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Folio núm. 41 /2016 1 EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 30 DE NOVIEMBRE DE 2.016 ASISTEN Sr. Presidente: D. Josu Bergara López (EAJ/PNV) Sras. y Sres. Tenientes de Alcalde: Leire Corrales Goti. (EAJ/PNV) Ainhoa Basabe Meléndez. (EAJ/PNV) Florentina Núñez López. (EAJ/PNV) Leire Fernández Díez. (EAJ/PNV) D. Gorka Alvarez Martínez (EAJ/PNV) Dª. Josefina San Miguel Vicuña (EAJ/PNV) D. Eduardo Abad Baños (EAJ/PNV) En el Concejo de Sestao, a treinta de noviembre de dos mil dieciséis. En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial y bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Josu Bergara López, celebró sesión ordinaria la Junta de Gobierno Local, convocada a tal efecto, con asistencia de las Señoras y Señores Capitulares que anteriormente se relacionan, los que hallándose en número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria, se constituyeron en sesión a las ocho horas y treinta minutos de este día, asistidos de mí, el Secretario D. J. M. M. Sánchez. Se encuentra también presente la Sra. Interventora Dª M. G. A. Abierta la sesión por el Sr. Presidente, pasaron a tratarse seguidamente los asuntos incluidos en el orden del día. Núm. 1.- Aprobación del acta de la sesión celebrada el día 23 de noviembre de 2016. Queda aprobada por unanimidad el acta de la sesión anterior, celebrada el día 23 de noviembre de 2016. Asesoría Jurídica Núm. 2.- Auto de aclaración de la sentencia recaída en el procedimiento abreviado 48/2016 interpuesto por la Comunidad de Propietarios del Parking de Kueto contra la desestimación presunta de la reclamación indemnizatoria formulada por los daños y perjuicios experimentados en la parcela 44 del parking. “Visto el informe de la Letrada Asesora del Ayuntamiento en el que se manifiesta que con motivo de la solicitud de aclaración de la Sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 en el Procedimiento Abreviado 48/2016 interpuesto por la Comunidad de Propietarios del Parking de

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Folio núm. 41 /2016 1

EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 30 DE NOVIEMBRE DE 2.016

ASISTEN

Sr. Presidente: D. Josu Bergara López (EAJ/PNV) Sras. y Sres. Tenientes de Alcalde: Dª Leire Corrales Goti. (EAJ/PNV) Dª Ainhoa Basabe Meléndez. (EAJ/PNV) Dª Florentina Núñez López. (EAJ/PNV) Dª Leire Fernández Díez. (EAJ/PNV) D. Gorka Alvarez Martínez (EAJ/PNV) Dª. Josefina San Miguel Vicuña (EAJ/PNV) D. Eduardo Abad Baños (EAJ/PNV)

En el Concejo de Sestao, a treinta de noviembre de dos mil dieciséis. En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial y bajo la Presidencia del

Sr. Alcalde-Presidente D. Josu Bergara López, celebró sesión ordinaria la Junta de Gobierno Local, convocada a tal efecto, con asistencia de las Señoras y Señores Capitulares que anteriormente se relacionan, los que hallándose en número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria, se constituyeron en sesión a las ocho horas y treinta minutos de este día, asistidos de mí, el Secretario D. J. M. M. Sánchez.

Se encuentra también presente la Sra. Interventora Dª M. G. A. Abierta la sesión por el Sr. Presidente, pasaron a tratarse seguidamente

los asuntos incluidos en el orden del día. Núm. 1.- Aprobación del acta de la sesión celebrada el día 23 de

noviembre de 2016. Queda aprobada por unanimidad el acta de la sesión anterior, celebrada

el día 23 de noviembre de 2016.

Asesoría Jurídica

Núm. 2.- Auto de aclaración de la sentencia recaída en el procedimiento abreviado 48/2016 interpuesto por la Comunidad de Propietarios del Parking de Kueto contra la desestimación presunta de la reclamación indemnizatoria formulada por los daños y perjuicios experimentados en la parcela 44 del parking.

“Visto el informe de la Letrada Asesora del Ayuntamiento en el que se manifiesta que con motivo de la solicitud de aclaración de la Sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 en el Procedimiento Abreviado 48/2016 interpuesto por la Comunidad de Propietarios del Parking de

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Kueto contra la desestimación de la reclamación indemnizatoria formulada por los daños y perjuicios experimentados en una parcela de dicha comunidad se ha dictado Auto firme por el que se declara haber lugar a la aclaración y se modifica el fallo en el sentido de que, en lugar de contener “se anula la misma y se condena al Ayuntamiento de Sestao a indemnizar a la demandante con la cantidad de 750 euros, debe decir “se anula la misma y se condena al Ayuntamiento de Sestao a llevar a cabo la limpieza e impermeabilización de la junta de unión entre el murete perimetral y el suelo de las canchas deportivas cuyo coste aproximado es de 750 euros…” con mantenimiento del resto de pronunciamientos de la Sentencia, la Junta de Gobierno Local,

APRUEBA, por unanimidad: PRIMERO.- Quedar enterada del Auto firme del Juzgado de lo

Contencioso Administrativo nº2 de Bilbao por el que se aclara la Sentencia dictada por ese Juzgado en el Procedimiento Abreviado 48/2016 interpuesto por la Comunidad de Propietarios del Parking de Kueto contra la desestimación de la reclamación indemnizatoria formulada por los daños y perjuicios experimentados en una parcela de dicha comunidad y se modifica el fallo en el sentido de que, en lugar de contener “se anula la misma y se condena al Ayuntamiento de Sestao a indemnizar a la demandante con la cantidad de 750 euros, debe decir “se anula la misma y se condena al Ayuntamiento de Sestao a llevar a cabo la limpieza e impermeabilización de la junta de unión entre el murete perimetral y el suelo de las canchas deportivas cuyo coste aproximado es de 750 euros…” con mantenimiento del resto de pronunciamientos de la Sentencia.

SEGUNDO.- Dar traslado de la resolución judicial a la Sra. Jefa de Sección de Cultura, Educación y Deportes para que realice cuantas actuaciones demande su cumplimiento, así como al Jefe de Servicio de Obras y Servicios Municipal para su conocimiento y efectos.”

Núm. 3.- Sentencia recaída en el Recurso de Apelación 43/2015 interpuesto por D. O. S. P. contra sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao recaçida en el recurso 173/2013 interpuesto por D. Oscar Sánchez Paramio contra el Decreto de 26 de abril de 2013 por el que se desestima la solicitud de pago de la prima de jubilación anticipada por Incapacidad permanente prevista en el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario municipal.

“La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado Sentencia firme desestimatoria del Recurso de Apelación interpuesto por D. O. S. P. contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº4 de Bilbao por la que se desestimaba el recurso interpuesto por D. O. S. P. contra el Decreto de 26 de abril de 2013 por el que se desestimaba su solicitud de abono de la prima de jubilación anticipada por Incapacidad Permanente, por encontrarse, dicho funcionario, en situación de excedencia voluntaria por interés particular declarada por Decreto de 4 de enero de 2012. La Sentencia confirma el acuerdo municipal recurrido por ser ajustado a Derecho

Por lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, APRUEBA, por unanimidad:

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EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

PRIMERO.- Quedar enterada de la Sentencia firme desestimatoria del Recurso de Apelación interpuesto por D. O. S. P. contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº4 de Bilbao por la que se desestimaba el recurso interpuesto por D. O. S. P. contra el Decreto de 26 de abril de 2013 por el que se desestimaba su solicitud de abono de la prima de jubilación anticipada por Incapacidad Permanente, por encontrarse, dicho funcionario, en situación de excedencia voluntaria por interés particular declarada por Decreto de 4 de enero de 2012; con confirmación del acuerdo municipal recurrido por ser ajustado a Derecho.

SEGUNDO.- Dar traslado de la resolución judicial recaída a la Jefa de Sección de Recursos Humanos para su conocimiento y efectos.”

Responsabilidad Patrimonial

Núm. 4.- Reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por D. J. L. G. B., por los daños sufridos a causa de una caída en la rampa de acceso al aparcamiento donde se ubicaba el antiguo depósito de aguas de Sestao.

“Visto el Informe de la Jefa de Sección de Cultura, Educación, Euskera y Deportes de fecha 5 de agosto de 2016, en relación a la reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta contra este Ayuntamiento por D. J. L. G. B., por los daños y perjuicios sufridos, a consecuencia, de una caída que sufrió con fecha 10 de agosto de 2014, debido al mal estado de la acera que es atravesada por una rampa para el acceso al aparcamiento donde se ubicaba el antiguo depósito de aguas de Sestao; la Junta de Gobierno Local

APRUEBA, por unanimidad: Primero.- Desestimar la reclamación indemnizatoria formulada por D. J. L.

G. B., por los daños y perjuicios sufridos, a consecuencia, de una caída que sufrió con fecha 10 de agosto de 2014, debido al mal estado de la acera que es atravesada por una rampa para el acceso al aparcamiento donde se ubicaba el antiguo depósito de aguas de Sestao. De conformidad con lo dispuesto en el artículo Art. 32 de la Ley 40/2.015 de Régimen Jurídico del Sector Público, por no existir nexo causal que haga a esta Administración jurídicamente responsable.

Todo ello en cuanto que, en la rampa antedicha no existen desniveles, socavones, ni irregularidades que propinen la existencia de caída. Si bien se reconoce la existencia de un cambio de nivel entre el pavimento y la cárcava artificial de recogida de pluvial, Sin embargo este tipo de recogida son habituales en vía pública, siendo competencia de los viandantes tomar precauciones necesarias para transitar por los viales, sin invadir o salir de los márgenes de los mismos.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a D. J. L. G. B., con DNI XXXXXX, con domicilio a efectos de notificación en C/ XXXXXX, nº 1, 2º dcha, Dpto. 7,48001 Bilbao, con la comunicación de los recursos que pudiera interponer al efecto.

Cultura, Educación, Euskera, Juventud y Deportes Núm. 5.-Aprobación del Programa de Fiestas de Navidad del año

2016/2017

“Vista la programación Navideña 2016/2017 propuesta por la Sra. Animadora Sociocultural, y considerándola muy adecuada para su realización en el municipio de Sestao; vista la Propuesta que al respecto realiza la Jefa de Sección de

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Cultura, Educación, Euskera y Deportes, y en virtud de las competencias que ostenta la Junta de Gobierno Local,

APRUEBA, por unanimidad: Primero. Aprobar el Programa de Fiestas de Navidad de 2016/2017

elaborado al efecto por la Sra. Animadora Sociocultural, así como su presupuesto en la cuantía de 21.800 euros, imputándose 18.600 euros al presupuesto del año 2016 y 3.200 euros al presupuesto de 2017.

Segundo. Autorizar a la Sra. Animadora Sociocultural para realizar las horas extraordinarias que fuesen precisas para un adecuado desarrollo del Programa aprobado en el punto anterior. Autorizar a los Sres. Conserjes del edificio de la Escuela de Música la realización de las horas extraordinarias precisas para atender las actividades que se desarrollen en aquel edificio; para lo cual seguirán las instrucciones que al efecto imparta la Sra. Animadora Sociocultural. De la misma forma, la Brigada Municipal, debido al exceso de tareas durante el Programa de Fiestas de Navidad, deberán realizar horas extraordinarias. Las horas extraordinarias que realicen estos trabajadores serán compensadas con el disfrute de días de vacaciones, previa petición de los interesados y cuando las necesidades del servicio así lo permitan.

Tercero.- Que por la Policía Local se adopten las medidas necesarias de reserva y anuncio de los mismos para el desarrollo óptimo del programa.

Cuarto.- Interesar de los Servicios Municipales que seguidamente se relacionan, así como de aquellos otros relacionados más exhaustivamente en el informe de la Sra. Animadora Sociocultural, su participación en el programa aprobado en los términos que se exponen: -Directora de la Escuela de Música: Reserva del Salón de Actos de la Escuela de Música: 2 días de actuaciones de Centros Regionales (10 y 17 de diciembre), 1 día de Conciertos Corales (27 de diciembre), 3 días de Actuaciones de Viernes Culturales (16, 23 y 30 de diciembre), 2 días de Teatro; Magia y Humor, (29, 30 de diciembre) y además 1 día de Recepciones de los Reyes (5 de enero). Depósito de caramelos en el almacén del Salón de la Escuela de Música, para las recepciones de los Reyes Magos. Depósito de trajes de los Reyes Magos y Pajes en una esquina del aula de danza del 3º piso de la Escuela de Música, para las recepciones de los Reyes Magos. Debiendo darse instrucciones a los conserjes para que los termostatos del Salón de actos de la Escuela de Música sean atendidos desde el 10 de diciembre hasta el 7 de enero en orden a garantizar la calefacción para el público asistente a los actos. -Sres. Conserjes de la Escuela de Música: Atención de los actos programados en el Salón, vigilancia normal manteniendo de las instalaciones, exposiciones y la calefacción. Es imprescindible la presencia del Conserje en la Escuela de Música entre semana en época navideña de 15:00h a 21:00h, del 21 de diciembre al 7 de enero. Cuando las actividades programadas superen el horario habitual, se deberán realizar horas extraordinarias. -Policía Municipal: Deberán efectuar la vigilancia, control y seguridad de los actos programados, según las indicaciones que al efecto se exponen en el Programa aprobado y las que en su caso pudiera solicitar la Sra. Animadora Sociocultural. Respecto del acto de Recepción de los Reyes Magos a celebrarse el día 5 de enero de 2017 en el Frontón Municipal de Las Llanas, por la Policía Municipal deberá procederse

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oportunamente en orden a que el aforo total del espectáculo en ningún caso supere el número de 700 personas; todo ello al objeto de que el presente acuerdo sea conforme a lo previsto en el artículo 16 de la Ley del Parlamento Vasco 4/1995, de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas. Asimismo, por el Sr. Jefe de la Policía Local deberá elaborase el Plan de Seguridad y Emergencia que corresponda para el desarrollo de la Recepción de niños en el Frontón Municipal el día 5 de enero. - Brigada Municipal: Se encargará de la dotación de infraestructuras según el informe elaborado por la Sra. Animadora Sociocultural. Asimismo deberán atender las instrucciones que al efecto se les impartan de conformidad con las circunstancias que concurran en el desarrollo del programa. - Director de Deportes: Deberá reservar el Frontón Municipal de Las Llanas los días 23 de diciembre por la tarde y 24 por la mañana instalación de la caseta del Olentzero y recepción de los niños. Jueves 5 de enero para el montaje del escenario, recepción de la Cabalgata de los Reyes Magos y retirada de los materiales. Asimismo se deberá poner la calefacción en el precitado frontón el día 5 de enero en la recepción de niños por los Reyes Magos, entre las 20 y 22 horas. -Sección de Contratación / Interior: El tipo de programa planteado requiere limpieza ordinaria los días laborables en el Salón y Sala de Exposiciones de la Escuela de Música, ya que prácticamente entre el 10 de diciembre y el 7 de enero hay actividad todos los días o depósito de materiales. Asimismo se deberá efectuar la limpieza extraordinaria en los siguientes días y lugares que se señalan:

Plaza del Kasko los días 25 y 26 para eliminar restos de la quema del Olentzero.

Frontón Municipal y calles del recorrido de la Cabalgata el día 7 de enero, tras la recepción de los Reyes Magos. En caso de mal tiempo y si la recepción del Olentzero se realiza en el Frontón Municipal, limpieza del mismo el día 26.

De la Plaza de San Pedro el día 16 de enero, lunes, después de la Feria Agrícola, debiendo habilitarse una zona en la propia Plaza San Pedro para colocar los cubos de basura y desperdicios que genera dicha feria.

Quinto.- Remitir copia del Programa aprobado a Cruz Roja Margen Izquierda y a Protección Civil de Sestao, solicitando su participación en aquellas actividades del Programa que requieren la adopción de medidas de seguridad y prevención, especialmente la celebración del Olentzero el día 24 de diciembre de 2016, la Feria Agrícola el día 15 de enero de 2016 y la Cabalgata y Recepción de Reyes Magos el día 5 de enero de 2017.

Sexto.- Facultar al Sr. V Teniente de Alcalde, Delegado de Cultura, Euskera y Deportes, para resolver cuantas incidencias surjan en el desarrollo del Programa aprobado y disponer el abono de las cuantías que procedan dentro del límite presupuestario aprobado.

Séptimo.- Dar traslado del presente acuerdo a la Sra. Animadora Sociocultural, a la Sr.a Interventora Municipal y Sra. Tesorera Municipal

Octavo.- Dar traslado del presente acuerdo junto con una copia del informe de la Sra. Animadora Sociocultural, a la Sr. Directora de la Escuela de Música, Sres. Conserjes de la Escuela de Música, Sra. Directora de la Biblioteca Municipal, Sr. Responsable de la Brigada Municipal, Sr. Director Deportivo, Sra. Encargada de la Limpieza, Sr. Jefe de la Policía Local, Sr. Jefe de Sección de Contratación - Interior.

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Urbanismo, vivienda y Medio Ambiente

Núm. 6.- Licencia Municipal de Obras solicitada por D. P. L. G., en representación de la Comunidad de Propietarios del Inmueble nº 2 de la calle Meléndez Pelayo, para el mantenimiento y conservación de la fachada medianera del citado inmueble.

“Visto el escrito y la documentación presentados por D. J. P. L. G., en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 2 de la calle Menendez Pelayo, con entrada en el Registro General del Ayuntamiento nº 10304 de fecha 14 de Octubre de 2016, en solicitud de licencia municipal de obras para el mantenimiento y conservación de la fachada medianera del citado inmueble, y visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos de Urbanismo de fecha 10 de Noviembre de 2016 y de conformidad con la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local,

APRUEBA, por unanimidad; PRIMERO: Conceder a la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 2 de la

calle Menendez Pelayo (CIF nº XXXXXXXX), licencia municipal de obras para el mantenimiento y conservación de la fachada medianera del citado inmueble.

SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción a la documentación presentada y además deberán cumplirse las siguientes condiciones: CONDICIONES PARTICULARES: - Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del

Ayuntamiento la siguiente documentación: Nombramiento del Coordinador de Seguridad y Salud. Comunicación de apertura de centro de trabajo.

- El color final de la fachada será el mismo que actualmente tiene la fachada medianera y la fachada principal del inmueble.

- Los medios auxiliares se ajustarán al Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura; y las determinaciones establecidas por el artículo 4.3 del Anexo II del Decreto 68/2000 de Accesibilidad y el artículo 39 de la Orden VIV/651/2010.

- La ocupación de dominio público para la instalación de caseta de obra o cualquier otro medio auxiliar requiere de la previa solicitud de la correspondiente autorización municipal mediante la presentación de documento escrito y gráfico que especifique los medios necesarios, los plazos estimados y la propuesta de ubicación.

- El plazo de inicio máximo de las obras será de DOS MESES desde la fecha de notificación de la licencia.

- El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES.

- El plazo de finalización de las obras será de TRES MESES, desde la concesión efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos

CONDICIONES GENERALES: OCUPACION DE VÍA PÚBLICA:

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EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

- No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja debidamente, mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e impermeables que eviten su deterioro.

- Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación.

CONTENEDORES DE OBRA: - Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la utilización de

contenedores, debiendo de ser normalizados. - El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que

le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor. - En caso de vertido de escombros desde altura, se utilizarán tolvas cerradas y toldo

de cubrición del contenedor. - Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado

de la vía pública de forma inmediata. - No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir de las 15

horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto vallado y autorizado para la propia obra.

- Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

VALLADO: - La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá permanecer en

todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima.

- Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

ELEVACIÓN DE CARGAS: - La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real

Decreto 2177/2004 de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura o legislación posterior que la complemente o sustituya.

- En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra.

SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA: - El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao para que

conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma.

LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO: - Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra,

para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación. - Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su

caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras.

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EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA: - La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador del propio

solicitante de la licencia. - En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá dirigirse al

gestor del servicio de Aguas UDALSAREA (Teléfono de contacto 94.487.31.87), quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador.

TERCERO: En garantía del exacto cumplimiento de las condiciones de la presente licencia, se depositará una fianza de 1.000,-€ que será devuelta previa comprobación de su cumplimiento y del correcto estado de los espacios públicos y mobiliario urbano afectados por las obras. A tales efectos, una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación: - Certificado de ocupación de vía pública donde se reflejarán los días de

ocupación de dominio público y su superficie. - Fotografías en color del estado final.

CUARTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

QUINTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente.

SEXTO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, y sin haber depositado la fianza requerida en la presente licencia.

Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal junto con una copia del justificante de haber depositado en la Tesorería Municipal la mencionada fianza.

SEPTIMO: Que por la Policía Local se mantenga la oportuna vigilancia sobre el cumplimiento de lo ordenado en el apartado anterior, procediéndose a la paralización de las obras caso de que éstas se iniciaran sin dar cumplimiento a lo requerido.

OCTAVO: Notificar la presente resolución a D. J. P. L. G. (DNI nº XXXXXXXX), en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 2 de la calle Menendez Pelayo en la calle Menendez Pelayo nº 2-2 de Sestao, dando traslado de la misma a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local.”

Núm.7.- Licencia Municipal de Obras solicitada por D. E. A. M., en

representación de las Comunidades de Propietarios de los inmuebles nºs 8y 10 de la calle Sotera de la Mier, para rehabilitación de la cubierta de los citados inmuebles

“Visto el escrito y la documentación presentados por D. E. A. M., en representación de las Comunidades de Propietarios de los inmuebles nºs 8 y 10 de la calle Sotera de la Mier , con entrada en el Registro General del Ayuntamiento nº 11187 de fecha 7 de Noviembre de 2016, en solicitud de licencia municipal de obras para rehabilitación de la cubierta del citado inmueble, y visto el informe favorable emitido por el Arquitecto Técnico Municipal y de conformidad con la propuesta favorable que al

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EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local, APRUEBA, por unanimidad: PRIMERO: Conceder a la Comunidad de Propietarios de los inmuebles nºs 8

y 10 de la calle Sotera de la Mier (NIF nº XXXXXXXX) jy (NIF nº XXXXXXXX), licencia municipal de obras para rehabilitación de la cubierta del citado inmueble..

SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción al Proyecto redactado por los Arquitectos Dña. Z. A., Dña. M. F. y Dña. A. R. y visado por su Colegio Oficial a 26 de Agosto de 2016, y además deberán cumplirse las siguientes condiciones: CONDICIONES PARTICULARES: - Cualquier alteración del proyecto, excepto los condicionantes impuestos en esta

licencia, requerirá previa autorización expresa del Ayuntamiento. - Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del

Ayuntamiento la siguiente documentación: Nombramiento del Técnico Director de la obra y Coordinador de

Seguridad y Salud. Acta de aprobación del plan de gestión de residuos de conformidad al

Decreto 112/2012 por la que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición y nombramiento de la persona responsable de la gestión.

Comunicación de apertura de centro de trabajo. Acta de aprobación del Plan de Seguridad y Salud.

- Se deberá instalar una marquesina de protección perimetral para proteger de posibles caídas de útiles, objetos o materiales procedentes de la obra hacia el exterior.

- Los medios auxiliares se ajustarán al Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura; y las determinaciones establecidas por el artículo 4.3 del Anexo II del Decreto 68/2000 de Accesibilidad y el artículo 39 de la Orden VIV/651/2010.

- La ocupación de dominio público para la instalación de caseta de obra o cualquier otro medio auxiliar no incluido en el proyecto, requiere de la previa solicitud de la correspondiente autorización municipal mediante la presentación de documento escrito y gráfico que especifique los medios necesarios, los plazos estimados y la propuesta de ubicación.

- El plazo de inicio máximo de las obras será de DOS MESES desde la fecha de notificación de la licencia.

- El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES.

- El plazo de finalización de las obras será de OCHO MESES, desde la concesión efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos

CONDICIONES GENERALES: OCUPACION DE VÍA PÚBLICA: - No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja debidamente,

mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e impermeables que eviten su deterioro.

- Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para

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EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación.

CONTENEDORES DE OBRA: - Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la utilización de

contenedores, debiendo de ser normalizados. - El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que

le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor. - En caso de vertido de escombros desde altura, se utilizarán tolvas cerradas y toldo

de cubrición del contenedor. - Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado

de la vía pública de forma inmediata. - No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir de las 15

horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto vallado y autorizado para la propia obra.

- Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

VALLADO: - La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá permanecer en

todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima.

- Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

ELEVACIÓN DE CARGAS: - La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real

Decreto 2177/2004 de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura o legislación posterior que la complemente o sustituya.

- En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra.

SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA: - El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao para que

conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma.

LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO: - Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra,

para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación. - Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su

caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras.

TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA: - La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador del propio

solicitante de la licencia. - En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá dirigirse al

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Folio núm. 41 /2016 11

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gestor del servicio de Aguas UDALSAREA (Teléfono de contacto 94.487.31.87), quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador.

TERCERO: De conformidad a Decreto 112/2012 por la que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, se depositará una fianza de 240,68.-€ en concepto de garantía de la adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición.

La devolución de la fianza sólo se producirá previa solicitud de la persona obligada y tras la acreditación documental de la correcta gestión de los residuos generados en la obra mediante la presentación del informe final de gestión de residuos al que se alude en el apartado CUARTO de la presente resolución. En caso de no acreditarse la adecuada gestión de los residuos, y sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador previsto en la normativa de Residuos, el Ayuntamiento podrá ejecutar subsidiariamente las actuaciones necesarias para la correcta gestión de los mismos y si ello no fuera posible, destinar el importe de la fianza a la realización de actuaciones de mejora ambiental en el municipio

CUARTO: En garantía del exacto cumplimiento de las condiciones de la presente licencia, se depositará una fianza de 1.000,-€ que será devuelta previa comprobación de su cumplimiento y del correcto estado de los espacios públicos y mobiliario urbano afectados por las obras. A tales efectos, una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación: - Certificado Final de Obra, suscrito por el técnico director de la obra, visado por su

Colegio Profesional de conformidad al Anejo II.3. de la parte primera del Código Técnico de la Edificación.

- Certificado del valor final de obra. - Informe final de gestión de residuos, firmado por la dirección facultativa y verificado

por su Colegio Profesional, en el que se acredite la correcta gestión de los residuos generados en la obra de acuerdo con el modelo que se especifica en el anexo III del Decreto 112/2012.

- Certificado de ocupación de vía pública donde se reflejarán los días de ocupación de dominio público y su superficie.

- Fotografías en color del estado final. - Copia de solicitud a Catastro del Departamento de Hacienda y Finanzas de la

Diputación Foral de Bizkaia, para la actualización del valor catastral del inmueble por la intervención de rehabilitación.

QUINTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

SEXTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente.

SEPTIMO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, y sin haber depositado las fianzas requeridas en la presente licencia.

Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal junto con una copia del justificante

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de haber depositado en la Tesorería Municipal las mencionadas fianzas. OCTAVO: Que por la Policía Local se mantenga la oportuna vigilancia sobre el

cumplimiento de lo ordenado en el apartado anterior, procediéndose a la paralización de las obras caso de que éstas se iniciaran sin dar cumplimiento a lo requerido.

NOVENO: Notificar la presente resolución a D. E. A. M. (DNI nº XXXXXXX), en representación de las Comunidades de Propietarios de los inmuebles nº 8 y 10 de la calle Sotera de la Mier, con domicilio a efectos de notificación en Alameda Las Llanas, 23-Asesoria de Sestao, dando traslado de la misma a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local.”

Núm. 8.- Licencia Municipal de Obras solicitada por W. S. V., en

representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 81 de la calle Gran Vía, para el saneado y reparaciones puntuales del revestimiento exterior de aleros y fachada principal, para su posterior aplicación de pintura en el citado inmueble.

“Visto el escrito y la documentación presentados por D. W. S. V., en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 81 de la calle Gran Vía, con entrada en el Registro General del Ayuntamiento nº 9662 de fecha 29 de septiembre de 2016, en solicitud de licencia municipal de obras para el saneado y reparaciones puntuales del revestimiento exterior de aleros y fachada principal, para su posterior aplicación de pintura en el citado inmueble, y visto el informe favorable emitido por el Arquitecto Técnico Municipal y de conformidad con la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local,

APRUEBA, por unanimidad: PRIMERO: Conceder a la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 81 de

la calle Gran Vía (CIF XXXXXXXX), licencia municipal de obras para el saneado y reparaciones puntuales del revestimiento exterior de aleros y fachada principal, para su posterior aplicación de pintura en el citado inmueble.

SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción a la documentación presentada y además deberán cumplirse las siguientes condiciones: CONDICIONES PARTICULARES: - Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del

Ayuntamiento la siguiente documentación: La documentación gráfica del informe firmada por el técnico director de

la misma. Nombramiento del Coordinador de Seguridad y Salud. Comunicación de apertura de centro de trabajo. Acta de aprobación del plan de seguridad y salud.

- Los medios auxiliares se ajustarán al Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

- La ocupación de dominio público para la instalación de caseta de obra o cualquier otro medio auxiliar requiere de la previa solicitud de la correspondiente autorización municipal mediante la presentación de documento escrito y gráfico que especifique los medios necesarios, los

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Folio núm. 41 /2016 13

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plazos estimados y la propuesta de ubicación. - El plazo de inicio máximo de las obras será de DOS MESES desde la fecha de

notificación de la licencia. - El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y

como máximo de UN MES. - El plazo de finalización de las obras será de SEIS MESES, desde la concesión

efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos CONDICIONES GENERALES: OCUPACION DE VÍA PÚBLICA: - No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja debidamente,

mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e impermeables que eviten su deterioro.

- Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación.

CONTENEDORES DE OBRA: - Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la utilización de

contenedores, debiendo de ser normalizados. - El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que

le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor. - En caso de vertido de escombros desde altura, se utilizarán tolvas cerradas y toldo

de cubrición del contenedor. - Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado

de la vía pública de forma inmediata. - No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir de las 15

horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto vallado y autorizado para la propia obra.

- Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

VALLADO: - La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá permanecer en

todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima.

- Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

ELEVACIÓN DE CARGAS: - La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real

Decreto 2177/2004 de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura o legislación posterior que la complemente o sustituya.

- En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra.

SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA: - El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao para que

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Folio núm. 41 /2016 14

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conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma.

LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO: - Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra,

para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación. - Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su

caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras.

TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA: - La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador del propio

solicitante de la licencia. - En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá dirigirse al

gestor del servicio de Aguas UDALSAREA (Teléfono de contacto 94.487.31.87), quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador.

TERCERO: En garantía del exacto cumplimiento de las condiciones de la presente licencia, se depositará una fianza de 1.000,-€ que será devuelta previa comprobación de su cumplimiento y del correcto estado de los espacios públicos y mobiliario urbano afectados por las obras. A tales efectos, una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación: - Certificado de ocupación de vía pública donde se reflejarán los días de

ocupación de dominio público y su superficie. CUARTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de

propiedad y sin perjuicio de terceros. QUINTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos

establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente. SEXTO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán

iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, y sin haber depositado la fianza requerida en la presente licencia.

Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal junto con una copia del justificante de haber depositado en la Tesorería Municipal la mencionada fianza.

SEPTIMO: Que por la Policía Local se mantenga la oportuna vigilancia sobre el cumplimiento de lo ordenado en el apartado anterior, procediéndose a la paralización de las obras caso de que éstas se iniciaran sin dar cumplimiento a lo requerido.

OCTAVO: Notificar la presente resolución a D. W. S. V. (DNI Nª XXXXXXX), en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 81 de la calle Gran Vía de Sestao, dando traslado de la misma a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local.”

Núm. 9.- Licencia Municipal de Obras solicitada por “ARD Asesoría

Integral S.L.” en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº

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1 Boque C del Grupo Nuestra Señora del Carmen, para la sustitución del canalón de la cubierta del citado inmueble.

“Visto el escrito y la documentación presentados por “ARD Asesoría Integral, S.L.”, en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 1, bloque C del Grupo Nuestra Señora del Carmen, con entrada en el Registro General del Ayuntamiento nº 10549 de fecha 21 de octubre de 2016, en solicitud de licencia municipal de obras para la sustitución del canalón de la cubierta del citado inmueble, y visto el informe favorable emitido por el Arquitecto del Servicio Técnico de Urbanismo y de conformidad con la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local,

APRUEBA, por unanimidad: PRIMERO: Conceder a la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 1,

bloque C del Grupo Nuestra Señora del Carmen (CIF H48900393), licencia municipal de obras para la sustitución del canalón de la cubierta del citado inmueble.

SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción a la documentación presentada y además deberán cumplirse las siguientes condiciones: CONDICIONES PARTICULARES: - Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del

Ayuntamiento la siguiente documentación: Nombramiento del Coordinador de Seguridad y Salud. Comunicación de apertura de centro de trabajo.

- Cuando se estén ejecutando los trabajos sobre los aleros de cubierta en las diferentes fachadas del edificio, se deberá interrumpir el paso peatonal bajo dicho alero y proporcionar un itinerario alternativo. Este estará gestionado por una persona encargada de avisar y colocar el balizamiento correspondiente.

- Los medios auxiliares se ajustarán al Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura; y las determinaciones establecidas por el artículo 4.3 del Anexo II del Decreto 68/2000 de Accesibilidad y el artículo 39 de la Orden VIV/651/2010.

- La ocupación de dominio público para la instalación de caseta de obra o cualquier otro medio auxiliar requiere de la previa solicitud de la correspondiente autorización municipal mediante la presentación de documento escrito y gráfico que especifique los medios necesarios, los plazos estimados y la propuesta de ubicación.

- El plazo de inicio máximo de las obras será de DOS MESES desde la fecha de notificación de la licencia.

- El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES.

- El plazo de finalización de las obras será de UN MES, desde la concesión efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos

CONDICIONES GENERALES: OCUPACION DE VÍA PÚBLICA: - No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja debidamente,

mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e

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Folio núm. 41 /2016 16

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impermeables que eviten su deterioro. - Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para

evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación.

CONTENEDORES DE OBRA: - Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la utilización de

contenedores, debiendo de ser normalizados. - El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que

le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor. - En caso de vertido de escombros desde altura, se utilizarán tolvas cerradas y toldo

de cubrición del contenedor. - Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado

de la vía pública de forma inmediata. - No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir de las 15

horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto vallado y autorizado para la propia obra.

- Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

VALLADO: - La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá permanecer en

todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima.

- Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

ELEVACIÓN DE CARGAS: - La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real

Decreto 2177/2004 de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura o legislación posterior que la complemente o sustituya.

- En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra.

SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA: - El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao para que

conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma.

LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO: - Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra,

para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación. - Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su

caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras.

TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA: - La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador del propio

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Folio núm. 41 /2016 17

EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

solicitante de la licencia. - En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá dirigirse al

gestor del servicio de Aguas UDALSAREA (Teléfono de contacto 94.487.31.87), quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador.

TERCERO: Una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación: - Certificado de ocupación de vía pública donde se reflejarán los días de

ocupación de dominio público y su superficie. - Fotografías en color del estado final.

CUARTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

QUINTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente.

SEXTO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución.

Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal.

SEPTIMO: Que por la Policía Local se mantenga la oportuna vigilancia sobre el cumplimiento de lo ordenado en el apartado anterior, procediéndose a la paralización de las obras caso de que éstas se iniciaran sin dar cumplimiento a lo requerido.

OCTAVO: Notificar la presente resolución a “ARD Asesoría Integral, S.L.” (NIF B95803995), en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 1, bloque C del Grupo Nuestra Señora del Carmen, con domicilio a efectos de notificación en Alameda Las Llanas, 23 (Asesoría ARD), dando traslado de la misma a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local.”

FUERA DEL ORDEN DEL DIA

Fuera del orden del día con la conformidad de todos los asistentes sobre la urgencia que reviste el asunto al que después se hará mención, y a la vista de lo determinado por el artículo 91.4 del Real Decreto 2568/86 de 28 de diciembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, pasó a tratarse el siguiente asunto:

Núm. 10.- Aprobación del rescate de la Parcela nº 53 del Aparcamiento

de Amador Palma, a nombre de D. I. B. F. y constitución de una nueva concesión demanial sobre la misma a favor de D. M. V. T.

“Vista la propuesta formulada por el Jefe de la Sección de Interior y Contratación, relativa al rescate y constitución de una nueva concesión demanial sobre la parcela número 53 en la Planta Primera del Aparcamiento de Amador Palma;

al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional Segunda del TRLCSP, la Junta de Gobierno Local,

APRUEBA, por unanimidad:

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Folio núm. 41 /2016 18

EL ALCALDE - ALKATEAK EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

PRIMERO.- De conformidad con el artículo 2.14 del Pliego de Prescripciones Técnicas para la Construcción y Explotación en Régimen de Concesión Administrativa de Dos Aparcamientos de Residentes en el Subsuelo de los Parques de Amador Palma y Portopín, acordar el rescate de la plaza número 53 en la Planta Primera del Aparcamiento de Amador Palma, a nombre de D. I. B. F., con D.N.I. Nº XXXXXXX, por un importe de 18.746,05€.

SEGUNDO.- Acordar la constitución de una nueva concesión demanial sobre la Parcela número 53 del Aparcamiento sito en el subsuelo del Parque de Amador Palma, a nombre de D. M. V. T., con D.N.I. Nº XXXXXXX. TERCERO.- De conformidad con el artículo 2.15 del Pliego de Prescripciones Técnicas para la Construcción y Explotación en Régimen de Concesión Administrativa de Dos Aparcamientos de Residentes en el Subsuelo de los Parques de Amador Palma y Portopin, requerir a D. M. V. T. para que dentro del plazo máximo de 15 días desde la recepción de la presente notificación proceda al abono de la cantidad de 18.746,05€, en concepto de precio de esta segunda concesión demanial. CUARTO.- Declarar el día 28 de febrero de 2077, como fecha para la finalización de la concesión demanial sobre la parcela número 53 en la Primera Planta del Aparcamiento de Amador Palma. QUINTO.- Abonar a D. I. B. F., con D.N.I. XXXXXXX, un importe de 18.746,05€, en concepto de precio por el rescate de la Parcela número 53 de la Primera Planta del Aparcamiento de Amador Palma.

SEXTO.- Notificar el presente Acuerdo a las siguientes personas: .- D. I. B. F., con domicilio a efectos de notificaciones en el número 33, 1º B,

de la calle XXXXXX del término municipal de Derio, CP 48160. .- D. M. V. T., con domicilio a efectos de notificaciones en el número 6, 4º

centro de la calle XXXXXXX, del término municipal de Sestao, CP 48160. Así mismo, dar traslado del presente acuerdo a la Comunidad de

Concesionarios del Aparcamiento de Amador Palma, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Gordoniz número 44, del término municipal de Bilbao, CP 48002, así como a los Servicios Técnicos Municipales de Obras y Servicios, a la Sección de Hacienda y Patrimonio, y a las Áreas de Intervención y Tesorería Municipales.

El Sr. Presidente levantó la sesión, siendo las nueve horas minutos de

este día, extendiéndose la presente acta en dieciocho folios, numerados del cuatrocientos cincuenta y nueve al cuatrocientos setenta y seis, ambos inclusive, con la versión en euskera que resulta de la traducción efectuada por los traductores municipales Dª A. G. U. y D. J. B. A., de cuyo contenido como Secretario doy fe.