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Ginebra, septiembre/octubre de 2004 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL NÚMERO5 EXPORTACIONES Y PROPIEDAD INTELECTUAL Cuestiones claves para las empresas LA CREACIÓN DE INSTITUCIONES DE P.I. EN LOS PAÍSES MENOS ADELANTADOS (Parte II) EJEMPLOS NACIONALES La República de Moldova fortalece su infraestructura

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Ginebra, septiembre/octubre de 2004

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

NÚM

ERO

5

EXPORTACIONES Y PROPIEDAD INTELECTUALCuestiones claves para las empresas

LA CREACIÓN DE INSTITUCIONES DE P.I.EN LOS PAÍSES MENOS ADELANTADOS(Parte II)

EJEMPLOS NACIONALESLa República de Moldovafortalece su infraestructura

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MISIÓN DE LA OMPI

Por medio de la cooperacióninternacional, promover la

creación, la divulgación,el uso y la protecciónde obras del intelecto

humano en aras del progresoeconómico, cultural y social

de toda la humanidad

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Índice

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2 ����� La propiedad intelectual (P.I.) y las empresasLos derechos de P.I. y las exportaciones: cómo evitar los errores

más frecuentes

6 ����� La propiedad intelectual y la creación de sitios Web

10 ����� La creación de instituciones de P.I. en los países menosadelantados (Parte II)

15 ����� La Red Universitaria Internacional de Ginebra otorga unadonación a la OMPI

19 ����� Ejemplos nacionales: República de Moldova – creaciónde infraestructuras de P.I. aptas para una economía demercado

22 ����� Suchard – La primera marca inscrita en el RegistroInternacional

23 ����� Resumen de noticiasDiseños industriales: presentación de solicitudes electrónicas

en virtud del Arreglo de La Haya – Cooperación entre laOMPI y la OAMI

El Director General ve con agrado el reconocimiento cada vezmayor de los derechos de los pueblos indígenas

El PCT ya dispone de equipos para videoconferencias

26 ����� Calendario de reuniones

28 ����� Nuevas publicaciones

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La exportación de productos y servi-cios no está exenta de riesgos y difi-cultades, ya que exige la inversión deconsiderables recursos financieros, degestión y de producción. Así pues, suplanificación y ejecución deben sermeticulosas. Habida cuenta de que laexportación constituye un objetivofundamental para algunas empresas,debe considerarse una inversión a lar-go plazo y no una operación destina-da a generar beneficios a corto plazo.Antes de emprender actividades de

exportación, conviene elaborar unplan internacional de negocios o unplan de exportación para determinarsi el producto se presta realmente aello. Sobre la base de un plan debida-mente elaborado, la empresa podráevaluar el potencial de un productoen los mercados internacionales, ten-drá más posibilidades de obtener fi-nanciación y determinará la maneramás eficaz de introducirse en un de-terminado mercado, por ejemplo, lacreación de una empresa conjunta, laconcesión de una licencia sobre losderechos de P.I. a terceros, la expor-tación directa o el comercio-e.

¿Qué cuestiones relacionadas con laP.I. deben tener en cuenta las empre-sas al elaborar un plan de exportacióny qué errores cometen con más fre-cuencia los exportadores en relacióncon los derechos de P.I.?

Elaboración de un plan deexportación

Por lo general, las empresas que em-prenden actividades de exportacióndirecta de productos, toman varias, sino todas, las iniciativas siguientes alelaborar su plan de exportación:

� identificación de los mercados deexportación apropiados;

� evaluación de la demanda y de lasnecesidades del mercado;

� búsqueda de socios locales y decanales de distribución;

� adaptación del producto, su dise-ño, marca o tipo de embalaje alnuevo mercado;

� negociación y firma de acuerdoscontractuales con representantescomerciales que se dediquen a laexportación, con distribuidores,socios y fabricantes locales,licenciatarios, etcétera;

� fijación del precio para los diferen-tes mercados de exportación;

� presupuestación de los costos deexportación y obtención de fon-dos;

� organización del transporte de losproductos a exportar;

� campañas de publicidad ycomercialización del producto enlos mercados de exportación; y

� participación en ferias comercia-les u otro tipo de actos que se ce-lebren en otros países.

Varias son las razones por las que con-viene que las empresas tengan encuenta la P.I. cuando planifican su

estrategia de exportación. En primerlugar, la P.I. desempeña una funciónimportante e incluso trascendental enla mayoría de las etapas expuestasanteriormente. A continuación se ofre-cen algunos ejemplos a modo de ilus-tración:

� La adaptación del producto, su di-seño, marca o embalaje a los mer-cados de exportación exige solu-ciones creativas o inventivas quepueden estar protegidas por el sis-tema de P.I., siempre que se cum-plan determinados requisitos, ase-gurándose así el exportador ciertaexclusividad sobre las adaptaciones.

� En la negociación de acuerdos consocios deben tenerse en cuentaaspectos relativos a la titularidadde los derechos de P.I., especial-mente si el producto se fabrica enotro país o si es modificado, em-balado o distribuido por sociosextranjeros.

� La comercialización del productodependerá enormemente de laimagen de la empresa, plasmadafundamentalmente en su marca, ysi ésta no está protegida será mu-cho más difícil hacer valer dere-cho alguno en caso de copia oimitación por la competencia.

� La fecha escogida para participaren ferias y exposiciones podrá de-pender de si la empresa ya ha soli-citado protección para sus inven-ciones o diseños, puesto que di-vulgar prematuramente su obrainnovadora podría ocasionar lapérdida de la novedad e impedirque la empresa presente posterior-mente una solicitud de protección(a menos que sea posible recurriren determinadas circunstancias aun “plazo de gracia” en el país encuestión).

LOS DERECHOS DE P.I. Y LASEXPORTACIONES: CÓMO EVITARLOS ERRORES MÁS FRECUENTES

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Cómo evitar los errores másfrecuentes

Los exportadores suelen tomar con-ciencia de lo importante que es pro-teger sus activos de P.I. cuando ya esdemasiado tarde, por ejemplo, cuan-do tienen que enfrentarse a imitadoreso falsificadores, o cuando son acusa-dos de violar los derechos de terce-ros. Por lo tanto, cuando se elabora laestrategia y el plan de exportación esimportante conocer el sistema de P.I.vigente en el mercado de exportacióny la coyuntura comercial de ese país.Entre los errores más frecuentes quecometen los exportadores están lossiguientes:

Territorialidad de la protección porP.I. – Muchos exportadores dan porsentado que una vez que han solici-tado la concesión de una patente o elregistro de una marca o un diseño in-dustrial en su país, gozanautomáticamente de protección entodo el mundo. Sin embargo, los de-rechos de P.I. son territoriales por na-turaleza y las oficinas de P.I. única-mente otorgan protección en la juris-dicción nacional (o regional).

Las legislaciones y los procedimien-tos de protección de los derechos deP.I. varían de un país a otro – A pesarde la amplia armonización que existehoy en día en las legislaciones y losprocedimientos de protección de losderechos de P.I., en muchos ámbitoscontinúan existiendo importantes di-ferencias entre los países. Lapatentabilidad de los programasinformáticos es un ejemplo a ese res-pecto. La obtención de una patente

� La fijación del precio del produc-to dependerá, en parte, de la me-dida en que los consumidores delmercado de exportación reconoz-can y valoren la marca, así comode la capacidad del producto paracompetir con productos similareso idénticos.

� En lo que respecta a la obtenciónde financiación, lograr que las ca-racterísticas innovadoras del produc-to estén patentadas o posean unamarca que goce de buena reputaciónsuelen ser argumentos de peso paraconvencer a los inversores en gene-ral, a los inversores de capital de ries-go o a los bancos, de que el produc-to ofrece buenas perspectivas comer-ciales.

� Por otra parte, la existencia de in-formación comercial confidencialpuede influir en la mayoría, si noen todas, las etapas mencionadas.Dicha información puede proteger-se a título de secreto comercial ocontra la competencia deslealsiempre y cuando sea secreta, ten-ga valor comercial y se aprecie quese han realizado esfuerzos razona-bles por mantener el secreto. Elplan de exportación y la estrategiapropiamente dicha son “secretoscomerciales” y es evidente que vaen interés de las empresas mante-ner la confidencialidad y no reve-larlos a la competencia.

La finalidad que justifica la importan-cia que deben dar las empresas a laP.I. es que les permite fortalecer suposición en los mercados de expor-tación e impedir que otras empresasimiten o copien una obra protegidapor derecho de autor, o las caracterís-ticas funcionales de un producto, sumarca o su diseño. Si un producto tie-ne éxito en el extranjero, es probable

que tarde o temprano las empresascompetidoras terminen por imitarlo ocopiarlo. Sin la protección que con-fieren los derechos de P.I. será difícile incluso imposible evitar la apariciónde imitadores, y la consiguiente pér-dida de beneficios puede ser consi-derable.

Otra razón adicional para no perderde vista la P.I. es que la protecciónque ofrece puede facilitar el accesode las empresas a nuevos mercadosmediante la concesión de licenciasy franquicias, la creación de empre-sas conjuntas y la firma de acuerdoscontractuales con otras empresas.Los derechos de P.I. permiten que lasempresas negocien acuerdos de pro-ducción, comercialización, distribu-ción o suministro de productos y ser-vicios en mercados extranjeros. Asi-mismo, otorgan un mayor poder denegociación a la hora de concedertecnología en licencia a otras empre-sas que estén interesadas en tecnolo-gías patentadas, obras protegidas porderecho de autor, diseños, marcas, etc.de la propia empresa.

Por último, si una empresa pasa poralto los principios de la P.I. y se deter-mina que sus productos violan losderechos de P.I. de terceros en unmercado extranjero, puede llegar asufrir pérdidas importantes que quizánunca recupere. El hecho de que unainvención, un diseño o una marca noestén protegidos en el país de origenno significa que no estén protegidosen otro país. Cabe la posibilidad deque un producto posea característicasfuncionales o estéticas que no esténprotegidas en su país de origen peroque sí lo estén en otros países. Estecaso también puede darse en relacióncon las marcas.

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puede ser la opción en un país deter-minado para proteger un programainformático, pero puede que esa op-ción no exista en otro país e inclusoque la protección por derecho de au-tor sea la única opción posible. Porlo tanto, es aconsejable informarse so-bre la legislación vigente en el paísen que la empresa prevé comerciali-zar sus productos. A los fines de esetipo de comprobación, la Colecciónde Leyes Electrónicamente Accesible(CLEA) (www.wipo.int/clea-new/en/)resultará extremadamente útil.

Sistemas regionales o internaciona-les de protección – Solicitar protec-ción por P.I. en varios países del mun-do puede resultar oneroso. En caso deestar disponibles, los sistemas regio-nales e internacionales de protecciónson un medio eficaz de solicitar pro-tección en varios países. Entre los sis-temas regionales figuran la Organiza-ción Regional Africana de la Propie-dad Industrial (ARIPO), la Oficina deDiseños Industriales del Benelux, laOficina de Marcas del Benelux, laOficina Eurasiática de Patentes(OEAP), la Oficina Europea de Paten-tes (OEP), la Oficina de Armonizacióndel Mercado Interior (OAMI), la Or-ganización Africana de la PropiedadIntelectual (OAPI) y la Oficina de Pa-tentes del Consejo de Cooperación delos Estados Árabes del Golfo.

Entre los sistemas de protección in-ternacional figuran el Tratado de Co-operación en materia de Patentes(PCT), el Sistema de Madrid para elregistro internacional de marcas y elSistema de La Haya para el registrointernacional de diseños industriales.El sistema del PCT (www.wipo.int/pct/es/) permite solicitar protecciónpor patente en más de 100 países pre-sentando una única solicitud y apla-

zar el pago de las tasas nacionalesdurante un período de hasta 30meses. El Sistema de Madrid(www.wipo.int/madrid/es/) y el Siste-ma de La Haya (www.wipo.int/hague/es) permiten a los solicitantes prote-ger sus marcas o diseños en variospaíses presentando una solicitud deregistro en una sola oficina, en un idio-ma y pagando un único conjunto detasas, lo que representa un gran aho-rro de tiempo y dinero.

Plazos de presentación de solicitu-des en el extranjero – En virtud delConvenio de París, las solicitudes depatente en otros países deben presen-tarse en un plazo de 12 meses conta-dos a partir de la fecha de presenta-ción de la solicitud en el primer país.A este período habitualmente se ledenomina “plazo de prioridad”. (Enlos Estados miembros del PCT, esteplazo es ampliable a 30 meses si seutiliza dicho Sistema). Si la solicitudno se presenta dentro de los plazosestablecidos, por lo general resultaráimposible obtener protección por pa-tente en otros países, ya que se habráperdido la novedad.

Divulgación de la información – Ladivulgación de información sobre in-novaciones de productos o diseñosnuevos que se revele a posibles so-cios comerciales, agentes de exporta-ción, distribuidores, o a cualquier otrapersona, sin haber solicitado previa-mente la protección o sin que existaun contrato de confidencialidad porescrito, puede ocasionar la pérdida delos derechos sobre la invención o eldiseño. Si así fuera, el producto inno-vador en cuestión podría dejar de con-siderarse nuevo y por lo tantopatentable, o un tercero podría soli-citar protección por patente y la em-presa perdería el derecho a gozar deluso de su propia invención. Lo mis-mo puede suceder en el caso de losdiseños industriales.

Violación de los derechos de P.I. –Exportar productos sin haber compro-bado si los mismos violan los derechosde P.I. de terceros en los paísesimportadores puede pagarse caro. Porejemplo, si una empresa ha obtenidouna tecnología de otra empresa a re-sultas de un contrato de licencia, de-

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Para más información sobre los diver-sos aspectos prácticos del sistema depropiedad intelectual que interesan alas empresas y a la industria, visite elsitio Web de la División de las Pymesen la dirección: www.wipo.int/sme/es/index.html.

berá cerciorarse de que tiene derechoa exportar el producto que incorporaesa tecnología a fin de no violar losderechos del licenciante. Los produc-tos que sean sospechosos de violar losderechos de terceros podrán ser rete-nidos en la frontera y su distribuciónpodrá ser obstaculizada o suspendida.

Búsqueda de marcas – La utilizaciónen un país extranjero de una marcaque sea idéntica o similar a otra yaregistrada, o que ya esté utilizandootra empresa, puede considerarse unaviolación de los derechos que confie-re la marca. En tal caso, se podrá pe-dir a dicha empresa que interrumpala utilización de la marca o que pa-gue una indemnización por los dañosocasionados, o ambas cosas, lo cualpodría suponer un duro golpe para laestrategia de comercialización y ex-portación de la empresa. Antes de ini-ciar actividades de exportación, y depreferencia antes de seleccionar lamarca, es esencial realizar una bús-queda de marcas en los mercados alos que se prevé exportar. En la direc-ción http://arbiter.wipo.int/trademark/output-es.html figura una lista de ba-ses de datos en Internet sobre marcasque resultará muy útil para realizareste tipo de búsquedas.

Cuestiones relativas a la titularidadde los derechos de P.I. – Muchas em-presas subcontratan la creación, lafabricación o el diseño de sus produc-tos a empresas que operan en el ex-tranjero. Ahora bien, con frecuenciaolvidan proteger sus derechos de P.I.en esos países o especificar en loscontratos con esas empresas quién esel titular de los diseños, las invencio-nes, los programas informáticos, etcé-tera. El principal peligro reside en quesurjan malentendidos acerca de la ti-tularidad de los derechos de P.I. entre

la empresa que subcontrata el trabajoy la empresa contratada para ejecu-tarlo. Las legislaciones nacionales pre-sentan diferencias respecto de la titu-laridad de los derechos sobre el tra-bajo contratado y por lo general, lasnormativas aplicables a los distintosderechos de P.I. suelen variar. Es im-portante conocer la legislación nacio-nal en vigor en el mercado al que seprevé exportar para poder incorporarcláusulas específicas en el contratooriginal entre las dos empresas dondese defina claramente lo relativo a latitularidad de los derechos sobre todacreación o invención que surja comoresultado de ese contrato.

La necesidad de proteger los derechosde P.I. antes de conceder licenciassobre un producto – Muchas empre-sas conceden licencias a empresas ex-tranjeras sobre sus productos, autori-zándolas a disfrutar de sus derechos deP.I. a cambio de una tasa única o deregalías periódicas. A menudo, en loscontratos de licencia figuran cláusulasque autorizan a ambas partes a com-partir los conocimientos tecnológicosy a fabricar o vender el producto pues-to a punto por el licenciante. Cuandose negocia un acuerdo de licencia con-viene asegurarse de que los derechosde P.I. sobre el producto concedido enlicencia están adecuadamente protegi-dos en el país extranjero que corres-ponda.

Idoneidad de la marca en el merca-do al que se prevé exportar – Son nu-merosos los casos de empresas que co-mienzan a comercializar sus produc-tos o servicios en un mercado extran-jero y advierten posteriormente quesu marca no se adapta a ese mercadoconcreto debido a que: a) la marcaposee connotaciones negativas en elidioma o la cultura locales o, b) es

improbable que se pueda registrar lamarca en la oficina nacional de P.I.Por consiguiente, antes de lanzar unproducto en un determinado merca-do es importante comprobar que lamarca del mismo es apropiada paraese mercado y registrarla previamen-te en la oficina nacional de marcasen cuestión.

Existen muchos motivos por los queconviene cerciorarse de que se hayapasado revista a todas las cuestionesrelacionadas con la P.I. al elaborar unplan de exportación. Toda empresadebe adoptar las medidas necesariaspara estar segura de que no viola losderechos de P.I. de terceros, reducien-do así las posibilidades de que loscompetidores puedan apropiarse de sucreatividad y capacidad inventiva.Como regla de oro, tómense siemprelas debidas precauciones durante elproceso de planificación.

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4 LA PROPIEDAD INTELECTUAL YLA CREACIÓN DE SITIOS WEB

Internet constituye un valioso instru-mento para dar publicidad a una em-presa, una causa, o una organización.No obstante, el incremento que haexperimentado su utilización conlle-va el riesgo de que se copie su conte-

nido o de que se utilice su materialilícitamente. En este artículo se abor-dan algunas de las cuestiones básicassobre P.I. que intervienen en la crea-ción de un sitio Web.

Los diversos elementos que compo-nen un sitio Web pueden estar prote-gidos por diferentes tipos de derechosde P.I., por ejemplo:

� los sistemas de comercio–e, losmotores de búsqueda y otras he-rramientas técnicas de Internetpueden protegerse por patente ocomo modelo de utilidad;

� los programas informáticos, inclui-do el código HTML de texto quese utiliza en los sitios Web, pue-den protegerse por derecho de au-tor y por patente, conforme dispon-ga la legislación nacional;

� el diseño de un sitio Web sueleprotegerse por derecho de autor;

� el contenido creativo de los sitiosWeb, como el material escrito, lasfotografías, los gráficos y la músi-ca, pueden protegerse por derechode autor;

� las bases de datos pueden prote-gerse por derecho de autor o me-diante leyes sui generis al respec-to; y

� los nombres de empresas,logotipos, nombres de productosy de dominio, así como todo sig-no que aparezca en los sitios Web,pueden protegerse como marcas.

Un sitio Web típico está compuestode varios elementos que suelen per-tenecer a personas diferentes. Porejemplo, una empresa puede ser titu-lar de los derechos sobre los progra-mas informáticos de navegación,mientras que terceros pueden serlo delderecho de autor sobre las fotografías,los gráficos y el texto, y otra personadistinta, serlo del derecho de autorsobre el diseño del sitio. Aunque noes necesario que una determinadaempresa u organización sea titular delos derechos de P.I. sobre todos loselementos de su sitio Web, sí es im-perativo que sepa de qué es titular,qué está autorizado a utilizar y de quémanera.

Titularidad de la P.I.

Muchas empresas e instituciones con-tratan la creación del diseño y el con-tenido de su sitio Web a contratistasexternos y dan por sentado que sontitulares de los derechos de P.I. sobreel producto final por el hecho de ha-ber pagado por la realización del tra-bajo. Es posible que les sorprenda ave-riguar que no es así. Los contratistasindependientes (en oposición a losempleados) generalmente son titula-res de los derechos de P.I. sobre lasobras que crean – incluso si son pa-gados por hacerlo – a menos que seestipule lo contrario en un contratoescrito. (Para más información véaseel artículo “Titularidad de la P.I.: cómoevitar controversias” del número denoviembre–diciembre de 2002 de laRevista de la OMPI).

En la práctica, esto se traduce en queel creador independiente de un sitioWeb generalmente es el titular delderecho de autor y de otros derechosde P.I. sobre los programasinformáticos del mismo, así como so-bre el diseño y los elementos quecontribuyen a realizarlo (por ejem-plo, los colores, los archivos gráficosde formato “gif” y “jpg”, la configu-ración, los hiperenlaces y la codifi-cación de texto). De no establecerseun acuerdo válido por escrito trans-firiendo esos derechos, cabe la posi-bilidad de que la organización quehaya subcontratado el trabajo termi-ne disfrutando tan sólo de una licen-cia no exclusiva de utilización de supropio sitio. Conforme a las legisla-ciones de la mayoría de los países, siesa organización desea actualizar susitio y modificar su presentación,necesitará la autorización del crea-dor del sitio Web y quizá deba pagaruna cantidad adicional.

En el contrato de creación del sitioWeb debe especificarse claramentequién es el titular de los derechos deP.I. sobre cada elemento del sitio, ydefinirse como mínimo lo siguiente:

� ¿A quién corresponde la titularidadde los derechos de P.I. sobre los di-ferentes componentes del sitio Webcreados por el diseñador? El con-trato debe estar conforme con todorequisito obligatorio de transferen-cia de los derechos de P.I. que seestipule en la legislación nacional.

� ¿ A quién corresponde la titulari-dad de los derechos de P.I. sobre,por ejemplo, los logotipos y lasmarcas que suministra el contra-tista al creador del sitio Web parautilizarlos en el mismo?

� En el caso de los elementos sobrelos cuales el creador del sitio Webtenga los derechos de P.I. ¿qué estáautorizado a hacer el contratista

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con ellos? ¿Tiene derecho a sub-arrendar el sitio Web, realizar cam-bios, etcétera?

� Cuando se trate de elementoscomo el texto, las marcas o los pro-gramas informáticos cuyos dere-chos de P.I. sean propiedad de untercero ¿a quién incumbe obtenerautorización para utilizarlos? ¿Aquién incumbe obtener la autori-zación del autor para modificarlosen caso de que se precise?

� ¿ A quién corresponde la titulari-dad de los derechos de P.I. sobrelos programas informáticos quepermiten visualizar el sitio Web yejecutar sus componentes? Si elcreador (o un tercero) son los titu-lares y el contratista sólo tiene unalicencia específica para explotar-los, será necesario asegurarse deque el alcance de la licencia es losuficientemente amplio.

� ¿Puede el creador del sitio Webutilizar el diseño como prototipopara otros sitios? ¿Puede reutilizarsus elementos?

� Todas las partes deben dar fe deque son titulares o tienen permisopara utilizar todo el material pro-tegido por derecho de autor queprevean utilizar en el sitio Web.

� ¿Mantendrá el creador el sitio ensu propio servidor? ¿Lo actualiza-rá? y en tal caso ¿con qué frecuen-cia? ¿Cuáles son sus responsabili-dades? ¿Qué medidas deberáadoptar cuando el servicio se inte-rrumpa o falle?

Protección del sitio Web

Para proteger un sitio Web del uso abu-sivo es necesario adoptar algunas me-didas preventivas como por ejemplo:

Proteger los activos de P.I. – El pro-pietario del sitio Web debe registrarlas marcas y los nombres de dominio,así como contemplar la posibilidad depatentar los métodos comerciales que

se utilicen en el mismo. El sitio Weby su material protegido deben regis-trarse en los países que cuenten conoficinas de derecho de autor. Aunqueno es necesario el registro para obte-ner protección de derecho de autor,sí otorga determinadas ventajas a lahora de hacer valer los derechos.

Informar a los usuarios de que elcontenido está protegido – Muchaspersonas dan por sentado que el ma-terial de los sitios Web se puede utili-zar libremente. Es conveniente recor-darles que está expresamente mencio-nado que los derechos sobre el mis-mo están reservados, sirviéndose delsímbolo ®, MR, TM, SM, o de símbo-los equivalentes. Para controlar el ac-ceso a las obras y su uso generalmen-te se emplean herramientas electróni-cas de gestión de los derechos, comola advertencia de que el derecho deautor está reservado y las filigranas.(Para más información véase el artí-culo “La P.I. y las empresas, el éxitoempresarial, el derecho de autor y elentorno digital” del número de mar-zo–abril de 2003 de la Revista de laOMPI).

Informar a los usuarios sobre el usoque pueden hacer del contenido –Los propietarios de los sitios Web de-berían valorar la utilidad de incluir unaadvertencia en cada una de las pági-nas explicando su postura respecto aluso del sitio. De ese modo los visi-tantes al menos sabrán qué tienenderecho a hacer (por ejemplo si pue-den descargar e imprimir el materialdel sitio y en qué condiciones) y conquién ponerse en contacto para obte-ner la autorización que corresponda.Asimismo, no estaría de más induciral usuario a pulsar un botón que diga,por ejemplo, “Hacer clic para acep-tar” las condiciones del acuerdo an-tes de empezar a utilizar el sitio y au-mentar de este modo la probabilidadde que sean respetadas.

Controlar el acceso al contenido delsitio Web, y su utilización, si proce-de – Se pueden adoptar medidas deprotección tecnológica, como la co-dificación, la identificación de usua-rio, los certificados digitales de publi-cación, los controles o sistemas deacceso con condiciones, las imágenesde baja resolución, etc. para limitarel acceso a las obras publicadas enun sitio Web a los visitantes que acep-ten las condiciones de uso o que pa-guen por ello.

Utilización del materialde terceros

La tecnología actual ofrece la posibi-lidad de utilizar con relativa facilidadel material creado por terceros en unsitio Web, pero el hecho de que téc-nicamente sea fácil copiar obras noimplica que se tenga el derecho legala hacerlo, ya que utilizar ese materialsin autorización puede tener seriasconsecuencias.

Utilizar las herramientas técnicas deterceros – Si en un sitio Web se utili-za un sistema de comercio–e, un mo-tor de búsqueda u otro tipo de herra-mienta técnica, previamente será ne-cesario firmar un acuerdo de licenciadonde se estipule el derecho a su uti-lización.

Utilizar los programas informáticosde terceros – Por lo general, la utili-zación de los programas informáticosque se venden embalados está sujetaa una licencia. Habitualmente, lascondiciones de las “licencias de acep-tación automática al abrir el embala-je” (licencias shrinkwrap) vienen es-critas en su exterior y si el comprador

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no está de acuerdo con esas condi-ciones tiene la posibilidad de devol-ver los programas. La apertura delembalaje implica que el usuario haaceptado las condiciones del acuer-do. El acuerdo de licencia tambiénpuede adjuntarse en el interior delpaquete de programas informáticos.En ambos casos es conveniente leer-lo atentamente para determinar lo quese puede hacer con esos programasinformáticos. Asimismo, es posibleque en la legislación nacional sobrederecho de autor se establezcan ex-cepciones que permitan determinadosusos del programa informático sinautorización, como la fabricación deproductos compatibles, la correcciónde errores, las comprobaciones deseguridad y la realización de una co-pia de seguridad.

Utilizar las obras protegidas por de-recho de autor de terceros – En unsitio Web no debe distribuirse o des-cargarse material escrito, fotos, vídeos,música, logotipos, obras de arte, di-bujos animados, bases de datos origi-nales, manuales de capacitación, di-bujos, etc. que no pertenezcan al pro-pietario del sitio, a menos que pre-viamente se haya obtenido una auto-rización por escrito para distribuirlospor Internet. Para reproducir el mate-rial en forma digital y ponerlo a dis-posición del público en Internet (trans-mitirlo) es necesario obtener autoriza-ción. Aun en el caso de que sólo seutilice una parte de la obra protegida,es probable que sea necesario contarcon una autorización.

En la mayoría de países, cuando seutiliza una obra protegida por dere-cho de autor en un sitio Web, su pro-pietario tiene la obligación jurídica derespetar los derechos morales del au-tor. Ello significa que es necesario quefigure el nombre del autor y una ad-vertencia donde quede constancia deque la obra no podrá utilizarse omodificarse si ello implica que el ho-

nor o la reputación del autor se veránperjudicados. Por ejemplo, no estápermitido colorear un dibujo en blan-co y negro, modificar su tamaño y sucolor o publicar una obra de arte sinla autorización de su autor.

Utilizar las marcas de terceros – Enmuchos sitios Web figuran páginas querecogen opiniones sobre los productosy servicios de otras empresas. Aunquepor lo general no tiene nada de maloreferirse a las marcas de los productosde un competidor, debe evitarse men-cionarlas si existe la posibilidad de in-ducir a confusión a los visitantes res-pecto de la fuente o el patrocinador dela página Web. Esta práctica puedeconstituir una violación del derechoque confiere la marca y por lo tanto,será necesario comprobar la legislaciónnacional en vigor.

Utilizar galerías de imágenes(cliparts) y programas informáticosde dominio público – Muchos artis-tas y empresas ofrecen para sureutilización obras de arte, fotos, fon-dos de pantalla, emblemas y otro tipode material, al que también se deno-mina galerías de imágenes, o progra-mas informáticos de dominio públi-co o compartidos, es decir, obras paracuya utilización no es obligatorio elpago de regalías. El dueño de un sitioWeb no debe dar por sentado que esematerial es susceptible de ser distri-buido o copiado sin restricciones. Afin de no incurrir en responsabilidadcivil, es importante que el usuario leay cumpla las condiciones de los acuer-dos de licencia aplicables. Por ejem-

plo, cabe la posibilidad de que la li-cencia no otorgue al usuario el dere-cho a modificar las imágenes o queexija que se conceda algún tipo dereconocimiento al autor.

La creación y puesta en funcionamien-to de un sitio Web pueden plantearotros interrogantes de carácter jurídi-co. Por ello, es conveniente consultara un abogado especializado enInternet para asegurarse de que el si-tio está conforme con la legislaciónvigente.

Conclusión

Los sitios Web son terreno propiciopara la comisión de infracciones. Suspropietarios deben actuar con precau-ción, ya que son susceptibles de per-der valiosos derechos de P.I. o serincriminados por la violación de losderechos de P.I. de terceros. En esteartículo se ha tratado de ofrecer algu-nos consejos para ayudar a las orga-nizaciones y a las empresas a prote-ger mejor sus sitios Web y su conteni-do, y a evitar problemas con la ley.Dicho de otro modo, más vale preve-nir que curar. Antes de emprender unaactividad de este tipo, las empresasdeben consultar a un abogado espe-cializado en Internet y propiedad in-telectual, y esclarecer toda duda le-gal que tengan.

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Consejos prácticos para los propietarios de sitios Web

Ser dueño de un sitio Web conlleva determinados riesgos.A continuación se ofrecen algunos consejos para reducir-los al mínimo.

PrPrPrPrProteger los secroteger los secroteger los secroteger los secroteger los secretos comeretos comeretos comeretos comeretos comerciales y las patentes –ciales y las patentes –ciales y las patentes –ciales y las patentes –ciales y las patentes – Si sedivulga un secreto comercial en un sitio Web, aunque seaaccidentalmente, la legislación en la materia dejará de pro-teger la información. Lo mismo es aplicable a la informacióncontenida en una patente. Una condición indispensable paraobtener protección por patente es que las invenciones seannuevas o novedosas. Poner un producto a la venta en unsitio Web o revelar las características innovadoras de un pro-ducto, significa que se puede perder la novedad de la in-vención y por lo tanto su patentabilidad. Antes de poner enmarcha un sitio Web, conviene examinar todas las páginaspara asegurarse de que no contienen información confiden-cial o información contenida en una patente.

PrPrPrPrProteger los nombroteger los nombroteger los nombroteger los nombroteger los nombres de dominioes de dominioes de dominioes de dominioes de dominio – En determinadas cir-cunstancias, los nombres de dominio se pueden registrarcomo marcas. Es oportuno hacerlo, ya que aumenta la pro-babilidad de que el propietario del sitio pueda hacer valersus derechos ante todo aquél que intente utilizar ese nom-bre para comercializar productos y servicios similares. Deeste modo se impide que terceros registren el mismo nom-bre como marca.

PrPrPrPrPrestar atención a los enlacesestar atención a los enlacesestar atención a los enlacesestar atención a los enlacesestar atención a los enlaces – Los enlaces con otrossitios son un servicio útil pero en muchos países no existeuna legislación clara respecto a cuándo y cómo utilizarlos.En la mayoría de los casos, los enlaces son completamen-te legales y no es necesario obtener ningún permiso paraestablecer enlaces con otros sitios. No obstante, algunostipos de enlaces pueden hacer que se incurra en responsa-bilidad jurídica, a saber:

� los enlaces que dirigen a los usuarios a sitios Web concontenido ilegal, como por ejemplo, una copia pirateadade una canción o un programa informático ilegal;

� los enlaces que contienen el logotipo de una empresapueden violar las legislaciones sobre marcas o compe-tencia desleal (por ejemplo, la utilización del logotipode Nike);

� los enlaces profundos por lo general no están permiti-dos cuando la utilización del sitio al que remiten estásujeta al pago de una suscripción o un canon, o cuandoestán expresamente prohibidos por ese sitio.

Retirar el material que vulnerRetirar el material que vulnerRetirar el material que vulnerRetirar el material que vulnerRetirar el material que vulnere los dere los dere los dere los dere los derechos de Pechos de Pechos de Pechos de Pechos de P.I. –.I. –.I. –.I. –.I. – Sise notifica a una empresa de que en su sitio Web se estáutilizando material sin la debida autorización, se deberá

retirar inmediatamente ese material (o inhabilitar el enlaceal mismo) hasta que se resuelva el conflicto, pues si conti-núa utilizándose el material infractor después de la notifi-cación, se puede agravar el caso y aumentará la posibili-dad de que la empresa sea declarada culpable y tengaque pagar una elevada indemnización.

Incluir en el sitio WIncluir en el sitio WIncluir en el sitio WIncluir en el sitio WIncluir en el sitio Web acuereb acuereb acuereb acuereb acuerdos con fuerdos con fuerdos con fuerdos con fuerdos con fuerza ejecutoriaza ejecutoriaza ejecutoriaza ejecutoriaza ejecutoria –Cuando se venden productos o servicios en un sitio Web ose permite a los usuarios descargar programas informáticos,deben incluirse acuerdos específicos en el propio sitio quecontengan información sobre la garantía, descargos de res-ponsabilidad y cualquier otra cláusula digna de mención.Por lo general, para que una persona quede obligada porlas condiciones de un acuerdo, es necesario que indiquesu conformidad con las mismas. Para contribuir a su cum-plimiento, deben colocarse de tal manera que sean visi-bles en el sitio Web y los usuarios tengan así ocasión deexaminarlas y dar su acuerdo, o salir del sitio antes deempezar a navegar por él. Asimismo, debería existir un me-canismo para que los usuarios indiquen su conformidad;para ello, la mejor solución consiste en que el usuario ten-ga que avanzar hasta la parte inferior del acuerdo y hacerclic en un botón “Acepto” para poder acceder al sitio. Deeste modo se garantiza el correcto cumplimiento del “acuer-do de aceptación electrónica” (acuerdos clickwrap).

Incluir descarIncluir descarIncluir descarIncluir descarIncluir descargos de rgos de rgos de rgos de rgos de responsabilidadesponsabilidadesponsabilidadesponsabilidadesponsabilidad – Los descargos deresponsabilidad rara vez son la panacea ante la interposi-ción de demandas pero si se ponen en un lugar muy visibley se redactan claramente para no dar lugar a malentendidos,permiten reducir e incluso evitar incurrir en responsabilidadcivil. El descargo de responsabilidad debe adaptarse a lascaracterísticas específicas del sitio Web, por ejemplo, si enél se ofrecen raquetas de tenis y existen enlaces pararevenderlas, puede incluirse un descargo de responsabili-dad en un lugar destacado declarando “En lo que respectaa los enlaces que pueda haber a otros sitios, el propietariodel presente sitio no es responsable de la información quefigure en esos sitios ni de sus prácticas, ni un enlace implicaque exista o se apruebe asociación alguna con el sitio al queconecta el presente enlace”.

PrivacidadPrivacidadPrivacidadPrivacidadPrivacidad – Si en un sitio Web se recibe información so-bre el consumidor, su dueño deberá respetar la legislaciónaplicable de protección de datos y privacidad. Tambiéncabe la posibilidad de que tenga que adoptar medidaspara asegurar a los consumidores que los datos persona-les están protegidos y publicar en el sitio una política deprivacidad bien definida.

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El presente artículo constituye el se-gundo de una serie en los que se ana-liza la manera en que los países me-nos adelantados (PMA) pueden creary mantener con éxito instituciones deP.I. como medio para fomentar el usode la P.I. en tanto que instrumento decrecimiento económico y creación deriqueza.

En la economía de los conocimien-tos, la pregunta que se hace a los en-cargados de formular políticas en losPMA ya no es “¿son importantes lasinstituciones?” sino “¿qué modelosinstitucionales funcionan mejor ycómo se consiguen?” Un buen puntode partida para responder a esta pre-gunta sería examinar el tipo de insti-tuciones que propicia la evoluciónrápida de la P.I. y que mejor rinden.Partiendo de la base de que no existeun único modelo que cohesione lasinstituciones de un país y las redes yestructuras que las sustentan, en elpresente artículo se abordará a gran-des rasgos ese tipo de instituciones.Habida cuenta de que los sistemasinstitucionales suelen variar bastante,los PMA deberían tratar de crear ins-tituciones de P.I. basadas en los co-nocimientos.

Organizaciones quecomparten conocimientos

Las instituciones de P.I. están com-puestas de capital intelectual, es de-cir, capital humano y capital estruc-tural; el capital humano lo constitu-yen los conocimientos, la habilidad yla capacidad de los empleados de darsoluciones a los clientes, y el capitalestructural es todo aquello que sigueahí cuando los empleados vuelven asus hogares (bases de datos, archivosde clientes, manuales de programasinformáticos, estructuras organi-

LA CREACIÓN DE INSTITUCIONESDE P.I. EN LOS PAÍSES MENOS

ADELANTADOS(Parte II)

zativas, etcétera). Una organizaciónque comparte los conocimientos es laque advierte la importancia que éstosrevisten tanto dentro como fuera dela organización y la que pone en mar-cha técnicas para aprovechar al máxi-mo el uso que hacen sus empleados yclientes de esos conocimientos.

Las instituciones de P.I. de los PMAdeben aprender a transformar los co-nocimientos en activos valiosos y és-tos a su vez en capital productivo quegenere empleo y cree riqueza. Estetipo de instituciones de P.I., que utili-zan eficazmente infraestructuras ba-sadas en los conocimientos, contribu-yen al desarrollo. Por otra parte, de-ben compartir los conocimientos yponerlos a disposición de sus emplea-dos, directivos y clientes. La creaciónen los PMA de instituciones de P.I.“transparentes y basadas en los cono-cimientos” permitiría que los emplea-dos hablen directamente entre sí, quese minimice así la tergiversación y seregistren las preguntas y respuestascon objeto de establecer una futurabase de conocimientos. Al estructu-rar sus instituciones de P.I., los PMA

deberían desechar el funcionamientotradicional y jerárquico, y en su lu-gar, organizar equipos interdiscipli-narios que permitan que los indivi-duos se centren más en adaptarse alas exigencias de los clientes y en su-ministrar los servicios públicos nece-sarios.

El personal también debe estar al co-rriente del funcionamiento de las ins-tituciones que velan por la protecciónde los derechos de P.I. y el cumpli-miento de los contratos. Deben estaral corriente de la legislación aplica-ble, conocer el sistema judicial y en-tender cómo funcionan e interactúanlos legisladores, la policía y los fun-cionarios de aduanas. Habida cuentade que las instituciones nacionales soninterdependientes a la hora de aten-der las necesidades de desarrollo y dela comunidad, es menester incorpo-rar la P.I. al mayor número posible deellas. Aparte de incorporar la P.I. a suspolíticas globales de desarrollo, losgobiernos de los PMA también pue-den identificar los ámbitos claves enlos que deseen intervenir másespecíficamente, por ejemplo,

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incentivando especialmente a algunossectores tecnológicos o dando facili-dades para crear empresas de riesgobasadas en los conocimientos.

Las estrategias de las empresas queutilizan la P.I. para aumentar sucompetitividad en el mercado mun-dial ponen de manifiesto la funcióncatalizadora que desempeña la P.I. enel éxito económico. Esos éxitos no selimitan a empresas de países desarro-llados, sino que cada vez se dan másen países en desarrollo, tal como que-da plasmado en el libro del DirectorGeneral de la OMPI, Kamil Idris,Intellectual Property: A Power Tool forEconomic Growth. La interdependen-cia, las interconexiones y el apoyomutuo son ingredientes fundamenta-les para que las instituciones nacio-nales de P.I. funcionen fluida y correc-tamente.

Naturaleza de lasinstituciones de P.I.

La mayoría de los países crean siste-mas institucionales basados en la se-paración de potestades entre el PoderLegislativo, el Ejecutivo y el Judicial.En lo que respecta a la P.I., una vezque la legislación ha sido aprobadapor el parlamento, su puesta en prác-tica generalmente pasa a depender delPoder Ejecutivo, y la observancia delos derechos, de los tribunales. Es ne-cesario que exista un mecanismo na-cional de coordinación que otorgueun papel preponderante a la P.I. den-tro del programa de planificación na-cional de desarrollo, que le permitadesempeñar una función capital en lacoordinación nacional e internacio-nal de la P.I.

Las instituciones nacionales de P.I. de-ben tratar integralmente todas las esfe-ras que conforman la P.I., es decir, losderechos de propiedad industrial, elderecho de autor y los derechosconexos, como ya se hace en Singapur,Suiza y en muchos otros países. Unenfoque tal propicia la sinergia y co-herencia del sistema. Las institucionesnacionales de P.I. deben abarcar todoslos aspectos de la propiedad intelec-tual.1 Los PMA cuyas estructuras depropiedad industrial y de derecho deautor ya estén separadas, deben crearun sistema de consulta y coordinaciónque permita erigir una única instituciónnacional de P.I.

En tanto que órgano gubernamental alque se confía la tarea de conceder títu-los de protección, este tipo de institu-ción asume obligaciones soberanas querequieren independencia y un manda-to y una autoridad categóricos. Su po-sición en la estructura de gobierno debesituarse al mismo nivel que los minis-terios o las comisiones gubernamenta-les. Por otra parte, los PMA deben con-templar la posibilidad de asignar la res-ponsabilidad directa de la instituciónnacional de P.I. al jefe de gobierno delpaís en cuestión. Ello permitiría que lascuestiones relativas a la P.I. sean exa-minadas en el marco de la planifica-ción nacional y en consejo de minis-tros, al igual que otras importantescuestiones de desarrollo nacional; así,la institución podría adaptarse rápida-mente a los desarrollos tecnológicos,económicos y políticos.

Es necesario conceder cierta autono-mía a las instituciones nacionales deP.I., ya que requieren flexibilidad paraorganizar y contratar al personal, ejer-cer control sobre las tasas y demásderechos que perciban, y elaborar supresupuesto. No obstante, la institu-

ción debería contar con un órganoasesor que representara al gobierno(ministerios y otras instituciones per-tinentes), al sector de la investigaciónpública, a los abogados especializa-dos en P.I., al sector privado y a lasorganizaciones no gubernamentales(ONG). El gobierno debería propor-cionar a la institución recursos y fle-xibilidad suficientes para hacer frentea las demandas de los usuarios y delpúblico. Todos los usuarios, es decir,los inventores, las empresas (incluidaslas pequeñas y medianas empresas(Pymes)), los investigadores, las uni-versidades y sus instituciones de en-señanza, son clientes y como talesmerecen un buen servicio.

Estructura de una instituciónde P.I.

El jefe de la institución nacional deP.I. será el responsable de la orienta-ción de las actividades. Su principalfunción consiste en planificar y ges-tionar las operaciones con la máximaeficacia. Debe tener un mandato po-lítico pleno con el título de ministroo comisionado. El cuadro directivogeneralmente está compuesto por eldirector adjunto, los directores gene-rales y los directores y jefes de sec-ción de los diversos departamentos dela institución.

Entre los principales departamentos odivisiones pueden figurar los siguientes:

� el departamento de patentes (quealgunas veces también se ocupa-ría de los diseños industriales);

� el departamento de marcas;� el departamento de derecho de

autor y derechos conexos;� el departamento de diseños indus-

triales (si no se incluye en el de-partamento de patentes);

1 Incluido el comercio electrónico, que en muchos países ha exigido la creación de una unidad de coordinación compuesta por representantesde los ministerios de comercio, comunicaciones, industria, justicia, cultura, salud, economía y trabajo, así como de las instituciones deinvestigación. Esta nueva cuestión plantea desafíos para el comercio, los derechos de P.I., la responsabilidad civil, los impuestos, etcétera.

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� el departamento jurídico (que seocuparía de la legislación nacio-nal e internacional y otras cuestio-nes);

� el departamento de tecnologías dela información y la comunicación;

� el departamento de relaciones yasuntos internacionales;

� el departamento de coordinaciónnacional para las relaciones con lasempresas y la industria;

� el departamento de desarrollo derecursos humanos; y

� el departamento de administracióny finanzas, que abordaría cuestio-nes como los servicios comerciales,los servicios prestados al usuario, lagestión financiera, la gestión de lainformación y soluciones electróni-cas, la estrategia empresarial y losasuntos de organización.

Los funcionarios encargados de estosdepartamentos ejercen funciones demayor o menor responsabilidad enfunción de la estructura organizativade la administración pública y tenien-do en cuenta la autonomía parcial dela institución.

En algunos países existe un departa-mento especial que se ocupa de todolo relativo a la legislación nacional(como la adopción o enmienda deleyes), mientras que otro departamen-to, que rinde cuentas directamenteante el ministro o comisionado, seocupa de los asuntos internacionales.La idea reside en transformarlos endepartamentos de coordinación conobjeto de crear una mayor sinergiaentre todos los sectores de la institu-ción. Independientemente de cuál sea

su estructura organizativa, uno y otrodepartamento revisten gran importan-cia dado el gran número de iniciati-vas y aspectos importantes que hayque tener en cuenta en el plano inter-nacional, como el Acuerdo sobre losAspectos de los Derechos de Propie-dad Intelectual relacionados con elComercio (Acuerdo sobre los ADPIC),los tratados y el mandato de la OMPI,y las actividades de la OrganizaciónRegional Africana de la Propiedad In-dustrial (ARIPO) y de la OrganizaciónAfricana de la Propiedad Intelectual(OAPI). Además son importantes paralos PMA africanos, porque garantizanla coordinación entre otras autorida-des gubernamentales, otros países yorganizaciones intergubernamentalesasí como la coherencia de las políti-cas nacionales sobre P.I. y la coordi-nación, con otros ministerios guber-namentales, de la adopción o enmien-da de leyes así como de las instruc-ciones para las negociaciones inter-nacionales. En lo que respecta al pre-supuesto y la responsabilidad, debe-ría trazarse una línea bien definidaentre las actividades de esos departa-mentos y las de los departamentos deregistro.

El departamento de patentes es unode los pilares de las instituciones na-cionales de P.I. Entre sus funcionescabe destacar4:

� la recepción de solicitudes de pa-tente (patentes de invención o cer-tificados de modelos de utilidad);

� la aprobación o el rechazo de so-licitudes de patente;

� el examen de forma y de fondo delas solicitudes de patente si la le-gislación así lo exige;

� la comprobación del pago de lastasas correspondientes;

2 www.ipi.ch.3 Fuente: www.ipophilippines.gov.ph/aboutus.4 Si el país es parte en el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), deberá además realizar las actividades que en dicho tratado se

contemplen.

Oficina de Propiedad Intelectual de Filipinas3

DirectorGeneral

División deDerecho de Autor

División deMarcas

División dePatentes

Director

Asuntos Jurídicos eInternacionales

Recursos y Servicios

Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual2

Director GeneralAdjunto

Director GeneralAdjunto

Oficina dePatentes

Oficina deMarcas

Oficina deAsuntosJurídicos

Oficina de Do-cumentación,Información yTransferenciade Tecnología

Oficina deAdministra-

ción, Finanzasy de Desarrollo

de RecursosHumanos

Sistema deinformacióny gestión yOficina deTratamientoElectrónicode Datos

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

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� la publicación de las solicitudes (ytodas las operaciones inherentes ala misma, como la preparación dela primera página o resumen delfolleto de la patente)5;

� el examen de las impugnacionessi así lo exige la legislación nacio-nal y la renovación de las patentesconcedidas;

� la publicación de patentes concedi-das, y de rechazos y renovaciones;

� la inscripción en un registro de losdiversos actos que pueden afectarla vigencia y el alcance de la pa-tente (registro de los agentes depatentes, anualidades abonadas,cesiones y licencias y toda modi-ficación pertinente);

� el fomento del uso del sistema depatentes; y

� la divulgación de información alpúblico.

Estas funciones conllevan la realiza-ción de otras tareas como la prepara-ción de las solicitudes de patente pu-blicadas en papel y en CD-ROM, lapublicación de convenios industrialesconexos (Convenio de París, PCT,Acuerdo sobre los ADPIC, Tratado deBudapest)6 e informes anuales con in-formación estadística sobre patentesy solicitudes de patente.

Los departamentos de marcas, dere-cho de autor y derechos conexos, etc.también deben llevar a cabo funcio-nes y tareas similares; las institucio-nes de P.I. que cuentan coninfraestructuras más modernas y prác-ticas comerciales más eficaces tienenmás recursos para ayudar a sus usua-rios a acceder al sistema de P.I. y abeneficiarse de dicho sistema. De ahíque la OMPI ofrezca a los PMA queson Estados miembros y que lo solici-ten, asistencia y asesoramiento paraautomatizar sus oficinas de P.I. y ges-

tionar así eficazmente los servicios deP.I. Desde un punto de vista estratégi-co, esta asistencia contribuye directa-mente al objetivo que se ha marcadola OMPI de generar beneficios eco-nómicos y crear riqueza mediante unuso mejor y más eficaz del sistema deP.I. en su conjunto. Asimismo, permi-te a las instituciones de P.I. estableceruna infraestructura de tecnologías dela información y de comunicaciones.

Gestión colectiva

El mercado mundial de música y cul-tura de los PMA es inmenso. La músi-ca se utiliza en manifestaciones pú-blicas, discotecas, restaurantes, salo-nes de té, bares, cafeterías y hoteles,o como música de fondo en tiendas yoficinas, transporte público, salas deespera, etc., ya sea en directo o me-diante grabaciones, radiodifusión odistribución por cable. Lo mismo esaplicable a la proyección de obras ci-nematográficas y a la reproducción envídeo de éstas y otras obrasaudiovisuales, el alquiler de cintas devídeo, la reproducción reprográfica deobras impresas, y la copia doméstica

de grabaciones de sonido y obrasaudiovisuales para uso personal.

Sería prácticamente imposible que losdistribuidores y usuarios se pusieranen contacto directamente con todoslos autores, compositores y editoresde obras musicales nacionales y ex-tranjeras con el fin de lograr la autori-zación necesaria para utilizarlas y lle-gar a un acuerdo sobre los precios yotras condiciones que rijan el uso delenorme número de obras que se utili-zan cada día, como en el caso de, porejemplo, una obra musical en la quevarias personas poseen derechos deautor y que sea escuchada por un grannúmero de personas, simultáneamen-te o no, en varios lugares y varias ve-ces. Por lo tanto, el ejercicio eficazde los derechos que confiere la legis-lación a los autores sólo podrá lograrsepor conducto de un sistema de ges-tión colectiva, que reporta ventajastanto al creador como al distribuidor.

La gestión colectiva se define comoun sistema de administración de losderechos de autor y los derechosconexos, cuyos titulares delegan enorganismos creados a tal fin la autori-dad de negociar las condiciones bajolas cuales se permite a los distribui-dores y usuarios utilizar sus obras, in-terpretaciones o ejecuciones artísticaso producciones audiovisuales, segúnsea el caso. Asimismo, esos organis-mos se ocupan de conceder las debi-das autorizaciones, supervisar el usode las obras, recaudar las regalías pa-gaderas y distribuirlas entre los bene-ficiarios.

La mayoría de los PMA no cuentancon organismos sólidos de adminis-tración colectiva; por ello, aunque susobras musicales y creativas se utilizanampliamente, sus autores y artistas no

5 El folleto generalmente consta del texto de la solicitud y de todo dibujo que acompañe a la misma. Además, debe contener los denominadosdatos bibliográficos, en particular, el título de la invención, la fecha de presentación de la solicitud (y, si procede, la fecha de prioridad), elnúmero de serie y el símbolo de clasificación.

6 Esta tarea puede confiarse a otra unidad de menor especialización. No obstante, incumbirá al departamento de patentes suministrar ycomprobar la fuente de dicha información.

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A continuación se ofrece un ejemplo de oficinas nacionales de P.I. por número deempleados, solicitudes de patente, incluidas las designaciones en virtud del Tratadode Cooperación en materia de Patentes (PCT), y sus presupuestos anuales

PERSONAL Y PRESUPUESTO DE OFICINAS DE PATENTES SELECCIONA-DAS, 2000-20017

País Número Solicitudes de patente, Presupuesto anualde empleados incluidas las (en millones de dólares

designaciones de los EE.UU.)

en virtud del PCT

República de Corea 1.002 172.184 120,0Federación de Rusia 2.700 89.429 14,3Japón 2.500 112.269 844,0Francia 800 160.178 133,0México 611 66.916 25,5Brasil 610 64.688 42,0Suiza 235 201.571 n.a.Singapur 85 62.471 4,9Nepal 6 n.a. n.a.Kenya n.a. 115.936 n.a.Bangladesh 9 n.a. n.a.Etiopía 13 7 n.a.

7 La mayor parte de la información que aparece en el cuadro 1 se ha recabado del libro Intellectual Property—A Power Tool for EconomicGrowth, de Kamil Idris, pág. 280; se han añadido algunos países para mostrar la situación en los PMA.

reciben el reconocimiento y la recom-pensa monetaria que merecen. LaDivisión de Gestión Colectiva delDerecho de Autor y la División dePaíses Menos Adelantados, ambas dela OMPI, trabajan en colaboraciónpara ayudar a los Estados miembros acrear y poner en funcionamiento tanimportantes instituciones de P.I. Tam-bién se ha implantado con éxito envarios países del África Subsaharianael Programa “Banderola” de la OMPI,cuyo objetivo es introducir un siste-ma que permita a las oficinas nacio-nales de derecho de autor y a los or-ganismos que velan para el cumpli-miento de la legislación, diferenciarlas grabaciones de sonido yaudiovisuales genuinas de las piratea-das (véase el Artículo “El programacontra la piratería en la industria mu-sical africana” del número de julio-septiembre de 2002 de la Revista dela OMPI).

La ejecución de dos importantes pro-yectos sobre gestión colectiva enBenin y Malawi sigue desarrollándo-se con éxito. Aunque ambos están to-davía en mantillas, ya han empezadoa arrojar resultados. La CopyrightSociety of Malawi (COSOMA) desem-peña dos funciones principales, a sa-ber, la de una oficina de derecho deautor y la de un organismo de gestióncolectiva para sus miembros.COSOMA cuenta en la actualidad conmás de 1.000 miembros, entre auto-res y compositores, y se han registra-do cerca de 10.000 obras. Además,actúa como enlace entre los creado-res, los editores y los productores degrabaciones de sonido por una parte,y varios tipos de usuarios por otra. LaSociedad vela por que los autores re-

ciban una remuneración adecuada porel uso de sus obras. En la actualidad,COSOMA administra las interpretacio-nes y representaciones públicas, losderechos de radiodifusión y los dere-chos de reproducción mecánica, y tie-ne previsto introducir la gestión co-lectiva de los derechos reprográficosen un futuro cercano. Entre 1999 y2001, COSOMA vendió 4.184.783etiquetas microscópicas o banderolas,lo que le permitió pagar unos 781.160dólares de los EE.UU. a los titularesde derechos. Las actividades que lle-va a cabo COSOMA han fomentadola creatividad en Malawi hasta el pun-to de que se han producido inversio-nes considerables en estudios de gra-bación y en la producción de graba-ciones de sonido, y de que actualmen-te, se pone a la venta un nuevo álbumcada semana .

Aunque a muchos PMA que están enproceso de crear instituciones de P.I.les parezca una ardua tarea, el ejem-plo que se ha dado del éxito de untipo concreto de institución de P.I.demuestra claramente los beneficiosque pueden obtenerse. Una gestióncolectiva eficaz contribuye al fomen-to de las industrias culturales y, enúltima instancia, al desarrollo econó-mico.

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La Red Universitaria Internacional deGinebra (GIAN/RUIG), creada por laUniversidad de Ginebra, el InstitutoUniversitario de Altos Estudios Interna-cionales (HEI) y el Instituto Universita-rio de Estudios sobre el Desarrollo(IUED), en colaboración con variosorganismos internacionales, concedióuna importante donación a la OMPIpara un proyecto de investigación apli-cada cuyo objetivo es estudiar la con-tribución que pueden aportar los Ser-vicios Compartidos de Propiedad Inte-lectual (P.I.) y las redes de investiga-ción a la hora de proteger y explotarlos resultados obtenidos en las investi-gaciones llevadas a cabo en los paísesen desarrollo. La donación cubrirá elperíodo comprendido entre septiembrede 2004 y septiembre de 2006. LaOMPI ha sido designada coordinado-ra de este proyecto, para el que se cuen-ta con un equipo pluridisciplinario in-ternacional de expertos procedentes deseis países del África Central, de Co-lombia y de Suiza.

LA RED UNIVERSITARIAINTERNACIONAL DE GINEBRAOTORGA UNA DONACIÓN A LA OMPI

Este proyecto de investigación aplica-da se basa en la hipótesis de que lasRedes de investigación y desarrollo(I+D) y los Servicios Compartidos deP.I. pueden ayudar a las institucionesde investigación de los países en desa-rrollo a proteger los resultados de susinvestigaciones y explotar su potencialeconómico. En el presente artículo seofrece una reseña del proyecto.

Objetivos

En los países en desarrollo hay muchaspersonas afectadas por la malaria, latuberculosis, la enfermedad del sueño,la anemia falciforme, el virus Ébola yotras enfermedades. Los profesionalesde la salud investigan con el fin de des-cubrir vacunas y tratamientos. Sin em-bargo, las terapias suelen ser demasia-do costosas para las personas pobres,

y difíciles de distribuir. Este problemaacuciante debe resolverse medianteenfoques interdisciplinarios y solucio-nes creativas que han de probarse yevaluarse. Para desarrollar modelos rea-listas es necesario que se integren losaspectos relacionados con la saludpública, la gestión, la mercadotecnia,la economía, el Derecho y la política.

En los países en desarrollo existen ins-tituciones de investigación que se de-dican a luchar contra las enfermeda-des tropicales y de otra índole, recu-rriendo con ese fin tanto a la medici-na convencional como a la medicinatradicional. Muchas de esas institucio-nes cuentan con investigadores exce-lentes y sumamente motivados, perocarecen de infraestructura y financia-ción adecuadas. Este proyecto estádirigido a instituciones de investiga-ción de necesidades e infraestructurasdiferentes pero con un desafío comúnque afecta a la mayoría de los investi-gadores de los países en desarrollo, asaber, la dificultad de obtener la titu-laridad y el derecho a explotar los re-sultados de sus investigaciones utili-zando el sistema de P.I. debido a laescasez de recursos, infraestructura,formación y servicios profesionales(jurídicos y de comercialización).

De ahí que los investigadores de lospaíses en desarrollo no sean, por logeneral, titulares de los resultados desus propias investigaciones y no pue-dan explotarlos. Las inversiones enI+D de los países en desarrollo ofre-

Redes de investigación y P.I.: un modelo paraapoyar a los países en desarrollo

Vínculos de cooperación

Instituciones asociadas del África Central� Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI)� Secretaría Ejecutiva de la Comunidad Económica y Monetaria del África Cen-

tral (CEMAC)� Organización de Lucha contra las Endemias Tropicales en África Central

(OCEAC)

Instituciones asociadas de Colombia� Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)� COLCIENCIAS (Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la

Tecnología)� Fundación Instituto de Inmunología de Colombia (FIDIC)

Instituciones asociadas de Suiza� Red Universitaria Internacional de Ginebra (GIAN/RUIG)� Instituto Universitario de Altos Estudios Internacionales (HEI), Universidad de

Ginebra� Altos Estudios Comerciales (HEC), Universidad de Ginebra� Instituto Tropical Suizo (ITS), Universidad de Basilea� International Institute for Management Development (IMD), Lausana.

Organismos internacionales de Ginebra� Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)� Council on Health Research for Development (COHRED)

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cen poca rentabilidad económica ylos beneficios sociales resultantes sonescasos si se tienen en cuenta las ne-cesidades terapéuticas. Esas dificulta-des pueden desalentar a los países endesarrollo a la hora de invertir en in-vestigaciones imprescindibles parasolucionar sus apremiantes problemasde salud.

Este círculo vicioso podría denominar-se “desafío de la titularidad y la ex-plotación de los resultados de inves-tigación”. Los factores que lo desen-cadenan son numerosos e interdepen-dientes:

� las instituciones de I+D de los paí-ses en desarrollo no suelen estarsensibilizadas y carecen de losconocimientos y recursos necesa-rios para proteger los resultados desus investigaciones, adquirir su ti-tularidad y explotarlos como P.I.Además, se observa una grave es-casez de profesionales capaces deredactar solicitudes de patente,negociar licencias y prestar servi-cios de comercialización basadosen la P.I.;

� las instituciones de I+D carecen amenudo de políticas y procedi-mientos sobre P.I. que regulen lacolaboración entre los sectorespúblico y privado, el patrocinio deinvestigaciones, la divulgación deinvenciones y la motivación de losinvestigadores con incentivos eco-nómicos;

� las escasas inversiones en activida-des de I+D pueden poner en peli-gro los niveles actuales de resulta-dos en investigación sanitaria, loque reduce las posibilidades deconservar y atraer a los investiga-dores de más talento. Como en una

Por Servicios Compartidos de P.I. seentienden servicios comunes a la redque cumplen una función vital deapoyo a la protección y explotaciónde los resultados de investigación.Entre los servicios comunes cabesubrayar:

� protección jurídica de los resulta-dos de investigación;

� gestión de la P.I. que poseen las ins-tituciones de investigación y con-cesión de licencias para dicha P.I.;

� fomento de los vínculos de cola-boración entre el sector público yel privado;

� comercialización de los activos deP.I. de la red, promoviéndola co-mercialmente;

� captación y negociación de fon-dos; y

� promoción de las industrias loca-les de manufactura.

Las Redes de I+D también puedendesempeñar un papel importante a lahora de facilitar la fabricación y dis-tribución local de medicamentos ba-sados tanto en la medicina conven-cional como en la tradicional.

Descripción del proyecto

El proyecto conllevará la creación deequipos de investigación interdisci-plinarios encargados de desarrollar,poner a prueba y evaluar un modelode Red de I+D con Servicios Com-partidos de P.I. para las institucionesde I+D del ámbito sanitario en lospaíses en desarrollo. El trabajo se cen-trará en dos zonas de países en desa-rrollo: la subregión del África Centralfrancófona (Camerún, Chad, Gabón,Guinea Ecuatorial, RepúblicaCentroafricana y República del Con-

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espiral, la falta de rentabilidad eco-nómica y social derivada de lasactividades de I+D puede acarrearreducciones aún mayores del apo-yo financiero a estas instituciones;y

� la imposibilidad de obtener la ti-tularidad de los resultados de in-vestigación supone un gran obstá-culo a la hora de negociar acuer-dos de transferencia de tecnologíapara las instituciones de investiga-ción de los países en desarrollo,dado que no cuentan con activoscomercializables que puedanintercambiarse, lo cual debilita supoder de negociación.

Hipótesis

La tesis de la que parte este proyectode investigación es que las Redes deI+D con Servicios Compartidos deP.I. pueden ayudar a resolver el “de-safío de la titularidad y explotaciónde los resultados de investigación”.

Desafío

Desafío de la titularidad/explotaciónde los resultados de investigación

Hipótesis

Modelo de redes de I+D y servicioscompartidos de P.I.

Por Redes de I+D se entienden vín-culos de colaboración entre institucio-nes de investigación para aplicar po-líticas comunes y compartir servicios.Mediante la aplicación de economíasde escala, estas redes permiten redu-cir costos, sacar el máximo provechode los recursos disponibles y agilizarlas investigaciones.

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go) y Colombia. Las instituciones aca-démicas, gubernamentales y no guber-namentales de África Central, Colom-bia y Suiza asociadas al proyecto apor-tarán expertos, profesores e investiga-dores/estudiantes que constituirán losequipos interdisciplinarios encarga-dos de la investigación, puesta a prue-ba y evaluación del modelo propues-to en el proyecto.

El proyecto constará de cuatro fasesprincipales: 1) auditoría; 2) creacióny puesta en marcha de un programade formación; 3) puesta en marcha delas Redes de I+D y de los ServiciosCompartidos de P.I.; y 4) estudio deevaluación del modelo desarrollado.

Fase 1: Auditoría

Al principio del proyecto se llevará acabo una auditoría en las institucio-nes de I+D. Los equipos interdisci-plinarios estudiarán la situación decada institución en materia de plani-ficación y gestión de la investigaciónsanitaria para determinar su inciden-cia en la protección, titularidad y ex-plotación de los resultados de inves-tigación. Se considerarán los siguien-tes aspectos: los fondos invertidos enla investigación sanitaria; las políticasy los procedimientos institucionalesen materia de patentes y otros activosde P.I.; los resultados de investigaciónactuales que sea necesario proteger;y el nivel de conocimientos y compe-tencia del personal en materia decomercialización. Se formularánindicadores de investigación.

Fase 3: Desarrollo y puesta en mar-cha de la Red de I+D y de los Servi-cios Compartidos de P.I.

Las instituciones de I+D y las univer-sidades recibirán información relati-va a políticas, procedimientos, formu-larios y contratos existentes en P.I., asícomo asesoramiento relativo a mode-los de políticas institucionales y acuer-dos para crear redes basadas en la P.I.y asistencia a la hora de considerarlas posibilidades existentes para sucreación.

Se seleccionará en cada una de las doszonas geográficas a los tres participan-tes locales que hayan obtenido lasmejores cualificaciones para formarcada uno de los dos Servicios Compar-tidos de P.I. (África Central y Colom-bia). Todos los alumnos del curso se-guirán recibiendo asesoramiento y apo-yo por parte de los expertos y profeso-res encargados de crear y de poner enpráctica los tres módulos de formación,así como por parte de la OMPI. Lostres participantes seleccionados encada región serán contratados en elmarco del proyecto para crear el co-

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Fase 2: Elaboración y puesta en mar-cha de los módulos de formación

Basándose en los resultados de laauditoría, un equipo de investigacióninterdisciplinario creará un programacompuesto por tres módulos de for-mación sobre los principales aspec-tos prácticos que plantea la gestiónde activos de P.I. en la esfera de lainvestigación sanitaria: a) gestión ycomercialización aplicadas a las in-vestigaciones sanitarias; b) agentes depatentes; y c) contratos de licencia.

Una vez establecidos los tres módulosdel programa de formación, se impar-tirán a un grupo de 15 personas en cadauna de las dos regiones previstas (esdecir, 15 personas x 3 módulos = 45personas en la subregión centroafricanay otras tantas en Colombia). Los crite-rios de selección de candidatos para elcurso de formación son: tener conoci-mientos en la materia, intención deponer en práctica los conocimientosadquiridos y situación laboral del can-didato. La mayoría de los participan-tes serán empleados de las institucio-nes de investigación que toman parteen el proyecto.

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Resultados esperados para septiembre de 2006

� Las dos Redes de I+D seleccionadas en África Central y en Colom-bia llevarán a cabo sus tareas con apoyo de los Servicios Compar-tidos de P.I. Los investigadores estarán en condiciones de tomardecisiones respecto de la protección y explotación comercial delos resultados de sus investigaciones.

� Se contará con un número importante de personas (90) de paísesen desarrollo que podrán ofrecer conocimientos útiles a sus res-pectivas comunidades científicas.

� Los equipos interdisciplinarios de diversos países habrán colabo-rado en busca de soluciones a un problema común, lo que permi-tirá crear vínculos e intercambiar experiencias.

� Se habrá probado un modelo de fortalecimiento de las actividadesde I+D de los países en desarrollo que podrá darse a conocer a lacomunidad científica y a los encargados de la formulación de polí-ticas en materia de ciencia, tecnología, salud y P.I.

rrespondiente Servicio Compartido deP.I. que llevará a cabo en las institucio-nes de I+D de su respectiva red las in-vestigaciones necesarias y prestará losservicios pertinentes en materia de P.I.Los demás participantes trabajarán enlas respectivas instituciones para apli-car los conocimientos que hayan ad-quirido.

Fase 4: Evaluación del modelo

El estudio sobre el modelo desarro-llado en el proyecto será realizado porun equipo interdisciplinario forma-do por miembros de las institucio-nes asociadas de África Central, Co-lombia y Suiza, con inclusión de uninvestigador (preferentemente un li-cenciado o alumno de posgrado) decada zona geográfica. Se selecciona-rá con ese fin a un investigador suizoy a un investigador local en cada unade las otras dos regiones para quecumplan la función de “observadoresdel proyecto”, además de llevar a caboactividades de investigación, evalua-ción y seguimiento en el terreno. Elequipo también recibirá el apoyo y losinsumos de la labor de investigación,evaluación y seguimiento que reali-cen los tres investigadores de los Ser-vicios Compartidos de P.I. de ÁfricaCentral y Colombia.

En esta etapa se llevarán a cabo acti-vidades de evaluación y medición delproyecto basadas en los indicadoresestablecidos en la Fase 1. Se exami-narán, por ejemplo, cuestiones relati-vas a las economías de escala aplica-das a la Red de I+D y la incidenciaeconómica del modelo, resultadosobtenidos en relación con laagilización de la investigación, facili-dad de uso y asequibilidad del siste-ma de P.I., datos empíricos sobre eluso de los formularios de divulgaciónde las invenciones, cuestionarios e

informes sobre el grado de satisfac-ción de los usuarios, dificultades derastreo, problemas de comunicación,etcétera. En la evaluación también seexaminarán estrategias desostenibilidad del proyecto y se for-mularán recomendaciones con vistasal mantenimiento de las Redes y losServicios Compartidos después deseptiembre de 2006, cuando conclu-ya el proyecto.

Para más información acerca de esteproyecto o para conocer la lista de ins-tituciones de I+D participantes de laRepública Centroafricana y de Colom-bia, póngase en contacto con la Divi-sión de la OMPI de Propiedad Intelec-tual y Nuevas Tecnologías.

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En los últimos 15 años, muchos paísesen transición a economías de merca-do han creado y reforzado sus siste-mas de P.I. mediante la adopción denumerosas leyes y la modernizaciónde sus infraestructuras de P.I. En variosde esos Estados que formaban parte dela Unión Soviética, las cuestiones depropiedad industrial, y en particular laprotección de las invenciones, incum-bían al Comité Estatal para las Inven-ciones y los Descubrimientos. No obs-tante, la mayoría de las repúblicas dis-ponía de oficinas regionales que ofre-cían un número limitado de serviciosa la población local. La República deMoldova, donde se hallaba una de esasoficinas, tenía todavía mucho caminopor recorrer para crear sus propios me-canismos de P.I. cuando obtuvo la in-dependencia, en 1991.

La evolución de la protección de la pro-piedad industrial en Moldova ha depen-dido directamente de los cambios ad-ministrativos, sociales y económicosque dieron lugar a la creación del Esta-do y a la independencia política y eco-nómica durante la transición de unaeconomía centralmente planificada auna economía de mercado. En 1993 y1994, este recién independizado Esta-do se declaró vinculado por los trata-dos internacionales administrados porla OMPI en los que era parte la UniónSoviética, con efecto retroactivo al 31de diciembre de 1991. Se trata de lossiguientes tratados:

� Convenio que establece la Orga-nización Mundial de la PropiedadIntelectual;

� Convenio de París para la Protec-ción de la Propiedad Industrial;

� Arreglo de Madrid relativo al Re-gistro Internacional de Marcas;

� Tratado de Budapest sobre el re-conocimiento internacional deldepósito de microorganismos a losfines del procedimiento en mate-ria de patentes; y

� Tratado de Nairobi sobre la protec-ción del símbolo olímpico.

Las obligaciones contraídas por la Re-pública de Moldova en virtud de loscitados convenios y tratados, la faltade un marco legislativo nacional enmateria de P.I. y la inexistencia de unorganismo especializado en P.I. hicie-ron necesaria la creación de una insti-tución nacional de P.I. El 25 de mayode 1992 se creó la Agencia Estatal deProtección de la Propiedad Intelectual(AGEPI), dependiente del Ministerio deEconomía y Hacienda. Desde enton-ces, la República de Moldova fue ad-hiriéndose sucesivamente a la mayoríade los tratados administrados por laOMPI y se ha convertido en miembrofundador de la OrganizaciónEurasiática de Patentes.

AGEPI – Convertir la P.I. enuna herramienta al serviciodel desarrollo

La predecesora de la AGEPI, es decir,la sucursal de Kishinev del ComitéEstatal para las Invenciones y los Des-cubrimientos, sólo se ocupaba de laredacción de solicitudes de patente yde solicitudes de registro de diseñosindustriales y marcas, además de brin-dar servicios de búsqueda y documen-tación sobre patentes. No obstante, laAGEPI respondió con óptimos resul-tados al desafío que suponía crear unsistema moderno de P.I. y en enerode 1994 la República de Moldovahabía concedido su primera patentenacional al inventor de una nueva tec-nología de producción de un aditivoalimentario basado en una materiaprima vegetal. En febrero y agosto deese mismo año, fueron otorgados elprimer certificado de marca y el pri-mer certificado de diseño industrial,respectivamente.

REPÚBLICA DE MOLDOVACreación de infraestructuras de P.I. aptaspara una economía de mercadoEJ

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Durante los primeros años de vidaindependiente, la República deMoldova desplegó esfuerzos inmen-sos para implantar su propio sistemanacional de propiedad intelectual.Desde el principio, se apostó por lacreación de un sistema de P.I. moder-no y competitivo que fuese compati-ble con los demás sistemas interna-cionales y regionales. Los dos prime-ros años tras la independencia (1991-1992) se dedicaron a la creación delsistema nacional, y en los años si-guientes (1993-1997) se elaboró elmarco normativo e institucional delsistema. En la etapa siguiente (1997-2000) se prestó atención principal-mente a las cuestiones de observan-cia, coincidiendo con el proceso deadhesión de la República de Moldovaa la Organización Mundial del Comer-cio (OMC), que culminó en 2001.

Los últimos años (de 2001 en adelan-te) se han caracterizado por los esfuer-zos desplegados para convertir la P.I.en una herramienta de desarrollo eco-nómico y social. Durante este perío-do, la AGEPI ha multiplicado sus ac-tividades promocionales mediantecampañas de información y ha am-pliado sus servicios, por ejemplo or-ganizando seminarios y talleres deformación para los distintos grupos deusuarios, existentes y potenciales, delsistema de P.I., y fomentando lainventividad y la creatividad al patro-cinar la participación de los mejoresinventores en ferias internacionalesespecializadas en P.I. y organizar con-cursos nacionales como la exposicióninternacional especializada“Infoinvent”, el Trofeo de Innovacióny Creatividad de la AGEPI, el Premioa la Mejor Inventora, etcétera. LaAGEPI también ha apoyado y fomen-tado el uso del sistema de P.I. en laspequeñas y medianas empresas, porejemplo, incluyendo un capítulo so-

bre “Integración del sistema de P.I. enel desarrollo de las pequeñas empre-sas” en el Programa estatal de apoyoa las pequeñas empresas para el pe-ríodo 2002-2005.

El mayor logro en este campo es laadopción de una estrategia para eldesarrollo del sistema nacional de P.I.,cuya puesta en práctica finalizará enel año 2010. Los principales objeti-vos de la estrategia son los siguientes:

� ampliar el marco legislativo del sis-tema de protección de la P.I.;

� establecer un mecanismo de luchacontra las infracciones de los de-rechos de P.I.;

� mejorar la calidad de las activida-des de valoración de los activos deP.I.;

� formación y perfeccionamiento delpersonal;

� reforzar la cooperación internacio-nal en el ámbito de la P.I.; y

� establecer una red de informaciónen materia de P.I.

En la estrategia se identifican las prin-cipales herramientas para su implan-tación y se establece un plan de ac-ción claro. Para garantizar su correctaimplantación, la AGEPI ha firmado

acuerdos con casi todas las institucio-nes estatales que intervienen en laprotección y observancia de los dere-chos de P.I. (a saber, el Departamentode Aduanas, la Cámara de Industria yComercio, el Ministerio de Agricultu-ra, el Ministerio de Industria, el De-partamento Agroindustrial deViticultura y el Departamento de Tec-nologías de la Información). Se hacreado un Consejo Interdepartamentalde P.I., que cumple la función de ór-gano asesor en materia de P.I. El Con-sejo está compuesto por representan-tes de los 15 ministerios y departa-mentos.

Consolidar el derecho deautor y los derechos conexos

Un hecho fundamental para la mo-dernización de la infraestructura deP.I. de la República de Moldova hasido el desarrollo de su legislación dederecho de autor y derechos conexos.En 1994, este país aprobó su primeraley sobre protección del derecho deautor y los derechos conexos de lasobras literarias, artísticas y científicas,y en 1995 se adhirió al Convenio deBerna. En la República de Moldova seaplica por lo tanto el principio del tratonacional para la protección de las

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Información general sobre la República de Moldova

Superficie: Superficie: Superficie: Superficie: Superficie: 33.700 km2

Población:Población:Población:Población:Población: 4.450.000 habitantes (datos de 1999)Densidad de población: Densidad de población: Densidad de población: Densidad de población: Densidad de población: 128 habitantes/km2

La República de Moldova es unpaís sin litoral situado en el sudes-te de Europa, entre Rumania yUcrania, con una rica cultura tra-dicional reflejada en su música, suarte y sus danzas. La capital,Kishinev, fue fundada en 1436 ysu población supera los 750.000habitantes.

Desde su independencia en 1991,la República de Moldova, uno delos países más pobres de Europa,ha llevado a cabo numerosas re-formas para atraer a los inversoresextranjeros. Por ejemplo, se hadotado de una moneda converti-ble, se ha instaurado un sistema de precios de mercado libre, la tierraha sido privatizada, ya no se efectúan controles sobre las exportacio-nes y las tasas de interés pueden fijarse libremente. Su economía sebasa en la agricultura, y el vino y el brandy constituyen gran parte desus exportaciones. La producción de energía eléctrica es la segundaindustria más importante del país.

En la República de Moldova viven más de 8.000 científicos dedicadosa la investigación fundamental y aplicada en distintos sectores de lasciencias sociales y humanas, las matemáticas, la física, la química, labiología, la medicina, la agricultura y las ciencias de la tierra. Los ámbi-tos de investigación prioritarios en las instituciones académicas son laenergía, la salud, los materiales nuevos, la biotecnología, lafarmacología y las tecnologías de la información y tecnologías electró-nicas.

obras, piedra angular de la legislaciónsobre derecho de autor. (En virtud deeste principio, cuando el autor no seanacional del país de origen de la obraprotegida por el Convenio, tendrá enese país los mismos derechos que losautores nacionales.) En 2002, se mo-dificó la Ley de Derecho de autor deMoldova para adaptarla al Tratado dela OMPI sobre Derecho de Autor y alTratado de la OMPI sobre Interpreta-ción o Ejecución y Fonogramas, rati-ficados por esta República en 1998.

La Agencia Estatal de Derecho de Au-tor es la encargada de la proteccióndel derecho de autor y los derechosconexos en la República de Moldova.Fija las políticas estatales en materiade derecho de autor, redacta la nuevalegislación en concordancia con lalegislación internacional y supervisalas actividades de las sociedades degestión colectiva. Se han creado dossociedades de gestión colectiva delderecho de autor: la Sociedad de De-recho de Autor y Derechos Conexos(2000) y la Sociedad de Titulares deDerechos de Autor y DerechosConexos (1999).

El futuro

De acuerdo con la política global delpaís, la prioridad inmediata será ar-monizar su sistema de P.I. con el de laUnión Europea (UE) y la consiguienteposibilidad de adherirse al sistema deP.I. de la UE.

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Suchard fue la primera marca inter-nacional registrada en virtud del Arre-glo de Madrid relativo al Registro In-ternacional de Marcas. Esta marca fueinscrita en el Registro Internacional en1893 por solicitud de la empresa Russ-Suchard & Cie, de Suiza, país en elque ya se había registrado la marca el1 de noviembre de 1880 con el nú-mero 86. Al solicitar el registro de lamarca se designaron a otros cincopaíses que también eran miembros delArreglo de Madrid: Bélgica, Francia,los Países Bajos, Portugal y España. Alo largo de los años, la empresa fueregistrando muchas más marcas, ycabe señalar que Russ-Suchard era latitular de las cuatro primeras marcasdel Registro Internacional, e inclusotambién de seis de las 10 primerasmarcas del Registro.

Philippe Suchard fue el fundador dela chocolatería familiar cuyas anda-duras comenzaron en 1825. En 1883,la empresa de Suchard, ubicada enNeuchâtel, se había convertido en elmayor productor de chocolate de Sui-za; la mitad de la producción total dechocolate en Suiza correspondía a suempresa. Ya en 1876 quedó patentela importancia que concedía a su ima-gen comercial la familia Suchard,puesto que desmontó un chalet de lasmontañas suizas para llevárselo a Pa-rís, donde lo reconstruyó para presen-tar en él sus productos a los clientes.No es de extrañar, por lo tanto, queRuss-Suchard & Cie evaluara correc-tamente la importancia que revestíanel registro y la protección internacio-nal de su marca.

Con el paso del tiempo, la empresafue cobrando fama por la excelentecalidad de su chocolate negro y am-plió su producción para atender la

demanda de los países vecinos. En1901, Suchard planteó una idea re-volucionaria, a saber, mezclar lechecon cacao, y creó de esa forma lo quese conocería posteriormente comochocolate con leche. Ese nuevo pro-ducto, comercializado bajo la marcaMilka, cuyo registro internacional seremonta a 1901, pasó a ser uno delos primeros chocolates especiales dela empresa Russ-Suchard & Cie. Milkatambién fue el primer producto deSuchard cuyo embalaje y publicidadreflejaron el nuevo movimiento del ArtNouveau, al utilizar el lila como co-lor de su marca y representar paisajestípicos de los Alpes en su envoltorio.De esa manera, Milka llamó muchola atención de los consumidores, quelo distinguían de otras marcas al aso-ciar directamente el color con el pro-ducto correspondiente. Hoy en día, lavaca lila de Milka forma parte de nues-tra cultura popular hasta tal punto quelos escolares alemanes a menudo pin-tan vacas de color lila cuando dibu-jan animales de granja. El color lilade Milka es una de las pocas marcasmonocromáticas reconocidas.

SUCHARD – LA PRIMERA MARCAINSCRITA EN EL REGISTROINTERNACIONAL

El propietario actual de la marcaSuchard es Kraft Foods Inc., empresaque sigue produciendo este chocolatecon la marca Suchard en Neuchâtel.Las marcas registradas inicialmente porSuchard en 1893 ya han vencido, aun-que desde entonces se han registradoy renovado muchas más marcas

Suchard. La marca Suchard aquí repre-sentada fue registrada en 1965 y reno-vada una vez por el plazo convencio-nal de 20 años, lo cual significa queseguirá vigente hasta 2005. Pasado másde un siglo desde su primer registro in-ternacional, Suchard sigue siendo unamarca ampliamente reconocida y po-pular, y el sistema de la Unión de Ma-drid, en virtud del cual está protegida,cuenta ya con 74 países miembros.

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Diseños industriales: presentación de solicitudeselectrónicas en virtud del Arreglo de La Haya –Cooperación entre la OMPI y la OAMI

La OMPI está estudiando la posibili-dad de establecer un servicio que per-mita que los usuarios del Arreglo deLa Haya relativo al registro internacio-nal de dibujos y modelos industrialespresenten sus solicitudes internacio-nales por vía electrónica. Para facili-tar la labor exploratoria de la OMPI,la Oficina de la Unión Europea parala Armonización del Mercado Interior(marcas, dibujos y modelos) (OAMI)ha puesto gratuitamente a disposiciónde la OMPI su programa informáticode solicitud electrónica de diseñosindustriales en virtud del Reglamento(CE) de la Comunidad Europea sobrelos Diseños Comunitarios. Esto permi-tirá a la OMPI dar forma a su propiosistema de presentación electrónica desolicitudes en virtud del sistema de LaHaya teniendo en cuenta la posibleadhesión de la CE al Acta de Ginebradel Arreglo de La Haya, que ha entra-do en vigor recientemente.

Con la adhesión de la ComunidadEuropea al Acta de Ginebra se esta-blecería un vínculo entre el sistemainternacional del Arreglo de La Hayay el Reglamento CE sobre los DiseñosComunitarios. Los solicitantes interna-cionales podrían designar a la OAMIo a cualquier otra Oficina de los de-más países parte en el sistema de LaHaya mediante una única solicitudinternacional.

Existen diferencias de procedimientoentre estos dos sistemas, que deberántenerse en cuenta a la hora de desa-rrollar el programa de presentación desolicitudes electrónicas. Una de lasprincipales diferencias estriba en elhecho de que los registros concedi-dos en virtud del sistema de la CE ofre-cen protección en el conjunto de laComunidad Europea, mientras que elsistema de La Haya es un sistema dedesignaciones en virtud del cual lossolicitantes designan los países en losque desean proteger su diseño indus-trial y abonan las tasas correspondien-tes. Las otras diferencias entre el pro-

Con motivo del Día Internacional delos Pueblos Indígenas del Mundo, ce-lebrado el 9 de agosto, el DirectorGeneral de la OMPI, Dr. Kamil Idris,se felicitó del reconocimiento cadavez mayor por la comunidad interna-cional de la necesidad de promoverel disfrute de los derechos de los pue-blos indígenas y el respeto de su cul-tura, comunidades y valores particu-lares. Destacó las medidas alentado-ras adoptadas por la comunidad in-ternacional para responder a las ne-cesidades y aspiraciones de los pue-

cedimiento del sistema de La Haya yel del sistema de la CE guardan rela-ción con las reproducciones conteni-das en las solicitudes, quién tiene de-recho a presentar solicitudes y el mé-todo de pago de las tasas.

blos indígenas de todo el mundo yaumentar su participación efectiva enlos procesos políticos relacionadoscon cuestiones que les afectan. Ob-servó que, en el ámbito de la P.I., ellose traduce en un mayor respeto y re-conocimiento del marco cultural eintelectual en los que las expresionesculturales tradicionales, los conoci-mientos tradicionales y los recursosgenéticos conexos se desarrollan,mantienen y transmiten a las genera-ciones futuras dentro de un contextotradicional o consuetudinario.

El Director General ve con agrado elreconocimiento cada vez mayorde los derechos de los pueblosindígenas

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RESUMEN DENOTICIAS

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“En 1998, la OMPI puso en marchauna serie de actividades en el ámbitode la P.I., los conocimientos tradicio-nales, las expresiones culturales tra-dicionales o folclore y los recursosgenéticos. Estas actividades se vienena sumar a las labores realizadas sobreel folclore desde hace varias décadasy que han quedado plasmadas en va-rios instrumentos internacionales y enmuchas legislaciones nacionales”,declaró el Dr. Idris añadiendo que “lalabor actual de la OMPI tiene comoobjetivo elaborar un enfoque comúnsobre la mejor manera de desarrollary poner en práctica los principios delsistema de P.I. para que redunden enbeneficio de los intereses de los titu-lares de los conocimientos tradicio-nales y de los custodios de las expre-siones culturales tradicionales”.

El Dr. Idris destacó la importante con-tribución de los grupos indígenas a lasdeliberaciones sobre conocimientos

Se han instalado nuevos equipos paravideoconferencias en el edificio de laOMPI ocupado por la Oficina del Tra-tado de Cooperación en materia dePatentes (Oficina del PCT). Estas ins-talaciones facilitan el establecimien-to de un diálogo directo entre la Ofi-cina del PCT y los usuarios del siste-ma del PCT (abogados de patentes,solicitantes, asociaciones de derechode patentes y oficinas de patentes), locual mejorará la calidad de la forma-ción ofrecida sobre temas tales comola presentación de solicitudes electró-nicas y/o las reuniones de informaciónsobre los avances en el ámbito jurídi-

El PCT ya dispone de equipos paravideoconferencias

Las organizaciones no gubernamen-tales, muchas de las cuales repre-sentan a comunidades indígenas,participan cada vez más en los tra-bajos del Comité. El Dr. Idris indi-có que “esta participación ha enri-quecido sobremanera el debate y hahecho oír la voz de las comunida-des indígenas y locales en las deli-beraciones internacionales”. Recor-dó que el programa actual de laOMPI en este ámbito tuvo su ori-gen en una serie de extensas con-sultas con representantes de comu-nidades titulares de conocimientostradicionales, celebradas a lo largode 1998 y 1999, y que los valiososacuerdos resultantes de esas discu-siones sobre las necesidades y ex-pectativas de estas comunidades si-guen aún guiando la labor de laOMPI al respecto.

tradicionales que tienen lugar bajo losauspicios de la OMPI. Dijo que “las co-munidades indígenas y locales han te-nido una importante y creciente partici-pación en el trabajo del ComitéIntergubernamental de la OMPI sobrePropiedad Intelectual y RecursosGenéticos, Conocimientos Tradicionalesy Folclore como instancia de elabora-ción de políticas sobre estas cuestiones”.

Miembros del personal del PCT que participaron en la primera videoconferencia, celebrada conla USPTO.

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co, como las nuevas reformas del PCT.La Oficina del PCT lanza un llama-miento a las organizaciones deseosasde celebrar una videoconferencia paraque se pongan en contacto con ella afin de someterle una reseña o una sim-ple lista de los temas que desean abor-dar. El personal de la División Jurídi-ca del PCT, la División de RelacionesJurídicas Exteriores, la División deOperaciones y la División de Gestióndel PCT espera que esta nueva formade comunicación le permita acercar-se aún más a los usuarios del sistemaPCT y fomentar una mejor utilizacióndel mismo, y ofrecer servicios de ca-lidad óptima.

Para obtener más información acerca del PCT, consulte nuestro sitio Web en ladirección: www.wipo.int/pct/es.

Las solicitudes para la celebración de videoconferencias deben enviarse a la si-guiente dirección:

Oficina del PCTSra. Rosemary RibesAdministradora PrincipalOMPI1211 Ginebra 20SuizaTel.: +41 22 338 92 00Fax: +41 22 338 82 50Correo-e: [email protected]

Información técnica sobre los equipos de videoconferencia:

Número de RDSI para videoconferencias: +41 22 734-9227/9348/9515 y 920 1635Modo: 128-256-384-512Sistema para videoconferencias: Polycom VSX7000Número de teléfono al que deberá llamarse para establecer una conferencia:+41 22 734 9515Número de teléfono de la sala de videoconferencias: +41 22 338 8001

En este contexto se celebró unavideoconferencia inaugural el 26 deagosto entre la División de Operacio-nes de la Oficina del PCT y la Divi-sión de Operaciones PCT de la Ofici-na de Patentes y Marcas de los Esta-dos Unidos (USPTO). Un equipo com-puesto por aproximadamente diezmiembros del personal de la USPTOpudo aclarar desde Arlington (Virgi-nia) cuestiones de interés común consus interlocutores de Ginebra, duran-te una conferencia que duró aproxi-madamente una hora, tiempo sufi-ciente para que ambas partes plantea-ran de modo satisfactorio los temasque consideraban más destacados.

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CALENDARIOde reuniones

15 DE SEPTIEMBRE(GINEBRA)Reunión de Información sobre Pro-piedad Intelectual y RecursosGenéticosLa reunión tiene por objeto propor-cionar información técnica de basesobre propiedad intelectual y recur-sos genéticos a los representantes delos Estados miembros de la OMPI an-tes de las reuniones de las Asambleasde la OMPI.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI y/ode la Unión de París y la ComunidadEuropea.

27 DE SEPTIEMBRE A 5 DE OCTUBRE(GINEBRA)Asambleas de los Estados miembrosde la OMPI (Cuadragésima serie dereuniones)Algunas de las Asambleas se reuniránen períodos extraordinarios de sesio-nes, y otros órganos en períodos ordi-narios de sesiones.Invitaciones: En calidad de miembrosu observadores (según la Asamblea deque se trate), los Estados miembros dela OMPI; en calidad de observadores,otros Estados y determinadas organi-zaciones.

5 Y 6 DE OCTUBRE(GINEBRA)Seminario sobre el Sistema de MadridCon este Seminario, que se impartiráen inglés, se pretende fomentar unamayor toma de conciencia sobre elSistema de Madrid para el registro in-ternacional de marcas y aumentar losconocimientos prácticos sobre su usoentre los usuarios, tales como losagentes de marcas independientes oque trabajan en empresas (abogadosy asistentes de abogados), quienespresentan solicitudes de registro inter-nacional y administran carteras inter-nacionales de marcas.

Invitaciones: La participación estáabierta a toda persona interesada, pre-vio pago de una tasa de inscripción.Los funcionarios gubernamentales delos Estados miembros están exentos deese pago.

7 DE OCTUBRE(GINEBRA)Reunión OMPI/OAMI sobre MarcasEn esta reunión se celebrará el esta-blecimiento de un vínculo entre el Sis-tema de la Marca Comunitaria y elProtocolo de Madrid.Invitaciones: La inscripción está abier-ta a toda persona interesada.

13 A 15 DE OCTUBRE(GINEBRA)Seminario Interregional de Nivel In-termedio sobre Derecho de Autor yDerechos ConexosEl objetivo del Seminario es propor-cionar formación e información sobrelos diversos aspectos del derecho deautor y los derechos conexos, así comolas recientes tendencias y progresos eneste ámbito, y promover el debateentre los participantes sobre cuestio-nes actuales. Con el Seminario tam-bién se pretende aumentar la sensibi-lización sobre el papel de la propie-dad intelectual como herramienta parael desarrollo económico, social, cul-tural y tecnológico, así como mejorary desarrollar aptitudes para la gestióndel derecho de autor y los derechosconexos, especialmente en un entor-no en rápida evolución.Invitaciones: Participarán invitados deoficinas gubernamentales de derechode autor y de sociedades de gestióncolectiva del derecho de autor, tantode países en desarrollo como de paí-ses en transición a economías de mer-cado.

25 Y 26 DE OCTUBRE - 28 Y 29 DEOCTUBRE(GINEBRA)Taller para ÁrbitrosTaller anual para quienes se interesenpor los procedimientos de arbitraje dela OMPI, tanto en calidad de posiblesárbitros como de eventuales partes enuna controversia.Invitaciones: La inscripción está abier-ta a cualquier persona interesada y serequiere únicamente el pago de unatasa.

25 A 29 DE OCTUBRE(GINEBRA)Comité de Expertos de la Unión CIP(Trigésima quinta sesión)El Comité de Expertos examinará lasenmiendas a la CIP propuestas por elGrupo de Trabajo sobre la Revisión dela CIP y debatirá acerca de la aplica-ción de la reforma de la CIP.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la Unión CIP;en calidad de observadores, los Esta-dos miembros de la Unión de Parísque no son miembros de la Unión CIP,y determinadas organizaciones.

25 A 29 DE OCTUBRE(GINEBRA)Comité Permanente sobre el Dere-cho de Marcas, Diseños Industrialese Indicaciones Geográficas (SCT)(Decimotercera sesión)El Comité continuará su labor en tor-no a la revisión del Tratado sobre elDerecho de Marcas (TLT) y a las cues-tiones que hayan sido acordadas enla duodécima sesión.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI y/ode la Unión de París; en calidad deobservadores, otros Estados y determi-nadas organizaciones.

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27 DE OCTUBRE(GINEBRA)Reunión de Información para los Ex-pertos en Nombres de DominioReunión de expertos de la OMPI paraintercambiar información sobre la ju-risprudencia y los procedimientos dela OMPI de solución de controversiasrelativas a nombres de dominio.Invitaciones: Sólo para los expertos dela OMPI en nombres de dominio.

28 Y 29 DE OCTUBRE(GINEBRA)Taller sobre Solución de Controversiasen materia de Nombres de DominioReunión anual destinada a quienes seinteresen en el mecanismo de la OMPIde solución de controversias en ma-teria de nombres de dominio deInternet, que se centrará en la juris-prudencia y las prácticas pertinentesa la presentación de casos.Invitaciones: La inscripción está abier-ta a cualquier persona interesada y serequiere únicamente el pago de unatasa.

1 A 5 DE NOVIEMBRE(GINEBRA)Comité Intergubernamental sobrePropiedad Intelectual y RecursosGenéticos, Conocimientos Tradicio-nales y Folclore (Séptima sesión)El Comité continuará su labor sobre labase del mandato que ha renovado laAsamblea General, y elaborará objeti-vos políticos y principios para la pro-tección de los conocimientos tradicio-nales y el folclore, así como el informeprovisional solicitado por la AsambleaGeneral para ser examinado en supróximo período de sesiones.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI y/ode la Unión de París y la ComunidadEuropea; en calidad de observadores,determinadas organizaciones.

8 A 11 DE NOVIEMBRE(GINEBRA)Grupo de Trabajo sobre Normas yDocumentación (SDWG) del Comi-té Permanente de Tecnologías de laInformación (SCIT) (Quinta reunión)El Grupo de Trabajo proseguirá su la-bor de revisión de las normas de laOMPI y recibirá informes de sus equi-pos técnicos creados con ese fin.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI y/ode la Unión de París; en calidad deobservadores, determinadas organiza-ciones.

17 A 19 DE NOVIEMBRE(GINEBRA)Comité Permanente de Derecho deAutor y Derechos Conexos (Duodé-cima sesión)El Comité continuará debatiendo laprotección de los organismos de ra-diodifusión y la eventual convocaciónde una conferencia diplomática.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI y/ode la Unión de Berna y la ComisiónEuropea; en calidad de observadores,determinadas organizacionesintergubernamentales y no guberna-mentales.

29 DE NOVIEMBRE A 3 DEDICIEMBRE(GINEBRA)Grupo de Trabajo sobre la Reformadel PCT (Séptima reunión)En esta reunión se examinarán propues-tas de reforma del Sistema del PCT.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la Unión PCTy las Administraciones encargadas dela búsqueda internacional y del exa-men preliminar internacional en vir-tud del PCT; en calidad de observa-dores, todos los Estados miembros dela Unión de París que no sean miem-bros de la Unión PCT y determinadasorganizaciones.

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31 DE ENERO A 4 DE FEBRERO(GINEBRA)Grupo de Trabajo Preparatorio delComité de Expertos de la Unión deNiza sobre la Clasificación Interna-cional de Productos y Servicios parael Registro de las Marcas (Vigésimaquinta reunión)En el marco del período de revisión,el Grupo de Trabajo Preparatorio exa-minará las propuestas de modificaciónde la octava edición de la Clasifica-ción de Niza y formulará recomen-daciones al respecto, que serán some-tidas posteriormente a la vigésima se-sión del Comité de Expertos para suadopción.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros del Grupo deTrabajo Preparatorio del Comité deExpertos de la Unión de Niza; en ca-lidad de observadores, los Estadosmiembros de la Unión de París queno sean miembros del Grupo de Tra-bajo Preparatorio, y determinadas or-ganizaciones.

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