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Auto No. 121/18 JUZGADO' PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCION DE DOMINIO Pereira (Risaralda), treinta yuno (31) de agosto de dos mildieciocho (2.018) Referencia: Accionados: ' Decision: RAD. 66001 3120 001 2018 0045 E.D.8750 MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA ANGELA MARiA CASTiLLO DE LEON JUAN ESTEBAN CASTILLO DE LEON (interdicto) . BANCO DAViViENDA S.A. (Acreedor Hipotecario) BANCOLOMBiA S.A. (Acreedor Hipotecario) \ 1. Admite demanda Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede y una vez revisado el en Extincion del derecho de Dominlo de esta ciudad, encuentra esta instancia que se cumple con los requisitos establecidos en el articulo 132 de la Ley 1708 de 2014 modificado por el articulo 38 de la Ley 1849 de 2017; eh relacion con los siguientes bienes: ': '! , I. inmuebles Identificacion Direccion Propietario inscrito M.l. 290-194690 Carrera 20 No. 9B-21 parqueadero No. 02- Sotano 1 Edificio Trivento - Pereira 12.50% Angela Maria Castillo . de Leon M.l. 290-194741' Carrera 20 No. 9B-27 Apartamento 301- sexto piso- Edificio Trivento - Pereira 12.50% Angela Maria Castillo de Leon M.l. 290-161181 Conjunto Campestre Resort Andaluzpredio 14-Pereira Mary Luz Bustamante Zuluaga M.l. 060-171245 Lote de terrene denominado al Bayunca - Cartagena - Bolivar Mary, Luz Bustamante Zuluaga

JUZGADO' PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCION … · Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede y una vez revisado el ... las cosas, de acuerdo con lo establecido

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Page 1: JUZGADO' PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCION … · Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede y una vez revisado el ... las cosas, de acuerdo con lo establecido

Auto No. 121/18

JUZGADO' PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCION DE DOMINIO

Pereira (Risaralda), treinta yuno (31) de agosto de dos mildieciocho (2.018)

Referencia:Accionados:

' Decision:

RAD. 66001 3120 001 2018 0045 E.D.8750MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA ANGELA MARiA CASTiLLO DE LEON JUAN ESTEBAN CASTILLO DE LEON (interdicto) . BANCO DAViViENDA S.A. (Acreedor Hipotecario) BANCOLOMBiA S.A. (Acreedor Hipotecario)

\

1. Admite demanda

Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede y una vez revisado el

en Extincion del derecho de Dominlo de esta ciudad, encuentra esta instancia

que se cumple con los requisitos establecidos en el articulo 132 de la Ley 1708

de 2014 modificado por el articulo 38 de la Ley 1849 de 2017; eh relacion con

los siguientes bienes: ': '! ,

I. inmuebles

Identificacion Direccion Propietario inscrito

M.l. 290-194690Carrera 20 No. 9B-21

parqueadero No. 02- Sotano 1 Edificio Trivento - Pereira

12.50% Angela Maria Castillo . de Leon

M.l. 290-194741'Carrera 20 No. 9B-27

Apartamento 301- sexto piso- Edificio Trivento - Pereira

12.50% Angela Maria Castillo de Leon

M.l. 290-161181Conjunto Campestre Resort

“Andaluz” predio 14-PereiraMary Luz Bustamante Zuluaga

M.l. 060-171245 Lote de terrene denominado al Bayunca - Cartagena - Bolivar Mary, Luz Bustamante Zuluaga

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Rad. 66001 3120 001 2018 0045 E.D. 8750 AFECTADOS: MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA Y OTROS Auto No. 121/18

II. Vehiculos

Placa Marca/ j Propietario inscrito 1 „. . i SecretariadeTransitomodelo |HVV243 B.M.W.7

2014-Mary Luz Bustamante Zuluaga

Manizales - Caldas :

LAU507 ; Daihatsu /2008 - y:

Mary Luz Bustamante Zuluaga Municipiode Bello Antioquia y

; HWU393 Chevrolet / ’2015 Juan Esteban Castillo de Leon Pereira - Risaralda

III. Establecimiento de Comercio

Matricula Direccion Nombre delmercantil , establecimiento

-------------- —-------- ----------- -—------Propietario inscrito

Comerciante18115346

Establecimiento18115347

' Carrera 27 # 14- 26 Alamos-

/Pereira

Restaurante Sacramento Bar

y ParrillaJuan Esteban Castillo de Leon

Consecuentemente se ordenara notificar lo resuelto a los afectados e

intervinientes. Para el case de JUAN ESTEBAN CASTILLO DE LEON, en

atencion a su declaratoria de interdiccion judicial, notiflquese a traves del senor Humberto Castillo Ramirez como su curador legal.

2. Ruptura de Unidacl Procesai

'■■V .

Del escrito de demanda presentado por la Fiscalia especializada1, se advierten

en varies de Sus acapites argumentos - propios de la declaratoria de

improcedencia, frente a los demas bienes que no fueron objeto de demanda, as!

las cosas, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 ° articulo 42 del Codigo

de Extincion de Dominio, modificado por el art. 10 de la Ley 1849 de 2017, se

ordenara oficiar a la Fiscalla Delegada, para que con objeto de la ruptura de

unidad procesai dispuesta, de manera motivada y por separado de el tramite que

corresponda2 respecto de los siguientes bienes: '

1 Guademo original No. 1; folios 225-257.' ■2 Cddigo de Extincidn de dominio, articulo 136 modificado.

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Rad. 66001 3120 001 2018 0045 E.D. 8750 Afectados: MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA Y OTROS Auto No. 121/18

2.1 Inmuebles

MatriculaInmobiliaria Direccion segiin certificado Propietario inscrito Relacionado

en demanda

290-134125Condominio Familiar Angel

Castillo, Paraje Cerritos Unidad 5, Pereira

Maria Constanza de Leon Naranjo Folio 238

290-016794 Lote Buenavista, Vereda Laguneta - Pereira

Maria Constanza de LeonT S' Naranjo

Folio 238- 246

296-00194576 294-21000

C 25 9-06 MZ12 CS 12SEC A1 ET C, Dosquebradas

Ramon de Jesus LoaizaCastillo ■Folio 238

296-043514 0'294-37240

Ur. El Portal de los Alpes, • Dosquebradas Humberto Castillo Ramirez Folio 238

' 1 ' / • '

290-119091 Villa Alejandra, Vereda Los Planes, Pereira

Humberto Castillo Ramirez v Folio 238- .' 240-246

290-127678 K6 15-12Pereira . Humberto Castillo Ramirez Folio 238

. 290-61183 ;; C 42 B 5-14 MZ 3 LOTE 38 Gildardo Quintero Cardona Folio 238-. 246

290-89304 C98 14-06 Manzana E Casa 14 UR. Belmonte, Pereira Gildardo Quintero Cardona Folio 238-

245

294-37240 •-1

UR El Portal de los Alpes , Dpsquebradas

Sin informacion en ia’, demanda

Folio 240

■290-194694, Pq 6 Sotano 1 Edificib Trivento-Pereira

Sin informacion en la demanda

Folio 240

290-194743 Apto 603 Edificio Trivento, Pereira

Sin informacion en la ■ demanda

Folio 240 ;

290-30648

Mayor extension, apto 401 y parqueadero No. 5,

Urbanizacion la Riviera - . Pereira \ '

Sin informacion en la v demanda

Folio 240

294-21000Lote 12 Mz 12 Urbanizacion

\ Ciudadela el Campestre Sector A T

s Sin informacion en la demanda

Folio 240-

290-107737. Calle 10 No. 11-55 edificio

Altos de la Plazuela Apto . 1001-Pereira

Sin informacion en la ;■ demanda

Folio 240,

290-107682Calle 10 No. 11-55 edificio

Altos de la Plazuela PQ 41— Pereira r

Sin informacion en la demanda

Folio 240

290-107681Calle 10 No. 11-55 edificio

Altos de la Plazuela PQ 40 - Pereira , ,

Sin informacion en'la demanda

Folio 240

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Rad. 66001 3120 001 2018 0045 E.D. 8750 Afectados: MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGAy OTROS Auto No. 121/18

MatricuiaInmobiliaria Direccion segun certificado

n . ^ RelacionadoPropietario inscrito en demanda

290-105900mayor

extension

Dio origen a las matriculas 290-119092 0 290-119091 Lote B Media Luna- Zona

, Rurai Pereira

Sin informacion en la , demanda

Folio 240

50N-30359583

Carrera 35 a No. 168-38 Conjunto residenciai la

Arcadia Apto 502 Torre 4 - ■ Bogota D.C.

. Sin informacion en la demanda

Folio 240

50N-20359959

; Carrera 35 a No. 168-38 Conjunto residenciai (a

Arcadia Garaje 239 - Bogota D.C.,

Sin informacion eri la. denianda:

Folio 240

2.2 Automotores

A folio 243 de la demanda se informo de la motocicleta con placas SCJ06

propiedad de Isabel Castaneda y del vehiculo IWK 357 (prooiedad de Camilo

Castillo de Leon). (

2.3 Registros mercantiles y/o sociedades

Tambien se relacionaron a folio 240, .registros mercantiles cancelados de

Humberto Castillo Ramirez, Gildardo Quintero Cardona, Constanza; Maria de

Leon Naranjo. ■ ' , ' v :■ ■

Cada uno de los bienes antes senalados tiene una entidad juridica propia, por lo

que es viable llevar su diligenciamiento de forma separada. ;

Una vez notificada esta decision, remitase copia magnetica del expediente a la ‘ Fiscalia de origen, para lo de su competencia, los documentos originales quedan

en este Despacho a disposicion del ente Fiscal para lo que requiera. Esto en

virtud de las medidas de austeridad adoptadas por el Consejo Superior de la

\'

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Rad. 66001 3120 001 2018 0045 E.D. 8750 AfectadOS: MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA Y OTROS Auto No. 121/18

Judicatura - Direccion Ejecutiva Seccional de Administraeion Judicial de Pereira, con ocasion al plan de Gestion Ambiental y Austeridad dispuesto para los

organos que hacen parte del presupuesto general de la Nacion conforme los

Decretos 1068 de 2015 y 2710 de 2016, segun se informo en la circular DESAJPEC 17 -1 de esa Corporacion.

Por otra parte, resulta oportuno solicitar a la Fiscalla informar en que estado se

encuentran las medidas cautelares impuestas a los bienes objeto de demanda, ya que no se obra en el plenario evidencia de su materiallzacion.

Finalmente, se allego pqr parte de la afectada Mary Luz Bustamante Zuluaga, poder especial para efectos judiciates, el asunto consignado en el memorial es:

“representacion dentro de un proceso penal por peculado por aprbpiacion”, el

objeto del mismo no es de resorte de este juzgado por cuanto lo que aqui se

adelanta es una accion de extincion de dominio, en consecuencia el poder.es

insuficiente en esta instancia, por lo que se resoivera negativamente la solicitud. '

En merito de lo expuesto, el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADO DE EXTINCION DE DOMINIO DE PEREIRA,

RESUELVE ;

PRIMERO: ADMITIR la Demanda de Extincion de Dominio presentada por la

Fiscalla 29 Especializada DFNEXT de la ciudad de Pereira, en relacion con los

bienes senalados en el “Acapite; 1 (admite demanda) numerales I, II y 111”.

Lo anterior, de conformidad con lo. previsto en el articulo 137 del Codigo de

Extincion de Dominio en concordancia con los articulos 33 y 35 de esa misma

normatividad.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta providencia a los afectados e intervinientes, al

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Rad. 66001 3120 001 2018 0045 E.D. 8750 :Afectados: MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA Y OTROS Auto No. 121/18

tenor de lo dispuesto en los articulos 138,139 y 140 de la Ley 1708 de 2014 con

la modificacion introducida por la Ley 1849 de 2017.

A los afectados se les pondra en conocimiento los derechos de que gozan

contenidos en el articulo 13 de la Ley 1849.de 2017 en especial el contenido en

el numeral 9 en concordancia con el articulo 133 de la misma obra aplicable por principio de favorabilidad.

TERCERO: ORDENAR la RUPTURA de la unidad procesal en lo que tiene que

ver con la accion que se adelanta en contra de los bienes mencionados en el numeral segundo, secuencias 2.1,2.2 y 2.3, de conformidad con lo dispuesto en

ei numerai 2° articuio 42 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el art. 10 de la

Ley 1849 de 2017. Surtido lo anterior, vuelvan las diJigencias al Despacho para

ordenar lo pertinents.

CUARTO: Notificada esta decision, REMITIR a ia Fiscaiia de origen copia de del process digitalizado, para lo de su competencia.

QUINTO: OFICIESE a la Fiscaiia Veintinueve Especializada DFNEXT, para que.

se sirva informar en que estado se encuentran las medidas cautelares

decretadas. . ’ ■ ■■

SEXTO: Se declara insuficiente el poder especial otorgado por la afectada Mary

Luz Bustamante Zuluaga, por conferirse para un asunto diferente al que aqui se

tramita.

OT1RQU UMFLASE

VALENCA

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■R'EPUBLICA DE COLOMBIA

;.. JUZGADO penal DEL CIRCUITO . ..' ESPECIALIZADO DE EXTINCION DE DOMINIO DE PEREI'RA

' E DIG T Q !EMPLAZATORIO

Art. 140 Ley 1708 de 2014 •- ' . El suscrito secretario

CUAY EM PLAZA

A LOS TERGEROS INDETERMINAdOS, para que comparezcan a este Juzgado con el fin de hacer valer sus derechos dentro del prqceso de Extincion de Dominio radicado al No. 66001 31 20001 2018-00045-00 (Rad. 8.750 E.D.) siendo afectados MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA, ANGELA MARIA CASTILLO DE LEON, JUAN ESTEBAN CA^LLO DE LEON, BANCO DAVIVIENDA (Acreedor Hipotecario) y BANCOLOMBIA (Acreedor Hipotecario), Dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 31 de agosto de 2018, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 140 de la Ley 1708 de 2014, proferido dentro del citado radicado, que ADMmO LA DEMAN DA DE EXTINCION DE DOMINIO y ORDENO SU EMPLAZAMIENTO, resultando afectados los siguientes bienes:

1. EL 12.50% DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 20 # 9B-21,. PARQUEADERO No. 02 SOTANO 1 EDIFICIO TRIVENTO DE LA CIUDAD DE

PEREIRA, IDENTIFICADO CON EL FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA No. 290-194690 PROPIEDAD DE ANGELA MARIA CASTILLO DE LEON 2. EL 12.50% DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 20 # 9B-27, APARTAMENTO 301 SEXTO PISO EDIFICIO TRIVENTO DE LA CIUDAD DE PEREIRA,' IDENTIFICADO CON FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA( No.

^ 290-194741 PROPIEDAD DE ANGELA MARIA CASTILLO DE LEON 3. BIENINMUEBLE UBICADO EN EL CONJUNTO CAMPESTRE RESORT "ANDALUZ" PREDIO 14 DE LA CIUDAD DE PEREIRA, IDENTIFICADO CON EL FOLIO DE

! MATRICULA INMOBILIARIA No. 290-161181 Y CODIGO CATASTRAL No.66001000200020868810, PROPIEDAD DE MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA 4. BIEN INMUEBLE LOTE DE TERRENO DENOMINADO "AL BAYUNCA" DE LA CIUDAD DE CARTAGENA (BOLIVAR), IDENTIFICADO CON

' FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA No. 060-171245 PROPIEDAD DE MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA 5. VEHICULO CLASE CAMPERO, MARCA BMW, LINEA X3 XDRIVE201, COLOR PLATA TITAn METALIZADO, MODELO 2014, SERVICIO PARTICULAR, Cl LIND RAJ E 1997, No. DE MOTOR A6490705, No. DE CHASIS WBAWX3104E0G32979, DE PLACAS HW-243; INSCRITO EN LA SECRETARIA DE TRANSTTO Y TRANSPORTE DE MANIZALES PROPIEDAD DE MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA 6. VEHICULO CLASE CAMPERO, MARCA DAIHATSU, LINEA TERIOS J210LG-GQDF, MODELO 2008, COLOR VERDE OSCURO METALICO, SERVICIO PARTICULAR, CILINDRAJE 1495, No. DE MOTOR 2091122, No. DE CHASIS JDAJ210G001074310, DE PLACAS LAU-507, INSCRITO EN LA SECRETARIA DE MOVILIDAD DEL MUNICIPIO DE BELLO (ANTIOQUIA) PROPIEDAD DE MARY LUZ BUSTAMANTE ZULUAGA

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7. VEHICULO CLASE AUTOMOVIL, MARCA CHEVROLET, LINEA CAPTEVA SPORT, MODELO 2015, COLOR PLATA SABLE, SERVICIO PARTICULAR, CILINDRAJE 2384, No. DE MOTOR CFS562219, No. DE CHASIS 3GNAL7EKXF562219, DE PLACAS HWU-393 INSCRITO EN LA SECRETARIA DE MOVILIDAD DE PEREIRA PROPIEDAD DE JUAN ESTEBAN CASTILLO DE LEON 8. ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO DENOMINADO RESTAURANTE SACRAMENTO BAR Y PARRILLA, UBICADO EN LA CARRERA 27 # 14-26 BARRIO LOS ALAMOS DE lA CIUDAD DE PEREIRA, IDENTIFICADO CON EL No. DE MATRICULA DE COMERCIANTE 18115346, No. DE MATRICULA DEL ESTABLECIMIENTO 18115347, PROPIEDAD DE JUAN ESTEBAN CASTILLO DE LEON ■ v-V',.:-':-':-

,1 . •

CONSTANCIA DE FIJACION: Para los efectos del Art. 140 de la Ley 1708 de 2014, se fija el presente EDICTO en un lugar visible de este Juzgado por el termino de cinco (5) di'as habiles, y se expide copia para su publicacion en la pagina web de la Fiscalia General de la Naciori, en la pagina web de la Rama Judicial, en un periodico de amplia circulacion nacional y se difundira en una radiodifusora o por cualquier otro medio cop cobertura en la localidad donde se encuentren los bienes, hoy veintiuno (21) de enero de dos mil diecinueve (2019), siendo las siete (7:00) de la manana. ' ', ■ ■ -

Si los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) dias siguientes al vencimiento del termino de fijacion del edicto, el proceso continuara con la intervencion del Ministerio Publico. j

DE DOS MIL DIECINUEVE r20l91 A LAS SIETE (7:0( A.M.1 DE LA MANANA. Y SEDESFIJA EL VEINTICINCO f251 DE ENERO DEL CC ^RIENTE ANO. SIENDO LASCUATRO r4:00 P.M.VDE LA TARDE. 1 \

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