedad del Gobernador de incluir esta nefasta figura electoral en la legislación electoral por la necesidad que tiene, compaginó necedad con necesidad. Y ahora nos quiere hacer ver que no importa lo que diga el artículo 9º, si otra disposición del mismo Código me da un supuesto derecho, pero no. Y no le voy a hacer al espiritismo, es decir, no voy a invocar el espíritu de la norma, sino el contenido expreso de la norma. El artículo 9º no se refiere a convenios de coalición, tiene usted toda la razón, se refiere a un contenido todavía mayor. Ningún acto prohíbe cualquier acto que implique la transferencia de votos, no solamente a través de un convenio. El convenio, por cierto, es una forma de acto jurídico, el acto jurídico es la manifestación exterior de la voluntad unilateral o bilateral que tiene con fundamento en una norma de derecho a cargo o en provecho de una o varias personas, un efecto derecho limitado relativo a la creación, modificación, transmisión de derechos y obligaciones, es decir, los convenios o los contratos. Los contratos es una forma de convenio y, por lo tanto, es un acto jurídico. Pues bien, a eso se refiere el artículo 9º, a una prohibición, a una expresión categórica, a un mandato que se convierte en obligación para la autoridad electoral de prohibir cualquier acto que implique transferencia de votos. Por eso no le gusta ver en el Reglamento esta disposición, porque a pesar de que aparentemente las normas son del mismo nivel, en una interpretación armónica, sistemática y funcional tendrá mayor prevalencia esta prohibición clara y absoluta de la norma respecto a lo que él quiere hacer con los convenios. Y para salvarlo precisamente señalé, sería bueno, para dar certeza a los partidos políticos, que este Consejo genere los lineamientos sobre cómo se va a aplicar la fórmula de

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distribución de la representación proporcional, tanto de regidores en los ayuntamientos como de diputados plurinominales. Yo lamento mucho que no le guste, e insisto, de esto no les eche la culpa a los consejeros, échele la culpa a su Gobernador. REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Presidente, ¿le puedo hacer una pregunta al orador? No lo quise interrumpir. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: ¿Acepta una pregunta, señor representante? REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: En la tercera ronda, con todo gusto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias. En segunda ronda, tiene uso de la palabra el señor representante del PRD. REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Muchas gracias. Como en el debate ya se hicieron algunas propuestas implícitas, quisiera, para efecto de la versión estenográfica, como dice Bernal, que quede claro que el PRD no se pone el saco de la expresión coloquial que estableció el Presidente, nosotros nos deslindamos de ese acontecimiento. Sí, lamentablemente no debía haberse realizado, pero no nos viene el saco. Ahora bien, entrando al tema de lo que aquí se está debatiendo. Yo quiero decirle a Esteban que, en este caso, los consejeros y la Comisión misma no está interpretando que tiene ya su facultad de manera sistemática, además adminiculada con otros criterios constitucionales; pero en este caso no está interpretando. Por el contrario, casi literalmente, está transcribiendo lo que refiere el artículo 9º de nuestro Código Electoral vigente. Vuelvo a repetir, incluso, este artículo ya fue sancionado, consultado a la Suprema Corte de Justicia. Yo les diría, respetuosamente, a quienes estén en contra de que se transcriba como aquí se ha presentado en la redacción, y se las voy a aplicar como nos lo hacían en el pasado, pues impugnen. Si no están conformes impugnen y ese mecanismo entonces sí servirá para el órgano jurisdiccional valore si el Consejo General hoy, en unos momentos más, estaría cumpliendo o no con la legalidad de este acto. También quiero decir algo adicional, no estamos tampoco interpretando el espíritu del legislador, incluso, respetuosamente diría, no se quejen ahora de lo que está plasmado en el Código Electoral; debieron haber, en su caso, dado la instrucción a sus diputados a que lo modificaran, tienen la mayoría para hacerlo, no lo hicieron, la Suprema Corte de

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Justicia ya lo sancionó en las acciones de inconstitucionalidad que aquí ya se han hecho referencia, incluso por el representante del Verde Ecologista, nuestro amigo Esteban. En consecuencia, yo lo que diría, Presidente, consejeros, vamos más allá, yo creo que no debiéramos circunscribirnos al concepto de convenio por vía de la candidatura común; hagamos más explícito lo que establece el espíritu, sí, del legislador cuando se refiere a los actos; no lo circunscribamos a convenio. Le quiero dar lectura para que quede en la Versión Estenográfica. Dice: “Queda prohibida toda práctica que implique transferencia de votos o todo acto –como ya refirió el representante de MORENA– que tenga como fin generar mayorías ficticias, tanto en los ayuntamientos, como en la legislatura del Estado de México”. Yo solicitaría, aunado a mi petición inicial, que suprimamos la palabra “convenios de coalición”, porque hagamos una transcripción casi literal de lo que establece el artículo 9º del Código Electoral. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en segunda ronda? Bien. Si me permiten, quisiera iniciar la tercera ronda interviniendo.

Primero. De manera muy puntual, para quienes se pudieran haber sentido ofendidos por mi expresión desafortunada, en ese sentido, de interpretar un acuerdo entre partes como un negocio. No era mi intención ofenderles ni ser peyorativo, yo negocio todos los días hasta conmigo mismo, con mi pareja, con el que va a cruzar la calle antes que yo, negociamos, nos quedamos viendo a ver quién va primero, en fin. En ese sentido lo hice y solicito su amable comprensión y para quien se hubiera podido sentir ofendido, retiro mis palabras en ese sentido, por favor. Segundo. Hasta ahora hay tres posturas, la primera, no en orden cronológico, sino la primera en lógica sería votar por nuestra parte –no estoy cerrando la discusión, nada más estoy planteando lo que veo hasta ahora– votar en primer lugar la propuesta del señor representante del PRI, de retirar el tema y devolverlo a la Comisión. Si esa votación no prospera, habría que votar… REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Presidente, moción. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Sí. Insisto, no estoy cerrando la discusión nada más estoy diciendo…

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REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Es para la precisión que está haciendo. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: A ver, dígame. REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: El representante del PRI no tiene esa facultad, según el Reglamento. Si usted la va a hacer suya, también expréselo por favor. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Lo que estoy viendo es ahora las peticiones que hay, todavía está abierto para que alguien haga suya la petición. La primera petición sería retirarlo y devolverlo; si esa petición no prospera, habría que valorar la solicitud que hizo el señor representante del Verde de eliminar esa… REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Una moción, por favor, señor Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Sí. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias. Qué bueno que se puntualiza, y yo celebro que lo haga Javier, porque también es una de las personas a las que más respeto por su capacidad jurídica, al igual que a mi brother Rubén. Qué bueno que se puntualiza que no tiene facultad el representante del PRI para poder hacer propia esa moción, pero sí me sorprende que en escasos, hace 25 minutos por ahí se escuchó una propuesta que sí se hizo suya de la mesa, que se retirara el punto que se estaba comentando porque no había un consenso.

¿El reglamento se aplica a un piso parejo o se aplica conforme sea del interés del particular? No me queda claro.

Gracias, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: La pregunta, me dijo que quiere hacer una pregunta, la pregunta es: El reglamento se aplica como está.

El artículo 31, en su párrafo tercero, dice: “Los asuntos contenidos en el orden del día serán discutidos y, en su caso, votados, salvo cuando con base en consideraciones fundadas, el propio Consejo acuerde mediante votación posponer la discusión y votación de algún asunto en particular”. Ese sería el supuesto pero no dice quién puede hacer esa propuesta de retiro o no; entonces la modificaría, sería con esa consideración.

Retomando, si ésa no prospera, si votar esa posposición de la discusión no prospera

habría que votar eliminar el párrafo del artículo que señaló o que puntualizó el representante del Partido Verde desde su primera intervención, y si ésa no prosperara, habría que pensar en ver la modificación propuesta por el señor representante del PRD.

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Eso es lo que tengo visto hasta ahora. En particular, como había preparado mi intervención, con su primera propuesta, es: Si

el párrafo segundo del artículo 6º dice que verifiquemos convenios de coalición o candidatura común, me parece que no sobra, toda vez que nos daríamos la obligación, con este reglamento, de revisarlos. No es nuestra responsabilidad.

Finalmente, incluso todo lo que tiene que ver con coaliciones es de jurisdicción

estrictamente federal, entonces sería el INE, el INE en el 14 ya nos aplicó un reglamento de registro de coaliciones que tuvimos que respetar, en fin.

Pero si además lo revisamos para asegurarnos de estar cumpliendo con nuestro

Código me parece que no sobraría, lo adelanto. Gracias. Esa sería mi intervención en esta tercera ronda. ¿Alguien más en tercera ronda? La Maestra Natalia Pérez Hernández, Consejera Electoral. Por favor, Maestra.

CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. NATALIA PÉREZ HERNÁNDEZ: Gracias, Consejero Presidente.

En este proyecto yo quiero referir concretamente que impactaron algunos aspectos relacionados con el procedimiento para capturar la información que deriva de los registros de las candidaturas en términos de los lineamientos expedidos por el Instituto Nacional Electoral, debido a que anteriormente ese reglamento no los contemplaba.

También en el proyecto en estudio se consideró relevante destacar que conforme al

Catálogo de Cargos Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional, aprobado por la Junta General de este Instituto, las funciones que tenía conferidas la Secretaría Ejecutiva, relacionadas con el procedimiento de registro de candidaturas, ahora correrán a cargo de la Dirección de Partidos Políticos, por lo que dicho aspecto ya se encuentra contemplado en el presente ordenamiento.

Por otra parte, en relación a la propuesta que se hace de retirar el segundo párrafo,

yo quiero comentar que apoyo el documento en sus términos, se ha realizado el análisis jurídico correspondiente y me parece que es conforme a lo establecido en el Código Electoral del Estado de México.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, Maestra. En tercera ronda, ¿alguien más desea hacer uso de la palabra?

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Tiene el uso de la palabra el señor representante de MORENA. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Gracias, Presidente.

Voy a dar lectura, antes que nada, a la cuarta acepción del Diccionario de la Real Academia de la Lengua sobre “negocio”. “Declaración de voluntad de una o más personas, a la que la ley reconoce efectos jurídicos”.

Por eso dije: Al que le venga el saco, de la acepción comercial de negocio, bueno,

es otro asunto. Yo soy una gente bien intencionada y por eso comprendí al Presidente. Trayendo a colación el tema, retirar de la discusión el reglamento me parecería un

exceso infundado, dado que el reglamento tiene como base el Código, no le veo ninguna contradicción, no le veo al reglamento una colisión de normas jurídicas, sino le veo perfecta armonía jurídica; lo que le toca, si es que así le gusta al representante del PRI o a su partido, es provocar un acto de molestia, que lo lleve a los tribunales a efecto de determinar si estas dos normas están en contradicción y, en su caso, cuál de ellas debe prevalecer; eso lo tendrá que determinar los órganos jurisdiccionales.

Ahí sí, aunque le quieran ayudar aquí, no se va a poder. Yo incito a las señoras y señores consejeros a mantener no solamente la discusión, sino

agotar el Reglamento, sobre todo en esta parte que ha sido sumamente discutida en sus términos, a efecto de que contemos con una normatividad para el Registro.

Insistiría, a efecto de provocar ese acto de posible molestia, a que los consejeros y las

consejeras pudieran expedir los Lineamientos de Aplicación de la Fórmula de Designación de Diputados y Regidores de Representación Proporcional.

Con eso tendríamos base, tanto ustedes como seguramente nosotros, a efecto de ir a

los tribunales y ver cuál norma debe prevalecer. Muchas gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Señor representante, gracias a usted.

REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Ahora sí le quiero hacer una pregunta, señor Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: ¿Acepta una pregunta del señor representante de Nueva Alianza? REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: ¿A mí o al Presidente? CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Al orador.

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REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Con todo gusto. REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Gracias, representante. Muy interesante escuchar lo que usted dice.

A mí sí me gustaría saber de manera muy respetuosa qué entiende usted por

transferencia de votos.

REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: ¿Sólo eso? Transferencia de votos puede tener varias acepciones, usted hace transferencia de

votos cuando los saca de la urna y los coloca sobre la mesa. Eso es una transferencia de votos.

Transferir votos significa llevarlos del lugar donde se ubicó la casilla a los consejos

respectivos para llevar a cabo la sesión de cómputo. O transferencia de votos vía convenio implica que determinada masa de votos, en los

que se ha expresado la voluntad popular sobre quiénes han de ser sus representantes legítimos, se distribuya entre dos o más partidos de acuerdo a normas que son de índole privado y pactadas por dos o más partes, en donde el derecho público no puede más que cualificarlo, pero que sin embargo dichas disposiciones, si bien de carácter privado, deben estar acordes con el derecho público porque se trata de la integración de un órgano de gobierno.

No es simplemente la voluntad de las partes la que puede determinar cómo y de qué

forma se va a integrar el órgano de gobierno debido a las disposiciones pactadas en ese convenio.

Es una tesis que ya traemos más de una década y media discutiendo, no es nueva,

pero ahora se va clarificando, las aguas van tomando sus niveles. Ahora ya hay una prohibición expresa en el Código.

Esa prohibición expresa está por encima de las normas privadas que se van a dar dos

partidos políticos, va a ser una reflexión interesante. Por eso la invitación a provocar el acto; digo, la invitación a todos.

Eso también le traería muchos beneficios al órgano porque se evita de discusiones

innecesarias o rudezas innecesarias a los partidos políticos, o presiones exacerbadas, en su momento, de agentes externos al proceso electoral, o incluso –hay que decirlo– a interpretaciones, como se ha dado en otras ocasiones, que tratan de corregir las “desviaciones” –entre comillas– que ha tenido el electorado, es decir, quitar diputados para dárselos a otros y equilibrar las fuerzas en el Congreso, como se ha hecho muchas veces en este tipo de órganos.

El que haya lineamientos previos sobre cómo se va a aplicar la fórmula nos da

certeza.

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Y yo insisto y voy a seguir insistiendo en la necesidad de hacerlo, tal como lo hace el

INE y lo ha hecho el IFE durante ya varias décadas. Espero haber contribuido a disipar sus dudas.

REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Más o menos.

REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante.

Tiene ahora el uso de la palabra, por haberla solicitado previamente, el señor representante de Acción Nacional.

REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente.

Nada más quisiera hacer referencia específicamente al acuerdo por el cual esta Comisión, precisamente la Comisión para la Revisión de la Actualización de la Normatividad, remitió a este Consejo General el Reglamento. Y hay una cuestión, mi querido Esteban, que te lo comento para que a lo mejor se pudiera poner un poco más de atención, en el sentido de que fue con el consenso de todos los partidos políticos, a excepción de MORENA, específicamente por lo que manifestaba el representante, que estaban esperando la resolución de la acción de inconstitucionalidad que ellos promovieron. Pero sí es gravísima esta circunstancia, que tus representantes vayan y estén de acuerdo y que posteriormente, ahora en este Consejo, todo el trabajo, que yo sí te lo puedo decir, porque tú lo sabes perfectamente, yo acudo a todas las comisiones y sí sé el trabajo que tiene este Reglamento en específico detrás, que no es ni una ni dos horas, son muchísimas horas de trabajo, y que ahora por una ocurrencia graciosa se pida específicamente que desaparezca un párrafo, que te digo, a lo mejor probablemente podría ser que se desapareciera, pero finalmente hay que cumplir lo que dice el Código y el Código dice que se tendrá que verificar que no haya transferencia de votos o que los convenios específicamente estén adecuados a lo que a lo mejor en su momento este Consejo determine con algún mecanismo. Pero ahora este Reglamento no te perjudica en absolutamente nada y, si te perjudica, ahí están los tribunales. Para qué vamos a molestar a la Corte, para qué vamos a molestar al Congreso, si lo puede resolver el Tribunal o la Sala Regional. Es cuanto. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Señor Presidente, por alusiones personales, por favor.

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CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Quiere que lo anote en el orden de intervención para tercera ronda? Porque, recuerde, ya habíamos revisado eso. El Reglamento de Sesiones está a revisión también, por cierto, para que vayamos tomándolo en cuenta. ¿Lo anoto en tercera ronda, señor representante? Permítame. Y anoto también al Consejero Corona. Sigue en el uso de la palabra el señor representante del Partido Revolucionario Institucional. Y después la Consejera Tapia. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. Bien dice mi compañero Piña, no cambian las cosas en el Consejo, pero tampoco cambian los actores, pitonisos y mentirosos. Y voy a decir por qué en cada una de ellas. Primero. Yo nunca dije, ni estaba en contra de que se pusiera o se quitara, yo simplemente jurídicamente dije que había una incongruencia entre un artículo y otro. Nunca dije, y lo señalé claramente, ni a favor ni en contra, simplemente que hay una incongruencia en la redacción del Código, uno se contrapone del otro. Pitoniso, porque sabe a futuro lo que pudieran hacer los partidos políticos; como él va solo, está haciendo futurismo y no se te quita lo pitoniso. Pero digo mentiroso porque yo no quería intervenir cuando hablaste de la jurisprudencia y queriendo dar unas clases, no seas mentiroso, no hay jurisprudencia. Con la resolución que emitió la Sala estás mal, por supuesto, te voy a dar los términos donde se da una jurisprudencia. Uno, cinco criterios iguales, tres en materia electoral, uno por contradicciones, por casos relevantes o por modificación, mi querido abogado. Porque sí eres abogado, supongo. En ese sentido, no hay jurisprudencia, por supuesto que hay un criterio orientador sobre el tema, por eso te digo mentiroso. Y en la próxima sesión te voy a decir todo lo que confundiste, coalición con candidaturas comunes.

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Le voy a pedir a Javier, que por cierto lo hizo muy bien en los medios de comunicación, la diferencia que dio en candidatura común y coalición, porque te hiciste todas las pláticas. Yo decirte que ni nos perjudica ni nos beneficia, te voy a decir, voy contigo, que se apruebe así como está, es lo que mayormente nos beneficia a nosotros. Yo estaba hablando jurídicamente, no políticamente; jurídicamente, no estar con una incongruencia jurídica entre un Código, que se contrapone una a la otra. Yo, adelante, estoy con que se vote en sus términos como está el Reglamento para ese sentido. Sí dejar claro que esta representación va a tratar siempre de que se cumpla la ley. Y en este asunto específicamente se trató, y mi intervención fue, para no crear posteriormente problemas de impugnaciones en ese sentido.

En esos términos nos seguiremos conduciendo para poder sacar en buen término este

proceso, señor Presidente.

Muchísimas gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, señor representante. Para preguntar, tiene el uso de la palabra el señor representante de MORENA. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Adelante. A mí no me da miedo contestar. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Regularmente… REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Perdón, Presidente. Es una pregunta, no una intervención; entonces que haga una pregunta concreta y directa; si es una intervención… CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Voy a pedirles… REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Si es una intervención, no la acepto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Antes de darle el uso de la palabra… REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Las mañas te las conozco.

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CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: …Al señor representante de MORENA para la pregunta, voy a pedirle al señor Secretario que nos haga favor de leer el artículo 41 de nuestro Reglamento de Sesiones. Hágame el favor, señor Secretario. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Artículo 41: “En el curso de las deliberaciones, los integrantes del Consejo se abstendrán de entablar polémicas o debates en forma de diálogo con otro miembros del Consejo; así como efectuar alusiones personales que pudiesen generar controversias o discusiones ajenas a los asuntos integrados en el orden del día que, en su caso, se discutan. En dicho supuesto, el Consejero Presidente podrá recurrir a una moción de orden en el debate, si es necesario interrumpir al orador, con objeto de conminarlo a que se conduzca en los términos previstos en este Reglamento”. Sería cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. En nuestro Reglamento de Sesiones no tenemos previsto este mecanismo de las preguntas, como sí lo tienen regulado en el INE, de hecho; les decía, es tema que está a revisión y que valdría la pena ajustar. Entonces por cortesía, le pediría al señor representante que pidió hacer una pregunta y le aceptaron, haga la pregunta y la responden de la manera más breve porque, incluso, no tenemos ni siquiera un tiempo para preguntar ni para contestar en este momento. Por favor, señor representante. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Regularmente me iba a sostener, pero con el miedo que me tiene basta. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Presidente, más respeto al Instituto y a este Consejo. Que no vengan a payasear haciendo una pregunta… REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Si le está dando el uso de la voz, me la va a dar entonces a mí también, señor Presidente. Yo lo digo con todo respeto, simplemente por los adjetivos calificativos personales que usted infirió a mi persona, le pido entonces que me respete… REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Por respeto te acepte la pregunta…

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REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Tenga usted respeto al Órgano… CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Señores, por favor. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Con tu inteligencia no puedes hacer una pregunta… CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Señores representantes, REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Ni voy a caer en esa frágil discusión que… CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Señores representantes, les pido de la manera más atenta nos conduzcamos con el respeto que se merece… REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Desgraciadamente no te alcanza, maestro. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: …Este Consejo General.

Y en atención a nuestro Reglamento, tiene ahora el uso de la palabra la Consejera Electoral, la Maestra Palmira Tapia Palacios.

Por favor, Maestra.

CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. PALMIRA TAPIA PALACIOS: Gracias, Presidente. Yo veo que en este Reglamento que estamos analizando, lo que se recogió es el artículo 9º de nuestro Código, donde es muy claro: “Queda prohibida toda práctica que implique transferencia de votos o todo acto que tenga como fin generar mayorías ficticias”. En este caso, el Reglamento lo recoge para el tema de coalición o candidatura común. No me parece menor el lugar donde está disposición, es el artículo 9º, en el Título segundo de los Derechos y las obligaciones de los ciudadanos, es de los primeros artículos que cualquier ciudadano puede leer cuando está revisando nuestro Código. Esto, me parece que no es menor, es una disposición general que debemos cuidar como autoridad electoral y, en este caso, se está aplicando a los temas de coalición o candidatura común. Sobre la propuesta del representante del PRD, de omitir los convenios de coalición. Pudiera estar de acuerdo, porque en la Ley General de Partidos ya está esa prohibición, dice: “Los partidos políticos, en el tema de las coaliciones, no podrán distribuir o transferirse votos mediante convenio de coalición”.

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No obstante, también me queda claro que ha sido un Reglamento que ha sido revisado por mis compañeros en la Comisión de Normatividad. Por lo cual, yo estaría acompañando más bien en los términos que ya se nos presenta el Reglamento. Por último, no quisiera dejar pasar, agradezco la precisión que hace el representante del PT, eso me permite reiterar que este Reglamento ya precisa, hace explícita la llamada paridad horizontal en ayuntamientos. Y qué bueno que el debate más sea, más bien ya no haya debate, porque ya sea una realidad eso, me complace mucho.

Y por último, no quisiera dejar pasar darle la bienvenida al representante propietario de MORENA, Ricardo Moreno. Bienvenido.

También un reconocimiento al trabajo realizado por Daniel Serrano en estos meses, en

los cuales he tenido el gusto de conocerlo e interactuar con él. Mucho éxito. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejera. En tercera ronda tiene el uso de la palabra el señor representante del Partido Verde Ecologista de México. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente.

Qué lástima que no citaron el artículo del reglamento con anterioridad, cuando se hace una alusión hacia su servidor y donde tratan de desacreditar, bueno, no me extraña, aquí utiliza sistemáticamente el látigo del aforismo, le encanta hacer el aforismo para burlarse de la gente, por medio de la sátira tratar de argumentar su demoledora crítica.

Y reconozco públicamente que es un jurisconsulto, pero no tiene ni idea de la

cronología; efectivamente se trabajó y sí se fue en todos sus términos y se aprobó, pero no había salido la resolución de la Suprema Corte. No voy a entrar a más debates.

No me sorprende la retórica usada por mis compañeros, pues claro que no me va

sorprender, ya estamos acostumbrados, de hecho me queda claro que a partir de la siguiente sesión será una conducta sistemática, a través de la cual pretenderá desacreditar, por medio de su argumentación demagógica, cualquier posicionamiento de esta representación.

No puedo aceptar que por medio de sus discursos intimidatorios traten de imponer la

sinrazón por encima de la ley, y la ley ya se pronunció, el 18, el 25 de agosto de 2016, se aprobó la acción de inconstitucionalidad. Efectivamente hay que ir a donde le compete, no aquí. Muchas gracias por el consejo.

Pero como siempre, fiel a mis ideas, y lo he manifestado una y otra vez, su servidor

siempre ha tratado de ser cordial y educado, porque creo que en la medida en que sea cordial y educado tengo todo el derecho a pedir lo mismo.

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Repito, como siempre mi actitud será cordial, voy a ser cortés, definitivamente tengo que ser cortés con los y ante los diversos puntos de vista por parte de los representantes de los partidos políticos.

Yo nada más ahí acabo con una frase demoledora de Charles Baudelaire: “La

cortesía es la mayor manera de mantener la distancia con los demás”. Muchas gracias, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el Consejero Gabriel Corona. Por favor, Consejero. CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: Gracias, Consejero Presidente. Es algo muy sencillo, de hecho de alguna manera ya la Consejera Palmira Tapia lo planteó, aunque ella como una posibilidad, yo sí lo haría como una atenta solicitud. Efectivamente respecto a los convenios de coalición, esto está regulado por la LEGIPE, en ese sentido, es facultad del INE todo lo relativo a los convenios de coalición, no veo cómo nosotros como Consejo General pudiéramos verificar que en esos convenios de coalición no hubiese transferencia de votos, porque no es una facultad nuestra.

La petición concreta sería, acompañando el resto del párrafo, que la palabra “coalición” fuera suprimida del texto.

Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejero. ¿Alguien más? En tercera ronda el señor representante del partido Encuentro Social. REPRESENTANTE DE ENCUENTRO SOCIAL, C. CARLOS LOMAN DELGADO: Gracias. Remitirme a mi posición inicial respecto a la figura de la participación entre partidos porque me parece que debemos hablar en términos un poco más institucionales, creo que hay que bajarle al personalismo y al protagonismo, para que estos trabajos sean más eficientes y más efectivos.

No alimentemos el protagonismo de nadie, sino la preponderancia de la institucionalidad.

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En esos términos, creo que estábamos ya entrados prácticamente en el proceso, no obstante que toda acción legal requiere precisamente de una norma previa, establecida, sin embargo, estamos en esa etapa, precisamente la unidad de los actores nos hace ya adelantarnos a este proceso y al calentamiento. Me parece que sí debemos ser más templados.

En esos términos, reconocer la legalidad en la que estamos, tal vez sea la que no

todos quisiéramos, tal vez quisiéramos una articulación al interés válido de todos, de los participantes, pero sí es difícil hacer articulaciones o legislaciones a la carta, o conceptos a la carta.

Me parece que en todo caso todos tenemos derecho a articular e interpretar

articuladamente la normatividad vigente, ya está establecida y en ese sentido hagamos valer nuestra participación.

Y que si en alguna cuestión haya alguna duda, yo en particular no encuentro

ninguna contradicción en el debate, a mí me parece prácticamente operable esas aparentes contradicciones, yo no le veo contradicción, incluso diría “no se trata solamente de transferencia de votos, se trata incluso de congruencia en el tipo de asociación que yo manejé al principio en la participación de los partidos”, o sea, tenemos que trascender más allá de la mera transacción como una cuestión, un elemento de la democracia más sustantiva.

En este tenor, creo que tampoco está de más, ahí sí lo retomo, que si hay elementos

que nos han causado inseguridad o incertidumbre respecto a la operatividad, pues precisamente está la facultad reglamentaria de este Instituto para prever esas cuestiones.

No obstante que también debemos de, en la medida, dejar los pasos firmes,

establecidos y no continuar con discusiones infructuosas. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante.

¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda, el señor representante del PT.

REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias, Presidente. Solamente para hacer alguna precisión. Sí, efectivamente, por la intervención de la Consejera Palmira, y lo dije en un principio,

si hoy por supuesto que nos congratulamos también en la participación, en la igualdad, nosotros siempre lo hemos discutido y lo hemos defendido, la igualdad del hombre y la mujer; la igualdad, en igualdad de condiciones, pues.

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Y aquí hoy la ley nos obliga, debería ser por voluntad política de los partidos, debería ser así, pero como la ley nos obliga, nosotros estamos de acuerdo.

En lo que yo decía, señora Consejera, era que no podemos dar por hecho que vamos

a tener la misma cantidad de presidentes municipales y presidentas municipales, es decir, la ley nos obliga, no por voluntad de algunos partidos, sino por obligación jurídica, en postular candidaturas del mismo género, iguales. Falta que ganen.

Entonces no vamos a tener presidentas y presidentes en la misma cantidad. Esa es la

primera precisión. La otra no es una precisión, más bien si el Reglamento de Sesiones hubiera

transferencia de tiempo y para que no haya ese tipo de discusiones, señor Presidente, el primer error lo cometió usted al conceder preguntas fuera del Reglamento, fue usted el que lo concedió.

Si el Reglamento concediera, permitiera la transferencia de tiempo y estar fuera para

que nadie se quede fuera de su defensa, porque es bien cómodo a veces también, puedo atacar a mi amigo Rubén cuando sé que ya hizo su tercera intervención, en la tercera ronda, cuando ya queda en estado de indefensión para poderse defender; bueno, a lo mejor yo le concedería 10 minutos de mi tiempo, ¿verdad?

Pero como no se permite, ni modo, yo sí propondría que fuéramos muy cuidadosos

entonces en la aplicación del Reglamento y que sea a igualdad para todos. Sería cuanto, Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Ascención. Asumo plenamente lo que usted dice, fue una falta de su servidor en la que procuraré

no caer en hechos futuros. Lo cierto también es que ésta es una mesa para esto, para el diálogo, para conocer

los puntos de vista, para interactuar. Mientras lo hagamos en un marco de respeto, yo procuraré dar las mejores condiciones para que esto así suceda.

¿Alguien más quiere intervenir en este asunto en tercera ronda? En tercera ronda, el señor representante del PRD.

REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Gracias, Presidente. Yo primero le diría a mi amigo Esteban con todo respeto, haciendo alusión a la frase

con la que cerró en el último momento de su intervención, creo que aquí no, primero no es un debate del “Club de Toby” ni tampoco es un concurso de oratoria, aquí estamos haciendo valer la ley y nuestras argumentaciones están siendo fundamentadas, y estamos haciendo alusión al Código, a diversas interpretaciones jurídicas, a criterios, etcétera.

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Y los que tienen la responsabilidad de realizar los actos jurídicos electorales es quienes tienen derecho a voz y voto. Yo había hecho mi lista de intervención, pero atinado a lo que ha señalado el representante del PRI, en donde retira su posición que había solicitado inicialmente de solicitar que se aplazara la discusión, y como lo señalé, en el Reglamento no existe esa facultad de los representantes, en el Reglamento, sí de los que tienen derecho a voz y voto, que es el artículo 6º, pero para no consumir mi tiempo es obvio que ustedes lo conocen. Simplemente pedirle, Presidente, que se someta a votación, creo que hemos agotado las tres rondas, con algunos exabruptos, con algunas contradicciones de bienvenidas cordiales y luego de repente algunas cosas ahí medio raras. Pero quiero reiterarle la bienvenida a Ricardo, creo que ha contribuido mucho al avance democrático de este Estado y creo que los tiempos van a cambiar en el Estado de México. Muchas gracias, Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de Nueva Alianza. REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Gracias, Presidente. Para fijar una postura muy clara de Nueva Alianza, nosotros estamos a favor de que en el Reglamento se quede ese párrafo tal y como está. Creo que el Código Electoral es muy claro, dice que queda prohibida toda práctica que implique transferencia de votos o todo acto que tenga como fin generar mayorías ficticias. Es muy claro, no le debemos de tener miedo a esto, porque al final de cuentas, de la respuesta que nos dio el representante de MORENA, ahora me doy cuenta por qué perdieron la acción de inconstitucionalidad, por manejar mal los conceptos, por confundir coalición con candidatura común. Y ahí está la resolución de la Corte, o sea, no existe la transferencia de votos en las candidaturas comunes, no quieran confundir a la gente, eso no existe. Se utilizan conceptos abstractos y matemáticos para pactar los convenios. No hay ninguna transferencia de votos, no se confundan. Asimismo, consideramos muy importante que desde este momento seamos muy conscientes de que vamos a entrar a un proceso electoral que implica muchos retos y que el respeto entre los que estamos aquí, entre los representantes y los consejeros es fundamental para la organización y el desarrollo del proceso electoral.

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Ojalá que el representante de MORENA que está entrando siga la línea de quien se va, y aprovecho aquí para hacer un reconocimiento a Daniel, quien siempre defendió los postulados de su partido con respeto a todos los integrantes de este Consejo. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. En tercera ronda, ¿alguien más? Al no haber más intervenciones, pido al señor Secretario consulte primero si es de aprobarse la solicitud del señor representante del Partido Verde Ecologista de suprimir el segundo párrafo del artículo 6º. Dependiendo de los resultados de esa votación, eventualmente pasaríamos a la propuesta o a la solicitud del representante del PRD de eliminar el apartado que se refiere a las coaliciones y, eventualmente, incluso incrementarle más elementos de artículo 9º. Y, en función de ello, pasaríamos entonces a votar el proyecto como haya quedado con estas votaciones. Por favor, señor Secretario. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, con su permiso. Relativo al punto seis del orden del día, y al proyecto de Acuerdo 72/2016, consultaría primero a las consejeras y consejeros, con su autorización, si están por la propuesta de eliminar el segundo párrafo del artículo 6º del Reglamento que se discute. Si estuvieran por esta propuesta, les pido que lo manifiesten levantando la mano. No se registra ningún voto a favor de la propuesta, señor Consejero Presidente. Pediría que quienes estén en contra de la propuesta, lo manifiesten levantando la mano. Se registran siete votos en contra de la propuesta. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Esa parte del artículo se quedaría. Ahora, necesita una propuesta de suprimir el término que se refiere a convenios de coalición, hecha por el señor representante del PRD y, si entendí bien, considerada pertinente por el Consejero Corona. Entonces esa también, por favor.

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SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, existe una segunda propuesta que ha hecho el señor representante del Partido de la Revolución Democrática, que tiene que ver con la modificación al texto del artículo 6º del Reglamento que se discute, en los términos en que él lo manifestó y que ha quedado registrado. Pediré a las consejeras y consejeros que quienes estén por esta propuesta lo manifiesten levantando la mano. Se registra un voto a favor de la propuesta. Pediría a que quienes estén en contra de la propuesta lo manifiesten de igual forma. Se registran seis votos en contra de la propuesta. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Ahora, le pido entonces someta a consideración el proyecto de Acuerdo y su anexo, en sus términos, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Consultaré a las consejeras y consejeros electorales si están por aprobar el proyecto de Acuerdo relativo al punto seis del orden del día, pidiéndoles que si es así, lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Le agradezco, señor Secretario. Le pido proceda con el siguiente asunto, por favor… REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Señor Presidente, perdón que lo interrumpa. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Sí. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Le solicito, por favor, que gire sus instrucciones para que se me dé una copia certificada de la Versión Estenográfica del punto en comento. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Le pido al señor Secretario se atienda la solicitud, en sus términos. Y proceda con el siguiente asunto del orden del día, por favor.

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SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: El siguiente asunto, señor Consejero Presidente, es el número siete, tiene que ver con el Proyecto de Acuerdo 73/2016, proyecto de Acuerdo por el que se expide el Reglamento para el Funcionamiento de la Oficialía Electoral del Instituto Electoral del Estado de México; discusión y aprobación en su caso. Está a su consideración. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Señoras y señores integrantes del Consejo, está a su consideración el proyecto de Acuerdo. Tiene el uso de la palabra, en primera ronda, la Maestra Natalia Pérez Hernández, Consejera Electoral. Por favor, Maestra. CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. NATALIA PÉREZ HERNÁNDEZ: Gracias, Consejero Presidente. Respeto a este proyecto, debo señalar que tanto en la reunión de trabajo, como en la sesión ordinaria se discutieron ampliamente temas que requirieron de un pronunciamiento especial, de acuerdo a su complejidad. En primer lugar, se propuso y se aprobó cambiar la denominación del instrumento normativo como Reglamento, en lugar de Lineamientos, para el funcionamiento del Oficialía Electoral, debido a que deriva de una norma superior que no contempla ni desarrolla el procedimiento atinente. Asimismo, en cuanto a su contenido, se analizó a profundidad el tema relacionado con la figura del Vocal Secretario de las juntas distritales y municipales, prevista en los artículos 196, fracción IX; y 231, del Código Electoral Local, en los que se establece respectivamente que el Secretario Ejecutivo tiene la atribución de ejercer la función de Oficialía Electoral, atenderla oportunamente por sí o por conducto de los vocales secretarios de las juntas distritales o municipales o de otros servidores en los que delegue dicha función y, que en el ejercicio de la función de Oficialía Electoral, el Secretario Ejecutivo, los vocales secretarios de las juntas distritales y municipales, así como los demás funcionarios en que se delegue esta función, tendrán las atribuciones correspondientes. Al respecto, quiero dejar muy claro que en el seno de la Comisión que me honro en presidir, se discutió a detalle la presencia de la figura del Vocal Secretario de juntas distritales o municipales detectada en los preceptos legales que me he permitido invocar, en donde se evidencia una falta de correspondencia con la estructura orgánica actual que tiene este Instituto Electoral. De ese modo, se consideró que la figura del Vocal Secretario, inserta en dichos preceptos legales, pudo haber sido consecuencia de un error o descuido por parte del legislador local, quien debió concatenar y atender a la estructura actual de esta institución,

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que está debidamente establecida en el artículo 206 del Código Electoral que dispone que: “Las juntas distritales son órganos temporales que se integran para cada proceso electoral, entre otros, por un Vocal de Organización Electoral, quien durante los procesos para elegir diputados y gobernador del Estado, ejerce la función de Secretario del correspondiente Consejo Distrital, en términos de lo previsto en el diverso artículo 208 del Código Electoral del Estado de México.

Es decir, la figura del Vocal Secretario no existe en nuestro sistema jurídico electoral, en ese tenor, el consenso mayoritario de quienes integramos la Comisión se inclinó por la conclusión adoptada que hoy se somete a nuestra consideración, en el sentido de que al no existir en la estructura del Instituto la figura del Vocal Secretario de juntas distritales o municipales, corresponde, por consecuencia, al Secretario Ejecutivo delegar la función de oficialía electoral en cualquiera de los vocales de las juntas distritales o municipales, quien bien podría ser en los vocales ejecutivos o en los de organización; estos últimos debido a que también ejercen funciones de Secretario en los respectivos consejos distritales.

A ello se agregó que en los órganos desconcentrados la figura del Secretario de

Consejo, que corresponde a cargo de los vocales de Organización, cuando sesionan como consejos distritales o municipales, carece de facultades legales para ejercer en forma directa la función de Oficialía Electoral.

Finalmente se expuso a mayor abundamiento que conforme con el contenido del

Catálogo y Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional, emitido por el Instituto Nacional Electoral, corresponde a los vocales ejecutivos de las juntas distritales o municipales, realizar, en el ámbito de su competencia, funciones de oficialía electoral, de acuerdo a lo delegado por los órganos centrales de este Instituto, aspecto que permitió adoptar un consenso en lo general, en el sentido de incluir en el reglamento que nos ocupa, particularmente en el párrafo segundo de artículo 3º, que corresponderá al Secretario Ejecutivo de este Instituto, delegar la función de Oficialía Electoral al personal habilitado mediante oficio, en el que se especifiquen los alcances de dicha función, entendiéndose por personal habilitado, conforme al glosario contenido en el propio reglamento al servidor público electoral de carácter permanente o eventual, adscrito a la Secretaría Ejecutiva o a las juntas distritales o municipales, en quien se les delega dicha función.

Finalmente me parece relevante destacar que las discusiones y los puntos de vista

que se dieron en torno a los trabajos realizados por la Comisión, enriquecieron la emisión de herramientas que abonarán al ejercicio de los principios de equidad, imparcialidad, objetividad, independencia y máxima publicidad, conforme al nuevo modelo democrático que se nos ha dado a partir de la Reforma Político-Electoral del año 2014.

Estos procesos de actualización han sido un referente necesario y oportuno para la

consecución de las labores que se tendrán que realizar para continuar con el análisis y definición del resto de los ordenamientos que conforman el objeto de creación de la Comisión Especial para la Revisión y Actualización de la normatividad del Instituto Electoral del Estado de México.

Por ésta y por las razones que he expuesto a lo largo de mis anteriores intervenciones,

relacionadas con la actualización de las normas de este Instituto, no me resta más que

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agradecer a todas y a todos los que colaboraron en la integración de estos ordenamientos normativos mi gratitud por su ánimo de colaboración y por su vasta experiencia en la materia, que fue mostrada a través de sus apreciables comentarios durante el desarrollo de las sesiones de trabajo y la sesión ordinaria respectiva.

Es cuanto, señor Consejero Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Maestra. Tiene ahora el uso de la palabra, en primera ronda, el señor representante del Partido Acción Nacional. Por favor. REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. Como hice el comentario en una anterior intervención, tenemos que el artículo 2º del Código Electoral del Estado de México habla sobre la interpretación de este Código, que será conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional. Y, bueno, si a esto vemos también lo que establece el artículo 3º, dice que la aplicación de las disposiciones de este Código corresponde al Instituto Electoral.

De una vez lo voy a dejar bien claro: Esta representación, cuando específicamente se propuso este reglamento no estuvo de acuerdo por una simple y sencilla razón: El artículo 231, que es específicamente el que establece la función de la Oficialía Electoral habla de lo siguiente, dice:

“Artículo 231. En el ejercicio de la función de Oficialía Electoral, el Secretario Ejecutivo,

los vocales secretarios de las juntas distritales y municipales…”, que específicamente es a lo que acaba de hacer alusión la Consejera que me antecedió en el uso de la voz, si bien es cierto existe esta circunstancia, no hay que perder de vista que hay un criterio de interpretación que es el funcional y que específicamente ya el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó qué se entiende por este tipo de interpretación.

Y le voy a dar lectura: “Es aquel en el que se determina el significado de un

enunciado, atendiendo a la interpretación del legislador, sus fines y las consecuencias de un significado. La interpretación debe ser justificada”, y específicamente la interpretación de este artículo está justificada, porque si bien es cierto no existen los vocales secretarios, sabemos que hay un vocal secretario dentro de los consejos y que por ley está establecido específicamente en este artículo la función de Oficialía Electoral.

Si bien es cierto se puede específicamente, por parte del Secretario, delegar esta

función, lo hace en algunos otros funcionarios, pero específicamente los vocales secretarios de los consejos tienen esa facultad, lo cual no se ve reflejado específicamente en este Reglamento y, por tanto, esta representación pediría que se analizara.

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Sé específicamente que lo que comentemos aquí o lo que se argumente no va a cambiar el sentido del voto a lo mejor de los señores consejeros, pero para eso nosotros ya nos estamos preparando, específicamente para acudir al Tribunal para que se revisen este tipo de situaciones, porque la interpretación que se hizo en la Comisión es una interpretación restrictiva.

Y como lo digo, hay un criterio funcional que específicamente establece que se debe

de buscar lo que quiso decir el legislador. El legislador no es perfecto, es un humano como cualquiera de nosotros y

específicamente el trabajo que a veces realizan es perfectible. Si se equivocaron en establecer la figura del vocal secretario como la del Secretario

del Consejo, necesariamente, en base a los criterios de interpretación, se podría estar estableciendo que también los vocales secretarios de los consejos tienen esa atribución.

Es cuanto, por el momento.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra, en primera ronda, el señor representante de

MORENA.

REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: No me voy a disculpar, porque no he cometido ningún atropello ni he insultado a nadie.

He elevado la voz, sí, con razón, y quiero simplemente dejar claro que lo expresado

por mi persona tal vez hirió la sensibilidad del representante del PRI, que me ha llamado mentiroso porque señalé que la resolución de la acción de inconstitucionalidad no genera jurisprudencia. Y me ha llamado mentiroso por ello.

Quien llama mentiroso a una persona sin demostrar la mentira, es doblemente

mentiroso. De acuerdo con las disposiciones bajo las cuales se establece jurisprudencia, se

establece que las resoluciones adoptadas por…

REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Señor Presidente, una moción de orden.

Con fundamento en el artículo 45, inciso d)…

REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: No sea oficioso. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Por favor. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: La moción de orden es en qué sentido, por favor.

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REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Con todo gusto, es una moción de orden a toda proposición que tenga alguno de los siguientes objetivos: Pedir la suspensión de una intervención que no se ajuste al orden, que se aparte del punto a discusión o que sea ofensiva o calumniosa por algún miembro del Consejo.

Y toda vez que nuestro compañero está atendiendo un asunto que no tiene que ver

con el punto de discusión, creo que da lugar. Está suficientemente fundamentado.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Pido al señor representante continúe su intervención y trate en lo posible de ceñirse al

orden del día.

REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Estoy dando lectura a un texto, qué bueno que llegó el representante del PRI, seguramente ya me escuchó.

“Las resoluciones adoptadas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia al

solucionar acciones de inconstitucionalidad…

REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Perdón, Presidente, artículo 41 y 42 del Reglamento.

REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: “…y controversias constitucionales también forman jurisprudencia siempre que sean aprobadas por un mínimo de ocho ministros”. Lo dejo hasta ahí. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Yo le pido de favor que se aboque al tema. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Estoy escuchando su solicitud. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Yo le pido que instruya al Secretario a que lea el 41 y el 42, supongo que no conoce el Reglamento el representante. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Lo leímos hace un rato, les pido por favor que me permitan ejercer mi función de conducir los trabajos. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: El 41 y el 42. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Sé que no le gusta que los descubramos.

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REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: No, el tema. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Lo platicamos en un café con un té de tila. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: No hubo capacidad para hacer una pregunta. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Por favor, señores representantes, les pido que no entablemos diálogos, no estamos aquí para platicar de asuntos… REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Tú lo permites, Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Le pido que me permita corregirlo, por favor. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Aplica el Reglamento, que es tu función. Por favor, esa es tu función, aplicar el Reglamento. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Exactamente, eso voy a hacer, señor representante. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: En las capacidades de los representantes, lo dejas; vamos a hacer una pregunta y en su momento que haga otra. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Le agradezco, señor representante, sus observaciones. Le pido al señor representante, quien tiene el uso de la palabra en primera ronda, continúe en el tratamiento de este asunto, por favor. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Gracias. Bueno, ya quedó claro lo que está claro. Quiero hacer un comentario general respecto a este Reglamento, que creemos adecuado en virtud de que los lineamientos con que se operaba con anterioridad eran vagos, imprecisos en algunas cuestiones y que de alguna otra forma no permitían llegar al alcance con el cual se pretendió dotarlos por parte del legislador. MORENA tiene todavía algunas cuestiones que creemos es indispensable salvar. La función de la Oficialía es en certificación de actos o hechos, sin embargo, estos actos o hechos son finitos en el tiempo, no son permanentes o continuos o continuados muchos de ellos, se refiere a violaciones regularmente cometidas por las partes dentro del

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proceso electoral, por alguna autoridad, por algún ciudadano y se concretan o materializan en eventos que llevan a veces un tiempo no mayor a un par de horas, a unos minutos y que son conductas en ocasiones también constitutivas de delitos, y que una certificación de la Oficialía resulta a veces importante porque constituye en sí una probanza para ser utilizada en otro procedimiento, no solamente ante el Instituto Electoral sino incluso ante otras autoridades. Sin embargo, el proceso que se establece en el Reglamento nos lleva a que una certificación se dé con 48 horas de dilación a que se pida la actuación de la Oficialía. Esta es una desviación todavía muy grande, en 48 horas se puede mentir mucho, en 48 horas se pueden decir muchas cosas, en 48 horas se pueden cometer muchos delitos. Insisto, cuando aquellos no son actos continuos o continuados, no es lo mismo certificar un espectacular que está fijo en una mampara después de concluida la etapa de campaña, que puede quedarse ahí dos o tres días y puede fácilmente certificarse, o no es lo mismo un acto de precampaña, que puede certificarse con esta situación. Hay hechos urgentes que, por su urgencia, no considera el reglamento, y lo que proponemos es que a los casos urgentes hay que tratarlos con urgencia, de tal suerte que se pueda incorporar la figura de la urgencia a fin de que la función de Oficialía se ejerza inmediatamente al solicitarse por la parte, de tal suerte que tengamos certeza de la obtención de una certificación que nos pueda servir para iniciar otros procedimientos o incluso le pueda servir a la misma autoridad, si es que decide actuar de acuerdo a sus atribuciones de oficio. Así pues, creo que esta es una omisión que todavía tiene el Reglamento.

Por ello, creo que adolece el Reglamento de satisfacción en los casos de urgencia, de la obtención del principio de inmediatez, de conservación o preservación de la prueba; y adolece también de garantizar el interés público en la obtención de la función que estamos precisando en este momento, de Oficialía Electoral.

Creo que estas tres instituciones del derecho no se ven agotadas en los casos de

urgencia que el Reglamento no presenta y que debieran ser parte funcional del mismo, como casos de urgencia.

Es cuanto en esta primera ronda, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. ¿Alguien más quiere intervenir en primera ronda? Bien. ¿En segunda ronda?

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Al no haber más intervenciones… O ¿en tercera ronda? Perdón, por no dejar. En tercera ronda, el señor representante del Partido de la Revolución Democrática. Por favor, don Javier. REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Gracias. Miren, me parece que estamos llegando a dos necesidades que, incluso, la revisamos de manera práctica en los últimos procesos electorales: La necesidad que establece el artículo 231 que, como ya también aquí se dio amplia lectura por parte de la Consejera Natalia, en el ejercicio de la función de Oficialía Electoral, que la tiene el Secretario Ejecutivo.

La justificación que nos están dando para que no se pueda consolidar esta propuesta es porque no existe una figura reiterativa en las distintas facultades de los consejos distritales o municipales en la función que aquí se establece en el 231 del Vocal Secretario. Pero yo diría, eso es lo de menos. Lo que se requiere es hacer eficiente la función de Oficialía Electoral.

Si le damos lectura al 231, creo que pudiéramos encontrar una solución. Le voy a dar

lectura rápidamente. Dice: “Artículo 231. En el ejercicio de la función de Oficialía Electoral, el Secretario

Ejecutivo, los vocales secretarios de las juntas distritales y municipales, así como los demás funcionarios en quien se delegue esta función…” y aquí me quiero detener.

Dice: “Así como a los demás funcionarios en quien se delegue esta función”. Es decir,

si el argumento es porque no existe de manera expresa en la norma la figura de Vocal Secretario en la figura del Consejo Distrital o Consejo Municipal, no podemos actualizarla en el documento que hoy estamos revisando.

Yo creo que esta interpretación, como decía Rubén, nos podría permitir delegarla al

Secretario de los consejos distritales o de los consejos municipales, porque ellos son cualquier otro funcionario, que lo contempla ya el artículo 231.

No sé si alcance a explicarme, pero si ese es el argumento porque no existe el Vocal

Secretario expresamente establecido en la integración de los consejos distritales y de los consejos municipales, me parece que esta interpretación funcional nos pudiera permitir garantiza que efectivamente durante el proceso electoral o previo, pues, como ahora estamos teniendo en algunos casos necesidad de certificar algunas cosas, que todavía por ahí, como diría Horacio, algún club de los acomedidos andan haciendo algunas acciones.

Sí debiéramos instrumentar mecanismos técnico-jurídicos para, incluso, facilitarle a la

Secretaría Ejecutiva o a quien… Ah perdón. Pero eso estaba en la primera ¿no? ¿Ya estamos en la segunda?

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Gracias. Me reservo a la que sigue.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: En tercera ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante de Encuentro Social; y después el PT. REPRESENTANTE DE ENCUENTRO SOCIAL, C. CARLOS LOMAN DELGADO: Sí. El resultado de esta Comisión, no sé si entrará en contradicción, pero, sí, a mí me motivó una aceptación de un punto de vista solucionador, por la confianza que se tiene en la figura del Secretario Ejecutivo aquí en el IEEM, es en esos términos, y trato de empatarla con el cuidado y el cumplimiento de la ley, que debemos tener todos.

En ese sentido ya Javier presenta una alternativa de cómo operar, precisamente, la forma en que se presenta la facultad de Oficialía Electoral; no obstante sí quiero señalar que yo no estoy de acuerdo en las consideraciones que se presentaron, eso lo manifesté en la Comisión.

No las voy a mencionar porque creo que necesitamos también darle cierta

consideración a esta propuesta, en la confianza que ya mencioné. No obstante creo que también debemos ser respetuosos con el Poder Legislativo; si

bien uno puede calificar que su producto, la norma tiene ciertas deficiencias o errores, me parece que no es el conducto y la forma incluso de determinar las características de la norma.

Estamos en materia administrativa no de derechos humanos, y en consecuencia creo

que también, en todo caso, la reglamentación y la organicidad depende ley y no al revés. En esos términos, de cualquier manera veo esta solución de, podríamos decir no en

términos jurídicos sino de incongruencia, tal vez de la ley, de disfuncionalidad, que incluso tenemos que afrontar de alguna manera y se está haciendo, y estoy de acuerdo, por la confianza que se tiene en la figura del Secretario Ejecutivo, integrándolo con la propuesta, que nos lo permite a través de la idea de Javier.

Y es que se tienen que resolver situaciones en las que la ley plantea órganos que

ahora ya no tienen funciones, y funciones que aparentemente no tienen órganos, como es el caso de la Capacitación.

Abonando nuevamente, reiteradamente, a la confianza, no le veo inconveniente. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra, voy a decir quiénes tengo anotados, para que si cometí alguna omisión me lo corrijan: El señor representante del PT, después del Partido Verde Ecologista de México, y después el Maestro Mandujano.

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Por favor, señor representante. REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias.

Primero hacer una pregunta, señor Presidente, de acuerdo al reglamento, por supuesto: De primera ronda nos brincamos a la tercera, terminó la primera…

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Terminó la pregunta, pregunté si alguien tenía otra intervención, incluso ya iba a poner a votación el tema cuando me pidió la palabra. REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Lo que pasa es que, bueno, yo veo que llevan mucha prisa por sacar la sesión, está bien, ya tenemos algunas horas, exactamente cuatro horas, aunque los señores representantes estén acá muy ocupados.

Yo escuché al señor representante que dijo en primera, dije: ¡Ah, me ganó el tiempo!, pensó que estaba en segunda. Entendiendo que si no hay nadie, no hay ninguna intervención en segunda ronda, entonces ya no tiene por qué haber tercera. Puedo estar mal, y si estoy mal pido una disculpa.

Si no hay segunda ronda, si nadie interviene en la segunda, entonces cómo se brinca

a una tercera. Pero en fin. En mi opinión creo que estaríamos en segunda, pero ya por disposición de usted, dijo

tercera rápido, y votación si no hay nadie. Porque ya nos urge por irnos. Miren: De por sí las nuevas disposiciones, a partir del proceso pasado, producto de las

reformas, que nosotros lo ratificamos nuevamente, estas discusiones son precisamente porque esas reformas que se hicieron, lo seguimos sosteniendo como lo dijimos el día 7 de octubre de 2014, cuando inició el proceso electoral 2014-2015, fueron reformas que se hicieron en las rodillas y que después nos meten a toda esta dinámica de discusiones.

Las facultades que en esta reforma se le dieron al INE es precisamente que nos obliga

hoy a estar inventado que si la Oficialía esto, que si la Oficialía aquello, y le echamos la culpa al legislador, decimos: “Es que el legislador no contempló esto, es que el legislador aquello”. Pues sí, precisamente porque fueron hechas en las rodillas.

Pero a final de cuentas todos los partidos estamos involucrados en ello. Pues reclámenle cada quien a sus diputados que votaron esas reformas de esa

manera y que ahora nos tienen metidos en esta dinámica a los órganos electorales. Yo lo digo porque a nosotros no nos viene el saco en esa parte como partido. Primero, ya lo decía la representación del Partido Encuentro Social, tenemos un Vocal

de Capacitación en las juntas que no tiene ninguna función en el Consejo, salvo ausencia del Secretario, en este caso del Vocal de Organización.

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Toda la función se le transfiere por disposición federal al INE. ¿Qué hace el Vocal ahí?

Pues coadyuvar únicamente y servir ahí de compañía. A nivel de este Órgano Electoral, de Órgano Central, ya se solucionó ese problema

para la Dirección de Capacitación; se solucionó ese problema dándole la responsabilidad, otro tipo de responsabilidad con otro nombre, pero a final de cuentas es lo mismo.

En el caso de la Oficialía Electoral para los consejos distritales y municipales,

entendiéndose que el Vocal de Organización, el segundo a bordo en la Junta pasa a ser Secretario en el Consejo. Y esa Secretaría una de sus funciones en el Consejo es hacer el recorrido para la ubicación de casillas, función que también tiene el INE.

Si ahora se quiere inventar otra la Oficialía Electoral, pues bien puede quedar en el

Secretario del Consejo Municipal o Distrital. Gracias. Ya ven, la tercera por decreto del señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Le agradezco, señor representante. El Partido Verde Ecologista de México. Por favor, don Estaban.

REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente. Definitivamente volvemos a caer en una situación que está más allá de la facultad,

de la capacidad tanto de los representantes de los partidos políticos, así como de los señores miembros del Consejo, los consejeros.

No existe la figura, definitivamente no existe la figura, pero creo que lo que sí

podemos clarificar es el efecto de la famosa Oficialía. Yo creo que la Oficialía, yo creo y no sé, probablemente me asista la razón; y si no, ni

modo, es una función pública para dar fe de actos o constatar hechos. Hasta ahí creo que no es el debate.

¿Cuál es el debate? Que no aparece, desafortunadamente no aparece la persona,

el cargo. Pero como dijera mi querido Javier, “para mejor proveer”, creo que en el caso

particular de esta representación, analizar o tratar de acotar la facultad que tiene el señor Secretario Ejecutivo de poder delegar dicha función para habilitar mediante oficio a la persona, que hasta ahí creo que tampoco hay materia de debate, donde sí esta representación haría mucho énfasis, es en un acto muy sencillo:

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Dicha delegación deberá ser: Primero, de carácter temporal y se debe constreñir exclusivamente a la constatación de los actos o hechos señalados por el peticionario en el escrito de la solicitud.

Si bien es cierto no resuelve lo que se ha estado cuestionando, debatiendo en este

punto en comento, creo que por lo menos daría certeza al hecho de que si se le constriñe la facultad otorgada única y exclusivamente para esos actos que puede realizar, se disiparían las posibles dudas de lo que estamos atendiendo en este sentido.

Sería cuanto, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el Consejero Mandujano y después el señor

representante de Acción Nacional.

CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Sí, gracias, Consejero Presidente. En este tema que, como lo mencionó Rubén, fue motivo de un análisis muy detallado

en el seno de la Comisión respectiva. Se platicaba que, en efecto, a nivel federal, en el INE la figura del Vocal Secretario sí está prevista en el artículo 71 de la LEGIPE, porque dice el artículo 72 “las juntas distritales ejecutivas son los órganos permanentes y se integrarán”. Y dice “con un Vocal Secretario que auxiliará al Vocal Ejecutivo en las tareas administrativas de la Junta y ejercerá las funciones de la Oficialía Electoral”. Es decir, de manera directa le confiere la función de Oficialía Electoral al Vocal Secretario en la estructura del Instituto Nacional Electoral. En la estructura del Instituto Electoral del Estado de México las juntas distritales son órganos temporales no permanentes y se integran por un Vocal Secretario, un Vocal de Organización y un Vocal de Capacitación; es decir, en la estructura de la Junta Distrital no hay Vocal Secretario, como sí está a nivel nacional. En el artículo 208, del Código Electoral del Estado de México, dice cómo se integran los consejos distritales y dice por dos consejeros, que serán el Vocal Ejecutivo y el de Organización, luego que funcionarán como Presidente. Y dice “y como Vocal Secretario del Consejo, el Vocal de Organización”. Es decir, el Vocal de Organización es Secretario del Consejo y tiene funciones relativas a la tarea del Consejo: levantar las actas, verificar el quórum en las reuniones del Consejo, pero es el Secretario del Consejo. ¿Por qué hago esta aclaración? Porque en el INE la facultad de delegar la Oficialía Electoral existe, la tiene de manera directa el Secretario Ejecutivo y la tienen los vocales secretarios; a nivel local sólo la tiene el Secretario Ejecutivo y él puede delegar. Dirán “pero el legislador previó al Vocal Secretario”. Sí, al Vocal Secretario en una estructura que no corresponde a la que en un órgano temporal, como la de las juntas distritales, opera en el Estado de México.

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Como no existe la delegación de atribuciones a nivel nacional, sí está regulada incluso a quién se le puede delegar. En el caso del Estado de México, la facultad se concentra en el Secretario Ejecutivo del Instituto y él decide a quién delegar, y es una delegación, como dice Esteban, de carácter temporal. Mi intervención era para precisar que en las juntas distritales del Instituto Electoral del Estado de México no existe la figura del Vocal Secretario, que sí está en la Junta Distrital a nivel nacional y que la facultad de delegación está concentrada en el Secretario Ejecutivo a nivel local. Es cuanto, Consejero. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Consejero. Tiene el uso de la palabra, en tercera ronda, el señor representante de Acción Nacional. REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. A mí no me gustaría reeditar la discusión que tuvimos específicamente en la Comisión, pero no coincido con lo que manifiesta el Consejero Mandujano. Y me extraña, porque él interpreta bastante bien la ley. Y como lo comento, el Código establece los métodos de interpretación específicamente, que es el sistemático, el gramatical y el funcional, y específicamente el funcional con toda claridad establece que hay que buscar lo que quiso decir el legislador. El legislador se pudo haber equivocado.

Pero él también ya le dio lectura al artículo 208, si bien es cierto existe un Secretario del Consejo, que es el que tiene delegada esa función por ley.

Aquí lo que estamos haciendo, específicamente al aprobar este Reglamento en estos

términos, es negarle una atribución a un servidor electoral que la tiene otorgada desde el Código Electoral.

Entonces, como lo comenté, esta representación llevará al Tribunal, que es el lugar de

paso para llegar a la Sala Regional, específicamente para que ahí se resuelva esta circunstancia.

Y lo digo, la forma en la cual los señores consejeros de votar este Reglamento en los

términos en los que viene sería una forma restrictiva, y no están interpretando, interpretación en que ustedes tienen ya facultades en términos del artículo 2º y 3º de este Código.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante.

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¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda, el señor representante de Movimiento Ciudadano. REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: Sería mi primera, como diría mi amigo Piña, pero nos acataremos a los tres minutos nada más. Movimiento Ciudadano hizo su posicionamiento y también hizo sus observaciones dentro de la Comisión respecto de este tema. Es un tema muy debatido, tanto estoy de acuerdo en lo que ahora está mencionando nuestro amigo Rubén, que tenemos que darle una interpretación de una forma funcional.

Pero como seguramente se va a aprobar este documento en los términos que se está presentando, yo también en Comisión, para efectos de que realmente sea práctica y expedito el trabajo que realiza la Oficialía Electoral, solicité que en aras de esa facultad que tienen el Secretario de poder delegar sus funciones de fedatario público en cuestiones electorales, que existiera un compromiso de que, al momento que se integren esos consejos distritales, de manera inmediata poder delegar esa facultad a los vocales de Organización, en este caso, de esas juntas para que pudiesen llevar a cabo esa actividad.

Ahí sí ya que nos puedan garantizar que al solicitar los servicios de esa Oficialía,

obviamente que va a ser de una forma pronta el que tengamos la respuesta y obtengamos esas pruebas, a lo mejor, preconstituidas, que vamos a utilizar seguramente en un procedimiento sancionador.

Estoy a favor, le digo, de las dos posturas; pero sí me gustaría que si se va a aprobar

ahora el documento en sus términos, pudiera existir ese compromiso por parte de la Secretaría, de poder otorgar o más bien, otorgar esa facultad a los vocales de Organización de las juntas para poder auxiliar a la Secretaría en la realización de esas funciones.

Sería cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda, el Consejero Gabriel Corona Armenta. CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: Gracias, Consejero Presidente. En otro momento he hecho una propuesta en ese mismo sentido. Me parece que concentrar excesivamente esta función le resta eficacia al Instituto, es decir, si se hace una denuncia, una queja y de aquí a que llega el personal de la Oficialía

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Electoral a cuatro horas de distancia, en época de lluvias, me parece que eso le resta eficacia y que no podemos dar una respuesta oportuna. He propuesto en otro momento que sí se delegue esta facultad en los vocales de Organización en su carácter de secretarios del Consejo Distrital, en este caso; porque me parece que eso ayudaría a resolver de manera mucho más expedita cualquier situación en la cual el Órgano Central tuviese que intervenir. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejero. ¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda, el señor representante de MORENA. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Solamente para anunciarles que habremos de presentar, la representación de MORENA, una propuesta de modificaciones a este Reglamento que hoy se expide, en este mismo sentido de cómo hacer más eficaz la facultad en quiénes deberá delegarse y en qué casos. He hecho alusión a los casos de urgencia en los cuales se deba de llevar a cabo esta función. Creo que, como lo señala el Consejero Corona, es posible porque el personal existe para llevarla a cabo. Así que, por nuestra parte, sin estar en contra de lo que ya establece el propio Reglamento, habremos de presentar algunas modificaciones, a efecto de enriquecerlo. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene el uso de la palabra el señor representante del PRI, en tercera ronda. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. EDUARDO GUADALUPE BERNAL MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. Yo creo que para darle la celeridad que se requiere en estos temas, si se específica a una persona únicamente, el Vocal de Organización va a tener muchísimo trabajo.

Creo que la Ley es muy clara. En el artículo 196, fracción IX: “Ejercer la función Oficialía Electoral, atenderla oportunamente por sí, por conducto de los vocales secretarios”, que lógicamente no existen en las juntas municipales o distritales, pero lo dice muy claro o delegarlas en otros servidores, y luego: “El Secretario Ejecutivo podrá delegar las atribuciones, inclusive, en servidores públicos a su cargo o en servidores de las juntas distritales o municipales” en general, o sea, puede ser cualquiera el que tenga el tiempo para poder atender ésta. Yo creo que la Ley está muy clara.

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Si nos centramos en una persona, el Vocal de Organización va a tener mucho trabajo y si nos ponemos nosotros un solo candado, nos va a generar más problemas, la preocupación de Ricardo, que no se atienda de inmediato un asunto de urgente necesidad; es mejor que el Secretario pueda hacerla en cualquiera e inclusive en funcionarios electorales, auxiliares a lo mejor para que se haga de manera inmediata.

Y si está en la ley, yo creo que esto ayudaría más en este tema que amararlo. Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Quisiera intervenir en tercera ronda para comentar respecto de lo que he escuchado en sus intervenciones.

Es un asunto, que como se señaló, lo puntualizó la Maestra Natalia, se discutió ampliamente, se vertieron argumentos en la Comisión y en el que yo quisiera, ya no voy a repetir los argumentos que dio el Consejero Mandujano desde el punto de vista de la existencia de los vocales secretarios, sino llamar su reflexión o su atención respecto de cómo trabajan los vocales secretario del INE, es personal permanente, por definición en el Catálogo de Cargos y Puestos del INE deben ser abogados, están formados en las materias del programa de formación del propio INE, es personal que trabaja de manera permanente, con vehículo a cargo, en fin tienen una serie de características que permiten darle una función tan delicada, con la tranquilidad de que la ejecutará de la manera correcta y que si no hay todo un mecanismo previsto para incluso su sanción, llegando al extremo que hiciera falta.

Ésta de la Oficialía Electoral me parece que es una función lo suficientemente

delicada, que además ha sido también lo suficientemente bien atendida por la Secretaría Ejecutiva desde que la tiene.

Si no recuerdo mal, durante el proceso 2015 hubo hasta, tal vez una treintena de

funcionarios con delegación de la capacidad, personal capacitado, que tiene clara la importancia, la relevancia, las precisiones.

Déjenme ponerlo o relatarlo como experiencia: Una actuación mal hecha de un acto

de certificación de lo que se le pida, mal hecha, puede incluso impedir el adecuado tratamiento y desarrollo de la queja en las instancias donde se tenga que resolver.

Entonces creo que no está mal que el Secretario mantenga esa capacidad de

decidir a quién, en función de su ubicación geográfica, de su capacidad profesional, de su experiencia, darle esta atención.

Tenemos experiencias recientes, a lo mejor esto de las 48 horas no es como mínimo

sino es como máximo; la mayoría de las quejas atendidas, se atienden durante el proceso electoral, hay guardias de la Oficialía Electoral toda la noche.

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Recuerdo en Chiautla a algún compañero, creo que el señor Xochicale se fue a vivir a Chiautla para estar ahí, en fin, hay mecanismos dispuestos por parte del Instituto para que la función sea atendida lo mejor posible.

Y la LEGIPE dice que lo hagan los vocales secretarios de las juntas distritales por esta

característica de personal permanente, capacitado, con responsabilidad administrativa específica.

En nuestro caso, nuestro vocales de Junta Distrital son permanentes, por supuesto que

seguramente estarán muy bien capacitados y tendrán la capacidad, pero no tenemos ahora la certeza, ahora que estamos aprobando el reglamento, la certeza de que todos los vocales de organización van a tener esa capacidad y hacer esa analogía de que como es Secretario del Consejo, entonces es el Vocal Secretario al que el legislador se refería, creo que sería una imprudencia, y por eso estoy de acuerdo con el reglamento en sus términos.

Eventualmente con esto que se está abundando… Ya están agotadas las rondas.

REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: ¿Me permite hacerle una pregunta, Presidente? CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Ya me dijeron que no acepte preguntas. Perdón. Gracias. Ya concluyó mi tiempo. ¿Alguien más en tercera ronda? Al no haber más intervenciones, quisiera pedirle al señor Secretario consulte sobre la eventual aprobación del proyecto de Acuerdo de referencia. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Con relación al proyecto de Acuerdo número 73/2016, pediría a las consejeras y consejeros, que están por su aprobación, lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Proceda con el siguiente asunto, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, el siguiente punto es el ocho y corresponde al proyecto de Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos de Monitoreo a Medios de Comunicación Electrónicos,

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Impresos, Internet, Alternos y Cine, del Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Señoras y señores integrantes del Consejo está a su consideración el proyecto de referencia. Pregunto si alguien desea hacer uso de la palabra en primera ronda. Bien. Como no hay intervenciones, pido al señor Secretario consulte sobre la eventual aprobación del proyecto de Acuerdo en sus términos, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Con relación al proyecto de Acuerdo relativo al punto ocho del orden del día, pediría a las consejeras y consejeros, que están por su aprobación, lo manifiesten levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Proceda con el siguiente asunto, por favor.

SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Es el nueve: Proyecto de Acuerdo por el que se reforma el Manual de Procedimientos para el Monitoreo a Medios de Comunicación Alternos y Cine del Instituto Electoral del Estado de México, discusión y aprobación en su caso.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Está a su consideración, señoras y señores integrantes del Consejo, el proyecto de

referencia. Al no haber intervenciones, pido al señor Secretario consulte sobre su eventual

aprobación, por favor.

SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: En relación al proyecto de Acuerdo relativo al punto nueve del orden del día, pediría a las consejeras y consejeros que si están por la aprobación en sus términos, lo manifiesten levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

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CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Proceda, por favor, con el siguiente asunto.

SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Es el número 10, señor Consejero Presidente, y corresponde al proyecto de Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeras y Consejeros Electorales Distritales, Proceso Electoral para la Elección Ordinaria de Gobernador del Estado de México 2016-2017, discusión y aprobación en su caso.

Sería cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Señoras y señores integrantes del Consejo, está a su consideración el proyecto de

Acuerdo. Quiere hacer uso de la palabra, en primera ronda, la Presidenta de la Comisión, la

Maestra Palmira Tapia Palacios. Por favor, Maestra.

CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. PALMIRA TAPIA PALACIOS: Gracias, Presidente. De manera muy breve, referirme a este proyecto de lineamientos que contiene la

serie de reglas, de pasos que se van a seguir para la designación de consejeras y consejeros distritales.

Quiero decir que en el desarrollo, en la construcción del documento se atendió de

manera puntual la normatividad en la materia, de manera específica los lineamientos que con tal fin ha emitido el INE.

También estos lineamientos contemplan temas importantes, como es la difusión de la

convocatoria, la recepción de documentos de aspirantes, la valoración curricular también. Y me parece que el documento cumple con la claridad necesaria para que todos

aquellos interesados en ser consejeras y consejeros distritales para la elección de gobernador conozcan qué tipo de requisitos y documentos habrán de ser valorados en el momento de la valoración curricular.

También es de destacar que este procedimiento nos permitirá reunir a los aspirantes

más idóneos en una serie de criterios como es conocimiento en materia político electoral, actividades también que hayan realizado en sus comunidades; en fin.

Y una vez que se tengan reunidos aquellos aspirantes más idóneos, se procederá a la

etapa de insaculación, con lo que también me parece se dota de elementos esenciales, como son la autonomía y la independencia en la figura de estos consejeros y consejeras distritales.

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Debo decir también o quisiera decir más bien, que reconozco el esfuerzo realizado

por parte de los integrantes de la Comisión de Organización, a los representantes de partido, a mis compañeros, desde luego a los que integramos esta Comisión de Organización, para que este proyecto que hoy se nos presenta pudiera ser puesto a consideración el día de hoy del Consejo General.

También reconozco el apoyo del personal de la Dirección de Organización, desde

luego en primer lugar a cargo del Licenciado Cíntora, asimismo como del personal de la Unidad de Informática y Estadística, de la Unidad Técnica de Administración del Personal Electoral, así como de la Dirección Jurídico Consultiva que, en su momento, han participado en la construcción de este documento.

Acompaño desde luego el proyecto que se nos presenta y como Presidenta de la

Comisión, nada más enfatizar que en todo momento, en las etapas que se propone integren este procedimiento, será cuidada la legalidad y que estas consejeras y consejeros distritales cumplan su función de manera apegada a la legalidad. Sería cuanto, Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, Consejera. Me pide el señor Secretario el uso de la voz para dar cuenta de información relativa a este proyecto de Acuerdo, antes de continuar cediendo el uso de la palabra. Por favor, señor Secretario. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, con su permiso y con el de los integrantes de este Órgano. Me permitiría dar cuenta a ustedes que, con relación al proyecto de Acuerdo que nos ocupa, fue recibido en la oficina a mi cargo, mediante oficio escrito de fecha 1° de septiembre del año en curso, de parte del Director de Organización, quien manifiesta en lo general que, derivado del análisis a los elementos cartográficos de la nueva distritación electoral del Estado de México, sugiere desde luego se haga del conocimiento de los integrantes de este Órgano, a efecto de que se valore realizar en los lineamientos de mérito los siguientes ajustes. El primero sería con relación al anexo número uno de los lineamientos, propone se realice el replanteamiento de los distritos y municipios, recordando que los trabajos se iniciaron con la anterior distritación, mismos que serán atendidos en cada una de las 27 sedes para el registro de aspirantes a consejeras y consejeros para el mismo registro, esto de acuerdo a la nueva redemarcación distrital aprobada por el Instituto Nacional Electoral, anexando al respecto la propuesta correspondiente que, en virtud de que dicha Dirección ha formalizado ya solicitudes de apoyo a distintas autoridades municipales para ocupar casas de cultura que se considera sirvan de sede para el registro de aspirantes a consejeras y consejeros, entre ellas de manera particular la del municipio de La Paz, quien ha informado

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que dicho inmueble se encuentra en reparación, por lo que no se cuenta con el espacio suficiente para apoyar en este momento al Instituto. Derivado de lo anterior, se han realizado ya tareas para ubicar un inmueble con las mismas características en municipios adyacentes, encontrando ya la disponibilidad y el apoyo manifiesto en la Casa de Cultura de Chimalhuacán, ubicada en avenida Morelos, sin número, esquina Guerrero, colonia Centro, Chimalhuacán, Estado de México, espacio que se encuentra disponible y se propone a la consideración a efecto de que sea incluido en la propuesta referida en el numeral uno. Finalmente, propone retirar el transitorio noveno, del anexo uno, convocatoria, incluido en la propuesta de lineamientos, en los cuales se indica que el Consejo General, en su caso, atenderá las modificaciones a la distritación que apruebe el Instituto Nacional Electoral, a efecto de garantizar que quienes aspiren a un cargo de Consejera y Consejero Electoral, sean designadas o designados en concordancia con los nuevos distritos locales aprobados; así como la nota que señala que las sedes para la recepción de documentos podrán ser modificadas de acuerdo a la distritación que para el Estado de México apruebe el Instituto Nacional Electoral, misma que se encuentra al final del propio anexo y que, como todos sabemos, es un hecho que ya ocurrió y que en esta razón el Director de Organización considera que daría ya más claridad, tanto a la convocatoria como a los mismos lineamientos. Hemos distribuido copia del oficio, señor Consejero Presidente, y de mi parte sería cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Ahora sí, continuando en el uso de la palabra, lo tiene en primera ronda y hasta por 10 minutos la Doctora González Jordan. Por favor, Consejera. CONSEJERA ELECTORAL, DRA. MARÍA GUADALUPE GONZÁLEZ JORDAN: Gracias, Presidente. Respecto al proyecto de Acuerdo que se nos presenta, me permito hacer los siguientes argumentos: En una consideración previa, he de decir que el proyecto de Acuerdo en estudio resulta incongruente y desproporcionado; consecuentemente, adolece de la seguridad y certeza jurídica para la ciudadanía, que eventualmente participa en las etapas de selección de consejeras y consejeros en el proceso electoral 2016-2017. Esta afirmación se sustenta en que el proyecto no cumple a cabalidad con el procedimiento que estableció el Instituto Nacional Electoral, en el Acuerdo INE/CG865/2015, mediante el cual expidió los Lineamientos para la designación de los consejeros electorales distritales y municipales, así como de los servidores públicos titulares de las áreas ejecutivas de Organización de los Organismos Públicos Locales, el cual prevé el procedimiento a seguir por los OPLEs para la designación de consejeras y consejeros distritales.

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Asimismo, sentó bases mínimas para el desarrollo, entre las que destacan las siguientes: Aquellos aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales serán sujetos de una valoración curricular y una entrevista. Ahora bien, para la entrevista se establecen dos obligaciones para los OPLEs: La primera, que la misma sea realizada por una Comisión de consejeros electorales del Órgano Superior de Dirección; y la segunda, para la valoración curricular y entrevista, se deben tomar criterios que garanticen la imparcialidad, independencia y profesionalismo de los aspirantes. En este contexto, el Lineamiento en comento señala que para la designación de consejeros se deberá tomar, como mínimo, los criterios siguientes: A. Compromiso democrático; B. Paridad de género, prestigio público y profesional; y por último, pluralidad cultural de la entidad. Bajo estas premisas, el Acuerdo 865, en él se establecen los parámetros mínimos de valoración que se deben de utilizar en el proceso de selección de consejeras y consejeros, con salvedad de que los OPLEs están en posibilidad de adicionarlos o mejorarlos, siempre que no sean excesivos o desproporcionados y cumplan con la finalidad para la que fueron implementados. Es decir, se podrán adicionar aquellos requisitos que representen un área de oportunidad para mejorar el procedimiento de selección en comento. Así las cosas, en el Proyecto de Lineamientos, además de la entrevista y valoración curricular, se implementa un examen de conocimientos y un procedimiento de insaculación lo cual, en consideración de la suscrita, resulta incongruente, ya que el examen tiene como finalidad medir los conocimientos académicos en materia político-electoral de quienes aspiren a ocupar un cargo de consejeras y consejeros en los órganos distritales; asimismo, seleccionar a aquellos aspirantes que obtengan las mejores calificaciones. En este sentido, el proyecto de Acuerdo prevé todo un procedimiento de seguridad e inviolabilidad en el diseño de los reactivos, cuadernillos de preguntas y hojas de respuestas; sin embargo, resulta incongruente que, previo al examen, se publican las preguntas y respuestas que conforman la evaluación con el objeto de que sean conocidos por los aspirantes, por lo que se pierde el propósito del examen de conocimientos y la objetividad, pues en esas condiciones no es posible evaluar los conocimientos en la materia con que cuentan los aspirantes. Esta circunstancia es trascendente, ya que los consejeros deben contar con los conocimientos acordes al cargo y a la responsabilidad que el mismo representa, pues en su calidad de autoridades electorales deberán tomar decisiones trascendentes para el proceso comicial; entonces es un contrasentido pretender evaluar y medir los conocimientos de los aspirantes cuando estos conocen el contenido de la evaluación. Por otra parte, se prevé una entrevista estandarizada o por escrito, la cual desde la óptica de la externante desnaturaliza el sentido y finalidad de ese instrumento de valoración, pues no es posible advertir factores relevantes del aspirante respecto de su personalidad, conducta, hábitos, sentimientos, emociones, así como la rapidez para

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responder; ello en razón de que no hay una interacción cara a cara en la que el entrevistador pueda apreciar, a través de sus sentidos, que la persona que está entrevistando es realmente la que dice ser, es decir, que haya congruencia entre su aspecto físico, lenguaje no verbal, gesticulaciones y sus respuestas a los cuestionamientos que se le formulen. Por el contrario, la entrevista escrita representa una posible manipulación de la misma, ello es así, ya que en este formato el entrevistado tendrá tiempo para pensar su respuestas, interpretará los cuestionamientos según su perspectiva personal, aunado a que la pregunta escrita puede seguir la respuesta, lo que no se le ocurrió, lo leyó; la comunicación directa es nula y se pierde mucha información valiosa para el entrevistador. Ahora bien, este formato de entrevista no satisface la obligación derivada del Acuerdo del INE ya citado, pues señala que la entrevista deberá ser realizada por una comisión de consejeros electorales, esto presupone que no sólo el entrevistador evaluará los aspectos inherentes al entrevistado, sino que también lo harán los demás integrantes del Cuerpo Colegiado. No pasa por desapercibido que el INE emitió el diverso Acuerdo INE/CVOP/017/2016, en el cual determinó que la entrevista estandarizada que se llevó a cabo en el Estado de Puebla, cumplió con lo establecido en los Lineamientos derivados del Acuerdo 865 ya mencionado, sin embargo, se debe precisar que las condiciones legales que permeaban en aquella entidad federativa son muy distintas a las que se presentan en el Estado de México, principalmente sobre los plazos para la designación. Ahora bien, el INE avaló dicho procedimiento, atendiendo a que se cumplieron las premisas a saber. La primera de ellas fue que participe una Comisión de consejeros electorales del Órgano Superior de Dirección; y la segunda que la valoración de las entrevistas se aplique en los criterios de imparcialidad, independencia y profesionalismo de los aspirantes. Bajo este escenario se advierte que si bien el referido Acuerdo no es vinculante para el Instituto Electoral del Estado de México, igual sirve de referencia para tener una visión del tema, lo que no significa que se deba hacer de la misma forma. En el caso particular el lineamiento que se propone aprobar establece que la entrevista estandarizada se aplicará el día 15 de septiembre de 2016, en las sedes y horarios que previamente se hayan publicado. Pero de acuerdo a la programación, la aplicación del examen y entrevista será el día referido a la misma hora en siete sedes distribuidas a lo largo de la geografía estatal, en presencia de los consejeros electorales y el apoyo del personal operativo. Sin embargo, se advierte que en esa sede únicamente podrá estar un Consejero, lo cual es imposible, por diseño, que los siete consejeros electorales del Órgano Máximo de Dirección del IEEM se organicen de manera colegiada para estar presentes en la entrevista.

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Ante esta eventualidad, no se podrá cumplir con la obligación legal de que una comisión aplique la entrevista de manera integral. Pese a ello, una vez agotadas estas etapas de examen, entrevista y valoración curricular, se someterá a los aspirantes a una insaculación, esto es al azar, se considera que este mecanismo resulta excesivo porque los aspirantes fueron sometidos previamente a un examen de conocimientos, del cual los más aptos adquirieron el derecho de pasar a la siguiente etapa de designación. Bajo esa línea argumentativa la insaculación resulta desproporcionada y atenta contra la seguridad y certeza jurídica de los aspirantes, dado que si previamente se sometió a un examen de conocimientos en la materia, lo lógico es que se designe a aquellos que resultaron con las mejores calificaciones y cumplieron con todas las etapas del procedimiento; sin embargo, pese a haber obtenido los mejores resultados en las evaluaciones previas, ello no les asegura la designación y deberán esperar a que sea la suerte la que determine lo conducente. Por todo lo anterior, se considera que el Acuerdo por el que se expiden los lineamientos para la integración de la propuesta y designación de consejeras y consejeros electorales, distritales del Proceso Electoral para la Elección Ordinaria de Gobernador del Estado de México 2016-2017, no cumplen con los requisitos establecidos en los lineamientos emitidos por el INE, mediante el Acuerdo 865. Finalmente quiero comentar que dicha postura la tuve en todo momento, de hecho externé y envié un oficio a la Presidenta de la Comisión de Organización para que se analizara en el seno de dicha Comisión, por lo que haré entrega a la Secretaría Ejecutiva del correspondiente voto razonado para que se engrose. Y finalmente quiero también darle la bienvenida al señor representante de MORENA, sea usted bienvenido y agradecerle a Daniel sus valiosos aportes y participación que tuvo en los espacios donde nos estuvo acompañando, de verdad que le deseo mucho éxito, el mayor de los éxitos y las personas como usted me queda claro que va tenerlo. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejera. ¿Alguien más en primera ronda? En primera ronda el Consejero Mandujano. Por favor, Maestro. CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Gracias, Consejero Presidente. Este Acuerdo, que está relacionado en el punto de orden del día que estamos revisando, es para discutir y, en su caso, aprobar los lineamientos para la integración de la

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propuesta y designación de consejeras y consejeros electorales distritales para el Proceso Electoral 2016-2017. Y en el texto de los lineamientos se ha venido destacando que uno de sus objetivos es velar por los principios rectores de la función electoral, me detengo particularmente en tres: la independencia, la imparcialidad y la objetividad. Es decir, con base en principios rectores los lineamientos diseñan un mecanismo de selección y designación de consejeros distritales. El Acuerdo al que se refirió hace rato la Consejera Guadalupe González Jordan, el 865 del INE, es un Acuerdo que pretendió homologar el proceso de selección y designación de los consejeros a nivel nacional. Y en el punto 17 del considerando, en la página cinco, dice que de conformidad con el artículo 116, fracción IV de la Constitución, los lineamientos que se emiten no invaden la soberanía de las entidades federativas, puesto que se respeta la normatividad electoral local, dado que su propósito es ajustar el procedimiento de selección y la entrega de documentación en aras de garantizar que la decisión se apegue a los principios rectores de la función electoral. Es decir, el mismo propósito que persiguen los lineamientos que estamos en este momento revisando en el Instituto, son similares a los que persigue el Acuerdo 865 del INE, hacer una selección y designación de consejeros con base en principios rectores de la función electoral.

Y destaco los tres principios que me parece son sustantivos: La imparcialidad, la objetividad y la independencia.

Lo inicié de esta manera, porque el mecanismo de selección tiene dos etapas

vertebrales. Una es la etapa de la entrevista, ¿cómo se lleva a cabo la entrevista, de qué manera valoramos el perfil de los aspirantes?

La Consejera se refirió a una consulta que se hizo a la Comisión de Vinculación con los

Organismos Públicos Locales y dijo que no son vinculantes. Yo quiero recordar que estas consultas que se hacen por un instituto electoral, se

socializan y se mandan a todos los institutos electorales. Y la razón de enviarlo a todos es para que no se vuelva a preguntar lo mismo a la

Comisión de Vinculación del INE. Cuando la Comisión de Vinculación socializa una consulta y la manda a todos los

institutos, el propósito que se persigue es evitar que estén repitiendo consultas sobre un tema del cual ya se pronunció la Comisión de Vinculación del Instituto Nacional Electoral.

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En esa consulta, la Comisión de Vinculación del INE con los Organismos Públicos Locales manifestó que el mecanismo de entrevista como lo diseñó Puebla no violenta el artículo 865 al que nos hemos estado refiriendo.

¿Por qué? Porque cumple con las expectativas que marca el lineamiento, es una

entrevista que se aparta del mecanismo tradicional de una entrevista de contacto verbal, visual, donde haya comunicación de lenguaje no hablado.

El INE ya lo revisó y ya determinó que la entrevista escrita se puede realizar y es

vinculante. Este Acuerdo que emitió el INE, que desahogó en una consulta, se manda a todos los

institutos electorales para que no se repitan las preguntas. En el tema de la insaculación, que aparentemente no tiene asidero legal, me parece

que sí lo tiene y lo tiene de manera muy clara. ¿Por qué insacular? Porque se está velando por tres principios rectores de la función

electoral. Esos principios rectores son de manera sustantiva los que hemos venido mencionando: La imparcialidad, la objetividad y la independencia.

¿Ofende derechos? No, porque la valoración que hará este Instituto es una

valoración general que no otorga calificación; otorga nada más el carácter de apto o de no apto, es decir, de quien puede continuar en el procedimiento de selección.

Y no podemos decir que hay mejores resultados porque no hay una calificación

determinada que diga quién sacó ocho, quién 10, quién nueve; no, sólo determina la aptitud de quienes van a pasar a la siguiente etapa.

De manera que no partimos de una calificación numérica, sino de una calificación

general de aptitud o no aptitud. Pasar a la insaculación, ¿qué implica? Bueno, que pasamos a una etapa en donde,

con base en tres principios rectores, el azar puede determinar cómo se integran. Es una práctica que ha venido desempeñando este Instituto Electoral ya en varios procesos electorales con buenos resultados.

¿Cuáles son los resultados? Evitar que en la designación se generen suspicacias de

sesgo, de designaciones favorecidas. Por eso la insaculación me parece que sí cumple con esos principios y no riñe.

Mi opinión es que el Acuerdo que estamos discutiendo en este momento sí tiene base

legal, cumple cabalmente el Acuerdo 865 del INE, porque el INE lo ha dicho no una, sino varias veces: “Los acuerdos del INE sólo marcan una pauta de referencia, pero no son camisas de fuerza”.

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Y un instituto puede, como en este caso, incorporar al diseño del 865 aquellos elementos adicionales a lo que imaginó el INE para poder fortalecer la integración de sus órganos desconcentrados.

Este Acuerdo tiene dos elementos que en mi opinión fortalecen el perfil de los que

serán designados consejeros distritales: Uno, el examen, que dirán “pero tienen las preguntas”, finalmente es un examen; y la insaculación.

Creo que con ambos elementos se cumple cabalmente el 865 y mi opinión es que

está perfectamente apegado a la legalidad. Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. ¿Alguien más en primera ronda? En primera ronda, el señor representante del Partido del Trabajo.

REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias, Presidente. Hacer mención solamente para de manera muy breve hacer mención de una

observación y fijar posición en una parte.

Desde la elección del 2009, y a partir de la elección de gobernador de 2011, se ha venido perfeccionando esta parte, esta estructura de los órganos desconcentrados, en la cual el Partido del Trabajo fue uno incluso de los que estuvieron promoviendo y fijando posición para que así fuese, de que las juntas, tanto distritales como municipales, las juntas que son las encargadas de organizar todo proceso electoral, deben profesionalizarse.

Así se ha venido haciendo, o sea, con mucho rigor se han establecido los requisitos, las convocatorias, etcétera. Dice “deben de profesionalizarse”.

Incluso el criterio de que a partir de los 30 años en las convocatorias, si mal no

recuerdo, decía “30 años cumplidos al día de su designación como tal”. Lo vemos perfectamente correcto. Y los órganos, en este caso los consejos, háblese de distritales o municipales, nosotros seguimos sosteniendo que deben ciudadanizarse, es decir, profesionalizar las juntas, porque son las que se encargan de organizar, y los consejos, ciudadanizarlos. Y voy a lo siguiente: Ya en los requisitos, en el primer requisito, ser ciudadano mexicano por nacimiento obviamente, además de estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. Pero después en el tercero dice: “Tener más de 30 años de edad al día de la designación (4 de noviembre)”.

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Mi pregunta sería: ¿En el Estado de México se adquiere la ciudadanía después de más de 30 años o también se adquiere la ciudadanía a partir de los 18 años? Porque aquí ya estamos poniendo una restricción a la ciudadanización de los consejos distritales, estamos diciendo que, primero, ser ciudadano mexicano por nacimiento. Mi ciudadanía la adquiero a partir de los 18 años, a partir de los 18 años ya puedo inscribirme en el Padrón Electoral y posteriormente tener mi credencial de elector, lo que me da derecho ya a votar y ser votado. Esa es mi pregunta nada más, si a partir de más de 30 años, es decir, si yo cumplo años el día 4 de noviembre, no tengo derecho a participar en esta convocatoria, porque dicen más de 30 años, entonces tendría que cumplirlos el día 3 de noviembre y a partir de esa fecha, para estos efectos, es cuando adquiero mi ciudadanía como mexicano. Es esa observación nada más que hago, y lo hago como planteamiento, sé que ya fue un esfuerzo de todas las representaciones y que si esta observación mi partido no la hizo en su momento en la propia Comisión, en este momento no estamos diciendo que no estemos de acuerdo como viene el documento, como viene el proyecto. Si así se aprueba, estamos de acuerdo, nada más hago la observación para los efectos que correspondan a esos derechos. Y una segunda observación en la página tres, sugeriría que uno de los requisitos también ya para el registro, donde dice acta de nacimiento, copia y original para su cotejo, ahí nada más es una pequeña observación, que dijera “acta de nacimiento en copia certificada u original”, porque si dejamos así a secas “original”, generalmente presentamos la copia certificada del acta de nacimiento, porque hay originales que ya parecen pergaminos y una copia certificada hace las veces de original. Pero para que no haya ahí interpretaciones equivocadas, que fuese copia certificada u original para su cotejo. Sería cuanto, señor Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra, por haberlo solicitado previamente, el señor representante de Movimiento Ciudadano. REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. Puedo percibir que en este tema existe disenso por parte de los que integran este Consejo con derecho a voz y voto, y eso es una cuestión que me obliga, invariablemente, a participar en esta ronda. Movimiento Ciudadano, a través de sus representantes, siguió paso a paso todos los trabajos y el esfuerzo que se realizó en la Comisión correspondiente, para poder llevar a cabo esta valoración respecto al procedimiento que se tendría que seguir para buscar a los

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mejores hombres y mejores mujeres que puedan contribuir como consejeros en los órganos desconcentrados de este Instituto en este proceso electoral que se avecina. Derivado de que estuvimos muy al pendiente de todos estos trabajos, pudimos arribar a la convicción, por parte de Movimiento Ciudadano, que el documento en los términos que está planteado es correcto. Con esto quiero decir que Movimiento Ciudadano muestra su conformidad con el documento en los términos en los que está elaborado y que se está sometiendo a consideración de este Consejo General. Entiendo y comprendo también los puntos de vista que ha vertido la Consejera Guadalupe, creo que son muy respetables; no pudiéramos entrar a debate porque finalmente es una percepción que ella tiene, sin embargo, Movimiento Ciudadano no los comparte. Es por eso que me manifiesto a favor del documento, en los términos en que se encuentra presentado. Sería cuanto. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, señor representante. Antes de continuar cediendo el uso de la palabra, quiero señalarles que la duración máxima de nuestra sesión es de cinco horas, salvo que, sin discusión, acordemos prolongarla por dos horas más, hasta por dos periodos de dos horas más. Y estamos a punto de cumplirlo. Para no interrumpir al siguiente orador, les propongo que prorroguemos por dos horas más esta sesión. Si no tienen inconveniente, le pediré al señor Secretario que tome la votación, nada más para que quede registrada como tal. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Consultaré a las consejeras y consejeros si aprueban la propuesta que ha hecho el señor Consejero Presidente, a efecto de continuar con los trabajos de esta sesión. Les pediría que si es así, lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba su propuesta, por unanimidad de votos. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Siendo las 15:05 horas, por cierto. En primera ronda, ¿alguien más desea hacer uso de la palabra?

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MORENA; y después Encuentro Social. Por favor, señor representante de MORENA. REPRESENTANTE DE MORENA, C. RICARDO MORENO BASTIDA: Estos Lineamientos tenderán a integrar a los órganos desconcentrados de este Instituto, tanto así que es una de las funciones más importantes y más delicadas dentro del proceso electoral. Porque se trata de dotar a ciudadanos de competencia en materia electoral, de darles una responsabilidad del estado para que lleven a cabo las funciones electorales. No es simplemente el nombramiento de personal, no es simplemente nombrar a un colaborador. No, se trata de dotar a ciudadanos de autoridad y de competencias que deberán de ejercer durante el proceso electoral. Eso en sí es muy delicado. Dotar de competencias significa de dotarle de parte de las facultades del Estado a una persona. Durante varios años se han buscado diversos métodos precisamente para integrar tanto en las juntas, como en los consejos electorales y hemos tenido de todo, desde las designaciones directas, entrevistas, negociaciones, intrapartidos, extrapartidos, prácticamente de todo. Yo comparto una parte de la argumentación que ha señalado la Consejera, en el sentido de cómo preservar los principios para que esta designación sea la más adecuada. Incluso, me acuerdo que en alguna ocasión hasta evaluaciones psicométricas se llevaron a cabo. Comparto esta preocupación; sin embargo, también creo que los lineamientos que se ponen hoy sobre la mesa son un gran avance o constituyen un gran avance en este esfuerzo por dotar a ciudadanos de competencias electorales, de ciudadanizar los órganos.

Me parece que dentro de los lineamientos se establecen mecanismos de transparencia adecuados, precisamente para que nos briden certeza y confianza a todos.

Toca ahora a los partidos políticos, a la ciudadanía en sí misma participar de cada

uno de los procesos para llevar a cabo la tarea. La insaculación es un acto incluso necesario, porque producto de la

cumplimentación de los requisitos previos, sin duda habremos de tener una diversidad de propuestas, y elegir entre todos aquellos que tienen un extraordinario desempeño, que pueden ser más de tres, más de cinco, más de diez, siempre se presta a una mala formación de la opinión pública.

Y lo único que ha encontrado el ser humano hasta este momento para tomar una

decisión cuando se tiene una gran riqueza de personas, es el sorteo, es la insaculación. En ese sentido es que nosotros estamos de acuerdo con ella, habida cuenta que

estamos pensando, como siempre ha habido, que habrá una gran diversidad de propuestas.

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Ahora tocará, precisamente en la insaculación, y llamo la atención de ello, cómo

garantizar la paridad una vez llevada a cabo la insaculación, que también ya es una obligación constitucional, ahí habrá que tener dos tómbolas, uno y uno, para garantizar ello.

Lo anoto simplemente en este momento. Por lo que hace a la observación que hace el compañero Piña, del PT, tiene mucha

razón, y abundaría un poco más: Hablar del original del Acta de Nacimiento es inaccesible a los ciudadanos, el único original se encuentra en el Registro Civil, todas las demás son copias certificadas.

Me parece, simplemente como un detalle para que pudiera tomarse en

consideración, que baste solicitar como requisito la copia certificada del Acta de Nacimiento y no hablar del original, puesto que éste, insisto, solamente existe en los archivos del Registro Civil correspondiente.

Respecto al tema que propone también Piña es una situación que pareciera una

ambivalencia pero no es así: Todos los ciudadanos que optan por algún cargo, empleo o comisión en el Gobierno federal, estatal, municipal, órganos descentralizados o desconcentrados, están sujetos a cumplir con cierto número de requisitos, que no solamente hablan de su experiencia sino también de sus cualidades personales y uno de ellos es la edad, en casi todos estos casos, porque la edad determina cierto nivel de preparación, en algunos casos cierta madurez, y en el caso de los consejeros una edad de 30 años que se ha fijado, me parece que es adecuada, habida cuenta de la función tan importante que van a desarrollar en el proceso.

Esto no quiere decir que todos los que tengan 30 años o más seamos ni prudentes ni

tengamos toda la experiencia posible, pero es uno de los requisitos que pretende cuidar la función electoral en sí misma. Por ello no considero pertinente una modificación en ese sentido y creo que tampoco el compañero Piña lo propone como tal, sino como una reflexión y creo que muy válida.

Finalmente, ¿qué esperamos de esto? Obviamente la integración de consejos

electorales sólidos, fuertes, imparciales, objetivos, transparentes, independientes, en los cuales los partidos políticos y la ciudadanía podamos confiar.

Nosotros le apostamos a la gente, MORENA le apuesta a la gente y lo único que les

pedimos es que a través de los órganos institucionales del Instituto se haga pública de la mayor forma, que casi, casi se volantee, por decir esto y como una expresión simplemente coloquial, la convocatoria para integrar estos órganos.

El que participen mayor número de ciudadanos y que tenga la oportunidad de

integrarse a la estructura electoral de este Instituto, permitirá darle mayor certeza y mayor confianza a la ciudadanía.

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Bienvenidos los lineamientos y desde luego nosotros le vamos a dar seguimiento en esta lógica de mayor transparencia para la integración y designación de los consejos respectivos.

Es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra, en primera ronda, el señor representante de

Encuentro Social.

REPRESENTANTE DE ENCUENTRO SOCIAL, C. CARLOS LOMAN DELGADO: Gracias. Quiero comunicarle al ante-antecesor que me precedió, que sí hubo posiciones

respecto a la inquietud, respecto a la edad. En efecto, muchas cuestiones legales uno precisamente ve que se utilizan esquemas mentales tradicionales, en donde hay supuestos, hay lenguajes entendidos creados en ese momento.

Pero precisamente a veces se quedan esas leyes como dogmas, con supuestos que

con el tiempo e históricamente creo que evidentemente van cambiando. En este caso uno supone que cierta edad representa alguna cuestión y ya también se

mencionó que eso mismo es cuestionable. La cuestión es precisamente la actitud, si debemos; por eso yo decía que este tema

reiterado de las garantías, pues va a ser cotidiano y si precisamente el perfil es ciudadano, aunque se diga profesional, el perfil es eminentemente ciudadano, darle la oportunidad a los ciudadanos a participar, pues en efecto se convierte en una, desde nuestro punto de vista, se convierte en un obstáculo a la participación ciudadana.

Uno podría suponer que la edad, e incluso hasta ciertos registros académicos podrían

entender esto, dar un perfil, pues son indicios porque a fin de cuentas lo que realmente se verifica es la práctica, cómo actúan en el momento adecuado. Y eso se ve ya hasta que están en funciones. Precisamente por eso creo que hay que abrir la oportunidad.

El INE incluso recibe en esos lineamientos una visión muy amplia, y ya que se han

tomado como fundamentos, no solamente observa al perfil en los órganos distritales y municipales, el perfil de estos consejeros, no solamente desde el punto de vista de conocimientos así en términos generales, sino además les da un perfil de personalidad, de vinculación con la sociedad, de cultura democrática.

Es un perfil que, en efecto, nos dan un perfil ideal, pero ahora cómo lo

implementamos, cómo calificamos si es que tenemos la facultad de calificar. Pues a fin de cuentas se tiene que tomar una decisión.

Se revisó una serie de opciones muy ricas, muy interesantes y a fin de cuentas sí se hizo

la diferencia entre un Vocal de Órgano Desconcentrado y un Consejero de Órgano Desconcentrado.

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El Vocal eminentemente es un servidor operativo, implementativo y el Consejero

ciudadano, aunque tiene algunas funciones electorales, tiene un perfil un poco más abierto, no digo de menor responsabilidad, simplemente más vigilante, interviene, pero además vigila. Y le toca precisamente estar al pendiente de las actividades que se hacen de manera administrativa.

Ese es el eje que más o menos nos hace definir entre la idoneidad y la vigilancia, entre

la diferencia entre el Vocal y la diferencia entre el Consejero.

Los lineamientos del INE son retomados en la vertiente de crear ese perfil. Hay alguna inquietud, y en ese sentido estoy de acuerdo con compañeros en el sentido de que la edad sí debió haber sido revisada y atrevernos, aunque el Código establezca una ley, atrevernos a ver precisamente la funcionalidad de la edad, que aunque esté establecida en la ley, de alguna manera por lo menos hacer las propuesta de que le debimos haber abierto el esquema, es un ejemplo, a los estudiantes que van egresando en las escuelas, que tienen inquietudes y que de alguna manera tienen la capacidad de participar en actividades de este tipo. No obstante, de manera legal, pero tradicional, se les obstaculiza. Sí se sometió a discusión, yo compartí la inquietud de que sí se debería de bajar la edad, no sé si a los 18, pero sí darle la oportunidad por lo menos a gente joven de nuestro país, que por lo menos ya son ciudadanos. Esa es una con respecto a los requisitos de elegibilidad o designabilidad, que se diferencian de los requisitos para poder evaluar o verificar el perfil, que es la parte que también corresponde a este proceso. Con respecto a la valoración del perfil, la insaculación, precisamente atendiendo a que si no se maneja la idoneidad, sí se maneja cierta profesionalidad, se refiere a un debate que también se tuvo al seno de la Comisión con respecto a si los ciudadanos debían pasar por un examen de conocimientos. En serio que fue muy largo ese debate, porque precisamente el espíritu es hacer la participación, la integración, incluso de gente analítica en estos cargos. A fin de cuentas quien promovía que incluso pasaran de manera directa, es decir, de los requisitos de elegibilidad pasaran de manera directa a la aptitud, se revisó. No obstante, atendiendo al esquema de profesionalización, los criterios del INE y de que tengan capacidad de ejercer sus funciones, que tuvieran, disculpen la expresión metafórica, que tuvieran dientes para estar vigilando, hizo que se hiciera una propuesta integral en donde se incluía una entrevista, un examen de conocimientos y una revisión de perfil.

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En ese sentido, creo que es un avance, incluso ante lo que se mencionó también, ante lo que se hacía de manera tradicional, de manera práctica, como un acuerdo en lo oscuro. Creo que es un avance. Pero también es perfectible, a tal grado que en el seno de la Comisión alguien mencionó que se podía hacer una insaculación ponderada. Y se quedó ahí en la mesa, por los tiempos que se manejaron, pero me parece que incluso es perfectible para poder conjugar lo que mencionan algunos participantes respecto a la calificación y cómo conjugar la imparcialidad en la designación entre todos los que son aptos, pero de alguna también medir la capacidad de poder ejercer ese cargo, es decir, hacer una insaculación ponderada donde sí, en efecto, se califica sólo la aptitud, pero la aptitud también en función de cierta capacidad. Y sí, afortunadamente la ciencia y la técnica nos permiten hacer insaculaciones ponderadas. Esto será tal vez materia de otro proceso en lo futuro, pero creo que por lo que corresponde es pertinente, es conveniente este lineamiento y que no dejemos de pasar que podemos seguir incluyendo propuestas más enriquecedoras. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. En primera ronda, el Consejero Gabriel Corona Armenta. Por favor, Consejero. CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: Gracias, Consejero Presidente. Mis argumentos sobre este procedimiento ya los conocen, no los voy a repetir, suscribo textualmente todo lo que ha dicho la Consejera Guadalupe González Jordan al respecto. Yo solamente quisiera recordar que no debemos olvidar el principio de legalidad, esto significa que en derecho público la autoridad electoral sólo puede hacer lo que expresamente le está permitido, a diferencia del derecho privado. Y señalo después de esto nada más un problema al que nos podemos enfrentar con un mecanismo como éste, el que se está proponiendo. Fíjense ustedes, dice el artículo 193, fracción VI, respecto a las atribuciones de la Junta General, dice: “Proponer al Consejo General candidatos a consejeros electorales de los consejos distritales y consejos municipales electorales”. En el hipotético caso que sólo opere como un criterio lo de idóneo y no idóneo, podemos enfrentar una situación donde haya cientos de idóneos o miles de idóneos, dependiendo del número de aspirantes. ¿Cómo va a procesar la Junta General para proponer hasta 36 candidatos? Si el único mecanismo o la única calificación o cualificación

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o característica son idóneo y no idóneo. ¿Cuál va a ser el criterio de desempate? ¿Cómo va a seleccionar a ese número que propondrá al Consejo General para su eventual designación mediante insaculación? Yo creo que esto es un problema que no se ha advertido y que justamente es producto de estar privilegiando aspectos muy generales y no pasar a lo que tiene que ver con asentar calificaciones para que en un acto posterior se haga una designación con base en el mérito. Para no extenderme demasiado, anuncio que votaré en contra; y entregaré un voto razonado sobre este punto del orden del día. Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejero. En primera ronda… Perdón. Me había anotado antes, si no tiene inconveniente, para comentar al respecto de lo que ahora he escuchado, pero lo anoto de todas maneras desde primera ronda, señor representante del PRD; y el señor representante de Acción Nacional. Votaré a favor del Acuerdo y del Lineamiento que es su anexo, porque creo que el mecanismo es muy afortunado, tenemos una ventaja con este mecanismo de designación de los consejeros distritales en el país.

No abundaré en lo que ya señaló el Consejero Saúl Mandujano, que incluso es hasta envidiado, déjeme decirlo, por comentarios con compañeros de otras instituciones. Es un mecanismo que elimina de manera tajante, absoluta, que suprime la posibilidad de que a un Consejero Distrital o Municipal, en su caso, cualquier persona le pueda decir: “Estás ahí, porque yo te puse”, lo elimina de tajo. Eso es una gran ventaja y me parece muy importante mantenerla, porque ya la teníamos; y reforzarla con los argumentos o con la aplicación del 865.

Quiero ahondar más en un tema que solamente se mencionó una vez y, por ello, lo

quiero ahondar. Por qué la importancia de que las personas que van a presentar el examen o la valoración de conocimientos electorales conozcan qué le vamos a preguntar.

Porque no nos interesa o me parece que no nos debe interesar tener acá expertos en

materia electoral, sino ciudadanos interesados en la materia electoral, una persona que sea capaz de leer, conocer, involucrarse, interesarse en conocer 150 reactivos, porque de ello se le va a preguntar un número determinado, me parece que es la persona que estamos buscando, no necesitamos licenciados en derecho, por eso no le damos una puntuación como tal a la escolaridad.

Me parece muy afortunado, un avance en ciudadanización de los órganos que todo

interesado en la materia electoral, tenga o no experiencia, si tiene los conocimientos esenciales, que esas son las preguntas que se pretenden hacer, que tenga los

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conocimientos esenciales para desempeñar el carácter de Consejero Electoral, lo pueda hacer.

Lo traigo a colación porque me parece un referente importante, el proceso anterior

de selección o designación de consejeros en Chiautla. En Chiautla tuvimos ya que aplicar el 865 del INE, adecuando a nuestro procedimiento que habíamos utilizado para el 2014-2015.

En una entrevista, que fueron cara a cara en esa ocasión, por la cantidad de

personas fue viable hacerlo cara a cara, en este caso creo que no sería y por eso estoy de acuerdo con el procedimiento de la entrevista estandarizada.

En aquella ocasión, una de las ciudadanas que se presentó, es una persona con

escolaridad, si no recuerdo mal, de secundaria. Le pregunté, una de las preguntas que llevaba preparadas es: “Y ¿por qué quiere ser Consejera Electoral?”. Me dijo: “Porque no quiero que me cuenten, quiero ver cómo pasó, porque nos acaban de anular la elección que acaba de pasar y no sé por qué, quiero ver cómo se da una elección, quiero conocer y que no me cuenten”.

Me dio mucho gusto ver en las imágenes, en las impresiones que nos trajeron o que

nos enviaron nuestros compañeros que estaban en Chiautla en el cómputo distrital, ella fue finalmente insaculada como Consejera suplente, lo cual me pareció muy afortunado para su interés, no participó todo el proceso, sino solamente en aquellas actividades donde los consejeros suplentes participan, y una de ellas fue el cómputo distrital.

Me dio mucho gusto ver a la señora recibiendo paquetes electorales y ejerciendo sus funciones de Consejera y poder constatar que su intención se cumplió: Ya no le van a contar a la señora, ya sabe cómo se hace una elección en su municipio, ya sabe todo lo que importa, lo que involucra y todo lo que se afecta. Si no pusiéramos las preguntas como una guía de estudio para que las personas interesadas puedan conocer de dónde vamos a sacar las preguntas que les vamos a generar o que les vamos a presentar en la valoración de conocimientos, estaríamos limitando la participación de muchos ciudadanos que están interesados en lo electoral, pero que no están inmersos por su perfil profesional, por su actividad económica preponderante, por su desarrollo de vida, les estaríamos limitando. Con esto, lo que hacemos es ofrecer otra vez la mayor amplitud a la ciudadanización de nuestros consejos distritales y, por ello, estoy de acuerdo con el Lineamiento en sus términos. Ahora sí, en primera ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante del PRD. REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Gracias, Presidente.

Por supuesto que el partido, en la instancia correspondiente o previa al Consejo General, participamos en la construcción de estos lineamientos y, en consecuencia, de todos sus anexos.

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Sin embargo, al escuchar la intervención de la Consejera Guadalupe, que evidentemente también demuestra ahí una valoración inclusive de carácter legal en su propia intervención, me llamó la atención el tema de cómo actualizar lo que establecen ya los lineamientos aprobados por el Acuerdo 865 del Consejo General del INE, en lo que se refiere al inciso e) del numeral número cinco, que establece lo siguiente:

“Para la designación de los consejeros electorales, de los consejos distritales y

municipales, se deberá tomar en consideración como mínimo los siguientes criterios: a) Compromiso democrático.

b) Paridad de género. c) Prestigio púbico y profesional. d) Pluralidad cultura de la entidad. e) Conocimiento de la materia electoral”. He escuchado con atención la última intervención del Presidente, que relaciona el

hecho de que se deben mantener las preguntas como lo establece la convocatoria, que se deberán publicar, como ahí se señala, dice: “preguntas”, bueno, dice antes: “temas y las preguntas”.

Y usted hace una valoración de qué es lo que pretende obtener el Instituto en ese

criterio que establece el Acuerdo del Consejo General del INE; es decir, usted menciona que no se requiere tener peritos en la materia.

Sin embargo, el inciso e) del numeral seis refiere que para la valoración de cada uno

de los criterios se deberá considerar lo siguiente, y el inciso e) establece lo que a continuación voy a dar lectura, dice:

“En cuanto a los conocimientos en materia electoral, deben converger además del

manejo de las disposiciones constitucionales y legales, un conjunto amplio de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos que puedan enfocarse directa o indirectamente a la actividad de organizar las elecciones”.

Es decir, el lineamiento que estableció el INE me parece que sí, si no peritos en la

materia, si no aspirantes a magistrados, sí establece quienes deban conocer y manejar las disposiciones constitucionales y legales.

Luego entonces, me parece que si publicamos las preguntas se podría generar una

parcialidad, permítanme la palabra, una parcialidad con conocimiento previo de las preguntas.

Yo creo que debiéramos llegar hasta el esquema de establecer únicamente el

temario; ahí sí me parece que podríamos establecer con mucha certeza de qué se va tratar el examen de conocimientos en materia electoral.

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Esto precisamente anteponiendo lo que expresaba el Consejero Gabriel Corona, en

el sentido de que necesitamos establecer un mecanismo con la total imparcialidad, por supuesto que todos aspiramos a obtener de este ejercicio la participación masiva de ciudadanos, que garanticen el cumplimiento efectivo de los criterios que ya estableció el Consejo General del INE.

Por lo tanto esta representación, para que quede de manera puntual la propuesta,

solicitaríamos que en la base quinta de la convocatoria, en el inciso b), donde se refiere a valoración de conocimientos electorales y entrevista escrita, en ese último párrafo de esa página cinco, o al menos del último documento, quiero hacer mención que estoy haciendo mi argumentación sobre el último documento que nos hizo favor la Secretaría Ejecutiva de hacernos llegar, se pudiera suprimir lo que se refiere a que estará en la disposición de la página electrónica el cuestionario de preguntas, pero además dice aquí y respuestas.

Me parece que es todavía más absurdo establecerle las preguntas y las respuestas en

esta hipótesis que he estado construyendo de garantizar, establecer las mismas condiciones para todos los que participarían.

Entonces creo que debiera suprimirse esta parte de la base a la que ya he hecho

referencia, y sobre todo hacer el reconocimiento de que la construcción de todos los lineamientos y los anexos tienen que ver con esa aspiración, que a lo largo de muchos años, ya se decía aquí, hemos estado insistiendo en que se pueda obtener un Consejo Electoral más proactivo en las instancias tanto distritales como municipales. Y me parece que con estos lineamientos podríamos llegar a ello.

Y por supuesto respaldar el tema de la insaculación. Lamento no coincidir con el

Consejero, Doctor Gabriel Corona y la Consejera Guadalupe, porque finalmente si le damos un cumplimiento lo más exacto posible a las anteriores etapas, creo que el tema de la insaculación puede garantizar aún más la imparcialidad que debe permearse a la designación de los consejeros y las consejeras electorales.

Por el momento es cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de Acción Nacional, después

el Consejero García Hernández y hasta ahí vamos.

REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Consejero Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Perdón, antes de continuar le pediría, sólo para que quede documentado, le pediría al Secretario que diera cuenta de la integración de la mesa, por favor.

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SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, daría cuenta de la presencia del Licenciado Julián Hernández Reyes, representante suplente del Partido Revolucionario Institucional.

Sería cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias. Perdón, señor representante, y gracias por su comprensión. Tiene ahora el uso de la palabra.

REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente.

Efectivamente, como lo ha manifestado el representante del Partido de la Revolución Democrática, esta representación también suscribiría la circunstancia de que se pueda sustituir específicamente la publicación tanto del examen como de las preguntas, por el temario que específicamente ya ha quedado establecido y que son ocho circunstancias u ocho temas a tratar, que es partidos políticos y candidatos independientes, estructura y funcionamiento del Instituto Electoral del Estado de México, preparación de la elección, jornada electoral, actos posteriores a la jornada electoral, delitos electorales, Oficialía Electoral y medios de impugnación.

Y esto, bueno, la finalidad específicamente tendría dar cumplimiento al Acuerdo

INE/CG865 del 2015, en donde se establecieron los Lineamientos para la Designación de los Consejeros Electorales, Distritales y Municipales, así como de los servidores públicos titulares de los Organismos Públicos Locales, al cual ya no voy a dar lectura, en virtud de que ya se les ha dado.

Por otra parte, también no coincidimos específicamente con lo que el Consejero

Corona, perdón por hacer alusión, establece, esto en virtud de que el artículo 185 del Código Electoral del Estado de México en su fracción I es muy claro, y establece lo siguiente:

“Artículo 185. El Consejo General tendrá las atribuciones siguientes: Fracción I. Expedir los reglamentos interiores, así como los programas, lineamientos y

demás disposiciones que sean necesarias para el buen funcionamiento del Instituto”. Y específicamente la insaculación que hemos llevado aquí en este Instituto en las

últimas elecciones, nos ha dado la certeza, por lo menos a todos los partidos, de que específicamente no existe ahí alguna situación que pudiera generar el que los consejeros que son designados por este método pudieran ser parciales o que estén en una circunstancia de que violen el principio de neutralidad que todos los servidores públicos deben de observar en el ejercicio de su función.

Por consiguiente, nosotros estamos en pro de que se lleve a cabo la insaculación. Es cuanto por el momento. Gracias.

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CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante.

En primera ronda, tiene el uso de la palabra el Consejero Miguel Ángel García

Hernández. Por favor, Maestro.

CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA HERNÁNDEZ: Gracias, Presidente. Nada más para también definir, mi voto será en favor del proyecto como está

presentado y nada más quisiera también matizar algunas situaciones. Suscribo lo que ya se ha dicho de quienes están a favor de este proyecto y nada más

refrendar también lo que sería el tema de la insaculación. Creo que en este tema la participación que esperamos de los ciudadanos,

nuevamente esperamos que sea copiosa. Yo quisiera referir objetivamente y estadísticamente que en la elección anterior, la del 2015, tuvimos una participación de más de nueve mil aspirantes para ser consejeros en los órganos desconcentrados.

Aquí valdría la pregunta de quienes están por hacer una entrevista de forma personal: ¿Qué mecanismo establecerían para entrevistar a más de nueve mil, si incluso en algún momento de la Comisión señalé que la Comisión, si es que la Comisión, no se daría abasto en atender en 45 días a los 45 distritos? Nada más así. La otra parte, me parece que la insaculación no es un requisito, entonces no puede ser calificada con el término de ser desproporcionada, porque no es un requisito, es nada más el método por el cual el Instituto está haciendo la designación de esos consejeros, que, efectivamente, son los idóneos, son los aptos, son los que están capacitados, tienen los conocimientos, tienen las aptitudes. Y me parece que aquí valiese la pena señalar como es en el método científico, está probado y está comprobado, y es el mecanismo que se ha dado el Instituto Electoral del Estado de México, este Consejo, en las últimas elecciones. Señalar que estaría falto de legalidad, estaría falto de requisitos, me parece que sería también desconocer el trabajo que se ha hecho de esos Consejos, de esos consejeros en procesos anteriores, porque, reitero, si aquí le aplicamos el rigor científico, está probado y está comprobado. Y simplemente quisiera señalar que en este mecanismo se ha tenido la precaución de sí garantizar el tema de la participación de hombres y de mujeres a través de la paridad de género para tener un organismo o tener consejos desconcentrados ahora en los distritos con la participación femenina, con la participación masculina.

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Y en todo caso reiterar lo que ya incluso ha comentado aquí el Consejero Presidente, creo que es un mecanismo que incluso algunos otros órganos electorales en los estados han preguntado, han visto la bondad de esto. Y, finalmente, ¿qué han garantizado los partidos? La estabilidad en los distritos, donde está la competencia electoral y donde simplemente el árbitro tiene que dar eso, las mejores garantías de la contienda electoral. Reitero, Presidente, mi voto será en pro del proyecto. Finalmente, sería cuanto por el momento. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de Nueva Alianza, en primera ronda. REPRESENTANTE DE NA, LIC. EFRÉN ORTIZ ÁLVAREZ: Gracias, Presidente. Muy breve, nada más decir que con este proyecto damos un gran avance. Hay que recordar que antes, tanto consejeros como vocales, ya hace mucho tiempo, eran cuotas partidistas. Ahora, afortunadamente la ley nos obliga a que estos funcionarios sean electos bajo criterios de evaluación muy estrictos. Y me parece que en el tema de la insaculación el Instituto Electoral del Estado de México es innovador, ha sido innovador, ha sido punta de lanza en ese sentido y que a muchos otros institutos les ha dado la garantía, y en este momento nos dará a nosotros la garantía de que a través de la insaculación todos tendremos la confianza de que estos funcionarios no serán elegidos producto de cuotas ni de partidos políticos ni de consejeros. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más? En primera ronda, en el uso de la palabra el Partido Revolucionario Institucional, por favor. REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. JULIÁN HERNÁNDEZ REYES: Gracias, señor Presidente. Muy buenas tardes a todos. En primer lugar, señalar que esta representación acompaña este documento, en virtud de que participó activamente en la propia Comisión de Organización, dirigida por la Maestra Palmira.

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Nosotros en el seno de la misma, argumentamos ahí los beneficios y las contradicciones que pudiera tener desde nuestro punto de vista. Esta representación, por ejemplo, estaba en contra de que se hiciera una evaluación a los aspirantes, en virtud de que considerábamos, o seguimos inclusive, pero tuvimos que ceder para sacar adelante el proyecto en el sentido de que es una ciudadanización lo que se busca de los órganos desconcentrados. Pero si en esto estábamos nosotros incrementando de que no saliera adelante el proyecto, por supuesto que dijimos “vamos a hacerlo congruente, vamos a ver cómo está elaborado y por supuesto vamos a apoyar las decisiones”. Nosotros lo que observamos en la construcción del mismo es que, en primer lugar, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 209 del Código, que establece que los consejeros y ciudadanos deberán de cubrir los mismos requisitos que cubren los consejeros ante el Consejo General, a excepción de dos situaciones: Una, que es la situación del título profesional y la residencia.

Por supuesto, la residencia se vio afectada ahora por la distritación, son situaciones de carácter especial que tuvimos que atender, pero son las dos excepciones que busca aquí el propio legislador para integrar los órganos desconcentrados, buscar la ciudadanización, por eso precisamente omitió lo del título profesional.

Consideramos que en el cuerpo del documento se estableció perfectamente un

cumplimiento de requisitos, una valoración curricular que privilegia a aquellas personas que tengan algunos estudios mayores, simple y sencillamente serán mejor calificados. Establece una entrevista de carácter escrito en esos momentos, pues consideramos que es la más adecuada.

Pero nosotros cuidamos precisamente que esta entrevista y la propia evaluación sea

vigilada, no por un grupo de consejeros, sino por los consejeros integrantes del Consejo General; y ahí el compromiso de que cada uno de los consejeros habrá de asistir a un grupo en donde se aplique la evaluación y la entrevista correspondiente. Y con esto damos cumplimiento al Acuerdo 685 del propio INE, que nos da este tipo de requisitos.

Lamento mucho que si algunos consejeros no quieran asistir, vamos, allá ellos, pero ya está de antemano el compromiso planteado en mesa política para que así pudiera ser. Por otra parte, señalar que nosotros estamos también a favor de la insaculación porque elimina tentaciones, tanto de los consejeros electorales, como de los partidos políticos, en virtud de que se deja al azar la integración de los órganos desconcentrados, pero es con base a una valoración que se hizo y se insacula exclusivamente a 36 personas, 18 del género masculino, 18 del género femenino.

Lo que hacemos es darle certeza al procedimiento; y no es que lo dejemos al azar para la designación, es el azar de los mejores calificados en cuanto a los cuatro paneles de competencia que se realizan.

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Por el momento, sería cuanto. Muchas gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. ¿Alguien más en primera ronda? El señor representante del Verde Ecologista, por favor. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente.

Sería ocioso seguir insistiendo en lo que se ha vertido aquí por parte de casi todos los representantes de los partidos políticos, referente al proceso, el examen, el reconocimiento de la capacidad de los futuros aspirantes.

Pero sí, en el punto particular de la insaculación, creo que por lo menos para esta

representación es de suma importancia resaltar la claridad y la certeza que ha generado, me refiero en actos pasados.

Pocas veces se ha visto que este Consejo General, en cuanto hace a los

representantes de los partidos políticos, puedan tener un punto en común, y en el caso particular de la insaculación, en los actos anteriores han generado una tranquilidad. Creo que eso deriva en algo que es muy importante: La certeza del acto.

Habrá quien no acompañe el proyecto en sus términos, pero la realidad es que la

insaculación, en lo que hace a la certeza y transparencia del acto es indudable. Motivo por el cual esta representación se manifiesta en el sentido ampliamente

aprobatorio respecto a lo que hace el tema de la insaculación. Sería cuanto, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, señor representante. Si no hay más intervenciones en primera ronda quisiera iniciar la segunda ronda con dos cuestiones muy puntuales:

Primero. Reconocer lo que nos señaló el señor Piña, de que el original nadie lo tenemos, como ya se señaló está en el Registro Civil, pero daremos indicaciones expresas al personal de qué debe entender por original, porque además adonde quiera que nos dicen: “Trae el original de tu acta”, nosotros llevamos lo que hemos usado toda la vida como original del acta, y creo que con eso lo resolveríamos.

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Y en segundo, no lo mencioné en mi primera intervención, la primera ronda; mencionar que me parecen muy pertinentes las observaciones hechas por el señor Director de Organización respecto de las adecuaciones que se tienen que hacer y las haría mías para que puedan ser consideradas por este Consejo.

Es todo en la segunda ronda. Ahora tiene el uso de la palabra, en segunda ronda, el señor representante del PT.

REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias, Presidente. Qué bueno que lo refiere, no estaría por demás, no quita nada copia certificada, nada más la palabra “certificada”, porque luego hay gente muy traviesa.

Nosotros queremos tener, ya lo decía quién me antecedió en el uso de la palabra, antes de usted, queremos la certeza, y eso nos da mayor certeza. Nada quita poner “certificada”.

Porque ya como lo decía mi amigo Ricardo, la original, en un término netamente

jurídico, solamente está en el libro del Registro Civil, porque la que se nos entrega cuando registramos al bebé o cuando registramos nosotros mismos, yo no sé si dice ahí copia, copia u original para el interesado.

Pero sin embargo, como van a ser ciudadanos de más de 30 años, yo quiero ver

quién tiene un acta original intachable, de más de 30 años, solamente que nunca la haya usado ni para la escuela, ya va estar muy maltratada. No quita nada.

No quisiera repetirlo pero para que quede preciso: El Partido del Trabajo no está

manifestando una postura en contra del proyecto, estamos con el proyecto, lo dijimos en nuestra primera intervención, estamos con el proyecto.

Hicimos un planteamiento, una observación en cuanto a la edad para que quede

claro porque hay confusión en el primero y el tercer requisito, en uno dice: “Ser mexicano”, dice: “ciudadano mexicano”, y en el tercero dice: “tener o contar con más de 30 años al día de la designación (4 de noviembre)”.

Nada más para que quede el antecedente de que la ciudadanía, como tal en este

país se adquiere a los 18 años, pero este es un lineamiento que se pone un requisito. Claramente está que no podemos dejar tampoco en manos de un jovencito de 18 o 19 años la gran responsabilidad, que dicho sea de paso en esta ocasión no es el Consejo Distrital quien va a calificar la elección de Gobernador en su Distrito, no es quien la va a calificar, porque se califica en este Órgano; pero no podemos dejar el antecedente para el año 2018.

Tampoco es cosa menor, estamos hablando de quienes habrán de vigilar como

autoridad electoral, como órgano desconcentrado de este Instituto, quienes habrán de vigilar el cumplimiento de toda la normatividad, pero sobre todo el cumplimiento de la buena aplicación de la ley por parte de la Junta, que serán los administrativos, los que prepararán la elección y los consejeros, en este caso los Consejos, son los que vigilarán el

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cumplimiento de todo. Y es para la elección de Gobernador quien habrá de representarnos los próximos seis años.

Entonces sí, no es nada menor, es algo muy importante, que nosotros lo consideramos

por las facultades que se tienen. Y en cuanto a la insaculación, pues queda claro que eso nos da certeza. Volteemos,

retrasemos un poco nuestra memoria al 2011-2012, que fue cuando se estrenó esa insaculación y, como ya lo decía alguien, me parece que el Verde Ecologista o Movimiento Ciudadano, alguien dijo, nos dio certeza en esa participación, hubo mucha tranquilidad, porque todo mundo salió tranquilo, porque no fue designación por propuesta ni de partidos ni de consejeros.

Luego 2015, pues ya algunos de los que están aquí proponiendo otro tipo de situación

y no la insaculación, pues ya fueron partícipes en el 2015 y si hay algún antecedente negativo de la insaculación, pues que lo digan, ya hay un anuncio incluso en contra.

Pero bueno, por lo pronto sería en esta ronda, cuanto, señor Presidente. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra la Consejera Tapia, después el señor representante

de MORENA y después la Consejera González Jordan. Por favor, maestra Tapia,

CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. PALMIRA TAPIA PALACIOS: Sí. Gracias, Presidente. Sólo para decir que hago mía la propuesta del representante del Partido del Trabajo,

que en la convocatoria se precise que sobre el acta de nacimiento pueda ser la copia certificada. Me parece que no hace daño y como los ciudadanos van a leer esta convocatoria, pues mucho mejor que quede expresamente lo que aquí se ha referido.

Sobre los disensos que han sido evidentes sobre algunas etapas del proceso, sólo

decir que soy respetuosa sobre sus manifestaciones, también decir que en el seno de la Comisión de Organización hubo un debate intenso donde se analizaron distintas rutas de cómo implementar ahora un nuevo esquema derivado de lo que aprobó recientemente el INE, o sea, estamos estrenando un nuevo procedimiento en esta elección de Gobernador.

Como lo dije en mi intervención anterior, acompaño en sus términos los lineamientos

tal como se presentan, me parece que cada una de las etapas que se proponen cumplen con la legalidad, a la vez que también retomamos experiencias valiosas de este Instituto, como es el tema de la insaculación.

Y a mí me tranquiliza que esta etapa se incorpora hasta un último paso, cuando ya se

tiene un grupo de candidatos y candidatas idóneas para desempeñar el papel de consejeros distritales.

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Así pues, me parece que la insaculación abona con un elemento de independencia, de autonomía en el actuar de estos consejeros y si esos aspectos fortalecen el actuar de estas figuras, pues qué mejor.

Sería brevemente lo que quisiera decir. Gracias, Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejera. Tiene ahora el uso de la palabra, en segunda ronda, el señor representante de MORENA. REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Gracias. Desde hace un rato que en términos generales estamos totalmente de acuerdo con el proyecto, nos parece adecuado, tiene muchas virtudes, bondades, da certeza, es transparente, rompe con muchas situaciones de antaño, en general me parece bien. Sin embargo, sí me llama mucho la atención lo que ha expresado la Consejera en el sentido del examen que se aplica y se establezca como una valoración de los conocimientos en materia electoral. Debo de darle la razón, esa no es una valoración de los conocimientos, es un ejercicio de retención de memoria. La verdad, creo que no es lo mejor que se puede hacer. Un ejercicio de retención de memoria no es o no da certeza, no nos genera certidumbre respecto a realmente el conocimiento en la materia electoral, porque, como ustedes saben, puedo aprenderme el guion, pero la instrumentación, el llevar a cabo las disposiciones legales, siempre es un poco más complicado, que requiere no solamente conocer el guion, sino de tener una gama de conocimientos más allá de lo que se establece en la propia guía de estudios, llamémosle así, en las preguntas y respuestas. De tal suerte que lo que vamos a valorar no es el conocimiento en materia electoral del ciudadano, sino el poder de retención que tiene. Y hay que estar muy claros en ello. A mí me parece que publicar las preguntas y las respuestas no abona a la profesionalización de este Órgano. Le tengo que dar la razón a quien la tiene, y me parece atinente el llamado que hace, junto con el Consejero Corona, en ese sentido. Y esto me lleva a que después de ello tiene que haber una fórmula de desempate, como lo llama el Consejero Corona, un desempate, porque vamos a tener muchas propuestas.

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Aspiro a que tengamos no 18, no 36, sino que tengamos cientos de propuestas en cada uno de los distritos y que sea así la evaluación, el cumplimiento de los requisitos legales y que tengamos al final de cuentas a muchas personas aptas para desempeñar el cargo. Y para señalar que una persona es apta, a pesar de que tenemos este filtro, que creo que hay que modificarlo en el sentido de que no se publiquen las preguntas y respuestas, ¿a quiénes vamos a considerar aptos, a los que saquen el 60 por ciento de aciertos, el 50, el 80? Eso generará un rango de aptitud y al final de cuentas la insaculación determinará, dentro de todos aquellos que caigan en el rango de aptitud, quién puede ejercer las funciones. En conclusión, creo, compartiendo la preocupación de la representación del PRD, que hay que modificar el tema relativo a la publicidad de las preguntas y respuestas, porque eso no genera más que una especie de examen casero, como los que algunos maestros ponían en la prepa, y eso no llena las expectativas, me parece, en el caso de MORENA, para no hablar por los demás, ni de muchos ciudadanos que cuando conozcan esta situación seguramente la comentarán y expresarán que no es correcta ni atinada. Yo invito a los consejeros a que pudieran valorar esta situación, a efecto de que no se publique las preguntas y respuestas de la valoración de los aspirantes. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene el uso de la palabra la Consejera González Jordan. Por favor, Doctora. CONSEJERA ELECTORAL, DRA. MARÍA GUADALUPE GONZÁLEZ JORDAN: Gracias, Presidente. Tocan puntos a los que yo me he referido, lo que es la certeza y seguridad jurídica. Precisamente al referirme que si se están publicando en las preguntas y respuestas, ¿cómo vamos a dar cumplimiento a los Lineamientos en donde nos dice que tenemos que evaluar el conocimiento de la materia electoral? Bien lo dice el señor representante de MORENA: “Me aprendo las preguntas y saco 10 en el examen”. Si observan los Lineamientos que emitió el Consejo Estatal de Veracruz, él sí los cumplió, yo lo vi y sí los cumplió, qué creen, los Lineamientos los cumplió. Llevó a cabo la entrevista, por una Comisión de consejeros, no va a ser como aquí, que vaya a estar un Consejero, ahí no se está cumpliendo el Lineamiento. Llevó a cabo el examen de conocimientos en materia electoral y estuvieron los que sacaron mayor calificación y les publicó una guía, los apoyaron más porque la guía la desarrollaron, o sea, por los temas, les pusieron los temas, pero no así las preguntas y respuestas.

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Y viendo su procedimiento, me parece que ellos sí cumplieron con los Lineamientos y, además, adicionales a los que ellos establecieron, pues también yo creo que si también hemos sido ejemplo en el Estado de México, no veo por qué en otras cuestiones no. No estoy en contra, por ejemplo, se habla de la insaculación. Estaría de acuerdo, pero que no haya evaluación, porque miren ustedes, va a haber 36 personas, claro que hay parámetros, aquí están, quienes estuvieron trabajando y yo seguí con oficios y demás, sí se pusieron, también en el examen, o sea, sí va a haber parámetros en los que va a haber un puntaje; claro, van a pasar los mejores 36.

Pero se me ocurre que el más bajo de 36, el 34, el 33 y el 32 son los que quedan y los que están más altos, por la insaculación, se van a quedar fuera.

Si es que realmente estamos eligiendo a los mejores, porque sí los hay y ustedes saben

que sí los hay, creo que aquí no se está cumpliendo esa parte. Es a lo que me estoy refiriendo, porque si se quitara la evaluación, apoyo la insaculación, pero no es así.

Ahora, yo creo que no se pueden cumplir los principios rectores cuando se violentan

algunos derechos. Aquí veo que, por ejemplo, cuando están siendo evaluados y van todos ya para una

insaculación, no se está en la misma igualdad. En mi caso, estoy poniendo esa ponderación. Yo creo que al poner si son aptos o no aptos, ya es un indicador y, les digo, más aún

que sí tiene parámetros, sí tiene una calificación. Yo como aspirante diría: “A ver, qué calificación saqué” y si observo que alguien fue menor calificación que la mía, pues sí me voy a inconformar. Esas son las preocupaciones que yo estoy dejando aquí. Quiero enfatizar que qué bueno que estan los Lineamientos, pero a mí me parece que debieron de trabajarse mejor para dar mayor certeza, seguridad a los aspirantes y que aun así, votando en contra, yo apoyaré en todos los trabajos, ahí estaré muy pendiente para que esos trabajos salgan adelante. Muchas gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejera. En segunda ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante del Partido Verde Ecologista de México. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente. En esta ocasión yo suscribo la participación del señor representante de MORENA, en cuanto a lo que se refiere a la publicación. Definitivamente cuando a alguien le asiste la razón, hay que reconocerlo.

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Aquí se valoraría la capacidad de retención, yo no hablaría de memoria, de retención. Pero en ese sentido, también trato de ser más objetivo en cuanto a la forma que se va a calificar al final. La valoración del conocimiento es hasta un 30 por ciento; tenemos dos valoraciones más que suman la diferencia, el 70 por ciento; la valoración curricular sí tiene un peso específico, que es un 50 por ciento. Creo que la valoración curricular por sí sola habla, la currícula de una persona avala hasta el 50 por ciento de la calificación.

Y hay dos formas en donde se puede decantar, que puede ser el caso de la valoración escrita, que es donde hago propio lo que acaban de citar, pero también está la otra parte, que es la valoración escrita que tiene hasta un 20 por ciento.

Esa metodología, al final, desde mi particular punto de vista y reitero otra vez en el

caso de la insaculación, esa metodología deberá de decantar de una manera el peso específico de los mejores aspirantes para que caiga en el último supuesto, que sería la insaculación.

Y creo que a través de ese mecanismo, de ese procedimiento, cuando se llega al

último procedimiento, que es la insaculación, volvemos a caer en probablemente de los pocos actos que se han generado en este Consejo General, en donde los partidos políticos, porque yo lo he presenciado, como bien lo cita mi amigo Piña, pues nos han dejado tranquilos y han generado una certeza de que el acto que se está realizando, como alguien dijo y voy hacerlo mío, no hay mano negra.

Considero que si bien es cierto la publicación podría demeritar, creo que esa falta de

méritos se subsana con las otras dos valoraciones, las cuales ya cité con anterioridad. Para esta representación es indudable que el procedimiento que se está aquí

citando, culminando, repito, y lo repito las veces que sea necesarias, culminando con la insaculación, va generar una certeza que va permitir que todos los representantes de los partidos y todos los partidos se queden tranquilos en la forma en la que van a emanar los señores que van ocupar su cargo en su debido momento.

Sería cuanto.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. ¿Alguien más en segunda ronda? ¿En tercera ronda? ¿No? Yo quisiera, que me parece significativo, es un modelo que vamos a utilizar por primera vez, por supuesto que esto lo discutió ampliamente la Comisión y hay que reconocerle el trabajo al respecto.

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Pero la publicación de las preguntas, les decía yo hace un rato, no es que quiera ser necio, pero sí dejar claro: La intención es poder propiciar que la mayor cantidad de ciudadanas y ciudadanos del Estado de México puedan saber de qué les vamos a preguntar.

Esto es, el tema o los temas propuestos para la valoración de conocimientos es

Oficialía Electoral; hace un rato aquí tuvimos una discusión amplia sobre quién puede hacer Oficialía Electoral.

Las preguntas que les hiciéramos específicamente sería Oficialía Electoral del INE,

Oficialía Electoral del IEEM. Creo que en ese sentido la propuesta o lo que plantea la Consejera González Jordan

de una guía desarrollada pudiera ser una opción. ¿Ya no? Nada más la estoy planteando aquí. Ya no una publicación de las preguntas que se van hacer, sino una publicación del

texto de donde se van hacer las preguntas, temas desarrollados, no nada más Oficialía Electoral, sino: “La Oficialía Electoral en el Instituto Electoral del Estado de México se ejerce a través del Secretario Ejecutivo que tiene…”. Desarrollado.

Y después de ahí, la pregunta es: “En el Instituto Electoral del Estado de México,

¿quién tiene la facultad de ejercer la Oficialía Electoral?”, con varias respuestas, opción múltiple.

Creo que eso podría ser. Sólo que hay un detalle importante, como la expresión de la Maestra Palmira, y la

entiendo, tenemos que publicar la convocatoria el 5, para que tenga la más amplia difusión y habíamos previsto en la Comisión que junto con la convocatoria se publicaran estas preguntas, se ofrecieran y se les diera también la más amplia difusión.

Creo que esto, para efectos, si fuera el caso, tendría que cambiar el enfoque porque

entonces tendríamos que como, que publicar la convocatoria avisando que se les va entregar a los interesados cuando lleven documento, porque el 5 se empieza a difundir la convocatoria pero no se empiezan a recibir papeles.

La gente que esté recibiendo papeles llevaría un cuadernillo con esta guía. Debo ser

cuidadoso con mis expresiones coloquiales, pero una especie de, es que iba a decir de catecismo, pero me iba oír peor, se acuerdan cuando lo llevábamos, que trae el desglose de las preguntas, de donde después te van a preguntar.

Una guía desarrollada, muy sencilla, eso sería lo importante, muy sencilla, no de

conocimientos especializados, para que de ahí pudieran salir las preguntas, sólo que ya no

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implicaría nada más el cambio de no publicar preguntas, sino un ajuste en los tiempos, un ajuste en varias cosas.

Por ello, por ese ajuste en particular, yo les quisiera proponer, a ver cómo les suena,

que hagamos ahora un receso en esta sesión para que lo revisemos con calma, todos, no nada más los consejeros, lo revisemos todos, y hoy mismo, para que podamos publicar el 5, terminando este receso, concluyendo este receso nos regresemos para continuar con el desarrollo de la sesión y poder tener algo que nos pueda ser más útil para todos, porque además es algo que aunque se trabajó en la Comisión todavía tenemos elementos para abordarlo.

Si no tienen inconveniente, con ese único fin de ver a qué podemos llegar, le pido al

señor Secretario registre que siendo las 16:10 horas… Sí, le escucho.

REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. JULIÁN HERNÁNDEZ REYES: Perdón, nada más una consulta, es que también estamos citados a las 16:00 horas para una Comisión, entonces creo que no habría el tiempo suficiente, en virtud de que…

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: El receso que vamos a hacer ahora…

REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. JULIÁN HERNÁNDEZ REYES: Me permite terminar nada más.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Perdón.

REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. JULIÁN HERNÁNDEZ REYES: A lo que yo voy es a lo siguiente: Creo que en estos momentos se le citó, de acuerdo a la convocatoria para el desahogo de la garantía de audiencia, los ciudadanos interesados en crear un partido político local, se les citó a una hora.

Si nos vamos a un receso, creo que saldríamos de la convocatoria que ya teníamos

previamente notificada. Entonces nada más es guardar las formas, precisamente para qué quiere hacer usted

el receso si tenemos cosas más que hacer, y simple y sencillamente nosotros pediríamos ya mejor que lo voten ustedes y que simple y sencillamente nos vayamos a desarrollar nuestras actividades.

Creo que el receso estaría de más, en virtud de que ya fue discutido el propio

documento. Sería cuanto. Muchas gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Lo entiendo y lo aprecio, sólo que quisiera escuchar la opinión, si hay alguien más que se oponga al receso, para entonces ya no proponerlo.

Le escucho.

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REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: (Inaudible)

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Nada más para decir si se opone al receso.

Sí, sí, por favor, argumentar por qué sí o por qué no.

REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: A ver, a mí me parece, con la disposición y voluntad que está mostrando el Presidente y entiendo que no va a garantizar que genere el consenso entre el Consejero Corona y la Consejera Guadalupe, pero sí atiende el llamado de ya varios representantes de lo que estamos señalando.

Me parece que lo podemos resolver muy rápido, muy fácil, sin necesidad del receso. Le voy a decir por qué. Refiriendo a la propuesta que yo había señalado

previamente, en la página cinco, en el último párrafo, después de donde está la fecha en negrillas, yo creo que nada más tendríamos que modificar aquí la redacción, se diría: “Se dispondrá en la página electrónica del Instituto…” y en lugar de decir “de un cuestionario y de respuestas”, debería decir lo que aquí hemos estado explorando como última propuesta.

“Se tomará de una guía desarrollada sobre los temas que versará…”, se puede

arreglar ahí la sintaxis, “…la valoración de conocimientos”. Yo creo que con eso se pudiera salvar, porque ya se habla en otro cuerpo del

documento, incluso de los lineamientos, los temas, y aquí ya se precisaría “de una guía desarrollada” o no sé cómo sería la palabra más adecuada, “de la cual se elaborará la valoración de conocimientos”.

Me parece que eso pudiera satisfacer esta nueva propuesta que se está explorando. Es cuanto. Por supuesto la acompañaríamos.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Le escucho, señor representante.

REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: ¿Puedo hacer un razonamiento?

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Por supuesto.

REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias. Si bien es cierto la impresión de lo que yo acabo de abstraer, todos vamos en un

sentido que es la insaculación, hay algunas diferencias, particularmente referente a la

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publicación, pero también tengo la impresión, señor Presidente, de que mandar a un receso no va a garantizar nada porque es clara y es específico el disenso de dos consejeros.

Ahora, dentro de mi particular punto de vista, recalcando, repitiendo que sí es cierto

lo que hace referente a la publicación, también no se puede soslayar las otras dos calificaciones que –no sé cómo decirlo– darían el peso específico para que los supuestos futuros candidatos emanen de ese procedimiento.

¿Qué quiero decir, señor Presidente? Si nos inclinamos única y exclusivamente a la

famosa publicación de las respuestas y soslayamos los otros dos, les estamos quitando el peso específico a los otros dos procedimientos, de los cuales uno vale el 50 por ciento. Desde mi particular punto de vista, amén de la propuesta de este Javier, creo que también tenemos que ponderar y no dejar de lado las otras dos valoraciones. Independientemente de los argumentos que se están aquí citando, creo que también se tiene que poner a consideración el punto de vista de los señores consejeros. Mandar a un receso sin consultarlo ya nos deja, en mi caso particular, ya me deja en un estado de incertidumbre, porque no sé si ellos comparten el punto de vista, uno, que es general, es unánime, que es el de insaculación, nadie se ha pronunciado en contra de la insaculación. Y dos, lo que acabo de verter, referente a los otros dos mecanismos de valoración, el del 50 por ciento y el del 20 por ciento. Luego entonces, señor Presidente, si están suficientemente debatido, ¿por qué no pasarlo a votación en los términos en los que está? Y tenemos la oportunidad, por lo menos esta representación, de conocer el sentido en el que se va a votar, para que en un momento dado, como se ha citado en otras ocasiones, cada quien pueda hacer uso de las facultades que le compete el otorgamiento de ser representante de un partido político y que lo mande a las instancias convenientes. Sería cuanto, señor Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: La propuesta del receso la hice con una consideración práctica, vamos a empezar la tercera ronda y nos quedan tres minutos por intervención, me parece que tres minutos, sobre todo porque se han vertido ideas que han venido planteándose, están siendo valoradas, creo que nos quedaría muy poco tiempo, en intervenciones de tres minutos de cada uno, poder manifestar al respecto de este tema, porque insisto, no es solamente cambiar el banco de preguntas por la guía, sino ajustar las fechas, ajustar el procedimiento. Yo creo, les decía que hace un rato fue de botepronto, que ya no tendría sentido publicar la guía de manera pública, sino a cada interesado, cuando llegue y entregue sus papales, entra sus papeles y “aquí está tu guía de estudio”.

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Tendría que cambiar ese mecanismo, a eso me refiero con que habría varios temas, además el pendiente que tiene la Comisión Dictaminadora de Partidos Políticos a esta hora, a esta misma hora para desahogar. Si nos vamos al receso, podríamos estrictamente esperar a que la Comisión Dictaminadora incluso inicie su sesión y declare a su vez un propio receso, continuamos con el tema y bajamos para resolverlo. Nos quedan sólo éste y el calendario, y espero que en el calendario no tengamos ninguna complicación, porque es lo que dice la ley, salvo los ajustes que se tengan que hacer. Por favor, señor representante. REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Muy breve, señor Presidente. En otro punto del orden del día, que se discutía exactamente un asunto similar, su servidor propuso un receso de tres minutos para los señores consejeros, cosa que ni siquiera lo valoraron y teníamos exactamente el mismo tiempo. Sin embargo, ¿cómo se resolvió? Con la exposición de todos los miembros de este Consejo, se recabó la información, no conocimos el texto y así lo aprobaron, entiendo que con todas las opiniones que se dieron vamos a cuidar esta redacción. Pues igual, nadie estamos en contra, la única observación es la publicación. Ya se dieron algunos argumentos, ya usted dio algunos argumentos de cómo se podría, cuál sería el texto, en fin. Con los argumentos que cada uno de nosotros hemos dado, que se apruebe en lo general con esa salvedad. Está en versión estenográfica. Javier Rivera ya hizo alguna propuesta, incluso de redacción, creo que con eso lo podríamos salvar.

Creo que el receso es lo de menos, nos queda un punto del orden del día, que creo que no va a tener mucha discusión, y lo salvaríamos.

Repito, ya tratamos un asunto parecido y no se aceptó el receso, bueno, ni siquiera se

tocó, lo propuse y ahora sí que nadie me hizo jalón.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Bien, señor representante. Lo que estaba haciendo era una propuesta y ahora veo que sí hay oposición, que preferirían que lo termináramos. Todavía nos queda una ronda, aprovechemos esta última ronda.

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Quisiera empezarla, si me lo permiten, diciendo que me parece razonable que, considerando las evaluaciones que aquí se han hecho y las que se tuvieron en la Comisión, no se publiquen como tal las 150 preguntas que se tienen planeadas hacer, sino una guía de donde saldrán las 150 preguntas; de una manera muy sucinta, no tiene que ser un tratado, se trata de que sea información muy general para que cualquier interesado, lo conozca o no, sepa de qué le vamos a preguntar. Si ya lo sabes, al leer la guía sabrás de qué van las preguntas y, si no lo conoces, con ver la guía sabrás en dónde tienes que insistirle y ponerle más atención para contestar la valoración de conocimientos electorales. Con esa consideración, estamos en la primera ronda; y anoto al señor representante de Acción Nacional. Perdón, en la tercera ronda; con la segunda intervención en esta tercera ronda. Por favor, señor representante. REPRESENTANTE DEL PAN, LIC. RUBÉN DARÍO DÍAZ GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. Agradezco su sensibilidad. Y suscribo en todos sus términos la propuesta que usted acaba de hacer, porque esta guía que usted propone le va a servir al ciudadano que llegue a ser designado Consejero, precisamente para disipar todas las dudas que pudiera tener en el ejercicio de su función. Esto abonaría más a la participación por parte de estas personas que, mediante el procedimiento de insaculación, van a formar los consejeros. Esta representación suscribe en todos sus términos lo propuesto por usted. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchas gracias, señor representante. ¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda, el señor representante de Movimiento Ciudadano; y después el Doctor Corona. Por favor, señor representante. REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: De igual forma, Movimiento Ciudadano está de acuerdo con la propuesta en los términos que la ha expresado usted.

Porque realmente el fondo del asunto era ése, no sé en qué momento se quiso salir esto de contexto para querer mandar a un receso. Pero era así de sencillo y así estamos de acuerdo.

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Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. Perdón. Había solicitado el Doctor Corona; después el señor Piña Patiño; y después el señor Loman. Por favor, Doctor Corona. ¿Ya no? Después. Entonces el señor Piña Patiño, por favor. REPRESENTANTE DEL PT, C. JOSÉ ASCENCIÓN PIÑA PATIÑO: Gracias por la cortesía, Consejero. Igualmente estamos de acuerdo con la propuesta como se ha dicho. Aprovecho para, si es que con esta propuesta consensada por esta mesa, por este órgano electoral, se pudiese convencer a quienes tienen derecho a voz y voto y que han anunciado un posible voto en contra de este proyecto, ojalá y pudiese salir por unanimidad, ya que los acuerdos, los proyectos que saque el Instituto por unanimidad le dan mayor fortaleza. Un proyecto que vaya con un voto, dos votos o los que sean en contra, es en contra del Instituto, rectifico, no propiamente en contra del Instituto, pero sí va más débil el proyecto. Apelo a que, ojalá, quienes estuviesen pensando en votar en contra pudiese ser que salga por unanimidad este Acuerdo porque eso nos ayuda a partidos políticos, al propio Instituto y, particularmente, a los integrantes de este Consejo. Sería cuanto, Presidente. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de Encuentro Social. Por favor. REPRESENTANTE DE ENCUENTRO SOCIAL, C. CARLOS LOMAN DELGADO: Gracias. Yo apelo a todos los presentes a que recordemos el motivo y el origen de la creación de la figura de Consejero Ciudadano, de la reforma y de la evolución del Sistema electoral. En esos términos, me adhiero a la propuesta que hace el Presidente con imaginación; y esto no implica que esto sea el punto final, sino precisamente, necesitamos ir viendo la evolución de esta figura y creo que todos estamos aportando algo para su consolidación.

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Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. ¿Después del señor representante? CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: Sí. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: El señor representante. Por favor. REPRESENTANTE DEL PRD, LIC. JAVIER RIVERA ESCALONA: Gracias, Doctor. Yo primero, como dirían los magistrados, es mi propuesta. Perdón, Maestro Mandujano, no quise ofender. Primero decirle, Presidente, estamos ante un hecho en el que se pudo haber evitado; reitero la posibilidad de las prácticas de las mesas de trabajo. Yo creo que ese receso al que usted apelaba, pudiera haberse convertido en mesa de trabajo. Ojalá y, dentro de los próximos días que inicia el proceso electoral, se pueda sensibilizar usted en este fin de semana para lo que viene. Y también ojalá que todos los representantes e integrantes del Consejo con voz y voto también asumamos la responsabilidad de lo que hoy vamos a votar o lo que van a votar ustedes y respetar la diversidad que están expresando, al menos así ha quedado claro, dos miembros del Consejo General, consejeros con voz y voto.

Pero sí, ojalá y acompañen el procedimiento porque de esa legitimidad se requiere en la consecución de la designación de los consejeros electorales; es decir, que también asuman las mayorías y las minorías que se tienen que generar al seno del Consejo General.

Por lo tanto el PRD, por supuesto da el consenso para esta modificación a la

convocatoria y a los lineamientos. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. ¿Algún otro representante de partido quiere hacer uso de la palabra? Ahora sí, ¿doctor? Ya lo voy apuntar, doctor. La maestra Palmira y después el señor representante del Partido Verde Ecologista de México.

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Por favor, Maestra. CONSEJERA ELECTORAL, MTRA. PALMIRA TAPIA PALACIOS: Gracias, Consejero Presidente.

Para no contradecir lo que yo ya había dicho anteriormente, que acompañaba en sus términos este proyecto de lineamientos y diré lo siguiente:

Reconozco su buen ánimo, Presidente, de reunir el mayor consenso en torno a este

documento; entonces, me suscribiría a su propuesta de cambiar el banco de preguntas y respuestas por el de una guía.

Y solamente para que conste en Versión Estenográfica, decir que el documento

tendrá que ser modificado, modificar la fecha del 7 de septiembre, que era la fecha original de la emisión de la convocatoria por el 12 de septiembre; también se modificaría la parte relativa, donde se hablaba de esa guía de 150 preguntas en el documento. Sólo para que conste en Versión Estenográfica y se hagan las adecuaciones en el documento, si es que se aprueba su propuesta, Presidente.

Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejera. Sólo para precisar, sería en caso de ser necesario para que la, porque la guía se iba publicar el 5, o sea, las preguntas se iban a publicar el 5; entonces, eventualmente, incluso si ya están elaboradas las preguntas, con ésas se armaría la guía desarrollada y se publicaría en el plazo más, porque ya vamos a empezar a difundir la convocatoria, en el plazo más oportuno. ¿Le parece? Con los ajustes necesarios. Bien. Después tengo registrada la intervención del señor representante del Partido Verde Ecologista de México y después el Doctor Corona. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente.

He escuchado en escasos tres o cuatro minutos que se ha manifestado pidiendo el razonamiento para que se acompañe por parte de algunos consejeros el presente proyecto.

Yo particularmente no me acuerdo, desde hace mucho tiempo que nos

encontramos en una situación así, y a mí en lo particular me da mucho que encontremos que dentro de los que tienen voz y voto también hay disensos.

¿Y por qué lo celebro?

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Porque eso permite que se permee la visión de los actores de este hemisferio para acá, en donde en algunas ocasiones coincidimos, pero en muchas no coincidimos, y sin embargo, a pesar de ese disenso se llegan a acuerdos.

No quiero que se mal interprete porque luego dicen que soy orador y no sé qué

tantos adjetivos me tildaron, pero encuentro en este momento una divergencia entre el deber ser y el ser de los sistemas jurídicos en su conjunto. Nosotros somos un sistema jurídico en nuestro conjunto y tenemos muchas diferencias.

En mi caso particular no me atrevo pedir que acompañen, al contrario felicito que no

acompañen porque les da la oportunidad de ser un tanto cuanto más terrenales, como es el caso, por lo menos de este representante político que no tiene derecho a voz, pocas veces, y a voto menos.

Muchas gracias, señor Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. ¿Alguien más en tercera ronda?

Había pedido el Consejero Corona, se los explico que será el último que intervenga, porque quiere razonar su voto antes de terminar.

Perdón, el representante del PRI y después el Maestro García, después MORENA. Por favor, señor representante.

REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. JULIÁN HERNÁNDEZ REYES: Gracias, señor Presidente. En mi pasada intervención, la verdad es que yo fui claro al señalar que la

construcción de este documento fue elaborada en una diversidad de reuniones de trabajo y de sesiones de la Comisión.

Nosotros en esta sesión y en la anterior, hemos solicitado, en primer lugar, que todos

los documentos sean discutidos en Comisión para que al momento de que lleguen al seno del Consejo General ya tengamos un conocimiento amplio de lo que aquí se expone.

Hemos pedido lugares para poder nosotros expresar nuestras opiniones en diversos

lugares, nosotros como partidos políticos únicamente tenemos la oportunidad de participar con voz.

Por eso en el seno de las comisiones es donde muchas veces se despresurizan temas

tan delicados como éstos. Nosotros no acompañaríamos la propuesta del señor Presidente por el siguiente

motivo: Somos respetuosos del trabajo de comisiones.

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Este trabajo se generó en el seno de la Comisión de Organización dentro y fuera del Instituto. En ese entendido consideramos nosotros que sería una falta de respeto también hacia aquellos representantes que estuvieron en todo momento apoyando y valorando este tipo de situaciones, argumentando a favor y en contra, nosotros ya dijimos, cedimos en algunas cosas porque por supuesto que entendemos que a través de los consensos generamos una diversidad de acuerdos que en lo particular benefician el buen funcionamiento del Instituto.

Nosotros les dijimos “hay que ser muy sensibles ante esta situación”, porque simple y

sencillamente el tema de la integración de los órganos desconcentrados es lo que simple y sencillamente es la columna vertebral del Instituto para que pueda observar, desarrollar y vigilar el proceso electoral.

Si nosotros llegamos a un acuerdo en lo general para la aprobación de este

documento, que se venga a la mesa con argumentos que no sabemos de dónde los sacaron consejeros integrantes de la propia Comisión para señalar que simple y sencillamente están en contra.

Si ellos también inclusive razonaran su voto y dijeran “sabes qué, derivado de una

disposición, yo voy a favor del propio Acuerdo y lo sacamos tal y como está o con las observaciones que ustedes señalen”, estaríamos también convencidos de que pudiéramos generar consensos.

Pero creo que de esa manera únicamente lo que están haciendo es restarle certeza

al propio procedimiento, porque ya señalan que habrá modificaciones a diversas etapas del mismo, pero no sabemos cuáles serían, no sabemos en dónde se afectaría, no conoceríamos nosotros el documento final que ustedes pretenden aprobar, aún y cuando de acuerdo a las prácticas parlamentarias, en las sesiones del Consejo General no tenemos nosotros una situación en el sentido de aprobar en lo general y reservar en lo particular algún punto en específico.

Considerando este tipo de limitaciones es por lo que nosotros ya exploramos en el

seno de la Comisión este tipo de situaciones y acompañaríamos el proyecto tal y como está. Sería cuanto. Muchas gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene ahora el uso de la palabra el Consejero Miguel Ángel García Hernández.

CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA HERNÁNDEZ: Gracias, Presidente. Yo reiterar, finalmente lo que comenté minutos anteriores, dar esta claridad,

efectivamente, como lo dice Julián, en integrar estos órganos, que son la columna vertebral del Instituto me parece que es toral y siempre su servidor estará suscribiendo las mejores condiciones.

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Por tal, como lo señalé anteriormente, mi voto será en favor del proyecto, con las modificaciones que claro, entiendo también recoge las preocupaciones de los partidos políticos que he reiterado, ustedes son los contendientes, nosotros somos los árbitros, tenemos que dar las reglas claras y me parece que simplemente ya nada más es para obviar, porque tengo entendido hay un trabajo pendiente que está por salir y creo que también hay que seguir trabajando en esos temas.

Es cuanto, Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, Consejero. Tiene ahora el uso de la palabra el señor representante de MORENA, en tercera

ronda.

REPRESENTANTE DE MORENA, LIC. RICARDO MORENO BASTIDA: Quiero felicitar a este Órgano Colegiado, porque los disensos son sanos; disentir, enriquece; las ideas únicas, los pensamientos únicos, retardan a las sociedades.

Gracias a este disenso han generado un gran consenso, valga la expresión. Y qué

bueno, qué sano, porque está depositada la confianza de los partidos políticos, de los actores en ese procedimiento que se está aprobando. Yo no creo que las comisiones tengan la verdad única, desde luego que no, las condiciones cambian, los momentos cambian, se enriquece el pensamiento fuera de comisiones también, se escuchan otras posiciones y al final de cuentas este órgano es el órgano resolutor, es el órgano que aprueba una propuesta que viene de comisiones. Y qué bueno que sea en este Órgano donde se discutan estos disensos, de cara a la sociedad, con argumentos sólidos, me parece. Me parece que en un acto reflexivo, las señoras consejeras, los señores consejeros, han anunciado algunos ya su intención de modificar una propuesta original, que seguramente ya habían votado en comisiones también. Y no pasa nada, disentir generó un gran consenso en una situación que parecía menor, pero vimos que no lo es. Al final de cuentas me parece que sostener este esquema de la publicación de preguntas y respuestas mete más ruido. Yo me quedo con la sensibilidad que han demostrado, lo digo abiertamente, para poder sacar no sólo éste, sino el anterior consenso también, y eso habla bien del Instituto. Yo no le reclamo en absoluto el que no existan mesas políticas y demás, porque creo que es más convincente y más conveniente para este Instituto que en un terreno de normalidad democrática se pueda discutir, disentir y acordar, y acordar de frente a la sociedad siempre es más sano.

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Muchas gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, señor representante. ¿Alguien más en tercera ronda? En tercera ronda, el Consejero Gabriel Corona. Por favor, Consejero. CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: Gracias, Consejero Presidente. Lo primero es una duda, porque aunque estoy de acuerdo con que se modifique esta cuestión relativa al examen con preguntas y respuestas, que sólo favorecía la capacidad de memorizar y no de razonar, por ejemplo, y en ese sentido apoyaré esa propuesta, dado que el Reglamento no permite abstenciones, me parecería lo más lógico en este momento para quienes hemos manifestado disenso. Mi postura respecto al proyecto que se presenta se mantiene en el sentido de votarlo en contra, salvo esta modificación que he señalado, porque desde el punto de vista de esta consejería, se aparta de los lineamientos respectivos del INE en la entrevista y en la insaculación. ¿En la entrevista por qué? Cualquier diccionario lo puede decir, se pierde la posibilidad de tener un contacto visual, de conocer a la persona, de ver su carácter, su postura, de ver su aplomo, de ver su seguridad, de ver tantas cosas que sólo pueden ser logradas a través de eso, aunque entiendo muy bien las dificultades que es entrevistar a un gran número de personas. Pero otros estados ya lo han hecho, de hecho Puebla comenzó a hacerlo, nada más que los tiempos no le alcanzaron y por eso le autorizaron de manera excepcional la entrevista escrita. Y respecto a la insaculación, no he escuchado y no he leído ninguna otra referencia a ese mecanismo, más que para la integración de mesas directivas de casilla, ahí sí está considerado este procedimiento. Pero como he dicho en otro momento, incluso ahí se privilegia la preparación, el Presidente de la Mesa Directiva de Casilla es el de más escolaridad y así sucesivamente. De todas maneras, quiero, igual que muchos, congratularme de que ésta es una sesión muy civilizada y que quienes hemos disentido, hemos sido tratados con respeto. Ojalá sea el ánimo que prevalezca en el futuro. En ese sentido, me da gusto, me doy por satisfecho y, al igual que la Consejera Guadalupe González Jordan, apoyaré, dado que si esto es aprobado por la mayoría de mis compañeros y es ratificado por los tribunales, en caso de que alguien decidiera impugnarlo, con entusiasmo cada una de estas actividades que estarán contenidas en los lineamientos.

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Gracias. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias a usted, Consejero. En tercera ronda, el señor Consejero Saúl Mandujano. Por favor. CONSEJERO ELECTORAL, MTRO. SAÚL MANDUJANO RUBIO: Gracias. También con el ánimo de razonar mi voto, que acompaño el Acuerdo en los términos con la propuesta que han hecho de ajustar la parte relativa al cuestionario, que ahora sea una guía. Pero quiero insistir que cuando el INE notifica a los institutos electorales locales los acuerdos mediante los cuales desahoga una consulta, no es para que lo archivemos. El INE nos notificó el acuerdo mediante el cual atendió una consulta de Puebla, con respecto a las entrevistas escritas; el segundo resolutivo dice que se envía copia a los consejos generales de las demás entidades federativas y no lo manda para que se guarden, para que se archiven, sino para que se observen, porque vinculan, por eso se envían. Al enviarlo, en Puebla, el Instituto Nacional Electoral autoriza las entrevistas escritas y razona que esto no se aparta del artículo o del Acuerdo 865. ¿Cuál es el sustento legal de la entrevista? Un Acuerdo de la propia Comisión de Vinculación del INE que está permitiendo entrevistas escritas; se apartan del modelo, eso lo autorizó el INE y el INE notificó a ese Instituto Electoral. Y los acuerdos mediante los cuales se desahogan entrevistas, sí vinculan, por eso se nos notifican. Segundo, la insaculación. No estamos discutiendo si es mesa directiva de casilla o no, estamos discutiendo que esa es una práctica de ese Instituto Electoral, de este Instituto Electoral y que ha funcionado por varios procesos electorales. ¿Por qué se insaculan? Porque hay principios rectores que se salvaguardan: Independencia, imparcialidad y objetividad. Eso es suficiente para sostener que la insaculación tiene base legal. Yo no le veo a este Acuerdo ningún indicio de ilegalidad, ninguno; está perfectamente sustentado en el 865. ¿Por qué? Porque ese acuerdo sólo marcó una directriz general y cada Instituto lo instrumenta en la medida en que le resulta pertinente. Y creo que lo pertinente es insacular, porque eso les da certeza, transparencia e independencia a los ciudadanos consejeros. Es cuanto. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Consejero. ¿Alguien más en tercera ronda?

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Al no haber más intervenciones, pido al señor Secretario consulte sobre la eventual aprobación del proyecto de Acuerdo, con dos modificaciones que quiero puntualizar, a reserva de que están en la Versión Estenográfica de esta sesión.

Una sería el ajustar o puntualizar que el acta de nacimiento se debe presentar en copia certificada y una copia para que se quede en el expediente, y se puedan cotejar una con otra, que sean copia de la misma, porque a veces tenemos dos actas diferentes, entonces tendrán que ser dos copias o dos documentos, copia uno del otro, vaya.

La segunda es que, en lugar de lo que está previsto en el Lineamiento y en la

convocatoria de publicar un cuestionario de preguntas y respuestas, se publicará una guía de estudio con la que se elaborarán las preguntas y respuestas del cuestionario. Ese sería el cambio.

Buscaríamos la redacción más afortunadamente y la precisión en las diferentes partes

del Lineamiento y de la convocatoria que lo tocan y que esta publicación de la guía de estudio no sería a partir del 5, sino hasta el 12, que coincide y es cuando se empiezan a recibir papeles y ahí mismo se puede entregar, una vez entregándosela a los participantes, también poner pública en la página de internet, no sería óbice una cosa de la otra.

Con estas dos modificaciones, si no hay oposición, le pediría al señor Secretario nos

consulte sobre la eventual aprobación del Acuerdo y sus anexos.

SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Con su permiso, señor Consejero Presidente. Someteré a la consideración de las consejeras y consejeros el proyecto de Acuerdo identificado con el número 76/2016, con las dos consideraciones que usted ha expuesto y que han quedado registradas, y con el consecuente ajuste en el texto de los Lineamientos que se presenta. Con estas observaciones, pediré a las consejeras y consejeros que están por la aprobación, lo manifiesten levantando la mano. Se registran cinco votos a favor. Pediría que quienes estén por la no aprobación, lo manifiesten de igual forma. Se registran dos votos en contra, señor Consejero. CONSEJERO ELECTORAL, DR. GABRIEL CORONA ARMENTA: ¿Puedo entregar mi voto razonado? CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Sí por favor, señor Consejero. Le pido al señor Secretario que proceda con el siguiente asunto del orden del día, por favor.

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SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, el siguiente punto es el 11 y corresponde al Proyecto de Acuerdo por el que se aprueba el Calendario del Proceso Electoral Ordinario 2016-2017; discusión y aprobación en su caso. Si me lo autoriza, haría del conocimiento del Órgano Colegiado que recibimos observaciones de la Doctora María Guadalupe González Jordan, Consejera Electoral, respecto a los ajustes que habrá de sufrir el calendario del proceso, en razón de la reciente aprobación del propio Reglamento de Candidaturas Independientes.

Son observaciones que nos ha hecho llegar también la Dirección de Organización, que coinciden, y que tienen que ver fundamentalmente con ocho actividades, que se ven impactas en razón de la reciente aprobación del reglamento y que nos referencian particularmente en el documento que se está presentando, en el calendario estábamos haciendo alguna referencia a un artículo, en el primer caso, a un artículo número 8º del reglamento anterior, debiendo ser ahora el 7º; en el mismo caso está el artículo 12, debiendo decir ahora artículo 11; artículo 15, debiendo decir ahora artículo 14; artículo 16, debiendo referir ahora al número 15.

Y agregar en el caso particular un fundamento jurídico, en la actividad 45, plazo para

la recepción de la solicitud de registro de candidaturas, es una sugerencia que también se nos hace.

Artículo 33, debiendo decir ahora artículo 22; y finalmente artículo 48, debiendo ser

artículo 34. Esto en razón de la reciente aprobación del reglamento que ya se ha citado. Sería cuanto, señor Consejero Presidente.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Muchísimas gracias, señor Secretario. Con la consideración hecha de las observaciones derivadas del Acuerdo que se aprobó recientemente en esta misma sesión, está a consideración de nosotros el proyecto de Acuerdo. Tiene el uso de la palabra, en primera ronda, el señor representante del Partido Verde Ecologista de México y después Movimiento Ciudadano. REPRESENTANTE DEL PVEM, LIC. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ: Gracias, señor Presidente. Toda vez que las informaciones que nos ha dado el señor Secretario van impactar el presente proyecto que se va atender y teníamos un anteproyecto donde ya conocíamos el calendario, el motivo de mi intervención es muy sencilla: Derivado de estas modificaciones, ¿podríamos conocer en cuánto tiempo se nos podría circular el proyecto del calendario, ya en los términos en lo que se va aprobar? CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Sí.

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Me comenta el señor Secretario que lo podríamos tener en nuestros correos electrónicos oficiales hoy mismo, antes de que termine el día, porque además son, donde decía artículo 12, ahora es artículo 13; plazos estrictamente no se mueven, salvo el de la convocatoria, que pudiera hacerse antes. Nada más.

Pero hoy mismo lo tendríamos en nuestros correos, esos sí en nuestros correos

electrónicos. Perdón, había solicitado primero el uso de la palabra Movimiento Ciudadano y

después el Revolucionario Institucional. Por favor.

REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: Gracias, Presidente.

Revisando el calendario electoral que se nos circuló y aquí hemos hablado mucho de poder garantizar los ejes rectores que rigen a la materia electoral, principalmente el de certeza.

Tenemos que recordar que en la sesión de Consejo General próxima pasada se

aprobaron tanto los lineamientos como el manual de procedimientos para lo que conocemos como monitoreo anticipado.

Y en el manual se habla de la temporalidad del monitoreo, pero nada más nos dice

que a solicitud de un partido político para la realización del monitoreo, previo el Consejo General ordenará el inicio del mismo, cuya conclusión será antes del inicio del periodo de precampañas.

Sin embargo, en el calendario yo no veo reflejado un plazo en el cual se establezca

un término para poder realizar esta solicitud, y esto considero que sí es importante. ¿Por qué? Porque terminando este proceso electoral de Gobernador, estaremos inmersos ya

también en nuestro proceso local y en un proceso federal 2017-2018. Aquí sería importante saber si esa solicitud de monitoreo anticipado se puede realizar

a partir de este momento, digo, porque el calendario no lo establece y tendría que establecerlo.

Nos queda claro que si las precampañas inician el 23 de enero, pues debe también

haber un término para poder hacer esta solicitud de monitoreo anticipado, porque si lo solicitamos el día 22 de enero, obviamente que no estaríamos en aptitud de poder realizarlo.

Creo que sí es necesario el poder establecer un plazo para llevar a cabo esta

actividad, porque de otra forma vamos a dejarlo este plazo única y exclusivamente a criterio, a una facultad de discreción, a lo mejor de alguno de los consejeros de este

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Consejo General, que diga “sabes qué, hiciste tu solicitud, pero para mi gusto obviamente que ya no nos va a dar tiempo de hacerlo, por lo tanto no se concede”.

Y esto adquiere mucha relevancia porque ya algunos actores políticos que

identificamos y relacionamos plenamente con algunas fuerzas políticas, pues ya han empezado a soltarse el chongo. No voy a mencionar quiénes son, pero invariablemente que a uno lo tengo al frente y al otro lo tengo a mi diestra.

En ese sentido, y les digo esto nos va a impactar también en la elección del 2018,

entonces sí quisiera que pudiese darse alguna propuesta respecto del plazo sobre del cual se tenga que realizar la solicitud de esta actividad del monitoreo anticipado, precisamente para poderle dar certeza a esta actividad y no dejarlo como una facultad discrecional de alguien nada más.

De momento sería cuanto. Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Tiene el uso de la palabra el señor representante del Partido Revolucionario

Institucional.

REPRESENTANTE DEL PRI, LIC. JULIÁN HERNÁNDEZ REYES: Gracias, señor Presidente. Nada más una consulta y aprovechando la buena disposición que hay de parte de

usted, en virtud de que aprobamos un acuerdo que no conocemos, con los propios Lineamientos para la Designación de Consejeros, quisiéramos hacer la misma pregunta que se hizo en estos momentos: ¿Cuándo y a qué hora estaríamos en posibilidad de tener la versión final?

Entendemos que el desarrollo de la guía no es fácil, eh, o sea, lo dejaríamos eso por

un lado, la verdad es que con el consenso que generaron ustedes en el sentido de que esto puede llevarse algunos días, no quisiéramos el desarrollo de la guía, quisiéramos nada más conocer los lineamientos con las fechas precisas únicamente.

Entendemos que el otro documento estaría posterior, así es como ustedes lo

aprobaron, pero sí la versión final de estos lineamientos para conocer las fechas que ustedes hicieron referencia.

Sería cuanto. Muchas gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor representante. Y como es una pregunta directa, me pide el señor Secretario que nos permita

consultarlo con la Dirección de Organización, que se pondrá a trabajar a la brevedad porque tiene que revisar todas las áreas o todas las partes del documento que se afectaron y también entregarlo a la brevedad posible; ahí sí no me comprometo a hoy, pero sí a la brevedad posible, porque además sería el único cambio que encontraríamos.

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Gracias. ¿Alguien más en primera ronda? ¿En segunda ronda? No. Quisiera iniciar la segunda ronda, mencionándole al señor representante de

Movimiento Ciudadano que, efectivamente, esta tarea que usted nos señala sería muy útil tenerla clarificada, pero creo que tendría que ser por supuesto no asunto para resolver aquí y ahora, toda vez que además el calendario que estaríamos aprobando ahí no es inamovible.

El propio considerando número XVIII en su último párrafo señala que cabe hacer

notar que este calendario podrá ser modificado con motivo de los acuerdos que en el ámbito de su competencia emita el Instituto Nacional Electoral e incida en el Proceso Electoral 2016-2017, así como por los convenios que, en su caso, suscriba dicha actividad administrativa nacional y el Instituto Electoral del Estado de México, lo cual parece que también incluye los acuerdos que aquí tomemos para hacer alguna precisión al respecto.

Finalmente tratamos en este documento de compilar las fechas y plazos, momentos

legales y de nuestra normatividad interna que lo señala. Entonces si se añade un plazo legal, tendríamos que modificar el calendario en esa parte, en la parte atinente.

Estaría abierto su servidor a escuchar las propuestas necesarias, ya sea a través de la

propia CAMPyD para ajustar esta inquietud que usted tiene. En segunda ronda, tiene el uso de la palabra el señor representante de Movimiento

Ciudadano.

REPRESENTANTE DE MC, MTRO. CÉSAR SEVERIANO GONZÁLEZ MARTÍNEZ: Gracias, Presidente. Como se está aprobando un calendario en el cual no se está dando certeza a esta

actividad, y nada más para efecto de poder a lo mejor empezarla a revisar, sí me gustaría que nos comentara, señor Presidente, si a partir de este momento podemos empezar a realizar esa solicitud o no, para que pueda esto constar en la Versión Estenográfica; y si no está el plazo ahí dentro de lo que es el calendario, cuando menos usted nos pueda decir a partir de qué momento.

Gracias.

CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias. Como es una pregunta directa también, le diría que en este momento no tengo

elementos para contestarle.

¿Alguien más en segunda ronda?

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No. Al no haber más intervenciones, pido al señor Secretario consulte sobre la eventual

aprobación del proyecto de Acuerdo y del calendario derivado, con las precisiones que nos hizo. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Con las observaciones que han quedado registradas, consultaría a las consejeras y consejeros si están por aprobar el proyecto de Acuerdo relativo al punto 11 del orden del día. Les pediría que, si es así, lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias, señor Secretario. Le pido proceda con el siguiente asunto, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: Señor Consejero Presidente, es el número 12, corresponde a asuntos generales y le informo que no han sido inscritos durante la aprobación del orden del día. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Toda vez que no tenemos asuntos generales que tratar, le pido proceda con el siguiente asunto, por favor. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL: El siguiente es el 13 y corresponde a la declaratoria de clausura de la sesión. CONSEJERO PRESIDENTE, LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ: Gracias. Siendo las 16:53 horas, de este día viernes 2 de septiembre de 2016, damos por clausurada esta Vigésima Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México. Por su participación y asistencia, muchísimas gracias. Buenas tardes.

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