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COFL02 Página 1 de 14 INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO FORMATO FT007 CONTROL DE INVERSIONES INSCRITAS EN EL MERCADO DE VALORES DE COLOMBIA ARCHIVO TIPO: FT007 Control de Inversiones Inscritas en el Mercado de Valores de Colombia INFORMACIÓN SOLICITADA: El valor detallado de todas las inversiones efectuadas en el mercado de valores de Colombia por parte de la entidad desagregadas por línea de negocio, instrumento, tipo de inversión, calificación del emisor e información complementaria. ENTIDAD A LA QUE LE APLICA: Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades Adaptadas al Sistema, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, Empresas de Medicina Prepagada, Servicio de Ambulancia Prepagada, Regímenes de Excepción y Especiales, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que no se encuentren obligadas a aplicar el Régimen de Contabilidad Pública emitido por la Contaduría General de la Nación Grupo B y C1 (C.E. 018 de 2015 y normas que la modifiquen o sustituyan), ADRES - Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Nota: Si la entidad no tiene inversiones este archivo deberá cargarse en blanco. El formato únicamente debe contener los encabezados; no se deben reportar registros en cero. Ejemplo archivo sin registros: <?xml version="1.0" encoding="utf-16"?> <FT007> </FT007> CAMPOS DEL FORMATO: 1) Línea de negocio reportante: Son consideradas las actividades que desarrolla la entidad reportante. Existen tres líneas básicas de negocio que son: aseguramiento obligatorio, aseguramiento voluntario y prestación de servicios: 1:= Aseguramiento obligatorio o ADRES: hace referencia a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) del Régimen Contributivo, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, Entidades Adaptadas al Sistema, Entidades de los Regímenes de Excepción y Especiales y ADRES. 2:= Aseguramiento voluntario: hace referencia a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo que tienen habilitado Planes de Atención Complementaria (PAC), a Empresas de Medicina Prepagada (EMP) o Servicios de Ambulancia Prepagada (SAP). 3:= Prestación de servicios corresponde a Instituciones Prestadores de Servicios de Salud (IPS) o transporte especial de pacientes. El registro permitido es numérico de 1 carácter. 2) Instrumento: Se puede escoger entre tres tipos de instrumentos donde la entidad reportante tiene las inversiones, que son: 1:= Títulos de deuda pública emitidos o garantizados por la Nación o por el Banco de la República. 2:= Títulos de renta fija emitidos, aceptados, garantizados o avalados por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, FOGAFIN y FOGACOOP. 3:= Renta Variable. El registro permitido es numérico de 1 carácter. 3) Tipo de Inversión: Corresponde al tipo de inversión donde la Entidad Vigilada tiene la inversión. Se debe escribir el siguiente número, de acuerdo al tipo de inversión: 1:= Títulos de Deuda Pública (TES)

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO FORMATO FT007 CONTROL DE … · 2018-10-22 · calificaciones de cada calificadora de acuerdo al plazo (corto o largo), según lo señalado en

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INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO FORMATO FT007 – CONTROL DE INVERSIONES INSCRITAS EN EL MERCADO DE VALORES DE

COLOMBIA

ARCHIVO TIPO: FT007 – Control de Inversiones Inscritas en el Mercado de Valores de Colombia

INFORMACIÓN SOLICITADA: El valor detallado de todas las inversiones efectuadas en el mercado

de valores de Colombia por parte de la entidad desagregadas por

línea de negocio, instrumento, tipo de inversión, calificación del

emisor e información complementaria.

ENTIDAD A LA QUE LE APLICA: Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades

Adaptadas al Sistema, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, Empresas de Medicina

Prepagada, Servicio de Ambulancia Prepagada, Regímenes de Excepción y Especiales, Instituciones

Prestadoras de Servicios de Salud que no se encuentren obligadas a aplicar el Régimen de Contabilidad

Pública emitido por la Contaduría General de la Nación – Grupo B y C1 (C.E. 018 de 2015 y normas que la

modifiquen o sustituyan), ADRES - Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social

en Salud.

Nota: Si la entidad no tiene inversiones este archivo deberá cargarse en blanco. El formato únicamente

debe contener los encabezados; no se deben reportar registros en cero.

Ejemplo archivo sin registros:

<?xml version="1.0" encoding="utf-16"?>

<FT007>

</FT007>

CAMPOS DEL FORMATO: 1) Línea de negocio reportante: Son consideradas las actividades que desarrolla la entidad reportante.

Existen tres líneas básicas de negocio que son: aseguramiento obligatorio, aseguramiento voluntario y prestación de servicios: 1:= Aseguramiento obligatorio o ADRES: hace referencia a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) del

Régimen Contributivo, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, Entidades Adaptadas al Sistema, Entidades de los Regímenes de Excepción y Especiales y ADRES.

2:= Aseguramiento voluntario: hace referencia a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo que tienen habilitado Planes de Atención Complementaria (PAC), a Empresas de Medicina Prepagada (EMP) o Servicios de Ambulancia Prepagada (SAP).

3:= Prestación de servicios corresponde a Instituciones Prestadores de Servicios de Salud (IPS) o transporte especial de pacientes.

El registro permitido es numérico de 1 carácter. 2) Instrumento: Se puede escoger entre tres tipos de instrumentos donde la entidad reportante tiene las

inversiones, que son: 1:= Títulos de deuda pública emitidos o garantizados por la Nación o por el Banco de la República. 2:= Títulos de renta fija emitidos, aceptados, garantizados o avalados por entidades vigiladas por la

Superintendencia Financiera de Colombia, FOGAFIN y FOGACOOP. 3:= Renta Variable.

El registro permitido es numérico de 1 carácter. 3) Tipo de Inversión: Corresponde al tipo de inversión donde la Entidad Vigilada tiene la inversión. Se

debe escribir el siguiente número, de acuerdo al tipo de inversión: 1:= Títulos de Deuda Pública (TES)

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2:= Certificados de Depósito a Término (CDT) 3:= Bonos Ordinarios 4:= Bonos Subordinados 5:= Bonos Opcionalmente Convertibles en acciones 6:= Bonos Obligatoriamente Convertibles en acciones 7:= Bonos de Capitalización 8:= Acciones Ordinarias 9:= Acciones preferenciales 10:= Otro Se valida que: - Si campo 3 toma valor de 1, entonces el campo 2 (Instrumento) es igual a 1. - Si campo 3 toma valores entre 2 y 7, entonces el campo 2 (Instrumento) es igual a 2. - Si campo 3 toma valor de 8 o 9 entonces el campo 2 (Instrumento) deber ser igual a 3. - Si campo 3 toma valor de 10 entonces el campo 2 (Instrumento) puede tomar cualquiera de los tres valores. El registro permitido es numérico de 2 carácteres. 4) Nemotécnico: Registre el nemotécnico o código DCV del título en el que la entidad tiene la inversión.

El tipo de dato es alfanumérico y la longitud máxima del registro debe ser de 20 caracteres.

5) Código Título ISIN o CFI: Registre el código ISIN (International Securities Identification Numbering System por sus siglas en inglés) o CFI (Classification of Financial Instruments) del título en el que la entidad tiene la inversión. Se debe escribir sólo uno de los dos. El tipo de dato es alfanumérico y la longitud máxima del registro debe ser de 20 caracteres.

6) NIT de la Entidad Emisora: Corresponde al Número de Identificación Tributario según la DIAN, sin dígito de verificación, de la Entidad Emisora donde la Entidad vigilada tiene las Inversiones. El tipo de dato es numérico y la longitud máxima del registro debe ser de 16 caracteres.

7) Dígito de Verificación de la Entidad Emisora: Corresponde al número del dígito de verificación, de la Entidad Emisora del título valor donde la Entidad vigilada tiene las Inversiones. El registro permitido es numérico de 1 carácter.

8) Código Entidad Emisora en el SIMEV: Es el código del Emisor del título registrado en el SIMEV (Sistema Integral de Información del Mercado de Valores) donde la Entidad vigilada tiene las Inversiones. Se escribe en formato alfanumérico y la longitud del registro debe ser de 7 caracteres en formato: XXX-XXX.

9) Entidad Calificadora: Corresponde a la identificación de la Sociedad Calificadora de riesgo del título valor que emitió la calificación del campo 11. En caso que el título no tenga calificación, se debe registrar la calificación del emisor del título. Se debe escribir el siguiente número, de acuerdo a la Calificadora:

0:= No Aplica 1:= BRC Investor Services S.A. (Stand & Poors) 2:= Fitch Ratings Colombia S.A. (Antes Duff & Phelps De Colombia S.A.) 3:= Value And Risk Rating S.A. 4:=Otra Sociedad Calificadora El registro permitido es numérico de 1 carácter. 10) Nombre de Otra Calificadora: Escriba el nombre de la Sociedad Calificadora de riesgos que emitió la

calificación del campo 11, en caso que la opción que escogió en el campo anterior sea 4 (otra). El registro permitido es alfanumérico con un máximo de 50 caracteres.

Se debe validar qué: - Si el campo 9 toma valores de 1, 2 o 3, el campo 10 (Nombre de Otra Calificadora) debe tomar valor NA. - Si el campo 9 toma valor de 4, el campo 10 debe ser diferente a NA y no debe estar en blanco.

11) Calificación de riesgo: Corresponde a la Calificación a largo plazo o corto plazo otorgada al título valor

o en su defecto al emisor del título donde la Entidad vigilada tiene las Inversiones. Esta Calificación es

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otorgada por una sociedad calificadora debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia y que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores (RNAMV). Las calificaciones deben reportarse sin espacios, ejemplo: BRC1+, AAA+. El registro permitido es alfanumérico con un máximo de 7 caracteres. Actualmente y de acuerdo con lo publicado en las páginas web de las calificadoras de riesgo vigentes, las calificaciones que manejan son las que se señalan en el Anexo 1. Cabe resaltar que estas escalas pueden ser modificadas en cualquier momento por la sociedad calificadora.

Teniendo en cuenta que si la diferencia en días calendario entre el campo 13 (Fecha de Vencimiento) menos el campo 12 (fecha de emisión) es inferior o igual a 365 días, la inversión es catalogada de corto plazo, mientras que si es superior a 365 días es largo plazo; se valida que la calificación corresponda con las calificaciones de cada calificadora de acuerdo al plazo (corto o largo), según lo señalado en el Anexo 1. 12) Fecha de Emisión: Corresponde a la fecha en la cual se emitió el título valor donde la Entidad vigilada

tiene las Inversiones. Si no aplica escribir 00000000. El registro permitido es formato fecha AAAAMMDD de 8 caracteres.

Se debe validar qué: - La fecha en este campo deber ser igual o anterior a la fecha en la que se reporta el archivo. - Si campo 2 (Instrumento) es igual a 3 (Renta Variable), campo 12 No aplica, por lo que debe escribir 00000000. 13) Fecha de Vencimiento: Corresponde a la fecha en la cual se vence el título valor donde la Entidad

vigilada tiene las Inversiones. Si no aplica escribir 00000000. El registro permitido es formato fecha AAAAMMDD de 8 caracteres.

Se debe validar qué: - La fecha en este campo deber ser igual o posterior a la fecha en la que se reporta el archivo y la diferencia en días calendario entre los campos 13 (Fecha de Vencimiento) menos 12 (Fecha de Emisión) debe ser cero o estrictamente positiva. - Si campo 2 (Instrumento) es igual a 3 (Renta Variable), campo 13 No aplica, por lo que debe escribir 00000000. 14) Fecha de Compra: Corresponde a la fecha en la cual se adquirió el título valor donde la Entidad vigilada

tiene las Inversiones. El registro permitido es formato fecha AAAAMMDD de 8 caracteres. Se debe validar qué: - La fecha en este campo deber ser igual o anterior a la fecha en la que se reporte el archivo. - La fecha en este campo debe encontrarse entre el rango de las fechas del campo 12 y 13. - Si campo 2 (Instrumento) es igual a 3 (Renta Variable), la validación anterior no aplica.

15) Valor de Compra: Corresponde al Valor por el cual se adquirió el título. El valor de giro que se realizó en el momento de la compra. Si el título es en UVR, reexpresarlo en pesos con la UVR del día de la compra. El registro permitido es numérico con un máximo de 18 caracteres. Se valida que el campo sea cero (0) o positivo.

16) Tasa de Compra: Corresponde a la tasa de compra del título valor donde la Entidad vigilada tiene las Inversiones. Si campo 2 (Instrumento) = ”3” no aplica, por lo que se debe colocar 0:= No aplica . El registro permitido es numérico con un máximo de 2 decimales separados por una coma y sin porcentajes: 8,52% = 8,52. Máximo 5 caracteres.

17) Valor Nominal: Para el caso de títulos de Renta Fija corresponde a la cantidad nominal del título valor

donde la Entidad vigilada tiene las Inversiones en la moneda o unidad respectiva (por ejemplo, si el título de renta fija es en UVR, reportarlo en UVR).

Para el caso de títulos de Renta variable, en este campo se debe registrar el total del valor nominal, es decir la multiplicación del número de acciones que la Entidad vigilada tiene de cada especie por el valor nominal unitario de cada acción (entendido este como el valor inicial o el que se otorga en el momento de la emisión que tienen las acciones, es decir, el resultado de dividir el capital social sobre las acciones totales de la misma, lo cual representa la parte proporcional del capital de una sociedad que corresponde a cada título emitido).

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Un ejemplo para aclarar cómo se debe diligenciar este campo para inversiones en títulos de Renta Variable, es que si una entidad compró 10,000 acciones de una empresa que su Valor nominal es de $0.5 por acción, entonces en este campo de valor nominal deben colocar $5,000.

El registro permitido es numérico con un máximo de 18 caracteres. Se valida que el campo sea cero (0) o positivo.

18) Tipo de moneda: Corresponde a la denominación de la moneda o unidad en la cual se expresa el

Valor Nominal del título, señalada en el campo anterior. Se debe escribir el siguiente código, de acuerdo a la moneda que se usa:

COP:= Pesos Colombianos USD:= Dólar de los Estados Unidos de América GBP:= Libra Británica EUR:= Euro CAD:= Dólar Canadiense CHF:= Franco Suizo JPY:= Yen Japonés OTR:= Otra Si es en UVR, debe marcar OTR. El registro permitido es texto de 3 caracteres.

19) Tasa Facial: Escriba la tasa facial o tasa cupón del título. Si la tasa es indexada (IPC o DTF por

ejemplo) escriba la Tasa de indexación o tasa flotante más los puntos adicionales cuando aplique. Se debe escribir la indexación y los puntos adicionales sin espacios ni porcentaje, máximo dos decimales separados por coma Ej.: IPC+3,55. El registro permitido es alfanumérico con un máximo de 2 decimales separados por una coma y sin porcentajes: 8,52% = 8,52. Máximo 15 caracteres. Si campo 2 (Instrumento) = “3” no aplica, por lo que se debe colocar 0:= No aplica.

20) Modalidad: Escriba la modalidad de pago de cupón. Se debe escribir el siguiente número, de acuerdo a la modalidad:

0:= No Aplica. 1:= Vencida. 2:= Anticipada. El registro permitido es numérico de 1 carácter.

21) Periodicidad: Escriba la periodicidad del pago de cupón. Se debe escribir la siguiente letra, de

acuerdo a la periodicidad:

M:= Mensual B:= Bimestral T:= Trimestral S:= Semestral A:= Anual O:= Otro o No Aplica El registro permitido es texto de 1 carácter.

22) Tasa de Mercado: Corresponde a la tasa de mercado del título valor donde la Entidad vigilada tiene las Inversiones. Si campo 2 (Instrumento) = ”3” no aplica, por lo que se debe colocar 0:= No aplica. El registro permitido es alfanumérico con un máximo de 2 decimales separados por una coma y sin porcentajes: 8,52% = 8,52. Máximo 5 caracteres.

23) Valor de Mercado: Corresponde al Saldo disponible o Valoración de la inversión a la fecha de corte. Si el título es en UVR, reexpresarlo en pesos con la UVR del día de la valoración.

Se debe validar qué: - El valor sea mayor o igual que cero (0). El registro permitido es numérico con un máximo de 18 caracteres.

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24) Duración de Macaulay: Escriba en este campo la Duración Macaulay (media ponderada de los

distintos vencimientos de los flujos de caja, ponderados por el valor actual de cada uno de esos flujos) calculada para el Instrumento. Máximo dos decimales separados por coma. Si campo 2 (Instrumento) = ”3” no aplica, por lo que se debe colocar 0.

El registro permitido es numérico con un máximo de 5 caracteres.

25) Gravamen: Se debe escribir el siguiente número, de acuerdo a si el título valor está sujeto a gravámenes a los movimientos financieros:

0:= No tiene gravamen 1:= Si tiene gravamen El registro permitido es numérico de 1 carácter.

26) Estado: Se debe escribir el siguiente número, de acuerdo a si el título valor está sujeto a alguna medida judicial:

0:= No Aplica 1:= Libre de afectación 2:= Embargos 3:= Medida Preventiva Si el título valor presenta diferentes medidas, hacer referencia sólo a la última. El registro permitido es numérico de 1 carácter.

27) Fecha Medida: Corresponde a la Fecha en la cual se efectuó el embargo o medidas preventivas de acuerdo con lo señalado en el campo anterior (campo 26= “2” o “3”). De lo contrario escribir 00000000. El registro permitido es formato fecha AAAAMMDD de 8 caracteres. Se valida que esta fecha sea anterior o igual a la fecha a la que se reporta el archivo.

28) Valor Medida: Corresponde al Valor por el cual se tienen los embargos o medidas preventivas de

acuerdo con lo señalado en el campo 26 (campo 26 = “2” o “3”). De lo contrario reportar en cero "0". El registro permitido es numérico con un máximo de 18 caracteres. Si toma valores debe ser estrictamente positivo.

29) Inversión en vinculado: De acuerdo a la definición del Artículo 2.31.3.1.12 del Decreto No. 2555 de 2010, donde se entiende por vinculado:

1. El o los accionistas o beneficiarios reales del cinco por ciento (5%) o más de la participación en la entidad o quien tenga la capacidad de designar un miembro de junta. 2. Las personas jurídicas en las cuales la entidad sea beneficiaria real del cinco por ciento (5%) o más de la participación en las mismas o aquellas en las cuales tenga la capacidad de designar un miembro de junta. 3. Las personas jurídicas en las cuales la o las personas a que se refiere el numeral 1 del presente artículo sean accionistas o beneficiarios reales, individual o conjuntamente, del cinco por ciento (5%) o más de la participación en las mismas o aquellas en las cuales tengan la capacidad de elegir un miembro de junta. De acuerdo con esta definición escriba: 0:= No Aplica 1:= Inversión en vinculado El registro permitido es numérico de 1 carácter.

30) Desmaterializado: Titulo desmaterializado o custodiado, escriba: 1:= DECEVAL S.A. - Depósito Centralizado de Valores. 2:= DCV - Depósito Central de Valores. El registro permitido es numérico de 1 carácter.

31) Inversión de las Reservas Técnicas: En caso que sea una inversión que respalde las Reservas

Técnicas, por favor indique el monto en el que las respalda, de lo contrario reportar en cero "0". Este campo sólo aplica para las EPS:

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0:= No aplica para SAP, EMP e IPS o no es inversión que respalde las Reservas Técnicas. 1:= Si Respalda las Reservas Técnicas. Se debe validar qué:

- Si el campo 31 es igual 1, el campo 26 (estado) tiene que tomar el valor de 0 o 1 y el campo 25 (Gravamen) tiene que tomar el valor de 0.

- Si campo 1 es 3, campo 31 debe ser 0. - Si campo 3 es igual a 8 o 9; campo 31 debe ser 0.

El registro permitido es numérico de 1 carácter.

EJEMPLO FORMATO XML <?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> <FT007>

<RegistroFT007> <lineaNegocio>1</lineaNegocio> <instrumento>1</instrumento> <tipoInversion>1</tipoInversion> <nemotécnico>TFIT16240724</nemotécnico> <codigoTitulo>COL17CT02385</codigoTitulo> <idEmisora>899999090</idEmisora> <dvEmisora>2</dvEmisora> <codigoSIMEV>001-039</codigoSIMEV> <entidadCalificadora>1</entidadCalificadora> <otraCalificadora>NA</otraCalificadora> <CalificacionRiesgo >AAA</ CalificacionRiesgo> <fechaEmision>20080724</fechaEmision> <fechaVencimiento>20240724</fechaVencimiento> <fechaCompra>20100110</fechaCompra> <valorCompra>1020000000</valorCompra> <tasaCompra>7,5</tasaCompra> <valorNominal>1000000000</valorNominal> <tipoMoneda>COP</tipoMoneda> <tasaFacial>10,0</tasaFacial> <modalidad>1</modalidad> <periodicidad>A</periodicidad> <tasaMercado>7,56</tasaMercado> <valorMercado>1035000000</valorMercado> <duracion>5,3</duracion> <gravamen>0</gravamen> <estado>1</estado> <fechaMedida>00000000</fechaMedida> <valorMedida>0</valorMedida> <vinculado>0</vinculado> <desmaterializado>2</desmaterializado> <inversionReservas>1</inversionReservas>

</RegistroFT007> </FT007>

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ANEXO 1 ESCALAS DE CALIFICACIÓN

BRC STANDARD & POOR´S www.brc.com.co

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FITCH RATINGS COLOMBIA S.A SOCIEDAD CALIFICADORA DE VALORES www.fitchratings.com.co

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VALUE AND RISK RATING S.A. SOCIEDAD CALIFICADORA DE VALORES www.vriskr.com

Calificación de deuda a corto plazo (menor o igual a 1 año)

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Calificación de capacidad de pago y deuda a largo plazo (Superior a un año)

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