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La CITES y las PlantasGuía del usuario
Versión 3.0
Temario de la presentación
• Los objetivos y la aplicación
de la Convención
• Los grupos de plantas
amparados por la CITES
• El cumplimiento de la
Convención
Objetivos y aplicación
¿Por qué proteger las plantas silvestres?
• El comercio
internacional
insostenible de plantas
silvestres puede
amenazar la
supervivencia de las
poblaciones silvestres
• Reglamentar y controlar el
comercio internacional de
determinadas especies de
plantas y animales
• Asegurar que el comercio
internacional no ponga en
peligro la supervivencia de
las poblaciones en el medio
silvestre
Objetivos de la Convención
Parte 2003 No-Parte 2003
Partes en la Convención
Autoridades CITES
Autoridad Administrativa
Autoridad Científica Secretaría CITES
CdP y Comités
Comité de Flora
Los Apéndices
Apéndice I
>300 especies
Apéndice II
>25.000 especies
Apéndice III
>30 especies
• Se prohíbe el intercambio
de plantas silvestres con
fines comerciales
• Se permite el comercio
con plantas reproducidas
artificialmente, previo
permiso
Apéndice I
• Se permite el comercio con
plantas silvestres y
reproducidas artificialmente,
previo permiso
Apéndice II
• Se permite el comercio con
plantas silvestres y
reproducidas
artificialmente, previo
permiso
Apéndice III
• Concedidos por la Autoridad
Administrativa
• La Autoridad Científica
dictamina que la exportación
no será perjudicial para la
supervivencia de la especie
en el medio silvestre
– El Dictamen de extracciones no
perjudiciales
Permisos de exportación
• Obligatorios para plantas
silvestres del Apéndice I de CITES
• Algunos países, como los de la
Unión Europea, requieren
permisos de importación para
todas las especies controladas con
consideración de los Apéndices I y
II
Permisos de importación
• Convención internacional
con más de 160 Partes
• COPs y Comités
• Apéndices = listas de
especies
• Sistema de permisos
Resumen
Grupos de plantas amparados por la CITES
¡Más plantas que animales!
Plantas, partes y derivados
Plantas carnívoras - Dionaea muscipula
Especies maderables – Apéndice I
Especies maderables – Apéndices II y III
Swietenia
Pericopsis
Gonystylus
Principales rutas comerciales
• Grupos de plantas
que se controlan
• Partes, derivados y
productos
• Exenciones a la
Convención
Resumen
Cumplimiento
Problemas con los envíos
• No hay
documentos
• Los documentos
no se ajustan al
contenido
• Declaraciones
erróneas
¿Cómo distinguir? – ¿de origen silvestreo reproducido artificialmente?
Reproducidas artificialmente
Reproducidas artificialmente
Silvestres Silvestre
Cactus de origen silvestre
Orquídeas de origen silvestre
Plantas decomisadas
• Cantidad
• Identificación
• Recursos
• Estado
• Niveles de comercio
sostenibles
• Organización de la CITES
• Principales grupos de
plantas
• Cumplimiento
Resumen
Información adicional
Secretaría CITES,
International Environment House,
Chemin des Anémones,
CH-1219 Châtelaine,
Ginebra
Suiza
Tel.: (+4122) 917-8139/40
Fax: (+4122) 797-3417
e-mail: [email protected]
URL: http://www.cites.org/
Diapositivas adicionales
Partes en la Convención
2003
1995
1985
1975
0 20 40 60 80 100 120 140 160+
Los Apéndices
Apéndice I >300
Apéndice II >25,000
Apéndice III >30
Definición CITES de “reproducida artificialmente”
Detectar el comercio perjudicial –la carga para los países exportadores
• El Artículo IV de la Con-vención estipula que un permiso de exportación únicamente se concederá cuando, entre otras cosas,
• “Una Autoridad Científica del Estado de exportación haya manifestado que esa exportación no perjudicará la supervivencia de esa especie”
Comercio perjudicial – ¿cómo y por qué?
• Insuficientes recursos para aplicar el Artículo IV de la CITES
• Deficiente aplica-ción de las prohi-biciones sobre exportaciones de plantas silvestres
• Contrabando
Autoridades nacionales CITES
• Funciones de la Autoridad Administrativa:
– representación de la Parte en reuniones CITES
– preparación de propuestas para la COP
– recepción de información de la Autoridad Científica
– producción de informes anuales
– expedición de permisos y certificados
Autoridades nacionales CITES
• Funciones de la Autoridad Científica:
– avisar a la Autoridad Administrativa sobre la
sostenibilidad de las exportaciones
– aconsejar sobre cupos de exportación
– preparar propuestas para la COP
– examinar propuestas de la COP
– asesorar a la Autoridad Administrativa sobre
instalaciones de reproducción artificial
Registro CITES de instituciones científicas
• Intercambio permitido sujeto a un simple sistema de etiquetas
• Ambas instituciones deben estar registradas con la CITES
• La transacción no puede ser comercial
• Las colecciones deben ser conservadas permanente y
profesionalmente
• Para plantas preservadas y vivas
• El material debe ser legítimo
Listas de referencia CITES
Manual de identificación CITES