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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONALESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN
UNIDAD SANTO TOMÁS
Que para obtener el Título de:
LICENCIADO EN RELACIONES COMERCIALES
Presentan:
CONDUCTOR: L.C.I. ANTONIO RIZO GUZMÁN
MÉXICO, D.F. NOVIEMBRE 2011
TRABAJO FINAL
SEMINARIO:
LA OPERACIÓN ADUANERA Y EL COMERCIOINTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AÉREO.
“MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPORTACIÓNDE PASAMANOS PARA ESCALERAS MECÁNICAS”
OSWALDO BAHENA HERRERA
TANIA ITZEL GARCÍA LAZCANO
CLAUDIA ITZEL RAMÍREZ MORENO
ANA REBECA VELÁZQUEZ REYES
ARACELI VERA VÁZQUEZ
LICENCIADO EN NEGOCIOS INTERNACIONALES
Presenta:
KARINA GRISELDA LAJA MONTES
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
CARTA DE CESIÓN DE DERECHOS.
En la Cd. De México D.F., el día 30 del mes de Noviembre del año 2011 los que
suscriben:
Oswaldo Bahena Herrera.
Tania Itzel García Lazcano.
Claudia Itzel Ramírez Moreno.
Ana Rebeca Velázquez Reyes.
Araceli Vera Vázquez.
Karina Griselda Laja Montes.
Pasante(s) de las Licenciatura(s):
Lic. En Relaciones Comerciales.
Lic. En Negocios Internacionales.
Manifiestan ser autores intelectuales del presente trabajo final, bajo la dirección de
L.C.I. Antonio Rizo Guzmán y ceden los derechos totales de trabajo final
“Manual de procedimientos para la importación de pasamanos para escaleras
mecánicas”, al Instituto Politécnico Nacional para su difusión con fines académicos
y de investigación para ser consultado en texto completo en la Biblioteca Digital y en
formato impreso en el Catálogo Colectivo del Sistema Institucional de Bibliotecas y
Formación del IPN.
Los usuarios de la información no deben reproducir el contenido textual, gráficas o
datos del trabajo sin el permiso del autor y/o director del trabajo. Este puede ser
obtenido escribiendo a la siguiente dirección electrónica
[email protected]. Si el permiso se otorga el usuario deberá dar el
agradecimiento correspondiente y citar la fuente del mismo.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
I. INTRODUCCION.
Eh aquí un instrumento ágil, concreto y claro para la comercializar con los estatutos
legales y permitidos en el medio aéreo para nuestra nación y las que residen en este
planeta. Una herramienta de substancial provecho en el comercio internacional.
Desde las dependencias responsables para la supervisión de mercancías y
empresas que cumplan con parámetros preestablecidos en su largo existir. Hasta el
cálculo monetario y financiero de transporte en mercancías, maniobra y legalización
de las mismas podrá ser hallado en procedimiento y ejecución en dicho sumario.
Además de las compañías intencionales dedicadas al transporte aéreo, medias
internacionales que apoyan el las órdenes preestablecidas, contenedores y
amortiguadores delimitados y estandarizados mundialmente para manipular grandes
cantidades y volúmenes de mercancías de continente a continente. La clasificación
de aviones, rutas en transporte, términos de comercio, aclaraciones del sistema
aduanal, particularidades dentro de país, costos por manipulación y un sin número de
anunciaciones sobre detalles que se deben considerar para la transportación de
mercancías y objetos no comerciales dentro del sistema aéreo.
Sin importar la compañía o agente que se contrate al momento de importar o
exportar cualquier cantidad o cualquier artículo, es importante conocer el trayecto, la
documentación y procedimientos que a de incursionar en suelo extranjero. Las
responsabilidades que esto implica, depende de todo profesionista enfocado al
comercio, ya sea internacional o no, no podemos restar valor al conocimiento e
información que gracias a las tecnologías y medios de difusión están ahora a nuestro
alcance. Recomendamos ampliamente la consulta de este material para mejora y
eficacia de nuestro sistema comercial.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
PÁGINA
I. INTRODUCCIÓN.
II. INDICE.
III. PROLOGO.
IV. OBJETIVO.
V. A QUIEN VA DIRIGIDO.
UNIDAD I ANTECEDENTES.
1.1. Secretarias de Estado Gobierno Federal 1
1.2. UMC utilizadas en el C.I. y Factores de Conversión 3
1.3. Organismos Internacionales y Secretarias de 7
Estado que regulan la Op. Aduanera, Comercio Internacional
y el Tranporte Aereo.
1.4. Principales Líneas aéreas comerciales en México 8
1.5. Aeropuertos Nacionales e Internacionales que operan en 13
México.
1.6. Importancia del Canal de Panama en el C. I. 15
UNIDAD II ENVASE, EMBALAJE Y TIPO DE CONTENEDORES USADOS EN EL
TRANSPORTE AÉREO.
2.1. Tipos de Envases. 18
2.2. Tipos de Embalaje. 21
2.3. Tipos de Contenedores. 27
2.4. Elementos Sujetadores y Amortiguadores. 31
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
2.5. Simbología de Embalaje. 35
2.6. Envases y Contenedores para Productos Peligrosos. 40
UNIDAD III CONSOLIDADORAS DE CARGA, TARIFAS, RUTAS, CONEXIONES E
ITINERARIOS.
3.1. Consolidadoras de Carga Aérea 52
3.2. Agencias de Carga. 54
3.3. Agente de Carga. 55
3.4. Aviones Comerciales, Cargueros y Mixtos. 55
3.5. Dimensiones de los Compartimentos de Carga. 57
3.6. Capacidad Máxima de Carga en las Aeronaves. 60
3.7. Rutas, Conexiones e Itinerarios de Líneas Aéreas. 62
3.8. Tarifa de Transporte Aéreo por Peso, Volúmen y Distancia. 71
3.9. Cálculo de Peso Bruto, Peso Neto y Peso Volumétrico. 72
3.10. Cálculo de costo por kilogramo. 73
3.11. Cálculo de costo por distancia. 74
3.12. Costos totales de Transportación. 74
3.13. Guía Aérea. 76
3.14. MAWB Y HAWB. 79
3.15. Incoterms. 80
UNIDAD IV ADUANAS EN MÉXICO.
4.1. Aduanas en México y sus funciones. 83
4.2. Funciones de las Autoridades Aduaneras. Art. 3 L. A. 91
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
4.3. Recinto Fiscal
(costo, almecenaje y maniobras de carga y descarga) 91
4.4. Recinto Fiscalizado.
costo, almacenaje y maniobras de carga y descarga) Art. 26 L. A. 95
4.5. Obligaciones del Agente Aduanal Art. 162 L. A. 107
4.6. Personal Técnico Aduanero y sus funciones. 107
UNIDAD V MERCEOLOGÍA Y ASPECTOS JURÍDICOS.
5.1. Clasificación Arancelaria (LIGIE) 108
5.2. Regímen Aduanero. 126
5.3. Ley Aduanera. 134
5.4. Ley de Comercio Exterior. 139
5.5. Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Ext. 143
5.6. Decreto para la Promoción del Comercio Exterior. 145
UNIDAD VI OPERACIÓN ADUNANERA Y DESPACHO DE MERCANCÍAS
ESPECIALES.
6.1. Animales Vivos. 150
6.2. Restos Humanos. 152
6.3. Ejercicios. 155
6.4. Caso Práctico. 163
Glosario.
Conclusiones.
Bibliografía.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
III. PROLOGO.
A través de su historia, el hombre dotado de capacidades múltiples ha tenido la
necesidad intercambiar todo aquello que a considerado un bien con valor significativo
por artículos que aquilaten su importe. Este proceso milenario y altamente fructífero
le ha permitido ver más allá de las imaginarias fronteras geográficas aprovechando
cada paso, cada ruta descubierta día con día. Sembrando en este largo pero
significativo proceso, infinidad de alternativas adjuntas a la ciencia y tecnología
agudamente desarrolladas. Alternativas que en este compendio e investigación han
sido citadas.
Alternativas que a su vez, se han implementado, arraigado y contraído en nuestro
sistema de consumo internacional (compra-venta)dando suma importancia para la
comercialización y transacción de bienes y servicios de toda índole y giro. El
comercio internacional que ahora parte no solo del desplazamiento de mercancías
pagando monetariamente por ella, sino toda esa reseña y semblanza que trae debajo
del brazo. Permisos, normas, leyes, sin número de cánones registrados
internacionalmente para un libre y controlado canje de bienes. Con oferta y/o
demanda estos innumerables artículos son desplazados diariamente para su
adquisición. Seguir las reglas de juego es legal, estable y marca el avance de este
“Monopoly” comercial para evitar lo más posible los altercados con países vecinos
consumidores y amigos.
Tanto por vender, tanto por comprar y transportar. Infinidad de cosas que a su vez
son delicadas y sensibles ante cualquier circuito y medio de transporte, el como
enviarlos de un lugar a otro genera un inversión de protección y salva guarda que no
se debe considerar a la ligera. Preparar “vestiduras”, desarrollar medios idóneos
para el trayecto aunando al trámite de “pasaporte” con destino extranjero. Para el
caso especial de este compendio nuestro amplio y profundo cielo ha de ser anfitrión
de las transacciones en mercancías que se desarrollan diariamente en todo el
mundo, conjuntamente con las fronteras vigiladas por un sistema “aduanal
globalizado”. Controlando y aplicando rigurosas medidas de interacción legal.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
IV. OBJETIVO.
Establecer un método para analizar y comprender adecuadamente los
procesos logísticos y administrativos llevados a cabo en la operación aduanera
con la finalidad de realizar el tránsito de diversas mercancías de una manera
eficaz, disminuyendo así factores externos e internos que dificulten dichos
procesos, ofreciendo como medio más efectivo el transporte aéreo para la
reducción de tiempo y costos.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
V. A QUIEN VA DIRIGIDO.
A toda aquella persona física o moral interesada en comprar o vender
mercancías a nivel internacional con fines comerciales o personales con la
finalidad de satisfacer sus necesidades.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
VI. AGRADECIMIENTOS.
Los licenciados que hoy concluimos este proyecto queremos agradecer a la
ESCA Santo Tomás y a la ESCA Tepepan al igual que a todo el personal que
lo conforma por el apoyo brindado para la realización de este proyecto y la
oportunidad de finalizar una etapa más en nuestra formación profesional.
Individualmente extendemos este agradecimiento a aquellas personas que
directa o indirectamente nos ofrecieron su apoyo y comprensión incondicional
como es el caso de nuestras familias, amigos, compañeros y centros de
trabajo.
“! Recordando que cada final…es un nuevo comienzo ¡”
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 1
UNIDAD I. ANTECEDENTES.
1.1. SECRETARIAS DEL GOBIERNO FEDERAL.
En México existen 18 secretarías que regulan el comercio exterior en la entrada y
salida de mercancías, las cuales son:
Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
Secretaría de la Reforma
Agraria.
Secretaría de Economía.
Secretaría de Salud.
Secretaría de la Función
Pública.
Secretaría de turismo.
Secretaría de Educación
Pública.
Secretaría de
Comunicaciones y
Transporte.
Secretaría de Relaciones
Exteriores.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 2
Secretaría de Seguridad
Pública.
Secretaría de Desarrollo
Social.
Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales.
Secretaría de Energía.
Secretaría de la Defensa
Nacional.
Secretaría del Trabajo y
Previsión Social.
Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación.
Secretaría De Marina
Secretaría De Gobernación.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 3
1.2. UNIDADES DE MEDIDA COMERCIAL UTILIZADAS EN EL COMERCIO
INTERNACIONAL Y FACTORES DE CONVERSION.
Las Unidades de Medida Comercial son aquellas que nos permiten establecer las
diferentes equivalencias de medidas, pesos y embalajes de los productos
susceptibles de comercializar.
A continuación se muestran las diferentes unidades de medida comercial:
Clave Descripción Clave Descripción
1 Kilo. 12 Juego.
2 Gramo. 13 Kilowatt/Hora.
3 Metro Lineal. 14 Tonelada.
4 Metro Cuadrado. 15 Barril.
5 Metro Cúbico. 16 Gramo Neto.
6 Pieza. 17 Decenas.
7 Cabeza. 18 Cientos.
8 Litro. 19 Docenas.
9 Par. 20 Caja.
10 Kilowatt. 21 Botella.
11 Millar.
Este Apéndice 7 del Anexo 22 de las RCGMCE/2010 se publicó el 6 de julio de 2010
(Art. Segundo Resolutivo, RCGMCE/2010, DOF 30/VI/2010)
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 4
Los factores de conversión son medidas de valor unitario o magnitudes
proporcionales, que permiten expresar magnitudes en diferentes unidades
equivalentes.
A continuación se muestra un listado de los factores de conversión más usados en el
comercio internacional:
LINEAL
1 Centímetro. 0.3937 Pulgadas.
1 Pulgada. 2.54 Centímetros.
1 Metro.
1.0936 Yardas.
3.2808 Pies.
39.370 Pulgadas.
1 Kilómetro. .6214 Millas.
1 Milla Terrestre. 1.609 Kilómetros.
1 Milla Náutica 1.852 Kilómetros.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 5
SUPERFICIE.
1 Hectárea
10,000 Metros Cuadrados.
0.1 Kilómetros Cuadrados.
2471 Acres.
11.960 Yardas
1 Acre.
4.047 Metros Cuadrados.
4.840 Yardas Cuadradas.
43,450 Pies Cuadrados.
1 Kilómetro Cuadrado.
0.3861 Millas Cuadradas.
247.1 Acres.
1 Milla Cuadrada.
2.5898 Kilómetros Cuadrados.
640 Acres.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 6
VOLUMEN.
1 Litro
1,000 Mililitros.
61.026 Pulgadasᶟ.
0.21998 Galones Imperiales.
0.26418 Galones U.S.
1 Galón Imperial.
4.546 Litros.
1.20096 Galones U.S.
1 Galón U.S.
3.78528 Litros.
1 Barril U.S.
42 Galones U.S.
34.972 Galones Imperiales.
0.15899 Metros Cúbicos.
1 Metro Cúbico.
1,000 Litros.
35.3148 Pies Cúbicos.
1.30795 Yardas Cúbicas.
264.18 Galones U.S.
6.29 Barriles U.S.
CONVERSION DE TEMPERATURA.
°Celsius. 5/9 (°F -32)
°Fahrenheit. (9/5 ° C) + 32
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 7
1.3 ORGANISMOS INTERNACIONALES Y SECRETARIAS DE ESTADO QUE
REGULAN LA OPERACION ADUANERA, COMERCIO INTERNACIONAL Y EL
TRANSPORTE AEREO.
OPERACIÓN ADUANERA
COMERCIO
INTERNACIONAL
TRANSPORTE AÉREO
Organizaciones Internacionales.
SECRETARIAS DE ESTADO.
AGA
Administración General de Aduanas.
18 Secretarías, Trámite de documentos, Restricciones
y Regulaciones no Arancelarias.
Dirección General de Aeronáutica Civil.
49 Aduanas
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 8
1.4 PRINCIPALES LINEAS AEREAS COMERCIALES EN MEXICO.
En México operan las siguientes 85 Aerolíneas
AEROLINEAS MEXICANAS
AEROLINEAS DE BAJO COSTO
AEROLINEAS A NIVEL CHARTER
AEROLINEAS COMERCIALES
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 9
TAXIS AEREOS
AEROLINEAS LATINAS
AEROLINEAS CANADIENCES
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 10
AEROLINEAS AMERICANAS
AEROLINEAS ALEMANAS
AEROLINEAS BELGAS AEROLINEAS HOLANDESAS
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 11
AEROLINEAS SUIZAS
AEROLINEAS INGLESAS
AEROLINEAS ITALIANAS
AEROLINEAS RUSAS
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 12
LINEAS AEREAS DE CARGA
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 13
1.5 AEROPUERTOS NACIONALES E INTERNACIONALES QUE OPERAN EN
MEXICO.
Según la fuente INEGI, muestra que en su último estudio realizado, se obtuvo un
total de 62 aeropuertos, distribuidos en toda la república mexicana.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 14
AEROPUERTOS INTERNACIONALES AEROPUERTOS NACIONALES
Aguascalientes Cd. Victoria
Acapulco Colima
Bahías de Huatulco Comitán
Campeche Cuernavaca
Cancún Ixtepec
Ciudad del Carmen Loma Bonita
Ciudad Juárez Minitlán
Ciudad Obregón Poza Rica
Cozumel Puerto Escondido
Chetumal San Cristóbal de las Casas
Chihuahua Tamuín
Distrito federal Tehuacán
Durango Tepic
Guadalajara Terán
Guaymas Tuxtla Gutiérrez
Hermosillo Uruapan
Ixtapa
La paz
León
Loreto
Los Mochis
Manzanillo
Matamoros
Mazatlán
Mérida
Mexicali
Monterrey
Morelia
Nogales
Nuevo Laredo
Oaxaca
Palenque
Puebla
Puerto Vallarta
Querétaro
Reynosa
San José del Cabo
San Luis Potosí
Tapachula
Tampico
Tijuana
Toluca
Torreón
Veracruz-Llave
Villahermosa
Zacatecas
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 15
1.6. IMPORTANCIA DEL CANAL DE PANAMÁ EN EL C. I.
Cronología
Construcción Autor: Ferdinand de Lesseps.
Francia. Obra anterior: Canal de Suez.
Objetivo del Canal de Panamá:
Conectar los océanos Pacifico con Atlántico.
Inversión Inicial: 60 millones de DLLS
Durante la obra: 120 millones de toneladas de tierra a
remover. (Cordillera Continental-Panamá Limitante)
Comienzan los problemas financieros.
Demasiadas bajas humanas.
Colapso financiero: Comienzan rumores
por fraude e inestabilidad económica para
continuar la obra.(Francia-Panamá Fallece
Lesseps.
Más de 20 mil personas muertas.
17 años después: John Stevens-Marina de EUA,
retoma la obra. El presidente Franklin D.
Roosevelt la compra por 10 millones de dlls.
Implementan líneas ferroviarias.
Sistema de Esclusas: debido a las persistentes lluvias y
derrumbes. Roosevelt apoya y envía al Dr. Gorgas para
erradicar Fiebre amarilla de la comunidad. Bienestar para
familias de trabajadores.
Abandona Stevens proyecto: Envían George
Gohetalls (Ingeniero Militar) para continuar
obra. Uso de: 25 Mill de kg TNT para desplazar
en 6 años 80 mill de Toneladas de Roca.
Canal de Panamá:
80 km de circuito, 35 años de construcción, 28 mil personas †, 300 millones dólares. Paso de 40 buques por día, 15 mil buques por año, Acortar las distancias y tiempos de comunicación Marítima.
Conquista de Corte Culebra-Panamá: se
termina circuito, realizan pruebas en
compuertas, 3 años para llenar el sistema
con aguas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 16
Funcionamiento
El Canal de Panamá tiene 80
kilómetros de largo desde el
Océano Atlántico hasta el Océano
Pacífico. Fue excavado en la parte
más angosta del continente
americano y en el punto más bajo
del Istmo de Panamá. El Canal
corre de Noroeste a Sureste,
estando la entrada del Atlántico a
unos 54 kilómetros al Norte y más
de 43 kilómetros al Oeste de la
entrada del Pacífico. La distancia
por aire entre las dos entradas es
de 69.1 kilómetros.
Una nave tarda alrededor de 8 a 10 horas en transitar el Canal, las esclusas que
elevan las naves entre el nivel del mar y el lago son las de Gatún en el Atlántico, y
las de Pedro Miguel y Miraflores en el Pacífico. El tránsito por el Canal, se hace todo
el camino con la ayuda de la naturaleza ya que los barcos se elevan por agua del
nivel del mar al nivel del lago, cruzan el Istmo en el lago y vuelven a bajar al nivel del
mar.
Una nave que transita el Canal desde el Atlántico, con dirección al Pacífico, entra al
cauce desde la Bahía de Limón, después de pasar por el rompeolas de Cristóbal.
Este trecho a nivel del mar en el Atlántico tiene 10 kilómetros de largo y 152 metros
de ancho, atravesando un manglar que se encuentra a nivel del mar.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 17
Las naves descienden o ascienden unos 26 metros a través de las tres cámaras de
las esclusas de Gatún. Cada cámara mide 33.53 metros de ancho y 304.8 metros de
largo. El largo de las esclusas de Gatún, incluyendo los muros de aproximación es de
más de dos kilómetros. Luego la nave continúa en tránsito para entrar a las esclusas
de Pedro Miguel en el extremo Sur del Corte Gaillard, allí desciende unos 9 metros
en un solo paso al nivel del Lago Miraflores que separa los dos juegos de esclusas
del Pacífico.
Principales Rutas Comerciales que Usan el Canal
De la costa este de Estados Unidos al Lejano Oriente
De la costa este de Estados Unidos a la costa oeste de Sudamérica
Desde Europa a la costa oeste de Estados Unidos y Canadá
Principales Productos
Granos
Carga contenerizada
Petróleo y derivados
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 18
UNIDAD II.
ENVASE, EMBALAJE Y TIPO DE CONTENEDORES USADOS EN EL
TRANSPORTE AEREO.
2.1 TIPOS DE ENVASES.
Envase: Es el objeto o contenedor (envase) que contiene a un producto determinado
y que se encuentra en contacto directo con él. El envase o contenedor puede
almacenar nuestros productos de forma líquida, solida o gaseosa.
Sus funciones son proteger, guardar, conservar e identificar al producto que
contiene, también facilita su manejo, transporte y comercialización.
Envases Naturales: Cascara de frutas y verduras. Ejemplo Huevo, nuez,
cacahuate, etc.
Envases Artificiales: Vidrio, plástico, cartón, metálico, unicel, tetra pack.
Primario 1 unidad o 1 elemento
Secundario 2 unidades o 2 elementos
Terciario 3 unidades o 3 elementos
Cuaternario 4 unidades o 4 elementos
Quinario 5 unidades o 5 unidades
Senario 6 unidades o 6 elementos
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 19
Envase Primario: Se llama así al recipiente que tiene la función específica de
contener el producto y que tiene contacto directo con él. Se debe asegurar de
que aquel contenedor no interactúe con el contenido, es decir que el material
del envase no afecte químicamente el producto.
Envase Secundario: Es el envase unitario o colectivo que guarda uno o
varios envases primarios. Si es unitario una de sus funciones será proteger e
identificar al envase primario. Si es colectivo su función será unificar varios
envases primarios.
Envase Terciario: Es el contenedor de 1 o varios envases primarios y
secundarios. Su función es unificarlos y protegerlos durante su distribución y
transportación.
Ejemplo De Envases:
a) Envase Primario b) Envase Primario
c) Envase Secundario d) Envase Secundario
c) Envase Terciario
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 20
a) Envase Primario
b) Envase Secundario
c) Embalaje
Envase primario
Envase secundario
Envase terciario
Embalaje primario
Embalaje secundario
Tarima
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 21
2.2 TIPOS DE EMBALAJE
Es un contenedor generalmente elaborado de cartón corrugado o madera, que tiene
la función esencial de proteger el producto durante su distribución, es decir en las
operaciones de almacenamiento del mismo y depende de su diseño estructural y su
acomodo en la estiba, garantizara que el producto llegue al consumidor en perfectas
condiciones.
TIPOS DE TARIMA DE ACUERDO A SU ESTRUCTURA
GMA
8 Entradas
Máximo 200kg.
No reversible
4 Entradas
Máximo 100kg.
Reversible Doble Cara
4 Entradas
Máximo 300kg.
En Bloque
8 Entradas
Máximo 200kg.
Multiencordado
4 Entradas
Máximo 400kg.
Cara Sencilla Sólida
8 Entradas
Máximo 200kg.
Cara Sencilla
4 Entradas
Máximo 100kg.
Doble cara Sólida
8 Entradas
Máximo 300kg.
Ala sencilla reversible
4 Entradas
Máximo 500kg.
Doble ala reversible
4 Entradas
Máximo 500kg.
TIPOS DE TARIMA DE ACUERDO A SU ESTRUCTURA
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 22
Tipos de Embalaje: Primario y secundario.
Embalaje Primario: Es el contenedor que agrupa varias unidades mínimas de
compra.
Embalaje Secundario: Es el contenedor que agrupa varios embalajes
primarios.
Tarima: Suelo movible de madera, plástico o material honey comb que sirve
para mover productos o mercancías paletizadas de un lugar a otro.
TIPOS DE TARIMAS DE ACUERDO A SUS MATERIALES
Tarima de madera Tarima de madera
ecológica
Tarima de tablero
Honeycomb
Tarima de tablero
Honeycomb y madera
Tarima de plástico Hoja deslizable
(slip sheet)
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 23
Tarima Estándar: Las equivalencias de la tarima estándar son:
Milímetros: Largo 1200 – Ancho 1000 – Altura 150
Pulgadas Largo 48 – Ancho 40 - Altura 6
Tarima Internacional: Las equivalencias de la tarima internacional son:
Milímetros: Largo 1200 – Ancho 800 – Altura 150
Pulgadas Largo 48 – Ancho 52 - Altura 6
Tipos de Embalajes Utilizados en la Transportación de Mercancías
Peso: Inferior a 25 kg.
Características: No tiene listones de soporte o
alguna protección adicional, esta caja es útil para productos pequeños y poco voluminosos.
Peso: Inferior a 75 kg.
Características: Tiene listones horizontales y
verticales que refuerzan el soporte del producto.
Peso: No tiene límite de peso.
Características: Puede llevar dos o más listones
de soporte conforme aumentan el peso y la longitud. Para cargas de gran volumen y peso
Peso: Inferior a 100 kg.
Características: Posee tacos interiores que
brindan una mayor protección y seguridad al producto.
Peso: Superior a 500 kg.
Características: Cuenta con varios listones de
soporte alrededor de la caja. Recomendable para un volumen considerable.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 24
Peso: De 25 a 500 kg.
Características: Tiene varios listones de soporte.
Este tipo de embalaje se puede utilizar para transportar productos como maquinaria pesada, autopartes, etc.
Peso: De 25 a 500 kg.
Características: Está construida con varios
listones de soporte. Es apropiada para productos delicados como artesanías, cristalería, loza, etc.
Peso: Pesos ligeros.
Características: Puede llevar varios soportes
conforme aumenta el peso, dependiendo de la fragilidad del producto puede o no llevar tapa. Se utiliza para transportar hortalizas.
Peso: De 6 a 14 kg.
Características: Cuenta con diversos soportes.
Dependiendo de la fragilidad del producto, puede o no llevar tapa. Se utiliza principalmente para transportar alimentos
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 25
NORMA ISO 7000 DE MARCADO O ROTULADO DE EMBALAJE
PESO BRUTO 380 KG
PESO NETO 340 KG
MA
DE
IN
GE
R
AN
Y
M
60C
MX
60
CM
X1
20C
M
MA
DE
IN
GER
AN
Y
M
4 DE
20
4 DE 204 DE 20
SHIPPER NAME AND ADDRESS CONSIGNEE
NAME AND ADDRESS
PACKING
LIST
PAC
KIN
G
LIS
T
1
2
3
4
5
9
6
7
12
10
11
8
13
15
16
14
1.- Cinta de inspección. (Mercancía revisada por parte del agente aduanal)
2.- Nombre y dirección del embarcador (pueden ser los datos del vendedor o
exportador)
3.- Simbología de almacenaje y transportación.
4.- Logo de la empresa (Empresa manufacturera)
5.- Nombre de la empresa.
6.- Dimensiones del embalaje: largo/ ancho/ altura en cm.
7.- Peso bruto del embalaje: peso total del embalaje y sumatoria total de la
mercancía incluyendo envases, embalajes, elementos amortiguadores y tarimas.
8.- Origen de la mercancía (país donde se manufacturo)
9.- Tipo de Tarima de acuerdo a su estructura.
10.- 4 de 20 significa embalaje 4 de un total de 20
11.- Peso neto: Peso únicamente del producto, no incluye el peso del envase,
embalaje, etc.)
12.- Nombre y dirección del consignatario (nombre del importador o comprador)
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 26
13.- Datos técnicos del producto. (Ficha técnica)
14.- Etiqueta de Guía Aérea. Incluye Guía Master (MAWB) y Guía House (HAWB)
15.- Lista de empaque: listado de datos informativos de la mercancía a nivel
embarque.
Descripción de la mercancía.
Cantidad de piezas compradas.
Especificaciones técnicas del producto.
No. De serie.
Peso bruto y peso neto por embalaje y a nivel de embarque.
No. De parte.
16.- Fleje: fleje de plástico y/o metal.
NOM-144-SEMARNAR-2004
NOM-144-SEMARNAR-2004: Establece las especificaciones técnicas de la medida
fitosanitaria (tratamiento) y el uso de la marca que acredita la aplicación de la misma,
para el embalaje de madera que se utiliza en el comercio internacional. En materia
fitosanitaria, a nivel mundial se reconoce al embalaje de madera como una de las
principales vías de introducción y diseminación de plagas.
Solo la madera (aglomerado) que esta trabajada no llevan esta norma. Solo para
maderas naturales.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 27
2.3 TIPOS DE CONTENEDORES
TIPOS DE CONTENEDORES UTILIZADOS EN EL TRANSPORTE AEREO
Contenedor 88 x 125 x 63". Código IATA AAP / AA2.
Contenedor de aluminio, puede ser adaptado para cargar prendas con colgantes. Dimensiones: 317.5 x 223.5 x 162.5 cm. Volumen disponible: 9.8 m
3
Tara: 230 kg. Peso bruto máximo: 4,625 kg. Compatibilidad con las aeronaves: B747 F / B747 /
A340 / A330 / B777.
Contenedor 96 x 125 x 63". Código IATA AMP.
Contenedor completamente de aluminio, adaptado para cargar prendas Dimensiones: 317.5 x 244 x 162.5 cm. Volumen disponible: 10.8 m
3
Tara: 285 kg. Peso bruto máximo: 6,800 kg. Para PMD y 4,625 kg.
Para PLD Compatibilidad con las aeronaves: B747 F / B747 /
A340 / A330 / B777.
Contenedor. Código IATA AKE
Contenedor completamente de aluminio, cerrado por una solapa. Dimensiones: 156 x 153.4 x 160 cm. Volumen disponible: 4.3 m
3
Tara: 75 kg. Peso bruto máximo: 1,587 kg. Compatibilidad con las aeronaves: B747 / A340 /
A330 / B777.
Contenedor de seguridad Código IATA AMP.
Contenedor completamente de aluminio, a prueba de polvo y sonidos. Contenedor de seguridad 96" x 125” x 63" Dimensiones: 317 x 243.8 x 162.6 cm. Tara: 340 kg. Peso bruto máximo: 6,800 kg. Para PMD, 4,625 kg.
Para PLD.
Contenedor de seguridad Código IATA AAP.
Contenedor completamente hecho de aluminio. A prueba de polvo y sonidos (sellos de goma). Contenedor de seguridad Dimensiones: 317.5 x 223.5 x 162.6 cm. Tara: 311 kg. Peso bruto máximo: 4,625 kg. Compatibilidad con las aeronaves: B747 F / Combi
/ Mixto A340 / A330 / B777.
Contenedor a temperatura regulable. Código IATA RKN.
Capacidad para almacenar hielo: Bloques de hielo hasta 180 kg. Ó hielo a granel hasta 95 kg. Contenedor a temperatura regulable Dimensiones: 156 x 153 x 162 cm. Volumen disponible: 3 m
3
Tara: 267 kg. Peso bruto máximo: 1,588 kg Compatibilidad con las aeronaves:: B747 / B777 /
A340 / A330.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 28
Contenedor 88 x 125 x 63". Código IATA AAP / AA2.
Contenedor completamente de aluminio, puede ser adaptado para cargar prendas con colgantes. Dimensiones: 317.5 x 223.5 x 162.5 cm. Volumen disponible: 9.8 m
3
Tara: 230 kg. Peso bruto máximo: 4,625 kg. Compatibilidad con las aeronaves: B747 F / B747 /
A340 / A330 / B777.
Contenedor 96 x 125 x 96". Código IATA AMA / AQ6.
Contenedor completamente de aluminio, puede ser adaptado para cargar prendas con colgantes. Dimensiones: 317.5 x 244 x 244 cm. Volumen disponible: 15.7 m
3
Tara: 270 kg. Peso bruto máximo: 6,800 kg. Compatibilidad con las aeronaves: B747 F.
Contenedor. Código IATA AKH.
Contenedor completamente de aluminio, manejable por montacargas.60" x 61.5" x 45" Dimensiones: 156 x 153.4 x 114 cm. Volumen disponible: 3.5 m
3
Tara: 85 kg. Peso bruto máximo: 1,135 kg. Compatibilidad con las aeronaves: A320 / A321.
Contenedor. Código IATA AKE.
Contenedor completamente de aluminio, cerrado por una solapa. Dimensiones: 156 x 153.4 x 160 cm. Volumen disponible: 4.3 m
3
Tara: 75 kg. Peso bruto máximo: 1,587 kg. Compatibilidad con las aeronaves: B747 / A340 /
A330 / B777.
Contenedor. Código IATA AKN.
Contenedor disponible con VARIATION FASHION. Manejable por montacargas. Dimensiones: 156 x 153.4 x 160 cm. Volumen disponible: 3.9 m
3
Tara: 120 kg. Peso bruto máximo: 1,587 kg. Compatibilidad con las aeronaves: A340 / A330.
Pallet 95" x 196". Código IATA PGF/P7.
Completamente de aluminio de 70 mm. Asegurado con una red de veinte pies o con amarres de cuerda, junto con los ganchos de anclaje. Dimensiones: Tipo NCD: 498 x 244 x 244 cm. Tipo
SCD: 498 x 244 x 297 cm. Volumen disponible: Tipo NCD: 26 m
3. Tipo SCD:
31.8 m3
Tara: 330 kg. Peso bruto máximo: 7,400kg, distribuidos a lo
ancho, 10,670kg, a lo largo y 23,620kg, a lo largo del fuselaje Compatibilidad con las aeronaves: B747F.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 29
Pallet 88" x 125". Código IATA PAG/PI.
Pallet grueso, con ranuras que proveen puntos de agarre. Pallet 88" x 125" Dimensiones: Tipo NCD: 317.5 x 223.5 x 244 cm.
Tipo SCD: 317.5 x 223.5 x 297 cm. Tipo PLD: 317.5 x 223.5 x 160 cm. Volumen disponible: Tipo NCD: 15.8 m
3, Tipo SCD:
18.9 m3, Tipo PLD: 10.5 m
3
Tara: 115 kg. Peso bruto máximo: 6,800 kg. Compatibilidad con las aeronaves: B747F / B747 /
A340 / A 330 / B777.
Pallet 96" x 238.5". Código IATA PGF/P7.
Pallet de aluminio, 70 mm de grueso, con ranuras que proveen puntos de agarre. Pallet 96" x 238.5" Volumen disponible: Tipo NCD: 32 m
3. Tipo SCD:
38.7 m3
Tara: 515 kg. Peso bruto máximo: 13,600 kg. Estándar y 28,850
kg. Según autorización BIG. Compatibilidad con las aeronaves: B747F.
Pallet 60" x 125". Código IATA PLB.
TIPO 1: Pallet de aluminio, 4 mm de grueso, no se pueden usar amarres de cuerda. TIPO 2: Pallet de aluminio, 4 mm de grueso, con un eje que provee 5 puntos de anclaje para redes Pallet 60" x 125" Dimensiones: 317.5 x 153.4 x 160 cm. Volumen disponible: 6.8 m
3
Tara: 80 kg. Peso bruto máximo: 3,175 kg. Compatibilidad con las aeronaves: A340/ A330.
Pallet con estabilizadores. Código IATA
UMC.
Los estabilizadores están compuestos por 3 paneles hechos de estructura de metal y una puerta. Dimensiones: 317.5 x 244 x 155 cm. Volumen disponible: 11.5 m
3
Tara: 195 m3
Peso bruto máximo: 6,800 kg. Para PMD y 4,625 kg.
Para PLD. Compatibilidad con las aeronaves: B747F / B747 /
A340 / B777.
Pallet con estabilizadores. Código IATA
UAP.
Toda la carga se asegura con redes en cada pallet durante su transporte. Pallet con estabilizadores Dimensiones: 317.5 x 223.5 x 155 cm. Volumen disponible: 10.5 m
3
Tara: 195 kg. Peso bruto máximo: 6,800 kg. Para PMD y 4,625 kg.
Para PLD. Compatibilidad con las aeronaves: B747F / B747 /
A340 / B777.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 30
Pallet con estabilizadores. Código IATA
BAV.
Basado en un pallet aeronáutico, los lados removibles son de construcción tubular cubiertos con redes durante su transporte. Pallet con estabilizadores Dimensiones: 317.5 x 223.5 x 100 cm. Volumen disponible: 10.5 m
3
Tara: 195 kg. Peso bruto máximo: 6,800 kg. Para PMD y 4,625 kg.
Para PLD. Compatibilidad con las aeronaves: B747F / B747 /
A340 / B777.
Pallet dos niveles para autos. Código IATA
VRA.
Cuenta con dos soportes hechos con tubos de aluminio. Todo el kit puede ser desmantelado. Pallet dos niveles para autos Dimensiones: Depende del pallet usado PZA, (P4) o
PGF (P7). Volumen disponible: 10.5 m
3
Tara: PZA 640 kg. PGF 825 kg., sólo el kit 320 kg. Peso bruto máximo: 5,000 kg. Y 2,500 kg. Máximo
para vehículos en la parte superior. Altura máxima del vehículo: 147 cm. Compatibilidad con las aeronaves: B747F
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 31
ELEMENTOS SUJETADORES Y AMORTIGUADORES.
En el transporte aéreo y en general en la logística internacional es necesario para un
buen manejo de la carga, que esta se encuentre bien sujetada y amortiguada para
evitar daño durante la manipulación de la carga. Existen diversos aditamentos para
ayudar a que la carga viaje en óptimas condiciones.
Protecciones anti corte para cinta y eslingas. Evitan que la cinta pueda dañarse
durante el transporte. Se adaptan a todo tipo de materiales, cajas, bobinas, etc.
Existe una amplia gama de cierres de seguridad para el aseguramiento de puertas
laterales, traseras, fallebas y quinta rueda.
Los sacos aseguran la inmovilización de su carga de manera eficaz y con toda
seguridad. Se eliminan todos los movimientos y deterioros de vacíos entre las
mercancías durante el transporte.
Se colocan en los espacios vacíos entre las mercancías, se inflan con aire
comprimido. Producen una presión constante en la carga manteniéndola en su sitio
durante toda la duración del transporte.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 32
El uso de las alfombras antideslizantes reduce el número necesario de amarres para
sujetar la carga (siempre dependiendo de la aplicación). Es un producto reutilizable
de alta calidad y durabilidad. El uso de las alfombras y/o esterillas antideslizantes
suponen un aumento considerable de la seguridad durante el transporte.
Cortina de seguridad de un solo uso para contenedores. Evita daños en el material y
en la descarga en la abertura de puertas del contenedor una vez ha llegado a su
destino.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 33
Amarre de un solo uso para la sujeción. Ideal en transporte marítimo en el que el
material de sujeción ya no se recupera.
Cubre pallets térmicos reutilizables. Fabricados en materiales de alta calidad que
mantiene la temperatura del pallet incluso en condiciones de calor extremo.
Los conjuntos de carraca estándares, coloquialmente denominados: zunchos, sirgas,
trinquetes y chicharras de sujeción, se fabricados con todo tipo de ganchos,
terminales, anchos de cinta, etc.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 34
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 35
2.5 SIMBOLOGIA DE EMBALAJE.
Símbolos Pictóricos ISO Fueron desarrollados por la ISO (ISO 780:1983) como un
conjunto de símbolos usados convencionalmente para el marcado de carga a
transportar. De esta manera se resuelven los problemas de diferencias de lenguas y
el analfabetismo de estibadores y consignatarios.
Los símbolos deben ser reproducidos en negro sobre fondo claro si el embalaje es
oscuro. El tamaño total de las marcas debe ser de 100mm, 150 mm o 200mm, a
menos que las piezas a marcar sean más pequeñas. Existen también las
instrucciones de manipuleo que deben estar escritas en las lenguas comúnmente
usadas en el comercio internacional o la lengua del país de destino.
Existen también las instrucciones de manipuleo que deben estar escritas en las
lenguas comúnmente usadas en el comercio internacional o la lengua del país de
destino.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 36
Lista clasificada de las Normas Mexicanas de Envase y Embalaje (NMX-EE).
El viernes 6 de noviembre de 1992 salió publicado en el Diario Oficial de la
Federación el acuerdo de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI)
por el que se modifica la denominación de las Normas Oficiales Mexicanas de
carácter voluntario por el de Normas Mexicanas. Artículo Único. Se modifica le
denominación de las Normas Oficiales Mexicanas de carácter voluntario expedidas
por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Comercio y Fomento
Industrial, publicadas en el Diario Oficial de la Federación hasta el 16 de julio de
1992, por el de Normas Mexicanas, conservándose los elementos de la codificación
empleada para las Normas Oficiales Mexicanas a excepción de las tres primeras
letras NOM que pasan a ser como se señala en el siguiente ejemplo:
Código anterior Código nuevo
NOM-L-55-1981 NMX-L-1981
En el caso de las normas de Envase y Embalaje (EE) solamente la norma “NOM-EE-
216-1988-Requisitos para contener plaguicidas” es de carácter obligatorio; las 220
restantes son de carácter voluntario.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 37
SIMBOLOGIA DE EMBALAJE Y TRANSPORTACION
Proteger de la radiación No usar montacargas
Centro de gravedad Mordazas aquí
Colocación de cadenas Frágil, maneje con cuidado
Posición correcta de embalaje Estiba máxima de embalaje
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 38
Límite máximo/mínimo de temperatura No usar o colocar mordazas
No apilar o estibar No usar carretilla
No rodar No usar gancho
Número límite de embalaje Protegerse de la humedad Mantenerse lejos del calor
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 39
SIMBOLOGIA DE MERCANCIAS PELIGROSAS
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 40
2.6 ENVASES Y CONTENEDORES PARA PRODUCTOS PELIGROSOS.
Se consideran bienes, artículos o substancias peligrosas cuando al ser movilizados
por un área pueden causar un peligro serio a la salud y a la seguridad de individuos o
daños a la propiedad.
La IATA establece la reglamentación sobre mercancías peligrosas para transporte
aéreo, en donde se especifican los requerimientos y regulaciones aplicables a todas
las compañías aéreas o miembros asociados de la IATA, embarcadores y Agentes
de Carga con el objeto de meter sanciones y multas así como asegurarse de que
sus envíos lleguen en condiciones de seguridad y tiempo.
La ONU elaboro una norma con aplicación internacional que se denomina EL LIBRO
NARANJA, que cubre el transporte de sustancias peligrosas en todas sus
modalidades. Este libro es revisado periódicamente acompañando el proceso
evolutivo de la sociedad y tecnología.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 41
EMBALAJES PARA PRODUCTOS PELIGROSOS
Reglamentación sobre mercancías peligrosas
(Dangerous Goods Regulations) DGR:
Comité de expertos naciones unidas, desarrolla procedimientos recomendados para
el transporte de todas las mercancías peligrosas excepto materiales radioactivos.
Organismo Internacional de Energía Atómica:
Desarrolla procedimientos recomendados para el transporte seguro, solo de
materiales Radioactivos.
EMBALAJES DE ESPECIFICACION UN/ICAO
Un embalaje de especificación deberá cumplir con los requisitos de fabricación
establecidos por Naciones Unidas. Los embases de especificación UN/ICAO. Un
embalaje de especificación cumple con los requisitos de fabricación establecidos por
las naciones Unidas (UN). La mercancía de carácter peligroso debe de estar siempre
embalado con el sistema básico de 3 niveles de contención, ejemplo:
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 42
EMBALAJE Y ETIQUETADO DE SUSTANCIAS INFECCIOSAS
Los formularios con los datos de la mercancía deberán pegarse en el exterior del
recipiente secundario. Los embalajes deberán estar homologados para garantizar su
resistencia.
Ejemplo de código de Homologación impreso en el embalaje
4H1 / Clase 6.2/94/GB/2470
Siendo:
UN: símbolo de Embalaje de las Naciones Unidas.
4H1: Tipo consecutivo del embalaje.
Clase 6.2: sustancia Peligrosa.
94: últimos dos dígitos del año de fabricación del embalaje.
GB: la autoridad estatal, es decir país donde se realiza la homologación del
embalaje.
2470: código del fabricante.
Especificaciones de embalaje en el transporte aéreo.
Serán de aplicación los requisitos exigidos por la reglamentación sobre Mercancías
Peligrosas IATA-DGR de la Asociación de Transporte Internacional (IATA).
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 43
ETIQUETADO
En referencia al etiquetado, todo envase deberá ostentar de manera legible e
indeleble las siguientes indicaciones:
Denominación o el nombre comercial del preparado o sustancia,
El nombre y apellidos, dirección completa, y el número de teléfono de la
persona que se responsable de la comercialización del preparado o sustancia
ya sea el fabricante el importador o el distribuidor.
La denominación química de la sustancia o
sustancias presentes en el preparado.
Símbolos e indicadores de peligro impresos en
negro sobre el fondo amarillo-anaranjado.
Frases de riesgo o frases R.
Cantidad de contenido para los preparados ofrecidos o vendidos al público en
general.
Documentación:
- Lista de contenido.
- Declaración de expedidor de Mercancías Peligrosas por vía aérea.
- Declaración de Mercancías Peligrosas especificas si va con hielo seco.
- Declaración de Mercancías Peligrosas especificas con nitrógeno líquido.
- En caso de llevar nitrógeno líquido se incorporan demás instrucciones para
seguirlas en caso de emergencias.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 44
Códigos de Embalaje DGR
1. Bidón.
2. No utilizado.
3. Jerricán.
4. Caja.
5. Saco.
6. Embalaje compuesto.
Códigos de Material Embalajes DGR
a. Aceros de todo tipo.
b. Aluminio.
c. Madera natural.
d. Madera contrachapada.
e. Madera reconstruida.
f. Material plástico.
g. Textil.
h. Papel multicapa.
i. Metal.
j. Vidrio o porcelana.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 45
Grupo de Embalaje DGR
I. Riesgo elevado.
II. Riesgo medio.
III. Riesgo menor.
Clase Denominación.
1. Explosivos.
2. Gases comprimidos, refrigerados, licuados, o disueltos a presión.
3. Líquidos inflamables.
4. Sólidos inflamables.
5. Oxidantes o peróxidos orgánicos.
6. Tóxicos agudos (venenosos) y agentes
infecciosos.
7. Radioactivos.
8. Corrosivos.
9. Varios.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 46
¿Cuáles son los factores de riesgo a los que está expuesto el envase o
embalaje?
1. Lluvia.
2. Impacto.
3. Vibración, oscilación, traqueteo.
4. Cambios de presión atmosférica.
5. Humedad.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 47
Mercancías Peligrosas que requieren instalaciones y/o equipos especiales para su muestreo
ANEXO 23 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2010
Fecha de Publicación en el DOF 01/Julio/2010
Descripción de la mercancía Fracción Arancelaria/partida
Gas de hulla. 2705.00.01
Gas natural. 2711.11.01
Propano. 2711.12.01
Butanos. 2711.13.01
Etileno, propileno, butileno y butadieno. 2711.14.01
Butano y propano, mezclados entre sí, licuados. 2711.19.01
Alcanos, alquenos o alquinos utilizados para cortes y soldaduras, aun cuando estén mezclados entre sí.
2711.19.02
Los demás. 2711.19.99
Gas natural. 2711.21.01
Los demás (metano, monóxido de carbono). 2711.29.99
Cloro. 2801.10.01
Flúor; bromo. 2801.30.01
Hidrógeno. 2804.10.01
Argón. 2804.21.01
Helio. 2804.29.01
Los demás gases nobles (neón, xenón). 2804.29.99
Nitrógeno. 2804.30.01
Oxígeno. 2804.40.01
Fósforo blanco. 2804.70.01
Fósforo rojo o amorfo. 2804.70.02
Fósforo negro. 2804.70.03
Arsénico. 2804.80.01
Sodio. 2805.11.01
Los demás (potasio). 2805.19.99
Cloruro de hidrógeno. 2806.10.01
Acido clorosulfúrico (ácido clorosulfónico). 2806.20.01
Acido sulfúrico. 2807.00.01
Acido nítrico 2808.00.01
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 48
Pentóxido de difósforo (anhídrido fosfórico). 2809.10.01
Acido fosfórico. 2809.20.01
Fluoruro de hidrógeno. 2811.11.01
Acido arsénico. 2811.19.01
Los demás (ácido cianhídrico; ácido sulfhídrico, ácido bromhídrico, ácido nitrosilsulfúrico).
2811.19.99
Dióxido de carbono (anhídrido carbónico) al estado líquido o gaseoso. 2811.21.01
Dióxido de azufre. 2811.29.02
Protóxido de nitrógeno (óxido nitroso). 2811.29.01
Los demás (otros óxidos de nitrógeno, trióxido de azufre, monóxido de carbono).
2811.29.99
Tricloruro de arsénico. 2812.10.01
De azufre 2812.10.02
De fósforo 2812.10.03
Los demás. 2812.10.99
Los demás (hexafluoruro de azufre, trifluoruro de boro). 2812.90.99
Disulfuro de carbono. 2813.10.01
Los demás (trisulfuro de fósforo y pentasulfuro de fósforo). 2813.90.99
Amoniaco anhidro. 2814.10.01
Amoniaco en disolución acuosa. 2814.20.01
Hidróxidos de sodio y de potasio sólidos y en disolución acuosa. 28.15
Peróxidos de sodio y de potasio. 2815.30.01
Peróxido de magnesio. 2816.10.01
Peróxido de estroncio. 2816.40.01
Peróxido de bario. 2816.40.02
Peróxido de cinc. 2817.00.02
Hidrato de hidrazina. 2825.10.01
Cloratos y percloratos. 28.29
Cianuros, oxicianuros y cianuros complejos. 28.37
Fulminatos de mercurio. 2842.90.01
Fosfuro de cinc. 2848.00.02
Fosfuro de aluminio. 2848.00.03
Los demás (fosfuro de hidrógeno). 2848.00.99
Borohidruro de sodio. 2850.00.01
Los demás (hidruro de sodio, de litio y de aluminio; azida de plomo). 2850.00.99
Los demás (aire comprimido, aire líquido, cianamida). 2853.00.01
Butano. 2901.10.01
Los demás (etano). 2901.10.99
Etileno. 2901.21.01
Propeno (propileno). 2901.22.01
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 49
Buteno (butileno) y sus isómeros. 2901.23.01
Buta-1,3-dieno e isopropeno. 2901.24.01
Los demás (acetileno). 2901.29.99
Clorometano (cloruro de metilo). 2903.11.01
Cloruro de vinilo (cloroetileno). 2903.21.01
Los demás (cloruro de alilo). 2903.29.99
Bromuro de metilo. 2903.39.01
Triclorofluorometano. 2903.41.01
Diclorodifluorometano. 2903.42.01
Triclorotrifluoroetanos. 2903.43.01
Diclorotetrafluoroetanos y cloropentafluoroetano. 2903.44.01
Los demás derivados perhalogenados únicamente con flúor y cloro. 2903.45.01
Bromoclorodifluorometano, bromotrifluorometano y dibromotetrafluoroetanos.
2903.46.01
Monoclorodifluorometano. 2903.49.02
Monoclorodifluoroetano. 2903.49.03
2-Bromo-2-cloro-1,1,1-trifluoroetano. 2903.49.04
2-Bromo-1-cloro-1,2,2-trifluoroetano (isohalotano). 2903.49.05
Los demás. 2903.49.99
Oxirano (óxido de etileno). 2910.10.01
Metiloxirano (óxido de propileno). 2910.20.01
Aldehído acrílico (acroleína). 2912.19.09
Los demás (bromoacetona). 2914.70.99
Acido mono o dicloroacéticos y sus sales de sodio. 2915.40.01
Cloruro de monocloro acetilo. 2915.40.03
Los demás (ésteres del ácido monocloroacético). 2915.40.99
Cloroformiato de metilo. 2915.90.32
Cloroformiato de bencilo. 2915.90.33
Los demás (cloro formiato de etilo). 2915.90.99
Acido acrílico y sus sales. 2916.11.01
Acrilato de metilo o etilo. 2916.12.01
Acrilato de butilo. 2916.12.02
Acrilato de 2-etilhexilo. 2916.12.03
Acido metacrílico y sus sales. 2916.13.01
Metacrilato de metilo. 2916.14.01
Metacrilato de etilo o butilo. 2916.14.02
Los demás (ácido metacloroperbenzoico). 2916.39.99
Anhídrido maleico 2917.14.01
Tetranitrato de pentaeritritol. 2920.90.02
Sulfato de dimetilo o de dietilo. 2920.90.06
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 50
Los demás (nitroglicerina; O,O-dimetil fósforo clorotioato). 2920.90.99
Monometilamina (gas). 2921.11.01
Dimetilamina (gas). 2921.11.02
Trimetilamina (gas). 2921.11.03
Dietilamina. 2921.19.16
2-Aminopropano (isopropilamina). 2921.19.05
Butilamina. 2921.19.06
Dibutilamina. 2921.19.08
Etilendiamina (1,2-diaminoetano). 2921.21.01
Dietilentriamina. 2921.29.01
Trietilentetramina. 2921.29.02
Ciclohexilamina. 2921.30.01
Acrilonitrilo. 2926.10.01
Acetona cianhidrina. 2926.90.02
Los demás (acetonitrilo). 2926.90.99
Clorosilanos (trimetilclorosilano). 2931.00.06
Los demás (tetraetilo de plomo). 2852.00.99
3-Buteno-betalactona. 2932.29.04
Piridina. 2933.31.01
Morfolina. 2934.99.08
Gonadotropina coriónica. 2937.19.02
Pólvora sin humo o negra. 3601.00.01
Las demás pólvoras. 3601.00.99
Dinamita. 3602.00.01
Dinamita gelatina. 3602.00.02
Los demás explosivos preparados, excepto las pólvoras. 3602.00.99
Mechas de seguridad para minas con núcleo de pólvora negra. 3603.00.01
Cordones detonadores. 3603.00.02
Los demás. 3603.00.99
Artículos para fuegos artificiales. 3604.10.01
Los demás. 3604.90.01
Placas y películas planas, fotográficas, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas planas autorrevelables, sensibilizadas, sin impresionar, incluso en cargadores.
37.01
Películas fotográficas en rollos, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas autorrevelables en rollos, sensibilizadas, sin impresionar.
37.02
Papel, cartón y textiles, fotográficos, sensibilizados, sin impresionar. 37.03
Placas, películas, papel, cartón y textiles, fotográficos, impresionados pero 3704.00.01
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 51
sin revelar.
Los demás (preparaciones a base de bromuro de metilo). 3808.92.99
Preparaciones antidetonantes para carburantes, a base de tetraetilo de plomo.
3811.11.01
Las demás (preparaciones antidetonantes a base de compuestos de plomo).
3811.11.99
Mezclas que contengan hidrocarburos acíclicos perhalogenados únicamente con flúor y cloro.
3824.71.01
Que contengan bromoclorodifluorometano, bromotrifluorometano o dibromotetrafluoroetanos.
3824.72.01
Que contengan hidrobromofluorocarburos (HBFC). 3824.73.01
Que contengan bromometano (bromuro de metilo) o bromoclorometano. 3824.77.01
Las demás mezclas que contengan derivados perhalogenados de hidrocarburos acíclicos con dos hálogenos diferentes por los menos.
3824.79.99
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 52
UNIDAD III
CONSOLIDADORA DE CARGA, TARIFAS, RUTAS, CONEXIONES E ITINERARIO
3.1 CONSOLIDADORA DE CARGA
Cuando las empresas (importadora/exportadoras) no alcanzan volúmenes
considerables que ameriten la contratación de un contenedor completo o un furgón
es cuando se requieran los servicios de una empresa consolidadora de carga
Usualmente este tipo de empresas proveen toda la logística, ellos se encargan del
manejo de la documentación, proveen los servicios de seguridad de carga y
descarga de las mercancías; algunas poseen su propia agencia aduanal; así como
bodegas del importador.
Cada uno de los servicios debe ser cotizado por separados y solicitar a la empresa
consolidadora de carga que detalla todos los gastos y cargos para evitar
inconvenientes al momento de recibir la factura por servicios prestados por esta
empresa. Suele darse con frecuencia que los cargos resuelven ser elevados y no
considerados dentro de los costos de importación.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 53
Consolidadoras de carga
A FREIGHT, S.A. DE C.V. FERNANDO GARCÍA HEREDIA
AERODOCUMENTADOR ADUANAL, S.C. INTERNATIONAL TRANSPORT AND LOGISTIC,
S.A. DE C.V.
AEROFLETES INTERNACIONALES, S.C. INTERTRANSIT, S.A.
AEROMEXPRESS, S.A. DE C.V. (D.F.) JORGE M. OCAMPO AGENCIA ADUANAL, S.A. DE
C.V.
AGENCIA ADUANAL ALFREDO DE LEÓN Y CIA. , S.C.
JUAN B. CARRANZA, S.C.
AGENCIA ADUANAL RODOLFO VILLAVERDE, S.A. DE C.V.
MANIOBRAS INTEGRALES, S.A. DE C.V.
AGENCIA MORENO, S.C. MEXICAN CARGO, S.C.
AMERICAN PRESIDENT LINES LTD. MONTALVO Y MONTALVO, S.C.
ASESORES EN TRÁFICO Y SERVICIOS ADUANALES, S.C.
NORMAN KRIEGER DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
ASISTENCIA AL IMPORTADOR Y EXPORTADOR, S.A
OFF SERVICE, S.A. DE C.V.
ASOCIACIÓN DE AGENTES ADUANALES DEL AEROPUERTO DE MÉXICO, A.C
PANALPINA TRANSPORTES MUNDIALES, S.A. DE C.V.
ASTREA INTERNACIONAL PERSEO SERVICIOS ADUANALES, S.A. DE C.V.
CADA SERVICIOS POLITRANS DEL NORTE, S.A. DE C.V.
COMERCIALIZACIÓN INTERNACIONAL DE TRANSPORTE Y CARGA
POLITRANS MÉXICO, S.A. DE C.V.
COMERCIALIZADORA ZAMARRIPA Y COMPAÑÍA, S DE R.L. DE C.V.
ROADWAY EXPRESS, S.A. DE C.V.
COMPAÑÍA TERMINAL DE VERACRUZ, S.A DE C.V SERVICIOS INTEGRADOS DEL SURESTE, S.A. DE
C.V.
CONSOL EXPORT, S.A DE C.V. SKY PACK, S.A. DE C.V.
CONSOLIDACIÓN Y TRANSPORTACIÓN, S.A. DE C.V.
SVM DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
CONSOLIDADORA DE CARGA AÉREA APOLO, S.A. DE C.V.
TRANS CARGA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.
CONSOLIDADORA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. TRANSPORTADORA HERCEL, S.A. DE C.V.
DHL ARWEST DE MÉXICO, S.A. DE C.V. TRANSPORTES LEÓN-MÉXICO, S.A. DE C.V.
DYSA CONSORCIO DE COMERCIO EXTERIOR, S.C. TRANSPORTES MON-RO, S.A. DE C.V.
EAGLE GLOBAL LOGISTIC MÉXICO, S.A. DE C.V. UNIVERSAL TRANSPORT, S.A. DE C.V.
ECU LINE DE MÉXICO VINPAC FEDEMEX, S.A. DE C.V.
EMERY AIR FREIGHT CORPORATION ALMACENADORA GWTC, S.A. DE C.V.
EXPORTACIÓN, IMPORTACIÓN Y TRÁFICO, S.A TRÁFICO AÉREO INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 54
3.2 AGENCIAS DE CARGA
Transporte internacional de carga suelta, consolidada y contenedores completos de
20’, 40’ y 40’HC estas agencias ofrecen servicios acordes a los Inconterms.
Apoyando a la Consolidación y Desconsolidación en importación y exportación de
productos.
Este tipo de agencias realizan un monitoreo permanente a los despachos hasta su
entrega en destino final.
Agentes de Carga:
AEROMEXPRESS CARGO, S.A. AIR CARGA DE MÉXICO, S.A.
AEROPERACIONES ADUANALES, S.A. AIRMAR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A.
AEROTRANSPORTES MÁS DE CARGA, S.A. BRANIFF TRANSPORT CARGA, S.A.
A-FREIGHT, S.A. CARGA AÉREA MUNDIAL, S.A.
AGENCIA CONSIGNATARIA NAUTILUS, S.A. CARGOMUNDO INTERNACIONAL ROCA, S.A.
AGENCIA CONSIGNATARIA NEPTUNO, S.A. CORPORACIÓN MÉXICO EXPRESS, S.C.
AGENCIA DE CARGA ALFARO, S.A. DIRECT GLOBAL CARGO, S.A.
AGENCIA DE CARGA TAMARA LOZA MEZA FREIGHT &CARGO
AGENCIA DE CARGA YAXMAYO, S.A. GLOBAL FORWARDERS MÉXICO
AGENCIA DE CARGO JESARO, S.A. GLOBO TRADE DE MÉXICO, S.A.
AIMAR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 55
3.3 AGENTE DE CARGA
Es un prestador de servicios especializados en comercio exterior que desarrolla
actividades para solucionar por cuenta de su cliente todos los problemas implícitos
en el flujo físico de las mercancías
3.4 AVIONES COMERCIALES CARGUEROS Y MIXTOS.
Los aviones comerciales con aquellos que son de uso exclusivo de pasaje, es decir
que dentro del avión no se cargan mercancías, transportando únicamente personas.
Los aviones cargueros son los que tienen como uso primordial, la transportación de
mercancía, su uso es solamente comercial, existiendo diferentes dimensiones y
capacidades dependiendo del tipo y cantidad de mercancía a transportar.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 56
Los aviones mixtos son aquellos en los que se pueden transportar mercancías y personas al
mismo tiempo. En la parte superior del avión, se encuentran los asientos de pasajeros y en
la parte inferior hay un compartimiento para la mercancía a transportar.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 57
3.5 DIMENSIONES DE LOS COMPARTIMIENTOS DE CARGA
A continuación las dimensiones de los compartimientos de carga de diferentes
aviones cargueros, al igual que la colocación de los contenedores, las cuales varían
en relación con el tipo de avión que lo transportará.
Capacidad de carga del compartimento principal: 15 posiciones de 88¨x 125¨ (224cm.
X 318cm.)
Belly A: 700 cu. Ft (19.8 m)
Belly B: 1,090 cu. ft. (30.9 m)
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 58
Capacidad de carga del compartimento principal:
24 posiciones de 88¨x 125¨ (224cm. x 318cm.) o 11 posiciones de 96¨x 125¨
(244cm. x 318cm.)
Belly A: 4 posiciones de 88¨x 125¨x 64¨ o de 96¨x 125¨ x 64¨
Belly B: 3 posiciones de 88¨x 125¨x 64¨ o de 96¨x 125¨ x 64¨
Capacidad de carga del compartimento principal:
22 posiciones de 88¨x 125¨ (224cm. x 318cm.)
Belly A: 5 posiciones de 88¨x 125¨x 64¨ (224cm. x 318cm. x 163cm.)
Belly B: 3 posiciones de 88¨x 125¨x 64¨ (224cm. x 318cm. x 163cm.)
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 59
Capacidad de carga del compartimento principal:
22 posiciones de 96¨x 125¨ (244cm. x 318cm.)
Y 4 posiciones de 88¨x 125¨ (224cm. x 318cm.)
O 26 posiciones de 88¨x 125¨ (224cm. x 318cm.)
Belly A: 6 posiciones de 88¨x 125¨x 64¨ (224cm. x 318cm. x 163cm.)
Belly B: 7 posiciones de 60.4¨x 125¨x 64¨ (153cm. x 318cm. x 163cm.)
Capacidad de carga del compartimento principal:
29 posiciones de 96¨x 125¨ (244cm. X 318cm.)
Y 1 posición de 88¨x 125¨ (224cm x 318cm.)
Lower: 9 posiciones de 88¨ x 125¨ (224cm x 318cm.) Lower Bulk Cargo Vol: 920 cu ft
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 60
3.6 CAPACIDAD MAXIMA DE CARGA EN LAS AERONAVES.
Descripción de diferentes tipos de aviones, tanto mixtos como de carga y súper
aviones.
AVIONES MIXTOS
Air bus 320 y Airbus 321
El Airbus 320 y el Airbus 321 poseen un rango operativo de 3500 a 5600 Km. Esta aeronave puede cargar una línea de pallets con el mismo tamaño base que una mayor aeronave, pero con una altura más reducida. El Airbus 319 es una aeronave sólo para carga suelta. Airbus 320 No. de Pallets: 4 + Carga suelta Volumen: 19 m
3
Capacidad: 1.5 toneladas
Airbus 330 y Airbus 340
El Airbus 340 posee 4 turbinas y un rango de 12000 a 15000 Km. posee amplías bahías de cargo para pallets, así como una bahía trasera de carga a granel. Está equipado con amplias puertas de carga en su parte delantera y posterior, para carga de pallets o contenedores de 88" X 125" o 96" X 125".
Airbus 330-200 y Airbus 340-200 No. de Pallets: 5 + Carga suelta Volumen: 64.5 m
3
Capacidad: 10.3 toneladas
Airbus340-300 No. de Pallets: 7 + Carga suelta Volumen:100.4 m
3
Capacidad: 16 toneladas
Boeing 737
El Boeing 737 posee dos bahías centrales de carga, y alcanza un rango operativo de 2700 a 4650 Km. dependiendo del tipo de nave. Boeing 737-300: No. de Pallets: Carga suelta Volumen: 15 m
3
Capacidad: 2 toneladas
Boeing 737-500: No. de Pallets: Carga suelta Volumen: 13 m3 Capacidad: 2 toneladas
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 61
Boeing 777-200
El Boeing 777-200 alcanza un rango de 12000 Km. con bahías de carga delante y detrás, para carga de pallets de 88" y 125" o 96" x 125 Boeing 777-200: No. de Pallets: 6 + Carga suelta Volumen: 80 m
3
Capacidad: 18 toneladas
Boeing 747
El estándar Boeing 747 funciona de manera mixta entre carga y pasajeros, con un rango operativo de hasta 13,300 Km. para el modelo 400. El Boeing 747 posee bahías de carga para pallets en sus partes delanteras y posteriores. Está equipado con amplias puertas para cargar pallets o contenedores de 88" o 96" x 125". Boeing 747-200 y Boeing 747-300: No. de Pallets: 6 + Carga suelta Volumen: 83 m
3
Capacidad: 13 toneladas
Boeing 747-400: No. de Pallets: 6 + Carga suelta Volumen: 76 m
3
Capacidad: 12 toneladas
AVIONES DE CARGA
Boeing 747-400 ERF
Desde un punto de vista comercial, esta aeronave ofrece importantes diferencias con sus predecesores ya que posee un mayor volumen de carga de hasta 112 toneladas. Cuenta también con mayor capacidad, particularmente con los pallets adicionales en la cubierta principal y un 40% más de rango operativo a su máxima capacidad de carga Boeing 747-400 ERF Cargo: No. de Pallets: 39 + Carga suelta Volumen: 674 m
3
Capacidad: 112 toneladas
Boeing 747 F Freighter
El Boeing 747F tiene el suelo de cabina reforzado y poco se parece al Boeing 747 de pasajeros estándar. La nave está equipada con una puerta lateral o en su nariz (dependiendo del modelo), y puede cargar veintinueve 96" x 125" pallets o contenedores en la cubierta principal, nueve pallets en las inferiores y carga suelta a granel. Boeing 747 F Freighter: No. de Pallets: 38 + Carga suelta Volumen: 669 m
3
Capacidad: 107 toneladas
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 62
SUPER AVIONES
Airbus 300-600 ST
Esta es la clase de avión diseñado para transportar carga de grandes dimensiones. Si se necesita transportar un helicóptero o incluso un avión, se necesita un Súper Transportador. Posee un rango de vuelo con
47 toneladas de carga de 1.667 Km. Este avión posee una enorme área de carga localizada debajo de la cabina, permitiendo que la carga llene casi todo el largo del avión. La gigantesca puerta en la parte delantera de la bahía de carga se abre de manera completa. Airbus 300-600 ST: No. de Pallets: Depende de la carga Volumen: 1,400 m
3
Capacidad: 47 toneladas
An 225 Mriya
El transportador más grande del mundo. Con una carga de más de 250 toneladas, puede llevar no sólo uno, sino 3 o 4 tanques militares. Rango de vuelo con 250 toneladas de carga de 4,000 Km. Hizo su primer vuelo de prueba en Mayo 7 del 2001. Su bahía de carga puede llevar 80 autos. Antonov 225: No. de Pallets: Depende de la carga Volumen: 1,300 m
3
Capacidad: 250 toneladas
3.7. RUTAS, CONEXIONES E ITINERARIOS DE LINEAS AEREAS.
En la actualidad, la gestión de rutas es un aspecto fundamental en las empresas
cuya actividad se basa principalmente en el transporte.
El objetivo que se debe tener en cuenta al realizar un correcto diseño de las rutas de
transporte, no es otro que el de conseguir alcanzar el correcto nivel de servicio, al
menor costo posible.
Las rutas aéreas son aquellas que realizan las compañías de transporte aéreo de
pasajeros y de carga entre distintos puntos del planeta. Éstas han crecido
aceleradamente en las últimas décadas, contribuyendo a la globalización económica
y política.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 63
La complejidad y la escala del transporte aéreo lo convierten en una excelente área
dentro de la cadena de suministro para utilizar las tecnologías de la información y la
comunicación TIC. El uso del software para determinar las rutas de transporte ha
sido la aplicación más común; utiliza la ubicación de los clientes, el tamaño del
embarque, los tiempos de entrega deseados, la información sobre la infraestructura
de transporte (como distancias entre puntos) y la capacidad del vehículo como datos.
Estos se formulan dentro de un problema de optimización cuya solución es un
conjunto de rutas y lista de paquetería para cada vehículo que minimiza los costos al
tiempo que cumple las restricciones de entrega.
El factor fundamental es el transporte a la medida de los requerimientos del cliente
que equivale al uso de diferentes redes y medios de transporte con base en las
características del éste y del producto a movilizar. Se debe considerar la densidad
del cliente y las distancias a recorrer; el tamaño y la ubicación del cliente; el grado
de agregación de inventarios y los medios de transporte utilizados en la red de la
cadena de suministro.
El transporte a la medida que se basa en la densidad de los clientes y la distancia, el
tamaño del cliente o la demanda y el valor del producto, permite a la cadena lograr
una capacidad de respuesta apropiada y un bajo costo.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 64
A continuación se muestran los diferentes destinos que manejan las aerolíneas en
México:
AEROLINEAS MEXICANAS DESTINOS
Acapulco / Cancún / Chihuahua / Ciudad Del Carmen / Ciudad
Juárez / Ciudad De México / Ciudad Obregón / Culiacán /
Guadalajara / Hermosillo / Huatulco / Ixtapa-Zihuatanejo / Los
Cabos / Los Mochis / Mérida / Monterrey / Puerto Vallarta /
Tampico / Tapachula / Tijuana / Toluca / Tuxtla Gutiérrez.
Acapulco / Bajío / Cancún / Ciudad Del Carmen / Chetumal/
Ciudad De México / Cozumel / Guadalajara / Huatulco/ Ixtapa-
Zihuatanejo / Los Cabos / Manzanillo / Mérida/ Minatitlán /
Nuevo Laredo / Oaxaca / Puerto Escondido/ Puerto Vallarta /
Reynosa / Saltillo / San Luis Potosí/ Tampico / Toluca / Torreón /
Tuxtla Gutiérrez / Veracruz/ Villahermosa / Zacatecas.
Acapulco / Cancún / Chihuahua / Ciudad Juárez / Culiacán /
Guadalajara / Hermosillo / La Paz / León / Los Cabos / Los
Mochis / Mazatlán / Mérida / Mexicali / Monterrey / Morelia /
Oaxaca / Puerto Vallarta / Reynosa / Tijuana / Veracruz /
Villahermosa.
Acapulco / Aguascalientes / Cancún / Chihuahua / Ciudad De
México / Culiacán / Guadalajara / Hermosillo / La Paz / León /
Los Cabos / Mazatlán / Mérida / Mexicali / Monterrey / Morelia
/ Oaxaca / Puebla / Puerto Vallarta / Tijuana / Toluca /
Uruapan / Zacatecas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 65
Acapulco / Aguascalientes / Campeche / Ciudad Del Carmen /
Ciudad Juárez / Ciudad Obregón / Chihuahua / Culiacán /
Durango / Guadalajara / Hermosillo / La Paz / León / Loreto /
Los Mochis / Mazatlán / Mérida / Mexicali / Ciudad De México /
Monterrey / Morelia / Oaxaca / Piedras Negras / Poza Rica /
Puebla / Puerto Peñasco / Puerto Vallarta / Querétaro /
Reynosa / San Luis Potosí / Tampico / Tapachula / Tijuana /
Torreón / Veracruz / Villahermosa.
Cancún / Ciudad De México / Huatulco / Ixtapa-Zihuatanejo /
Los Cabos / Manzanillo / Mérida / Monterrey / Puerto
Escondido / Puerto Vallarta / La Riviera Maya.
Acapulco / Aguascalientes / Ciudad Victoria / Colima / Jalapa /
Lázaro Cárdenas / Manzanillo / Ciudad De México / Minatitlán /
Morelia / Poza Rica / Querétaro / Reynosa / San Luis Potosí /
Tepic / Villahermosa / Zacatecas.
Acapulco / Campeche / Cancún / Chihuahua / Ciudad De
México / Culiacán / Guadalajara / León / Los Cabos / Mazatlán
/ Mérida / Monterrey / Oaxaca / Puerto Vallarta / San Luis
Potosí.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 66
Acapulco / Aguascalientes / Cancún / Chihuahua / Ciudad
Juárez / Ciudad De México / Culiacán / Durango /
Guadalajara / Hermosillo / Ixtapa - Zihuatanejo / La Paz / León
/ Los Cabos / Mazatlán / Mérida / Monterrey / Puebla / Puerto
Vallarta / Reynosa / Tijuana / Torreón / Villahermosa.
Guadalajara / Mérida / Monterrey / Puebla / Puerto Vallarta /
Veracruz / Villahermosa.
Cabo San Lucas / Ciudad Constitución / Ciudad Obregón /
Culiacán / Guasave / Guaymas / Guerrero Negro / Hermosillo /
Isla Cedros / La Paz / Loreto / Los Mochis / Mazatlán / Puerto
Vallarta / Santa Rosalía.
Culiacán / Chihuahua / Ciudad Obregón / Hermosillo / Los
Cabos / Los Mochis.
Cancún / Chichen Itzá / Holbox / Mérida / Palenque / Playa Del
Carmen / Xcalak.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 67
Cancún / Cozumel / Huatulco / Puerto Escondido / Oaxaca.
Huatulco / Oaxaca / Puerto Escondido.
Cancún / Cozumel.
Cancún / Cozumel.
AEROLINEAS CHILENAS
Ciudad De México.
AEROLINEAS COLOMBIANAS
Acapulco / Cancún / Ciudad De México / Playa Del Carmen /
Puerto Vallarta.
AEROLINEAS CUBANAS
Cancún / Ciudad De México.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 68
AEROLINEAS HONDUREÑAS
Cancún / Ciudad De México.
AEROLINEAS PANAMEÑAS
Cancún / Ciudad De México / Guadalajara.
AEROLINEAS CANADIENSES
Acapulco / Cancún / Ciudad De México / Cozumel /
Guadalajara / Ixtapa - Zihuatanejo / Los Cabos / Mazatlán /
Monterrey / Oaxaca / Puerto Vallarta.
Acapulco / Cancún / Ixtapa - Zihuatanejo / Manzanillo / Puerto
Vallarta.
Cancún / Puerto Vallarta.
Cancún / Puerto Vallarta / Los Cabos.
Acapulco / Cozumel / Cancún / Huatulco / Los Cabos /
Mazatlán / Puerto Vallarta.
Acapulco / Cancún / Cozumel / Huatulco / Ixtapa-Zihuatanejo /
Los Cabos / Oaxaca / Puerto Escondido / Puerto Vallarta.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 69
Cancún / Cozumel / Ixtapa-Zihuatanejo / Los Cabos / Mazatlán
/ Puerto Vallarta.
AEROLINEAS
ESTADOUNIDENSES
Cancún.
Cancún / Ciudad De México / Guadalajara / Ixtapa -
Zihuatanejo / La Paz / Loreto / Los Cabos / Manzanillo /
Mazatlán / Puerto Vallarta.
Acapulco / Cancún / Ciudad De México / Cozumel / Ixtapa -
Zihuatanejo / Los Cabos / Puerto Vallarta.
Cancún / Ciudad De México / Guadalajara / Ixtapa -
Zihuatanejo / La Paz / Loreto / Los Cabos / Manzanillo /
Mazatlán / Puerto Vallarta.
Acapulco / Aguascalientes / Cancún / Chihuahua / Ciudad Del
Carmen / Ciudad De México / Cozumel / Durango /
Guadalajara / Huatulco / Ixtapa - Zihuatanejo / León -
Guanajuato (Del Bajío) / Manzanillo / Mazatlán / Mérida /
Monterrey / Morelia / Oaxaca / Puebla / Puerto Vallarta /
Querétaro / Saltillo / San José Del Cabo / San Luis Potosí /
Tampico / Toluca / Torreón / Veracruz / Villahermosa.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 70
Acapulco / Aguascalientes / Cancún / Chihuahua / Ciudad
Juárez / Ciudad De México / Cozumel / Culiacán / Guadalajara
/ Hermosillo / León - Guanajuato (Del Bajío) / Los Mochis /
Mazatlán / Mérida / Monterrey / Oaxaca / Puerto Vallarta / San
Luis Potosí / Torreón / Villahermosa.
Cabo San Lucas - Los Cabos / Cancún / Cozumel / Mazatlán /
Puerto Vallarta.
Cancún.
Cabo San Lucas / Cancún / Cozumel / Puerto Vallarta.
Cancún.
Cabo San Lucas - Los Cabos / Cancún / Ixtapa - Zihuatanejo /
Mazatlán / Puerto Vallarta.
Acapulco / Cabo San Lucas - Los Cabos / Cancún / Ciudad De
México / Cozumel / Guadalajara / Guaymas / Hermosillo /
Ixtapa - Zihuatanejo / Manzanillo / Mazatlán / Puerto Vallarta.
Cabo San Lucas - Los Cabos / Cancún / Cozumel / Ixtapa -
Zihuatanejo / Puerto Vallarta.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 71
3.8. TARIFA DE TRANSPORTE AEREO POR PESO, VOLUMEN Y DISTANCIA.
Se clasifican en nacionales e internacionales.
Tarifas nacionales: que se dividen en:
Generales (GCR): que son para mercancías en general
Tipo M: el mínimo precio que una mercancía debe pagar
Tipo N: tarifas para cargas de peso inferior a 45 kg.
Tipo Q: tarifas para cargas de peso superior a 45 kg.
Clasificadas (CCR): que son para grupos de productos
con descuento
con aumento
Especificas (SCR): que son para productos determinados.
Tarifas internacionales: son las publicadas en los volúmenes del manual
TACT publicado por la IATA. En un volumen se especifican las reglas y
en otro las tarifas.
Para el cálculo de las tarifas de carga son necesarias las guías especializadas. El
manual más importante es el TACT (The Air Cargo Tariff).
La Tarifa Aérea y su reglamento IATA TACT (La Tarifa de Carga Aérea) contiene la
información completa sobre las reglas de carga aérea, reglamentos, tarifas y cargos.
Más de 100 compañías aéreas contribuyen al TACT, por lo que es la fuente más
viable y completa sobre el mercado, la fuente definitiva de las normas generales de
la industria incluyendo regulaciones de cada país y de transportistas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 72
3.9. CALCULO DE PESO BRUTO, PESO NETO Y PESO VOLUMETRICO.
En los sistemas de pesaje existen varias condiciones que afectan de manera
significativa la operación en una transacción comercial, a continuación se presentan
algunas de las definiciones más básicas:
Peso Bruto: Es el peso de las mercancías, incluido el embalaje y paletas para el
transporte internacional, pero excluyendo el equipo del transportista (contenedor).
Peso Neto: Se entenderá como el peso propio de la mercancía, desprovista del
embalaje (materiales y componentes utilizados en cualquier operación de embalaje
para envolver y proteger artículos o substancias durante el transporte) y paletas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 73
Peso Volumétrico refleja la densidad del paquete, esto es, la cantidad de espacio
que éste ocupa en relación con su peso real. El cálculo del peso volumétrico se basa
en determinar el tamaño cúbico de un objeto y aplicar un factor volumétrico.
Fórmula para calcular el peso volumétrico en el transporte aéreo:
PV= L x A x H (cm) 6000cm3/kg 3.10. CALCULO DE COSTO POR KILOGRAMO. Si el usuario lleva su carga directamente a la aerolínea, la aerolínea es quien
determina el flete aéreo. Pero si el usuario decide utilizar un agente de carga para el
proceso de su embarque, entonces el agente de carga deberá hacer los cálculos
para determinar el flete aéreo a cobrar.
El cálculo del flete aéreo puede efectuarse según el peso bruto del embarque o bien
por el volumen del mismo. Si el cálculo se efectúa por peso, se deberá redondear el
peso bruto al kilo o medio kilo superior. Por ejemplo, si el peso del embarque fuera
12.1 kg, 12.2 kg, 12.3 kg, ó 12.4 kg, se calculará el flete en base a 12.5 kg. Del
mismo modo, si el peso del embarque fuera 12.6 kg, 12.7 kg, 12.8 kg, ó 12.9 kg, se
calculará el flete en base a 13.0 kg.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 74
3.11. CALCULO DE COSTO POR DISTANCIA.
En todas las etapas de la cadena de comercialización los costos variarán
principalmente de acuerdo con la distancia que exista entre el importador y el
exportador. Pero también estarán afectados por la calidad de las vías de transporte.
Es probable que el exportador que viva cerca de una ruta principal tenga menores
costos de transporte que uno que viva al final de una carretera destapada, a menudo
intransitable y que causa daños a los camiones o medios de transporte utilizados.
3.12. COSTOS TOTALES DE TRANSPORTACION. El flete internacional tiene un impacto sobre el comercio equivalente a las tarifas
arancelarias o el tipo de cambio monetario: una reducción del costo de transporte
fomenta directamente las exportaciones y las importaciones, igual que un aumento
del tipo de cambio (moneda nacional / moneda extranjera) hace más competitivas las
exportaciones, y una reducción del arancel aduanero nacional reduce el costo de las
importaciones.
A continuación se presenta la fórmula para el cálculo de los costos totales de transportación:
Costo de Trans.= (FKM)(PV ó PB)(COSTO X KG) FKM= Factor Kilómetro.
PV= Peso Volumétrico.
PB= Peso Bruto.
COSTO X KG.= Costo por Kilogramo transportado.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 75
PROBLEMA
Calcular el costo total de transportación de una carga paletizada que tiene un peso
bruto de 400 kg, teniendo de alto 1.25 mts, un ancho de 1.10 mts y con un largo de
1.60 mts. El costo por Kg es de $ 6.30 dólares recorriendo una distancia de 800 km
Pv = 110 x 160 x 125 = 366.66 kg
6000 cm³kg
Ct = (1.42)(400)(6.30)=3578.40 Dólares
Kilómetros Fkm
0 - 100 1.00
101 - 200 1.15
201 - 300 1.20
301 - 500 1.35
501 - 1000 1.42
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 76
3.13. GUIA AEREA.
Es un contrato de transporte aéreo que establece las condiciones básicas para
regular las relaciones entre el embarcador, transportista y destinatario en medios de
transportación aérea. Es el documento más importante emitido por la Línea Aérea, al
aceptar un embarque este cumple varias funciones fundamentales:
1. Evidencia del contrato de transporte.
2. Prueba de recepción de la mercancía para el embarque.
3. Factura por concepto de flete.
4. Certificado de seguro cuando este es solicitado a la propia Línea Aérea.
5. Guía de conducción para el personal de la Línea Aérea.
6. Declaración para la Aduana en el origen y en el destino.
El Conocimiento Aéreo es conocido generalmente dentro de la industria como
Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, (Air Way Bill en inglés) y su diseño en
cuanto a la información que debe contener se basa en el Convenio de Varsovia.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 77
A continuación se muestra un formato de Guía Aérea:
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 78
DESGLOSE DE LA GUÍA AÉREA
1 Nombre y dirección del embarcador o exportador
2 Nombre y dirección del consignatario o importador
3 Nombre y datos del agente de carga
4 Aeropuerto de salida
5 Aeropuerto de destino
6 Nombre del primer transportista
7 Aeropuerto de llegada
8 Número de guía y línea aérea
9 Tipo de moneda
10 Condición de pago de flete aéreo.
11 Tipo de envío (servicios de trasporte internacional).
12 Condición de pago de otros cargos (prepagado).
13 Condición de pago de otros cargos (al cobro).
14 Valor declarado para transporte
15 Valor declarado para aduanas
16 Monto asegurado
17 Información para el manejo especial de la carga
18 Número de piezas, bultos, tarimas, etc.
19 Peso bruto (peso real de báscula).
20 Tipo de producto
21 Peso facturable
22 Tarifa del agente de carga
23 Total (multiplicación de peso cobrable por tarifa).
24 Volumen de la carga (detalle de los pallets).
25 Subtotal
26 Costos de valoración (prepagado).
27 Impuestos prepagados
28 Total de otros costos del agente de carga
29 Total de otros costos del transportista
30 Total prepagado
31 Subtotal por pagar en destino
32 Costos de valoración (al cobro).
33 Impuestos por pagar en destino
34 Total de otros costos del agente de carga por pagar
35 Total de otros costos del transportista por pagar
36 Total de recolección
37 Desglose de cargos extras
38 Nombre, firma y número de la agencia de carga
39 Fecha del agente de carga
40 Nombre y firma del agente de carga
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 79
3.14. MAWB Y HAWB.
GUIA MAWB:
(Master Air Waybill)
GUIA HAWD:
(House Airway Bill)
Es la guía aérea principal que ampara la carga desde el embarcador hasta el destino.
Acredita cada envío individual de la mercancía consolidada. Es omitido por el consultor y contiene instrucciones para el agente desconsolidador.
CLIENTES Consolidación De Carga
Agente De Carga A
=100kg
B
=200kg C
=500kg D
=200kg Desconsolidación De Carga.
Guía House
A
A
Guía House
B
A
Guía House
C
Guía House
D
Guía Master
1000kg
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 80
3.15. INCOTERMS (TERMINOS DEL COMERCIO)
1.-En Fábrica (EXW): Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía
cuando la pone en su establecimiento (fábrica, taller, almacén, etc.) A disposición del
comprador sin despacharla para la exportación, ni cargarla en un vehículo receptor.
Este término define así la menor obligación del vendedor, debiendo el comprador
asumir todos los costos y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía en los
locales del vendedor.
2.-Franco Al Costado Del Buque (FAS): Significa que el vendedor realiza la
entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de
embarque convencido. Esto quiere decir que el comprador ha de cubrirlo todos los
costos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquí.
3.-Franco Transportista (FCA): El vendedor entrega la mercancía despachada para
la exportación al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. Si la
entrega tiene lugar en los locales del vendedor este es el responsable de la carga. Si
la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la
descarga.
4.-Franco A Bordo (FOB): El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía
sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El comprador
cubre todos los costos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel
punto.
5.-Coste y Flete (CFR): El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía
sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los
costos y fletes necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino no convenido,
pero el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier costo adicional
debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del
vendedor al comprador.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 81
6.-Tranporte Pagado Hasta (CPT): Significa que el vendedor realiza entrega la
mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por el, pero debe
pagar, además los costos del transporte necesario para llevar la mercancía al
destino convenido. El comprador asume todos los riesgos y cualquier otro costo
contraído después de que la mercancía haya sido entregada.
7.-Coste, Seguro y Flete (CIF): El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía
sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido, el vendedor
debe pagar los costos y flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino
convenido debe también procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador
por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
8.-Transporte y Seguro Pagados (CIP): El vendedor realiza la entrega de la
mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por el mismo,
pero debe pagar, además los costes del transporte necesario para llevar la
mercancía al destino convenido. El vendedor también debe conseguir un seguro
contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía
durante el transporte.
9.-Entregada, Derechos Pagados (DDP): El vendedor realiza la entrega de la
mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los
medios de transporte a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe
cubrir todos los costos y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta aquel lugar.
10.-Entrega en Terminal (DAT): Se refiere a que el vendedor realiza la entrega
cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador sin despachar de
aduana para la importación, en la terminal, puerto o aeropuerto convenido en el país
de destino. El vendedor debe asumir los costos y riesgos ocasionados al llevar la
mercancía a la terminal de transporte convenida y al descargar la mercancía sobre la
terminal.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 82
11.-Entrega en un Puerto o en un Lugar (DAP): El vendedor realiza la entrega de
la mercancía al comprador, no despachada de aduana para la importación y no
descargada de los medios de transporte a su llegada al lugar de destino convenido.
Todos los costes y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta la entrega en el
punto convenido, así como cualquier coste y riesgo por no despachar oportunamente
la mercancía para la importación, es decir los gastos de demoraje que se producen al
despachar la mercancía de importación deben ser asumidos por el vendedor.
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UNIDAD IV
ADUANAS EN MEXICO
4.1 ADUANAS EN MÉXICO Y SUS FUNCIONES.
Dentro de la estructura de la administración de aduanas podemos encontrar lo
siguiente:
Una aduana es una oficina pública de constitución fiscal establecida generalmente en
costas y fronteras, con el fin de registrar el tráfico internacional de mercancías que se
importan o exportan en y desde un país concreto y cobrar los impuestos que
establezcan las aduanas.
Sus funciones son las de intervenir en el estudio y formulación de los proyectos de
aranceles, cuotas compensatorias y demás medidas de regulación y restricción del
comercio exterior; dar cumplimiento a los acuerdos y convenios que se celebren en
materia aduanera; ordenar y practicar la verificación de mercancías de comercio
exterior en transporte; la verificación en tránsito de vehículos de procedencia
extranjera; determinar los impuestos al comercio exterior y otras contribuciones de
conformidad con lo establecido en la Ley de los Impuestos Generales de Importación
y de Exportación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y otros
ordenamientos, así como el valor en aduana de las mercancías con base en la Ley
Aduanera; establecer la naturaleza, estado, origen y demás características de las
mercancías, determinando su clasificación arancelaria.
OMA
SHCP
SAT
AGA
49 ADUANAS EN MEXICO
Organización Mundial de Aduanas.
Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
Sistema de Administración Tributaria.
Administración General de Aduanas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 84
A continuación se muestra un mapa con las 49 aduanas existentes en México:
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 85
En la frontera norte:
En la frontera sur:
Aduanas marítimas:
Agua Prieta Ciudad Acuña Ciudad Camargo Ciudad Juárez Ciudad Miguel Alemán Ciudad Reynosa Colombia Matamoros Mexicali Naco Nogales Nuevo Laredo Ojinaga Piedras Negras Puerto Palomas San Luis Río Colorado Sonoyta Tecate Tijuana
Ciudad Hidalgo Subteniente López
Acapulco Altamira Cancún Ciudad del Carmen Coatzacoalcos Dos Bocas Ensenada Guaymas La Paz Lázaro Cárdenas Manzanillo Mazatlán Progreso Salina Cruz Tampico Tuxpan Veracruz
Aduanas marítimas:
Aduanas interiores:
Acapulco Altamira Cancún Ciudad del Carmen Coatzacoalcos Dos Bocas Ensenada Guaymas La Paz Lázaro Cárdenas Manzanillo Mazatlán Progreso Salina Cruz Tampico Tuxpan Veracruz
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Aguascalientes Chihuahua Guadalajara Guanajuato México Monterrey Puebla Querétaro Toluca Torreón
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ANEXO
APENDICE 1
PUBLICADO EN EL DOF EL 04/AGOSTO/2011
ADUANA-SECCION
Aduana Sección Denominación
01 0 ACAPULCO, ACAPULCO DE JUAREZ, GUERRERO.
01 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL JUAN N. ALVAREZ, ACAPULCO, GUERRERO.
02 0 AGUA PRIETA, AGUA PRIETA, SONORA.
05 0 SUBTENIENTE LOPEZ, SUBTENIENTE LOPEZ, QUINTANA, ROO.
06 0 CIUDAD DEL CARMEN, CIUDAD DEL CARMEN, CAMPECHE.
06 3 SEYBAPLAYA, CHAMPOTON, CAMPECHE.
07 0 CIUDAD JUAREZ, CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA.
07 1 PUENTE INTERNACIONAL ZARAGOZA-ISLETA, CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA.
07 2 SAN JERONIMO-SANTA TERESA, CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA.
07 3 AEROPUERTO INTERNACIONAL ABRAHAM GONZALEZ, CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA.
08 0 COATZACOALCOS, COATZACOALCOS, VERACRUZ.
08 ISLA PAJARITOS, COATZACOALCOS, VERACRUZ.
11 0 ENSENADA, ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.
11 ISLA DE LOS CEDROS, ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.
12 0 GUAYMAS, GUAYMAS, SONORA.
12 1 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL IGNACIO PESQUEIRA GARCIA,
HERMOSILLO, SONORA.
12 2 PARQUE INDUSTRIAL DYNATECH, HERMOSILLO, SONORA.
12 3 CIUDAD OBREGON ADYACENTE AL AEROPUERTO DE CIUDAD OBREGON, CAJEME,
SONORA.
14 0 LA PAZ, LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.
14 LOS OLIVOS, LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.
14 2 SAN JOSE DEL CABO, LOS CABOS, BAJA CALIFORNIA SUR.
14 3 CABO SAN LUCAS, LOS CABOS, BAJA CALIFORNIA SUR.
14 4 SANTA ROSALIA, MULEGE, BAJA CALIFORNIA SUR.
14 5 LORETO, LORETO, BAJA CALIFORNIA SUR.
14 7 PICHILINGÛE, LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.
16 0 MANZANILLO, MANZANILLO, COLIMA.
16 TECOMAN, TECOMAN, COLIMA.
17 0 MATAMOROS, MATAMOROS, TAMAULIPAS.
17 1 LUCIO BLANCO-LOS INDIOS, MATAMOROS, TAMAULIPAS.
17 PUERTO EL MEZQUITAL, MATAMOROS, TAMAULIPAS.
17 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL SERVANDO CANALES, MATAMOROS,
TAMAULIPAS.
18 0 MAZATLAN, MAZATLAN, SINALOA.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 87
18 3 TOPOLOBAMPO, AHOME, SINALOA.
18 4 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CULIACAN, CULIACAN, SINALOA.
19 0 MEXICALI, MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.
19 2 LOS ALGODONES, MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.
19 3 SAN FELIPE, MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.
20 0 MEXICO, DISTRITO FEDERAL.
20 2 IMPORTACION Y EXPORTACION DE CONTENEDORES, DELEGACION AZCAPOTZALCO,
DISTRITO FEDERAL.
22 0 NACO, NACO, SONORA.
23 0 NOGALES, NOGALES, SONORA.
23 1 SASABE, SARIC, SONORA.
24 0 NUEVO LAREDO, NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS.
24 ESTACION SANCHEZ, NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS
24 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE NUEVO LAREDO “QUETZALCOALT”, NUEVO
LAREDO, TAMAULIPAS.
25 0 OJINAGA, OJINAGA, CHIHUAHUA.
26 0 PUERTO PALOMAS, PUERTO PALOMAS, CHIHUAHUA.
27 0 PIEDRAS NEGRAS, PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA.
27 1 AEROPUERTO INTERNACIONAL PLAN DE GUADALUPE, RAMOS ARIZPE, COAHUILA.
27 RIO ESCONDIDO, NAVA, COAHUILA.
28 0 PROGRESO, PROGRESO, YUCATAN.
28 2 AEROPUERTO INTERNACIONAL LIC. MANUEL CRESCENCIO REJON, MERIDA,
YUCATAN.
30 0 CIUDAD REYNOSA, CIUDAD REYNOSA, TAMAULIPAS.
30 2 LAS FLORES, RIO BRAVO, TAMAULIPAS.
30 4 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL. LUCIO BLANCO, CIUDAD REYNOSA,
TAMAULIPAS.
30 5 RIO BRAVO-DONNA, RIO BRAVO, TAMAULIPAS.
30 6 ANZALDUAS, CIUDAD REYNOSA, TAMAULIPAS.
31 0 SALINA CRUZ, SALINA CRUZ, OAXACA.
31 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE OAXACA, SANTA CRUZ XOXOCOTLAN, OAXACA.
33 0 SAN LUIS RIO COLORADO, SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA.
34 0 CIUDAD MIGUEL ALEMAN, CIUDAD MIGUEL ALEMAN, TAMAULIPAS.
34 2 GUERRERO, GUERRERO, TAMAULIPAS.
37 0 CIUDAD HIDALGO, CIUDAD HIDALGO, CHIAPAS.
37 2 CIUDAD TALISMAN, TUXTLA CHICO, CHIAPAS.
37 6 CIUDAD CUAUHTEMOC, FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS.
37 5 PUERTO CHIAPAS, TAPACHULA, CHIAPAS.
37 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TAPACHULA, TAPACHULA, CHIAPAS.
38 0 TAMPICO, TAMPICO, TAMAULIPAS.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 88
39 0 TECATE, TECATE, BAJA CALIFORNIA.
40 0 TIJUANA, TIJUANA, BAJA CALIFORNIA.
40 2 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL ABELARDO L. RODRIGUEZ, TIJUANA, BAJA
CALIFORNIA.
42 0 TUXPAN, TUXPAN DE RODRIGUEZ CANO, VERACRUZ.
43 0 VERACRUZ, VERACRUZ, VERACRUZ.
43 2 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL HERIBERTO JARA CORONA, VERACRUZ,
VERACRUZ.
44 0 CIUDAD ACUÑA, CIUDAD ACUÑA, COAHUILA.
46 0 TORREON, TORREON, COAHUILA.
46 GOMEZ PALACIO, GOMEZ PALACIO, DURANGO.
46 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL GUADALUPE VICTORIA, DURANGO,
DURANGO.
47 0 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO,
AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO
47 1 SATELITE, PARA IMPORTACION Y EXPORTACION POR VIA AEREA, AEROPUERTO
INTERNACIONAL BENITO JUAREZ DE LA CIUDAD DE MEXICO.
47 2 CENTRO POSTAL MECANIZADO, POR VIA POSTAL Y POR TRAFICO AEREO,
AEROPUERTO INTERNACIONAL BENITO JUAREZ DE LA CIUDAD DE MEXICO.
48 0 GUADALAJARA, TLACOMULCO DE ZUÑIGA, JALISCO.
48 1 PUERTO VALLARTA, PUERTO VALLARTA, JALISCO.
48 4 TERMINAL INTERMODAL FERROVIARIA, GUADALAJARA, JALISCO.
50 0 SONOYTA, SONOYTA, SONORA.
50 1 SAN EMETERIO, GENERAL PLUTARCO ELIAS CALLES, SONORA.
50 SONORA, PITIQUITO, SONORA.
51 0 LAZARO CARDENAS, LAZARO CARDENAS, MICHOACAN.
51 1 AEROPUERTO INTERNACIONAL IXTAPA-ZIHUATANEJO, ZIHUATANEJO DE AZUETA,
GUERRERO.
52 0 MONTERREY, GENERAL MARIANO ESCOBEDO, NUEVO LEON.
52 1 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL MARIANO ESCOBEDO, APODACA, NUEVO
LEON.
52 3 TERMINAL FERROVIARIA KANSAS CITY SOUTHERM DE MEXICO, S.A. DE C.V.
53 0 CANCUN, CANCUN, QUINTANA ROO.
53 2 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE COZUMEL, COZUMEL, QUINTANA ROO.
53 3 PUERTO MORELOS, BENITO JUAREZ, QUINTANA ROO.
64 0 QUERETARO, SANTIAGO DE QUERETARO, QUERETARO.
64 6 AEROPUERTO INTERCONTINENTAL DE QUERETARO, MARQUES Y COLON,
QUERETARO.
64 TIZAYUCA, TIZAYUCA, HIDALGO.
64 2 MORELIA, MORELIA, MICHOACAN.
64 HIDALGO, ATOTONILCO DE TULA, HIDALGO.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 89
65 0 TOLUCA, TOLUCA, ESTADO DE MEXICO.
67 0 CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, CHIHUAHUA.
67 1 PARQUE INDUSTRIAL LAS AMERICAS, CHIHUAHUA, CHIHUAHUA.
67 2 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL. ROBERTO FIERRO VILLALOBOS,
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA.
73 0 AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES.
73 1 PARQUE MULTIMODAL INTERPUERTO, SAN LUIS POTOSI, SAN LUIS POTOSI.
73 3 AEROPUERTO INTERNACIONAL PONCIANO ARRIAGA, SOLEDAD DE GRACIANO
SANCHEZ, SAN LUIS POTOSI.
73 2 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL. LEOBARDO C. RUIZ, EN CALERA
ZACATECAS.
73 4 LA PILA-VILLA, VILLA DE REYES, SAN LUIS POTOSI.
73 CHICALOTE, SAN FRANCISCO DE LOS ROMO, AGUASCALIENTES
73 5 AEROPUERTO INTERNACIONAL LIC. JESUS TERAN PEREDO, AGUASCALIENTES,
AGUASCALIENTES.
75 0 PUEBLA, HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, PUEBLA.
75 1 CUERNAVACA, JIUTEPEC, MORELOS.
75 2 TLAXCALA, ATLANGATEPEC, TLAXCALA.
75 4 AEROPUERTO INTERNACIONAL HERMANOS SERDAN, HUEJOTZINGO, PUEBLA
75 LA CELULA, ORIENTAL, PUEBLA
80 0 COLOMBIA, COLOMBIA, NUEVO LEON.
81 0 ALTAMIRA, ALTAMIRA, TAMAULIPAS.
81 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL PEDRO JOSE MENDEZ, VICTORIA,
TAMAULIPAS.
82 0 CIUDAD CAMARGO, CIUDAD CAMARGO, TAMAULIPAS.
83 0 DOS BOCAS, PARAISO, TABASCO.
83 1 AEROPUERTO INTERNACIONAL C.P.A. CARLOS ROVIROSA PEREZ, CIUDAD DE
VILLAHERMOSA, CENTRO, TABASCO.
83 2 FRONTERA, CENTLA, TABASCO.
83 4 EL CEIBO, TENOSIQUE, TABASCO.
84 0 GUANAJUATO, SILAO, GUANAJUATO.
84 1 CELAYA, CELAYA, GUANAJUATO.
84 2 AEROPUERTO INTERNACIONAL DE GUANAJUATO, SILAO, GUANAJUATO.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 90
A continuación se muestra un mapa con los distintos destinos de mercancía:
APENDICE 15 DESTINOS DE MERCANCIA
CLAVE DESCRIPCIÓN
1 ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y PARCIAL DE SONORA.
2 ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
3 ESTADO DE QUINTANA ROO.
5 MUNICIPIO DE SALINA CRUZ, OAX.
6 MUNICIPIO DE CANANEA, SON.
7 FRANJA FRONTERIZA NORTE.
8 FRANJA FRONTERIZA SUR, COLINDANTE CON GUATEMALA.
9 INTERIOR DEL PAIS.
10 MUNICIPIO DE CABORCA, SON.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 91
4.2 FUNCIONES DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS
Artículo 3. Las funciones relativas a la entrada de mercancías al territorio nacional o
a la salida del mismo son facultades exclusivas de las autoridades aduaneras.
Los funcionarios y empleados públicos federales y locales, en la esfera de sus
respectivas competencias, deberán auxiliar a las autoridades aduaneras en el
desempeño de sus funciones cuando estas lo soliciten y estarán obligados a
denunciar los hechos de que tengan conocimiento sobre presuntas infracciones a
esta ley y hacer entrega de las mercancías objeto de las mismas, si obran en su
poder. Las autoridades aduaneras, migratorias, sanitarias, de comunicaciones, de
marina, y otras, ejercerán sus atribuciones en forma coordinada y colaboraran
recíprocamente en el desempeño de las mismas.
Las autoridades aduaneras colaboraran con las autoridades extranjeras en los casos
y términos que señalen las leyes y los tratados internacionales de que México sea
parte.
4.3 RECINTO FISCAL (COSTO, ALMACENAJE Y MANIOBRAS DE CARGA Y
DESCARGA)
El manejo, almacenaje y custodia de las mercancías de comercio exterior compete a
las aduanas.
Los recintos fiscales son aquellos lugares en donde las autoridades aduaneras
realizan indistintamente las funciones de manejo, almacenaje, custodia, carga y
descarga de las mercancías de comercio exterior, fiscalización, así como el
despacho aduanero de las mismas.
El Servicio de Administración Tributaria podrá otorgar concesión para que los
particulares presten los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías,
en inmuebles ubicados dentro de los recintos fiscales, en cuyo caso se denominarán
recintos fiscalizados. La concesión se otorgará mediante licitación conforme a lo
establecido en el Reglamento e incluirá el uso, goce o aprovechamiento del inmueble
donde se prestarán los servicios.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 92
Para obtener la concesión a que se refiere el párrafo anterior, se deberá acreditar ser
persona moral constituida de conformidad con las leyes mexicanas, su solvencia
moral y económica, su capacidad técnica, administrativa y financiera, así como la de
sus accionistas, contar con experiencia en la prestación de los servicios de manejo,
almacenaje y custodia de mercancías y estar al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones fiscales, para lo cual deberán anexar a su solicitud el programa de
inversión y demás documentos que establezca el Reglamento, para acreditar que el
solicitante cumple con las condiciones requeridas.
Las concesiones se podrán otorgar hasta por un plazo de veinte años, el cual podrá
prorrogarse a solicitud del interesado hasta por un plazo igual, siempre que la
solicitud se presente durante los últimos tres años de la concesión y se sigan
cumpliendo los requisitos previstos para su otorgamiento y con las obligaciones
derivadas de la misma.
Al término de la concesión o de su prórroga, las obras, instalaciones y adaptaciones
efectuadas dentro del recinto fiscal, así como el equipo destinado a la prestación de
los servicios de que se trate, pasarán en el estado en que se encuentren a ser
propiedad del Gobierno Federal, sin el pago de contraprestación alguna para el
concesionario.
La entrada o salida de mercancía de los lugares destinados para su depósito ante la
aduana, se comprobará con la constancia que acredite su recibo o su entrega,
respectivamente, expedido por el recinto fiscal o fiscalizado el cual llevará los
siguientes datos:
1. Fecha de ingreso de la mercancía.
2. Número de contenedor o datos del vehículo que contiene la mercancía que arriba
al recinto fiscal o fiscalizado.
3. Cantidad y descripción de la mercancía.
4. Candados fiscales del vehículo cuando la mercancía arribe a la aduana bajo el
régimen de tránsito.
5. Número de conocimiento de embarque o guía aérea.
6. Número de bultos que comprende la guía aérea o conocimiento de embarque, en
caso de que la mercancía no ingrese en vehículo.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 93
El capitán o agente naviero consignatario general o de buques con carga en tráfico
de altura entregará al personal encargado del recinto fiscal o fiscalizado y a la
autoridad aduanera, antes de iniciarse las maniobras de descarga, una relación que
expresará las marcas en orden alfabético, los números, cantidad y clase de los
bultos, así como los números del conocimiento de embarque que los ampare.
La relación se formulará con mención del nombre, clase, bandera y fecha de arribo
de la embarcación y de manera separada por cada manifiesto o documento que
amparen los bultos que vayan a ser descargados.
Momento en el que se consideran terminadas las maniobras de carga y descarga
Se consideran terminadas las maniobras de:
I. Carga:
a) En tráfico marítimo o fluvial, cuando hayan puesto a bordo todas las mercancías
amparadas por los manifiestos y sobordos correspondientes, y
b) En tráfico aéreo cuando hayan puesto a bordo de la aeronave todas las
mercancías amparadas por la guía aérea correspondiente, y
II. Descarga:
a) En tráfico marítimo o fluvial, cuando se hayan entregado al personal encargado del
recinto fiscal o fiscalizado las mercancías amparadas por los manifiestos y sobordos
correspondientes;
b) En tráfico aéreo cuando el transportista entregue al personal encargado del recinto
fiscal o fiscalizado, las mercancías amparadas por la guía aérea correspondiente, y
c) En tráfico terrestre, desde la fecha de entrada de las mercancías al país, si no se
hizo la descarga.
La carga y descarga de mercancía de comercio exterior podrá realizarse
simultáneamente.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 94
Criterios (Ley Aduanera)
RECINTO FISCAL
CRITERIO 106.- Diferencias entre recinto fiscal y recinto fiscalizado.
Por recinto fiscal debe entenderse el espacio en que las autoridades aduaneras
competentes realizan las funciones de manejo, almacenaje y custodia de las
mercancías de comercio exterior, o bien, donde residen las autoridades aduaneras
con tales facultades. El recinto fiscalizado es aquel lugar autorizado a particulares
para el almacenamiento y recepción de dichas mercancías en depósito ante la
aduana.
En consecuencia; mientras que el recinto fiscal corresponde a la función propia que
realiza la autoridad y su lugar de ubicación, el recinto fiscalizado es el lugar
autorizado para que los particulares puedan recibir y almacenar las mercancías de
comercio exterior, mismo que puede encontrarse ubicado dentro del recinto fiscal o
en inmuebles colindantes con la aduana.
Puerto de ensenada Baja California, México. Administración Portuaria Integral de Ensenada S.A. de C.V.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 95
4.4 RECINTO FISCALIZADO (COSTO, ALMACENAJE Y MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA) Costos en almacenaje
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 96
CALCULO EN COSTO DE ALMACENAJE.
Datos
Peso Bruto: 1,126 kg
Fecha de llegada: 03-nov-2010
País de origen: México
País de destino: Canadá
Fecha de despacho: 08-nov-2010
Días de almacenaje: 5 días
Valor comercial: $246,810.84
Producto: Perfiles de Caucho
A= $738.00
B= $1,280.00
C= No aplica
D= No aplica
E= $2,183.00
F= No aplica
G=No aplica
H= $170.00______
Suma $6,127.56
I. V, A. $980.40 .
Total $7,107.96
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 97
APENDICE 6
PUBLICADO EN EL DOF EL 04/AGOSTO/2011
RECINTOS FISCALIZADOS
Aduana Clave Recinto Fiscalizado
Acapulco 1 Administración Portuaria Integral de Acapulco, S.A. de C.V.
Aeropuerto
Internacional de
la Ciudad de
México
3 Aerovías de México, S.A. de C.V.
4 AAACESA Almacenes Fiscalizados, S.A. de C.V.
5 México Cargo Handling, S.A. de C.V.
6 American Airlines de México, S.A. de C.V.
7 Braniff Air Freight and Company, S.A. de C.V.
8 Iberia de México, S.A.
9 Compañía Mexicana de Aviación, S.A. de C.V.
10 Cargo Service Center de México, S.A. de C.V.
12 DHL Express México, S.A. de C.V.
13 Japan Air International Service, S.A. de C.V.
14 Lufthansa Cargo Servicios Logísticos de México, S.A. de C.V.
15 Tramitadores Asociados de Aerocarga, S.A. de C.V.
16 Transportación México Express, S.A. de C.V.
17 United Parcel Service de México, S.A. de C.V.
18 Varig de México, S.A.
147 Braniff Transport Carga, S.A. de C.V.
211 World Express Cargo de México, S.A. de C.V.
Aguascalientes 2 Transparque, S.A. de C.V.
165 Centros de Intercambio de Carga Express Estafeta, S.A. de C.V.
Altamira 19 Altamira Terminal Multimodal, S.A. de C.V.
20 Altamira Terminal Portuaria, S.A. de C.V.
22 Infraestructura Portuaria Mexicana, S.A. de C.V.
166 Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V.
179 D.A. Hinojosa Terminal Multiusos, S.A. de C.V.
180 Inmobiliaria Portuaria de Altamira, S.A. de C.V.
201 Cooper T. Smith de México, S.A. de C.V.
203 Grupo Castañeda, S.A. de C.V.
214 Possehl México, S.A. de C.V.
Cancún 54 Administración Portuaria Integral de Quintana Roo, S.A. de C.V.
175 Caribbean Logistics, S.A. de C.V.
Chihuahua 171 Aeropuerto de Chihuahua, S.A. de C.V.
Ciudad Hidalgo 155 Corporativo de Servicios del Sureste, S.A. de C.V.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 98
Ciudad Juárez 167 Corporativo de Negocios de Comercio Exterior, S.A. de C.V.
174 Aeropuerto de Ciudad Juárez, S.A. de C.V.
Coatzacoalcos 23 Administración Portuaria Integral de Coatzacoalcos, S.A. de C.V.
24 Vopak Terminals México, S.A. de C.V.
Colombia 25 Dicex Integraciones, S.A. de C.V.
26 Mex Securit, S.A. de C.V.
151 S.R. Asesores Aduanales de Nuevo Laredo, S.C.
161 Santos Esquivel y Compañía, S.C.
176 Centro de Carga y Descarga de Colombia, S.A. de C.V.
178 Grupo Coordinador de Importadores, S.A. de C.V.
Ensenada 27 Ensenada International Terminal, S.A. de C.V.
78 Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V.
Guadalajara 28 Almacenadora GWTC, S.A. de C.V.
29 Federal Express Holdings (México) y Compañía, S.N.C. de C.V.
162 Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.
Guanajuato 196 Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.
Guaymas 30 Administración Portuaria Integral de Guaymas, S.A. de C.V.
216 Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.
Lázaro
Cárdenas
31 Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.
33 Aarhus United México, S.A. de C.V.
157 LC Terminal Portuaria de Contenedores, S.A. de C.V.
173 UTTSA, S.A. de C.V.
199 Promotora Inmobiliaria del Balsas, S.A. de C.V.
200 L.C. Terminal Portuaria de Contenedores, S.A. de C.V.
221 Promotora Inmobiliaria del Balsas, S.A. de C.V.
Manzanillo 35 Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V.
36 Comercializadora La Junta, S.A. de C.V.
38 Operadora de la Cuenca del Pacífico, S.A. de C.V.
39 SSA México, S.A. de C.V.
40 Terminal Internacional de Manzanillo, S.A. de C.V.
Matamoros 222 Puerto Los Indios, S.A. de C.V.
76 Cemex México, S.A. de C.V.
77 Corporación Multimodal, S.A. de C.V.
160 Frigorífico de Manzanillo, S.A. de C.V.
187 Tecnoadministración del Pacífico, S.A. de C.V.
Mazatlán 42 Administración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V.
43 Administración Portuaria Integral de Topolobampo, S.A. de C.V.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 99
México 145 Ferrocarril y Terminal de Valle de México, S.A. de C.V.
Monterrey 44 Braniff Air Freight and Company, S.A. de C.V.
45 Kansas City Southern de México, S.A. de C.V.
154 Federal Express Holdings (México) y Compañía, S.N.C. de C.V.
158 Aeropuerto de Monterrey, S.A. de C.V.
164 United Parcel Service de México, S.A. de C.V.
204 Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.
Nogales 46 Servicios de Almacén Fiscalizado de Nogales, S.A. de C.V.
177 Grupo Inmobiliario Maymar, S.A. de C.V.
Nuevo Laredo 148 Inspecciones Fitosanitarias y Aduaneras de Nuevo Laredo, S.A. de C.V.
149 PG Servicios de Logística, S.C.
186 Logis Servicios Comerciales, S.A. de C.V.
195 Logística de Nuevo Laredo, S.A. de C.V.
Piedras Negras 150 Mercurio Cargo, S.A. de C.V.
212 Consultores de Logística en Comercio Exterior, S.A. de C.V.
Progreso 47 Administración Portuaria Integral de Progreso, S.A. de C.V.
49 Grupo de Desarrollo del Sureste, S.A. de C.V.
50 Multisur, S.A. de C.V.
184 Terminal de Contenedores de Yucatán, S.A. de C.V.
Puebla 198 A/WTC Puebla, S.A. de C.V.
Querétaro 51 Servicios Integrales y Desarrollo GMG, S.A. de C.V.
210 Terminal Logistics, S.A. de C.V.
Reynosa 52 Recintos Fiscalizados de Noreste, S.A. de C.V.
Salina Cruz 53 Administración Portuaria Integral de Salina Cruz, S.A. de C.V.
215 Refitam, S.A. de C.V.
218 Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V.
219 Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V.
Toluca 56 Braniff Air Freight and Company, S.A. de C.V.
57 Federal Express Holdings (México) y Compañía, S.N.C. de C.V.
197 Vamos a México, S.A. de C.V.
Tuxpan 59 Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V.
60 Fenoresinas, S.A. de C.V.
61 Terminal Marítima de Tuxpan, S.A. de C.V.
62 Terminales Marítimas Transunisa, S.A. de C.V.
81 Frigoríficos Especializados de Tuxpan, S.A. de C.V.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 100
Veracruz 63 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V.
64 Almacenadora Golmex, S.A. de C.V.
66 CIF Almacenajes y Servicios, S.A. de C.V.
67 Corporación Integral de Comercio Exterior, S.A. de C.V.
68 Grupo Industrial Astro, S.A. de C.V.
69 Internacional de Contenedores Asociados de Veracruz, S.A. de C.V.
71 Reparación Integral de Contenedores, S.A. de C.V.
73 Terminales de Cargas Especializadas, S.A. de C.V.
74 Vopak Terminals México, S.A. de C.V.
75 Vopak Terminals, S.A. de C.V.
82 SSA México, S.A. de C.V.
98 Corporación Portuaria de Veracruz, S.A. de C.V.
146 Cargill de México, S.A. de C.V.
172 Servicios Especiales Portuarios, S.A. de C.V.
182 Servicios, Maniobras y Almacenamientos de Veracruz, S.A. de C.V.
217 SSA México, S.A. de C.V.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 101
DIAGRAMA IMPORTACION
INICIO
Importación
Producto Importado
Compra venta Internacional
(Especificaciones)
Contratación agente de Carga
Contratación Agente Aduanal
Documentación: Pago de impuestos Permisos Previo (revisión física) Cotización Pedimento Pago de almacenaje y maniobras Pago de recinto fiscalizado Se solicita la mercancía al
reciento fiscalizado
Carga de
transporte
Local
1er
Semáforo Revisión de mercancías
contra documentos
Mercancía Legalizada
FIN
Entrega de la
Mercancía
Rojo
Verde
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 102
DIAGRAMA EXPORTACION
FIN
Entrega de mercancía a un país destino
por parte del agente de carga
INICIO
Exportación
Producto Importado
Contrato Compra-venta
internacional (Especificaciones)
Contratación Agente
aduanal y agente de Carga
Entrega de embarque al
agente aduanal
Revisión de mercancía
(almacenaje,
exportación)
Entrega de documentos
Entrega de documentos
Pedimento
Pago de pedimento
Introducción y
embarque a la
aduana
1er
Semáforo Revisión de mercancías contra
documentos
Almacén
Recinto Fiscalizado
Rojo
Verde
Revisión de mercancía
(almacenaje, exportación)
Entrega de documentos
Entrega de documentos
Pedimento
Pago de pedimento
Agente de Carga realiza trámite
Para transporte internacional
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 103
DESPACHO ADUANERO (video SAT)
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene la responsabilidad de aplicar la
legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales
contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público; de fiscalizar a los
contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras; de
facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la
información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.
LA ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS.
Es la autoridad para aplicar la legislación que regula el despacho aduanero, los
sistemas, métodos y procedimientos a que deben sujetarse las aduanas.
Realizarás dictámenes de expedientes administrativos y seguimiento de juicios y
amparos, traducciones y análisis de documentos oficiales; elaborarás informes de
estadísticas que se generen en las áreas y bases de datos; solventarás problemas
de red y software; diseñarás formatos y notas informativas.
La Administración General de Aduanas, con el fin de llevar a cabo las tareas que le
son encomendadas por la ley, está organizada de la siguiente manera:
Administración Central de Operación Aduanera.
Administración Central de Regulación Aduanera.
Administración Central de Planeación Aduanera.
Administración Central de Contabilidad y Glosa.
Administración Central de Investigación Aduanera.
Administración Central de Inspección Fiscal y Aduanera.
Administración Central de Asuntos Internacionales.
Administración Central de Competencias y Modernización Aduanera.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 104
El procedimiento para importar es sencillo y a grandes rasgos se resume en lo
siguiente:
Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes
Encontrarse al corriente de su situación fiscal
Contar con Firma Electrónica Avanzada. Para mayor información se le sugiere
ingresar a la página de Internet www.sat.gob.mx y da clic en Firma Electrónica
Avanzada que se encuentra en el rubro de Accesos Rápidos en la columna
izquierda de la página.
Contratar los servicios de un agente o apoderado aduanal.
Inscribirse en el padrón de importadores (Regla de Carácter General en
Materia de Comercio Exterior 1.3.2. fracción I, 1.3.1. y 1.3.7.).
Inscribirse en el padrón de sectores específicos, si la mercancía se encuentra
en el Anexo 10 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio
Exterior para 2010, de acuerdo a su clasificación arancelaria. (Regla de
Carácter General en Materia de Comercio Exterior 1.3.2 fracción II)).
Realizar el encargo conferido al agente aduanal. (Regla de Carácter General
en Materia de Comercio Exterior 3.1.26).
Cumplir con el pago de las contribuciones y aprovechamientos aplicables, así
como los gastos de almacenaje, carga, descarga, transportación de la
mercancía.
Cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias que en su caso
esté sujeta la mercancía (avisos, normas oficiales mexicanas, permisos, etc.)
La Administración General de Aduanas está en constante comunicación con las
distintas Secretarias de Estado pero principalmente con la Secretaría de Economía y
con la Secretaría de Salud, SEMARNAT, SAGARPA y PROFEPA.
Es importante conocer la Fracción Arancelaria ya que esta nos indicará las
Restricciones y Regulaciones Arancelarias y no Arancelarias a las que está sujeta la
mercancía que se pretende importar.
Se debe realizar el pedimento de importación que es el documento oficial para
legalizar la entrada de las mercancías.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 105
Realizado el pago de las contribuciones de comercio exterior, se presenta la
mercancía, acompañada de la documentación respectiva, guía (documentos que
deben acompañarse a la importación de las mercancías), en el módulo del
mecanismo de selección automatizado que comúnmente se le conoce como
semáforo fiscal, donde se activará este mecanismo para que determine si debe o no
practicarse el reconocimiento aduanero, es decir, la revisión documental y examen
físico de las mercancías de importación, así como de sus muestras, para allegarse
de elementos que permitan a las autoridades aduaneras precisar la veracidad de lo
declarado.
Concluido el reconocimiento, se deberá activar nuevamente el mecanismo de
selección automatizado, que determinará si las mercancías se sujetarán a un
segundo reconocimiento.
En México, las autoridades aduaneras están facultadas para autorizar a petición de
los interesados, que los servicios del despacho aduanero y conexos sean prestados
por el personal aduanero en lugar distinto del autorizado (despacho a domicilio). Las
aduanas podrán proporcionar los servicios de despacho aduanero en lugar distinto
del autorizado.
Independientemente del resultado del Mecanismo de Selección Automatizado, la
autoridad aduanera puede emitir una orden de verificación de mercancía en
transporte o realizar una visita domiciliaria para comprobar lo manifestado.
Los problemas más frecuentes que se presentan al importar mercancías son el
incumplimiento de las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias ya que estas
pueden ocasionar el embargo de las mercancías, también son frecuentes los Datos
Inexactos en el pedimento que solo ocasionan una multa simple.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 106
Padrón de importadores
Una de las obligaciones a cargo de aquellas personas que deseen introducir
mercancías al país, es la inscripción en el padrón de importadores; para ello, es
necesario estar al corriente en sus obligaciones fiscales; acreditar ante la autoridad
aduanera que se está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, entre otras
que dicte la autoridad mediante reglas.
Pueden inscribirse al padrón de importadores aquellos contribuyentes que:
Tributen bajo el régimen general de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Efectúen importaciones al amparo de los decretos que dicte el Ejecutivo
Federal, por los que se establece el esquema arancelario de transición al
régimen comercial general del país, de región o franja fronteriza.
Estén dedicados exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas,
pesqueras, silvícolas y de autotransporte terrestre de carga o pasajeros que,
por disposición de la Ley del ISR, estén obligados a tributar conforme al
régimen simplificado y sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior hubieran
excedido de 705,071.38 pesos. La cantidad se actualiza de conformidad con
el artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación.
Sean personas morales no contribuyentes.
Es recomendable acercarse a un Agente Aduanal que es el experto en
importaciones, para orientación de los importadores y evitar complicaciones al
importar.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 107
4.5 OBLIGACIONES DEL AGENTE ADUANAL ART. 162 L.A. PERSONAL TECNICO ADUANERO Y SUS FUNCIONES. Agente Aduanal.
Es un profesionista independiente autorizado por la S.H.C.P. para ejercer la práctica
privada de intermediación entre los contribuyentes y la aduana para realizar la
importación o exportación de mercancías.
Funciones del Agente Aduanal.
El agente aduanal realiza los trámites oficiales, clasifica los bienes de acuerdo al
sistema armonizado, determina las contribuciones a pagar, así como las obligaciones
adicionales aplicables, realiza el pago de los impuestos, coordina las maniobras
necesarias, reconoce las mercancías, recopila la documentación de los pagos por
cuenta del cliente.
Art. 162 L.A. Obligaciones del Agente Aduanal.
Realizar descargo total o parcial de las mercancías.
Rendir un dictamen técnico cuando se trate de productos explosivos,
alimentos o productos de difícil identificación (químico, textiles, adhesivos,
piedras pulverizadas).
4.6 PERSONAL TECNICO ADUANERO Y SUS FUNCIONES
Tramitadores (realiza los tramites internos en la aduana)
Capturista de pedimentos.
Ejecutivos de cuenta: Son el enlace entre el cliente y Agente Aduanal.
Recolectores: Recogen todos los documentos de inicio correspondientes al
embarque.
Personal de Previos: Hacen la revisión física de la mercancía.
Clasificador: Determina la fracción arancelaria.
Cotizador: Realiza los cálculos del pago de los impuestos y determina tramites
y documentos.
Apoderado Aduanal: Es aquel que tiene la facultad para poder firmar los
pedimentos.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 108
UNIDAD V MERCEOLOGIA Y ASPECTOS JURIDICOS
5.1 CLASIFICACION ARANCELARIA (LIGIE)
El introducirse al conocimiento del ámbito aduanero, es una disciplina en constante
evolución e innovación en la medida de que el Comercio Internacional se va
modernizando, pues sirve de instrumento para comprenderlo, impulsarlo y hacerlo
más eficiente.
DESCRIPCION DEL SISTEMA ARMONIZADO
El Sistema Armonizado es a la vez una nomenclatura de seis cifras de uso múltiple y
una estructura basada en una serie de partidas subdivididas de cuatro cifras.
Estas dos facetas reflejan la forma en la cual fue desarrollado; por la creación de
partidas en el ámbito de 4 cifras para acomodar subdivisiones predeterminadas por
una parte; y por otra, mediante la simple subdivisión de las partidas a nivel de 4 cifras
previamente acordadas para proporcionar las partidas requeridas.
NOMENCLATURA ESTRUCURADA
Para la clasificación arancelaria, el Sistema Armonizado proporciona una estructura
lógica de 1,210 partidas en 96 capítulos (capítulo 77 se encuentra reservado),
ordenados en XXI Secciones. En cada partida identificada por una clave de cuatro
cifras indican la posición de la partida en el capítulo.
La quinta y sexta cifras identifican las subpartidas de uno y de dos guiones
respectivamente (la ausencia de esas subpartidas se identifican con un cero). Las
subpartidas residuales “Los demás” han sido identificadas con las cifras 9 u 8, donde
la última está reservada por “partes” para insertar subpartidas adicionales en el
futuro.
Las Reglas Generales y Notas Legales de Sección y de capítulos, forman parte
integral del Sistema, esto incluye una Regla interpretativa 6 que se aplica solamente
a las subpartidas y ciertas Notas Legales de Sección y de Capítulo.
El Sistema Armonizado constituye un conjunto coherente de partidas y subpartidas,
las cuales junto con las Reglas Generales y las Notas Legales de Sección o de
Capítulo, proveen una clasificación de productos sistemática y uniforme.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 109
ESTRUCTURA DEL SISTEMA ARMONIZADO
(O.M.A.)
REGLAS GENERALES
SECCIONES
NOTAS LEGALES DE SECCION
CAPITULOS
NOTAS LEGALES DE CAPITULO
PARTIDAS
PARTIDAS SIN DESDOBLAMIENTO (00)
NOTAS LEGALES DE SUBPARTIDA
SUBPARTIDAS PRINCIPALES DE UN GUION
SUBPARTIDAS DE DOS GUIONES
MEXICO
REGLAS COMPLEMENTARIAS
NOTA ACLARATORIA DE SECCION
NOTAS ACLARATORIAS DE CAPITULO
FRACCIONES
SECCION XXII
CAPITULO 98
PARTIDAS
SUBPARTIDAS
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 110
LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y EXPORTACION
SECCION I. ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL.
CAPITULOS:
01 Animales vivos.
02 Carnes y despojos comestibles.
03 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.
04 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles
de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte.
05 Los demás productos de origen animal, no expresados ni comprendidos en
otra parte.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 111
SECCION II. PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL.
CAPITULOS:
06 Plantas vivas y productos de la floricultura.
07 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.
08 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos) melones y sandías.
09 Café, té, yerba mate y especias.
10 Cereales.
11 Productos de la molinería, malta, almidón y fécula; inulina, gluten de trigo.
12 Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o
medicinales.
13 Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales.
14 Materias trenzables y demás productos de origen vegetal, no expresados ni
comprendidos en otra parte.
SECCION III. GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE
SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE
ORIGEN ANIMAL O VEGETAL.
CAPITULOS:
15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento;
grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 112
SECCION IV. PRODUCTOS DE LA INDUSTRIA ALIMENTARIA; BEBIDAS,
LÍQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDANEOS DEL
TABACO ELABORADO.
CAPITULOS:
16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos.
17 Azúcares y artículos de confitería. 18 Cacao y sus preparaciones. 19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos
de pastelería. 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas. 21 Preparaciones alimenticias diversas. 22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre. 23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados
para animales. 24 Tabaco y sucedáneos del tabaco, elaborados.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 113
SECCION V. PRODUCTOS MINERALES.
25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos
26 Minerales metalíferos; escorias y cenizas.
27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación,
materias bituminosas; ceras minerales.
SECCION VI. PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS O DE LAS
INDUSTRIAS CONEXAS.
CAPITULOS:
28 Productos químicos inorgánicos; compuestos orgánicos u orgánicos de los
metales preciosos, de los elementos radiactivos, de metales de las tierras
raras o de isótopos.
29 Productos químicos orgánicos.
30 Productos farmacéuticos.
31 Abonos.
32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos demás
materias colorantes; pinturas y barnices; mastiques; tintas.
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de
cosmética.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 114
34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar,
preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de
limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar; “ceras de odontología” y
preparaciones para odontología a base de yeso fraguable.
35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados;
colas; enzimas.
36 Pólvoras y explosivos, artículos de pirotecnia; fósforos (cerillas); aleaciones
pirofóricas; materias inflamables.
37 Productos fotográficos y cinematográficos.
38 Productos diversos de las industrias químicas.
SECCION VII. PLASTICOS Y SUS MANUFACTURAS, CAUCHO Y SUS
MANUFACTURAS.
CAPITULOS:
39 Plásticos y sus manufacturas.
40 Caucho y sus manufacturas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 115
SECCION VIII. PIELES, CUEROS, PELETERIA Y MANUFACTURAS DE ESTAS
MATERIAS; ARTICULOS DE TALABARTERIA, O GUARNICIONERIA;
ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO, (CARTERAS) Y CONTINENTES
SIMILARES; MANUFACTURAS DE TRIPA.
CAPITULOS:
41 Pieles (excepto la peletería) y cueros.
42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de
viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de
tripa.
43 Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial.
SECCION IX. MADERA, CARBON VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA;
CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERIA Y
CESTERIA.
CAPITULOS:
44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera.
45 Corcho y sus manufacturas.
46 Manufacturas de espartería y cestería.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 116
SECCION X. PASTA DE MADERA O DE LAS DEMAS MATERIAS FIBROSAS
CELULOSICAS; PAPEL O CARTON PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y
DESECHOS).
CAPITULOS:
47 Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón
para reciclar (desperdicios y desechos)
48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel y de cartón.
49 Productos editoriales de la prensa y de las demás industrias gráficas, textos
manuscritos o mecanografiados y planos.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 117
SECCION XI. MATERIAS TEXTILES Y MANUFACTURAS.
CAPITULOS:
50 Seda.
51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.
52 Algodón.
53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de
papel.
54 Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil
sintética o artificial.
55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas.
56 Guata, fieltro y tela sin tejer, hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordaje,
artículos de cordelería.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 118
57 Alfombras y demás recubrimientos para el suelo, de materia textil
58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes;
tapicería.
59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos
de materia textil.
60 Tejidos de punto.
61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto.
62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto de punto.
63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos.
SECCION XII. CALZADO, SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS, PARAGUAS,
QUITASOLES, BASTONES, LÁTIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES; PLUMAS
PREPARADAS Y ARTICULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES;
MANUFACTURAS DE CABELLO.
CAPITULOS:
64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos.
65 Sombreros, demás tocados y sus partes.
66 Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y
sus partes.
67 Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores
artificiales; manufacturas de cabello.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 119
SECCION XIII. MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO,
AMIANTO ASBESTO), MICA O MATERIAS ANÁLOGAS; PRODUCTOS
CERAMICOS; VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO.
CAPITULOS:
68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto); mica o
materias análogas.
69 Productos cerámicos.
70 Vidrio y sus manufacturas.
SECCION XIV. PERLAS NATURALES O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O
SEMIPRECIOSAS, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO
(PLAQUE) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA; MONEDAS.
CAPITULOS:
71 Perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales
preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias;
bisutería; monedas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 120
SECCION XV. METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES.
CAPITULOS:
72 Fundición hierro y acero.
73 Manufacturas de fundición, hierro o acero.
74 Cobre y sus manufacturas.
75 Níquel y sus manufacturas.
76 Aluminio y sus manufacturas.
77 Reservado para una futura utilización en el sistema armonizado.
78 Plomo y sus manufacturas.
79 Cinc y sus manufacturas.
80 Estaño y sus manufacturas.
81 Los demás metales comunes; cermets, manufacturas de estas materias.
82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal
común; partes de estos artículos, de metal común.
83 Manufacturas diversas de metal común.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 121
SECCION XVI. MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS
PARTES; APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO,
APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN
TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS.
CAPITULOS:
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;
partes de estas máquinas o aparatos.
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o
reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y
sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 122
SECCION XVII. MATERIAL DE TRANSPORTE.
CAPITULOS:
86 Vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; aparatos
mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para vías de
comunicación.
87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres;
sus partes y accesorios.
88 Aeronaves, vehículos espaciales y sus partes.
89 Barcos y demás artefactos flotantes.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 123
SECCION XVIII. INSTRUMENTOS Y APARATOS DE OPTICA, FOTOGRAFIA O
CINEMATOGRAFIA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISION; INSTRUMENTOS Y
APARATOS MEDICO QUIRURGICOS; APARATOS DE RELOJERIA,
INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS
APARATOS.
90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida,
control o precisión; instrumentos y aparatos médico quirúrgicos; partes y
accesorios de estos instrumentos y aparatos.
91 Aparatos de relojería y sus partes.
92 Instrumentos musicales, sus partes y accesorios.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 124
SECCION XIX. ARMAS, MUNICIONES; Y SUS PARTES Y ACCESORIOS.
93 Armas, municiones y sus partes y accesorios.
SECCION XX. MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS.
94 Muebles, mobiliario médico quirúrgico; artículos de cama y similares, aparatos
de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte, anuncios, letreros
y placas indicadoras luminosas y artículos similares, construcciones
prefabricadas.
95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios.
96 Manufacturas diversas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 125
SECCION XXI. OBJETOS DE ARTE O COLECCION Y ANTIGÜEDADES.
97 Objetos de arte o colección y antigüedades.
SECCION XXII. OPERACIONES ESPECIALES.
98 Importación de mercancías mediante operaciones especiales.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 126
5.2 REGIMEN ADUANERO
Artículo 90 Ley Aduanera
Las mercancías que se introduzcan al territorio nacional o se extraigan del mismo,
podrán ser destinadas a alguno de los regímenes aduaneros siguientes:
A. Definitivos.
I. De importación.
II. De exportación.
B. Temporales.
I. De importación.
II. De exportación C.
C. Depósito Fiscal.
D. Tránsito de mercancías
E. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
F. Recinto fiscalizado estratégico.
IMPORTACION DEFINITIVA
La importación definitiva es la entrada de mercancías de procedencia extranjera para
permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.
EXPORTACION DEFINITIVA
El régimen de exportación definitiva consiste en la salida de mercancías del territorio
nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 127
IMPORTACION TEMPORAL Art. 106: Se entiende por régimen de importación temporal la entrada al país de mercancías para permanecer en él por tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retornen al extranjero en el mismo estado, por los siguientes plazos:
1. Hasta por un mes, las de remolques y semirremolques, incluyendo las plataformas adaptadas al medio de transporte diseñadas y utilizadas exclusivamente para el transporte de contenedores, siempre que transporten en territorio nacional las mercancías que en ellos se hubieran introducido al país o las que se conduzcan para su exportación.
2. Hasta por seis meses. 3. Hasta por un año, siempre que se reúnan las condiciones de control que
establezca el Reglamento. LAS MAQUILADORAS y EMPRESAS CON PROGRAMAS DE EXPORTACION AUTORIZADOS. Art 108. Las maquiladoras y las empresas en programas de exportación autorizados por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, podrán efectuar la importación temporal de mercancías para retornar al extranjero después de haberse destinado a un proceso de elaboración, transformación o reparación, así como las mercancías para retornar en el mismo estado, en los términos del programa autorizado, siempre que tributen de acuerdo con lo dispuesto en el Título 11de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y cumplan con los requisitos de control que establezca la Secretaría mediante reglas.
Las mercancías importadas temporalmente por las maquiladoras o empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, al amparo de sus. Respectivos programas, podrán permanecer en el territorio nacional por los siguientes plazos:
1. Hasta por dieciocho meses 2. Hasta por dos años, tratándose de contenedores y cajas de trailers. 3. Por la vigencia del programa de maquila o de exportación
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 128
EXPORTACION TEMPORAL
Art. 115: Se entiende por régimen de exportación temporal para retornar al país en el mismo estado, la salida de las mercancías, nacionales o nacionalizadas para permanecer en el extranjero por tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retornen del extranjero sin modificación alguna.
Art. 107: Tratándose de las importaciones temporales a que se refieren los incisos a), b) y d) de la fracción 11,la fracción 11I,el inciso b) de la fracción IV y los incisos a), primer párrafo del inciso e) ye) de la fracción V del artículo 106 de esta Ley, en el pedimento se señalará la finalidad a la que se destinarán las mercancías y, en su caso, el lugar en donde cumplirán la citada finalidad y mantendrán las propias mercancías. Quienes importen las mercancías a que se refieren los incisos a), e) y e) de la fracción V del artículo 106 mencionado, no estarán obligados a tramitar el pedimento respectivo, siempre que proporcionen la información que establezca la Secretaría mediante reglas.
En los demás casos, no se requerirá pedimento para la importación temporal de mercancías ni para su retorno, así mismo, no será necesario utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal, pero se deberá presentar la forma oficial que mediante reglas establezca la Secretaria.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 129
DEPOSITO FISCAL
Art. 119: El régimen de depósito fiscal consiste en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito que puedan prestar este servicio en los términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y además sean autorizados para ello, por las autoridades aduaneras. El régimen de depósito fiscal se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 130
TRANSITO DE MERCANCIAS
Art. 124: El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías bajo control fiscal de una aduana nacional a otra. Art. 125: Se considerará que el tránsito de mercancías es interno cuando se realice conforme a alguno de los siguientes supuestos:
1. La aduana de entrada envíe las mercancías de procedencia extranjera a la aduana que se encargará del despacho para su importación.
2. La aduana de despacho envíe las mercancías nacionales o nacionalizadas a la aduana de salida, para su exportación
3. La aduana de despacho envíe las mercancías importadas temporalmente en programas de maquila o de exportación a la aduana de salida, para su retorno al extranjero.
Art. 130: Se considerara que el tránsito de mercancías es internacional cuando se realice conforme a alguno de los siguientes supuestos:
1. La aduana de entrada envíe a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.
2. Las mercancías nacionales o nacionalizadas se trasladen en territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 131
Art. 131: El tránsito internacional de mercancías por territorio nacional se promoverá por conducto de agente aduanal, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
1. Formular el pedimento de tránsito internacional y anexar, en su caso, el documento en el que conste el depósito efectuado en la cuenta aduanera de garantía.
2. Determinar provisionalmente las contribuciones, aplicando la tasa máxima señalada en la tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, y la que corresponda tratándose de las demás contribuciones que se causen así como las cuotas compensatorias.
3. Efectuarse por las aduanas autorizadas y por las rutas fiscales que para tal efecto establezca la Secretaría mediante reglas. El traslado de las mercancías se deberá efectuar utilizando los servicios de las empresas inscritas en el registro de empresas transportistas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 132
ELABORACIÓN, TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN EN RECINTO FISCALIZADO. Art. 135: El régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado consiste en la introducción de mercancías extranjeras o nacionales a dichos recintos para su elaboración, transformación y reparación para ser retornadas al extranjero para ser exportadas, respectivamente.
RECINTO FISCALIZADO ESTRATEGICO.
Art. 135 A: Las personas que tengan el uso o goce de inmuebles ubicados dentro del recinto fiscalizado estratégico podrán solicitar la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico. No podrán obtener la autorización a que se refiere Art. 135 B: El régimen de recinto fiscalizado estratégico consiste en la Introducción, por tiempo limitado, de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, a los recintos fiscalizados estratégicos, para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición; venta, distribución, elaboración transformación o reparación y se sujetará a lo siguiente:
1. No se pagaran los impuestos al comercio exterior ni la cuotas compensatorias salvo tratándose de mercancías extranjeras.
2. No estarán sujetas al cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias y normas oficiales mexicanas excepto la expedidas en materia de sanidad animal y vegetal, salud pública, medio ambiente y seguridad nacional
3. Las mermas resultantes de los procesos de elaboración transformación o reparación no causaran contribución alguna ni cuotas compensatorias.
Los desperdicios no retornados no causarán contribuciones siempre que se
demuestre que han sido destruidos cumpliendo con las disposiciones de control que
para tales efectos establezca él servicio de Administración Tributaria mediante
reglas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 133
REGIMENES ADUANEROS
CLAVE DESCRIPCION
IMD DEFINITIVOS DE IMPORTACION
EXD DEFINITIVOS DE EXPORTACION
ITR
TEMPORALES DE IMPORTACION
PARA RETORNAR AL EXTRANJERO
EN EL MISMO ESTADO
ITE
TEMPORALES DE IMPORTACION
PARA ELABORACION,
TRANSFORMACION O REPARACION
PARA EMPRESAS CON PROGRAMA
IMMEX
ETR
TEMPORALES DE EXPORTACION
PARA RETORNAR AL PAIS EN EL
MISMO ESTADO
ETE
TEMPORALES DE EXPORTACION
PARA ELABORACION,
TRANSFORMACION O REPARACION
DFI DEPOSITO FISCAL
RFE
ELABORACION, TRANSFORMACION
O REPARACION EN RECINTO
FISCALIZADO
TRA TRANSITOS
RFS RECINTO FISCALIZADO
ESTRATEGICO
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 134
5.3 LEY ADUANERA
ESTRUCTURA DE LA LEY ADUANERA
TITULO PRIMERO, DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULOS
CAPITULO UNICO 1º al 9º
TITULO SEGUNDO
CONTROL DE ADUANA EN EL DESPACHO
CAPITULO I Entrada, salida y control de
mercancías 10 al 22
CAPITULO II Depósito ante la Aduana 23 al 34
CAPITULO III Despacho de mercancías 35 al 50
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 135
TITULO TERCERO, CONTRIBUCIONES, CUOTAS COMPENSATORIAS Y DEMAS
REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO
EXTERIOR
CAPITULO I Hechos gravados, contribuyentes y
responsables 51 al 59
CAPITULO II Afectaciones de mercancías y
exenciones
SECCION I Afectación de las mercancías 60
SECCION II Exenciones 61 al 63
SECCION III Restricciones a la devolución o
exención del impuesto general de
importación conforme a lo previsto en los
tratados de libre comercio 63-A
CAPITULO III Base gravable
SECCION I Del impuesto general de importación 64 al 78-C
SECCION II Del impuesto general de exportación 79
CAPITULO IV Determinación y pago 80 al 89
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 136
TITULO CUARTO, REGIMENES ADUANEROS
CAPITULO I Disposiciones comunes 90 al 94
CAPITULO II Definitivos de importación y de
exportación 95
SECCION I De importación 96 al 101-A
SECCION II De exportación 102 y 103
CAPITULO III Temporales de importación y de
exportación
SECCION I Importaciones temporales
I. Disposiciones generales 104 y 105
II. Para retornar al extranjero en el
Mismo estado 106 y 107
III. Para elaboración, transformación
o reparación en programas de
maquila o de exportación 108 al 112
SECCION II Exportaciones temporales
I. Disposiciones generales 113 y 114
II. Para retornar al país en el mismo
estado 115 y 116
III. Para elaboración, transformación
o reparación 117 y 118
CAPITULO IV Depósito fiscal 119 al 123
CAPITULO V Tránsito de mercancía 124
SECCION I Tránsito interno de mercancías 125 al 129
SECCION II Tránsito internacional de mercancías 130 al 134
CAPITULO VI Elaboración Transformación o reparación
en recinto fiscalizado 135
CAPITULO VII Recinto fiscalizado estratégico 135-A al 135-D
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 137
TITULO QUINTO, FRANJA Y REGION FRONTERIZA
CAPITULO UNICO 136 al 142
TITULO SEXTO, ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL Y DE LAS
AUTORIDADES FISCALES
CAPITULO UNICO
UNICO 143 al 158
TITULO SEPTIMO, AGENTES ADUANALES, APODERADOS ADUANALES Y
DICTAMINADORES ADUANEROS
CAPITULO UNICO
SECCION I Agentes aduanales 159 al 167
SECCION II Apoderados aduanales 168 al 173
SECCION III Dictaminadores aduaneros 174 al 175
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 138
TITULO OCTAVO, INFRACCIONES Y SANCIONES
CAPITULO UNICO 176 al 202
TITULO NOVENO, RECURSOS ADMINISTRATIVOS
CAPITULO UNICO 203
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 139
5.4 LEY DE COMERCIO EXTERIOR
ESTRUCTURA DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR
TÍTULO I ARTICULOS
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO UNICO 1º al 3º
TITULO II
FACULTADES DEL EJECUTIVO FEDERAL, DE
LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y DE LAS
COMISIONES AUXILIARES
CAPITULO I Facultades del Ejecutivo Federal 4º
CAPITULO II Facultades de la Secretaría de
Economía 5º
CAPITULO III Comisiones auxiliares 6º al 8º
TÍTULO III
ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS
CAPITULO UNICO 9º al 11
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 140
TÍTULO IV
ARANCELES Y MEDIDAS DE REGULACION Y
RESTRICCION NO ARANCELARIAS DEL
COMERCIO EXTERIOR
CAPITULO I Aranceles 12 al 14
CAPITULO II Medidas de regulación y
restricciones no arancelarias
SECCION I Disposiciones generales 15 al 20-A
SECCION II Permisos previos, cupos y
marcado de país de origen 21 al 25
SECCION III Otras medidas de regulación al
comercio exterior y normas
oficiales mexicanas 26 y 27
TITULO V
PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL
CAPITULO I Disposiciones generales 28 y 29
CAPITULO II Discriminación de precios 30 al 36
CAPITULO III Subvenciones 37 y 38
CAPITULO IV Daño a una rama de producción
nacional 39 al 44
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 141
TITULO VI
MEDIDAS DE SALVAGUARDA
CAPITULO UNICO 45 al 48
TÍTULO VII
PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO
INTERNACIONAL Y MEDIDAS DE SALVAGUARDA
CAPITULO I Disposiciones comunes a los
procedimientos 49 al 56
CAPITULO II Procedimiento en materia de
prácticas desleales de
comercio internacional
SECCION I Resolución preliminar 57
SECCION II Resolución final 58 al 60
SECCION III Audiencia conciliatoria 61
SECCION IV Cuotas compensatorias 62 al 71
SECCION V Compromisos de exportadores
y gobiernos 72 al 74
CAPITULO III Procedimiento en materia de
medidas de salvaguarda
SECCION I Determinación de medidas de
salvaguarda 75 al 77
SECCION II Circunstancias críticas 78 y 79
CAPITULO IV Otras disposiciones comunes a
los procedimientos 80 al 89
CAPITULO V Procedimientos especiales 89-A al 89-F
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 142
TÍTULO VIII
PROMOCION DE EXPORTACIONES
CAPITULO I Disposiciones generales 90
CAPITULO II Instrumentos de promoción 91 y 92
TÍTULO IX
INFRACCIONES, SANCIONES Y RECURSOS
CAPITULO I Infracciones y sanciones
administrativas 93
CAPITULO II Recurso de revocación 94 al 98
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 143
5.5 REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
PARA 2011.
TITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Y ACTOS PERVIOS AL
DESPACHO
CAPITULO 1.1 Disposiciones generales
CAPITULO 1.2 Presentación de promociones, Declaraciones, Avisos y Formatos
CAPITULO 1.3 Padrones De Importadores y Exportadores
CAPITULO 1.4 Agentes y Apoderados Aduanales.
CAPITULO 1.5 Valor en Aduana de las Mercancías.
CAPITULO 1.6 Determinación, Pago, Diferimiento y Compensación de
Contribuciones y Garantías.
CAPITULO 1.7 Medios de seguridad.
CAPITULO 1.8 Prevalidación Electrónica.
CAPITULO 1.9 Transmisión Electrónica de Información.
TITULO 2 ENTRADA, SALIDA Y CONTROL DE MERCANCIAS
CAPITULO 2.1 Disposiciones Generales.
CAPITULO 2.2 Depósito ante la Aduana.
CAPITULO 2.3 Recintos Fiscales, Fiscalizados, y Fiscalizados Estratégicos.
CAPITULO 2.4 Control de Mercancías por la Aduana.
CAPITULO 2.5 Regularización de Mercancías de Procedencia Extranjera.
TITULO 3 DESPACHO DE MERCANCIAS
CAPITULO 3.1 Disposiciones Generales
CAPITULO 3.2 Pasajeros
CAPITULO 3.3 Mercancías Exentas
CAPITULO 3.4 Franja o Región Fronteriza.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 144
CAPITULO 3.5 Vehículos
CAPITULO 3.6 Cuadernos ATA
CAPITULO 3.7 Procedimientos Administrativos Simplificados.
CAPITULO 3.8 Empresas Simplificadas.
TITULO 4 REGIMENES ADUANEROS
CAPITULO 4.1 Definitivos de Importación y Exportación.
CAPITULO 4.2 Temporal de Importación para Retornar al Extranjero en el Mismo
Estado.
CAPITULO 4.3 Temporal de Importación para Elaboración, Transformación o
Reparación.
CAPITULO 4.4 Temporal de Exportación.
CAPITULO 4.5 Tránsito de Mercancías.
CAPITULO 4.6 Elaboración, Transformación o Reparación en Recinto
Fiscalizado.
CAPITULO 4.7 Recinto Fiscalizado Estratégico.
TITULO 5 DEMAS CONTRIBUCIONES
CAPITULO 5.1 Derecho de Trámite Aduanero.
CAPITULO 5.2 Impuesto al Valor Agregado.
CAPITULO 5.3 Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios
CAPITULO 5.4 Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
CAPITULO 5.5 Impuesto Sobre la Renta.
TITULO 6 ACTOS POSTERIORES AL DESPACHO
CAPITULO 6.1 Rectificación de Pedimentos.
CAPITULO 6.2 Declaraciones Complementarias.
TRANSITORIOS.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 145
5.6 DECRETOS PARA LA PROMOCION DEL COMERCIO EXTERIOR
PROSEC
(El Programa de Promoción Sectorial) PROSEC es un programa iniciado por el
gobierno mexicano después de la aplicación del Tratado de Libre Comercio de
América del Norte (TLCAN) para superar los desafíos que enfrentan las fábricas
internacionales (maquiladoras) en México como resultado del TLCAN el artículo 3. El
artículo 3 establece que ningún miembro del TLCAN puede eximir o reducir los
aranceles de importación condicionadas a la exportación del producto terminado a
otro país miembro del TLCAN. El resultado fue que después de que México se unió a
las tasas arancelarias del TLCAN para muchas de las materias primas utilizadas por
las compañías de fabricación de las maquiladoras se han incrementado
significativamente, sobre todo para mercancías de origen chino.
PROSEC es una medida de reducción arancelaria que evita correr a tener problemas
con el artículo 3 del TLC, al permitir ni a los productores nacionales o extranjeros,
con independencia de que termine bien está destinado a la exportación o venta en el
país, para pedir al gobierno una reducción o eliminación de un arancel .
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 146
ALTEX
El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX) es un instrumento de
promoción a las exportaciones de productos mexicanos, destinado a apoyar su
operación mediante facilidades administrativas y fiscales.
BENEFICIARIOS
1. Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de
mercancías no petroleras que demuestren exportaciones directas por un valor de dos
millones de dólares o equivalentes al 40% de sus ventas totales, en el período de un
año;
2. Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de
mercancías no petroleras que demuestren exportaciones indirectas anuales
equivalentes al 50% de sus ventas totales;
3. Las empresas de comercio exterior (ECEX), con registro vigente expedido por
esta Secretaría;
4. Los exportadores directos e indirectos podrán cumplir con el requisito de
exportación del 40% o dos millones de dólares, sumando los dos tipos de
exportación. Para tal efecto, de las exportaciones indirectas únicamente se
considerará el 80 por ciento de su valor.
BENEFICIOS
1. Devolución de saldos a favor del IVA, en un término aproximado de cinco días
hábiles;
2. Acceso gratuito al Sistema de Información Comercial administrado por la SE;
3. Exención del requisito de segunda revisión de las mercancías de exportación en
la aduana de salida cuando éstas hayan sido previamente despachadas en una
aduana interior, y
4. Facultad para nombrar a un apoderado aduanal para varias aduanas y diversos
productos.
5. Para gozar de dichos beneficios, los usuarios de este programa deberán
presentar, ante las Dependencias de la Administración Pública Federal
correspondientes, una copia de la Constancia ALTEX expedida por esta Secretaría y,
en su caso, la ratificación de vigencia.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 147
IMMEX
Es un instrumento mediante el cual se permite importar temporalmente los bienes
necesarios para ser utilizados en un proceso industrial o de servicio destinado a la
elaboración, transformación o reparación de mercancías de procedencia extranjera
importadas temporalmente para su exportación o a la prestación de servicios de
exportación, sin cubrir el pago del impuesto general de importación, del impuesto al
valor agregado y, en su caso, de las cuotas compensatorias.
El Programa IMMEX brinda a sus titulares la posibilidad de importar temporalmente
libre de impuestos a la importación y del IVA, los bienes necesarios para ser
utilizados en un proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración,
transformación o reparación de mercancías de procedencia extranjera importadas
temporalmente para su exportación o a la prestación de servicios de exportación.
Estos bienes están agrupados bajo las siguientes categorías:
I.- Materias primas, partes y componentes que se vayan a destinar totalmente a
integrar mercancías de exportación; combustibles, lubricantes y otros materiales que
se vayan a consumir durante el proceso productivo de la mercancía de exportación;
envases y empaques; etiquetas y folletos.
II.- Contenedores y cajas de tráiler.
III.- Maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos, moldes y refacciones destinadas
al proceso productivo; equipos y aparatos para el control de la contaminación; para la
investigación o capacitación, de seguridad industrial, de telecomunicación y cómputo,
de laboratorio, de medición, de prueba de productos y control de calidad; así como
aquéllos que intervengan en el manejo de materiales relacionados directamente con
los bienes de exportación y otros vinculados con el proceso productivo; equipo para
el desarrollo administrativo.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 148
DRAWBACK
ARTÍCULO 1o. El presente Decreto tiene por objeto establecer el mecanismo
mediante el cual operará la devolución del impuesto general de importación pagado
por la importación de mercancías o insumos incorporados a mercancías de
exportación; o de mercancías que se retornen al extranjero, en el mismo estado o
que hayan sido sometidas a procesos de reparación o alteración.
Cuando no proceda la devolución, la Secretaría comunicará la negativa al interesado
en un plazo no mayor de 10 días hábiles, contados a partir de la recepción de la
solicitud, mediante resolución debidamente fundada y motivada. En caso de que la
Secretaría determine que la solicitud no cumple con todos los requisitos señalados
en el presente Decreto, la devolverá al exportador a fin de que en un plazo de 30
días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación del requerimiento, la
presente nuevamente.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 149
ECEX
Decreto para regular el establecimiento de Empresas de Comercio Exterior ECEX.
El presente Decreto tiene por objeto promover el establecimiento de las Empresas de Comercio Exterior, determinar las características de aquellas que podrán obtener de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial su registro como tales, y establecer beneficios que podrán otorgarse a las mismas.
Las Empresas de Comercio Exterior, en adición a los beneficios que otorga la ley, tendrán derecho a:
I. Obtener la Constancia de Empresa Altamente Exportadora;
II. Inscribirse al Programa de Importación Temporal para producir Artículos de
Exportación, y
III. Los demás que la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial establezca, o los
que en el futuro acuerde o convenga con otras entidades y dependencias de la
administración pública federal o local, según corresponda.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 150
UNIDAD VI 6.1 ANIMALES VIVOS
MASCOTAS COMUNES (PERROS Y GATOS)
Empaque y etiquetado
A. Transportar en un contenedor autorizado según “Reglamentación para el
transporte de animales vivos” de IATA para la transportación de animales
domésticos y algunas otras especies.
B. Para el transporte de perros, gatos y hurones mayores de tres meses; deberán
cumplir:
1. Identificados mediante micro chip o tatuaje.
2. El propietario del animal, o la persona responsable de este, deberá
proporcionar los medios necesarios para la lectura del micro chip cuando se
lleve a cabo un control o algún otro trámite que lo requiera.
3. Vacunados contra la rabia
4. Contar con certificado oficial ó pasaporte (en caso de reintroducción)
Los modelos de contenedor autorizados por la IATA son:
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 151
TIPO DE CONTENEDOR
Es importante que busque el contenedor más adecuado para el tamaño de su
mascota, con la intención de que pueda moverse libremente en su interior;
permanezca de pie y se recueste en su posición natural.
Altura máxima del perro 49cm, dimensiones de la jaula 50cm x 70cm x 49cm.
Altura máxima del perro 59cm, dimensiones de la jaula 57cm x 83cm x 59cm.
Altura máxima del perro 67cm, dimensiones de la jaula 66cm x 93cm x 67cm.
Altura máxima del perro 77cm, dimensiones de la jaula 75cm x 104cm x 77cm.
Altura máxima del perro 90cm, dimensiones de la jaula 82cm x 123cm x 90cm.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 152
6.2 RESTOS HUMANOS
(No se considerarán como mercancías y, en consecuencia, no se gravarán)
conforme a la Regla “9ªA” de las Complementarias.
NO INCINERADOS O EXHUMADOS
Documentación requerida importación:
1. Acta de defunción (original y dos copias).
2. Comprobante de embalsamiento del cadáver con sello de la funeraria que
documenta y firma del médico que lo expide (original y dos copias).
3. Restos humanos exhumados: comprobante de exhumación del cadáver con
sello de la funeraria que documenta y firma del médico que lo expide (original
y dos copias).
ETIQUETAS: Head (indicar posición de cabeza)
4. Permiso sanitario de traslado (original y dos copias)
5. En caso de que el resto humano haya sido sujeto de averiguación previa,
adjuntar el oficio de entrega de cadáver expedido por el Ministerio Público del
lugar de procedencia (solo carga nacional).
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 153
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LA TRANSPORTACIÓN Ó SALIDA
1. Sellos y firmas de autoridades sanitarias del aeropuerto de origen.
2. El remitente deberá presentar los documentos oficiales, (visados o
apostillados por el consulado del país de origen del embarque) que sean
necesarios para la transportación, requeridos por los países en tránsito y
destino (original y dos copias).
3. En caso de que el embarque tenga un destino diferente a Latinoamérica
(países de habla hispana), se requiere traducción al inglés de todos los
documentos.
4. En caso de que el embarque tenga como destino Latinoamérica y los
documentos originales no se encuentren en español se requiere traducción al
español de todos los documentos.
EMPAQUE Y ETIQUETADO
1. Féretro sobre base de madera, cubierto con cartón encerado y asegurado con
cinturones de tela o fleje (no se reciben restos humanos sin féretro bajo
ninguna circunstancia).
2. La base de madera deberá contar con asas resistentes que faciliten su
orientación.
3. Los cinturones de tela o fleje deberán ir sujetos a la desde la base.
4. El embalaje exterior debe indicar en la parte superior la ubicación de la cabeza
con la leyenda “HEAD”.
5. Nombre completo del difunto.
6. Prefijo y No. de guía (AWB) máster (ej.97612345678)*.
7. Ruta completa (ej. CJ5-MEX-BJX)*.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 154
CONSIDERAR:
1. Los restos humanos solo serán aceptados para el transporte sobre la base de
espacio confirmado desde origen hasta destino final, efectuándose los
acuerdos previos necesarios entre transportista y la funeraria que expide.
2. El servicio se proporcionará únicamente de Aeropuerto a Aeropuerto.
3. Los datos de remitente y consignatario solo serán de funeraria a funeraria.
4. Los restos humanos no pueden ir consolidados con otras mercancías, sin
embargo pueden consolidarse en una expedición compuesta en su totalidad
por restos humanos.
5. El embarque no debe despedir mal olor.
6. Contactar al personal de servicio al cliente para que facilite información de los
destinos abiertos para el envió de restos humanos.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 155
6.3. EJERCICIOS.
EJERCICIO 1
Planteamiento del problema.
La empresa Panalpina Transportes Mundiales en la C.d. de México desea exportar
Diodos por vía aérea a Panalpina Welttransport una empresa ubicada en Sttugart,
Alemania. De acuerdo a los datos presentados en la Guía aérea y Factura comercial
se pide calcular los costos totales de exportación.
A continuación se presenta los siguientes datos.
Guía Aérea Factura Comercial
Guía House= 423599 Valor Unitario= 0.054 EUR
Aeropuerto de salida = México Valor Comercial= 255.50 EUR
Aeropuerto de llegada = Stuttgart Valor Factura= 278.50 USD
Tipo de moneda = dólares Tipo de moneda= Euros
Total pagado = 70.43 USD Unidad de Medida Comercial= PZ
Peso bruto =2.4 Kg Cantidad comprada o vendida= 5000 pzs
Exportador= Panalpina Transportes Nombre de la mercancía= Diodos
Importador= Panalpina Welttransport Tipo de cambio=$18 pesos por Euro
$14 pesos por dólar
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 156
Valor Aduana = 61464.62 + 13018.88
Valor Aduana = 74,483.5
Peso Bruto = 2.4 KG
DIAS ALMACENAJE = 6 DIAS
Valor Factura = 5013 PESOS
Valor Comercial = 4599.00------
IVA 735.84
Impuestos Generales de
Importación = 689.85------ IVA
110.24
Derecho de trámite Aduanero
= 36.70 ------ IVA 5.88
Revalidación
= 140 ------ IVA 23.00
TOTAL = 874.96
Costos totales $ 15,646.54
D
A= ----------------
B = $ 317
C = --------------
D = ---------------
E = $514
F = $ 195
G = $136
H = $ 50
= 1212 X 16 %
= 1405.92
C
TIGIE = 8530.20.99
Valor Comercial =
$4599
Impuestos Generales de Importación
= 689.85
Derecho de Trámite
Aduanero = 36.79
Revalidación= 140
OTROS IMP. = 0
IVA 16 % =
$1741.60
A
$ 6, 500
B
$ 986.02
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 157
EJERCICIO 2
Planteamiento del problema.
La empresa Truck Lite Europe Europe GMBH en Alemania, desea exportar partes
automotrices por vía aérea a Truck Lite S. DE R.L.DE C.V una empresa ubicada en
Puebla. De acuerdo a los datos presentados en la Guía aérea y Factura comercial se
pide calcular los costos totales de exportación.
A continuación se presenta los siguientes datos.
Guía Aérea Factura Comercial
Aeropuerto de salida = Alemania Descripción = Partes automotrices
Aeropuerto de llegada = Mexico City Tipo de Moneda= EUROS
Exportador = Truck Lite Europe Europe GMBH Unidad de Medida Comercial=PZA
Importador = Truck Lite S. DE R.L.DE C.V 1 Valor Comercial = 1056.0
Tipo de moneda = Euros 2 Valor Comercial = 181.80
Total pagado = 13109.22 MX 1 Valor Factura = 1056.00
Peso bruto = 197.0 2 Valor Factura = 181.86
V1+V2 x 18 = $ 22,280
V1+V2 x 18= $ 1237.8 x 18
= $ 22,280
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 158
Valor Aduana 1 = 85.3 %
Valor Aduana 2 = 14.7 %
Peso Bruto =134 KG
DIAS ALMACENAJE = 4 DIAS
Costos totales $ 56,126.93
A
$ 8,500 MX
B
$ 13109.04 MX
D
A = $ 392
B = $ 645
C = $ 295
D = N/A
E = $1232
F = N/A
G = N/A
H = $ 100
2664 + IVA (426.24)
= 3090.24
C
Valor Comercial=
35389.04
Impuestos Generales de Importación
=8547.20.99 =
7%=211340
Impuestos Generales de Importación
=8536.90.99 =
9%=467.81
Derecho de trámite
Aduanero = 283.11
Revalidación = 140
OTROS IMP= EXC
IVA 16%
= 9147.25
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 159
EJERCICIO 3
Planteamiento del problema.
Una empresa ubicada en China, desea exportar tarjetas electrónicas por vía aérea a
una empresa de la Cd de México. De acuerdo a los datos presentados en la Guía
aérea y Factura comercial se pide calcular los costos totales de exportación.
A continuación se presenta los siguientes datos.
Guía Aérea Factura Comercial
Aeropuerto de salida = China Valor Unitario= 4.61 USD
Aeropuerto de llegada = México Valor Comercial= 4,181.27
Tipo de moneda = dólares Valor Factura= 4,390.33 USD
Total pagado = 929.92 USD Tipo de moneda= USD
Peso bruto =141.0 Kg Mercancías= Tarjetas Electrónicas
Incrementables aplicables= 209.06 USD
Cantidad comprada= 907 PZAS
Total pagado guía aérea= 13018.88 pesos
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 160
Valor Aduana = 61464.62 + 13018.88
Valor Aduana = 74,483.5
Peso Bruto = 141.0 KG
DIAS ALMACENAJE = 3 DIAS
0.495 X 3 X 141 = 209.40
Costos totales $ 107,719.12
A
$ 8, 500
B
$ 13,018.88
D
A = $ 392.00
B = $ 847.00
C = $ 295.00
D = ---------------
E = $ 1,232.00
F = ---------------
G = --------------
H = $ 100
$ 3, 324.56
C
Valor Aduana=
$ 74,483
Impuestos Generales de Importación
= 10% = 744835
Derecho de trámite
Aduanero = 8 al
millar
Revalidación= 140
IVA= 16 %
OTROS IMP= EXC
= $ 21411.06
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 161
EJERCICIO 4
Planteamiento del problema.
Un Zoológico ubicado en Calcuta, desea exportar un Elefante por vía aérea a uno
ubicado en la Cd de México. De acuerdo a los datos presentados en la Guía aérea y
Factura comercial se pide calcular los costos totales de exportación.
A continuación se presenta los siguientes datos.
Guía Aérea Factura Comercial
Aeropuerto de salida = Calcuta Descripción = Elefante
Aeropuerto de llegada = México Tipo de moneda= INR
Exportador = Calcuta zoo Unidad de Medida Comercial = PZA
Importador = zoo Land Valor Comercial= 314, 671,010 MX
Tipo de moneda = dólares Incrementables aplicables=
Total pagado = 24572.38 MX CTR = 16,800 MX
Peso bruto =774 Kg Guía = 24,572.38 MX
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 162
Valor Comercial = 31467010 MX
Valor Factura = 3483810 MX
Valor Aduana = 31, 508,382.38
Peso Bruto =774.0 KG
DIAS ALMACENAJE = 1 DIAS
Costos totales $ 4, 268,790.79
A
$ 22,000 MX
B
$ 24,572.38 MX
D
A = $ 625.00
B = $ 4530.00
C = $ 78317.19
D = N/A
E = $ 1.729
F = ---------------
G = --------------
H = $ 170
$ 8524.84
C
Valor Aduana=
Importación
Valor Comercial=
Exportación
Impuestos Generales de Importación
= 701,676.47
Derecho de trámite
Aduanero =
28,067.05
Revalidación= 140
= $ 724,883.52
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 163
6.4. CASO PRACTICO
IMPORTACION DE PERFILES DE CAUCHO PROCEDENTE DE CANADA.
ANTECEDENTES COMPRADOR VENDEDOR.
Exportador/Vendedor:
EHC CANADA, INC.
1287 Boundary Road
Oshawa Ontario Canadá
Contacto: Lori Morrow
Importador/Comprador:
ELEVATOR CONSULTOR SACYME.
Yukon No. 2 Col. Del Valle
México D.F.
ENVASE, EMBALAJE, TRANSPORTE.
El embalaje utilizado para la trasportación de este material son carretes de madera,
los perfiles se enrollan en el carrete, se emplayan y se colocan las marcas de
identificación.
No es un material delicado por lo que no requiere mayor protección.
La mercancía fue transportada por vía aérea por FEDEX International Express
Freight.
Para ser entregado a su destino final en México fue transportado vía terrestre en
camioneta de 3 ½ toneladas.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 164
REGIMEN ADUANERO.
Importación Definitiva.
Esta mercancía fue importado bajo el Régimen de importación definitiva, que es la
entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio
nacional por tiempo ilimitado.
Se hizo mediante Pedimento de Importación con clave A1.
Fracción Arancelaria, Barreras Arancelarias y no Arancelarias.
4008.19.01
IGI: 0%
IVA: 16%
DTA: 8 al millar
PRV: 140 MN más IVA
No se encuentra sujeta a alguna Regulación o Restricción no Arancelaria.
DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN AL PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN.
Copia de la guía aérea
Factura
Carta complementaria de conformidad con el Art. 36 de la Ley Aduanera y la
Regla 3.1.5 (datos obligatorios con los que debe cumplir la factura)
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 165
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 166
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 167
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 168
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 169
Se trata de una operación de Importación definitiva, procedente y originaria de
Canadá, partiendo del Aeropuerto de Toronto con destino al Aeropuerto Internacional
de la Cd. De México para su importación.
La mercancía a importar son perfiles de caucho, que serán utilizados como
pasamanos en escaleras mecánicas, principalmente para las estaciones del Metro.
La mercancía viajo por FEDEX International Express Freight.
El flete fue cobrado en CAD (Dólares Canadienses) y la factura en USD.
Con los datos mencionados anteriormente comenzaremos con el desarrollo del caso
práctico.
DATOS GUIA AEREA
Guía Master: 023 3610 7363
Aeropuerto de origen: Toronto, Canadá
Aeropuerto de destino: Cd. De México
Moneda: CAD
Bultos: 5
Peso: 1,116 kilos
Flete: 4,899 CAD
Exp.: EHC Canada Inc.
Imp.: Elevator Consultor Sacyme
T.C.: 11 pesos por CAD
Días de almacenaje: 2
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 170
DATOS FACTURA
Descripción: Perfiles de caucho
Fracción Arancelaria: 4008.19.01
Moneda: USD
Tipo de cambio: 14 pesos por USD
Unidad de medida: metros lineales
Valor Comercial: 317,715.58 MN
Cargos por flete: 52,206.00 MN
Valor Factura: 369,921.58 MN
Flete guía (incrementables): 53,891.64 MN
Valor Aduana: 423,813.22 MN
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO 171
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
GLOSARIO
ABANDONO LEGAL: Es el acto mediante el cual el Administrador de Aduanas declara abandono una mercancía, cuando vencido el término no ha obtenido reembarcado, la mercancía podrá permanecer almacenada mientras se realiza los trámites para obtener su levante. ABANDONO EXPRESO: Acto voluntario del importador o exportador, en donde ceden las mercancías al fisco federal. ABANDONO FICTO: Acto de pasar las mercancías a propiedad del Fisco Federal, cuando no son retiradas dentro de los plazos marcados por la Ley Aduanera ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ADUANAS: Área central del Servicio de Administración Tributaria encargada de administrar las aduanas del país y ejecutar la política aduanera nacional. ADUANA: Lugar autorizado por donde ingresan o salen las mercancías del país a fin de declarar los datos y elementos en la forma oficial aprobada por la Secretaría de Hacienda llamada pedimento; que le permite a la autoridad identificar el cumplimiento de las disposiciones aplicables a las mercancías. AGENTE ADUANAL: Es la persona física autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante una patente, para promover por cuenta ajena de despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros. ALMACÉN GENERAL DE DEPÓSITO: Organización auxiliar del crédito que tiene como objetivo el almacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías así como la expedición de certificados de depósito o bonos de prenda y otorgar servicios a las mercancías depositadas a fin de aumentar el valor de estas sin que varié su naturaleza. APODERADO ADUANAL: Persona física asalariada y contratada por algún contribuyente, para que en sus nombres y representación pueda efectuar, previa autorización del Servicio de Administración Tributaria, el despacho aduanal sin necesidad de contratar los servicios de un agente aduanal autorizado individual.
ARANCEL (DUTY): Impuesto de Aduana que se utiliza en las operaciones de Comercio Exterior. Principalmente los países que aplican un arancel a las mercancías que se importan, aunque también puedan existir algún arancel a la exportación. ARANCEL AD-VALOREM: Gravamen expresado como porcentaje fijo del valor del bien importado. ARANCEL CUPO: Cuando se establece un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas y una tasa de diferentes a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan el monto. ARANCELES ESPECÍFICOS: Cuando se expresen en términos monetarios por unidades de medida. ARANCEL ESTACIONAL: Cuando se establecen niveles arancelarios distintos para diferentes periodos del año. ARANCEL EXTERNO COMÚN: Tasa arancelaria aplicada de manera uniforme por un grupo de países de un grupo de integración multinacional. ARANCEL MIXTO: Es aquel compuesto por un arancel ad valorem y uno específico, aplicados simultáneamente para gravar la importación de un bien. CANDADO FISCAL: Medio de seguridad con un número de control que se utilizan para asegurar el compartimiento de carga, a fin de evitar que la mercancía contenida en el medio de transporte sea modificada. CARGA CONSOLIDADA: Agrupamiento de mercancía pertenecientes a varios consignatarios reunidas para ser transportados. De un puerto aeropuerto o terminal terrestre con destino a otro puerto, aeropuerto o terminal terrestre, en contenedores o similares, siempre y cuando se encuentre amparadas por un mismo documento de transportado. CARTA DE INSTRUCCIONES: Instrucciones escritas efectuadas al agente aduanal donde se indican las características de la operación tales como régimen, valoración, entrega y situaciones especiales sobre las importaciones y exportaciones del contribuyente.
LA OPERACION ADUANERA Y EL COMERCIO INTERNACIONAL EN EL TRANSPORTE AEREO
CARTA DE PORTE: (autotransporte) Documento que entrega el transportista al remitente de la carga, que ampara la carga transportada por la tierra. CLASIFICACIÓN ARANCELARIA: Orden sistemático de todas las mercancías en una nomenclatura determinada en la que cada mercancía se le identifica a través de un código numérico general que significa lo mismo que en cualquier aduana del mundo. En México puede ser de seis dígitos a la exportación y de 8 de importación, el cual se le conoce como fracción arancelaria y está basado en el sistema armonizado de designación y codificación de mercancías. (sg). CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: Documento que justifica el contrato de transporte por mar de una mercancía y que permite al tenedor reclamar la entrega de la misma. Expedido a la orden o al portador, es transferible, y por tanto, negociable, (titulo de crédito) CUPO DE EXPORTACIÓN O IMPORTACIÓN: El monto de una mercancía que podrá ser exportado o importado, ya sea máximo o dentro de un arancel-cupo. DECLARACIÓN DE ADUANA: Se denomina así al formulario impreso, debidamente requisitado por el importador/exportador que tiene como objetivos principales: permitir la liquidación y el cobro de los derechos, impuestos u otros gravámenes que se deba pagar por las mercancías y; fiscalizar la importación/exportación de mercancías sujetas a limitaciones y/o protecciones (flora y fauna) y/o prohibiciones y/o exenciones (derechos) DERECHO DE TRÁMITE ADUANERO (DTA): Contribución establecida en la Ley Federal de Derechos por el aprovechamiento de los bienes de dominio público, y por los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público en la operación aduanera. DESADUANAMIENTO: Retiro de las mercancías de los recintos fiscal y/o fiscalizado, previo cumplimiento de los requisitos y formalidades establecidos en la Ley Aduanera. DESGRAVACIÓN ARANCELARIA: Eliminación progresiva y cronológica de aranceles aduanero para bienes considerados originarios, que se encuentra negociada dentro de los Tratados y Acuerdo comerciales firmados por México con otros países. DESPACHO DE MERCANCÍAS: El conjunto de actos y formalidades relativo a la entrada de mercancías al territorio nacional y su salida del
mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduanero establecidos en la Ley Aduanera, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes o apoderados aduánales. DOMICILIO FISCAL: Para personas físicas: Local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios cuando se realicen actividades empresariales: local que utilizan como base fija para el desempeño de sus actividades, cuando presten servicios personales independientes. Personas Morales: Local donde se encuentre la administración principal del negocio cuando sean residentes en el país. DRAW BACK: Mecanismo fiscal que procede para la recuperación de los impuestos al Comercio Exterior por importaciones definitivas que se retornaron al extranjero antes de que se cumpliera un año desde su internación al país. DUTY FREE: Locales de venta de mercancías nacionales y extranjeras ubicados en aeropuertos internacionales, puertos marítimos y fronterizos cuyo objetivo es la venta sin impuestos al Comercio Exterior ni internos (IVA, IEPS) a pasajeros que salgan directamente del país, teniendo como particularidad la entrega de productos en los puntos de salida del territorio nacional. ECEX: Empresas de Comercio Exterior, es un registro a cargo de la Secretaría de Economía y se otorga a empresas cuyo objeto social sea el de promover la oferta exportable de productos nacionales o transformados dentro de los mercados internacionales. Su principal beneficio es la adquisición de mercancías con la tasa de 0% del IVA dentro del territorio nacional, obligándose a efectuar la exportación en menos de seis meses. EMBARGO PRECAUTORIO: Medida cautelar que tiene la autoridad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con la retención de mercancías para procurar que se cumplan dichas obligaciones. ESTIBA: Es la forma de colocar las cajas una sobre otra, de forma que el producto no se dañe por exceso de peso o mal acomodo. ESTIBA DOBLE: Forma de transportar los contenedores, donde se apilan (estiban) hasta dos en transportes ferroviarios.
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EXPORTACIÓN: Es la salida de mercancía de un territorio aduanero, ya sea en forma temporal o definitiva. EXPORTADOR INDIRECTO: Productor y proveedor de bienes que son incorporados a mercancías que son destinadas a la exportación de mercancías. FACTURA COMERCIAL: Documento que identifica al vendedor y al comprador de bienes o servicios, donde se asienta el número de la factura, la fecha de embarque, el medio de transporte, la entrega y términos de pago, así como un listado completo con la descripción de los bienes y servicios en cuestión , incluyendo precios, descuentos y cantidades. FRACCIÓN ARANCELARIA: Es el código numérico homologado con los países que pertenecen a la Organización Mundial de Aduanas (OMA) para identificar las mercancías de importación y exportación, considerando su naturaleza y función a fin de poder imponer los aranceles, permisos, (restricciones y regulaciones no arancelarias), precios estimados o solicitar mayor información sobre las mercancías (anexo 18). Es formada por 8 dígitos siendo los dos primeros dígitos el capítulo, los dígitos 3 y 4 la partida, los dígitos 5 y 6 la subpartida, y los dígitos 7 y 8 forman la fracción arancelaria. Los primeros seis son de utilización obligada para los miembros de la OMA, los últimos dos son de aplicación local y su metodología de aplicación se conoce con el nombre de clasificación arancelaria, practicada regularmente por los agentes y apoderados aduanales. GUÍA AÉREA: Es el documento que ampara una mercancía que se transporta por la vía aérea. (En inglés: Airway Bill). Se divide en Guía Master, que es expedida por la compañía transportista, y Guía House (expedida por la empresa Consolidadora con base en una Guía Master). IMPORTACIÓN: Entrada de mercancías al territorio nacional para permanecer en él, en forma definitiva o temporal. IMPUESTOS: Son las contribuciones establecidas en las leyes que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica ó de hecho prevista por la misma y que sean distintas de aportaciones, contribuciones y derechos. LOGÍSTICA: Proceso que implica la planificación, ejecución y control eficiente del flujo de materias primas, inventarios, productos terminados, servicios e información relacionada, desde el punto de origen al punto
de consumo, incluyendo los movimientos internos y externos y las operaciones de exportación e importación, con el único fin de satisfacer las necesidades del cliente. MANIFESTACIÓN DE VALOR EN ADUANAS: Documento con el cual el importador declara bajo protesta de decir verdad al Agente o Apoderado Aduanal el valor en aduanas de las mercancías. MAQUILA: Proceso industrial o de servicios destinado a la transformación, elaboración o reparación de mercancías. MAQUILA DE EXPORTACIÓN: Empresas nacionales o extranjeras que obtienen un registro ante SECON a fin de poder efectuar procesos de ensamble, acabado o de transformación simple en nuestro país, por lo que pueden efectuar importaciones temporales a fin de exportar el producto terminado. MAQUILADORA DE SERVICIOS: Es una figura de abastecimiento y complemento, se le permite a las empresas de servicio o extensiones de las empresas de servicio. MECANISMO DE SELECCIÓN AUTOMATIZADO: Mecanismo que determinará si la mercancía a importar o exportar será sometida a reconocimiento aduanero, esto mediante un sistema de cómputo que lo determinará mediante estadísticas. MUESTRA SIN VALOR COMERCIAL: Son aquellas mercancías que se importan o exportan con el fin de promover pedidos, sin que sobrepasen en cantidad y valor por envío a los fijados por el Gobierno Nacional. MULTIMODAL: Es el porte de mercancías a través de dos o más medios de transporte, desde un lugar situado en un país en el cual solamente un transportista se responsabiliza de tomar las mercancías bajo su custodia, hasta un lugar designado NORMA OFICIAL MEXICANA (NOM): Es una regulación obligatoria de aplicación federal que contiene características que deben cumplir aquellos productos y procesos que puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas, dañar la salud humana, animal o vegetal, el medio ambiente en general o causar daños en la preservación de los recursos naturales. Su fundamento legal se encuentra en la Ley de Meteorología y Normalización. NORMAS DE CALIDAD: Disposiciones legales que establecen los parámetros de calidad que debe de acreditar un producto para ingresar a un país.
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OMA: Organización Mundial de Aduanas, organismo internacional que tiene como misión el resaltar la eficiencia y efectividad de la administración de la aduana entre sus países miembros que actualmente son 161 países. PADRÓN DE IMPORTADORES: Registro necesario para importar en nuestro país, tramitado con debida antelación ante la Administración General de Aduanas. PADRÓN SECTORIAL: Es el registro para poder efectuar importaciones a nuestro país de mercancías agrupadas por sectores dependiendo del tipo de mercancías que se trate, mercancías que se encuentran relacionadas en el anexo 10 de las reglas de carácter general. PAMA: Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, es el conjunto de actos previstos en la Ley Aduanera que implican un embargo precautorio de la mercancía por estar en supuesto de infracción como puede ser la no-comprobación del cumplimiento de un permiso previo o ingresar la mercancía por un lugar no autorizado. PATENTE: Documento expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el ejercicio de las actividades relacionadas con la importación y exportación de mercancías. PEDIMENTO: Declaración fiscal llenada por el agente aduanal o apoderado aduanal donde se concentra la mayor parte de la información sobre las mercancías de importación y exportación, el régimen al que se sometan los embarques. PEDIMENTO CONSOLIDADO: Pedimento que utilizan las empresas con programas PITEX y Maquiladora para en entero del pago del impuesto al comercio exterior derivado de la importación temporal de insumos que utilizaron al amparo de estos programas y una vez realizada la exportación hacia algún país parte de un tratado de libre comercio, estos hayan causado un tipo de impuesto al comercio exterior por las disposiciones del tratado aplicable. PEDIMENTO DE DESISTIMIENTO: Documento que se tramita cuando el contribuyente no desea efectuar la operación de importación y la mercancía se encuentra ya dentro de la aduana. PEDIMENTO VIRTUAL: Documento que se emplea para efectuar operaciones de importación y exportación sin que exista una salida física de mercancías del territorio nacional o incluso entrada de mercancías. Operación que tienen autorizadas las
empresas PITEX y RIME para entregar o recibir en territorio nacional productos considerándolos como exportados o importados según sea el caso. PERMISOS PREVIOS: El permiso previo de importación y exportación es el instrumento expedido por la Secretaría correspondiente para realizar la entrada y salida de mercancías o del territorio nacional. SAT- (SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA): Órgano desconcentrado de la SHCP que tiene por objeto la realización de una actividad estratégica del Estado consistente en la determinación, liquidación y recaudación de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y de sus accesorios para el financiamiento del gasto público. SEMÁFORO ADUANAL: Es el mecanismo de selección automatizado que determina el embarque o los embarques que deben ser revisados por el personal de la aduana a fin de comprobar que la declaración aduanal (pedimento) coincide con el contenido de la mercancía. SISTEMA ADUANERO MEXICANO: Conjunto de artículos legales y fiscales que disponen de obligaciones y derechos para los usuarios e interventores de las importaciones y exportaciones. Básicamente está compuesto por la Ley Aduanera, su Reglamento, La Miscelánea de Comercio Exterior y Los Acuerdos y Decretos con Disposiciones Especiales para Casos Especiales, de Operación y de Restricción o Regulación. SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS: Sistema Internacional de Clasificación de Mercancías a fin de unificar lenguajes y de facilitar las operaciones tanto a las autoridades aduaneras, como a los importadores y exportadores. Desde el 1ro de abril de 2002 para México entra en vigor la Versión Única en Español del Sistema Armonizado (VUESA), la cual tiene como objetivo unificar en el idioma español la traducción del Sistema Armonizado cuyos idiomas originales y oficiales son el inglés y español. TIGIE: Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, la cual es contemplada dentro del Artículo 1º de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación. Marca la tasa de impuesto a pagar por la introducción o
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salida de mercancías del territorio nacional. TLC (TRATADO DE LIBRE COMERCIO): Tiene como objetivo el establecimiento de bases claras y transparentes para fomentar el libre intercambio de mercancías entre los países firmantes a fin de incrementar el bienestar de la población y fortalecimiento de la industria nacional. Son los acuerdos de carácter comercial celebrados entre dos o más naciones a fin de facilitar el intercambio comercial entre ellas, otorgándose preferencias arancelarias y reducción en las regulaciones y restricciones no arancelarias, por el origen de las mercancías. TRÁFICO: Son los lugares autorizados para la introducción o extracción de mercancías del territorio nacional, se consideran estos medios al marítimo, terrestre, aéreo, fluvial, postal, así como otros medios de conducción. TRANSITO INTERNACIONAL: Modalidad del régimen de Transito que permite la entrada de
la mercancías por una aduana con la finalidad de salir en un tiempo TRANSPORTE INTERNACIONAL: El tráfico de naves o aeronaves, nacionales o extranjeras, de carga o de pasajeros hacia o desde el exterior. TRANSPORTE INTERNO: Transporte de personas embarcadas o de mercancías cargadas en un lugar situado dentro del territorio nacional para ser desembarcadas o descargadas en un lugar situado dentro del mismo territorio nacional. VALOR NORMAL DE LAS MERCANCIAS EXPORTADAS A MEXICO: Es el precio comparable de una mercancía idéntica o similar que se destine al mercado interno del país de origen en el curso de operaciones comerciales normales. VISTA ADUANAL: Funcionario técnico aduanero encargado de aforar las mercancías, ahora denominados verificadores
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CONCLUSIONES.
Si implementamos de manera correcta cada uno de los procesos que giran alrededor de las operaciones de exportación o importación de mercancías, obtendremos como resultado la eficiencia, eficacia, control y éxito en la comercialización de las mismas. Es importante mencionar que la transportación de mercancías por vía aérea ha abierto un nuevo y exitoso panorama en el área comercial, debido a que actualmente representa uno de los medios más efectivos en reducción de tiempo lo cual a corto plazo resulta ser muy redituable comercialmente. Esto más que un proyecto escolar es una guía profesional que cualquier persona física o moral que desee información con respecto a la operación aduanera y su manejo en el transporte aéreo puede consultar y comprender con facilidad.
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Video
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Las 7 maravillas del mundo industrial/Fullerton-Smith, Jill (Productor)