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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL JOSE EUSTASIO RIVERA Modalidad Académico Resolución de Aprobación No 1387 de octubre 30/1998 NIT 891103910-3 Calle 7 4 – 33 Bruselas – Pitalito Huila. Cel. 3202869081 Correo [email protected] CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO No.004 (abril 20 de 2018) POR EL CUAL SE APRUEBAN Y ADOPTAN UNAS MODIFICACIONES AL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEE), DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL JOSÉ EUSTASIO RIVERA EL Consejo Directivo de la Institución Educativa Municipal José Eustasio Rivera, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los Artículo143 y 144 de la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015, y CONSIDERANDO: Que, el Consejo Directivo es la máxima autoridad de esta Institución Educativa y como tal, debe funcionar con principios de autoridad, orden y celeridad. Que, de conformidad con las normas vigentes, sólo al Consejo Directivo de las instituciones educativas le corresponde fijar pautas que orienten el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional. Que, la Ley General de Educación y sus Decretos reglamentarios fijan criterios para la adopción del Proyecto Educativo Institucional por parte del Consejo Directivo. Que, para garantizar el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, el Consejo Directivo debe operar y funcionar en cumplimiento del mandato constitucional y en nombre del Estado Colombiano cumplir y hacer cumplir con principios de celeridad y eficiencia procesos institucionales para mejorar la calidad de la educación. Qué la institución goza de autonomía para formular, adoptar y poner en práctica su propio proyecto educativo institucional sin más limitaciones que las definidas por la ley y que dichas propuestas fueron presentadas al Consejo Directivo para su análisis y decisiones de conformidad con el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015. Que una de las funciones del Consejo Directivo es aprobar mediante acuerdos las reformas y actualizaciones al Proyecto Educativo institucional. Que de acuerdo con la autonomía que les concede a las instituciones la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015, el Consejo Directivo procedió a estudiar y analizar las reformas al Sistema de Evaluación

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NIT 891103910-3

Calle 7 4 – 33 Bruselas – Pitalito Huila. Cel. 3202869081 Correo [email protected]

CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO No.004 (abril 20 de 2018)

POR EL CUAL SE APRUEBAN Y ADOPTAN UNAS MODIFICACIONES AL SISTEMA

INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEE), DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL JOSÉ EUSTASIO RIVERA

EL Consejo Directivo de la Institución Educativa Municipal José Eustasio Rivera, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los Artículo143 y 144 de la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015, y

CONSIDERANDO: Que, el Consejo Directivo es la máxima autoridad de esta Institución Educativa y como

tal, debe funcionar con principios de autoridad, orden y celeridad.

Que, de conformidad con las normas vigentes, sólo al Consejo Directivo de las

instituciones educativas le corresponde fijar pautas que orienten el desarrollo del

Proyecto Educativo Institucional.

Que, la Ley General de Educación y sus Decretos reglamentarios fijan criterios para la

adopción del Proyecto Educativo Institucional por parte del Consejo Directivo.

Que, para garantizar el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, el Consejo

Directivo debe operar y funcionar en cumplimiento del mandato constitucional y en

nombre del Estado Colombiano cumplir y hacer cumplir con principios de celeridad y

eficiencia procesos institucionales para mejorar la calidad de la educación.

Qué la institución goza de autonomía para formular, adoptar y poner en práctica su propio proyecto educativo institucional sin más limitaciones que las definidas por la ley y que dichas propuestas fueron presentadas al Consejo Directivo para su análisis y decisiones de conformidad con el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015. Que una de las funciones del Consejo Directivo es aprobar mediante acuerdos las reformas y actualizaciones al Proyecto Educativo institucional. Que de acuerdo con la autonomía que les concede a las instituciones la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015, el Consejo Directivo procedió a estudiar y analizar las reformas al Sistema de Evaluación

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de Estudiantes, aprobadas por el Consejo Académico, según actas de reuniones No. 22 de octubre 5 de 2016, No. 23 de octubre 19 de 2016, No. 24 de noviembre 9 de 2016 y No. 05 de octubre 31 de 2017 y adoptarlas institucionalmente. En mérito de lo anterior,

ACUERDA

ARTICULO 1º. Adoptar las reformas al Sistema de Evaluación de Estudiantes (SIEE) de la Institución Educativa Municipal José Eustasio Rivera, aprobadas por el Consejo Académico, según actas de reuniones No. 22 de octubre 5 de 2016, No. 23 de octubre 19 de 2016, No. 24 de noviembre 9 de 2016 y No. 05 de octubre 31 de 2017, y actualizar el documento para su divulgación, tal como se registra a continuación:

CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objetivo El presente acuerdo reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media de la de la Institución educativa Municipal José Eustasio Rivera Artículo 2. Definición El sistema de evaluación del estudiante hace parte del proyecto educativo institucional y contiene:

a. Los criterios de evaluación y promoción. b. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional. c. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes. d. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiante

s durante el año escolar. e. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. f. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes

de los estudiantes. g. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento

educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.

h. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. i. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y

den información integral del avance en la formación.

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j. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.

k. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

Artículo 3. Fines Las finalidades de la evaluación son:

a. Valorar la obtención de logros y la promoción de los educandos en cada grado. b. Valorar los avances en la adquisición y aplicación de los conocimientos. c. Estimular el afianzamiento de valores y actitudes. d. Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y formas de

aprendizaje. e. Contribuir a la identificación de las limitaciones o dificultades para consolidar los logros

del proceso formativo. f. Ofrecer oportunidades para aprender del acierto, del error, y en general de la experiencia. g. Generar información que sirva de base a la comunidad educativa para la toma de

decisiones con el fin de mejorar el proceso educativo. h. Proporcionar a los educadores información que les permita reorientar o consolidar sus

prácticas pedagógicas. i. Contribuir a que los participantes en la formación de los estudiantes asuman que lo

cualitativo guarda estrecha relación con lo cuantitativo y los procesos con los resultados. Artículo 4. Propósitos de la Evaluación Institucional de los estudiantes.

a. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. (Diagnóstica)

b. Proporcionar información básica para consolidar y/o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. (Formativa)

c. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades e incentivar a los que poseen desempeños superiores en su proceso formativo. (Formativa)

d. Determinar la promoción de estudiantes. (Sumativa) e. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de Mejoramiento

Institucional. (Formativa) f. Se hace al inicio, durante y al culminar el proceso (Formativa)

La Institución Educativa deberá adelantar sus procedimientos de evaluación en correspondencia con estas finalidades, de tal modo que la evaluación del desarrollo y rendimiento de los estudiantes sea promotora de su realización personal, y, por su intermedio, la comunidad educativa cristalice los perfiles de formación de los estudiantes propuestos en los objetivos del Proyecto Educativo Institucional.

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CAPITULO II.

FUNDAMENTOS CONCEPTUALES. Artículo 5. Conceptos EVALUACION Es la etapa del proceso educativo que tiene como finalidad comprobar, de manera sistemática, en qué medida se han logrado los objetivos propuestos con antelación. Esto permite emitir un juicio de valor, a partir de un conjunto de informaciones sobre la evolución o los resultados del estudiante, con el fin de tomar una decisión. Se conceptúa como un proceso dinámico, continuo y sistemático, enfocado hacia los cambios de las conductas y rendimientos, mediante el cual verificamos los logros adquiridos en función de los objetivos propuestos. La Evaluación adquiere sentido en la medida que comprueba la eficacia y posibilita el perfeccionamiento de la acción docente. Lo que destaca un elemento clave de la concepción actual de la evaluación: no evaluar por evaluar, sino para mejorar los programas, la organización de las tareas y la transferencia a una más eficiente selección metodológica. EDUCACIÓN La educación es el proceso de facilitar el aprendizaje en todas partes. Conocimientos, habilidades, valores, creencias y hábitos de un grupo de personas que los transfieren a otras personas, La educación es un proceso sistemático, destinado a lograr cambios duraderos y positivos en la conducta de los sujetos, integrados a la misma, en base a objetivos definidos en forma concreta, precisa, social e individualmente aceptables." (P. D. Laforucade) ESTÁNDAR Es el punto de referencia de lo que un estudiante puede estar en capacidad de ser, saber, saber hacer y convivir, según el área y el nivel. Sirven de guía para que, en todos las instituciones urbanas o rurales, privados o públicos del país, se ofrezca la misma calidad de educación. COMPETENCIA Por competencia se entiende como el saber hacer en situaciones concretas que requieren la aplicación creativa, flexible y responsable de los conocimientos, habilidades, valores y actitudes debidamente integrados, durante la formación de los estudiantes. Las competencias son aprendizajes significativos y relevantes, asumidos desde un contexto determinado y se explicitan a través de los desempeños de la persona del estudiante dentro de una determinada área del desarrollo del ser humano. DESEMPEÑO Los desempeños son las evidencias que permiten inferir las competencias o capacidades que el estudiante ha desarrollado y que le servirán para utilizarlas en la vida escolar.

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FORTALEZA: Es el desempeño satisfactorio o la acción positiva que realiza el estudiante para demostrar que ha adquirido un conocimiento, desarrollando una competencia o mejorado un comportamiento. DIFICULTAD: Es una situación o actitud que impide de manera temporal o permanente, la ejecución con calidad de una tarea, un trabajo, un informe de laboratorio, un ensayo, etc., o el avance de un proceso de aprendizaje o cambio de conducta ACOMPAÑAMIENTO Se entiende como la coordinación de un conjunto de acciones con una persona o grupo de personas, destinadas a, motivar, clarificar, guiar, precisar, corregir, justificar, enseñar y asesorar para hacer posible el logro de determinados propósitos.

El maestro debe tener abierta la comunicación con el estudiante y el padre de familia para resolver las dudas e inquietudes que surjan en todos los procesos del aprendizaje. ESTRATEGIAS DE APOYO Representan un camino alternativo de la enseñanza, a través del cual los estudiantes con dificultades en el aprendizaje pueden alcanzar los logros y desempeños previstos en un tiempo determinado para la asignatura o grupo de asignaturas mediante la modificación de las actividades de enseñanza programadas con carácter general, o de adaptaciones curriculares o modificación de los criterios de evaluación, para que se adapten, de forma particular, al modo en que cada estudiante o un pequeño grupo de estudiantes aprende. PLAN DE MEJORAMIENTO: Es un plan que traza el docente en temas de una asignatura para que el estudiante que demuestra dificultades lo desarrolle. Se da a conocer al padre de familia. Debe desarrollarse durante las fechas fijadas en el periodo para demostrar superación. SEGUIMIENTO Es el conjunto de acciones que permite sistematizar la información de los resultados alcanzados frente a los esperados para proponer y aplicar procesos de mejoramiento que permitan alcanzar las metas propuestas RECOMENDACIÓN Son actividades que el docente coloca en cada una de las asignaturas y que el estudiante debe realizar para avanzar en el proceso de aprendizaje y/o para mejorar su comportamiento. AUTOEVALUACIÓN Proceso de evaluación desarrollado por la propia persona a evaluarse; si se toma en cuenta que la evaluación es una comparación entre una situación ideal con la real para emitir un juicio de valor, la autoevaluación requiere una considerable cuota de responsabilidad y honestidad para emitir dicho juicio de valor, ya que el sujeto que la práctica es juez y parte, es decir, es el evaluado y el evaluador. Esta circunstancia practicada en el aula no excluye el rol del docente para dar indicaciones o rúbricas sobre los procedimientos o criterios en sí misma; es un requerimiento

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esencial de cara a la educación para la vida, ya que el individuo en su realidad técnica o profesional deberá practicarla constantemente. COEVALUACIÓN Es un proceso desarrollado entre dos personas para determinar y/o encontrar un equilibrio sobre el estado del proceso formativo a través del diálogo permanente en el cual interactúan las valoraciones de ambos. HETEROEVALUACIÓN Es un proceso que realizan unos y otros para mejorar y/o ayudar a tomar conciencia de sus desempeños analizando las causas y consecuencias de sus debilidades o dificultades. CRITERIO Un criterio es una condición, pauta o regla que permite realizar una elección, para conocer la verdad o falsedad de una cosa, lo que implica que sobre un criterio se pueda basar una decisión o un juicio de valor.

ESCALA DE VALORACIÓN Para efectos de la Valoración de los estudiantes en las asignaturas del Plan de Estudios, se establece una escala numérica, con su correspondiente equivalencia nacional: CRITERIO DE EVALUACIÓN

Enunciado que expresa el tipo y grado de aprendizaje que se espera que hayan alcanzado los

alumnos en un momento determinado, respecto de algún aspecto concreto de las capacidades

indicadas en los logros propuestos. Los criterios de evaluación son parámetros que sirven como

base de comparación e interpretación del desempeño del alumno con respecto a su progreso de

aprendizaje. DERECHOS BASICOS (DBA) Son un conjunto de saberes fundamentales dirigidos a la comunidad educativa que al incorporarse en los procesos de enseñanza promueven condiciones de igualdad educativa a todos los niños, niñas y jóvenes del país. Son una selección de saberes claves que indican lo que los estudiantes deben aprender en cada grado escolar desde 1º hasta 11º en las diferentes asignaturas. ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS Entendemos por estrategias pedagógicas aquellas acciones que realiza el maestro con el propósito de facilitar la formación y el aprendizaje de las disciplinas en los estudiantes. Estas pueden ser flexibles o susceptibles a ser ajustadas de acuerdo con diferentes contextos o circunstancias. Se usa de una manera consciente o intencional. Tienen como propósito lograr uno o más objetivos de aprendizaje, a través de la utilización de diferentes métodos y/o recursos. ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE Procedimiento o conjunto de pasos o habilidades que un estudiante adquiere y emplea de forma intencional como instrumento flexible para aprender significativamente y solucionar problemas y demandas académicas.

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ESTRATEGIAS DE ENSEÑANZA Son todos aquellos procedimientos o recursos utilizados por quien enseña para promover aprendizajes significativos. PROMOCIÓN La promoción es el reconocimiento que se le hace a un estudiante porque ha alcanzado una fase de su formación, y demostrado que reúne las competencias necesarias para que continúe en el grado siguiente. PROMOCIÓN ANTICIPADA Es el procedimiento mediante el cual se valora el alcance y la obtención de logros, competencias y reconocimientos por parte de los educandos en un grado en el primer periodo para reconocer que tienen la capacidad para cursar el grado inmediatamente superior y promocionarlos en este mismo año lectivo.

SUPERACION: La superación es una actividad académica programada y desarrollada con el objetivo de retroalimentar los aprendizajes de los estudiantes con dificultades en el alcance de los desempeños dentro de las asignaturas durante el desarrollo de cada periodo académico. REPROBACION El alumno que reprueba un grado es aquel que no alcanzó los logros de las áreas obligatorias y fundamentales necesarias para ser promovidos al grado siguiente de acuerdo a lo contemplado en el SIEE.

CAPITULO III

DEBERES Y DERECHOS DE LA INSTITUCION Y LA COMUNIDAD EDUCATIVA FRENTE AL SIEE.

Artículo 6. Responsabilidades de la institución educativa frente al SIEE

En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, La Institución Educativa José Eustasio Rivera, debe:

a. Definir, adoptar y divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico.

b. Incorporar en el Proyecto Educativo Institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el Consejo Directivo.

c. Realizar reuniones de Docentes y Directivos Docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a la Comunidad Educativa.

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d. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados.

e. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.

f. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea necesario.

g. A través de Consejo Directivo, servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes, padres de familia o acudientes en relación con la evaluación o promoción.

h. Analizar periódicamente los informes de evaluación, con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.

i. Colaborar con los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas censales SABER, de la totalidad estudiantes matriculados en los grados evaluados.

j. Presentar resultados a comunidad educativa para implementar PAM. k. Remitir casos especiales de estudiantes a las entidades competentes.

Artículo 7. Derechos de los estudiantes en el SIEE

a. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

b. Recibir información sobre la temática de cada periodo, criterios de evaluación, cronograma de actividades y valoraciones por parte del docente.

c. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos d. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas

a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. e. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes a través de un plan por escrito que

contemple las estrategias a seguir para superar sus dificultades en el aprendizaje. f. Ser remitido a la entidad competente para recibir tratamiento especializado (Sico orientación,

ICBF, entre otras), que permitan mejorar el aprendizaje de los estudiantes g. Ser valorado integralmente por su representación institucional, teniendo en cuenta sus

competencias artísticas, científicas, culturales, deportivas entre otras.

Artículo 8. Deberes de los estudiantes en el SIEE

a. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la institución educativa.

b. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para el desarrollo académico propuesto en el plan de estudios.

c. Asistir y/o desarrollar actividades de nivelación cuando demuestre dificultades al no alcanzar los desempeños propuestos.

d. Concertar con el docente tiempos para la presentación de evaluaciones y compromisos académicos. La participación en actividades, en representación de la institución NO lo exime de las responsabilidades y compromisos académicos, de convivencia.

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e. Pactar con los docentes compromisos académicos y de evaluación, en caso de ausencia por incapacidad médica, por enfermedad y/o embarazo o parto.

f. Presentar con responsabilidad las pruebas externas que defina la institución y/o las autoridades educativas.

Artículo 9. Derechos del padre de familia y/o acudiente

En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

1. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

2. Recibir información oportunamente y acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes. 3. Recibir oportunamente los informes periódicos de evaluación. 4. Recibir notas de evaluación parciales durante el desarrollo del periodo cuando las solicite. 5. Conocer los planes de nivelación y las estrategias pedagógicas a desarrollar, acordados en

el grupo. 6. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el

proceso de evaluación de sus hijos de acuerdo al horario establecido de atención a padres. 7. Interponer recursos LEGALES cuando se vea afectado en los derechos contemplados en el

SIEE 8. Hacer reclamaciones justas y respetuosas oportunamente siguiendo el conducto regular

contemplado en el SIEE y manual de Convivencia. 9. Solicitar la promoción anticipada de su hijo y/o acudido.

Artículo 10. Deberes del padre de familia y/o acudiente

Conscientes de los grandes cambios sociales que se vienen generando en el mundo y considerando la familia como eje de la sociedad, los padres y madres RIVERIANOS deben concebir el hogar como la primera escuela donde son fundamentales el apoyo y el acompañamiento consecutivo del proceso académico y evaluativo que se desarrolla en la institución. En consecuencia, los padres y/o acudientes de nuestra Institución, en aras de apoyar lo contemplado en el SIEE, adquieren con la institución los siguientes compromisos:

a. Brindar a sus hijos un ambiente adecuado para su desarrollo integral. b. Proporcionar a sus hijos los elementos necesarios para el óptimo desarrollo de las actividades

académicas propuestas. c. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y

procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar. d. Informarse oportunamente del rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, y en

ambos casos propiciar acciones de mejoramiento. e. Recibir y analizar los informes periódicos de evaluación de sus hijos y/o acudidos. f. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos y apoyar efectivamente

los procesos educativos en casa. Cumplir a cabalidad con las recomendaciones hechas por los docentes y/o comisión de evaluación y promoción, para mejorar el rendimiento académico y/o comportamental. de sus hijos.

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g. Asistir obligatoriamente a las reuniones de entrega de informes periódicos o cuando se requiera su presencia para recibir y apoyar el desarrollo de los planes de nivelación.

h. Realizar la solicitud por escrito sobre la promoción anticipada de su hijo-a y/o acudido durante el desarrollo del primer periodo del año lectivo siempre y cuando cumpla con los requisitos contemplados por la institución José Eustasio Rivera.

PARAGRAFO:

Los padres de familia que no asistan a las convocatorias de reuniones, a recibir informes, sin excusa justificada, se les citará nuevamente por escrito para enterarlos de la situación presentada. De NO cumplir con la asistencia se reportará al ICBF por el incumplimiento de sus deberes.

Artículo 11. Deberes de los docentes frente al SIEE

a. Promover un ambiente de aula óptimo de acuerdo con los criterios institucionales acordados por el Consejo Académico.

b. Establecer diálogo y concertación con los estudiantes acerca de la temática y los criterios de evaluación en cada una de las asignaturas

c. Registrar oportunamente en el sistema académico los resultados de la evaluación de los estudiantes.

d. Diligenciar continua y oportunamente las notas que obtengan los estudiantes durante el periodo, en la plataforma digital institucional. De esta manera el padre de familia y/o acudiente puede conocer el estado académico del estudiante en cualquier momento del periodo y/o solicitar un certificado de notas parciales en caso de traslado.

e. Implementar estrategias que sean efectivas para informar a los padres de familia la situación académica y de evaluación de los estudiantes.

f. Citar a los padres de familia de estudiantes con dificultades en sus desempeños para informarlos de la situación, dejando evidencia en el observador del estudiante.

g. Dejar evidencia en una planilla firmada por los estudiantes y/o padres de familia que recibieron y sustentaron el plan de superación de dificultades en cada uno de los tiempos requeridos.

h. Diligenciar el acta de reunión de padres de familia de entrega de boletines o informes académicos.

i. Entregar oportunamente a la comisión de evaluación y promoción informes de casos especiales

j. Participar activamente en las reuniones de la comisión de evaluación y promoción y presentar evidencias de las acciones realizadas en los casos de estudiantes con dificultades académicas.

k. Promover el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes en pruebas SABER a través de simulacros, olimpiadas, utilización de material de evaluación estilo prueba saber y demás pruebas externas haciendo el respectivo seguimiento. Los resultados de estas se tendrán en cuenta como nota para definir la calificación de las áreas evaluadas en el respectivo periodo.

l. Participar en el desarrollo de experiencias pedagógicas significativas, programas PRAE, ONDAS, periódico escolar, entre otras.

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m. Dar a conocer por escrito a los estudiantes y padres de familia en la primera semana del inicio de cada periodo académico la temática a desarrollar en las asignaturas y los criterios de evaluación.

n. Establecer durante el período los mecanismos y estrategias que permitan al estudiante lograr niveles de aprendizaje y desempeños óptimos de manera que los índices de reprobación sean mínimos en cada asignatura.

o. Propiciar y concertar espacios y tiempos a estudiantes que representan a la institución en las diferentes actividades culturales, deportivas, científicas, entre otras, para la presentación de trabajos o evaluaciones.

CAPITULO IV.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN, ESCALA Y REGISTRÓ ESCOLAR DE VALORACIÓN PERIODICIDAD DE LOS INFORMES.

Artículo 12. Características del proceso evaluativo La evaluación que implementa la Institución Educativa José Eustasio Rivera tiene las siguientes características:

a. Continua. Se realiza de manera permanente con base en un seguimiento que permite apreciar y retroalimentar el progreso y dificultades que puedan presentarse en el proceso de formación de cada estudiante.

b. Integral. Tiene en cuenta todos los aspectos y dimensiones del estudiante. c. Acumulativa. Registra en forma consecutiva y utiliza el reporte de progreso y dificultades

del proceso de formación y obtención de logros de cada estudiante, para efecto de su promoción.

d. Flexible: Tiene en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus diferentes aspectos. Considera la historia del estudiante, sus intereses, sus capacidades, sus limitaciones y en general, su situación concreta.

Artículo 13. Instrumentos y criterios de evaluación. Para llevar a cabo el proceso de evaluación integral de los estudiantes, en la Institución Educativa Municipal José Eustasio Rivera se tendrán en cuenta los siguientes instrumentos y criterios: Instrumentos y criterios de evaluación considerados en la educación Básica Primaria:

No. ASPECTO INSTRUMENTOS Y CRITERIOS VALOR

1

ACADÉMICO O COGNITIVO

Pruebas orales y Escritas, de aplicación contextualizada del conocimiento. Tareas, talleres, y ejercicios de aplicación. consultas, exposiciones, sustentaciones.

70%

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Modalidad Académico Resolución de Aprobación No 1387 de octubre 30/1998

NIT 891103910-3

Calle 7 4 – 33 Bruselas – Pitalito Huila. Cel. 3202869081 Correo [email protected]

Planes de mejoramiento, (dificultades). Planes de profundización, (fortalezas). Habilidades y destrezas manuales. Escritura - Letra. Coordinación (motricidad fina y gruesa). Expresión Corporal. Análisis – comprensión Proyecto de Aula.

2

PERSONAL O ACTITUDINAL

Asistencia y puntualidad. Aseo y Presentación personal. Activa participación en la clase y en eventos del área Orden en su pupitre, en sus elementos de trabajo y a su alrededor. Interés, atención. Solicitud adecuada de la palabra y uso de ella Respeto por la opinión ajena. Uso de vocabulario respetuoso. Actitud de mejoramiento permanente. Dispone de los elementos mínimos y necesarios para el trabajo escolar.

10%

3

SOCIAL O AXIOLÓGICO

Solidaridad cognitiva, (Monitorias). Relaciones interpersonales respetuosas y cordiales. (Alteridad). Maneja vocabulario adecuado hacia los demás Cuida la planta física, los equipos, elementos de información y bienes de servicio comunitario. Asume responsablemente su participación en el trabajo en equipo. Ejerce liderazgo constructivo y participa decorosamente en cargos de representación. Muestra lealtad institucional. Demuestra sentido de pertenencia.

10%

4 ECOLÓGICO

Aseo del aula y alrededores. Cuidado del entorno. Conciencia Ecológica.

10%

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Instrumentos y criterios considerados para la educación Básica Secundaria y Media Vocacional.

No ASPECTO INSTRUMENTOS Y CRITERIOS VALOR

1

ACADÉMICO O COGNITIVO

Pruebas orales y escritas, de aplicación contextualizada del conocimiento. Tareas, talleres, y ejercicios de aplicación. Consultas, exposiciones, sustentaciones. Informes de laboratorio, ensayos, trabajos escritos. Aportes en la reconstrucción del conocimiento. Planes de mejoramiento (nivelacion). Planes de profundización, (fortalezas). Otros según las características propias del área. Análisis – comprensión Proyecto de Aula.

70%

2

PERSONAL O ACTITUDINAL

Liderazgo Asistencia y puntualidad. Activa participación en la clase y en eventos del área Orden en su pupitre, en sus elementos de trabajo y a su alrededor. Interés, atención y creatividad. Solicitud adecuada de la palabra y uso de ella Respeto por la opinión ajena. Uso de vocabulario respetuoso. Actitud de mejoramiento permanente. Dispone de los elementos mínimos y necesarios para el trabajo escolar.

10%

3

SOCIAL O AXIOLÓGICO

liderazgo Relaciones interpersonales respetuosas y cordiales. (Alteridad). maneja vocabulario adecuado con los demás. Cuida la planta física, los equipos y bienes de servicio comunitario. Cuida la planta física, los equipos, elementos de información y bienes de servicio comunitario Cuida los distintos medios y elementos institucionales de información comunitaria. Asume responsablemente su participación en el trabajo en equipo. Ejerce liderazgo constructivo y participa decorosamente en cargos de representación. (monitorias, representante estudiantil, personería)

10%

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Artículo 14. La evaluación del proceso de formación integral de los estudiantes es permanente y las valoraciones se reportarán de manera cualitativa y cuantitativa, según las escalas nacional e institucional. Parágrafo 1 Los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) presentaran el respectivo diagnóstico médico y psicológico. La estrategia de atención es considerarlos en un aula especial dentro del aula regular como un proceso conjunto para el desarrollo educativo. Los docentes de estos estudiantes se comunicarán con los padres de familia para el proceso de evaluación, de la misma manera para ser reportados como tales ante la presentación de la prueba SABER. Artículo 15. Cada asignatura se evalúa independientemente, por lo cual no se promediará con ninguna otra y su valoración mínima para ser aprobada será de tres coma cero (3,0). Artículo 16. La nota de comportamiento es responsabilidad del director de curso y lo hará teniendo en cuenta los registros que tiene el estudiante sobre convivencia y disciplina escolar en el observador del estudiante.

Los casos especiales de convivencia escolar y disciplina serán llevados a análisis a una asamblea de docentes para la respectiva nota.

Artículo 17. Valoración de desempeños y asignaturas. La valoración de los desempeños en cada asignatura se expresará en una escala numérica que va desde cero coma cero (0,0) hasta cinco coma cero (5,0). La valoración aprobatoria será a partir de tres coma cero (3,0) y solamente podrá incluirse una cifra decimal.

Muestra lealtad institucional. Demuestra sentido de pertenencia.

4

ECOLÓGICO

. Aseo del aula y alrededores. Cuidado del entorno.

10%

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La valoración en el periodo de cada asignatura es el promedio ponderado de las cuatro valoraciones cuantitativas de los aspectos mencionados en el Artículo 13. Al finalizar el año lectivo la secretaria académica dejara para cada grado el registro escolar de valoración debidamente diligenciado. La nota final anual de cada una de las asignaturas resulta del promedio de las valoraciones de cada uno de los cuatro periodos académicos con aproximación (en el segundo decimal a partir del cinco se aproxima a la cantidad superior y menor de cinco a la cantidad inferior). El promedio general del estudiante en cada uno de los periodos y en el resultado final anual se expresará con dos decimales para facilitar la organización de los puestos. Artículo 18. Cuando se presente el caso de estudiantes que llegan de otras, o de la misma institución sin notas parciales o de algún periodo, se procede de la siguiente manera:

a. La Secretaría Académica no aceptará el traslado de estudiantes entre sedes de la misma institución, si el docente no reporta por escrito o ha subido a plataforma las valoraciones parciales o totales del periodo. Este informe será remitido al docente donde llega el estudiante.

b. Para el caso de estudiantes que lleguen de otras instituciones por causa justificadas, sin notas parciales antes del tercer periodo, el coordinador, o docente (en primaria), hará un acuerdo escrito con el padre de familia o acudiente, donde se explicite el compromiso de realizar actividades de nivelación de éste tiempo y/o el promedio de valoración de los periodos faltantes teniendo en cuenta la decisión de la Comisión de Evaluación.

c. Para los estudiantes que lleguen a la Institución en el tercer o cuarto periodo se remitirá el caso a la Comisión de Evaluación para que ésta determine las estrategias de nivelación y acompañamiento a dicho estudiante. Al finalizar del año escolar, ésta determinará la aprobación o reprobación.

d. Para el caso de estudiantes que lleguen de otras instituciones con notas parciales, la Secretaría y la Coordinación Académica verificarán la autenticidad de dichos informes y procederán a informarle al docente y/o director de curso sobre la novedad y éstos, la deben incluir dentro su proceso evaluativo durante el periodo lectivo. En el caso que llegue durante el cierre y/o apertura de periodo, la Secretaría Académica actualizará en plataforma las novedades correspondientes.

Para el caso de estudiantes desescolarizados que se matriculan o para los que llegan de otras

instituciones sin notas parciales de un determinado periodo (s), se procederá:

a. El docente del grado en primaria y/o de cada área en secundaria, a través de una evaluación

diagnóstica, dará inicio al desarrollo del proceso de apoyo para que el estudiante se integre al grado

de acuerdo con las exigencias académicas respectivas. Hará un acuerdo por escrito con el padre

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de familia o acudiente, donde se explicita el compromiso y las actividades a desarrollar de nivelación.

b. De acuerdo al desempeño demostrado por parte del estudiante se asignarán las notas del

respectivo periodo (s) faltante.

c. Al finalizar el año correspondiente la comisión de evaluación determinará si estos casos

son de aprobación o reprobación.

Artículo 19. Para el caso de los estudiantes que demuestren desempeños excepcionales a partir del segundo periodo, los docentes formularán actividades por escrito que les permitan promover aún más los aprendizajes. El padre de familia será informado de esta situación para que sea un apoyo y un motivador más de este maravilloso proceso. El caso de estos estudiantes será relacionado para que el siguiente año lectivo en el primer periodo puedan ser promovidos a un grado superior. Estos casos serán motivo de análisis por parte de la comisión de evaluación. Artículo 20. Será responsabilidad de los educadores la valoración de las asignaturas teniendo en cuenta los instrumentos y criterios de evaluación establecidos en el Plan de Estudios, el proceso de rendimiento de los estudiantes y las valoraciones obtenidas. Los temas de enseñanza obligatoria serán evaluados como parte de las asignaturas correspondientes. Artículo 21. Como parte del proceso de evaluación en cada grado, al finalizar el año escolar, los educadores programarán y desarrollaran las actividades individuales a los estudiantes, que requieran superar dificultades porque su resultado se ha registrado con un valor inferior a BÁSICO (menor a 3,0) en la asignatura(as). De la misma manera durante el periodo los educadores programarán y desarrollaran actividades individuales a los estudiantes que requieran superar dificultades, para tal fin se las entregaran por escrito y las darán a conocer oportunamente al padre de familia. Los resultados de la evaluación conducirán a la investigación de las causas de éxito o fracaso de los estudiantes de la institución asociados con el aprendizaje, con el fin de poner en marcha alternativas pedagógicas que mejoren los procesos de enseñanza y aprendizaje. Artículo 22. Criterios para calificar comportamiento en los estudiantes.

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El comportamiento asumido en la institución educativa por parte de los estudiantes está regido por el manual de convivencia delimitado en derechos, deberes y faltas de convivencia y disciplina definidas. Para el debido proceso de valoración de comportamiento se tendrán en cuenta los registros que reposen en el observador del estudiante y formatos diligenciados para faltas de acuerdo al manual. Al no evidenciar un registro escrito del estudiante, se entenderá que éste, no ha incurrido en falta alguna. De lo contrario, se proponen los siguientes lineamientos.

a) Por cada falta tipo I y de disciplina leve se restará 0.5 de la nota que el director de curso tenga registrada del proceso de autoevaluación y heteroevaluación. La sumatoria de seis o más faltas tipo I, automáticamente al estudiante le representa un 2.0 (dos) en calificación de comportamiento.

b) Por cada falta tipo II y de disciplina grave se restará 1.0 (uno) de la nota que el director de curso tenga registrada del proceso de autoevaluación y heteroevaluación. La sumatoria de tres o más faltas tipo II, automáticamente al estudiante le representa un 2.0 (dos) en calificación de comportamiento.

c) Por una o más faltas tipo III y de disciplina gravísima automáticamente al estudiante le quedará el comportamiento en 1.

d) Si un estudiante no presenta anotaciones negativas (registro de faltas del manual), su nota de comportamiento será la que el director de curso tenga registrada en el proceso de autoevaluación y heteroevaluación.

e) Si el promedio de la nota del comportamiento en el periodo es inferior a 3.0 (tres cero) el estudiante será sujeto de ACCIONES PEDAGÓGICAS para su mejoramiento en conjunto con su Director de grupo y el padre de familia asistirá al programa escuela para padres.

Parágrafo Las faltas tipo tres cometidas por el estudiante que no sean competencia de la institución, serán de manejo de otras instancias y/o de los estrados judiciales respectivos. Sus juicios serán tenidos en cuenta por la institución. Artículo 23. Escala de valoración Institucional. En concordancia con la escala de valoración Nacional, La Institución Educativa José Eustasio Rivera establece la siguiente escala de valoración Institucional: Desempeño Superior………………………………………4,6 a 5,0 Desempeño Alto……………………………………………4,0 a 4,5 Desempeño Básico………………………………………...3,0 a 3,9 Desempeño Bajo……………………………………………0,0 a 2,9 La denominación desempeño básico se entiende como la superación de los logros establecidos con relación a las áreas fundamentales y obligatorias, teniendo como referente los objetivos establecidos para todos y cada uno de los niveles y ciclos de la educación formal en la Ley General de Educación y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional.

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El desempeño bajo se entiende como la no superación de los mismos. Artículo 24. Descripción de los niveles de desempeño. Para efectos de la conversión de la escala institucional a la propuesta por el Ministerio de Educación Nacional, se adoptan las siguientes definiciones: Desempeño Bajo (0,0 a 2,9): Cuando el estudiante presenta falta total de interés por su desarrollo personal, falta de responsabilidad, cumplimiento y puntualidad en sus compromisos académicos o ausencia continúa del plantel sin justificación. Cuando sus desempeños y competencias en procesos de interpretación y argumentación denotan despreocupación total. Cuando sus procesos de razonamiento, sus niveles de comunicación, de comprensión de significados son tan bajos que impiden interpretar situaciones y resolver problemas con bajo grado de complejidad. Cuando presenta dificultades para desarrollar actividades escolares que evidencien bajo desarrollo de sus funciones cognitivas en algunos procesos de razonamiento de tipo deductivo; cuando presenta problemas de comunicación que le impiden demostrar sus progresos en la realización de operaciones mentales. Cuando el interés por el desarrollo del proceso educativo es de baja calidad. Desempeño Básico (3,0 a 3,9): Cuando ha desarrollado el mínimo esperado en sus competencias comunicativas, lo mismo que en sus procesos de razonamiento. Cuando ha logrado el mínimo desempeño esperado en el dominio de conocimiento de los deberes y obligaciones existentes en el manual de convivencia y los compromisos adquiridos con la institución. Desempeño Alto (4,0 a 4,5): Cuando demuestra un buen nivel de desarrollo en todos sus procesos de interpretación, de comprensión y de análisis; cuando es capaz de argumentar y proponer alternativas de solución a las problemáticas planteadas. Cuando cumple a cabalidad los compromisos y deberes con la institución Desempeño Superior (4,6 a 5,0): Cuando ha logrado el máximo nivel esperado en todas las dimensiones del desarrollo humano consideradas en el plan de estudios, es decir, cuando ha logrado evidenciar un excepcional dominio en todos los tipos de razonamiento usando a plenitud sus funciones cognitivas, y sus desempeños están por encima de lo esperado. Artículo 25. Periodicidad de los informes. El año lectivo se divide en cuatro periodos y en cada uno de ellos se valora el desempeño de los estudiantes en todas las asignaturas y actividades extracurriculares. Artículo 26. Registro escolar de valoración En la Institución Educativa José Eustasio Rivera se mantendrá actualizado un Registro Escolar que contenga el concepto valorativo integral de los estudiantes, cualitativo y cuantitativo, emitido al final de cada grado, además de los datos académicos y de la identificación personal. La valoración de cada logro y/o competencias por área o asignatura se expresará en una escala de cero coma cero (0,0) a cinco coma cero (5,0).

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Artículo 27. Registro de valoraciones para asignaturas en el periodo En la Planilla de Período de cada asignatura y comportamiento se presentará un registro numérico de valoraciones obtenidas en una escala que va desde cero coma cero (0,0) a cinco coma cero (5,0) de cada criterio evaluado en los diferentes aspectos, se registrará el número de fallas de cada estudiante en el periodo y se observarán los promedios y porcentajes de incidencia de cada aspecto en la valoración final. Es importante recordar que la valoración final de la asignatura en el período será la sumatoria ponderada de los cuatro porcentajes señalados anteriormente. Artículo 28. Planilla de valoraciones para cada asignatura. Se establece la siguiente planilla de valoraciones que serán diligenciadas por cada docente en la correspondiente asignatura:

Artículo 28. El año escolar se distribuirá en cuatro periodos de 10 semanas lectivas cada uno. Al finalizar cada periodo se dará un informe escrito al padre de familia o acudiente, para dar cuenta del proceso formativo en cada una de las áreas. Este informe incluye la valoración de los avances en la adquisición del conocimiento, se hará mediante juicios de valor expresados cuantitativa y cualitativamente, mediante escalas numéricas y literales, pudiendo ser complementada con el registro de fortalezas y debilidades que haya presentado el educando y también las recomendaciones y estrategias para mejorar. Este proceso bien puede hacerse en reunión ordinaria, o mediante el procedimiento de aula – hogar, cuando la circunstancia lo amerite. Artículo 29. Informes periódicos de evaluación Al finalizar cada período en que está dividido el año escolar se entregará un boletín informativo a los estudiantes y padres de familia sobre el rendimiento escolar. En este informe se consignará la valoración de los DESEMPEÑOS en forma cualitativa y cuantitativa.

AREA: CURSO: DOCENTE: PERIODO:

Nº DE NOTAS: 1 1 1 1

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2

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INSTITUCION EDUCATIVA JOSE EUSTASIO RIVERA - PITALITO PLANILLA DE VALORACIONES - AÑO

A. Académico : A. Pers. : A. Social : A. Ecológico

LIS

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ESTUDIANTES

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ACADÉMICO Cognitivo, (70%)PERSONAL

Actitudinal, (10%)

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Axiológico, (10%)ECOLOGICO (10%)

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Terminado el último período de evaluación de un determinado grado, se elaborará un Concepto Evaluativo Integral de los estudiantes cualitativo y cuantitativo, este informe final será el resultado de la sumatoria de los informes periódicos emitidos durante el año escolar. Artículo 30. Al finalizar el año escolar, la comisión de evaluación y promoción, analizará los informes periódicos de evaluación de los estudiantes con el fin de promocionar u reprobar a los estudiantes y dejar en acta estos reportes. Artículo 31. Expedición de certificados Para todos los efectos legales, la institución educativa expedirá los certificados de estudios elaborados en los mismos términos del Concepto Evaluativo Integral. Artículo 32. Constancias de desempeño El establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia, debe emitir constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos. Cuando la constancia de desempeño reporte que el estudiante ha sido promovido al siguiente grado y se traslade de un establecimiento a otro, será matriculado en el grado al que fue promovido según dicho reporte.

CAPITULO V.

ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS

ESTUDIANTES, ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE ESTUDIANTES, COMISIONES DE EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y PROMOCIÓN, PLANES DE

SUPERACIÓN ACADÉMICA Y FORMATIVA Y ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES CON LOS ESTUDIANTES. Artículo 33. Acciones de seguimiento por parte de los directivos docentes Los directivos docentes constatarán el debido proceso en el cumplimiento de las estrategias de valoración del estudiante por parte de los docentes con las siguientes acciones: a) Orientar el desempeño de los docentes en el desarrollo del plan de estudios. b) Hacer seguimiento de la aplicación de los instrumentos y criterios de evaluación planteados

por el docente en su trabajo de asignatura. c) Orientar el planteamiento y entrega de planes de superación por parte de los docentes a los

estudiantes y padres de familia. d) Revisar y hacer seguimiento de lo planteado en las actas de comisiones de evaluación y

promoción y consejo académico. e) Hacer seguimiento a los docentes en lo relacionado con casos especiales de estudiantes con

bajo rendimiento escolar y/o dificultades en el comportamiento.

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f) Asesorar a docentes en la aplicación de evaluación en el aula estilo SABER, simulacros y participación en la aplicación de pruebas externas.

Artículo 34. Acciones de seguimiento por parte de los docentes.

Los educadores realizarán evaluación continua de los progresos de los estudiantes en las asignaturas a su cargo y formularán las valoraciones cualitativas y cuantitativas en torno al desarrollo integral de los estudiantes. Estas valoraciones quedarán consignadas en los informes periódicos de evaluación y en el Concepto Evaluativo Integral al finalizar cada año lectivo.

Los docentes de la Institución JER de manera individual y/o organizados por grados y/o asignaturas realizarán las siguientes acciones de seguimiento:

a) Plantear los criterios de evaluación de la asignatura(s) a cargo. b) Formular preguntas problematizadoras sobre la temática estudiada con el fin de que los

estudiantes demuestren la aplicación del conocimiento aprendido. c) Propiciar conversatorios entre los estudiantes sobre la temática desarrollada. d) Generar espacios de acompañamiento personal y grupal, en su jornada escolar, que

permitan verificar el aprendizaje. e) Comparar los resultados obtenidos por los estudiantes una vez aplicados los medios y

criterios de evaluación establecidos en el plan de clase y/o planes de superación. f) Analizar comparativamente los resultados de rendimiento académico entre periodos para

implementar acciones de mejoramiento. g) Formular los planes de superación a estudiantes en el momento oportuno durante el

periodo al encontrar dificultades en los aprendizajes y entregarlos por escrito al estudiante y al padre de familia. Hacer seguimiento al cumplimiento de estos. De la misma manera el plan final de superación que se entregará en la primera semana de noviembre del año lectivo.

h) Socializar experiencias de aprendizaje de los estudiantes con los pares docentes.

Organización y funcionamiento de las Comisiones de Evaluación y Promoción Artículo 35. Conformación: Las comisiones de seguimiento y promoción serán constituidas por el Consejo Académico y entrarán en ejercicio de sus funciones dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la iniciación de clases de cada período lectivo anual.

Se conformarán al iniciar el año escolar por cada uno de los once grados y/o ciclos en cada jornada. Estará integrada por el Rector o su delegado, docentes, directores de grado y un representante de los padres de familia.

Las sedes educativas unitarias o multigrados del nivel de preescolar y primaria, colectivamente constituyen la comisión de evaluación y seguimiento por microcentros y por grados. Estarán integradas por el delegado del Rector, los docentes de grado y un representante de los Padres de familia por grado.

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En la educación de adultos, estará constituida por el rector o su delegado, director de grupo y docentes. Las comisiones de Evaluación y promoción se reunirán ordinariamente AL TERMINAR CADA PERIODO LECTIVO y/o extraordinariamente cuando las convoque quién la presida o, por lo menos dos tercios de sus miembros. Podrán ser invitados a sus reuniones, con voz, pero sin voto, los educadores, estudiantes o padres de familia relacionados con el caso objeto de estudio que se requiera y será convocada por el rector o su delegado.

En cada sesión de trabajo de comisión de evaluación y promoción los docentes deben tener como apoyo los semáforos de cada área en cada grado y diligenciar un acta en formato institucional establecido, anexando planes de superación y/o estrategias aplicados durante el periodo. Dichas actas de periodo deben reposar en los archivos de coordinación.

El acta final de promoción por grado reposara en secretaria académica en archivo digital y físico.

PARÁGRAFO PRIMERO. El rector convoca la reunión de la comisión de evaluación y promoción. Los coordinadores acompañan su desarrollo.

PARAGRAFO: Los estudiantes que cursan los ciclos de educación de adultos se promoverán al finalizar cada semestre atendiendo a la autonomía y calidad de educación que se imparte en la Institución Educativa Municipal José Eustasio Rivera.

Artículo 36. Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción:

a) La comisión de evaluación y promoción hará seguimiento permanente a los procesos de evaluación y planes de superación trazando directrices que permitan alcanzar los desempeños propuestos para los estudiantes.

b) Participar cuando así se requiera en reuniones conjuntas de acudientes, estudiantes y profesores del grado respectivo para el análisis de desempeño académico.

c) Controlar el cumplimento de las recomendaciones y compromisos del periodo anterior tanto para estudiantes como para educadores

d) Hacer recomendaciones generales o particulares a los docentes en términos de actividades académicas de motivación y superación.

e) Analizar los casos especiales de estudiantes de bajo rendimiento y/o dificultades en el

comportamiento, como también el alto grado de reprobación de un área en un determinado curso y formular recomendaciones de mejoramiento.

f) Asesorar a la comunidad educativa en la programación y ejecución de las actividades de

evaluación. g) Verificar el cumplimiento de las actividades pedagógicas y/o planes de superación que

formulen los educadores para aquellos estudiantes con dificultades en la obtención de los logros definidos en el Plan de Estudios y sugerir actividades adicionales si es necesario.

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h) Analizar los casos de educandos con desempeño bajo en cualquiera de las asignaturas.

i) Servir de primera instancia al Consejo Académico para resolver los reclamos de los

estudiantes y padres de familia en relación con el proceso de evaluación, previa audiencia de los profesores, estudiantes y padres de familia.

j) Definir la reprobación de los estudiantes al finalizar cada grado de la educación básica y

media, ciñéndose a la evaluación presentada por los educadores de cada área o asignatura y a los criterios de promoción y reprobación establecidos en el Reglamento o Manual de Convivencia (art 26 numeral 2).

k) Al finalizar el año definir la promoción y/o reprobación de los estudiantes y dejar las

respectivas actas. l) Darse su propio reglamento y definir entre sus miembros quien lo convoca y quien Artículo 37. Funcionamiento Para que la Comisión pueda sesionar, se requiere la asistencia del 75% de sus integrantes. Para cada reunión ordinaria de la Comisión, sus miembros serán citados por el rector o su delegado, con tres días hábiles de anticipación. Las decisiones que tome la Comisión de Evaluación y Promoción deberán ser aprobadas por el 75% de sus miembros presentes. Artículo 38. Reunión extraordinaria. La Comisión de Evaluación y Promoción podrá invitar a sus reuniones con voz y sin voto al educador o educadores implicados en el caso objeto de estudio; al estudiante o estudiantes en situación de desempeño bajo o amplia superación en la obtención de los logros y/o a sus respectivos padres de familia y/o acudiente. De igual manera al Coordinador de Disciplina y al consejero.

CAPITULO VI.

SUPERACION DE DIFICULTADES.CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN. PROMOCION FINAL

Artículo 39. Superación Las superaciones son actividades académicas programadas con el objetivo de retroalimentar los aprendizajes de los estudiantes por dificultades en el alcance de los desempeños durante el desarrollo de cada periodo.

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Al detectar este tipo de situaciones durante el periodo se plantearán por el docente de asignatura quien las entrega por escrito al estudiante para ser desarrollados desde su seguimiento y el acompañamiento de la familia. Son responsabilidad del estudiante, el docente y el padre de familia su cumplimiento como contribución al mejoramiento personal e institucional. Artículo 40. Superaciones finales. Habiéndose cumplido el desarrollo de los cuatro periodos del año lectivo, el estudiante que haya obtenido un desempeño bajo en la evaluación final de una o dos asignaturas, presentará una evaluación de superación (última semana del cuarto periodo), basada en un plan planteado por escrito por el profesor y de acuerdo con las dificultades de aprendizaje del estudiante. Parágrafo El plan de superación final será entregado por escrito al estudiante y padre de familia o acudiente, quienes una vez reciban, serán responsables de su preparación para la superación de las dificultades. También se le garantizara al padre de familia y/o acudiente que los planes de superación estarán listos a partir de la segunda semana del mes de noviembre del año lectivo y el docente estará dispuesto a orientar el debido proceso. Artículo 41. Aprobación de asignaturas Una asignatura se considera aprobada cuando el resultado de la valoración final obtenida del promedio de los cuatro periodos sea igual o superior a tres comas cero (3,0) Artículo 42. Reprobación de grado La reprobación de los estudiantes en el nivel de Educación Básica y Media se produce cuando se presentan uno de las siguientes causales:

1. Estudiantes con valoración final menor a 3,0 en tres o más asignaturas. De acuerdo con el Plan de Estudios definido en la Institución.

2. Estudiantes del grado primero que hayan perdido el área de lengua castellana y/o matemáticas.

3. El estudiante del grado segundo, tercero, cuarto y quinto que repruebe simultáneamente

las áreas de lengua Castellana y matemáticas. Debe tenerse en cuenta: La reprobación de cualquier grado conllevará a que los estudiantes afectados se matriculen en el mismo grado y lo cursen en su totalidad. En el caso de reprobar una o dos asignaturas de un grado al finalizar el año escolar, el estudiante desarrollará actividades de superación planteadas en la segunda semana de noviembre y las sustentará en la última semana del cuarto periodo. Para ser promovido debe aprobar las asignaturas pendientes en la fecha establecida en una sola oportunidad

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Los estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las clases programadas para el año escolar no serán promovidos. Para este caso en particular no aplican los planes de superación. Parágrafo 1: Si el estudiante que ha reprobado una o dos asignaturas, no se presenta en las fechas establecidas por la Institución para las superaciones y no existe justificación médica o por calamidad doméstica comprobada, se considerará reprobado. Parágrafo 2: En el programa Escuela Nueva, no habrá reprobación del año escolar por ser la promoción flexible para esta metodología, pero el estudiante deberá continuar en el mismo grado hasta que logre alcanzar las competencias establecidas, una vez alcanzadas éstas se podrá promover al siguiente grado. Artículo 43. Repetición del grado Si finalizados los procesos de superación y emitido el concepto de la Comisión de Evaluación el estudiante no supera el desempeño bajo en las asignaturas reprobadas, deberá repetir el grado respectivo y la matrícula será renovada en el mismo grado. Parágrafo 1: Los estudiantes que hayan reprobado por segunda vez el año en la institución serán candidatos para gestionar un cambio de ambiente escolar. Artículo 44. Promoción Se asume la promoción como la superación de los desempeños propuestos para el estudiante en el año escolar o ciclo, reconociendo el mérito del desarrollo formativo de su talento humano en los aspectos académico, social, personal, ecológico y axiológico. La metodología de promoción se describe a continuación:

Al finalizar el año lectivo y cumplidas las actividades de superación, la comisión de evaluación y promoción de cada grado se reunirá con sus respectivos miembros y determinarán los casos de estudiantes de promoción o reprobación de año. Se hace la respectiva acta que se entregará en Secretaria Académica. La promoción de los estudiantes en la educación básica y media se hará cuando los estudiantes aprueben todas las asignaturas contempladas en el plan de estudios para cada uno de los grados. Artículo 45. Promoción anticipada. La promoción anticipada del estudiante se efectúa cuando éste demuestra persistentemente la superación de los desempeños previstos para un determinado grado. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. Criterios

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1. Ningún estudiante podrá ser promovido (a) anticipadamente durante dos grados

consecutivos.

2. Se hará dentro del nivel (del grado 1 al 5), (del grado 6 a 9) y (del grado 10 al 11). Con excepción del nivel preescolar a primero.

3. Las notas del primer periodo del año a que se aspira a la promoción anticipada deben ser en cada asignatura con un desempeño igual o superior a 4.5 (Cuatro cinco) de la escala.

Procedimientos

1. El padre de familia solicitará por escrito al Consejo Académico la promoción anticipada de su hijo-a y/o acudido finalizado el primer periodo del año lectivo en curso.

2. El Consejo académico estudia la propuesta o la remite a la comisión de evaluación y

promoción respectiva; si el concepto es positivo se remite al Consejo Directivo.

3. Aprobación del consejo Directivo.

4. El consejo directivo ordena a la secretaria académica hacer los ajustes en el sistema

académico del grado actual y al que se promociona. Las notas del primer periodo del grado

actual se repiten en el primer periodo del grado a que llegan.

5. El Consejo Directivo comunica por escrito al padre de familia, quien debe acercarse a

secretaría académica a actualizar los registros.

6. Los padres de familia o acudientes del (la) estudiante aspirante aceptan y asumen los

compromisos de la promoción anticipada derivados de la misma.

Artículo 46. Graduación. Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de bachiller académico cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por la institución en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias

CAPITULO VII

INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES

Artículo 47. Conducto regular La Institución Educativa maneja las siguientes instancias a la cuales se puede dirigir el padre de familia o el estudiante siguiendo el conducto regular cuando no se sienta satisfecho con la valoración realizada por los docentes:

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- El docente del grado o titular de la asignatura - El orientador de curso. - La Coordinación. - La comisión de Evaluación y promoción. - El Consejo Académico.

Rectoría - El Consejo Directivo.

Artículo 48. Procedimientos

a. La Institución recibirá todas las reclamaciones de padres de familia o estudiantes con relación a los procesos de evaluación en los horarios previamente establecidos y fijados publicados.

b. Las reclamaciones deben hacerse por escrito a la Instancia correspondiente, en un tiempo determinado no superior a 8 días calendario después de realizada la evaluación.

c. En caso de no haber respuesta a una reclamación por parte de una Instancia, dicha reclamación pasara a la Instancia superior.

CAPITULO VIII

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE LA EVALUACIÓN DE LOS

ESTUDIANTES

Artículo 49. La comunidad participara del proceso de construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes a través de sus representantes, así: Padres de familia a través del consejo de padres, estudiantes a través del Consejo de estudiantes y el personero, docentes a través del Consejo académico, y la comunidad en general a través de sus representantes al Consejo Directivo. Artículo 50. Seguimiento, revisión y ajustes al sistema institucional de evaluación de estudiantes. Durante los años lectivos se establecerá un monitoreo o seguimiento permanente al Sistema Institucional de Evaluación que servirá de referencia y análisis para establecer acciones correctivas y de mejora.

ARTICULO 2º. Las actualizaciones realizadas deben hacer parte del nuevo documento del PEI que hará parte de la documentación de la Institución Educativa Municipal José Eustasio Rivera, de Pitalito Huila.

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ARTICULO 3°. Copia del documento del SIEE actualizado se debe enviar a cada una de las sedes educativas de la Institución ARTICULO 4°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bruselas, Pitalito Huila, en la Institución Educativa Municipal José Eustasio

Rivera, a los 20 días del mes de abril de 2018.

JORGE EDER CAICEDO ÁLVAREZ HERNÁN DARÍO GONZALEZ TRUJILLO Rector Secretario Consejo Directivo