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Poder Legislativo Congreso del Estado de Jalisco Comisión de Vigilancia 2010-2012 Ficha Técnica MUNICIPIO Y EJERCICIO FISCAL: JALOSTOTITLÁN 2008 TOTAL DE CARGOS EN DICTAMEN ASEJ: $ 1´805,332.26 Importe de Administrativo Financiero $275,000.00 Importe de Administrativo Financiero (RAMO 33) $0.00 Importe de Obra Pública Fondos Propios $0.00 Importe de Obra Pública Ramo 33 $9,710.67 Importe Fraccionamiento $1´520,621.59 TOTAL DE CARGOS EN COMISIÓN VIGILANCIA: $ 1´799,991.59 Importe de Administrativo Financiero $275,0 00.00 Importe de Administrativo Financiero (RAMO 33) $0.00 Importe de Obra Pública Fondos Propios $0.00 Importe de Obra Pública Ramo 33 $4,370 .00 Importe Fraccionamiento $1´520,621.59 __________________________________________________________________________________________________ _________________ 1

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MUNICIPIO Y EJERCICIO FISCAL: JALOSTOTITLÁN 2008TOTAL DE CARGOS EN DICTAMEN ASEJ: $ 1´805,332.26Importe de Administrativo Financiero $275,000.00Importe de Administrativo Financiero (RAMO 33) $0.00Importe de Obra Pública Fondos Propios $0.00Importe de Obra Pública Ramo 33 $9,710.67Importe Fraccionamiento $1´520,621.59TOTAL DE CARGOS EN COMISIÓN VIGILANCIA: $ 1´799,991.59Importe de Administrativo Financiero $275,000.00Importe de Administrativo Financiero (RAMO 33) $0.00Importe de Obra Pública Fondos Propios $0.00Importe de Obra Pública Ramo 33 $4,370.00Importe Fraccionamiento $1´520,621.59

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Cuenta Pública JALOSTOTITLÁN Importe de Observación $275,000.00Ejercicio Fiscal 2008 Cargo según Dictamen ASEJ $275,000.00Fecha de Comisión Octubre 2010 Cargo sin Solventar $275,000.00

OBSERVACIÓN E IMPORTE DOC. SOLICITADA POR LA ASEJ DOC. ENTREGADA A LA ASEJObservación No. 5.

Partida 2402 Folio No. 601 Mes.- febrero.

Importe: $275,000.00 (doscientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.)

Durante la auditoría practicada al Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, en el rubro de egresos se detectó únicamente la orden de pago No. 363043, de fecha 07 de febrero de 2008, expedida a favor del C. Everardo Ramírez Urteaga, por concepto de “Pago de pozo Los Cuervitos”, de acuerdo a lo expuesto anteriormente se determina que la documentación presentada no es suficiente para soportar el presente gasto.

Copia certificada del Acta de Ayuntamiento en donde se aprueba la erogación que deberá corresponder al periodo del ejercicio presupuestal auditado.

Original de la documentación comprobatoria con requisitos fiscales que soporte la erogación.

Copia certificada del convenio y/o contrato, en el cual se establecieron los derechos y obligaciones de ambas partes.

Copia certificada de Acta de Ayuntamiento No. XLI, Sesión Ordinaria de fecha 15 de enero de 2008, en la que en el punto No. 4, solicitud de autorización al Presidente Municipal para realizar negociación de pozo profundo, propiedad del Sr. Everardo Ramírez Urteaga.

Copia certificada de cesión de derechos entre el Sr. Everardo Ramírez Urteaga y el H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco.

ACLARATORIAS ANTE LA COMISIÓN OPINIÓN TÉCNICA Copia certificada del Acta de Ayuntamiento No. XLI, de fecha 15 de enero de

2008.

Copia certificada del la cesión de derechos entre el Ayuntamiento y el C. Everardo Ramírez Urteaga.

Escrito signado por el Secretario General del Ayuntamiento de la administración actual, en el que hace constar, que el pozo se encuentra actualmente funcionando, documento fechado en julio de 2010.

No se solventa.

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Cuenta Pública JALOSTOTITLÁN Importe de Observación $16,193.00Ejercicio Fiscal 2008 Cargo según Dictamen ASEJ $9,710.67Fecha de Comisión Octubre 2010 Cargo sin Solventar $4,370.00

OBSERVACIÓN E IMPORTE DOC. SOLICITADA POR LA ASEJ DOC. ENTREGADA A LA ASEJRAMO 33.

Observación No. 2Partida: 6206 Folio: 1497, 1503, 1505, 1517 y 1633 Mes: agosto y septiembre.

Nombre de la Obra: Pavimentación de concreto hidráulico, machuelo integral y banquetas en calle Nicolás Bravo, en Cabecera Municipal.

Importe.- $16,193.00 (dieciséis mil ciento noventa y tres pesos 00/100 M.N.)

Documentos que fehacientemente soporten las diferencias determinadas correspondientes a los conceptos de los números 1 incisos a) y b), y 2 inciso a), de las que se desprenden las diferencias de las cantidades observadas con base a las mediciones de la obra realizada y del proyecto autorizado.

Punto 1 de la observación, por diferencia de volumen, se presentó lo siguiente: 1. Oficio 1992/05/09 fechado 08 de diciembre de 2009, emitido

por el Director de Obras Públicas, anexo generador de drenaje y tepetate, documentos certificados por el Secretario General del H. Ayuntamiento.

2. Oficio 02-1980/2009 fechado 07 de diciembre de 2009, emitido por el Secretario General, anexo fotografía de material en bodega del H. Ayuntamiento.

3. Dos copias certificadas de croquis.

4. Memoria fotográfica. Punto 2, por no justificar el gasto.5. Oficio 02-1993/05/09 fechado 08 de diciembre de 2009,

emitido por el Director de Obras Públicas, anexó croquis de ubicación y fotografías de la ubicación del tope.

6. Copia certificada de croquis de ubicación.

7. Memoria fotográfica.

ACLARATORIAS ANTE LA COMISIÓN OPINIÓN TÉCNICA Escrito aclaratorio signado por el Arquitecto Salvador González Romo, Director de Obras Públicas. Croquis donde se realizó la obra. Memoria fotográfica. Comprobación de tubos de drenaje.

Se solventa parcialmente

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Cuenta Pública JALOSTOTITLÁN Importe de Observación $1´307,629.21Ejercicio Fiscal 2008 Cargo según Dictamen ASEJ $1´157,202.08Fecha de Comisión Octubre 2010 Cargo sin Solventar $1´157,202.08

OBSERVACIÓN E IMPORTE DOC. SOLICITADA POR LA ASEJ DOC. ENTREGADA A LA ASEJObservación: No 1

Fraccionamiento: VILLAS DEL CAMPO.

Superficie total 22,010.92 m2Superficie vendible 11,882.08 m2Superficie de vialidad 8,032.00 m2Área de cesión para destinossegún R.E.Z. 3,301.63 m2Áreas de cesión para destinosen proyecto 2,096.84 m2Número de lotes tipo H3-U 53

Licencia número 05-234/07 de fecha 13 de febrero de 2007.

IMPORTE: $1’307,629.21 (Un millón trescientos siete mil seiscientos veintinueve pesos 21/100 M.N.) Se detectaron diversas inconsistencias en la integración del expediente técnico y administrativo del fraccionamiento denominado “Villas del Campo”, autorizado según licencia de urbanización número 005-234/07, de fecha 13 de febrero de 2007, misma que tuvo aviso de suspensión de fecha 10 de enero de 2008, así como oficio número 05/2008, de fecha 14 de enero de 2008, mediante el cual la Dirección de Obras Públicas del Municipio, se da por enterado de dicha suspensión y consta que restan 33

a) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago del dictamen de usos y destinos, (Art. 51, fracción XIV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2006), por un monto de $693.69 (seiscientos noventa y tres pesos 69/100 M.N.) En el expediente técnico, presentó recibo oficial número B 892879 de fecha de 03 de abril de 2006, por un monto de $250.00 ( doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) de acuerdo al análisis y revisión de la tarifa aplicada de la Ley de Ingresos correspondiente al ejercicio fiscal 2006, existe un saldo por comprobar por la cantidad de $443.69 (cuatrocientos cuarenta y tres pesos 69/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

b) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago del dictamen de trazo, usos y destinos específicos

Para la observación 1 inciso a):Oficio de requerimiento número 05-1216/09, de fecha 13 de agosto de 2009, emitido por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, en su carácter de Encargado de la Hacienda Municipal del H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, dirigido a la Arq. Eva Judith Macías García, Representante Legal del fraccionamiento Villas del Campo, relativo a los pagos por concepto de dictamen de usos y destinos, dictamen de trazos, usos y destinos y refrendo de licencia de urbanización.

Para la observación 1 inciso b):Copia certificada de oficio de requerimiento número 05-12316/09, de fecha 13 de agosto de 2009, emitido por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, en su

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días de vigencia, además se presentaron tres recibos oficiales de pago números b= 892546, de fecha 01 de marzo de 2006, por la cantidad de $22,488.00 (veintidós mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), A= 450538 de fecha 24 de junio de 2006, por el importe de $89,952.00 (ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.), B 1234649 de fecha 21 de noviembre de 2006, por el importe de $67,464.00 (sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) que suman el monto total de $179,904.00 (ciento setenta y nueve mil novecientos cuatro pesos 00/100 M.N.) los cuales señalan como concepto: “DERECHOS DE INCORPORACIÓN A LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES SEGÚN ARTÍCULO 38 Y 45 DE LA LEY DE INGRESOS DE L A PRIMERA ETAPA DEL FRACCIONAMIENTO VILLAS DE CAMPO”; en virtud de que a la fecha de la visita de campo realizada el 27 de mayo del presente año, por personal de este Órgano Técnico, se pudo constatar que las obras de urbanización no se encuentran concluidas, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el artículo 266 del Reglamento Estatal de Zonificación, únicamente porque las áreas de cesión no se encuentran equipadas, el servicio de agua potable se abastece mediante pozo profundo ubicado en el mismo predio, fuente de captación con tanque de almacenamiento, la distribución de red de alcantarillado sanitario cuenta con conexión al colector municipal, la electrificación es subterránea con postes para luminarias, con lo que se confirma que

(Art. 51, fracción XV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2006), por un monto de $1,395.26 (un mil trescientos noventa y cinco pesos 26/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

c) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago, por un monto de $72,463.64 (setenta y dos mil cuatrocientos sesenta y tres pesos 64/100 M.N.) como complemento del pago de los derechos de urbanización del fraccionamiento denominado Villas del Campo, con una superficie de 22,010.92 m², que de acuerdo a la cuantificación realizada según tarifas de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para los conceptos de: autorización del proyecto del plan parcial de urbanización, autorización del proyecto definitivo de urbanización, licencia de urbanización, aprobación de cada lote, supervisión técnica y para incrementar la infraestructura de captación, conducción y alejamiento de aguas residuales,

carácter de Encargado de la Hacienda Municipal del H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, dirigido a la Arq. Eva Judith Macías García, Representante Legal del fraccionamiento Villas del Campo, relativo a los pagos por concepto de dictamen de usos y destinos, dictamen de trazos, usos y destinos y refrendo de licencia de urbanización.

Para la observación 1 inciso c):No presentó ningún tipo de documento.

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la acción de proporcionar los servicios municipales, corresponde a actos posteriores a la entrega-recepción de un fraccionamiento o acción urbanística, de conformidad a los artículos 206, 207 210, 211, 257 y 268 fracción VI, de la Ley de Desarrollo Urbano, existiendo conocimiento pleno por parte del Ayuntamiento de que se proporcionan los servicios de agua potable y alcantarillado, lo que presume incumplimiento, respecto al proceso de recepción de las obras de urbanización establecidas en los artículos del 265 al 268 y 270 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, así como en la expedición de la licencia de urbanización, en relación a la fecha de los pagos realizados por conceptos de urbanización previstos en los artículos 38 y 45 de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, por lo que se hacen las siguientes observaciones por falta de documentación comprobatoria:

por una sola vez, corresponde la cantidad total de $252,367.64 (doscientos cincuenta y dos mil trescientos sesenta y siete pesos 64/100 M.N.), (Art. 38 fracción I, letras a y b, fracción II incisos a; numeral 1, inciso b, fracción III, letra A, numeral 2, fracción VIII, art. 45 fracción IV inciso b, de la Ley de Ingresos, del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2006), dado que en el expediente técnico del fraccionamiento presentó únicamente copias de los recibos oficiales de pago números B892546, de fecha 01 de marzo de 2006 por la cantidad de $22,488.00 (veintidós mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), A 450538 de fecha 24 de junio de 2006, por el importe de $89,952.00 (ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.), B 1234649 de fecha 21 de noviembre de 2006, por el importe de $67,464.00 (sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), que suman el monto de $179,904.00 ( ciento setenta y nueve mil novecientos cuatro pesos 00/100 M.N.), del total a pagar de los conceptos referidos, aplicando la deductiva de $67,464.00 (sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), de momento existe saldo a comprobar

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por la cantidad de $72,463.64 (setenta y dos mil cuatrocientos sesenta y tres pesos 64/100 M.N.), correspondiente al pago por los derechos de urbanización de los conceptos ya mencionados, por lo anterior deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago por $72,463.64 (setenta y dos mil cuatrocientos sesenta y tres pesos 64/100 M.N.), en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

d) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago para otorgar los servicios e incrementar la infraestructura de captación y potabilización, por metro cuadrado vendible, por una sola vez por un monto de $150,427.13 (ciento cincuenta mil cuatrocientos veintisiete pesos 13/100 M.N.) de conformidad al artículo 45 fracción IV, numeral 1, inciso a, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2006, o en su caso para demostrar la autosuficiencia de abasto en el servicio de agua potable, deberá presentar la documentación que acredite la concesión a favor del promotor y/o urbanizador para explotar, usar o aprovechar aguas

Para la observación 1 inciso d):Copia simple del título de concesión para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales del subsuelo, número 08JAL 129566/12AMOC08 de fecha 25 de enero de 2008, a favor de Yesica Ivette Macías.

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nacionales del subsuelo, por parte de la autoridad competente; se requiere que en dicho documento consten los nombres de las personas a las que se le ha otorgado la concesión para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales del subsuelo y que corresponda a los propietarios de dicha acción urbanística, con el objeto de acreditar la autosuficiencia en el abasto de agua potable, por lo que de momento existe un saldo por comprobar por la cantidad de $150,427.13 (ciento cincuenta mil cuatrocientos veintisiete pesos 13/100 M.N.) por lo que deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago por la cantidad de $150,427.13 (ciento cincuenta mil cuatrocientos veintisiete pesos 13/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

e) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago, en sustitución de las áreas de cesión para destinos, por un monto de $643,918.59 (seiscientos cuarenta y tres mil novecientos dieciocho pesos 59/100 M.N.) en sustitución de 2,096.84 m² correspondientes a la

Para la observación 1 inciso e):No presenta ningún tipo de documentación.

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superficie señalada como área de cesión para destinos ubicada dentro del fraccionamiento denominado “Villas del Campo”, equivalente al 9.535 de la superficie total según plano de lotificación autorizado con fecha 18 de marzo 2006, por la dependencia municipal correspondiente, de conformidad al artículo 136, del Reglamento Estatal de Zonificación, 235 fracción V y 264 fracción IV de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco; dado que deberá garantizarse una equivalencia razonable, en el análisis realizado se tuvo como valor de referencia el valor catastral de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, según Decreto número 21491, publicada en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 07 de noviembre de 2006, vigente a partir del 01 de enero de 2007, siendo el valor unitario de $120.00 (ciento veinte pesos 00/100 M.N.) por metro cuadrado más $187.09 (ciento ochenta y siete pesos 09/100 M.N.) considerado como valor por metro cuadrado de urbanización, del presupuesto de las obras de urbanización presentado por la cantidad de $4’118,008.93 (cuatro millones ciento dieciocho mil ocho

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pesos 93/100 M.N.) resultando un total para el valor de referencia de $307.09 (trescientos siete pesos 09/100 M.N.) que multiplicado por los 2,096.84 m², resulta un monto a comprobar por concepto de pago en numerario en sustitución de las áreas de cesión para destinos de $643,918.59 (seiscientos cuarenta y tres mil novecientos dieciocho pesos 59/100 M.N.) por lo que de conformidad a lo establecido en los artículos 132, 251, 235 fracción V y 264 fracción IV de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, 136 del Reglamento Estatal de Zonificación y al artículo 4 de la Ley de Catastro Municipal, deberá presentar recibo oficial de pago por concepto de permuta de áreas de cesión para destinos por su valor en numerario, por la cantidad de $643,918.59 (seiscientos cuarenta y tres mil novecientos dieciocho pesos 59/100 M.N.) o en su caso presentar copia certificada de la Escritura Pública, inscrita en el Registro Público de la Propiedad en donde conste, que la donación otorgada al H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, de la superficie de 2,096.84 m² correspondiente a las áreas de cesión para destinos, ubicadas dentro del fraccionamiento Villas

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del Campo, que se deben aportar e integrar como bienes del dominio público al patrimonio municipal.

f) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago, por permuta de las áreas de cesión para destinos por un monto de $369,978.96 (trescientos sesenta y nueve mil novecientos setenta y ocho pesos 96/100 M.N.) en sustitución de la superficie de 1,204.79 m2

correspondientes a la superficie faltante de áreas de cesión para destinos, no identificadas en el fraccionamiento y proyecto de lotificación, para cumplimentar el 15% de la superficie generada como áreas de cesión para destinos para uso habitacional del fraccionamiento denominado “Villas del Campo”, que de acuerdo al artículo 136 del Reglamento Estatal de Zonificación, le corresponde otorgar la superficie total de 3,301.63 m2., (ya que únicamente en el fraccionamiento se identificaron áreas de cesión para destinos por la superficie de 2,096.84 m²), dado que deberá garantizarse una equivalencia razonable, en el análisis realizado se tuvo como valor de referencia el valor catastral de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y

Para la observación 1 inciso f):No presenta ningún tipo de documentación.

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Construcción del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, según Decreto número 21491, publicada en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 07 de noviembre de 2006, vigente a partir del 01 de enero de 2007, siendo el valor unitario de $120.00 (ciento veinte pesos 00/100 M.N.) por metro cuadrado más $187.09 (ciento ochenta y siete pesos 09/100 M.N.) considerado como valor por metro cuadrado de urbanización, del presupuesto de las obras de urbanización presentado por la cantidad de $4’118,008.93 (cuatro millones ciento dieciocho mil ocho pesos 93/100 M.N.) resultando un total para el valor de referencia de $307.09 (trescientos siete pesos 09/100 M.N.) que multiplicado por los 1,204.79m², resulta un monto a comprobar por concepto de pago en numerario en sustitución de las áreas de cesión para destinos de $369,978.96 (trescientos sesenta y nueve mil novecientos setenta y ocho pesos 96/100 M.N.) por lo que de conformidad a lo establecido en los artículos 132, 251, 235 fracción V y 264 fracción IV de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, 136 del Reglamento Estatal de Zonificación y al artículo 4 de la Ley de Catastro Municipal deberá

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presentar recibo oficial de pago por concepto de permuta de áreas de cesión para destinos faltante por su valor en numerario, por la cantidad de $369,978.96 (trescientos sesenta y nueve mil novecientos setenta y ocho pesos 96/100 M.N.) o en su caso presentar copia certificada de la Escritura Pública, inscrita en el Registro Público de la Propiedad en donde conste, que la donación otorgada al H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, de la superficie de 1,204.79 m² correspondiente a las áreas de cesión para destinos faltante, no identificadas en el proyecto de lotificación, que se deben aportar e integrar como bienes del dominio público al patrimonio municipal.

g) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago por concepto de ampliación de la vigencia de la licencia de urbanización, (prórroga). Por la cantidad de $69,001.94 (sesenta y nueve mil un pesos 94/100 M.N.) de conformidad al artículo 38, fracción X, de la Ley de Ingresos para el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2006, si bien es cierto la licencia de urbanización número 05-234/07, de fecha 13 de febrero de

Para la observación 1 inciso g):Oficio de requerimiento número 05-1216/09, de fecha 13 de agosto de 2009, emitido por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, en su carácter de Encargado de la Hacienda Municipal del H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, dirigido a la Arq. Eva Judith Macías García, Representante Legal del fraccionamiento Villas del Campo, relativo a los pagos por concepto de dictamen de usos y destinos, dictamen de trazos, usos y destinos y refrendo de licencia de urbanización.

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2007, no especifica plazo para la ejecución de la obra de urbanización, señala en el acuerdo octavo que “el urbanizador entregó a la Tesorería Municipal de este H. Ayuntamiento la cantidad de $224,880.50 (Doscientos veinticuatro mil ochocientos ochenta pesos 50/100 M.N.) mediante recibo de pago oficial No. 1234649 como importe de los derechos originados por la Licencia de Urbanización, del desarrollo denominado “Villas del Campo”. También es cierto que el recibo al que se hace mención tiene fecha 21 de noviembre de 2006, con un importe de $67,464.00 (sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) por lo que existe inconsistencia a lo estipulado en el acuerdo octavo de la citada licencia para estar en condiciones de haberse expedido, aunado a que no describe el plazo para la realización de las obras de conformidad a los artículos 246 fracción IV y 252 fracción III de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco; la licencia de urbanización al ser considerado como acto administrativo, regulativo de conformidad al artículo 398 fracción II de la citada Ley, la celebración del acto administrativo regulativo como tal, no contraviene a lo que el artículo

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38 fracción X de la Ley de Ingresos para el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2006, mismo que establece que “los términos de vigencia del permiso de urbanización serán hasta por 12 meses, y por cada bimestre adicional se pagara el 10% del permiso autorizado como refrendo del mismo. No será necesario el pago cuando se haya dado aviso de suspensión de obras, en cuyo caso se tomará en cuenta el tiempo no consumido”, considerando que la expedición de la licencia de urbanización número 05-234/07, es de fecha 13 de febrero de 2007, para la autorización para urbanizar por la superficie total de 22,010.92 m2

del fraccionamiento denominado Villas del Campo, y el recibo oficial de pago número 1234649 es de fecha 21 de noviembre de 2006, el plazo ha transcurrido en exceso, en la visita de campo realizada por personal de este Órgano Técnico el 27 de mayo de 2009, se pudo constatar que cuenta con red de agua potable, electrificación subterránea, únicamente falta el equipamiento de las áreas de cesión, la red de drenaje sanitario se encuentra conectada al colector municipal, por lo que la acción de proporcionar los servicios

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municipales corresponde a actos posteriores a la entrega recepción de un fraccionamiento o acción urbanística, por lo que se presume incumplimiento respecto al proceso de recepción de las obras de urbanización establecidas en los artículos 211, 265, 268 y 270 de la Ley de Desarrollo Urbano, por tanto el aviso de suspensión de obras de fecha 10 de enero de 2008, presentado, no obtiene su objetivo de contar con tiempo no consumido de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 fracción X de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, ya que en el fraccionamiento se encuentra en operación el servicio municipal de drenaje, en consecuencia y de conformidad al artículo 38, fracción X de la Ley de Ingresos para el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2006, la cuantificación del pago del 10% señalado en el artículo ya citado, corresponde a la cantidad de $98,574.20 (noventa y ocho mil quinientos setenta y cuatro pesos 20/100 M.N.), por el pago de los derechos de urbanización, para el caso del fraccionamiento Villas del Campo, el plazo transcurrió en exceso, por lo que deberá presentar los recibos oficiales de pago por concepto de prórroga de

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la licencia de urbanización, que a la fecha de la visita de campo, se identifican 7 (siete) bimestres transcurridos, correspondiendo a cada uno de ellos la cantidad de $9,857.42 (nueve mil ochocientos cincuenta y siete pesos 42/100 M.N.) equivalente al 10% de la Licencia de urbanización, que multiplicado por los 7 (siete) bimestres transcurridos, resulta una cantidad a comprobar de $69,001.94 (sesenta y nueve mil un pesos 94/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

Adicionado a lo anterior, deberá presentar la siguiente documentación comprobatoria:h) Dictamen de usos y destinos.

Presentar dictamen de usos y destinos, de acuerdo al artículo 176, fracción I, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

i) Acta del Ayuntamiento que aprueba el Plan Parcial de Urbanización, de acuerdo al artículo 226, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado y al dictamen de trazo, usos y destinos específicos número

Para la observación 1 inciso h):Copia simple de oficio número 411/06, sin fecha, que emite dictamen de trazos, usos y destinos específicos, a nombre de Desarrolladora Habitacional Jalos, S.A. de C.V.

Para la observación 1 inciso i):1. Copia certificada de Acta de Ayuntamiento número LXV, de fecha 30 de noviembre de 2005, en la cual, en el quinto punto del orden del día, se autorizó el cambio de uso de suelo, para urbanizar el fraccionamiento Villas del Campo, como lo establece el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población.

2. Copia certificada de Acta de Ayuntamiento número ___________________________________________________________________________________________________________________17

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411/06, de fecha 27 de marzo de 2006.

j) Plan Parcial de Urbanización, publicado en el periódico oficial “El Estado de Jalisco” o en su defecto en la Gaceta Municipal. con relación al artículo 93 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al dictamen de trazo, usos y destinos específicos número 411/06, de fecha 27 de marzo de 2006.

k) Constancia de inscripción, deberá presentar constancia de inscripción del Plan Parcial de Urbanización en el Registro Público de la Propiedad, con relación a los artículos 45 fracción III, 46, 47 y 231, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado y al dictamen de trazo, usos y destinos específicos número 411/06, de fecha 27 de marzo de 2006.

l) Copia certificada de autorización de preventa de viviendas o lotes, con relación al artículo 300, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de

LXXV, de fecha 18 de marzo de 2006, en la cual, en el único punto del orden del día, se autorizó el proyecto definitivo del fraccionamiento Villas del Campo.

Para la observación 1 inciso j):1. Copia certificada de Acta de Ayuntamiento número LXV, de fecha 30 de noviembre de 2005, en la cual, en el quinto punto del orden del día, se autorizó el cambio de uso de suelo, para urbanizar el fraccionamiento Villas del Campo, como lo establece el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población.

2. Copia certificada de Acta de Ayuntamiento número LXXV, de fecha 18 de marzo de 2006, en el cual, en el único punto del orden del día, se autorizó el proyecto definitivo del fraccionamiento Villas del Campo.

Para la observación 1 inciso k):1. Copia certificada de Acta de Ayuntamiento número LXV, de fecha 30 de noviembre de 2005, en la cual, en el quinto punto del orden del día, se autorizó el cambio de uso de suelo, para urbanizar el fraccionamiento Villas del Campo, como lo establece el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población.

2. Copia certificada de Acta de Ayuntamiento número LXXV, de fecha 18 de marzo de 2006, en la cual, en el único punto del orden del día, se autorizó el proyecto definitivo del fraccionamiento Villas del Campo.

Para la observación 1 inciso l):1. Copia simple de oficio de fecha 22 de marzo de 2007, emitido por la Arq. Eva Judith Macías García, Representante Legal de Desarrolladora Habitacional Jalos, S.A. de C.V., en el cual solicita autorización para llevar a cabo contratos preparatorios de promesa

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Jalisco.

m) Acta de certificación de hechos de la entrega-recepción de las obras de urbanización del fraccionamiento “Villas del Campo”, al Municipio de Jalostotitlán, Jalisco. En virtud que de acuerdo a la visita de campo realizada por personal de este Órgano Técnico de fiscalización, el día 27 de mayo de 2009, se pudo constatar que este fraccionamiento ya ejecutó las obras de urbanización, y se encuentra conectado a los servicios municipales, por lo que deberá informar la situación que prevalece en este desarrollo y presentar acta de certificación de hechos de la entrega-recepción de las obras de urbanización, dado que la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, establece que a la conclusión de las obras de urbanización, se deberá hacer la entrega al Ayuntamiento, mediante acta de certificación de hechos,

de venta de predios.

2. Copia simple de póliza de fianza, número 847239-0000, de fecha 21 de marzo de 2007, por un monto de $289,190.56 (doscientos ochenta y nueve mil ciento noventa pesos 56/100 M.N.) para garantizar el buen desempeño de las obras de urbanización.

Para la observación 1 inciso m):No presenta ningún tipo de documentación, solo aclaración de que no se ha recibido el fraccionamiento.

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protocolizada ante Notario Público, de conformidad a los artículos 127 y 128 del Reglamento Estatal de Zonificación , Artículos 266, 267 y 268 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

n) Copia certificada de la fianza otorgada por el urbanizador, mediante la cual, el mismo estará obligado a garantizar las obras contra vicios o defectos ocultos en la construcción. Una vez realizada la recepción de las obras de cada etapa o la totalidad de la urbanización, deberá presentar copia certificada de la fianza otorgada por el urbanizador, mediante la cual, el mismo estará obligado a garantizar las obras contra vicios o defectos ocultos en la construcción, por un plazo no menor de dos años y que deberá ser expedida por una compañía afianzadora autorizada, la cual sólo será cancelada con aprobación de la autoridad correspondiente, con relación a los artículos 235 fracción IV y 268 fracción VIII de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

o) Copia certificada de la escritura pública mediante la cual se ha realizado la donación al

Para la observación 1 inciso n):No presenta ningún tipo de documentación, solo aclaración de que no se ha recibido el fraccionamiento.

Para la observación 1 inciso o):No presenta documentación, solo aclaración de que no se ha recibido el fraccionamiento.

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Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, de las áreas de cesión para vialidad, con relación a los artículos 127 y 128 del Reglamento Estatal de Zonificación.

ACLARATORIAS ANTE LA COMISIÓN OPINIÓN TÉCNICA Copia certificada de escrito de fecha 10 de enero de 2008, suscrito por la

Arquitecta Eva Judith Macías García, Representante Legal de Desarrolladora Habitacional Jalos, S.A. de C.V., donde solicita una suspensión de obra con la licencia 05-234/07.

Copia certificada de escrito, de fecha 14 de enero de 2008, suscrito por el Arquitecto Salvador González Romo, Director de Obras Públicas del Municipio, en el que queda enterado de la suspensión y notificando que le restan 33 días de vigencia de la licencia.

Copia certificada de carta-compromiso para efectos de cesión de un pozo profundo, suscrita por la Arquitecta Eva Judith Macías García, de fecha 13 de noviembre de 2008.

Copia de carta-compromiso de complementación de las áreas de donación al municipio, ya que en lo presentado físicamente eran 2,096.84 metros cuadrados y faltaban 1,204.79, los cuales serían complementados al momento de la entrega-recepción del fraccionamiento, de fecha 06 de noviembre de 2008.

Requerimiento de cobro de fecha 22 de diciembre de 2009, por diferencia de pago del dictamen de usos y destinos, por el pago de usos y destinos específicos, y a su vez diferencia por el pago de la licencia de urbanización, los cuales dan un total de $79,973.01 (setenta y nueve mil novecientos setenta y tres pesos 01/100 M.N.) sobre los cuales señalan bienes para su garantía, firmado por el C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, Encargado de la Hacienda Municipal y nombrado depositario, el Ejecutor, (firma ilegible) y la Arq. Eva Judith Macías García, el Deudor.

Escrito de fecha 29 de julio de 2010, suscrito por el Dr. Miguel Gerardo Urteaga Pérez, quien actualmente es el Secretario General del Ayuntamiento, en el que hace constar que hasta la fecha no se ha dado por recibido el fraccionamiento.

Escrito original simple elaborado por el C. Roberto Pérez Hernández, Ex Presidente Municipal de Jalostotitlán, Jal., dirigido al Diputado Salvador Barajas del Toro, Presidente de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado de Jalisco, de fecha 10 de agosto de 2010, con sello de recibido en la misma fecha, con el que envía información adicional del ejercicio fiscal 2008, respecto a las observaciones

No se solventa

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de la cesión de derechos del Pozo Los Cuervitos, pavimentación con concreto hidráulico de la calle Nicolás Bravo, aclaración de áreas de donación del fraccionamiento Villas del Campo y determinación del crédito fiscal por diferentes conceptos del fraccionamiento Prolongación Lago del Sol Etapa I.

Escrito aclaratorio original simple de fecha 28 de septiembre de 2010, dirigido al Diputado, Salvador Barajas del Toro, Presidente de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado de Jalisco, (con sello de recibido el 28 de septiembre del 2010), sobre la observación No.1, del fraccionamiento “Villas del Campo” y No 2 Prolongación “Lagos del Sol Etapa I”, firmado por el Sr. Roberto Pérez Hernández.

Copia certificada del convenio de pago del fraccionamiento “Lagos del Sol Etapa I”, de fecha 08 de octubre de 2008, en el cual se obligan a pagar en tres parcialidades, siendo documentadas en tres pagarés, cada uno por la cantidad de $120,191.73 (ciento veinte mil ciento noventa y un pesos 73/100 M.N.), firmado por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, Encargado de la Hacienda Municipal y el C. Luis Enrique Reinoso Jiménez, Representante Legal del Fraccionamiento Prolongación Lago del Sol Etapa I.

Copia certificada de los 3 pagarés suscritos el 08 de octubre de 2008, por la cantidad de $120,191.73 (ciento veinte mil ciento noventa y un pesos 73/100 M.N.) cada uno, firmados por el Sr. Luis Enrique Reynoso Jiménez, Representante Legal del Fraccionamiento Prolongación Lago del Sol Etapa I, con vencimientos: 03-noviembre-2008, 01-diciembre-2008 y 31-diciembre-2008.

Copia certificada del convenio de pago del fraccionamiento Villas del Campo, de fecha 12 de febrero de 2007, firmada por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, Encargado de la Hacienda Municipal y por la empresa Desarrolladora Habitacional Jalos, S.A. de C.V., representada por la Arq. Eva Judith Macías García, en su carácter de Representante Legal, donde se comprometen a pagar en dos parcialidades, siendo documentadas en dos pagarés, cada uno por la cantidad de $37,504.32 (treinta y siete mil quinientos cuatro pesos 32/100 M.N.)

Copia certificada de los 2 pagarés suscritos el 12 de febrero de 2007, por la cantidad de $37,504.32 (treinta y siete mil quinientos cuatro pesos 32/100 M.N.) cada uno, firmados por la Arq. Eva Judith Macías García, como Representante Legal de la empresa Desarrolladora Habitacional Jalos, S.A. de C.V., con vencimientos: 12-abril-2007 y 12-junio-2007.

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Cuenta Pública JALOSTOTITLÁN Importe de Observación $363,419.51Ejercicio Fiscal 2008 Cargo según Dictamen ASEJ $363,419.51Fecha de Comisión Octubre 2010 Cargo sin Solventar $363,419.51

OBSERVACIÓN E IMPORTE DOC. SOLICITADA POR LA ASEJ DOC. ENTREGADA A LA ASEJObservación 2

FRACCIONAMIENTO “PROLONGACIÓN LAGOS DEL SOL ETAPA I”Superficie total 35,765.34 m2Superficie vencible 23,420.45 m2Superficie de vialidad 12,344.89 m2Áreas de cesión paraDestinos según R.E.Z. 5,364.80 m2Número de lotes tipo H3-U 82

Importe: $363,419.51 (trescientos sesenta y tres mil cuatrocientos diecinueve pesos 51/100 M.N.)

Con base en la evaluación de la documentación presentada por el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, se detectaron diversas inconsistencias en la integración del expediente técnico y administrativo del fraccionamiento denominado “Prolongación Lagos del Sol”, autorizado según licencia de urbanización número 05219/07, de fecha 20 de septiembre de 2007, en virtud de que a la fecha de la visita de campo realizada el 27 de mayo del presente año, por personal de este Órgano Técnico, se pudo constatar que las obras de urbanización no se encuentran concluidas, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el artículo 266 del Reglamento Estatal de Zonificación, y el plazo ha transcurrido en exceso, por lo que

a) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago del dictamen de usos y destinos, (Art. 51, fracción XIV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2007), por lo que existe un saldo por comprobar por la cantidad de $721.00 (setecientos veintiún pesos 00/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

b) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago del dictamen de trazo, usos y destinos específicos (Art. 51, fracción XV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2007), por un monto de $1,451.00 (un mil cuatrocientos cincuenta y un pesos 00/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

c) Deberá presentar copia certificada

Para la observación 2, inciso a):Oficio de requerimiento número 05-1217/09, de fecha 11 de agosto de 2009, emitido por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, en su carácter de Encargado de la Hacienda Municipal del H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, dirigido al C. Luis Enrique Reynoso Jiménez, representante del fraccionamiento Prolongación Lago del Sol Etapa 1, relativo a los pagos por concepto de dictamen de usos y destinos, dictamen de trazos, usos y destinos, ampliación de la vigencia de urbanización y por otorgar los servicios e incrementar la infraestructura de captación y potabilización.

Para la observación 2, inciso b):Oficio de requerimiento número 05-1217/09, de fecha 11 de agosto de 2009, emitido por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, en su carácter de Encargado de la Hacienda Municipal del H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, dirigido al C. Luis Enrique Reynoso Jiménez, representante del fraccionamiento Prolongación Lago del Sol Etapa 1, relativo a los pagos por concepto de dictamen de usos y destinos, dictamen de trazos, usos y destinos, ampliación de la vigencia de urbanización y por otorgar los servicios e incrementar la infraestructura de captación y potabilización.

Para la observación 2, inciso c):

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se hacen las siguientes observaciones por falta de documentación comprobatoria, en relación a la expedición de la licencia de urbanización:

del recibo oficial de pago por la autorización del proyecto del plan parcial de urbanización, para una superficie de 3.5765 has. a un costo de $795.28 (setecientos noventa y cinco pesos 28/100 M.N.) por hectárea, (Art. 38, fracción I, inciso a, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2007), de conformidad al acuerdo séptimo de la licencia de urbanización número 05-2129/07, de fecha 20 de septiembre de 2007, por lo que existe saldo por comprobar por el concepto de autorización del proyecto de Plan Parcial de Urbanización, por la cantidad de $2,844.31 (dos mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos 31/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

d) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago por concepto de ampliación de la vigencia de la licencia de urbanización, (prórroga). Por la cantidad de $49,955.88 (cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y cinco pesos 88/100 M.N.) de conformidad al artículo 38, fracción X, de la Ley de Ingresos para el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2007, mismo que establece que para el pago de

No presentó ningún tipo de documentación.

Para la observación 2, inciso d):Oficio de requerimiento número 05-1217/09, de fecha 11 de agosto de 2009, emitido por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, en su carácter de Encargado de la Hacienda Municipal del H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, dirigido al C. Luis Enrique Reynoso Jiménez representante del fraccionamiento Prolongación Lago del Sol Etapa 1, relativo a los pagos por concepto de dictamen de usos y destinos, dictamen de trazos, usos y destinos, ampliación de la vigencia de urbanización y por otorgar los servicios e incrementar la infraestructura de captación y potabilización.

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los derechos por concepto autorización para urbanizar (licencia de urbanización), los términos de la vigencia serán hasta por 12 meses y por cada bimestre adicional se pagará el 10% del permiso autorizado, por la licencia de urbanización, considerando que la expedición de la licencia de urbanización número 05-212/07, es de fecha 20 de diciembre de 2007, para el fraccionamiento denominado “Prolongación Lagos del Sol Etapa I”, de acuerdo a la visita de campo realizada el 27 de mayo del presente año, por personal de este Órgano Técnico, se pudo constatar que las obras de urbanización no se encuentran concluidas, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el artículo 266 del Reglamento Estatal de Zonificación, en consecuencia y de conformidad al artículo 38, fracción X de la Ley de Ingresos para el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2007, la cantidad base para la cuantificación del pago del 10% señalado en el artículo ya citado, corresponde a la cantidad de $124,889.70 (ciento veinticuatro mil ochocientos ochenta y nueve pesos 70/100 M.N.) del pago de los derechos de urbanización consignados en la citada licencia, considerando que en el fraccionamiento “Prolongación Lagos del Sol Etapa I”, el plazo transcurrió en exceso, deberá presentar los recibos oficiales de pago por

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concepto de prórroga de la licencia de urbanización, que a la fecha de la visita de campo, se identifican 4 (cuatro) bimestres transcurridos, correspondiendo a cada uno de ellos la cantidad de $12,488.97 (doce mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos 97/100 M.N.), (equivalente al 10% de la licencia de urbanización) que multiplicado por los 4 bimestres transcurridos, resulta una cantidad a comprobar de $49,955.88 (cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y cinco pesos 88/100 M.N.) por lo que deberá presentar recibo oficial de pago por $49,955.88 (cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y cinco pesos 88/100 M.N.) o en su caso, presentar aviso de suspensión de obras, en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

e) Deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago por concepto de otorgar los servicios e incrementar la infraestructura de captación y potabilización, por metro cuadrado vendible, por una sola vez, por la cantidad de $308,447.32 (trescientos ocho mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos 32/100 M.N.) de conformidad al artículo 45, fracción IV, numeral 1, inciso a, de la Ley de Ingresos del

Para la observación 2, inciso e):Oficio de requerimiento número 05-1217/09, de fecha 11 de agosto de 2009, emitido por el L.C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, en su carácter de Encargado de la Hacienda Municipal del H. Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco, dirigido al C. Luis Enrique Reynoso Jiménez representante del fraccionamiento Prolongación Lago del Sol Etapa 1, relativo a los pagos por concepto de dictamen de usos y destinos, dictamen de trazos, usos y destinos, ampliación de la vigencia de urbanización y por otorgar los servicios e incrementar la infraestructura

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Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2007, o en su caso para demostrar la autosuficiencia de abasto en el servicio de agua potable, deberá presentar la documentación que acredite la concesión a favor del promotor y/o urbanizador para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales del subsuelo, por parte de la autoridad competente, se requiere que en dicho documento consten los nombres de las personas a las que se le ha otorgado la concesión para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales del subsuelo y que corresponda a los propietarios de dicha acción urbanística, con el objeto de acreditar la autosuficiencia en el abasto de agua potable, por lo que de momento existe un saldo por comprobar por la cantidad de $308,447.32 (trescientos ocho mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos 32/100 M.N.) por lo que deberá presentar copia certificada del recibo oficial de pago por la cantidad de $308,447.32 (trescientos ocho mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos 32/100 M.N.) en caso de no haber realizado el pago en su momento, deberá actualizar las tarifas de acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal del ejercicio fiscal que corresponda.

Adicionado a lo anterior, deberá

de captación y potabilización.

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presentar la siguiente documentación comprobatoria:

f) Dictamen de usos y destinos. Presentar dictamen de usos y destinos, con relación al artículo 176, fracción I, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

g) Dictamen de factibilidad para la dotación de los servicios de agua y descarga de aguas residuales, con relación al artículo 223 de la ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

h) Acta del Ayuntamiento que aprueba el Plan Parcial de Urbanización. (artículo 226, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado), de conformidad al acuerdo séptimo de la licencia de urbanización número 05-2129/07, de fecha 20 de septiembre de 2007.

i) Plan Parcial de Urbanización, publicado en el periódico oficial “El Estado de Jalisco” o en su defecto en la Gaceta Municipal. (Art. 93 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco), de conformidad al acuerdo séptimo de la licencia de urbanización número 05-2129/07, de fecha 20 de septiembre de 2007.

j) Constancia de inscripción, deberá presentar constancia de inscripción

Para la observación 2, inciso f):Copia simple de oficio número 05-2114/2007, sin fecha, que emite dictamen de trazos, usos y destinos específicos, a nombre de José J. Refugio y Martha Cecilia Reynoso Jiménez.

Para la observación 2, inciso g):No presenta ningún tipo de documento.

Para la observación 2, inciso h):Copia certificada de Acta de Ayuntamiento número CIV, de fecha 27 de diciembre de 2006, en la cual, en el cuarto punto del orden del día, se autorizó el proyecto definitivo del fraccionamiento.

Para la observación 2, inciso i):No presenta ningún tipo de documento.

Para la observación 2, inciso j):No presentó ningún tipo de documento.

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del Plan Parcial de Urbanización en el Registro Público de la Propiedad, artículos 45 fracción III, 46, 47 y 231, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado), de conformidad al acuerdo séptimo de la licencia de urbanización número 05-2129/07, de fecha 20 de septiembre de 2007.

k) Copia certificada de autorización de preventa de viviendas o lotes. (Art. 300, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco)

l) Copia certificada de la fianza para garantizar el correcto desempeño de las obras en el tiempo previsto y que será del orden del 20% del valor de la obra, con relación al artículo 235, fracciones II y III, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

m) Acta de certificación de hechos de la entrega-recepción de las obras de urbanización del fraccionamiento “Prolongación Lagos del Sol Etapa I”, al Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, de ser el caso que a esta fecha se haya realizado la entrega-recepción de las obras de urbanización ya que la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, establece que a la conclusión de las obras de urbanización, se deberá hacer la entrega al Ayuntamiento, mediante acta de certificación de hechos, protocolizada

Para la observación 2, inciso k):No presentó ningún tipo de documento.

Para la observación 2, inciso l):Copia simple de póliza de fianza número 232880-0000 de fecha 26 de enero de 2009, por un monto de $476,162.89 (cuatrocientos setenta y seis mil ciento sesenta y dos pesos 89/100 M.N.) para garantizar los defectos y vicios de las obras de urbanización.

Para la observación 2, inciso m):No presenta documentación, solo aclaración en el sentido de que el urbanizador no ha concluido con las obras de urbanización del fraccionamiento, por lo que el Ayuntamiento no ha recibido dicha urbanización.

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ante Notario Público, de conformidad a los artículos 127 y 128 del Reglamento Estatal de Zonificación, Artículos 266, 267 y 268 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

ACLARATORIAS ANTE LA COMISIÓN OPINIÓN TÉCNICA Requerimiento de cobro con No. de Oficio H.M. 03/01/96/2009,

expedido por la Hacienda Municipal, por los conceptos de incrementar la infraestructura de captación y potabilización por metro cuadrado vendible por la cantidad de $308,447.32 (trescientos ocho mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos 32/100 M.N.) también por el pago de dictamen de usos y destinos de un total de $721.00 (setecientos veintiún pesos 00/100 M.N.) sobre el dictamen de trazos, usos y destinos específicos un total de $1,451.00 (un mil cuatrocientos cincuenta y un pesos 00/100 M.N.) la ampliación de la licencia de urbanización por la cantidad de $49,955.88 (cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y cinco pesos 88/100 M.N.) de fecha 21 de diciembre del 2008, firmado por el C.P. Juan Antonio Martínez Mercado, por un monto de $378,418.20 (trescientos setenta y ocho mil cuatrocientos dieciocho pesos 20/100 M.N.) mas recargos de conformidad a la Ley de Ingresos para el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, por el ejercicio fiscal 2008-2009 a razón del 1% mensual, mismos que se actualizarán al momento del pago, generando a la fecha la cantidad de $14,423.00 (catorce mil cuatrocientos veintitrés pesos 00/100 M.N.)

Oficio original simple, por parte del Dr. Miguel Gerardo Urteaga Pérez, Secretario General del Ayuntamiento, en el que hace constar que hasta la fecha no se ha dado por recibido el fraccionamiento Prolongación Lago del Sol, de fecha 29 de julio de 2010.

No se solventa.

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