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República de Honduras Sub Secretaría de Integración Social Invitación a Cotizar Obras por Comparación de Precios a través de Feria a la Inversa en el Departamento de Lempira Número de Identificación de Proceso: FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16 LOTE NO. DE IDENTIFICACION DE PROCESO DESCRIPCIÓN NOMBRE DEL CE / LEMPIRA MUNICIPIO ALDEA 1 FI-CP-011-SSIS- SE-3371-16 INVITACION A COTIZAR OBRAS DE AMPLIACIÓN PARA EL TERCER CICLO EN EL CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA: José Trinidad Reyes Gracias Platanares Emitido en: Agosto de 2016 Número de Identificación de Proceso: FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16 Préstamo BID: 3371/BL-HO Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social Comprador: Gobierno de Honduras a través de la Subsecretaría de Integración Social (SSIS) País: Honduras

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República de Honduras Sub Secretaría de Integración Social

Invitación a Cotizar

Obras por Comparación de Precios a través de Feria a la Inversa en el Departamento de Lempira

Número de Identificación de Proceso: FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16

LOTE NO. DE

IDENTIFICACION DE PROCESO

DESCRIPCIÓN NOMBRE DEL CE /

LEMPIRA MUNICIPIO ALDEA

1 FI-CP-011-SSIS-

SE-3371-16

INVITACION A COTIZAR OBRAS DE AMPLIACIÓN PARA EL TERCER CICLO EN EL

CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA: José Trinidad Reyes Gracias Platanares

Emitido en: Agosto de 2016

Número de Identificación de Proceso:

FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16

Préstamo BID: 3371/BL-HO Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social

Comprador: Gobierno de Honduras a través de la Subsecretaría de

Integración Social (SSIS) País: Honduras

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Índice General

Carta de Invitación a Comparación de Precios ......................................................................... 2

Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) .................................................................... 4

Sección II. Formulario de la Oferta ...................................................................................... 17

Sección III. Contrato (CTO) ................................................................................................... 18

Sección IV. Memoria Descriptiva, Planos, Lista de Cantidades y Especificaciones

Técnicas, Fichas de Costo Unitario y Cronograma. ......................................... 27

Sección V. Formularios de Garantía .................................................................................... 28

Sección VI. Anexos .................................................................................................................. 34

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Carta de Invitación a Comparación de Precios

Tegucigalpa, M.D.C. 08 de agosto de 2016 Señores : Oferentes Presente Estimados Señores: 1. La Subsecretaría de Integración Social (SSIS) ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de

Desarrollo (BID) para financiar el “Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social (BID/3371/BL-HO) y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar pagos bajo el contrato detallado a continuación:

LOTE NO. DE

IDENTIFICACION DE PROCESO

DESCRIPCIÓN NOMBRE DEL CE /

LEMPIRA MUNICIPIO ALDEA

1 FI-CP-011-SSIS-

SE-3371-16

INVITACION A COTIZAR OBRAS DE AMPLIACIÓN PARA EL TERCER CICLO EN EL

CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA: José Trinidad Reyes Gracias Platanares

2. La Sub Secretaría de Integración Social invita a Oferentes elegibles a presentar ofertas para los

procesos arriba detallados, a realizarse mediante Ferias a la Inversa.

3. Este proceso de adquisición mediante Ferias a la Inversa por Comparación de Precios se efectuará de acuerdo a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID (GN-2349-9) y en el Documento para la Contratación de Obras por Comparación de Precios en Feria a la Inversa que se anexa.

4. Los oferentes interesados en participar en el proceso podrá efectuar consultas de la siguiente

forma:

4.1. Mediante solicitud por escrito a la siguiente dirección electrónica: [email protected]; haciendo referencia al Número de Identificación del Proceso (FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16). En el periodo comprendido del día lunes 08 de agosto hasta el día domingo 21 de agosto del 2016 a las 12:00 de la noche.

4.2. Durante la Feria los días lunes 22 y martes 23 de agosto del 2016 en el recinto de la feria

ubicada “Escuela Juan Lindo, Barrio El Rosario, Municipio de Gracias, Departamento de Lempira, con las coordenadas UTM X = 0329820, Y = 1613333, se realizarán reuniones de información en el horario de 02:00 a 04:00 p.m. cada día. Igualmente podrá entregar por escrito sus consultas en las mesas de ayuda que estarán disponibles en el recinto ferial previo al inicio de las reuniones informativas.

5. Las respuestas a las consultas que surjan de estas reuniones serán proporcionadas mediante

aclaraciones o adendas en el mismo lugar a más tardar el día martes 23 de agosto de 2016, hasta

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las 5:00 pm, hora oficial en la República de Honduras, de igual forma subidas en la página

electrónica www.honducompras.gob.hn.

6. Las ofertas deberán ser remitidas en sobre cerrado debidamente sellado e identificado el cual deberá hacerse llegar a más tardar a las 12:00 horas meridiano del día jueves 25 de agosto de 2016, a la siguiente dirección: Escuela Juan Lindo, ubicada en el Barrio el Rosario, municipio de Gracias, Departamento de Lempira. El Recinto para la Feria a la Inversa es: Escuela Juan Lindo

7. No se aceptarán ofertas electrónicas, ni posteriores a la fecha y hora indicada. Atentamente,

Zoila Patricia Cruz Cerrato

Sub Secretaria de Integración Social

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)

1 Invitación y datos básicos:

1.1 La Sub Secretaría de Integración Social (SSIS/PRAF), en lo sucesivo “El Contratante”, invita a contratistas (personas naturales o jurídicas) a presentar cotizaciones para la ejecución de las Obras especificadas en la Sección IV, (Insumos para preparación de Ofertas).

1.2 El nombre e identificación de la Invitación a Cotizar es:

INVITACION A COTIZAR

OBRAS DE AMPLIACIÓN PARA EL TERCER CICLO EN EL CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA:

“José Trinidad Reyes”, Aldea Platanares, Municipio de Gracias

DEPARTAMENTO DE LEMPIRA

NUMERO DE IDENTIFICACIÓN DE PROCESO: (FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16)

1.3 El presente contrato será financiado con fondos provenientes del Contrato de Préstamo: “Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social (No.3371-BL/BID) a través del del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). 1.4 En estos Documentos “día” significa día calendario.

2. Prácticas Prohibidas

2.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco1 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y

1 En el sitio virtual del Banco (www.iadb.org/integrity) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta

comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que

rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.

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las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.

(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o

indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;

(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;

(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;

(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y

(v) Una práctica obstructiva consiste en: aa. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa

para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o

bb todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 2.1 (f) de abajo.

(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:

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(i) No financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;

(ii) Suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;

(iii) Declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;

(iv) Emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;

(v) Declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;

(vi) Remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;

(vii) Iimponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.

(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 2.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.

(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.

(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término

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“sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.

(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.

(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión

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o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.

2.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:

a) Que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;

b) Que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; c) Que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los

procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; d) Que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores,

directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;

e) Que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;

f) Que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;

g) Que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 2.1 (b).

3 Oferentes, Proveedores, Contratistas, Bienes y Servicios Elegibles

3.1 Los Oferentes, Proveedores, Contratistas y subcontratistas, así como los bienes, obras y servicios que suministren deberán cumplir con las reglas de elegibilidad del Banco. Dichas reglas están disponibles en el sitio virtual del Banco. Dichas reglas incluyen, pero no se limitan a:

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(a) Nacionalidad de los individuos y firmas; (b) Origen de los bienes y servicios; (c) No haber sido declarado inelegible por el Banco; (d) No tener conflicto de interés.

4 Preparación y presentación de las Ofertas

4.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español.

4.2 Los precios deberán ser cotizados por el Oferente en Lempiras, moneda oficial en la República de Honduras.

4.3 Las Ofertas permanecerán válidas por el período de noventa (90) días calendario efectivos a partir de la fecha de apertura de ofertas.

4.4 Las consultas de los posibles oferentes pueden ser formulada a través de los siguientes medios:

o Mediante solicitud por escrito a la siguiente dirección electrónica: [email protected]; haciendo referencia al Número de Identificación del proceso: FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16, En el periodo comprendido del día lunes 08 de agosto hasta el día domingo 21 de agosto del 2016 a las 12:00 de la noche.

o Durante la Feria los días lunes 22 y martes 23 de agosto del 2016 en el recinto de la feria ubicada “Escuela Juan Lindo, Barrio El Rosario, Municipio de Gracias, Departamento de Lempira, con las coordenadas UTM X = 0329820, Y = 1613333, se realizarán reuniones de información en el horario de 02:00 a 04:00 p.m. de cada día. Igualmente podrá entregar por escrito sus consultas en las mesas de ayuda que estarán disponibles en el recinto ferial previo al inicio de las reuniones informativas.

Las respuestas a las consultas que surjan de estas reuniones serán proporcionadas mediante aclaraciones o adendas en el mismo lugar (Escuela Juan Lindo, ubicada en el Barrio el Rosario, municipio de Gracias, Departamento de Lempira) a más tardar el día martes 23 de agosto de 2016, hasta las 5:00 pm, hora oficial en la República de Honduras, de igual forma subidas en la página

electrónica www.honducompras.gob.hn.

4.5 Las ofertas deberán ser remitidas en sobre cerrado debidamente sellado e identificado el cual deberá hacerse llegar a más tardar a las 12:00 horas meridiano del día jueves 25 de agosto de 2016, a la siguiente dirección: Escuela Juan Lindo, ubicada en el Barrio el Rosario, municipio de Gracias, Departamento de Lempira. El Recinto para la Feria a la Inversa es: Escuela Juan Lindo.

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4.6 La Agenda programada desarrollar durante la feria es la siguiente:

Día Actividades

1 Registro Posibles Participantes /Entregas de Invitaciones a Cotizar/ Recepción de Consultas.

2 Registro Posibles Participantes /Entregas de Invitaciones a Cotizar/ Recepción de Consultas / Respuesta a Consultas

3 Recepción, Apertura de Ofertas para el Departamento de Lempira/Entrega de Copia Acta de Apertura a los Participantes

4

Recepción, Apertura de Ofertas para el Departamento de Lempira/Entrega de Copia Acta de Apertura a los Participantes

Nota: El Registro no es obligatorio.

4.7 La presencia a la reunión aclaratoria no es obligatoria.

4.8 Se aconseja que el oferente bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione la zona de las obras y sus alrededores, para que obtenga por sí mismo, toda la información que pueda ser necesaria a fin de preparar la oferta. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del oferente.

4.9 Es responsabilidad de los oferentes verificar las aclaraciones con carácter previo a la presentación de ofertas. Debido a que (todas las aclaraciones y/o enmiendas forman parte integral de la Invitación a Cotizar.

4.9.1 El Oferente presentará su Oferta, compuesta por los siguientes documentos:

4.9.2 Formulario de Oferta, utilizando el formulario suministrado en la Sección II; (Formulario de la Oferta).

4.9.3 Si el oferente es una empresa deberá presentar copia de la escritura de constitución de sociedad con todas sus modificaciones y poder de representación Legal de la empresa.

4.9.4 Evidencia documentada acreditando que el oferente cumple con los siguientes requisitos de elegibilidad:

No. Requisito a Presentar

Contratista Individual Firma Consorcio

1

Demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos dos(2) obras, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las obras licitadas

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2

Contar con un Gerente de Obra ya sea Ing. Civil o, Arquitecto debidamente colegiado, con tres años de experiencia en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las obras licitadas, y de los cuales al menos un (1) año ha de ser como Gerente de Obras y haber realizado por lo menos una (1) obra similar.

3

Contar con activos líquidos y/o disponibilidad de créditos libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto igual o superior al monto de la oferta. (Constancia)

4 Constancia de Línea de Crédito emitida por un ente registrado en la CNBS

5 Constancia de Colegiación y solvencia vigente emitida por el colegio profesional correspondiente (ingeniería o arquitectura)

6 Registro Beneficiario en el Sistema de Administración Financiera (SIAFI).

7 Contar con el Régimen de Facturación Electrónica

8 Contar con Solvencia Fiscal Vigente

9

Presentar una Declaración Jurada, que garantice que cuenta con la capacidad técnica y financiera para ejecutar todas las obras de las cuales están presentando oferta (únicamente cuando presente más de una oferta)

Requisito a ser presentado A ser presentado por cada uno de los integrantes del Consorcio

De no cumplir estos requisitos, la Oferta presentada será descalificada.

4.10 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante, a más tardar a las 12:00 horas meridiano del día jueves 25 de agosto de 2016, Los Oferentes deberán entregar su oferta en físico en la mesa de Registro e información indicada, en un sobre cerrado debidamente sellado e identificado indicado lo siguiente:

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INVITACION A COTIZAR FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16

OBRAS DE AMPLIACIÓN PARA EL TERCER CICLO EN EL CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA:

“José Trinidad Reyes”, Aldea Platanares, Municipio de Gracias DEPARTAMENTO DE LEMPIRA.

NUMERO DE IDENTIFICACIÓN DE PROCESO:

(FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16)

Razón social de la empresa o nombre del contratista o proponente

Número de Registro Tributario

No Abrir antes de las 12:00 horas meridiano del día jueves 25 de agosto de 2016. Contiene: Oferta Técnica y Económica

Las ofertas recibidas vía electrónica no serán aceptadas.

4.11 No se aceptarán ofertas alternativas.

4.12 A condición de que la Oferta Económica cumpla sustancialmente con los Documentos de cotización, el Comité de Evaluación, corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:

a) Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Contratista, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario;

b) Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y

c) Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b).

5 Adjudicación y formalización del contrato

5.1 El Contratante adjudicará el contrato al Oferente elegible cuya Oferta haya determinado que cumple sustancialmente con las especificaciones técnicas y demás requisitos exigidos en estos documentos y que representa el precio más bajo.

5.2 Si el oferente se hace adjudicatario de varios contratos durante la feria, deberá:

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(a) Confirmar en un plazo máximo de 24 horas su aceptación a la adjudicación. En caso de que no confirme su aceptación, se procederá a desestimar su (s) oferta y se procederá a consultar al segundo mejor evaluado.

(b) Presentar una Declaración Jurada, que garantice que cuenta con la capacidad técnica y financiera para ejecutar todas las obras adjudicadas, dentro del tiempo de entrega estipulado. Si el oferente resulta adjudicado para más de un proceso, deberá presentar Declaración jurada (original) en la que se haga constar que cuenta con la capacidad técnica y financiera, por la totalidad del monto adjudicado en la feria, caso contrario su oferta podrá ser descalificada y adjudicada a la siguiente oferta mejor evaluada.

5.3 El oferente que resulte adjudicado deberá presentar y entregar previo a la firma de contrato los documentos que a continuación se detallan:

(a) Copia de la Tarjeta de Identidad del contratista individual o representante de la empresa.

(b) Copia del RTN

(c) Copia de la escritura de Constitución de Sociedad con todas sus modificaciones y poder de representación Legal de la empresa.

(d) Declaración jurada (original) de no estar comprendidos en ninguna de las inhabilidades a los que se refiere la Ley de Contratación del Estado en sus artículos 15 y 16, de acuerdo a la Sección IV. Anexos.

(e) Constancia vigente extendida por la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de estar inscrito en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado.

(f) Constancia de Solvencia de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) ahora SAR.

(g) Constancia de solvencia con el Estado, emitida por la Procuraduría General de la República (PGR), (vigente).

(h) Constancia de SIAFI.

5.4 Una vez notificada la adjudicación, el Oferente adjudicatario dispondrá de quince (15) días para presentarse a la dirección del contratante a firmar el contrato, preparado en el formulario de Contrato incluido en la Sección III.

5.5 La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es de noventa (90) días calendario después de la emisión de la orden de inicio por parte del Programa.

5.6 En los casos en que el oferente adjudicado lo solicite, el Contratante proveerá un anticipo, hasta un monto máximo del veinte (20%) del Precio del Contrato. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía emitida según el formulario que se suministra en estos Documentos. Dicha garantía deberá ser presentada por el Contratista dentro de los cinco (5) días siguientes a la formalización del Contrato y deberá corresponder al 100% del valor del anticipo, con una vigencia de 30 días

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adicionales a la fecha establecida para la terminación de las obras o hasta cancelar el anticipo.

5.7 Se requerirá que el Oferente adjudicado entregue al Contratante una Garantía de Cumplimiento de contrato (fianza o garantía bancaria), por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del Precio del Contrato, al momento de firmar el contrato, con una vigencia de 90 días posteriores a la finalización del contrato.

5.8 Las Garantías se presentarán empleando los modelos incluidos en estos documentos, en una de las siguientes formas:

Garantía de Anticipo: Garantía Bancaria emitida por un Banco establecido en Honduras, autorizado por la Comisión Nacional de Banca y Seguros.

Garantía de Cumplimiento: Fianza emitida por una Aseguradora establecida en Honduras o Garantía Bancaria emitida por un Banco establecido en Honduras, autorizado por la Comisión Nacional de Banca y Seguros.

6 Forma de Pago

Los pagos se hará en Lempiras a través de Transferencia Bancaria por intermedio de la Secretaria de Finanzas en un plazo no mayor de treinta días (30) calendario contados contra presentación y aprobación de los documentos siguientes:

a. Informe de Supervisor de Obras b. Factura Comercial a nombre del Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social c. Recibo a nombre del Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social. d. Estimaciones de avance de obra debidamente autorizado por el supervisor y el gerente de

Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) e. Acta de Recepción Definitiva de la obra (cuando se solicite el pago final) a conformidad

del Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social debidamente firmada por el director del Centro Escolar, supervisor de la obra y la Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI).

No. Descripción de Forma de Pago

1

Firma de Contrato y Presentación de una garantía bancaria por el 100% del 20% de anticipo en caso que sea solicitado el por el contratista

2

Informe Avance de obra 1 (no menor al 30% de avance) el cual deberá ser aprobado por la Supervisión, Coordinación General de la UCP/SSIS y Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) de la SE.

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15

3

Informe Avance de obra 2 (no menor al 60% de avance) el cual deberá ser aprobado por la Supervisión, Coordinación General de la UCP/SSIS y Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) de la SE.

4

A la recepción final de los trabajos aprobados por la Supervisión, Coordinación General de la UCP/SSIS y Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) de la SE.

Nota: Se retendrá el 12.5% sobre los Honorarios Profesionales conforme sea aplicable con respecto a su nacionalidad, de conformidad con la ley del Impuesto sobre la Renta de la República de Honduras y el 1% si fuese empresa o acreditar los pagos a cuenta y el 5% sobre el monto de cada pago como garantía de calidad de obra , valor que será devuelto al finalizar el contrato y contra la presentación de la garantida de calidad, correspondiente al 5% del monto total de la obra y con vigencia de un año a partir de la entrega

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Sección II. Formulario de la Oferta [El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta.]

Fecha:____________________

OBRAS DE AMPLIACIÓN PARA EL TERCER CICLO EN EL CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA: “José Trinidad Reyes”, Aldea Platanares, Municipio de Gracias, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA

NUMERO DE IDENTIFICACIÓN DE PROCESO: (FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16)

A: Programa de Apoyo al Sistema de Protección Social Ofrecemos ejecutar el proceso: Obras de ampliación para el Tercer Ciclo en el Centro de Educación Básica: “José Trinidad Reyes”, Aldea Platanares, Municipio de Gracias, Departamento Lempira. (Número de Identificación de proceso: FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16)

El monto total de esta oferta es ____________________________________ Lempiras con _________________ centavos, (L. ) . Dicho monto incluye el Impuesto sobre la renta y cualesquiera otros impuestos, gravámenes, costos directos e indirectos y gastos requeridos para ejecutar las obras y cumplir con el Contrato y tendrá un período de ejecución de ___________ (___) días. Esta oferta permanecerá válida por el período de noventa (90) días.

Certificamos que el Oferente, sus proveedores, así como los bienes y servicios que se suministren conforme a esta Oferta cumplen con las reglas de elegibilidad del Banco Interamericano de Desarrollo, las cuales están disponibles en el sitio virtual del Banco y declaramos conocer. Firma Autorizada: ____________________________________________________________

Nombre y Cargo del Firmante: _________________________________________________

Nombre del Oferente: _________________________________________________________

Dirección: _______________________/Celular:__________________________________ Correo Electrónico _________________________________________________________

LOTE 1 NOMBRE DEL CE

/ LEMPIRA DEPARTAMENTO MUNICIPIO ALDEA

PRECIO UNITARIO

EN L. CANTIDAD

SUB TOTAL EN L.

IMPUESTO EN L.

TOTAL L.

ITEM 1 José Trinidad

Reyes LEMPIRA Gracias Platanares 1

L.

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Sección III. Contrato (CTO)

NOSOTROS: _________________________, mayor de edad, estado civil ___________, nacionalidad -________, de Profesión ___________________ con Número de Colegiación _____________________ y del domicilio de ______________________, actuando en su condición de ____________________, quien se denominará en adelante “El Contratista”, y Zoila Patricia Cruz Cerrato, mayor de edad, Ingeniera, y de este domicilio, actuando en su condición de Sub Secretaria de Integración Social, nombrada mediante Acuerdos Ejecutivos Número 51-2014 y 51-A-2014 de fecha 10 de febrero de 2014 quien se denominará en adelante “la SSIS”; hemos acordado en celebrar el presente Contrato para la Ejecución de: Obras de ampliación para el Tercer Ciclo en el Centro de Educación Básica: “José Trinidad Reyes”, Aldea Platanares, Municipio de Gracias, Departamento de Lempira.

(Número de Identificación de proceso: FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16 y autorizada la adjudicación mediante proceso para la Contratación de Obras por Comparación de Precios en Feria a la Inversa, hemos convenido celebrar el presente Contrato bajo las cláusulas siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: El Contratista se obliga a ejecutar para El Contratante las

Obras de ampliación para el Tercer Ciclo en el Centro de Educación Básica: “José Trinidad Reyes”, Aldea Platanares, Municipio de Gracias, Departamento de Lempira. (Número de Identificación de proceso:

FI-CP-011-SSIS-SE-3371-16, según detalle de obra contenido en los anexos. CLÁUSULA SEGUNDA: FUENTE DE LOS RECURSOS: El presente contrato será financiado con fondos del Banco Interamericano de Desarrollo, denominado en adelante como EL BANCO. CLÁUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El monto total del presente contrato será por:

El monto total de esta oferta es ____________________________________ Lempiras con _________________ centavos, (L. ) Lempiras. Dicho monto incluye el Impuesto sobre la renta y

cualesquiera otros impuestos, gravámenes, costos directos e indirectos y gastos requeridos para ejecutar las obras y cumplir con el Contrato y tendrá un período de ejecución de ___________ (___) días.

1) Anticipo: El Contratista recibirá en concepto de anticipo hasta un veinte por ciento (20%) del monto de contrato que equivale a ____________ Lempiras con _____ centavos (L. ), pagados contra la presentación del programa de trabajo actualizado, el recibo de pago y las garantías de cumplimiento del 10 % del monto del contrato con vigencia de 90 días posteriores a la finalización del contrato y de anticipo por el 100% del valor del Anticipo, la cual estará vigente hasta el reintegro total del Anticipo.

LOTE 1 NOMBRE DEL CE

/ LEMPIRA DEPARTAMENTO MUNICIPIO ALDEA

PRECIO UNITARIO

EN L. CANTIDAD

SUB TOTAL EN L.

IMPUESTO EN L.

TOTAL L.

ITEM 1 José Trinidad

Reyes LEMPIRA Gracias Platanares 1

L.

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2) Estimaciones: El contratista recibirá pagos contra presentación de estimaciones de avance de obra ( no menores al 30% de avance) debidamente autorizadas por el supervisor de la obra y con VoBo. de la Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) de la Secretaría de Educación.

3) De cada estimación se hará la retención del 5% del monto a recibir por concepto de calidad de obra monto que será devuelto al contratista una vez finalizada la obra a satisfacción y haya presentado la garantía de calidad, igualmente se hará la deducción del anticipo hasta amortizarlo al 100%

4) El contratista recibirá el pago final del contrato contra la presentación de la estimación final debidamente aprobada por el supervisor de la obra y con el Vo.Bo. de la Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) de la Secretaría de Educación, la cual deberá acompañar la garantía de calidad de obra vigente por año posterior a la finalización del proyecto, acta de recepción definitiva en el cual conste que la obra fue recibida por el contratante y beneficiario a satisfacción.

5) Pago por concepto de devolución del 5% de garantía de calidad retenido durante la ejecución de la

obra contra la presentación del acta de recepción definitiva en el cual conste que la obra fue recibida por el contratante y beneficiario a satisfacción, garantía de calidad de obra vigente por año posterior a la finalización del proyecto

No. De Pago Descripción de Forma de Pago Estimaciones

1 Firma de Contrato y Presentación de una garantía bancaria por el 100% del 20% de anticipo en que caso que sea solicitado el anticipo por el contratista

20%

2

Informe Avance de obra 1 el cual deberá ser aprobado por la Supervisión, Coordinación General de la UCP/SSIS y Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) de la SE.

30%

3

Informe Avance de obra 2 el cual deberá ser aprobado por la Supervisión, Coordinación General de la UCP/SSIS y Dirección de Construcciones Escolares y Bienes (DIGECEBI) de la SE.

30%

4 A la recepción final de los trabajos aprobados por la Supervisión, Coordinación General de la UCP/SSIS y Construcciones Escolares de la SE.

20%

5

Devolución del 5% retenido en cada pago por concepto de calidad de obra contra la presentación del acta de recepción definitiva en el cual conste que la obra fue recibida por el contratante y beneficiario a satisfacción, garantía de calidad de obra vigente por año posterior a la finalización del proyecto

100% del 5% retenido

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CLÁUSULA CUARTA. PLAZO DEL CONTRATO: Para la ejecución de las obras contempladas en este contrato, el Contratista se compromete y obliga a terminar las mismas a satisfacción del Contratante, en un plazo de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha en que se emita la orden de inicio.

CLÁUSULA QUINTA: SUPERVISOR: El Contratante verificará la ejecución del proyecto objeto de este contrato por medio de un Supervisor de Obras que será nombrado o contratado al efecto, el cual será dado a conocer al Contratista. El Supervisor, en representación del Contratante, podrá dirigir órdenes e instrucciones en el lugar de la obra al Contratista para la correcta ejecución del contrato, de acuerdo con los planos y especificaciones contractuales las cuales dará a través de la bitácora para dejar constancia y deberá tomar en cuenta en todo momento las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID (GN-2349-9) y en forma supletoria las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Supervisor dadas a través de la bitácora que se ajusten a los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID (GN-2349-9) y en forma supletoria las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. El Supervisor controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista.

CLÁUSULA SEXTA: GARANTIAS: El Contratista deberá rendir las garantías siguientes: a) Garantía de Anticipo: El Contratista se compromete a otorgar a favor de El Contratante, una garantía de anticipo por el cien por ciento (100%) del veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato la que debe contar con una vigencia igual a la del contrato o hasta el reintegro total del valor anticipado; y b) Garantía de Cumplimiento del Contrato: El Contratista se obliga a otorgar a favor de El Contratante una garantía de cumplimiento del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del mismo, la cual estará vigente hasta tres (3) meses después del plazo previsto o ampliado para la entrega de la obra. Las garantías de Anticipo será presentada cinco (5) días siguientes a la formalización del Contrato y Cumplimiento deberán ser presentada previa a la firma del contrato . Adicionalmente, El Contratista se obliga a otorgar a favor de El Contratante una Garantía de Calidad por un monto equivalente al 5% del monto total del contrato. La garantía de Cumplimiento tendrá una vigencia de un año Posterior al acta de recepción.

CLÁUSULA SÉPTIMA: RECEPCION DE LA OBRA: La recepción provisional y definitiva se llevará a cabo conforme a las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID (GN-2349-9) y en forma supletoria las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. CLÁUSULA OCTAVA: DAÑOS Y PERJUICIOS POR RETRASOS: Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones de El Contratista, El Contratante le impondrá sanciones económicas, aplicando un valor de uno por ciento (1%) por cada día de retraso, hasta un máximo acumulable de cinco por ciento (5%) del monto total del contrato. Al llegar esta sanción al máximo acumulable, el Contratante podrá proceder a ser efectiva la Garantía de Cumplimiento, si así es conveniente al Contratante o podrá proceder a la terminación del contrato de pleno derecho, reservándose además, el ejercicio de las acciones legales por daños y perjuicios, por incumplimiento del contrato por parte del Contratista.

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CLÁUSULA NOVENA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: A los fines de la Cláusula 2.42 establecido en las Políticas GN2349-9 y los artículos 71, 121 y 127 de la Ley de Contratación del Estado y 186, 190 y 193 de su Reglamento, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, todo acontecimiento que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse, que imposibilita el exacto cumplimiento de las obligaciones contractuales. Se reconocen como causa de fuerza mayor entre otras: A) guerra, rebelión y motines; B) huelga, excepto aquella de los empleados del Contratista; C) desastres naturales, tales como terremotos, maremotos, huracanes, inundaciones y; D) otras causas reconocidas como de fuerza mayor. CLÁUSULA DÉCIMA: EVENTOS COMPENSABLES: Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Supervisor decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación, ni a prórroga de la Fecha Prevista de Terminación, en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Supervisor. Por su parte, se reconocen como eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha del Acta de Inicio; (b) El Supervisor ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones

necesarias para la ejecución oportuna de las Obras; (c) El Supervisor ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas

adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban defectos; (d) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes

de la emisión de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, a partir de la información emitida a los Oferentes, la información disponible públicamente y la Visita Oficial del Sitio de las Obras;

(e) El Supervisor imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos;

(f) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista; y

(g) El Supervisor demora sin justificación alguna la emisión del Acta de Recepción Definitiva. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: RESPONSABILIDADES Y DAÑOS: El Contratista será responsable de toda reclamación civil proveniente por daños y perjuicios a su propio personal o a terceras personas.- Asimismo El Contratista exonera a El Contratante de toda reclamación, demanda, actuaciones judiciales por consecuencia de aplicación de las leyes laborales de previsión o seguridad social respecto a personal que este a su servicio. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO: Forman parte integrante del presente contrato: (1) el presente documento ; (2) la Notificación de la Resolución de Adjudicación; (3) la Oferta del Contratista; (4) memoria descriptiva , memoria de cálculo y las Especificaciones; (5) los Planos; (6) Presupuesto , cronograma la Lista de Cantidades Valoradas y (7) Garantías contractuales. Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el mismo orden de prioridad en que aparecen mencionados en esta cláusula.

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CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: CONTROVERSIAS: Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo entre el Contratista y el Contratante, será sometido a arbitraje, de acuerdo a la legislación de Honduras a través de la Cámara de Comercio de Tegucigalpa. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato si para ello existiesen los siguientes motivos: (a) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas; (b) La suspensión definitiva de la obra o la suspensión temporal de la misma por un plazo superior a diez

(10) días; (c) La muerte del Contratista individual, si no pudieren concluir la obra sus sucesores; (d) La disolución de la Sociedad Mercantil; (e) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos del Contratista, o su comprobada incapacidad

financiera; (f) Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que no existan causas de rescisión ocasionadas por el

incumplimiento del Contratista; (g) Motivos de interés público sobrevivientes a la celebración del contrato que imposibiliten su ejecución,

siempre que no existan causas de rescisión ocasionadas por el incumplimiento del Contratista; (h) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a cargo

del Contratista dentro de los plazos correspondientes; (i) En todo contrato financiado con fondos externos, la suspensión o cancelación del préstamo o

donación, puede dar lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación por parte del Sector Publico, que el pago correspondiente a obras o servicios ya ejecutados a la fecha de vigencia de la rescisión o resolución del contrato. Lo dispuesto en este artículo debe estipularse obligatoriamente en todos los contratos que se celebren en el Sector Público; y

(j) Las demás que establezcan expresamente este Contrato, Si el Contratista por causas que le fueran imputables, incurriere en atrasos en los plazos parciales en forma tal que se determine justificadamente que no podrá ejecutar la obra en el plazo total pactado, el Contratante tomará las medidas correctivas que fueren necesarias, incluyendo la resolución del contrato con ejecución de la Garantía de Cumplimiento y Anticipo. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: LEY QUE RIGE EL CONTRATO: Este contrato, su significado e interpretación y la relación que crea entre las partes se regirán por las leyes nacionales vigentes y las disposiciones establecidas en este contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: ESCALAMIENTO DE PRECIOS: Los precios se mantendrán fijos durante todo el contrato y no estarán sujetos a ajuste. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: Prácticas Prohibidas El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida

2 En el sitio virtual del Banco (www.iadb.org/integrity) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta

comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que

rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.

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del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.

(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o

indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;

(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;

(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;

(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y

(v) Una práctica obstructiva consiste en: aa. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la

investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o

bb todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 2.1 (f) de abajo.

(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de

bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un

empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;

(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que

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incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;

(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;

(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;

(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso,

incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.

(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 7.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.

(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.

(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.

(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes,

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oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.

(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las

sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;

(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de

selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores,

funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;

(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;

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(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;

(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 6.1 (b).

En fe de lo cual, firmamos en la ciudad de ______________, a los ____ días del mes de _______ del año dos

mil _____________.

_________________________________

Sub Secretaría de Integración Social

_________________________________

CONTRATISTA

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Sección IV.

(Insumos para preparación de Ofertas).

(Anexo en Digital)

Memoria Descriptiva

Título de Propiedad del Terreno en el cual se va a construir

Memoria de cálculo de cantidades de obras con sus especificaciones.

Planos: Aulas Escolares, Módulos Sanitarios. Fosa Séptica.

INFORMACIÓN EN DIGITAL QUE SE PROPORCIONA A LOS

OFERENTES Y QUE DEBERÁ SER LLENADA Y REMITIDA COMO PARTE DE SU OFERTA EN EL SOBRE DEBIDAMENTE SELLADO.

i. Presupuesto ii. Cronogramas(s)

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Sección V. Formularios de Garantía Se adjuntan en esta sección modelos aceptables de formularios para la Garantía de Cumplimiento y la Garantía por Pago de Anticipo. Los Oferentes no deberán llenar los formularios para la Garantía de Cumplimiento ni para la Garantía de Pago de Anticipo como parte de sus Ofertas.

Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria)

(Incondicional) [El Banco del Oferente seleccionado que presente esta Garantía deberá completar este formulario según las instrucciones indicadas entre corchetes, si el Contratante solicita esta clase de garantía.] [Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía] Beneficiario: [indique el nombre y la dirección del Contratante] Fecha: [indique la fecha] GARANTIA DE CUMPLIMIENTO No. [indique el número de la Garantía de Cumplimiento] Se nos ha informado que [indique el nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado el Contrato No.[indique el número referencial del Contrato] de fecha [indique la fecha] con su entidad para la ejecución de [indique el nombre del Contrato y una breve descripción de las Obras] en adelante “el Contrato”). Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se requiere una Garantía de Cumplimiento. A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por este medio nos obligamos irrevocablemente a pagar a su entidad una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de -[indique la cifra en números] [indique la cifra en palabras],3 la cual será pagada por nosotros en los tipos y proporciones de monedas en las cuales el Contrato ha de ser pagado, al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito, acompañada de una comunicación escrita que declare que el Contratista está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo

3 El Garante (banco) indicará el monto que representa el porcentaje del Precio del Contrato estipulado en el

Contrato y denominada en la(s) moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Contratante.

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las condiciones del Contrato sin que su entidad tenga que sustentar su demanda o la suma reclamada en ese sentido. Esta Garantía expirará no más tarde de veintiocho días contados a partir de la fecha de la emisión del Certificado de Posesión de las Obras, calculados sobre la base de una copia de dicho Certificado que nos será proporcionado, o en el [indicar el día] día del [indicar el mes] mes del [indicar el año],4 lo que ocurra primero. Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de esta fecha. Esta Garantía está sujeta a las Reglas uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del CCI No. 458. (ICC, por sus siglas en inglés), excepto que el subpárrafo (ii) del subartículo 20 (a) está aquí excluido.

[Firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del banco]

4 Indique la fecha que corresponda veintiocho días después de la Fecha de Terminación Prevista. El Contratante

deberá observar que en el caso de prórroga del plazo de terminación del Contrato, el Contratante necesitará solicitar una extensión de esta Garantía al Garante. Dicha solicitud deberá ser por escrito y presentada antes de la expiración de la fecha establecida en la Garantía. Al preparar esta Garantía el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto al formulario, al final del penúltimo párrafo: “El Garante conviene en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses]/[ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante de dicha extensión, la que será presentada al Garante antes de que expire la Garantía.”

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Garantía de Cumplimiento (Fianza)

[El Garante del Oferente seleccionado que presenta esta fianza deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes, si el Contratante solicita este tipo de garantía] POR CUANTO,_____(nombre del Proveedor)______, en adelante denominado “EL PROVEEDOR”, se ha obligado, en virtud del Contrato No. __(indicar numero del contrato)____ de fecha ____(indicar fecha)___ a suministrar ____(indicar objeto del contrato)____, en adelante denominado EL CONTRATO POR ESTE INSTRUMENTO, se deja constancia que nosotros ___(nombre de la Compañía Aseguradora) ____, con domicilio legal en __(indicar domicilio completo)___, en adelante denominado “LA ASEGURADORA”, hemos contraído una obligación con ____(nombre del organismo Comprador)____, en adelante denominado “EL BENEFICIARIO”, por la suma de _____(indique la suma, según lo exigido en los pliegos)__, cuyo pago a favor del BENEFICIARIO se obliga por el presente documento el LA ASEGURADORA, sus sucesores y cesionarios, con el objeto de garantizar el fiel cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de todas las obligaciones que le corresponden en virtud de EL CONTRATO. LA ASEGURADORA se compromete a pagar al BENEFICIARIO el monto antes mencionado, siempre que el BENEFICIARIO notifique por escrito dicho incumplimiento y adjunte al mismo las pruebas pertinentes, a fin de dejar constancia de que el monto reclamado se le adeuda por haberse producido el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de EL PROVEEDOR previstas en EL CONTRATO, e indique específicamente cuál o cuales de ellas se han incumplido. Esta garantía estará vigente desde la fecha de la firma de EL CONTRATO y hasta tres (3) meses contados a partir del día hábil siguiente después del último día del plazo previsto para la entrega de los bienes. Condiciones legales I. El BENEFICIARIO es titular exclusivo de todos los derechos emergentes de esta garantía y gozará de preferencia sobre cualquier otro acreedor de LA ASEGURADORA para hacer efectiva esta garantía. II. LA ASEGURADORA se constituye en la principal pagadora de la suma integra garantizada a favor del PROVEEDOR, renunciando al beneficio de excusión, y a imponer deducibles o cualquier otra limitación de responsabilidad. III. No se podrá oponer al BENEFICIARIO cualquier conflicto que pudiese surgir entre LA ASEGURADORA y el PROVEEDOR.

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IV. Las obligaciones pendientes de pago por LA ASEGURADORA, continuarán vigentes aún vencido el plazo de vigencia de la presente garantía, siempre que la notificación del incumplimiento se haya producido durante la vigencia de la misma. V. Ante cualquier incumplimiento del LA ASEGURADORA, el BENEFICIARIO, podrá recurrir a través de la instancia judicial, por la vía del apremio, constituyendo el presente instrumento título ejecutivo. VI. LA ASEGURADORA declara que: a) No se encuentra en mora frente a la Administración, incluyendo cualquier organismo del

sector público, como consecuencia de la falta de pago de garantías ejecutadas; b) No se halla en situación de suspensión de pagos o de liquidación forzosa; y que,

c) No se encuentra suspendida la autorización administrativa para el ejercicio de su actividad.

La Jurisdicción para conocer de cualquier conflicto, será la de los Tribunales del Fuero de Letras de lo Civil del domicilio del BENEFICIARIO. Fecha, firma del Representante Legal de LA ASEGURADORA y sello de la misma.

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Garantía Bancaria por Pago de Anticipo

[El Banco del Oferente seleccionado, que presenta esta Garantía deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas entre corchetes, si en virtud del Contrato se hará un pago anticipado] [Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía] Beneficiario: [Nombre y dirección del Contratante] Fecha: [indique la fecha] GARANTIA POR PAGO DE ANTICIPO No.: [indique el número] VIGENCIA DE LA GARANTIA: [indique las fechas de inicio y finalización] Se nos ha informado que [nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado con ustedes el contrato No. [número de referencia del contrato] de fecha [indique la fecha del contrato], para la ejecución de [indique el nombre del contrato y una breve descripción de las Obras] (en adelante denominado “el Contrato”). Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se dará al Contratista un anticipo contra una garantía por pago de anticipo por la suma o sumas indicada(s) a continuación. A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por medio del presente instrumento nos obligamos irrevocablemente a pagarles a ustedes una suma o sumas, que no excedan en total [indique la(s) suma(s) en cifras y en palabras]5 contra el recibo de su primera solicitud por escrito, declarando que el Contratista está en violación de sus obligaciones en virtud del Contrato, porque el Contratista ha utilizado el pago de anticipo para otros fines a los estipulados para la ejecución de las Obras. Como condición para presentar cualquier reclamo y hacer efectiva esta garantía, el referido pago mencionado arriba deber haber sido recibido por el Contratista en su cuenta número [indique número] en el [indique el nombre y dirección del banco]. El monto máximo de esta garantía se reducirá progresivamente a medida que el monto del anticipo es reembolsado por el Contratista según se indique en las copias de los estados de cuenta de pago periódicos o estimación de obra aprobada certificados de pago que se nos

5 El Garante deberá indique una suma representativa de la suma del Pago por Adelanto, y denominada en cualquiera de

las monedas del Pago por Anticipo como se estipula en el Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador.

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presenten. Esta garantía expirará, a más tardar, al recibo en nuestra institución de una copia de la estimación de obra aprobada Certificado de Pago Interino indicando que el ochenta (80) por ciento del Precio del Contrato ha sido certificado y aprobado para pago, o en el [indique el número] día del [indique el mes] de [indique el año]6, lo que ocurra primero. Por lo tanto, cualquier demanda de pago bajo esta garantía deberá recibirse en esta oficina en o antes de esta fecha. Esta garantía está sujeta a los Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), ICC Publicación No. 458. _______[Firma(s) de los representante(s) autorizado(s) del Banco]

6 Indicar la fecha prevista de expiración del Plazo de Cumplimiento. El Contratante deberá advertir que en caso de una

prórroga al plazo de cumplimiento del Contrato, el Contratante tendrá que solicitar al Garante una extensión de esta Garantía. Al preparar esta Garantía el Contratante pudiera considerar agregar el siguiente texto en el Formulario, al final del penúltimo párrafo: “Nosotros convenimos en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses] [un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante de dicha extensión, la que nos será presentada antes de que expire la Garantía.”

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Sección VI. Anexos (La Siguiente declaración jurada deberá ser incluida en la oferta)

DECLARACION JURADA

Yo, _____________________________________, mayor de edad, soltero/casado, con

profesión u oficio ________________________________, cedula de identidad No.

_________________, de nacionalidad _______________, y con domicilio en la ciudad

_________________________, DECLARO bajo juramento que:

1. He leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones

aplicables a la comisión de las mismas que constan en la Sección I del documento para la

Contratación de Obras por Comparación de Precios en Feria a la Inversa, me obligo a

observar las normas pertinentes sobre las mismas.

2. Garantizo que cumplo con lo establecido en el documento para la Contratación de Obras

por Comparación de Precios en Feria a la Inversa, numeral 2, inciso 2.2 y todos sus

acápites.

3. Reconozco la responsabilidad de presentación de cada una de las garantías establecidas

en el presente documento.

4. Ni mi representada, ni mi persona estamos comprendidos en ninguna de las prohibición

establecidas en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado de Honduras.

Y para los fines pertinentes, extiendo la presenta en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los

_____________días del mes de ____________________ del año _____________.

________________________

Firma del oferente

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(La Siguiente declaración jurada deberá ser presentada previo a la firma del contrato debidamente autenticada)

DECLARACION JURADA

Yo, _____________________________________, mayor de edad, soltero/casado, con

profesión u oficio ________________________________, cedula de identidad No.

_________________, de nacionalidad _______________, y con domicilio en la ciudad

_________________________, DECLARO bajo juramento que ni yo ni mí representada estamos

comprendido en ninguna de las prohibición establecidas en los artículos 15 y 16 de la Ley de

Contratación del Estado de Honduras.

Y para los fines pertinentes, extiendo la presenta en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los

_____________días del mes de ____________________ del año _____________.

________________________

Firma

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(La Siguiente declaración jurada deberá ser presentada previo a la firma del contrato debidamente autenticada)

DECLARACION JURADA

Yo, _____________________________________, mayor de edad, soltero/casado, con

profesión u oficio ________________________________, cedula de identidad No.

_________________, de nacionalidad _______________, y con domicilio en la ciudad

_________________________, DECLARO bajo juramento que cuento con la capacidad técnica y

financiera para realizar las obras dentro del tiempo establecido para la ejecución de las mismas.

Y para los fines pertinentes, extiendo la presenta en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los

_____________días del mes de ____________________ del año _____________.

___________________

Firma