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Introducción a la Regla de San Agustín y Constituciones y Ordenaciones de los frailes de la Orden de Predicadoreses Sobre Regla LCO 2014 Protegido

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Traducción al castellano del "Comentario al Libro de las Constituciones de la Orden de Predicadores" de fr. Mark de Caluwe, enriquecido con comentarios y actualizaciones realizadas por el Noviciado de los Dominicos de las Provincias de la Península Ibérica

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  • ORDEN DE PREDICADORES

    FRAILES DOMINICOS

    INTRODUCCIN A LA

    REGLA DE

    SAN AGUSTN Y

    CONSTITUCIONES

    Y ORDENACIONES

    DE LOS FRAILES DE LA

    ORDEN DE PREDICADORES

    Fray Mark de Caluwe OP

    Noviciado de los Dominicos de las Provincias de la Pennsula Ibrica

    Convento Santo Toms - Sevilla (Espaa)

    Edicin de 2015-16

  • 2

    N D I C E G E N E R A L Pgina

    Captulo 1. LA VIDA RELIGIOSA ........................................................................................ 6

    1. Sus inicios y evolucin ....................................................................................................... 6

    2. Normativa: Cdigo de Derecho Cannico-CIC ................................................................. 8

    3. Normas comunes a todos los institutos de V.C. ............................................................... 10

    Captulo 2 LA R E G L A .................................................................................................... 14

    1. Nociones ........................................................................................................................... 15

    2. Bosquejo histrico Reglas de vida consagrada ............................................................ 16

    3. Interpretacin de la Regla hoy ......................................................................................... 22

    Captulo 3 LA REGLA DE SAN AGUSTN ........................................................................ 24

    1. San Agustn (354-430: 76 aos) ....................................................................................... 24

    2. Cronologa de la vida de San Agustn .............................................................................. 26

    3. Origen de la Regla ............................................................................................................ 27

    4. Textos dominicanos sobre la Regla .............................................................................. 29

    5. El Concilio IVde Letrn 1215 .......................................................................................... 31

    6. Documentos de Santo Domingo Bulas Dominicanas ................................................... 34

    Captulo 4 LA REGLA DE SAN AGUSTN: REFERENCIAS BBLICAS ......................... 41

    Captulo 5 LA REGLA DE SAN AGUSTN: CAMINO DE PERFECCCIN HUMANA.. 48

    1. En busca de la perfeccin (San Agustn y el inicio de la VR) ..................................... 49

    2. La Regla de San Agustn .................................................................................................. 50

    3. Espiritualidad de la Regla de San Agustn ....................................................................... 51

    4. Conclusiones .................................................................................................................... 60

    Captulo 6 C O N S T I T U C I O N E S ................................................................................ 62

    1. Las Constituciones en la Historia de la V.R. .................................................................... 62

    2. Contenidos fundamentales de las Constituciones ............................................................ 63

    3. Las Constituciones, gua de la espiritualidad del instituto ............................................... 65

    4. Cmo estudiar las Constituciones .................................................................................... 67

    5. Lectura permanente de las Constituciones ...................................................................... 69

    Captulo 7 LAS CONSTITUCIONES DE LA ORDEN DE PREDICADORES ................... 70

    1. Orden de los Frailes Predicadores ................................................................................ 70

    o Frailes de la Orden de Predicadores .............................................................................. 70

    2. Valor y sentido de las Constituciones .............................................................................. 71

    3. Las diversas ediciones de las Constituciones ................................................................... 72

  • 3

    4. Libro de las Constituciones y Ordenaciones de los Frailes de la Orden de Predicadores -

    LCO ...................................................................................................................................... 81

    Captulo 8 UNA INTRODUCCIN A LAS CONSTITUCIONES DE LA OP .................... 82

    Presentacin ......................................................................................................................... 82

    1. Las primeras Constituciones de nuestra Orden* .............................................................. 83

    2. Las constituciones actuales de la Orden ........................................................................... 86

    3. La Constitucin Fundamental (LCO 1) ............................................................................ 92

    4. La Consagracin Religiosa (LCO 2-55) ......................................................................... 104

    5. Sagrada Liturgia y Oracin (LCO 56-75) ...................................................................... 108

    6. El Estudio (LCO 76-97) ................................................................................................. 110

    7. El ministerio de la Palabra (LCO 98-140) ..................................................................... 113

    8. Relaciones de los frailes con los otros grupos de la Orden (LCO 141-153) .................. 116

    9. La formacin de los frailes. (LCO 154-176) .................................................................. 119

    10. El noviciado (LCO 177-188)........................................................................................ 121

    11. La profesin (189-212) ................................................................................................. 123

    12. La formacin despus del Noviciado (213-251-ter) .................................................... 126

    13. Rgimen de la Orden (LCO 252-274) .......................................................................... 129

    14. Derecho por el que se rige la Orden (LCO 275-297) ................................................... 134

    15. Las estructuras generales y nuestro gobierno. (LCO 297-bis-438-bis) ........................ 137

    16. Rgimen del Convento (LCO 298-337) ....................................................................... 140

    17. Rgimen de la Provincia (LCO 338-395) .................................................................... 143

    18. El gobierno de la Orden (LCO 396-438-ter) ................................................................ 147

    19. Elecciones (LCO 439-536) ........................................................................................... 150

    20. Administracin econmica (537-619) .......................................................................... 155

    Captulo 9 ESTATUTO O DIRECTORIO .......................................................................... 158

    1. Naturaleza de los Estatutos ......................................................................................... 159

    2. Relacin con el texto constitucional ............................................................................ 161

    3. Contenido de los estatutos ........................................................................................... 164

  • 4

    textos para pensar y

    Esto es, hermanos carsimos, lo que os dejo en posesin, cual corresponde a hijos con derecho de herencia:

    Tened caridad Conservad la humildad Poseed la pobreza voluntaria

    Del Testamento espiritual de N. P. Santo Domingo

    En cada paso de la vida hemos encontrado esta complejidad y esta riqueza: En el dominico que ora hay una presencia densa: este hombre nunca es ms hombre que cuando est ah prosternado e inmvil (A. de Saint-Exupery, en Citadele). S, todo dominico tiene que reservarse largos momentos de silencio en los que no har otra cosa que orar de manera desinteresada El dominico es, a la vez, contemplativo y activo. Tiene que ser hombre de celda, hombre de silencio y, al mismo tiempo, debe ser para todos y conocer el mundo. Debe ser doctor en la ciencia de Dios y, a la vez, ningn apostolado le parecer demasiado pequeo, ya que trata de predicar a Cristo a los pobres y humildes, a todos. Debe dedicarse al estudio de las cosas de Dios, quedando al mismo tiempo abierto a todo lo que es valioso en su siglo. Cuidar siempre, siguiendo a su Maestro Santo Toms, de una teologa y de una espiritualidad muy objetiva y una desconfianza instintiva hacia piedades barrocas y al mismo tiempo, le quedar una devocin a la Madre de Dios del Rosario. Ser un hombre de estudio -es un deber de estado que durar hasta el fin de su vida- y al mismo tiempo no olvidar nunca que hay slo una verdad, verdad viviente, crucificada, y que nuestra ciencia debe siempre encaminarse a amar. He aqu una sntesis maravillosa que nos ha legado Santo Domingo quin podra reprocharnos el amarla y admirarla? No tenemos ninguna razn para enorgullecernos de ella, ms tampoco para ocultarla porque nos viene de Dios. Nos queda an pedirle su ayuda para aproximarnos, poco a poco, humildemente, a tan gran ideal.

  • 5

    Reflexiones de un dominico

    Si me preguntas por qu he preferido la Orden de Predicadores, responder que es la ms conforme a mi naturaleza, a mi inteligencia y a mi fin; a mi naturaleza, por su gobierno; a mi inteligencia, por sus doctrinas; a mi fin, por sus medios de accin que son principalmente la predicacin y la ciencia sagrada. Acaso tambin me pregunten porqu he preferido restablecer una orden antigua, ms bien que fundar una nueva. Dos cosas responder:

    -Primero, la gracia de fundador de orden es la ms elevada y ms rara que Dios otorga a sus santos, y yo no la he recibido. -En segundo lugar, si Dios me concediese el poder crear una orden religiosa, estoy seguro que, tras muchas reflexiones, nada descubrira de nuevo ms adaptado a nuestro tiempo y a sus necesidades que las Constituciones de Santo Domingo. Slo tiene de antiguo su historia; y en verdad, no vera yo motivo para torturar la inteligencia por mero gusto de ser de ayer.

    Qu es lo esencial de la Orden de Santo Domingo? En qu consiste? Cada frase, cada palabra de las Constituciones forma parte de ella? Nosotros no podamos pensar que cada palabra de las Constituciones formase parte de la esencia de nuestra Orden. La metafsica, de acuerdo con el buen sentido, ha distinguido siempre en los seres, la esencia y el accidente, lo principal y lo accesorio. Declarar que en un cuerpo fsico o moral, todo es esencia, es declarar que una rama es el rbol, y que no se puede cortar la rama sin cortar el rbol: lo cual es un claro absurdo. Mas, puesto que hay en la Orden de Santo Domingo, como en todas las cosas, la esencia y el accidente, dnde debamos pensar que estaba la esencia?, o nos estaba permitido buscarla para definirla? Evidentemente s, en las Constituciones mismas de la Orden, en lo que la Orden afirme de s misma por sus leyes, su fundador y sus antepasados, en su primera palabra que es esta: "Sabemos que nuestra Orden desde el principio fue instituida especialmente para la predicacin y la salvacin de las almas, y que con todo esmero nuestro empeo debe dirigirse principalmente y con todo ardor a que podamos ser til a las almas de los prjimos" (Prlogo). Esta palabra tan neta no dejaba lugar a dudas, y el comentario que hemos citado lo dejaba menos todava: "la esencia de la Orden de Santo Domingo es la salvacin de las almas por la doctrina y la predicacin, mediante las observancias monsticas claramente determinadas por las Constituciones, y una jerarqua electiva en todos sus grados". Definicin fcil de descomponer en sus trminos, y que nos da la salvacin de las almas como fin, la doctrina y la predicacin como medios principales, las observancias monsticas como medios subordinados, y la jerarqua electiva como medio de gobierno

    Fr. Enrique-Domingo Lacordaire op, restaurador de la Orden en Francia en el siglo XIX

    Que no sea lo que sabis, lo que d seguridad a vuestras dudas,

    sino lo que an ignoris d cautela a vuestro conocimiento

    S. J. Lo que t puedes hacer es una gota en el ocano,

    pero es lo que da sentido a tu vida H. Teresa de Calcuta?

    Los ideales son como las estrellas, no las alcanzas, pero iluminan nuestro camino. Demcrito

  • 6

    Captulo 1

    LA VIDA RELIGIOSA

    1. Sus inicios y evolucin

    La vida consagrada (VC) no es monopolio del cristianismo, sino que es un fenmeno universal que se manifiesta, en distintas maneras en todas las religiones que han alcanzado

    cierto nivel de desarrollo. Es decir, que la VC, antes que teolgico, es un proyecto

    antropolgico de existencia. La VC cristiana, pues, tiene una fundamentacin antropolgica,

    antes que fundamentacin evanglica; porque la gracia no destruye la naturaleza sino que

    la eleva y perfecciona (ST I,1,8 ad 2).

    Toda persona lleva dentro de s, la bsqueda de un Absoluto, bajo el impulso de

    fuerzas interiores ms poderosas que la atraccin de las metas inmediatas de la vida en

    torno. La VC como fenmeno universal podra ser definido, de un modo que valiera para

    todas las religiones, como un gnero de vida organizada en funcin de una meta espiritual

    que transcienda los objetivos de la vida terrestre, y cuya consecucin se considera como lo

    nico necesario (J. lvarez cmf; 10 palabras clave sobre la vida consagrada) Aunque usemos indistintamente la expresin Vida Religiosa y Vida Consagrada,

    los documentos suelen precisar y distinguir: la expresin Vida Consagrada abarca todas las

    formas de vida, histricas y de reciente nacimiento, que en la Iglesia catlica profesan los

    consejos evanglicos. En cambio la frmula Vida Religiosa contena una precisin jurdica

    que delimitaba la forma de vida consagrada a la profesin pblica de los consejos

    evanglicos. El uso de Vida Consagrada se ha hecho, sobre todo, a partir de la exhortacin

    postsinodal de San Juan Pablo II Vita Consecrata (25-03-1996).

    Hay 4 hitos o momentos a tener en cuenta en la evolucin y desarrollo de la vida

    religiosa:

    1. DEL COMIENZO DE LA IGLESIA AL S. XII:

    Lo peculiar de esta primera etapa es que su vida era monstica, aunque empiezan los

    anacoretas (retirados y solitarios) y luego vienen los cenobitas (comienzan a reunirse en

    cenobios). Viven preocupados de su propia santificacin

    1.1. Primitiva comunidad cristiana: Hc 2,42; 4,32-25; 5,12-16: la primitiva

    comunidad cristiana presenta algunos rasgos de este nuevo estado de vida.

    1.2. Vrgenes y Ascetas: consagrados a dios hacen del Evangelio la profesin

    fundamental de su vida. Viven en medio de los otros cristianos como miembros insignes

    de la nica comunidad.

    1.3. Eremitas - Anacoretas: (s. III-IV): emigran al desierto.

    1.4. Vida cenobtica: representa la primera institucionalizacin de la vida

    consagrada:

    + Pacomio (292-346): rene anacoretas en Tebaida, alto Egipto (320).

    + Basilio (329-379): conocedor del cenobio egipcio lo va a perfeccionar y difundir en

    Oriente (primer monasterio en Cesarea, 360).

  • 7

    1.5. Cannigos regulares:

    + San Agustn (374-430): rene a un grupo de sacerdotes en la curia de Hipona que

    con l practican la vida asctica.

    + Simultneamente surge la vida monstica femenina (Hermanas de San Basilio y San

    Agustn)

    +Las invasiones brbaras provocan la dispersin que lleva este gnero de vida hasta

    Occidente.

    1.6. Monacato: San Benito y Montecasino (529).

    + Histricamente son los primeros religiosos que vivirn en comunidad.

    + Vida claustral liturgia estudio cura de almas. + El predominio de algunos monasterios y las sucesivas reformas hacen surgir las

    diversas familias monsticas: Camaldulenses (980), Cartujos (1084), Cistercienses

    (1098), Trapenses (1098).

    2. DEL SIGLO XII AL XVI:

    Lo propio de la vida religiosa de esta etapa era conjugar la vida monstica con el apostolado,

    mediante el estudio, la pobreza, la itinerancia

    2.1. rdenes mendicantes:

    + Santo Domingo de Guzmn (1216): predicacin para la salvacin de las almas, la

    propagacin de la fe, estudio + San Francisco de Ass (1221): imitacin de Cristo, pobreza, predicacin + Agustinos, Carmelitas, Trinitarios, Mercedarios, Servitas, Hospitalarios de SJD

    2.2. Monjas de clausura: hasta la poca moderna, todas las comunidades

    femeninas son contemplativas con clausura rigurosa (vena determinado en gran medida

    por la condicin social de la mujer).

    Muchas rdenes femeninas surgen simultneamente, o cercanas en el tiempo, con la

    aparicin de la misma orden masculina: monjas benedictinas, cistercienses, cartujas,

    clarisas, dominicas, agustinas, carmelitas

    3. DEL SIGLO XVI HASTA EL SIGLO XX:

    Prevalece el apostolado, abandonndose prcticas de santificacin personal y comunitarias de

    rezo, penitencia Coincide con el Concilio de Trento (1545-63) y la Contrarreforma (s. XVI-XVII).

    3.1. Clrigos regulares: vida adaptada a las necesidades apostlicas.

    + Teatinos, Barnabitas, Jesuitas, Somascos, Camilos, Escolapios

    3.2. Congregaciones religiosas (a partir del s. XVI)

    + Asociaciones piadosas que llegan a identificarse con la vida consagrada religiosa:

    - Con votos: congregaciones - Sin votos: sociedades de vida comn

    3.3. Religiosas: con la introduccin de los votos simples (s. XIX, aunque ya antes

    los jesuitas lo haban adoptado) florecen muchas congregaciones de religiosas dedicadas a

    diferentes actividades apostlicas y sociales: enseanza, atencin a nios, enfermos,

    ancianos

  • 8

    En el s. XIX empiezan los recelos ante tan gran nmero de congregaciones que se crean y

    comienzan a aparecer normas restrictivas (Concilio Vaticano I). Se anula la autonoma de

    que gozaban los obispos para apoyar una fundacin.

    4. SIGLO XX Y CONCILIO VATICANO II

    4.1. Institutos Seculares: con la Constitucin apostlica de Po XII Prvida Mater

    Ecclesia (1947), que los reconoce dentro de la Iglesia.

    4.2. El Concilio Vaticano II (1962-65)

    Se produce un aggiornamento (puesta al da) en la Iglesia universal, fue un autntico

    acontecimiento eclesial. Tambin influy en la vida religiosa en todas sus

    manifestaciones, principalmente por medio de dos documentos:

    -el Decreto Perfect caritatis, sobre la renovacin de la vida religiosa,

    -la Constitucin dogmtica Lumem Gentium, sobre la Iglesia, que en su captulo VI se

    dedica a los religiosos: Los consejos evanglicos de castidad, pobreza y obediencia, como fundados en las palabras y ejemplos del Seor, y recomendados por

    los Apstoles y Padres, as como por los doctores y pastores de la Iglesia, son un

    DON DIVINO que la Iglesia recibi de su Seor y que con su gracia conserva

    siempre. -Posteriormente habr ms documentos, principalmente Ecclesiae Sanctae para la

    aplicacin de los documentos conciliares.

    4.3. Cdigo de Derecho Cannico-CIC, de 1983

    Todas las instituciones de la Iglesia, por tanto toda la vida consagrada, se rige, conforme a

    su carisma, por las leyes de la misma Iglesia y por tanto del Cdigo de Derecho Cannico.

    Tambin cada instituto tiene su propia normativa: Regla, Constitucin y/o Directorio/s.

    Inicialmente todas las formas de VC han sido animadas, iniciadas, fomentadas por el Espritu y su vida se gua por las vivencias fundacionales lo que vivi el fundador/a, pero despus es necesario recurrir a la ley, norma para regular ese espritu fundacional

    2. Normativa: Cdigo de Derecho Cannico-CIC

    El Cdigo de Derecho Cannico, en latn Codex Iuris Canonici ("CIC" en las citas

    bibliogrficas), es el conjunto ordenado de las normas jurdicas que regulan la organizacin

    de la Iglesia catlica de rito latino, la jerarqua de gobierno, los derechos y obligaciones de los

    fieles, los sacramentos y las sanciones que se establecen por la contravencin de esas normas.

    El Cdigo de 1917

    Benedicto XV (1854-1922) promulg el primer Cdigo de Derecho Cannico. Hasta

    1917, la Iglesia catlica estaba regida por un conjunto disperso y sin codificar de normas

    jurdicas tanto espirituales como temporales, conocido como Corpus Iuris Canonici. El

  • 9

    Concilio Vaticano I (1869-1870) hizo referencia a la necesidad de realizar una compilacin y

    tras doce aos de trabajos, sera Benedicto XV quien promulgase el Cdigo en 1917.

    A la vez, se continu con el trabajo de un cdigo de derecho cannico para las Iglesias de rito

    oriental, que nunca se lleg a terminar aunque s se promulgaron algunas partes.

    El Cdigo de 1983: el actualmente vigente

    Al mismo tiempo que el Papa Juan XXIII convoca el Concilio Vaticano II, anuncia la

    reforma del Cdigo, que se retrasara hasta la finalizacin del Concilio. Muerto Juan XXIII y

    acabado el Concilio, Pablo VI nombra la comisin reformadora en 1964.

    El cdigo mantuvo su naturaleza distinta para ambas iglesias, la latina y la oriental, tal

    como estaba el de 1917. Se hicieron consultas a todos los Obispos del mundo, a otros

    eclesisticos y todas las facultades de derecho cannico. En 1983, Juan Pablo II promulg el

    nuevo Cdigo.

    Paralelamente se comenz una nueva codificacin del derecho oriental, que termin en

    1991 con la promulgacin del Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium, o Cdigo de los

    cnones de las Iglesias orientales.

    Contenido del Cdigo

    El Cdigo de Derecho Cannico se ordena en 1752 cnones que cumplen funciones

    similares a los artculos en los textos legislativos civiles. Se divide en siete partes o Libros:

    Libro 1: De las normas generales cc. 1-203

    Libro 2: Del Pueblo de Dios cc. 204-746

    I. De los fieles cristianos cc. 204-329

    II. De la constitucin jerrquica de la Iglesia cc. 330-572

    III. De los Institutos de VC y de las SVA cc. 573-746

    Seccin I: Institutos de vida consagrada cc. 573-730

    Ttulo I: Normas comunes a todos IVC cc. 573-606

    Ttulo II: De los institutos religiosos cc. 607-709

    Ttulo III: De los institutos seculares cc. 710-730

    Seccin II: De las sociedades de vida apostlica cc. 731-746

    Libro 3: De la funcin de ensear de la Iglesia cc. 747-833

    Libro 4: De la funcin de santificar la Iglesia cc. 834-1253

    I. De los sacramentos cc. 840-1165

    II. De los dems actos del culto divino cc. 1166-1204

    III. De los lugares y tiempos sagrados cc. 1205-1253

    Libro 5: De los bienes temporales de la Iglesia cc. 1254-1340

    Libro 6: De las sanciones en la Iglesia cc. 1311-1399

    Libro 7: De los procesos cc. 1400-1752

    Hay, por tanto, una parte del Cdigo de Derecho Cannico que se refiere a la Vida

    Consagrada.

  • 10

    3. Normas comunes a todos los institutos de V.C. CIC 573 606

    573 1. La vida consagrada por la profesin de los consejos evanglicos es una forma estable

    de vivir en la cual los fieles, siguiendo ms de cerca a Cristo bajo la accin del Espritu Santo,

    se dedican totalmente a Dios como a su amor supremo, para que entregados por un nuevo y

    peculiar ttulo a su gloria, a la edificacin de la Iglesia y a la salvacin del mundo, consigan la

    perfeccin de la caridad en el servicio del Reino de Dios y, convertidos en signo preclaro en

    la Iglesia, preanuncien la gloria celestial.

    2. Adoptan con libertad esta forma de vida en institutos de vida consagrada cannicamente

    erigidos por la autoridad competente de la Iglesia aquellos fieles que, mediante votos u otros

    vnculos sagrados, segn las leyes propias de los institutos, profesan los consejos evanglicos

    de castidad, pobreza y obediencia, y, por la caridad a la que stos conducen, se unen de modo

    especial a la Iglesia y a su misterio.

    574 1. El estado de quienes profesan los consejos evanglicos en esos institutos pertenece a

    la vida y a la santidad de la Iglesia, y por ello todos en la Iglesia deben apoyarlo y

    promoverlo.

    2. Dios llama especialmente a algunos fieles a dicho estado, para que gocen de este don

    peculiar en la vida de la Iglesia y favorezcan su misin salvfica de acuerdo con el fin y el

    espritu del instituto.

    575. Los consejos evanglicos, fundados en la doctrina y ejemplo de Cristo Maestro, son un

    don divino que la Iglesia ha recibido del Seor y conserva siempre con Su gracia.

    576. Corresponde a la autoridad competente de la Iglesia interpretar los consejos evanglicos,

    regular con leyes su prctica y determinar mediante la aprobacin cannica las formas

    estables de vivirlos, as como tambin cuidar por su parte de que los institutos crezcan y

    florezcan segn el espritu de sus fundadores y las sanas tradiciones.

    577. En la Iglesia hay muchos institutos de vida consagrada, que han recibido dones diversos,

    segn la gracia propia de cada uno: pues siguen ms de cerca a Cristo ya cuando ora, ya

    cuando anuncia el Reino de Dios, ya cuando hace el bien a los hombres, ya cuando convive

    con ellos en el mundo, aunque cumpliendo siempre la voluntad del Padre.

    578. Todos han de observar con fidelidad la mente y propsitos de los fundadores,

    corroborados por la autoridad eclesistica competente, acerca de la naturaleza, fin, espritu y

    carcter de cada instituto, as como tambin sus sanas tradiciones, todo lo cual constituye el

    patrimonio del instituto.

    579. En su propio territorio, los Obispos diocesanos pueden erigir mediante decreto formal

    institutos de vida consagrada, siempre que se haya consultado previamente a la Sede

    Apostlica.

    580. La agregacin de un instituto de vida consagrada a otro se reserva a la autoridad

    competente del instituto que agrega, sin perjuicio de la autonoma del instituto agregado.

    581. Corresponde a la autoridad competente de un instituto, a tenor de las constituciones,

    dividirlo en circunscripciones, cualesquiera que sea el nombre de stas, erigir otras nuevas y

    unir las ya erigidas o delimitarlas de otro modo.

    582. Se reservan exclusivamente a la Sede Apostlica las fusiones y uniones de institutos de

    vida consagrada; y as mismo se le reservan las confederaciones y federaciones.

    583. En los institutos de vida consagrada, no pueden introducirse, sin licencia de la Sede

    Apostlica, modificaciones que afecten a lo aprobado por sta.

    584. Compete exclusivamente a la Sede Apostlica suprimir un instituto, y tambin se reserva

    a ella el decidir acerca de los bienes temporales del mismo.

    585. La supresin de partes de un instituto corresponde a la autoridad competente del mismo.

  • 11

    586 1. Se reconoce a cada uno de los institutos una justa autonoma de vida, sobre todo en el

    gobierno, de manera que dispongan de su propia disciplina dentro de la Iglesia, y puedan

    conservar ntegro el patrimonio propio de que trata el c. 578.

    2. Corresponde a los Ordinarios del lugar el conservar y defender esta autonoma.

    587 1. Para defender con mayor fidelidad la vocacin y la identidad de cada instituto, en el

    cdigo fundamental o constituciones de cada uno de ellos deben contenerse, adems de lo que

    se ordena observar en el c. 578, las normas fundamentales sobre el gobierno del instituto y la

    disciplina de sus miembros, la incorporacin y formacin de stos, as como el objeto propio

    de los vnculos sagrados.

    2. Ese cdigo es aprobado por la autoridad competente de la Iglesia, y slo con su

    consentimiento puede modificarse.

    3. En ese cdigo se han de armonizar convenientemente los elementos espirituales y

    jurdicos; pero no deben multiplicarse las normas sin necesidad.

    4. Las dems normas establecidas por la autoridad competente del instituto se recogern

    convenientemente en otros cdigos, normas que pueden revisarse y acomodarse cuando sea

    oportuno, segn las exigencias de los lugares y tiempos.

    588 1. El estado de vida consagrada, por su naturaleza, no es ni clerical ni laical.

    2. Se llama instituto clerical aquel que, atendiendo al fin o propsito querido por su

    fundador o por tradicin legtima, se halla bajo la direccin de clrigos, asume el ejercicio del

    orden sagrado y est reconocido como tal por la autoridad de la Iglesia.

    3. Se denomina instituto laical aquel que, reconocido como tal por la autoridad de la Iglesia,

    en virtud de su naturaleza, ndole y fin, tiene una funcin propia determinada por el fundador

    o por tradicin legtima que no incluye el ejercicio del orden sagrado.

    589. Un instituto de vida consagrada se llama de derecho pontificio cuando ha sido erigido

    por la Sede Apostlica o aprobado por sta mediante decreto formal; y de derecho diocesano,

    cuando, habiendo sido erigido por un Obispo diocesano, no ha recibido el decreto de

    aprobacin por parte de la Sede Apostlica.

    590 1. Los institutos de vida consagrada, precisamente por dedicarse de un modo especial al

    servicio de Dios y de toda la Iglesia, se hallan sometidos por una razn peculiar a la autoridad

    suprema de sta.

    2. Cada uno de sus miembros est obligado a obedecer al Sumo Pontfice, como a su

    Superior supremo, tambin en virtud del vnculo sagrado de obediencia.

    591. Para proveer mejor al bien de los institutos y a las necesidades del apostolado, el Sumo

    Pontfice, en virtud de su primado sobre toda la Iglesia y en atencin a la utilidad comn,

    puede eximir a los institutos de vida consagrada del rgimen de los Ordinarios del lugar, y

    someterlos exclusivamente a s mismo o a otra autoridad eclesistica.

    592 1. Para fomentar mejor la comunin de los institutos con la Sede Apostlica, todo

    Moderador supremo ha de enviar a sta del modo y en el tiempo determinados por ella un

    informe breve sobre la situacin y la vida del instituto.

    2. Los Moderadores de cada instituto promuevan el conocimiento de los documentos de la

    Santa Sede que afectan a los miembros que dependen de ellos, y velen por su observancia.

    593. Sin perjuicio de lo que prescribe el c. 586, los institutos de derecho pontificio dependen

    inmediata y exclusivamente de la potestad de la Sede Apostlica, en lo que se refiere al

    rgimen interno y a la disciplina.

    594. Un instituto de derecho diocesano, quedando en pie el c. 586, est bajo el cuidado

    especial del Obispo diocesano.

    595 1. Corresponde al Obispo de la sede principal aprobar las constituciones y confirmar las

    enmiendas que legtimamente se introduzcan en ellas, exceptuado aquello en lo que hubiera

    puesto sus manos la Sede Apostlica, as como tratar los asuntos ms importantes que se

    refieren a todo el instituto y estn por encima de la potestad de la autoridad interna,

  • 12

    consultando sin embargo a los dems Obispos diocesanos, si el instituto se hubiera extendido

    a distintas dicesis.

    2. En casos particulares, el Obispo diocesano puede dispensar de las constituciones.

    596 1. Los Superiores y captulos de los institutos tienen sobre los miembros la potestad

    determinada por el derecho universal y las constituciones.

    2. En los institutos religiosos clericales de derecho pontificio tienen adems potestad

    eclesistica de rgimen, tanto para el fuero externo como para el interno.

    3. A la potestad de la que se trata en el 1 se aplican las prescripciones de los cc. 131, 133

    y 137-144.

    597 1. Puede ser admitido en un instituto de vida consagrada todo catlico de recta

    intencin que tenga las cualidades exigidas por el derecho universal y por el propio, y est

    libre de impedimento.

    2. Nadie puede ser admitido sin la adecuada preparacin.

    598 1. Teniendo en cuenta su carcter y fines propios, cada instituto ha de determinar en

    sus constituciones el modo de observar los consejos evanglicos de castidad, pobreza y

    obediencia, de acuerdo con su modo de vida.

    2. Todos los miembros no slo deben observar fiel e ntegramente los consejos evanglicos,

    sino tambin ordenar su vida segn el derecho propio del instituto, y esforzarse as por

    alcanzar la perfeccin de su estado.

    599. El consejo evanglico de castidad asumido por el Reino de los cielos, que es signo del

    mundo futuro y fuente de una fecundidad ms abundante en un corazn no dividido, lleva

    consigo la obligacin de observar perfecta continencia en el celibato.

    600. El consejo evanglico de pobreza, a imitacin de Cristo, que, siendo rico, se hizo

    indigente por nosotros, adems de una vida pobre de hecho y de espritu, esforzadamente

    sobria y desprendida de las riquezas terrenas, lleva consigo la dependencia y limitacin en el

    uso y disposicin de los bienes, conforme a la norma del derecho propio de cada instituto.

    601. El consejo evanglico de obediencia, abrazado con espritu de fe y de amor en el

    seguimiento de Cristo obediente hasta la muerte, obliga a someter la propia voluntad a los

    Superiores legtimos, que hacen las veces de Dios, cuando mandan algo segn las

    constituciones propias.

    602. La vida fraterna, propia de cada instituto, por la que todos los miembros se unen en

    Cristo como en una familia peculiar, debe determinarse de manera que sea para todos, una

    ayuda mutua en el cumplimiento de la propia vocacin personal. Por la comunin fraterna,

    enraizada y fundamentada en la caridad, los miembros han de ser ejemplo de la reconciliacin

    universal en Cristo.

    603 1. Adems de los institutos de vida consagrada, la Iglesia reconoce la vida eremtica o

    anacortica, en la cual los fieles, con un apartamiento ms estricto del mundo, el silencio de la

    soledad, la oracin asidua y la penitencia, dedican su vida a la alabanza de Dios y salvacin

    del mundo.

    2. Un ermitao es reconocido por el derecho como entregado a Dios dentro de la vida

    consagrada, si profesa pblicamente los tres consejos evanglicos, corroborados mediante

    voto u otro vnculo sagrado, en manos del Obispo diocesano, y sigue su forma propia de vida

    bajo la direccin de ste.

    604 1. A estas formas de vida consagrada se asemeja el orden de las vrgenes, que,

    formulando el propsito santo de seguir ms de cerca a Cristo, son consagradas a Dios por el

    Obispo diocesano segn el rito litrgico aprobado, celebran desposorios msticos con

    Jesucristo, Hijo de Dios, y se entregan al servicio de la Iglesia.

    2. Las vrgenes pueden asociarse, para cumplir su propsito con mayor fidelidad y para

    realizar mediante la ayuda mutua el servicio a la Iglesia congruente con su propio estado.

    605. La aprobacin de nuevas formas de vida consagrada se reserva exclusivamente a la Sede

    Apostlica. Sin embargo, los Obispos diocesanos han de procurar discernir los nuevos dones

  • 13

    de vida consagrada, otorgados a la Iglesia por el Espritu Santo y ayudar a quienes los

    promueven para que formulen sus propsitos de la mejor manera posible y los tutelen

    mediante estatutos convenientes, aplicando sobre todo las normas generales contenidas en

    esta parte.

    606. Lo que se establece sobre los institutos de vida consagrada y sobre sus miembros vale

    con igual derecho para ambos sexos, a no ser que conste otra cosa por el contexto o por la

    naturaleza misma de la materia.

    Estas son las normas comunes de todos los IVC pero hay otra legislacin para las diversas formas de vida consagrada:

    III. De los Institutos de VC y de las SVA cc. 573-746

    Seccin I: Institutos de vida consagrada cc. 573-730

    Ttulo I: Normas comunes a todos IVC cc. 573-606

    Ttulo II: De los institutos religiosos cc. 607-709

    Ttulo III: De los institutos seculares cc. 710-730

    Seccin II: De las sociedades de vida apostlica cc. 731-746

  • 14

    Captulo 2

    LA R E G L A

    Artculo escrito por Jos L. C. Monge. Est tomado del DICCIONARIO

    TEOLGICO DE LA VIDA CONSAGRADA, dirigido por ngel Aparicio

    Rodrguez CMF y Joan Canals Casas CMF, Publicaciones Claretianas,

    Madrid, 1989, pp. 1538-1551.

    En el original de este artculo, pg. 1548-1550, se encuentra una referencia de

    notas, y abundante bibliografa suprimidas en esta transcripcin.

    ESQUEMA

    1. NOCIONES

    1.1. Definicin

    1.2. Origen

    1.3. Evolucin semntica

    2. BOSQUEJO HISTRICO

    2.1. La Biblia, regla del religioso

    2.2. Siglos IV al VII, floracin de las Reglas

    2.2.1. Siglo IV: Reglas madres: de Pacomio, de Basilio, de Agustn

    a. La Vita Antonii paradigma de vida religiosa

    b. Pacomio y su obra

    c. San Basilio el Grande

    d. Evagrio Pntico

    e. Juan Casiano

    f. San Agustn

    2.2.2. Reglas del siglo V

    a. Regla de los 4 padres: Serapin, Macario, Pafnucio, Macario

    b. Segunda regla de los padres

    c. Regla de Macario

    2.2.3. Reglas del siglo VI

    a. Regla del Maestro

    b. Regla de Cesareo

    c. Regla de Euggipio

    d. Regla de San Benito

    e. Regla de Aureliano

    f. Tercera regla de los padres

    g. Regla de Tarnant

    h. Regla Oriental

    i. Regla de Ferreol

    j. Regla de Pablo y Esteban

    2.2.4. Reglas del siglo VII (florecen en la pennsula Ibrica)

    a. Regla de San Leandro

    b. Regla de San Isidoro

    c. Regla de Columbano

    d. Regla de San Fructuoso

    e. Regla comn o de los abades

    f. Regla de Donato

  • 15

    g. Regla de cierto padre

    h. Regla de Waldberto a las vrgenes

    i. Regla Consensoria

    2. 3. Siglo VIII: la obra de los carolingios. San Benito de Aniano

    2. 4. Rectitud de la regla: a partir del s. XII aparecen interpretaciones de la misma regla

    2.5. 1215: ao bisagra: el Concilio IV de Letrn pone fin a la creatividad de reglas

    3. INTERPRETACIN DE LA REGLA HOY

    3.1. Culto a la regla

    3.2. Lectura arqueolgica

    3.3. Otros modos de relectura

    ______________________________________________

    1. Nociones

    1.1. Definicin

    Regla, en latn regula, derivado de regere, en sentido real es cualquier

    instrumento de materia rgida, que sirve principalmente para trazar lneas rectas. En sentido

    figurado se puede definir como pauta, norma de actuacin. As hablamos de reglas de juego,

    de oficio, etc.

    En nuestro caso, regla indica aquellos escritos destinados a ser norma de vida de un

    grupo o grupos de religiosos.

    La regla, as entendida, constituye un gnero literario particular distinto de las

    constituciones, con partes doctrinales y normativas.

    De suyo la regla intentar plasmar el carisma que su autor vivi, testimoni y

    quiso legar a sus discpulos. Es un modo concreto del seguimiento de Cristo por la

    caridad perfecta, fin ltimo de toda regla en particular y de la vida religiosa en general.

    Entendida de este modo, tendran cabida en el concepto de regla muchos textos descriptivos o

    directorios que, sin llevar el titulo de regla, ejercieron un influjo similar. No todos lo

    entienden as, por ejemplo, Adalbert de Vog excluye este tipo de textos del concepto de

    regla, lo mismo que otros opsculos de carcter exhortativo, parentico o didctico que no

    dicten normas precisas.

    Nota: ADALBERT DE VOG, OSB, nacido en 1924 en Francia, se convirti en monje benedictino en Pierre-que-Vire en 1944. Es doctor en teologa (Pars 1959) y

    especialista en Patrstica y ense sobre los Padres de la Iglesia y los antiguos monjes, en

    su monasterio y en el centro benedictino de San Anselmo de Roma, Anselmiano. Se ha

    dedicado a escribir una "suma histrica" sobre la vida monstica, basndose en los

    escritos y las crnicas de la Iglesia primitiva, los Padres de la Iglesia, y los primeros

    fundadores de la Edad Media.

    Ha publicado doce volmenes sobre la vida monstica latina (de occidente), y est

    trabajando en la serie sobre la vida monstica griega (oriental). Tambin ha publicado

    comentarios a la Regla de San Benito y sobre los escritos de los primeros fundadores

    monsticos

    1.2. Origen

    El carisma de ciertos personajes egregios se vive antes de escribirse. Este carisma

    ejerca un influjo de atraccin en otros muchos que desearon vivir el mismo rgimen de vida

    carismtica.

  • 16

    Al constituirse comunidad de vida, se cristaliza el carisma en una regla a la que con el

    tiempo se le han de aadir paralelamente normas de interaccin y convivencia comunitaria.

    La regla se convierte en punto obligado de referencia para las generaciones siguientes.

    A lo largo de la historia de las rdenes religiosas, la regla ser la carta magna y lugar

    comn de primer orden en sus reformas o adaptaciones a los diversos lugares y tiempos.

    1.3. Evolucin semntica

    No siempre que encontramos la palabra regla en un contexto de vida religiosa

    significa una regla escrita tal como hoy lo entendemos. Siguiendo a Adalbert de Vog,

    podemos distinguir tres sentidos principales:

    a) La regla, o vivir bajo la regla de X, puede referirse a la autoridad del fundador, a

    vivir de acuerdo a su tenor de vida. Es el superior como norma viviente de vida.

    Fulgencio de Rspide utiliza la expresin sub regula en este sentido y los ejemplos se

    pueden multiplicar.

    b) La regla puede referirse, en segundo lugar, a la norma comn de los cenobios o

    disciplina. Equivale a ideal de vida.

    c) Finalmente, se puede referir a la regla escrita como una fijacin particular de la

    tradicin. Claramente aparece en este sentido en la regla del Maestro, la de San Benito

    y reglas contemporneas de las Galias.

    La regla del Maestro y la benedictina definen al cenobita como el que vive bajo una

    regla y un abad. Regla es algo distinto del abad, apareciendo en primer lugar porque el

    mismo abad est sometido a la regla debiendo descubrir y encarnar en su vida el carisma

    original de la misma. As, en el siglo VI aparece la vida monstica como misterio de

    obediencia para todos. El abad debe obedecer al Espritu, de algn modo a los hermanos a

    quienes debe escuchar. Los hermanos al abad y unos a otros. Todos deben obedecer la regla

    como mediadora del Espritu.

    En adelante a cualquier texto monstico normativo se le designa con el nombre de

    regla.

    2. Bosquejo histrico Reglas de vida consagrada

    2.1. La Biblia, regla del religioso

    El religioso no es sino un cristiano que tiende a la caridad perfecta siguiendo de cerca

    a Jess. Como para cualquier cristiano, la palabra de Dios ser su primera norma de vida;

    hacemos nuestras las palabras de J. Leclercq: Los profetas inauguraron la vida perfecta a

    imitacin de los ngeles; los apstoles terminaron de realizar este ideal; sus ejemplos son el

    modelo y sus escritos la norma de toda vida religiosa; cualquier regla monstica solamente

    tiende a llevar a la prctica, segn una observancia determinada, este "cdigo apostlico".

    Esta es una verdad fundamental. La vida religiosa comenz cuando Jess dijo a ciertos

    hombres seguidme y dejndolo todo siguieron a Jess. Desde entonces son muchos los que

    siguen escuchando su llamada cuando se ponen en contacto con su Palabra, escuchndola,

    interiorizndola y viviendo lo interiorizado.

    San Atanasio nos da un ejemplo preclaro en la figura de San Antonio. Su vocacin

    surge al tomar en serio la palabra de Dios proclamada en la liturgia. Cuando Antonio, ya

    maduro, instruye a los discpulos vidos de recoger su herencia espiritual, simplemente les

    dice: Las Santas Escrituras bastan para nuestra instruccin.

    A lo largo de los siglos fue preciso organizar la vida religiosa, pero no se pierde de

    vista el carcter bblico de sus orgenes. La obra doctrinal de Pacomio, Basilio, Agustn y

    tantos otros, no son sino un empedrado de citas bblicas y una invitacin a escuchar la voz de

    Dios en las pginas del texto sagrado.

  • 17

    A los monjes indoctos se les obligaba a aprender de memoria por la meditatio el NT y

    el salterio. Entre los pacomianos era condicin para ser admitidos en comunidad. San Benito,

    en el eplogo de su regla indica: Qu pgina o sentencia de autoridad divina del AT o NT

    no es rectsima norma de vida humana?.

    Es ya clsica la cita del prlogo de la regla que San Esteban de Muret redact para los

    de Grandmont: ...La regla de San Basilio, regla de San Agustn, regla de San Benito no son

    la fuente de la vida religiosa: son simples canales; no son la raz, sino simples ramas. Porque

    para la fe y la salvacin no existe mas que una sola y principal regla de las reglas de la que

    se derivan otras...: el santo evangelio...; si se os pregunta de que profesin sois, o de qu

    regla, contestad que sois de la regla primera y principal de la religin cristiana, es decir, del

    evangelio, fuente y principio de todas las reglas.

    No es extrao que el Vaticano II haya recogido idea tan hermosa como principio

    general de renovacin: la norma ltima de vida religiosa es el seguimiento de Cristo tal como

    se propone en el evangelio, esa ha de ser para todos la regla suprema. El nuevo Cdigo de

    Derecho Cannico lo repite casi a la letra.

    2.2. Siglos IV al VII, floracin de las reglas

    2.2.1. Al final del siglo IV aparecen las reglas madres, es decir, reglas sin influencia

    mutua, pero que de modo directo o indirecto influyeron en las siguientes generaciones de

    reglas. Tales son las de Pacomio, Basilio y Agustn. Pero en este siglo debemos mencionar la

    Vita Antonii, a Evagrio y entre los siglos IV y V la obra de Juan Casiano.

    a) La Vita Antonii (ca. 357) paradigma de vida religiosa.

    Es el documento ms importante del monacato primitivo. San Atanasio al redactar con

    admiracin la vida de San Antonio, hace mucho ms que una biografa ejemplar. Nos

    describe al monje ideal y, de algn modo, el ideal de toda vida consagrada como

    proceso de ascensin fiel hacia la caridad perfecta. No debe extraarnos que San

    Gregorio Nacianceno la denominara regla de vida monstica en forma narrativa.

    b) Pacomio y su obra (+ 346)

    Mientras en el norte de Egipto florece el anacoretismo (soledad), Pacomio, militar

    convertido a 1os veinte aos, dar luz en el sur a sus cenobios. A l se debe la primera

    regla conocida con normas para una vida comunitaria y fraterna. Paladio recoge la

    leyenda de que fue un ngel quien se la entreg escrita en planchas de bronce. Fue

    traducida al latn por San Jernimo en el ao 404, dividindola en: preceptos;

    preceptos e instituciones; preceptos y estatutos; preceptos y leyes. Si el estilo es el

    hombre, en la regla pacomiana se manifiesta el militar por su organizacin y fortaleza

    y al cristiano por su mansedumbre.

    El mrito permanente de su regla no est precisamente en las disposiciones, sino en

    haber colocado el cimiento econmico por el trabajo y, ante todo, el espiritual de una

    verdadera koinonia (comunin) cristiana. Prueba de su xito es que a la muerte de

    Pacomio la congregacin cuenta ya con nueve monasterios masculinos y dos

    femeninos.

    c) San Basilio el Grande (ca. 330-379)

    Considerado padre del monacato oriental. Tras su bautismo viaja por Egipto, Palestina,

    Siria y Mesopotamia retirndose a continuacin a la soledad. Pronto se le juntan

    compaeros deseando compartir su vida. Aunque Eusebio le sacar de su amada

    soledad para ponerlo al servicio de la dicesis, su corazn qued con sus monjes a los

    que siempre llamar hermanos.

    De hecho no escribi reglas propiamente tales si exceptuamos los Moralia, coleccin

    de ocho reglas dedicadas a los cristianos en general. Las que conocemos como reglas

    monsticas no son sino recopilacin de las respuestas de Basilio a preguntas concretas

    de los monjes. Tal como las tenemos hoy da comprenden dos partes: reglas

  • 18

    detalladas o sntesis de 55 conferencias sobre principios de vida monstica y reglas

    breves con 313 captulos como aplicaciones prcticas de los principios.

    La influencia en el cenobitismo posterior fue inmensa no slo en oriente, sino en

    occidente. San Benito lo cita con admiracin llamando a los Horoi la regla de

    nuestro padre San Basilio, proponindola como ejemplo y fuente de doctrina.

    d) Evagrio Pntico (+ 399)

    Admirador de Orgenes y primer gran sistematizador de lo que hoy podramos llamar

    asctica y mstica. Los monjes estudiaron sus escritos como clsicos y algunos de

    stos han influido ms en la vida religiosa posterior que en las reglas propiamente

    tales.

    Con finura psicolgica analiza los recovecos donde anidan los ocho vicios capitales,

    en su antirrhetikos, y la palabra de Dios adecuada para vencerlos. Con razn se ha

    denominado manual para el monje incipiente. Compuso, adems, el Monachikos,

    con una parte de ejercicios prcticos, dedicada al monje que se adentra en la vida

    espiritual o praktikos y otra para el proficiente (el que empieza) o gnostikos. Debemos

    mencionar tambin el espejo de monjes y monjas.

    Sus obras influyeron grandemente en Casiano y por ste en el mundo monstico

    occidental. Hoy, prescindiendo de su resabio origenista, es un autor favorito de los

    monjes.

    e) Juan Casiano (+ ca. 432)

    Casiano representa el puente entre Oriente y Occidente. Monje en Beln, luego en

    Egipto y fundador del monasterio de San Vctor en Marsella (415). Sistematiza y

    difunde de modo original y asequible la doctrina de Evagrio.

    Sus obras fundamentales Institutiones y Collationes son fuentes de reglas posteriores.

    Benito de Aniano en su Codex regularum copia una regula Cassiani. Pero en realidad

    no es sino un resumen de los cuatro primeros captulos de las Institutiones, que se

    reuni como regla en el siglo VII.

    Por su perspicacia, sistematizacin y claridad, Casiano sigue siendo uno de los autores

    ms ledos y estudiados con cario.

    Nota: Santo Domingo tena como libro de cabecera las Collationes de Casiano y

    por lo tanto influira en su vida y espiritualidad. As lo citan sus primeros

    bigrafos: Beato Jordn de Sajonia, Constantino de Orvieto, Gerardo de Frachet.

    (ver en Santo Domingo de Guzmn, Escritos de sus contemporneos, Vito-

    Toms Gmez OP, Edibesa, Madrid, 2011).

    f) San Agustn (354-430)

    Imposible condensar en unas lneas la obra del gigante San Agustn, aun limitndonos

    al tema que nos ocupa. Una vez recibido el bautismo y tras la muerte de su madre

    Santa Mnica, Agustn se retira a Tagaste (norte de frica). En 391 viaja a Hipona

    (norte de frica) donde vive con unos compaeros vida monstica. Segn su bigrafo

    Posidio fund un monasterio y empez a vivir segn la manera y regla establecida

    por los apstoles. As hasta su consagracin episcopal en 396.

    A su pluma debemos la ms antigua regla monstica de Occidente: Regula ad servos

    Dei, conocida como Praeceptum. Escrita con la finalidad de que los monjes vivan en

    unidad de mente y corazn como la primera comunidad cristiana. El monasterio es

    para Agustn una ecclesiola donde no se busca la santificacin individual, sino el

    aprender a ser miembros afectivos y efectivos de Cristo, por amistad y fraternidad.

    Directa o indirectamente la regla de San Agustn ha influido notable y prcticamente

    en la totalidad de las reglas posteriores.

  • 19

    2.2.2. Reglas del siglo V

    a) Primera regla de los padres: aparece en este siglo una familia de reglas que

    arrancan de la llamada Regla de los cuatro padres o de Serapin, Macario,

    Pafnucio y (otro) Macario. Se discute si se trata de un nico autor romano o ms

    bien de cuatro responsables de Lerins. Escrita hacia 400-410 influy en las grandes

    reglas italianas como la del Maestro y la de San Benito.

    b) La segunda regla de los padres depende de la anterior. Obra recopilada

    probablemente por el dicono Virgilio, hacia el 430.

    c) La regla de Macario

    ltima regla importante del siglo V. Se compone de treinta breves prrafos, de estilo

    directo que recuerdan los apotegmas (sentencia o dicho breve): A nadie aprecies

    como parientes ms cercanos que los que viven contigo en el monasterio.

    2.2.3. Reglas del siglo VI

    El siglo VI es el siglo de oro: el nmero de reglas y la importancia que tendrn algunas.

    a) Regla del Maestro: Extensa obra annima de 95 captulos. Se denomina del

    Maestro por comenzar casi todos los captulos con una pregunta a la que sigue la

    frmula estereotipada: Responde el Seor por el Maestro. Escrita en los albores del

    siglo VI no lejos de Roma, es la fuente principal de la regla benedictina.

    Si la regla de San Agustn insiste en las relaciones de los miembros entre s, la regla

    del Maestro subraya el aspecto vertical. El monasterio es una schola donde se

    aprende a seguir a Cristo y a vivir bajo su influjo salvfico.

    b) Regla de Cesreo

    Siendo obispo de Arls escribi dos reglas: la primera para las vrgenes compuesta

    entre 512 y 534 y la segunda para los monjes. Est patente el influjo de San Agustn.

    c) Regla de Euggipio

    Compuesta hacia el 530 por Euggipio, abad de San Severino de Npoles. Copia a San

    Agustn al que aade sincrticamente retazos de otros autores. Resalta la vida comn

    con perjuicio del eremitismo a quien condena.

    d) Regla de San Benito

    Escrita entre el 530 y 560. La fuente primaria de su inspiracin doctrinal es la regla

    del Maestro, aunque las circunstancias histricas haban variado. Adems, por todo

    aquello que cambia, omite y aade se puede estudiar y captar la intencin del autor.

    Como el Maestro, insiste en un esquema vertical: Dios - Abad - Monje, pero lo

    completa con la verdadera perla psicolgica del capitulo 72: vida centrada en Cristo y

    en la humildad de una verdadera caridad fraterna manifestada en la tolerancia, el

    servicio, la obediencia mutua y el amor respetuoso.

    La regla benedictina es una sntesis muy equilibrada del cenobitismo latino. Por su

    mezcla de ternura y disciplina, por su flexibilidad entre autoridad y creatividad

    personal, no nos parece inexacto el elogio de San Gregorio Magno cuando indica:

    ...Escribi una regla para monjes, notable por su discrecin y clara en su lenguaje.

    San Benito mismo llama a la discrecin madre de las virtudes.

    e) Regla de Aureliano

    Como Cesreo, Aureliano fue obispo de Arls de 546-551. Inspirndose en su

    antecesor escribe tambin dos reglas para monasterios de su fundacin: La regula

    monachorum y la regula virginum resumen de la anterior.

    f) Tercera regla de los padres

    Elaborada en 535, inspirndose directamente en la regla de Macario y en decisiones de

    los concilios de Adge, Orleans y Tours.

    g) Regla de Tarnant

  • 20

    De autor y lugar desconocido, aparece esta regla singular en la segunda mitad del siglo

    VI. Rene elementos de las principales corrientes monsticas que se remontan a

    Pacomio, Basilio y Agustn con una articulacin homognea y original.

    h) Regla Oriental

    Regla annima extrada en su mayor parte de la regla pacomiana con fragmentos de la

    segunda regla de los padres. Algunos la hacen coetnea de la regla de Macario.

    i) Regla de Ferreol

    Fcrreol, obispo de Uzs, escribe la regla entre 553 y 573 para su fundacin del

    monasterio de Ferreolac. Deudora de las anteriores, sobre todo de las de la familia

    cesareana, sus 39 captulos tienen la impronta del autor por la originalidad de

    redaccin y estilo marcadamente parentico (exhortacin o amonestacin).

    j) Regla de Pablo y Esteban

    Probablemente escrita en la segunda mitad del siglo VI en Italia. Ms que regla se trata

    de una exhortacin impregnada de las enseanzas de Basilio y Agustn con la finalidad

    de enfervorizar a los monjes.

    2.2.4. Reglas del siglo VII

    En este siglo florecen las reglas en la pennsula Ibrica con dos focos principales y

    diferenciados: Btica y Lusitania-Bierzo. En el resto de Europa aparece la influencia del

    monacato irlands por la obra, sobre todo, de San Columbano.

    a) Regla de San Leandro (536-601)

    (hermano de San Isidoro y San Fulgencio, obispos)

    Directorio para su hermana Santa Florentina, abadesa en cija-Sevilla, a quien lega

    esta preciosa herencia antes de ser desterrado de su dicesis sevillana.

    b) Regla de San Isidoro (556-636)

    Hermano menor de Leandro y, como l, arzobispo de Sevilla. Escribe la regla hacia el

    615 para los monjes de la Btica. Muestra su gran erudicin en el conocimiento de las

    grandes tradiciones monsticas de Pacomio, Basilio y, sobre todo, de Agustn.

    c) Reglas de Columbano

    Con Columbano pasan las tradiciones monsticas irlandesas al continente. Fundador

    de los monasterios de Luxeuil y Bobbio, redacta a principios del siglo VII sus reglas:

    la Regula monachorum y la Regula coenobialis. Probablemente se trata de dos partes

    de un mismo cuerpo legislativo con su parte doctrinal en la primera regla y su aspecto

    marcadamente disciplinar en la segunda. En cuanto a la disciplina son de notar los

    castigos diversos segn la culpa, con frecuencia de azotes.

    Leyendo las reglas de San Columbano se tiene la impresin de que la vida de sus

    monjes es ms de contrato que de alianza amorosa, ms casustica que evanglica.

    d) Regla de San Fructuoso

    Fructuoso, en los albores de su vida como monje en el monasterio de Compludo (cerca

    de Ponferrada, Len), escribe la regla que lleva su nombre hacia el ao 640. Los 23

    captulos que componen la obra vienen a ser una instruccin a monjes recin

    convertidos del arrianismo.

    Curiosamente, y quiz por las circunstancias histricas espaolas, influy ms en el

    monacato de la pennsula Ibrica que la regla de San Isidoro.

    e) Regla comn o de los abades

    En el ambiente en que se practicaba la regla de San Fructuoso aparece la llamada regla

    comn, que la posteridad atribuy al mismo Fructuoso. En realidad la obra se debe a

    varios autores y fue concluida despus del 656. Como apndice de la regla aparece una

    especie de compromiso o profesin conocido como el pacto de San Fructuoso. Es

  • 21

    sumamente interesante por los textos evanglicos que cita como mviles profundos de

    la vida monstica.

    f) Regla de Donato

    Se trata de la regla del obispo de Bessanon, Donato (626-658), para las religiosas de

    Jussanmoutier, fundado por su madre Flavia. Donato dirigi otra regla a Gauthstrude,

    sucesora de su madre. El contenido es un mosaico compuesto de las reglas

    benedictinas, de Cesreo a las Vrgenes y de Columbano, por consiguiente no es

    extrao encontrar incoherencias o duplicados.

    g) Regla de cierto padre

    Regla annima dependiendo sobre todo de la regla de Columbano. Probablemente

    originaria de las Galias y nacida en un ambiente un tanto rigorista.

    h) Regla de Waldberto a las vrgenes

    Waldberto, siendo monje en Luxeuil, remite su regla a las monjas de Faremoutiers

    hacia el 630. Predomina la dependencia de la regla benedictina con influjos de la regla

    de Columbano.

    i) Regla Consensoria

    Mencionamos, finalmente, esta breve regla atribuida por muchos a San Agustn,

    aunque, segn la mayora de autores, es de origen espaol, de la segunda mitad del

    siglo VII.

    Conclusin

    Simplificando mucho, podramos resumir diciendo que, de algn modo, con el tiempo

    se nota cierto corrimiento de lo doctrinal hacia el predominio de lo disciplinar: oficios

    detallados, horarios, castigos por infracciones...

    En las reglas de influencia agustiniana predomina la relacin horizontal: la fraternidad,

    el monasterio como cuerpo de Cristo donde los miembros tienen una funcin como partes de

    un todo.

    En las reglas con mayor influencia pacomiana, predomina la relacin vertical: la

    taciturnidad (soledad), el itinerario hacia la perfeccin individual del monje, aunque sin dejar

    de lado la fraternidad y lo comunitario.

    Al final presentamos un grfico sencillo para encuadrar cada regla en sus coordenadas

    histricas.

    2.3. Siglo VIII: la obra de los carolingios. San Benito de Aniano

    Carlomagno pretendi instaurar la unidad de sus reinos estableciendo una civilizacin

    cristiana. A menor escala quiso unificar la vida monstica. A la sazn, en los monasterios

    cada uno tena su regla o, con frecuencia, una regla mixta con una normativa principal y

    mltiples disposiciones secundarias. Nada mejor, con vistas a la unidad, que imponer una

    legislacin homognea. Pero no ser Carlomagno, sino su sucesor Ludovico Po, quien llev a

    la prctica estos planes y en el terreno religioso se sirvi para ello de una figura singular:

    Benito de Aniano.

    Benito de Aniano ingres el 774 en Saint-Seine. Se interes en el estudio de los

    diversos modos de vivir la vida monstica en Oriente y Occidente. El ao 782 abandona el

    monasterio de su profesin y funda en Aniano un sencillo monasterio, deseando que se

    observase la regla benedictina. Ludovico Po le encarga visitar y reformar los monasterios de

    su territorio, ratificndolo en Aquisgrn los aos 816 y 817.

    Benito, con miras a la reforma, compone sus dos obras principales:

    -Codex regularum, es una compilacin de diversas reglas monsticas

    -Concordia regularum, comentario a la regla benedictina con paralelos

    temticos de diversas reglas.

  • 22

    De hecho, el capitulare monasticum que dejaba en los monasterios como carta magna

    de reforma, era la regla benedictina con ciertas adaptaciones suplementarias y, en algunos

    casos, opuestas a la regla.

    Benito de Aniano muri el 11 de febrero del 881. La reforma sigui con sus altibajos

    tras su muerte, pero es a partir de Benito de Aniano cuando la regla benedictina comienza a

    imponerse y a conocerse en todo el mundo monstico.

    Lo que conviene resaltar es que a partir de esta poca el ordo monasticus

    comienza a identificarse con benedictismo y el ordo canonicus con agustinismo.

    Al lado de la regla, ya intocable, comienzan a desarrollarse con las necesidades vitales

    los usos, costumbres, estatutos, etc., en definitiva, el embrin de lo que sern las futuras

    constituciones.

    2.4. La rectitud de la regla

    Los cistercienses en el siglo XII quisieron volver a la prctica de la regla benedictina

    sin glosas, aunque completndola con datos procedentes de la vida de San Benito. En realidad

    se trataba de una utopa, ya que pronto debieron coleccionar usos y costumbres que la vida

    impone ms all de la regla.

    No entra en nuestro estudio el detallar polmicas entre cistercienses y benedictinos,

    como posteriormente suceder entre franciscanos u otras rdenes religiosas. Solamente,

    debemos indicar el fenmeno: a partir del siglo XII aparecen de modo patente las diversas

    interpretaciones de una misma regla. Tal vez no siempre se tuvo en cuenta el principio

    hermenutico de Pedro el Venerable: rectitudo regulae, caritas est. Como aspecto positivo,

    las controversias ponen de relieve el desarrollo de la vida religiosa y el llevar a todos a revisar

    posiciones, ocasionando una gran ventaja para el espritu religioso.

    2.5. Un ao bisagra, 1215

    Con el Concilio de Letrn IV, prcticamente se pone fin a la creatividad en cuanto a

    reglas se refiere. En el canon o constitucin XIII se indica que los que deseen fundar una

    nueva casa religiosa tomen una de las reglas de las religiones aprobadas. Tal decisin se toma

    para evitar la confusin en la iglesia ante la proliferacin de nuevas rdenes religiosas, pero

    la praxis fue diversa. Se aprobaron todava diversas reglas. La ltima conocida como tal es

    la de San Francisco de Paula a los mnimos, escrita en 1493. La novedad est en ser precisa la

    aprobacin oficial por Roma.

    3. Interpretacin de la Regla hoy

    Considerado a lo largo de los siglos el texto de la regla cuasi sagrado y carta

    fundamental e intocable de la vida religiosa, cmo debemos interpretar la regla hoy en

    tiempo de renovacin y cambio acelerado? qu valor teolgico-espiritual tiene, para nosotros

    hoy, este texto lejano y difcil? Ciertamente que en el fondo se trata de un problema

    hermenutico. Resumimos ciertas actitudes:

    3.1. Culto a la regla

    Esta actitud presupone de algn modo el principio de que lo sagrado est fuera de la

    crtica. La regla es la santa regla y, por consiguiente, se puede hablar de culto de la regla

    como programa de vida e ideal de santidad para el religioso. No podemos menos de citar el

    libro del P. L. Colin, lectura obligada en los noviciados preconciliares. El autor define el culto

    de la regla como la perfecta observancia de la misma provocada, sostenida y vivificada por

    la fe, la confianza y el amor a la regla.

  • 23

    3.2. Lectura arqueolgica

    Estudia las diversas reglas o una regla concreta investigando sus fuentes:

    estableciendo la genealoga de la obra; fijando la cronologa relativa; esclareciendo cada texto

    por su fuente. Distingue paralelos y fuentes, su autor, redactor o compilador. Estudia los

    diversos manuscritos del texto, sus variantes, etc., para pasar luego a la interpretacin.

    Los resultados de este arduo trabajo son muy provechosos y enriquecedores. El peligro

    est en hacerse esclavo del mtodo o cerrarse a otro tipo de relecturas. Se puede reducir as la

    regla a un mero espejo de la tradicin; en el mejor de los casos, se tratara de una tradicin

    viva: enriquecida por la tradicin precedente a la regla y enriquecedora para los que la viven

    hasta el da de hoy.

    3.3. Otros modos de relectura

    Suponiendo y valorando positivamente lo conseguido por los estudios filolgicos y

    arqueolgicos se puede proseguir estudiando la regla metindose de lleno en el sistema de

    vigencia sociocultural de la misma. Las intenciones del autor con sus motivaciones y

    valoraciones. Lo que quiso y pudo hacer el autor es interesante, pero tampoco se debe

    descuidar el texto: lo que dice, quin lo dice y cmo lo dice en sus articulaciones y estructura,

    a nivel de contenido y de forma. Cualquier regla religiosa es un texto polismico (muchos

    sentidos) y ser enriquecedor sin limitarse a una relectura que prescinda de otras.

    Aadamos que el autor de una regla es un creyente carismtico y, por consiguiente, se

    deben tener presentes los procesos de pensamiento y la vivencia evanglica cristalizada en la

    regla. Se trata de no quedarse en el carisma del autor, sino remontarse al autor del carisma: el

    Espritu, que es el que, en definitiva, llama al seguimiento de Jess de una forma determinada.

    Si el cristianismo no es una religin del libro, sino que por el libro inspirado se debe llegar

    al encuentro y adhesin personal con un Dios que nos llama y se nos ha hecho cercansimo

    en Jess, el religioso no es el hombre del libro de la regla, sino que por la regla debe llegar

    al encuentro con Dios, con Jess y hacerse l mismo buena noticia para los hombres y

    mujeres de hoy.

    RESUMIENDO: nuestra actitud ante la regla hoy incluye dos movimientos, una especie de

    flujo y reflujo. El primer movimiento lo llamara centrfugo: de nosotros a la regla, de la regla

    al carisma del fundador y por el carisma reencarnado en nuestras vidas al seguimiento fiel de

    Jess de Nazaret. El segundo movimiento sera a la inversa: sintindome llamado a seguir a

    Jess, encuentro un modo adecuado de seguirle hoy en el carisma plasmado en una regla.

    Ambos movimientos son necesarios e incluyen la dialctica de anlisis-sntesis, fidelidad y

    creatividad, crecimiento en el Espritu, autor de los carismas, testimonio gozoso de Jess que

    vive hoy en nosotros.

    Reglas madres

    400

    450

    500

    550

    600

    650

    700

    Vita

    Antonii

    PACOMIO

    BASILIO

    Horoi

    Casiano

    Cuatro

    Padres

    Seg. Padres

    Macario

    BENITO

    Maestro

    Eugippio

    Oriental

    Terc. Padres

    Pablo y

    Esteban

    Tarnant

    De cierto

    Padre

    Donato

    Columbano

    Waldberto

    Fructuoso

    Columbano

    a Vrgenes

    Comn

  • 24

    AGUSTN

    Ordo

    Monasterii

    c.395

    Praeceptum

    c.397-400

    Cesreo-...

    ...-Vrgenes

    ...-Monjes

    Aureliano

    Ferreol

    Monjes

    Vrgenes

    Leandro

    Isidoro

    Captulo 3

    LA REGLA DE SAN AGUSTN

    Con frecuencia se ha dicho que la eleccin de la Regla de San Agustn por Santo

    Domingo y sus primeros frailes fue algo accidental y consecuencia obligada de la situacin

    provocada por el IV Concilio de Letrn y su canon XIII.

    Sin embargo, al leer los textos del comienzo de la Orden dominicana nos encontramos

    con la coincidencia y unanimidad en la eleccin de la Regla de San Agustn, que no

    manifiesta sino que era conocida, querida y aceptada por los primeros compaeros de

    Domingo. La conocan por el mismo Santo Domingo ya que como cannigo regular del

    cabildo de la Catedral de Osma la viva desde haca aos (1196-1215).

    Inmediatamente, como atestigua Jordn de Sajonia, los que haban de ser Frailes Predicadores, profesaron segn la regla del preclaro predicador San Agustn, y se

    impusieron alguna observancia ms estricta en alimentos, ayunos, descanso y hbitos

    de lana.

    Humberto de Romans mostr ms tarde que San Agustn haba escrito la Regla

    conforme a la vida de los Apstoles (ver en pginas siguientes de estos apuntes).

    Teniendo en cuenta que Domingo, como cannigo, ya haca casi veinte aos que

    haba profesado la Regla de San Agustn, comprendi que esta vida apostlica elegida

    por San Agustn se adaptaba al propsito de los Predicadores. La obediencia segn la

    Regla apostlica de San Agustn y las Constituciones de la Orden sintetizan, an para

    nuestro tiempo, toda la profesin de la vida dominicana (LH-OP: 28 agosto, San Agustn)

    No podemos olvidar que en torno a 1049-50 se haba iniciado en la Iglesia la llamada

    Reforma Gregoriana, por el Papa Gregorio VII (1073-1085): era la vuelta a las Escrituras y a los tiempos apostlicos como fuentes de inspiracin y remedio a los grandes abusos,

    especialmente entre el clero, que, en general, era ignorante, incontinente, despreocupado del

    prjimo y de la predicacin.

    La Regla de San Agustn ofreca esos elementos que Domingo y sus primeros frailes

    buscaban: un modo de vida de oracin contemplativa, apostlico, conforme a la iglesia

    primitiva...

    1. San Agustn (354-430: 76 aos)

    Aurelio Agustn naci en Tagaste, del frica Romana (territorio entre Tnez y Argelia

    actuales). Su padre, Patricio, era pagano aunque se convirti en sus ltimos das; su madre,

    Santa Mnica (332-387) era cristiana y tuvo sobre l una influencia constante y decisiva: mi madre, fiel sierva tuya, te lloraba por m derramando ms lgrimas por mi muerte espiritual

    que otras madres hacen por la muerte corporal de sus hijos. Pas su infancia y adolescencia

  • 25

    entre Tagaste, Madaura y Cartago, entregado a los estudios clsicos, sobre todo a la gramtica

    y a la retrica. Su andadura vital y religiosa incluso de sus primeros aos hasta su conversin en 387- est magistralmente descrita en sus Confesiones, los trece libros de mis Confesiones alaban al Dios justo y bueno por mis males y por mis bienes y elevan hacia l la inteligencia

    y el corazn de los hombres. De todas formas este fue el efecto que produjeron en m

    mientras las escriba, y me producen tambin ahora cuando las leo. Si alguien lo juzga

    diversamente all l. No obstante s que a muchos hermanos les ha agradado y les agradan

    mucho todava. De hecho sobre las Confesiones son muchos los autores que particularmente han escrito porque a tantos corazones ha conmovido y embriagado. Pasa varios aos (Cartago, Roma, Miln) entre la lectura, la enseanza, la investigacin filosfica, su adhesin a la secta de los maniqueos (374), pero tratando siempre

    de buscar la verdad y la felicidad en la filosofa, la amistad y, a veces, llevado por todo tipo de

    vicios.

    Estando en Miln, el ejemplo y la palabra del arzobispo San Ambrosio le persuadieron

    de la verdad del cristianismo y se hizo catecmeno: nos has hecho, Seor, para ti y nuestro corazn no halla sosiego hasta que descanse en ti. Al mismo tiempo se encuentra con la filosofa neoplatnica que, a travs de los libros de Plotino (filssofo del s. III), le va

    despejando las sombras y las ideas maniqueas. En 386 deja la enseanza y se retira a

    Cassicciaco, cerca de Miln, a meditar y escribir. Recibe el bautismo el 25 de abril de 387,

    junto a su hijo Adeodato (dado por Dios) y un grupo de amigos. Convencido de que su misin est en difundir la sabidura cristiana en su patria,

    frica, vuelve a Tagaste, donde es ordenado sacerdote y en 395 es consagrado Obispo de

    Hipona. Toda su actividad posterior est dirigida a defender y esclarecer los principios de la

    fe. Muere mientras los pueblos brbaros asaltan el norte de frica y asedian la ciudad de

    Hipona. Su cuerpo fue llevado a Cerdea y de aqu a Pava (Italia) donde es venerado en la

    iglesia Ciel dOro. Nos ha dejado su alma y su espritu en gran cantidad de escritos: reflexiones

    teolgicas, confesiones personales, comentarios homilticos, comentarios bblicos, catequesis.

    Por la profundidad de su doctrina, la solidez de su fe y la influencia en la Iglesia en el correr

    de los siglos, mereci el ttulo de Padre y Doctor de la Iglesia. Su fiesta se celebra el 28 de

    agosto (la de su madre Santa Mnica el 27 de agosto).

    En el libro de las Confesiones, exclama orando: Tarde te am, hermosura tan antigua y tan nueva, tarde te am! T estabas conmigo, mas yo no estaba contigo. Me

    llamaste y clamaste, y quebrantaste mi sordera; brillaste y resplandeciste, y curaste mi

    ceguera; exhalaste tu perfume, y lo aspir, y ahora te anhelo; gust de ti, y ahora siento

    hambre y sed de ti; me tocaste, y dese con ansia la paz que procede de ti. Vivi con un grupo de compaeros una experiencia monstica y escribi esta Regla:

    Regula ad servos Dei (hay quien opina que inicialmente fue escrita para una comunidad de

    mujeres) con la finalidad de que los monjes vivan en unidad de mente y corazn como la

    primera comunidad cristiana. El monasterio es para San Agustn una iglesia donde no se busca la santificacin individual, sino aprender a ser miembros afectivos y efectivos de

    Cristo.

    Sobre la fecha de composicin hay tres hiptesis: (ver en pginas siguientes)

    -la primera indica como fecha probable el 391, coincidiendo ms o menos, con

    la fundacin del primer monasterio de Hipona;

    -la segunda fijara su fecha en el 400, en relacin con el problema del quehacer

    del monasterio de Cartago y que fue el que motiv su escrito De opere monachorum; -la tercera traslada su fecha hasta el 427-28, coincidiendo con la controversia

    sobre la gracia, surgida en el monasterio de Adrumeto.

  • 26

    No es fcil convertir en tesis clara y evidente estas hiptesis. La nica cosa cierta sera

    la comn a la tres hiptesis, es decir: que la composicin de la Regla est en relacin directa

    con uno de los monasterios que particularmente llamaron ms la atencin a San Agustn (Cfr.

    La Regla de San Agustn, del P. Agostino Trap, OSA., Edit Religin y Cultura, Madrid, 1978, 283 pg. Es un manual para los novicios y estudiantes agustinos).

    2. Cronologa de la vida de San Agustn

    354 Nacimiento de Aurelio-Agustn en Tagaste (hoy Souk-Ahras, Argelia)

    Sus padres fueron Patricio, pagano y convertido a la fe en sus ltimos das, y

    Mnica (332-387), ferviente cristiana

    Tuvo un hermano, Navigio, y una hermana, Perpetua

    365 Estudios de gramtica en Madaura (hoy Mdaurouch)

    371-374 Estudios en Cartago. Muerte de su padre

    372 Nacimiento de Adeodato (dado por Dios), hijo de Agustn y de una concubina, florista del teatro, con la que convivir quince aos y que acabar en

    un convento

    373 Lectura del Hortensias, de Cicern (libro perdido)

    Se hace maniqueo

    375 Enseanza de la retrica en Tagaste

    376-383 Abre una escuela de retrica en Tagaste

    383 Viaje a Roma. Profesor de retrica

    384 Pasa a Miln como profesor de retrica

    Encuentro con San Ambrosio (339-397), obispo de Miln

    385 Llegada de su madre Mnica a Miln

    386 Lectura de los neoplatnicos y de las Epstolas de San Pablo

    Retiro en la granja de Cassicciaco con su madre y amigos (es su primera

    comunidad que es de tipo filosfico con el fin de buscar la verdad)

    Escribe varias obras, entre ellas Soliloquios (sobre la bsqueda de Dios y la

    inmortalidad del alma)

    387 Vuelve a Miln

    El 24 de abril, da de la Pascua, reciben el bautismo Agustn, Alipio y Adeodato.

    Otoo: inicia la vuelta a frica, detenindose en Ostia Tiberina, donde muere su

    madre Mnica, que posteriormente es proclamada santa.

    388-391 Llega a frica y en Tagaste funda el primer monasterio (de tipo laical), donde

    permanece tres aos

    391-396 Es ordenado sacerdote

    Funda el segundo monasterio

    Snodo de Hipona (393), donde habla sobre la fe y el smbolo

    Diputas con los maniqueos

    396 Es nombrado obispo auxiliar de Hipona

    397 Obispo titular de Hipona con una atencin pastoral a sus fieles: con vosotros soy cristiano, para vosotros soy obispo

    397-398 Redaccin de las Confesiones

    410 Saqueo de la ciudad de Roma por los godos

    413-426 Preparacin y redaccin de su gran obra: La Ciudad de Dios

    428 Invasin del Norte de frica por los vndalos, pueblo originario del centro de

    Europa, que atraviesa toda la pennsula Ibrica y se instala en el norte de frica.

    430-431 Invasin de Numidia por Genserico, primer rey vndalo del norte de frica,

  • 27

    quien pone sitio a Hipona

    430 Muerte de San Agustn (28 de agosto) durante el asedio de la ciudad

    Su cuerpo fue llevado a la isla de Cerdea, huyendo de la invasin y

    posteriormente fue trasladado a Pava (Italia) donde es venerado en la Iglesia

    Ciel dOro Fue proclamado doctor de la Iglesia latina, doctor de la gracia, (20-9-1295) por Bonifacio XIII

    3. Origen de la Regla

    A la hora de conocer la Regla de San Agustn es importante saber qu sentido tiene,

    qu intent vivir y comunicar el mismo San Agustn.

    Las notas que van a continuacin estn tomadas de La Regla de San Agustn, del P. Agostino Trap, OSA., o.c. Este es el esquema general de dicha obra:

    LA REGLA 1. Monaquismo Agustiniano

    Las fuentes

    El itinerario

    Inspiracin

    Actividades

    Difusin

    2. La Regla. Cuestin histrica

    3. La Regla. Contenido doctrinal

    La Regla no es la nica fuente para conocer el ideal monstico en San Agustn. Por

    consiguiente, una introduccin que se ocupe de la Regla no puede prescindir de tener en

    cuenta otras obras suyas, algunas de las cuales nos revelan, precisamente con mayor claridad,

    determinados aspectos de este ideal que busca. Las peripecias histricas del mismo, por

    ejemplo, quedaran absolutamente incomprensibles si no dispusisemos de otras fuentes. Pero

    sobre todas las motivaciones es interesante conocer las fuentes de inspiracin de San Agustn

    en torno a su Regla.

    Y las fuentes de inspiracin del ideal monstico agustiniano son esencialmente dos:

    -las experiencias personales,

    -el ejemplo de la primera comunidad de Jerusaln (Hc 4).

    De la conjuncin de ambas adquiere el ideal sus notas caractersticas, que son: la

    tendencia dominante a la sabidura, que es Dios; la exigencia de sociabilidad o vida comn; el

    sentido profundo de eclesialidad, un sano equilibrio entre la moderacin y el rigor, y entre la

    contemplacin y la accin, cuando en la vida religiosa existe el sacerdocio. Un ideal, pues,

    sapiencial y comunitario, evanglico y eclesial; rico poseedor de una carga perenne de

    afectividad y de frescor, y consciente, al mismo tiempo, de que solo el sentido eclesial que es

    el sentido de nuestra adhesin a Cristo, puede preservar esta carga del agotamiento, puede

    purificarla, elevarla y hacerla eterna.

    3.1. Experiencias personales

    Comencemos por las experiencias personales, que son en orden cronolgico, la

    primera fuente. De hecho, San Agustn no concibi su ideal leyendo el evangelio u oyendo

    predicar, sino escudriando en su corazn. El ideal le naci de dentro como una exigencia de

    su espritu vido del infinito e intolerante ante las perplejidades. Solo ms tarde se dio cuenta,

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    que los consejos evanglicos y el ejemplo de los primeros fieles cristianos, eran la

    interpretacin ms veraz, y la nica autntica de toda aquella exigencia interior.

    Podemos reducir las experiencias personales a tres, y cada una ejerci su influjo

    particular en el ideal monstico:

    1. el amor a la sabidura, de la cual naci el deseo profundamente sentido del recogimiento, del estudio, de la contemplacin;

    2. -el culto a la amistad, del cual naci la necesidad no menos sentida de la

    convivencia fraterna, de una ascesis unnime hacia Dios, de la alegra en el dar y

    recibir;

    3. -un sentimiento natural de noble fortaleza, del cual naci una actitud de dulzura y

    severidad a la vez, que impone la disciplina y la hace amable.

    Estas tendencias podrn parecer contrarias entre s, pero en realidad no lo son. Ms

    an, fundidas en un espritu profundo y equilibrado como era San Agustn, dan al ideal

    monstico el fulgor de una extraordinaria belleza, que resulta a la vez humana y divina.

    Estas experiencias llenan toda la vida de San Agustn. Para comprender su dimensin

    e influencia, se necesitara rehacer la andadura del largo camino de aquella vida que fue tan

    rica, tan diferente y tan fecunda.

    3.2. Hechos de los Apstoles

    La otra fuente de inspiracin del ideal monstico de San Agustn es el pasaje de los

    Hechos de los Apstoles, que narra la vida comunitaria de los primeros cristianos de

    Jerusaln: La muchedumbre de los que haban credo tenan un corazn y un alma sola, y ninguno tena por propia cosa alguna, ms bien todo lo tenan en comn... No haba entre

    ellos indigentes, pues cuantos eran dueos de haciendas o casas las vendan y llevaban el

    precio de lo vendido, y lo depositaban a los pies de los Apstoles, y a cada uno se le reparta

    segn su necesidad (Hc 4,32. 34-35). No es fcil determinar cundo San Agustn fij su atencin sobre este texto, si en

    Miln, en Roma, en Tagaste o solamente en Hipona. El hecho es que puso sus ojos en l. Este

    vino a ser la expresin de su pensamiento, fue el ideal en el que se inspir y el que quiso

    renovar y continuar en la Iglesia. No hay duda alguna que pens en l cuando fund el primer

    monasterio de Hipona. Nos lo asegura Posidio (discpulo muy querido de San Agustn). No

    obstante es conveniente hacer notar, que la alusin a los Hechos de los Apstoles est ms que

    clara en las siguientes palabras: fund un monasterio y comenz a vivir en l con los siervos de Dios, segn el modo y la regla establecida por los Apstoles. Alusin que resulta una cita en los trminos siguientes: Ante todo, este era el mandato: que nadie, en aquella comunidad, poseyese bienes, sino que todo fuese comn y se distribuyese a cada uno segn su

    menester. Posidio concluye: como lo haba practicado l primero al regresar de Italia a su patria dando a entender con esto que ya en el retiro de Tagaste, Agustn haba tenido presente, como motivo inspirador, el texto de los Hechos de los Apstoles.

    Pero dejemos Tagaste. Es cierto que este texto fue el fundamento del primer

    monasterio de Hipona, fundamento de la Regla y el fundamento de la vida comn de los

    clrigos en el Obispado. A esto se refiere el discurso 356 de primeros de enero del 426. Agustn, de salida comenz as: Queriendo vivir, como por gracia de Dios vivamos ya, aunque muchos de vosotros lo saben por la Sagrada Escritura; no obstante, para

    recordroslo, se os leer un pasaje de los Hechos de los Apstoles, para que veis donde

    viene aconsejado el ejemplo que nosotros queremos imitar. Tras estas palabras introductorias, el dicono Lzaro ley los versculos 31-35 del

    captulo 40 de los Hechos de los Apstoles. Terminada la lectura entreg el libro a San

    Agustn, quien quiso leer de nuevo, l mismo, el pasaje ya ledo, aduciendo que prefera ser

    un simple lector de aquellas palabras que un expositor de las propias. Reley de hecho el

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    pasaje y concluy la lectura con esta solemne y lapidaria sentencia: Habis odo lo que queremos, orad para que lo seamos. En este punto merece la pena repasar el solemne y comprometido principio de la Regla. Lo primero, porque os habis congregado en comunidad, es para que habitis en la casa unnimes y tengis un alma sola y un solo

    corazn hacia Dios, y no tengis cosa alguna como propia, sino que todo sea de todos; y el

    prepsito distribuya a cada uno de vosotros el alimento y el vestido, no igualmente a todos,

    porque no tenis todos iguales fuerzas, sino a cada uno segn su necesidad. Pues as leis en

    los Hechos de los Apstoles: Todas las cosas les eran comunes y se distribua a cada uno

    segn su necesidad. (Regla 3,4; Hc 4,32-35). Podemos concluir diciendo que un aspecto esencial del carisma legado por San

    Agustn, para suscitar un movimiento monstico en la Iglesia, haya sido el proclamar la

    validez siempre magnfica y la inagotable fecundidad de la vida comn, organizada por los

    Apstoles entre los primeros cristianos de Jerusaln.

    Con razn un comentarista medieval de la Regla escribi: San Agustn, queriendo revivir la vida apostlica, es decir, el tenor de vida comunitaria dispuesto por los Apstoles,

    fij su atencin en el texto de los Hechos. De hecho l tom de aquel texto tres de los principios sobre los cuales fund su ideal:

    -la unin de corazones,

    -la comunidad de bienes,

    -la distribucin de los mismos a cada uno segn sus propias necesidades.