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JUSTIFICACIÓN DE EDIFICACIÓN, SITO EN POLÍGONO 12 PARCELA 372, T.M COÍN, MÁLAGA ESTUDIO TÉCNICO AUTOR DEL TRABAJO: Javier Ingeniero Técnico de Obras Públicas Colegiado nº: 15.500 C/ Príncipe de Asturias, Bloque 1 Bis, Local 4. 29.100 Coín, Málaga. Contacto: [email protected] Móvil:696 785 291 CLIENTE: PEDRO JESÚS VALERO GUERRA C/ San José, 16. 29.100 Coín, Málaga. Coín, Febrero de 2018

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JUSTIFICACIÓN DE EDIFICACIÓN, SITO EN POLÍGONO 12 PARCELA 372, T.M COÍN, MÁLAGA

ESTUDIO TÉCNICO

AUTOR DEL TRABAJO:

Javier Ingeniero Técnico de Obras Públicas Colegiado nº: 15.500 C/ Príncipe de Asturias, Bloque 1 Bis, Local 4. 29.100 Coín, Málaga. Contacto: [email protected] Móvil:696 785 291

CLIENTE:

PEDRO JESÚS VALERO GUERRA C/ San José, 16. 29.100 Coín, Málaga.

Coín, Febrero de 2018

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Página 1 MEMORIA

INDICE

1.- AUTOR DEL ENCARGO.

2.- OBJETO.

3.- SITUACIÓN ACTUAL.

4.- CONCLUSIONES.

ANEJO I PLANOS.

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Página 2 MEMORIA

1.- AUTOR DEL ENCARGO.

El presente informe lo encarga D.Pedro JesúsValero Guerra, con domicilio a estos efectos en C/ San José nº 16 del municipio de Coín en la provincia de Málaga a la empresa VALGUER, Consultoría y Estudios de Ingeniería S.l., con domicilio en C/ Príncipe de Asturias Bloque 1-Bis, local 4, del Municipio de Coín, Provincia de Málaga y representada por D. Francisco Javier Valero Guerra, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, con nº de colegiado 15.500 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles. 2.- OBJETO. El objetivo del presente informe es justificar la edificación existente en la parcela 372 del polígono 12 del Catastro de Rústica de Coín, la cual es anterior al año 1975. 3.- SITUACIÓN ACTUAL. La edificación, con una antigüedad anterior al año 1975, se encuentra ubicada en el Término Municipal de Coín, en el polígono 12 parcela 372 y encontrándose en las coordenadas de la georreferencia según UTM USO 30 ETRS 89: X: 344.793 Y: 4.058.650 En la parcela de D. Pedro Jesus Valero Guerra existes tres construcciones:

• Un almacén de planta baja, con dos habitaciones y barbacoa. • Una edificación de dos pantas, estando destinada a vivienda, con

varias dependencias y habitaciones, por planta. • Piscina.

Estas edificaciones se encuentran a una distancia Mínima de 88 metros del arroyo de la Campiñuela, existiendo un desnivel entre el arroyo y la edificación de 12 metros aproximadamente según se recoge en plano adjunto. El cauce tiene una sección media en la zona mas cercana a la edificación de 2,00 m de ancho por 2,50 metros de alto aproximadamente, pudiéndose soportar hasta caudales de 31,00 m3/seg para un periodo de retorno de 500 años. La cuenca de este arroyo tiene una longitud de 1.500 m, pendiente de 0,01, y superficie de 0,55 km2, aportando un caudal máximo de 5,5 m3/seg para un periodo de retorno de 500 años.

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Página 3 MEMORIA

Las aguas residuales son recogidas por una fosa séptica para pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales de una capacidad de un volumen de (lt) 5000, la cuál será retirada por gestor autorizado cuand0o dicha fosa alcance entre un 85 y 90 % de su capacidad. la misma tiene las siguientes características:

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Página 4 MEMORIA

4.- CONCLUSIONES. Las construcciones quedan fuera de la zona inundable si consideramos la avenida de los 500 años. No obstante, la delimitación definitiva del Dominio Público Hidráulico se realizará una vez se haya confrontado por la Agencia Andaluza del Agua, conforme a lo expresado en el art. 240 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Málaga, Enero de 2018

Fdo.: F. Javier Valero Guerra

Ingeniero Técnico de Obras Públicas Colegiado: 15.500

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ANEJO I PLANOS.

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Global Plastic, S.A. Pol. Ind. Montes de Cierzo, Ctra. N‐232, Km. 86 E‐31500 Tudela (Navarra)                         

+00 34 948 844 406 ‐   +00 34 948 844 405 www.roth‐spain.com       ‐ comercial@roth‐spain.com 

Global Plastic, S.A. inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, tomo 645, folio 38, hoja nº NA‐13.377. Inscripción 1ª ‐ C.I.F.: A31639792 

 

FICHA TÉCNICA COMPACTO FOSA-PREFILTRO ROTHEPUR FC-BIO-5.000 LITROS Descripción: Compactos fosa-prefiltro biológico para el tratamiento primario y secundario de tipo facultativo (anaerobio) de las aguas residuales domésticas. Estos equipos pueden tratar todas las aguas excepto las de lluvia. Están fabricados de una pieza monobloque de polietileno (PE), por el método de rotomoldeo. Son imputrescibles y no se oxidan ni se agrietan. Resisten las variaciones de temperatura. Tienen una larga vida. Los compactos fosa-prefiltro biológico ROTHEPUR BIO constan de un depósito prefabricado de PE en el cual está el prefiltro. Disponen de una boca de hombre circular para su inspección (Ø 500 mm) y una entrada y una salida de diámetro DN110. Dimensiones:

- Volumen de la fosa (lt): 5.000 - Peso:152 Kg.

- Diámetro (mm): 1930 - Altura de la entrada (mm): 1.995

- Altura (mm): 2.235 - Altura de la salida (mm): 1.940

- Diámetro de la entrada y la salida (mm): 110

UNE EN 12566-1

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Global Plastic, S.A. Pol. Ind. Montes de Cierzo, Ctra. N‐232, Km. 86 E‐31500 Tudela (Navarra)                         

+00 34 948 844 406 ‐   +00 34 948 844 405 www.roth‐spain.com       ‐ comercial@roth‐spain.com 

Global Plastic, S.A. inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, tomo 645, folio 38, hoja nº NA‐13.377. Inscripción 1ª ‐ C.I.F.: A31639792 

 

Funcionamiento: El sistema de depuración está basado en un proceso de decantación y fermentación facultativa (anaerobio-aerobio). El agua llega a la fosa por un tubo de diámetro DN 110. En ella decantan las partículas sólidas y pesadas, formándose lodos en el fondo de la fosa. Al mismo tiempo, las materias grasas y ligeras quedan flotando en la superficie. En este compartimento se produce una degradación anaerobia, formándose gases (metano, CO2, H2S, etc), que deben ser eliminados por ventilación alta. Antes de salir de la fosa, las aguas pasan por el prefiltro, lleno de material filtrante (relleno plástico). Los restos orgánicos no retenidos durante la decantación se degradan de forma aerobia, generando microorganismos que quedan fijados a la superficie del relleno plástico. Estos microorganismos se regeneran continuamente dentro del prefiltro de forma natural. Es necesaria una ventilación baja para aireación del prefiltro. La vigilancia periódica del prefiltro es esencial para evitar su colmatación (saturación). Instalación: La fosa se debe enterrar lo más cerca posible al punto de salida de las aguas residuales. El colector de dichas aguas debe colocarse con una pendiente mínima del 2% y evitar el montaje de codos a 90º. Las dimensiones de la zanja serán las adecuadas para colocar la fosa y poder manipularla. En el fondo de la zanja se debe preparar una capa de 10 cm de espesor de arena. La fosa se coloca nivelada encima de esta capa de arena. Se conecta la entrada y la salida de la fosa. Se rellena la zanja con arena compactada al mismo tiempo que se rellena la fosa con agua. Debe dejarse acceso a la fosa para permitir su mantenimiento. También debe instalarse una ventilación alta para permitir la evacuación de los gases producidos durante la fermentación y una ventilación baja para aireación del prefiltro biológico. Mantenimiento: - Salida aguas depuradas

Reducción de MES: 80% Reducción de DBO5: 50%

- Mantenimiento-explotación

Comprobar periódicamente el buen funcionamiento de la fosa y del sistema de evacuación de las aguas que salen de la fosa. El material filtrante se limpia con agua a presión en caso de riesgo de colmatación y se debe renovar a partir de los 7 años de su puesta en marcha.

- Vaciado de lodos

Cuando la altura del lodo sobrepase el 30-40% de la capacidad nominal de la fosa se procederá a la limpieza de la misma (entre 1 y 2 años, según uso). La evacuación de los fangos se efectuará mediante un camión-tanque equipado con una bomba para extracción de lodos. Es conveniente no extraer todos los lodos, sino dejar una pequeña cantidad (10% aprox.) que servirá de inóculo. Para evitar cualquier deformación de la fosa se debe realizar el vaciado según la técnica de nivel constante, es decir, al mismo tiempo que se procede al vaciado del lodo se rellena la fosa de agua.

Todos los datos, informaciones técnicas y dimensiones indicados en este documento son a título informativo y pueden ser modificados sin previo aviso. Para información más detallada consultar el Manual de Transporte, Instalación y Mantenimiento que se envía con el compacto fosa-prefiltro.

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MARCADO CE (REGLAMENTO 305/2011)

Ensayos tipo realizados por:

Aimplas número 1842

FABRICANTE DEL PRODUCTO:

GLOBAL PLASTIC, S.A. POL. IND. MONTES DE CIERZO

CTRA. NAC. 232 – KM. 86 E-31500 TUDELA (NAVARRA)

ESPAÑA

Marcado CE fijado en el año 2010

DECLARACIÓN DE PRESTACIONES NÚMERO: DP-DIV III-001

Sistema de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones: Sistema 3. Norma:

EN 12566-1/A1

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD QUE EL PRODUCTO:

ROTHAFOS Y ROTHEPUR

USO PREVISTO

FOSA SÉPTICA PARA PEQUEÑAS INSTALACIONES DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES PARA POBLACIÓN DE HASTA 50 HABITANTES EQUIVALENTES

CONDICIONES ESPECÍFICAS:

SEGÚN RECOMENDACIONES DESCRITAS EN LA ETIQUETA DEL PRODUCTO Y EN

SUS INSTRUCCIONES. Tabla de las características esenciales exigidas en la norma EN 12566-1/A1 y que deben de cumplir los productos:

Estanquidad a líquidos Conforme

Ensayo realizado por

AIMPLAS

Eficacia hidráulica 0,8754 g de bolas

Comportamiento Estructural Conforme

Durabilidad Conforme

Javier Royo Ardóiz

(Gerente de la empresa Global Plastic)

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INFORME DE ACREDITACION DE LA SITUACION JURÍDICA DE EDIFICACION EN SUELO NO URBANIZABLE

PARTIDO HUERTAS NUEVAS, POLIGONO 12 PARCELA 372

ARQUITECTA: MARÍA JOSÉ GARCIA GUZMÁN PROPIEDAD: PEDRO JESÚS VALERO GUERRA

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1.- ANTECEDENTES: 1.1- AUTOR DEL ENCARGO: Sr. Pedro Jesús Valero Guerra, con NIF 74.940.778-Q, domiciliada en Calle San José, nº 16, de Coín (Málaga).

1.2.- AUTOR DEL INFORME:

El presente informe es redactado por la Arquitecta María José García Guzmán, colegiada nº 655 en el Colegio oficial de Arquitectos de Málaga, y con domicilio profesional en C/ Doctor Palomo y Anaya, 14 bajo de Coín- Málaga. 1.3.- OBJETO DEL TRABAJO

Consiste en la redacción de un informe de acreditación de la situación jurídica de edificación en suelo no urbanizable y asimilado fuera de ordenación de la edificación.

PUBLICADAS EN EL BOLETÍN OFICIAL DELA PROVINCIA DE MÁLAGA 16 DE AGOSTO DE 2013 ORDENANZA REGULADORA DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA POR LA QUE SE ACUERDA LA DECLARACIÓN EN SITUACIÓN ASIMILADA A LA LEGAL DE FUERA DE ORDENACIÓN DE USOS, CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES E INSTALACIONES ERIGIDAS EN SUELO NO URBANIZABLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE COIN SOBRE LAS QUE SE HA PRODUCIDO LA CADUCIDAD DE LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD URBANISTICA QUEBRANTADA. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, EFECTOS Y REQUISITO. TITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1º.- Objeto.

1. La presente Ordenanza Municipal tiene como objeto regular el procedimiento

administrativo de declaración en situación de asimilación al régimen legal de

fuera de ordenación previsto en el artículo 53 del Reglamento de Disciplina

Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los actos de uso del

suelo, y en particular las obras , instalaciones y edificaciones realizadas con

infracción de la normativa urbanística, en el suelo no urbanizable, respecto de las

cuales ya no se pueden adoptar medidas de protección y restauración de la

legalidad por haber transcurrido el plazo citado en el artículo 185 de la ley

7/2002 de 17 de diciembre, sin que por parte de la Administración se hubiere

instruido expediente y recaído resolución ordenando la restauración de la

legalidad.

2. Del mismo modo, de las obras, instalaciones, construcciones y edificaciones

sobre las que habiendo recaído resolución de reposición de la realidad física

alterada, por contravenir la legalidad urbanística, su ejecución deviniera

imposible, en los términos establecidos en el art. 51 del Reglamento de Disciplina

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Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siempre que la

indemnización por equivalencia que se hubiere fijado haya sido íntegramente

satisfecha.

Artículo 2º.Edificaciones sujetas a reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación. Procederá la declaración de reconocimiento de asimilado al régimen de fuera de ordenación en las siguientes edificaciones:

1. Las edificaciones incluidas en el artículo 53 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía.

2. Las que se definen en el artículo 3.1.B.b del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que son las “edificaciones construidas sin licencia urbanística o contraviniendo sus condiciones, respecto a las cuales se hubiere agotado el plazo para adoptar medidas de protección de la legalidad urbanística y de restablecimiento del orden jurídico infringido”.

3. A las que se refiere el artículo 3.2.b del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que son aquellas edificaciones no conformes con la ordenación territorial y urbanística, ubicadas en suelo no urbanizable de especial protección por normativa específica, territorial o urbanística, en terrenos de la Zona de Influencia del Litoral o en suelos con riesgos ciertos de erosión, desprendimientos, corrimientos, inundaciones u otros riesgos naturales, tecnológicos o de otra procedencia si fueron construidas sin licencia urbanística o contraviniendo sus condiciones, y se hubiere agotado el plazo para adoptar medidas de protección de la legalidad urbanística y de restablecimiento del orden jurídico infringido que establece el artículo 185 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, con anterioridad al establecimiento del régimen de protección especial o la imposición de cualquier otra de las limitaciones previstas.

Artículo 3º.- Finalidad. La finalidad del reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación es reconocer su situación jurídica y, en el caso de las edificaciones ubicadas en suelo no urbanizable, satisfacer el interés general que representa la preservación de los valores propios del citado suelo. Conforme a la legislación notarial y registral en la materia, la resolución de reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación será necesaria, en todo caso, para la inscripción de la edificación en el Registro de la

Propiedad.

1.4.- IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE:

Se trata de una vivienda situada en Partido Huertas Nuevas, polígono 12 parcela 372 en Coín-Málaga, la cual se encuentra en suelo no urbanizable y tiene una superficie total de parcela de 6.402 m2 según catastro que se adjunta al final de este documento y

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según escritura 5.888 m2. Las referencias catastrales son 29042A012003720000XI de la finca y 001501600UF45G0001JX del inmueble. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Coín, libro 397, tomo 1151, folio 151, finca 27.162, inscripción 1ª.

• Al presente informe se adjuntan número de finca registral si estuviera inscrita

en el Registro de la Propiedad y su localización geográfica mediante referencia

catastral o, en su defecto, mediante cartografía oficial georreferenciada.

• Nota simple, escritura de la edificación o, en el caso de no existir los anteriores,

contratos de compraventa privados en los que se haga referencia a la antigüedad

de la parcela en el que se ubica la edificación donde se ratifica esta información. 1.5.-PARÁMETROS URBANÍSTICOS:

• Información sobre el cumplimento de los parámetros urbanísticos La documentación suscrita por técnico competente describirá pormenorizadamente que parte de la edificación es la que no se ajusta a las determinaciones del planeamiento urbanístico de aplicación, especificando que parámetros urbanísticos de la legislación y el planeamiento urbanístico de aplicación no se cumplen: uso, situación (retranqueo a linderos), ocupación, altura y/o superficie construida

Se encuentra en Suelo No urbanizable de carácter Natural o Rural. Tal como se especifica en el Plan General (ver plano). Por otra parte, no consta que la finca, sobre la que se ubica la edificación tenga carácter demanial, ni que esté afectada por servidumbre de uso público general.

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INFORMACIÓN SOBRE CIRCUNSTANCIAS Y NORMATIVA URBANÍSTICA DE APLICACIÓN

-PROYECTO: INFORME DE ACREDITACION DE LA SITUACION JURÍDICO DE EDIFICACION EN SUELO NO URBANIZABLE

-EMPLAZAMIENTO: PARTIDO HUERTAS NUEVAS, POLIGONO 12 PARCELA 372 -ENCARGANTE: PEDRO JESÚS VALERO GUERRA -ARQUITECTO/A: MARÍA JOSÉ GARCÍA GUZMÁN

INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA QUE AFECTAN AL PROYECTO

POT ND PGOU

NNSS (Mun.)

NNSS (Prov.) PDSU POI PS PAU PPO PE PERI ED

PEPMF (SNU)

PA (SNU)

PU

PR

Vigente

En tramitación

OBSERVACIONES

Planeamiento general vigente

Anterior a la LOUA Adaptado parcialmente a LOUA Adaptado totalmente a LOUA

Instrumento urbanístico en trámite

Aprobación inicial Aprobación provisional Aprobación definitiva sin publicar

CLASIFICACIÓN Y CATEGORIZACIÓN DEL SUELO

� Según PLANEAMIENTO GENERAL vigente:

SUELO URBANO SUELO URBANIZABLE SUELO NO URBANIZABLE

Suelo urbano consolidado

Suelo urbanizable ordenado

Especialmente protegido

De carácter rural o natural (común)

Suelo urbano no consolidado:

Pendiente de planeamiento de desarrollo

Con ordenación detallada pendiente de

Gestión

Con ordenación detallada de actuación directa

Suelo urbanizable

sectorizado

Hábitat rural diseminado

Suelo agrícola de regadío

Suelo urbanizable

no sectorizado

Suelo agrícola de secano

Protección según PEPMF

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� Según PLANEAMIENTO GENERAL en tramitación:

SUELO URBANO SUELO URBANIZABLE SUELO NO URBANIZABLE

Suelo urbano consolidado

Suelo urbanizable ordenado

Especialmente protegido

De carácter rural o natural (común)

Suelo urbano no consolidado:

Sometido a planeamiento de desarrollo

Con ordenación detallada pendiente de

Gestión

Con ordenación detallada de actuación directa

Suelo urbanizable

sectorizado

Hábitat rural diseminado

Suelo agrícola de regadío

Suelo urbanizable

no sectorizado

Suelo agrícola de secano

Protección según PEPMF

OBSERVACIONES:

LEYENDA:

POT

Plan de Ordenación Territorial de ámbito sub-regional

PAU PAU

Programa de actuación Urbanística (a desaparecer) ND Normativas Directoras PPO Plan Parcial de Ordenación

PGOU Plan General de Ordenación Urbanística PE Plan Especial diferentes especialidades: PEPMF (protección medio físico) NN.SS. Mun.) Normas subsidiarias de ámbito Municipal (a desaparecer) PERI Plan Especial de Reforma Interior NN.SS. (Prov.) Normas subsidiarias de ámbito Provincial (a desaparecer) ED Estudio de Detalle

PDSU Proyecto de delimitación de suelo urbano (a desaparecer) PA Proyecto de Actuación en Suelo No Urbanizable POI Plan de Ordenación Intermunicipal (novedad LOUA) PU Proyecto de Urbanización PS Plan de Sectorización PR Proyecto de Reparcelación

INFORMACIÓN SOBRE CIRCUNSTANCIAS Y NORMATIVA URBANÍSTICA DE APLICACIÓN Hoja nº 2

CALIFICACIÓN URBANÍSTICA PORMENORIZADA

SEGÚN PLANEAMIENTO VIGENTE EN TRAMITACION OBSERVACIONES

Instrumento de ordenación preciso PGOU Calificación urbanística detallada NO URBANIZABLE Ordenanza de aplicación SNU(C)

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ORDENANZAS PARTICULARES DE EDIFICACIÓN

CONCEPTO NORMATIVA VIGENTE NORMATIVA EN TRÁMITE PROYECTADO Estudios previos requeridos Parcela mínima - 6.402 m2 Parcela máxima Longitud mínima de fachada - - Diámetro mínimo inscrito Nº máx. viviendas - 1 Nº mínimo viviendas protegidas - - Tipología edificatoria Altura máxima, nº de plantas - - Altura máxima, metros - - Altura mínima Edificabilidad neta Ocupación planta baja - - Ocupación planta primera - - Ocupación otras plantas - - Separación a lindero público - - Separación a lindero privado 20 m 0 m Separación entre edificios - - Profundidad máxima edificable Retranqueos de alineaciones Condiciones de patio mínimo - - Cuerpos salientes Elementos salientes - - Usos predominantes Almacén de apero Vivienda unifamiliar Usos compatibles - - Usos prohibidos Plazas mínimas de aparcamiento - - Nivel protección edificio existente

OBSERVACIONES:

No cumple los parámetros urbanísticos. En COÍN a 23 de Octubre de 2017 Fdo:

María José García Guzmán

NOTA: La cumplimentación de este modelo de ficha es de carácter voluntario si bien, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 14.1 RDUA (modificado por el Decreto 327/2012 de 10 de Julio), los proyectos técnicos que tengan por finalidad la solicitud de licencia urbanística (edificación, parcelación urbanística y obras ordinarias de urbanización) deben incorporar la correspondiente información sobre las circunstancias establecidas por la legislación y el planeamiento urbanístico relativas al suelo objeto de la actuación.

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2.- MEMORIA DESCRIPTIVA: 1.-La vivienda se sitúa en dos plantas, con una altura libre de 2.60 m, con una

superficie construida cerrada de vivienda de 224,35 m2 y un porche cubierto de 59,10m2.

La planta baja consta de tres dormitorios, dos baños, la entrada y un pasillo; y un porche cubierto en su exterior. La planta alta consta de un dormitorio, salón-comedor, cocina, un baño, dos pasillos y dos terrazas exteriores. Además cuenta con una piscina con 40,30 m2 de lámina de agua, y un almacén-trastero con 24,05 m2. Según la documentación aportada por la propiedad, la construcción de la vivienda está realizada mediante una losa de cimentación y estructura de muros de carga y forjado unidireccional. La cubierta de la vivienda es inclinada de tejas curvas cerámicas.

Se realiza inspección visual técnica de la vivienda, se comprueba que no existe desperfecto en la misma, presentando buen estado de conservación y uso salvo vicios ocultos. Por tanto la vivienda cumple todos los requisitos en materia de habitabilidad y salubridad, aplicable en el procedimiento de reconocimiento de la situación de fuera de ordenación, contemplado en el artículo 10.1 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las superficies útiles son las siguientes:

SUPERFICIES UTILES

Planta Baja Parciales

Entrada 6,45 Pasillo-1 5,50 Escaleras 6,60 Dormitorio-1 16,80 Dormitorio-2 16,90 Dormitorio-3 18,15 Baño-1 6,50 Baño-2 5,80 Porche 59,10 TOTAL 141,80

Planta Alta Parciales

Pasillo-2 4,95 Pasillo-3 3,05 Escaleras 6,50 Cocina 21,15 Salón-comedor 42,00 Dormitorio-4 19,00 Baño-3 9,05 Terraza-1 21,90 Terraza-2 14,20 TOTAL 141,80

Trastero-1 8,70

Trastero-2 8,70

Piscina 40,30

TOTAL SUPERFICIES 341,30

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Las superficies construidas son las siguientes:

SUPERFICIES CONSTRUIDAS

Plantas

SOBRE RASANTE

Vivienda Porche Terraza Superficie

Cerrada Cubierta 50% Descubierta Computable

PLANTA BAJA 100,15 59,10 129,70

PLANTA ALTA 124,20 36,10 124,20

TRASTERO 24,05 24,05

Total 248,40 59,10 36,10 277,95

2. La vivienda está terminada, y apta para uso residencial y reúne las siguientes

condiciones básicas: a) La ubicación de la vivienda es de fácil acceso y reúne todas las condiciones de

seguridad. b) Su implantación no genera riesgos previsibles. c) La seguridad estructural y de utilización es conforme al uso que se destina. d) No altera las condiciones medioambientales ni tampoco afecta a la salud de las

personas de su entorno. e) Los espacios habitables son aptos para su uso. 3.- La vivienda actual tiene una antigüedad al menos de 40 años, según datos

catastrales la vivienda está construida en el año 1979 donde se aporta la referencia catastral y las fotos aéreas que se aporta es del año 1977 donde aparece la construcción de la vivienda.

3.- MEMORIA CONSTRUCTIVA

3.1.- CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURA.-

Se trata de una estructura a base de muros de carga en la vivienda. Además de una cimentación a base losa de cimentación armada de 50 cms. Un forjado unidireccional (25+5/70 ) y en el porche de pilares hormigón.

La cubierta de la vivienda es inclinada de teja cerámica.

3.2.- SANEAMIENTO.-

La edificación cuenta con una red de evacuación de aguas residuales que se encuentra en buen estado de funcionamiento. Todos los aparatos están conectados. Así mismo cuenta con un sistema de depuración, mediante un sistema compacto autónomo.

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3.3.- ALBAÑILERIA.

Los muros existentes en la vivienda son los estructurales, los cuales coinciden con el cerramiento y están hechos mediante muros de termoarcilla enfoscados tanto en su interior como en su exterior. La tabiquería interior está hecha mediante tabicón de ladrillo hueco doble también enfoscados en ambas caras.

3.4.- CUBIERTAS.

Se trata de una cubierta inclinada de teja sobre tabiques palomeros en la vivienda.

3.5.- REVESTIMIENTOS.

Los revestimientos que componen la vivienda son:

-Enfoscado maestreado en paramentos verticales exteriores e interiores en vivienda.

-Alicatado de gres en baño y cocina de formato 20x20.

-Solado de terrazo en piezas de 30x30, tomado con mortero de cemento en el salón y en los dormitorios, cocina y baño es de gres de 30x30.

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4.- PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL

El presupuesto de ejecución material de la edificación o instalación que se pretende usar, que no podrá ser inferior al que resulte de aplicar los módulos colegiales que aparecen en la tabla de “Valores Medios Estimativos de la Construcción” editada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga, a la fecha 2014.

Se ha tratado como una vivienda unifamiliar aislada autoconstruida, distinguiéndose el porche y piscina.

Con estas características se deduce el siguiente presupuesto: Vivienda (Asimilado fuera de ordenación): 224,35 x 649 €/m2=145.603,15 € Porche Cubierto (Asimilado fuera de ordenación):59,10m2 x649 €/m2 x 0,50=19.177,95€ Trastero (Asimilado fuera de ordenación): 24,05m2x376€/m2=9.042,80€ Piscina (Asimilado fuera de ordenación): 40,30 m2 x 418 €/m2 =16.845,40 € Total PEM: 190.669,30 € A efectos del cálculo de autoliquidación como fuera de ordenación, solo habría que tener en cuenta las construcciones posteriores a 1975.

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5.- FOTOGRAFÍAS DE LA EDIFICACIÓN:

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6.- FECHA DE TERMINACIÓN DE LAS OBRAS:

• Fecha de terminación de la edificación, acreditada mediante cualquiera de los

documentos de prueba que se relacionan en el artículo 20 del Texto Refundido

de la Ley del Suelo aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de

junio (certificación expedida por técnico competente, acta notarial descriptiva

de la finca o certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca en la que

conste la terminación de la obra en fecha determinada y su descripción

coincidente con el título). En el caso de la certificación emitida por técnico

competente la fecha de terminación deberá realizarse de manera justificada,

expresa y pormenorizada, refiriéndose, en todo caso, a la fecha de la completa

terminación. Para dicha certificación se deberá incorporar alguna de la

siguiente documentación justificativa:

• Serie de ortofotos aéreas de la finca en la que se ubica la edificación, indicando

el año de las mismas, que permita realizar el seguimiento del proceso de

ejecución de la edificación.

• b) Se podrá incorporar un histórico literal de la finca, si este contiene

información trascendente sobre la edificación objeto de reconocimiento.

• c) Cualquier otra documentación que pueda aportar información sobre la fecha

de terminación de la edificación.

La vivienda tiene una antigüedad superior a 43 años, considerándose terminada antes del año 1975, viéndose en las fotos aéreas de 1977 y según datos catastrales es del año 1979.

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Antigüedad de la vivienda: Ortofoto 1977-2012:

Ortofoto 1984-2012:

Ortofoto 2003-2012:

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Ortofoto 2005-2012:

Ortofoto 2008-2012:

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7._ANEXO, CERTIFICADO DE ANTIGÜEDAD EXISTENTE: María José García Guzmán, con D.N.I. 27.391.914-H, Arquitecto perteneciente al Colegio de Arquitectos de Málaga y nº de colegiado 655.

CERTIFICO Que a requerimiento del Sr. Pedro Jesús Valero Guerra con D.N.I. 74.940.778-Q, domiciliado en Calle San José, 16 en Coín (Málaga). Me he personado en la parcela de su propiedad, sita en Partido Huertas Nuevas, Polígono 12 Parcela 372, del término municipal de Coín, provincia de Málaga, inscrita en el registro de la Propiedad de Coín, libro 397, tomo 1151, folio 151, finca 27.162, inscripción 1ª, con una superficie de parcela 6.402 m2 según catastro y según escritura 5.888 m2, situado en suelo no urbanizable no protegido (SNU-C). En esta finca existen las siguientes construcciones:

Vivienda unifamiliar aislada. La vivienda, de planta baja está construida mediante muros de carga, forjados

unidireccionales y cubierta inclinada. Se ha colocado solería de gres cerámico en dormitorios, cocina y baño y terrazo en salón comedor, aluminio con acristalamiento simple.

La distribución de la vivienda es la siguiente: Planta Baja: Está compuesto por tres dormitorios, dos baños, una entrada, un

pasillo y un porche cubierto. Planta Alta: Está compuesto por un dormitorio, un baño, cocina, salón-comedor,

dos pasillos y dos terrazas. La superficie construida cerrada en planta Baja es de 100,15 m2, superficie

construida del porche cubierto es de 59,10m2 en planta Alta es de 124,20m2. Las superficies totales son las siguientes: Superficie construida cerrada total vivienda: 253,90m2 Ocupación en planta vivienda: 159,25m2 Superficie construida descubierta: 36,10 m2 Asimismo, aseguro que la construcción totalmente acabada tiene una antigüedad

superior a 43 años. Se adjunta fotografía aérea que demuestra este dato del año 1977.

jmiguel.guillen
Cuadro de texto
jmiguel.guillen
Cuadro de texto
jmiguel.guillen
Cuadro de texto
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Al certificado se adjunta también fotografía de las fachadas y planos de la vivienda.

Por lo que a efectos del Art. 52 del r.D. 1.093/97, referente a las Normas

Complementarias del reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaría sobre inscripción del registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística,

Expido el presente en Coín, a 23 de Octubre de 2017

Fdo: María José García Guzmán Arquitecta Colg. nº 655

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8.- APTITUDES DE LA EDIFICACIÓN.

• Aptitud de la edificación terminada para el uso a que se destina, mediante

certificación que acredite que reúne las condiciones de seguridad,

habitabilidad y salubridad.

• a) Certificación de que se cumplen los requisitos de seguridad, habitabilidad y

salubridad definidos en la ordenanza municipal y demás normativa que sea de

aplicación a la edificación.

• b) Documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las

instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora y,

en su caso, certificación emitida por las empresas suministradoras de los

servicios públicos de la correcta ejecución de las acometidas de las redes de

suministros

CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE

HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN

La edificación sita en Partido Huertas Nuevas en Polígono 12, Parcela 372 del

T.M. de Coín (Málaga), es apta para el uso al que se destina al reunir las siguientes condiciones.

CONDICIONES DE UBICACIÓN Y ACCESIBILIDAD.

• Su ubicación no resulta incompatible con otros usos autorizados y

dispone de accesibilidad adecuada en condiciones de seguridad.

La vivienda tiene uso residencial y su acceso es adecuado en condiciones de seguridad.

IMPACTO GENERADO POR LA EDIFICACIÓN.

• La edificación, incluyendo los usos y actividades que en ella se

desarrollen, no pueden ser generadoras en sí mismas de impactos que

pongan en peligro las condiciones de seguridad, de salubridad,

ambientales o paisajísticas de su entorno, en especial:

No afecta a las condiciones de estabilidad o erosión de los terrenos colindantes, ni provocar peligro de incendio. No provoca la contaminación de la tierra, el agua o el aire. No origina daños físicos a terceros o de alcance general. No alterar gravemente la contemplación del paisaje y de los elementos singulares del patrimonio histórico. CONDICIONES DE SEGURIDAD

• Las edificaciones deberán reunir las condiciones de resistencia y

estabilidad estructural exigidas por la normativa de aplicación conforme

al uso al que se destina, sin que se pueda encontrar afectadas por

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lesiones que pongan en peligro a sus ocupantes o a terceras personas, o

repercutan sobre los predios colindantes. En todo caso, deberá contar

con medidas que garanticen la seguridad de las personas, bienes o

enseres ante posibles riesgos por avenidas o escorrentías.

La edificación presenta unas grietas de asentamiento del terreno, el cual le hará falta un proyecto de recalce, salvo vicios ocultos y una vez realizado el proyecto de recalce, reúne las condiciones de resistencia y estabilidad estructural para el uso al que se destina.

• La edificación deberá cumplir con las exigencias básicas de protección

contra incendios conforme al uso al que se destina, disponiendo de las

medidas que eviten el riesgo de propagación interior y exterior del

incendio y los medios de evacuación que sean precisos.

La edificación cumple con las medidas básicas de protección contra incendios, salvo vicios ocultos.

• La utilización de la edificación no debe comportar riesgos físicos para los

usuarios, disponiendo de medidas que eviten el riesgo de caídas en

huecos, terrazas y escaleras, así como otros riesgos previsibles. Las

instalaciones que disponga la edificación deberán reunir las condiciones

de uso y seguridad exigidas por la normativa de aplicación, sin que su

funcionamiento pueda implicar riesgo alguno para las personas y

usuarios.

La edificación no comporta riesgos físicos para los usuarios. CONDICIONES DE HABITABILIDAD.

• La edificación deberá reunir las condiciones de estanqueidad y

aislamiento necesarias para evitar la presencia de agua y humedades

que puedan afectar a la salud de las personas, así como disponer de

medidas que favorezcan la ventilación y la eliminación de

contaminantes procedentes de la evacuación de gases, de forma que se

garantice la calidad del aire interior de la edificación.

La edificación, salvo vicios ocultos, cumple las condiciones de habitabilidad para el uso de vivienda.

• La edificación deberá contar con un sistema de abastecimiento de agua

que posibilite las dotaciones mínimas exigibles en función del uso al que

se destina. En el supuesto del uso residencial, se establece como

dotación mínima 250 litros por persona y día. Además la edificación

habrá de contar con un sistema de almacenamiento con una capacidad

mínima de 2 veces la demanda diaria.

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• Cuando se trate de un sistema de abastecimiento autosuficiente,

realizado mediante pozos, aljibes, balsas u otros medios autorizados,

éstos deberán reunir las condiciones exigidas por la normativa de

aplicación (en particular con el R.D. 140/2003 de 7 de febrero por el

que se establece los criterios sanitarios de la calidad del agua de

consumo humano), y estar ubicados de forma que no exista peligro

para la contaminación de las aguas. En todo caso deberá quedar

garantizada la potabilidad de las aguas para el consumo humano.

• La edificación deberá contar con un sistema de abastecimiento de agua

que posibilite las dotaciones mínimas exigibles en función del uso al que

se destina. En el supuesto del uso residencial, se establece como

dotación mínima 250 litros por persona y día. Además la edificación

habrá de contar con un sistema de almacenamiento con una capacidad

mínima de 2 veces la demanda diaria.

La vivienda dispone de suministro de abastecimiento de agua de la red pública municipal, además de un depósito de agua de 2.000 litros.

Cuando se trate de un sistema de abastecimiento autosuficiente, realizado

mediante pozos, aljibes, balsas u otros medios autorizados, éstos deberán reunir las condiciones exigidas por la normativa de aplicación (en particular con el R.D. 140/2003 de 7 de febrero por el que se establece los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano), y estar ubicados de forma que no exista peligro para la contaminación de las aguas. En todo caso deberá quedar garantizada la potabilidad de las aguas para el consumo humano.

• Deberá justificarse que la edificación dispone en su entorno más próximo

de algún punto para la recogida de residuos sólidos urbanos

(contenedores municipales).

La edificación dispone de contenedores próximos municipales para la recogida de residuos. Si la edificación se destina a uso residencial deberá cumplir las siguientes exigencias:

• a) Las viviendas deberán contar con una superficie útil no inferior a 24

m2, e incluir, como mínimo, una estancia que realice las funciones de

estar y descanso, un equipo de cocina y un cuarto de aseo

independiente.

La vivienda cuenta con una superficie útil de 301,00 m2 y la piscina con una superficie de lámina de agua de 40,30m2.

• b) Las piezas habitables no pueden estar situadas en planta sótano y

deberán estar independizadas de otros locales anexos de uso no

compatible.

La vivienda no dispone de planta sótano.

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• c) Ninguno de los espacios habitables puede servir de paso obligado a

otros locales que no sean de uso exclusivo de los mismos.

No existen pasos a otros locales ni usos diferentes al de vivienda.

• d) Todas las piezas habitables deben de disponer de iluminación natural

desde un espacio abierto exterior o patio de luces, excepto los cuartos

de aseo y las dependencias auxiliares. Los huecos de iluminación deben

tener una dimensión mínima superior a 1/10 de la superficie útil de la

pieza, con huecos practicables para ventilación de al menos 1/3 de la

dimensión mínima. Los baños y aseos que no dispongan de huecos de

ventilación directa al exterior, deben disponer de un sistema de

ventilación forzada, con renovación continua de aire, o disponer de un

sistema de ventilación mecánica.

Todos los espacios habitables cuentan con iluminación y ventilación natural.

• e) Los patios deberán garantizar de forma eficaz la iluminación y

ventilación de las dependencias que den a ellos.

No existen patios.

• f) La funcionalidad de las estancias debe posibilitar la inscripción de, al

menos, un cuadrado de 2,40 x 2,40 metros en la sala de estar y de 1,80

x 1,80 metros en las habitaciones destinadas al descanso.

La edificación cuenta con un salón de 5,36x8,91m y cuatro habitaciones de dimensiones superiores a 1.80x1.80m tal y como se presentan en planos de acotado.

• g) Las alturas libres entre pavimentos y techos acabados deberán ser,

como mínimo, de 2,40 metros y de 2,20 metros en vestíbulos, pasillos y

cuartos de aseo.

La altura libre es de 2.60m

• h) Toda vivienda deberá contar al menos con las siguientes instalaciones

en condiciones de uso y seguridad.

Red interior para suministro de agua a los aparatos sanitarios y electrodomésticos.

• Red interior para suministro de energía eléctrica a los puntos de

consumo,− conectada a la red de suministro o mediante soluciones

alternativas de autoabastecimiento.

• Red interior de desagüe de aparatos sanitarios y, en su caso,

electrodomésticos,− disponiendo todos ellos de dispositivos sifónicos,

pudiendo ser tanto individuales como comunes.

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La vivienda dispone de abastecimiento de agua de suministro público municipal, suministro de energía eléctrica, y desagües mediante dispositivos sifónicos. El saneamiento se conduce a un sistema de depuración, mediante un sistema compacto autónomo.

• Las viviendas deberán disponer de un equipo doméstico indispensable,

constituido por aparatos sanitarios para baño o ducha, lavabo e

inodoro, instalación de fregadero y espacios aptos para cocinar y lavar.

La vivienda cuenta con aparatos sanitarios, fregadero y espacios aptos para cocinar y lavar.

• Independientemente del uso al que se destinen las edificaciones, la

perdida global de calor del edificio, el comportamiento térmico de su

envolvente y la eficiencia energética del inmueble y sus instalaciones se

ajustarán a la normativa vigente en esta materia.

Salvo vicios ocultos y entendiendo que la vivienda tiene una antigüedad superior a 40 años, el comportamiento térmico no presenta desviaciones dignas de mención.

• Por otro lado, y con carácter general a todos los usos, los elementos

separadores entre distintos locales, viviendas y zonas comunes

contarán con la suficiente protección al ruido establecida en la

normativa de aplicación.

Al ser vivienda unifamiliar aislada no existen elementos separadores contra la protección del ruido entre las distintas dependencias. EL TÉCNICO QUE SUSCRIBE CERTIFICA. LA EDIFICACIÓN SITA EN PARTIDO HUERTS NUEVAS EN POLIGONO 12, PARCELA 372 EN EL T.M. DE COÍN (MÁLAGA), CUMPLE LOS REQUISITOS DE SEGURIDAD, HABITABILIDAD SALUBRIDAD DEFINIDOS EN LA ORDENANZA MUNICIPAL Y ADEMÁS NORMATIVA QUE SEA DE APLICACÓN A LA EDIFICACIÓN. Para lo cual se expide el presente informe en Coín a 23 de Octubre de 2017 Fdo. María José García Guzmán

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9._ANEXO, COORDENADAS GEODÉSICAS:

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10._DOCUMENTOS ANEXOS: -CERTIFICADO DE COLEGIACIÓN -INFORME DE ACREDITACIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA DE EDIFICACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE -ESCRITURA -COPIA DE CERTIFICADO DE INSTALACIÓN ELECTRICA BAJA TENSION -COPIA DE CONTRATO DE SUMINISTRO ELECTRICO -CLASIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO TERMINADO -COPIA DE PAGO DE RECIBO DE I.B.I., AGUA, RESIDUOS SOLIDOS URBANOS - FOTOGRAFIA DEPÓSITO DE AGUA - FICHA TÉCNICA EQUIPO DEPURADOR - PLANOS

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Planta Baja Parciales

Entrada 6,45

Pasillo-1 5,50

Escaleras 6,60

Dormitorio-1 16,80

Dormitorio-2 16,90

Dormitorio-3 18,15

Baño-1 6,50

Baño-2 5,80

Porche 59,10

TOTAL 141,80

Planta Alta Parciales

Pasillo-2 4,95

Pasillo-3 3,05

Escaleras 6,50

Cocina 21,15

Salón-comedor 42,00

Dormitorio-4 19,00

Baño-3 9,05

Terraza-1 21,90

Terraza-2 14,20

TOTAL 141,80

Trastero-1 8,70

Trastero-2 8,70

Piscina 40,30

TOTAL SUPERFICIES 341,30

SUPERFICIES UTILES

Vivienda Porche Terraza Superficie

Cerrada Cubierta 50% Descubierta Computable

PLANTA BAJA 100,15 59,10 129,70

PLANTA ALTA 124,20 36,10 124,20

TRASTERO24,05 24,05

Total 248,40 59,10 36,10 277,95

Plantas

SOBRE RASANTE

SUPERFICIES CONSTRUIDAS

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