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LA TEORIA DE LOS RECURSOS EN LA NUEVA NORMATIVA PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL Dr. SAUL ERNESTO MORALES. CATEDRATICO DE LA UES. 01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. 1

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LA TEORIA DE LOS RECURSOS EN LA NUEVA NORMATIVA PROCESAL

CIVIL Y MERCANTIL

Dr. SAUL ERNESTO MORALES.CATEDRATICO DE LA UES.

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INTRODUCCION SOBRE LOS RECURSOS.MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL Y HISTÓRICO DE LOS RECURSOS.

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OBJETIVOS Y LIMITES DE UNA TEORÍA GENERAL DE LA IMPUGNACIÓN EN NUESTROS DÍAS

EL DERECHO, LAS GARANTÍAS Y LA TEORÍA GENERAL DE LA IMPUGNACIÓN.

TRANSFORMACIONES SOCIALES Y SUS REPERCUSIONES EN EL DERECHO.

PROCESO, IMPUGNACIÓN Y GARANTÍA A LOS DERECHOS HUMANOS.

TEORÍA GENERAL DE LA IMPUGNACIÓN. SU CONTORNOS.

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La teoría general de la impugnación tiene por objetivo:

el control general de la regularidad de los actos procesales y, en especial, la actividad del tribunal, principalmente por medio de sus resoluciones.

Esto es, trata de efectuar un control a posteriori de la actuación de la jurisdicción, especialmente poniendo fin a las irregularidades cometidas Funciona, entonces, como un remedio a una actividad indebida (desviada, ilegítima).

EL DERECHO, LAS GARANTÍAS Y LA TEORÍA GENERAL DE LA IMPUGNACIÓN.

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El objetivo trascendente detrás de cada medio

(remedio) que aquí analizamos, es el

restablecimiento del derecho violado y cuya

violación ha causado un perjuicio (agravio) a una

persona (en el más amplio sentido) con el objeto de

garantizar sus derechos. Esta es la constante en

toda la teoría de la impugnación y en todas las

épocas.

TRANSFORMACIONES SOCIALES Y SUS REPERCUSIONES EN EL DERECHO.

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EN LO QUE SE REFIERE CONCRETAMENTE A LAS TRASFORMACIONES EN LA JUSTICIA, HEMOS RECLAMADO (Y TRATADO DE ATENDER EL RECLAMO CON REFORMAS PROCESALES) UNA MAYOR EFECTIVIDAD DE ELLA, MAYOR ABREVIACIÓN EN LOS TRÁMITES POR LA URGENCIA EN LAS SOLUCIONES.

PARA LO CUAL SE HA TRATADO DE ORGANIZAR PROCESOS MÁS BREVES, INCLUSIVE SUPRIMIENDO INSTANCIAS, AUMENTAR LOS PODERES DEL JUZGADOR PARA EXCLUIR INCIDENCIAS INÚTILES, DILATORIAS ETC.), AUMENTAR LA INMEDIACIÓN, LA PUBLICIDAD.

FRENTE A ESE AFÁN Y A ESAS CONCRETAS REFORMAS, APARECE, TAMBIÉN, COMO CONTRAPARTIDA DE LOS DERECHOS QUE ALLÍ (EN

EL PROCESO) ESTÁN EN JUEGO, LA NECESIDAD DE GARANTÍAS

PROCESO, IMPUGNACIÓN Y GARANTÍA A LOS DERECHOS HUMANOS.

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TEORÍA GENERAL DE LA IMPUGNACIÓN. SU CONTORNOS.

EL PROPÓSITO, EN CIERTO MODO RELACIONADO CON NUESTRA TEORÍA GENERAL DEL PROCESO, SE INSCRIBE DENTRO DE LAS IDEAS GENERALES QUE LOS PROCESALISTAS, EN GENERAL, Y LOS DE LBEROAMÉRICA, EN ESPECIAL, SOSTIENEN DESDE HACE TIEMPO. ESTO ES QUE EXISTE ONTOLÓGICAMENTE Y DEBE DIVULGARSE EN FORMA DE DOCENCIA, UNA TEORÍA GENERAL DEL PROCESO, DONDE SE ENCUENTRA LA BASE DE LOS PRINCIPIOS GENERALES COMUNES A LAS DIFERENTES RAMAS PROCESALES Y LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS.

NO PARECE ENTONCES NADA ESPECIAL QUE EXISTA UNA TEORÍA GENERAL DE LA IMPUGNACIÓN, EN LA CUAL SE ESTUDIEN LOS PRINCIPIOS GENERALES DE ÉSTA, VÁLIDOS PARA TODOS LOS PROCESOS. DICHO EN FORMA MÁS CONCRETA, QUE NO ES NECESARIO ESTUDIAR LOS RECURSOS EN MATERIA CIVIL, PENAL, LABORAL, DE FAMILIA, ETC., SINO TODOS EN GENERAL. SIN PERJUICIO DE ALGUNAS (SIEMPRE POQUÍSIMAS) ESPECIALIDADES QUE DERIVAN DE LA FORMA DE PROCESO ESPECIAL DE QUE SE TRATA. 01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO

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1) LA ENSEÑANZA DEL DERECHO PROCESAL FUE TRATADO EN LAS IV as.. JORNADAS DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE DERECHO PROCESA.

2) LA DIMENCION IBEROAMERICANA. LA INTEGRACION MEDIANTE LA LEY. LABOR DE LA OEA., Y DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE DERECHO PROCESAL. CODIGOS DE PROCESAL CIVIL Y PENAL MODELOS PARA IBEROAMERICA.

3) DERECHO COMUNITARIO LATINOAMERICANO INCIPIENTE.

4) LA PROTECCION CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS A LA DEFENSA INTERNACIONAL. JUSTICIA SUPRANACIONAL Y DERECHO INTERNO.

TEORÍA GENERAL DE LA IMPUGNACIÓN. SU CONTORNOS.

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Las cosas que deben aprenderse las aprendo; las que deben encontrarse, las busco; y las restantes se las pido a Dios. Sófocles.01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO

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el juez siempre que ha de aplicar una norma debe de interpretarla.

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TEORÍA DEL DERECHO. Descripción científica. Terminología controvertida en derecho moral, religión,. Sociología y filosofía. Debate entre el Iusnaturalismo /positivismo.

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CORRIENTES DEL PENSAMIENTO JURÍDICO.

Positivismo fundamentalista.

C.Civil. Art. 19.- Cuando el sentido

de la ley es claro, no se

desatenderá su tenor literal a

pretexto de consultar su espíritu.

Positivismo atenuado.

C. Civil. Art. 24.- En los casos a que

no pudieren aplicarse las reglas de

interpretación precedentes, se

interpretarán los pasajes oscuros o

contradictorios del modo que más

conforme parezca al espíritu general

de la legislación Y A LA EQUIDAD

NATURAL.

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TEORÍA DE LA NORMA JURÍDICA.

El problema de justicia validez y eficacia de la norma jurídica tomando en consideración los criterios del derecho natural, positivismo jurídico, el realismo jurídico; De la misma manera se trata del problema de la norma jurídica desde el punto de vista lingüístico (proposiciones prescriptitas).

Asimismo, el problema de la imperatividad del derecho, cada uno de los criterios de las prescripciones jurídicas y la clasificación de las Normas Jurídicas que desarrolla en la Teoría de la Norma Jurídica Norberto Bobbio.  01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO

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TEORÍA DE LA NORMA JURÍDICA.1)Proceso de formación de la ley , promulgación y vigencia de la norma.2)Retroactividad y ultractividad de la norma jurídica.3)Métodos de interpretación de la norma jurídica (Legislativo, judicial y la de los expositores del derecho. Frente a lagunas o vacios legales.4)Aplicación de Doctrina legal.5)jurisprudencia, 6)vinculación de las sentencias de tribunales superiores (sala de lo constitucional y cámaras. 7)Aplicación de principios, reglas y derechos fundamentales frente a lagunas o vacios legales.

TEORÍA DE LA NORMA JURÍDICA.1)Proceso de formación de la ley , promulgación y vigencia de la norma.2)Retroactividad y ultractividad de la norma jurídica.3)Métodos de interpretación de la norma jurídica (Legislativo, judicial y la de los expositores del derecho. Frente a lagunas o vacios legales.4)Aplicación de Doctrina legal.5)jurisprudencia, 6)vinculación de las sentencias de tribunales superiores (sala de lo constitucional y cámaras. 7)Aplicación de principios, reglas y derechos fundamentales frente a lagunas o vacios legales.

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1)Teoría de los conceptos jurídicos

básicos.

2)Teoría de los sistemas jurídicos.

3)Teoría de las fuentes del derecho.

4)Teoría de la decisión jurídica.

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de nacer,

crecer ,

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DEMANDAArt.457,459,19,418,

276.

FUENTES FORMALES

TEORÍA DEL

CASO.

FUENTES INFORMALES

D

I

A

G

N

O

S

T

I

C

O

ACCION

PRETENSION

DEMANDA

PRESUPUESTOS

PROCESALES

REGLAS

DE

COMPETENCIA

MATERIA

GRADO

CUANTÍA

TERRITORIO

MARCO JURÍDICO

ART.276Nª6 CPCM.

MARCO FACTICO.

ART.276 Nª5.CPCM

TURNO.

PRETENSIONES

ART.276 Nª7 Y8 Y

INC.2ª CPCM.

MEDIOS PROBATOR

IOSART.276Nª7

CPCM.

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Teoría del Prueba.

LA PRUEBA

MEDIOS PROBATORIOS

PRINCIPIOS DE LA PRUEBA.

SISTEMAS DE VALORACIÓN DE LA

PRUEBA.

REGLAS DE EXCLUSIÓN DE LA PRUEBA.

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Enjuiciamiento, Fundamentación y Congruencia de las

resoluciones y sentencias definitivas.

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PRESUPUESTOS PROCESALES VINCULADO CON “EL ENJUICIAMIENTO. FUNDAMENTACIÓN Y CONGRUENCIA DE LAS SENTENCIAS CIVILES EN EL SALVADOR.”

Los Presupuestos Procesales es un tema que de relevancia, con relación con “El Enjuiciamiento. Fundamentación y Congruencia de las Sentencias Civiles en el Salvador.”

Partiendo que el abordaje que hacemos de este tema, esta vinculado a su importancia que tiene al momento de fundamentarse las resoluciones, las sentencias definitivas y que necesariamente tendrán que enjuiciarse cada acto jurídico procesal, para que esa sentencia guarde la congruencia con la teoría del caso, pero con apego a las leyes sustantivas y procesales a efecto de no cometer errores en la aplicación de la norma jurídica y estas no estén expuestas a recursos.

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Introducción A.CONCEPTO DE IMPUGNACIÓN

En el proceso se pueden producir actos procesales que adolecen de incorrecciones o defectos, en los cuales las partes deben actuar para sanearlos mediante el ejercicio de la impugnación.

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definir impugnación como:

“la acción y efecto de atacar o refutar un acto judicial, documento, deposición, testimonial, etc., con el fin de obtener su revocación o invalidación”.

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DE ACUERDO CON ELLO, LA IMPUGNACIÓN APARECE COMO EL GÉNERO.En el cual se comprende toda acción para obtener el saneamiento de la incorrección o defecto de un acto procesal, ya sea ante el mismo tribunal que la dictó, o frente a su superior jerárquico.

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los recursos aparecen como una salvaguardia de los intereses particulares, tanto de las partes, como del juez.

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Desde el punto de vista externo, los medios de impugnación son además un instrumento útil para la unificación de la jurisprudencia.

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Los medios de impugnación

configuran los instrumentos jurídicos

Consagrados por las leyes procesales

para corregir, modificar, revocar o

anular los actos y las resoluciones

judiciales, cuando adolecen de

deficiencias, errores ilegalidad

o injusticia.

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Se trata de una institución sumamente compleja que ha ocasionado numerososdebates, los medios de impugnación se clasifican en tres sectores, estimadosde manera flexible y que se han denominado: remedios procesales,recursos y procesos impugnativos.

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SE ENTIENDE COMO REMEDIOS PROCESALES

los medios que pretenden la corrección

de los actos y resolución judiciales ante

el mismo juez que los ha dictado;

pero tomando en consideración que,

en algunos supuestos, resulta difícil

trazar una frontera claramente delimitada

entre dichos remedios y algunos recursos

procesales, podemos señalar la aclaración

de sentencia, la revocación y la excitativa

de justicia.01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO

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Los recursos:El sector más importante de los medios de impugnaciónestá constituido por los recursos; es decir, por los instrumentos que pueden interponerse dentro del mismo procedimiento, pero ante un órganojudicial superior, por violaciones cometidas tanto en el propio procedimiento como en las resoluciones judicialesrespectivas. Para lograr una sistematización de unamateria excesivamente compleja, resulta conveniente utilizar la clasificación elaborada por la doctrina que divide los recursos procesales en tres categorías: ordinarios, Extraordinarioy excepcionales.

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B. Los Recursos 1. Etimología Proviene del latín recursos, que quiere decir regreso al puno de partida.

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LOS RECURSOS CONTRA LAS RESOLUCIONES

SATISFACEN LAS RESOLUCIONES DE LAS PARTES DE VER

REVISADA UNA RESOLUCIÓN YA SEA POR EL MISMO

TRIBUNAL O POR SU SUPERIOR JERÁRQUICO.

EN GENERAL, PUEDE HABLARSE DE UN DERECHO A

RECURRIR, PARA QUE SE CORRIJAN LOS ERRORES DEL

JUEZ QUE HAN CAUSADO GRAVAMEN O PERJUICIO.

EL RECURSO ES UN ACTO PROCESAL EXCLUSIVO DE LOS

LITIGANTES Y EN CONTRA DE LAS ACTUACIONES DEL

TRIBUNAL, NO DE LAS PARTES.

ES UN ACTO DEL PROCESO Y CON ELLO SE DESCARTA EL HABLAR

DE RECURSO CUANDO SE TRATA DE UN NUEVO PROCESO. 01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. 33

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2. Concepto Se lo puede definir como: “El acto jurídico procesal de la parte o de quién tenga legitimación para actuar mediante el cual se impugna una resolución judicial, dentro del mismo proceso que se pronunció, solicitando su revisión a fin de eliminar el agravio que sostiene se le ha causado con su dictación”.

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3. ELEMENTOS DEL RECURSO Para que nos encontremos en presencia de un recurso se requiere: LA EXISTENCIA DEL RECURSOa) Debe ser contemplada por el legislador la existencia del recurso, determinado el tribunal que debe conocer de él, y el procedimiento que debe seguirse para su resolución. El tribunal que debe conocer de él, en virtud del art. 172-175 Constitución de la República. Art.501 al 523CPCM. debe ser establecido por una ley orgánica constitucional, puesto que otorga competencias a los tribunales. En cuanto a su procedimiento debe ser establecido por el legislador, Art,1 al 10 y 35 sig. LOJ . 01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO

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LIBRO CUARTOLOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DISPOSICIONES GENERALES............................................501-502Principios generales...501Prohibición de la reformatio in peius...502 RECURSO DE REVOCATORIA..............................................503-507Procedencia...503Plazo y forma...504Tramitación y decisión...505Irrecurribilidad...506Revocatoria oral...507

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RECURSO DE APELACIÓN...................................................508-518Resoluciones recurribles en apelación. Competencia...508Efecto suspensivo...509Finalidades del recurso de apelación...510Interposición del recurso...511Competencia del juzgado durante la apelación...512Admisión o rechazo del recurso...513Audiencia y prueba en segunda instancia...514Sentencia de apelación...515Decisión sobre la infracción procesal...516Decisión sobre los hechos probados y sobre el derecho...517Deserción de recurso...518

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Page 39: Introduccion+a+la+teoria+de+los+recursos.+abogados+cristianos

RECURSO DE CASACIÓN GENERALIDADES DEL RECURSO........................................519-523Resoluciones recurribles...519Casos especiales de rechazo...520Motivos de casación...521Motivos de fondo...522Motivos de forma...523

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LEGITIMA DA PARA IMPUGNAR.ART. 58 AL 89. CPCM.

b) Acto jurídico procesal de parte o de quién tenga legitimación para actuar. Como regla general, la parte es el sujeto que se encuentra en una posición que lo legitima para impugnar la injusticia de un proveimiento dentro del proceso. Pero también un tercero puede estar facultado para recurrir, pero sólo aquello que como principal, coadyuvante o independiente o como sustituto procesal haya podido actuar en el proceso. Por ello, no pueden calificarse como recursos aquellos actos que llevan a cabo de oficio los órganos jurisdiccionales, como las casaciones de oficio.

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LEGITIMA DA PARA IMPUGNAR.ART. 58 AL 89. CPCM.LAS PARTES PROCESALES CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN...............................................58-66Partes del proceso...58Capacidad procesal de las personas físicas...59Integración de la capacidad procesal...60Capacidad procesal de las personas jurídicas...61Comparecencia de los entes y uniones sin personalidad...62Representación de personas jurídicas extranjeras...63Intervención del Estado como parte procesal...64Apreciación y denuncia de la falta de capacidad...65Legitimación...66 POSTULACIÓN........................................................................67-75Postulación preceptiva por medio de representante...67Modos de otorgar el apoderamiento...68El poder...69Aceptación del poder...70Deberes del procurador...71Sustitución y delegación del poder...72Cese de la representación...73Procuración oficiosa...74Procuración para personas con escasos recursos...75 01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO

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Page 42: Introduccion+a+la+teoria+de+los+recursos.+abogados+cristianos

PLURALIDAD DE PARTES.......................................................76-85Litisconsorcio necesario...76 Excepción de falta de litisconsorcio...77Litisconsorcio en caso de nulidad de actos jurídicos...78Integración del litisconsorcio...79Litisconsorcio voluntario...80Intervención procesal del coadyuvante...81Actuación procesal del coadyuvante...82Intervención provocada o denuncia de la litis del demandante...83Intervención provocada o denuncia de la litis del demandado...84Procuración en caso de pluralidad de sujetos...85 SUCESIÓN PROCESAL............................................................86-89Sucesión procesal por muerte...86Falta de comparecencia de los sucesores...87Sucesión procesal por transmisión del objeto del proceso...88 Sucesión por disolución de personas jurídicas...89

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EXISTENCIA DE UN AGRAVIO. c) El agravio. Este existe cuando hay una diferencia entre lo pedido por una parte al juez y lo que éste concede al peticionario, perjudicando a éste la diferencia entre lo pedido y concedido. Principio de Congruencia. Art. 218.Este agravio no es sólo material, sino que también existe cuando dicha diferencia se concreta a cuestiones o peticiones de orden procesal. El agravio se determina y debe existir en la parte dispositiva de la resolución, por lo que no es posible hablar de agravia por la diferencia entre los argumentos de las partes y la parte considerativa de la resolución. Además, puede el agravio existir no sólo respecto de una parte sino que de todas las partes en el proceso, las cuales se encuentran todas facultadas para recurrir.

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LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER EL RECURSO. Art. 527.- Este recurso sólo deberá interponerse por la parte que recibe agravio por la resolución impugnada.  Declaratoria de nulidad en recurso Art. 238.- El tribunal al que le toque pronunciarse sobre un recurso deberá observar si se ha hecho valer en el escrito de interposición la nulidad de la sentencia o de actos de desarrollo del proceso, o si se ha incurrido en alguna nulidad insubsanable.Si se hubiera denunciado nulidad, el tribunal que decida el recurso deberá pronunciarse inicialmente sobre la misma, y sólo en caso de desestimarse entrará a resolver sobre otros agravios alegados por el recurrente.Si se estimare la denuncia de nulidad y su declaración hiciere imposible el aprovechamiento de los actos procesales posteriores, se acordará que el proceso se retrotraiga al estado en que se encontraba en el momento de incurrirse en el vicio.

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LIMITA LA REVISIBILIDAD DE LOS ACTOS PROCESALES POR LA AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.d) Impugnación de una resolución judicial dentro del mismo proceso en que se dictó. Existe una relación del todo a parte entre la acción y el recurso, siendo éste el medio para que la parte continúe con su actividad dentro del proceso a través de una nueva etapa, para los efectos de obtener una resolución que resuelva el conflicto. Por tanto el recurso no es más que un medio para pasar a otra etapa del proceso. Pero al legislador no sólo le interesa la revisión de una resolución para su recta aplicación del derecho, sino que también la certeza jurídica, razón por la cual limita la revisibilidad de los actos procesales por la autoridad de cosa juzgada.

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Cosa juzgada  Art. 230.- La cosa juzgada se extiende a las pretensiones de la demanda y de la reconvención y comprenderá todos los hechos anteriores al momento en que hubieran recluido las alegaciones de las partes.La cosa juzgada afectará a las partes del proceso en que se dicte y a sus sucesores; y se puede extender a los terceros cuyos derechos dependen de los de las partes, si hubieran sido citados a raíz de la demanda.Casos especiales de rechazo Art. 520, Art. 540

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Efecto suspensivo Art. 509.- Las resoluciones definitivas recurridas en apelación no serán ejecutadas. Sin embargo, de conformidad con las previsiones de este código, las sentencias condenatorias podrán ser ejecutadas provisionalmente.

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e) Revisión de la sentencia impugnada. El objeto que se persigue mediante el recurso es la eliminación del agravio producido en la sentencia. Ello se logra mediante:i)la reforma de la resolución judicial: en la que se estima por la parte que no se ha resuelto en forma justa el conflicto (reposición Art.503 y apelación Art.508); la nulidad de la resolución judicial: cuando ella ha sido dictada sin darse cumplimiento a los requisitos previstos por la ley (casación ART.519 y recurso de nulidad. Principio de especificidad. Art. 232.- Principio de trascendencia Art. 233. Principio de conservación. Art. 234.-Denuncia de nulidad Art. 235. Convalidación del acto viciado. Art. 236. Vía procesal para la denuncia de nulidad. Art. 237 Declaratoria de nulidad en recurso. Art. 238. CPCM.01/06/2011 Dr. SAUL ERNESTO MORALES CATEDRATICO

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4. FUENTE DE LOS RECURSOS ELLAS SON:

A. CONSTITUCIÓN REPÚBLICA PUEDE SER: a)Fuente directa: en la medida que ella misma establece recursos, cuya reglamentación está generalmente entregada a la dictación de una ley posterior. La CR contempla cuatro medios que si bien los llama recursos, la mayoría de la doctrina las denomina acciones, ellas son: i) el recurso de protección; ii) recurso de amparo; iii) recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad; y iv) recurso de reclamación de la nacionalidad.

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4. FUENTE DE LOS RECURSOS. ELLAS SON:  A. Constitución Política de la República B. Ley Orgánica Judicial. C. Código de Procedimiento Civil. D. Código de Procedimiento Penal. E. Código Procesal Penal. F. Regulación de los recursos en diversos procedimientos especiales.G. Sistema de recursos frente a los tribunales arbitrales  

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