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Reglamento General de Protección de Datos ¡Expresa tu opinión! ¡Empoderemos a nuestros niños/ as, protejamos sus derechos! Expresa tu opinión sobre el futuro de nuestros adolescentes! Ir a https://www.facebook.com/GDPRhaveyoursay/ Sus aportaciones ayudarán a convencer a los responsables políticos nacionales y de la UE de que existen mejores soluciones. Contacta [email protected] [email protected] 9. ¿Eurócratas, burócratas o hipócritas? El Artículo 8 podría suponer que las compañías requieran más información de los adolescentes de la que requerían previamente como, por ejemplo, la ubicación. Esto contradice los objetivos declarados por el RGPD que buscan proteger la información privada del menor y limitar la recopilación de la información únicamente a los mínimos necesarios. ¿Cuán hipócrita es eso? 10. El derecho a ser escuchado La sociedad está concienciándose cada vez más de la importancia de consultar a la juventud para fomentar la democracia, pero sin embargo no se está escuchando a los y las adolescentes, quienes se verán más afectados por el RGPD. ¿Y qué hay de los derechos de los padres, quienes deberían tener la libertad de proporcionar protección y orientación a sus hijos/as de la manera que crean más conveniente (Artículos 3, 4 y 5 de la CNUDN)? ANPRI - Associação Nacional de Professores de Informática AP2SI - Associação Portuguesa para a Promoção da Segurança da Informação APF - Associação de Professores de Filosofia Associação D3 - Defesa dos Direitos Digitais Aventura Social CIAC - Centro de Investigação em Artes e Comunicação CIJIC - Centro de Investigação Jurídica do Ciberespaço da Faculdade de Direito de Lisboa CNIPE - Confederação Nacional Independente de Pais e Encarregados de Educação CNTI - Cyprus Neuroscience and Technology Institute CONFAP - Confederação Nacional das Associações de Pais Cyberethics Dream Teens EPA - European Parents’ Association EU Kids Online Portugal Insight - Education to Empower Instituto de Apoio à Criança InternetSegura.pt MiudosSegurosNa.Net NCBI - Národní Centrum Bezpečnějšího Internetu Ora De Net PantallasAmigas RadioActive101 – Portugal Safenet.bg SaferInternet.gr SaferInternet.pl Safer Internet Centre Nederland Salvati Copiii - Save the Children Romania Sociedade Portuguesa de Medicina do Adolescente SoMe - Right Suradnici u Učenju Telefono Azzurro e Diana Award

Ir a - MiudosSegurosNa.Net · como, por ejemplo, la ubicación. Esto contradice los objetivos declarados por el RGPD que buscan proteger la información privada del menor y limitar

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Reglamento General de Protección de Datos ¡Expresa tu opinión!

¡Empoderemos a nuestros niños/as, protejamos sus derechos!

Expresa tu opinión sobre el futuro de nuestros adolescentes!

Ir a https://www.facebook.com/GDPRhaveyoursay/

Sus aportaciones ayudarán a convencer a los responsables políticos nacionales y de la UE

de que existen mejores soluciones.

Contacta [email protected]@insight2act.net

9. ¿Eurócratas, burócratas o hipócritas? El Artículo 8 podría suponer que las compañías requieran más

información de los adolescentes de la que requerían previamente

como, por ejemplo, la ubicación. Esto contradice los objetivos

declarados por el RGPD que buscan proteger la información privada

del menor y limitar la recopilación de la información únicamente a

los mínimos necesarios. ¿Cuán hipócrita es eso?

10. El derecho a ser escuchado La sociedad está concienciándose cada vez más de la importancia

de consultar a la juventud para fomentar la democracia, pero sin

embargo no se está escuchando a los y las adolescentes, quienes

se verán más afectados por el RGPD. ¿Y qué hay de los derechos

de los padres, quienes deberían tener la libertad de proporcionar

protección y orientación a sus hijos/as de la manera que crean más

conveniente (Artículos 3, 4 y 5 de la CNUDN)? ANPRI - Associação Nacional de Professores de InformáticaAP2SI - Associação Portuguesa para a Promoção da Segurança da InformaçãoAPF - Associação de Professores de FilosofiaAssociação D3 - Defesa dos Direitos DigitaisAventura SocialCIAC - Centro de Investigação em Artes e ComunicaçãoCIJIC - Centro de Investigação Jurídica do Ciberespaço da Faculdade de Direito de LisboaCNIPE - Confederação Nacional Independente de Pais e Encarregados de EducaçãoCNTI - Cyprus Neuroscience and Technology InstituteCONFAP - Confederação Nacional das Associações de PaisCyberethicsDream TeensEPA - European Parents’ AssociationEU Kids Online PortugalInsight - Education to EmpowerInstituto de Apoio à CriançaInternetSegura.ptMiudosSegurosNa.NetNCBI - Národní Centrum Bezpečnějšího InternetuOra De NetPantallasAmigasRadioActive101 – PortugalSafenet.bgSaferInternet.grSaferInternet.plSafer Internet Centre NederlandSalvati Copiii - Save the Children RomaniaSociedade Portuguesa de Medicina do AdolescenteSoMe - RightSuradnici u UčenjuTelefono AzzurroThe Diana Award

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10 RAZONES por las cuales los adolescentes no deberían necesitar el consentimiento paterno para acceder a los servicios de la sociedad de la información.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entrará

en vigor en todos los Estados miembros de la UE en mayo

de 2018. El artículo 8 de dicha regulación requerirá que las

niñas y niños por debajo de la edad de 16 años obtengan el

consentimiento de sus padres antes de acceder a los servicios

de la sociedad de la información. Sin embargo, también

declara que “los estados miembros podrán establecer por ley

que los menores puedan acceder a dichos servicios siempre y

cuando su edad no sea menor a los 13 años”.

El RGPD tendrá un impacto trascendental en los adolescentes

de toda Europa, quienes correrán el riesgo de ser privados

del derecho a integrarse en la sociedad de la información

de hoy en día, dejándoles además que accedan a ella sin las

competencias digitales y la alfabetización mediática que tan

necesarias son para que se conviertan en ciudadanos activos

en el mundo del mañana. ¿No deberíamos tratar de fomentar

el debate público para escuchar qué es lo que tienen que decir

ellas y ellos – así como sus padres y educadores – al respecto?

Presentamos 10 razones por las cuales creemos que todos

los ciudadanos responsables deberían alzar la voz para evitar

que se prive a las personas jóvenes (y a sus padres y madres)

de muchos de sus derechos fundamentales. Comparte tu

opinión con nosotros en:

https://www.facebook.com/GDPRhaveyoursay/

1. Respetar los derechos del niño La Convención de las Naciones Unidas para los Derechos del Niño (CNUDN) es generalmente reconocida como la carta universal de los derechos y las responsabilidades de la infancia. El artículo 13 establece que las niñas y niños deben tener libertad para acceder y compartir información y además ejercer la libertad de pensamiento, conciencia y religión al mismo tiempo que se les protege frente a la información falsa y/o radical (Artículo 14). Por otro lado, ensalza su derecho a conocer grupos y unirse a ellos, y también su responsabilidad a la hora de mostrarse respetuosos con los derechos, las libertades y la reputación de los demás (Artículo 15). Sin duda deberían existir medidas más efectivas y mejor adecuadas a la adolescencia para proteger dichos derechos y responsabilidades, en lugar de limitar el acceso a internet a través del consentimiento parental, especialmente si tenemos en cuenta que el conocimiento técnico de los servicios de la sociedad de la información es mayor entre la juventud comparado con el de sus padres. ¿Cómo habrían reaccionado los adolescentes hace un par de generaciones si hubieran necesitado el permiso de sus padres para elegir un libro de la biblioteca o para conocer a sus amigos?

2. Escuchemos a los investigadores sobre el desarrollo¿Por qué condicionar a los adolescentes al amparo del consentimiento de sus padres cuando la investigación nos muestra que para cuando alcanzan los 13 años de edad normalmente han adquirido ya perfectas competencias para el razonamiento? En torno a esa edad, la mayoría han alcanzado ya la etapa del razonamiento operacional formal, habiendo sido guiados por sus padres y educadores en la elaboración del conocimiento y la capacidad del aprendizaje basado en la experiencia necesarios, capacitándolos en la toma de decisiones adecuadas.

3. La autonomía – una parte esencial del desarrollo de la madurezSer dotado de un nivel de autonomía adecuado a la edad de los 13 años es predictor tanto de una mayor calidad en las relaciones futuras de la persona como de su habilidad para gestionar los desafíos de autonomía personal y de las relaciones interpersonales a lo largo de los diferentes ámbitos sociales de la vida adulta. La autonomía se fomenta mediante el empoderamiento de las niñas y niños, no limitando sus decisiones.

4. El equilibrio entre riesgos y oportunidadesInternet ofrece una ventana abierta al mundo y una amplia gama de oportunidades. De cuantas más oportunidades puedan beneficiarse los y las adolescentes, mayor será su capacidad de resistencia ante los riesgos potenciales.

5. Estrechando la brecha digitalEl artículo 8 tendría un impacto trascendental en aquellos adolescentes cuyos padres se nieguen a otorgarles el consentimiento, excluyéndolos de sus compañeros de clase y exponiéndolos a un riesgo mayor en caso de que decidan mentir respecto a su edad.

¿Y qué hay de las personas jóvenes que legalmente han estado elaborando su perfil, canal, blog o incluso líneas de productos desde los 13 años – deberán eliminar su trabajo realizado hasta el momento?

6. ¿Integración de oportunidades o discriminación cultural?Las escuelas juegan un papel fundamental en la orientación de las niñas, niños y adolescentes en el uso seguro y responsable de las herramientas y plataformas de la sociedad de la información, tales como las redes sociales. En caso de que no todos los padres y madres del alumnado de un aula proporcionaran su consentimiento, el profesorado se encontraría en una situación de severa fragilidad, ante la disyuntiva de únicamente privar a una minoría de importantes oportunidades o, por el contrario, privar a la mayoría con la finalidad de no discriminar a dicha minoría.

7. Preparando el terreno para la alfabetización del siglo XXILa sociedad utiliza cada vez más las redes sociales para difundir información importante, por lo que las plataformas digitales juegan un papel integrador a la hora de ayudar a los ciudadanos del mañana a desarrollar las habilidades que necesitan para jugar un rol activo en la sociedad.

8. Ciudadanía “global” limitada por las fronteras nacionalesSi los países determinaran una edad diferente para el requerimiento del consentimiento paternal, los y las adolescentes sujetos a la normativa de edad más avanzada se verían perjudicados por el simple hecho de pertenecer a un país con una legislación distinta. Esto perpetuaría la desigualdad de oportunidades y amplias diferencias digitales a través de las distintas naciones.