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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL) Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL) Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2017 El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2017

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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CONTENIDO

I. Dictamen del Auditor 1

II. Presentación 3

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y delos resultados generales de la revisión practicada

5

IV. Entidad objeto de la revisión 12

V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como aldesempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de losprocedimientos de auditoría aplicados

13

VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en larevisión

16

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 16

B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicablesal sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en losordenamientos y normativa correspondientes

31

C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas ysubprogramas aprobados

31

VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a lasmismas por los funcionarios responsables y su análisis por la AuditoríaSuperior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán yrecomendaciones que se formularán

32

VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladaspor el H. Congreso del Estado

71

IX. Resultados de la revisión de situación excepcional 75

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y accionespromovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejerciciosanteriores

75

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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I. Dictamen del Auditor

Denegación (abstención) de opinión

Hemos auditado los estados de situación financiera y de actividades que integran la Cuenta Públicadel Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl), correspondiente al ejercicio fiscaldel 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.

El Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León presentó la Cuenta Pública al31 de diciembre de 2017 contraviniendo las disposiciones de la Ley General de ContabilidadGubernamental y los acuerdos emitidos del Consejo Nacional de Armonización Contable, omite elincremento del Activo no circulante y de las provisiones de pasivos continúa sin ser reconocidoel pasivo acumulado por prima de antigüedad e indemnizaciones por terminación laboral, carecede los documentos justificativos y comprobatorios de la Cuenta Pública, los cuales ascienden a$54,536,497.

Es menester informar que las cifras presentadas en los Estados Financieros de la Cuenta Públicaal 31 de diciembre de 2017, no emanan del sistema contable.

Debido a la significatividad de los hechos descritos en los párrafos anteriores, nos abstenemos deemitir una opinión sobre los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2017, presentados en laCuenta Pública del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León.

Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León

La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo quenuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma,la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizadaen base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cualesrequieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos dejuicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes, que estánpreparados de acuerdo a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidospor el CONAC.

La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, de maneraindependiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control yauditoría.

Responsabilidades del Ente Público

Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas,así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la informaciónfinanciera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contablesemitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e

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implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevanla eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados einformación financiera que conforman la Cuenta Pública.

Monterrey, Nuevo León, a 3 de agosto de 2018

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II. Presentación La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos. En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2017 del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl), recibida el 18 de abril de 2018, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera, así como los planes de desarrollo. En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2016 del referido Ente Público, al H. Congreso del Estado. El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al manejo y aplicación de los recursos públicos y al cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como, las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac). El cual fue elaborado por el C.P.C. Jorge Guadalupe Galván González, Auditor General y el C.P. Eduardo González Jasso, Auditor Especial de Gobierno del Estado y Organismos Públicos Autónomos, el 3 de agosto de 2018 fecha que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador como parte de la revisión. En el apartado V de este Informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como en su caso al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados. En el apartado VI se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de: • La evaluación de la gestión financiera y del gasto público;

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• Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y delas disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes;

• La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados.

En el apartado VII del presente Informe, se detallan las observaciones no solventadas derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones presentadas por los funcionarios responsables, los análisis de las mismas preparados por este Órgano de Fiscalización, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por esta Auditoría Superior del Estado en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.

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III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultadosgenerales de la revisión practicada

A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generalesde la revisión practicada

Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública del Instituto Registral y Catastral del Estado deNuevo León (Ircnl), nos permitimos enviar el presente resumen ejecutivo con cifras en pesos con loscomentarios que consideramos más importantes, siendo los siguientes:

ACTIVO

Derechos a recibir efectivo y equivalente $2,749,076

Se integra de dos cuentas bancarias en moneda nacional en el Banco Mercantil de Norte, S.A.

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas $183,823,222

El Ente Público registró ingresos como Aportaciones estatales, ejercidos por la Secretaría deFinanzas y Tesorería General del Estado para el gasto operativo e inversión.

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Servicios personales $119,512,881

Ampara principalmente las erogaciones relacionadas con el personal de carácter permanente por$65,441,168, al personal de carácter transitorio de $45,134,720, aportaciones al Isssteleon por$8,034,450, así como indemnizaciones de $814,815.

Materiales y suministros $16,893,109

Corresponde principalmente a la adquisición de materiales para el registro e identificación de bienesy personas, impresión de hologramas bitridimensionales autoadheribles por $16,212,508.

Servicios generales $49,135,560

Representan principalmente los gastos por servicios de instalación, reparación, mantenimiento yconservación por $36,635,569, servicios de arrendamientos de $5,939,241, servicios profesionales,científicos, técnicos y otros servicios por $2,943,550.

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Gestión Financiera, fueroncomunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEGE-AP90-AF169/2018-TE al titular del EntePúblico, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización

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Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de sunotificación, a fin de que presentaran las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndoselas mismas dentro del plazo otorgado.

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B. Resultados generales de la revisión practicada

Observaciones Preliminares

Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, y

de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con

lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León,

la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en

su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de

revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas

deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un

plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran

las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones

Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera

previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado

por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones

presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de

la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no

solventadas.

En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente

solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior

del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

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GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría

Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública,en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.

Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de lacual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderantecon el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observacionespreliminares

Monto

observado1 $

No. deobservacionessolventadas

Montos

solventados2 $

Recuperaciones

operadas3 $

No. deobservacionesno solventadas

Montos no

solventados4 $

Probables

recuperaciones5 $

GESTIÓN FINANCIERA

NormativaA 17 0 2 0 0 15 0 0

FinancieraB 5 42,007,017 0 0 0 5 42,007,017 0

EconómicaC 3 145,199 1 56,275 0 2 88,924 88,924

Control

InternoE

1 0 1 0 0 0 0 0

Total 26 42,152,216 4 56,275 0 22 42,095,941 88,924

CUADRO: Resultados Generales de la revisión (PESOS)

A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumirla existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios,y sus organismos públicos descentralizados).

B Financiera: Los actos u omisiones observados están relacionados con el incumplimiento de las normas de información financiera aplicables.

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C Económica: Los actos u omisiones observados hacen presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la haciendapública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicospara salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la CuentaPública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos.

Notas:

1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados loshechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagadosno ejecutados, entre otros).

2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente públicoo por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibidola documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.

3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren aprocesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondofederal respectivo, tratándose de recursos federalizados.

4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegroa la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspectoeconómico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidadesresarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competentea la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.

En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observacionesindicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando ademáslas acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas poresta Auditoría Superior del Estado.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA

1 Normativa 0 VAI, RG2 Normativa 0 VAI, RG3 Normativa 0 VAI, RG19 Normativa 0 VAI, RG8 Normativa 0 VAI, RG10 Normativa 0 VAI, RG4 Normativa 0 VAI, RG9 Normativa 0 VAI, RG12 Normativa 0 VAI, RG14 Normativa 0 VAI, RG15 Normativa 0 VAI, RG5 Normativa 0 VAI, RG6 Normativa 0 VAI, RG20 Normativa 0 VAI, RG16 Normativa 0 VAI, RG11 Financiera 2,163,895 VAI, RG13 Financiera 3,473,434 VAI, RG18 Financiera 35,872,812 VAI, RG21 Financiera 104,395 RG, VAI7 Financiera 392,481 VAI, RG22 Económica 66,073 VAI17 Económica 22,851 VAI

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Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesTotal 42,095,941

CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (PESOS)

Acciones

PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación FiscalIDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación

VAI.- Vista la Autoridad Investigadora

Recomendaciones

RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño

Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestionesque se realizarán para la intervención de otras autoridades.

Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superiordel Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieroncomo titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dichocargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar lasobservaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dichoefecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observacionespor Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos delo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León,procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en elsiguiente CUADRO:

Acciones RecomendacionesTipo deauditoría

Obs.

PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6

Totalacciones

Monto nosolventado

$GESTIÓNFINANCIERA

22 22 20 42 42,095,941

Total 22 22 20 42 42,095,941Monto no

solventado portipo de acción $

0 0 0 42,095,941 42,007,017 0

CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada

Acciones1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una

posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción deerrores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que constela determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.

2 Interposición de Denuncias Penales: Acción por la que se interpone ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, denunciasobre hechos que la Auditoría Superior del Estado conoció durante su labor de fiscalización, o en las diligencias realizadas por su Autoridad

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Investigadora, que pueden implicar la comisión de un delito; con el propósito de que dicha Fiscalía inicie la investigación correspondiente, y ensu caso ejercite acción penal en contra del posible autor o participe de los hechos denunciados.

3 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que en observancia de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 49 de la Leyde Coordinación Fiscal, se emite para dar a conocer a la Auditoría Superior de la Federación, irregularidades relacionadas con la aplicación ydestino de los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, a fines diversos a losestablecidos en la referida ley.

4 Vista la Autoridad Investigadora: Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actosu omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligenciasde investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la AutoridadSubstanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobrela existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos oparticulares responsables.

Recomendaciones5 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para

fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestiónfinanciera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

6 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto defortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buengobierno.

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IV. Entidad objeto de la revisión El Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl), es un organismo público descentralizado que tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y goza de autonomía jurídica, técnica y económica. Nace para fortalecer la certeza jurídica del patrimonio de los nuevoleoneses, a través del cumplimiento de su objeto y atribuciones. Se crea por disposición establecida en la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl), publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el día 11 de septiembre de 2009. De acuerdo al Artículo 7 de la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl), el Ente Público tendrá por objeto integrar, electrónicamente, la información de las bases de datos y archivos públicos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en su caso, y el Catastro del Estado, con el objeto de brindar seguridad y certidumbre a los actos jurídicos celebrados o con efectos en el Estado, promover y procurar la eficiencia y eficacia de las funciones administrativas del Gobierno de Nuevo León y fortalecer el funcionamiento racional de la sociedad, procurando que en el Estado se cuente con información veraz y confiable; así como realizar las funciones y prestar los servicios relativos al registro público de la propiedad y del comercio y el catastro en el Estado. Cabe mencionar que el Ente Público tiene un convenio de colaboración administrativa con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León, el cual establece las funciones que llevara a cabo “La Tesorería” respecto de los ingresos convenidos, este convenio fue firmado en fecha 18 de julio de 2011. Así mismo, el 18 de diciembre de 2013 se firmó un convenio de colaboración y gestión en materia administrativa con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León, en el que conforme al Acuerdo por el que se crea el Programa de Ordenamiento y Fortalecimiento Integral de las Finanzas Públicas del Estado (Pofif), se establecen las bases para que ésta realice la administración y ejecución de todos los recursos humanos, tecnológicos y de adquisiciones y servicios generales, materiales y financieros del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl).

12/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

• Auditorías programadas por tipo o materia Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 31 de agosto del presente año, y considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinó la siguiente auditoría a practicar al Ente Público en cuestión, por tipo o materia, a saber:

Entidad

Tipos de auditoría a Cuenta Pública 2017

Auditoría Financiera1

Auditoría Técnica a la

Obra Pública2

Auditoría en Desarrollo Urbano3

Laboratorio de Obra Pública4

Auditoría de Evaluación al Desempeño5

Auditoría a Recursos Federales6

Total

Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl) 1 - - - - - 1

CUADRO. AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA

1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en las Leyes de Ingresos y Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable. 2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obras públicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos. 3 Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso de suelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos. 4 Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratorio dedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas. 5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas. 6 Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales y administrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia.

• Objetivos y alcances de la revisión practicada En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2018 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, entre las cuales se encuentra el Ente Público auditado en cuestión, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría.

13/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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En ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y acorde en cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:

I. Para evaluar los resultados de la gestión financiera, se verificó:

a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y

b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de

recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.

II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos

presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:

a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el

presupuesto; y c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y

se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

III. Se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera, así como de los planes de desarrollo y los programas operativos anuales.

IV. De conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de

Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del Ente Fiscalizado, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

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• Criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

La auditoría practicada se seleccionó con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al Ente Público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión.

La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión.

Con base en lo anterior, en forma específica en el Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.

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VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público

Para tal efecto se consideraron los Estados Financieros adjuntos, y su presupuesto por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, que el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl) presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

Para el desarrollo de la revisión de la información antes mencionada, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, además que su presentación y registro estuvo conforme a las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y a los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), considerando las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), asimismo que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.

Los Estados Financieros presentados en pesos del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl) al 31 de diciembre de 2017, que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:

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Cuenta Pública Anual 2017 Estado de Situación Financiera

Al 31 de diciembre de 2017 y 2016 (Pesos)

Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León Concepto 2017 2016 Concepto 2017 2016

ACTIVO PASIVO

ACTIVO CIRCULANTE PASIVO CIRCULANTE Efectivo y equivalentes [sic]1 $ 5,405 $ 39,765 Cuentas por pagar a corto plazo $ - $ - Derechos a recibir efectivo o equivalentes [sic]2

2,749,076 2,058,658 Documentos por pagar a corto plazo - - Porción a corto plazo de la deuda pública a largo plazo

- - Derechos a recibir bienes o servicios - -

Títulos y valores a corto plazo - - Inventarios - - Pasivos diferidos a corto plazo - - Almacenes - - Fondos y bienes de terceros en garantía y/o

administración a corto plazo - -

Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes

- - Provisiones a corto plazo - - Otros pasivos a corto plazo - -

Otros activos circulantes - - Total de pasivos circulantes - -

Total de activos circulantes 2,754,481 2,098,423 PASIVO NO CIRCULANTE Cuentas por pagar a largo plazo - -

Documentos por pagar a largo plazo - - Deuda pública a largo plazo - - Pasivos diferidos a largo plazo - - Fondos y bienes de terceros en garantía y/o

en administración a largo plazo - -

ACTIVO NO CIRCULANTE Inversiones financieras a largo plazo - - Provisiones a largo plazo - -

Total de pasivos no circulantes - - Derechos a recibir efectivo o equivalentes a largo plazo

- - Total del pasivo $ - $ -

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso

- - HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO

Bienes muebles 769,739 769,739 Hacienda pública / patrimonio contribuido

Activos intangibles - - Aportaciones $ - $ - Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes [sic]3

(620,799) (501,248) Donaciones de capital - - Actualización de la hacienda pública / patrimonio

- -

Activos diferidos - - Estimación por pérdida o deterioro de activos no circulantes

- - Hacienda pública / patrimonio generado 2,903,421 2,366,913

Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro)

536,508 729,843

Otros activos no circulantes - - Resultados de ejercicios anteriores 2,064,484 1,334,641 Revalúos - - Total de activos no circulantes 148,940 268,490 Reservas - -

Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores

302,429 302,429

Exceso o insuficiencia en la actualización de la hacienda pública / patrimonio

- -

Resultado por posición monetaria - - Resultado por tenencia de activos no

monetarios - -

Total hacienda pública / patrimonio $ 2,903,421 $ 2,366,913

Total del activo $ 2,903,421 $ 2,366,913 Total del pasivo y hacienda pública / patrimonio

$ 2,903,421 $ 2,366,913

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Cuenta Pública Anual 2017 Estado de Actividades

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017 y 2016 (Pesos)

Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León Concepto 2017 2016 Concepto 2017 2016

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Ingresos de gestión $ - $ - Gastos de funcionamiento [sic]6 $ 185,607,623 $ 139,920,639 Impuestos - - Servicios personales 119,512,881 105,013,470 Cuotas y aportaciones de seguridad social

- - Materiales y suministros 16,893,109 3,744,037 Servicios generales [sic]7 49,201,633 31,163,132

Contribuciones de mejoras - - Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

- - Derechos - - Productos de tipo corriente Aprovechamientos de tipo corriente

- - Transferencias internas y asignaciones al sector público

- -

Ingresos por venta de bienes y servicios

- - Transferencias al resto del sector público - -

Ingresos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

- - Subsidios y subvenciones - - Ayudas sociales - Pensiones y jubilaciones - - Transferencias a fideicomisos, mandatos y contratos análogos

- -

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

183,823,222 138,498,204 Participaciones y aportaciones - - Participaciones - - Aportaciones - -

Participaciones y aportaciones - Convenios - - Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

183,823,222 138,498,204 Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública

- - Intereses de la deuda pública - - Comisiones de la deuda pública - - Gastos de la deuda pública - - Otros ingresos y beneficios[sic]4 2,440,459 2,291,881 Costo por coberturas - - Ingresos financieros 6,134 5,400 Apoyos financieros - - Incremento por variación de inventarios

- - Otros gastos y pérdidas extraordinarias [sic]8

119,551 139,603 Disminución del exceso de estimaciones por pérdida o deterioro u obsolescencia

- - Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones

119,551 139,603

Disminución del exceso de provisiones

- - Provisiones - -

Otros ingresos y beneficios varios 2,434,326 2,286,481 Disminución de inventarios - -

Aumento por insuficiencia de estimaciones por pérdida o deterioro u obsolescencia

- - Aumento por insuficiencia de provisiones - - Total de ingresos y otros beneficios [sic]5

$ 186,263,682 $ 140,790,086 Otros gastos[sic]9 - -

Inversión pública - -

Inversión pública no capitalizable - - Total de gastos y otras pérdidas $ 185,727,174 $ 140,060,242 Resultados del ejercicio (ahorro /

desahorro) $ 536,508 $ 729,843

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[sic]1 En la columna 2017 debe de ser $2,754,481. [sic]2 En la columna 2016 debe de ser $ -. [sic]3 En la columna 2016 debe de ser $(501,249). [sic]4 En la columna 2016 debe de ser $2,440,460. [sic]5 En la columna 2017 debe de ser $140,790,085. [sic]6 En la columna 2017 debe de ser $185,541,550. [sic]7 En la columna 2017 debe de ser $49,135,560. [sic]8 En la columna 2017 debe de ser $185,624 [sic]9 En la columna 2016 debe de ser $66,073.

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Los datos sobresalientes de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2017, son los que se indican a continuación y están presentados en pesos:

Concepto Importe

a) Activo $ 2,903,421 b) Pasivo - c) Hacienda pública / patrimonio 2,903,421 d) Ingresos y otros beneficios 186,263,682 e) Gastos y otras pérdidas 185,727,174

RESULTADOS DE LA REVISIÓN Para evaluar la razonabilidad de los rubros que integran los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2017 presentados como Cuenta Pública, se eligieron en nuestro examen partidas en forma selectiva con base al análisis de la información proporcionada por el Ente Público. a) ACTIVO $2,903,421 Se integra como sigue:

Concepto Importe

Activo circulante $ 2,754,481 Activo no circulante 148,940

Total $ 2,903,421

ACTIVO CIRCULANTE $2,754,481 Se integra por el rubro de efectivo y equivalentes como sigue:

Concepto Importe

Caja chica $ 5,405 Banco / tesorería 2,749,076

Total $ 2,754,481

Caja chica $5,405 Representa el saldo de caja chica, la cual se utiliza para la operación diaria del Ente Público como son compras menores. Para su revisión se verificaron auxiliares contables, pólizas de egresos, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro.

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Bancos / tesorería $2,749,076 Ampara el registro de dos cuentas bancarias en moneda nacional a nombre del Ente Público en el Banco Mercantil del Norte, S.A., nuestra revisión consistió en verificar auxiliares contables, estados de cuenta bancarios y la confirmación de saldos bancarios.

ACTIVO NO CIRCULANTE $148,940 Se integra como sigue:

Concepto Saldo al 31/dic/16 Cargos Abonos

Saldo al 31/dic/17

Bienes muebles $ 769,739 $ - $ - $ 769,739 Mobiliario y equipo de administración 769,739 - - 769,739

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes

(501,248) - 119,550 (620,799)

Total $ 268,491 $ - $ 119,550 $ 148,940

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes $(620,799) Los abonos de $119,550 corresponden a la depreciación del equipo de cómputo propiedad del Ente Público como demérito por el uso del mismo, calculado por el método de línea recta a una tasa del 30% anual. Nuestra revisión consistió en verificar auxiliares contables, cálculo de la depreciación, así como su adecuado registro contable.

c) HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO $2,903,421 Se integra como sigue:

Concepto

Saldo al 31/dic/16

Cargos

Abonos

Saldo al 31/dic/17

Hacienda pública / patrimonio generado $ 2,366,913 $ - $ 536,508 $ 2,903,421 Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro)

-

-

536,508

536,508

Resultados de ejercicios anteriores

2,064,484

-

-

2,064,484 Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores 302,429 - - 302,429

Total $ 2,366,913 $ - $ 536,508 $ 2,903,421

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Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro) $536,508 Durante el ejercicio 2017 se registró el resultado del ejercicio, el cual representó un ahorro de $536,508.

d) INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS $186,263,682 Se integra como sigue:

Concepto Importe

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

$ 183,823,222

Otros ingresos y beneficios 2,440,460

Total $ 186,263,682 Para su revisión se verificó en forma selectiva la documentación de las pólizas de ingresos y diario, recibos de ingresos y estados de cuenta bancarios, con el objeto de comprobar su razonabilidad en la presentación de la Cuenta Pública, con un alcance del 90%.

PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

$183,823,222

Ampara el rubro de transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, corresponde a las aportaciones que recibe el Ente Público de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (Sfytge), destinadas para el gasto operativo. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de diario, autorización del Sistema de Inversión Estatal y la conciliación de los registros contables del Ente Público contra el reporte proporcionado por la Sfytge.

OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS $2,440,460 Se integra como sigue:

Concepto Importe

Ingresos financieros $ 6,134 Otros ingresos y beneficios 2,434,326

Total $ 2,440,460

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Ingresos financieros $6,134 Corresponde al registro de los intereses ganados producto de las inversiones realizadas por el Ente Público en instituciones bancarias durante el ejercicio. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de diario, estados de cuenta bancarias y su adecuado registro contable.

Otros ingresos y beneficios varios $2,434,326 Ampara el ingreso de venta de formas de seguridad para informativo de valor catastral. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de diario, comprobantes fiscales, estados de cuenta bancarias, solicitud de formas de seguridad, ficha de depósito y su adecuado registro contable.

e) GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS $185,727,174 Se integra como sigue:

Concepto Importe

Gastos de funcionamiento $ 185,541,550 Otros gastos y pérdidas extraordinarias 185,624

Total $ 185,727,174 Para su revisión se examinaron en forma selectiva las pólizas de diario y egresos, facturas, contratos o pedidos, nóminas, así como el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2017 y en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, con el objeto de comprobar su razonabilidad en la Cuenta Pública, con un alcance del 92%.

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $185,541,550 Se integran como sigue:

Concepto Importe

Servicios personales $ 119,512,881 Materiales y suministros 16,893,109 Servicios generales 49,135,560

Total $ 185,541,550

23/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Servicios personales $119,512,881 Este rubro se integra como sigue:

Concepto Importe

Sueldo base al personal permanente $ 65,441,168 Honorarios asimilables a salarios 45,134,720 Aportaciones servicio médico 8,034,450 Indemnizaciones 814,815 Aguinaldo 84,198 Prima vacacional 3,530

Total $ 119,512,881 A continuación, se describen las erogaciones más relevantes:

Sueldo base al personal permanente $65,441,168 Este concepto ampara los sueldos devengados por el personal que labora en los diferentes departamentos del Ente Público como: apoyo técnico, atención al contribuyente, cartografía digital, contabilidad, informática, jurídico, padrón, registral, entre otros, los cuales al 31 de diciembre de 2017 ascienden a 258 empleados. Nuestra revisión consistió en verificar selectivamente pólizas de egresos, recibos firmados, expedientes de personal, listado de nómina, así como cálculos de impuestos y prestaciones sociales. Así mismo, se conciliaron las cifras de los registros contables contra las nóminas preparadas por el departamento de Recursos Humanos de la Sfytge.

Honorarios asimilables a salarios $45,134,720 Ampara principalmente los sueldos devengados y gratificación anual del personal bajo el régimen de ingresos asimilados a salarios por $40,157,467 y $4,873,266 respectivamente, los cuales al 31 de diciembre de 2017 ascendieron a 337 empleados. Para su revisión se verificaron contratos, listado de nómina, cálculo de impuestos y la conciliación de los registros contables del Ente Público contra la integración quincenal por empleado de los pagos realizados durante el ejercicio 2017.

Aportaciones servicio médico $8,034,450 Corresponde al pago de las cuotas patronales al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León para el personal de base del Ente Público.

24/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, órdenes de pago, recibos, cálculo de las aportaciones obrero-patronales, así como su adecuado registro contable.

Indemnizaciones $814,815 Ampara los pagos a diez empleados como compensación económica por la terminación de relación laboral al 31 de diciembre de 2017. Para su revisión se verificaron pólizas de egresos, auxiliares, recibos de nómina, cálculo de indemnizaciones y su adecuado registro contable.

Materiales y suministros $16,893,109 Este rubro se integra como sigue:

Concepto Importe

Material de registro, identificación de bienes / persona $ 12,867,531 Materiales, útiles, equipo menor, tecnologías de información y comunicación 1,520,356 Materiales y útiles de oficina 1,474,496 Combustibles, lubricantes y aditivos 382,416 Material de limpieza 331,019 Herramientas, refacciones y accesorios menores 243,156 Productos alimenticios para personas 29,001 Otros materiales, artículos de construcción, reparación 25,145 Equipos menores oficina 19,105 Vestuario, blancos, prendas de protección y artículos deportivos 675 Productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio 209

Total $ 16,893,109 A continuación, se detallan los conceptos más importantes:

Materiales de registro, identificación de bienes / persona $12,867,531 Corresponde a los gastos de transferencias internas otorgadas al instituto por concepto de adquisición de materiales para el registro e identificación de bienes y personas, impresión de hologramas bitridimensionales autoadheribles en acabado de rollo personalizado con imagen del Instituto. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, órdenes de compra y pago, comprobantes fiscales y evidencia del material recibido.

25/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Materiales, útiles, equipo menor, tecnologías de información y comunicación $1,520,356 Corresponde principalmente a la compra de 1,546 cartuchos de toners hp compactibles, y 3,700 rollos de 400 etiquetas auto adheribles en color blanco, compactible con impresora de etiquetas marca brother. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, órdenes de compra y pago, comprobantes fiscales y evidencia del material recibido.

Materiales y útiles de oficina $1,474,496 Corresponde al registro del gasto de transferencias internas otorgadas al Instituto por concepto de adquisición de compra de papel bond de tamaño carta, doble carta, de cartón comprimido, de tarjetas papel brístol blanco, caja plástica para archivo y engrapadoras las cuales son utilizados por el personal de administración y operativo del Ente Público para el desarrollo de sus funciones. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, comprobantes fiscales, cotizaciones, contratos y evidencia del material recibido.

Combustibles, lubricantes y aditivos $382,416 Ampara la compra de gasolina magna y premium utilizada por vehículos oficiales del Ente Público para el desarrollo de sus funciones. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, comprobantes fiscales y su adecuado registro contable.

Material de limpieza $331,019 Corresponde principalmente al gasto de transferencias internas otorgadas al Instituto por concepto de adquisición de artículos de limpieza para el funcionamiento del Ente Público. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, comprobantes fiscales y su adecuado registro contable.

Servicios generales $49,135,560 Este rubro se integra como sigue:

Concepto Importe

Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación $ 36,635,569 Servicios de arrendamiento 5,939,241 Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios 2,943,550

26/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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Concepto Importe Otros servicios generales 2,175,592 Servicios básicos 1,327,592 Servicios de traslados y viáticos 93,269 Servicios financieros, bancarios y comerciales 20,747

Total $ 49,135,560

Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación $36,635,569

Este rubro se integra como sigue:

Concepto Importe Servicios de tecnologías de la información $ 35,872,812 Muebles de oficina y estantería 253,425 Reparación y mantenimiento equipo de transporte 236,158 Conservación y mantenimiento menor inmuebles 111,656 Instalación reparación mantenimiento inmuebles 84,738 Instalación, reparación, mantenimiento equipo computo 37,995 Instalación, reparación, mobiliario y equipo administración 31,852 Servicios de jardinería y fumigación 6,933

Total $ 36,635,569

Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egreso, comprobante fiscal, orden de pago, contrato y su adecuado registro contable.

Servicios de arrendamiento $5,939,241

Este saldo se integra por el arrendamiento de oficinas ubicadas en el antiguo edificio del Registro Público situado en Colón 2525, colonia Talleres en Monterrey, Nuevo León y por las oficinas foráneas en Cadereyta Jiménez, Cerralvo, Doctor Arroyo, Linares y Montemorelos, Nuevo León.

Arrendamiento Importe Edificio Colón Monterrey $ 3,264,170 Edificio Churubusco 994,833 Linares 548,685

27/80

EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Arrendamiento Importe

Cadereyta 399,894 Montemorelos 342,997 Fotocopiadoras 192,498 Cerralvo 89,970 Dr. Arroyo 76,212 Galeana 20,880 Activos intangibles 9,102

Total $ 5,939,241 Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, comprobantes fiscales, órdenes de pago, contratos y su adecuado registro contable.

Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios $2,943,550 Se integra como sigue:

Concepto Importe

Servicios de vigilancia $ 1,734,200 Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información

629,700

Servicios profesionales 532,052 Servicios contabilidad auditoria 34,740 Servicios diseño, arquitectura, ingeniería relación 7,000 Servicios de capacitación 5,858

Total $ 2,943,550 A continuación, se detallan los conceptos más importantes:

Servicios de vigilancia $1,734,200 Este concepto corresponde a la prestación del servicio de vigilancia de 15 elementos, de lunes a domingo en turnos de 12 horas, para el cuidado de las oficinas del Ente Público, integrándose a continuación:

Ubicación Elementos

Colón 2545, colonia Talleres, Monterrey, Nuevo León. 8 Pabellón Ciudadano. 4 Cuauhtémoc 101 sur esquina con calle Juárez, Cadereyta Jiménez, Nuevo León.

2

Allende 101 norte esquina con calle Simón Bolívar, Montemorelos, Nuevo León.

1

Este servicio se adjudicó a la empresa Lagmer Seguridad Privada, S.A. de C.V. a través de Subasta Electrónica Inversa No. D.A.S.G 23/17.

28/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, autorizaciones de pago, comprobantes fiscales, contrato y evidencia del servicio prestado.

Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información

$629,700

Este saldo se integra principalmente por el servicio de consultoría administrativa, técnica y en tecnologías de la información, diagnostico tecnológico y operativo, por $539,700 y una asesoría normativa técnica a la unidad requirente durante los procedimientos de contratación para el suministro de $52,200. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de egresos, comprobantes fiscales, órdenes de pago, método de adjudicación, contrato y su adecuado registro contable.

Servicios profesionales $532,052 Ampara principalmente el servicio de trituración en sitio y valoración documental de cajas, Ecomaster, S.A de C.V. Para su revisión se verificaron póliza de egreso, comprobante fiscal, orden de pago y su adecuado registro contable.

Otros servicios generales $2,175,592 Corresponde al pago del Impuesto Sobre Nómina devengado durante el ejercicio por $1,942,658 y al Impuesto al Valor Agregado de compras pagadas con recurso propio de $232,934. Nuestra revisión consistió en revisar pólizas de egreso, comprobantes, cálculo del impuesto sobre nómina y su adecuado registro contable.

Servicios básicos $1,327,592 Ampara el servicio de energía eléctrica por $1,148,659 el servicio de agua para oficinas $116,876 y el servicio de postales y telegráficos por $62,057. Para su revisión se verificaron pólizas de egresos, comprobantes fiscales, órdenes de pago y comprobantes fiscales, así como su adecuado registro contable.

OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS $185,624 Se integra como sigue:

29/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Concepto Importe

Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones

$ 119,551

Otros gastos 66,073

Total $ 185,624

Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones

$119,551

Representa el rubro de Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones, en el que se registra la depreciación del equipo de cómputo propiedad del Ente Público como demérito por el uso del mismo, calculado por el método de línea recta a una tasa del 30% anual. Para su revisión se examinaron pólizas de diario, cálculos de la depreciación al 31 de diciembre de 2017 y su adecuado registro contable. A continuación, se presenta el cuadro comparativo proporcionado por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl) del presupuesto de ingresos y egresos, lo presupuestado contra lo real, con sus respectivas variaciones:

Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl) Presupuesto contra Real

Al 31 de diciembre de 2017

Concepto Presupuesto Real Variación %

Ingresos Propios $ 2,000,000 $ 2,434,326 $ 434,326 22 (a) Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

106,586,157 183,823,222 77,237,065 72 (b)

Otros ingresos y beneficios Ingresos Financieros - 6,134 6,134 - (c)

Total $ 108,586,157 $ 186,263,682 $ 77,677,525 72

Egresos Servicios Personales $ 74,610,310 $ 119,512,881 $ (44,902,571) (60) (d) Servicios Generales 22,883,093 49,201,633 (26,318,540) (115) (e) Materiales y suministros 11,092,754 16,893,109 (5,800,355) (52) (f)

Total $ 108,586,157 $ 185,607,623 $ (77,021,466) (71) Para el análisis del presupuesto no se consideraron las estimaciones, depreciaciones, deterioros, amortizaciones, provisiones y reservas y otros gastos y pérdidas extraordinarias.

30/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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Al cierre del ejercicio se determinaron variaciones al presupuesto, de las cuales el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (Ircnl) proporcionó las explicaciones siguientes: “Ingresos

(a) Ingreso por Bienes y Servicio: La variación corresponde debido a Ingresos por venta de papel seguridad, requisitos para un servicio.

(b) (c)

Transferencias: La variación es debido a ampliaciones de operaciones del Instituto. Ingresos Financieros: Son derivados de los intereses ganados de las cuentas Bancarias del Instituto.

Egresos

(d) Servicios Personales: La variación obedece a los siguientes aspectos: Incremento de ley, pagos por Bonos y premio, Sueldo Base, Honorarios Asimilables al personal, además de un incremento en los sueldos del personal del Instituto

(e) Servicios Generales: La variación se debe a la aplicación de recursos en Servicios para la operación del Instituto.

(f) Materiales y Suministros: La variación se debe a la aplicación de recursos en compra de Materiales”. B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector

gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

Con posterioridad a la verificación realizada por esta Auditoría Superior del Estado, con relación a los Estados Financieros que se incluyen en la Cuenta Pública, se concluye que su presentación, está de acuerdo con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, normatividad aplicable a este tipo de Ente Público y que se apegó al cumplimiento de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2017 y demás Ordenamientos aplicables en la materia, excepto en su caso por lo mencionado en el apartado VII de este informe. C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados Los indicadores de gestión determinados por la administración del Ente Público son los siguientes:

Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León Indicadores de Gestión

Al cierre del ejercicio 2017

Indicador Objetivo Unidad

de medida

Año 2016

TRIMESTRE 2017 Total Primero Segundo Tercero Cuarto

Servicios brindados

a la ciudadanía

4,300,000 Trámite 4,188,067 1,083,371 1,130,731 1,150,820 1,171,330 4,536,252

31/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas porlos funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendolas acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

GESTIÓN FINANCIERA

Ley General de Contabilidad Gubernamental

1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG)y la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac),advirtiéndose incumplimientos por parte del Ente Público, a las obligaciones que diversospreceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:

I.Registros contables

a) Establecer una lista de cuentas alineadas al plan de cuentas emitido por el Conac(artículo 37).

b) Contar con manuales de contabilidad (artículo 20).

c) Registrar en cuentas específicas de activo los bienes muebles e inmuebles (artículos23 y 24 conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio).

d) Realizar la baja de bienes muebles e inmuebles (artículo 28, conforme a las Reglasespecíficas de registro y valoración del patrimonio y a los Lineamientos dirigidos aasegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y controlde los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos).

e) Registra los bienes inmuebles como mínimo a valor catastral (artículos 23 y 27).

f) Realizar el registro e inventario de los bienes que no se encuentren inventariados oestén en proceso de registro, señalados en el acta de entrega y recepción derivadode la transición de una administración a otra (artículo 31).

g) Realizar los registros contables con base acumulativa, el gasto conforme a su fechade realización y el ingreso cuando exista jurídicamente el derecho de cobro (artículo34, conforme a Normas y metodología para la determinación de los momentoscontables de los ingresos y Normas y metodología para la determinación de losmomentos contables de los egresos).

h) Mantener un registro histórico de sus operaciones en los libros diario, mayor einventarios y balances (artículo 35 y cuarto transitorio del decreto por el que se expidela LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008,

32/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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conforme a los Lineamientos mínimos relativos al diseño e integración del registroen los libros diario, mayor e inventarios y balances, registro electrónico).

i) Constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener suvigencia (artículo 39).

j) Expresar en los estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo la deudapública (artículo 45).

k) Disponer de las matrices de conversión con las características señaladas en losartículos 40 y 41, (artículo cuarto transitorio del decreto por el que se expide la LGCGpublicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008).

II.Registros presupuestarios

a) Disponer de clasificadores presupuestarios armonizados, que permitan suinterrelación automática (artículo 41, conforme a los clasificadores).

a.1. Clasificador por rubro de ingresos.

a.2. Clasificador por objeto del gasto.

a.3. Clasificador por tipo del gasto.

a.4. Clasificación funcional del gasto.

a.5. Clasificación programática.

a.6. Clasificación administrativa.

a.7. Clasificador por fuente de financiamiento.

b) Realizar los registros en las etapas del presupuesto de egresos en aprobado,modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado y del ingreso en estimado,modificado, devengado y recaudado (artículo 38, conforme a Normas y metodologíapara la determinación de los momentos contables de los ingresos y Normas ymetodología para la determinación de los momentos contables de los egresos).

c) Exhibir en los registros auxiliares los avances presupuestarios y contables (artículo36).

d) Generar registros automáticos y por única vez en los momentos contablescorrespondientes de los procesos administrativos de los Entes Públicos queimpliquen transacciones presupuestarias y contables (artículos 16 y 40, conforme alAcuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar

33/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de ArmonizaciónContable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013).

e) El sistema interrelaciona de manera automática los clasificadores presupuestarios ylista de cuenta (artículos 19, fracción III y IV y 41, conforme al Acuerdo por el que sedetermina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 demayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013).

f) Generar estados financieros en tiempo real (artículo 19, fracción V, VI y Sextotransitorio, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de informaciónfinanciera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el ConsejoNacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicadoel 16 de mayo de 2013).

III.Registros administrativos

a) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles einmuebles, conciliarlo con el registro contable, además registrar en un plazo de 30días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27, conforme a las Reglasespecíficas de registro y valoración del patrimonio).

b) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmueblesbajo su custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, comolo son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos (artículo 25, conforme alos Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos,artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos).

c) Entregar oficialmente a la administración entrante a través de un acta de entregay recepción, los bienes que no se encuentren inventariados o estén en procesode registro y hubieren sido recibidos o adquiridos durante el encargo de suadministración (artículo 31).

d) Respaldar la contabilización de las operaciones presupuestarias y contables conla documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen(artículo 42).

e) Disponer de catálogos de bienes (artículo 41, conforme a los Lineamientos parala elaboración del catálogo de bienes que permita la interrelación automática conel clasificador por objeto del gasto y la lista de cuentas y Lineamientos para laelaboración del catálogo de bienes inmuebles que permita la interrelación automáticacon el clasificador por objeto del gasto y la lista de cuentas).

34/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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f) Realizar los pagos directamente en forma electrónica, mediante abono en cuentadel beneficiario (artículo 67, párrafo segundo).

IV.Cuenta Pública

Generar cuenta pública conforme a los artículos 52 y 53 con relación a los artículos 46y 47, así como al acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas,las Normas y metodología para la emisión de información financiera y estructura de losestados financieros básicos del ente público y características de sus notas y el Manual decontabilidad gubernamental, la cual debe contener:

a) Información presupuestaria

a.1. Estado analítico de ingresos del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados.

Anexos (Información adicional)

b.1 La información financiera, presupuestaria, programática y contable, es la base para la elaboración de la cuenta pública (artículo 52, párrafo primero).

V.Transparencia

a) Publicar trimestralmente a más tardar 30 días después del cierre del período quecorresponda la información financiera (artículo 47 y 51).

b) Publicar el inventario de los bienes (artículo 27, conforme al Acuerdo por el que sedetermina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienesque componen el patrimonio del ente público).

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"l. Registros Contables - El IRCNL cuenta con el catálogo de cuentas el cual está alineadoal plan de cuentas de la CONAC, mismo que se desprende del manual de contabilidadque está establecido en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León Tomo CXLVIINúmero 156-11. Se realizan los registros contables de las operaciones del IRCNL con baseacumulativa mensual en el ejercicio, en el rubro de Egresos se hace provisiones, así como elregistro en la fecha en que se realizan, Los Egresos provenientes de SFYTGE se registranen base a las fechas que ellos nos proporcionan. En el rubro de Ingresos se registran

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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conforme a la fecha en que fueron depositados, misma que se determina en los estadosde cuenta. Las cuentas de Activo reflejan los bienes que el Instituto tiene a su cargo yresguardo, a su vez se realiza su contrapartida para depreciar paulatinamente los bienes.En base al convenio de colaboración administrativa, el sistema contable se ajusta a lasoperaciones.

II. Registros Presupuestales- El IRCNL realiza registros presupuestarios en base a lainformación proporcionada por SFYTGE, debido a que la mencionada secretaria ejecutael presupuesto del IRCNL, Por lo que el IRCNL, clasifica, registra, devenga y genera lainformación en base a la disposición De la secretaria antes mencionada, teniendo comofundamento el convenio de colaboración administrativa.

III. Registros Administrativos - El IRCNL realiza la contabilización de las operaciones tantopresupuestarias como contables derivadas de la información proporcionada por SFYTGE,cuya documentación soporte debe de proporcionar dicha secretaria fundamentada en elconvenio de colaboración administrativa. El IRCNL genera información denominada Gastopropio, así como registros de Activo propio la cual el soporte documental y resguardo estáen los términos que marca la SFYTGE.

IV. Cuenta Pública - El IRCNL realiza cada trimestre el avance de gestión, así como lacuenta pública anual, en la generación de la información, la SFYTGE proporciona losformatos para la elaboración de dicha cuenta, los cuales incluye formatos de estadosfinancieros, información programática, información presupuesta!, información de Disciplinafinanciera, Anexos, la cual son llenados por el IRCNL con base a la información generada pordicho Instituto y la Proporcionada por la SFYTGE dicho presupuesto administra y ejecuta.La información es revisada y validada por la secretaria antes mencionada.

V. Transparencia - El IRCNL informa a través del portal de trasparencia SIET (SistemaEstatal de Transparencia de Nuevo León) la información relativa al Instituto en los plazosque marca dicho sistema. EL Instituto está a expensas de lo que determina la Comisión deTransparencia y Acceso a la Información De Nuevo León- CTAINL. Anexo 1"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando presenta diversa documentación, tales como: ElPeriódico Oficial del Estado de Nuevo León de fecha 26 de noviembre de 2010, mediante elcual se publica el Acuerdo por el que se emitió el Manual de Contabilidad Gubernamental,éste corresponde a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General de Estado, el Plande Cuenta contenido en el capítulo III del Manual de Contabilidad Gubernamental, uncatálogo de cuentas del Contpaq i, copia de tres correos electrónicos fechados en el mesde septiembre de 2018, mediante los cuales solicitan tres cotizaciones para un sistema

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que cumpla con las disposiciones del Conac, uno de ellos el Infofin, Nemotek y otro noespecificado, así mismo, acompaña el convenio de colaboración administrativa signado el18 de julio de 2011 y el convenio de colaboración y gestión que en materia administrativaque celebró el 18 de diciembre de 2013, ambos con el Gobierno del Estado de Nuevo León,a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, por lo que no hacumplido con la totalidad de las disposiciones señaladas en la Ley General de ContabilidadGubernamental y la normativa emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Así mismo, manifiesta que realiza, clasifica, registra, devenga y genera información en losprocesos relativos a los registros contables, presupuestales, administrativos en base a lainformación proporcionada por la citada Secretaría, sin embargo, no anexó documentacióncomprobatoria y justificativa que acredite el cumplimiento a estas disposiciones.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Establecer fecha compromiso para cumplir con los procesos aún no concluidos.

Ley de Disciplina Financiera

2. Se revisó el cumplimiento de las obligaciones de publicación e integración de Cuenta Públicaque le imponen a los entes fiscalizados los "CRITERIOS para la elaboración y presentaciónhomogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Leyde Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", emitido por elConsejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), y publicado en el Diario Oficial dela Federación del 11 de octubre de 2016, observando lo siguiente:

a) Obligaciones de integración de Cuenta Pública

En la Cuenta Pública 2017 presentada al H. Congreso de Estado y remitida el 18 de abrilde 2018 para su revisión y evaluación a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, nose incluyó el Formato 8 Informe sobre Estudios Actuariales contraviniendo lo dispuesto enel apartado "Publicación y Entrega de Información" punto 8, de los referidos CRITERIOS.

b) Obligaciones de publicación

En la consulta efectuada el día 11 de julio de 2018 al portal de internet del Ente Públicowww.nl.gob.mx/transparencia, se advirtió que éste ha sido omiso en publicar el formato 8para dar cumplimiento a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y losMunicipios (en adelante LDF) y la Guía de Cumplimiento de la LDF, especificados en losanexos 1 y 3 de los citados CRITERIOS, incumpliendo con lo dispuesto en los puntos 8 y 9de los invocados CRITERIOS emitidos por el CONAC, y artículos 56, 58 de la Ley General

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de Contabilidad Gubernamental; artículo 70, fracciones XXI y XXII de la Ley General deTransparencia y Acceso a la Información Pública y artículo 95 fracciones XXII y XXIII de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"a) En cuanto al formato 8 "Estudios actuariales" el Instituto no realiza dicho estudio, debidoa que la SFYTGE es quien debido al convenio de colaboración pose la información de esteformato y la capacidad de lleva acabo el estudio mediante su Unidad Administrativa deRecursos Humanos y Unidad Administrativa Contabilidad. b) La Ley de Disciplina Financierase genera y se llena en los formatos de la cuenta pública tanto anual como en el avancede gestión trimestral, los formatos son proporcionados por SFYTGE y son publicados en elportal de transparencia denominado SIPOT así como también en el SIET, Se acaba de emitirun instrucción en Julio del 2018 el cual se debe de publicar en el portal principal de gobierno,hemos realizado la acción correspondiente para cumplir con esta nueva instrucción la cuales publicar las Guías de LDF, Formatos de LDF. Anexo 2"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Titular del EntePúblico, no solventa la observación, toda vez que:

En relación al Formato 8- "Estudios actuariales", aún y cuando refiera que la Secretaríade Finanzas y Tesorería General del Estado posee la información de este formato y lacapacidad de llevar a cabo el estudio antes citado, al 31 de diciembre de 2017, no reconocióesta obligación.

En cuanto a la publicación de la Guía de cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera,anexa impresiones de pantalla en la que la difundió en su portal de internet el 21 de agostode 2018, no obstante, ésta fue publicada después de los treinta días naturales siguientesal cierre del período que corresponda, de conformidad con el artículo 58 de la Ley Generalde Contabilidad Gubernamental, así mismo, no acompañó evidencia de la publicación delFormato 8, citado en el párrafo anterior.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

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En lo sucesivo, cumplir con las obligaciones de integración y publicación de la CuentaPública, de conformidad con los ordenamientos estatal y federal.

Estados financieros

3. El Ente Público fue creado como un órgano descentralizado, con personalidad jurídica ypatrimonio propio, autonomía jurídica, técnica y económica, de acuerdo con la Ley delInstituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, la cual establece lo siguiente:

Las atribuciones, funciones y obligaciones en materia registral y catastral, se entenderánconferidas y serán desempeñadas por el Ente Público.

Por esta ley, se afectan los recursos que correspondían al Estado, relativos a los derechosque se obtienen por los servicios que se presten en materia de registro público de lapropiedad y del comercio y catastro, para pasar a formar parte de manera permanente delpatrimonio con que se constituye y se le garantiza autonomía económica al Ente Público.

En relación con lo anterior, observamos lo siguiente:

a) No existe justificación para continuar operando bajo los términos establecidos en elConvenio de Colaboración administrativa del 18 de julio de 2011 y el Convenio deColaboración y Gestión que en Materia Administrativa de fecha 18 de diciembre de2013 celebrados con el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzasy Tesorería General del Estado, donde se establecen las bases de colaboración ygestión administrativa para realizar la administración de los ingresos relativos a losderechos que se obtienen por los servicios que se presten en materia de registropúblico de la propiedad y del comercio y catastro, así como la ejecución de todos losrecursos humanos, tecnológicos y de adquisiciones y servicios generales, materialesy financieros con que cuenta el Ente Público.

b) No han realizado las acciones necesarias para que los servidores públicos quepresten sus servicios al Ente Público pasen a formar parte de su personal base,incumpliendo con el artículo décimo primero de la Ley del Instituto Registral yCatastral del Estado de Nuevo León.

c) No se ha transferido al patrimonio del Ente Público los bienes muebles e inmueblesy los recursos administrativos y financieros afectados al funcionamiento de laDirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio y de laDirección de Catastro, infringiendo el artículo décimo segundo de la Ley del InstitutoRegistral y Catastral del Estado de Nuevo León.

Esta observación fue incluida en los Informes del Resultado de la revisión de las CuentasPúblicas de los ejercicios 2015 y 2016.

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Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL ha realizado las gestiones antes las instancias correspondientes con el Gobiernodel Estado de Nuevo León, para la extinción del convenio de colaboración administrativa,El IRCNL está a disposición de dicha resolución por parte de Gobierno del Estado deNuevo León, se han llevado a cabo Juntas, Mesas de Trabajo, Análisis con las Instanciascorrespondientes para poder resolver este tema. Anexo 3"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando anexa gestiones realizadas el 21 de diciembre de2016 y 10 de marzo de 2017 ante las instancias correspondientes para llevar a cabo laextinción del convenio de colaboración administrativa celebrado con el Gobierno del Estadoa través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo Leónsignado el 18 de julio de 2011, no justifica continuar operando bajo los términos señaladosen dicho convenio, no han realizado acciones conducentes para que los servidores públicosque prestan sus servicios al Ente dejen de formar parte de la nómina del Gobierno delEstado.

Cabe señalar que el Ente Público fue creado como un órgano descentralizado, conpersonalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía jurídica, técnica y económica, deacuerdo a la Ley que lo crea, por lo que, a efecto de atender tales señalamientos, se hacenecesario reproducir lo expresado en el numeral 23, fracciones I, V, y XVI, décimo primeroy décimo segundo de la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León:

"Artículo 23.- El director General tendrá las siguientes atribuciones:

I. Dirigir la administración del Instituto, apoyándose en las estructuras administrativas quedisponga la legislación o la normatividad.

V. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros del Instituto, de acuerdo conlo establecido en las normas legales aplicables.

XVI. Por sí o por medio de las estructuras administrativas de apoyo, con que cuente:fiscalizar, determinar, liquidar, cobrar y administrar las contribuciones y demás créditosfiscales, civiles o comerciales a favor del Instituto, procediendo, en el caso de los que seande naturaleza fiscal, inclusive a ejercitar la facultad económico coactiva, de ser necesario.

Décimo Primero. El personal que actualmente labora en la Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad y del Comercio y en la Dirección de Catastro y que, en su caso, pase

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a laborar al Instituto, conservará los derechos que haya adquirido en virtud de su relaciónlaboral con la Administración Pública Estatal.

Décimo Segundo. Los bienes muebles e inmuebles del Estado y los recursos administrativosy financieros afectados al funcionamiento de la Dirección General del Registro Público dela Propiedad y del Comercio y de la Dirección de Catastro, serán transferidos al patrimoniodel Instituto, quedando facultado este último, para modificar y redistribuir las partidas delPresupuesto de Egresos que correspondan al ejercicio fiscal en que entre en vigor esta Ley,sin exceder los montos autorizados para las referidas dependencias."

Al tenor de lo dispuesto en los preceptos legales antes transcritos, se tiene que ese Instituto,es el competente para determinar, liquidar, cobrar y administrar las contribuciones y demáscréditos fiscales que se establezcan en su favor, así como llevar el registro del ejerciciocontable de las operaciones inherentes a las finanzas públicas y conservar en su poderlos libros, registros y la información financiera relativa a una cuenta pública; contando suDirector General entre otras atribuciones, con la de administración de dicha paraestatal.

En ese contexto, y si bien ese Instituto celebró convenio de colaboración administrativacon la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, ello no lo exime de ajustarsu actuar al ámbito de competencias y responsabilidades citadas en los numerales pretranscritos, pues en virtud de un convenio de colaboración no se puede renunciar a lasfacultades y atribuciones que un ordenamiento legal ha dispuesto en favor de esa entidad, ysi bien, en dicho convenio se acordó que la referida Secretaría tendría entre otras funciones,las de:

1) Determinar y liquidar los derechos y demás ingresos a cargo de los contribuyentes,responsables solidarios y demás obligados, derivados de las funciones propias delInstituto;

2) Recaudar los derechos de los ingresos correspondientes;

3) Autorizar las solicitudes de devoluciones y compensaciones, con cargo a losingresos recaudados; y

4) Verificar la correcta aplicación de los subsidios;

5) Administrar los ingresos objeto del convenio, ello no impide que ese InstitutoRegistral y Catastral en el ejercicio de sus facultades, revise, dirija e instruya elactuar de la Secretaría de Finanzas en lo relativo a las actividades convenidas,pues conforme a las disposiciones legales que se han citado, dicho Instituto fuecreado para atender tales funciones. Robustece lo anterior, lo mencionado en elapartado de antecedentes del aducido convenio, (celebrado en fecha 18 de Juliode 2011) a saber: "Tomando en cuenta que "EL INSTITUTO, por lo reciente desu constitución, no cuenta aún con la capacidad técnica y de personal para el

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ejercicio de sus atribuciones en materia de recaudación de ingresos derivados desus funciones, y con la finalidad de privilegiar la continuidad en la recepción delos derechos y demás ingresos que se generan por la prestación de los serviciosrelativos al registro público de la propiedad y del comercio y al catastro en el Estado,las partes consideran necesario llevar a cabo acciones de colaboración para efectosde que las funciones inherentes a la realización de estas funciones se lleva a caboa través de la TESORERÍA"

Así como lo que se dispone en apartado de declaraciones fracción I, punto B: Declara laTESORERÍA

"B. Que tiene interés en apoyar decididamente las acciones de "EL INSTITUTO", através de la implementación de los más adecuados mecanismos, herramientas y sistemasgubernamentales que funcionen en forma eficaz y oportuna en beneficio del usuario."

De lo que se colige que la finalidad del referido convenio, es que la Tesorería del Estado,actúe en apoyo y colaboración del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo Leónen sus funciones de administración y cobro de derechos, y no así como una dependenciaque tome para sí dichas funciones, o que se sustituya a ese Instituto en el ejercicio de susfacultades tributarias y administrativas.

Por tanto, y conforme a las disposiciones legales antes reproducidas, y sin importar lacelebración del multicitado convenio, corresponde a ese Instituto llevar la administracióny recaudación de las contribuciones establecidas en su favor, y si bien en el ejercicio dedichas funciones cuenta con el apoyo de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Generaldel Estado, y es ésta la que directamente administra y recauda, no es posible sustraer aese Instituto de las obligaciones y responsabilidades que le imponen los ordenamientoslegales, por lo que tocará a éste, evaluar el funcionamiento de dicha Secretaría en cuantoa las funciones convenidas, a efecto de determinar su eficaz cumplimiento, la continuidaddel mismo o su revocación.

Por lo anteriormente expuesto esta observación se considera como no solventada.

Este Órgano de Fiscalización dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2018.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Realizar las gestiones conducentes que permitan concluir con la situación que actualmenteprevalece en relación a los Convenios celebrados con el Gobierno del Estado.

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4. El Ente Público no presentó en sus Estados Financieros al cierre del ejercicio 2017, el pasivoacumulado por prima de antigüedad e indemnizaciones por terminación laboral, conformea la NIF D-3 "Beneficio a los empleados" emitida por el Consejo Mexicano de Normas deInformación Financiera, A.C.

Así mismo, contraviene el artículo 39 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Esta observación fue señalada en el Informe del Resultado de la revisión de la CuentaPública del ejercicio 2016.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL no tiene Pasivos Acumulados que deba plasmar en el formato "Beneficios alos Empleados" el Instituto realiza el registro en base a la información que proporciona lasSFYTGE en su reporte de transferencias, debido a que la mencionada secretaría erogael presupuesto del IRCNL. La SFYTGE es quien ejerce las operaciones del Instituto dichavinculación al convenio de colaboración administrativa faculta a la Unidad Administrativa deRecursos Humanos y La Unidad Administrativa de Contabilidad, El personal que labora enel Instituto está registrado en la nómina del Gobierno del Estado de Nuevo León. Anexo 4"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando anexa los convenios de colaboración celebrados conel Gobierno del Estado, toda vez que ratifica en su manifiesto que no cuenta con pasivosacumulados relativos a los "Beneficios a los empleados", por lo que al 31 de diciembre de2017, omitió registrar el pasivo acumulado por prima de antigüedad e indemnizaciones porterminación laboral, conforme a lo establecido en la Norma de Información Financiera D-3"Beneficios a los empleados" emitida por el Consejo Mexicano de Normas de InformaciónFinanciera, A.C. y el artículo 39 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividadseñalada.

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5. El Ente Público reconoció contablemente en los rubros de Materiales y suministros yServicios generales erogaciones por importe de $63,709,177 que efectúa directamente laSecretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado a cuenta del Instituto Registral yCatastral del Estado de Nuevo León, no obstante, los Comprobantes Fiscales Digitales porInternet (CFDI) que están a nombre del Gobierno del Estado de Nuevo León ascienden a$54,536,497, contraviniendo el artículo 29-A., fracción IV del Código Fiscal de la Federación.

Es importante mencionar que el Ente Público cuenta con su clave del Registro Federal deContribuyentes (R.F.C) según consta en la Cédula de inscripción en el R.F.C asignado porel Servicio de Administración Tributaria (SAT).

A continuación, mencionamos la integración de las erogaciones antes referidas:

Númerode cuenta

Descripción Saldo al31-dic-17

. Importe confactura deGobierno

del Estado

5.1.2.1 Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales $ 16,212,508 $ 15,263,090

5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y reparación 25,145 21,419

5.1.2.6 Combustibles, lubricantes y aditivos 382,416 56,275

5.1.2.9 Herramientas, refacciones y accesorios menores 243,156 151,723

5.1.3.1 Servicios básicos 1,327,592 647,603

5.1.3.2 Servicios de arrendamiento 5,939,241 1,421,112

5.1.3.3 Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios 2,943,550 713,120

5.1.3.5 Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación 36,635,569 36,262,155Total $ 63,709,177 $ 54,536,497

Así mismo, de acuerdo al artículo 2 de la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estadode Nuevo León, el Ente Público como órgano descentralizado, tiene personalidad jurídica ypatrimonio propio, y goza de autonomía jurídica, técnica y económica.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación, a su vez aclara que las diferenciás radicanen lo señalado en la observación, la cual es el la integración de operaciones que llevaacabo la SFYTGE la cual se nos proporciona en el reporte de transferencias y son cargadasal Instituto pese a que se facturaron a Gobierno del Estado de Nuevo León, El Institutomantiene su postura en que no se deberían de registrar en la contabilidad erogaciones queno se vinculen a su estatus legal, pero se encuentra incapacitado debido a la vinculaciónal convenio de colaboración administrativa con la SFYTGE, El IRCNL está a disposición

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de dicha resolución por parte de Gobierno del Estado de Nuevo León, debido a que es elúnico que puede dar por concluida la relación, así lo estipula el mismo convenio, Se estátrabajando en solucionar la relación del convenio la cual es la causa de esta observación.Anexo 5"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando adjunta los convenios de colaboración celebradoscon el Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Generaldel Estado de Nuevo León, manifiesta que da por entendida la observación y mantiene lapostura en que no deberían de registrar en la contabilidad erogaciones que no se vinculen asu estatuto legal, por lo que al 31 de diciembre de 2017 registró operaciones que asciendena $54,536,497 respaldadas con los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) anombre del Gobierno del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Cumplir con las disposiciones señaladas en este ordenamiento federal.

6. El Ente Público omitió registrar como Activo no circulante (Bienes muebles), la adquisiciónde cuatro mesas altas por valor de $35,056, adquirido y registrado directamente a Gastosen el ejercicio 2016.

Como parte de seguimiento de esta observación, en su aclaración y respuesta anexófotografías de mobiliario, sin embargo, no registró contablemente esta adquisición como unaumento en el Activo no circulante, por lo que subsiste esta observación.

Derivado de lo anterior, contraviene con ACUERDOS expedidos por el Consejo Nacional deArmonización Contable (Conac), el primero de éstos, el Acuerdo por el que se Reforman lasReglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, inciso B. Reglas Específicasdel Registro y Valoración del Activo, punto 8. Monto de capitalización de los bienes mueblese intangibles y el segundo es el Acuerdo por el que se emite el Manual de ContabilidadGubernamental, en los Capítulos III y IV, Plan de Cuentas e Instructivo de Manejo deCuentas respectivamente, estableciendo su observancia obligatoria, de conformidad con elartículo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Esta observación fue incluida en el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Públicadel ejercicio 2016.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y se procedió a realizar el Ajustecorrespondiente, el registro de la adquisición de 4 mesas altas compradas en el ejercicio2016, las cuales originalmente se registraron como gasto se procedió a realizar lareclasificación a cuenta de Activo (Bienes) para poder finiquitar la observación citada, a suvez se realizó también el ajuste de la depreciación acumulada del Bien. Anexo 6"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Públicosolventa parcialmente la observación, toda vez que anexó las pólizas de diario 4 y 5 ambasdel 1 de enero del 2018 mediante las cuales registró un importe de $35,056 como unaumento al activo no circulante y reconoció el ajuste derivado de la depreciación acumuladadel bien mueble, sin embargo al 31 de diciembre de 2017, no consideró estos bienes comoparte de su patrimonio.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Reconocer oportunamente las adquisiciones de bienes de acuerdo a las disposicionesemitidas por el Conac.

7. Durante el proceso de la auditoría, el Ente Público nos proporcionó una relación detalladade los litigios en proceso y la situación que guardan actualmente, de la cual se observa queomitió registrar al 31 de diciembre de 2017 en la cuenta de "Provisión para demandas yjuicios a corto plazo" el monto estimado de los juicios laborales en los cuales existió unaobligación a cargo de éste, originadas por contingencias de demandas y juicios.

Cabe mencionar que de acuerdo a la relación de los litigios que nos fue proporcionada, elimporte de $392,481 es la cantidad demandada al Ente Público.

De lo anterior, observamos que contraviene lo señalado en el Acuerdo por el que seReforman las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, inciso C. ReglasEspecíficas del Registro y Valoración del Pasivo, punto 12-Provisiones para demandas,juicios y contingencias, emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac);

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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estableciendo su observancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Generalde Contabilidad Gubernamental.

Así mismo, incumple con las disposiciones señaladas en el Apartado 41 Provisiones-Momento de reconocimiento, párrafo 41.1 que dispone lo siguiente: "Al ser una provisiónun pasivo, aunque de cuantía y/o fecha de liquidación inciertas, debe reconocerse unaprovisión cuando una operación cumple con todos los elementos de la definición de pasivosestablecida en esta NIF, los cuales se refieren a ser una obligación:

• presente;

• identificada;

• cuantificada en términos monetarios;

• que representa una probable disminución de recursos económicos; y

• derivada de operaciones ocurridas en el pasado."

Tratamiento contable aludido en la NIF C-9 "Provisiones, Contingencias y Compromisos",emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C.

Financiera - Monto no solventado $392,481

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL no tiene Provisiones para demandas y juicios, se cuenta con relación detalladade Litigios en proceso de los Juicios Laborales en los que está involucrado el Instituto, perono tiene la facultad para realizar ninguna acción, el personal que labora en el Instituto estáregistrado en nómina del Gobierno del Estado de Nuevo León por lo cual en los casosde Juicios Laborales el representante legal del Instituto acude al litigio o demanda solo encalidad de apoderado legal, pero las resoluciones, acuerdos y determinaciones de cálculosy pagos lo determina Miembros de las Unidades Administrativas de Recursos Humanos,Legal de SFYTGE, El Instituto realiza el registro en base a la información que proporcionalas SFYTGE en su reporte de transferencias, debido a que la mencionada secretaria erogael presupuesto del IRCNL. La SFYTGE es quien ejerce las operaciones del Instituto dichavinculación al convenio de colaboración administrativa." Anexo 8"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público nosolventa la observación, sí bien manifiesta que no tiene la facultad para realizar ningunaacción, es preciso señalar que, así como registra las operaciones relativas al rubro de

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Servicios personales de los empleados que laboran en el Instituto, deberá registrar lasprovisiones de los juicios civiles, mercantiles, laborales, penales o de cualquier otra índolelegal en los que esté vinculado al 31 de diciembre de 2017, aún y cuando el personal quelabora en el Ente Público esté registrado la nómina del Gobierno del Estado de Nuevo León.

Cabe señalar que el Ente Público fue creado como un órgano descentralizado, conpersonalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía jurídica, técnica y económica, por loque debe asumir el cumplimiento a la normativa aplicable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Registrar las provisiones de los juicios civiles, mercantiles, laborales, penales o de cualquierotra índole legal en los que esté vinculado el Ente Público.

ACTIVO

Activo circulante

Efectivo y equivalentes

Caja

8. El Ente Público registró durante el ejercicio 2017 la emisión de cinco cheques a favor delCoordinador Administrativo por un importe total de $150,000, para realizar pagos por lacompra de diversos artículos y contratación de servicios en efectivo mediante fondo de cajachica.

Fecha Numerode

cheque

Importe

28-feb-17 caja 40,00030-ju-17 01 40,00029-sep-17 02 40,00031-oct-17 03 15,00030-nov-17 05 15,000Total $ 150,000

Como resultado de nuestra revisión observamos lo siguiente:

a) Las comprobaciones de caja chica no fueron registrados de conformidad alo señalado en el Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Gubernamental expedido por el Consejo Nacional de Armonización Contable(Conac), en los Capítulos III y IV, Plan de Cuentas e Instructivo de Manejo deCuentas respectivamente, estableciendo su observancia obligatoria, de conformidadcon el artículo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

b) No especifica en los comprobantes, el área o persona solicitante del bien o servicio.

c) Los comprobantes no presentan sello de recepción del bien o servicio que nospermita validar su entrega-recepción.

d) Los bienes adquiridos no son registrados a través del almacén como entradas ysalidas, por lo cual carece de un control de las existencias.

e) El registro contable de cada cheque expedido no se llevó a cabo en una sola pólizacontable, es registrado en distintos movimientos, por lo cual en el auxiliar contableno es reflejado el importe total de cada operación.

Así mismo, contravienen lo que se advierte en los artículos, 2 y 33 de la Ley General deContabilidad Gubernamental.

Esta observación fue incluida en los Informes del Resultado de la revisión de las CuentasPúblicas de los ejercicios 2015 y 2016.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"Los Gastos propios del IRCNL son liquidados por medio de la caja chica contra reciboo factura, La caja chica se compone por cheques expedidos mediante un fondo fijoadministrado por el coordinador administrativo. Los bienes adquiridos son registradoscontablemente en las pólizas de egreso propio, se da por entendida la observación, seemprendió la determinación de un fondo fijo, sello de recepción del bien, firma y solicitantedel bien y se establecerán los demás lineamientos señalados en la observación para evitarfuturas observaciones Anexo 10"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Públicono solventa la observación, aún y cuando proporciona como evidencia la política para elotorgamiento de fondos fijos de caja, así mismo cartas custodias a nombre del CoordinadorAdministrativo, esta política presenta vigencia a partir de septiembre de 2018, por lo queal 31 de diciembre de 2017, las comprobaciones de caja chica no fueron registrados de

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conformidad a lo señalado en el Acuerdo por el que se emite el Manual de ContabilidadGubernamental, así mismo no manifiesta aclaración alguna en relación a los incisos b), c),d) y e).

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, cumplir con la normativa aplicable para el registro de las operaciones.

Bancos

9. El Ente Público reflejó en el Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2017en el rubro de Derechos a recibir efectivo o equivalentes un saldo de $2,749,076, el cualdebió presentarse en el rubro de Efectivo y equivalentes, por lo que contraviene lo señaladoen el Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental expedidopor el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), en los Capítulos III y IV,Plan de Cuentas e Instructivo de Manejo de Cuentas respectivamente, estableciendo suobservancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de ContabilidadGubernamental, el cual se integra como sigue:

Cuentacontable

. . Descripción . . Saldo al31-dic-17

1.1.1.2.1.1 Banorte***4750 $ 29,563

1.1.1.2.1.2 Banorte***4769 2,719,513Total $ 2,749,076

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y determina que ésta no afecta saldosdel Estado de Situación Financiera del ejercicio 2017, realizara las correcciones futurascorrespondientes en los formatos de la cuenta pública el cual es donde está la raíz de laobservación, Se establece como prueba el registro en sistema contable en la, cual estánlas cantidades bien identificadas y clasificadas en rubros de efectivo y equivalentes, de estaforma se documenta la observación citada Anexo 11"

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Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público nosolventa la observación, toda vez que ratifica que fue un error de presentación y que no sevio afectado el resultado del ejercicio 2017, no obstante al 31 de diciembre de 2017, reflejóen el Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2017 en el rubro de Derechosa recibir efectivo o equivalentes un saldo de $2,749,076 que debió presentar en el rubro deEfectivo y equivalentes.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, presentar los Estados Financieros que integran la Cuenta Pública de acuerdoa los lineamientos establecidos en el Conac.

Activo no circulante

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes

10. El Ente Público no proporcionó el cálculo de la depreciación conforme a lo establecidoen el Acuerdo por el que se Reforman las Reglas Específicas del Registro y Valoracióndel Patrimonio, inciso B. Reglas Específicas del Registro y Valoración del Activo,punto 6. Depreciación, Deterioro y Amortización, del Ejercicio y Acumulada de Bienes,expedido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), estableciendo suobservancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de ContabilidadGubernamental.

Esta observación fue incluida en los Informes del Resultado de la revisión de las CuentasPúblicas de los ejercicios 2015 y 2016.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y proporciona los cálculos de Depreciación delos Bienes del Instituto, los cuales fueron realizados conforme a las normativas establecidas,de esta forma se documenta la observación citada. Anexo 12"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público,no solventa la observación, aún y cuando exhibió el reporte de movimientos auxiliares

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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del catálogo del 1 de enero de 2015 al 1 de enero de 2018 de los bienes muebles yde la depreciación del ejercicio, cédulas de depreciación del ejercicio 2017 del equipo decómputo y tecnología de información con los siguientes datos: año, tasas de depreciación,descripción del bien, importe, no realizó una estimación adecuada para la vida útil de losactivos, ni consideró una estimación del valor que tendrá el activo en la fecha en quedejará de ser útil para el Ente Público (valor de desecho), así como tampoco proporcionó eldictamen técnico, peritaje obtenido o estudio realizado de la vida útil de los bienes.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que permitan cumplir con la normativaaplicable.

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras ayudas

11. Determinamos una diferencia no aclarada ni justificada de $2,163,895, derivada decomparar las aportaciones estatales que recibió el Ente Público por $183,823,222 segúnlos auxiliares contables al 31 de diciembre de 2017 contra las transferencias de recursosfinancieros que la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado le ministróde acuerdo a los reportes generados por dicha Secretaría, las cuales ascienden a$181,659,327.

Financiera - Monto no solventado $2,163,895

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL realiza el registro en base a la información que proporciona la SFYTGE en sureporte de transferencias, debido a que la mencionada secretaria deroga el presupuesto delIRCNL, Por lo que el IRCNL, clasifica, registra, devenga y genera la información en base ala disposición de la secretaria antes mencionada, teniendo como fundamento el conveniode colaboración administrativa, para la cuenta pública el reporte indicaba el monto final de$183,823,222, cabe mencionar que se tenía de plazo el día 12 de Marzo para presentarla cuenta pública, por lo cual se solicitó la información a SFYTGE y dicha secretariaproporciono información donde indicaba la cantidad antes señala. Anexo 13"

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público nosolventa la observación, toda vez que aún y cuando anexó el Reporte de transferenciasemitido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado mediante el cualle transfirió al Instituto recursos por $184,824,358, en la conciliación de transferencias aOrganismos y Fideicomisos Públicos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017 de laCuenta Pública se muestra un importe de $183,823,222 que representan las aportacionesregistradas por el Ente Público, determinándose una diferencia por $1,001,136, la cualmanifiestan que fue pagada en el ejercicio 2018, no obstante al verificar la documentaciónque acompaña en su aclaración detectamos que las facturas 1011275, 1011330, 1011327y 1011204 expedidas por el proveedor Office Digit, S.A.P.I. de C.V. fueron recibidas por elInstituto según sello plasmado en fechas del 28 de abril, 9 de mayo y 17 abril de 2017, porlo que esta diferencia no fue aclarado.

Cabe mencionar que de acuerdo al Convenio de colaboración y gestión que en materiaadministrativa celebrado con el Gobierno del Estado de Nuevo León, se estipula en lacláusula tercera, párrafo tercero lo siguiente: "EL ESTADO", se obliga a proporcionar a"EL ORGANISMO" mensualmente dentro de los primeros 10 (diez) días naturales delmes siguiente, la información correspondiente y documentación soporte de los momentoscontables (comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las partidas presupuestales delgasto que hayan sido generados con cargo al presupuesto de "EL ORGANISMO", obligaciónque en caso de cumplirla evitaría registros desfasados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, conciliar oportunamente las aportaciones que remite y ejerce la Secretaríade Finanzas y Tesorería General del Estado a cuenta del Ente Público.

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Gastos de funcionamiento

12. El Ente Público reconoció contablemente en forma directa todas las erogaciones que efectúala Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado a cuenta de éste como un Gasto,registrando la contrapartida como Ingresos (Aportaciones para gasto operativo).

Como resultado de nuestra revisión, observamos lo siguiente:

53/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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a) Omitió el registro de la provisión derivada de los compromisos y obligacionesasumidos que con lleven la realización de estas operaciones.

b) Infringe el Acuerdo por el que se emiten los Postulados Básicos de ContabilidadGubernamental expedido por el Consejo Nacional de Armonización Contable(Conac) en específico al Postulado número 8) "Devengo Contable", estableciendosu observancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General deContabilidad Gubernamental.

c) Contraviene el artículo 34 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

d) Incumple con las disposiciones señaladas en el Apartado 41 Provisiones-Momentode reconocimiento, párrafo 41.1 que dispone lo siguiente: "Al ser una provisión unpasivo, aunque de cuantía y/o fecha de liquidación inciertas, debe reconocerse unaprovisión cuando una operación cumple con todos los elementos de la definición depasivos establecida en esta NIF, los cuales se refieren a ser una obligación:

• presente;

• identificada;

• cuantificada en términos monetarios;

• que representa una probable disminución de recursos económicos; y

• derivada de operaciones ocurridas en el pasado."

Tratamiento contable aludido en la NIF C-9 "Provisiones, Contingencias y Compromisos",emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL realiza la contabilización de las operaciones tanto presupuestarias comocontables derivadas de la información proporcionada por SFYTGE mediante el reportede transferencias, cuya documentación soporte debe de proporcionar dicha secretaríafundamentada en el convenio de colaboración administrativa debido a que es quien eroga

54/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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el presupuesto del IRCNL, por lo que, el IRCNL clasifica, registra, devenga y genera lainformación en base a la disposición de la secretaría antes mencionada. Anexo 14"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando exhibe el reporte de transferencias y los convenioscelebrados con el Gobierno del Estado y manifiesta que la contabilización de las operacionestanto presupuestarias como contables son la base de la información proporcionada porSecretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, no provisionó al 31 de diciembrede 2017 las provisiones de los compromisos y obligaciones asumidos que conlleven a larealización de estas operaciones.

Así mismo, no justifica su manifiesto, toda vez que en la Cláusula tercera, párrafo tercerodel Convenio de colaboración y gestión que en materia administrativa celebrado con lacitada Secretaría, estipula lo siguiente: "EL ESTADO", se obliga a proporcionar a "ELORGANISMO" mensualmente dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del messiguiente, la información correspondiente y documentación soporte de los momentoscontables (comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las partidas presupuestalesdel gasto que hayan sido generados con cargo al presupuesto de "EL ORGANISMO".

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, coordinarse con la SFYTGE para registrar oportunamente las operacionesque ejerce directamente a cuenta del Ente Público, así mismo cumplir con las disposicionesseñaladas en los ordenamientos ya citados.

Servicios personales

Remuneraciones al personal de carácter permanente

13. Como resultado de la revisión realizada al rubro de Servicios personales, observamos losiguiente:

a) Determinamos una diferencia no aclarada ni justificada por $3,473,434, derivada decomparar los registros contables del Ente Público de $65,441,168 contra la base dedatos de la nómina obtenida del área de Recursos Humanos de la Secretaría deFinanzas y Tesorería General del Estado por $61,967,734, la cual se integra comosigue:

55/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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b) No registró el devengo contable por $4,522,351 correspondiente a la segunda partedel aguinaldo de 2017, contraviniendo lo establecido en el Acuerdo por el cualse emiten los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental expedido por elConsejo Nacional de Armonización Contable (Conac), en específico al Postuladonúmero 8) "Devengo Contable", estableciendo su observancia obligatoria, deconformidad con el artículo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, asímismo incumple con el artículo 34 de la Ley General de Contabilidad Gubernamentaly con la NIF C-9 "Provisiones, Contingencias y Compromisos", emitida por el ConsejoMexicano de Normas de Información Financiera, A.C. en el Apartado 41 Provisiones-Momento de reconocimiento, párrafo 41.1.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Esta observación fue incluida en los Informes del Resultado de la revisión de las CuentasPúblicas de los ejercicios 2015 y 2016.

Financiera - Monto no solventado $3,473,434

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL realiza el registro en base a la información que proporciona las SFYTGE ensu reporte de transferencias, debido a que la mencionada secretaria eroga el presupuestodel IRCNL, Por lo que el IRCNL, clasifica, registra, devenga y genera la información enbase a la disposición de la secretaria antes mencionada, teniendo como fundamento elconvenio de colaboración administrativa. El IRCNL registró en el rubro de Remuneracionesa Personal lo estipulado por la SFYTGE en su reporte de transferencias $65,441,168. Sehace constar que el Instituto no tiene incidencia en los cálculos y proceso de Nomina, ¡laUnidad Administrativa de Recursos Humanos y La Unidad Administrativa de Contabilidades quien realizo! las integraciones, El personal que labora en el Instituto está registrado enla nómina del Gobierno del Estado de Nuevo León. Se adjunta la documentación soporterecibida por la SFYTGE. Anexo 15"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público nosolventa la observación, aún y cuando manifiesta que el Instituto no tiene incidencia enlos cálculos y procesos de la nómina, que corresponde a las Unidades Administrativas deRecursos Humanos y de Contabilidad quienes realizan las integraciones del personal quelabora en el Ente Público, ya que éstas son registradas en la nómina de Gobierno del Estado,sin embargo, no lo justifica toda vez que la Cláusula tercera, párrafo tercero del Conveniode colaboración y gestión que en materia administrativa celebró con el Gobierno del Estadoel 18 de diciembre de 2013, estipula lo siguiente: "EL ESTADO", se obliga a proporcionara "EL ORGANISMO" mensualmente dentro de los primeros 10 (diez) días naturales delmes siguiente, la información correspondiente y documentación soporte de los momentoscontables (comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las partidas presupuestalesdel gasto que hayan sido generados con cargo al presupuesto de "EL ORGANISMO", por loque omitió registrar el devengo contable correspondiente a la segunda parte del aguinaldo.

Así mismo, no refiere aclaración alguna relativa a la diferencia por $3,473,434 derivada decomparar los registros contables del Ente Público de $65,441,168 contra la base de datos dela nómina obtenida del área de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y TesoreríaGeneral del Estado por $61,967,734.

57/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a lanormatividad señalada.

Remuneraciones al personal de carácter transitorio

14. El Ente Público registró durante el ejercicio 2017 erogaciones por concepto de Honorariosasimilables a salarios y Gratificación anual de $40,157,467 y $4,288,035 respectivamente,los cuales al 31 de diciembre 2017 fueron devengados por 337 personas, observándoselo siguiente:

a) No se estipula en las cláusulas de los contratos de prestaciones de serviciosprofesionales asimilados a sueldos, la obligación de pagar la gratificación anual.

b) Omite el registro contable de la provisión de las retenciones del Impuesto Sobre laRenta (ISR) en el pago de los honorarios asimilables a salarios, incumpliendo con elartículo 96, primero y penúltimo párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Esta observación fue incluida en el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Públicadel ejercicio 2016.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL realiza el registro en base a la información que proporciona las SFYTGE ensu reporte de transferencias, debido a que la mencionada secretaria eroga el presupuestodel IRCNL, Por lo que el IRCNL, clasifica, registra, devenga y genera la información enbase. a la disposición de la secretaria antes mencionada, teniendo como fundamento elconvenio de colaboración administrativa. El IRCNL registro en el rubro de Honorarios yGratificación Anual lo estipulado por la SFYTGE en su reporte de transferencias, se haceconstar que el Instituto no tiene incidencia en los cálculos y proceso de Nomina, la UnidadAdministrativa de Recursos Humanos y La Unidad Administrativa de Contabilidad es quienrealiza las integraciones, El personal que labora en el Instituto está registrado en la nóminadel Gobierno del Estado de Nuevo León. Se adjunta la documentación soporte recibida porla SFYTGE. Anexo 16"

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público,no solventa la observación, aún y cuando manifiesta que el Instituto no tiene incidenciaen los cálculos y procesos de la nómina, que corresponde a las Unidades Administrativasde Recursos Humanos y de Contabilidad quienes realizan las integraciones del personalque labora en el Ente Público, ya que éstas son registradas en la nómina de Gobiernodel Estado, sin embargo, no lo justifica toda vez que la Cláusula tercera, párrafo tercerodel Convenio de colaboración y gestión que en materia administrativa que celebró conel Gobierno del Estado, estipula lo siguiente: "EL ESTADO", se obliga a proporcionara "EL ORGANISMO" mensualmente dentro de los primeros 10 (diez) días naturales delmes siguiente, la información correspondiente y documentación soporte de los momentoscontables (comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las partidas presupuestalesdel gasto que hayan sido generados con cargo al presupuesto de "EL ORGANISMO".

Así mismo, no refiere aclaración alguna relativa a las cláusulas de los contratos deprestaciones de servicios profesionales asimilados a sueldos, la obligación de pagar lagratificación anual, ni a la omisión del registro de la provisión de las retenciones del ImpuestoSobre la Renta (ISR) en el pago de los honorarios asimilables a salarios.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimientonormativa señalada.

Seguridad social

15. Durante el ejercicio 2017 el Ente Público efectuó erogaciones por concepto de seguridadsocial mediante las siguientes pólizas contables:

Fecha Póliza Descripción Importe15-dic-17 . Egresos 13 Aportaciones al Isssteleon correspondiente a la primera

quincena de diciembre 2017$ 390,472

29-dic-17 . Egresos 18 Aportaciones al Isssteleon correspondientes a la segundaquincena de diciembre 2017

390,209

Total $ 780,681

Como resultado de nuestra revisión, observamos que:

59/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

a) No proporcionó ni exhibió el soporte documental que compruebe y justifique estaserogaciones, contraviniendo los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior delEstado de Nuevo León, 35 de la Ley de Administración Financiera para el Estadode Nuevo León y 42, párrafo primero en concordancia con el 43 de la Ley Generalde Contabilidad Gubernamental.

b) Omitió el registro de la provisión derivada de los compromisos y obligacionesasumidas que conlleven la realización de estas operaciones, incumpliendocon las disposiciones señaladas en el Apartado 41 Provisiones-Momento dereconocimiento, párrafo 41.1 que dispone lo siguiente: "Al ser una provisión unpasivo, aunque de cuantía y/o fecha de liquidación inciertas, debe reconocerse unaprovisión cuando una operación cumple con todos los elementos de la definición depasivos establecida en esta NIF, los cuales se refieren a ser una obligación:

• presente;

• identificada;

• cuantificada en términos monetarios;

• que representa una probable disminución de recursos económicos; y

• derivada de operaciones ocurridas en el pasado."

Tratamiento contable aludido en la NIF C-9 "Provisiones, Contingencias y Compromisos",emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y proporciona la documentación correspondientea las partidas de la observación, y manifiesta que el Instituto realiza el registro en base ala información que proporciona las SFYTGE en su reporte de transferencias, debido a quela mencionada secretaria eroga el presupuesto del IRCNL, Por lo que el IRCNL, clasifica,registra, devenga y genera la información en base a la disposición de la secretaria antesmencionada, teniendo como fundamento el convenio de colaboración administrativa. ElIRCNL registro en el rubro de Aportaciones de ISSTELEON lo estipulado por la SFYTGEen su reporte de transferencias, se hace constar que el Instituto no tiene incidencia en loscálculos y proceso de Nomina, la Unidad Administrativa de Recursos Humanos v La UnidadAdministrativa de Contabilidad es quien realiza las integraciones, El personal que labora en

60/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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el Instituto está registrado en la nómina del Gobierno del Estado de Nuevo León. Se adjuntala documentación soporte recibida por la SFYTGE. Anexo 17"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Públicosolventa parcialmente la observación, toda vez que anexó pólizas de egresos 13 y 18 del15 y 29 de diciembre de 2017, recibos de ingresos del Isssteleon números 29930 y 30093,órdenes de pago de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado 296783 y296947, el reporte de transferencia 2017 y los Convenio de colaboración celebrados con elGobierno del Estado, sin embargo, existe una diferencia de $366 derivada de comparar elgasto registrado contra las órdenes de pago.

Así mismo manifiesta que el Instituto no tiene incidencia en los cálculos y procesos dela nómina, que corresponde a las Unidades Administrativas de Recursos Humanos y deContabilidad quiens realiza las integraciones del personal que labora en el Ente Público, yaque éstas son registradas en la nómina de Gobierno del Estado, sin embargo, no lo justificatoda vez que la Cláusula tercera, párrafo tercero del Convenio de colaboración y gestiónque en materia administrativa estipula lo siguiente: "EL ESTADO", se obliga a proporcionara "EL ORGANISMO" mensualmente dentro de los primeros 10 (diez) días naturales delmes siguiente, la información correspondiente y documentación soporte de los momentoscontables (comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las partidas presupuestalesdel gasto que hayan sido generados con cargo al presupuesto de "EL ORGANISMO", por loque omitió registrar la provisión derivada de los compromisos y obligaciones de la seguridadsocial a favor de los empleados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, cumplir con la normativa aplicable para el registro de las operaciones.

Otras prestaciones sociales y económicas

16. El Ente Público efectuó erogaciones por concepto de indemnizaciones correspondientes acuatro empleados, registradas en la cuenta de Otras prestaciones sociales y económicasmediante las siguientes pólizas contables:

Fecha Póliza contable Número deempleado

. R.F.C. Importe

28.jun.17 Egresos 22 173913 SABB480708EU6 $ 307,560

03-nov-17 Egresos 11 8022 AAOC800710TM4 140,997

61/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Fecha Póliza contable Número deempleado

. R.F.C. Importe

13-nov-17 Egresos 15 137177 BUBR61112345A 65,778

11-dic-17 Egresos 09 422804 DECA510908RZ5 55,126Total $ 569,461

Como resultado de nuestra revisión, observamos que el Ente Público, no adjuntóni proporcionó los cálculos que sirvieron de base para la determinación de lasindemnizaciones, contraviniendo los artículos 42, párrafo primero en concordancia con el 43de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 15 de la Ley de Fiscalización Superiordel Estado de Nuevo León.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y proporciona la documentación correspondientea las partidas de la observación, y manifiesta que el Instituto realiza el registro en base ala información que proporciona las SFYTGE en su reporte de transferencias, debido a quela mencionada secretaria eroga el presupuesto del IRCNL, Por lo que el IRCNL, clasifica,registra, devenga y genera la información en base a la disposición de la secretaria antesmencionada, teniendo como fundamento el convenio de colaboración administrativa. ElIRCNL registro en el rubro de Indemnizaciones lo estipulado por la SFYTGE en su reporte detransferencias, se hace constar que el Instituto no tiene incidencia en los cálculos y procesode Nomina, la Unidad Administrativa de Recursos Humanos y La Unidad Administrativade Contabilidad es quien realiza las integraciones, El personal que labora en el Institutoestá registrado en la nómina del Gobierno del Estado de Nuevo León. Se adjunta ladocumentación soporte recibida por la SFYTGE. Anexo 18"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando manifiesta que el Instituto no tiene incidencia enlos cálculos y procesos de la nómina, que corresponde a las Unidades Administrativas deRecursos Humanos y de Contabilidad quienes realizan las integraciones del personal quelabora en el Ente Público, ya que éstas son registradas en la nómina de Gobierno del Estado,sin embargo, no lo justifica toda vez que la Cláusula tercera, párrafo tercero del Convenio decolaboración y gestión que en materia administrativa que celebró el 18 de diciembre de 2013con el Gobierno del Estado, estipula lo siguiente: "EL ESTADO", se obliga a proporcionara "EL ORGANISMO" mensualmente dentro de los primeros 10 (diez) días naturales delmes siguiente, la información correspondiente y documentación soporte de los momentos

62/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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contables (comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las partidas presupuestalesdel gasto que hayan sido generados con cargo al presupuesto de "EL ORGANISMO".

Así mismo, no refiere aclaración alguna relativa a los cálculos que sirvieron de base parala determinación de las indemnizaciones.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a lanormatividad señalada.

Materiales y suministro

Herramientas, refacciones y accesorios menores

17. El Ente Público no proporcionó ni exhibió el soporte documental que compruebe y justifiqueel registro contable reflejado en la cuenta de Herramientas, refacciones y accesoriosmenores según póliza de egresos número 12 del 06 de noviembre de 2017 por valor totalde $22,851, contraviniendo los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estadode Nuevo León, 35 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo Leóny 42, párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Económica - Monto no solventado $22,851

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y proporciona la documentación correspondientea las partidas de la observación, y manifiesta que el Instituto realiza el registro en base ala información que proporciona las SFYTGE en su reporte de transferencias, debido a quela mencionada secretaria eroga el presupuesto del IRCNL, Por lo que el IRCNL, clasifica,registra, devenga y genera la información en base a la disposición de la secretaria antesmencionada, teniendo como fundamento el convenio de colaboración administrativa. ElIRCNL registro en el rubro de Herramientas lo estipulado por la SFYTGE en su reporte detransferencias. Se adjunta la documentación soporte recibida por la SFYTGE. Anexo 21"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando anexa la póliza de egreso 12 del 6 de noviembre de

63/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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2017, transferencia electrónica, orden de pago, recibo de pago, factura y los Convenios decolaboración administrativa y gestión que en materia administrativa celebró con el Gobiernodel Estado, no comprueba ni justifica el registro señalado, toda vez que el soporte de lapóliza referida no corresponde a la descripción del gasto, ni al importe registrado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Servicios generales

Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación

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EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Respuesta Del Ente Público

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

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EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

19. Para efectos de presentación en la Cuenta Pública, el Ente Público mostró en el Estadode Actividades del 01 de enero al 31 de diciembre 2017 y 2016 en el rubro de Serviciosgenerales la cifra de $49,201,633, no obstante, en los registros contables es reflejado elimporte de $49,135,560, determinando una diferencia por $66,073, que registró en el rubrode Otros gastos, contraviniendo lo estipulado en el Acuerdo por el que se emite el Manualde Contabilidad Gubernamental, en los Capítulos III y IV, Plan de Cuentas e Instructivo deManejo de Cuentas respectivamente, expedido por el Consejo Nacional de ArmonizaciónContable (Conac), estableciendo su observancia obligatoria, de conformidad con el artículo7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Normativa

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y determina que esta no afecta Saldos de Estadode Actividades de los Estados Financieros del ejercicio 2017, El IRCNL procedió a realizarel Ajuste correspondiente, el monto de $66,073 el cual se registró como gasto y se procedióa realizar la reclasificación a cuenta de Activo (Deudores Diversos). Anexo 23"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público,no solventa la observación, aún y cuando toda ratifica en su manifiesto que fue un error

68/80

EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

EN ESTE APARTADO SE CONTIENE INFORMACIÓN Y DATOS EXTRAÍDOS DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS POR EL ENTE PÚBLICO, Y POR ENDE, EN OBSERVANCIA DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 20 FRACCIÓN XIII DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y HASTA EN TANTO SUBSISTA LA RESERVA DE LA MISMA. ESTA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN NO ESTÁ AUTORIZADA PARA DIFUNDIR SU CONTENIDO.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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de presentación y que no se vio afectado el resultado del ejercicio 2017, no obstante, ladiferencia de $66,073, se encuentra amparada con la póliza de egresos 6 del 31 de octubrede 2017, la cual fue objeto de observación en el rubro de Otros gastos, determinándose ensu respectivo análisis que no fue comprobada ni justificada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a lanormatividad señalada.

Servicios de traslado y viáticos

20. El Ente Público registró pagos por $64,184 en la cuenta denominada "Servicios de trasladoy viáticos" por concepto de gastos de representación, como se detallan a continuación:

Fecha Pólizacontable

. Descripción Importe

$15-sep-17 Egreso 2 Boleto de avión 13,63225-abr-17 Egreso 6 Boleto de avión 11,71215-ago-17 Egreso 3 Boleto de avión 3,42519-oct-17 Egreso 3 Boleto de avión 3,12925-sep-17 Egreso 5 Hospedaje 17,02011-may-17 Egreso 2 Hospedaje 15,266Total $ 64,184

Derivado de lo anterior, observamos lo siguiente:

a) No proporcionó ni exhibió evidencia documental que justifique los motivos queoriginaron realizar estos gastos, por lo que contraviene lo establecido en el artículo42, primer párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y artículo 15de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

b) El Ente Público carece de una política que permita regular las erogaciones por losconceptos antes citados.

Normativa

69/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y proporciona la documentación solicitada enla observación relativa a los motivos que originaron a realizar los gastos señalados porconcepto de Servicios de Traslado y Viáticos por parte del Instituto. Anexo 24"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público,solventa parcialmente la observación, aún y cuando anexó como evidencia el Manual depolítica para el otorgamiento de viáticos y pasajes de los servidores públicos y las pólizasde egresos 2, 6, 3, 3 y 5, de fecha 15 de septiembre, 25 de abril 15 de agosto, 19 de octubrey 25 de septiembre del 2017, respectivamente, no comprobó ni justificó $8,445 de la pólizade egresos 2 del 11 de mayo de 2017 de $15,266 que integran dicha póliza.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, respaldar con documentos comprobatorio y justificativos las operacionesque realice.

Otros gastos y pérdidas extraordinarias

Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones

21. Al revisar el cálculo relativo a la Depreciación acumulada de los bienes mueblesproporcionado por el Ente Público, determinamos una diferencia de $104,395 no aclaradani justificada, derivada de comparar el resultado de nuestra revisión por $223,945 contra elsaldo que presentan los registros contables al 31 de diciembre de 2017, el cual asciendea $119,550.

Adicionalmente, incumple con el Acuerdo por el que se emiten los Postulados Básicos deContabilidad Gubernamental, expedido por el Consejo Nacional de Armonización Contable(Conac), en específico el Postulado 11) Consistencia, toda vez que no existe un mismotratamiento contable en el registro de la depreciación, debido a que no incluye en algunoscasos los importes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de cada uno de los bienes.

Cabe señalar, que el Ente Público absorbe el IVA como un gasto, por lo tanto, éste debeformar parte del costo de adquisición, por lo que contraviene lo estipulado en el Acuerdopor el que se Reforman las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio,inciso B. Reglas Específicas del Registro y Valoración del Activo, punto 7. Tratamientodel Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el costo de adquisición, estableciendo su

Respuesta

70/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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observancia obligatoria de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de ContabilidadGubernamental.

Financiera - Monto no solventado $104,395

Respuesta Del Ente Público

"El IRCNL da por entendida la observación y proporciona los cálculos de Depreciación delos Bienes del Instituto, se procedió a realizar el Ajuste correspondiente en la actualizaciónde los montos los cuales se incluye el IVA de cada bien, estos fueron realizados conformea las normativas establecidas de la CONAC, de esta forma se documenta la observacióncitada. Anexo 25"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público,no solventa la observación, aún y cuando exhibió el reporte de movimientos auxiliaresdel catálogo del 1 de enero de 2015 al 1 de enero de 2018 de los bienes muebles yde la depreciación del ejercicio, cédulas de depreciación del ejercicio 2017 del equipo decómputo y tecnología de información con los siguientes datos: año, tasas de depreciación,descripción del bien y el importe, no aclaró la diferencia de $104,395 derivada compararel resultado de nuestra revisión por $223,945 contra el saldo que presentan los registroscontables al 31 de diciembre de 2017, el cual asciende a $119,550.

Cabe mencionar que anexó las pólizas de diario 3 y 4 ambas del 1 de enero de 2018,mediante las cuales registró en la citada en primer término, la cuenta 1.2.4.1.3.1 equipo decómputo y tecnología de la información un importe de $65, 295 contra la cuenta 3.2.5.2.1.3cambios por errores contables 2015 y 2016. En la segunda póliza contable registra el cálculode la depreciación por $40,800, no obstante, dichos registros no incluyen detalle suficienteque permita identificar con precisión cada una de las operaciones efectuadas. Así mismo,no aclaró la diferencia aludida en el primer párrafo.

Así mismo, no manifiesta aclaración alguna en relación al registro y tratamiento del Impuestoal Valor Agregado (IVA).

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a lanormatividad señalada.

71/80El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Otros gastos

Otros gastos varios

22. Durante el proceso de la auditoría, el Ente Público no proporcionó ni exhibió evidenciadocumental de la póliza de egreso número 6 del 31 de octubre de 2017 por importe de$66,073, incumpliendo con los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estadode Nuevo León, 35 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de NuevoLeón y 42, párrafo primero en concordancia con el 43 de la Ley General de ContabilidadGubernamental.

Económica - Monto no solventado $66,073

Respuesta Del Ente Público

"IRCNL da por entendida la observación y determina que procedió a realizar el Ajustecorrespondiente, el monto de $66,073 el cual se registró como gasto y se procedió a realizarla reclasificación a cuenta de Activo (Deudores Diversos), adjuntándose la documentaciónde soporte correspondiente. Anexo 26"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, nosolventa la observación, aún y cuando la póliza de egresos 6 del 31 de octubre de 2017 fueexhibida, no comprueba ni justifica la erogación registrada, así mismo adjunta la póliza dediario 2 del 1 de enero de 2018, mediante la cual cancelan el gasto registrado en el ejercicio2017 por $66,073, reflejándose el registro de la cuenta 1-2-2-2-0-0 Deudores Diversos,siendo éste a cargo del entonces Coordinador Administrativo del Ente Público según constaen el oficio del 20 de octubre de 2017 expedido por el Encargado de la CoordinaciónAdministrativa actual a través del cual informa a la Directora de Recursos Humanos de laSecretaría de Administración que el deudor antes citado fue suspendido temporalmente delcargo sin goce de sueldo a partir del 13 de octubre de 2017 de conformidad al artículo83, fracción III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado yMunicipios de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

Contenida en el acuerdo Legislativo, tomado por el Pleno, en la sesión del 6 de septiembre de 2017, remitida a esta Auditoría Superior del Estado, en fecha 7 de septiembre de 2017 mediante oficio número C. V. 386/2017, emitido por los CC. Presidente y Secretario de la Comisión de Vigilancia del H. Congreso del Estado, en virtud del cual se instruye a este Órgano Superior de Fiscalización, para que en el ámbito de sus atribuciones de fiscalización solicite los acuerdos de reserva a los organismos descentralizados y desconcentrados del Gobierno del Estado para su análisis y revisión en las Cuentas Públicas. Objetivo de la revisión. – Para cumplir con lo solicitado, esta Auditoría Superior del Estado, programó el envío de Oficio al Ente Público solicitando informara si cuenta con acuerdos de reserva. Procedimiento de auditoría realizado. - Para efectuar lo anterior, esta Auditoría Superior del Estado, solicitó al Ente Público que proporcionara la información siguiente:

a) Escrito firmado por el Titular del Ente Público que incluya una relación de los acuerdos de reserva y/o si existe alguna información que por su naturaleza deba considerarse como reservada, confidencial, o bien que deba mantenerse en secrecía.

b) Anexar el Índice de los expedientes clasificados como reservados, y en su caso el (los)

acuerdo (s) de clasificación correspondiente (s) en los que se establezca, según los dispuesto en los artículos 102 de la Ley General de Trasparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 127 de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública de Nuevo León la siguiente información:

• Área que generó la información. • Nombre del documento. • Si se trata de reservada completa o parcial. • Fecha en que inició y finalizó la reserva. • Su justificación. • Plazo de reserva, y en su caso, • Partes del documento que se reserva y si se encuentra en prórroga.

Resultados obtenidos. -

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En respuesta a nuestro Oficio No. ASENL-AEGE-AP90-672/2018 del 10 abril de 2018, el Ente Público nos informa en su Oficio DG/070/2018 del 26 de abril de 2018, que cuenta con información que deba considerarse como reservada de 01-un acuerdo de reserva de información No. 1/CTIRCNL/2016 emitido el 15 de diciembre de 2016. “Se acordó darle tratamiento de reservada y confidencial para excepcionar el procedimiento de licitación pública la contratación de los bienes y servicios de “Renovación Tecnológica del Instituto Registral y Catastral de Nuevo León” consistente en: seguridad de doble frontera, detención y prevención de intrusos, seguridad base de datos, seguridad de aplicaciones web, protección avanzada de malware y amenazas de día cero, Plataforma de Antivirus [AV], Prevención de Fuga de Información [DLP], Sistema de Centralizado de Registro de Eventos y Correlación, Autentificación de Doble Factor.”

Información reserva Área que generó la información Comité de Transparencia del Instituto Registral y Catastral del Estado Nombre del documento o Número de identificación 1/CTIRCNL/2016 Si se trata de reserva completa o parcial Completa. Fecha en que inicio y finalizó la reserva Inicia: 15 de diciembre de 2016 Finaliza: 14 de diciembre de 2021 Su justificación

El riesgo que puede traer la divulgación de la información es mayor que el interés público de que se difunda la información contenida en dicho acuerdo.

Plazo de reserva, y en su caso, 5 años Partes del documento que se reserva y si se encuentra en prórroga No aplica.

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IX. Resultados de la revisión de situación excepcional En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136, quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

En este apartado se presenta una síntesis de las acciones y recomendaciones que con motivo de la revisión de las cuentas públicas 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 se ejercieron o promovieron por esta Auditoría Superior del Estado. Asimismo, se muestra un detalle del estado que guardan las acciones o recomendaciones que no fueron comunicadas como concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2016 (en adelante IDR 2016), así como el de aquellas que, en el citado informe, se anunciaron que se ejercerían o formularían.

SÍNTESIS DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EN FUNCIÓN DEL NÚMERO

DE OBSERVACIONES DE LAS CUALES SE ORIGINAN CUENTAS PÚBLICAS 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2011

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 1*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 1*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 2

2012

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR), relativo a la Gestión Financiera 1*

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 2*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 1*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 4

2013

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 4*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 8*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 12

2014

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR), relativo a la Gestión Financiera 1*

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 13*

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CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 6*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 20

2015

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 19

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobac Fiscal (PEFCF) 1*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 7* Total de acciones y recomendaciones emitidas 27

2016

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR), relativo a la Gestión Financiera 2

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 22

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 1

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 7 Total de acciones y recomendaciones emitidas 32

∗ Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2016, presentado al H. Congreso del Estado el día 28 de noviembre de 2017.

DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS (NO SE INCLUYEN LAS COMUNICADAS COMO CONCLUIDAS EN EL IDR 2016)

AL 14 DE SEPTIEMBRE 2018

a) Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR)

PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES

Cuenta Pública

Número de Pliego

Tipo de Auditoría del cual deriva

Tota

l de

Obs

erva

cion

es

Fech

a de

No

tific

ació

n Monto de los Posibles

daños o perjuicios

Estado en la ASENL Comentarios

2016 ASENL-PPR-

CP2016-GF-AP90-053/2017

Gestión Financiera 2 8-dic-17 $573,306 En trámite Pendiente

Dictamen Técnico de Auditoria

Total de Observaciones 2

A través de estos instrumentos se le comunican al ente fiscalizado, aquellas observaciones que contienen irregularidades que permiten presumir la existencia de hechos y conductas que producen daños o perjuicios a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, a efecto de que proporcionen datos de identificación y localización de los presuntos responsables, para en su caso, dar inicio al procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria.

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b) Promoción del Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA)

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Cuen

ta

Públ

ica

Datos de la Promoción Último informe de acciones implementadas y resultados obtenidos en atención a la

Promoción formulada por la ASENL

Observaciones objeto de la promoción

Oficio de promoción

Autoridad ante la cual se formuló la PFRA

Número de oficio

Fecha en que se recibió el Informe

de atención a promoción

2015 19 ASENL-PFRA-CP2015- PE01-115/2016

Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León

CTG-DJ-567/2018 28-jun-18

2016 22

ASENL-PFRA-CP2016-AP90-110/2017

Director General del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León

DG/072/2018 03-may-18

ASENL-PFRA-CP2016-PE01-122/2017

Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León

CTG-DCASP-091/2018 19-feb-18

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESULTADOS OBTENIDOS

Cuenta Pública

Autoridad que atiende la promoción Informe de la Autoridad

Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la

Promoción

Estado Servidores Públicos

Sancionados (cargos)

Sanciones Impuestas

2015 Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León

La Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado, comunicó acuerdo del 28 de mayo de 2018, en el que se determina prescrita la facultad de la contraloría para emitir sanciones.

Concluido No sancionó

2016

Director General del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León

Mediante acuerdo de fecha 19-diecinueve de abril del 2018, concluye los procedimientos respecto de 11 observaciones, determinando sanción administrativa, por el resto de las observaciones, no inició procedimiento.

Concluido Coordinador Administrativo

Amonestación Privada

Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León

La Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado comunica que no se desprende que el Titular del Instituto Registral y Catastral de Estado de Nuevo León haya incurrido en responsabilidad dentro de los hechos motivo de las observaciones, por lo que determinó que no existen elementos para iniciar un procedimiento de responsabilidad administrativa en su contra

Concluido No sancionó

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PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESULTADOS OBTENIDOS

Cuenta Pública

Autoridad que atiende la promoción Informe de la Autoridad

Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la

Promoción

Estado Servidores Públicos

Sancionados (cargos)

Sanciones Impuestas

Esta acción tiene por objeto, promover el ejercicio de las facultades de investigación y sancionatorias de los órganos de control o autoridades competentes en los entes públicos fiscalizados, en relación con las observaciones que a juicio de la Auditoría Superior del Estado, contienen datos que hacen presumir irregularidades derivadas de una acción u omisión de los servidores públicos del ente fiscalizado, a sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones.

c) Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF)

Servicio de Administración Tributaria

1 El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a la autoridad fiscal competente.

d) Recomendaciones a la gestión o control interno (RG)

RECOMENDACIONES A LA GESTIÓN O CONTROL INTERNO

Cuenta Pública Oficio de Recomendaciones

Fecha Notificación

Fecha Respuesta por el

Ente Público

Estado en la ASENL

2016 ASENL-RG-CP2016-AP90-113/2017 08-dic-17 08-ene-18 Concluido

Las recomendaciones a la gestión o control interno tienen por objeto apoyar al ente público a fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control.

PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL

Cuenta Pública

Oficio de Promoción

Tota

l de

O

bs.

Instancia Ante la que se Promueve Fecha de

Notificación de Promoción

Motivo de la Promoción

Estado en la ASENL

2016

ASENL-PEFCF-CP2016-004/2017

1 Servicio de Administración Tributaria

(Administración Local de Auditoría Fiscal de Guadalupe, N.L.)

07-dic-17 Incumplimiento del Ente Público a sus obligaciones fiscales Concluido1

La finalidad de esta promoción, es la de poner en conocimiento de la autoridad tributaria competente, aquellas irregularidades atinentes a incumplimientos de obligaciones fiscales por parte del ente público o terceros con los que haya contratado, a efecto de que dicha autoridad, en el ámbito de su competencia, lleve a cabo las acciones de comprobación que a su juicio procedan.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones: RECOMENDACIONES

Cuen

ta

Públ

ica

Materia Emitidas Atendidas por el Ente Público No atendidas

(Sin respuesta del Ente Público)

Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables

2016

Recomendaciones a la gestión o control interno

Gestión Financiera 7 6 0 1 0 0

Total 7

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio2017 Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL)

Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conductode la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuadoen los artículos 20, fracción XXXI, 82, fracciones XV y XXXII de la Ley de Fiscalización Superior delEstado de Nuevo León; y 8, fracción XVIII, 15, fracciones XIII y XVIII, 17, fracciones I, III y XVII y 18,fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZAuditor General del Estado de Nuevo León

C.P. EDUARDO GONZÁLEZ JASSOAuditor Especial de Gobierno del Estado

y Organismos Públicos Autónomos

C.P. HÉCTOR DAVID RIVERA ALEMÁNDirector General de Auditoría

C.P. ANGELA GARCÍA VALENZUELADirector de Auditoría (Gestión Financiera)

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