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Javier Casado Cadarso Técnico de administración general [email protected] Nov. 2019 Diputación Provincial de Huesca La administración electrónica en las entidades locales Reyes Martín Otín Técnico en medios electrónicos [email protected] Enrique Baldellou Ballesteros Técnico de informática [email protected]

La administración electrónica en las entidades locales · Diputación Provincial de Huesca 5 La administración electrónica en las EELL Directiva 2014/23/UE, relativa a la adjudicación

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Javier Casado CadarsoTécnico de administración [email protected]

Nov. 2019Diputación Provincial de Huesca

La administración electrónica en las entidades locales

Reyes Martín OtínTécnico en medios electró[email protected]

Enrique Baldellou BallesterosTécnico de informá[email protected]

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Diputación Provincial de Huesca 2

La administración electrónica en las EELL

Documentación correspondiente a este curso

http://www.dehuesca.es/util/AE_EELL/

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LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

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Legislación

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Diputación Provincial de Huesca 5

La administración electrónica en las EELL

● Directiva 2014/23/UE, relativa a la adjudicación de contratos de concesión

● Directiva 2014/24/UE, sobre contratación pública● Directiva 2014/25/UE, relativa a la contratación por entidades que

operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales

Legislación vigente● Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público● Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos

del Sector Público de Aragón

Legislación anterior● Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

Directivas Europeas

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Perfil de contratante

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Diputación Provincial de Huesca 7

La administración electrónica en las EELL

PREÁMBULO V

A todo lo anterior, debe añadirse la nueva regulación de la figura del perfil de contratante, más exhaustiva que la anterior, que le otorga un papel principal como instrumento de publicidad de los distintos actos y fases de la tramitación de los contratos de cada entidad…

Perfil de contratante

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Diputación Provincial de Huesca 8

La administración electrónica en las EELL

Artículo 63 – Perfil de contratante

1. Los órganos de contratación difundirán exclusivamente a través de Internet su perfil de contratante, como elemento que agrupa la información y documentos relativos a su actividad contractual al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos.…

Perfil de contratante

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Plataforma de Contratación del Sector Público

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Diputación Provincial de Huesca 10

La administración electrónica en las EELL

Art. 347 – Plataforma de Contratación del Sector Público

1. La Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública pondrá a disposición de todos los órganos de contratación del sector público una plataforma electrónica que permita la difusión a través de Internet de sus perfiles de contratante, así como prestar otros servicios complementarios asociados al tratamiento informático de estos datos.

Plataforma de Contratación del Sector Público

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Diputación Provincial de Huesca 11

La administración electrónica en las EELL

Art. 347 – Plataforma de Contratación del Sector Público

3. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla podrán establecer servicios de información similares a la Plataforma de Contratación del Sector Público en los que deberán alojar sus perfiles de contratante de manera obligatoria, tanto sus propios órganos de contratación como los de sus entes, organismos y entidades vinculados o dependientes, gestionándose y difundiéndose exclusivamente a través de los mismos y constituyendo estos servicios un punto de acceso único a los perfiles de contratante de los entes, organismos y entidades adscritos a la Comunidad Autónoma correspondiente.

Plataforma de Contratación del Sector Público

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Diputación Provincial de Huesca 12

La administración electrónica en las EELL

Art. 347 – Plataforma de Contratación del Sector Público

3. … Los órganos de contratación de las Administraciones locales, así como los de sus entidades vinculadas o dependientes podrán optar, de forma excluyente y exclusiva, bien por alojar la publicación de sus perfiles de contratante en el servicio de información que a tal efecto estableciera la Comunidad Autónoma de su ámbito territorial, o bien por alojarlos en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Plataforma de Contratación del Sector Público

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Diputación Provincial de Huesca 13

La administración electrónica en las EELL

contrataciondelestado.es

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Diputación Provincial de Huesca 14

La administración electrónica en las EELL

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Órgano de contratación

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Diputación Provincial de Huesca 16

La administración electrónica en las EELL

Artículo 61. Competencia para contratar.

1. La representación de las entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.

Órgano de contratación

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Diputación Provincial de Huesca 17

La administración electrónica en las EELL

Disposición adicional segunda. Competencias en materia de contratación en las Entidades Locales.

1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades Locales las competencias como órgano de contratación respecto ...2. Corresponden al Pleno las competencias como órgano de contratación respecto …4. En los municipios de gran población ... las competencias del órgano de contratación … se ejercerán por la Junta de Gobierno Local…5. En las Entidades Locales será potestativa la constitución de Juntas de Contratación que actuarán como órganos de contratación ...

Órgano de contratación

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Fases de la contratación

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Diputación Provincial de Huesca 19

La administración electrónica en las EELL

Fases de un procedimiento de contratación

PREPARACIÓN

ANUNCIO

ADJUDICACIÓN

FORMALIZACIÓN

EJECUCIÓN

EXTINCIÓN

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Diputación Provincial de Huesca 20

La administración electrónica en las EELL

- Consultas preliminares (art. 115)

- Expediente de contratación

- Inicio (art. 116)

- Aprobación (art. 117)

- Pliegos (art. 122, 124)

Preparación

- Anuncio de licitación (art. 135)

- Plazos de presentación (art. 136)

Anuncio

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Diputación Provincial de Huesca 21

La administración electrónica en las EELL

- Documentación acreditación requisitos previos (art. 140)

- Criterios de adjudicación (art. 145, 146)

- Criterios de desempate (art. 147)

- Ofertas anormalmente bajas (art. 149)

- Clasificación y adjudicación (art. 150)

Adjudicación

Formalización

- Formalización (art. 153)

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Diputación Provincial de Huesca 22

La administración electrónica en las EELL

- Penalidades (art. 192)

- Modificaciones contractuales (art. 204, 205)

Ejecución

Extinción

- Suspensión (art. 208)

- Extinción (art. 209, 210)

- Resolución (art. 211)

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Contratos del sector público

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Diputación Provincial de Huesca 24

La administración electrónica en las EELL

Artículo 12. Calificación de los contratos.

1. Los contratos de obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro y servicios que celebren las entidades pertenecientes al sector público se calificarán de acuerdo con las normas contenidas en la presente sección.

2. Los restantes contratos del sector público se calificarán según las normas de derecho administrativo o de derecho privado que les sean de aplicación.

Delimitación de los tipos contractuales

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Diputación Provincial de Huesca 25

La administración electrónica en las EELL

Artículo 19. Delimitación general.

1. Son contratos sujetos a una regulación armonizada los contratos de obras, los de concesión de obras, los de concesión de servicios, los de suministro, y los de servicios, cuyo valor estimado, calculado conforme a las reglas que se establecen en el artículo 101, sea igual o superior a las cuantías que se indican en los artículos siguientes, siempre que la entidad contratante tenga el carácter de poder adjudicador.

Artículos 20, 21 y 22. Umbrales

Contratos sujetos a una regulación armonizada

Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)

Documento europeo único de contratación (DEUC)

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Diputación Provincial de Huesca 26

La administración electrónica en las EELL

Artículo 24. Régimen jurídico aplicable a los contratos del sector público.

Los contratos del sector público podrán estar sometidos a un régimen jurídico de derecho administrativo o de derecho privado.

Contratos administrativos y contratos privados

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Diputación Provincial de Huesca 27

La administración electrónica en las EELL

Artículo 118. Expediente de contratación en contratos menores.

1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, …

Artículo 63. Perfil de contratante.

4. La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos trimestralmente. La información a publicar para este tipo de contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario…

Contratos menores

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Tipos de procedimiento

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Diputación Provincial de Huesca 29

La administración electrónica en las EELL

- Abierto (art. 156)

- Abierto simplificado (art. 159)

- Abierto simplificado abreviado (art. 159.6)

- Restringido (art. 160)

- Con negociación (art. 166)

- Diálogo competitivo (art. 172)

- Asociación para la innovación (art. 177)

- Concurso de proyectos (art. 183)

- Sistemas para la racionalización de la contratación de las AAPP (art. 218)

Tipos de procedimiento

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Diputación Provincial de Huesca 30

La administración electrónica en las EELL

VALOR ESTIMADO (4) PROCEDIMIENTOS NORMATIVA

Hasta 6.000 € (incl.) C. Menor sin concurrencia Art.4 ley 3/2011 (1)

6.001 €-14.999 € C. Menor con consulta al menos a 3 empresas.

Art.4 ley 3/2011 (1)Art.118.1 LCSP

+ 60.000 € (excl.)+100.000 (excl.)

Recurso especial --Art.17.2 a) ley 3/2011(Modif. ley 5/2017, de 1 de junio)--Art.44 LCSP

+221.000 € (incl.)+750.000 € (Anexo IV LCSP)

SARA Arts .21 y 22 LCSP

Hasta 100.000 € (incl.) P. Abierto simplificado Art.159.1 LCSP (2)

Hasta 35.000 € (excl.) P. Abierto simplificado y abreviado

Art.159.6 LCSP (3)

Contratos de servicios y suministros

(1) Los contratos menores se pueden publicar en el Perfil de Contratante. En este supuesto no se se tendrán en cuenta en el límite máximo que se puede adjudicar a cada contratista.(2) En este procedimiento además de tener en cuenta la cuantía, los criterios sujetos a juicio de valor no podrán superar el 25% del total salvo que se trate de servicios intelectuales que podrán llegar hasta el 45%.(3) Todos criterios evaluables mediante fórmulas. (4)Todos los importes son IVA excluido

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Diputación Provincial de Huesca 31

La administración electrónica en las EELL

VALOR ESTIMADO (4)

PROCEDIMIENTOS NORMATIVA

Hasta 30.000 € (incl.) C. Menor sin concurrencia Art.4 ley 3/2011 (1)

30.001 €-39.999 € C. Menor con consulta al menos a 3 empresas.

Art.4 ley 3/2011 (1)Art.118 LCSP

+200.000 € +3.000.000 € Recurso especial

--Art.17.2 a) ley 3/2011(Modif. ley 5/2017, de 1 de junio)--Art.44 LCSP

+5.548.000 € (incl.) SARA Art.20 LCSP (obras y concesiones)

Hasta 2.000.000 € (incl.) P. Abierto simplificado 159.1 LCSP (2)

Hasta 80.000 € (excl.) P. Abierto simplificado y abreviado

Art.159.6 LCSP (3)

Contratos de obras

(1) Los contratos menores se pueden publicar en el perfil de contratante. En este supuesto no se se tendrán en cuenta en el límite máximo que se puede adjudicar a cada contratista.(2) En este procedimiento además de tener en cuenta la cuantía, los criterios sujetos a juicio de valor no podrán superar el 25% del total salvo que se trate de servicios intelectuales que podrán llegar hasta el 45%.(3) Todos criterios evaluables mediante fórmulas.(4) todos los importes IVA excluido.

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Diputación Provincial de Huesca 32

La administración electrónica en las EELL

Plazos de presentación de ofertas

PROCEDIMIENTO ABIERTO ORDINARIO (art.156 LCSP)SARA: Obras, servicios y suministros: no inferior a 35 días (reducción algunos casos, como presentación electrónica de las ofertas -5 días)Concesiones:30 días (-5 en su caso). NO SARA:15 días: servicios y suministros26 días: obras y concesiones

PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO(art.159.3 LCSP)15 días: servicios y suministros20 días: obras

PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO (art.159.6 LCSP)10 días: todo tipo de contratos5 días: compras disponibles en el mercado

CONTRATO MENOR CON PUBLICACIÓN PERFIL (art.4 Ley 3/2011)5 días todo tipo de contratos 

¡¡ Días hábiles !!

¡¡ Días hábiles !!

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Diputación Provincial de Huesca 33

La administración electrónica en las EELL

Cómputo de plazos

Disposición adicional duodécima. Cómputo de plazos.

Los plazos establecidos por días en esta Ley se entenderán referidos a días naturales, salvo que en la misma se indique expresamente que solo deben computarse los días hábiles. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

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Recursos

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Diputación Provincial de Huesca 35

La administración electrónica en las EELL

Recurso ordinario

Recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de esta notificación.

Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

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Diputación Provincial de Huesca 36

La administración electrónica en las EELL

Recurso especial – Ley 9/2019

Artículo 44. Recurso especial en materia de contratación: actos recurribles.

1. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos y decisiones relacionados en el apartado 2 de este mismo artículo, cuando se refieran a los siguientes contratos que pretendan concertar las Administraciones Públicas o las restantes entidades que ostenten la condición de poderes adjudicadores:

a) Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a tres millones de euros, y de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a cien mil euros.….

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Diputación Provincial de Huesca 37

La administración electrónica en las EELL

Recurso especial – Ley 3/2011 mod. Ley 5/2017 Aragón

DA Segunda.— Modificación de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de Medidas en Materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

7. La letra a) del apartado 2 del artículo 17 queda redactada como sigue:

“a) Conocer y resolver los recursos especiales en materia de contratación a que se refiere el artículo 40 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como para los contratos de obras de valor estimado superior a 200.000 euros y de suministros y servicios superior a 60.000 euros”.

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Diputación Provincial de Huesca 38

La administración electrónica en las EELL

Recurso especial

Con carácter potestativo, recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la remisión de esta resolución.O recurso contencioso - administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde la remisión de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa.

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Registros electrónicos

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Diputación Provincial de Huesca 40

La administración electrónica en las EELL

Registro Oficial de Licitadores (ROLECE)

Artículo 96. Certificaciones de Registros de Licitadores.

1. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado …

2. La inscripción en el Registro de Licitadores de una Comunidad Autónoma acreditará idénticas circunstancias a efectos de la contratación con la misma, con las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, y con los restantes entes, organismos o entidades del sector público dependientes de una y otras.

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Diputación Provincial de Huesca 41

La administración electrónica en las EELL

Registro Oficial de Licitadores (ROLECE)

Artículo 159. Procedimiento abierto simplificado.

4. La tramitación del procedimiento se ajustará a las siguientes especialidades:

a) Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia.

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Diputación Provincial de Huesca 42

La administración electrónica en las EELL

Registro Oficial de Licitadores (ROLECE)

RECOMENDACIÓN DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 2018 CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO A LOS ÓRGANOS DE CONTRATACIÓN EN RELACIÓN CON LA APLICACIÓN DEL REQUISITO DE INSCRIPCIÓN EN EL LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Por tanto, en una situación en que coyunturalmente no es posible respetar este principio esencial, no cabe entender que el requisito de la inscripción sea exigible.

Partiendo de las anteriores consideraciones, lo que no cabe sin embargo aceptar es que esta situación coyuntural se convierta en permanente.

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La administración electrónica en las EELL

Muchas gracias por su atención