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Estimados Docentes, Jefes de Región, Inspectores, Directores y Representantes Legales de la DIPREGEP:

El presente material de apoyo tiene como objetivo la explicación y asesoramiento sobre las distintas funciones que se desarrollan y la conformación del Departamento Jubilaciones y Licencias dependiente de la DIPREGEP.

En el mismo se darán las instrucciones para la confección de la documentación necesaria a presentar para los distintos trámites que se realizan: Declaración Jurada de Certificación de Servicios (CEC 15), y de Jubilaciones (Planillas de Cese Definitivo, por Cierre de Computos, etc).

Introducción

Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada

Subdirección de Gestión Administrativa

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Depto. Jubilaciones yLicencias

A continuación conoceremos un poco más sobre el Departamento

Jubilaciones y Licencias.

¿Qué Áreas comprende éste Departamento?

¿Cómo funcionan?

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[ 4 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

Como surge del organigrama de DIPREGEP del Material de Apoyo Técnico 1, el Departamento Jubilaciones y Licencias está conformado por dos áreas: Área Certificaciones de Servicios y Área Jubilaciones

Departamento Jubilacionesy Licencias

ÁreaJubilaciones

Área Certificacio-nes de Servicios

Depto. Jubilaciones y Licencias

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Área Certificacionesde Servicios (CEC 15)

En el caso del Área Certificaciones de Servicios

¿Cómo se debe presentar y

completar el Formulario Tipo (CEC 15) en cada situación?

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[ 6 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

El Área Certificaciones de Servicios tiene como función la homologación de servicios docentes, ya sea de escuelas que funcionan como las de aquellas que se encuentran cerradas y en trámite de autorización.

El Formulario tipo (Anexo I) es la Declaración Jurada de Certificación de Servicios (CEC 15).

Los mismos deben estar confeccionados sin tachas ni enmiendas; los Representantes Legales deben tener registradas sus firmas actualizadas.

Dicha confección varía si es una escuela que está funcionando, en trámite de autorización o cerradas.

Área Certificaciones de Servicios (CEC 15)

Es el instrumento formal e imprescindible para demostrar la antigüedad docente en establecimiento públicos de gestión privada

¿Q U É E S E L C E C 1 5 ?

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[ 7 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

ESTABLECIMIENTO EDUCATIVOSEN FUNCIONAMIENTO

1- Solicitar en el Establecimiento Educativo el Formulario CEC 15: en ellos deben figurar los cargos con sus respectivas fechas de altas, bajas y si las tuviera las licencias sin sueldos, y el cómputo de antigüedad total del establecimiento. Los mismos deben estar firmados por el Representante Legal y/o Propietario.

En el caso de Escuelas Reconocidas (Católicas) previamente deben pasar por el Consejo de Educación Católica (C.E.C) para su certificación.

2- Una vez cumplimentados los pasos detallados anteriormente deben ser presentados ante el Departamento Jubilaciones (Área Certificaciones) para su homologación.

ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOSEN TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN

Estos Establecimientos NO están autorizados por DIPREGEP, para obtener la certificación se debe contar con las debidas disposiciones de convalidación con su respectiva lista de docentes, detallando cargo y períodos en altas y bajas por cada ciclo lectivo.

El CEC 15 debe extenderlo el Establecimiento y firmarlo el Jefe de Región; al mismo se debe adjuntar la debida disposición y lista de docentes.

Área Certificaciones de Servicios (CEC 15)

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[ 8 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

La documentación se debe realizar por cada Instituto y por cada nivel de los mismos

¡ I M P O R T A N T E !

ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOSCERRADOS

1- Se solicita ante la Jefatura de Región de la que dependa la misma un Formulario CEC 15 firmado por el Inspector Jefe detallando los cargos y fechas desempeñados por el docente en ese establecimiento.

2- Una vez cumplimentado se debe presentar en el Departamento Jubilaciones (Ára Certificaciones) para la extensión del mismo.

Área Certificaciones de Servicios (CEC 15)

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Área Jubilaciones

Ésta Área se encarga de llevar a cabo la confección

de todos los códigos jubilatorios.

¿Qué documentación se debe presentar en cada

caso?

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[ 10 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

La Ley 13.469 sancionada el 23 de Mayo de 2006, estableció “todos los docentes que se desempeñan en los servicios educativos serán considera-dos docentes al frente de grado: pre-ceptores, bibliotecarios, directores, secretarios, maestras, etc. Todos los cargos dependientes de la Dirección de Asistencia Social Escolar, Educa-ción Especial y Psicología se conside-ran frente a grado“.

¡ R E Q U I S I T O S !

50 AÑOS DE EDAD

25 AÑOS DE SERVICIOS

PROFESOR 20 HS CÁTEDRA ÓMAESTRO DE GRADO

Área Jubilaciones

Este sector es el encargado de la realización del reconocimiento de servicios o “códigos jubilatorios” de docentes dependientes de escuelas de gestión privada, incorporadas el 1/10/86 por la ley 10.427 y por la transferencia el 1/1/94.

¿Qué tipos de Jubilaciones existen?

Por Decreto Ley 9650 (régimen previsional-órgano de apliación del IPS), se establecen las siguientes prestaciones:

> Jubilación de Cese Automático> Jubilación Ordinaria> Jubilación por Cierre de Cómputos> Jubilación por Incapacidad> Pensión

Vale aclarar que para la Jubilación de Cese Automático deben presentarse cuatro (4) juegos de la documentación. Para el resto de los casos, corresponderán tres (3) juegos.

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[ 11 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

Para Institutos NO Subvencionados:

En hoja con membrete del Colegio firmada por Representante Legal se indique según corresponda:

JUBILACIÓN:CESE AUTOMÁTICO U ORDINARIA

En ambos casos deberá presentarse:> Planilla de cese*1

> Fotocopia del DNI> Fotocopia Telegrama de renuncia*2 autenticadas por Representante Legal> Fotocopia Telegrama de aceptación autenticadas por Representante Legal> En planilla con membrete del Colegio, certificación de sueldos (nominal) y aportes (personal), mes por mes y año por año firmada por Representante Legal:

1- Transferidos subvencionados: del 01/01/94 al 31/10/942- Transferidos no subvencionados: del 01/01/94 al cese.3- Históricos sólo sin cargos no subvencionados.

>Certificación en caso de profesores no subvencionados consignando la cantidad de horas:

1- Transferidos del 01/01/94 al cese2- Históricos del 01/10/86 al cese.

> CEC 15

CARGOS DIRECTIVOS

PRIMARIA: Categoría - Secciones - 3° Ciclo a cargo

JARDINES Y ESPECIALES: Categoría

MEDIA Y SUPERIOR: Categoría - Turnos

*1Las Planillas de Cese (Anexo III) serán completadas por los Representantes Legales de los establecimientos educativos de los cuales dichos docentes dependan. *2Los Telegramas de Renuncia al cargo cuyo motivo será: acogerse a los beneficios jubilatorios.

Área Jubilaciones

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[ 12 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

JUBILACIÓN:CESE AUTOMÁTICO

Es aquella que permite al docente percibir su haber jubilatorio transitorio inmediatamente después de presentar su renuncia y a partir de esa fecha no trabaja más. Se torna definitiva una vez que se presente el código jubilatorio emanado por la Dirección General de Escuelas y Cultura y/o DIPREGEP y su posterior evaluación.

> Los servicios deben ser puros docentes> No estar con licencias sin sueldo a la fecha de renuncia> Los de escuelas municipales no pueden hacer uso de ésta opción

Tiempo de presentación: 120 DÍAS ANTES

Se confeccionan por cada instituto y cada nivel.

En el CEC 15 deben figurar todos los servicios y la fecha de extensión igual o posterior a la fecha de cese.

Las Planillas de Cese se deben confeccionar por el último cargo de la baja o renuncia. Los servicios se deben realizar por la línea de liquidación de haberes (mecanizadas para subvencionadas y DIPREGEP 20 para no subvencionadas). No por libro de designaciones.

JUBILACIÓN:ORDINARIA

Es aquel en que el trabajador cumple con los requisitos establecidos por la Ley. En este caso deja de trabajar y percibir sus ingresos.

¿Cómo se debe completar la Planilla de Cese en la parte que solicita se indique fecha de percibió haberes?: Cuando hay licencia sin sueldo corresponde al último día cobrado antes de la licencia.

Área Jubilaciones

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[ 13 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

2- Transferidos no subvencionados: del 01/01/94 al cese del docente.3- Históricos sólo sin cargos no subvencionados.

> Certificación en caso de profesores no subvencionados consignando la cantidad de horas:

1- Transferidos del 01/01/94 al cese2- Históricos del 01/10/86 al cese.

> CEC 15

Para Institutos NO Subvencionados:

En hoja con membrete del Colegio firmada por Representante Legal se indique según corresponda:

JUBILACIÓN:POR CIERRE DE CÓMPUTOS

Es una Jubilación cuya renuncia es condicionada. Está amparada por la Ley y es donde el docente tramita su jubilación estando en actividad. Una vez que el IPS reconozca los servicios, el docente presentará la renuncia definitiva.

La Planilla de Cierre Condicionado de Cómputos (Anexo II) la deberá confeccionar y firmar el docente, y es irrevocable.

Deberá presentarse:> Planillas de Cierre de Cómputos> Fotocopia del DNI> Fotocopia Telegrama de renuncia condicionada, autenticadas por Representante Legal> Fotocopia Telegrama de aceptación autenticadas por Representante Legal> En planilla con membrete del Colegio, consignanado el sueldo (nominal) y aporte (personal), mes por mes y año por año firmada por Representante Legal:

1- Transferidos subvencionados: del 01/01/94 al 31/10/94

CARGOS DIRECTIVOS

PRIMARIA: Categoría - Secciones - 3° Ciclo a cargo

JARDINES Y ESPECIALES: Categoría

MEDIA Y SUPERIOR: Categoría - Turnos

Área Jubilaciones

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[ 14 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

> CEC 15> Fotocopias del dictamen de incapacidad otorgado por Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia de Buenos Aires y el IPS.

Para Institutos NO Subvencionados:

En hoja con membrete del Colegio firmada por Representante Legal se indique según corresponda:

JUBILACIÓN:CESE POR INCAPACIDAD

Deberá presentarse:> Planilla de cese> Fotocopia del DNI> Fotocopia Telegrama de renuncia autenticada por Representante Legal> Fotocopia Telegrama de aceptación autenticada por Representante Legal> Planillas con membrete del Colegio, consignando el sueldo (nominal) y aporte (personal), mes por mes y año por año. Firmadas por Representante Legal:

1- Transferidos subvencionados: del 01/01/94 al 31/10/942- Transferidos no subvencionados: del 01/01/94 al cese.3- Históricos sólo sin cargos no subvencionados.

>Certificación en caso de profesores no subvencionados consignando la cantidad de horas:

1- Transferidos del 01/01/94 al cese2- Históricos del 01/10/86 al cese.

CARGOS DIRECTIVOS

PRIMARIA: Categoría - Secciones - 3° Ciclo a cargo

JARDINES Y ESPECIALES: Categoría

MEDIA Y SUPERIOR: Categoría - Turnos

Área Jubilaciones

Page 15: Introducción Estimados Docentes, Jefes de Región ...abc.gov.ar/diegep/sites/default/files/dipregep_materialdeapoyotecnico_3_0.pdfEl Área Certificaciones de Servicios tiene como

[ 15 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

JUBILACIÓN:PENSIÓN

Deberá presentarse:> Planilla de cese> Fotocopia de certificado de defunción> Fotocopia de acta de matrimonio> Fotocopia de D.N.I del cónyuge> Fotocopia de certificado de nacimiento por cada hijo menor.> Fotocopia de D.N.I por cada hijo menor.> En planilla con membrete del Colegio, certificación de sueldos (nominal) y aportes (personal), mes por mes y año por año, firmada por Representante Legal:

1- Transferidos subvencionados: del 01/01/94 al 31/10/942- Transferidos no subvencionados: del 01/01/94 al cese.3- Históricos sólo sin cargos no subvencionados.

>Certificación en caso de profesores no subvencionados consignando la cantidad de horas:

1- Transferidos del 01/01/94 al cese2- Históricos del 01/10/86 al cese.

> CEC 15

En caso de Establecimientos Cerrados, la documentación la debe extender la Jefatura de Región de la que dependa el Instituto y ser firmada por el Inspector Jefe.

¡ I M P O R T A N T E !

CARGOS DIRECTIVOS

PRIMARIA: Categoría - Secciones - 3° Ciclo a cargo

JARDINES Y ESPECIALES: Categoría

MEDIA Y SUPERIOR: Categoría - Turnos

Área Jubilaciones

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[ 16 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

CARGOS:LA DOBLE JORNADA

Se debe verificar la Resolución de autorización del Colegio; si el texto de la misma la indicara se podrá hacer el reconocimiento como “DOBLE JORNADA”. Ahoa si fuera de Jornada Simple se haría como un (1) turno y el resto es bonificación, “Extensión Horaria” o “Plus“ que se aporta por DIPREGEP 20 al IPS.

TENER MUCHO CUIDADO CON ÉSTA PROBLEMÁTICA

DECRETO 137/05Form. Ps. 6269. Solicitud Suplemento Especial

Form. Ps. 6268. Ampliación de Servicios y Remuneraciones

Es un Formulario perteneciente al ANSES. El mismo debe ser confeccionado por nivel de cada Establecimiento Educativo, firmado por el Representante Legal con sus respectivos sellos. Una vez cumplimentado lo citado anteriormente se presenta ante el Departamento Jubilaciones y Licencias de la DIPREGEP para la certificación. Cabe aclarar que se certificará la firma del Representante Legal sin tener en cuenta el texto y montos consignados.

Área Jubilaciones

Page 17: Introducción Estimados Docentes, Jefes de Región ...abc.gov.ar/diegep/sites/default/files/dipregep_materialdeapoyotecnico_3_0.pdfEl Área Certificaciones de Servicios tiene como

[ 17 ]DIPREGEP - Material de Apoyo Técnico 3

¡ I M P O R T A N T E !

Lo requerido para ser cumplimentado por los docentes, según lo detallado precedentemente será presentado ante la DIPREGEP calle 12 y 50 -Torre Gubernamental 1 - Piso 10 - La Plata.

Horario de Atención:Martes y Jueves de 8:30 hs a 13:00 hs

El retiro de la documentación sólo podrá ser efectuado por el docente en forma personal o a través de un apoderado; en caso de la pensión, además puede retirarlo el cónyuge o el hijo. Con ese código se presentará al IPS (Instituto de Previsión Social) a iniciar su Jubilación.

Área Jubilaciones

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Anexos

ANEXO I: CEC 15 - pag 19

ANEXO II: Cierre Condicionado de Cómputos - pag 20

ANEXO III: Planilla de Cese - pag 21

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DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

DECLARACIÓN JURADA DE CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

Escuela Expte. Nº

Localidad Distrito Nº DI.PR.E.GE.P

En mi carácter de CERTIFICO que el/la docente Doc. de Identidad Nº (1)

aprobación DI.PR.E.GE.P Nº (2) prestó servicios en esta escuela en los cargos y períodos que a continuación mencionan:

IncorporadaReconocidaAutorizada

IncorporadaReconocidaAutorizada

L.E. - L.C - C.I. - D.N.I.

Código CEC

ResoluciónDisposición

Form. Tip. 907 Dirección Provincial de Servicios Generales - Departamento Impresiones

A pedido del/a interesada y para presentar se extiende este certificado ena los días del mes de de dos mil

SELLO ACLARATORIO Y/O ACLARACIÓN DE FIRMA

SELLO ACLARATORIO Y/O ACLARACIÓN DE FIRMA

FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PROPIETARIOSelloEscuela

LUGAR Y FECHA FIRMASello

ACLARACIÓN Y/O SELLO ACLARATORIO

LUGAR Y FECHA FIRMA DEL FUNCIONARIOSello del Organismo

(1) Testar lo que no corresponda(2) Testar resolución o disposición, según corresponda. Si no existe acto aprobatorio, indicar “en trámite”.

Para uso exclusivo del CEC - Municipalidad

Visto, pase a la DI.PR.E.GE.P., a los efectos correspondientes

Para uso exclusivo de la DI.PR.E.GE.P.

Este Organismo en cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 1821/78 homologa la presente certificación de servicios. Quedan cumplimentadas las legalizaciones en la Provincia de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido por Ley 8946/77

SERVICIOS DOCENTES

Cargo DESDED M A D M A

HASTALICENCIAS SIN SUELDODESDE

D M A D M A

D M A

HASTA

Antigüedad total en el establecimiento:

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PROVINCIA DE BUENOS AIRESDirección General de Cultura y Educación

DIRECTORDCCION. PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA.

S/D.

El/la que suscribeLE-LC-DNI-CI Nº Con domiciliose dirige a usted a fin de elevar la renuncia al cargo de sin fecha de cese por el momento condicionada al otorgamiento de la prestación jubilatoria por parte del Instituto de Previsión Social, conforme a lo establecido por la Ley 10053, solicitando asimismo le sea expedida la Foja de Servicios en actividad a fin de ser presentada ante las autoridades del Instituto de Previsión Social y fijando como fecha de cierre de cómputos la del

Deja expresa constancia que además de los servicios prestados en la Repartición, deberán tenerse en cuenta para la determinación del derecho a la prestación jubilatoria los prestados conforme al siguiente detalle:

Empresa Repartición, Empleador y/o actividadpor cuenta propia

Asimismo manifiesta conocer que esta renuncia tiene carácter de irrevocable y que los servicios desempeñados entre la fecha del cierre de cómputos mencionada precedentemente y los del cese NO darán derecho a reajuste o transformación alguna, tal como lo establece el artículo 62 bis de la Ley 9650, aceptando además como fecha de baja la que determine la autoridad administrativa una vez otorgada la prestación jubilatoria por parte del Instituto de Previsión Social y notificado de este acto el interesado y la comuna, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General Nº 207 y sus modificatorias.

En caso de traes al cómputo servicios de otras Cajas adheridas al Sistema Nacional de Reciprocidad, mencionar en el texto de la nota renuncia, el número del expediente por el cual han sido reconocidos los mismos.

Saluda a usted atentamente:

Form. Tip. 0698 Dirección de Servicios Generales - Depto. Impresiones

Desde Hasta

D M A D M A

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PROVINCIA DE BUENOS AIRESDirección General de Cultura y Educación

DI. PR. E. GE. P

Empleador Certificante

Nº DI.PRE.E.GE.P. Domicilio del Establecimiento Distrito

Apellidos y Nombres completos del docente Nº Foja Nº

Cargo que desempeñaba en el momento de dejar el servicio

Fecha desde que se desempeña en el mismo

Causa de la cesación

Fecha de cesación

Percibió haberes hasta

(1) En caso de no coincidir la última percepción de haberes con la fecha en que dejó el servicio deberá indicarse si obedece a licencias. Si éstas son sin goce de

haberes, deberá expresarse si existe posibilidad de que se conviertan con derecho a cobrar haberes.

Lugar Día Mes Año

Espacio reservado para efectuar las aclaraciones que se estimen necesarias

Firma del propietario y/o Representante Legal

Sello aclaratorio

Vº Bº

Certifico que las firmas que antecede es auténtica y pertenece a

Form. Tip. 0698 Dirección de Servicios Generales - Depto. Impresiones

L.E/L.C.

C.I./DNI.

Renuncia; Cesantía; Exoneración; Incapacidad; Etc.

Día Mes Año

Día Mes Año

Sello aclaratorio

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Autoridades Provinciales

GobernadoraLic. María Eugenia Vidal

VicegobernadorDr. Daniel Salvador

Director General de Cultura y EducaciónLic. Gabriel Sánchez Zinny

Directora ProvincialProf. Nora L. Pinedo

Director OperativoDr. Juan Cruz Rodriguez