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PORF.ERIC GEOVANI PRADO FONSECA JURISDICCIÓN

Jurisdicción y administracion

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PORF.ERIC GEOVANI PRADO FONSECA

JURISDICCIÓN

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JURISIDICCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

La función jurisdiccional está basada en la dualidad fundamental de personas que piden y personas que conceden, se mueve siempre en torno al problema de la satisfacción de pretensiones; la función administrativa no exige, conceptualmente, para su desarrollo, esta iniciativa o impulso exterior así misma, ya que puede obtener la realización de sus fines mediante una conducta espontánea y oficiosa de los órganos a quienes está encomendada.

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JURISIDICCIÓNY ADMINISTRACIÓN

La administración puede obrar no solamente para casos concretos sino por vía general, mediante decretos o resoluciones de carácter abstracto, que obligan a los ciudadanos que se encuentren en las condiciones y circunstancias previstas por el contrario los funcionarios jurisdiccionales no pueden proveer sino para el caso especial y concreto y en cada proceso.

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JURISIDICCIÓNY ADMINISTRACIÓN

Entre el funcionario jurisdiccional y el administrativo media todo el camino que hay entre la independencia en el ejercicio de la función y el sometimiento a las instrucciones e incluso al criterio de otro. El juez es independiente en su función y no está sometido al criterio de superiores.