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LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION EN EL TRABAJO SOCIAL

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LA CONFIDENCIALIDAD DE LAINFORMACION EN EL TRABAJO SOCIAL

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LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓNEN EL TRABAJO SOCIAL

Dr. Luis A. Valverde Obando'

RESUMEN

Este artículo trata brevemente el tema relativoal valor de la confidencialidad de la informa­ción y del principio de reserva, que siempredeben mantenerse presentes en la labor delos trabajadores sociales.

Se aborda la naturaleza social del principio dereserva, y de su razón de ser en el contextoprofesional. Se hacen algunas anotacionessobre el secreto profesional, sus diferentestipos y su práctica. Se aborda el tema desituaciones en las que se podría violentar elprincipio de reserva y el secreto profesional;y, finalmente, se plantea una discusión sobreel dilema del interés común vs. el interés delcliente.

INTRODUCCiÓN

El Trabajo Social es una profesión querequiere de quienes la practican tener granconciencia social y una disposición respon­sable de ayuda a los demás. De esta manera,el trabajador social debe, irrestrictamente,interiorizar que la responsabilidad involucradaen la detección de la necesidad o del proble­ma social del cliente o del sistema cliente, segenera siempre dentro del ámbito de unaética profesional preestablecida que se dirigea la búsqueda del bien común. De esta forma,los trabajadores sociales, en su compor­tamiento como profesionales deben actuarmanteniendo altos estándares de conductapersonal; tratando de desarrollar sus mejorescapacidades y potencialidades humanas, téc­nicas y científicas para beneficio de los usua­rios de sus servicios.

• Luis A. Valverde Obando.

Doctor en Sociologia y Economía (Universidad de París). Doctor

Académico Universidad Panamericana (Costa Rica). Licenciado en

Trabajo Social (UCR). Catedrático de varias universidades. costarr'"

censes. Ex·Director de la Escuela de Trabajo Social (UCR). Director

de la Escuela de trabajo Social y Vicerrector de la Universidad Libre

de Costa Rica. Miembro de la Maestría de Estudios sobre

Discapacidad de la Universidad de Costa Rica. Miembro Junta

Directiva del Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica.

En cuanto al servicio, el trabajador socialdebe estar dispuesto siempre a la prestaciónde actividades íntegras y buenas para lossistemas-clientes que atiende. Ello implicaque, a nivel de la sociedad, el trabajadorsocial debe ser un profesional competente encuanto a su práctica y disposición hacia ellogro social exitoso para los sujetos/objetosde su intervención. Es decir, este cientistasocial debe mantener, en todas sus interven­ciones y servicios, una manifestación auténti­ca de profesionalismo; para lo cual se haceindispensable mantener presente los valoresy principios éticos que sirven de norte paratomar acertadas decisiones y escoger la apli­cación de la mejor tecnología científica entoda situación social que atiende.

Debe anotarse que uno de los mayores retosque afronta el trabajador social en la prácticacotidiana es mantener sus actividades profe­sionales dentro de un marco de compor­tamiento ético de CONFIDENCIALIDAD,acorde con las necesidades de privacidad dela información de los usuarios de sus servi­cios. Al respecto debe anotarse que, en larelación trabajador social-cliente se puedenllegar a conocer aspectos íntimos de los indi­viduos o de los grupos, debido a la confianza'que las personas depositan en el profesional,a partir de la relación empática que seestablece.

En la cotidianidad laboral, el trabajador socialpor su quehacer e imagen profesional,conoce cosas que muchas veces ni las per­sonas más cercanas al cliente llegan a cono­cer algún día; esto sucede porque la personaque se las confía normalmente tiene la espe­ranza y la fe de que la develación de sus inti­midades puede conducir al logro de unaayuda más efectiva, y porque se tiene la "con­fianza" y la "seguridad" de que lo dicho en larelación profesional tiene garantía de confi­dencia.

Ahora bien, es sabido por los trabajadoressociales que con los reportes, informes, estu­dios, expedientes, y otros documentos se

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puede fácilmente llegar a romper la confiden­cialidad de la información. Por ello, los traba­jadores sociales deben tener mucho cuidadode mantener en reserva, resguardar y custo­diar la información que se le transmite; espe­cialmente toda aquella comunicación consi­derada como "secreta".

Planteado todo lo anterior, este artículo sedirige a tratar sobre el valor de la CONFIDEN­CIALIDAD de la información, el principio dereserva, y el secreto profesional.Recordemos que la reserva de la informaciónes uno de los tres principios éticos que se hanmantenido invariables a través del tiempo(Mendelson: 1980: 5).

EL VALOR DE LA

CONFIDENCIALIDAD DE LA

INFORMACIÓN

Los clientes o sistemas clientes tienen comoun derecho propio el respeto a la confidencia­lidad de la información que él brinda, sobretodo aquella que él considera secreta.

La naturaleza del trabajo solicitado por losusuarios del servicio prestado por los traba­jadores sociales proporciona una ampliagama de información sobre actos personaleso grupales, circunstancias e historias de vida,organización, problemas, aspiraciones, ideas,recursos, etc. en las que se requiere de laaplicación irrestricta de este principio.

Desde aquellas etapas en la historia delTrabajo Social en que se orientaba el queha­cer del profesional únicamente en el ámbitodel "case work" (trabajo social individualiza­do), se observaba la importancia de garanti­zar la reserva de la información confidencial yel secreto profesional en las actividades quese desarrollaban. Esto es importante en elsentido de que el secreto está referido a unaverdad que conocen muy pocas personas yque no se quiere que otras más las conozcan(Menéndez: 1988: 110); Y que en el ámbitoprofesional se refiere a:

"Toda aquella información confidencial quepor razón de su profesión haya llegado aconocimiento del trabajador social, ya seaporque le fue confiada o porque la haya

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observado". (CTS: 1991: 4).La relación del trabajador social con losusuarios de sus servicios está basada en unesquema de mutua confianza:a) del cliente hacia el trabajador social;

en el sentido de que el profesional esuna persona de confianza, accequible,dispuesta a servirle, y además reservada.

b) del trabajador social hacia el usuario;confianza de que el cliente está dirigi­do en su relación con el trabajadorsocial a manifestar una realidad (la desu propia visión del mundo subjetivo)auténtica para él; pero que el profe­sional debe decodificar y recodificarnuevamente para efectos de un trabajoobjetivado.

Cuando el trabajador social irrespeta alcliente o usuario (individuo, grupo, comu­nidad, institución) al informar de manerainconsulta a terceras personas algunos datosconfidenciales que ha obtenido como produc­to de su labor profesional, el cliente se vetraicionado. En esta situación, el profesiona­lismo del trabajador social es socavado por laviolación del principio de reserva.

Al respecto, debe anotarse que en la relacióntrabajador social-cliente se debe desarrollaren un ambiente de lealtad y de mutua con­fianza, teniendo siempre presente el valor dela confidencialidad de la información, la apli­cación del principio de reserva, y mantencióndel secreto profesional; y, en general, la prác­tica de todo acto bueno y bondadoso.

Una actuación con los usuarios que quieraadquirir el rango auténtico de profesionalismodebe caracterizarse siempre por ser seria,responsable; y desarrollada con estrictoapego a la verdad y a la realidad concreta ocircunstancia social objetivada.

No obstante, también debemos precisar queel trabajador social es, antes que nada, unapersona; por ello, algunos días podría noactuar muy bien, en un marco de óptimo deprofesionalismo, y reaccionar más a tenor desus propias menesteres humanos, y no deacuerdo con las necesidades del cliente. Enese contexto puede ocurrir la violación delvalor de la confidencialidad de la información,

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porque el trabajador social puede olvidarse ­con facilidad- del actuar profesional ético yresponsable, comunicando terceras personasasuntos que no les atañen y que fueron ofre­cidos en forma reservada.

Ante la debilidad humana de un mal acto pro­fesional (o de mal práxis), debemos hacer elmejor esfuerzo por mantener los propósitosprofesionales de objetividad, seriedad yrespeto a la dignidad de los demás, en todarelación con un individuo, familia, grupo,comunidad, institución, etc. Así planteado, untrabajador social debe luchar permanente­mente por mantener el valor de la confiden­cialidad de la información como uno de losprincipales componentes de la relación éticacon sus clientes.

Es importante destacar que el valor de la con­fidencialidad se aplica a todo acto o cir­cunstancia en que medie una actuación profe­sional; porque los sistemas-clientes que seatienden requieren contar con la garantía deque se está al frente de alguien que garanti­zará la confidencialidad de la información quese le está ofreciendo.

Conviene considerar que la información queposee el trabajador social trasladada impru­dentemente a terceras personas, sin la pre­caución de reserva, puede desnaturalizarse yser utilizada para fines ajenos a los que origi­nalmente se tuvieron cuando el profesional laobtuvo.

LA NATURALEZA SOCIAL DEL

PRINCIPIO DE RESERVA

El principio de reserva es en sí un acto decarácter suprasocial, ya que culturalmenteeste principio ético existe a nivel de lasociedad general.

Por los efectos del proceso de socialización,la mayoría de las personas de la sociedadadquieren conciencia de que el bienestar delos otros y el bienestar común se basa en elacto de discriminación humana mesuradasobre la información que se comunica a losdemás en términos del bien o el mal del actocomunicativo.

Toda persona tiene una trayectoria de vida yde socialización en la que ha realizado o pen-

sado cosas que pueden afectar a otras per"sonas; de tal forma que, cuando conocemosalgunos reservados de los otros, debemosdiscriminar: qué podemos referir y a quién.Así planteado, la reserva es un principio na­tural del actuar humano que se desarrolla através de la conciencia que se tiene sobre elbien y el mal; o sea, que existe un principio dereserva natural en todo ser humano acercadel conocimiento de cosas de otras personasy de lo que él mismo que puede o no puedecomunicar.

Al mismo tiempo debe anotarse que toda per­sona tiene aspectos o facetas reservadas desu vida o personalidad que no es conocidopor todos; pero que tampoco desea que losotros conozcan. Así, en el mundo social delas personas entramos en el campo de lossecretos humanos. Aunque un dicho popularasevera que "entre cielo y tierra no hay nadaoculto", no deben ser los trabajadoressociales la causa de maldad y desgraciaajena al violar una información confidente.

Naturalmente, en el mundo social humano, ladiscrecionalidad bondadosa y comprensivaacerca de una información confidencial cono­cida en forma intencional o accidentalmentenos obliga a mantenerla en reserva, por lavaloración de la bondad o maldad del acto enque se nos confió; y porque la violación delsecreto atenta naturalmente contra nuestrapropia dignidad como persona humana, yaque al violar información reservada por negli­gencia, o maliciosa intención coloca al vio­lador irremediablemente en la posición de serindigno.

Si bien el comentario anterior se hace -a lalibre- en la dimensión de los actos humanosnaturales, por consecuencia tampoco seexcluye la validez de los mismos comentariosen el actuar profesional

LA RAZÓN DE SER DEL

PRINCIPIO DE RESERVA DE LA

INFORMACIÓN EN EL

TRABAJO SOCIAL.

Desde el punto de vista ético, el trabajadorsocial tiene una serie de obligaciones queimplican normas de conducta que las demáspersonas esperan de él con respecto a sus

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responsabilidades para con los sistemas­clientes que interviene. Nuevamente aquí sepresenta como una responsabilidad el man­tener el valor ético de la confidencialidad de lainformación comunicada, porque al conocerlael profesional asume una cuota de partici­pación en el bien o el mal futuro de su clienteo sistema-cliente.

El usuario del servicio que observa que el tra­bajador social es reservado y prudenterespecto a lo que conoce de él, se colocarácon más facilidad en una situación deempatía con quien le atiende; porque -muyprobablemente- se sentirá seguro y cómodoal considerar que está ante un verdadero pro­fesional.

Las personas, grupos, comunidades, institu­ciones u organizaciones requieren quemuchas de las cosas que sean conocidas porel trabajador social tengan garantía de reser­va. En este sentido debemos insistir en queel principio de reserva y el secreto profesionalimplican una actuación ética que no necesa­riamente debe hacerse explícita verbalmente,sino mediante hechos demostrativos de queaquello que fue conocido en la relación profe­sional no se trasladará a terceras personas odocumentos, a menos que el trasiego co­rresponda a un objetivo específico de la inter­vención social.

El trabajador social que quiera actuar bien,con seriedad, y responsabilidad debe mante­ner una actitud mesurada, prudente, vigilantey acuciosa de custodia respecto a toda lainformación que le es confiada.

Aunque el comunicar información de los suje~

tos/objetos a terceras personas parezca unhecho intrascendente para las demás per­sonas, el trabajador social que quiera actuaren los caminos del bien, no tiene derecho aviolentar la información reservada. Tal es asíque, la violación de este derecho que osten­tan los sistemas-clientes sujetos de la inter­vención profesional puede ser objeto de unaquerella por mal práxis.

A ese respecto, el Código de Ética delColegio Profesional de Trabajadores Socialesde Costa Rica dice, en el artículo 13, que:

"El trabajador social debe guardar celosa­mente el secreto profesional, que constituyeun derecho y un deber inherente a la profe­sión. El secreto perdura aún después de

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cesada la intervención social. Los documen­tos privados que reciba el trabajador socialestán cubiertos por el secreto profesional".(CTS: 1991; 4).

LA INFORMACIÓN OBTENIDA

Y EL SECRETO PROFESIONAL.Estamos conscientes de que en las páginasanteriores nos hemos referido con mucha li­bertad a la utilización casi indistinta entreinformación social recopilada, informaciónconfidencial y secreto profesional.Cualquiera podría imaginar que toda informa­ción que recopilar el trabajador social consti­tuye parte del principio de reserva y, por lotanto, un secreto profesional; sin embargo,eso es una falacia producida en el manejodiscriminante de la información confidencial, yde la aplicación indiscriminada el principio dereserva.Para entender esto, debe tenerse presenteque el principio de reserva se refiere a todaaquella información confiada al profesional,pero cuya revelación a otras personas puedeafectar el bienestar del sistema cliente o elbienestar común. Es lógico suponer que enel campo de lo social y en el ejercicio de la.profesión se obtiene información que normal­mente es conocida por muchos, y cuya re­velación no causa perjuicio alguno al cliente osistema-cliente. Sin embargo, el profesionalsiempre debe ser cuidadoso y meticuloso encuanto a la discriminación sobre los alcancesde : ¿hasta dónde lo que se conoce delcliente va a afectarlo desfavorablemente si sedivulga?La interrogante anterior nos lleva a tomar con­ciencia de que existen diferentes tipos deinformación que se manejan en la relacióntrabajador social-cliente, y que alguna de ella(no toda) debe ser considerada como reser­vada o secreta.

La categoría de información reservada sedetermina en función de la utilización que sele de a los datos, en estrecha corresponden­cia sobre la forma en que se obtuvo, lasgarantías prometidas por el profesional oaquellas determinadas por el informante.

Debe destacarse que la información confiden­cial en el Trabajo social se convierte en lo queusualmente se denomina como secreto profe­sional; al respecto conviene tipificar entonceslos diferentes tipos existentes.

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TIPOS DE SECRETOSPROFESIONALES EN EL

TRABAJO SOCIAL

SECRETO IMPLÍCITOEste tipo de secreto tiene su origenen el principio de reserva natural deposeemos todos los seres humanos.Es aquel que se da cuando el clienteda por un hecho -sin siquiera pregun­tarle- que está frente a una personareservada y confiable; es decir, unprofesional responsable a quien sinprejuicios puede suministrarle lainformación más delicada e íntima.

Debe aclararse, en cuanto al secretoimplícito, que hay situaciones ohechos muy delicados que merecenun tratamiento de reserva especial,lo cual debe ser aclarado en elmomento oportuno, para evitartrastornos posteriores en la relaciónsocio-profesional. Esto da origen aun segundo tipo de secreto profe­sional.

SECRETO CONVENIDOEs un tipo de secreto que se carac­teriza porque el cliente, el trabajadorsocial o ambos, ponen condicionespara brindar o escuchar una informa­ción y negocian su manejo compro­metiéndose cada una de las partes amantener lo convenido.

En este tipo de secreto el rol del tra­bajador social se caracteriza poradvertir al cliente respecto a la con­veniencia o no de exponer ciertasinformaciones delicadas. Tambiéndebe ser advertido de que algunasinformaciones podrían ser escritasen informes o expedientes para usoy conocimiento de otros profesio­nales con fines de una buenaprestación de servicios sociales. Deesa forma, mediante un secreto con­venido o pactado, el informante re­vela sus confidencias a sabiendas de

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que esa información podría ser uti­lizada y conocida por otras personaspara ayudarle a solucionar su necesi­dad, problemática o situación.

SECRETO PROMETIDOSe refiere al secreto que el clienterevela al trabajador social, pero quele pide que "bajo ninguna circunstan­cia" lo haga del conocimiento de ter­ceros.

Frente a este tipo de secreto, el pro­fesional que accede a escucharloestá obligado a la reserva absoluta;quedando sin posibilidad detrasladarla a un expediente, docu­mento escrito, o actividad profesio­nal que implique cualquier tipo deviolación de la confidencialidad.

En situaciones relacionadas coneste tipo de información reservada,el trabajador social debe ser muycuidadoso y ético al decidir si con­viene con el cliente en prometer elsecreto, o bien rechaza que el clientese lo comunique.

SECRETO FACULTATIVOCorresponde a un tipo de informa­ción que no es conocida por todos, yla mayor parte de las veces nisiquiera por el mismo cliente.

Este tipo de información confidencialse origina en la labor científica rea­lizada como parte del servicio o de laintervención profesional, que nodebe ser comunicada al usuario o aterceros para no entorpecer el pro­ceso de desarrollo de bienestarsocial de un sistema-cliente. Estetipo de secreto se refiere, por ejem­plo, a no revelar información respec­to a la dinámica profunda de una te­rapia individual o de grupo; o revelarestrategias de mercadeo de proyec­tos sociales que tiene gran compe­tencia o mucha resistencia en el mer­cado.

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B)

e)

SITUACIONES EN LAS QUE EL

TRABAJADORSOCIALPODWA

VERSE ENVUELTO EN

VIOLENTAR EL PRINCIPIO DE

RESERVA Y EL SECRETO

PROFESIONAL.

PRIMERO, las relaciones interpersonales yde socialización propias que el profesionalestablece con terceras personas:

Aquí, las razones para violentar el principio dereserva de la información son multivariadas;algunos factores que influyen en ello son:

A) La poca conciencia y dominio del valorde la confidencialidad de la informa­ción obtenida como producto de lalabor profesional.

Algunos profesionales, con pocodominio sobre los alcances del bien ydel mal de sus actuaciones, no alcan­zan a discriminar respecto a la impor­tancia que tiene la reserva de la infor­mación confidencial obtenida comoproducto de su trabajo y de la necesi­dad de custodiar celosamente dichainformación por lealtad al cliente.

La motivación que se tenga con respec­pecto a la situación social que se estáatendiendo.La motivación o empatía en relacióncon un caso o proyecto, puede incidiren el manejo negligente, laborioso yperseverante de la información que seobtiene a raíz de la intervención profe­sional y, por ende, en el buen o maldesempeño del profesional.

El deseo exacerbado de obtener unresultado positivo en una gestión.

Muchas veces el trabajador social, conel afán de obtener resultados positivosy rápidos para su cliente o sistema­cliente, brinda información a otro ti­po de profesionales, cuyo manejode la ética no es el más aceptadoy -hasta cierto punto- es más bien per-

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O)

E)

judicial para el objeto/sujeto del que­hacer profesional. Esto sucede amenudo en casos de litigio judicialpor violencia contra la mujer, vio­lación o incesto, donde otros profe­sionales con poca sensibilidad acer­ca de los procesos psico-socialesexponen públicamente situacionesíntimas de los afectados, sin elmenor recato y consideración de ladignidad de la persona humana.

Los rasgos de la personalidad delprofesional. Es posible que existantrabajadores sociales que, por losrasgos de su personalidad, no desa­rrollan la virtud de la prudencia yfácilmente -sin que otros se lo pidancomunican datos a colegas o fun­cionarios de la institución don de la­boran, tales como: quién, dónde,cuándo, etc. Con esta imprudenciase violentan el valor de la confiden­cialidad y el manejo del principio dereserva.

La angustia o tensión del trabajadorsocial en el manejo de una determi­nada situación social, puede fácil·mente provocar la necesidad decomunicar una situación a otras per­sonas, sin tomar conciencia de queel profesio-nalismo que se requierelo obliga a mantener mesura encuanto al principio de reserva.

El trabajador social puede consultar"formalmente" a otros profesionaleso colegas solamente necesarias con·sideraciones técnicas. En estasituación, esos otros profesionalesobligatoriamente también se veriancomprometidos a guardar el secretoprofesional.

Vale la pena considerar que, lacomunicación informal de datos deuna situación social o caso a otroscolegas, otros profesionales o fun­cionarios institucionales, no es obli­gante para Elllos respecto al manejoético de la información. Sin embar­go, si la información se refiere en unacto formal (como podría ser lasupervisión), esto sí obliga al otro

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F)

profesional a guardar el principio dereserva. Debe aclarase aquí doscosas: una, que el acto formal mássimple es decir al otro profesionalque se le está haciendo una consultatécnica sobre una situación en proce­so de intervención social. La otra,que sobre este asunto dice el artículo14 de la Ley del Colegio deTrabajadores Sociales de Costa Ricaque:

"El trabajador social queda eximidode toda responsabilidad, cuando secompruebe que el secreto haya sidoviolado por terceros". (CTS: 1991; 4).

Lo ideal es que toda consulta de unasituación se haga en el ambiente yen el momento oportuno, no en sitiosinadecuados o contextos informales.

Los procesos de socialización y de tra­bajo en el medio institucional. Másque un proceso sociológico, la socia­lización es una virtud que debemosdesarrollar todos los seres humanos,pues nos conduce a relacionarnosagradablemente con los demás, enforma creativa, alegre, dando y reci­biendo; pero sin hacer daño a las otraspersonas. No obstante, es usual que,en el medio institucional, se compartacon terceras personas informaciónque merece ser manejada con lamayor bondad, mesura, discrecionali­dad o estricta reserva. Por ejemplo,en las reuniones sociales, horas dealmuerzo, refrigerios, en el transportepara hacer visitas domiciliarias, o enmomentos de esparcimiento en lospasillos de los edificios, muchas vecesse comentan negligentemente situa­ciones y hechos que pueden desfa­vorecer a los clientes, a quienes lesasiste el derecho al resguardo de infor­mación reservada o confidencial queellos brindaron al calor de una relaciónprofesional.

SEGUNDO, el expediente, registro de docu­mentos institucionales o instrumentos derecolección de información.

Toda institución social lleva un registro de

información que normalmente se denominacomo expediente de proyecto, de caso decomunidad, etc.

Algunos de esos expedientes institucionalesestán muy bien organizados y hasta divididosen secciones: por ejemplo, el de los registrosmédicos en hospitales y clínicas de saludpúblicas o privadas.

En la acción social, la información que másdificultad de manejo ofrece al trabajadorsocial es aquella que se refiere a las intimi­dades personales, tabúes culturales, datosfinanciero contables o planes estratégicosorganizacionales. Así, la discriminación dereserva y custodia de estas informaciones estarea harto difícil de consignar en el expe­diente y requiere de gran inteligencia del pro­fesional, ya que muchos de los expedientestienen un carácter público; y, por lo tanto,muchas otras personas podrían tener accesoa la información escrita en ellos.

Al igual que al hacer un estudio social, el tra­bajador social discrimina cuál es la informa­ción importante que consigna, igualmentedebe hacerlo en referencia a los datos queanota en el expediente institucional;· ya quetanto el sistema-cliente como el profesionalpodrían quedar desprotegidos en casos deconflictos. Por ejemplo, respecto a una buenacantidad de trámites legales, es posible paraun interesado sacar copias de los folios de losarchivos judiciales cuando estos no han sidoconsignados en reserva por una autoridadcompetente. Igualmente, a veces, los expe­dientes son trasegados por empleados decentros de fotocopiado a quienes difícilmentese les puede exigir un comportamiento éticosobre la documentación.

Conviene anotar que desde la óptica delespacio profesional, la protección de la infor­mación es vital en los campos psiquiátrico,judicial y penitenciario, pues muy a menudose vinculan a situaciones personales deli­cadas y por las afecciones que puedenhaberse dado en el contexto social.

TERCERO, la documentación escrita para eltrámite interinstitucional.

Cuando se tramita información entre institu­ciones sociales, el trabajador social general­mente descuida fa necesidad de advertir a

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sus clientes que trasladará (toda o parte) lainformación brindada a otro profesional oinstitución de bienestar social. El no hacer laadvertencia anterior indiscutiblemente consti­tuye una violación del valor de la confiden­cialidad; ya que el cliente debe ser el primeroen saber que los datos que aportó seránconocidos por otras personas u otra institu­ción.

Cuando se realizan estudios sociales,informes sociales, resúmenes de referencia otransferencia de casos, por ejemplo, se debeadvertir al cliente que los datos que le sumi­nistró serán trasladados a otras personas oinstituciones; todo con el fin de ayudarle almejor logro de su bienestar social.

EL PRINCIPIO DE RESERVA EN

EL DILEMA DEL INTERÉS

PRIMORDIAL DEL CLIENTE VS.

EL INTERÉS COMÚN.

Hasta aquí pareciera que el trabajador socialestá obligado, en todo momento, a mantenerbajo reserva la confidencialidad de la informa­ción delicada de un cliente o sistema-cliente;sin embargo, debe anotarse que hay situa­ciones relacionadas con el bien común y elrespeto a los derechos humanos que emer­

gen con supremacia sobre el ¡nteres particu­lar de un cliente o sistema-cliente.

Esas situaciones se presentan, por ejemplo,cuando la vida de un tercero está en peligro;o que como producto del desarrollo de unproyecto institucional se pone en peligro lacondición y calidad de vida de muchas per­sonas. En este caso, el interés supremo debienestar social no se concentra alrededor delcliente que ofrece la información, sino en losotros grupos o personas que podrían serafectadas.

Aún en el caso de un secreto prometido o

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pactado, el principio de reserva puede ser

alterado por el trabajador social cuando se

refiera a la revelación de deseos, planes o

acciones dirigidas a causar daño grave en

contra del bienestar o la vida de otras per­

sonas; tales como violación, homicidio, es­

pionaje científico o económico. Por ejemplo,

si una persona encarcelada refiere en la

entrevista penitenciaria que si sale de prisión

matará a determinadas personas que con­

tribuyeron a su pérdida de libertad, el profe­

sional está obligado éticamente a advertir a

esas personas sobre el peligro en que se

encuentran.

Una buena actuación que puede tomar unprofesional, si desde el principio descubreuna intencionalidad del pensamiento o de laacción de un cliente hacia la maldad o perver­sidad de un acto, es advertirle que puederelatarlo "si quiere", pero que de ningunamanera constituye secreto profesional algunoy que, por lo tanto, esa información podría serrevelada a otras personas o ser consignadaen un expediente. Lo anterior se debe hacerporque éticamente el bien común tiene pri­macía sobre el bien individual o particular.

La observación de lo anotado permite

es\a'o'ecer que e) protesionalismo deactuación del trabajador social lo debe llevaren todo momento a la valoración del principiode confidencialidad. Sobre todo, debe valo­rarse a profundidad el hecho de que losintereses del cliente o sistema-cliente debencorresponder a intereses razonables, acordescon los intereses suprasociales y comunes delos grupos, comunidades y sociedad en ge­neral.

Es por lo anterior que, en la mayoría de

Códigos de Ética de la Profesión (Grazziosi,

1978), siempre se observan reglas de excep-

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ción respecto al principio de reserva. Así, por

ejemplo, observamos que en el Código de

Ética del Colegio Profesional costarricense se

anota lo siguiente:"Si un cliente informa al trabajador social suintención de cometer delitos contra las per­sonas (suicidio, violación, homicidio, etc.) estamateria no es parte del secreto profesional; yel trabajador social deberá hacer las ges­tiones necesarias para prevenir la concreciónde lo comunicado". (CTS: arto 17: 1991; 5).

COMENTARIOS FINALES

El trabajador social siempre debe buscar eldesarrollo de los más altos valores de la con­ducta humana; entre otras razones paramantener la integridad de la misma profesión.El que cada trabajador social desarrolle sulabor estricto apego a la ética y a su misiónvocacional humanística es un factor con­tribuyente para ayudar a mantener esa inte­gridad profesional.

Es necesario recordar que, un cliente o sis­tema-cliente afectado por la violación de unsecreto por parte del trabajador social puedehacerlo sentirse mal en su dignidad, morali­dad y bienestar personal, en razón de lasafectaciones sufridas

El comunicar una información amparada alprincipio de reserva, supone que el trabajadorsocial siempre está obligado a ejercer inter­venciones profesionales responsablesacordes con el bien y los legítimos interesesdel cliente; caso contrario, puede acarrear fi­guras jurídicas tipificadas y sancionadas porley, o por lacorporación profesional de traba­jadores sociales.

Conviene agregar que no se debe olvidar quela profesión está para prestar un serviciosocial orientado a hacer bien a los demás, yque la calidad de sus servicios deben sersiempre óptimos y de profundo contenido

ético. Así, se convierte en una gran virtudaquella que posee el trabajador social conconciencia permanente del principio de reser­va, que mantiene, protege y resguarda elderecho legítimo del cliente a la confidenciali­dad de la información; para ello debe poneren práctica cualidades importantes de un tra­bajador social como son la prudencia, la dis­creción, y la ponderación de sus actos.

El ejercicio del principio de reserva es fácil depracticar por el trabajador social si la selec­ción y la determinación de reserva del datoconfidencial se hace a nivel moral; con­siderando que la información trasladada porescrito o verbalmente a otros se inscribe enlos ámbitos de un acto bueno, bondadoso,justo y digno de ayuda a los demás y en elcontexto del bien común.

BIBLIOGRAFíA

Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica.

CTS. (1991). Código de Ética. San José, Costa

Rica.

Grazziosi, Laura. (1978). Códigos de Ética del

Servicio Social. Editorial Humanitas. Buenos Aires

Argentina.

Menéndez, Aquiles. (1972). Ética Profesional.

Editorial Herrero Hermanos Sucesores. México.

Mendelson, Allan. (1980). The work of social work.

New Viewpoints. USA

Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de

Derechos Humanos. París, 10 de diciembre.

Valverde Obando, Luis A. (1994). Ética Profesional

para el Progreso REVISTA DE TRABAJO SOCIAL

C.C.S.S., año 16, Nº 36,137-177, San José, Costa

Rica.

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