Karla Avelar (Comcavis Trans), Diagnóstico jurídico sobre los derechos humanos de la población LGBTI de

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  • 7/29/2019 Karla Avelar (Comcavis Trans), Diagnstico jurdico sobre los derechos humanos de la poblacin LGBTI de

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    PPP

    Diagnostico jurdico sobre los

    Derechos Humanos de la

    Poblacin LGBTI de

    El Salvador

    Karla Avelar

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    Segn testimonios, estudios y registros de ONG y PDDH

    las violaciones a los derechos humanos, basadas en la

    orientacin sexual, identidad y expresin de gnero,constituyen un patrn generalizado y arraigado, que incluyecrmenes de odio, tortura, malos tratos, agresiones,violaciones sexuales, negacin de empleo, salud y educacin,injerencias en la privacidad, detenciones arbitrarias yexclusin para otros derechos.

    Por que hicimos este diagnostico

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    Ha existido la percepcin de que el marco jurdico vigenteresulta insuficiente para garantizar a la poblacin LGBTI elpleno disfrute de sus derechos.

    Adems, desde diversas organizaciones y cooperantes seha reconocido que el respeto y proteccin de los derechos,requiere acciones renovadas desde una poblacin LGBTIfortalecida y unificada, con recursos que guen la incidenciapoltica y la gestin estratgica.

    Por que hicimos este diagnostico

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    Verificar el reconocimientode los DDHH de la poblacin LGBTI, por el EstadoSalvadoreo.

    Analizar la inclusin taxativa de la poblacin LGBTI en el ordenamiento jurdiconacional.

    Identificardisposiciones jurdico-administrativas en las obligaciones del estadorespecto a los DDHH de la poblacin LGBTI.

    Precisar las normas jurdicas que constituyan

    instrumentos para la gestin de los DDHHde la poblacin LGBTI.

    Valorar el cumplimiento efectivo de DDHHde la poblacin LGBTI, por parte del Estado.

    Objetivos

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    Investigacin documental y anlisis con base: Declaracin de Derechos Humanos Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales

    El marco jurdico nacional fue examinado desde la jerarqua de lasleyes, desde la Constitucin de la Repblica, leyes orgnicas, leyesordinarias, leyes especiales y ordenanzas.

    Metodologa

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    Analisis de la Constitucin de la Republica

    Derecho al matrimonio y formar

    una familia (art. 32-36)

    Derecho al trabajo (art. 37-52)

    Derecho a la

    educacin(art. 53-64)

    Derecho ala salud

    (art. 65-70)

    Derecho a lavida (art. 2) Derecho a la libertad y laseguridad de la persona (art. 2)

    Derecho a votar (art.71-82)

    Derecho a laintimidad (art. 2)

    Derecho a la igualdad ante la leyy no discriminacin (art. 3)

    Derecho a la propiedad yposesin (art. 2)

    Derecho a ser elegido y tenerfunciones pblicas (art.71-82)

    Derecho de personas detenidas a sertratadas humanamente (art. 11-20)

    Libertad de opininy expresin (art. 6)

    Libertad de asociacin yreunin (art. 7)

    Libertad decirculacin (art. 5)

    Derecho a la seguridad social(art. 65-70)

    Derecho al nombre (art. 90-100)

    Derecho a juicio imparcial (art.11-20)

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    Analisis del Marco Juridico

    Ley del Nombre de

    la Persona Natural

    Derecho al nombre

    Cdigo de Familia

    Derecho a casarsey fundar una familia.

    Cdigo Penal

    Derecho a la vida.

    Cdigo Penal

    Inmunidad frente trato o castigo

    crueles, inhumanos o degradantes.

    Cdigo de TrabajoDerecho al trabajo.

    Ley General de Educacin

    Derecho a la educacin

    Ley Penitenciaria

    No discriminacin eigualdad ante la ley.

    Ley del Seguro Social

    Derecho a la seguridad social.

    Cdigo Civil

    No discriminacin e igualdad

    ante la ley.

    Cdigo de Salud

    Derecho a la salud.Ley del Fondo Social para la Vivienda

    Derecho a un nivel de vida adecuado

    Disposiciones para evitar

    discriminacin por identidad de

    gnero y/o orientacin sexual

    No discriminacin e igualdad ante la ley

    Ley de igualdad y

    erradicacin de

    discriminacin

    contra mujeres

    Derechos de las

    mujeres

    Ordenanza para la convivencia ciudadana

    del Municipio de San Salvador

    Derecho a libertad de movimiento.

    Ley de Migracin

    Derecho a libertad de movimiento.

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    En principio, los Pactos y Declaraciones internacionales dederechos humanos protegen a todas las personas sindiscriminacin;

    y aunque la identidad de gnero y la orientacin sexual nosuelen mencionarse explcitamente como razones de discriminacinen los tratados ratificados, estos son aplicables a todas las personasgracias a la amplitud de las clusulas contra la discriminacin.

    Conclusiones (Marco jurdico internacional)

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    El Comit de Derechos Econmicos,Sociales y Culturales de la ONU, indicaque la orientacin sexual no constituyenun obstculo para los derechos quereconoce el Pacto.

    La Declaracin del Consejo de DDHHde las Naciones Unidas (2011) hace unllamado a los Estados para que pongan

    alto a la violencia, sanciones penales yviolaciones de derechos humanos delas personas LGBTI.

    Recomendaciones de comits de DDHH de ONU

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    Manifiestan preocupacin por los actosde violencia y las violaciones de derechoshumanos a causa de su orientacinsexual e identidad de gnero

    Insta a los Estados a asegurar que seinvestiguen estos actos y que losresponsables enfrenten lasconsecuencias ante la justicia

    Reconoce los Principios de Yogyakarta yalienta a los Estados a que considerenmedios para combatir la discriminacincontra personas a causa de suorientacin sexual e identidad de gnero

    Resoluciones de la OEA (marco interamericano)

    Las resoluciones de la OEA queexpresan el compromiso del Estado,NO son suficientes para frenar laexclusin y violencia que devasta a lapoblacin LGBTI de El Salvador.

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    En El Salvador, la discriminacin basada en laorientacin sexual e identidad de gnero no tiene unmarco jurdico que la cubra completamente, y aunquese entiende que las poblaciones LGBTI son igualesjurdicamente, sus derechos no son mencionados

    taxativamente en las leyes nacionales. Tampoco existela prohibicin de rango constitucional de discriminacinbasada en la orientacin sexual e identidad de gnero.

    La nica excepcin lo constituye el Decreto Ejecutivo 56

    Disposiciones para evitar toda forma de discriminacinen la administracin pblica, por razones de identidadde gnero y orientacin sexual pero se limita ainstituciones bajo el rgano Ejecutivo y no se handesarrollado los mecanismos para su plena aplicacin.

    Conclusiones (Marco jurdico nacional)

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    creada en el ao 2010, dentro de la Secretarade Inclusin Social (dirigida por la Primera Damade la Republica y dependiente de CasaPresidencial). Tiene como mandato: Promover la erradicacin de la discriminacin

    por orientacin sexual e identidad de gnero. Fomentar el conocimiento de la poblacin

    LGBTI a travs de informacin, sensibilizaciny eliminacin de estereotipos.

    Impulsar la creacin de polticas que garantice

    a poblacin LGBTI la realizacin de susderechos. Promover la creacin de servicios y espacios

    libres de homofobia, lesbofobia y transfobia, enlos que todas las personas sean tratadas con

    igual dignidad y respeto.

    Direccin de Diversidad Sexual

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    conformada enjunio de 2012, por laPDDH, ONG y activistas independientesLGBTI, que tiene como propsito: Fortalecer el marco legal y poltico

    relativo a la violencia de gnero y

    violencia sexual. Eliminar el estigma y discriminacin

    hacia la poblacin LGBTI confuncionarios del Estado.

    Luchar por el derecho a la identidad.

    Mesa Permanente sobre DDHH de la Poblacin LGBTI

    El plan estratgico de la Mesa plantea la ejecucin de acciones de coordinacin,anlisis, dialogo e incidencia poltica que sensibilice a las autoridadesresponsables de la proteccin de los derechos individuales y la lucha por una

    sociedad respetuosa e inclusiva.

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    El Cdigo Penal no incluye la tipificacin de crmenes de odio hacia poblacinLGBTI y NO son considerados como circunstancias agravantes. Tampoco prohbela incitacin al odio basada en la orientacin sexual e identidad de gnero

    La Ley del Nombre de la Persona Natural, no respeta, ni reconoce legalmente elderecho de cada persona a la identidad de gnero; y no expresa posibilidadalguna para que las personas trans obtengan el nombre que las identifica.

    El Cdigo Civil, NO precisa definiciones y conceptos en torno a las poblacionesLGBTI, despojndolas de su capacidad jurdica en asuntos civiles.

    El Cdigo de Familia prescinde la proteccin legal de las personas LGBTI sobrelos aspectos de unin legal, patrimonial y la filiacin adoptiva.

    La Ley General de Educacin no hace referencia, ni prohbe la discriminacinbasada en la orientacin sexual e identidad de gnero

    Conclusiones (Marco jurdico nacional)

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    Prohibir la discriminacin por motivos de orientacin sexual e identidad degnero, tanto en los mbitos pblico y privado; que incluya el derecho delas personas LGBTI a no ser sometidas a presiones para ocultar, suprimir

    o negar su orientacin sexual o identidad de gnero.

    Recomendaciones para el Estado

    A la Asamblea Legislativa, con apoyo de la PDDH e instituciones pertinentes

    Consagrar los principios de igualdady no discriminacin por orientacinsexual e identidad de gnero, en laConstitucin de la Repblica y en elmarco jurdico, ya sea por reformas,interpretaciones o la creacin denuevas leyes.

  • 7/29/2019 Karla Avelar (Comcavis Trans), Diagnstico jurdico sobre los derechos humanos de la poblacin LGBTI de

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    Reformar el Cdigo de Trabajo, para que se prohba y elimine ladiscriminacin por motivos de orientacin sexual e identidad de gnero enlos centros de trabajo, pblicos y privados.

    Asegurar las visitas conyugales o ntimas, en igualdad de condiciones para

    todas las personas LGBTI privadas de libertad, independientemente del sexode su pareja.

    Garantizar a los/as estudiantes, docentes y otro personal LGBTI, laproteccin requerida dentro del mbito escolar, ante cualquier forma deexclusin y violencia.

    Reformar el Cdigo Penal, la Ley del Nombre de la Persona Natural, elCdigo de Familia, Cdigo de Salud, Ley del ISSS, Ley General de

    Educacin.

    Recomendaciones para el Estado

  • 7/29/2019 Karla Avelar (Comcavis Trans), Diagnstico jurdico sobre los derechos humanos de la poblacin LGBTI de

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    Presentacin del Diagnstico Jurdico a la Mesa Permanente de DDHHLGBTI para su anlisis.

    Formular una estrategia para la reforma al Marco Jurdico Nacional desde laMesa Permanente LGBTI de DDHH, con asistencia de la PDDH y SIS.

    Formular proyectos sobre las recomendaciones emitidas en el Diagnstico,para reformar marcos polticos institucionales, como establece Decreto 56)

    Divulgacin de resultados con instituciones y a travs de diferentes medios(pginas web, email, Facebook, Twitter y YouTube).

    Envo de carta a ONG para que en sus planes y proyectos de incidenciapoltica consideren resultados del Diagnstico Jurdico.

    Perspectivas a futuro

  • 7/29/2019 Karla Avelar (Comcavis Trans), Diagnstico jurdico sobre los derechos humanos de la poblacin LGBTI de

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    En nombre de COMCAVIS TRANS,Muchas Gracias

  • 7/29/2019 Karla Avelar (Comcavis Trans), Diagnstico jurdico sobre los derechos humanos de la poblacin LGBTI de

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    Gracias