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INSTRUCTIVO PARA EL CÁLCULO DE GARANTÍAS FINANCIERAS SEMANALES Y MENSUALES
De acuerdo con la regulación vigente, existe en el mercado eléctrico colombiano dos esquemas
excluyentes para garantizar el pago de las obligaciones que se puedan generar por transacciones
de energía en bolsa, reconciliaciones, servicios complementarios, cargo por uso de las redes del
Sistema Interconectado Nacional, Servicios del Centro Nacional de Despacho –CND-, Servicios ASIC
y LAC y, en general, por cualquier concepto que deba ser facturado y recaudado por el
Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales y el Liquidador y Administrador de
Cuentas de los cargos por uso de las redes del Sistema Interconectado Nacional.
Los dos esquemas establecidos son los siguientes:
1. Esquema de garantías financieras mensuales
Cada mes, 16 días hábiles antes iniciar las operaciones del mes siguiente, XM en su calidad de
Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales y de Liquidador y Administrador de
Cuentas de los cargos por uso de las redes del Sistema Interconectado Nacional, realiza una
proyección de las garantías para el mes siguiente al mes en el cual se realiza el cálculo. Esta
proyección debe estar aprobada o efectiva a más tardar a los 8 días hábiles posteriores a la
publicación.
Para efectos de los ajustes, la proyección mensual se recalcula semanalmente con la mejor
información disponible sobre registro de Contratos y Fronteras, tomando las semanas del mes
proyectado que a la fecha de cálculo no tengan información completa publicada en versión TX2 y
ajustándolas con respecto a los montos solicitados anteriormente.
Así mismo se hace el ajuste de la semana en versión TX2 que cuenta con información real de la
operación con el fin de solicitar las garantías necesarias para cubrir las transacciones reales. Esto
es que el día viernes de la semana S se calcula el ajuste de la semana S-1.
Todos estos ajustes se calculan los días viernes para pago el martes de la semana siguiente a la
publicación, si el martes es festivo los ajustes se publicarán el jueves anterior a su vencimiento.
A continuación se presenta un ejemplo de la línea de tiempo para la proyección mensual
2. Esquema de garantías financieras semanales:
Cada semana se realiza una proyección a la semana S+3 el día viernes de la semana S con la mejor
información disponible sobre registro de Contratos y Fronteras
Posteriormente se hacen ajustes semanales consecutivos a esa semana S+3 utilizando la
información actualizada de la operación del mercado y del registro de fronteras y contratos. El
primer ajuste semanal a la semana S+3 se realiza el día viernes de la semana S+1, el segundo
ajuste semanal a la semana S+3 se calcula el día viernes de la semana S+2, el tercer ajuste a la
semana S+3 se publica el día viernes de la semana S+3. Finalmente se realiza un cuarto ajuste
semanal de la semana S+3 que se calcula el día viernes de la semana S+4 con las liquidaciones
diarias de transacciones del Mercado de Energía Mayorista en versión TX2.
Visto de otra forma, cada viernes se publicará la proyección de la semana S+3, el primer ajuste de
la semana S+2, el segundo ajuste de la semana S+1, el tercer ajuste de la semana S y el cuarto
ajuste (o ajuste TX2) de la semana S-1.
Todas las proyecciones y ajustes semanales son publicadas el día viernes con vencimiento el
martes de la semana siguiente a su publicación.
A continuación se presenta un ejemplo de la línea de tiempo de la proyección y los ajustes que se
realizan cada semana en este esquema
Cómo consultar la información
La información correspondiente a los dos esquemas expuestos se publica semanalmente en la
siguiente ruta:
http://www.xm.com.co
Administración Financiera de Mercado, según imagen
Luego ingrese al Link:
Garantías Financieras, haga click en Garantías Financieras Semanales o en Garantías Financieras
Mensuales dependiendo del esquema al que pertenezca el agente:
Ver imagen:
Luego ingrese a la fecha de vencimiento que usted va a consultar:
Al darle doble click a la fecha que desea consultar aparece la información en Excel
correspondiente a dicho vencimiento, a continuación se explica una publicación semanal del
esquema de Garantías Financieras Semanales.
- La primera hoja del archivo (DEPÓSITO ddmmm) contiene la información de los montos
solicitados, donde se resalta que Los valores presentados en esta hoja de cálculo son los
montos que deben ser garantizados para los respectivos períodos solicitados. En esta
hoja se presenta un resumen del vencimiento, el cual incluye en columnas: la proyección
de la semana S+3, el primer ajuste de la semana S+2, el segundo ajuste de la semana S+1,
el tercer ajuste de la semana S y el cuarto ajuste a la semana S-1, si la proyección o alguno
de los ajustes tiene días de dos meses diferentes se presentan en columnas separadas, de
tal manera que una columna nunca presente datos mezclados de dos meses diferentes. En
esta hoja se publica también el precio promedio de bolsa de la última semana liquidada en
versión TX2, el valor unitario de las restricciones y el cargo por uso del STN de acuerdo con
lo definido en la Resolución CREG 038 de 2010. Para el caso del esquema de garantías
Financieras Mensuales se publicará en la hoja de DEPÓSITO ddmmm la tasa de cambio
representativa del mercado – TCRM – del día de la publicación de las garantías, para
efectos de calcular la garantía en dólares los agentes que presenten garantías expedidas
por entidades financieras del exterior.
En las hojas siguientes PROY(S+3) dd-ddmmm, AJUSTE(S+2) dd-ddmmm, AJUSTE (S+1) dd-ddmmm,
AJUSTE(S) dd-ddmmm y AJUSTE(S-1)dd-ddmmm se presenta un detalle de cada una de las
columnas de la hoja de depósito discriminando los diferentes conceptos liquidados.
En las hojas de detalle aparecen en cada columna los conceptos liquidados, los cuales se definen
brevemente a continuación:
ENERGÍA: Corresponde al valor en pesos de la exposición de la energía en bolsa luego del
despacho de contratos bilaterales para el periodo a cubrir, valorado por el Precio promedio
ponderado de Bolsa, en $/kWh, de la última semana liquidada.
Para el despacho de contratos que requieran información tal como generación, demanda, precio
de bolsa, información de fronteras, etc. se toma la última versión disponible de la información de
la semana anterior a la fecha de cálculo para las garantías semanales o la última versión de la
información del último mes liquidado para las garantías mensuales. Este último mes liquidado se
toma de forma que el último día del mes proyectado corresponda al mismo tipo de día del último
día del periodo tomado como base. Por ejemplo, si el mes proyectado finaliza un día martes, la
información base debe tener en cuenta el último martes con información disponible y a partir de
este día contar el número total de días a proyectar. Este procedimiento ocasiona que se tome una
parte de información TX2 (de los primeros días del mes de cálculo) y otra parte en versión TXF (de
los últimos días del mes anterior al mes de cálculo).
Cada que se realiza una proyección o ajuste de garantías con excepción de la semana S-1, se
realiza un despacho proyectado de los contratos susceptibles de ser despachados en los períodos
a proyectar o ajustar, es decir los contratos registrados para el período a calcular y que su solicitud
de registro haya sido realizada 5 días calendario antes del día de cálculo de las garantías.
El balance de la exposición a bolsa en kWh se hace tomando el resultado del despacho de
contratos (ventas en contratos positivas y compras en contratos negativas), sumándole la
demanda comercial y restándole la generación.
La demanda comercial en kWh para el cálculo de garantías semanales corresponde a la demanda
comercial de la última semana liquidada (puede incluir versiones TX2 y TXR), para el caso de la
proyección mensual la demanda corresponde al último mes liquidado que incluye versiones TXF o
superiores del mes anterior al mes de cálculo y versiones TX2 de los días del mes de cálculo que
estén comprendidos en el periodo base. Esta información se puede encontrar en los archivos
“ademMMDD”.
A la demanda calculada en el párrafo anterior se le incluye las solicitudes de registro o cancelación
de fronteras realizadas 5 días calendario antes del día de cálculo de las garantías que afecten los
períodos a proyectar o ajustar.
La generación que se tiene en cuenta para el balance es la generación ideal de los últimos tres
meses facturados que se puede encontrar en las versiones TXF o superiores de los archivos
“gripMMDD” bajo el concepto GINA que es la generación ideal nacional en kWh. La suma de toda
la generación diaria se divide por el número total de días de los últimos tres meses facturados y se
multiplica por el número de días a proyectar.
El precio promedio de bolsa que se utiliza para valorar la exposición a bolsa resultado del balance,
se puede calcular a partir de los precios de bolsa horarios nacionales de la última semana
liquidada que se encuentra en los archivos “trsdMMDD” bajo el concepto “PBNA” multiplicados
por las respectivas compras en bolsa nacionales horarias que se encuentra en los archivos
“trsdMMDD” bajo el concepto “CBNA”. A este valor se le suman los precios de bolsa horarios
internacionales de la última semana liquidada que se encuentra en los archivos “trsdMMDD” bajo
el concepto “PBIN” multiplicados horariamente por la sumatoria para todos los agentes de la
energía en bolsa internacional a cargo en kWh que se puede encontrar en el archivo “tgrlMMDD”
bajo el concepto “EBIC”.
El valor resultante se divide por la suma de las compras en bolsa nacionales y las compras en bolsa
internacional (sumatoria para todos los agentes del concepto “EBIC” del archivo “tgrlMMDD” más
la sumatoria para todos los agentes del concepto CBNA del archivo trsdMMDD) de la última
semana liquidada.
RESTRICCIONES: Restricciones, en pesos, correspondiente al promedio mensual o semanal, según
el caso, de los tres últimos meses facturados, incluyendo la asignación de las Rentas de
Congestión. Estos valores se pueden encontrar en las versiones TXF o posteriores de los últimos
tres meses facturados en el archivo “afacMM” bajo el concepto “RESTRICCIONES ALIVIADAS ($)”.
La ponderación se realiza sumando el valor de las tres facturas o ajustes, dividido por el número
total de días del periodo y multiplicado por el número de días del periodo a proyectar.
DESVIACIONES: Neto de Compras y Ventas por desviaciones, en pesos, correspondiente al promedio mensual o semanal, según el caso, de los tres últimos meses facturados. Para el cálculo de este concepto:
- Para los comercializadores: se suman los valores de “VENTAS EN DESVIACION ($)” que se encuentran en las versiones TXF o posteriores de los últimos tres meses facturados en el archivo “afacMM” y se divide por el número total de días del periodo. Este valor se multiplica por el número de días del periodo a proyectar. El signo de este concepto es negativo.
- Para los generadores: se suman los valores de “COMPRAS EN DESVIACION ($)”que se encuentran en las versiones TXF o posteriores de los últimos tres meses facturados en el archivo “afacMM” y se divide por el número total de días del periodo. Este valor se multiplica por el número de días del periodo a proyectar. El signo de este concepto es positivo.
RESPONSAB. COMERCIAL AGC: Valor de la responsabilidad comercial por la prestación del servicio
de AGC, en pesos, correspondiente al promedio mensual o semanal, según el caso, de los tres
últimos meses facturados. Estos valores se pueden encontrar en las versiones TXF o posteriores de
los últimos tres meses facturados en el archivo “afacMM” bajo el concepto “RESPONSABILIDAD
COMERCIAL AGC ($)”. La ponderación se realiza sumando el valor de las tres facturas o ajustes,
dividido por el número total de días del periodo y multiplicado por el número de días del periodo a
proyectar. Este concepto solamente se le cobra a los generadores.
REGULACIÓN PRIMARIA FRECUENCIA: Neto de Compras y Ventas de Regulación primaria de
Frecuencia, en pesos, correspondiente al promedio mensual o semanal, según el caso, de los tres
últimos meses facturados. Estos valores se pueden encontrar en las versiones TXF o posteriores de
los últimos tres meses facturados en el archivo “afacMM” bajo los conceptos “VALOR A PAGAR
POR SRPF ($)” (se tiene en cuenta con signo positivo) y “VALOR A RECIBIR POR SRPF ($)”(se tiene
en cuenta con signo negativo). La ponderación se realiza sumando el valor de las tres facturas o
ajustes, dividido por el número total de días del periodo y multiplicado por el número de días del
periodo a proyectar.
SERVICIOS AGC: Valor del servicio de AGC, en pesos, correspondiente al promedio mensual o
semanal, según el caso, de los tres últimos meses facturados. Estos valores se pueden encontrar
en las versiones TXF o posteriores de los últimos tres meses facturados en el archivo “afacMM”
bajo el concepto “SERVICIOS AGC ($)”. La ponderación se realiza sumando el valor de las tres
facturas o ajustes, dividido por el número total de días del periodo y multiplicado por el número
de días del periodo a proyectar. Este valor se tiene en cuenta como un valor negativo ya que es un
pago y solamente lo reciben los generadores.
COMPRAS RECONCILIACIÓN: Compras por reconciliación, en pesos, correspondiente al promedio
mensual o semanal, según el caso, de los tres últimos meses facturados. Estos valores se pueden
encontrar en las versiones TXF o posteriores de los últimos tres meses facturados en el archivo
“afacMM” bajo el concepto “COMPRAS EN RECONCILIACION ($)”. La ponderación se realiza
sumando el valor de las tres facturas o ajustes, dividido por el número total de días del periodo y
multiplicado por el número de días del periodo a proyectar. Este valor se tiene en cuenta como un
valor positivo ya que es un valor a pagar y solamente se le cobra a los generadores.
VENTAS RECONCILIACIÓN: Ventas reconciliación, en pesos, correspondiente al promedio mensual
o semanal, según el caso, de los tres últimos meses facturados. Estos valores se pueden encontrar
en las versiones TXF o posteriores de los últimos tres meses facturados en el archivo “afacMM”
bajo el concepto “VENTAS EN RECONCILIACION ($)”. La ponderación se realiza sumando el valor de
las tres facturas o ajustes, dividido por el número total de días del periodo y multiplicado por el
número de días del periodo a proyectar. Este valor se tiene en cuenta como un valor negativo ya
que es un pago y solamente se le paga a los generadores.
CARGO POR CONFIABILIDAD: Calculado como VR – VD. Valor a recaudar por cargo por
confiabilidad, en pesos, menos el Valor a distribuir por cargo por confiabilidad, en pesos.
El valor a distribuir VD se calcula como la obligación de energía firme anual OEFA dividida por
doce, multiplicada por el precio al cual se remunera el cargo por confiabilidad PCC convertido a
pesos. En el último archivo “oefsubasbdMMDD” disponible el día de cálculo de las garantías, se
encuentra la OEFA bajo el concepto “OEF AÑO [kWh-año]”, y el PCC se encuentra bajo el concepto
“PCXCA” expresado en dólares de los Estados Unidos por cada kWh. La TCRM que se emplea para
calcular el valor en pesos es la TRM del día de cálculo de la garantía. Si el cálculo se realiza para el
esquema semanal, la obligación mensual calculada se divide por 30 y se multiplica por los días de
la semana a proyectar.
El valor a recaudar VR se calcula como el último CEE conocido, que se encuentra en el último
archivo “tdia_sisMMDD” disponible en la fecha de cálculo de las garantías bajo el concepto
“CERD”, multiplicado por la generación real promedio de los últimos tres meses facturados de
todas las plantas despachadas centralmente y de las plantas no despachadas que vendan su
energía directamente en la bolsa. Esta generación se puede encontrar en las versiones TXF o
superiores de los archivos “gripMMDD” de los últimos tres meses facturados bajo el concepto
“GREA” y se pondera por el número de días del periodo a proyectar.
VDOEF: Corresponde al valor en pesos a recibir por las desviaciones de las obligaciones de energía firme, cuando el precio de bolsa supera el precio de escasez, calculado acorde con lo establecido en el Anexo 7 de la Resolución CREG 071 de 2006 y demás normas que la modifiquen, complementen o sustituyan.
Esta variable se asignará a los generadores para los cuales la desviación diaria de la obligación de
energía firme es mayor que cero (0) y será tenida en cuenta solamente para el cálculo de los
ajustes de las garantías y mecanismos alternativos.
CDOEF: Corresponde al valor en pesos a pagar por las desviaciones de las obligaciones de energía firme, cuando el precio de bolsa supera el precio de escasez, calculado acorde con lo establecido en el Anexo 7 de la Resolución CREG 071 de 2006 y demás normas que la modifiquen, complementen o sustituyan.
Esta variable se asignará a los agentes con compras en bolsa, cuando la energía firme es inferior a
la demanda doméstica, y a los generadores para los cuales la desviación diaria de la obligación de
energía firme es menor que cero (0) y será tenida en cuenta solamente para el cálculo de los
ajustes de las garantías y mecanismos alternativos.
VMOEFV: Corresponde al valor de las obligaciones de energía en firme de venta, calculado como
las obligaciones de energía en firme de venta del período a garantizar multiplicado por el margen
de precio de la subasta de reconfiguración, más el máximo entre cero y la diferencia entre el
precio máximo del cargo por confiablidad del último mes facturado menos el CEE del último mes
facturado
SERVICIOS CND,SIC, FAZNI: Remuneración que perciben el Centro Nacional de Despacho –CND- y
el Administrador del SIC –ASIC– Se toma el último valor facturado por servicios del CND y del ASIC.
En el caso del FAZNI es el pago por concepto de Fondo de Apoyo Financiero para las Zonas no
Interconectadas que corresponde al promedio mensual o semanal, según el caso, de los tres
últimos meses facturados.
Los cargos por servicios CND y SIC se encuentran en la versión TXF o superior del archivo
“tservmm” bajo los conceptos “CND” y “SIC” respectivamente. El valor que allí se encuentra se
divide por el número total de días del mes facturado y se multiplica por el número de días
proyectado. Es importante recordar que los servicios SIC están sujetos al cobro de IVA, por lo tanto
se debe incrementar dicho valor en un 16%.
El valor del FAZNI se encuentra en la versión TXF o superior del archivo “tservmm” bajo el
concepto “FZN”. La ponderación se realiza sumando el valor de las tres facturas o ajustes, dividido
por el número total de días del periodo y multiplicado por el número de días del periodo a
proyectar o ajustar, con excepción del ajuste a la semana S-1 para el cual se realiza lectura directa
de los datos de la liquidación TX2 de esta misma semana
CARGOS POR USO DEL STN: Para el caso de los Cargos por Uso del Sistema Interconectado
Nacional Se parte del cargo utilizado en el último mes facturado y se aplica para el mes a cubrir o
para la semana a prepagar. Estos valores se pueden consultar en la página web de xm
(www.xm.com.co), ingresando por “Transacciones en el Mercado de Energía Mayorista” en la
sección “Soporte Facturación STN” y accediendo al último año disponible “Soporte Facturación
STN AAAA”. En la página que se abre, buscamos en la columna “Balances” la última factura
disponible. En el archivo de Excel que se abre, en la hoja “FactSTN_mmmAAAA”, en la columna E
se encuentran los valores facturados por cargos por uso del STN. Este valor se divide por el
número de días del mes facturado y se multiplica por el número de días del periodo proyectado.
Este valor se publica solamente para comercializadores.
SERVICIOS LAC: Corresponde a los servicios prestados por el Administrador y Liquidador de
Cuentas por cargos por uso del STN, Se toma el último valor facturado por servicios LAC. Estos
valores se pueden consultar en la página web de xm (www.xm.com.co), ingresando por
“Transacciones en el Mercado de Energía Mayorista” en la sección “Soporte Facturación STN” y
accediendo al último año disponible “Soporte Facturación STN AAAA”. En la página que se abre,
buscamos en la columna “Balances” la última factura disponible. En el archivo de Excel que se
abre, en la hoja “FactLAC_mmmAAAA”, en la columna W se encuentran los valores facturados por
servicios LAC. Este valor se divide por el número de días del mes facturado y se multiplica por el
número de días del periodo proyectado. Este valor se publica solamente para los distribuidores
Cálculo de garantías en dólares
Cuando un agente presente garantías en dólares expedidas por entidades financieras del exterior,
el monto aplicado con estas garantías será ajustado semanalmente con la TRM de la fecha del
cálculo de cada ajuste.
Cálculo de garantías extraordinarias
De acuerdo con lo establecido en la resolución Creg 043 de 2012, se calcularán garantías
extraordinarias cuando el ASIC tenga conocimiento de cualquier modificación en los contratos
registrados y/o la limitación de suministro o el retiro de otro agente en el mercado, no conocido al
momento del cálculo del ajuste semanal y que conlleve a un aumento del riesgo al que está
expuesto el agente.
El agente tendrá un plazo de dos días hábiles, contados a partir de la fecha de solicitud del ASIC,
para hacer el respectivo ajuste.
La metodología del cálculo de garantías extraordinarias es igual a la descrita en el presente
instructivo, teniendo en cuenta la modificación que motiva el ajuste.
Costos financieros en las exportaciones efectuadas por el mercado colombiano a otros
mercados
Cuando se presenten costos financieros producto de las coberturas, gravámenes a los
movimientos financieros o impuestos, estos se recaudarán en efectivo a través de las garantías del
mercado a prorrata de las restricciones que presenten los agentes para la última semana liquidada
en el mercado.
Cuando estos costos producto de las coberturas sean a favor del agente (Negativos) serán tenidos
en cuenta en la facturación como alivio a las restricciones y se publicarán en la hoja “DEPÓSITO
ddmmm” sólo de manera informativa.
La presentación de este concepto se realizará en la hoja “DEPÓSITO ddmmm” en una o dos
columnas adicionales, dependiendo si la última semana liquidada presenta días de dos meses
diferentes.
Es muy importante tener en cuenta que ESTE CONCEPTO SÓLO PUEDE SER GARANTIZADO EN
EFECTIVO en ambos esquemas de garantías.
Nota: las semanas para efectos del cálculo de garantías van de sábado a viernes