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IV. PROYECTOS Y NECESIDADES

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IV. PROYECTOS Y NECESIDADES

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1. PROYECTOS

En sesión ordinaria de 26 de octubre de 2011 del Pleno del Consejo

de la Judicatura Federal, el Ministro Presidente Juan N. Silva Meza, presen-

tó una propuesta de acuerdo, relacionada con la implementación de las

Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Ju-

dicial de la Federación, la cual está siendo analizada por el órgano máximo

del Consejo.

Dicha propuesta se estima plausible, toda vez que con ella se pre-

tenden armonizar las actividades de todos los órganos del Consejo involu-

crados en la implementación de las Reformas constitucionales, en un en-

granaje encaminadas a una misma meta, de modo que pensamos que el

Pleno habrá de aprobar ese acuerdo y, como consecuencia, seguiremos

las pautas en él establecidas.

En adelante a lo que correspondería a este Instituto de la Judicatura

Federal en ese plan, se trabajará en la integración de propuestas que en su

oportunidad se someterán a las instancias competentes para su realización.

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Las propuestas que se han concebido son las siguientes:

1.1 Formación, capacitación y actualización

Las líneas que orientan nuestra actividad y que seguirán rigiendo

nuestros proyectos son las siguientes:

a) Apertura de la formación judicial a los principales desarrollos de la

ciencia jurídica nacional e internacional.

b) Consolidación del Instituto de la Judicatura Federal como institu-

ción de educación superior, en materia jurisdiccional.

c) Ampliar los alcances de las actividades académicas del Instituto,

mediante el empleo de las tecnologías de la información y comu-

nicación.

d) Fomentar la participación activa de todos los alumnos, mediante la

realización de lecturas, mesas redondas, foros, conferencias, etc.

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Curso “La Oralidad en el Proceso Mercantil”

Con este curso se pretende dar a conocer a la comunidad del Poder

Judicial de la Federación, la reforma al Código de Comercio, en materia

de oralidad en el proceso mercantil. Tendría una duración de 30 horas y se

impartiría en forma presencial en la sede central del Instituto, así como en

algunas extensiones que por el número de inscritos justifican que algunas

sesiones presenciales sean trasladas a ellas.

El programa y plan de estudios de este curso fue aprobado por el

Comité Académico en sesión de 27 de octubre de este año.

Curso sobre las Reformas Constitucionales en Materia de Amparo y

de Derechos Humanos e Implicaciones para el Trabajo Jurisdiccional,

dirigido a secretarios de tribunal y de juzgado de distrito,

y a otros servidores

Derivado del “Seminario introductorio. Reformas constitucionales en

materia de amparo y de derechos humanos e implicaciones para el trabajo

jurisdiccional”, dirigido a jueces de distrito y magistrados de circuito impar-

tido en septiembre de 2011, se cuenta con un importante acervo videográ-

fico, que puede servir como material permanente de consulta.

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Una de las actividades inmediatas, a realizar en el ejercicio que se

inicia, consiste en la impartición de un curso de actualización a los secre-

tarios de tribunal y de juzgado de distrito, así como para los defensores y

asesores, que se ha diseñado en la modalidad mixta (presencial, virtual y

en video conferencia). A fase virtual contará con videos y materiales de to-

das las sesiones que se impartieron en las siete sedes en las que se llevó a

cabo el “Seminario introductorio. Reformas constitucionales en materia de

amparo y de derechos humanos e implicaciones para el trabajo jurisdiccio-

nal”, así como con bibliografía sobre la materia del curso. Se propone que

los videos del seminario sean vistos y analizados en grupo, a fin de motivar

el intercambio de ideas y el debate. Los alumnos podrían formular pregun-

tas, presentar problemas y comentarios por escrito y enviarlos al Instituto

a través del Foro de discusión del campus virtual, a fin de que puedan ser

seleccionadas y se sometan a consideración de los ponentes en la etapa

presencial.

La etapa presencial se desarrollaría mediante una mesa redonda por

cada tema, con sede rotativa transmitiéndose mediante el sistema de video

conferencia a las extensiones del Instituto. Las mesas redondas estarían

integradas de tres a cinco ponentes, cada sesión durará tres horas y se

realizarían cada semana.

Con lo anterior se busca llevar a la gran mayoría de operadores ju-

diciales y auxiliares, la enseñanza introductoria que han recibido los jueces

y magistrados, como plataforma de lanzamiento de la programación de

mayor alcance e impacto en esa importante materia, a fin de enfrentar con

éxito los grandes retos que representan las reformas constitucionales.

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Curso “El Poder Judicial de la Federación y el Derecho Internacional

de los Derechos Humanos: Hacia un control de convencionalidad y

correcta aplicación de los instrumentos Internacionales”

Como parte de las actividades de capacitación y actualización sobre

la reforma constitucional en materia de derechos humanos, se está pre-

parando un curso de 84 horas, aproximadamente, el cual sería impartido

en coordinación con la Fundación Konrad-Adenauer. Este curso acercará

a los funcionarios judiciales a doctrina consolidada sobre los conceptos

fundamentales vinculados con el control de convencionalidad. Una vez que

se concrete este proyecto será presentado al Comité Académico y en su

oportunidad a la Comisión de Carrera Judicial.

Reproducción del Diplomado sobre Acciones Colectivas

Dado el éxito de este Diplomado, en los nuevos programas acadé-

micos de este Instituto, se procurará seguir el modelo docente en él adop-

tado y en 2012 se convocará a su segunda edición, para dar respuesta a

todos aquellos funcionarios del Poder Judicial de la Federación que en la

primera no tuvieron la oportunidad de cursarlo.

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Curso sobre teoría y práctica de la prueba

La prueba de los hechos constituye una parte toral de la confronta-

ción de pretensiones características de los litigios sometidos a la decisión

de los jueces y magistrados federales, en las diferentes materias que son

de su competencia.

De los múltiples y diversos objetos de prueba que se dan en la vida

del derecho se ocupa la teoría de la prueba, cuya enseñanza facilita la bús-

queda y hallazgo de las diferentes fuentes de prueba, y ayuda al mejor

empleo de los medios que el derecho probatorio pone a disposición de los

operadores jurídicos.

Por consiguiente, durante el ejercicio que se inicia habrá de some-

terse a la consideración del Consejo de la Judicatura Federal, la propuesta

de creación de un curso de teoría y práctica de la prueba a impartirse por

expertos nacionales y extranjeros, a fin de dotar a los operadores judiciales

de mayores elementos cognitivos que se traduzcan en una mejor decisión

de las controversias que deban resolver.

Formación en pensamiento crítico

En el Plan de Estudios de la Especialidad en Administración de

Justicia en Juzgados de Distrito, se incluyó un programa de formación en

pensamiento crítico. Se partió de la premisa de que, con el dominio del

pensamiento crítico los juzgadores quedan en condiciones de aplicar mé-

todos universalmente probados, que les permiten cuestionarse, evaluar sus

propias soluciones, sistematizar su práctica profesional, mejorándola de

manera continua, sin caer en las falacias empleadas frecuentemente en los

litigios, transponiendo sus propios perjuicios.

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Considero que la formación en pensamiento crítico no debe ser ex-

clusiva de la especialidad dirigida a los secretarios que aspiran al cargo de

juez de distrito; debe integrarse en todos los programas de formación para

cargos de carrera judicial, como el Curso Básico de Formación y Prepara-

ción de Secretarios de Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito y en la

Especialidad en Administración de Justicia en Tribunales de Circuito.

Dentro de nuestros proyectos, se encuentra instrumentar cursos,

asignaturas y programas que permitan a los funcionarios judiciales conocer

y dominar el pensamiento crítico, sea a través de los cursos de formación

para cargos de carrera judicial, o bien mediante eventos académicos especiales.

Cursos de Lenguas Extranjeras

En la formación judicial del siglo XXI no puede soslayarse la nece-

sidad de conocer los instrumentos legales, la jurisprudencia y la doctrina

surgida a nivel internacional, para lo cual existe, dado el avance de las tec-

nologías de la información, especialmente la red de Internet y el comercio

electrónico, la posibilidad de allegarse de material de consulta de especial

relevancia que pueda dar pauta a la transformación que requiere la labor

jurisdiccional.

Sin embargo, gran parte de esa información se encuentra redactada

en idiomas distintos al español, destacadamente el inglés, el francés, el ita-

liano y el alemán, por lo que es conveniente que los operadores judiciales

dominen otros idiomas a un nivel suficiente que les permita el acceso directo

a los textos de interés.

Por tal motivo, se ha examinado la posibilidad de crear el Centro de

Idiomas del Instituto de la Judicatura Federal, y se cuenta con un estudio de

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las modalidades que podrían utilizarse para su implementación. Una prime-

ra etapa consistiría en la contratación de cursos de dos lenguas extranjeras,

en consecuencia durante el siguiente ejercicio se someterá la propuesta al

Comité Académico.

Especialidad en Administración de Justicia

en Juzgados de Distrito en la modalidad virtual

La Especialidad en Administración de Justicia en Juzgados de Dis-

trito está dando resultados satisfactorios. Con la finalidad de que los be-

neficios obtenidos en ella tengan un alcance mayor, y su contenido pueda

llegar a ser aprovechado por un amplio número de secretarios, se ha con-

cebido la idea de impartir esta especialidad en la modalidad virtual.

Para tal efecto, se está elaborando un proyecto, a partir de la revisión

de los programas de la especialidad impartida en la modalidad presencial,

con la finalidad de crear programas adecuados a la modalidad virtual, que

logren un aprovechamiento satisfactorio acorde con el perfil de egreso que

se ideó para la Especialidad en Administración de Justicia en Juzgados de

Distrito.

Con el objeto de que esta especialidad cumpla con alta calidad sus

propósitos, se está preparando un programa que tome en cuenta todos los

recursos que sean necesarios y se encuentren disponibles para alcanzar

un óptimo desarrollo. Se está analizando la posibilidad de que cada alum-

no cuente con laptop y una conexión a Internet lo suficientemente amplia,

que permitan la impartición uniforme del curso, evitando los obstáculos que

puedan surgir de la diversidad de marcas, modelos, formatos o velocidad

de conexión a la Red.

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También se está integrando la propuesta con la posibilidad de con-

tratar docentes de reconocido prestigio a quienes se asigne la titularidad de

la materia, quienes diseñarían contenido, ejercicios y evaluaciones, junto

con tutores que den seguimiento personalizado al desempeño de los alumnos.

A fin de reforzar la formación de los alumnos, se programarían semi-

narios presenciales, que se desarrollarían los fines de semana en las sedes

que determinara el Instituto, atendiendo a la proximidad de los alumnos.

Se estima que de concretarse este proyecto alcanzaría una calidad

equiparable a la especialidad presencial, en la medida que permitiría pro-

poner que los egresados de la modalidad virtual también puedan conservar

su calificación para excentar la primera etapa de los concursos de oposi-

ción.

De obtenerse el resultado esperado con este proyecto, se contaría

con un programa académico que proporcionaría una preparación adecua-

da a los aspirantes a jueces de distrito, con un alcance cuantitativo mayor

al de la modalidad presencial y con un costo considerablemente menor.

La relación costo beneficio de este proyecto es indiscutible. Estimo

que sería una inversión valiosa asumir los costos de la especialidad en la

modalidad virtual, pues se destinaría recurso público a un grupo considera-

ble de secretarios que probablemente serán jueces de distrito y que aplica-

rían el conocimiento adquirido de manera inmediata, mejorando la calidad

de la impartición de justicia en los órganos federales.

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Especialidad en Administración de Justicia en Tribunales de Circuito

La impartición de esta Especialidad se encuentra ordenada en el

acuerdo general 8/2011, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal,

en el que se establece que la selección de magistrados debe hacerse con

base en elementos objetivos apegados al marco constitucional y legal apli-

cable en materia de carrera judicial, que permitan total certidumbre a los

participantes. Por ello, se propone una Especialidad previa al concurso,

que permita a los jueces de distrito y magistrados electorales adquirir una

formación más sólida y fortalecer sus conocimientos jurídicos mediante la

experiencia y vivencias en tareas propias del cargo.

El plan de estudios fue aprobado por el Comité Académico en sesión

extraordinaria de 25 de agosto del presente año, sin embargo, la Comisión

de Carrera Judicial realizó algunas observaciones sobre su contenido las

que serán estudiadas, y tan pronto sean solventadas se presentará una

propuesta que permita su impartición en 2012.

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Especialidad en el Sistema Procesal Penal Acusatorio

El Instituto de la Judicatura Federal tiene la responsabilidad de for-

mar a jueces federales en el Nuevo Sistema de Enjuiciamiento Penal, cuya

implementación en el ámbito federal se ve cercana, por lo que resulta im-

prescindible establecer un programa permanente de formación en ese nue-

vo sistema, de manera que los funcionarios judiciales tengan la certeza de

que existe una oferta educativa regular que les permita conocer las reglas y

principios que regulan los sistemas procesales penales acusatorios.

Durante el próximo año se presentará el proyecto de una Especia-

lidad en el Nuevo Sistema Procesal Acusatorio, la cual también tendrá el

beneficio adicional de que sus egresados contarán con un grado acadé-

mico de postgrado, y fundamentalmente, habrán adquirido el dominio del

sistema y las habilidades necesarias para enfrentarlo en la práctica.

Maestría en Derechos humanos, Impartición de Justicia y Género

El 28 de octubre del presente año, concluyó el trámite para el regis-

tro ante la Secretaría de Educación Pública de la Maestría en Derechos Hu-

manos, Impartición de Justicia y Género, que originalmente fue organizada

por el Consejo de la Judicatura Federal en colaboración con la Universi-

dad Nacional Autónoma de México. Habiéndose otorgado el registro de la

maestría a nombre del Instituto de la Judicatura Federal, se llevarán a cabo

las actividades necesarias para que los alumnos que ya comenzaron ese

programa puedan concluirlo con éxito.

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Dentro de esas actividades se programará la impartición de las asig-

naturas pendientes de cursar, así como tutorías para la elaboración de las

tesis de grado, y se coordinará la aplicación de los exámenes correspon-

dientes.

Maestría en Derechos Humanos

Con motivo de las reformas constitucionales en materia de derechos

humanos, resulta imperiosa la necesidad de dotar de información sustenta-

ble a los juzgadores mexicanos en esa materia. Para cubrir esa necesidad

se estudia la posibilidad de adoptar un programa de maestría, que abarque

integralmente el conocimiento teórico práctico relacionado con los dere-

chos humanos. Este programa además daría oportunidad a muchos miem-

bros del Poder Judicial de la Federación de contar con un grado académico

judicial, lo que redundaría en beneficio de la profesionalización de los jueces

mexicanos.

Al finalizar este año, o al principio de 2012, se espera presentar al

Comité Académico el proyecto de maestría en derechos humanos, cuyo

programa se diseñaría para que fuera aprovechado por funcionarios judi-

ciales adscritos a diferentes zonas del país, mediante la modalidad virtual,

el sistema de video conferencia y un programa rotativo de sesiones presen-

ciales en distintas sedes de este Instituto.

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1.2 Investigación

La investigación científica jurisdiccional se debe posicionar como

una de las actividades sustanciales del Instituto, que permite la generación

de conocimiento útil para mejorar el desarrollo y funcionamiento del Poder

Judicial de la Federación, como lo dispone el artículo 97 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial de la Federación.

El Instituto de la Judicatura Federal puede llevar a cabo esta activi-

dad de tres formas distintas:

a) Realización de investigación con proyectos y recursos propios.

b) Asesoría y apoyo a funcionarios judiciales que estén interesados en

llevar a cabo investigaciones.

c) Colaboración con otras instituciones y académicos externos en la

realización de investigaciones que sean útiles para el Poder Judicial

de la Federación.

A fin de atender estas actividades, se analiza la viabilidad de presen-

tar en 2012, los siguientes proyectos:

Seminario de Investigación sobre Acciones Colectivas

Como segunda etapa del Diplomado sobre Acciones Colectivas está

programado un seminario de investigación, en el cual podrán participar los

jueces y magistrados más destacados. Consistirá en el desarrollo de inves-

tigaciones asesoradas por expertos en la materia, sobre los distintos temas

que integran la reforma sobre acciones colectivas.

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A quienes acrediten este seminario se les expedirá la certificación en

esta materia, y como resultado de esta actividad académica se editará una

obra colectiva que aborde los distintos tópicos tratados en el curso.

Programa de Investigación

Conforme al artículo 97 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la

Federación, el Instituto de la Judicatura Federal debe llevar a cabo progra-

mas de investigación que mejoren la calidad de la impartición de justicia.

Para dar cumplimiento a esa obligación legal, en el próximo año se pre-

sentará un proyecto de programa que precise el tipo de investigación que

realizaría el Instituto, así como las líneas de investigación a las que dará

prioridad.

Vínculo Web Observatorio Jurídico Internacional

El ejercicio de la función jurisdiccional, así como las recientes refor-

mas constitucionales en materia de amparo y derechos humanos, permiten

advertir la necesidad de que los jueces y magistrados federales cuenten con

herramientas que les permitan conocer los criterios de interpretación judicial

de los tribunales extranjeros e internacionales, en especial de aquellos con

mayor tradición e influencia en el desarrollo contemporáneo del derecho, en

sus distintas ramas, y que, por no encontrarse disponibles para su consulta

en español, se dificulte el acceso a su contenido por los integrantes de la

judicatura federal.

Con base en lo anterior, se ha examinado la posibilidad de crear un

micrositio o un vínculo en la página web del Instituto, que se propone deno-

minar “Observatorio jurídico internacional”, destinado a proporcionar a los

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funcionarios del Poder Judicial de la Federación, las principales novedades

en textos relevantes, fundamentalmente sentencias de tribunales extranje-

ros e internacionales, verbigracia, el Tribunal Europeo de Derechos Huma-

nos, así como leyes relacionadas con esos fallos o que, por su contenido,

resulten de interés para los jueces y magistrados mexicanos, traducidas

del inglés al español.

De igual manera, podrá incluirse la misma información de aquellas

cortes que, siendo susceptible de consultarse en español, por ejemplo, la

Corte Interamericana de Derechos Humanos, se estime de utilidad para el

mejor ejercicio de la función jurisdiccional.

La implementación del observatorio jurídico internacional entrañará

una labor de localización de textos y de traducción que forma parte, indu-

dablemente, de la más amplia tarea de investigación que debe fomentarse

en el Instituto.

Ese observatorio constituirá una herramienta que será útil, además,

para la comunidad jurídica nacional, con lo que se logrará estrechar la in-

dispensable vinculación entre judicatura y sociedad a la cual sirve, y sin la

cual no se justificaría su existencia.

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1.3 Publicaciones

Con motivo de las reformas constitucionales en materia de Dere-

chos Humanos y Amparo, existe la necesidad de realizar y difundir estu-

dios sobre las nuevas normas constitucionales. En este sentido se promo-

verá la edición de una obra colectiva que contenga diversos ensayos con

contenidos de cada uno de los principales temas en los que incidieron

estas reformas.

Se tiene proyectado que participen académicos de prestigio y juz-

gadores federales, que permita un trabajo conjunto entre las perspectivas

teórica y práctica de la reforma.

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2. NECESIDADES

2.1 Autonomía técnica y funcional del Instituto

El Instituto es un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Fede-

ral, por disposición expresa de los artículos 88 y 92 de la Ley Orgánica del

Poder Judicial de la Federación. Estas disposiciones le otorgan un recono-

cimiento expreso como órgano, lo que implica que sea una institución con

identidad propia, para realizar una función específica en auxilio del Consejo.

De ahí que, en atención a la naturaleza peculiar de sus funciones, la ley pro-

porcione directrices que apuntan hacia su autonomía académica, funcional

y en la medida de lo necesario financiera, además de ser la autonomía un

imperativo categórico para su más eficaz desempeño.

Ciertamente, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

dota directamente al Instituto de las facultades siguientes:

• Las funciones de investigación, formación, capacitación y actuali-

zación de los miembros del Poder Judicial de la Federación y de

quienes aspiren a ingresar al mismo (Art. 92).

• El establecimiento de extensiones regionales de apoyo a progra-

mas y cursos de los poderes locales, en los términos que le sea

solicitado (Art. 92).

• De coordinación con universidades del país, para el auxilio en la

realización de las tareas de su incumbencia (Art. 92).

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• Determinar por medio del Comité Académico con el Director Ge-

neral, los programas de investigación, preparación y capacitación

de los alumnos del Instituto y de los mecanismos de evaluación y

rendimiento (Arts. 94 y 95).

• La elaboración de los proyectos de reglamentos del Instituto, por

medio del Comité Académico (Art. 94).

• La participación de los miembros del Comité Académico en los

concursos de oposición para magistrados de circuito y jueces de

distrito (Arts.116 y 117).

• El establecimiento de los programas y cursos dirigidos a promover

intercambios académicos con instituciones de educación superior.

• La impartición de cursos de preparación para los exámenes de

aptitud, para las distintas categorías componentes de la carrera

judicial.

• El establecimiento de un área de investigación, con la función pri-

mordial de realizar los estudios necesarios para el desarrollo y me-

joramiento del Poder Judicial de la Federación, con la facultad del

Comité Académico de fijar el programa correspondiente (Arts. 94 y 97).

• La facultad de designar un integrante del Comité Académico y un

suplente, para la integración del jurado de los exámenes orales

en los concursos de oposición, en los términos que establezca el

reglamento respectivo (Arts. 116 y 117).

Ese conjunto de atribuciones constituyen un núcleo de una institu-

ción dotada de autonomía técnica en los puntos previstos en la ley, ya que

ninguna de ellas se puede suprimir o asignar a ningún otro órgano median-

te una normatividad de menor peso, como sería un reglamento, un acuer-

do general o un acuerdo específico, cualquiera que sea su proveniencia.

Esta esfera de atribuciones concreta los principios de la carrera judicial,

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previstos en el artículo 100 constitucional, y a mi juicio es necesaria para

implementar el modelo docente de formación judicial que exige el Estado

constitucional y democrático de derecho de nuestro tiempo.

Tocante a la necesidad de la autonomía para la optimización del fun-

cionamiento de la escuela judicial, ésta viene de la dinámica indispensable

para la organización de varios cursos o de otras actividades, en donde la

oportunidad puede resultar determinante. Verbigracia, la urgencia de im-

partir un curso de actualización legislativa; la oportunidad de aprovechar en

un momento determinado el ofrecimiento de una actividad de importancia,

proveniente de alguna institución nacional o extranjera; el beneficio que se

puede conseguir con la invitación a ponentes extranjeros que, invitados por

otras entidades o por otros motivos, se encuentren temporalmente en el

país, para participar en nuestros cursillos, foros o seminarios, y en general

todas aquellas actividades que requieran una decisión ejecutiva inmediata y

que sean acordes con el objeto legal del Instituto. Con lo anterior comenza-

ría una simplificación administrativa que produciría frutos inmediatamente.

Sin esa autonomía, la impartición de cualquier curso se ve sujeta a

uno o varios procedimientos que ocupan improductivamente a los órga-

nos del Instituto, que por lo menos son los siguientes. Elaboración de un

proyecto con plan de estudios por la administración del Instituto; convo-

catoria y fijación en la agenda para sesión del Comité Académico; discu-

sión y aprobación del proyecto por dicho comité; envío a la Comisión de

Carrera Judicial; inclusión en la lista de la siguiente sesión de la Comisión,

con posibilidades de aplazamiento en ella; aprobación del proyecto en la

mejor hipótesis; convocatoria a los posibles destinatarios del curso, proce-

dimientos de inscripción y admisión; búsqueda e invitación a los profesores

idóneos, que frecuentemente tienen la agenda saturada con meses de an-

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ticipación. Si éstos son externos, la solicitud y obtención de un acuerdo de

suficiencia presupuestaria para pagar a los maestros hasta pequeñísimas

cantidades; la celebración y revisión de cada contrato, en varios tantos, por

diversas áreas administrativas del Consejo, y finalmente, la realización del

pago, que muchas veces se lleva a cabo varias semanas o meses después

de concluido el curso. Todo lo anterior significa la aplicación de tiempos

que el Instituto podría dedicar a actividades más productivas, y que a su

vez podrían ser aprovechados por las diversas áreas que participan en los

procedimientos para atender sus propias actividades sustanciales.

Por tanto, la implementación de la autonomía técnica y funcional

del Instituto, conduciría a que el Consejo de la Judicatura estableciera, por

ejemplo, por períodos anuales, las políticas generales que el Instituto que-

daría obligado a seguir, y en su caso, aprobara desde el principio un pro-

grama anual de los cursos, diplomados, especialidades, maestrías, que

operara la escuela judicial, con una evaluación genérica y sustancial de su

necesidad y posibilidad, así como del impacto económico que pudieran re-

presentar, pero sin verse precisado a revisar pormenorizadamente los actos

concretos de preparación, programación y realización del programa, que

son de la incumbencia legal del Comité Académico, cuyo cumplimiento se

verificaría en el informe anual del Director General del Instituto.

El Comité Académico asumiría su responsabilidad legal de elaborar

los programas y planes de estudio, mecanismos de evaluación y de ren-

dimiento, y estaría en aptitud de modificarlos de estimarse conveniente y

oportuno, sin tener que acudir a la contraloría inmediata de los órganos del

Consejo.

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PROYECTOS Y NECESIDADES 157

Finalmente, la Dirección General, con la colaboración de todo el per-

sonal del Instituto, se encargaría de las operaciones restantes.

En esa vía de simplificación y agilización de trámites, se torna indis-

pensable que las áreas competentes del Consejo formulen un estudio para

constituir al Instituto en una unidad de gasto, con todas las atribuciones,

obligaciones y responsabilidades consecuentes de su ejercicio, para agi-

lizar la operación de la Escuela Judicial y librarla de los trámites innecesa-

rios.

2.2 Reglamento

Todo lo anterior debe ser organizado debidamente en el reglamento

del Instituto, que se encuentra previsto por el artículo 92 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial de la Federación, y que tiene por objeto precisamente la

regulación del funcionamiento y atribuciones del Instituto de la Judicatura,

con lo que la ley establece una reserva reglamentaria y guía hacia un regla-

mento sistemático específico, donde se comprenda todo lo concerniente al

Instituto.

En este reglamento se podría desarrollar a detalle el planteamiento

de autonomía técnica, funcional y financiera planteada, con los candados o

medidas de seguridad, de fiscalización o de contraloría que fueran necesa-

rias.

Hasta ahora el cúmulo de actividades de los órganos competentes

no ha permitido que prospere el procedimiento para emitir el reglamento,

pues desde el año 2005 se presentó un proyecto que no ha sido posible

llevar hasta su última discusión y aprobación.

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PROYECTOS Y NECESIDADES158

Valdría la pena aprovechar la sensibilidad despertada por las recien-

tes reformas constitucionales para optimizar el Estado de Derecho mexica-

no en el interior de la judicatura, para retomar lo relativo a la expedición del

reglamento, con lo que se cubriría el déficit legal y se facilitarían y harían

transparentes todos los actos del Instituto y de los demás órganos que con

él interactúan.

El reglamento no sólo reportaría los beneficios enunciados, sino que

cubriría una exigencia ordinaria de la Secretaría de Educación Pública y de

su normativa, para el registro de las especialidades y demás estudios de

posgrado ante dicha institución, para que esta escuela siga por el cauce

marcado por el Consejo, de consolidación de la enseñanza judicial imparti-

da por la academia judicial, a la que se apunta en los Acuerdos Generales

30/2010 y 8/2011, que prevén expresamente las Especialidades para Jue-

ces de Distrito y para Magistrados de Circuito.

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PROYECTOS Y NECESIDADES 159

APÉNDICES

Dos documentos enviados por la Dirección General

del Instituto de la Judicatura Federal al Consejo de la

Judicatura Federal con temas vinculados al Vigésimo

Segundo Concurso Interno de Oposición para

la Designación de Magistrados de Circuito.