34
Acuse de Recibo 1952387 EDIFICIO DEL PALACIO DE JUSTICIA SANTIAGO I Datos del Depositante _ j_ _ ^ í ídéntificadón: \ J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO 1 Qorreo' 1 ************** i Teléfbnó" I ************** I Dátbs de Solicitud r No. de expediente: I Fecha,Sblicitud: 1 Distrito Judicial: Tribunal: i I Sala dependencia: I ( \ ' ^' Asunto Depósito Actual: Objéto'Depósito Actual: j No.: Identificación: [Apellidos: ■Sexo: ) Celular: OLIVO NU¥EZ M LMatenaj PENAL 2016-2021-EPEN-01950 12/11/2021 3:21 PM SANTIAGO CAMARA PENAL DELJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SANTIAGO CUARTA SALA DE LA CAMARA PENAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SANTIAGO DEPÓSITO DE DOCUMENTOS ORDEN DE PRUEBAS Descripción documentos depositados; INSTANCIA DEBIDAMENTE FIRMADA. Atendido por: Wíison R Morel Alvarez Puede mantenerse al tanto de su solicitud mediante las actualizaciones remitidas ai correo electrónico suministrado y además puede también comunicarse al: Tel.: *;^191 y 1-809-200-3191 desde el Interior Email: contactQ@servlcíoiudícial.gob.do Agradecemos que haya utilizado nuestros servicios.

J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

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Page 1: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

Acuse de Recibo

1952387

EDIFICIO DEL PALACIO DE JUSTICIA SANTIAGO

I Datos del Depositante _ j_ _ ^í ídéntificadón: \ J **************! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO1 Qorreo' 1 **************

i Teléfbnó" I **************

I Dátbs de Solicitudr No. de expediente:I Fecha,Sblicitud:

1 Distrito Judicial:Tribunal:

i

I Sala dependencia:I(

\ • ' ^'Asunto Depósito

Actual:

Objéto'DepósitoActual:

j No.: Identificación:[Apellidos:■Sexo:

) Celular:

OLIVO NU¥EZ

M

LMatenaj PENAL2016-2021-EPEN-01950

12/11/2021 3:21 PMSANTIAGO

CAMARA PENAL DELJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SANTIAGOCUARTA SALA DE LA CAMARA PENAL DEL JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIA DE SANTIAGO

DEPÓSITO DE DOCUMENTOS

ORDEN DE PRUEBAS

Descripción documentos depositados;

INSTANCIA DEBIDAMENTE FIRMADA.

Atendido por: Wíison R Morel Alvarez

Puede mantenerse al tanto de su solicitud mediante las actualizaciones remitidas ai correo electrónicosuministrado y además puede también comunicarse al:

Tel.: *;^191 y 1-809-200-3191 desde el Interior Email: contactQ@servlcíoiudícial.gob.doAgradecemos que haya utilizado nuestros servicios.

Page 2: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

infotepAla:

HONORABLE JUEZ A DE LA CUARTA SALA DE LA CÁMARAJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

Asunto:

ORDEN DE PRUEBAS

Acusador y Actor Civil:

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL(INFOTEP)

Abogados:

Lic. César

Lic. Cari

JOSE ELEIAS GARCIÁ CASTILL

PODER JÜ-TOlftl.'^enal üe Santiago. R.D. |

Emilio Olivo Núñez

Lic. Juan Marino Pérez Pérez y

is Guillermo Ochoa

Imputado:

12

3 (J E GARCIA & ASOCIADOS), cédula No.03103319962

Referencia:

Última audiencjia 9 de noviembre de 2021Expediente No.: 2016-2021-EPEN-01950

HONORABLE MAGISTRADO:

El INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL

(INFOTEP), institución autónoma del Estado Dominicano creada mediante ley 116de fecha 20 de enero de 1980, domiciliada en la calle Paseo de Los Ferreteros, No. 3,

Ensanche Miraflores, Santo Domingo, Distilto Nacional, debidamente representadopor su Director General, Licenciado RAFAEL SANTOS BADIA, dominicano, mayor deedad, casado, titular de la cédula de identidad v electoral No.OOl-0779845-6, de este

domicilio y residencia, quien para los efecto jurídicos de este proceso ha delegadosu representación en el Licenciado Francisco Humberto Vicioso, dominicano, mayorde edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0717594-5, deeste domicilio, en virtu|i del poder de representación de fecha 3 del mes de

1

Page 3: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

septiembre de 2020, quien tiene en calidad de abogados legalmente constituidos alos Licenciados; LIC. CESAR EMILIO OLIVO NUÑEZ, LIC. CARLOS GUILLERMOOCHOA ATILES y LIC. JUAN MARINO PEREZ PEREZ, dominicanos, mayores deedad, casados, titulares de las cédulas de identidad y electoral Nos. 031-0511510-3,031-0476636-9 y 047-0006897-8, respectivamente, con domicilio profesional comúnen la consultoría jurídica de la referida institilción, y cdii domicilio Aii-Hoc en laAvenida Estrella Sadhala, esquina Avenida Hatuey, Santiago de los Caballeros, e-mail [email protected], teléfono No. (8o4) 570-4125> ext. 4406, 4341 y 4340,celular No. (829) 858-4346, por medio de la presente instancia tenemos a bien hacerdepósito de lo siguiente: '

RESULTA: Que en fecha 9 de noviembre de 20I21, fue conocida la última audienciaconciliatoria con relación a la acusación v constitución en actor civil incoada por elINSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL (INFOTEP)en contra del señor JOSE ELEIAS GARCIA CASTILLO (J E GARCIA & ASOCIADOS),cédula No. 03103319962, sin embargo, habiéndose levantado el acta de no acuerdoel tribimal nos otorgó el plazo del artículo 305 del código procesal penal para hacerdeposito del orden de pruebas.

RESULTA: Que la presente acusación y constitiLción en actor civil, tiene sus bases ymotivos en las pruebas documentales que se describirán a continuación. Así pormedio de la presente se ofrece formalmente y se pone a disposición de las partes, lasque se harán valer, y los hechos o circunstancias que éstas evidencian.

PRUEBAS DOCUMENTALES: 1

1) ORIGINAL. Reporte del Sistema Único de Información y Recaudo(SUIR).Pretensiones Probatorias: Con este documento ¡pretendemos probar las*facturas vencidas y monto adeudado. ' '

2) ORIGINAL. Dictamen de conversión emitido por la Fiscalía del Distrito Judicialde Santiago. Pretensiones Probatorias: Con este documento pretendemos probar laautorización dada por el Ministerio Público para el proiceso sea llevado bajo lamodalidad de acción privada. ^ y/3) ORIGINAL. Acto de notificación de conveisión. Pretensiones Probatorias: Coneste acto pretendemos probar que la conversión ha sido debidamente notificada alos imputados. /

4) COPIA. Poder de representación de fecha 3 de septiembre de 2020 del Directordel INFOTEP al encargado de Ingresos Internos. Pretensiones probatorias: Con estepoder pretendemos probar la calidad del firmante de la acusación y para representara la institución en justicia. |!

Page 4: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

I

5) COPIA. Poder de representación de fecha 3 de septiembre de 2020 del Directordel INFOTEP a los abogados actuantes. Pretensiones Probatorias: Con este poderpretendemos probar la] calidad de lofe abogados para representar al INFOTEP en estainstancia.

. Pretensiones Probatorias: Con este documento

y su representante fueron intimadas a pagar lo6) ORIGINAL. Intima^rióh de pagopretendemos probar qüé la empresaadeudado y no han pagado.

7) ORIGINAL. Querella jdepositada en la fiscalía del Distrito Judicial de Santiago.I Pretensiones Probatorias: Con la cual pretendemos probar que la acción penal fu(I depositada y conocida'en la fiscalía del Distrito Judicial de Santiago.

8) ORIGINAL. Nómina de personal. Pretensiones Probatorias: Con la cpretendemos probar la cantidad de empleados que trabajan en dicha empresa.

'9) ORIGINAL. Reporte de pago ^ la Tesorería de la Seguridad Social (jéS).Pretensiones Probatorias: Con la cual pretendemos probar que la empresa a^sadapaga sus obligaciones ante dicha institución.

' '' Y laréis justicia.

En la ciudad de Santiago provincia $antiago. República Dominicana, a los doce (12)días del mes de noviehibre del año (¡ios mil veintiuno (2021)

UC. EMTL LIVO

Por sí y por los licenciadosLic. Juan Marino Pérez Pérez y

INFOTEP

Lic. Carios Guillermo Ochoa

Abogados.

Page 5: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

25W2021. Consulta de Notificaciones por RNC

Ccinsüit.i*;

Marcos 8oni¡l¿

i LO: 'J n

m

Notificaciones por RNC

RNC/Céduia; 03103319962

Concepto: INFOTEP V

Estatus; Vencida v

Buscar Unpiar

Razón Social JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO

Nombre Comercial J E GARCIA & ASOCIADOS

Cantidad de Ref. 34 Estatus Vencida Tipo Ref. INFOTEP

Total Importe 14,483.00

Total Recargo 14,483.00

Total Intereses 14,483.00

Total Graí. RD$ 14,483.00

Todas Las NP 2021 2020 2019

■r odo ümisioo Fütlia Paqa rol al

5021072080960790 E

5021052066773386 E

502Í03205261CM03 E

5020122037287907 R

5020122031797561 E

5020102019065134 E

5020072000338429 E

5020031974863202 E

5020011960705126 E

5019111943448260 E

5019091930090481 E

5019071915794220 E

5019051902372888 E

5019031892191272 E

5019011874983393 E

«Primera | < Anterior

Total de notificacione 34

Vencida 07-2021 12/7/2021Vencida 05-2021 11/5/2021Vencida 03-2021 12/3/2021Vencida 12-2020 5/1/2021Vencida 12-2020 11/12/2020Vencida 10-2020 11/10/2020Vencida 07-2020 11/7/2020Vencida 03-2020 11/3/2020Vencida 01-2020 11/1/2020Vencida 11-2019 11/11/2019Vencida 09-2019 11/9/2019Vencida 07-2019 11/7/2019Vencida 05-2019 11/5/2019Vencida 03-2019 25/3/2019Vencida 01-2019 4/1/2019

Página [IJ de 3 Próxima > [ última »

510.00

510.00

510.00

362.00

510.00

510.00

416.00

426.00

426.00

490,00

490.00

410.00

410.00

410.00

410.00

(v 2002-2021 Tesoriu ia de la Seguridad Social. Derechos Reservados.Avf. T'i - 33, "^¿1' 5í>''-IíI>í9

'.i'-'i I ííju-itar. Frrr.uent-íí.■J'Uiii o: •.•■'I ón':.* .■'-•i .:i:- [ .ijir.íjob.dc | t..'A

INFOTEPI-I.Klitli.AUlUNlSO VOOl

https://suir.gob.dQ'Consultas/consFacturaRNC.aspx V^

Page 6: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

25/8/2021. Consulta de NotificacíOTes por RNC

Coriauít-n

L-LJS

Marcos Bontila

UsucTtC' 'iit-rno

25-08-202: ; 1C=: n .

MB

Notificaciones por RNC

FtNC/Cédula: 03103319962

Concepto: INFOTEP V

Estatus: V»icida V

Buscar Linpiar

Razón Social 30SE ELIAS GARCIA CASTILLO

Nombre Comercial 3 E GARCIA & ASOCIADOS

Cantidad de Ref. 34 Estetus Vendda Tipo Ref. INFOTEP

Total Importe 14,483.00

Total Recargo 14,483.00

Total Intereses 14,483.00

Total Gral. RD$ 14,483.00

Todas Las NP

Ft'clía Pago To'a

5018111861520486 E

5018091848852822 E

5018061830321002 E

5018031812626059 E

5018011800902240 E

5017111786110464 E

5017091774573953 E

5017071763580684 E

5017041745956531 E

5016121723430114 E

5016081702380831 E

5016051686771668 E

5016021671589803 E

5015081640838642 E

5015061640662164 E

« Primera | < Anterior

Total de notificaciones 34

Vencida 11-2018 11/11/2018

Vencida 09-2018 11/9/2018

Vencida 06-2018 11/6/2018

Vencida 03-2018 11/3/2018

Vencida 01-2018 11/1/2018

Vencida 11-2017 11/11/2017

Vencida 09-2017 4/9/2017

Vencida 07-2017 11/7/2017

Vencida 04-2017 11/4/2017

Vencida 12-2016 12/12/2016

Vencida 08-2016 12/8/2016

Vencida 05-2016 12/5/2016

Vencida 02-2016 12/2/2016

Vencida 08-2015 lS/8/2015

Vencida 06-2015 15/8/2015

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410.00

333.00

423.00

370.00

458.00

458.00

458.00

423.00

393.00

376.00

309.00

344.00

445.00

460.00

419.00

. L-..; i T tsürui (.1 (Je la Si^gurtdad Social. Derechos Reservados.r T -.Tilrnh-. }2. ̂ oi-

Uvi | n'tl't .-jv ívi'.in'jr; Frecuentes

• -Múi os-jn iip.'d' ; hrTJs.;-''r.¿u-.Lr'r .d'V } -v.i'.unb.ac | INFOTEP'CACKJN

https://suir.g(i>.clo/Consuítas/consFacturaRNC.aspx 1/1

Page 7: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

25/8/2021. Consulta de Notificaciones por RNC

L.LJ^

Marcos Bofiilia

Usuario 'm.vMc

25-DíV?02I I nM8

Notificaciones por RNC

RNC/Cédula: 03103319962

Concepto:

Estatus:

INFOTEP V

Vencida V

Buscar Limpiar

Razón Social JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO

Norrtire Comercial J E GARCIA & ASOCIADOS

Cantidad de Ref. 34 Estatus Vendda Tipo Ref. INFOTEP

Total Importe 14,483.00

Total Recargo 14,483.00

Total Intereses 14,483.00

Total Gral. RD$ 14,483.00

Todas Las NP

'9 í- r i-j ci O Rn-iinin Tolal

5015031615397756 E Vencida 03-2015 12/3/2015 431.00

5014111596073367 0 Vencida 11-2014 19/11/2014 391.00

5014101591338558 0 Vencida 10-2014 19/10/2014 391.00

5014091585303273 0 Vencida 09-2014 18/9/2014 391.00

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Total de notificaciones 34

2002-2022 Tesorería de la Seguridad Sodai. Deredios Reservados.Atfrí. lircidaito I-* i3. Tel: /tiOO) 567-5(M9

TéirnnosdPüso j Pü!ít,c<nA | Preguntas Fieciientí-sÜíajariosen ünea; 74 | littps.//íüir.gob.;j<-í/ ( suir.gob.do | N/.A

INFOTEPumiFicíciON 1S0 5ÜÜ]

https://suir,gob.dci/Consultas/consFacturaRNC.aspx 1/1

Page 8: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

yWIMISTERIO

PÚBLICOFisc£<IÍ£t do Sfintifigo

Al:

De:

Asunto:

REPUBLICA DOMINICANA

FISCALIA DE SANTIAGO

Juez Presidente de la Cámara Penal del Juzgado de Primera

Instancia del Distrito Judicial de Santiago

Licda. Jonelly de Jesús Valerio, Procuradora Fiscal

Directora del Departamento de Denuncias y Querellas (SEDE)

De la Fiscalía de Santiago

Autorización de conversión de acción pública a privada en virtud de lo que

dispone el artículo 33 del Código Procesal Penal de la República Dominicana.

La Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago fue apoderada de una querella con

constitución en actor civil interpuesta por el INSTITUTO DE FORMACION TECNICO

PROFESIONAL (INFOTEP), institución autónoma de! Estado Dominicano con carácter no

lucrativo, con domicilio en ta calle Paseo de Los Ferreteros, No.3, Ensanche Miraflores, Santo

Domingo, Distrito Nacional, Rep. Dom., debidamente representada por su director Licdo.

RAFAEL SANTOS BADIA, Dominicano, Mayor de edad. Cédula de Identidad y Electoral No. 001-

0779845-6, con domicilio en la dirección antes indicada, representado por sus apoderadosespeciales LIC. CESAR EMILIO OLIVO NÜÑEZ, LIC. JUAN MARINO PEREZ PEREZ, LIC. CARLOSGUILLERMO OCHOA ATILES y LICDA. LUISA MARIA PERSIA FIGUEROA, Dominicanos, mayores

de edad, casados y solteros, titulares de las cédula de identidad y electoral Nos., 031-0511510-

3, 031-0476636-9, 047-0006897-8 y 031-0547744-6, con domicilio profesional común en la

consultoria jurídica de la referida intuición cuya dirección ha sido indicada precedentemente, yad-hoc en la avenida Estrella Sadhala, Esq. Hatuey, Santiago, en contra del Sr. JOSE ELIAS GARCIA

CASTILLO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.031-

0331996-2, y la razón social J E GARCIA & ASOCIADOS, RNC. No. 031-0331996-2, localizable

la calle Independencia No. 69, modulo 5, centro de la ciudad, Santiago de los CaballRep.Dom., por violación a las disposiciones de la Ley 116-80, Sobre la Ley de INFOTEP

En fecha dos (02) del mes de julio del 2021, el Sr. RAFAEL SANTOS BADIA, representado

sus apoderados especiales LIC. CESAR EMILIO OLIVO NUÑEZ, LIC. JUAN MARINO PEREZ PERLIC. CARLOS GUILLERMO OCHOA ATILES, LIC. ANTONIO TAVERAS SEGUNDO, DR. VICTO

INFANTE QUEZADA, LICDO. JESUS M. YUNES AGUILO, LICDA. LISSETTE N. MOQUETE PAREDES,

DRA. QUINTINA MEJIA, LICDA. LUCILA CESARINA TEJEDA CORDERO, LIC. YANIRA ORTIZ RIVAS,

LICDA. MARLIN B. FELIZ, LICDA. LUISA MARIA PERSIA FIGUEROA, LICDA. TAÑIA WALQUIRIA

GONZALEZ ABREU, LIC. HARRISON BATISTA MATOS y LICDA. LUZ AURORA ORTIZ RIVERA,

depositó una instancia ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago,solicitando la autorización de conversión de acción pública a instancia privada, del

escrito de querella antes descrito.

Visto el artículo 33 del Código Procesal Penal de la República Dominicana al establecer que:

El Ministerio Público puede, a pedido de la victima, autorizar la conversión de la acción pública

^Aa/

MINISTERIO

Page 9: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

/VMMISTERIO

PÚBLICOFiscalfA de Santiago

REPUBLICA DOMINICANA

FISCALIA DE SANTIAGO

en privada si no existe un interés público gravemente comprometido, en los siguientes casos:

1. Cuando se trate de un hecho punible que requiera instancia privada, salvo los casos de

excepción previstos en el artículo 31;

2. Cuando se trate de un hecho punible contra la propiedad realizada sin violencia grave contralas personas;

3. Cuando el ministerio público dispone la aplicación de un criterio de oportunidad.

La conversión es posible antes de la formulación de la acusación, de cualquier otrorequerimiento conclusivo o dentro de los diez días siguientes a la aplicación de un criterio deoportunidad.

Si existen varias víctimas, es necesario el consentimiento de todas.

Que el artículo 31 del Código Procesal Penal Dominicano establece lo siguiente:

Cuando el ejercicio de la acción pública depende de una instancia privada el ministerio públisólo está autorizado a ejercerla con la presentación de la instancia y mientras ella se mantenga?Sin perjuicio de ello, el ministerio público debe realizar todos los actos imprescindibles paraconservar los elementos de prueba, siempre que no afecten la protección del interés de lavíctima.

r nUA De

La Instancia privada se produce con la presentación de la denuncia o querella por parte de lavíctima.

El ministerio público la ejerce directamente cuando el hecho punible sea en perjuicio de unincapaz que no tenga representación o cuando haya sido cometido por uno de los padres, eltutor o el representante legal.

Una vez presentada la instancia privada queda autorizada la persecución de todos

imputados. Depende de instancia privada la persecución de los hechos punibles siguientes:

1. Vías de hecho;

2. Golpes y heridas que no causen lesión permanente;

3. Amenaza, salvo las proferidas contra funcionarios públicos en ocasión del ejercicio de

funciones;

4. Sobre Trabajo Pagado y No Realizado

5. Estafa;

6. Abuso de confianza;

7. Derecho de Autor

8. Sobre la Ley de INFOTEP

9. Falsedades en escrituras privadas.

\N0E

MINISTERIO

Page 10: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

AAINISTERIO

PÚBLICOFiscéilla de Sfintiftgo

REPUBLICA DOMINICANA

FISCALIA DE SANTIAGO

Que en el caso que nos ocupa se trata de la violación a la Ley 116-80, Sobre la Ley de INFOTEP,

el cual requiere de instancia privada, por lo que el Ministerio Público entiende que no existe uninterés público gravemente comprometido.

Que es interés del Ministerio Público auxiliar a las víctimas y demás partes involucradas en un

proceso penal y tomar las medidas de lugar a los fines de ayudar a la solución de los conflictos y

velar por garantizar los derechos de las partes.

Por lo que el Ministerio Público decide:

ÚNICO: Autoriza la conversión de acción pública a instancia privada, en el proceso que se sigueen contra del Sr. JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO, dominicano, mayor de edad, portador de la

cédula de identidad y electoral No.031-0331996-2, y la razón social J E GARCIA & ASOCIADOS,

RNC. No. 031-0331996-2, localizable en la calle Independencia No. 69, modulo 5, centro de la

ciudad, Santiago de los Caballeros, Rep. Dom., por violación a las disposiciones de la Ley 116-

80, Sobre la Ley de INFOTEP, según querella presentada por ante el Departamento de Recepción

de Querellas y Denuncias de esta Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago.

En la ciudad de Santiago de los Caballeradías del mes de julio del año Dos

)io y Provincia de Santiago^^-los^ince (15)Hntiuno (20Í1L_

no

Va»

Licda.^^iojTHly do JesOs V

ProVuraíeraT^calDirectora del Depto. De DV^unclas y Quereiras (SEDEl^'dfili fS

'>90,

Page 11: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

V

NOTIFICACION DE DICTAMEN DE CONVERSION

Acto No.: ^ f

En la Ciudad

Provincia

( /2 ) días del mes de

, del MunicipioRepública Dominicana, a los

del año veintiuno (2021).

ACTUANDO: A requerimiento de la Magistrada LICDA. JONELLY DE JESUSVALERIO, PROCURADORA FISCAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO.

YO;. üc

Sntyt.c(jebPresíleíwa

te jaA.?-\iiS8i Sgi)gr>

EXPRESAMENTE; En virtud del anterior requerimiento me he trasladado dentro delos limites de mi jurisdicción; ÚNICO: a la Avenida Juan Pablo Duarte, No. 37, Centro dela Ciudad, Santiago, tels. Nos. (809) 583-8189 y (809) 582-7338, correo electrónico;[email protected], que es donde tiene su domicilio el señor JOSE ELEIASGARCIA CASTILLO (J E GARCIA & ASOCIADOS), cédula de identidad No.031033j|^62, fí^ y i una vez allí hablando con

^ , me dijo ser^ \^l de mí requerido, persona esta con calidad y

capacidad legal para recibir acto de esta naturaleza, según me los ha declarado bajo lafe del juramento; LE HE NOTIFICADO a mi requerido en cabeza del presente acto losiguiente; copia del dictamen de autorización de la conversión de la acción pública ainstancia privada en acción privada de fecha 15 de julio de 2021, solicitada por elINSTITUTO DE FORMACION TECNICO PROFESIONAL (INFOTEP), hacemos lapresente notificación a fin de que la imputada tome conocimiento del referidodictamen, de conformidad con disposiciones del artículo 142 del Código ProcesalPenal, BAJO RESERVAS.

Y para que mi requerido no pretenda alegar ignorancia o desconocimiento delpresente acto, así se los he notificado, declarado y advertido dejándole copias enmanos de la persona con quien he dicho haber hablado en el lugar de mi traslado, actoque consta de ( ) fojas, debidamente, firmada, sellada y rubricada por mi alguacilinfrascrito que certifico y doy fe. COSTO RD$_^QQ_

j£es!rm

Page 12: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

PODER DE REPRESENTAaÓN

i \\'tfQuien suscribe, INSUTUTO N.^aONAL DE FORIvIAaÓN TÉCNICO PRC^^QJ^AIa^(INFOTEP), Organismo autónomo del Estado Dominicano, investido dé perso:jurídica por la ley 116, de fecha 16 de Enero año 19S0, RNC. 401-05178-8, con sudomicilio sodal ubicado en la calle Paseo de Los Ferreteros No. 3, Ensanche Miraflores,Santo Domingo, Distrito, Nacional, representado por su Director General LicenciadoRAFAEL OVALLES RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, titular de lacédula de identidad y electoral No.001-0117323-5, de este domicilio, quien para los finesdel presente acto se denominará el PODERDANTE, por medio del presente documento . /otorga poder tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario á los abogados //DR. VICTOR RAMON SANTIAGO INFANTE QUEZADA, DRA. QUETnNA MEJIAGARCIA, UCDA; LUCILA CESARINA. TEJEDA CORDERO, UCDA. LISSEITENEREYDA MOQUETE PAREDES, UCDA. YANIRA ÓRTIZ RIVAS, = UCDA. LUZAURORA ORTIZ RIVERA, UC. FRANKUN JOSE ALSINA PEREZ, ÜC. ANTONIOTAVERAS SEGUNDO, UC JUAN VENTURA BIERD, UC. CESAR ElvíEUO OLIVONUÑEZ, UC. CARLOS GUILLERMO OCHOA ATtLES, UC. JUAN MARINO PEREZPEREZ, UC. OLMEDO ANTONIO JAQUEZ PEÑA, dominicanos, mavores de edad,casados y solteros, titulares de las cédulas de identidad y electoral Números 001-0147548-1,001-0091907-5,001-1355183-2,001-0013087-1,001-1551284-0,001-1471986-7, 225-;0008298-1,001-0789447-9,402-2135638-5,031-0511510-3,031-0476636-9,047-0006897-8, 001-100694S-1, respectivamente, domiciliados en la calle Paseo de los Féireteros No.3,Ensanche Miraflores, Santo Domingo, Distrito Nacional, quienes en lo adelante sellamaran los APODERADOS, por medio del presente acto, EL PODEEiDANTE otorgapoder tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario, para que en su nombre ^y representación como si fuera la institución LOS APODERADOS por eferto de este acto ^adquieran doble calidad; a) Como abogados adscritos al departamento de IngresosInternos quedan autorizado a interponer acciones judiciales y extrajudidales queconsideren de lugar, desistir, interponer recursos y dejarlos sin efecto, en procura deobtener el pago de los aportes de confonnidad con las disposiciones del artículos 24 ^letra a y b de la ley 116 de fecha 16 de Enero año 1980; b)En virtud da las disposicionesdel artículo 118 párrafo I, del Código Procesal Pena!, están plenamente facultados para ^actuar en nombre y representación de la institución como si fuera ella misma, con todas \ \ •.las prerrogativas legales que dispone el referido texto, quedando autorizados para enrepresentación de la institución ejercer las acciones que consideren de lugar, en finhacer todo lo que sea útil y necesario para obtener el pago de los referidos aportes quedebe recibir la institudón, según dispone la normativa que la rige, en contra de las y(}empresas en defecto de pago de los mismos. A

LOS APODERADOS, en virtud del presente poder y mandato podrán en nombre y ^representadón del INFOTEP, realizar todas las acciones que juzguen útiles y O 'convenientes a los legítimos intereses de la institución, con facultad de escoger la vía dederecho que consideren converüente para la corxsecución del mandato. Sin reservas deningún tipo.

En la Gudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de: la RepúblicaDominicana, a los cinco (5) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diedocho(2018).

Por e! Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (Infotep)

UCRAFAEL^ALUES RODRIGUEZFederante

A,

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DA DRA.QüS^niN^mí^GARaAApoderada

BZ3Zt33p w2ii>LICcjA. LUCILA C TEJEDA CORDERO UCDA-USSFITE N. MOQUETE PAREDES4 Apoderada

UZ AURORA ORT22 RIVERA

^Apoderada Apoderadaj

UCFRANKUNJOSEAISINA UCANTOMApoders

> JAVERAS SEGUNDO

Apoderado

mK^ABIERD

UC CARLOS GUILLERMO OCHOA AJILES

UC OLMEDO ANTONI

Apoderado

p OLIVO NU*NEZAlinderado

UC. JUAN MARINO PEREZ PEREZApoderado

EZPENA

YO; DRA. MAYRA E.DE JESUS RIVERA, notario público de los del Numero para elDistrito Nacional, titular de la matricula 5674, CERTIFICO Y DOY FE; que las firmas queanteceden el presente documento han sido puesta libre y voluntariamente por elLicenciado RAFAEL OVALLES RODRIGUEZ, DR. VJCIOR RAMON SANTIAGOINTANJE QU*E2ADA, DRA. QUINTINA MEJIA GARCIA, UCDA LUCILA CES.ARIN.ATEJEDA CORDERO, UCDA USSEUE NEREYDA MOQUETE PAREDES, UCD.AYANIRA ORTIZ RIVAS, UCD.A LU*Z .AURORA ORTIZ RIVERA, UC FRAZ^KUN JOSEALSINA PEREZ, UC ANTO.NIO JAVERAS SEGUNDO, UC JU.AN VENTURA BEERD,UC. CESAR EMIUO OIJVO NU'ÑEZ, UC CARLOS GUILLERMO OCHO.A ATELES,•UC. JUAN \LARINO PEREZ PEREZ, UC OLMEDO ANTONIO JAQU*EZ PEÑA,asegurándome ser las mismas que acoshimbran a usar en todos los actos de sus vidaspública y privada. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de laRepública Dominicana, a los cinco (5) días del mes de Septiembre del año Dos MilDieciocho (2018).

o-

DRA-M.AYRA E. DE JESUS,Notario Público

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PODER DE REPRESENTAQÓN

"^SnrUTO NAaONAL DE FORMAaON TECNICO PROFESIONAL(II^OTEP),^ganismo autónomo d^síadeLlkamnicano^vestidQ-de-personalidad^jundica por la Ley No.116, del 16 de enero de 1980, RNC 401-05178-8, con su domiciliosocial establecido en la calle Paseo de los Ferreteros No.3 Ensanche Miraflores, SantoDomingo, Distóto Nacional, debidamente representado, por su Director GeneralLi«nciado R^AEL SANTOS BADÍA, dominicano, mayor de edad, casado, portador dela Cédula de Idenüdad y Electoral No. 001-0779845-6, de este domicilio, de conformidadcon las facultades concedidas por la referida normativa, quien para los fines del presenteacto se denominará PODERDANTE; por medio del presente documento otorga poder y

como-en derecho'fúere-ñécesáfio,'al LicenciadoIpMBERTO ViaOSO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de

la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0717594-5, de este domicilio, en su calidad deencargado del Departamento de Ingresos Internos del INFOTEP, el cual acepta conformequien en lo adelante se denominará el APODERADO, para que en mi nombre yrepresentación, pueda, realizar todas las gestiones y/o acciones judiciales yextrajudici^s ̂ e juzgue útiles o necesarias para obtener el pago de los valores que deberecibir el I^OTEP de conformidad con lo establecido en el artículo 24, literales a y b dela Ley No.116 del 16 de enero de 1980, en contra de las empresas en defecto en el pago dedichos aportes, mcluyendo la fírma de querellas, acusaciones, desistimientos de lasmisinas, suscripción de acuerdos transaccionales, acudir ante cualquier jurisdicciónjudicial SI fuere requerido en la ejecución de dichas acciones y gestiones. En la Ciudad deSanto Dommgo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Tres (3) díasael mes Sepüembre del año Dos Mil Veinte (2020).

Por el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP)

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AEL SANTOS BADÍA

lerdant§7

/Íiíy///7

UC FRANOSCOHÜMBERTO ViaoSO

Apoderado

Yo, MAYRA E. DE JESUS RIVERA, abogada notario de los del número del DistritoRepública Dominicana, titular de la matrícula 5674, CERTIFICO Y

~ anteceden fueron puestas libre y voluntariamente, por losseñores RAFAEL SANTOS BADÍA y FRANCISCO HUMBERTO ViaOSO, de «generalesque aparecen precedentemente, los cuales me han declarado, bajo la fe del juramento seras mism^ que acostumbran a usar en todos los actos públicos y privados. En la ciudadde Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Tres (3)días del mes Septiembre del año Dos Mil Veinte (2020).

MAYRA E. DE JESUS RIVE^Notario Público

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INTIMACION DE PAGO

ACTO NOoMmif

Repulga uominicíDiecinueve (2019).

Provincia

los(<22' )del del año Dos Mil

ACTUANDO a requerimiento del INSTITUTO NACIONAL DEFORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL (INFOTEP), organismo autónomodel Estado, investido de personalidad jurídica por la Ley No.116, del 16 de Enerode 1980, con su domicilio social establecido en la calle Paseo de los Ferreteros No.

3, Ensanche Miraflores, de la provincia de Santo Domingo; representadolegalmente por su Director General, LIC. RAFAEL OVALLES RODRIGUEZ,dominicano, mayor de edad, casado. Licenciado en Comunicación Social,portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0117323-5, de estedomicilio y residencia; el cual tiene como abogado constituido y apoderadoespecial al LIC. CESAR EMILIO OLIVO NUÑEZ, dominicano, mayor de edad,soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0511510-3, con estudio profesional abierto en la Ira. Planta, del edificio que aloja alINSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICO PROFESIONAL

(INFOTEP), sito en la Avenida Estrella Sádhala, esq. Avenida Hatuey, de estaciudad, de Santiago, teléfono de Oficiria No. 809-570-4125, Ext. 4340, celular829-858-4346, que es donde mi requeriente hace formal y exDíesa^^teCQóo dedomicilio para todos los fines y consecuencias legales del prg^enl

Yo,.

YO JOSS LUlí^. .AtguacudeC&i.taóoaélQfln«ffucción dsl Judicial "

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op' ler JyíTiqsfiiiÍMáíriiij^ón SíSiiriago

K

EXPRESAMENTE, y en virtud del anterior requerimiento,

Independencia, No. 69, Modulo 5, sector Centro de ciudad, provSfcñpSSTtiagode los Caballeros, tels. Nos. (809) 583-8189 y (809) 582-7338, que es donde tienesu domiciho la empresa JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO (J E GARCIA &

ASOCIADOS), RJ^ No./0^103319962, y una vez allí, h^ly^do na^onalmf^te^j en calidad de de

mi Égquerido, según me lo ha declarado; LE HE NOTIFICADO A: JOSE ELIASGARCIA CASTILLO Q E GARCIA & ASOCIADOS), RNC No. 03103319962, lo

siguiente: que mi requeriente, por medio del presente acto le hace formalintimación de pagarle, en el término de cinco (5) días francos, los valores

siguientes:

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La suma ONCE MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS DOMINICANOS CON

00/100 (RD$ 11,802.00), será por concepto de valores dejados de pagar durante elperiodo de OCTUBRE 2013 A MARZO 2019; que establece el art. 24, letra a dela Ley 116 del 16 de enero de 1980; Sin perjuicio de las cuotas por vencer, de lascostas liquidadas o por liquidar y de los gastos de ejecución.

A los mismos requerimientos, constitución de abogado y elección de domicilio,

le he notificado, declarado y advertido a mi requerido, la empresa JOSE ELIASGARCIA CASTILLO (J E GARCIA & ASOCIADOS), RNC No. 03103319962,

que de no pagar el total de los valores que son ONCE MIL OCHOCIENTOS

DOS PESOS DOMINICANOS CON OOAOO {RD$ 11,802.00), será constreñido

transcurrido dicho plazo, por todas las vías de derecho, especialmente la que

consagra el art. 27 de la Ley No. 116 del 16 de enero de 1980. BAJO RESERVASDE DERECHO DE ACCIONES.

Y para que mi requerido no pretenda luego alegar ignorancia o desconocimiento

del presente acto, así se lo he notificado, dejándole en manos de la persona conquien dije hablar en el lugar de mi traslado, una (1) copia fiel y conforme aloriginal de este acto, el cual consta de dos (2) paginas, firmadas, selladas yrubricadas por mí. Alguacil infrascrito que CERTIFICO Y DOY FE.-

Costo: RD$ ofí

Doy fe

Sanf2

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M

HONORABLE PROCURADOR FISCAL DE SANTIAGO,

LICDO. JOSE FRANCISCO NUÑEZ LEDESMA

Asxinto:

PRESENTACION DE FORMAL QUERELLA Y CONSTITUCION EN ACTOR

CIVIL

Querellante y Actor Gvil:

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL(INFOTEP)

Abogados:

Lic. César Emilio Olivo Núñez

Lic. Juan Marino Pérez Pérez

Lic. Carlos Guillermo Ochoa y

Licda. Luisa M. Persia

Imputado;

JOSE ELEIAS GARCIA CASTILLO Q E GARQA & ASOQADOS), RNC No.03103319962

Fundamentación legal:

Artículos 24, letras a y b, 27 letras a y b, de la Ley 116, de fecha 20 de enero de 1980,que crea el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), 27,50,83,85,267, Código Procesal Penal, y 69.9 de la Constitución de la República.

HONORABLE MAGISTRADO:

El INSTITUTO NAQONAL DE FORMAQÓN TÉCNICO PROFESIONAL

(INFOTEP), institución autónoma del Estado Dominicano creada mediante Ley 116de fecha 20 de enero de 1980, domiciliada en la calle Paseo de Los Ferreteros No. 3,

Ensanche Miraflores, Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representadopor su Director General, Licenciado RAFAEL SANTOS BADIA, dominicano, mayor deedad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No.001-0779845-6, de estedomicilio y residencia, quien para los efecto jurídicos de este proceso ha delegadosu representación en el Licenciado Francisco Humberto Vicioso, dominicano, mayorde edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0717594-5, deeste domicilio, en virtud del poder de representación de fecha 3 del mes de

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septiembre de 2020, quien tiene en calidad de abogados legalmente constituidos alos Licenciados: UC. CESAR EMILIO QLIVG NUÑEZ, UC. CARLOS GUILLERMOOCHOA AXILES, UC JUAN MARINO PEREZ PEREZ, y UCDA. LUISA MARIAPERSIA FIGUEROA, dominicanos, mayores de edad, casados y solteros, titulares delas cédulas de identidad y electoral Nos. 031-0511510-3,031-0476636-9,047-0006897-8, y 031-0547744-6, respectivamente, con domicilio profesional común en laconsultoría jurídica de la referida institución, y con domicilio Ad~Hoc en la AvenidaEstrella Sadhala, esquina Avenida Hatuey, Santiago de los Caballeros, [email protected], teléfono No. (809) 570-4125, ext. 4406, 4341 y 4340, celular(829) 858-4346, por medio de la presente instancia tenemos a bien exponer y solicitarlo siguiente:

DATOS QUE IDENTIFICAN AL IMPUTADO

JOSE ELEIAS GARCIA CASTILLO (J E GARQA & ASOCIADOS), cédula deidentidad No. 03103319962, domiciliado en la calle Independencia, No. 69, módulo

5, Centro de la Ciudad, Santiago, tels. Nos. (809) 583-8189 y (809) 582-7338, correoelectrónico: [email protected].

DESCRIPaÓN FÁCTICA DE LOS HECHOS

1- Que el señor JOSE ELEIAS GARQA CASTILLO (f E GARCIA & ASOQADOS),figura registrada contributivamente como persona física bajo el RNC No.03103319962, y realiza sus actividades con fines lucrativos y, bajo esa condición debepagar al INSTITUTO NAQONAL DE FORMAQON TECNICO PROFESIONAL(INFOTEP), el uno por ciento (1%) mensual del monto total de las planillas desueldos o salarios fijos que pague la referida empresa a sus empleados, y Agente deRetención del medio por ciento (1/2%), a cargo de los trabajadores de la mismaentidad, deducible de las utilidades y bonificaciones de cada año fiscal.

2- Todos los meses el señor JOSE ELEIAS GARCIA CASTILLO (f E GARCIA &ASOCIADOS), remite su nómina de pago a través del Sistema Único de Informacióny Recaudo (SUIR), que administra la Tesorería de la Seguridad Social, segúnestablece el artículo 18 de la ley 173-07 de Eficiencia Recaudatoria, en base al montode la nómina se deduce el 1% y por ese monto se genera la factura mensual, y asísucesivamente, pago que deben ser realizado al INFOTEP, en los primeros diez (10)días de cada mes, en cualesquiera de las oficinas de las instituciones Bancarias delpaís, a través del Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR).

3-Que el referido señor no ha pagado los aportes antes mencionados desde el mesde septiembre de 2014 hasta el mes de didembre de 2020, adeudando a la instituciónquerellante constituida en actor civil la suma de DOCE MIL NOVECIENTOS

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CINCUENTA Y TRES PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$12,953.00), porconcepto de aportes vencidos y no pagados, conforme a las facturas del SistemaÚnico de Información y Recaudo (SUIR).

4-La falta de pago de los referidos aportes a comprometido no solo laresponsabilidad penal del imputado sino también civil, que se traducen en daños yperjuicios ocasionado al INFOTEP, que en calidad de institución rectora de lacapacitación técnico-profesional para la cual fue creada, ha visto reducidoconsiderablemente su presupuesto, necesario para la implementación de susactividades formativas.

5-Que de las disposiciones combinada de los artículos 50 del Código Procesal Penaly 1382 del Código Civil, la comisión de una infracción penal da lugar a dos acciones;a) La acción pública que tiende a restablecer el orden social perturbado a causa de lainfracción y; b) La acción civil que procura la reparación del daño material o moralsufrido por la víctima o lesionada.

6-Que en este caso en virtud de las disposiciones del artículo 297 del Código ProcesalPenal, la parte querellante constituida en actor civil, se reserva el derecho en elmomento oportuno de concretar sus pretensiones civiles indicando el monto de lareparación de los daños y perjuicios ocasionado por la parte imputada, reparaciónque consiste en el pago de una indemnización proporcional al daño ocasionado porel incumplimiento del pago de los aportes en el plazo establecido en el artículo 25de la ley 116-80 de fecha 20 de enero de 1980.

FORMULAaÓN PRECISA DE CARGOS:

7-Con los requerimientos hechos a la parte imputada ha quedado demostrado quesu intensión consiste en no pagar los referidos aportes al INFOTEP, y con esta actitudafectar a la institución en sus recaudaciones, así las cosas, así lo acontecido revela lacoordinación del autor en la comisión del ilícito penal cometido.

8- JOSE ELEIAS GARQA CASTILLO (J E GARQA & ASOCIADOS), por el hecho deésta ser autor material y haberse resistido al pago de los aportes al INFOTEP, lo queconstituye ima violación a los artículos 24 letras a y b de la Ley 116 de fecha 20 deenero de 1980.

9- JOSE ELEIAS GARQA CASTILLO Q E GARQA & ASOQADOS), en cahdad derepresentante de la empresa, es responsable penalmente del üícito penal cometidode conformidad con las disposiciones del artículo 27 párrafo letras a y b de la Ley116-80 de fecha 20 de enero de 1980 y, párrafo único del referido texto legal.

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C AT .TFTC AQÓN TURÍDICA DEL HECHO PUNIBLE Y SU

FUNDAMENTAaÓN:

10-Queda establecido de manera fehaciente que el imputado, no ha realizado el pagode los aportes adeudados al querellante constituido en actor civil, comprometiendosu responsabilidad penal y civil e incurriendo con su actuación en violación a losartículos 24 letras a y b, y 27 letra a y b de la Ley 116, de fecha del 20 de enero de1980, que crea el INFOTEP.

ELEMENTOS CONSTITUnVOS DE LA INFRACaON:

11-Que en el caso de la especie se encuentran reunidos los elementos constitutivosde la infracción, a saber, a) Una falta imputable del imputado, b) Un perjuicio a lapersona que reclama la reparación, c) La relación de causa entre la falta y el daño.

COMPENTENOA

12- Que según las disposiciones del artículo 27 letras a y b de la Ley 116-80, lainstrucción y juzgamiento del presente proceso recae en los tribunales penalesordinarios.

OFRErTMTENTO DE T .AS PRUEBAS Y QUE SE PRETENDE PROBAR EN TUiaO

13-Que la presente querella y constitución en actor civil, tiene sus bases y motivosen las pruebas documentales y testimoniales que se describirán a continuación. Asípor medio de la presente se ofrece formalmente y se pone a disposición de las partes,las que se harán valer, y los hechos o circunstancias que éstas evidencian.

PRUEBAS DOCUMENTALES

a) Reportes del Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR). PretensionesProbatorias: Con este documento pretendemos probar las facturas vencidas y montoadeudado.

b) Poder de representación de fecha 3 de septiembre de 2020 del Director delINFOTEP al encargado de ingresos internos. Pretensiones probatorias: Con estepoder pretendemos probar la calidad del firmante de la acusación y para representara la institución en justicia.

c) Poder de Representación del Director del INFOTEP a los Abogados Actuantes.Pretensiones Probatorias: Con este poder pretendemos probar la calidad de losabogados para representar al INFOTEP en esta instancia.

d) Intimación de pago. Pretensiones Probatorias: Con este documento pretendemosprobar que la empresa fue intimada a pagar lo adeudado y no ha pagado.

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PRUEBA TEgnMONIAL

VICTIMA: INSTITUTO NAOONAL DE FORMAaON TECNICO PROFESIONAL

(INFOTEP), representado por el encargado de ingresos Lic. Francisco HumbertoVicioso, dominicano, mayor edad, casado, titular de la cédula de identidad yelectoral No. 001-0717594-5, domiciliado y residente en la calle Margarita No. 10,Residencial Taino 2000,3er piso, apto. 3-B, Gala, Santo Domingo, Distrito Nacional.Pretensiones Probatorias. Con este testimonio pretendemos probar como opera elsistema para la recepción y pago de los tributos al INFOTEP, los aportes adeudados,daño sufrido entre aspectos del proceso.

MEDIOS DE DERECHO:

14- Que el artículo 24 de la Ley 116, de fecha 20 de enero de 1980 dispone: ElINFOTEP, se financiara de la manera siguiente:

a)EI uno por ciento (1%) que sobre el monto total de las planillas de sueldos o salariosfijos que paguen mensuaknente las empresas y entidades privadas de los sectoreseconómicos del país, así como, las entidades privadas, publicas, mixtas, autónomas odescentralizadas que realicen actividades con fines lucrativos.

b) El medio por ciento (1/2%) a cargo de los trabajadores de las mismas empresas yentidades, deducibles de las utilidades y bonificaciones, que será retenido por losempleadores e ingresos conjuntamente con la cuota empresarial ima vez al año.

15- Que el artículo 27 de la Ley 116, del 20 de enero de 1980, dispone: Las Violacionesa la presente ley serán castigadas de la siguiente manera:

a) Con una multa de (RD$300.0Ü) (TRESCIENTOS PESOS ORO) a 2,000.00 a (DOS MILPESOS ORO) o prisión de un (1) mes a SEIS (6) MESES Y UN DIA, cuando d patronoomita hacer el pago del aporte especificado en el apartado a) del artículo 24, o ambaspenas a la vez.

b) Con una Multa de (RD$100.00) (CIEN PESOS ORO) a 500.00 (QUINIENTOS PESOSORO) o prisión de im MES a TRES (3) MESES Y UN DIA, en el caso de violación acualquiera otra disposición no especificada, o ambas penas a la vez.

PARRAFO: Cuando la infracción fuere cometida por una persona moral las penas deMulta y de prisión serán prommciadas en contra de los gerentes, administradores orepresentantes de dicha entidad.

16. Que el artículo 25 de la Ley 116-80 dispone que los pagos de los aportes alINFOTEP deben realizarse en los primeros 10 días del vencimiento del mes que

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corresponda, igualmente, el artículo 18 de la Ley 173-07 de Eficiencia Recaudatoria,establece que los aportes de ley al INFOTEP se realizaran en la red NacionalBancaria, a través del sistema único de información. Recaudo y Pago (SUIR).

CODIGO PROCESAL PENAL:

17- Que el Código Procesal Penal, en cuanto a la víctima, la calidad, el actor civil,formalidad de la querella y contenido, establece lo siguiente.

18. Que el artículo 27 del Código Procesal Penal establece: "DERECHOS DE LAVÍCTIMA. La víctima tiene derecho a intervenir en el procedimiento penal y a serinformada de sus resultados en la forma prevista por este código".

19- Que el artículo 50 del Código de Procesal Penal dispone: "EJERQQO. La accióncivil para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados o, para la restitucióndel objeto o para la restitución del objeto materia del hecho punible puede serejercida por todos aquellos que han sufrido por consecuencia de este daño, susherederos y sus legatarios, contra el imputado y el civilmente responsable".

20-Que el artículo 85 del Código Procesal Penal establece: "CALIDAD. La víctima osu representante legal pueden constituirse como querellante, promover la acciónpenal y acusar en los términos y las condiciones establecidas en este Código".

21-Que el artículo 118 del Código Procesal Penal dispone: "Quien pretenda serresarcido por el daño derivado del hecho punible debe constituirse en actor civilmediante demanda motiva.

Puede hacerse representar además por un mandatario con poder especial".

22. Que el artículo 267 del Código Procesal Penal establece: "QUERELLA. La querellaes el acto por el cual las personas autorizadas por este código promueven el procesopenal por acción pública o solicitan intervenir en el proceso ya iniciado por elministerio público".

23- Que al referirse a los daños y perjuicios por la falta cometida el artículo 1382 delCódigo Civñ Dominicano dispone: "Cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño,obliga a aquel por cuya culpa sucedió, a repararlo".

EN CUANTO A LA CONSTmjQON EN ACTOR CIVIL:

24- Que por otra parte, conforme a las prerrogativas de los artículos 83 y 118 delCódigo Procesal Penal, que le otorga calidad a la víctima de ima infracción y enatención a lo que dispone el artículo 1382 del Código Civil Dominicano, el

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INSTITUTO NAaONAL DE FORMAOON TECNICO PROFESIONAL (INFOTEP),se constituye en querellante constituido en actor civil en contra del imputado, enprocura de que sea reparado el daño y que sea sancionado tanto en el aspecto penaly civil por el ilícito penal cometido.

PETITORIO DEL QUERELLANTE Y ACTOR OVIL:

25-Que en cuanto a lo establecido en el estatuto del Ministerio Público, en cuanto ala separación de funciones, la parte querellante tiene a bien en esta fase del proceso,solicitarle al Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, o quieneste designe para realizar la instrucción preparatoria de este proceso lo siguiente:

PRIMERO: ADMITIR, la presente Querella y Constitución en actor civil incoada porel INSTITUTO NAQONAL DE FORMAOON TECNICO PROFESIONAL

(INFOTEP), en contra del señor JOSE ELEIAS GARQA CASTILLO (J E GARCIA &ASOCIADOS), cédula No. 09400222320, por haber sido interpuesta de conformidadcon la normativa procesal penal.

SEGUNDO: Que el Ministerio Público, una vez establecido y comprobado el hechopunible, solicite al juez de la instrucción la medida de coerción establecida en elartículo 226 numeral 1, del Código Procesal Penal, consistente en una garantíaeconómica, dada la violación a los artículos 24, letras a y b, 27 letras a y b de la Ley116 de fecha del 20 de enero de 1980, toda vez que en este caso están reunidas lascircunstancias establecidas en los artículos 227 y 229 del Código Procesal Penal.

TERCERO: Que el querellante constituido en actor civil en esta fase del proceso, haceexpresa reservas de ampliar la presente querella e incluir otras personas si fuerenecesario.

Y haréis justicia.

En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los trece (13)días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021).

Por el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP)

Querellante y actor civil.

UC. FRANCISCOHUMBERTO VICIOSO

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UC CÉSAK'SvÍIIJQX)!^ núñez

Por si y por los LicenciadosLic. Juan Marino Pérez Pérez

Lic. Carlos Guillermo Ochoa y

Licda. Luisa M. Persia

Abogados

ANEXOS;

a) Reportes del Sistema Único de Información Recaudo (SUIR).

b) Poder de representación de fecha 3 del mes de septiembre del año 2020, del Director delINFOTEP al Encargado de Ingresos Internos.

c) Poder de Representación del Director del INFOTEP a los Abogados Actuantes.

d) Intimación de pago.

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13/1/2021" CcxTSulta de Notificaciones por RNC

LJI L—

Richard Espinosa

Notificaciones por RNC

RNC/Céduia: Ib3103319962'

Concepto: INFOTEP V

Estatus: Vfficida

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Razón Social JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO

Nombre Comercial J E GARCIA & ASOCIADOS

Cantidad de Ref. 31 Estabjs Vencida Tipo Ref. INFOTEP

Total Importe 12,953.00

Total Recargo 12,953.00

Total Intereses 12,953.00

Total Gral. RD$ 12,953.00

Todas Las NP

5020122037287907 R

5020122031797561 E

5020102019065134 E

5020072000338429 E

5020031974663202 E

5020011960705126 E

5019111943448260 E

5019091930090481 E

5019071915794220 E

5019051902372888 E

5019031892191272 E

5019011874983393 E

5018111861520486 E

5018091848852822 E

5018061830321002 E

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Total de notificaciones 31

Vencida 12-2020 5/1/2021

Vencida 12-2020 11/12/2020

Vencida 10-2020 11/10/2020

Vencida 07-2020 11/7/2020

Vencida 03-2020 11/3/2020

Vencida 01-2020 11/1/2020

Vencida 11-2019 11/11/2019

Vencida 09-2019 11/9/2019

Vencida 07-2019 11/7/2019

Vencida 05-2019 11/5/2019

Vencida 03-2019 25/3/2019

Vencida 01-2019 4/1/2019

Vencida 11-2018 11/11/2018

Vencida 09-2018 11/9/2018

Vencida 06-2018 11/6/2018

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362.00

510.00

510.00

416.00

426.00

426.00

490.00

490.00

410.00

410.00

410.00

410.00

410.00

333.00

423.00

Co 2002-2021 Tesorería de la Segm-idatí Social. Derechos Reservados..A%'e. riiviUert« "j..",, reí' l'.óTSOlí

Términos de Us^.. | Políticas I ProgLintss: rraruentesijsU'ir'ospri ¡íf.ert: 37 | h*Ltns:/,'VAVw.«i';2.gov.;Jo.' ] wvvW.ts¡í2.gov.do | M/A

https://www.tss2.govdo/ConsuUas/consFacturaRNC.aspx 1/1

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13/1/2021; Consulta de Notificaciones por RNC

^ •Richard Espin<«a

Rf.

Notificaciones por RNC

RNC/Céduía: 103103319962

Concepto: INFOTEP V

Estatus: Vencida v

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Razón Social JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO

Nombre Comercial JE GARCIA 8i ASOCIADOS

Cantidad de Ref. 31 Estatus Vendda Tipo Ref. INFOTEP

Tota! Importe 12,953.00

Total Recargo 12,953.00

Total Intereses 12,953.00

Total Grai. RD$ 12,953.00

Todas Las NP

'O-'lü Eni itinr Tn.ll

5018031812626059 E

5018011800902240 E

5017111786110464 E

5017091774573953 E

5017071763580684 E

5017041745956531 E

5016121723430114 E

5016081702380831 E

5016051686771668 E

5016021671589803 E

5015081640838642 E

5015061640662164 E

5015031615397756 E

5014111596073367 O

5014101591338558 O

« Primera | < Anterior

Total de notificaciones 31

Vencida 03-2018 11/3/2018

Vencida 01-2018 11/1/2018

Vencida 11-2017 11/11/2017

Vencida 09-2017 4/9/2017

Vencida 07-2017 11/7/2017

Vencida 04-2017 11/4/2017

Vencida 12-2016 12/12/2016

Vencida 08-2016 12/8/2016

Vencida 05-2016 12/5/2016

Vencida 02-2016 12/2/2015

Vencida 08-2015 15/8/2015

Vencida 06-2015 15/8/2015

Vencida 03-2015 12/3/2015

Vencida 11-2014 19/11/2014

Vencida 10-2014 19/10/2014

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370.00

458.00

458.00

458.00

423.00

393.00

376.00

309.00

344.00

445.00

460.00

419.00

431.00

391.00

391.00

•> 7.002-2021 Tesorerid de la Seguridad bnciaí. Dorfldios Reservados.A. 7^. Iga..'v;rv<T;'. - .I 'rS

Teiv-núioB<k' | i-elí{;.:a-,Üíuar linea: 37 i Irvtr;s..'/'.vvv-,'..?s,s2.qe. .cl-u' | www.L^.ggv.dc j N/A

https://www.tss2.govdcyConsultas/consFacturaRNC.aspx 1/1

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'13/1/2021'

1_LJS

Consulta de Notificaciones por RNC

Richard Espifíovi

L'íiua) '.I inii'-rr o

B ni ¡ 01 07 r. 'ü

RE

Notificaciones por RNC

RNC/Cédula: |b3103319962

INFOTEP V

Vencida V

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perene

Razón Social JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO

Nombre Comercial J E GARCIA & ASOCIADOS

Cantidad de Reí. 31 Estatus Vereda Tipo Rtí. INFOTEP

Total Importe 12,953.00

Total Recargo 12,953.00

Total Intereses 12,953.00

Total Gral. RD$ 12,953.00

Todas Las NP

t::.-. -i í" rn tsion Fiichí) TriVé'i]

5014091585303273 O Vencida 09-2014 18/9/2014

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Total de notificaciones 31

391.00

rO ZD02-2021 Tesorería de la Seguridad Soctai. Derechos Reservados.Ave Ttriidonu::! L'. Ti-!. (SOO'; r>t;7-5049

Tfinrunosdt Uí» ) PoiiCii.cfí. I P'egcifñí; TrecuentÉií;Usuartosai linea; 37 i Iiftps'://-.v-w,v,!rítí-<jr.v.d'"i,' | www.issí.gov.do | N/A

https://\WiW.tss2.govdo/Consullas/consFacturaRNC.aspx 1/1

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\ .•

/vy<^ %PODER DH RFPRKENTArrñM f/é' ' tfg-g S

ii

i^snruTo naoonal de forkíaqón técnico er&dn^.(INFOTEP), Organismo autónomo del Estado Dominicano, investido de pe^^S=jurjdica por la ley 116, de fecha 16 de Enero año 19S0, ENC. 401-0S17sT^irSa,!^ n Sñ la calle Paseo de Los Ferreteros No. 3, Ensaníhe Mirailores í

Cédula de idenü^y °°So^°'?,T7?¿°5™^^^^del presente acto se Lomintrel POd¿dÍ>^ quien piados fines

PEREZ, UC OIAIEDO ANTONIO JA^

000S2¿Í00«^9!^S7:StSS"2-í^^100694S-1, respectiva, "d«d ̂Ensanche Miraflores, Santo Domingo Dis?ii¿ T'° ■'''llamaran los APODERADOS oor -^acionaj, quienes en lo ¿deíL^'o -poder tan amplio y ^uficiente^Lo au dertchoTeT ^0°SRD.dd<TE '> representación como si fuera la instítudóTl ̂ ^n su noiñb--''eoquieran doble calidad. ,i POr efecto de éste

Representación de la inshín ^ ^ex'to, cuedanH.'

LOS APODERADoq .. .representación del WotS'^ Presente poder v mann ^convenientes a Jos lePíHm todas las ar^- pocirán en nombre v

Ciudad de Sarrt o "Servas deS™'-- ̂ '03 Cinco ;) drrmS'rqe':^^^°-' UV , RSeptiembre del año Do, ¿ , 1

cnicol.u.sional,Eifo,^^ . ■ f

*

U'

I

V \< ■

Page 29: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

AGOINH DA DRA.QüB^TINA^IAGARaAApoderada

LICqA. LUCn-A C. TEJEDA CORDEROApoderada

ucdaTyaniraqrtizrivasy^Apoderada

UCDA. USSETTE N. MOQUETE PAREDESApoderada

í)oMA¿)ídí2l ÍIáD^CÜUCDA/^UZ AURORA OR® RIVERA

Apoderada

UC FRANKUN JOSE ALBINAApoderé

re^UTíN .-Aooderado

* *0

ÍRÜRABIERD

UC. ANTONIO JAVERAS SEGUNDO

Apoderado

UC R-S^ÍIUp OLIVO NüNEZApoderado

UC. CARLOS GUILLERMO OCHOA AJILES UC. JUAN MARINO PEREZ PEREZApoderado Apoderado

UC. OLNÍÉDO ANt0|>5á'^^EZ PEÑA•Apoderado

YO; DRA MAYRA E.DE JESUS RIVERA, notario público de los del Numero para elDistrito Nacional, titular de la matricula 5674, CERTIFICO Y DOY FE; que las firmas queanteceden el presente documento han sido puesta libre y voluntariamente por elLicenciado RAFAEL OVALLE5 RODRIGUEZ, DR VICTOR RAMON SANTIAGOINFANTE QUEZADA, DRA. QUINTINÁ MEJIA GARCIA, UCDA. LUCILA CESARINATEJEDA CORDERO, UCDA USSETTE NEREYDA MOQUETE PAREDES, UCDAYANIRA ORUZ RIVAS, UCDA. LUZ .AURORA ORTIZ RIVERA, UC FRANKLDs' JOSE.ALSINA PEREZ, UC ANTONIO JAVERAS SEGUNDO, UC JUAN VENTURA BIERD,UC. CESAR EvQLIO OLIVO NüÑEZ, UC. CARLOS GUILLERMO OCHOA ATILES,UC. JUAN M.ARINO PEREZ PEREZ, UC. OLMEDO ANTONIO JAQU'EZ PEíÑA,asegurándome ser las mismas que acostumbran a usar en todos los actos de sus vidaspública y privada. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de laRepública Dominicana, a los cinco (5) días del mes de Septiembre del año Dos MilDieciocho (2018).

DEA.NLAYRA E. DE JESUS,Notario Público

Page 30: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

PODER DE representación

pkofesional

Dicrndfdo D^eftTc!ne^°^ia Cédula de Identidad y Electoral No' 001-0779845 portador decon las facultades concedidas por la referida nDrm;,H,' ^ domicilio,^ de conformidídacto se denominará PODERDANTE- por medio HpI del presente

-mandato especial tan amplio y suficiéL como enl^TT Poder yFRANQSCO HUMBERTb VÍcioS íuereñecesáfio;áI Licenciadola Cédula de Identidad y ElectSS^; Oo"S TF' f d"'"' fencargado del Departamento de Ingresos Internos dílNEOT^^^^^^^quien en lo adelante se denominará el ApSoSad?^^^^^representación, pueda realizar tnlf i para que en mi nombre yextrajudicialesquejuzgueútilesonprpcpr- S^^tiones y/o acciones judiciales yrecibir el INFOTEP de conformidad con 1^ Tw valores que debela Ley No.116 del 16 de enere" O en ^ ^ dedichos aportes, incluyendo la firma' de n ^^P^^^as en defecto en el pago demismas, suscripción de acue'dtTan desistimientos"^d^e lasjudicial si fuere requerido en la ejecución de dicT^' cualquier jurisdicciónSanto Domingo, Distrito Nacionil capital de iT ^ gestiones. En la Ciudad dedel mes Septiembre del año Dos Mil Veinte (2020^ ''^ Dominicana, a los Tres (3) díasPor el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP)

AEL SANTOS BADÍ APoderdanté/

LIC. FRANaSCm^BMBERTO ViaOSOApoderado

Nacimll^pital de ll^^^ abogada notario de los del numero del Distritodoy fe, que las firmas qT antecedTTerenTT CERTIFICO Yseñores RAFAEL SANTOS BADÍA v FRANCrcirn ^ voluntariamente, por losque aparecen precedentemeS LaítTíLnlas mismas que acostumbran a usar pn 1 declarado, bajo la fe del juramento serde Santo Domingo, Distrito Nacional capital de fa ReDT>r''^^n^ pnvados. En la ciudaddías del mes Septiembre del año Dos Mil Veinte (2oS) ^ 1°^ Tres (3)

MAYRA E. de JESUS RIVERANotario Público

Page 31: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

ACTO NO

INTIMACION DE PAGOj'j-

la y'-.dud^^de/ ̂M^rucipio de /

Provincia

Rep^bjida Úominicl^, a los {^^2^ ) del mes éíe /y/^^y¿^del año Dos MilDiecmueve (2019).

ACTUANDO a requerimiento del INSTITUTO NACIONAL DEFORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL (INFOTEP), organismo autónomodel Estado, investido de personalidad jurídica por la Ley No.116, del 16 de Enerode 1980, con su domicilio social establecido en la calle Paseo de los Ferreteros No.

3, Ensanche Miraflores, de la provincia de Santo Domingo; representadolegalmente por su Director General, LIC. RAFAEL OVALLES RODRIGUEZ,dominicano, mayor de edad, casado. Licenciado en Comunicación Social,portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0117323-5, de estedomicilio y residencia; el cual tiene como abogado constituido y apoderadoespecial al LIC. CESAR EMILIO OLIVO NUÑEZ, dominicano, mayor de edad,soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0511510-3, con estudio profesional abierto en la Ira. Planta, del edificio que aloja alINSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICO PROFESIONAL

(INFOTEP), sito en la Avenida Estrella Sádhala, esq. Avenida Hatuey, de estaciudad, de Santiago, teléfono de Oficina No. 809-570-4125, Ext. 4340, celular829-858-4346, que es donde mi requeriente hace formal y exprgsá^féGeián dedomicilio para todos los fines y consecuencias legales del prí

Yo,

ntev.acto.--rr^c

YO JOSS , ...

OW. Judicial dísíndí.;;,0^ . ..

L/Offlic<ha sóntidjijO

Úin¡ 0} - 'C/5

ij.i I» C-'.'" LJfc C-l-A, Colína.;ol.nw '35~CdoFy' Ss/x.'j.íjy^c

O _Akm

EXPRESAMENTE, y en virtud del anterior requerimiento.Independencia, No. 69, Modulo 5, sector Centro de ciudad, próviñ^ir^^tiagode los Caballeros, tels. Nos. (809) 583-8189 y (809) 582-7338, que es donde tiqsu domicilio la empresa JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO (J E GARCIASOCIADOS), Rbít No./0^103319962, y una vez allí, halando nej^onal

j calidad demi requerido, según me lo ha declafadó; LE HE NOTIFICADO A: JOSE ELGARCIA CASTILLO (J E GARCIA & ASOCIADOS), RNC No. 03103319962,

siguiente: que mi requeriente, por medio del presente acto le hace formalintimación de pagarle, en el término de cinco (5) días francos, los valores

siguientes:

cS^NTMQ.

Page 32: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

La suma ONCE MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS DOMINICANOS CON

00/100 (RD$ 11,802.00), será por concepto de valores dejados de pagar durante elperiodo de OCTUBRE 2013 A MARZO 2019; que establece el art. 24, letra a dela Ley 116 del 16 de enero de 1980; Sin perjuicio de las cuotas por vencer, de lascostas liquidadas o por liquidar y de los gastos de ejecución.

A los mismos requerimientos, constitución de abogado y elección de domicilio,le he notificado, declarado y advertido a mi requerido, la empresa JOSE ELIASGARCIA CASTILLO {] E GARCIA & ASOCIADOS), RNC No. 03103319962,que de no pagar el total de los valores que son ONCE MIL OCHOCIENTOSDOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100 {RD$ 11,802.00), será constreñidotranscurrido dicho plazo, por todas las vías de derecho, especialmente la queconsagra el art. 27 de la Ley No. 116 del 16 de enero de 1980. BAJO RESERVASDE DERECHO DE ACCIONES.

Y para que mi requerido no pretenda luego alegar ignorancia o desconocimientodel presente acto, así se lo he notificado, dejándole en manos de la persona conquien dije hablar en el lugar de mi traslado, una (1) copia fiel y conforme aloriginal de este acto, el cual consta de dos (2) paginas, firmadas, selladas yrubricadas por mí. Alguacil infrascrito que CERTIFICO Y DOY FE.

Costo; RD$

Doy fe.

Aleúácii; tfs

'-jCí'"-; fí .. •• -.-i /

vjSTICa^

Page 33: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

25/8/2021 Consulta de Empleador

Mdnos TlntitUo

Q --n .. :•

MB

Consulta de Empleadores

RNC 03103319962 _

Registro Patronal

Razón Social

No<T«re Comercial

Teléfono

Buscar Lhpiar

Generales Representantes Nóminas CRM Registro CRM Reportes Ultimas Aniones Legal Subsidios Documentos Informes Auditoria

N jtt'in.íLi£„-1 Nómina Principal

2 Novedades Atrasadas

r>n..

Normal

Normal

Escalrif Salark» f (np(e«r<Jos

Activa

Activa

$2 2002-2021 Tesorería de la Segtridadí Social. Ocre^tos Reservados.AvH, f y3 TdJ- iíí)9¡ ?'")7-S-W

Térnufic;rlcl.ífo j folV « : (-rL-.U'í-'.TYSt'.v sy 1 nHL.-;.- '-?,'!! l :-i.> ¡¡r;! 'j!> I '-tr'»

INFOTEPCbRIlMCaC

ht^://súr.gob.do/Consultas/ccinsEmpleador.asp)^rnc= 03103319962 1/1

Page 34: J ************** ! Nombres: ^ VZJ CESAR EMILIO

25/8/2021*

L.LJS

Notificaciones por RNC

RNC/Cédute: 03103319962

Concepto:¡155 V 1

Consulta de Ncrtificaciones por RNC

i <" Todas "> v!1 Pagada V 1

^ Buscar Linpiar

BoiulU

•ítoAí--. r't"'

'Razón Social JOSE ELIAS GARCIA CASTILLO

i Nombre Comercial 3 E GARCIA & ASOCIADOS

ICanOdad deRef. 131 Estatus Pagada Tipo Ref. TSS

iTotaí Importe 726,133.79

¡Total Recargo 26,695.74

¡Total Intereses 2,767.86

Total Gral. RD$ 755,597.39

Todas Las NP 2021 2020

l tr, l iU-

A •: ui-'i fiaf-.-ich.» Importe Recaigo lotiTe?-;-;

0S20212067202203 0 Pagada Nómina Prhcipal Normal 05-2021 21/5/2021 29/6/2021 7,992.09 65.53 0.00 8,057.62 [Ver]

0420212059657267 0 Pagada Nómina Principal Normal 04-2021 20/4/2021 S/5/2021 8,014.40 0.00 0.00 8,014.40 [Ver]

0320212053024139 0 Pagada Nómina Principal Normal 03-2021 20/3/2021 6/4/2021 8,014.40 0.00 0.00 8,014.40 [Ver]

0220212046458224 0 Pagada Nómina Principal Normal 02-2021 18/2/2021 5/4/2021 7,992.09 91.13 0.00 8,083.22 [Ver]

01202120396224^ 0 Pagada Nómha Prmcipal Normal 01-2021 19/1/2021 18/2/2021 7,992.09 87.13 0.00 8,079.22 [Ver]

1220202035071939 R Pagada Nómina Prmcipa! Normal 12-2020 21/12/2020 21/12/2020 8,014.40 0.00 0.00 8,014.40 [Ver]

1220202035336352 R Pagada Novedades Atrasadas Normal 12-2020 22/12/2020 22/12/2020 2,274.76 0.00 0.00 2,274.76 [Va-]

1120202026163286 0 Pagada Nómina Principal Normal 11-2020 21/11/2020 4/12/2020 6,824.28 90.09 0.00 6,914.37 [Ver]

1020202019467180 0 Pagada Nómina Princpaí Normal 10-2020 17/10/2020 11/11/2020 6,824.28 70.32 0.00 6,894.60 [Ver]

09202020133S1281 0 Pagada Nómina Principal Normal 09-2020 20/9/2020 5/10/2020 6,824.28 0.00 0.00 6,824.28 [Ver]

0820202007186933 0 Pagada Nómiia Principal Normal 08-2020 20/8/2020 1/9/2020 6,824.28 0.00 0.00 6,824.28 [Ver]

0620201997048235 R Pagada Nómina Principal Normal 06-2020 24/6/2020 24/6/2020 6,824.28 0.00 0.00 6,824.28 [Ver]

0320201984913869 R Pagada Nómina Pmcipal Normal 03-2020 25/4/2020 1/5/2020 6,824.28 0.00 0.00 6,824.28 [Ver]

0220201968927791 0 Pagada Nómina Principal Normal 02-2020 22/2/2020 4/3/2020 6,824.28 0.00 0.00 6,824.28 [Ver]

0120201961071896 0 Pagada Nómina Principal Normal 01-2020 18/1/2020 5/2/2020 6,824.28 0.00 0.00 6,824.28 [Ver]

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100.1-2021 TtbM)i'«tis de la Se.guridai/ Social. OarecSor. fte^rvapo.-..' - 'i' 'iV UV'-l . '

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https://SUir.gob.do/ConSUltaS/COnsFaCturaRNC.a5pX 1/1