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Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica DE-346-2019 Informe Presupuesto Ordinario 2020 Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Noviembre 2019

Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico ... JAPDEVA PO 202… · “Artículo 1°- Se crea la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la

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Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la

Vertiente Atlántica

DE-346-2019

Informe Presupuesto Ordinario 2020

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Noviembre 2019

DE-346-2019 JAPDEVA: Presupuesto Ordinario 2020

ÍNDICE GENERAL RESUMEN EJECUTIVO................................................................................................................. 1

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................... 2

CAPÍTULO I: ANÁLISIS PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2020 .............................................. 3

1.1. Descripción General de la Entidad ...................................................................................... 3

1.2. Análisis de los Ingresos....................................................................................................... 4

1.3. Análisis de los Gastos ......................................................................................................... 9

1.4. Empleo y Salarios ............................................................................................................. 13

1.5. Programación Estratégica Institucional-Presupuestaria 2020 ............................................ 18

CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DIRECTRICES ................................... 20

CAPÍTULO III: DISPOSICIONES .................................................................................................. 23

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................ 25

ÍNDICE DE CUADROS Cuadro 1. JAPDEVA. Detalle de Ingresos, Presupuesto Ordinario 2020 ........................................ 5

Cuadro 2. JAPDEVA. Ingresos Presupuestados 2016-2020 ........................................................... 8

Cuadro 3. JAPDEVA. Estructura de Egresos, Presupuesto Ordinario 2020 ................................... 9

Cuadro 4. JAPDEVA. Gastos Presupuestados 2016-2020 ........................................................... 10

Cuadro 5. JAPDEVA. Tasa de variación Gastos Presupuestados 2016-2020 .............................. 11

Cuadro 6. JAPDEVA. Remuneraciones Presupuestadas 2016-2020 ........................................... 12

Cuadro 7. JAPDEVA. Egresos Presupuestados 2016-2020 y Efectivos por Partida 2016-2019 ... 13

Cuadro 8. JAPDEVA Traslados Horizontales 2019....................................................................... 13

Cuadro 9. JAPDEVA. Incentivos Salariales de la Convención Colectiva ...................................... 15

Cuadro 10. JAPDEVA. Productos y Metas, Programa Administración Portuaria .......................... 18

Cuadro 11. JAPDEVA. Productos y Metas, Programa Administración de Desarrollo .................... 19

ÍNDICE DE ILUSTRACIONES Ilustración 1. JAPDEVA. Presupuesto Ordinario 2020 .................................................................... 6

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RESUMEN EJECUTIVO El Presupuesto Ordinario 2020 asciende a ¢14.891,0 millones, decreciendo en un 72,1% con respecto al Presupuesto Modificado del 2019 -¢53.393,3 millones-, producto de la disminución en los ingresos corrientes –específicamente la venta de servicios portuarios- por la entrada en operación de la Terminal de Contenedores Moín (TCM). Con base en lo anterior, los ingresos corrientes constituyen el 98,7% (¢14.700,0 millones) y los recursos de financiamiento ─superávit libre y específico─ un 1,3% (¢191,0 millones). Los ingresos corrientes presentan una disminución de 66,1% con respecto a los presupuestados en el 2019, sin embargo estos continúan siendo la fuente que genera la mayor cantidad de ingresos a través de la Venta de Bienes y Servicios Portuarios. En cuanto a los egresos la participación relativa más significativa continúa siendo Remuneraciones con 58,4%, seguido de Servicios 18,7% y Transferencias Corrientes 11,0%; Materiales y Suministros, Activos Financieros, Bienes Duraderos y Transferencias de Capital, conforman el 11,9% restante. La relación de puestos de JAPDEVA, muestra 305 plazas por cargos fijos, cantidad que no coincide con las plazas autorizadas para el 2019 (1.395 plazas), lo anterior como proyección de las plazas que serán eliminadas o trasladadas producto del proceso de transformación y modernización de JAPDEVA con la entrada de la TCM en febrero del presente año; esta empresa no tiene jornales ni servicios especiales, pero si registra 3 puestos de confianza subalternos –Asesor Profesional, Asistente Administrativo y Asistente Profesional. Asimismo, cuenta con un Presidente Ejecutivo, un Gerente General y Auditor General y Subauditor. En la Matriz de Articulación Plan-Presupuesto (MAPP), incluyen la totalidad de los recursos del Presupuesto Ordinario, por cuanto la institución incorpora la programación de los 2 programas sustantivos y el de Administración Superior.

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INTRODUCCIÓN De conformidad con lo establecido en los artículos 4, 23, 24 y 57 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N° 8131 y el artículo 20 inciso k) de su Reglamento, le corresponde a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria dictaminar los documentos presupuestarios remitidos por las entidades y órganos desconcentrados, para verificar el cumplimiento de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento. Por lo que el objetivo general de este documento es realizar un análisis del presupuesto presentado por la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa que le compete a la Autoridad Presupuestaria y su Secretaría Técnica, así como su vinculación con la programación estratégica en el Plan Operativo Institucional. El análisis consta de tres capítulos: En el Capítulo I, se presenta un contexto general de la entidad, mencionando aspectos como su naturaleza jurídica, estructura presupuestaria por programa y productos o servicios que brindan a la ciudadanía. Además, contiene un análisis de la estructura y comportamiento histórico de los ingresos y los gastos durante el período 2016-2020, un detalle de lo relacionado con el empleo y los salarios, así como un análisis del Plan Operativo Institucional 2020 y los recursos asignados para el respectivo cumplimiento en la MAPP. En el Capítulo II, se realiza una verificación del cumplimiento de las Directrices, los Procedimientos y demás normativa vigente, destacando en el presupuesto ordinario lo concerniente a los gastos, ingresos, cantidad de plazas presupuestadas, los salarios y pluses incluidos. Se concluye con el capítulo III, con los requerimientos que la institución debe justificar, aclarar o remitir del análisis efectuado y los ajustes que deberá atender producto de los incumplimientos encontrados en las Directrices, los Procedimientos y demás normativa vigente. Este estudio se fundamenta principalmente en la revisión documental, investigación y análisis de los ingresos y gastos presupuestados 2020 (estructura y comportamiento), con relación a los ingresos y gastos efectivos del periodo 2016-2018 y 2019 (estimado) y la verificación del cumplimiento de las Directrices, los procedimientos y demás normativa vigente. Para el proceso de análisis, se utilizan fuentes de información primaria, documentadas en el Presupuesto Ordinario 2020, los informes de ejecución y liquidación presupuestaria y demás documentos remitidos por la institución. También se hace uso de fuentes secundarias de información, como la Ley del Presupuesto de la República; sistemas de datos existentes tales como el Sistema de Consolidación de Cifras del Sector Público (SICCNET) y el Sistema Integrado de Presupuestos Públicos de la Contraloría General de la República (SIPP), página web de la CGR de la Dirección General de Servicio Civil, Ministerio de Hacienda, consultas electrónicas, entre otros.

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CAPÍTULO I: ANÁLISIS PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2020

1.1. Descripción General de la Entidad La Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económica de la Vertiente Atlántica, denominada JAPDEVA, fue creada mediante la Ley Nº 3091 del 18 de febrero de 1963, la cual fue reformada en la Ley Nº.5337 del 9 de agosto de 1973. Con la publicación de la Ley No. 9764 denominada “Transformación de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica (JAPDEVA) y protección de sus personas trabajadoras”, en el Alcance No 225 a La Gaceta No. 197 del jueves 17 de octubre del 2019, se reforman los artículos 1, 8, 17, 18 y 27 de la Ley Nº. 3091.

“Artículo 1°- Se crea la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, en adelante denominada Japdeva, como ente autónomo del Estado, con carácter de empresa de utilidad pública, que asumirá las prerrogativas y funciones de Autoridad Portuaria; se encargará de construir, administrar, operar, subcontratar, concesionar y realizar cualquier otro mecanismo financiero que la normativa nacional permita, para desarrollar los servicios portuarios, su propia gestión administrativa y las inversiones, construcciones y mejoras, en los puertos marítimos y fluviales de la Vertiente Atlántica, con la salvedad de los que operen al amparo del inciso h) del artículo 6° de esta ley. Administrará y coordinará con cualquier órgano de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, para la canalización del Atlántico y las tierras y bienes que esta misma ley le otorga. (…)”

Asimismo en el Artículo 19 de la Ley No. 9764 - se adicionan los artículos 5 bis y 22 bis a la Ley N. º 3091 citada, como se detallan seguidamente:

“Artículo 5º bis- Japdeva tendrá dentro de sus competencias: a) Suscribir alianzas estratégicas y cualquier otra forma de asociación empresarial dentro o fuera del país, con entes o empresas que desarrollen actividades de inversión de capital, comerciales, de investigación, desarrollo tecnológico, prestación de servicios y otras relacionadas con las actividades de Japdeva. Los términos y las condiciones generales de las alianzas se definirán reglamentariamente. Las disposiciones del párrafo anterior no podrán generar prácticas monopolísticas absolutas o relativas de conformidad con la legislación vigente. b) Vender en el mercado nacional e internacional, directa o indirectamente, servicios de asesoramiento, consultoría, capacitación y cualquier otro producto o servicio afín a sus competencias. Los precios de estos productos y servicios serán determinados libremente por Japdeva, según sea el caso, de conformidad con el plan estratégico de la institución. Podrá vender estos servicios y productos, siempre que dicha venta no impida el cumplimiento oportuno de los objetivos institucionales (…)”.

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La estructura presupuestaria de la Junta está constituida por 3 programas presupuestarios:

Administración Superior:

Este programa tiene como propósito realizar una eficiente gestión administrativa y financiera, para dar apoyo logístico a los 2 programas sustantivos Para el 2020, se asignan ¢3.152,2 millones del presupuesto total.

Administración Portuaria:

Con una asignación de ¢10.078,0 millones para el año 2020, este programa debe servir de plataforma logística al comercio exterior del país, ejecutar las inversiones en infraestructura y equipos de acuerdo con el Plan Maestro de Desarrollo Portuario (PMDP), brindar los servicios portuarios a todas las naves mercantes y pasajeras que arriben al Complejo Portuario de Limón Moín. Además de garantizar la protección y la seguridad de los puertos según la normativa del Código de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias y las normas de control ambiental, velar por el mantenimiento de las instalaciones y equipos portuarios y procurar la eficiente dotación de bienes y servicios, recurso humano y recursos tecnológicos para el logro de las metas institucionales.

Administración Desarrollo

Para el 2020, se asignan ¢1.660,9 millones. Este programa fue creado para promover el desarrollo regional en forma integral, rápida y eficiente en busca del bienestar de la población de la provincia de Limón y la competitividad de la región y administrar el Sistema de Canales del Norte y Tierras Patrimonio de JAPDEVA.

1.2. Análisis de los Ingresos Previo a realizar el análisis que corresponde, es importante señalar que con la entrada en operaciones de la Terminal de Contenedores de Moín (TCM), en el mes de febrero del 2019, JAPDEVA disminuye dramáticamente sus ingresos por servicios portuarios que acostumbraba a brindar a las naves portacontenedores, lo anterior, ha provocado que se generen estadísticas atípicas (a la baja) en los registros de las unidades de servicios que atienden. Cabe señalar, que en vista de la drástica disminución de sus ingresos, el Gobierno Central ha tenido que incorporar en su Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2019, Transferencias Corrientes provenientes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que JAPDEVA financie gastos como remuneraciones y aquellos asociados en el proceso de modernización y trasformación de esa institución. Lo anterior, explica la variación descendiente del 72,1% del presupuesto del 2020 de JAPDEVA, con relación al modificado del 2019, que se reflejará en el análisis de este apartado.

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Los ingresos proyectados por JAPDEVA en el presupuesto ordinario para el periodo 2020 ascienden a ¢14.891,0 millones, donde los ingresos corrientes constituyen el 98,7% (¢14.700,0 millones) y los recursos de financiamiento un 1,3% (¢191,0 millones), como se detalla a continuación:

Cuadro 1. JAPDEVA. Detalle de Ingresos, Presupuesto Ordinario 2020

(En millones de colones y porcentajes)

1.0.0.0.00.00.0.0.000 - INGRESOS CORRIENTES 14.700,0 98,7%

1.3.0.0.00.00.0.0.000 - INGRESOS NO TRIBUTARIOS 14.700,0 98,7%

1.3.1.0.00.00.0.0.000 - Venta de Bienes y Servicios 14.700,0 98,7%

1.3.1.1.00.00.0.0.000 - Venta de Bienes 729,3 4,9%

1.3.1.2.00.00.0.0.000 - Venta de Servicios 11.993,0 80,5%

1.3.1.3.00.00.0.0.000 - Derechos Administrativos 1.977,7 13,3%

3.0.0.0.00.00.0.0.000 - FINANCIAMIENTO 191,0 1,3%

3.3.0.0.00.00.0.0.000 - RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES 191,0 1,3%

3.3.1.0.00.00.0.0.000 - Superávit Libre 35,0 0,2%

3.3.2.0.00.00.0.0.000 - Superávit Especifico 156,0 1,0%

TOTAL DE INGRESOS 14.891,0 100,0%

Fuente: STAP, con información suministrada por JAPDEVA, (2020).

Para el año 2020, JAPDEVA estima sus ingresos corrientes considerando la entrada en operación de la nueva Terminal de Contenedores de Moín (TCM) - terminal especializada para atender los barcos portacontenedores –Fully– Cellular Container Ships, destinados a la importación y exportación de carga hacia y desde el Caribe de Costa Rica-.

Sobre el tema, JAPDEVA informa que por instrucciones superiores del Ministerio de Obras Públicas y Transportes a partir del 28 de febrero 2019, se ordenó el traslado de todos los buques portacontenedores a la nueva terminal, afectando aquellos servicios portuarios que brindaba JAPDEVA relacionados con la atención a los buques portacontenedores. Como ejemplo citan la disminución de atención buques de un 62% y un 66% en noviembre y diciembre 2018 respectivamente, de un 54% en enero y del 38% en febrero del 2019; en el caso del servicio de carga y descarga de contenedores, se registraron de menos en el 2019 con respecto al 2018, 33% en febrero, 61% en marzo, 53% en abril, 95% mayo, 70% junio y 51% julio. Como consecuencia, todos los restantes servicios y bienes asociados a la atención de naves se afectaron por cuanto la demanda era mucho menor.

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Con base en lo anterior, JAPDEVA estima los Ingresos Corrientes en ¢14.700,0 millones, conformados únicamente por la Venta de Bienes y Servicios. De dichos ingresos se destaca la venta de Servicios de Transporte, los cuales ascienden a ¢11.346,8 millones, que a pesar de la disminución de su demanda continúan generando la mayor cantidad de recursos a través de los servicios que presta a los diferentes usuarios que atiende, tales como el servicios de movimiento de contenedores y furgones, de remolcador, así como servicio de almacenaje, los cuales sumados representan el 58,0% de los ingresos totales por la Venta de Bienes y Servicios. A continuación el detalle de los ingresos por la Venta de Bienes y Servicios:

Ilustración 1. JAPDEVA. Presupuesto Ordinario 2020

Detalle de Ingresos por Venta de Bienes y Servicios (Porcentajes)

Fuente: STAP, con información suministrada por JAPDEVA, (2020)

Es importante señalar, que los ingresos de los servicios que brinda JAPDEVA en las Terminales Hernán Garrón Salazar (Limón) y Gastón Kogan Kogan (Moín), se deben estimar de acuerdo con las tarifas portuarias y marítimas, según lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Ley No. 5337, denominada Reforma Integral a Ley Orgánica de JAPDEVA.

0,2%

4,8%

24,4%

1,2%

9,3%

14,0%

0,9% 0,0%

7,3%

20,1%

4,4%

0,0% 1,9% 2,7%

5,4%

0,0%

10,0%

20,0%

30,0%

40,0%

50,0%

60,0%

70,0%

80,0%

90,0%

100,0%

Venta de

Bienes 5%

Venta de Servicios 81,6% Derechos Administrativos

13,4%

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“Artículo 29-.JAPDEVA establecerá las tarifas portuarias y ferroviarias cuya aprobación final corresponde al organismo competente. Si éste no las objeta dentro de un plazo de sesenta días, a partir de su recepción, las regulaciones se considerarán aprobadas”.

“Artículo 30-. Las tarifas portuarias deberán establecerse para cada facilidad y servicio suministrado por el puesto y deberán ser razonablemente basadas en el costo de proporcionarlas y proveer a JAPDEVA con suficientes ingresos para atender sus obligaciones y planes de desarrollo”.

La empresa indica que estas tarifas fueron aprobadas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) mediante la Resolución No. 780-RCR-2012, publicada en el Alcance Digital No. 38 a La Gaceta No. 63 del 28 de marzo de 2012, dichas tarifas fueron reafirmadas con la Resolución No. 893-RCR-2012 del 19 de julio de 2012. Asimismo, se tiene la RRG-3223-2003 del 9 de octubre del 2003, mediante la cual se autorizan los ajustes tarifarios para los servicios portuarios/marítimos. Adicionalmente, el comportamiento de la economía nacional, el tipo de cambio y los efectos climatológicos, tienen incidencia en la estimación de la demanda de servicios portuarios, en cuanto a la cantidad de arribo de los barcos, el tonelaje de registro bruto, estadía, eslora1/naves, cantidad de tonelajes de las exportaciones e importaciones.

El artículo 31 de la citada Ley No. 5337, establece lo señalado a continuación:

“JAPDEVA destinará cinco colones por tonelada métrica de la carga general de importación exceptuando productos de petróleo que se manejen por sus puertos, a los siguientes fines: de la referida suma se invertirán dos colones a través de los municipios de la provincia de Limón y se girarán en mensualidades de acuerdo con el plan de desarrollo regional de la misma. Los otros tres colones se destinarán para financiar los planes de desarrollo de la zona de la canalización del Atlántico.”

Por otra parte, los recursos estimados por concepto de Financiamiento por un monto de ¢191,0 millones, lo conforma ¢35,0 millones de superávit libre y ¢156,0 millones de superávit específico. El superávit libre financia los gastos asociados al pago de Préstamos al Sector Privado, específicamente para el pago de becas a estudiantes que no son funcionarios de JAPDEVA, por lo que no contraviene lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Ejecutivo No.32452-H “Lineamientos para la aplicación del artículo 6º de la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos” y sus reformas, donde se establecen las regulaciones para el uso del superávit. No obstante, se reitera que es responsabilidad de la institución determinar que dichos gastos no tengan carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo. En cuanto al superávit específico, la institución incorpora en su programa de Administración de Desarrollo, fondos de CORBANA por ¢25,0 millones y ¢131,0 millones por fondos INDER, ambos para el mantenimiento de los Canales del Norte.

1 La eslora es la dimensión de un barco tomada a su largo, desde la proa hasta la popa.

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En relación con el comportamiento de los ingresos presupuestados por JAPDEVA durante el periodo 2016-2020, se ha logrado determinar que los ingresos corrientes han constituido la mayor fuente de ingresos, no obstante la participación relativa de los ingresos por superávit, presenta comportamientos variables. Seguidamente se presenta el histórico de los ingresos presupuestados:

Cuadro 2. JAPDEVA. Ingresos Presupuestados 2016-2020 (En millones de colones y Porcentajes)

Ingresos Presupuestados Tasa de Variación Ingresos

Presupuestados

2016 2017 2018 2019 2020 2017 2016

2018 2017

2019 2018

2020 2019

Ingresos Corrientes 42.909,1 47.310,0 55.224,4 43.315,5 14.700,0 10,3% 16,7% -21,6% -66,1%

Ingresos No Tributarios 42.909,1 47.310,0 55.224,4 37.562,6 14.700,0 10,3% 16,7% -32,0% -60,9%

Venta De Bienes y Servicios 42.709,1 47.210,0 55.124,4 37.532,6 14.700,0 10,5% 16,8% -31,9% -60,8%

Venta De Bienes 14,3 112,9 132,8 17,7 729,3 691,3% 17,6% -86,7% 4023,1%

Venta De Servicios 36.010,3 37.790,2 45.445,2 29.539,6 11.993,0 4,9% 20,3% -35,0% -59,4%

Derechos Administrativ0s 6.684,5 9.306,8 9.546,4 7.975,3 1.977,7 39,2% 2,6% -16,5% -75,2%

Ingresos de la Propiedad 100,0 100,0 100,0 30,0 ,0 0,0% 0,0% -70,0% -100,0%

Renta de Activos Financieros 100,0 100,0 100,0 30,0 ,0 0,0% 0,0% -70,0% -100,0%

Otros Ingresos No Tributarios 100,0 ,0 ,0 ,0 ,0 -100,0% 0,0% 0,0% 0,0%

Ingresos Varios No Especificados 100,0 ,0 ,0 ,0 ,0 -100,0% 0,0% 0,0% 0,0%

Transferencias Corrientes Del Sector Publico ,0 ,0 ,0 5.752,9 ,0 0,0% 0,0% 0,0% -100,0%

Transferencias Corrientes Del Gobierno Central ,0 ,0 ,0 5.752,9 ,0 0,0% 0,0% 0,0% -100,0%

Ingresos De Capital 94,7 372,3 400,0 125,9 ,0 293,1% 7,4% -68,5% -100,0%

Transferencias De Capital 94,7 372,3 400,0 125,9 ,0 293,1% 7,4% -68,5% -100,0%

Transf Capital Sector Publico 94,7 372,3 400,0 125,9 ,0 293,1% 7,4% -68,5% -100,0%

Transf. Capital De Instituciones Descentralizadas No Emp. 69,7 372,3 400,0 ,0 ,0 434,1% 7,4%

-100,0

% 0,0%

Transf. Capital Empresas Publicas No Financieras 25,0 125,9 ,0 -100,0% 0,0% 0,0% -100,0%

Financiamiento 18.916,1 17.308,2 9.505,0 9.952,4 191,0 -8,5% -45,1% 4,7% -98,1%

Recursos de Vigencias Ant. 18.916,1 17.308,2 9.505,0 9.952,4 191,0 -8,5% -45,1% 4,7% -98,1%

Superávit Libre 2.983,5 3.265,3 5.481,5 8.188,7 35,0 9,4% 67,9% 49,4% -99,6%

Superávit Específico 15.932,6 14.042,9 4.023,5 1.763,7 156,0 -11,9% -71,3% -56,2% -91,2%

TOTAL DE INGRESOS 61.919,9 64.990,4 65.129,4 53.393,8 14.891,0 5,0% 0,2% -18,0% -72,1%

Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República (SIPP), correspondiente a los periodos 2016-2020

De la tabla anterior se desprende que, durante los periodos 2017/2016 y 2018/2017 los ingresos presupuestados, no han mostrado variaciones que superen el 5%, a diferencia de los periodos 2019/2018 y 2020/2019, donde los ingresos totales decrecen en un 18,0% y 72,1% respectivamente y los corrientes en un 21,6% y 66,1% respectivamente; lo anterior, como consecuencia de la entrada en operación de la Terminal de Contenedores de Moín. Asimismo,

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se refleja una variación decreciente en los ingresos de capital de 68,5% en el 2019 y del 100% en el 2020 y del superávit un leve aumento de 4,7% en el 2019 y una disminución de 98,1% en el 2020, por cuanto la mayoría se presupuestó en el 2019. Finalmente, en cuanto a los montos de ingresos efectivos, con relación a los presupuestados, se observa que el porcentaje adicional de lo presupuestado en el 2016 fue de un 4,3%; en el 2017 de 5,0%, mientras que en el 2018 se recibió de menos 9,2% y 2019 –estimado- un 6,5%.

1.3. Análisis de los Gastos Con la entrada en operación de la TCM, JAPDEVA necesitó ajustar descendentemente sus egresos proyectados en el presupuesto ordinario del 2020, por la suma de ¢14.981,0 millones, donde la participación relativa más significativa continúa siendo Remuneraciones con 58,4%, seguido de Servicios 18,7% y Transferencias Corrientes 11,0%; Materiales y Suministros, Activos Financieros, Bienes Duraderos y Transferencias de Capital, conforman el 11,9% restante. El porcentaje de participación de los 2 programas sustantivos es de 78,9%, el restante 21,1% pertenece al programa de apoyo. En el siguiente cuadro se puede observar la composición de los gastos por partida presupuestaria, a nivel general y de programa, de acuerdo con la estructura programática vigente, así como la participación numérica y porcentual.

Cuadro 3. JAPDEVA. Estructura de Egresos, Presupuesto Ordinario 2020

(En millones de colones y porcentajes)

TOTAL Adm. Superior Adm. Portuaria Adm. Desarrollo

Partidas de Gastos

Monto % Monto % Monto % Monto %

14.891,0 100,0% 3.152,2 21,1% 10.078,0 67,7% 1.660,9 11,2%

0. Remuneraciones 8.698,7 58,4% 2.461,8 28,3% 5.518,5 63,4% 718,3 8,3%

1. Servicios 2.789,3 18,7% 215,5 7,7% 2.292,2 82,2% 281,6 10,1%

2. Materiales y Suministros 1.367,0 9,2% 138,0 10,1% 1.050,0 76,8% 179,0 13,1%

4. Activos Financieros 35,0 0,2% 0,0 0,0% 0,0 0,0% 35,0 100,0%

5. Bienes Duraderos 358,0 2,4% 11,0 3,1% 166,0 46,4% 181,0 50,6%

6. Transferencias Corrientes 1.634,3 11,0% 325,8 19,9% 1.048,5 64,2% 260,0 15,9%

7. Transferencias Capital 8,8 0,1% 0,0 0,0% 2,8 31,4% 6,0 68,6%

Fuente: STAP, con información suministrada por JAPDEVA, (2020).

La partida de Remuneraciones continúa siendo también para el 2020, el gasto que tiene la mayor asignación de recursos, porque además de cubrir el pago de los salarios de las 305 plazas por cargos fijos, se cubren los incentivos salariales –Convención Colectiva en renegociación–, cuyo costo asciende a ¢3.684,5 millones; este monto asignado supera en 59% el gasto de Remuneraciones básicas, en un 32% la totalidad de la partida de Servicios –¢2.789,3 millones– y duplica los recursos asignados de las Transferencias Corrientes y Materiales y Suministros. La partida de Servicios se constituye en la segunda, con mayor asignación de recursos, tres de las subpartidas que demandan mayor necesidad de financiamiento son Alquiler de Maquinaria, Equipo y Mobiliario –¢810,0 millones–, Seguros –¢780,0 millones– y Servicios de Energía Eléctrica–¢145,0 millones–, las cuales sumadas contienen el 62,0% de la partida de

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Servicios, por cuanto se presupuestan los gastos para el pago de prima de seguros de daños (directo y responsabilidad civil), a las instalaciones, maquinaria y equipo, derechos de circulación de la flotilla vehicular y sufragar el costo de la prima de la Póliza de Riesgos del Trabajo Nº 8200008 o riesgos profesionales. Administración de Desarrollo, incorpora la suma de ¢100 millones, para el pago de la póliza de riesgos del trabajo, además los derechos de circulación de los vehículos livianos y la maquinaria pesada y los seguros de las pólizas contra incendio de las edificaciones de su Plantel. La partida de Transferencias Corrientes, es la tercera con mayor asignación presupuestaria, destacándose los gastos de “Prestaciones”, “Indemnizaciones” y “Otras prestaciones”, con un 6,0%, 2,4 % y 2,6% de los recursos asignados al presupuesto total. Explica la institución que se prevé el pago de indemnizaciones por sentencias juicios laborales- exfuncionarios y otras indemnizaciones civiles, así como las prestaciones legales a los trabajadores de la institución que se acojan a la pensión por vejez que les otorga la CCSS o que se amparan al artículo 61 de la Convención Colectiva, con motivo del cese de sus funciones por despido con responsabilidad patronal, renuncia o fallecimiento o pensión. Asimismo, otras prestaciones representan las ayudas económicas que se brindan a funcionarios y familiares para la compra de aparatos ortopédicos, antejos, subsidio por muerte, así dispuestos en la Convención Colectiva vigente. En el cuadro 4 se muestran los gastos presupuestados durante el periodo de estudio:

Cuadro 4. JAPDEVA. Gastos Presupuestados 2016-2020

(En millones de colones y porcentajes)

Gastos Presupuestado

Participación Relativa Gastos Presupuestados

2016 2017 2018 2019 2020 2016 2017 2018 2019 2020

Remuneraciones 31.167,1 32.495,0 33.708,8 34.245,7 8.698,7 50,3% 50,0% 51,8% 64,1% 58,4%

Servicios 6.303,0 8.026,2 11.165,8 5.184,6 2.789,3 10,2% 12,3% 17,1% 9,7% 18,7%

Materiales y Suministros 3.074,9 2.920,3 3.575,2 2.137,3 1.367,0 5,0% 4,5% 5,5% 4,0% 9,2%

Intereses y Comisiones 120,0 62,0 0,0 185,0 0,0 0,2% 0,1% 0,0% 0,3% 0,0%

Activos Financieros 1,9 10,7 70,0 50,0 35,0 0,0% 0,0% 0,1% 0,1% 0,2%

Bienes Duraderos 17.874,5 17.360,6 6.713,5 2.690,5 358,0 28,9% 26,7% 10,3% 5,0% 2,4%

Transf. Corrientes 2.560,9 3.579,5 9.712,8 8.541,5 1.634,3 4,1% 5,5% 14,9% 16,0% 11,0%

Transf. De Capital 11,0 13,7 11,5 8,8 8,8 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,1%

Amortización 795,0 512,0 120,0 350,0 0,0 1,3% 0,8% 0,2% 0,7% 0,0%

Cuentas Especiales 11,6 10,4 51,9 0,0 0,0 0,0% 0,0% 0,1% 0,0% 0,0%

TOTAL DE GASTOS 61.919,9 64.990,4 65.129,4 53.393,3 14.891,0 100,0% 100,0% 100,0% 100,0% 100,0%

Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República (SIPP), correspondiente a los periodos 2016-2020.

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En cuanto a la participación relativa, se observa que Remuneraciones es el gasto que ocupa la mayor asignación de recursos en todos los años, superando más del 50% del monto total del presupuesto, Servicios se ha mantenido relativamente estable, su menor porcentaje de participación fue en el 2019 con un 9,7% y el más alto en el 2020 con 18,7%; Bienes Duraderos obtuvo una mayor participación durante el periodo 2016-2018 con un 22,0% en promedio, producto de la adquisición de las grúas Post-Panamax para el Muelle de Moín; sin embargo, para los años 2019 y 2020, la asignación presupuestaria para dicha subpartida es de 5% y 2,4%, respectivamente. La participación relativa en las Transferencias Corrientes, es variable considerando que JAPDEVA está en proceso de una reestructuración de aproximadamente 1.100 puestos, debido a la entrada en funcionamiento de la Terminal de Contendores de Moín, con la empresa APM Terminals S.A en el 2019. La institución presupuesta en “Transferencia de Capital a Gobiernos Locales”, los recursos correspondientes a ¢8,8 millones, según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley No. 5337, relacionado con los ingresos que deben ser transferidos a los municipios de la provincia de Limón, por concepto de los dos colones por tonelada métrica de la carga general de importación exceptuando los productos de petróleo. A continuación se muestra el cuadro de las tasa de variación de los gastos presupuestados:

Cuadro 5. JAPDEVA. Tasa de variación Gastos Presupuestados 2016-2020 (En millones de colones y porcentajes)

Gastos Presupuestado

Tasas de Variación Gastos

Presupuestados

2016 2017 2018 2019 2020 17/16 18/17 19/18 20/19

Remuneraciones 31.167,1 32.495,0 33.708,8 34.245,7 8.698,7 4,3% 3,7% 1,6% -74,6%

Servicios 6.303,0 8.026,2 11.165,8 5.184,6 2.789,3 27,3% 39,1% -53,6% -46,2%

Materiales y Suministros 3.074,9 2.920,3 3.575,2 2.137,3 1.367,0 -5,0% 22,4% -40,2% -36,0%

Intereses y Comisiones 120,0 62,0 0,0 185,0 0,0 -48,3% -100,0% - -100,0%

Activos Financieros 1,9 10,7 70,0 50,0 35,0 463,2% 554,2% -28,6% -30,0%

Bienes Duraderos 17.874,5 17.360,6 6.713,5 2.690,5 358,0 -2,9% -61,3% -59,9% -86,7%

Transf. Corrientes 2.560,9 3.579,5 9.712,8 8.541,5 1.634,3 39,8% 171,3% -12,1% -80,9%

Transf. De Capital 11,0 13,7 11,5 8,8 8,8 25,0% -16,3% -23,8% 0,0%

Amortización 795,0 512,0 120,0 350,0 0,0 -35,6% -76,6% 191,7% -100,0%

Cuentas Especiales 11,6 10,4 51,9 0,0 0,0 -10,4% 398,8% -100,0% -

TOTAL DE GASTOS 61.919,9 64.990,4 65.129,4 53.393,3 14.891,0 5,0% 0,2% -18,0% -72,1%

Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República (SIPP), correspondiente a los periodos 2016-2020.

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De acuerdo con la información señalada, el presupuesto de gastos de la institución refleja una disminución a partir del año 2019, situación que se termina de reafirmar en el año 2020. En términos generales todas las partidas sufrieron decrecimientos importantes, en las que se destacan la partida de remuneraciones con un 74,6%, por cuanto pasaría de financiar 1.405 plazas a solamente 305. Con respecto a la reestructuración, se esperaría que en el IV trimestre del 2019 se refleje la mayor eliminación plazas de acuerdo a las diferentes opciones que se han propuesto. Considerando lo expuesto en el párrafo que precede, llama la atención que la partida de Remuneraciones no presente consistencia entre los montos que se han presupuestado y las variaciones en la cantidad de plazas autorizadas. Por ejemplo, en los años 2017 y 2018, la cantidad de plazas autorizadas muestra variaciones decrecientes del 3,2% y 4,0% respectivamente, producto de eliminación de plazas por cargos fijos, pero presupuestariamente crece en un 4,2% y 3,7%. En el 2020 se muestra un decrecimiento presupuestario del 74,6%, por cuanto la relación de puestos muestra contenido para 305 plazas. Cabe señalar que en el 2019, la cantidad de plazas presupuestadas, al dictamen de este presupuesto continúa siendo para 1.405 plazas.

Cuadro 6. JAPDEVA. Remuneraciones Presupuestadas 2016-2020 (En porcentajes)

Participación Relativa Gastos Tasas de Variación Gastos

Presupuestados Presupuestados

2016 2017 2018 2019 2019 17/16 18/17 19/18 20/19

Plazas Autorizadas por la AP 1.513 1.465 1.405 1405 1395 -3,2% -4,0% 0% -0,7%

Remuneraciones 50,3% 50,0% 51,8% 64,1% 58,4% 4,2% 3,7% 1,5% -74,6%

Remuneraciones Básicas 15,1% 14,3% 14,0% 18,3% 15,5% -0,6% -1,4% 6,6% -76,3%

Remuneraciones Eventuales 5,8% 6,1% 6,2% 7,7% 5,0% 10,7% 2,0% 2,2% -82,0%

Incentivos Salariales 18,2% 18,5% 20,1% 23,9% 24,7% 6,9% 8,3% -2,4% -71,1%

Contribuciones Patronales al Desarrollo y la Seguridad Social

6,0% 6,0% 6,2% 7,8% 7,0% 4,1% 4,0% 3,5% -74,9%

Contribuciones Patron. a Fond. de Pens. y Otros Fond.Capitalización

5,3% 5,1% 5,3% 6,5% 6,1% 2,% 3,0% 0,6% -73,6%

Fuente: Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, (STAP). *Plazas Presupuestadas en el Presupuesto Ordinario de JAPDEVA, 2020

En el siguiente cuadro se observa el comportamiento de los gastos ejecutados del periodo 2016-2019. En el 2017, se presenta el mayor porcentaje de ejecución con un 84,0%, mientras que en el 2016, 2018 y 2019-proyectados- los porcentajes de ejecución no superan el 75%.

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Cuadro 7. JAPDEVA. Egresos Presupuestados 2016-2020 y Efectivos por Partida 2016-2019

(En millones de colones y porcentajes)

Gastos Presupuestado Presupuestados /Ejecutados

2016 2017 2018 2019 2020 2016 2017 2018 2019

Remuneraciones 31.167,1 32.495,0 33.708,8 34.245,7 8.698,7 95,9% 95,1% 89,8% 73,7%

Materiales y Suministros 3.074,9 2.920,3 3.575,2 2.137,3 1.367,0 67,4% 68,4% 60,4% 43,0%

Intereses y Comisiones 120,0 62,0 0,0 185,0 0,0 97,3% 99,7% ! 0,0%

Activos Financieros 1,9 10,7 70,0 50,0 35,0 0,0% 49,8% 15,2% 49,6%

Bienes Duraderos 17.874,5 17.360,6 6.713,5 2.690,5 358,0 15,0% 67,1% 36,2% 17,6%

Transf. Corrientes 2.560,9 3.579,5 9.712,8 8.541,5 1.634,3 85,9% 90,9% 76,0% 48,4%

Transf. De Capital 11,0 13,7 11,5 8,8 8,8 0,0% 73,5% 58,5% 0,0%

Amortizacion 795,0 512,0 120,0 350,0 0,0 99,7% 99,9% 0,0% 0,0%

Cuentas Especiales 11,6 10,4 51,9 0,0 0,0 0,0% 0,0% 0,0% !

TOTAL DE GASTOS 61.919,9 64.990,4 65.129,4 53.393,3 14.891,0 69,2% 84,0% 72,1% 62,1%

Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República (SIPP), correspondiente a los periodos 2016-2020.

Sobre los porcentajes de ejecución, se recomienda a la institución tomar las medidas necesarias para que alcance mayores porcentajes en el 2020, reflejándolo en el alcance de sus metas, sobre todo conociendo el proceso de restructuración de JAPDEVA, frente a la entrada en funcionamiento de la Terminal de Contenedores de Moín.

1.4. Empleo y Salarios La relación de puestos 2020 remitida por JAPDEVA, muestra 305 plazas por cargos fijos, cantidad que no coincide con las plazas autorizadas para el 2019, según el acuerdo firme No.12334, tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria No.02-2019, celebrada el día 15 de marzo de 2019 y comunicado mediante oficio STAP-0508-2019 del 22 de marzo de 2019. Posteriormente, al acuerdo No.12334, se realizaron 10 traslados horizontales aprobados por la Autoridad Presupuestaria, en cumplimiento a lo establecido en el STAP CIRCULAR-0168-2019, quedando JAPDEVA con 1.395 plazas autorizadas para el 2019, según se detalla en el siguiente cuadro:

Cuadro 8. JAPDEVA Traslados Horizontales 2019

Institución que Recibe

Cantidad Trasladada

Cantidad de Plazas Aut. 2019 Acuerdo No. Sesión STAP Fecha

1.405 12334 Extraordinaria No. 02-2019. 0508-2019 22 -03-2019

(-) RECOPE 2 1.403 12439 Ordinaria No. 05-2019 0870-2019 31-05- 2019

(-) AYA 7 1.396 12439 Ordinaria No. 05-2019 0870-2019 31-05-2019

(-) INAMU 1 1.395 12440 Ordinaria No.05-2019 0871-2019 31-05-2019

Fuente: Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

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Cabe señalar, que en consulta realizada a JAPDEVA mediante oficio STAP-1346-2019 de fecha 7 de agosto de 2019, sobre el nivel de empleo del segundo semestre 2019, específicamente sobre los traslados a la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), esta institución informa que se encuentra a la espera de una nueva resolución en vista que una de las trabajadoras desistió del mismo, posterior al recibido de la aprobación por parte de la Autoridad Presupuestaria; dado lo anterior, esta Secretaría Técnica remitió el oficio STAP-1584-2019 de fecha 5 de setiembre del presente año, indicando que al ser el traslado horizontal un acto administrativo por parte de ese Órgano Colegiado, la institución deberá solicitar la revocatoria del Acuerdo número 12428 –acuerdo donde se autorizaron los traslados horizontales, para lo cual debe respaldarlo con la documentación que incluya una resolución por parte de los jerarcas de las instituciones conviniendo dejar sin efecto dicho traslado, así como la anuencia de la funcionaria de regresar y/o mantenerse en su puesto en JAPDEVA. Sin embargo, a la fecha de este dictamen esta Secretaría no ha recibido ningún trámite de lo indicado en el STAP-1584-2019. Asimismo, en consulta vía correo electrónico el 09 de octubre sobre el nivel de empleo del tercer trimestre del corriente, específicamente sobre los traslados horizontales incorporados en el sistema SICCNET, JAPDEVA informa mediante oficio DRH-600-2019 recibido el 19 de octubre del 2019, que los 12 traslados están constituidos por: 7 plazas para el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), 1 plaza para el Instituto Nacional de la Mujer (INAMU). 2 plazas (2114-84 y 1234-109 Trabajador Servicio Civil 1) para el Instituto Nacional de Seguros (INS) y 2 plazas (3312-56 Trabajador Calificado de Servicio Civil 3 y 2412-122 Bodeguero Portuario) para el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) nombrado en forma interina. Sobre las plazas trasladadas para el INS y el ICE, el STAP CIRCULAR-0168-2019 del 11 de febrero del 2019, consigna que la Autoridad Presupuestaria conocerá y autorizará los traslados de plazas entre las entidades cubiertas por su ámbito, así como aquellos en los que una de las entidades involucradas sea la que ceda o reciba la plaza que se encuentre bajo su ámbito, por lo que JAPDEVA deberá presentar las solicitudes de traslado horizontal correspondiente, cumpliendo con los requisitos según la normativa vigente, para que sean elevados y conocidos por la Autoridad Presupuestaria. Expuesto lo anterior y considerando que la cantidad de plazas autorizadas 2019 a la fecha es de 1.395 plazas por cargos fijos, JAPDEVA deberá aclarar el estado de las 1.090 plazas por cargos fijos -diferencia 1.395 plazas autorizadas 2019 y 305 plazas por cargos fijos presentadas en la Relación de Puestos 2020-, detallando además aquellas plazas que se han acogido a lo establecido en la Ley No. 9764 denominada “Transformación de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica (JAPDEVA) y protección de sus personas trabajadoras”, publicada en el Alcance No 225 a La Gaceta No. 197 del jueves 17 de octubre del 2019.

Asimismo, debe cumplir lo establecido en el Decreto Ejecutivo 41617-H. Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Desconcentrados, Según Corresponda, Cubiertos por Ámbito de Autoridad Presupuestaria, para el Año 2020, en el Capítulo IV denominado Sobre Empleo, su artículo 51, que señala lo siguiente:

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“Artículo 51.-Las plazas de las entidades públicas y órganos desconcentrados aprobadas por la AP, deben incluirse en la relación de puestos y contar con el contenido económico en su presupuesto. En caso de no contar con contenido presupuestario deberán ser eliminadas.”

JAPDEVA no tiene jornales ni servicios especiales, pero registra 4 puestos de confianza subalternos –Asesor Profesional, Asistente Administrativo y Asistente Profesional –. Los puestos de JAPDEVA están excluidos del Régimen de Servicio Civil, sin embargo, algunas clases y salarios se encuentran referenciados a este. Sobre el particular, los puestos que utilizan las clasificaciones del Régimen de Servicio Civil, los de la serie gerencial, fiscalización y de confianza subalternos, están consignados con una valoración acorde con los acuerdos del primer semestre de 2019, emitidas por la Autoridad Presupuestaria. Seguidamente se presenta la base legal de los incentivos salariales que aplica JAPDEVA según la Convención Colectiva vigente:

Cuadro 9. JAPDEVA. Incentivos Salariales de la Convención Colectiva

Plus Salarial Detalle Base Legal

Incentivo Cierre de Puerto

Pago de 33,871,0 colones por turno laborado durante los días feriados (antes cierre del puerto)

Artículo 38 de la Convección Colectiva

Costo de Vida Aumento adicional por incremento en el costo de vida de la canasta básica de la Región Atlántica, negociado cada año.

Artículo 55 de la Convención Colectiva.

Complemento Salarial por Cómputo

Se reconoce un 25% sobre el salario base, a los puestos de la serie técnica con especialidad en computación. En el caso de los técnicos con especialidad en computación que se refiere el párrafo anterior, que quisieran acogerse al incentivo que otorga la carrera de Administración Portuaria, lo que se hará es un ajuste hasta completar el máximo de un cuarenta y cinco por ciento (45%) sobre el salario base.

Artículo 59 de la Convención Colectiva.

Complemento Salarial por Modificación de Turnos de Trabajo

Se reconoce un 16,66% calculado sobre el salario base. Para compensar el cambio de jornada a los trabajadores-as del área operativa, que con anterioridad al 19 de julio del 2008, laboraban turnos de seis horas y a partir del 26 de agosto del 2008, laboran turnos de ocho horas, según la modificación de jornadas

Artículo 60 de la Convención Colectiva.

Arraigo Profesional

Incentivo de un 30% sobre el salario base aplicable a los profesionales. A la vez en forma discrecional la Junta Directiva de JAPDEVA podrá dar, además de lo dicho anteriormente, otros incentivos como dedicación exclusiva, disponibilidad y carrera profesional.

Artículo 62 de la Convención Colectiva

Zonaje

Compensación adicional que reciben los servidores del sector público cuando prestan sus servicios permanentemente en un lugar distinto a su domicilio legal, o que eventualmente permanecen fuera de la circunscripción territorial de éste por más de un mes, en forma continua, y cuando la zona en donde realicen su trabajo tenga condiciones que justifiquen tal compensación. JAPDEVA pagará zonaje a sus trabajadores-as con la asignación fijada por la Contraloría General de la República para las diferentes zonas del país.

Artículo 63 de la Convención Colectiva.

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Plus Salarial Detalle Base Legal

Complemento por Altura

JAPDEVA reconocerá mensualmente, por concepto de complemento salarial por altura, un treinta por ciento (30%) sobre el salario base, a los operadores-as de grúa puente, stradler carrier, mecánicos y electromecánicos de grúa puente y stradler carrier, que realicen labores a una altura mínima de ocho metros sobre tierra firme, por el riesgo que el mismo conlleva. Este incentivo es excluyente de dedicación exclusiva y carrera profesional. El personal de taller eléctrico, por el riesgo de laborar a altura mínima de ocho (8) metros y en condiciones riesgosas de los altos voltajes, se les pagará mensualmente un 15% calculado de su salario base, el cual deberá contar con los controles correspondientes. Asimismo al personal de mantenimiento de edificios y equipos u operativos que realicen labores semejantes a una altura mínima de ocho (8) metros en condiciones peligrosas, se les pagará el treinta por ciento 30% proporcional a las horas laboradas en estas condiciones de riesgo, lo cual deberá contar con los controles correspondientes

Artículo 64 de la Convención Colectiva

Incentivo por Atraque y Desatraque de Buques de Grandes Dimensiones

JAPDEVA reconocerá a los trabajadores-as de la Cuadrilla de Atraque a Tierra, al lanchero y al ayudante de Moín un incentivo económico equivalente a ¢11.500.00 (Once mil quinientos colones) por trabajador-a y por maniobra, por el esfuerzo adicional que implica la maniobra de amarre y desamarre de buques tanqueros 33 que requieran la utilización del duque de alba y cable con alma de acero, siempre y cuando realicen dicha maniobra. Este incentivo igualmente se reconocerá a la Cuadrilla de Atraque de Limón y será equivalente a la suma de ¢ 7.665.00 (Siete mil seiscientos sesenta y cinco colones), cuando los buques que requieran ser atracados o desatracados correspondan a portacontenedores igual o mayores a 200 metros de eslora. Los montos descritos en este artículo se ajustarán en el mismo porcentaje que decrete el Gobierno de la República semestralmente como aumento de salario.

Artículo 65 de la Convención Colectiva

Bonificación para Pilotos

JAPDEVA reconocerá a los Pilotos del Puerto un incentivo económico de 40.000,00 (cuarenta mil colones) por cada buque atracado y/o movimiento en dársena de jurisdicción para el beneficio de los 8 pilotos oficiales, este monto será distribuido en forma equitativa entre los prácticos que estén efectivamente trabajando en dicho periodo.

Artículo 66 de la Convención Colectiva

Incentivo por Riesgos Operacional

JAPDEVA reconocerá un incentivo económico de 556 colones por el riesgo operacional para cada uno de los 76 funcionarios-as de las tripulaciones de los remolcadores y a los 6 lancheros de la Terminal Hernán Garrón por cada buque atracado, este incentivo irá a una bolsa común para distribuir en forma equitativa mensualmente a los que estén efectivamente trabajando en ese periodo. Este monto se ajustará en el mismo porcentaje que decrete el Gobierno de la República semestralmente como aumento de salario.

Artículo 67 de la Convención Colectiva

Carrera de Administración Portuaria y del Desarrollo Socioeconómico.

JAPDEVA, otorgará cada cinco años un aumento del 5% calculado sobre el salario base, hasta un máximo de un veinte y cinco por ciento (25%), a todos-as los trabajadores-as excepto los que reciben el incentivo de arraigo. El tiempo servido deberá ser efectivamente laborado en JAPDEVA, o sea, no se reconocerá el tiempo laborado en otras Instituciones o empresas del Estado. Este reconocimiento carece de efectos retroactivos, en el sentido de que se reconocerá a partir del primero de enero del 2002, pero respetando el tiempo efectivo laborado en JAPDEVA para efectos del cómputo de la antigüedad requerida. Los trabajadores-as que en este momento, por tener nueve y menos de diez años de laborar en JAPDEVA, reciben el incentivo de la Carrera Portuaria que por esta norma se transforma, seguirán recibiéndola hasta que se coloquen en el siguiente quinquenio.

Artículo 70 de la Convención Colectiva

Riesgo Policial

Incentivo del orden del diez y ocho por ciento (18%) sobre el salario base para los guardas que efectivamente realicen las funciones de seguridad y vigilancia en la Institución. En el evento que el Poder Ejecutivo aumente el porcentaje actual a la Fuerza Pública, este porcentaje se incrementará automáticamente en la misma proporción y regirá desde el mismo momento que para los oficiales de la fuerza pública.

Artículo 70 de la Convención Colectiva

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Plus Salarial Detalle Base Legal

Incentivo de la Productividad y Eficiencia

El Sistema de Incentivos a la Productividad y Eficiencia valorará los objetivos, metas e indicadores institucionales correspondientes al periodo que va del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año; se reconocerá anualmente y será cancelado en el mes de marzo de cada año, posterior a la aplicación de las fórmulas, al conocimiento de los resultados de la gestión que logren alcanzar cada una de las áreas de gestión determinadas en el Reglamento de este incentivo y la correspondiente aprobación de la Comisión Bipartita creada para la aplicación de este articulado

Artículo 77 de la Convención Colectiva

Disponibilidad Remuneración adicional del 40% sobre el salario total, para los puestos que por su carga deben estar permanentemente a disposición del patrono.

Artículo 78 de la Convención Colectiva.

Bonificación por Eficiencia Portuaria

Incentivo al personal directo de la operación portuaria, en función de la carga y descarga de la mercadería

Artículos del 79 al 82 Convención Colectiva

Complemento fijo Corresponde a un monto fijo por ¢3,000 colones a todos los funcionarios que ingresaron a la institución antes del año 1991, producto del estudio integral de puestos.

Transitorio Convención Colectiva aprobado por el STAP-2229-93.

Complemento por Mercado Regional de Operadores

25% sobre el salario base (no incluye Costo de Vida Regional) por concepto de “complemento salarial por mercado regional de operadores de Grúa Pórtica y Stradler Carrier”, aplicado únicamente a las clases de puestos que realizan funciones de operador de grúa pórtica y stradler carrier.

STAP-518-04

Arraigo

Consiste en el pago de un 30% sobre el salario base al personal que se encuentra desempeñando las funciones de cotizadores y/o encargados de licitaciones, que ocupaban los siguientes puestos: 2232-003 Técnico 3 2232-006 Técnico 1 2232-010 Auxiliar Proveeduría y Bod 2. 2232-012 Técnico 4 2232-016 Técnico y Profesional 1 2232-019 Auxiliar Proveeduría y Bod 2 2232-023 Técnico 1 2232-025 Secretaría Ejecutiva 2 (Reasignada a Técnico 4) 3112-044 Técnico 1 3112-045 Técnico 1 3112-081 Secretario Este incentivo se reconocerá siempre y cuando realicen a las funciones de cotizadores y/o encargados de licitaciones y es excluyente de cualquier otro de los establecidos en la Convención Colectiva, excepto el de Carrera de Administración Portuaria y de Desarrollo Socioeconómico, al cual puede acogerse hasta completar un 40%

Aprobado mediante STAP-0963-94 del 06 de mayo del 1994 (Acuerdo firme número 3120 tomado por la Autoridad Presupuestaria en Sesión Ordinaria No 12-94, celebrada el 26 de abril de 1994)

Fuente: Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

De la revisión que se realizó a la Relación de Puestos 2020, se desprenden las siguientes observaciones: 1. La empresa debe revisar los nombres de las clasificaciones denominadas “Trabajador de

Servicio Civil 1 y Trabajador de Servicio Civil 2”, tomando como referencia el salario que les fue asignado.

2. La empresa debe revisar los salarios de las clasificaciones Secretario de Servicio Civil 1 y

Gerente de Servicio Civil 1, por cuanto no corresponden a los señalados en la RESOLUCION DG-074-2019, del primer semestre 2019, emitida por la Dirección General de Servicio Civil.

3. La Relación de Puestos no muestra la totalidad presupuestada de los incentivos salariales que se encuentran asignados a la subpartida 0.03.99 Otros Incentivos Salariales; entre los

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que se pueden identificar están: Bonificación por eficiencia portuaria, Complemento por Mercado Regional de Operadores, Incentivo de la Productividad y Eficiencia, Incentivo por atraque y desatraque de buques de grandes dimensiones, Incentivo Cierre de Puerto y Incentivo por riesgos operacional, lo anterior, genera un total diferente de los recursos asignados en la Relación de Puestos 2020. Se le recuerda a la institución el acatamiento de lo dispuesto en la Ley No. 9635 “Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” en su Título III denominado “Disposiciones Transitorias Al Título III, Modificación de La Ley N.° 2166, Ley de Salarios de la Administración Pública”

4. Asimismo, la institución debe corregir el nombre del incentivo “Arraigo Cultural”, por el “Arraigo Profesional”-definición correcta-, con base en el Artículo 62 de la Convención Colectiva, así como el “Complemento de Proveeduría” por “Arraigo”, con base en el STAP-0963-94 del 06 de mayo del 1994 (Acuerdo firme número 3120 tomado por la Autoridad Presupuestaria en Sesión Ordinaria No 12-94, celebrada el 26 de abril de 1994).

5. No es posible constatar en la relación de puestos presentada por la institución remuneraciones totales mensuales que sean iguales o superiores a cuatro millones de colones (¢4.000.000,00), las cuales no serán susceptibles de incrementos salariales durante los próximos dos años a partir de la Ley No. 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 04 de diciembre de 2018 y su reforma, según lo indicado en el Transitorio XXXV. Lo anterior, por cuanto JAPDEVA no remitió el requerimiento tal cual se solicitó en el numeral 16 del STAP-CIRCULAR-1351-2019, denominado Información Presupuesto 2020.

1.5. Programación Estratégica Institucional-Presupuestaria 2020 El Plan Operativo Institucional incluye en su Matriz de Articulación Plan Presupuesto (MAPP), los 3 programas, 1 de apoyo y 2 sustantivos, sin embargo se hará referencia únicamente a los dos programas sustantivos: Administración Portuaria y Administración de Desarrollo. Administración Portuaria: Este programa tiene una asignación del ¢67,7% del presupuesto total y genera 3 productos, los cuales se citan a continuación en conjunto con las metas que se esperan alcanzar para el 2020.

Cuadro 10. JAPDEVA. Productos y Metas, Programa Administración Portuaria Matriz de Articulación Plan Presupuesto 2020

Producto

Metas

Servicios Portuarios brindados 306 toneladas por hora nave en atracadero movilizado

Puerto Verde 86 de Calificación semáforo verde (Decreto N°36499)

Certificación Portuaria 100% en la certificación de seguridad del puerto

Fuente. Plan Operativo 2020, JAPDEVA

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Los indicadores que se detallan seguidamente permiten medir los productos finales generados por JAPDEVA por cuanto existe una relación directa: “Porcentaje de incremento en el tonelaje de carga movilizado por hora nave en atracadero”, “Porcentaje de avance en el Programa de Gestión Ambiental” y “Porcentaje de avance en el Plan de Seguridad Portuaria”. Con la entrega de los productos finales a los clientes de JAPDEVA –usuarios-, se pretende alcanzar el objetivo institucional “Focalizar las acciones al servicio de naves y a la carga mixta para atraer y conservar clientes”. Administración de Desarrollo: Este programa tiene una asignación del ¢11,2% del presupuesto total y genera 9 productos, los cuales se citan a continuación en conjunto con las metas que se esperan alcanzar para el 2019.

Cuadro 11. JAPDEVA. Productos y Metas, Programa Administración de Desarrollo

Matriz de Articulación Plan Presupuesto 2020 Producto

Metas

Programa de Gestión Integral de Tierras y Canales del Norte

142 kilómetros de canales navegables rehabilitado

6.500 - costo en colones por metro lineal de los Canales de Limón rehabilitado

Articulación de encadenamientos productivos 3 iniciativas para la articulación de encadenamientos desarrolladas

Mejoras en la Terminal de Cruceros Limón 1 convenio ICT-JAPDEVA para mejoras en la terminal de cruceros

Caminos de acceso para la movilización de la producción 50 Kilómetros de caminos rehabilitados

Fuente. Plan Operativo 2019, JAPDEVA

Los indicadores que se señalan a continuación, permiten medir los productos finales generados por JAPDEVA por cuanto existe una relación directa: “Porcentaje de avance de elaboración del modelo de gestión integral para el manejo de las tierras de los Canales del Norte”, “Porcentaje de incremento de las ventas de las empresas que formen parte de la iniciativa” , Porcentaje de incremento del rendimiento productivo por hectárea”, “Porcentaje de avance de ejecución del Convenio ICT-JAPDEVA “ y “Porcentaje de avance en el Programa de lastreo y relastreo de caminos cantonales”. Con la entrega de los productos finales a los usuarios de JAPDEVA –población de los canales y tierras del norte y población de la provincia de limón-, se pretende alcanzar el objetivo institucional “Enfocar acciones institucionales en el mejoramiento de los índices de crecimiento y desarrollo de la región Caribe”. En el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública del Bicentenario 2019-2022, dentro del Área Estratégica de Articulación Presidencial denominada “Infraestructura, Movilidad y Ordenamiento Territorial”, cuyo objetivo es “Generar condiciones de planificación urbana, ordenamiento territorial, infraestructura y movilidad para el logro de espacios urbanos y rurales resilientes, sostenibles e inclusivos” y la vinculación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible es de un 34%, JAPDEVA participa con la meta, “Construcción Puesto 5/7 en el Puerto de Moín (Región Huetar Caribe)”, siendo que la programación para 2021 debe presentar un cumplimiento del 60%, la institución señala lo siguiente:

“(…) La situación financiera por la que está atravesando la Institución debido a la disminución en sus ingresos corrientes, no le permiten asumir la diferencia del costo incremental del proyecto. Aunado a lo anterior, se debe presentar un estudio de carga y negocios actualizado que justifique una necesidad inmediata del nuevo puesto de atraque, razón por la cual la Administración ha

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tomado la decisión de dejar el proyecto en evaluación hasta que se realice la actualización informativa y se identifiquen y cuantifiquen las necesidades reales en cuanto a capacidad portuaria.”

Asimismo, en la Matriz Alianza Público Privada (APP) que se encuentra dentro del PNDIP 2019-2022, JAPDEVA participa con las siguientes metas: “Construcción y operación de la Marina de Limón y terminal de cruceros (Región Huetar Caribe)” y “Construcción y equipamiento de la Zona de Transferencia Intermodal de Carga y de Actividades Logísticas en el Complejo Portuario Moín. (Región: Huetar Caribe)”. El total de recursos asignados a la MAPP asciende a ¢14.891,0 millones. Estos recursos distribuidos entre las diferentes metas que van a contribuir en el logro de las metas establecidas equivalen al 100,0% de presupuesto ordinario de JAPDEVA. Finalmente, la institución remite la CERTIFICACIÓN AINV-UIP-060-19 de MIDEPLAN, la cual informa que el JAPDEVA, tiene 18 proyectos de inversión pública inscritos en estado activo en el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP).

CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DIRECTRICES Se verificó que el Presupuesto Ordinario 2020 presentado por la institución, cumpliera con lo estipulado en las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2020 y Procedimientos vigentes, determinándose lo siguiente:

1. JAPDEVA adjunta el oficio PEL-481-2019, donde detalla que el superávit libre incorporado para el 2020 por la suma de ¢35,0 millones, financia Préstamos al Sector Privado, específicamente son becas para estudiantes que no son funcionarios de JAPDEVA, dicho gasto no contraviene con lo indicado en el artículo 7° del Decreto Ejecutivo No. 32452-H y sus reformas, según el “Estado de Origen y Aplicación”. No obstante, se le reitera a JAPDEVA que el Decreto Ejecutivo No. 32452, establece que el uso de esta fuente de financiamiento para el pago de gastos que se refieran a la actividad ordinaria, no puede adquirir carácter permanente o generar una obligación que se requiera financiar a través del tiempo.

2. La institución incorpora superávit específico por la suma de ¢156,0 millones, el cual se

presupuesta para los fines que fueron establecidos: ¢25,0 CORBANA y ¢131,0 millones de fondos INDER ambos para el mantenimiento de los canales del norte, correspondiendo a la clasificación de acuerdo con el clasificador de ingresos vigente (Decreto Ejecutivo N°. 41101-H), el convenios que lo fundamenta y el (Decreto Ejecutivo No. 38916-H y su reforma).

3. El resumen de la relación de puestos 2020 remitida por JAPDEVA, muestra 305 plazas por cargos fijos, cantidad que no coincide con las plazas autorizadas para el 2019, según el acuerdo firme No.12334, tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria No.02-2019, celebrada el día 15 de marzo de 2019 y comunicado mediante oficio STAP-0508-2019 del 22 de marzo de 2019 y modificado mediante los acuerdos 12439,y 12440, para quedar en 1.395 plazas, producto de 10 traslados horizontales.

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JAPDEVA no tiene jornales ni servicios especiales, pero registra 4 puestos de confianza subalternos –Asesor Profesional, Asistente Administrativo y Asistente Profesional –.

4. De la revisión que se realizó a la Relación de Puestos 2020, se desprenden las siguientes observaciones:

a) La empresa debe revisar los nombres de las clasificaciones denominadas “Trabajador

de Servicio Civil 1 y Trabajador de Servicio Civil 2”, tomando como referencia el salario que les fue asignado.

b) La empresa debe revisar los salarios de las clasificaciones Secretario de Servicio Civil 1 y Gerente de Servicio Civil 1, por cuanto no corresponden a los señalados en la RESOLUCION DG-074-2019, del primer semestre 2019, emitida por la Dirección General de Servicio Civil.

c) La Relación de Puestos no muestra la totalidad presupuestada de los incentivos salariales que se encuentran asignados a la subpartida 0.03.99 Otros Incentivos Salariales; entre los que se pueden identificar están: Bonificación por eficiencia portuaria, Complemento por Mercado Regional de Operadores, Incentivo de la Productividad y Eficiencia, Incentivo por atraque y desatraque de buques de grandes dimensiones, Incentivo Cierre de Puerto y Incentivo por riesgos operacional, lo anterior, genera un total diferente de los recursos asignados en la Relación de Puestos 2020.

d) Asimismo, debe corregir el nombre del incentivo “Arraigo Cultural”, por el “Arraigo Profesional”-definición correcta-, con base en el Artículo 62 de la Convención Colectiva, así como el “Complemento de Proveeduría” por “Arraigo”, con base en el STAP-0963-94 del 06 de mayo del 1994 (Acuerdo firme número 3120 tomado por la Autoridad Presupuestaria en Sesión Ordinaria No 12-94, celebrada el 26 de abril de 1994).

5. Los puestos que se encuentran referenciados a las clasificaciones del Régimen de Servicio Civil. La clasificación y valoración de los puestos de la serie gerencial, fiscalización superior y de confianza subalternos –Asesor Profesional, Asistente Administrativo y Asistente Profesional –, se ajustan a lo autorizado por la Autoridad Presupuestaria en los acuerdos. No. 12405 “Revaloración Salarial para las Clases de Puestos de la Serie Gerencial de las Entidades Públicas”, No. 12406 “Revaloración Salarial para las Clases de Puestos De la Serie de Fiscalización Superior de las Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Adscritos””, No. 12407 “Revaloración Salarial Puestos de Confianza Subalternos de las Entidades Públicas”, todas al primer semestre de 2019.

6. Cumple con el artículo 65 del Decreto No. 41617-H, por cuanto presenta la estructura organizacional aprobada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 26893-MTSS-PLAN. Incluye los acuerdos de Junta Directiva: 1111-07 y MIDEPLAN: DM-532-07, VM-086-2000 y DVM-281-2004.

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7. Cumple con el envío de la CERTIFICACIÓN AINV-UIP-060-19 de MIDEPLAN, la cual informa que el JAPDEVA, tiene 23 proyectos de inversión pública inscritos en estado activo en el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP).

8. Cumple con el envío de la ejecución presupuestaria y el nivel de empleo del III trimestre 2019, así como los informes de flujo, inversiones financieras y conciliaciones bancarias a setiembre 2019 y su inclusión en el SICCNET.

Según certificación remitida por esta Secretaría Técnica, mediante oficio STAP-1771-19 de fecha 10 de octubre del corriente, JAPDEVA cumple con lo establecido en el artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley No. 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 4 de diciembre del 2018 y su reforma, con la aplicación de la tasa de crecimiento del 4,67% autorizada para el gasto corriente presupuestario del periodo 2020 -en ¢14.489,25 millones-, según lo comunicado por el Ministerio de Hacienda mediante el oficio DM-0466-2019, y en consecuencia, se apega a lo establecido en el artículo 11 inciso c) del citado Título de la Ley No. 9635. No fue posible constatar en la relación de puestos, presentada por la institución, remuneraciones totales mensuales que sean iguales o superiores a cuatro millones de colones (¢4.000.000,00), las cuales no serán susceptibles de incrementos salariales durante los próximos dos años a partir de la Ley No. 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 04 de diciembre de 2018 y su reforma, según lo indicado en el Transitorio XXXV. Lo anterior, por cuanto JAPDEVA no remitió el requerimiento tal cual se solicitó en el numeral 16 del STAP-CIRCULAR-1351-2019, denominado Información Presupuesto 2020. Asimismo, mediante oficio PYRP-08-2019, el Departamento de Prensa y Relaciones Públicas de JAPDEVA se constata el cumplimiento de lo establecido en el artículo 19, inciso c), de la Ley No. 8346, al pautar un 10%, de los dineros que se destinan a información, publicidad y propaganda (¢45,0 millones) en radio, televisión, u otros medios de comunicación, mediante la agencia de publicidad del SINART, S.A. Además, adjunta la Certificación por parte de jerarca supremo, sobre el cumplimiento de los Decretos y Directrices relacionados con las medidas de contención y reducción del gasto público emitidos por el Poder Ejecutivo, solicitado en el ANEXO STAP-CIRCULAR 1351-2019.

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CAPÍTULO III: DISPOSICIONES La Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, deberá proceder con lo siguiente: 1. Presentar la relación de puestos del 2020, incluyendo cargos fijos y servicios especiales

(aprobadas por la AP), agrupando los puestos de confianza, confianza subalternos y fiscalización superior, detallando el número de puesto, clasificación, salario base vigente (primer semestre 2019) y cada uno de los pluses salariales, el porcentaje o monto que corresponda y el fundamento legal de los mismos, de conformidad con el numeral 16 del STAP-CIRCULAR 1351-2019.

2. Atender las observaciones indicadas en los numerales1, 2, 3 y 4 del apartado “1.4. Empleo

y salarios”, realizando los ajustes que sean pertinentes e informar al respecto. 3. Considerando que la cantidad de plazas autorizadas 2019 a la fecha es de 1.395 plazas

por cargos fijos, JAPDEVA deberá aclara el estado de las 1.095 plazas por cargos fijos -diferencia 1395 plazas autorizadas 2019 y 300 plazas por cargos fijos presentadas en la Relación de Puestos 2020-, detallando además aquellas plazas que se han acogido a lo establecido en la Ley No. 9764 denominada “Transformación de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica (JAPDEVA) y protección de sus personas trabajadoras”, publicada en el Alcance No 225 a La Gaceta No. 197 del jueves 17 de octubre del 2019.

Asimismo, sobre las plazas trasladadas para el INS y el ICE, el STAP CIRCULAR-0168-2019 del 11 de febrero del 2019, consigna que la Autoridad Presupuestaria conocerá y autorizará los traslados de plazas entre las entidades cubiertas por su ámbito, así como aquellos en los que una de las entidades involucradas sea la que ceda o reciba la plaza que se encuentre bajo su ámbito, por lo que JAPDEVA deberá presentar las solicitudes de traslado horizontal correspondiente cumpliendo con los requisitos según la normativa vigente, para que sean elevados y conocidos por la Autoridad Presupuestaria.

De acuerdo a las variaciones que se observan en la cantidad de plazas presentadas en el resumen de la Relación de Puestos de JAPDEVA, se le recuerda el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Ejecutivo 41617-H. Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por ámbito de Autoridad Presupuestaria, para el año 2020, en el Capítulo IV denominado Sobre Empleo, su artículo 51, que señala que las plazas de las entidades públicas y órganos desconcentrados aprobadas por la AP, deben incluirse en la relación de puestos y contar con el contenido económico en su presupuesto y que en caso de no contar con contenido presupuestario deberán ser eliminadas. Asimismo, se le recuerda el acatamiento de lo dispuesto en la Ley No. 9635 “Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” en su Título III denominado “Disposiciones Transitorias Al Título III, Modificación de La Ley N.° 2166, Ley de Salarios de la Administración Pública”. De existir puestos con salarios totales mayores a los cuatro millones de colones, es importante reiterar que es responsabilidad de la administración activa el dar un efectivo cumplimiento a lo establecido en el Transitorio XXXV de la Ley N° 9635 y su reforma. Asimismo, en el caso de que se hayan efectuado pagos, sin considerar el imperativo legal dispuesto en dicho

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Transitorio, corresponderá a la Administración Activa realizar las acciones pertinentes para recuperar las sumas pagadas de más, al amparo del ordenamiento jurídico vigente, dentro del cual puede citarse lo establecido en el Decreto Ejecutivo N° 34574-H, del 14 de mayo de 2008 “Reglamento general para el control y recuperación de acreditaciones que no corresponden”. La Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica tiene un plazo de 10 días hábiles después de recibido este informe, para atender las disposiciones señaladas, y cuando corresponda, indicar las acciones correctivas que tomará y las fechas estimadas para su realización

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BIBLIOGRAFÍA Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. (2019).

Presupuesto Ordinario 2020. Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. (2019).

Plan Operativo Institucional 2020. Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. (2016-

2019). SIPP Presupuestario. Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Controlaría General de la República. https://www.cgr.go.cr/

Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. (2019).

Informe de Ejecución Presupuestaria al II Trimestre 2019. Decreto Ejecutivo 41617-H. Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo,

Inversión y Endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por ámbito de Autoridad Presupuestaria, para el año 2020. Diario Oficial La Gaceta No.62 Alcance:71, San José, Costa Rica, 28 de marzo de 2019.

Decreto Ejecutivo 38916-H y su reforma. Procedimientos de las Directrices Generales de

Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Desconcentrados, según corresponda cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria. Diario Oficial La Gaceta, 61. San José, Costa Rica, 27 de marzo de 2015.

Ley No. 8346 y reforma. Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural

(SINART). Diario Oficial La Gaceta, 44. San José, Costa Rica, 04 de marzo de 2003. Dirección General de Servicio Civil (2019): Resolución DG-074-2019. Revalora Escala de

Sueldos, San José, a las 9 horas del 22 de marzo del dos mil diecinueve. Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Acuerdo No. 12405 en la Sesión

Extraordinaria 05-2019, celebrada por la Autoridad Presupuestaria, a las catorce horas con veinte minutos del 09 de abril del 2019, Revaloración Salarial para las Clases de Puestos de la Serie Gerencial de las Entidades Públicas. Primer Semestre de 2019.

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Acuerdo No. 12406 en Sesión

Extraordinaria 05-2019, celebrada por la Autoridad Presupuestaria, a las catorce horas con veinte minutos del 09 de abril del 2019, Revaloración Salarial para las Clases de Puestos De Fiscalización Superior de las Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Adscritos. Primer Semestre de 2019.

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Acuerdo No. 12407 en la Sesión

Extraordinaria 05-2019, celebrada por la Autoridad Presupuestaria, a las catorce horas con veinte minutos del 09 de abril del 2019, Revaloración Salarial Puestos de Confianza Subalternos de las Entidades Públicas. Primer Semestre de 2019.

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Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2018). Oficio STAP-0508-2019, del 22 de marzo de 2019. Comunicado cantidad de plazas autorizadas para el 2019.

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Oficio STAP-CIRCULAR-1351-

2019, del 7 de agosto de 2019. Envío de la Información para el análisis del Presupuesto Ordinario 2020.

Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la

República (SIPP) años 2016, 2017, 2018 y 2019.

Elaborado por: Isabel Ulate Campos Analista

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Revisado por: Denis Parra Mesén Jefe Sectorial C

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria