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D E C R E T O No 0'778
Rosario, "Cuna de la Banderaw, 15 de mayo de 20 28 ,-
V I S T O
La gestión promovida por la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana tendiente a
organizar el llamado a Selección Interna para cubrir cuatro (4) puestos de Jefe/a de Turno y un (1)
Jefela de Base de Comunicaciones para la Dirección General de Guardia Urbana Municipal; y
C O N S I D E R A N D O
Que la citada Dirección General ha incrementada significativamente su planta
permanente de agentes de calle durante los años 2015 y 2016, modificando su logística y
operatividad laboral para una mejor prestación de los servicios a la ciudadania.
Que resulta necesario cubrir dichas vacantes! a fin de cumplir con la misión y los
objetivos de la organizacióri.
Que dicha situación conlleva como demanda asociada la adecuación en cantidad acorde
de los jefes de turno que deben asumir el acompañamiento de tal expansión.
Que el proceso de Selección Interna de Personal constituye un mecanismo eficiente e
idaneo para concretar la cobertura de los puestos rnencianados a través de una metodología
transparente, técnica y ecuánime, enmarcada en el Estatuto Municipal.
Que asimismo es fundamental para la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana
promover la participación activa de sus trabajadores, poniendo en valor la carrera municipal.
Que siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones,
b j -!y L?l &L&( LA INPENDENTA MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1.- LLAMASE A SELECCIQN INTERNA DE ANTECEDENTE Y OPOSICION para
cubrir cuatro (4) puestos de Jefe/a de Turno y un (1) Jefe/a de Base de Comunicaciones para la
Dirección General de Guardia Urbana Municipal dependiente de la Secretaría de Control y
Convivencia Ciudadana, cubroganeia categoría 19, en un todo de acuerdo con ios vistos y
considerandos que anteceden.
ARTICULO 2.- REQUISITOS MINIMOS PARA LA POSTULACION A LA SELECCPÓN:
a) Ser personal de planta permanente de la Dirección General de la Guardia Urbana Municipal
y poseer antiguedad minima de dos (2) años en planta permanente en la Adrninistracion
Municipal.
b) No tener sanciones disciplinarias en Ioc Ultimos 5 años.
c) Acreditar título secundario con fotocopia certificada de analítico.
d) Presentar planilla prontuarial actualizada y certificado de conducta expedidas por autoridad
competente.
e) Manifestación escrita de total disponibilidad horaria.
ARTICULO 3.- PERMANENCIA EN EL CARGO.
Los postulantes que accedan a cada uno de los puestos del proceso selectivo, deberán permanecer
en el mismo por un período de al menos dos (2 ) años, salvo cuestiones de traslados y/o
promoción.
Ei cargo podrá ser sujeto de revalidación según los rnecanisrnos previstos en la normativa vigente
aplicable al área.
ARTICULO 4.- ASIGNACI~N DEL PUESTO.
A los fines de determinar la asignación de los puestos, la Direcci~n General de Guardia Urbana
Municipal, definirá los turnos a cubrir por los ~efes seleccionados (turnos actuales -vacantes o no-
o a crearse según las necesidades del área), aclarándose que tendrán prioridad en la asigriación
según el orden de mérito resultante de la presente selección,
ARTICULO 5.- INSCRIPCI~N
La inscripción se realizará, a partir del segundo día posterior a la publicación del presente Decreto
y durante los 10 días corridos siguientes, en la oficina de la Dirección General de Fortalecimiento
Institucional de la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana. Con domicilio en calle Ricchieri
1545, piso 1, de la ciudad de Rosario.
A tales fines los aspirantes deberán retirar el Formulario de Inscripción en la Oficina de
Recursos Humanos de la Dirección General de Guardia Urbana Municipal, o imprimiendo desde la
web mliriicipal, y presentarlo en el plazo fijado junto con la planilla prontuarial, el certificado de
conducta y el título secundario arralítico (original y fotocopia).
El plazo de inscripción es improrrogable y la documentación presentada por los postulantes tendrá
el carácter de declaración jurada.
La presentación del formulario de inscripción a la convocatoria, implica el pleno conacimiento de
las bases y condiciones establecidas en el presente Decreto, como asimismo la modalidad de
designación resultante.
ARTICULO 6.- PUBLICIDAD DE LA NÓMINA DE PNSCWaPTOS
Durante los tres (3) días hábiles administrativos posteriores al cierre de la inscripción, la oficina de
Direcciáin General de Fortalecimiento Institucional, publicara la nómina de inscriptos a !a selección
en condiciones de continuar con el proceso.
ARTICULO 7.- NOTIFICACIONES
La Dirección General de Fortalecimients Institucionai publicará en la web oficia% municipal, el lugar
y fecha de %a realización de las evaluaciones, entrevistas y el Orden de klkrito Fir~al, siendo éste el
mecanismo de notificación fehaciente en todas las instancias y para todos las interesados.
ARTICULO 8.- COMITÉ EVALUADOR.
El Comitk Evaluador estari integrado por tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros suplentes
en representación de la Secretaría de Control y Convivencia, la Dirección General de la Guardia
Urbana Municipal y del Sindicato de Trabajadores Municipales de Rosario.
Titulares:
- l ln representante de la Secretaria de Control y Convivencia Ciudadana: Sr. Secretario Dr.
Suillermo Turrin.
- Un representante de la Dirección General de Guardia Urbana: Sra. Directora General, Dra.
Fabiana Bergia.
- Un representante del Sindicato Municipal: Sra. 3uemr-d de Faltas CMD Norte, Dra. Monica Milillo.
su~j~e_es : --
- Un representante de la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana: Dra. Mariela Anclrea
Enrico.
- Un representante de la Dirección General de Guardia Urbana: Sr. Subdirector General,
Maximiliano Pagliarecci.
- Un representante del Sindicato Municipal: CPN Sandra Vavares.
ARTICULO 9.- ASESORAMIENTO TECNICO
El Comité Evaluador podrá convocar a expertos a los fines de que lo asistan técnicamente en la
elaboración y corrección de los exámenes y/o realización de las entrevistas. Asimismo podrá
solicitar asesoramiento técnico y operativo (en instrucción, materiales, herramientas e
infraestrudura) para la realización de todas las acciones que requieran la evaluación práctica;
tanto para la evaluación de los postulantes a Jefela de Turno como Jefela de Base de
Comunicaciones.
ARTICULO 10.- EVALUACION DE COMPETENCIAS
La evaluación será de antecedentes y oposición, asignándose 25 y 75 puntos respectivamente.
Cslarnente serán evaluados los aspirantes que cumplan con los requisitos mínimos estipulados para
esta selección -Art. 2-.
La evaluación tendrán las fadibilidades necesarias y especificas para cada uno de los puestos a
seleccionar.
La ausencia de postulante a alguna de las instancias de evaluación será considerada como
renuncia a la Seieccián.
ARTICULO f l.- EVALUACION ANTECEDENTES GURMCUURES
PLANttlA DE ANTECEDENTES. P ~ i n q e rnaximo 25 p
El Corni:+ 3 ; a i ~ ~ d c ; r cíinsuitara !os ontscedent-s ~ i ~ h i e :o:; por>C~lanCes q u e s e regis::c:c en ia i'r~recrion Gt?nerai ae Irrvesciysr:c.rtes Ct:ca Pi;bi~c¿o y Trarsparenc~n. y le asiqr-~arn rtn ?iAntaje para su ronside:acicr: e n !a rant,^th>lizació;? de ics arltecr:de?!tc.x de# agr:nr-., q ~ r : ; l ~ c a n z i r ~ h a s l ~ la nlitai? de ias ptin-;os estahiecidos para la fase <-!e antecedente?. !EI>:.c>~I~~Isc: .-oino an:C:scociri:+e!; nrigativc; 1s:;;i:iiaciorie:; ati.r-dicias e n :n citad'] Dircccion ct? rctiacicxi a ac:ijacio~ec qc~c f.s!i~vi?rsr? e!: i r i j ~ i t t ~ i . y sc corresi;cr:dan con de'-~.;nc~as d e cliidndanos vincirind~is a vioI(?noa c:~alqi>rerir d c s:ls í r j r nas <j acicc. d e :orri;pcir;r?)
F::rnas Junta Ei:irnrfiacnra
ARTÍCULO 12.- EVALUACION DE CQMPEPENCPAS TECNICO - PROFESIONALES: consta
de dos (2) actividades:
a. EXAMEN ESCRITO TEORPCO-P~CTICO: tendrá una puntuación maxlma de 20
pun%os. Se elaborara una propuesta de examen escrito, en base al siguiente temario general:
f . Aspectos normativos: Estatuto y Escalafón del Personal de Municipalidades y Comunas de la
Provincia de Santa Fe (Ley Provincial N O 9.286 -- Cap. 111 al IV y Artículos 61 al 701, Ley de
Licencias, Justificaciones y Franquicias (Ley Provincial NO 9.256); Ordenanza No 7899/05 de
Violencia Laboral y Dcto. Reglamentario No 1840/06; Ley Nacional de Tránsito No 24449, Ley No
26.363, Ley Provincial No 13.133 y modificaciones complementarias, Código Municipal de Tránsito
Ord. NQ 6.543 y Código de Faltas Qrd. NQ 2.783 y Decreto de creación de la Guardia Urbana
Municipal NO 1884/04, Reglamento SUM y Protocolos de Actuación Interna, Normativa sobre
Violencia de Género.
2. Aspectos funcionales: estructura general de la Municipalidad y Secretaría de Control y
Convivencia Ciudadana y Guardia Urbana Municipal. Recursos para la resolución de problemas y
cuestiones del Área, Maneja de tkcnicas de Planificación Operativas propias de la dinámica interna
del área.
3. Aspecto administrativo: procesos, procedimientos y circuitos administrativos relacionados
con Adas de Comprobación y demás documentación administrativa propia del área, Sistemas
informáticos utilizados en el área -alcances y aplicaciones-.
b. RESOLUCIÓN DE SITUACIÓN PROBLEMAIICA: tendrá una puntuación máxima de 25
puntos.
La misma se desarrollará en forma de simulacro resolviendo en forma práctica una situación
inherente a las funciones del Jefe de Turno de la Guardia Urbana Municipal.
En tanto a los aspirantes a cubrir la jefatura en la Base de Operaciones se les asignará la
resolución de situaciones críticas dentro de la misma Base relacionadas a las funciones específicas
del área y a todas las tareas a su cargo.
El Comité elaborará la situación Mdica con la asistencia técnica u operativa de las áreas y/o
instituciones que considere necesarias.
ARTÍCULO 13.- ENTREVISTAS PERSONALES: tendrá una puntuaeiQn máxima de 30 puntos.
El Comité Evaluador realizará entrevistas personales con cada postulante, valorando Iss siguientes
criterios:
Serán incorporados al Orden de Mérito aquellos candidatos que hayan alcanzado, al menos, el
60% del puntaje total (60 puntos).
ARTICULO 14.- El Comité Evaluador será la responsable de fijar y/o confirmar los días, horarios y
lugares en que se efectivizarán los exámenes escritos, las prácticas de resolución de situación
problemática, las entrevistas, y lo notificará por medio de la página web oficial. No obstante
también podrán fijarse en transparentes de comunicación del área.
ARTICULO 15.- ORDEN DE MÉRIPO.
El Orden de Mérito deberá ser publicado dentro de los veinte (20) días hábiles administrativos
posteriores al término de la evaluación de competencias aplicada a los concursanfec.
El Orden de Mérito, tendrá vigencia por un (1) año a partir de su publicación, a los fines de cubrir
situaciones sobrevinientes.
ARTICULO 16.- PUBLICIDAD DEL ORDEN DE MERITO
Dentro del plazo estipulado para su publicación, la Dirección General, pondrá a disposición el
listado de quienes han integrado dicho Orden de Mérito y lo hará por un plazo de al menos cinco
(5) días hábiles administrativos continuos.
ARTICULO 17.- DIFUSIÓN
La Dirección General de Fortalecimiento Institucional y la oficina de Recursos Humanos serán Ios
encargados de dar amplia difusión al presente.
>P Er,kx?c*-
ARTICULO 18.- msPoaac%oNEs GENERALES
La Dirección General de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría de C~ntrol y Convivencia
Ciudadana será el árgano responsable de llevar adelante la gesti~n de dicho proceso, coordinando
con el Comit6 Evaluador en todo lo que la misma le solicite en ejercicio de sus funciones.
ARTICULO 19.- Dése a la BirecciBn General de Gobierno, insértese y comuniquese.
D. Asegurado ~tyyetario dsiokimda y ~ c m i a
'! ' ,~uniciplkhd de Rosario