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•i COM IS IO N DE :• :a TRANSP ARE N C IA Y '.ACCE SO A LA H INFORMACION DEL EsrADO DE N UEVO LE6N ® ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LAS TABLAS DE APLICABILIDAD DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DEL SUJETO OBLIGADO, PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE NUEVO LEON. La Comision de Transparencia y Acceso a la lnformacion del Estado de Nuevo Leon, con fundamento en lo dispuesto por los articulos 6° de la Constitucion Polftica del Estado Libre y Soberano de Nuevo Leon; 3, fraccion XLI, 38, 43, 83 y 95 en su ultimo parrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, asi coma los diversos 1 y 7, del Reglamento lnterno de dicha Comision y el diverse aprobado par el Pleno de esta Comisi6n en fecha 25- veinticinco de abril de 2017-dos mil diecisiete; y CONSIDERANDO Primero: Que la Comision de Transparencia y Acceso a la lnformacion del Estado de Nuevo Leon es un 6rgano autonomo, especializado, r independiente, imparcial y colegiado, con personalidad jurfdi ca y patrimonio propio, con plena autonomia tecnica, de gestion, capacidad de decidir sabre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organizaci6n interna, responsable de garantizar, en el ambito de su competencia, el ejercicio de los derechos de acceso a la informacion y la proteccion de datos personales, conforme a los principios y bases establecidos par el articulo 6 't de la Constitucion Politica de las Estados Unidos Mexicanos, el dispositivo 6° de la Constitucion Polftica del Estado Libre y Soberano de Nuevo Leon, asf coma par lo previsto en las demas disposiciones aplicables. Segundo: Que las Sujetos Obligados deberan poner a disposicion de los particulares la informacion a que se refiere el Titulo Quinto de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, en los sitios de internet correspondientes de los Sujetos Obligados, asi coma en la Plataforma Nacional de Transparencia. Tercero: Que es atribucion del Pleno de este organo autonomo, de /'\ \ conformidad con el articulo 54, fracciones IV y XXXI de la Ley de 'tj'" Transparencia y Acceso a la lnformaci6n Publica del Estado de Nu evo Leon, vigilar el cumplimiento de dicho ordenamiento y demas disposiciones aplicables, asi coma formular obseNaciones y recomendaciones a los ent es publicos sabre temas rel ac ionados con la Ley de la materia~ D etainl l:l @CTAINLin fo CEl cT AINL www.ctainl.org.maj (e) Av. Constitucion Pte. 1465-1 Edificio Maldonado, Zona Centro Monterrey, N.L. Mexico C.P. 64000 '"'certlflcado Tels.(81)10017800 Lada s in costo 01800 2 CTAINL (282465) ~ 9001:2008

LA · 2019. 9. 17. · General de Justicia del Estado de Nuevo Le6n, dando inicio con ello al procedimiento PMT/006/2017, sefialandose en el mismo fecha y hora para que tuviera verificativo

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  • •i COM IS IO N DE : • :a TRAN S PARENC IA Y

    • '.ACCESO A LA H INFORMACION • DEL EsrADO DE N UEVO LE6 N ®

    ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LAS TABLAS DE APLICABILIDAD DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DEL SUJETO OBLIGADO, PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE NUEVO LEON.

    La Comision de Transparencia y Acceso a la lnformacion del Estado de Nuevo Leon, con fundamento en lo dispuesto por los articulos 6° de la Constitucion Polftica del Estado Libre y Soberano de Nuevo Leon; 3, fraccion XLI, 38, 43, 83 y 95 en su ultimo parrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, asi coma los diversos 1 y 7, del Reglamento lnterno de dicha Comision y el diverse aprobado par el Pleno de esta Comisi6n en fecha 25-veinticinco de abril de 2017-dos mil diecisiete; y

    CONSIDERANDO

    Primero: Que la Comision de Transparencia y Acceso a la lnformacion del Estado de Nuevo Leon es un 6rgano autonomo, especializado, r independiente, imparcial y colegiado, con personalidad jurfdica y patrimonio propio, con plena autonomia tecnica, de gestion, capacidad de decidir sabre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organizaci6n interna, responsable de garantizar, en el ambito de su competencia, el ejercicio de los derechos de acceso a la informacion y la proteccion de datos personales, conforme a los principios y bases establecidos par el articulo 6 't de la Constitucion Politica de las Estados Unidos Mexicanos, el dispositivo 6° de la Constitucion Polftica del Estado Libre y Soberano de Nuevo Leon, asf coma par lo previsto en las demas disposiciones aplicables.

    Segundo: Que las Sujetos Obligados deberan poner a disposicion de los particulares la informacion a que se refiere el Titulo Quinto de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, en los sitios de internet correspondientes de los Sujetos Obligados, asi coma en la Plataforma Nacional de Transparencia.

    Tercero: Que es atribucion del Pleno de este organo autonomo, de /'\\ conformidad con el articulo 54, fracciones IV y XXXI de la Ley de 'tj'" Transparencia y Acceso a la lnformaci6n Publica del Estado de Nuevo Leon, vigilar el cumplimiento de dicho ordenamiento y demas disposiciones aplicables, asi coma formular obseNaciones y recomendaciones a los entes publicos sabre temas relacionados con la Ley de la materia~

    D etainl l:l @CTAINLinfo CEl cTAIN L www.ctainl.org.maj

    (e) Av. Constitucion Pte. 1465-1 Edificio Maldonado, Zona Centro Monterrey, N.L. Mexico C.P. 64000 '"'certlflcado Tels.(81)10017800 Lada sin costo 01800 2 CTAINL (282465) ~ 9001:2008

  • +

  • C O MIS ION DE T RAN SPARENCIA Y ~CC E S O A L A INFOR MACIO N DEL ESTADO DE N UEVO LE6N @

    Cuarto: Que respecto a las Obligaciones de Transparencia, la Ley de Transparencia y Acceso a la I nformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, establece, en sus articulos 95 a 105, el catalogo de la informacion que deberan poner a disposicion de los particulares y mantener actualizada en los medias electronicos correspondientes, todos los Sujetos Obligados sin excepcion alguna y que se refiere a temas, documentos y polfticas que aquellos poseen de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social.

    Quinto: De conformidad con el ultimo parrafo del articulo 95 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, los Sujetos Obligados deberan informar a la Comision y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional de Transparencia, cuales son los rubros que son aplicables a sus paginas de Internet , con el objeto de que estos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relacion de fracciones del dispositivo en comento aplicables a cada Sujeto Obligado.

    Sexto: Que para la determinaci6n de la aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados, se consideraron las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos juridicos y administrativos otorgan a cada uno de estos.

    Septimo: Que las Tablas de Aplicabilidad compilan la informacion que, como Obligacion de Transparencia, deberan dar a conocer los Sujetos Obligados en terminos de lo dispuesto en los artfculos 95 a 105 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, en terminos del artf culo 95 de la Ley de Transparencia y Acee so a la lnformaci6n Publica del Estado de Nuevo Le6n, por lo que esta debera observar su cumplimiento; sin detrimento de que puedan acreditarse la necesaria modificacion de la misma, de manera fundada y motivada.

    Octavo: En fecha 26-veintiseis de junio de 2017-dos mil diecisiete, se admiti6 a tramite por esta Comisi6n la solicitud de modificaci6n a las tablas t-de aplicabilidad presentadas por el Sujeto Obligado, la Procuradurfa General de Justicia del Estado de Nuevo Le6n, dando inicio con ello al procedimiento PMT/006/2017, sefialandose en el mismo fecha y hora para que tuviera verificativo la audiencia de revision de los anteproyectos de dictamen; la cual se celebr6 el d fa 10-diez de julio del mis mo afio en la oficinas de la Comision ante del presencia del Secretario Ejecutivo de la~

    D etain! 0 @CTAINLinfo CEl CTAINL www.ctainl.org.maj

    (e) Av. Constitucion Pte. 1465·1 Edificio Maldonado, Zona Centro Monterrey, N.L. Mexico C.P. 64000 150 ~~~~: Tels.(81)10017800 Lada sin costo 01800 2 CTAINL (282465)

  • CO M ISION DE TRANSPAR E N CIA Y '.ACCESO A LA INFORMACION DEL E.5TACX) DE N U EVO l..E6 N (:)

    misma y personal de la Procuradurfa General de Justicia del Estado de Nuevo Le6n; desprendiendose de esta, una vez realizados diversos analisis por parte de los comparecientes a dicha audiencia, se elaboraron 02-dos proyectos de dictamen, mismos que fueron glosados al procedimiento en comento para constancia legal.

    Conforme a las anteriores consideraciones y con fundamento en las disposiciones legales sefialadas, se emite el siguiente:

    ACUERDO

    Primera: El Pleno de esta Comisi6n no aprueba el anteproyecto de dictamen presentado inicialmente por la parte promovente, relative a la modificaci6n de las Obligaciones de Transparencia contempladas en el del articulo 95 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformaci6n Publica del Estado de Nuevo Le6n; por los motives y fundamentos contenidos en la Tabla de Aplicabilidad que forma parte integrante del presente acuerdo.

    Segundo: El Pleno de esta Comisi6n determina aprobar el anteproyecto de dictamen presentado inicia lmente por la parte promovente, sef\alando como no aplicables la fracci6n 111 del articulo 96 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon.

    Tercero: Se aprueban las Tablas de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia del Sujeto Obligado, Procuraduria General de Justicia del Estado de Nuevo Leon, con apego al ultimo parrafo del artfculo 95 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, en terminos de los documentos anexo que forman parte integral del presente acuerdo, e l cual corresponde al proyecto de dictamen glosado al procedimiento PMT/006/2017.

    TRANSITORIO

    Primera: El presente acuerdo entrara en vigor al memento de su aprobacion.

    Segundo: Publfquese e l presente acuerdo y su anexo en el portal de internet de la Comisi6n.~

    D ctainl t] @CTAINlinfo GI CTAIN L www.ctainl.org.m~

  • ·= COM ISION DE 1•:1 TRANSPA RENCIA Y .J'AccESO A L A

    UI INFORMACION • DEL EsrADO DE N U EVO LE6N G>

    (

    Dado en el recinto oficial de la Comisi6n de Transparencia y Acceso a la lnformaci6n del Estado de Nuevo Le6n, en Monterrey, Nuevo Leon, su capital a 06-seis de septiembre de 2017-dos mil diecisiete, aprobado por unanimidad de votos del Comisionado Presidente, Licenciado Sergio Mares Moran, Comisionado Vocal, Licenciado Bernardo Sierra Gomez, Comisionado Vocal, lngeniero Juan de Dios Villarreal Gonzalez, Comisionado Vocal, Licenciado Jorge Alberto Ylizaliturri Guerrero.

    Ing. Juan de Dios Villarreal Gonzalez. Comisionado Vocal Comisionado Vocal

    L. J ~Alb rt ~y1· -,,;z;:1·t . G 1c. orge e o 1za I urn uerrero. Comisionado Vocal

    D etain! Cl @CTAINLinfo CEJ CTAINL www.ctainl.org.m'C)

    @ Av. Constitucion Pte. 1465-1 Edificio Maldonado, Zona Centro Monterrey, N.L. Mexico C.P. 64000 ~ Tels.(81)10017800 Lada sin costo 01800 2 CTAINL (282465)

  • C0Mis16N or:: TRANSPARENCIA Y A CCES·O A LA INFORMAC ION ~L £'1•',i!,,l,i.} C,C M.«',() U".O,, ~

    Tabla de aplicabilidad del articulo 95 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, de las

    obligaciones de transparencia comunes de los sujetos obligados del estado de Nuevo Leon.

    Poder Ejecutivo. Sujeto obligado: Procuraduria General de Justicia del Estado de Nuevo Leon.

    Tabla de Aplicabilidad Aplican I, II, Ill , IV, V, VI, VII, VIII , X, XIV, XV, XVIII, XX, XXI, XXV, XXVII,

    XXVIII, XXX, XXXI, XXXIV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIV, XLVI, XLIX, L, LI, LIii.

    No aplican IX, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XIX, XXII, XXIII, XXIV, XXVI, XXIX, XXXII, XXXIII, XXXV, XLIII, XLV, XLVII, XLVIII, LIi.

    Fracciones coincidentes entre la CTAINL el su·eto obli ado Aplican I, II, Ill, IV, V, VI, VII, VIII , X, XIV, XV, XX, XXI, XXV, XXXI, XXXIV,

    XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLIX, L, LI, LIii. No aplican IX, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XIX, XXII, XXIII, XXIV, XXVI, XXIX, XXXII,

    XXXIII, XXXV, XLIII, XLV, XLVII, XLVIII, LIi

    Fracciones que SI APLICAN y que el sujeto obligado seiialo como no I / aplicables I/ (( '-....,..

    Fraccion Fundamentacion y motivacion XVIII. La fracci6n en comento resulta aplicable al Sujeto Obligado, ello tomando

    en consideraci6n que con base en lo dispuesto por la fracci6n XIII del articulo 33, del Reglamento de la Ley Organica de la Procuraduria ~ General de Justicia del Estado de Nuevo Leon, la Direcci6n General de C) Administraci6n depende directamente del Procurador y es la unidad administrativa central responsable de administrar los recursos humanos, financieros y materiales, la obtenci6n de fondos federales y las tecnologias de la informaci6n, necesarias para el cabal desarrollo de las funciones propias de la Procuraduria, asi coma tramitar ante las instancias competentes del Gobierno del Estado, todo lo relativo a los procedimientos y tramites administrativos para efecto de los nombramientos, contrataciones, promociones, ascensos, servicio civil, renuncias, remociones, cambios de adscripci6n, licencias, vacaciones, bajas, liquidaciones y pagos de cualquier remuneraci6n al personal de la Procuradurfa; en virtud de lo anterior, y ante las facultades referidas, se aprecia que la fracci6n en estudio le resulta aplicable al Sujeto Obligado. t

  • XXVI I. De conformidad con lo establecido en el Ley de Egresos del Estado para el aiio 2017, el sujeto obligado tiene un presupuesto asignado para diversos rubros correspondiente al ano 2017-dos mil diecisiete, mismo que debera ser utilizado en la forma y terminos establecidos en la misma, atendiendo a las necesidades de dicho sujeto obligado con base a su proyecto presupuestal; cabe precisar que dicho presupuesto contempla diversas partidas especiales, asi como el gasto en servicios publicos, conceptos de los cuales se permite el uso de ello a diversas personas fisicas o morales.

    XXVIII.

    I/

    Resulta importante precisar que contrario a lo manifestado por el Sujeto Obligado en su Anteproyecto de Dictamen, la dependencia encargada de administrar los recursos humanos, materiales y servicios que requiera la Administraci6n Publica del Estado, asi como apoyar a las dependencias y organismos o entidades en la programaci6n de la adquisici6n de sus servicios y recursos materiales, asi como en el desarrollo de los sistemas administrativos que requieran para el desempeiio de sus actividades, en los terminos que establezcan las leyes respectivas, es la Secretaria de Administraci6n, no asi la Secretaria de Finanzas y Tesoreria General del Estado, sin embargo, dicha dependencia unicamente funge como auxiliar del Sujeto Obligado.

    De conformidad con el articulo 33, fracci6n XIII , del Reglamento de la Ley Organica de la procuraduria General de Justicia del Estado de Nuevo Le6n, la Direcci6n General de Administraci6n depende directamente del Procurador y es la unidad administrativa central responsable de administrar los recursos humanos, financieros y materiales, la obtenci6n de fondos federales y las tecnologias de la informaci6n, necesarias para . el cabal desarrollo de las funciones propias de la Procuraduria, siendo competente para tramitar ante las instancias competentes del Gobierno del Estado, todo lo relativo a los procedimientos y tramites administrativos para efecto de los nombramientos, contrataciones, promociones, ascensos, servicio civi l, renuncias, remociones, cambios de adscripci6n, licencias, vacaciones, bajas, liquidaciones y pagos de cualquier remuneraci6n al personal de la Procuraduria; en virtud de lo cual, le resulta aplicable la f racci6n en estudio.

    Es prudente senalar que lo manifestado por el Sujeto Obligado en su Anteproyecto de Dictamen, en relaci6n a las funciones de la Direcci6n de Adquisiciones resulta ser cierta, sin embargo la obligaci6n de

  • .: C OMlSION O .E ::•a TRANSPARENCtiA Y • "'12A. •••• - CCESO A LA : : INFORMACl6N

    • c;cL f:,;•·1'.CQ QC N ...-;11.r...,,.. "'

    XXX.

    XLII.

    XLIV.

    XLVI.

    transparencia contemplada en la fraccion en estudio no se limita unicamente a la adquisicion de bienes.

    De conformidad con el artfculo 46 BIS, fraccion XVI, del Reglamento de la Ley Organica de la Procuradurfa General de Justicia del Estado de Nuevo Leon, la Subprocuradurfa Especializada en Combate a la Corrupcion, debera rendir un informe mensual al Procurador sobre las decisiones que haya tornado en el ejercicio de sus competencias; por lo que le resulta aplicable la fraccion en estudio; por lo que el Sujeto Obligado debera publicar el informe sefialado, as[ como cualquier informe diverse que le orden algun otro ordenamiento legal.

    De conformidad con el artfculo 7, fraccion XXVIII, de la Ley Organica de la Procuradurfa General de Justicia del Estado de Nuevo Leon, el sujeto obligado tiene la facultad de realizar estudios, formular lineamientos y ejecutar estrategias o acciones de polftica criminal; par lo que le resulta aplicable la fraccion en estudio.

    De conformidad con lo establecido en el Ley de Egresos del Estado paja v el afio 2017, el sujeto obligado tiene un presupuesto asignado par / diversos rubros correspondiente al afio 2017-dos mil diecisiete; par lo q e la informacion a publicarse en dicha Obligaci6n de Transparencia, lo es relativa a los ingresos que reciba de cualquier fuente el Sujeto Obliga

  • (

    se aprobaron los lineamientos tecnicos generales para la publicaci6n, homologaci6n y estandarizaci6n de la informaci6n de las obligaciones establecidas en el tftulo quinto yen la fracci6n IV del articulo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la lnformaci6n Publica, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la plataforma nacional de transparencia, mismo que tiene por objeto establecer las politicas y criterios para la sistematizaci6n y digitalizaci6n, asi como para la custodia y conservaci6n de los archivos en posesi6n de los sujetos obligados, con la finalidad de garantizar la disponibilidad, la localizaci6n eficiente de la informaci6n generada, obtenida, adquirida, transformada y contar con sistemas de informaci6n, agiles y eficientes, lo anterior hasta en tanto se emita un ordenamiento local al respecto.

    '1 Fracciones que NO APLICAN y que el sujeto obligado senal6 como aplicables ~ Fracci6n Fundamentaci6n y motivaci6n f--------+--------"----------- ------------------1

  • •• COMlSl6N DE :•• TRANSPARENC!A V • A •••• . CCES·O A LA : • INFORMACl6N

    • c:,,t:1,. 'fA&JO CC !Y..cs,o c.r.o,,,,. ,.,

    Tabla de aplicabilidad del articulo 96 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon, de las obligaciones de transparencia especificas de los sujetos obligados

    del Estado de Nuevo Leon.

    Poder Ejecutivo. Sujeto obligado: Procuraduria General de Justicia.

    Tabla de Aplicabilidad Aplican IX y XI.

    No aplican I, II , Ill, IV, V, VI , VII, VIII y X.

    Fracciones coincidentes entre la CTAINL y el sujeto obligado Aplican IX y XI.

    No aplican I, II, Ill, IV, V, VI, VII, VIII y X.

    Fracciones que SI APLICAN y que el suje_to obligado seiialo como no aplicables

    Fraccion Fundamentacion y motivacion I I

    II I 'r--

    Fracciones que NO APLICAN y que el sujeto obligado seiialo como aplicabU~s Fraccion Fundamentacion y motivacion '

    Fracciones parte final del articulo 96 de la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion Publica del Estado de Nuevo Leon.

    Aplican 11.

    No aplican I. I