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KIT DIGITAL DESARROLLO DE CONTENIDO AUDIOVISUAL - SLATE FUNDING Incluye: · Bases para aplicar · Guía de funcionamiento · Preguntas frecuentes · Informes Elaborado por Fundación Cultural Oficina MEDIA España Enero de 2018

KIT DIGITAL DESARROLLO DE CONTENIDO AUDIOVISUAL - … · 3 DESCRIPCIÓN DEL APOYO Convocatoria para productoras audiovisuales destinada al desarrollo de tres a cinco proyectos (ficción,

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KIT DIGITAL DESARROLLO DE CONTENIDO

AUDIOVISUAL - SLATE FUNDING

Incluye: · Bases para aplicar

· Guía de funcionamiento · Preguntas frecuentes

· Informes

Elaborado por Fundación Cultural Oficina MEDIA España Enero de 2018

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FECHA LÍMITE:

6 de febrero de 2018

Desde Oficina MEDIA España recomendamos a los

interesados realizar una reunión previa con nuestra oficina antes del envío de la solicitud.

Es recomendable enviar la aplicación con suficiente

antelación (varios días antes del cierre de la convocatoria).

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DESCRIPCIÓN DEL APOYO Convocatoria para productoras audiovisuales destinada al desarrollo de tres a cinco proyectos (ficción, documental creativo y animación) con potencial internacional para cine, televisión y plataformas digitales.

BASES PARA APLICAR

SOLICITANTES ELEGIBLES: Empresas europeas e independientes de producción audiovisual constituidas al menos 36 meses antes de la fecha límite de presentación que puedan demostrar haber producido y distribuido DOS obras previas en los últimos cinco años que se hayan estrenado en tres países extranjeros.

PROYECTOS ELEGIBLES:

1. Actividades de desarrollo de:

* Largometrajes cinematográficos, películas de animación y documentales creativos con una duración mínima de 60 minutos (proyectos principalmente destinados a ser estrenados en cines).

* Ficciones -entrega única o en varios capítulos- con una duración mínima de 90 minutos, animaciones -entrega única o en varios capítulos- con una duración mínima de 24 minutos y documentales creativos -entrega única o en varios capítulos- con una

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duración mínima de 50 minutos (proyectos principalmente destinados a ser difundidos en televisión o a ser explotados en plataformas digitales).

En los proyectos que presentan una experiencia de usuario en un formato no lineal (p. ej. realidad virtual), estos mínimos no se aplican.

2. Opcional: Actividades de desarrollo y de producción de un cortometraje con una duración máxima de 20 minutos que apoye a nuevos talentos y que vaya incluido en el paquete de proyectos presentado.

Los proyectos presentados no deben tener previsto el inicio de sus rodajes dentro del período de ocho meses posterior a la fecha de presentación de la solicitud.

El proyecto opcional de cortometraje presentado no debe empezar a rodarse antes de la fecha de envío de la aplicación.

El solicitante debe probar que posee la mayoría de los derechos relativos a los proyectos.

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OBRA PREVIA: Las obras previas producidas por la empresa solicitante deben ser cualquier tipo de producción de entre las descritas anteriormente en los proyectos elegibles a presentar.

En lo relativo a la trayectoria de la empresa, el solicitante deberá probar lo siguiente:

- Que ha producido y distribuido DOS obras previas elegibles (*) (largometraje, animación o documental creativo) en los cinco años previos al envío de la solicitud.

- Que las mencionadas producciones se han estrenado en cines o emitido en televisiones en tres países diferentes a los del solicitante durante el período de referencia comprendido entre el 1 de enero de 2015 y la fecha de envío de la solicitud. En caso de emisión, son necesarios tres difusores diferentes de televisión.

(*) Esta condición es para los países con alta capacidad de producción como España, Francia, Alemania, Italia y Reino Unido.

La fecha que se tendrá en cuenta para verificar que la fecha de distribución se ha realizado durante ese período de referencia es la fecha en la que se realizó la distribución internacional (fecha de estreno oficial en cine o fecha de emisión).

La distribución comercial online y la distribución vía un agente de ventas internacional, SOLO se aceptará si se documenta debidamente con el informe de ingresos correspondiente al mencionado período de referencia.

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FINANCIACIÓN DISPONIBLE:

El presupuesto total disponible es de 12,5 millones de euros. La contribución financiera otorgada es subsidiaria. La contribución mínima por acción bajo las bases es de 70.000 euros.

Slate o paquete de proyectos: la máxima contribución por acción será de 200.000 euros (CON cortometraje adicional 210.000 euros).

Slate o paquete de proyectos de documentales creativos: la máxima contribución por acción será de 150.000 euros (CON cortometraje adicional 160.000 euros).

La aportación financiera no excederá el 50% del total de los costes elegibles de desarrollo del Slate presentado por el solicitante. El apoyo a los cortometrajes está limitado a 10.000 euros y a un máximo del 80% de los costes elegibles.

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CRITERIOS DE SELECCIÓN:

Las solicitudes admisibles se valorarán con arreglo a los siguientes criterios: Relevancia y valor añadido europeo (Hasta 20 puntos). Enfoque de la empresa para desarrollar a nivel europeo e internacional un Slate (paquete de proyectos) de tres a cinco proyectos. Calidad del contenido y de las actividades (Hasta 20 puntos). Calidad del paquete de proyectos, calidad de la estrategia de desarrollo, calidad de la estrategia de financiación y su dimensión europea.

Diseminación de los resultados del proyecto (Hasta 20 puntos). Estrategia europea e internacional de marketing y distribución.

Organización del equipo del proyecto (Hasta 10 puntos). Distribución de las funciones y responsabilidades del equipo creativo en referencia a los objetivos específicos de la acción propuesta.

Impacto y sostenibilidad (Hasta 10 puntos). Potencial de viabilidad del proyecto.

Carácter innovador (Hasta 20 puntos). Capacidad de la empresa de ser innovadora en sus actividades.

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Puntos automáticos adicionales:

Puntos automáticos para los países de baja (10 puntos) y media (5 puntos) capacidad de producción. España está considerado como un país de alta capacidad de producción como Francia, Alemania, Italia y Reino Unido.

Cortometraje y talento emergente: Cortometraje: obra audiovisual completa (animación, documental creativo o ficción) con una duración máxima de 20 minutos. Talento emergente: escritores, directores, productores u otros miembros del equipo que hayan adquirido cierta experiencia profesional y realizado algún trabajo de cierto nivel (por ejemplo, películas autofinanciadas o estudiantiles) que haya atraído la atención de público o industria. Es importante resaltar que NO deben haber realizado un trabajo distribuido comercialmente y que deben encontrarse buscando consejo o apoyo para conseguir realizar su primer trabajo audiovisual comercial.

PROYECTOS NO ELEGIBLES: No son elegibles los trailers, los teasers, los pilotos, los videoclips y videos musicales, las webseries, las grabaciones en directo, los juegos televisivos, los talk shows, los reality shows, los programas educacionales, los programas de aprendizaje y de cómo se hace,

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los documentales turísticos, los making-offs, los reportajes, los reportajes de animales, los espacios de noticias, los docu-soaps, los proyectos que incluyan material pornográfico, racista o que promueva la violencia, las obras promocionales, las películas estudiantiles, los trabajos de graduación, las producciones institucionales para promocionar organizaciones y las actividades de éstas, los videojuegos, los e-books y los libros interactivos.

NOVEDADES DE ESTA CONVOCATORIA:

* Cambio de la fecha de inicio de la acción:

Las actividades no pueden comenzar antes de la notificación de la decisión de concesión.

O bien, si el solicitante puede demostrar la necesidad de iniciar la acción antes de ese momento, la fecha de presentación/envío de la solicitud.

* Eliminación de la retroactividad de los derechos de autor hasta 12 meses antes de la

fecha de presentación:

Sin embargo seguirán siendo elegibles, incluso si el contrato ha sido firmado antes del inicio del período de elegibilidad, los gastos de trabajo (p. ej. el desarrollo de la sinopsis, el tratamiento o el guion) y de los derechos de los autores relacionados han sido entregados, aceptados y pagados dentro del período de elegibilidad.

* La notificación a los solicitantes de los resultados se hará vía e-mail.

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* Los costes elegibles para los cortometrajes cubren los gastos de desarrollo y de

producción.

Si se añade un cortometraje al Slate, la ayuda para el cortometraje es de hasta 10.000 euros, siempre que la contribución no supere el 80% de los costes elegibles de la producción (incluidos los costes de desarrollo) de ese proyecto.

* El requisito de proporcionar un identificador estándar interoperable,

como ISAN o EIDR.

Si los proyectos tienen ese identificador debe indicarse en la solicitud. En cualquier caso, para todos los proyectos seleccionados, debe crearse dicho identificador antes del final de la acción.

* El requisito de mencionar el apoyo MEDIA al desarrollo en los créditos en pantalla de

los proyectos finales producidos, en caso de selección.

* Los beneficiarios deben dar importancia al nombre y al logotipo del Subprograma Europa Creativa MEDIA en todas sus publicaciones, carteles, programas y otros productos realizados en el marco del proyecto cofinanciado.

Esto también incluye una mención del apoyo al desarrollo en créditos en pantalla de los proyectos finales producidos.

Nota importante: Desde Oficina MEDIA España recomendamos la lectura de las bases completas (en inglés). Clic en este enlace.

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GUÍA DE FUNCIONAMIENTO

¿CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD? Recomendación: La presentación de la solicitud y la cumplimentación del formulario electrónico se puede realizar en PC y en MAC pero por experiencias anteriores recomendamos el uso de un PC.

PASO 1 - LECTURA DE LAS BASES Leer cuidadosamente el resumen de las bases expuesto anteriormente y leer las bases completas en inglés.

PASO 2 - OBTENCIÓN DE CUENTA EU LOGIN (Servicio de Autenticación de la Comisión Europea). Todo solicitante de ayudas debe tener creada una cuenta en este servicio. Para ello accede al Portal del Participante aquí. En esta página puedes seleccionar el idioma.

Haz clic en ‘Register’.

Introduce tus datos.

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Recibirás un correo electrónico con un enlace para crear tu contraseña.

Dispones de 24 horas a partir de la recepción de este correo pero recomendamos

finalizar el registro lo más pronto posible.

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PASO 3 - OBTENCIÓN DEL NÚMERO PIC (Código de Identificación del Participante).

Accede al Portal del Participante aquí.

Haz clic en el botón ‘Login’.

Introduce el nombre de usuario y la contraseña de tu cuenta EU LOGIN creada en el paso anterior.

Haz clic en ‘Organizations’ en el panel superior > Clic en ‘Register’.

Accederás a la página Welcome to the Beneficiary’s Register. Una vez dentro, solo debes incluir información legal de tu empresa.

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En la letra I (information) de cada campo se explica con exactitud lo que se debe escribir en cada uno de ellos. Los datos de contacto son los datos de la empresa, no los relacionados con el proyecto. La información debe coincidir con los documentos legales de registro. Por VAT Number se entiende IVA. En el caso de empresa española: ES + 9 dígitos. Por Business Registration Number se entiende Número de Registro Mercantil. El teléfono debe ser escrito sin espacios y precedido por +34

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A continuación debes seleccionar el programa al que optas y la tipología de entidad legal. En la información de contacto, debes tener en cuenta que hasta que no se valide al LEAR de la organización, se utilizarán los datos de contacto que aquí introduzcas. El portal genera a continuación un resumen de tu registro: Summary. Finalmente, haz clic en ‘Submit’ y obtienes tu número PIC.

Aparecerá el mensaje ‘Registration Completed’. Siempre podrás actualizar datos posteriormente. En ‘How To’ encontrarás guías y manuales de usuario de cómo registrar o modificar los datos de una organización así como para registrar una pyme. Recibirás un correo electrónico en la dirección de e-mail facilitada. En él tendrás el número PIC que servirá para identificar a tu empresa frente a Bruselas.

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PASO 4 - DOCUMENTACIÓN DE TU EMPRESA

Todas las empresas creadas con la cuenta EU LOGIN deben estar visibles en la tabla ‘My Organization’. Para modificar datos y subir documentación haz clic en ‘Modify Organizations’ (MO). La documentación justificativa puede subirse al portal (D.N.I del representante legal, nº IVA, copia del Registro Mercantil, Poder Notarial, Formulario Entidad Legal). Descarga y rellena el documento con título LEAR. Comprueba qué documentos necesitas subir en la convocatoria.

PASO 5 - LECTURA DE LA GUÍA PARA SOLICITANTES Recomendamos consultar la guía para solicitantes aquí.

PASO 6 - REUNIÓN CON OFICINA MEDIA ESPAÑA En este punto recomendamos tener una reunión con nuestra oficina. Pide cita por e-mail: [email protected]

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PASO 7 - FORMULARIO ELECTRÓNICO DE LA CONVOCATORIA A LA QUE DESEAS PRESENTARTE

Cumplimenta el formulario electrónico (eForm). Este formulario está disponible en la página de la Agencia Ejecutiva de Educación, Audiovisual y Cultura de la que depende MEDIA. Haz clic aquí. Antes de comenzar, recomendamos consultar la guía de los eForms aquí. Para rellenar el eForm deberás completar los siguientes pasos: - Seleccionar la opción de idioma. - Seleccionar la organización participante. - Crear la solicitud eForm. - Rellenar y guardar el eForm en tu equipo. No olvides completar los anexos obligatorios al eForm. Una vez completado el eForm y los anexos (ver paso 8), haz clic en validar. Ello genera una comprobación automática que informa si la solicitud está completa. Si es así, ya puedes presentarla online.

Comprueba la configuración de seguridad. Tu eForm puede ser validado pero no estar enviado al no inutilizar los ajustes de seguridad. En caso de duda, consultar las preguntas frecuentes (FAQ) en la ‘Guía de solicitantes’. Este documento está disponible en la sección ‘How to apply’.

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Una vez presentada la solicitud, recibirás un email de confirmación con un número de referencia. Si no es así, contacta con el helpdesk en: [email protected] o en el teléfono: +32 2 299 0705 En caso de error una captura de pantalla es aceptada como prueba si es enviada antes de la hora límite de cierre de convocatoria.

PASO 8 - ANEXOS La convocatoria incluye los siguientes anexos:

Anexo 1 - Descripción detallada del proyecto. Un documento Word o PDF. Anexo 2 - Presupuesto en formato Excel. Clic aquí. Anexo 3 - Declaración de Honor. Clic aquí. Anexo 4 - Track record de la empresa. Clic aquí.

Otros anexos con información para el solicitante: Anexo 5 - Guía de experto. Clic aquí. Anexo 6 - Modelos Modelo de Agreement. Clic aquí. Modelo de decisión. Clic aquí. Modelo de Final Technical Report. Clic aquí.

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PREGUNTAS FRECUENTES

PAÍSES ELEGIBLES

¿Qué países son elegibles para participar en la convocatoria de Desarro-llo de contenido – Slate Funding?

Los miembros de la UE así como Islandia, Noruega, Albania, Bosnia-Herzegovina, la

República Yugoslava de Macedonia, Montenegro y la República de Serbia.

Consulta el listado de países aquí.

SOLICITANTES ELEGIBLES ¿Desde hace cuánto tiempo necesita estar una empresa legalmente registrada para ser elegible en esta convocatoria?

La empresa solicitante tiene que estar constituida oficialmente por lo menos 36 meses antes de la fecha de envío de la aplicación.

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¿Es elegible una asociación que esté legalmente registrada con la actividad principal de producción de obras audiovisuales y que haya estado desarrollando y produciendo documentales por muchos años? Una asociación puede ser elegible siempre y cuando esté registrada a nivel nacional y cumpla con los criterios de elegibilidad tales como tener producción audiovisual como su principal actividad.

También debe poder demostrar una obra previa. Las personas individuales no son elegibles.

¿Existen requerimientos con respecto al tamaño mínimo de una empresa que quiera participar en esta convocatoria?

Las bases no contienen ninguna indicación que haga referencia al tamaño mínimo de la empresa solicitante. La evaluación de la capacidad de la empresa para desarrollar y producir paquetes de proyectos es llevada a cabo por expertos sobre una base de caso a caso.

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Una empresa está registrada con dos actividades de negocio diferenciadas. La producción de cine es una de ellas pero ¿cómo puedo probar que es la actividad principal? La mejor evidencia para proporcionar es el documento certificado del registro nacional y el código de actividad. Esta sería la mejor prueba pero otras como, los estatutos de la empresa, pueden ser aceptadas si la actividad de producción está claramente indicada.

Una empresa está legalmente establecida desde 2014. Este año ha cambiado su nombre y ha recibido un nuevo estatus legal y un nuevo número de registro. ¿Podría esta compañía ser elegible de acuerdo con la regla de cómo mínimo 36 meses desde su constitución legal? Normalmente, un cambio de nombre no implica un cambio en el número de registro. En un cambio de estatus, sí puede darse un cambio de número de registro. En este último caso, para establecer continuidad operacional, el solicitante debe probar que todo el pasivo y el activo de la antigua empresa han sido transferidos a la nueva entidad y que la antigua empresa ha sido cerrada.

¿Se puede confirmar que las ayudas a desarrollo son entregadas solamente a beneficiarios únicos y no a diversos coproductores? Las ayudas a desarrollo son un apoyo de tipo mono-beneficiario. Por este motivo, en el eForm sólo puede ser indicado un productor.

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A pesar de todo, los proyectos contenidos en Slate Funding pueden estar sujetos a un acuerdo de coproducción o de codesarrollo entre productores. La empresa solicitante tiene que tener la mayoría de los derechos relativos a los proyectos.

En el caso de una coproducción entre dos empresas ¿podría ser elegible el 50% - 50% de los derechos para cada empresa productora? ¿Y en el caso de tres coproductores? En el caso de una producción con dos coproductores, es aceptable el 50% de los derechos para cada coproductor. En el caso de tres coproductores, el que tenga el mayor porcentaje en la producción es considerado el productor mayoritario y es por ello el que debe solicitar la ayuda.

¿Qué pruebas son requeridas para justificar que una empresa solicitante es la propietaria de la mayoría de los derechos relativos a los proyectos? El solicitante tiene que demostrar que es quién posee la mayoría de los derechos relativos a cada proyecto, no más tarde de la fecha de envío de la aplicación. Se requiere un contrato debidamente fechado y firmado que cubra los derechos del material artístico incluido en la aplicación.

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Este material artístico debe incluir por lo menos: concepto, tema, tratamiento, guion o biblia. Si un proyecto es una adaptación de un trabajo preexistente (novela, biografía…), el solicitante debe poder demostrar que posee la mayoría de los derechos de la adaptación de ese trabajo.

APLICACIONES MÚLTIPLES / REENVÍOS ¿Puedo aplicar a la ayuda de Desarrollo de Contenido - Slate Funding y a la vez aplicar para la ayuda de Desarrollo de Contenido - Single Project con diferentes proyectos?

No. No está permitido. Un solicitante tiene que elegir si aplica para Desarrollo de Contenido en la ayuda de Slate Funding o si aplica para Desarrollo de Contenido en la ayuda de Single Project. Si se opta por aplicar a Single Project, solo es posible enviar una aplicación bajo una fecha límite. Además, los beneficiarios de un Slate Funding en proceso, no pueden solicitar la ayuda de Single Project.

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Si una empresa obtiene la ayuda al Desarrollo de Contenido - Single Project en el marco de una convocatoria de 2017 ¿es posible aplicar bajo Desarrollo de Contenido - Slate Funding en el marco de una convocatoria de 2018?

Si. En ese caso la empresa puede aplicar para la ayuda de Desarrollo de Contenido - Slate Funding de 2018. La compañía también puede elegir si aplicar otra vez para Desarrollo de Contenido - Single Project bajo una de las dos fechas límite de la convocatoria de 2018.

Si una empresa obtiene la ayuda Desarrollo de Contenido – Slate Funding en el marco de una convocatoria en 2017 ¿es posible aplicar otra vez para Slate Funding en 2018? No. Una empresa que ha recibido Slate Funding en 2017 no puede aplicar a Slate Funding en 2018. Sin embargo, las empresas que han recibido un Slate Funding en 2016 o anteriormente, pueden volver a aplicar aunque el Slate de 2016 o de un año anterior no se haya cerrado todavía.

¿Puede un productor enviar una aplicación como productor principal y bajo la misma fecha límite figurar en otra aplicación como coproductor (confirmándolo con un deal-memo)?

Sí, es posible mientras respete la norma de una aplicación por empresa.

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OBRA PREVIA ¿Cómo de recientes deben ser las producciones previas para ser elegible?

Tal y cómo se describe en la sección 6.2 de las bases, el solicitante español tiene que probar que ha producido DOS obras previas elegibles en los cinco años previos al envío de la aplicación.

Además, la producción tiene que haberse estrenado o emitido en cines o en televisiones en tres países diferentes a los del solicitante durante el período de referencia comprendido entre el 1 de enero de 2015 y la fecha de envío de la aplicación. En caso de emisión, tres diferentes difusores de televisión son necesarios.

¿Qué tipo de documento se necesita para demostrar que la empresa solicitante ha producido las obras previas elegibles? La regla principal es que la empresa solicitante española haya producido las mencionadas dos obras previas elegibles. Se debe poder probar que ha sido la única empresa envuelta en esas producciones o que fue, en el caso de una coproducción, el coproductor mayoritario en el plan de financiación o que es el productor delegado.

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Si esto se basa en el plan de financiación, el certificado del presupuesto final debe ser una prueba. Una única compañía de producción se prueba también en los créditos de la pantalla. Si se trata de un crédito a una persona, es necesario que se vea en pantalla de forma visible con el título de productor o productor delegado. Un crédito en pantalla es la única prueba posible de crédito personal. Sólo se tendrá en cuenta el crédito personal del CEO o del accionista de la empresa solicitante. Todas las pruebas de elegibilidad tienen que estar guardadas por el solicitante y pueden ser solicitadas por la Agencia evaluadora en una fase final durante el proceso de selección.

¿Son elegibles como obras previas dos proyectos cuyo estreno en cines o fechas de emisión en televisión estén fuera del período de referencia (1/1/2015 y la fecha de envío de la aplicación), siempre y cuando el contrato de distribución sea durante este período de tiempo? No. Sólo es tenida en cuenta la distribución efectiva. Los solicitantes deben probar la fecha de estreno en cines o de emisión por televisión. Los contratos no se aceptan como prueba y la fecha de distribución mencionada en el contrato no es tenida en cuenta para este propósito.

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¿Es elegible la distribución en DVD o en plataformas de Internet para las obras previas? No. Sólo es aceptada la fecha de lanzamiento en cine o televisión. No obstante, la distribución comercial vía online o vía distribución de un agente de ventas internacionales es aceptada si viene acompañada de un informe de beneficios debidamente firmado y relacionado con el período de referencia. En el caso de no haber informes de ingresos contractualmente disponibles, será aceptado el acuerdo original/prueba de venta.

¿Son elegibles como obras previas si han sido distribuidas por tres países que no son participantes del Subprograma MEDIA?

Para la distribución de las dos obras previas, todos los países son aceptados pues en las bases no se hace ninguna referencia a estos países.

¿Serán consideradas las obras previas producidas por el solicitante estrenadas o emitidas después de la fecha de envío de la aplicación? El período de referencia para la distribución de las obras previas empieza en esta convocatoria el 1/1/2015 y termina en la fecha de envío de la aplicación. El estreno después de la fecha de envío de la aplicación no será aceptado.

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ACTIVIDADES ELEGIBLES ¿Puede un solicitante aplicar para el desarrollo de una segunda parte de una serie si la empresa ha tenido el apoyo de desarrollo en una primera temporada?

Sí. Una segunda temporada es elegible en la medida que el solicitante pueda demostrar que ese proyecto es nuevo y diferente. Por favor ten en cuenta que el proyecto será evaluado con los criterios que se definen en las bases y en particular con los referidos a la originalidad y el valor añadido.

Una empresa está recopilando un Slate de documentales. Tres de cuatro proyectos serán realizados por el mismo director/productor y guionista con experiencia. Los proyectos tienen potencial internacional y son muy diferentes entre sí. ¿Es una desventaja si las mismas dos personas están ligadas a la mayoría de los proyectos del Slate? En ese caso, el solicitante debe explicar cuidadosamente los tiempos y cómo es posible que la misma persona esté envuelta en tantos proyectos de diferente naturaleza. A pesar de todo, la evaluación será realizada por los expertos, sobre una base de caso a caso. Ellos determinarán si las explicaciones dadas pueden indicar dudas potenciales acerca de la viabilidad del proyecto.

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¿Es posible mezclar géneros (animación, documental creativo, ficción) en un Slate?

Sí, la mezcla de diferentes géneros es aceptada en un Slate así como la variedad de plataformas para los que estén destinados. Todo ello siempre y cuando se cumpla con los criterios de elegibilidad definidos en la sección 6 de las bases.

¿Puede un Slate estar compuesto de dos ficciones y un cortometraje? No. El slate debe estar compuesto por entre tres y cinco obras elegibles (según las definiciones del punto 6.2 de las bases). El cortometraje solo puede estar presentado en adición al Slate.

¿Es posible añadir diversos proyectos de cortometraje al Slate? No. Solo un cortometraje puede ser añadido al Slate.

¿Existen restricciones en cuanto al tipo de cortometraje que se puede poner en el Slate? Para ser elegible, el cortometraje tiene que tener una duración máxima de 20 minutos. Puede tratarse de una animación, de un documental creativo o de una ficción. Los previews o las publicidades, los teasers, los pilotos o las demos no son elegibles.

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Además, ningún proyecto catalogado como inelegible bajo la sección 6.2 de las bases puede ser tomado en consideración.

¿Qué es un documental creativo? El documental creativo es llamativo visualmente y mueve al espectador. La originalidad, la expresividad y/o el valor histórico-cultural juegan en él un papel importante. En el documental creativo, el cineasta toma decisiones artísticas mediante el uso del significado de la imagen, el sonido y la edición para expresar su visión sobre un tema y contar la historia. Este tipo de obra audiovisual ofrece nuevas ideas a la sociedad: abre nuestros ojos y estimula nuestro poder de pensamiento crítico. Muestra temas sociales urgentes que reflejan el espíritu del tiempo en el que ha sido realizado. No reitera la realidad del pasado o del presente, pues esa es la misión de las noticias. Las noticias pueden hacer que nos vengamos abajo pero las historias con trasfondo generan lo contrario. El documental creativo ofrece matices y nos provee de visión, haciendo posible el reflejo de los acontecimientos actuales. Su función social es crucial.

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PUNTOS AUTOMÁTICOS ¿Qué países tienen un nivel medio o bajo de producción? Los países con capacidad media son los siguientes: Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Noruega, los Países Bajos, Polonia, Suecia e Israel. Los países con escasa capacidad de producción son: Albania, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Estonia, Macedonia, Grecia, Hungría, Islandia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Montenegro, Portugal, la República de Serbia, Rumania, Eslovaquia y Eslovenia.

España, Francia, Alemania, Italia y Reino Unido son considerados como países de elevada capacidad de producción bajo las directrices.

ENVÍO DE SOLICITUDES ¿Puedo aplicar en papel?

No. Sólo se aceptan aplicaciones online. En este enlace tienes el eForm.

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El título de la convocatoria de Slate Funding es obligatorio. ¿Qué tiene que indicar una solicitud?

Los solicitantes pueden indicar simplemente ‘Slate Funding 2018’ como el título de su solicitud. No hay necesidad de mencionar todos los proyectos en este espacio.

Una empresa quiere solicitar la ayuda con cuatro o cinco proyectos, pero en la mayoría de los casos tiene guiones y no tratamientos. Si no se tiene tratamiento ¿Es posible entregar solo los guiones? En las solicitudes de Slate Funding, los tratamientos y las escenas de diálogo son preferibles y esenciales pero si no están disponibles en el momento de enviar la aplicación, la empresa solicitante tiene que poner a disposición el material artístico, incluso si solo son los guiones. Es decisión del solicitante decidir qué material debe incluir en la aplicación para intentar obtener las puntuaciones más altas en los criterios de selección definidos en las bases.

¿Qué es el identificador estándar interoperable solicitado en el eForm? ¿Debo tener uno para aplicar? ISAN (International Standard Audiovisual Number) es un sistema voluntario de numeración y esquema de metadatos para la única y persistente identificación de cualquier obra y versión audiovisual. Incluye películas, cortometrajes, documentales, programas de televisión, eventos deportivos, publicidad…

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EIDR es un sistema identificador único y universal para activos de cine y televisión que proporciona identificaciones únicas globales para un entero rango de tipologías de objetos audiovisuales que son relevantes en la industria del entretenimiento. No es obligatorio tener un ISAN/EIDR (o cualquier identificador standard) en el momento de la aplicación. Sin embargo, si los proyectos son seleccionados para ser apoyados, un número de identificación debe ser obtenido antes del envío del informe final.

¿Dónde deben incluirse los contratos con autores o las cartas de intención? ¿Tienen que ser incluidas en las presentaciones de los proyectos? Todas las pruebas de derechos y las cartas de intención así como cualquier otro material que el solicitante considere importante para la evaluación puede ser escaneado y adjuntado con el material artístico. Sin embargo, ten en cuenta que existe una limitación de 10MB para anexos combinados al eForm. Asegúrate de escanear a baja resolución.

¿Debe adjuntarse la trayectoria de todos los productores ligados a las producciones?

La regla principal es que la empresa solicitante de la ayuda tenga una trayectoria. Si la información con la trayectoria de la empresa es breve o pobre, la empresa solicitante puede proporcionar información de créditos personales.

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En cualquier caso, se debe proporcionar la mayor información posible del equipo y de los productores de los proyectos de forma que se pueda realizar una correcta evaluación del Slate, en particular en lo referido al criterio de elegibilidad: organización del equipo del proyecto.

¿Es posible realizar cambios en una aplicación que ya ha sido enviada y cuya fecha límite no ha pasado todavía?

Si el tiempo lo permite, recomendamos que envíes una nueva aplicación modificada. MEDIA tendrá en cuenta la última versión de la aplicación. En cualquier caso puedes contactarnos antes de la fecha límite en la siguiente dirección: [email protected], indicando el número de referencia de tu aplicación.

¿Puedo enviar documentos adicionales o modificar mi aplicación después de la fecha límite?

No. Las aplicaciones no pueden ser modificadas tras la fecha límite. Si la Agencia evaluadora necesita más información para clarificación, contactará con el solicitante.

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¿Qué debo incluir en el anexo ‘descripción detallada del proyecto’?

Como anexo del eForm debes adjuntar todo el material artístico que tengas a tu disposición para que posteriormente se pueda realizar una adecuada evaluación de cada uno de los proyectos del Slate. Ello incluye en particular, si está disponible, la última versión del guion, un tratamiento de mínimo 10 páginas y, si se dispone de ella, una sinopsis o outline del episodio, una nota del director, elementos visuales etc. La cantidad y/o extensión de información a proporcionar en este punto depende del género del proyecto y de la fase de desarrollo en el que se encuentre.

¿Qué debo incluir en el anexo ‘documentos relevantes de apoyo sobre la coproducción y la financiación’?

En este anexo se deben incluir todos aquellos documentos que resulten relevantes para la evaluación de los criterios de elegibilidad (específicamente sobre la coproducción y su financiación). Ejemplo: pruebas de cofinanciación, coproducción, cartas de interés o de intención etc.

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¿Puedo incluir en la descripción de los proyectos enlaces a artworks, teasers o trailers? Sí. Por favor incluye los enlaces tanto en la solicitud como en la descripción del material artístico. Asegúrate de indicar una contraseña para esos visionados si la hubiera (con una validez que permita visionar hasta tres meses después de la fecha límite de la convocatoria). A pesar de todo, solo son aceptados los enlaces a material como imágenes en alta resolución o presentaciones de material audiovisual (showreels, trailers etc.). En ningún caso, el solicitante puede proporcionar en un link toda su aplicación o los anexos solicitados. Por favor ten en cuenta que los enlaces deben ser estables: Está estrictamente prohibido realizar cualquier modificación del contenido disponible en estos enlaces después de la fecha de envío de la aplicación. Si no hay ninguna forma de asegurar que el material NO ha sido modificado después de la fecha de envío de aplicación, ese material no será tenido en cuenta para la evaluación de la aplicación.

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¿Existe diferencia entre el ‘Project Summary’ de la aplicación principal y el ‘Short Synopsis’ del anexo? ¿Es el Project Summary un sumario de la historia o un sumario del proyecto? El ‘Project Summary’ del eForm es un sumario del proyecto (de la historia así como sus elementos contextuales). No debe exceder los 2.000 caracteres. Si está escrito en otro idioma diferente que el inglés, una traducción del inglés es solicitada.

¿Tengo que subir el certificado de IVA o de entidad legal al portal del participante antes del envío de la solicitud o me será solicitado de forma similar a los otros documentos?

Mientras no bloquee la aplicación, el certificado de IVA y los otros documentos pueden ser subidos al Portal del Participante antes de la fecha límite de la convocatoria. A pesar de todo, se recomienda que subas estos documentos tan pronto sea posible para evitar los retrasos en caso de que tu aplicación resulte seleccionada.

¿Es posible modificar los datos de la empresa en los datos del participante después de la fecha límite?

Sí. Es posible. Por favor ten en cuenta que cualquier cambio en el portal debe ser realizado por el LEAR. Por favor, asegúrate de que esta persona esté disponible durante el proceso de selección.

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No he recibido un comprobante de recibimiento de mi aplicación. ¿Qué debo hacer? En primer lugar, asegúrate de haber proporcionado un e-mail correcto en el eForm. Si este no fue el caso, por favor notifícalo por e-mail a la siguiente dirección: [email protected] indicando el número de referencia de la aplicación y el nombre de la empresa solicitante.

Si el e-mail proporcionado es el correcto, envía inmediatamente un mensaje a [email protected] ANTES de la fecha límite con tu formulario de aplicación cumplimentado en los archivos adjuntos.

Si sigues recibiendo un mensaje de error, por favor sigue de nuevo los pasos descritos arriba pues significa que tu aplicación nunca se ha enviado correctamente.

PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN ¿Cuál es la contribución máxima que se puede recibir por parte de MEDIA al solicitar la ayuda de Desarrollo de Contenido - Slate Funding?

La contribución mínima para la ayuda de Slate Funding es de 70.000 euros. La contribución máxima sin el cortometraje es de 200.000 euros (150.000 euros en caso que el Slate consista solo en proyectos documentales creativos). En cualquier caso, la contribución concedida por MEDIA no podrá exceder el 50% de los costes totales de desarrollo del Slate presentado.

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¿Cuáles son las condiciones financieras si añado un cortometraje a mi Slate? Si añades un cortometraje al Slate, la contribución máxima para ese cortometraje superará los 10.000 euros, siempre que esa contribución no supere el 80% de los costes totales de la producción del corto.

Así que, si añades un cortometraje a tu Slate la contribución máxima para el Slate podrá ser de 210.000 euros, y 160.000 euros en el caso de solo documentales creativos.

Una empresa que solicita para un proyecto de ficción también está dispuesta a desarrollar una plataforma online que ayudará a expandir el mundo de sus personajes y ayudar con la comercialización del proyecto. ¿Se consideraría el diseño y el plan de esa plataforma un coste elegible?

Sí, son considerados como acciones y costes de marketing y son, por tanto, elegibles.

¿Cómo se evalúa la capacidad financiera del solicitante? La capacidad financiera es calculada mediante una matriz que tiene en cuenta las principales cifras de la compañía durante los últimos tres años de ejercicio. Los principales elementos para el cálculo son los siguientes: - Resultado (beneficio/pérdidas), dividendos y depreciación de los tres años previos.

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- Capital privado, activo corriente, pasivo corriente y los costes totales del último ejercicio financiero (cuentas certificadas). - La cantidad de la ayuda de MEDIA, los costes totales del proyecto y la financiación de terceros ya existente. Las compañías incapaces de proporcionar las cuentas certificadas de los últimos dos años fallarán la prueba. El factor menos favorable es el capital privado en negativo. De igual forma, si los costes totales del proyecto están considerablemente por encima de los costes totales del ejercicio fiscal y no hay financiación de terceros, la capacidad financiera podría ser evaluada como no suficientemente sólida.

En el caso de tener una débil capacidad financiera, para recibir el pago de pre-financiación, una empresa debe solicitar una garantía de su banco. ¿Debe cubrir esta garantía el importe total de la financiación o solo el primer importe (70%)? La cantidad que debe cubrir la garantía bancaria es solo la cantidad correspondiente a la pre-financiación (en el caso de Slate Funding, 70%) y no la cantidad total. Además, la compañía tiene la posibilidad de obtener un pago intermedio del 50% sobre la base de los costes incurridos (para evitar los costes de una garantía bancaria o en el caso de imposibilidad de recibirla, de un banco).

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