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LAS INSTRUCCIONES Y CIRCULARES Son ordenes precisas que los superiores dan a las autoridades inferiores para que actúen en sus términos. INSTRUCCIONES Frecuentemente se refiere a un asunto o grupos de asuntos parcialmente considerados, en tanto que la circular es de carácter ,mas general.

Instrucciones y circulares exposicion

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LAS INSTRUCCIONES Y

CIRCULARES Son ordenes precisas que los superiores

dan a las autoridades inferiores para que actúen en sus términos.

INSTRUCCIONES

Frecuentemente se refiere a un asunto o grupos de asuntos parcialmente considerados, en tanto que la circular es de carácter ,mas general.

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CIRCULARES 

Se llama circular a una comunicación dirigida por una autoridad superior a una inferior sobre el mismo tema y con el mismo propósito

Tienen carácter obligatorias para los subordinados, sin tener las características del reglamento. Para los particulares tienen valor sin ellas se ajustan a la ley o a su correcta interpretación, siempre y cuando no les afecte.

En este caso la circular puede ser impugnada ante el superior jerárquico o recurriendo a las autoridades judiciales federales, cuando impliquen un principio de aplicación.

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ELIMINAN RESTRICCIONES PARA ATENCIÓN DE NIÑOS EN

SISTEMA DE SALUD

El Ministerio de Salud Publica elimino las barreras de acceso para la atención de los niños en el sistema, al igual que anunció sanciones para aquellas entidades que pongan en riesgo la vida de los menores limitando los servicios.

A través de la Circular 010 de 2013 se expidieron 13 instrucciones de obligatorio cumplimiento por parte de todas las entidades vigiladas sobre la prestación de los servicios de salud a los niños y niñas del país.

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Estas disposiciones fueron expedidas teniendo en cuenta los antecedentes constitucionales e internacionales que se han surtido con relación a estos y que buscan proteger y hacer prevalecer los derechos de los niños.

ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD SIN NINGÚN TIPO DE DEMORA.

Se les debe brindar servicios de salud de manera pronta y oportuna sin dilaciones injustificadas, de manera pronta e inmediata.

“Por el simple hecho de ser un menor tiene derecho a recibir una atención adecuada de forma regular, integral y pronta en salud”, lo contrario, dilatando el servicio con trámites burocráticos y administrativos “atenta de manera directa contra sus derechos fundamentales”, señala la directriz.

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LOS COPAGOS Y OTROS COBROS NO PODRÁN SER UNA

BARRERA DE ACCESO

“Las cuotas recuperadoras o pagos moderadores, copagos o cuotas moderadoras, no pueden ser una barrera de acceso para la prestación del servicio médico en menores”, advirtió el Ministerio de Salud.Señaló que las entidades vigiladas deben tener en cuenta que está constitucionalmente prohibido exigir pagos moderadores a los servicios que requiera alguno de los niños, “cuyos acudientes no cuentan con los recursos económicos para cubrir los gastos”.

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EL RECIÉN NACIDO DEBERÁ TENER EL MÁS ALTO NIVEL DE

SALUD Y NUTRICIÓN

El Ministerio de Salud ordena que las entidades vigiladas “deben otorgar una atención más calificada de la que generalmente se prestan a otros niños y niñas”.

De esta manera los recién nacidos “deben tener el más alto nivel posible de salud y nutrición”, además tienen derecho a ser integrados de manera inmediata al sistemade salud sin que se establezcan barreras administrativas que impidan su atención.

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DEBERÁN RECIBIR ATENCIÓN ESPECIALIZADA

Salud gratuita e integral para el menor víctima de violencia física, psicológica y/o sexual.

Además en los casos de violencia sexual, se deberá dar cumplimiento integral al Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual vigente, y proporcionar todos los servicios de atención médica, psicológica y/o psiquiátrica que se requieran, “hasta que se certifique médicamente su recuperación”.