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 INTRODUCCIÓN:  En el presente trabajo, pretendo, a grandes rasgos, exponer lo que es Ética y Derecho (libertad y necesidad, determinismo e indeterminismo, bien y mal, etcétera), Axiología (valores) y Teleología (fines) como ramas de la Filosofía (5.1), y El hombre (Antropología Filosófica y Antropología Filosófica Jurídica), la cultura y los valores (5.2) como estudio de los seres humanos desde una perspectiva biológica, social y humanista, ésta se divide en dos grandes campos: la antropología física, que trata de la evolución biológica y la adaptación fisiológica de los seres humanos; y la antropología social o cultural, que se ocupa de las formas en que las personas viven en sociedad, es decir, las formas de evolución de su lengua, cultura y costumbres. Es fundamentalmente multicultural. Los primeros estudios antropológicos analizaban  pueblos y culturas no occidentales, pero su labor actual se centra, en gran medida, en las modernas culturas occidentales (las aglomeraciones urbanas y la sociedad industrial). Así pues, en contraposición a la creencia transmitida de que los valores fueron olvidados, o al menos tratados muy esporádicamente por las ciencias humanas, intentare poner de manifiesto que la problemática de los valores ha sido continuamente objeto de estudio e interés de las ciencias sociales, y que son éstas las que han posibilitado su reinterpretación y operacionalización en unas coordenadas menos filosóficas, más antropomórficas y más empíricas. Ese antropomorfismo y operacionalización ha permitido que el tema de los valores se integre a otro experto creado por los científicos para proporcionar un modelo explicativo del comportamiento social; Axiología y estimativa jurídica. *Recalco las ideas más importantes para mí en negrita y cursiva”  para dar énfasis a lo que pudiera llamar idea principal en cada tema. ..Alejandro de la Caña Barrón...

INTRODUCCIÓN

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INTRODUCCIN:

En el presente trabajo, pretendo, a grandes rasgos, exponer lo que es tica y Derecho (libertad y necesidad, determinismo e indeterminismo, bien y mal, etctera), Axiologa (valores) y Teleologa (fines) como ramas de la Filosofa (5.1), y El hombre (Antropologa Filosfica y Antropologa Filosfica Jurdica), la cultura y los valores (5.2) como estudio de los seres humanos desde una perspectiva biolgica, social y humanista, sta se divide en dos grandes campos: la antropologa fsica, que trata de la evolucin biolgica y la adaptacin fisiolgica de los seres humanos; y la antropologa social o cultural, que se ocupa de las formas en que las personas viven en sociedad, es decir, las formas de evolucin de su lengua, cultura y costumbres.

Es fundamentalmente multicultural. Los primeros estudios antropolgicos analizaban pueblos y culturas no occidentales, pero su labor actual se centra, en gran medida, en las modernas culturas occidentales (las aglomeraciones urbanas y la sociedad industrial).

As pues, en contraposicin a la creencia transmitida de que los valores fueron olvidados, o al menos tratados muy espordicamente por las ciencias humanas, intentare poner de manifiesto que la problemtica de los valores ha sido continuamente objeto de estudio e inters de las ciencias sociales, y que son stas las que han posibilitado su reinterpretacin y operacionalizacin en unas coordenadas menos filosficas, ms antropomrficas y ms empricas. Ese antropomorfismo y operacionalizacin ha permitido que el tema de los valores se integre a otro experto creado por los cientficos para proporcionar un modelo explicativo del comportamiento social; Axiologa y estimativa jurdica.*Recalco las ideas ms importantes para m en negrita y cursiva para dar nfasis a lo que pudiera llamar idea principal en cada tema. ..Alejandro de la Caa Barrn...5.1 tica y Derecho (libertad y necesidad, determinismo e indeterminismo, bien y mal, etctera), Axiologa (valores) y Teleologa (fines) como ramas de la Filosofa.Necesidad y libertad. La necesidad se desprende de la esencia interna de los fenmenos, designa la ley, el orden y la estructura de los mismos. La necesidad es lo que ha de ocurrir obligatoriamente en unas condiciones dadas, mientras que la libertad es el deseo consiente que lleva al hombre a realizar determinadas acciones, con la facultad de tomar una resolucin con conocimiento de causa.En el proceso de formacin del conocimiento, se forman los conceptos que son las ideas ms acabadas de las cosas, los fenmenos o procesos, que reflejan las cuestiones esenciales de ellos. Por ejemplo, un nmero es un concepto de cantidad, no importa que cosa, es una abstraccin que representa un aspecto esencial de las cosas, su cantidad, es decir su unidad como cosa y su diferencia y su similitud con otras.Los conceptos filosficos, son las llamadas categoras filosficas, estas son conceptos generales que reflejan los aspectos ms esenciales de las cosas, fenmenos y procesos, de los que se ocupa el saber humano, y que son generales porque traspasan las barreras de las ciencias particulares y abarcan a todos los campos del saber. Hay que sealar que, las ciencias particulares tienen tambin sus propias categoras particulares, como categoras de la medicina, por ejemplo "paciente", de la fsica "fusin", que son propias de ellas y fuera de su contexto cambian de significado. Las categoras de la filosofa, en cambio son generales como, materia, contenido, movimiento, etc., que sern vlidas, conservando su significado esencial en cualquier ciencia, sin considerar por supuesto, las connotaciones singulares que suelen dar los grupos sociales al lenguaje.El hombre interpreta el mundo a partir de conceptos y categoras lo que no implica de ningn modo que el mundo est determinado por la subjetividad o por la idea, ya que es errneo pensar que el mundo es un algo sin forma, sin estructura, es decir, un montn de materiales predispuestos caticamente, por el contrario, se trata de una existencia regida por leyes e independiente de nuestra conciencia. SegnKantexiste un conocimiento distinto del saber instrumental que se propone la ciencia emprico-matemtica ya que el conocimiento de la realidad no se reduce meramente a lo que subyace al concepto de naturaleza, o al reino de lo necesario; sino que existe un conocimiento basado en la esfera de la razn el que est constituido por el concepto de libertad, porque la libertad es la categora racional por excelencia, es decir, que un discurso sobre la libertad es posible en tanto ste no tenga pre atenciones de cientfico, en otras palabras, existe un mbito en el cual las causas y los efectos, la ley de causalidad, deja de relacionarse necesariamente, cuyo mbito es: el reino de la libertad. La libertad y la necesidad se nos presentan como una dualidad, como contradiccin y antagonismo. Reino de la necesidad se nos presenta como el reino de la miseria, de la insatisfaccin, de la desdicha; mientras la libertad se nos aparece como la superacin de la necesidad, como el reino de la felicidad del hombre. En esta ptica se ubica la tradicin marxista. La necesidad es ciega slo en la medida en que no est sometida al concepto. La libertad no consiste en una soada independencia respecto de las leyes naturales, sino en el reconocimiento de esas leyes y en la posibilidad, as dada, de hacerlas obrar segn un plan para determinados fines. Esto vale tanto respecto de las leyes de la naturaleza externa cuanto respecto de aquellas que regulan el ser somtico y espiritual del hombre mismo: dos clases de leyes que podemos separar a lo sumo en la representacin, no en la realidad. Libertad y Necesidad, es una de las Categoras filosficas de la Dialctica de Hegel, que expresan la relacin entre la actividad del hombre y de las leyes objetivas de la naturaleza y de la humanidad. La explicacin de la libertad y de la necesidad se fundamenta en el reconocimiento de su interconexin dialctica. La primera tentativa de aclaracin de dicha interconexin pertenece a Spinoza, quien defini la libertad como la necesidad de la que se ha tomado concienciaHegelfundamenta las mutuas relaciones entre la necesidad y la libertad, sentando la tesis de que ambas se hallan mutuamente vinculadas, de que pueden transformarse la una en la otra y de que la necesidad se manifiesta a travs de la libertad, es decir el reconocimiento de la voluntad y conciencia del hombre como lo primario y de la necesidad objetiva como lo secundario en el sentido de la Teora del Conocimiento. La necesidad existe en la naturaleza y en la sociedad en forma de leyes objetivas. Las leyes no conocidas se manifiestan como necesidad ciega. Pero, como se ha visto, existe tambin una diferencia esencial. En la naturaleza, la necesidad no presupone la actividad de los hombres. En la vida social, en cambio, la actividad de los hombres figura entre las condiciones indispensables para que la necesidad se manifieste y realice.La vida humana consiste en tener que decidir a cada momento sobre lo que vamos a hacer. An el no hacer nada es un hacer vital ya que implica el haber optado por una de las posibilidades que se ofrecan. La vida es pues una sucesin ininterrumpida de elecciones, de decisiones, que efectuamos con un margen de libertad, puesto que como deca Recanses Siches el hombre que no pudiese elegir o preferir, no podra pensar, no podra hacer nada, en suma no vivira.Al ser hacedores de nuestra vida, nuestros actos son libres y no pueden ser rigurosamente determinados como los de un autmata. La persona no es un robot, un autmata que se determina por tendencias, sino que se auto determina en su intrnseca libertad bajo el signo de los valores.Esta libertad que impregna a la conducta, solo tiene una manera de manifestarse: prefiriendo, o sea, valorando. El decidir implica haber realizado la siguiente operacin: elegir, preferir y valorar.Segn Recanses Siches los valores son pues, estructuras esenciales de la vida humana. Este ininterrumpido quehacer implica que las cosas que estn en el mundo, no nos son indiferentes, pues al elegir, al preferir adoptamos frente a ella una posicin negativa o positiva, a tenor de la cual se nos aparecen como buenos o malos , justos o injustos, tiles o perjudiciales los actos realizados y a realizar. En sntesis, nos pasamos la vida en una atmsfera de valoraciones que nos presentan como valiosos a los objetos (bienes).El sentido de un objeto cultural depende de que sea vivido y representado por algn sujeto en un peculiar acto de vivencia llamado valoracin. Los valores son cualidades o esencias objetivas que se encuentran en los objetos de la realidad cultural. Ejemplo: santidad, bondad, justicia, belleza, utilidad, elegancia, etc.Es adems una nocin de relacin; el valor resulta de una relacin de un objeto con un sujeto. El valor es concebible como valor por un sujeto apreciante Los valores no valen porque los estimemos, sino que los estimamos porque valen. Aqu sus caractersticas1. No son independientes, pues siempre se hallan encarnados en objetos culturales.2. Son objetivos, porque existen con independencia de nuestra particular subjetividad ya que el sujeto individual es la medida de los valores. Ellos valen para cualquier sujeto.3. Bipolares: cualquier valor puede aparecer con signo positivo o negativo (disvalor) As a lo bueno se contrapone lo malo, bello- feo, justo injusto, orden desorden, etc. 4 - Algunos autores admiten que los valores presentan una relacin de rango o jerarqua en una tabla de valores, segn la concepcin del mundo que tenga el investigador. Afta Lin dice, que todo valor es relativo a la existencia, y es por lo tanto la aprehensin de nuestras posibilidades preferidas. Lo valiosos en un determinado sistema, puede ser un disvalor en una situacin diferente ya que lo valioso es relativo a la Situacin humana.La estimativa Jurdica o Axiologa o deontologa es la rama de la filosofa jurdica que tiene por objeto desentraar y analizar en detalle los valores jurdicos, y la valoracin jurdica constituye un inexplicable ingrediente de la conducta social.

La justicia es un valor espiritual que no se puede confundir con la satisfaccin de un inters. Tiene un carcter absoluto, cuando nos ponemos como juez de jueces. No se confunde con el cumplimiento de la norma. La justicia no es un fin sino un valor de fin, una cualidad que puede o no realizarse y que abre a la existencia humana un futuro indeterminado. No es una virtud, sino consiste en dar a cada uno lo suyo. Es un valor social o bilateral que se da ante situaciones de coexistencia o convivencia, consistente en dar ms a los que menos tienen. Es el valor jurdico supremo y central, pero no el nico valor.

La justicia es la Creacin de igualaciones de libertad, o sea, que para dar a cada uno lo suyo y hacer justicia, hay que darle aquello que le falta a alguien para crear la igualdad frente a quien si lo tiene. Darle mas al que menos tiene para ponerlo en una situacin de igualdad y es creacin porque es tarea constante, puesto que lo que hoy se iguala, al momento siguiente Puede desnivelarse en la balanza, surgiendo as la injusticia

La Justicia se ha simbolizado con figuras (), nmeros () letras, etc. Procurando reflejar la imparcialidad, igualdad y alteralidad o bilateralidad de este valor. El mundo de los valores, es un mundo que tenemos que construir diariamente, para hacer posible nuestra vida en la tierra. Max Scheler dice que los valores son cualidades independientes de las cosas, que son sus depositarias. Los valores dice, no son objetos ideales como los nmeros, no se captan por una intuicin intelectual ni observacin emprica, sino a travs de emociones. La Justicia como todo valor es creacin del hombre.La relacin de la tica con el derecho puede considerarse desde diversos puntos de vista y tendr que situarse particularmente en dos planos distintos sobre los que se articula la reflexin moral.

Primeramente, en el plano de la reflexin tico-normativa el problema de las relaciones entre la tica y el derecho interesa de forma no exclusiva, pero s prevalente, a la parte penal de la legislacin civil o eclesistica, y no a la que regula la vida diaria de la sociedad. Hay que aadir, sin embargo, que el cdigo penal de la sociedad civil no se interesa por la actitud moralmente buena, por la que se interesa por el contrario el derecho cannico, al que le importa la formacin interior de cada creyente y su orientacin hacia la santidad.

Adems, el cdigo, civil o eclesistico, no sanciona nunca a nivel de comportamiento todo lo que es moralmente recto o equivocado y - no prev penas para todas las acciones moralmente equivocadas. Desde este punto de vista, el derecho se interesa de forma casi exclusiva por todos aquellos mbitos operativos dentro de los cuales hay que defender o garantizar los intereses o los derechos de terceros. Un caso ejemplar: la pena que prevn los diversos cdigos para todos los intentos de homicidio, pero no para los intentos de suicidio.

Ms an, se da a veces el caso de que el cdigo de la ley positiva no slo no castiga, sino que legitima incluso lo moralmente errado, como ocurre en el caso de la legislacin sobre el aborto, el matrimonio homosexual, su derecho de estos matrimonios a adoptar hijos y sobre el divorcio. Esto puede suceder bien en un contexto democrtico, donde la mayora determina de forma decisiva la orientacin legislativa, bien en un contexto no democrtico en el que todo o casi todo depende de la voluntad de uno o de unos pocos.Esta ltima aclaracin nos invita a considerar la relacin existente entre la tica y el derecho, tambin en el plano de la fundamentacin de las normas morales o jurdicas. Dentro de esta perspectiva meta-tica se plantea adems el problema del momento cognoscitivo o de decisin que est en la base de los juicios morales ltimos, de los que dependen tambin los juicios del derecho: mientras que unos autores (los cognitivistas) afirman que estos juicios son preexistentes al hombre y que hay que adecuarse a ellos tambin desde el punto de vista legislativo, otros (los decisionistas) afirman que la perspectiva tico-jurdica depende slo de aquello en lo que converge la mayora o de aquello que se logra sancionar por un contrato.Creo que conviene recordar, respecto de la tica profesional y de la enseanza jurdica, ciertas cuestiones relativas a la teora general del Derecho, acerca de las cuales estoy seguro todos sabemos, pero que constituyen un prlogo o enfoque bsico para un tema como ste.Los bienes y valores que el Derecho asegura por s mismo son el orden, la seguridad y la equidad jurdicas. Estos no son fines en s mismos; su sentido proviene de otros, superiores, que tambin se trata de alcanzar; el Derecho es un medio, un instrumento para lograrlo.As, el valor de lo jurdico es uno, primero, que otorga validez formal al Derecho, y uno ms, que estriba en que est para servir a otros valores o fines; por ello, el Derecho posee un doble aspecto valorativo: el que atae a la legalidad, que es el valor surgido de la observancia de la ley, y la justicia, que se hace posible con el cumplimiento de los valores o fines de los que el Derecho es portador y asegurador.Con todo lo que desde otras profesiones se afirma del carcter artesanal del Derecho, y de su pretendidamente escaso valor cientfico, la verdad es que la tcnica jurdica es la nica forma que el hombre ha encontrado al travs de la historia, de hacer que los valores que respeta y a los que aspira sean trados a la vida cotidiana. El Derecho tiene un contenido de mltiples dimensiones, complejo, cuya naturaleza se revela en tres rdenes diversos, pero cercanamente entrelazados y con recprocas influencias: el Derecho, por cuanto es un hecho social: el Derecho, en tanto norma jurdica; y el Derecho, como valor.En efecto, el Derecho se genera como un fenmeno social, que se manifiesta en forma de reglas jurdicas, para ordenar comportamientos y dictar principios de conducta social, a la vista de determinados valores. El aspecto axiolgico o estimativo del fenmeno jurdico revela al Derecho en su sentido tico, por cuanto se refiere al valor instrumental que posee; dicho de otro modo, en tanto garantiza y porta otros principios superiores. Esta dimensin es la que interesa a la estimativa jurdica o axiologa, de la que asimismo se hace referencia como Teora de la Justicia; su objeto de anlisis son los valores que originan y cimientan al Derecho: el estudio de las formas y modalidades en que estos valores se hacen normas jurdicas es el propio de la Poltica Jurdica o Poltica del Derecho.En acertada definicin, consecuente con lo hasta aqu recordado, se ha dicho que el Derecho es un sistema normativo de la conducta social, producido y garantizado coactivamente por el poder poltico de una autoridad soberana, que asegura una convivencia satisfactoria, en un mbito social ordenado, seguro y equitativo, a salvaguardar intereses fundamentales, y cuya validez u obligatoriedad se condiciona por los valores jurdicos y ticos de los cuales es generador y portador, respectivamente, en un momento y lugar histricos determinados.Ya dije antes que el Derecho se desarrolla en tres mbitos y facetas: la fctica, la normativa y la axiolgica; se relaciona con la moral, en razn de que el Derecho supone una decisin sobre lo bueno y lo malo, y porque nicamente los valores morales pueden dar origen, en el fondo, a su obligatoriedad. La moral social est constituida por los principios que surgen de la moral ideal o crtica, y respecto de los cuales hay un reconocimiento social y una convergencia de opinin. La moral y el Derecho tienen distintos espacios, pero estn muy relacionados entre ellos; esto, porque el Derecho positivo precisa de una justificacin moral, como requisito de su obligatoriedad. Una desvinculacin total entre Derecho y moral puede ser til para distinguir y calificar a los sistemas jurdicos, pero no para alcanzar una completa precisin acerca del Derecho. Una abstraccin plena del Derecho, hecha an con fines exclusivamente metodolgicos, que separara sus dimensiones fctica, normativa y axiolgica, slo lograra un enfoque parcial del fenmeno jurdico. Es por esto que existen tantas definiciones distintas del Derecho; los autores que ponen el nfasis en alguna de sus tres dimensiones, sin vincularlas suficientemente entre ellas, arriban a conceptos incompletos, aunque no necesariamente equivocados. Ello explica que la llamada teora tridimensional del Derecho haya tenido xito; en efecto, parece dar cuenta de la realidad del Derecho en una forma ms cabal.La importancia de las vinculaciones entre el Derecho y la moral no se agota en un debate terico, de mera especulacin jurdica, porque dichas relaciones estn estrechamente referidas a la necesidad de dar una respuesta a las cuestiones humanas ms importantes que conlleva la prctica del Derecho. La tarea de la moral es de juzgar la seleccin, ordenacin y descarte de intereses, que orientan las actitudes de los hombres en lo individual y lo social; as, se producen y se sostienen las razones para adoptar obligatoriamente las conductas dispuestas por las reglas jurdicas, que en numerosas ocasiones significan optar por determinados intereses, o prescindir de algunos de ellos. La apreciacin moral del Derechos no tiene como propsito dudar de su exigibilidad, sino orientarlo hacia normas ms justas, hacia sistemas jurdicos en los que cada vez menos baste la validez formal, y se procure siempre la justificacin de los contenidos; en sntesis, se trata de moralizar el Derecho, no de legalizar la moral. Si el Derecho es un instrumento creado por y para los hombres, debe estar al servicio de sus ms valiosas causas.As, el Estado de Derecho, entendido a la vez formal y materialmente, que es como debe ser percibido, no es simplemente un Estado legal o legaloide, como lo fueron, recordmoslo, la Espaa de la dictadura franquista y la Alemania del nacional socialismo fascista de Hitler o la URSS de Stalin. Sus leyes, en los tres casos, se produjeron ciertamente conforme a los mecanismos establecidos para crearlas. Pero en un genuino Estado de Derecho no se es, ni se podra ser, indiferente al contenido de las normas, que para constituirlo deben incluir los derechos humanos y sus garantas, producto de una larga lucha de los hombres; un poder con facultades limitadas, y dividido para su ejercicio, con el mismo fin de salvaguarda de la libertad; un poder judicial independiente, autnomo y digno, capaz de enjuiciar los actos de autoridad que violen los derechos de los individuos, y de dictar justicia conforme a Derecho en otras controversias que se someten a su consideracin; y unas normas jurdicas, preferiblemente escritas, pero en todo caso bien claras y precisas, y difundidas ampliamente para su conocimiento general. En los casos mencionados, de Franco y de Hitler, y en muchos otros ms desafortunadamente, las leyes existan, pero no consignaban los derechos humanos y la libertades, que se violentaban; no limitaban al poder, ni lo dividan para su ejercicio, sino lo concentraban; tampoco garantizaban un poder judicial independiente, ni constituan normas que fuesen en funcin de estos principios bsicos.Debe insistirse en que crear y mantener un verdadero Estado de Derecho exige un esfuerzo colectivo permanente, que naturalmente debe ser encabezado por los abogados; se trata, de una lucha por el Derecho, misma que, por la altura de fines que significa, ennoblece a quien la emprende.El Derecho coexiste en la sociedad con otros sistemas normativos o reglas de conductas, tales como la moral y la religin; stas y el Derecho coinciden en ciertos de sus contenidos, pero garantizan su observancia de diferente manera; en efecto, slo el Derecho puede, legtimamente, emplear la coaccin. La produccin del Derecho es un fenmeno dinmico y complejo, que adopta, desincorpora, afirma o modifica valores, principios y aspiraciones.La cuestin de la justicia, como valor y exigencia tica fundamentales, requiere del examen o anlisis tico del Derecho, que tiene que ver con su aspecto axiolgico. La justicia o injusticia de una norma jurdica no implica el cuestionamiento acerca de su eficacia, sino respecto de su validez y obligatoriedad.El Derecho posee una doble vertiente axiolgica, ya que al lado de la significacin que tiene la existencia misma del Derecho en una comunidad, en razn de que ordena las conductas sociales y genera seguridad e igualdad jurdicas, es conducto y garanta de otros altos valores, precisamente para cuyo servicio el Derecho prescribe una ordenacin social, y produce seguridad jurdica y equidad. El orden, la seguridad y la igualdad jurdicas tienen carcter instrumental, porque con ellos el Derecho crea un espacio social de paz, de libertad y de igualdad; pero slo adquieren sentido en funcin de unos, distintos, valores superiores. As, el otro aspecto axiolgico del Derecho deriva de estos principios, que lo orientan y proporcionan la razn de ser del orden, de la seguridad y de la equidad, las que Derecho provee. Los valores que primeramente asegura el Derecho dan a ste su validez formal; pero conviene insistir en que estos slo adquieren su trascendencia a la luz de otros, los que le dan sentido; entre stos estn el respeto a la vida e integridad humanas, la libertad, la educacin, la salud y el bienestar social.Los denominados derechos sociales tienen por esta razn un sentido y un alto valor; lo tiene el bienestar social, que deriva del cumplimiento de esos derechos por parte del Estado. Este tiene una clara obligacin de disear polticas sociales, tal como las laborales, agrarias, de vivienda o ecolgicas, que se correspondan con las normas jurdicas que consignan los derechos sociales respectivos. Es obvio que son distintas las exigencias al Estado para que respete y cumpla las normas constitucionales que contienen derechos individuales, de las que se requieren para que honre los derechos sociales, y asimismo sus formas y vas de ejercicio.Tanto el individualismo como el socialismo histricos fueron doctrinas reduccionistas; en el primer caso, nunca se dio cabal cuenta del aspecto social del hombre, y en el segundo, de su valor individual como persona. La Constitucin Mexicana expresa en sus normas la dimensin completa del hombre, que es tanto individual como social. Cuando las normas de un sistema jurdico muestran su doble aspecto axiolgico, es posible dar al Derecho el adjetivo de justo. La legalidad no es indefectiblemente ocasin de la justicia; si un sistema jurdico se limita a su propio carcter instrumental, y no atiende a los valores superiores en razn de los cuales se justifica, tal ordenamiento tendr validez formal, pero no podr calificarse de justo. La injusticia de una norma o de un ordenamiento jurdico en su totalidad, no supone su abrogacin o derogacin automticas, ni que sus reglas, normalmente, dejen de ser observadas, as sea con base en argumentos exclusivamente de prudencia. La legalidad es una condicin necesaria, pero no suficiente, para que las normas jurdicas tengan plena validez. El segundo aspecto axiolgico del Derecho, por s mismo, tampoco garantiza la eficacia de los valores que conlleva, porque stos requieren de la ordenacin, seguridad e igualacin que son resultantes de la instrumentacin que realiza el Derecho. La justicia no se reduce ni a la legalidad ni a la tica; est en la realizacin jurdica, es decir prctica, de los valores de que el Derecho es portador, en beneficio de la sociedad. La justicia da sentido y orientacin a las acciones que crean y aplican el Derecho, armonizando la convivencia y acrecentando la colaboracin social que se estiman mejores, por un grupo social y en un entorno cultural determinados.Un sistema jurdico puede calificarse como justo al ser considerado en los textos jurdicos, si de ese examen se llega a la conclusin de que hay correspondencia entre los valores que el Derecho genera, y los que conduce, desde otros mbitos, a la vida cotidiana. Pero si en la aplicacin del propio Derecho hay fallas, podran no alcanzarse sus fines. Esta es razn para que los integrantes de los poderes judiciales sean independientes, pero asimismo muy bien preparados; interpretar la ley es un problema, y ustedes lo saben, de difcil solucin; no puede ser resuelto por profesores de gramtica o fillogos, y se requieren largos aos de preparacin y experiencia jurdica para lograrlo. En las facultades de Derecho tenemos el deber de hacerlo posible.Justicia y equidad son trminos complementarios; este ltimo se refiere al valor jurdico que permite al Derecho ajustar y equilibrar las particularidades que presenta cada caso real; as, se trata de un principio que hace posible la integracin de un ordenamiento jurdico.La equidad se traduce en una bsqueda de armonizacin, que lleva al Derecho a concertar los criterios y principios que determinan la justicia, cuya idea, as como la de legitimidad jurdica, se concretan en la poca actual en el reconocimiento y respeto de los Derechos Humanos. La referencia a los Derechos Humanos equivale a apuntar a principios de una alta significacin moral y jurdica, mayor an que la de otros valores, y que por lo mismo se constituyen en medidas o ideales de justicia. Los valores morales de los que surgen los Derechos Humanos se manifiestan como principios ticos; entre otros, los de libertad, autonoma, dignidad e igualdad humanas. Les es comn una premisa bsica, la de que los seres humanos son fines en s mismos, valiosos esencialmente, razn por la cual todas las personas son acreedoras a un trato digno y requieren de libertad para realizarse, segn sus propias decisiones, en vida que estimen mejor y ms satisfactoria.El hombre y su dignidad deben estar al centro y constituir la ltima finalidad de un sistema jurdico. As es en el caso del ordenamiento mexicano, lo que obliga a todos a actuar de tal manera que la libertad, la grandeza y la igualdad humanas no se queden en las palabras, sino que se den los hechos. Muy desafortunadamente, la enorme desigualdad en la distribucin de la educacin y la cultura y en las condiciones sociales y econmicas, tiene en una verdadera postracin a ms de la mitad de los mexicanos. Es una exigencia tica respetar el Derecho y definir una poltica econmica y social conjunta y al servicio de los hombres, para que lo ms pronto posible se revierta esta situacin, que es una ofensa intolerable al sentido de justicia de los ciudadanos, y particularmente de los juristas. Mucho se puede hacer y preparar, a este respecto, en una escuela de Derecho.

5.2 EL HOMBRE (ANTROPOLOGA FILOSFICA Y ANTROPOLGICA FILOSFICA JURDICA) LA CULTURA Y LOS VALORES.

5.2.1 ANTROPOLOGA FILOSFICA:Significa el conocimiento del hombre a la luz de la Filosofa.La Antropologa Filosfica considera al hombre completo (alma y cuerpo) desde las causas radicales de la entidad propia del hombre, o sea, una sabidura acerca del hombre (antroposofa).

5.2.2 ANTECEDENTES HISTRICOS:Grecia. Los filsofos buscaron al principio naturaleza pero tambin estuvieron interesados en los temas teolgicos y (psicolgicos; estos primeros pensadores a pesar de sus carencias, comenzaron a perfilar las nociones de alma, vida y animacin.SCRATES. Fund la Ciencia y encabez los pasos del saber filosfico sobre el hombre. El orculo de Delfos: " Concete a ti mismo".PLATN: El hombre es bsicamente alma espiritual y pensante. Dividi el alma humana en tres partes: apetito concupiscible, apetito irascible y la inteligencia.ARISTTELES: Es el primer sistematizador de la Antropologa Filosfica. Sostiene que el alma (forma) y el cuerpo (materia), constituyen el compuesto humano, el alma es nica en cada hombre, tienen varias facultades y realiza diversas actividades: vegetativas, sensitivas y racionales. No cualquier alma es apta para cualquier cuerpo. Pasando el tiempo, el Helenismo y la Cultura Latina (estoicismo, epicuresmo, hedonismo, escepticismo, neoplatonismo) no lograron superar las alturas alcanzadas por Scrates, Platn y Aristteles en la Antropologa Filosfica.KANT: Imprime su fuerte huella en la Antropologa. Su antropologa se refiere al hombre concreto y sensible, las crticas tratan del yo y especialmente del hombre moral ubicado por encima de la sensibilidad.La Filosofa Kantiana se resuelve en Antropologa. Dice Kant: las preguntas que condensan la Filosofa pueden resumirse as: Qu puedo saber?, Qu debo hacer?, Qu debo esperar? Y Qu es el hombre? A estas preguntas contestan respectivamente la Metafsica, la Moral, La religin y la Antropologa.Es la entidad propia del hombre, el punto de vista de las causas ltimas la esencia o naturaleza del hombre, de sus operaciones o hbitos.

La antropologa Filosfica busca llegar a la raz de la realidad vital del hombre, determinar la estructura substancial que manifiestan los fenmenos; o tambin la existencia y naturaleza de los principios que cimentan y posibilitan las actividades anmicas, y que dan razn de la unidad y el orden de las mltiples actividades vitales; fundamenta la existencia humana el de dnde vengo, qu soy, qu sentido tiene mi existencia y cul es mi destino.

La Antropologa Filosfica pertenece a la Filosofa de la Naturaleza. La cuestin medular de la Antropologa Filosfica es: cmo debe ser en general un ente, y en particular el hombre para que tenga actividad vital?

La Antropologa Filosfica inicia su investigacin por lo comn y esencial de los vivientes, el alma es lo ms comn y esencial de los seres vivientes, su conocimiento es central y necesario. Distincin no es necesariamente oposicin ni antagonismo. En cuanto a la dignidad y profundidad del saber, la Antropologa Filosfica es superior a la Psicologa Experimental porque la naturaleza o esencia substancial de algo es ms noble que sus fenmenos. En consecuencia, hay mayor necesidad de una gua filosfica para el Psiclogo experimental, que una necesidad de "gua experimental" para el filsofo.

El mtodo de la Antropologa Filosfica comienza con la experiencia, primero de sus evidencias, despus emplea el anlisis y las sntesis mentales, define de modo propio, clasifica, prueba, refuta, y en particular recurre a la introspeccin. En sentido amplio la introspeccin es la mirada que el hombre orienta a su interior o a la conciencia para considerar la naturaleza y el desarrollo de los actos psquicos. Toms de Aquino afirmaba que la ciencia del hombre posee certeza porque la podemos experimentar en nosotros mismos.Por muchos ttulos, la Antropologa Filosfica es una ciencia excelente y sublime; posee una altsima dignidad porque el hombre es lo ms perfecto que hay en el universo. En cuanto a la vida prctica, la Antropologa Filosfica resulta quiz el saber ms servicial de todos cuantos desarrolla el hombre: es la ciencia directiva y orientadora de todos sus conocimientos y de todas sus actividades. La autntica filosofa est a disposicin de la vida humana, vivir filosofando y filosofar viviendo con toda intensidad.

Toda actividad humana depende del conocimiento, cuanto la actividad humana se aparta de la verdad o la ignora, sus actos y libertad se corrompen.Si existe un fin de nuestros actos querido por s mismo, y los dems por l, ese fin no solo ser bien, sino bien soberano.

Nuestros tiempos, que ofrecen las maravillas de una civilizacin tcnica sorprendente e inconmensurable, reclaman angustiosamente la presencia y orientacin de una sabidura de lo humano, una antroposofa, que recupere la dignidad humana y el puesto directivo del ser del hombre en el universo; la tcnica es para el hombre, no el hombre para la tcnica; el hombre ms vale por lo que es que por lo que fabrica.

A lo largo del siglo XVIII, los estudiosos de la Ilustracin francesa, como Anne Robert Jacques Turgot y Jean Antoine Condorcet, comenzaron a elaborar teoras sobre la evolucin y el desarrollo de la civilizacin humana desde sus albores. Estos planteamientos antropolgicos y filosficos chocaban con el relato bblico de la creacin y con los dogmas teolgicos que afirmaban que determinadas culturas y pueblos no occidentales haban cado en desgracia divina y, por ello, haban degenerado hacia una situacin denominada peyorativamente primitiva.El hallazgo de un fsil en Neandertal (Alemania) en 1856 y los restos del hombre de Java (Homo erectus) en la dcada de 1890, proporcionaron pruebas irrefutables del largusimo proceso de evolucin del hombre. En la abada Boucher de Perthes, en las proximidades de Pars, se descubrieron tambin diversos utensilios de piedra que corroboraron que el proceso evolutivo de la prehistoria humana tal vez se remontara a cientos de miles de aos atrs. Desde un principio, la arqueologa se convirti en una compaera inseparable de la emergente disciplina antropolgica.

La antropologa surgi como campo diferenciado de estudio a mediados del siglo pasado. En Estados Unidos, el fundador de dicha disciplina fue Lewis Henry Morgan, quien investig en profundidad la organizacin social de la confederacin iroquesa (vase Confederacin iroquesa). Morgan elabor en su estudio La sociedad primitiva (1877) una teora general de la evolucin cultural como progresin gradual desde el estado salvaje hasta la barbarie (caracterizada por la simple domesticacin de animales y plantas) y la civilizacin (iniciada con la invencin del abecedario). En Europa, su fundador fue el erudito britnico Edward Burnett Tylor, quien construy una teora sobre la evolucin del hombre que prestaba especial atencin a los orgenes de la religin. Tylor, Morgan y sus contemporneos resaltaron la racionalidad de las culturas humanas y argumentaron que en todas las civilizaciones la cultura humana evoluciona hacia formas ms complejas y desarrolladas.

A mediados del siglo XIX se crearon, adems, importantes fundaciones de arqueologa cientfica, sobre todo a cargo de arquelogos daneses del Museo Nacional de Antigedades, Septentrionales en Copenhague. A partir de unas excavaciones sistemticas llegaron a descubrir la evolucin de los utensilios y herramientas durante la edad de piedra, la edad del bronce y la edad del hierro. El fundador de la escuela funcionalista de antropologa, Bronislaw Malinowski, afirmaba que las organizaciones humanas deban ser examinadas en el contexto de su cultura y fue uno de los primeros antroplogos en convivir con los pueblos objeto de su estudio, los habitantes de las islas Trobriand, cuya lengua y costumbres aprendi para comprender la totalidad de su cultura.La antropologa aplicada naci en el siglo XIX con organizaciones como la Sociedad Protectora de los Aborgenes (1837) y la Sociedad Etnolgica de Pars (1838). Estas instituciones se preocuparon por despertar en Europa una conciencia contraria al trfico de esclavos y a la matanza de pueblos indgenas americanos y australianos.

Gran parte de la investigacin antropolgica se basa en trabajos de campo llevados a cabo con diferentes culturas. Entre 1900 y 1950, aproximadamente, estos estudios estaban orientados a registrar cada uno de los diferentes estilos de vida antes de que determinadas culturas no occidentales experimentaran la influencia de los procesos de modernizacin y occidentalizacin.Parentesco y organizacin social Uno de los descubrimientos importantes de la antropologa del siglo XIX ha sido que las relaciones de parentesco constituyen el ncleo principal de la organizacin social en todas las sociedades. En muchas de ellas, los grupos sociales ms importantes comprenden clanes y linajes.En las sociedades basadas en el parentesco, los miembros de un linaje, clan o dems grupos afines suelen ser descendientes de un antepasado comn. Este concepto es un factor unificador, pues dota a grandes masas de individuos de cierta cohesin para afrontar actividades guerreras o rituales, lo que les hace sentirse diferentes de sus vecinos y enemigos. Por ejemplo, entre las hordas centroasiticas que durante siglos atacaron a las sociedades europeas, o entre los aztecas o mexicas del continente americano, la compleja organizacin militar se sustentaba en el parentesco patrilineal.

Existen dos posturas radicalmente diferentes para explicar la evolucin cultural. Los evolucionistas del siglo pasado defendan que en las distintas sociedades se producen procesos muy similares de desarrollo cultural debido a la unidad psquica fundamental de toda la humanidad. As, los procesos paralelos hacia la estratificacin social y las minoras gobernantes se explican como efectos de las cualidades psquicas y mentales de los individuos. Claude Lvi-Strauss fue un defensor tardo de este enfoque, sin hacer hincapi en el carcter evolucionista.La postura contraria encuentra la clave en las condiciones materiales de vida: en las fuentes de energa, las tecnologas y los sistemas de produccin de los grupos humanos; adems, resalta las influencias ambientales en el desarrollo de los complejos sistemas culturales, ya que se han visto favorecidos por determinadas caractersticas geogrficas y climticas. Por ejemplo, el Oriente Prximo prehistrico era rico en animales de caza y plantas silvestres que resultaron especialmente aptos para su domesticacin y aclimatacin.

Fabelo establece que por valor se entiende la significacin positiva que se refleja en la conciencia social de los objetos, leyes, categoras y fenmenos de la realidad objetiva.

Los problemas ocurren cuando existe una ruptura significativa entre los sistemas de valores pertenecientes a las tres esferas o planos:

1. Los valores objetivos de la realidad social.2. Los valores socialmente instituidos.3. Los valores de la conciencia.

Los primeros como parte constitutiva de la realidad social; de esta manera la actividad humana, sus tendencias, los objetos, fenmenos, procesos y sujetos adquieren una u otra significacin social, en la medida en que favorece o no el desarrollo de la sociedad. Fabelo les llama sistema objetivo de valores y lo considera como dinmico, cambiante y dependiente de las condiciones histrico-concretas.

Los segundos como el reflejo de esa realidad en la conciencia de los hombres. Est incluido en este grupo el sistema subjetivo de valores de los individuos en dependencia del grado de correspondencia entre intereses personales del sujeto con los intereses de la sociedad y tambin de las influencias educativas y culturales.Los terceros como el sistema de valores socialmente instituido y reconocido oficialmente, que puede ser resultado de la generalizacin de una de las escalas subjetivas existentes en la sociedad o la combinacin de varias de ellas.La problemtica de los valores surge partir de los planteamientos filosficos de que existe algo ms que la Realidad del Ser, de la Naturaleza, y la Realidad Psquica o Naturaleza del Hombre. Junto a la Filosofa del Ser y la Filosofa antropolgica aparece un nuevo campo de especulacin y pensamiento: es el mundo de lo ideal.

Es una tarea difcil y compleja introducirse en el tratamiento que la literatura cientfica ha dado a la problemtica de los valores. La dificultad comienza cuando se revisan los textos cientficos y se comprueba que el trmino de valor, como tal, aparece raramente en las formulaciones generales sobre la accin social.Si nos guiamos por esta primera impresin habra que estar de acuerdo con la creencia generalizada de que el tema de los valores no ha sido un concepto clave en las llamadas ciencias sociales, para comprender y explicar la complejidad que encierra la accin social, y en este sentido tendramos que afirmar que los valores han tenido un tratamiento humano (Williams, 1977).

Esta primera impresin puede llegar a ser correcta si nos limitamos al aspecto ms formal y terminolgico del concepto de valores. Un anlisis que no se centre tanto en buscar la terminologa y lenguaje tradicional de la concepcin de los valores nos llevara a modificar esa primera impresin: si bien es cierto que el tema de los valores como tal es espordico e irregular en las ciencias sociales, no es menos cierto que la problemtica recogida bajo tal trmino ha sido objeto de estudio e inters en la gran mayora de las ciencias preocupadas por explicar el comportamiento individual y colectivo: el tema de la conducta orientativa y selectiva de individuos y grupos es una de las dimensiones del ser humano que ha sido planteada tanto por la Psicologa como por la Sociologa y la Antropologa.Ahora bien, es verdad que tal dimensin orientativa se ha enfocado desde conceptos muy distintos del de valor (p. ej., intereses o necesidades e incluso creencias en la Psicologa, normas y costumbres en la Antropologa, ideologa en la Sociologa, etc.). Sin embargo, el hecho de que se haya abordado desde una terminologa diferente no valida la afirmacin de que los valores no hayan sido tema de inters de las ciencias humanas, simplemente nos obliga a analizar los factores que propiciaron la dificultad de mantener el trmino de valores para plantear esa dimensin del ser humano.

La confusin que ha generado esta primera impresin se debe fundamentalmente al hecho de que la problemtica encerrada en el concepto de valor se inici desde planteamientos filosficos y especulativos: la Axiologa de finales del siglo XIX, precisamente en un momento intelectual en el que empezaba a darse un perfil de aquellos conocimientos que podran considerarse como cientficos. Ello oblig a las ciencias sociales a recoger dicha problemtica y replantearla en trminos, en un lenguaje y con un tratamiento que se adecuaran a las formulaciones y exigencias de lo que la poca intelectual del momento entenda por conocimiento cientfico.

Son factores estrictamente acadmicos y de modas cientficas los que han propiciado que la problemtica de los valores se haya tratado desde conceptos y terminologa diferentes. Esto ha llevado a muchos cientficos a intentar delimitar y definir conceptos similares al de valor (gran parte de la literatura ha estado obsesionada por encontrar atributos diferenciales entre valores y trminos como los de normas, costumbres, motivos, actitudes, etc.) (Williams, 1977). El problema no es tanto delimitar conceptos, lo cual no significa que no sea importante hacerlo, como el romper con la creencia generalizada de que la problemtica de los valores ha estado ausente de la literatura del comportamiento humano. El romper con esa posicin heredada posibilitar ver cul ha sido la conceptualizacin de los valores en las ciencias sociales y ayudar a perfilar una concepcin adecuada al momento histrico, social y cientfico de nuestra poca.

Este nuevo campo, aunque no es reductible ni al mundo fsico ni al de las esencias de Platn, ni a la realidad psquica, se intent integrar por las diferentes orientaciones filosficas a uno de los dominios ya establecidos: as, para unos (la axiologa objetiva), el mundo de lo ideal, de lo deseable era un aspecto ms, aunque diferencial, de la realidad fsica; para otros, como Scheler, pertenece al campo de las esencias, de las ideas, y, por ltimo, para otros (como en el subjetivismo axiolgico) es una dimensin del sujeto humano, una cualidad psicolgica (Nadjer, 1975).

La incorporacin de esta polmica al campo de las ciencias sociales se realiz desde posiciones muy diferentes, pero en el fondo recogieron, a su estilo, la problemtica ya planteada por las orientaciones confrontadas de la Axiologa.Tal incorporacin posibilit romper con los viejos planteamientos, acercando la problemtica de los valores a la caracterstica esencial del ser humano: su capacidad de representar simblicamente la realidad (fsica y social) y su afn de transformarla. Los valores aparecen as como proyectos ideales de comportarse y existir que se adecuan a las coordenadas histrico-sociales y que a la vez las transcienden.

El problema de los valores es un problema moderno que ha sido abordado por filsofos como Scheler, Nietzsche, Windelband, Rickert, Wojtila, Weber, entre otros, pero que por la evanescencia de su especfica naturaleza, resulta campo abierto y prcticamente indito, para el discurso radical.

El ngulo de anlisis que presenta el autor es desde la metafsica del ser, en donde encuentra una relacin de fundamentacin vinculatoria entre ser, bien y valor, teniendo los valores como fundamento prximo al bien trascendental y como fundamento ltimo al ser, con lo cual todo lo que existe es bueno y valioso, enfoque que difiere de los planteamientos que circunscriben el tratamiento de lo valioso, al mbito de la moral, asunto que considera un error porque la filosofa de los valores trasciende el universo tico, ya que lo valoral puede ser dicho en variados sentidos, de aqu que los valores en su versatilidad pueden presentarse como paradigmas o bien como virtudes a vivir. Si son paradigmas, sern principios regulativos de carcter perfectivo sin imperio sobre la voluntad pero s, con un cierto imperio poltico sobre la inteligencia que los presenta como modelos, que no significa como esencias separadas ni construidas a priori, sino destellos de la perfeccin del ser que -por serlo- se manifiestan en su vala universales por lo que resultan atractivos, apetecibles.

Valor es entonces, el brillo, el resplandor del ente, bajo la razn de bien. Si son virtudes, se tornan cualidades adquiridas con esfuerzo que hacen a quien las conquista un hombre mejor.

CONCLUSION

Entiendo a la Axiologa, Estimativa Jurdica y Antropologa Filosfica como una disciplina indispensable para llegar al conocimiento de la persona humana, engloba conocimientos esenciales que son fundadores de las bases que en un principio ayudarn a conocer, entender, comprender y posteriormente influir en el hombre. Esta parte de la Filosofa nos parece de trascendental importancia ya que se enfoca al estudio del nico ente capaz de filosofar, es decir, de cierto modo estudia el origen de la Filosofa. El problema del hombre es abarcado por esta disciplina y hablamos de trascendentalidad porque parte de la importancia de esto radica en encontrar un sentido a la vida del hombre, en no caer en el vivir por vivir y el explotar o potenciar las capacidades naturales del hombre y no hacerle vivir vegetativamente sino como persona que es. Incluso yo creo que es el primer paso a dar para convivir y trabajar con las personas y hasta del mismo "concete a ti mismo". La problemtica de los valores surge partir de los planteamientos filosficos de que existe algo ms que la Realidad del Ser, de la Naturaleza, y la Realidad Psquica o Naturaleza del Hombre. Junto a la Filosofa del Ser y la Filosofa antropolgica aparece un nuevo campo de especulacin y pensamiento: es el mundo de lo ideal.

FUENTES BIBLIOGRFICAS.

Engels, Federico; "Anti-Dhring", Crtica, Grupo editorial Grijalbo (OME 35), Barcelona,1977.

Marx, Karl; "El Capital", Fondo de Cultura Econmica, T. III. Bogot,1977.Marx, Karl; "Manuscritos dePars. Anuarios Franco alemanes, 1844". Crtica, Grupo editorial Grijalbo (OME 5), Barcelona,1978.FERNANDO FLORES GMEZ Introduccin al estudio del Derecho y Derecho Civil Editorial: Porra Mxico 2002.

GERMN CISNEROS FARAS. Teora del estado. Editorial Trillas. Edicin primera 2001.

LEONEL PEREZNIETO CASTRO. Introduccin al estudio del derecho. Editorial OXFORD. Edicin Quinta 2005.

EFRAN MOTO SALAZAR. Elementos de Derecho. Editorial Porra. Edicin cuarta 2001.

RAFAEL DE PINA. Diccionario de Derecho. Editorial: Porra Mxico 2005GARCA MAYNEZ, EDUARDO, Filosofa del Derecho, Ed. Porra.