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LEGIÓ EXTRAJERA INSTRUCCIONES GENERALES para el RÉGIMEN INTERIOR DEL CUERPO por el TENIENTE CORONEL FRANCO ARTURO SIERRA CEUTA Instrucciones para el Jefe del destacamento de Melilla. Con arreglo al Reglamento de Campaña (art. 767), cuando dos o más tropas sean de la fuerza que quiera formen un solo Cuerpo, destacamento o columna de operaciones, en el acto asumirá el mando el Comandante más caracterizado. Con arreglo a este artículo, el Jefe más caracterizado, cuando las Banderas estén reunidas, se constituye como Jefe del Destacamento y sus funciones, aparte de las generales de mando y disciplina, se ajustarán a lo siguiente: Si las Banderas están separadas, sus Comandantes como Jefes de ellas, son sus Jefes natos e instructores y sujetándose a las órdenes recibidas de mi autoridad a ellas subordinarán su conducta, siendo los directores responsables del estado de su unidad y del más exacto cumplimiento de cuantas instrucciones tienen recibidas. Llevarán por conducto del Comandante más caracterizado del territorio, sus relaciones con el Comandante General, debiendo ser este Jefe quien por sí o por el Representante de Melilla solicite en mi ausencia de Comandancia General cuantas necesidades, servicios, auxilios o consultas sean necesarios. El Jefe del Destacamento de Melilla será igualmente responsable de los turnos de destacamentos, servicios y descansos, llevará un turno de estricta justicia, debiendo en los casos de duda empezar el turno por las unidades más antiguas. Si alguno de los Jefes tuviera quejas de la forma de llevar los turnos o servicios, o estos no se ajustasen a las órdenes de mí recibidas, me elevarán directamente su queja y razones para mi resolución. Para evitar dudas marcando normas de descanso, destacamentos, etc., todo turno de unidad no 17/07/2009 INSTRUCCIÓN BANDERAS C:/…/InstruccionBanderas.html 1/20

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Instrucciones Generales para el Régimesn Interior del Cuerpo (Tercio de extranjeros - La Legión). Por el Tcol. Francisco Franco

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LEGIÓ� EXTRA�JERA

INSTRUCCIONES GENERALES

para el

RÉGIMEN INTERIOR DEL CUERPO

por el

TENIENTE CORONEL FRANCO

ARTURO SIERRA

CEUTA

Instrucciones para el Jefe del destacamento de Melilla.

Con arreglo al Reglamento de Campaña (art. 767), cuando dos o más tropas sean de la fuerzaque quiera formen un solo Cuerpo, destacamento o columna de operaciones, en el acto asumiráel mando el Comandante más caracterizado.

Con arreglo a este artículo, el Jefe más caracterizado, cuando las Banderas estén reunidas, seconstituye como Jefe del Destacamento y sus funciones, aparte de las generales de mando ydisciplina, se ajustarán a lo siguiente:

Si las Banderas están separadas, sus Comandantes como Jefes de ellas, son sus Jefes natos einstructores y sujetándose a las órdenes recibidas de mi autoridad a ellas subordinarán suconducta, siendo los directores responsables del estado de su unidad y del más exactocumplimiento de cuantas instrucciones tienen recibidas.

Llevarán por conducto del Comandante más caracterizado del territorio, sus relaciones con elComandante General, debiendo ser este Jefe quien por sí o por el Representante de Melillasolicite en mi ausencia de Comandancia General cuantas necesidades, servicios, auxilios oconsultas sean necesarios.

El Jefe del Destacamento de Melilla será igualmente responsable de los turnos dedestacamentos, servicios y descansos, llevará un turno de estricta justicia, debiendo en los casosde duda empezar el turno por las unidades más antiguas. Si alguno de los Jefes tuviera quejas dela forma de llevar los turnos o servicios, o estos no se ajustasen a las órdenes de mí recibidas,me elevarán directamente su queja y razones para mi resolución.

Para evitar dudas marcando normas de descanso, destacamentos, etc., todo turno de unidad no

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terminado, se entenderá cumplido si ha pasado en el servicio o descanso la mitad o más tiempodel señalado para el mismo y el tiempo que le falte por cumplir, lo efectuará aumentándolo en elnuevo turno.

Si por el contrario, no llegase a la mitad, cuando se establezca el servicio o descansonuevamente, lo empezará por el tiempo que le faltase cumplir en él.

Esto no se refiere a los turnos extraordinarios de guerra, de destacamentos (no ordinarios), enlos cuales cumplirá su turno cualquiera que sea el tiempo que permaneciese destacado o en elservicio.

En cualquier otro caso de carácter general se resolverá en analogía, persiguiendo el fin de lamayor igualdad de las unidades en penalidades y descansos, siempre que las necesidades de laguerra no dispongan lo contrario.

En el caso de encontrarse las Banderas separadas, cada Jefe de Bandera se entenderádirectamente con los Jefes de Sector, Circunscripción o Zona, para cuantos asuntos relativos alservicio, permisos para la plaza, etc., se le presenten, sin la mediación del Jefe delDestacamento, en análoga forma que si se encontrasen en el territorio de Ceuta, peroponiéndolo en su conocimiento.

Caso de que por el turno de destacamentos se encuentren destacadas una o más Banderas ydos o más reunidas, el Jefe más caracterizado de éstas, asumirá el mando militar de las unidadespara cuanto respecta a disciplina, régimen del Cuerpo, organización de los servicios, justicia,etc., con arreglo al mismo artículo del Reglamento de Campaña, sujetándose en todo a lasinstrucciones recibidas y los Jefes de Bandera seguirán siendo los jefes instructores de las suyasy de ellas responsables.

Para los trabajos generales del campamento, etc., las unidades se sujetarán al plan general pormí aprobado; siendo el Jefe más caracterizado el que normalizará y organizará este serviciosegún mis instrucciones.

En mis ausencias, el Jefe del Destacamento de Melilla, seguirá siendo el Jefe de su unidad,mando que ejercerá constantemente y sólo en caso de reunirse su unidad con otras para salidasu operaciones, tomará el mando del conjunto, tomando el de la Bandera el capitán más antiguode ella.

A él darán cuenta en mis ausencias los Jefes de Bandera, aunque estén separadas, de cualquiernovedad que necesite resolución urgente del Jefe de Cuerpo, resolviendo por sí o dándomecuenta, si el asunto lo permite.

En el caso de que en mi ausencia salgan a operaciones las Banderas sin ir todas reunidas, cadaJefe marchará con la suya y donde se reúnan o vayan dos o más, el Jefe más caracterizadotomará el mando del conjunto, sea o no Jefe del Destacamento, pues éste ha de llevar el mandode su unidad si va en el conjunto.

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El Jefe del Destacamento tendrá con el Jefe Representante de Melilla las relaciones normalesdel Jefe de Bandera; como más caracterizado del territorio, tendrá sobre él análogasatribuciones que sobre los Jefes de las otras Banderas, y en mi ausencia le orientará en losasuntos extraordinarios que requieran su consulta, trasladándose a Melilla cuando lasnecesidades así lo exijan.

Instrucciones para los Jefes de Bandera.

Los Sres. Jefes de Bandera tendrán en cuenta las instrucciones siguientes, que archivarán en suOficina y harán entrega de ellas al hacerlo de su unidad.

El Jefe de Bandera, como representante mío en la suya ejercerá una inspección constante en laadministración de las unidades que mande, ya que por la índole especial de este Cuerpo, elComandante Mayor no puede hacerlo en todo momento. Deben tener presente que un factoresencial para la vida de todo Cuerpo y en especial para éste, es una buena marchaadministrativa y que haciendo cumplir a sus subordinados todas las instrucciones dadas por laMayoría, se conseguirá evitar desprestigios para el Cuerpo, que forzosamente habrían desobrevenir con natural consecuencia de una administración mal ordenada.

Cuidarán que la documentación que en fin de mes y primero del mismo deben rendir lasunidades a Mayoría (instrucciones de 14 de agosto de 1922 que se acompañan) se remitacompleta antes del día cuatro, al Capitán Representante del Cuerpo de Melilla por lo que serefiere a las unidades destacadas en dicho territorio, y antes del cinco, las de esta Zona. Parahacerlo con la mayor exactitud, todos los meses, una vez pasada la revista de comisario,ordenarán a sus ayudantes la recopilación de todos los documentos de fin y primero de mes,que remitirán en la forma indicada, acompañada de oficio en el que se exprese los documentosque se envían y unidades a que corresponden. De igual manera procederán con las altas y bajasde personal y ganado de la primera quincena de cada mes que deben remitirse los días 16. Losestudios diarios de alta y baja que ocurran a las unidades, deberán ser también remitidos todosjuntos por los Sres. Jefes de Bandera, bajo oficio al señor Comandante Mayor.

El día 1º de cada mes exigirán de los Capitanes y Comandantes de unidades un estado de lafuerza presente en el que nominalmente se hará constar los individuos que estén rebajados derancho, que no serán más que los que reglamentariamente pueden estarlo. En dicho estadofigurará la fuerza en rancho que tienen las unidades en dicho día 1º y que comprobarán con ellibro de cocina, al que pondrán diariamente su visto bueno.

Vigilarán que los comandantes de unidad liquiden con la caja de campaña o con la principalantes del día cinco de cada mes, revisando la liquidación, no admitiendo por ningún conceptoque ésta y los cargos unidos a ella, sean autorizados por otro oficial que el quereglamentariamente mande y administre la compañía. Examinará y pondrá su aprobación a lospresupuestos de cada mes, los cuales presentarán los Capitanes con la debida anticipación y se

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extraerá el importe de los mismos por quincenas precisamente, no permitiendo que se saquenmás cantidades que las correspondientes a pagas de clases, cuotas, sobras y una cantidadpequeña para atenciones de cocina, debiendo tender a que el Capitán lleve consigo el menornúmero posible de metálico para evitar el riesgo de un robo, que nada de particular tiene dadala vida en campaña.

Pondrá su Vº Bº en los recibos de prendas, vigilando la entrega de éstas a los individuos, noconsintiendo que por ningún concepto exista despilfarro de ellas. Los recibos de alpargatasdeberán liquidarlos los Capitanes mensualmente.

ARMAMENTO. – La revista de armamento la pasarán los Jefes de Bandera el día 20 de cadames, encargándose los ayudantes de las mismas de recoger los partes y listas correspondientes,que entregarán al Jefe de Armamento, los de este Territorio y al Oficial nombrado para dichoservicio, los de Melilla. En dichas listas deberá hacerse constar el número y clase de armamentoque tenga depositado las unidades en las Representaciones. El Oficial de Armamento de Melilla,una vez hechas las operaciones a que haya lugar como resultado de los partes, los cursará todosreunidos al Jefe de Armamento.

Cuidarán de que a dicho Jefe de Armamento remitan los Capitanes y Comandantes de unidad,poniéndolo en la orden con anticipación, el día último del último mes de cada cuatrimestre delaño económico, relación detallada del armamento y material de ametralladoras que se hayainutilizado o extraviado durante el cuatrimestre, indicando la fecha en que tuvo lugar y en la quedieron a los fines de confronta con el registro correspondiente.

Asimismo cuidarán de que por los Capitanes y comandantes de unidad, se de cumplimiento a loprevenido en el reglamento de responsabilidades, dando el parte administrativocorrespondiente, al mismo tiempo que conocimiento al Jefe de Armamento.

BASTES. – Se viene observando que en general se gasta más, por entretenimiento de losbastes, que lo que ingresa en material por estas atenciones, con una diferencia muy considerabley a fin de evitarlo en lo sucesivo, los Sres. Comandantes Jefes de Bandera, tendrán muy encuenta las siguientes prescripciones, que harán observar exactamente por los Capitanes yComandantes de Compañía y Unidad.

Todo baste podrá tener rotos sus componentes, pero nunca deben faltar, pues resultando máseconómico para el Cuerpo la recomposición de los mismos que la reposición; debe llevarse éstaa cabo, por la no presentación de aquellos, será su importe con cargo a la unidad.

Toda correa, latiguillo, etc., que se inutilice debe ser recogida por los encargados de laconservación a los fines expresados en la regla anterior, y de no hacerlo así se procederáinmediatamente a someter al oportuno descuento a los individuos encargados de su custodia,para responder al cargo que, por la reposición, recibirán las unidades.

Siendo las unidades las que deben velar por la buena conservación de los bastes, encarezco yespero del reconocido celo de todos los Capitanes y comandantes de compañía y unidad,

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hagan observar estas reglas con la mayor exactitud, con lo cual, el fondo de Material delCuerpo, podrá responder cumplidamente con el ingreso que tiene para entretenimiento debastes, a los cargos que contra el mismo resulten por tal concepto.

Para contribuir a facilitar la gestión de dichos Oficiales en tal sentido, el de Almacén tendrá en elmismo y situará en el de Melilla la grasa suficiente para que por las unidades se extraiga la queconsideren precisa para el engrase de los bastes, poniendo especial cuidado en su buenaprovechamiento.

El Jefe de Bandera cuidará del examen escrupuloso de los presupuestos que se formulen por losguarnicioneros, cuidando de que por éstos no se cargue nada por la mano de obra y cosidos, ycomprobando, después de recompuestos, si lo efectuado por dichos guarnicioneros, coincideexactamente con los presupuestos que por los mismos se presenten, antes de empezar larecomposición, para aprobación.

Los Comandantes de las Banderas, todos los meses, después de pasada la revista a suscompañías, me darán parte de los desperfectos que existan en los bastes y atalages, en análogaforma que lo hacen con la revista de armamento.

En cada destacamento se reconocerán los bastes antes y después de recompuestos, sin quecambien correos ni efecto sin previa orden del Jefe.

Pasarán mensualmente revista de documentación (especialmente de la libreta de caudales en laque podrán su visto bueno), cuidando que en las compañías se lleve la que está ordenando porla Mayoría del Cuerpo.

Todos los meses me darán cuenta de las novedades observadas en la marcha administrativa delas unidades proponiéndome para mi aprobación aquellas medidas que crean conveniente setomen.

Las prendas se sacarán del Almacén del Cuerpo los días 10 y 20 de cada mes, no consintiendo,salvo en casos muy especiales, sea otro día el de la extracción.

En caso de fallecimiento de algún oficial que mande y administre unidad, nombrará Juez parainstruir el expediente de abintestdo prevenido, levantará acta ante dos testigos de la categoría deOficial en la que figuren las cantidades en metálico, víveres, material, armamento, menaje, etc.,que existan en la unidad, las que serán entregadas bajo triplicado inventario por uno de lostestigos al Oficial que reglamentariamente corresponda. En caso de desfalco, se levantarátambién acta, que firmarán los dos testigos y el Jefe de la Bandera a que la unidad pertenezca, ypor el que se haga cargo la unidad, se extraerá de Caja la cantidad desfalcada, cuyo reciboquedará pendiente en la Caja Principal, hasta la resolución del expediente, que en tal caso habráde instruirse.

Cuidarán que los diarios de operaciones se redacten con arreglo a las adjuntas instruccionesque se dan a los Capitanes y Comandantes de Unidad.

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Presenciarán todas las entregas de compañía, que se harán en forma reglamentaria, autorizandoel presencié en los tres inventarios. Se cerciorarán de que los Oficiales que entregan hanliquidado completamente todas las cuentas pendientes con provisionistas, cuotas, ventajas,sobras, etc., para cuyo fin examinarán los libros reglamentarios y diarios de sobras.

Los Jefes de Bandera, después que los Capitanes hayan liquidado sus unidades, recibirán parteescrito, en que conste quedar pagadas todas las atenciones en el día en que se liquiden.

Los libros que deben llevar las unidades son los siguientes:

Libros de alta y baja de personal.

Idem de alta y baja de ganado.

Libro de cocina (con el alta y baja de cocina).

Libreta de caudales.

Libro de nóminas (pagas de clases, primas, alcances de masita, etc.).

Diario de sobras.

Diario de suministros.

Libro de multas.

Libro de servicio.

Libro de reconocimiento.

Libro de depósitos.

Libro Maestro.

Hojas de prendas de las clases de segunda categoría.

Hojas de castigos.

Registro de correspondencia.

Diario de operaciones.

Instrucciones para los

Capitanes de compañía.

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Los Capitanes y Comandantes de unidades administrativas, sin perjuicio de cumplimentarcuanto ordena en sus obligaciones el Reglamento de Contabilidad y el Régimen Interior de losCuerpos, han de tener en cuenta las instrucciones siguientes (subsistiento todas las que han dadopor esta Mayoría que no se opongan a las presentes):

1º Remitirán a estas Oficinas, por conducto de Jefe de la Bandera, los de este territorio y por laRepresentación de Melilla los de aquél, la documentación que se señala en la orden de estaMayoría de 14 de Agosto de 1922 y que se reproduce al final de estas instrucciones (Apéndicenº 1).

2º Cuidarán que los justificantes de revista coincidan con el estado de fuerza presente el día 1º,pudiendo justificar aparte a aquellos individuos que llegasen a la Compañía y no lo hubiesenhecho en el lugar de partida, comprendidos en los cinco primeros días de cada mes.

Los justificantes de revista, relaciones de pluses y en general todos documentos que se refierena individuos agregados, se agruparán en uno solo, separado de los que se refieren al personalde plantilla, cuidando siempre de expresar las Compañías a las que pertenecen.

3º Los días 13 y 28 de cada mes y con el fin de que sean examinados, remitirán lospresupuestos quincenles, los de este territorio a la Oficina de Mayoría y los de Melilla a su Jefede Bandera, los cuales los autorizarán o pondrán los reparos que crean convenientes. No sesacará en presupuesto más cantidad que la correspondiente al pago de sobras, pagas de clases,primas de enganche y lo indispensable para atenciones de cocina. El cálculo necesario paraprimas de enganche, se hará con arreglo a las órdenes de pago de esta Mayoría.

Para evitar el riesgo de ser víctima de robo de cantidades considerables y la intranquilidad queda el llevar éstas en el bolsillo, el Capitán depositará en su liquidación el importe de los valesque se adeudan a los provisionistas, retirando aquellos y entregando a éstos uno totalizado, en elque conste se ha depositado su importe en la Caja del Cuerpo. La Caja de Campaña de Melillaserá encargada de efectuar el pago a los provisionistas de aquel territorio, haciéndolo antes deliquidar con la Caja principal del Cuerpo.

4º Diariamente, entregarán al Jefe de la Bandera, el estadillo de alta y baja reglamentario de lafuerza para haberes y otro de la fuerza para rancho, teniendo en cuenta que los individuos quedestaque por cualquier causa y hayan de ser socorridos por otras unidades, producirán baja enla fuerza para haberes; no así los destacados que sigan dependiendo para suministro de launidad de que hayan partido, los cuales serán baja en la fuerza para rancho.

Remitirán, como está mandado, los días 15 y último de cada mes, el alta y baja del personal yganado, de plantillas y agregados. Las altas de Hospital que deben entregar los individuos, seremitirán siempre a esta Mayoría. En las bajas de Hospital se hará constar los socorrosentregados al individuo, expresando claramente hasta el día que va socorrido.

5º . Cuando un individuo sea baja definitiva en las unidades, se remitirá a esta oficina su

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expediente personal y la hoja del libro maestro.

Cuando la baja definitiva sea por cambio de unidad dentro del Cuerpo, se remitirán estosdocumentos a la unidad a que el individuo vaya destinado de plantilla.

6º Con la documentación de fin de mes, remitirán la liquidación de cocina, que se hará conarreglo al modelo que se acompaña (Apéndice nº 2) y el alta y baja de la fuerza en rancho.

7º Se llevará con arreglo al artículo 154 del Reglamento de Contabilidad la libreta de caudales,para lo cual se remite una a cada compañía y se dan por separado instrucciones para su uso,debiendo llevar con espacial cuidado las columnas del metálico, ya que el Capitán no hace ladistribución de la compañía.

DEPÓSITOS. – El depósito de las cantidades que entreguen los individuos, podrá hacerlo elCapitán, si lo cree conveniente, a la Caja del Cuerpo, en la liquidación de fin de mes,haciéndolo constar así en el libro de depósitos. Al hacer el pago, bien sea total o por fracciones,el Capitán pasará cargo a fin de mes y procurará que en él firme el recibí el individuo propietariodel dinero.

PRENDAS. – Además del exacto cumplimiento de las instrucciones dadas el 7 de Noviembreúltimo, con el fin de que pueda liquidar con puntualidad la masita a los individuos que sereproducen al final (Apéndice nº 31), tendrá presente que, siendo también la masita un fondo deahorro, no es admisible con una buena administración que el legionario esté empeñado con esefondo, pues siempre es debido a despilfarro en los recibos de prendas.

El Capitán procurará por todos los medios inculcar la economía de prendas a sus individuos,haciéndoles ver la imposibilidad de ser licenciados si no tiene remanente en su masita, el cualserá siempre entregado al legionario a su licenciamiento o sus herederos en caso defallecimiento.

Dará buena idea del que administre una Compañía al que la mayor parte de los individuos de lasuya se licencien o asciendan a sargentos con un alcance considerable, cuyo dato comprobaráfácilmente por el Libro Maestro que se lleva en las unidades con arreglo a las instruccionesdictadas (Apéndice nº 3 – 2).

Los Capitanes darán a conocer a los individuos que el Jefe del Cuerpo tiene atribuciones parapoderles dar de su masita adelantos en aquellas ocasiones señaladas y siempre que tengan unacantidad en su ahorro, igual o superior a una primera puesta.

En esta Oficina se tenderá a no admitir los recibos de prendas de aquellos individuos quellevando más de un año de servicio no tengan ochenta pesetas de alcance de masita.

CARGOS.- Debe procurarse leer siempre a las Compañías el cargo de suministro, haciéndoloconstar así con su firma el Oficial de semana.

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En los cargos por primas de enganche, pondrá también su firma el Oficial de semana y firmaránlos individuos, que también deberán hacerlo en el libro de primas de la Compañía. Con la firmadel individuo en el cargo de primas, se conseguirá que en estas Oficinas se pueden resolver sinconsultar a la Compañía, las reclamaciones que con frecuencia y casi siempre sin motivo, sehacen por aquellos, en poner el correctivo por reclamaciones viciosas.

En los cargos de haberes pasados de más, que se formulan al hacer las distribuciones, seprocurará que el informe sea claro y terminante, siempre con arreglo a los datos que existan enla Compañía. Debe desecharse la costumbre de no concretar en los informes, cuando se refierea capitanes u oficiales que ya no están en la unidad, pues con eso, sólo se consigue demorar sehaga efectivo el cargo. El que administre una compañía manifestará, con arreglo a los datos queposea, la persona que es responsable del cargo, fundamentando esto con arreglo a los datosque figuren en el archivo de la Unidad.

Los cargos que tengan que pagar los individuos por haber recibido indebidamente algunacantidad, se compensarán sin demora alguna, efectuando el descuento si el individuo continúa ensu unidad o gestionando lo pague el Capitán donde éste haya solo destinado, siempre que seaen el mismo territorio, para lo cual la Caja de Melilla puede servir de intermediaria para lasBanderas allí destacadas.

Con el fin de evitar que los individuos cobren haberes de más, se tendrá en el artículo 3º de laOrden de la Comandancia General de Ceuta de 16 de Noviembre de 1923, que se reproduce acontinuación (Apéndice número 4), debiéndose exigir a los individuos el pase firmado, el cual searchivará en la Compañía o en las Oficinas de Ceuta o Melilla.

En los cargos de alcances de Masitas acompañará siempre la liquidación que se ha remitido deesta Oficina y en ella firmará el recibí el interesado, que también firmará en el librocorrespondiente, como se señala para las primas de enganche.

En los cargos de suministro tendrá en cuenta que no pueden pasar cargo de más días queaquellos que con arreglo al alta y baja hayan estado presentes en la compañía; todo cargo queno reúna este requisito será rechazado contra el que lo promueva, exceptuándose las banderasde Melilla para los individuos que hayan sido socorridos por el Oficial de Representación, cuyocargo le servirá de resguardo al Capitán que lo ha hecho efectivo.

Las casillas de los cargos de suministro correspondientes a los haberes diarios serán losuficientemente grandes para hacer constar en ellos el número de días y debajo el primero yúltimo de éstos, teniendo presente que siempre se considerarán ambos inclusive, pues de estamanera podrá precisarse con exactitud; en el caso de que el total de cargos sumen más días quelos que tiene el mes, quien hace la reclamación de más días que los que en realidadcorrespondan.

ENTREGAS DE COMPAÑÍA. – El Capitán sólo hará entrega de su compañía al serdestinado a otro Cuerpo o otra unidad dentro de éste, al ausentarse del Territorio o al pasar al

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Hospital. En las ausencias del Capitán dentro de cada territorio (por permiso de días), sólo haráentrega de cantidad necesaria mediante recibo, autorizado por el Jefe de Bandera. Al regresarel Capitán recibirán liquidación de la cantidad entregada.

En el caso de entrega definitiva se formalizará triplicado inventario en la forma dispuesta en losartículos 170 al 176, ambos inclusive, del título 2º del Reglamento para el Detall y Régimeninterior de los Cuerpos. El metálico será entregado mediante triplicada relación de cocina, en lainteligencia que el Capitán saliente será responsable de todos aquellos vales que haya firmado yno figuren en liquidación. Siempre se enviará a esta Oficina un ejemplar de cada una de lasliquidaciones de metálico y cocina.

Estas liquidaciones no se harán cuando la entrega sea a fin de mes, pues en este caso el salientedeberá de liquidar con la Caja o la de campaña, haciéndolo solamente de los depósitos yremanentes de cocina.

DIARIOS DE OPERACIONES Y RELACIONES DE BAJAS. – Siendo los diarios deoperaciones los documentos que oficialmente deben servir de elemento de información, tantopara constituir el historial de la Legión, como para entresacar las vicisitudes por que pasa elpersonal de la misma y formalizar sus respectivas documentaciones personales, se hace precisodedicar una preferente atención a punto tan importante como éste y unificar el criterio que ha deseguirse en la redacción de tales documentos debe darse, de modo que facilite su conservacióny uso.

A tales fines se encaminan las siguientes reglas que deben observarse desde el próximo mes.

Los diarios de operaciones de cada mes se escribirán en pliegos del tamaño corriente y en elsentido normal de los mismos y no apaisado, de modo que permita encuadenarlos ocoleccionarlos fácilmente.

Al iniciar el historial del mes y para que no haya necesidad de recurrir a los meses anteriores, sedetallará la situación y servicios del día primero, sin referirse a la forma del en que finó el mesanterior.

Se seguirá, como hasta ahora, puntualizando los diversos servicios y operaciones de campaña,(no los del régimen interior) empleando el laconismo y concisión que faciliten su examen, sin porello incurrir en omisión de aquellas circunstancias que contribuyen en muchos casos a poner demanifiesto o hacer más relevantes los méritos de campaña de las respectivas unidades, de susfracciones, o de sus oficiales y legionarios en particular.

En cada operación de guerra se hace indispensable en todo caso citar el empleo y nombre delJefe de la columna o núcleo principal de fuerzas de que formó parte, puesto que ello sirve deantecedente mandando consignar en las documentaciones de la Oficialidad. Igual formalidad seobservará al tratarse de ataques o agresiones del enemigo a posiciones, campamentos, puestosdestacados, etc., nombrando en estos casos al Jefe de las fuerzas que los guarnezcan o quemande el servicio.

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Se consignarán con toda exactitud los nombres de los Oficiales que integran presentes en cadacompañía, incluyendo los agregados, siguiendo durante el mes sus alteraciones y reseñándolospor acciones de guerra para que éste sea el medio sencillo y exacto de redactar sus historialesrespectivos.

En las relaciones de bajas resultantes de operaciones de guerra, al tratarse de las tropas, seseñalará la acción de que formaba parte, designándola por el nombre del Oficial que lamandaba durante la operación, por se este detalle necesario para en lo sucesivo poderdeterminar qué hechos de armas son computables para la concesión del distintivo depermanencia en el Tercio, recientemente creado, ya que a este efecto se reputan comooperaciones tan sólo aquellas en que resultaran bajas en la unidad del Oficial que aspire a dichodistintivo.

Es necesario que los diarios de operaciones se encuentren en esta Oficina antes del día 10 delmes siguiente al en que se contraigan.

Se acompañan formularios de diarios de operaciones y relaciones de bajas para que sirvan depauta general de la idea que informa las precedentes reglas (Apéndice números 51 y 52).

AUXILIAR. – El auxiliar del Capitán no asistirá nunca a las operaciones y quedará rebajado detodo servicio, lo mismo el escribiente que tenga para llevar la documentación.

En ninguna compañía habrá más rebajados que aquellos que estén autorizadosreglamentariamente y según las instrucciones dadas en este Cuerpo.

Los Capitanes no obstante las relaciones administrativas que tengan con el Jefe de la Bandera,como representante del Mayor, sostendrán con esta Mayoría las que los Reglamentos vigentesordenan.

Los libros que han de llevar las Compañías son los siguientes:

Cuaderno de alta y baja de personal.

Idem de alta y baja de ganado.

Libreta de cocina (con el alta y baja correspondiente).

Libreta de metálico

Libreta de nóminas (pagas de clases, primas y alcances de masita).

Diario de sobras.

Libro de multas.

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Libro de reconocimiento.

Diario de operaciones.

Diario de suministro.

Libro de servicio.

Libro de depósitos.

Libro Maestro.

Hojas de prendas de la clase de 2ª categoría.

Hojas de castigos.

Registro de correspondencia.

Instrucciones para el Jefe

Representante del Destacamento

de Melilla

El Jefe Representante del destacamento de Melilla, se sujetará a la siguiente instrucciones:

Estará encargado del envío de la documentación periódica de la compañía, que los Jefes deBandera le remitirán en los plazos indicados.

Mantendrá la oficina de su cargo en constante relación con las de este Cuerpo, cuidando que secumplimenten con toda exactitud, las instrucciones por mí dadas.

El Jefe Representante ha de tener en cuenta que como tal del Cuerpo, ha de velar por que secumplimente en los diferentes servicios de la plaza de Melilla, todo lo prevenido en losReglamentos vigentes y órdenes dadas, interesando el envío de la correspondencia periódica enlos plazos señalados.

Interesará directamente de las compañías del territorio cuanto de ellas necesite para la buenamarcha de la Representación.

Será Jefe de todos los servicio y personal de la Plaza, sin tener la menor intervención con elmando de las Banderas ni con los servicios de las mismas, los cuales corresponden a su Jefe; noobstante esto, me informará de cuanto crea conveniente a la mejor marcha del Cuerpo.

Será clavero de la Caja de Campaña, siendo los otros el Cajero y el Oficial de la

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Representación designado al efecto. Firmará en unión de los dos claveros los talonarios parasacar el dinero del Banco, cuidando que sólo saque para el pago de los presupuestos en losdías señalados de cada mes, pues para los diferentes pagos que tenga que hacer el Cajero lohará entregando un cheque, procurando que estos pagos sólo se hagan en fecha determinada,que puede ser del 10 al 15.

Presidirá los arqueos de la Caja de Campaña, a los cuales asistirán siempre como interventoresdos Capitanes que se designarán por turno entre los del destacamento, o que se encuentren enMelilla, haciendo dicho arqueo con arreglo a lo prevenido en el Reglamento de Contabilidad.

Revistará con la frecuencia que crea conveniente y por lo menos una vez al mes, el Almacenillodel Cuerpo, cerciorándose de que las existencias de prendas sean con arreglo al recibo quetenga empeñado el Oficial encargado.

Intervendrá todos los pagos de la Caja de Campaña, procurando que no sean otros que losreglamentarios y los que se ordenen o autoricen por mí y el Comandante Mayor, únicosresponsables de cuanto en esta materia se haga en el Cuerpo.

No podrá ordenar por sí, ningún pago al Cajero, facultad que como se indica anteriormentesólo es dada al Jefe del Cuerpo o al Comandante Mayor en mis ausencias.

Vigilará el arreglo de los bastes y de cuanto material se recomponga en la Plaza, informando a laMayoría de todo lo referente a este particular.

Cuidará que el Oficial encargado del armamento de Melilla cumplimente todas las instruccionesdadas por la Mayoría del Cuerpo. Pasará revista al armamento de la Plaza y vigilará que serecomponga todo el que resulte con desperfectos en las revistas mensuales.

El Jefe Representante mantendrá constante relación con la primera oficina de Ceuta y con elComandante Mayor en cuanto se relacione con las compañías de depósito y transeúntes y Cajade Campaña.

Las relaciones del Jefe de Representación con el Jefe del Destacamento serán las mismas quecon éste guardan los demás Jefes de Bandera y si en el desempeño de su misión reciben algunaorden que se oponga a las por mí dadas, se lo hará presente y si no obstante aquel Jefemantuviera la orden, la cumplimentará dándome urgente cuenta.

Mientras no se designe el Jefe que ha de ejercer la Representación de Melilla, continuarádesempeñando el cargo un Capitán, que cumplimentará las presentes instrucciones.

El Teniente Coronel

FRANCO

APÉ�DICE �º 1

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DOCUMENTOS que debe rendir las unidades a Mayoría en los días que se expresan.

DÍA 1º DEL MES.

Justificante de revista del personal

Justificante de revista del ganado

Justificante de revista del personal agregado.

Relación de individuos que no se incluyen en justificante, con expresión del motivo.

Relación de individuos agregados.

DÍA 15 DEL MES.

Alta y baja de personal de la primera quincena del mes

Alta y baja de ganado de la primera quincena del mes

DÍA 31 DEL MES

Diario de operaciones

Liquidación de cocina con arreglo al formulario adjunto

Liquidación del pan

Relación de pluses en cuadriplicado ejemplar

Alta y baja de personal de la segunda quincena del mes

Alta y baja de ganado de la segunda quincena del mes

Relación nominal de las clases e individuos que durante el mes han sido baja por acción deguerra, acto de servicio o accidente desgraciado. (Sin perjuicio de los partes consiguientes en laforma prevenida).

APÉNDICE Nº 2

TERCIO DE EXTRA�JEROS - BA�DERA - COMPAÑÍA

LIQUIDACIÓN que rinde el Capitán que suscribe, de las cantidades invertidas en la cocina detropa de la misma durante el mes actual.

DEBE

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Remanente del mes anterior

Ingresado por multas, según se detalla en el libro correspondiente leído a la compañía

Ingreso por multas de Hacho, según orden de Mayoría

Plaza en rancho a 2,00 pesetas una

Suma pesetas

HABER

Pagado al provisionista, según recibo que queda en la Compañía

Id id id id id por lo comprado directamente a diario

Socorros de marcha a (tantos) individuos a (tantos) uno

Suman pesetas

Importa el DEBE ............................................................... Pesetas

Id el HABER ...................................................................... id

Remanente para el mes próximo ........................................... Pesetas

de de

El Capitán

Vº Bº

El Comdte. Jefe de la Bandera

APÉNDICE Nº 3-1

Ceuta, 7 de Noviembre de 1923

Con el fin que en ningún caso pueda dejarse de dar cumplimiento a la R. O. C. De 30 delanterior (D. O. Nº 242) por la que se señala la norma a seguir para liquidar el fondo de masitade los individuos que sean baja definitiva en el Cuerpo, los señores capitanes y comandantes decompañía y unidad y oficiales Representantes se servirán dar el más exacto cumplimiento a lasinstrucciones siguientes:

PRIMERA.- Siempre que un Capitán o comandante de Compañía reciba orden para que seincorpore a esta Representación principal o de traslado a otra unidad de cualquier individuo oindividuos por causar baja definitiva en la de su mando, en la misma fecha de salida de ellos y

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con el expediente personal remitirá la hoja del Libro Maestro a que hace referencia la regla 3ºde las instrucciones que se unían a las citadas hojas cuando fueron remitidas a las Compañías enla primera quincena del mes de Marzo último y que nuevamente se acompañan (apéndice nº 3 –2); bien entendido que cuando la baja lo sea por pase a otra unidad dentro de cada territorio sinser baja en la Legión, a ella serán remitidos directamente dichos documentos, sin que por ningúnconcepto deje de incluirse la hoja del Libro Maestro para ser continuada; caso de ser el cambioen distinto territorio, dicha documentación se remitirá por conducto de esta Mayoría.

SEGUNDA. Para poder dar exacto cumplimiento a la regla anterior, los señores Capitanes yComandantes de Compañía y Unidad, se quedarán siempre con copia exacta, autorizada porellos, de cuantos recibos nominales de prendas formulen, las que inutilizarán en cuanto reciban ladistribución en que figuren cargadas las prendas a que se contraen dichas copias de recibos.

TERCERA. Para que las Compañías puedan tener noticias en todo momento de las prendasque los individuos reciben, los señores Oficiales Representantes de las plazas de Arcila, Ceuta yMelilla y Capitán de la 4ª de Depósito, únicos que después de los Comandantes de unidad,están autorizados para la extracción de prendas, comunicarán por escrito a los Capitanes a quepertenezcan los individuos a quienes se entreguen dicho extremo, así como al mismo tiempo aesta Mayoría, bien entendido que esta facultad la limitarán a los casos estrictamenteindispensables, tendiendo siempre a que sus Capitanes sean los que las extraigan, por se elloslos que pueden apreciar mejor la necesidad, evitando así el derroche de prendas, con lo que sebeneficia principalmente a los individuos, que, mientras más prendas ahorren, mayor será elalcance que reciban el día en que sean baja en la Legión.

CUARTA. – Con el fin de que dichos Oficiales Representantes y Capitán de la 4ª Compañía deDepósito puedan contestar en cualquier momento a cuantas consultas se les hagan sobre elasunto, procederán a la apertura de un registro en el que irán vaciando cuantos recibos deprendas formulen, procurando hacerlo de la manera que mejor les dicte su buen criterio, a fin deque en cualquier momento se pueda saber cuántas veces y qué prendas haya recibido un mismoindividuo fuera de su Compañía.

QUINTA. – Queda terminantemente prohibido a toda persona que no sea Comandante deunidad u Oficial Representante, la extracción de prendas para individuos, sin que proceda laorden expresa de esta Mayoría y en caso contrario, será el importe del recibo con cargo al quelo autorice.

Por último, debe hacer presente, que del más exacto cumplimiento de las presentesinstrucciones depende se pueda liquidar a los individuos que sean baja en el Cuerpo, alemprender la marcha; bien entendido, que el no cumplimiento de algunas reglas, podría dar porresultado que, después de liquidado el fondo de masita, tuviera entrada en Caja algún cargo porprendas, de cuyo importe respondería el que por no observar estas instrucciones, hubieraocasionado la anomalía observada.

De las presentes instrucciones, se servirán acusar recibo a esta Mayoría.

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APÉ�DICE �º 3-2

INSTRUCCIONES DADAS A LOS CAPITANES DE COMPAÑÍA PARA EL MANEJODEL <<LIBRO MAESTRO>>

1º El <<Libro Maestro>> tiene por objeto conocer en cualquier momento el Comandante de laCompañía, los créditos y débitos de sus legionarios y poder formular liquidación trimestral ocuatrimestral de la suma de créditos y débitos.

2º Para llevar el <<Libro Maestro>> es indispensable servirse del adjunto archivador-registrador, con el fin de poder aumentar o disminuir las hojas de los individuos que causenalteración en la Compañía.

3º Siempre que los legionarios causen baja en la Compañía, los Capitanes deberán remitirdirectamente a su nuevo destino o a esta Representación, caso de ser definitiva la baja, las hojascorrespondientes a los mismos, firmando en el cuadro de alteraciones el motivo de la misma.

4º A partir del 1º de Abril próximo, los señores Capitanes y Comandantes, ordenarán, conarreglo a su lista de revista, los <<Libros Maestros>> de su Compañía, remitiendo las hojas delos individuos que hayan causado baja en la misma a esta Representación, si es definitiva, o a laCompañía que haya ido, si es por cambio de destino. Desde esta fecha, siempre que facilitenprendas a los individuos, anotarán su importe total en el mes correspondiente, debiendo hacerestas anotaciones a lápiz con objeto de rectificar en caso de facilitarles prendas más de una vezen el mismo mes. Por último, con el fin de poder completar las cuentas de masita a medida quepor esta oficina se verifique que la confronta de libretas, se les mandarán las relaciones de loscréditos y débitos anteriores al 1ª de Abril, entendiéndose que este dato, que se facilitaráoportunamente, no excluye el que se hagan aquellas anotaciones de extracción de prendas, quedeberán practicarse al entregarlas a los interesados.

APÉ�DICE �º 4

COPIA DEL ARTÍCULO 3º DE LA ORDEN DE LA COMANDANCIA GENERAL DECEUTA DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DE 1915

ARTÍCULO 3º. – Con objeto de evitar que los individuos que marchan al campo aislados, paraincorporarse a sus respectivos destacamentos o inversamente, perciban más socorros que díashan invertido en la marcha, el Excmo. Sr. Comandante General ha dispuesto se les provea de unpase firmado por el Capitán, Comandante de posición o Representante, en el que se haráconstar el objeto de la marcha y punto donde deba pernoctar y hasta que día va socorrido. Sipor causas imprevistas, los individuos invirtieran más días que socorros han percibido en elpunto de partida, les serán facilitados tantos socorros como días le resten al punto de destino,cuya circunstancia se les anotará en el pase correspondiente, a fin de que, al recibirse en elCuerpo el cargo, pueda ser comprobado con exactitud.

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APÉ�DICE �º 5-1

TERCIO DE EXTRANJEROS (TAL UNIDAD)

Mes de ................................................................................. de 19............................

DIARIO de operaciones de dicha unidad en el expresado mes

Días Operaciones

1. En la posición de ................ mandada por el Capitán D. ................. (y tales oficiales),prestando servicio de campaña, seguridad, protección de caminos, etc., (especifíquenselos que sean de campaña sin hacer especial mención de los actos de régimen interior).

2. En la misma situación; el 5 pasó al Hospital el Capitán D. ............. encargándose delmando de la compañía el Teniente D. ..............

al

7.

8. Sale la Compañía protegiendo un convoy a ............regresando sin novedad.

10. En este día se incorporó el Capitán Don ........ procedente del Hospital cesando portal motivo en el mando de la Compañía el Teniente Don. .............. (destinado a laLegión, procedente de permiso u hospital o agregado de tal compañía).

11. Formando con el resto de la Bandera y en vanguardia (o en el dispositivo que sea) deuna columna a las órdenes del Excmo. Sr. General (o el empleo del Jefe superior quesea) Don. ....................... sale para (tal lugar) y toma parte en el combate librado para(especifíquese el objetivo de la operación, la actuación de la unidad y demás datos quese consideren necesario, sin omitir aquellos episodios que resalten la conducta de launidad, sus fracciones, oficiales, clases o legionarios, ni extenderse tampoco prolijamenteen aquellos detalles que se refieran al mero desarrollo de la operación y cumplimiento delas órdenes recibidas).

Asistieron a la acción el Capitán Don. ....... y Oficiales Don ......... y Don .......... y elAlférez agregado Don. ........ tuvo la Compañía las bajas de la adjunta relación (o no tuvoninguna baja).

12. La Compañía con el resto de la Bandera a las órdenes del Comandante Don ........proteje un convoy a ......................... que fue atacado (reséñese lo demás como unaoperación, oficiales que asistieron, si la Compañía entró en fuego, si tuvo o no bajas).

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13.

al Prestando los servicios propios de campaña en la posición antes citada

20

21. Sale la Compañía con la Bandera para ................ donde pernocta.

22. Continúa su marcha hasta .................... donde vivaquea.

23. Prosigue su marcha, llegando al campamento de ............... donde queda de losservicios propios del mismo.

24. La ...... Sección mandada por .................... y compuesta de (tanta tropa) marchadestacada a (blokau, puesto avanzado, etc.).

25. El campamento (cuyo mando superior tenía el ......... Don ..............) es atacado en lanoche de esta fecha, contribuyendo la Compañía mandada por su Capitán Don ...... y(tales oficiales) a rechazar con su fuego al enemigo (reséñese si tuvo o no bajas).

26. Integrando una columna mandada por ................... asiste al establecimiento de unblokau en .................. (o tal posición), lo que se efectuó sin oposición del enemigo, sinnovedad alguna extraordinaria. (Nómbrese los oficiales que asistieron).

28. Se incorporó a la Compañía en dicho campamento la sección que se hallabadestacada en ..................................

29. La Compañía, al mando del Capitán Don ................ con sus oficiales Don ........... yDon .............. pasa a guarnecer el puesto avanzado de ........... cuyo mando ejerció elreferido Capitán, finando el mes en esta situación.

Ficha y firma del comandante de

la Compañía o Unidad

APÉ�DICE �º 5 –2

(En tamaño y estructura igual a los diarios de operaciones)

TERCIO DE EXTRANJEROS COMPAÑÍA

Mes de ...............

RELACIÓN de las bajas de guerra ocurridas en dicha unidad durante el expresado mes

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Clases Nombres Días Servicios u operaciones Concepto Oficial que

en que fueron bajas de la baja mandaba su sección

Sargento F de T y T 11 Combate de ........ Contuso Tte. D. .......

Leg.º id. 12 Convoy a .......... Herido Alf. D. .....

Id. Id. 15 Ataque al campamento de Muerto Id. Agregado de

Cabo id. 22 Prestando servicio parapeto Herido Tte. D. .......

Cuando sea negativa, también se acompañará al diario de operaciones correspondiente,aunque sin necesidad de rayarla o encasillarla.

Fecha y firma del Comandante de la Unidad

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