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Julio de 2010
ANALISIS FINANCIERO
• Su objetivo es aportar información necesaria para evaluar la rentabilidad y definir estrategia de obtención de recursos para implementar el proyecto.
• Es fundamental determinar las necesidades de capital de trabajo y proyectar el flujo de efectivo.
ANALISIS FINANCIERO
• El CAPITAL DE TRABAJO es el recurso que requiere la empresa para operar en condiciones normales; generalmente se obtiene de los cuadros donde se proyectaron los ingresos por venta y los costos.
• El FLUJO DE EFECTIVO es muy útil para observar el comportamiento de la empresa, exclusivamente en términos monetarios, mes a mes. Aquí se incluye los efectos de los financiamiento y su amortización.
COSTOS DE PRODUCCION MAIZ
COSTOS DE PRODUCCION LECHE
DETERMINACION DE CAPITAL DE TRABAJO
LA NECESIDAD DE CAPITAL DE TRABAJO ES EL SALDO
ACUMULADO MAS NEGATIVO
NOTA: DATOS REFERENCIADOS A 1 HA DE MAIZ
FLUJO DE EFECTIVO
MINISTRACION DEL CREDITO DE AVIO
PAGO DEL CAPITAL MAS LOS INTERESES
GENERADOS
NOTA: DATOS REFERENCIADOS A 1 HA DE MAIZ
MINISTRACION Y VENCIMIENTO
NOTA: DATOS REFERENCIADOS A 1 HA DE MAIZ
CONTRATACION IF-ACREDITADO
• El Intermediario Financiero que otorga financiamiento con fondeo de FIRA, está obligado a celebrar con sus acreditados los respectivos contratos de crédito de acuerdo a las disposiciones legales aplicables.
• FIRA podrá autorizar al Intermediario Financiero que algunas operacioness se formalicen a través de la suscripción de títulos de crédito por parte de sus acreditados conforme a los términos y condiciones que FIRA le autorice para tal efecto, cumpliendo con las formalidades que establece la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y demás legislación aplicable.
• El Intermediario Financiero participante podrá recabar pagarés de sus acreditados para respaldar los financiamientos que otorgue.
• Si el Intermediario Financiero no recaba pagarés de sus acreditados, se obliga a ceder a favor del FIDUCIARIO, los derechos de los contratos mediante los cuales formalice las operaciones que celebre con sus acreditados, en la proporción de los recursos provenientes del descuento y en caso de préstamos prendarios, a ceder a favor del propio FIDUCIARIO, los derechos del bono de prenda y/o del certificado de depósito que amparen los bienes pignorados.
PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL ACREDITADO
• Acceso al personal del Intermediario Financiero, del FIDUCIARIO y de las Entidades Financieras Nacionales e Internacionales.
– Es obligación de los acreditados permitir el acceso a sus empresas del personal interno o externo del Intermediario Financiero, del FIDUCIARIO, y/o de los representantes de cualquier Intermediario Financiero u organismo internacional o nacional que haya intervenido en el financiamiento, así como de proporcionarles información de la contabilidad, los documentos y datos que les soliciten en relación con la aplicación de los créditos que el Intermediario Financiero les haya otorgado y con la ejecución de los proyectos y programas respectivos.
• Intereses sobre financiamientos adicionales. – Cuando el Intermediario Financiero otorgue financiamientos adicionales, pactará que los
concede a solicitud del propio acreditado y que dichos financiamientos adicionales causarán intereses a la misma tasa y periodicidad de pago que el préstamo original.
• Intereses moratorios y penas convencionales. – El Intermediario Financiero pactará con sus acreditados intereses moratorios y penas
convencionales, cuando dichos acreditados incumplan cualquiera de las obligaciones establecidas en los contratos que celebren con él, conforme a los lineamientos y políticas del Intermediario Financiero.
• Negociación de títulos. – La facultad del Intermediario Financiero para negociar con el FIDUCIARIO los contratos o
títulos de crédito derivados de los financiamientos que otorgue, aún antes de su vencimiento.
• Protección Ecológica. – Es obligación de los acreditados, manejar racionalmente los recursos naturales y preservar
el medio ambiente, acatando las medidas y acciones dictadas por las autoridades competentes.
• Denuncia. – Es facultad del Intermediario Financiero denunciar o rescindir el contrato, en su caso con el
consecuente derecho a la recuperación anticipada de los créditos ejercidos, y cobrar a los acreditados una pena convencional en los casos siguientes:
– I. Cuando los acreditados dejen de invertir total o parcialmente el importe de dichos créditos en los conceptos pactados en los planes de inversión.
– II. Cuando los acreditados no efectúen totalmente las inversiones correspondientes a la aportación.
– III. Cuando los acreditados incumplan sus obligaciones de pago.
– IV. Cuando el acreditado incumpla cualquier otra obligación contractual.
PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL ACREDITADO
• Asistencia técnica • Seguro agrícola y/o ganadero • Coberturas de precios. • Contratos de comercialización. • Agricultura por contrato • Fondos de aseguramiento • Cobertura de tasas de interés • Seguro de crédito • Fondos de garantía mutuales
MECANISMOS DE ADMINISTRACION DEL RIESGO