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La educación La educación compensatoriacompensatoria
Según Ley de Centros Según Ley de Centros EducativosEducativos
• La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en su Artículo 1, señala como uno de los principios de calidad del sistema educativo “la capacidad de actuar como elemento compensador de las desigualdades personales y sociales”.
¿Qué es?¿Qué es?Es un programa que intenta
garantizar el acceso, la permanencia y la promoción en el sistema educativo del alumnado en situación de desventaja social.
¿Qué promueve?¿Qué promueve?Promueve la igualdad de
oportunidades en educación a todos los niños, jóvenes y adultos. Prestando atención a aquellos sectores más desfavorecidos, tomando medidas que hagan efectiva la compensación de las desigualdades de partida.
¿Qué Facilita?¿Qué Facilita?Facilita la incorporación e integración
social y educativa de todo el alumnado, contrarrestando los procesos de exclusión social y cultural, desarrollando actitudes de comunicación y de respeto mutuo independientemente de su origen cultural, lingüístico y étnico.
¿Qué potencia?¿Qué potencia?Potencia los aspectos de
enriquecimiento que aportan las diferentes culturas, desarrollando aquellos relacionados con el mantenimiento y difusión de la lengua y cultura propia de los grupos minoritarios
¿Qué Fomenta?¿Qué Fomenta?Fomenta la participación de los diferentes
sectores de la comunidad educativa y del resto de los estamentos sociales, para hacer efectivo el acceso a la educación y a la sociedad, en igualdad de oportunidades y para facilitar la incorporación de las familias provenientes de otras culturas o con especiales dificultades de integración social.
¿Qué impulsa?¿Qué impulsa?Impulsa la coordinación y la
colaboración con otras administraciones, instituciones, asociaciones y organizaciones sin fines de lucro para la convergencia y desarrollo de las acciones de compensación social y educativa dirigidas a los colectivos en situación de desventaja
¿A Quién se Dirige?¿A Quién se Dirige?• Alumnado inmigrante.• Alumnado perteneciente a minorías
étnicas o culturales.• Alumnado con desfase escolar derivado de
su situación socio-familiar.• Alumnado que, por sus características
personales, precisan de una metodología específica para alcanzar los objetivos de su etapa.
• Alumnado con dificultades de inserción en el centro educativo.
ResaltamosResaltamos• No será determinante para su inclusión en
el programa de Educación Compensatoria que un alumno/a acumule retraso escolar, manifieste dificultades de convivencia o problemas de conducta en el ámbito escolar, si estos factores no van unidos a las características descritas en el apartado anterior.