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NOS DON SIMON LOPEZ,P O R L A G R A C IA DE D IO S Y DE I.A SA N T A SEDE

A PO STÓ LICA . , A RZO BISPO D E V A L E N C IA , C A B A L LE R O CRAN- C R U Z

D E L A R E A L Y D IST IN G U ID A O R D E N D E CA RLO S III . , PR E L A D O

D O M É STIC O DE SU SA N TID A D , A S IS T E N T E A L SOLIO P O N T in C lO ,

N O BLE R O M A N O , D E L CON SEJO D E S , M . , E T C . I'.TC. E T C .

A l Venerable Clero secular y regular , / á todos nuestros Dio ceianos , salud en nuestro Señor Jesucristo*

C u a n d o llegó á nuestra noticia, que se vendían pii- blicamente en esta Ciudad unos pañuelos de seda de una marca regular, y proporcionada para el uso de las narices , y en cuyo centro y alrededores se veían gra­badas varias cruces de diferente m agnitud; nos llena­mos de amargura y casi no nos lo podiamos persua­dir. ¿Porque es creible que la imdgeu de aquella Santa Cruz , en que murió nuestro adorable Salvador para redim irnos, que San Pablo llama virtud de Dios , y San Loon, fuente de todas las bendiciones , y causa de todas las gracias ; que ebta se vea sin el decoro que la corresponde en unos pañuelos, que cuando menos, servirán para el fausto , lujo y vanidad que condena la misma Cruz?

jPero cuánta mayor amargura tuvim os, y qué ideas tan funestas agolparon á nuestra im aginación, cuando vimos uno, y le reflexionamos detenidamente! En aque­llos siglos en que se combatió con furor la adoracion de las imágenes de la Cruz por un Claudio Obispo Taurineuse, un Pedro Bruis, un Ilenrico, por los Pau- licianos, Bogoviles, W ic le fita s , y Magdeburgenses, na-

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da hubiésemos extrañado. Tampoco sí viviésemos en­tre los protesíaotes , que miran su culto con execra­c ió n , ó en los días aciagos de anarquía, á que p o rla misericordia del Señor hemos sobrevivido, y en que no se omitió género alguno de pinturas y grabados que pudieran conducir para poner en ridículo nuestro cul­to y nuestra creencia. Pero que en una Metrópoli pia­dosa, en un Reyno C atólico , en cu) o Trono está sen­tado un R e y , cuyos sentimientos religiosos son tan co* nocidos; que en este tiempo y circunstancias se vean estampadas las Cruces; las Cruces que han sido siem­pre y son el timbre mas glorioso de los Emperadores y Reyes , el distintivo de los Príncipes de la Iglesia, la condecoracion de las Órdenes Militares y mas be­neméritos Españoles; y sobre todo, la señal del Cris­tian o, con la que es superior á las diademas de la tier­r a , y se distingue de tantas gentes sentadas en las ti­nieblas y sombras de la m uerte; que se vean estam* p.ídas las C ruces, volvemos á decir, en unos pañuelos, que se venden para el uso que se quiera hacer de ellos, nos estremece sobremanera, pues que además de la in­juria sacrilega que se las h a c e , entendem os, que los que hacen burla de nuestra redención nada temen , ni respetan aun en la apariencia ; y siguen todavía en sus maquinaciones contra la Religión.

Desde el momento que vimos los pañuelos indica­d o s, resolvimos su prohibición ; y hubiésemos procedido á e lla , si las graves y continuas atenciones de nuestro ministerio , siempre superiores á nuestras fuerzas , y mucho mas ahora que estamos en una ancianidad avan­zada , no nos lo hubieran impedido. Pero ya no pode­mos callar por mas tiempo: es preciso levantar la voz, y haceros saber , que semejantes pañuelos son dignos de anatema.

P orque, amados Diocesanos: la Cruz que era an­tes de tanto oprobio, que Cicerón no encontraba vo-

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ces para expresar cnán gran maldad era condenar á ella á nu ciudadano romano , es ya de sumo honor y gloria desde que murió en ella nuestro Salvador Jesús, porque murió en la C r u z , decia el Apóstol á los Fili- penses, fue exaltado. Su virtud representada en el ar­ca de N o é , en la vara con que M oj sés dividió el mar, en el leño con que él mismo convirtió en dulces las aguas am argas, en la serpiente de metal que se levan­tó en el desierto , y en otros varios símbolos v figuras, es eficacísim a, como comprueban tantos y tan repeti­dos prodigios y m ilagros, como ha obrado en todas las edades. L a Cruz es, decia San Juan Crisòstomo entre mil dictados que la da en una homilía que de ella com­puso, la Cruz es la esperanza de los Cristianos, la re­surrección de los muertos , la luz de los ciegos , el triunfo contra el demonio, la magnificencia de los R e­yes, la proclamación de los Profetas y iip ó sto les, la gloria de los Mártires y el fundamento de la Iglesia. ¿Con cuánto respeto pues deberemos m irarla? ¿Cuál deberá ser nuestra veneración y culto á la Santa Cruz y á sus imágenes?

En todos tiempos se han adorado en la Iglesia, sin que se encuentre el origen de este cu lto , por mas que Daleo diga que era nuevo en el siglo cuarto. Siempre han sido y son dignas de adoracion en cualquier par­te que se encuentren , aun aquellas que se hacen con las manos ó dedos, según enseñan los Santos Dio« nisio, Cirilo A lejandrino, A tanasio, B asilio, y el C ri­sòstomo. ¿ Pero para qué comprobar esta verdad des­pués de lo establecido en diferentes Cánones y C onci­lios de la Ig lesia , principalmente en el sexto , séptimo y octavo generales?

Y bien : Os parece que puede conciliarse este res­peto, estim ación, y culto de la Santa Cruz y sus imá­genes con el desdoro, degradación y envilecimiento que las resulta por estar grabadas en unos pañuelos que sir-

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ve n , 6 pueden servir, para usos los mas indecorosos ? Todos sabéis que su destino regular es recibir las su- períluídades inmundas de la naturaleza , cubrir las lla ­gas llenas de podre, que acaso no puedan mirarse sin n áusea, limpiar los humores corrompidos que arroja­m o s, y otros usos mucho peores, que la decencia no permite expresar.

¿ Y á quién podrdn estos parecer compatibles con el sumo honor, respeto y veneración, que es debida á las imágenes de la Santa Cruz? Hablad de buena fe : os creeríais vosotros honrados y respetados, si se os hiciese ocupar en estos servicios? ¿No los creeríais degradantes de vuestra nobleza, é injuriosos á vuestra sangre? Am án, aquel privado del Piey Asuero, se re­tira corriendo á su casa llorando y cubierta la cabeza en señal de vergüenza y confusion, por haber llevado del diestro el caballo, sobre que iba montado Mardo- queo. ¿Cuál pues hubiese creído que era su degrada­ción, si se le hubiese obligado á limpiar con sus ma­nos las superfluidades menos sucias del mismo judio?Y cuántos imitadores no tiene en esta parte? Cual­quier servicio lo creeis afrentoso á vuestra clase é in­jurioso á vuestro carácter y rango. Y aquellos usos, que hemos expresado, no han de ser injuriosos á las Imágenes de la Santa C ru z, no la degradarán?

Mas todavía si vieseis envolver entre el estiércol el escudo de vuestras armas , en que está marcada vuestra gloria ó vuestro mismo retrato, ó alguna alha­ja que mereciera toda vuestra atención , lo tendría!« sin duda por un desprecio , un insulto , una injuria atróz.

Pues cuánto mayor lo será envolver entre la po­dredumbre la mejor alhaja ' dcl Cristiano , su escudo perpetuo, como la llama San Juan Crysóstom o, la imá- gen de la Santa C ru z, en que murió Jesucristo nues- 1ro Salvador, y á la que se deben madores respetos y

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veneración , que á todos los grandes y poderosos d é la tierra? Lo que es degradante é indecoroso para noso­tros , lo es mucho mas á las imágenes de la Santa Cruz , pues que la injuria crece á proporcion de la dignidad y grandeza de las cosas. ¿ Y somos nosotros ftor ventura mas dignos , mas respetables , mas gran­des que la Santa Cruz?

Adem ás: como el grande Constantino hubiese pro­hibido que en adelante fuesen condenados los malhe­chores al suplicio de la Cruz , y que esta sirviese ya á usos profanos, siguiendo estos sentimientos de pie- <3ad los Emperadores Teodosio y Valentiniano, estable­cieron una le y , que luego puso en su código el Em­perador Justiniano, en que se prohibía bajo gravísima pena (que Raynaldo entiende era la de muerte) que ae esculpiese ó pintase el señal de Cristo Salvador ea tíl su elo , ó en los pedernales ó m árm oles, que so­bre él estuvieren , para evitar el que fuese pisíido. T i­berio Augusto mandó quitar del pñ^jimento de su pa­lacio un mármol en que estaba la imágen de una Santa C ru z , porque la que debe servir para fortaleeer nues­tra frente y pecho , no debe ser hollada con los pies* E l Cánon Quini-Sexto dispone para que no se ha­ga injfU'ia al trofeo de nuestra victoria , bajo pena de excom unión, que se borren de los pavimentos las fi­guras de las Cruces; y el Concilio tercero Mediolaneii- se , que celebró San Carlos Borrom eo, que el Obispo mande que no vse pinten en el suelo.

¿Cómo puns podremos permitir que se vean gra­badas en unos pañuelos destinados á la inmundicia y suciedades? ¿No son estas mucho peores que cuantas pisadas pueden recibir , si estuvieren grabadas en el suelo? Si los Emperadores y Concilios creyeron se in­juriaba al trofeo dé nuestra victoria pisándolo, ¿qué no hubiesen creido si lo viesen cubierto de podreduro- J?re? ¿Para qué usos mas profanos puede ya servir, ni

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c(U(í mayores insultos se la pueden hacer? Los repu­tamos m ayores, atendidas las circunstancias de las per­sonas , que si fuese colocada en la Sinagoga de los judíos, á pesar de que los reputó tan grandes San Gre­gorio M agno, que mandó al Obispo Genaro sacase lue­go y con la veneración debida una Cruz que impru­dentemente habia introducido un neófito en una Sina­goga. Porque, que los judíos, que la miran como os­eándolo y oprobio, la escupan, la vilipendien y hagan cuanto les dicte su ceguedad, es tolerable. Si mi ene­migo me hubiese maldecido , decia David , lo hubiese sufrido. Pero que los que han nacido en el seno de la Iglesia , y la deben toda su exaltación entre infinitas gentes; que los Cristianos la hagan servir á usos tau inmundos; ¿no será mas injurioso á la C ru z, y mas des­agradable al Señor, que murió en ella? '

Últimamente: el citado Concilio Mediolanense man­da al Obispo que procure no haya Cruces en lugares sórdidos y ensuciados con alguna m ancha: y el mismo San Carlos Borromeo m andó, que dentro el tórmino de un mes , se quitasen todas las que habia pintadas en sitios indecorosos. L a Sagrada Congregación prohi­bió en a i de Mayo de 1096, como irrisión de la R e­ligión Cristiana, el que se pinten las Cruces ¿ im á g e ­nes de los Santos en lugares asquerosos. Lo mismo mandaron en Roma el Cardenal Benedicto Justiniano, Bononiense, legado á L atere , el Sínodo del Cardenal Jacobo Boncom pagni, y el Señor Benedicto XIV, ¿ Y qué lugares mas sucios é inmundos que los destinados para recibir inmundicia y corrupción? Con que siendo este el destino regular de los pañuelos, grabaren ellos las imágenes de la Santa Cruz es una bu rla , un es­carnio, un desprecio.

Sí , amados Diocesanos , esta invención de grabar en los pañuelos la imágen de la Santa C ru z , es una burla del árbol sagrado en que fuimos redimidos, su­

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gerida sin duda por el mismo Satanás , y egecutada por los que tienen hecho empeño en hacer una irrisión manifiesta de nuestra Religión. No puede ser otra la causa , ni estos pañuelos tener otro origen. En otros tiempos pudiéramos atribuirlo á una ligereza y falta de reflexión : mas no en los presentes en que el espíritu de impiedad se ha extendido por todas partes , y se mira con execración nuestro c u lto , y cuanto es reli­gioso. Este es su origen y no o tro , y por lo mismo debeis vosotros detestarlos mas.

Tendrán también sus apologistas, como todo lo ma­lo , que se ve en nuestros dias, pero no les deis oidos. Acaso os digan algunos que no se profanan aquellas por las inmundicias que puedan recibir en los pañue­los , pues que aunque también pueden recibirlas en los vestidos de ios seculares y hábitos de los Religiosos, en los Rosarios que se llevan pendientes del cuello, y las que hay en los caminos públicos y calles mas sucias, pueden ser vilipendiadas de mil m odos; sin embargo no se prohibe este uso ni se tiene por degradante de la dignidad de la Santa Cruz, Os dirán otros que esto es un exceso de delicadeza , nacido de la ignorancia, preocupación y supersticiones que aprendimos de nues­tros padres. Y acaso no falten también quienes vom i­ten todo el veneno de su incredulidad y los sarcasmos mas groseros é indecentes contra el culto de la Santa C ru z, de sus imágenes y aun del mismo Dios.

Prescindiendo de que el lenguage de ignorancia, superstición, fanatismo y demás que usan nuestros fi­lósofos , ya se sabe lo que vale y significa en su boca, y de que no debe contestarse á sarcasmos é invectivas im pías, estos y otros argumentos son despreciables é incapaces de seducir , mas que á los que cierran v o ­luntariamente los ojos para no ver la luz. Porque ai hay Cruces en lugares profanos é indecentes, donde no pueden tener el respeto que las es debido, y doa-

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de aparezca que necesariamente, y no por casualidad, han de eslar entre la inm undicia, deben quitarse por la adoracion que merecen : por consiguiente este abuso no autoriza el que se pretende introducir en los indi­cados pañuelos. Es verdad que pueden ensuciarse las Cruces en los vestidos y hábitos. ¿ Pero quién no ve que aquellos no están destinados para los usos que hemos dicho de los pañuelos; y por consiguiente, que en estos es directa la intención de envolver las imáge­nes de la Santa Cruz entre la podredumbre y corrup­ción? ¿ Y quién no ve también la diferencia que hay entre colocar las Cruces en los cam inos, calles y ves­tidos, y grabarlas en estos pañuelos, bien se atienda á su origen , ó bien á su objeto?

El pintar las Cruces en las calles , caminos y ves-, tidos es costumbre antiquísima. Fortaleced vuestra ca­sa con la figura de la C ru z, decian ya en sus dias San Antonio y San Atanasio. Su figura, decia San Juan Cri« sóstomo, se ve en las púrpuras, en las diademas, en las arm as, y es celebrada en los vestidos, en los vasos de oro y plata y en las pinturas de las murallas. Según el mismo San to , las Cruces que habia en las casas se colo­caban sobre las ventanas. ¿ Y cuándo se han visto Cru­ces grabadas en los pañuelos destinados al uso de las narices? Podrá citarse aignn egemplar?

Por otra parte. El objeto con que se introdujo esta costumbre fu e , el que por donde fuésem os, tuviésemos un recuerdo de lo que la debemos y estamos obliga­dos á hacer. San Carlos Borrom eo, restaurador de la disciplina de la Iglesia, y que sabia muy bien lo que siempre se habia observado en e lla , manda á los Obis* pos , que donde fueren mas frecuentes las encrucija­das en la Ciudad y Diócesis , cuidasen de erigir y pro­poner públicamente el árbol de la Santa Cruz , para que viéndola los fieles con frecuencia, no solo se ele­ven al recuerdo grato del grande misterio que se obró

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en e lla , sino á aquella gloria verdadera á que debe­mos aspirar. ¿ Y por ventura podrán haberse propues­to tan santos objetos los que han inventado grabar las Cruces en los pañuelos? Podrá acaso ser, pero no noslo podemos persuadir de modo alguno. Y aun cuando así fuere , nunca podemos tolerarlos por las irreveren­cias é injurias que resaltan contra las imágenes d é la Santa Cruz , como os hemos manifestado.

Por todo lo c u a l, y convencidos, como lo estamos, de que es desprecio de la Santa Cruz y de nuestra Religión el que sus imágenes estdn grabadas en seme­jantes pañuelos , los declaramos comprendidos en la Regla undécima del índice expurgatorio; y como ta­le s , los prohibimos á todos nuestros súbditos, en virtud de las facultades Ordinarias que tenemos, y en cum­plimiento de nuestro ministerio Pastoral: de modo que en nuestra Diócesis nadie pueda venderlos, comprar­los , retenerlos ni usarlos, debiendo los que los tuvie­ren presentarlos dentro de ocho d ias, que deberán con­tarse desde la publicación de esta P astoral, á nuestro Tribunal de F e , como le llama el R ey nuestro Señor en su Real orden de 28 de Marzo de 18 25, que se sirvió dirigirnos: y los que no los tengan, pero sí no­ticia de quienes los venden, com pran, retienen ó usan, estarán obligados á delatarlos al expresado Tribunal dentro del mismo término.

Con esta ocasion, y constándonos que en otros pa­ñuelos están grabadas imágenes de Sanios , y también que se venden pinturas y grabados lascivos, prohibi­mos todas las pinturas , lám inas, estátuas ú otras de escultura, que fueren indecentes, é igualmente los re­tratos, figuras, monedas, em presas, letras grandes de imprenta y de libros impresos , invenciones, máscaras y medallas en cualquiera materia que estén estampa­das, figuradas ó hechas que sean en irrisión ó escar­nio de los Sacram entos, ó de los Santos, de sus imá-

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lo

genes, reliquias, m ilagros, h áb ifo , profesion ó vida; ó de la Santa Sede Apostólica, ó de su estado, y del de los Romanos Pontífices, Cardenales, Obispos y de su O rden, D ignidad, Autoridad, Llaves y potestad es­piritual, ó de los Estados EclesiávSticos, y de las sagra­das Religiones aprobadas en la Iglesia, según está ex­preso en la citada Regla undécima del índ ice, y ea conformidad á la Real orden comunicada al Consejo en 17 de Marzo de 1826.

En conformidad también á la misma , y á otras Reales órdenes, y en uso de nuestras facultades Ordi­narias, prohibimos de nuevo todos los lib ro s, folletos, manuscritos y demás comprendidos en las Reglas c ín ­dice expurgatorio de 1790, cuya observancia está v i­gente según Real cédula de S. M. de 11 de Abril de 1824* como también los que lo están en los suple­mentos y edictos posteriores del Santo Tribunal de la Inquisición, en los de nuestro dignísimo antecesor Don F r. Veremundo Arias de 22 de Setiembre de 1820 , y de su Gobernador de 5 de Setiembre de 18 2 3 ; en nuestras Pastorales de 16 de Octubre de 18 25, y 3 de Agosto de 1826 : y liltimamente los que expresa el Edicto que con esta misma fecha expedimos.

Y por cuanto nos consta, que algunos han obteni­do licencia de S. S. ó su Nuncio Apostólico en estos Rey nos , para leer y retener libros prohibidos, sin que nos la hayan presentado, como deben , para los usos correspondientes; mandamos: que presenten dichas li­cencias ante N os, dentro el preciso término de quince dias; como también que despues de su muerte sus he­rederos , albaceas y demás á quienes corresponda , no dispongan de los libros, folletos, cuadernos ó manus­critos que tuvieren, sin presentarnos antes nota exacta de todos y bajo su i’esponsabilidad , para recoger los que fueren prohibidos, y darles el destino que con­viniere.

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Y últimamente maudamos á todos nuestros Dioce­sanos : que delaten á nuestro Tribunal de Fe á todos los que supieren que venden , usan , retienen ó com­pran pinturas ó grabados obscenos , libros y demás que acabamos de prohibir ; y á los Confesores , bajo la pe­na de suspensión de todas licencias ipso fa cto , que si tuvieren recelo ó sospecha por las circunstancias de Jos penitentes , ó por lo que les oyeren en la confe­sión , que tienen ó usan alguno de estos géneros pro­hibidos ; ó saben quienes los retengan, no los absuel­van antes de presentarlos, ó de delatar á los que los tuvieren : lo que pueden hacer con ia seguridad de no ser descubiertos, pues que se les guardará el mas es­crupuloso sigilo.

Declaramos en fin : que todas y cada una de las cosas que mandamos, ó prohibimos en esta nuestra P asto ral, lo hacemos bajo pena de excomunión ma­yo r latíE sententía y ipso Jacto incurrendtB que reser­vamos á N o s, y bajo las demás penas á que hubiere lugar en derecho.

Y para que llegue á noticia de todos , y nadie pue­da alegar ignorancia ; mandamos á los C u ra s , V ica­rios y Regentes de las Parroquias de este nuestro A r­zobispado, y exhortamos y rogamos á los Prelados re­gulares de los Conventos del mismo, que lean ó hagan leer esta nuestra Pastoral en el primer Domingo despues de su recibo , al Ofertorio de la Misa mayor ; como también en los dos Domingos siguientes en alguna ó algunas Misas privadas en que vieren mayor concur­so de gentes. Y esperamos del celo de los Confesores y demás coadyutores nuestros en el desempeño del Ministerio P asto ral, que inculquen frecuentemente á los fieles cuanto mandamos ó prohibimos , en este tiem­po Santo de Cuaresma , en las misiones que subsi­guieren , en el confesonario, en el pùlpito, en las con­versaciones privadas, y siempre que tuvieren oportu-

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nidad , para que salgan de la ignorancia en que nmcbos v iv e n , y que acaso sea la causa de que no llenen sus deberes en esta parte.

Dada en nuestro Palacio Arzobispal de la Ciudad de Valencia á los veinte y siete dias del mes de Fe­brero de mil ochocientos veinte y nueve.

Simón y ^%zoéispo de fa len cia .

Por mandado de S. s . I. el Arzobispo mi Señor:

Leonardo López,Can,° Sec.'^

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ddicto de íié%o p%o¡iiSiáo ( ue cha en (a pdg. i O de la ^asto%ai ( .m antecede.

NOS DON SIMON LOPEZ,P O R L A G R A C IA DE DIOS Y DE L A SA N T A SEDEA PO S T Ó L IC A A R ZO BISPO DE V A L E N C IA , C A B A L L E R O G R A N CRU Z

DE L A R E A L Y D IST IN G U ID A O R D E N D E CA RLO S I I I , PR ELAD O

D O M ÉSTIC O D E SU S A N T ID A D , A SIS T E N T E A L SOLIO P O N T IF IC IO ,

N O BLE R O M A N O , D EL CO N SEJO DE S . M . , E T C . E T C . E T C .

á l Venerable Clero secular y regular y á todos nuestros Dio^ cesanos, salud en nuestro Señor Jesucristo»

Jntre los principales deberes del ministerio PastoralEdebe contarse 6Íii duda el velar sobre la pureza de la doctrina, y apartar de la G rey los pastos venenosos: porque sin ella no puede haber buenas costumbres re­ligiosas ni políticas ; por consiguiente ni verdaderos cristianos ni fieles vasallos del R ey nuestro Señor. Por desgracia vivimos en un siglo, en que circulan por to­das partes producciones impías, heréticas, escandalo­sas , subversivas, en una palabra, producciones en que se ataca sin pudor la moral Cristiana, nuestra Religión y el Trono de todos los M onarcas, sin que sirvan de barrera tantas y tan repetidas Reales órdenes de S. M.

Y a quisiéramos haber podido examinarlas todas, haber prohibido las que corresponda, y recogidas ha­berlas entregado á las llamas ; para que ni aun su me­moria quedase entre nosotros. Pero son muthas las atenciones que pesan sobre nuestros hombros, y aun-

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que no dejamos de la vista tan interesante objeto , no podemos cuanto queremos.

Pero por cuanto estamos obligados á disminuir lo» males cuanto nos sea posible, ya que no podamos evi­tarlos todos ; despues de un detenido examen con pre­sencia del índice expurgatorio y diferentes edictos, usando de nuestras facultades Ordinarias, además de las prohibiciones que expresa la Pastoral que os diri­gimos con esta misma fecha, prohibimos todos los im­presos siguientes:

E n francés é italiano*

Lettre Theologico-Politiche sulla presente situacio- ne delle cose Eclesiastiche. 2 tom. en 4«°» impreso en Pavia en 1794.

Reflexioni sulle Omelie di frá turchi Vescovo di Parva. 2 tom. en 4»°

L a libertà é la legge considerate nella libertà delle opinioni, é nella tolleranza di culti religiosi. 1 tom* en 4*°

Lo spirito della giuridizion Eclesiástica sull’ ordina­zione dé Vescovi Dell’ Ab. Gennaro C estari, edizione seconda, i tom. en 4-° año 1798.

Del pubblico divin diritto alla comunione Eucaristi­ca nel sagrificio della messa: traitato dogmatico diviso in due tomi di Anastasio Leofìlo. 3 tom. en 4*® mayor, impreso en Lugano 1674.

V ie de George W ashington General en C h ef des armeés am éricaines, durant la guerre de 1’ indépen­dance; par Joan Marshall. 5 tom. en 8.° mayor. París* 1807.

Code civil. 12 tora, en 8.° París ano 1819.Les caractheres de Teofraste traduit du Grec avec

les caractheres les moeurs de ce siede. Paris. 1 tom. en b.°

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Diccîônaîre raîzonné dé bibliologìe, x fom. en 8.® mayor. Paris. 1822.

ha Justine ó Juliette. 10 tom.Juan Bautista Pazolin de Molier. 2 fom. en francés.Donz zin á Jalando.Les apellans pleinement justifiés aux novelles E c­

clesiastiques sur la dispute de M ’ de Saleon Archeve- que de V ienne, avec le-Patri Y erti Augustin.

L a teologie morale des Jesuites et nouveaux ca- suistes.

Tratato teologico su la autorità della C hiesa, é del Papa.

Reflexioni del teologo Piacentino sull’ libro dell' Ab. Cucagni = De mutuis Ecclesiæ et Imperii officiis & c , stampato contra T opera del Sig. Conte di Trautm aus- d o r f , de tolerantia Ecclesiasfìca et civili.

Traité de la nature et du Goubernament de 1’ E gli- »e. 3 toin. en 8.®

Diccionaire Ecclesiastique et Canonique portatif, ou abregé metodique. 2 tom. eu 4 ° París.

L e consíitucionel, Journal du comerce politique et liferaire.

Mémoires du General du Dumouriez. i tom. en tí.® Am burg. 1794.

L ’ Espectateur ou lé Socrate moderne. 7 toia.Ouvres de Fontaneî’es. 6 tom.L a vie de Monsieur Bayle. i tomo.Esaix de la Montagne. 10 tom.Elevation á Jesus-Christ. i tom.l)i Tito Luctretio Coro. 1 tom, en 12 manuscrito.Discours sur les penseés de Mr. Pascal. i tom.Repport du Fisique et du Moral de I’ Homme.De la Monarchie de Prusie sur Federic le Grande,

1 tom.il Petrarca avec V exposición.Essaix Asteliques de Mr. Guillaume, i tora.

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C o iir ’d’ etudes pour 1’ instruction des jeunes par Condillac. tom.

Catechisme historique et dogmatique sur les contes­tations qui divissent maintenant 1’ Eglise.

A la Haye. 2 tom. en 8.°Institutions politiques par Mr. le Baron de Bielfcld.

4 tom.Della Podestà de Vescovi circa le dispense D’ Anto­

nio Pereyra Sacerdote e l Teologo di Lisbona, 1 tom.V era idea de la Santa Sede operetta divissa in duç

parti. Pavia. Año 1787. i tom.Esquisse d’ un Tableau historique. 1 tom.Denontialion des Crimes. 1 tom.Canons et Decrets du Concile national.Annotaire de la Hte. Dumourier.Les Aventures de Mr. Luville.L a mort d’ A b e l, Poéme en 5 act. i tom. 8.®Histoires ob Saudford aud Merton. 3 tom. 8 *Histoire de la conjuration de Piobespierre.D’ une jeune femme qui n’ était pas solicité.L a Tyrannyde di Vittorio Alfieri.Essai historique su ria puissance temporale des Papes.Cartes de hum amigo á ontro sobre as indulgenza«.D ieu , le nature, et la loi.L a Bible en fin expliquée par plusieurs aumônier»

de S. M. le llo i de Prusse.Discours sur lés miracles de Jesu-Christ.Pour et contre la Bible.Lettres postumes et inedittes de Cabanis á M. F . sur

les causes premieres avec des notes por F. Berat.Histoire des crimes horribles, qui ne son conaiie qu’

entre la famille des Rois.

En latin.De antiqua Ecclesiæ disciplina dissertationes historî-

eæ excerptæ é Concillis Generalibus Suuctis Patribus

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et Auctoribus Ecclesiasticis: Auctore Ludovico Elien. Dupin sua? facuUatis Parisieusis Doctore Theologico Venetiis 1770. 2 tom.

De Jiire et OíEciis ad usum Tyronura, auctore An­tonio Genueofi. Venecia. 1 tom. 4*®

Praelectiones Acadcmiie publicce in fisicae partes oh- ticas et his cognatas. á Gregorio Voi frango. 2 tom. 8.®

Philosophia moralis sive Èthica ad usum auditorum philosophiae stilo scholastico concinnata á P. Petro Schw an Societatis Jesu. i tom 8. ^

Dissertatio Theologico Polemica de lacruenti novae Legis Sacrificii Comunione, á Fi’. Carolo M ari* T ra- versari Ord. Servorum B. M. V.

Theologia Sanctorun veterum et novissimorum. l

tom.Dupin de veritate. i tom.Acta et decreta secundae Synodi Ultraiectensis,Thomie Nesti Pistoriensìs de dirimentibus malrimo-

tìium impedimenlis: Lib«r singularis. Floreutiie A. D. *785.

X averii, Institutiones juris Ecclesiastici.

E n español»

Evidencia de la Religion Cristiana contra la filoso­fia de la incredulidad, y voz de la Iglesia Caiólica á los protestantes, puesta en español por el Dr. D. Luis M onfort, Presbítero. 2 tom. en 8.° Valencia 1826.

Elogio fúnebre de los que murieron en Madrid el dia 7 de Julio de 1822, defendiendo la constitución, pronunciado en las exequias que celebró el M. !• A yun­tamiento constitucional de V alencia, el dia 3o de O c­tubre del mismo año, por el ciudadano D. Miguel Cor­tés y L opez, Canónigo Penitenciario Curado de Segor- b e , é individuo de la Diputación Provincial. Valencia1822.

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N ueva traducción y paráfrasis genuîna en romance» españoles de los Salmos de D a vid , por D. José Birués. Madrid 1825. 3 tom. en 12.®

Caractères físico y morales de los habitantes de la H abana, por D. Carlos Hernández de Barrutia. Haba­na 1821.

Exortacion de Vallterra contra la vida del General Elío. Valencia 1822.

Sentencia del Intendente francés ílecto r d’ Artenaí* Valencia i 8 i 3.

Vida y milagros del autor de la Cimitarra. Valencia1823.

Lo que sucedió en la noche del primer dia de toros. Valencia 1821.

Escrito sobre el juramento prestado á Napoleon L por D. José Vidal. Valencia 1812.

L a loma de Tarragona. Poema traducido del italia­no al español. Valencia 1813.

Modo de extinguir la deuda publica por D. Juan A l­varez Guerra.

L a virtud al uso, y mística á la moda. Por D. Ful­gencio Afán de Rivera. Madrid 1820.

Representación hecha á S M. Calólica el Señor D. Fernando V il en defensa de las C órtes, por D. A l­varo Florez Estrada. Londres 1819.

Exam en inparcial de las disensiones de la Am érica con España por el mismo. Cádiz 1812.

Introducción para la revolución de España por el mismo. Londres tí^io.

Quince dias en Londres, Barcelona r8 í8 .Economía política. 2 tom. en 4*° Madrid t 8 i i .Discurso sobre el cr.'gen y fundamentos de la des­

igualdad. Tolosa 1820-Discurso sobre una Constitución religiosa. Burdeos

18 2 1.Las amistades peligrosas. París 1822.

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í 9L a libertad religiosa, por Marchena. Barcelona.L a Europa despiies del congreso de Aquisgran, del

Abate Prat, traducida por Marchena. Montpelier 1820.Curso de política constitucional , por Benjam ia

Constand, traducido por López. Madrid 1820.Instituciones del derecha natural y de gen tes, por

D . Marcial López. Madrid 1821,Lecciones políticas arregladas á la constitución po­

lítica de la Monarquía Española, por Cepero. V alen­cia 1820.

Catecismo político arreglado á la Constitución polí­tica de la Monarquía Española, y Cartilla forense, ó. continuación del Catecismo. Valencia 1820.

Contestación del autor del Diccionario crítico bur­lesco á la primera calificación de esta Obra por la Jun­ta censoria de la provincia marítima de Cádiz. Isla de León 1820.

Historia crítica de Jesucristo. Londres 1823«Apología católica del proyecto de Constitución por

D . Juan Antonio Lorente. San Sebastian 1821 : y Afo­rismos políticos del m ism o, Madrid 1821 : con todas las demás obras de este autor , que corren bajo su nombre y han salido hasta el presente.

De la revolución actual de la España y de sus con­secuencias, por Mr, P ra t, Arzobispo de Malines. 1820*

Apuntes sobre el bien y el mal de España por D, M. A . de la C. Valencia. 1820.

Estatutos de la confederación de comuneros espa­ñoles, Valencia 1822-

Código penal de la confederación de comuneros es­pañoles.

Apertura y conclusion de los trabajos de sprend/z, y su catecismo del ritu escocés, Madrid 1812,

Estatutos generales de la Órden masónica. Madrid 1821.

Reglamento para el arreglo interior de la confede­

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ración de comuneros españoles.E l Confesonario de los penitentes negros, traducido

al castellano por D, T . H. Y . D, ¡VI. Y . S. en 8.° Ma­drid 1819.

Difiniciones del fanatismo, por Deleyal, traducido al español. Córdova 18»3.

L a R eligiosa, traducida por D. M. V . Licencia­do. 2 tom. París 1821.

Sistema físico y moral de la muger por Mr. Roussél, traducido por E. A . D. M. A. Madrid 182a.

Vida de Teseo. Madrid 1821.# E stela, pastoral en prosa y verso por F lo rián , tra­ducida por D. Vicente Rodriguez de Arellano. Madrid 1820.

Numa Pom pilio, segundo R ey de Roma, por el mis­mo. 2 tom. en 8.’’ Gerona 1820: y todas las Novelas dei mismo.

Plan de unas instituciones de Filosofía M oral, por D. Miguel Ruíz de Zelada.

Catecismo político de la Constitución, por D J. C. Valencia 1821.

Conocimiento de la verdadera Religion Católica, por D. Antonio Hidalgo, Granada 1822. 2 tom. en 8.*

Principios de Legislación universal, traducidos pop D. Mariano Lucas Garrido. 3 tom. 8.° Valladolid i8 2 í.

E l Belisario por Mr. Marmontél, y traducido por S. A . y V. Burdeos 1820.

Derechos y deberes del Ciudadano, por el Abate Ma- I)ly, y traducidos por D. M. M. P. II. Madrid 1820.

Inconvenientes del celibato, Eclesiaslic, Anónimo. Valencia 1821.

Disertación histórico*legal y política sobre el celi­bato Clerical.

Principios de la ciencia social y de las ciencias mo­rales y políticas por el Jurisconsulto inglés Jeremías Bertahamtei. Salamanca i 821«

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Moysés considerado como Legislador y Moralista, por Mr. Pastoret, y traducido por D. Manuel Vela y Olmo. Madrid 1798.

Arte 6 modo de conocer á los hombi'es y mugeres, y Máximas para la sociedad c iv il, traducidas del fran­cés por D, A . N. Madrid 1788.

E l Nuevo Testamento de la Vulgata latina por el P . Felipe Scio. Shacklew el, año 1821 por no tener no*« ta s , y el impreso en Par/s en 18 22, en Barcelona en 1^ 20, en Londres en 18 2 1, 'y otra edición sin lugar de imprenta en 1823, por la misma causa.

Nuevo Testamento de nuestro Señor Jesucristo* B ungay. 4 tom. en 4 °

L a Carolina de Lichtfield por D, F . D. O , 3 tom. en 12.® Valencia 1617.

Diccionario de las gentes del mundo. Madrid 1820.1L a Filósofa por am or, por D. Francisco Toja. Sala­

m anca 1820.' Am elia ó los desgraciados efectos de una extremada

sensibilidad, por D. J. E. S. Valencia 1818.Adrián y Estefania, ó la Isla desierta, traducida por

D. Santiago Hernández de. Tejada. Madrid 1819.« E l heroismo del amor filial > ó los desterrados de Si­

beria» traducidos por el mismo. Madrid 1820.Los Huérfanos de la A ldea, también traducción del

mismo. 3 tom. en 8.* Madrid 1821.M aría hija del infortunio, por el Barón de BlaiséL

Madrid 1822.F elix y Paulina, 6 el sepulcro al pie del Monte-Jura,

traducido por P. D. V . A . M adrid, y reimpreso en Bar­celona en 1820.

Nuevos elementos de filosofía por el Caballero R i- cheraud. 4 tom. en 8.“ Madrid 1821.

Manuscrito remitido desde la Isla de Santa Elena, publicado en L ondres, y traducido al castellano por D. M. C. Madrid 1821,

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z i

Dircurso ciinónico sobre el or/gen, progresos y re­forma de los Cabildos de las Iglesias Catedrales, por D. P. L , I tom en 4 ° Madrid ití2o.

L a obra de principios genuinos de toda la Jurispru­dencia sagrada: por Roberto Gurat Monge Cisterciea- se. 3 tom.

L a Religión natural por Platón Blanchat, traducida» Madrid 1823.

El Citador histórico, 6 sea la liga de los Nobles y Sacerdotes contra los pueblos y los R eyes: por M. Pa­blo P, y traducido por A . Z . Izquierdo.

¿ En qué consistirá que tardan tanto las Bulas de los Obispos? Valencia 1821.

M i despedida de la Curia Romana. Barcelona 1823.J j o s cinco dias célebres de Madrid por D. VV. de A*

reimpreso en Gerona en 1820.E l remedio de la melancolía por D. Agustín Perez,

Zaragoza Godinez- 4 tom- en 8.®Los jóvenes: por B o ville , traducida por J. J. Mora.

3 tom. en 8 ° 1822.L os votos de un solitario. 2 tom. 8.® Valencia 1820.Defensa del Diccionario de Gallardo. = Julia ó los

«ubterráneos, = Julia ó la nueva Eloisa. = Reflexiones aociales, = L a Corina ó Italia, = L a Patria á Balleste­ros. =: Discurso sobre la belleza de las mugeres. = So­ciedad feliz. ^ Elena y Roberto, = Reynaldo y Elisa 6 la Sacerdotisa )eruana, = Aventuras del Califa. = L a gastronom/a, ó os placeres de la mesa. = Verter ó las pasiones. = Ricardo y Sofía, ó los yerros del amor = L a familia de Vieland ó los prodigios, = Zunilda y Flor- w el.-N o tic ia de la vida de Ovidio, = Diccionario abre­viado de la Religión Cristiana, ó teología pastoril. = Sobras del fray le . - E l pájaro en la liga. = Apuntes so- tre el arresto de los Vocales de Córtes. = Catálogo ó catecismo de masonería. = Fábulas fulrosóficas.=: L a - lueutos de Young. = Vida d ulce.= V oz de la naturale*

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z a , novelas. = L ego u ve, m ériíode las m ugeres.= Los remedios del amor de P. Ovidio Nasón. = L a religiosa invoca al Cielo. = Memoria Política Eclesiástica sobre los derechos adventicios del Papa. = Manual Enciclo­pédico. =Jeniska ó la huérfana rusa. = E l fray l e , ó 4o que sabe encubrir un cerq u illo s L a tiranía de los R e­yes. = L a Cabaña Indiana. = Teoría de una Consiilu- cion política para España = E l prólogo del manual de Inquisidores, por E ym erich .= L a religiosa, por Dide- rot. = E l picaro de cpinion. = Alejo ó la casita en los bosques. = Curso elemental de historia.= Congreso de Carlsbac, lo tom. en 4»®=Poema filosófico, por A le­jandro Pope. = Conversaciones críticas sobre el estudio civil y canónico. = Máximas y pensamientos del prisio­nero de Santa E lena.= Juan Labrador. = Reflexiones de Canga Argüelles. = E l Sabinianito. = Constitución religiosa con defensa y sin ella. = E l espíritu de los magistrados filósofos.= El impío por vanidad.= Amor y virtud, ó cinco novelas. = M aclovia y Federico, ó las Minas del Tirol. = Biblioteca de Venus Cipriota«

T'ragediaSy Comedias y lionaáillas»

E l Rigorista. = D. Lesmes el celoso. = E l Tirano de Cataluña. = Ifigenia y Orestes. = Los Jueces francos, ó sea el tiempo de la barbarie. = E l Torero y la m aja.= Si no vieran las mugeres. = E l Príncipe y el Coronel, ó sea la fuerza de la ley. = E l divino Nazareno San­són. = Los asesinos de Florencia, ó la quinta de P a- lu zzi.irZ ara . = Cuantas ve o , tantas quiero. = A lejan­dro en las Indias. = E l cerco de Zamora. = E l mayor monstruo de los celos. = L a razón todo lo vence. = Ecio triunfante en Roma. = No hay contra un padre ra­zón. = Estatira ó celos de la Rojana. = L a escuela de I9 amistad , ó filósofo enamorado. = Esposa y trono á un tiem po, mágico de Servan. = E l filósofo casado, ó ma­

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rido avergonzado = El sabio en su retiro, y villano en su rincón. = Arte de conquistar las seil&ritas. = L a Chismosa. = Idoraeneo, tragedia nueva. =. La bandole­ra de Italia y enemiga de los hombres.= El juramen­to ante Dio» y lealtad contra el íjmor. = E l príncipe de los montes. = Los bandos de Ravenna y funda­ción de la Camándula. = Nü cabe mas en a m o r, ni hay amor firme sin celos. = Ei viejo y la niria. = Las cárceles de Lemberg.=: E l divorcio feliz. = Otelo ó el moro de Venecia, = L a boba para los otros, y discreta para sí. = L a buscana, ó el anzuelo de Fenisa. = El en­tretenido por la brevedad sin substancia.- El sueño.= Caprichos de amor y celos. = Clementina y Deshor- ines, = Llegar á tiempo, = L a víctim a de la infidelidad por los dos mas finos esposos desgraciados por amor.= Elias y Acal>,= D. G il de las calzas verdes. = Dido abandonada. = Entre bobos anda el juego. = E l Conde de Almaviva. = De corsario á corsario .= E 1 poder de la inocencia, ó los moros de Granada. = ü n año despues de la boda. = El iVIurcete. = L a Niteti. = El Alcalde de Zalamea. = Los amantes generosos. = Indulgencia para todos. = El convidado de piedra. = E l monstruo de la forfuna. = El hechizado por fuerza. = Fausto y Pauli­na. = L a moza de cántaro. = E l distraído. = L a mogiga- ta. -- L a real jura«=El mudo de Arpenas. = L a mosco­vita sensible. = El gran Rey de lo¡s desiertos. = Morir por la patria es gloria. = No hay contra el hado defen­sa. = El soldado herido y vivo despues de muerto. = E l monstruo de la amistad. = El Justo L o t.= E l diablo son las mugeres. = El asombro de Argel. = E 1 triunfo de Ju- dit = Saúl. = El mas feliz cautivo, ó los sueños de Jo- sé. = L a muger feliz. = Las tres sultanas, = L a mas ilustre fregona.--El desastroso fin del que conspira á un rcgicidio.= E l Viriato. = E l asombro de Jerez, = E l mágico y el cestero, No hay plazo que no se cumpla, ui deuda que no se pague. = E l sepulcro en las rui'*

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ñas. = Aviso á los solteros. = L a Real clemencia de T i­to. = E l m?5gico He Cataluña. = L a Judea y bárbaro As- calonita. = El regalo del príncipe, ó la jóven constante á toda prueba.= Romeo y Julieta. = El amor al uso.= L a fe Católica triunfante ó la Jayra. = Eduardo en Es- cocia.^=La selva negra. = E l amante jorobado. = E l asombro de J erez, Juana la Rabicortona. = Los dos Pedros, ó el Alcalde Sardan. = Los viages de Pedro el grande.

Saynetes,

L a astucia de la alcarrena. = El escarmiento sin d año, y la paya madama. = L a vieja hipócrita. = Ca­sarse con su enemigo. = No hay rato mejor que el de la plaza mayor. = El triunfo de las mngeres. = Ama loca y page lerdo. = L a maja majada. = El Alcalde proyectista. = In esilla la de Pinto. = Por engañar en­gañarse. = L a varita de virtudes. = E 1 pleyto de las viudas. == L a estera. = . La lugareña astuta. = La ino­cente Dorotea. = Lo que puede el ham bre.= :E l ga­to. = Las dos viuditas. = L a s astucias desgraciadas. = E l café. = E 1 engaño descubierto. = L a madre y la ni­ña. r= E l ciego por su provecho = :L a embarazada ri­d ic u la .= L o s criados embrollistas. = El majo escrupu­loso. = El tramposo. = Los payos astutos. = El celo­so. = J^as arracadas. = L a presumida burlada. = . El que la hace que la pague. = El buñuelo. El gracioso engaño creido. = L a astucia de una viuda. = E l solda­do fanfarrón. = Los zapatos. = Las astucias consegui­das. = El enredador chasqueado. = La viuda singu­lar. = El gitano Canuto iMojarra. = E l dentista fingi­do. = El recluta por fuerza. = La falsa devota. = E l criado embrollador. == El soldado sagáz. = La casa de vecindad, = E 1 magito de Cartagena. = EI duende fin­gido. = Los huéspedes burlados. = L a boda de los manchegos = E 1 novelero. = E 1 recibo del page. = E l

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agente de sus negocios. = El baj-le de máscaras,==Los payos hechizados. = Mas cura amor que botica y doc­tor. = El amante jorobado. = El tío Pedro en Valen­cia. = El engaño de los novios, ó la boda por pode­res. = El sastre y su hijo. = La avaricia castigada, y la clemencia premiada. = El celoso D. Lesmes. Las ca lab p as dobles. = El amor abandonado. = E l cortejo fastidioso. = Los Aspides. = Cada uno en su casa y D iosen la de todos. = Herir por ios mismos filos. =z= E l fandango del candil. = El perlático fin gid o .= Amo y criado. = Los cortejos burlados. = Almacén de no­vias. = El pleyto del pastor. = E l casero burlado. = Los payos ilustres. = Industria contra miseria. == Don­de las dan las toman. = Los soldados de recluta. = El chasco de los cesteros. = L a estátua fingida = El mé­dico á palos. = Los amantes disfrazados. = E l fin del pavo. = . Travesuras de un barbero. = E l dichoso des­engaño. = E l chasco de las arracadas. = Los bandos de lavapies.

Todos estos libros, folletos, cuadernos, comedías, tragedias, saynetes y tonadillas, que preceden, y ca­da uno de ellos los prohibimos á nuestros Diocesanos de cualquier clase y condicíon que fueren , estén ma­nuscritos ó impresos, en idioma español ó en cualquier otro j por contener respectivamente doctrinas dignas de censura teológica , y estar comprendidos en las re­glas del índice expurgatorio. Los prohibimos bajo pe­na de excomunión latee sententice ipso facto incurren-^ des, y demás á que haya lugar en derecho, é imponien­do á todos la misma obligación de presentarlos y delatarlos ; y á los confesores, la de obligar á sus peni­tentes á que lo hagan según y en los mismos términos que lo expresamos todo en la citada Pastoral que ex­pedimos con esta misma fecha. Y esperamos del noto­rio celo de todas las Autoridades públicas de este nuestro Arzobispado (á las que rogamos con el m ayor

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encarecim iento, y aun también exortamos y requiri- inos de parte de nuestra Santa Madre Iglesia) que au­xiliarán y harán observar este nuestro E d icto , y las prohibiciones que hacemos en la citada Pastoral, en el modo y form a, que les perteneciere, y por todos los m edios, que estuvieren en sus atribuciones, por inte­resarse en ello sobremanera el servicio de Dios y el del Rey nuestro Señor.

Y para que llegue á noticia de todos se fijará este nuestro Edicto en los lugares acostumbrados.

Dado en el Palacio Arzobispal de Valencia á los veinte y siete dias del mes de Febrero de mil ocho­cientos veinte y nueve. = Simon Arzobispo de Valen- cia .= Por mandado de S. E. I. el Arzobispo mi Señor: Leonardo L ópez, Canónigo Secretario.

Concuerda con su original de que certifico.

Lopez^Coin.o Sec,*

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