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PÚBLICO PÚBLICO Instituto Militar de Estudios Superiores Tesis presentada para la obtención del título de Licenciado en Ciencias Militares (Orientación Administración) La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo Autor: General Sergio d´Oliveira Tutor: Cnel. Amílcar Peláez Montevideo, Uruguay, 23 de noviembre de 2008.

La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional … · 2011-08-19 · la Carrera del Oficial del Ejército. A lo largo de los años, este Instituto ha ido adaptando

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PÚBLICO

PÚBLICO

Instituto Militar de Estudios Superiores

Tesis presentada para la obtención del título de Licenciado en Ciencias Militares (Orientación Administración)

La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Autor: General Sergio d´Oliveira

Tutor: Cnel. Amílcar Peláez

Montevideo, Uruguay, 23 de noviembre de 2008.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 2 - IMES (Uruguay)

Índice General Índice de Cuadros ................................................................................................................................... 3 Listado de Siglas..................................................................................................................................... 5 Resumen Ejecutivo ................................................................................................................................. 7 1 Introducción....................................................................................................................................... 9 2 Aspectos Metodológicos de esta Investigación .......................................................................... 11

2.1 Definición del Problema de Estudio.......................................................................................... 11 2.2 Objetivos de la investigación .................................................................................................... 11 2.3 Métodos para la Recolección y Análisis de la Información ...................................................... 12

3 La Educación Universitaria en el Ejército Uruguayo................................................................... 13 3.1 Generalidades del SEE (Sistema de Enseñanza del Ejército)................................................. 13 3.2 Generalidades de la enseñanza universitaria en la formación de oficiales ............................. 17 3.3 Reforma de los Planes de Estudio de la Escuela Militar.......................................................... 21 3.4 Gestiones de la Escuela Militar ................................................................................................ 27 3.5 Gestiones del Instituto Militar de Estudios Superiores............................................................. 30 3.6 Postura de la Universidad de la Republica .............................................................................. 34 3.7 Postura del Ministerio de Educación y Cultura......................................................................... 38 3.8 Situación Actual de la Enseñanza Universitaria en el Ejército................................................. 40 3.9 Conclusiones Parciales ............................................................................................................ 45

4 Escuelas de Formación de Oficiales de Uruguay........................................................................ 51 4.1 Escuela Naval........................................................................................................................... 51 4.2 Escuela Nacional de Policía ..................................................................................................... 55 4.3 Escuela Militar de Aeronáutica ................................................................................................. 59 4.4 Conclusiones Parciales ............................................................................................................ 62

5 Educación Universitaria Militar en la Región ............................................................................... 63 5.1 Ejército Argentino ..................................................................................................................... 63

5.1.1 Sistema Educativo del Ejército Argentino...................................................................... 63 5.1.2 Colegio Militar de la Nación .......................................................................................... 65 5.1.3 Titulo de Licenciado en Conducción y Gestión Operativa............................................. 66 5.1.4 Escuela Superior de Guerra ......................................................................................... 67 5.1.5 Escuela Superior Técnica ............................................................................................. 68

5.2 Ejército Brasileño...................................................................................................................... 69 5.2.1 Academia Militar das Aghulas Negras (AMAN) ............................................................ 69 5.2.2 Escuela de Perfeccionamiento de Oficiales (EsAO) ................................................... 70 5.2.3 Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército ...................................................... 70

5.3 Ejército de Chile........................................................................................................................ 71 5.3.1 Escuela Militar .............................................................................................................. 73 5.3.2 Academia de Guerra (ACAGUE) .................................................................................. 73 5.3.3 Academia Politécnica Militar (ACAPOMIL) ................................................................... 74

5.4 Conclusiones Parciales ............................................................................................................ 76 6 Conclusiones................................................................................................................................... 78 Bibliografía............................................................................................................................................. 87

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 3 - IMES (Uruguay)

ANEXO 1: Convenio Escuela Nacional de Policía - UDELAR........................................................... 91 ANEXO 2: Resolución del CDC (UDELAR) – 22 may.01 .................................................................... 95 ANEXO 3: Resolución del CDC (UDELAR) – 17 jul.01 ....................................................................... 97 ANEXO 4: Listado de Personas Entrevistadas .................................................................................. 99

Índice de Cuadros

Cuadro 1: SEE (Sistema de Enseñanza del Ejército) .....................................................................14 Cuadro 2: Normas sobre la Enseñanza Universitaria Estatal no impartida por UDELAR...............19 Cuadro 3: Evolución del Número de Ingresos a la Escuela Militar..................................................23 Cuadro 4: Orientaciones Previstas en el Plan de Estudios 1989....................................................25 Cuadro 5: Convenios del IMES con instituciones universitarias públicas y privadas......................41 Cuadro 6: Requisitos para realizar la Licenciatura en Ciencias Militares .......................................44 Cuadro 7: Decreto 497/001 (Reconoce Rango Universitario de la Escuela Naval) ........................52 Cuadro 8: Convalidación de Títulos de Licenciado a los Egresados de la Escuela Naval .............54 Cuadro 9: Decreto 503/002 (Reconoce Rango Universitario de la Escuela Nacional de Policía) ..56 Cuadro 10: Marco Legal de la Licenciatura en Seguridad Pública que emite la ENP ....................58 Cuadro 11: Sistema de Enseñanza del Ejército Argentino..............................................................64 Cuadro 12: Sistema de Enseñanza del Ejército Chileno.................................................................72 Cuadro 13: Títulos Universitarios Militares Otorgados por las FF.AA. de la Región.......................77

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 4 - IMES (Uruguay)

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 5 - IMES (Uruguay)

Listado de Siglas BMDN Boletín del Ministerio de Defensa Nacional

CDC Consejo Directivo Central (de la UDELAR)

CJE Comandante en Jefe del Ejército

CGE Comando General del Ejército

DGEE Director General de la Enseñanza del Ejército

EM Escuela Militar

FF.AA. Fuerzas Armadas

IMAE Instituto Milita de las Armas y Especialidades

IMES Instituto Militar de Estudios Superiores

LMGA Liceo Militar General Artigas

MDN Ministerio de Defensa Nacional

MEC Ministerio de Educación y Cultura

OCGE Orden del Comando General del Ejército

SEE Sistema de Enseñanza del Ejército

UDELAR Universidad de la República

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 6 - IMES (Uruguay)

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 7 - IMES (Uruguay)

Resumen Ejecutivo En el año 2008 el CGE (Comando General del Ejército) dispuso la introducción de

cambios en los planes de estudio de la Escuela Militar con el fin de adaptarlos a las

actuales necesidades del Ejército. En este contexto, la Dirección de la Escuela

Militar inició estudios tendientes a determinar si sería posible, en el marco de la

normativa vigente, que los Cadetes del cuarto y último año de la Escuela Militar

pudieran acceder al título de Licenciados en Ciencias Militares, en el mismo

momento en que se gradúan como Alférez del Ejército Nacional. En el marco de este

objetivo, esta investigación analiza la actual reestructura de los planes de estudio de

la Escuela Militar, al tiempo que estudia los antecedentes y la situación actual de la

enseñanza militar de nivel universitario, en las Escuelas de Formación de Oficiales

de Uruguay y de la región, con el fin de determinar si sería factible lograr que los

cadetes de la Escuela Militar, del Ejército Nacional Uruguayo, obtuvieran el título de

Licenciado en Ciencias Militares en el momento mismo del egreso.

Los resultados de la presente investigación permiten ver que la reforma del Plan de

Estudios de la Escuela Militar busca mejorar la eficiencia en el logro de los objetivos

institucionales, al tiempo que se pretende hacer un manejo más eficiente de los

limitados recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Escuela Militar.

La educación de nivel universitario es un tema muy importante en la formación de

los Oficiales del Ejército Nacional Uruguayo, tal como lo es también para los

Ejércitos de Argentina, Brasil y Chile, entre otros países.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 8 - IMES (Uruguay)

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 9 - IMES (Uruguay)

1 Introducción

La Enseñanza de Rango Universitario en las Fuerzas Armadas de Uruguay ha ido

evolucionando en los últimos 10 años, a lo largo de los cuales se han obtenido

grandes logros en la materia. Sin embargo, todavía queda pendiente la definición de

los grandes lineamientos que guiarán la actividad universitaria militar en el mediano

y largo plazo. En este contexto, la Escuela Militar ha reformulado sus planes de

estudios con el fin de adaptar la enseñanza que reciben los cadetes que en ella se

forman, a los requerimientos del Ejército y de las Fuerzas Armadas de Uruguay en el

Siglo XXI.

Sin lugar a dudas, el mundo cambia con una velocidad cada vez mayor, lo que se

evidencia de forma más saliente en el campo tecnológico. La ciencia militar inmersa

como desde los inicios de la civilización en todos los cambios que afectan a la

sociedad, no es ajena a las nuevas tecnologías. Es así que florecen teorías y

modelos que tratan de echar mano a todos los recursos que existen en el momento

para lograr imponer nuestra voluntad sobre la de nuestro oponente. La investigación

se presenta como una herramienta válida para lograr esa finalidad, pero como base

subyacente se encuentra la educación como pilar fundamental y sustento básico del

desarrollo anhelado.

Desde su fundación, en 1885, la Escuela Militar ha constituido el primer escalón en

la Carrera del Oficial del Ejército. A lo largo de los años, este Instituto ha ido

adaptando los contenidos curriculares de los cursos que en el se imparten, habiendo

tenido hasta el presente doce Planes de Estudio. En el año 1987 se impuso como

condición de ingreso poseer 6º año de enseñanza secundaria aprobado, con el fin

de posibilitar a los egresados de la Escuela Militar, poder continuar estudios

universitarios después de su egreso como oficial.

En el año 1989, gracias a un convenio entre la Escuela Militar y la UDELAR

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 10 - IMES (Uruguay)

(Universidad de la República) se consiguió que los egresados de la Escuela Militar,

pudiese ingresar a cualquier institución de nivel universitario del país. Esto

constituyó un salto cualitativo en las posibilidades que se le abrían a los oficiales del

Ejército de poder completar su formación profesional en el ámbito universitario.

En el año 2001, el IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores) fue reconocido por

el MEC (Ministerio de Educación y Cultura) y la UDELAR (Universidad de la

República) como “Instituto de Rango Universitario”. Siguiendo el ejemplo del Ejército,

tanto la Escuela Naval, como la Escuela Nacional de Policía, han logrado obtener su

reconocimiento como “Instituciones Académicas de Rango Universitario”. 1

En el año 2008, a partir de las directivas impartidas por el CGE (Comando General

del Ejército) la Escuela Militar introdujo una serie de ajustes a sus programas de

estudio, con el fin de adaptar la formación de los Cadetes que egresan de este

Instituto de Formación de Oficiales, a las actuales necesidades del Ejército Nacional

Uruguayo. Paralelamente con esta reestructura y actualización de los planes de

estudio de la Escuela Militar, se está analizando la posibilidad de que los Cadetes de

la Escuela Militar, puedan acceder al título de Licenciado en Ciencias Militares, en el

momento mismo del egreso de esa institución, tal como ocurre actualmente en el

caso de los Oficiales que egresan de la Escuela Naval.

En el presente estudio se analizó la actual situación de la enseñanza universitaria

militar en la región, focalizando el estudio en los casos de Argentina, Brasil y Chile.

Esta parte del análisis pretende visualizar como han manejado las instituciones

armadas de la región, la incorporación de la enseñanza universitaria en su plan de

carrera. Este trabajo tiene como uno de sus principales objetivos, el recopilar en un

único documento toda la información necesaria para apoyar adecuadamente la toma

de decisiones, con el fin de determinar cual será el futuro, en el mediano y largo

plazo, de la educación de nivel universitario que se imparte en el Ejército Nacional

Uruguayo.

1 El Decreto 731/001 reconoció al Instituto Militar de Estudios Superiores el “rango de institución académica de primer nivel” y reconoce “el nivel académico del título de Primer grado en Ciencias Militares asimilado a la denominación de Licenciatura.”

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 11 - IMES (Uruguay)

2 Aspectos Metodológicos de esta Investigación 2.1 Definición del Problema de Estudio La presente investigación analiza los cambios introducidos en los planes de estudio

de la Escuela Militar, dispuestos por el CGE (Comando General del Ejército) con el

fin de evaluar si sería posible, considerando la normativa vigente, que los Cadetes

del cuarto y último año de la Escuela Militar puedan acceder al título de Licenciados

en Ciencias Militares en el mismo momento en que se gradúan como Alférez del

Ejército Nacional.

2.2 Objetivos de la investigación Objetivo General. Esta investigación analiza la actual reestructura de los planes de

estudio de la Escuela Militar, con el fin de determinar si sería factible lograr que los

cadetes de la Escuela Militar, del Ejército Nacional Uruguayo, obtuvieran el título de

Licenciado en Ciencias Militares en el momento mismo del egreso. Objetivos Específicos. En el marco del gran objetivo general planteado

precedentemente, se han marcado los siguientes objetivos intermedios: 1. Identificar el marco legal específico que actualmente regula la enseñanza

universitaria en las Escuelas de Formación de Oficiales de Uruguay poniendo

particular énfasis en la normativa que regula la enseñanza de nivel universitario

que se imparte en el Ejército Nacional Uruguayo.

2. Describir el caso de los Institutos de Formación de Oficiales de Uruguay, del

Ministerio de Defensa Nacional y del Ministerio del Interior, que han logrado su

reconocimiento como “Instituciones Académicas de Rango Universitario”.

3. Determinar los motivos que llevaron al CGE (Comando General del Ejército) a

introducir cambios en el Plan de Estudio de la Escuela Militar, con el fin de

adaptar la formación de los Oficiales que egresan de esa Institución a las

actuales necesidades del Ejército Nacional Uruguayo.

4. Determinar la actual situación de la enseñanza universitaria militar en la región,

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 12 - IMES (Uruguay)

focalizando el estudio en los Ejércitos de Argentina, Brasil y Chile.

5. Recopilar en un único documento toda la información necesaria para apoyar

adecuadamente la toma de decisiones en materia del futuro de la educación de

nivel universitario que se imparte en el Ejército Nacional Uruguayo.

2.3 Métodos para la Recolección y Análisis de la Información Tipo de Investigación Planteada. La presente investigación está planteada

básicamente como un estudio exploratorio y descriptivo. En este sentido se ha

realizado una búsqueda exhaustiva de toda la información disponible con el fin de

determinar los antecedentes y situación actual del tema que se analiza (Estado de la

Cuestión). Métodos de Recolección de Información. Se partió inicialmente del análisis de

material bibliográfico, tanto impreso como disponible en Internet. Como parte del

estudio se realizaron, además, entrevistas a informantes calificados, que estaban en

condiciones de aportar información relevante sobre los antecedentes y situación

actual de la enseñanza de nivel universitario que se imparte en el Ejército Nacional

Uruguayo. La lista de las personas entrevistadas puede ser consultada en el Anexo

4 de este trabajo. Método para el Análisis de la Información. La información reunida fue organizada

de forma ordenada a lo largo de los diferentes capítulos, con el fin de facilitar su

análisis y comparación. Mediante las técnicas de Análisis y de Síntesis, se arribó a

las reflexiones que son presentadas en las conclusiones parciales de cada capítulo y

que luego dieron origen a las conclusiones finales del trabajo.2

2 A los efectos de la realización de este trabajo se utilizó como fuente de consulta sobre metodología de la investigación, la obra de Carlos MUÑOZ RAZO (1998) Como elaborar y asesorar una investigación de tesis.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 13 - IMES (Uruguay)

3 La Educación Universitaria en el Ejército Uruguayo 3.1 Generalidades del SEE (Sistema de Enseñanza del Ejército)

El SEE (Sistema de Enseñanza del Ejército) ...“se conforma para asegurar la

capacitación integral del Personal del Ejército en una adecuada complementación

con el Sistema de Enseñanza Nacional”. El mismo se integra de acuerdo al

organigrama que se presenta en el cuadro siguiente y tiene como misión “formar,

capacitar y perfeccionar al personal del Ejército...”. 3

El Director General de la Enseñanza cumple una doble función de conducción,

coordinación y supervisión de las actividades académicas y de asesor del

Comandante en Jefe del Ejército. De todas maneras, es importante resaltar a los

fines del trabajo, que los diversos Institutos que integran el sistema, tienen igual

jerarquía no dependiendo entre sí en ningún aspecto. Asimismo destacamos que

existe la coordinación entre estos Institutos en diversos niveles.

Sin considerar al Liceo Militar, ya que éste no desarrolla actividades de enseñanza

militar propiamente dicha sino solamente una aproximación a la misma, la Escuela

Militar, el Instituto Militar de las Armas y Especialidades y el Instituto Militar de

Estudios Superiores van educando, inicialmente al Cadete y luego al Oficial, en

distintos momentos de su carrera, de la misma manera y con un ensamblaje similar

al de la Educación primaria, secundaria y terciaria lo hacen en el nivel nacional,

salvando las evidentes diferencias. En lo referente a los cursos obligatorios, incluida

la formación dentro de la Escuela Militar, cada uno comienza donde termina el

anterior o sea que en términos generales la Escuela Militar tiene alumnos Cadetes,

el IMAE tiene alumnos Oficiales Subalternos y el IMES tiene alumnos Jefes y

Oficiales Superiores. Lo expuesto anteriormente cobrará relevancia cuando se

3 Decreto 431/003 modificado por Decreto 257/006. El Decreto 257/006 puede ser consultado en: <www.presidencia.gub.uy/_Web/decretos/2006/08/902_08%2006%202006_00001.PDF>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 14 - IMES (Uruguay)

exponga más adelante la manera en que se encuentra ensamblada la Licenciatura

que se otorga actualmente.4

Cuadro 1: SEE (Sistema de Enseñanza del Ejército)

El SSE (Sistema de Enseñanza del Ejército) depende del CJE (Comandante en Jefe del Ejército) y está dirigido por el DGEE (Director General de la Enseñanza del Ejército) que conduce, coordina y supervisa los tres niveles de enseñanza a la que pertenecen los diferentes centros educativos del Ejército Nacional Uruguayo. En el primer nivel se encuentran la EM (Escuela Militar) junto con el LMGA (Liceo Militar General Artigas), el IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores) y el IMAE (Instituto Militar de las Armas y Especialidades) en igual nivel. La EM (Escuela Militar), IMAE e IMES, educan inicialmente al Cadete y luego al Oficial en distintos momentos de su carrera. En lo que refiere a cursos obligatorios, cada uno comienza donde termina el anterior.

Fuente: Comando General del Ejército Nacional Uruguayo.

Es importante resaltar que si bien el Sistema de Enseñanza de Ejército se encuentra

conformado, entre otros, por varios Institutos, la Escuela Militar es el único “Instituto

de Formación”, introduciendo de esta manera el tema de los valores esenciales a la

profesión en la mente de los futuros Oficiales. Valores que deberán acompañarlos

4 Es importante destacar que para el Ejército, los “Institutos” constituyen los centros educativos de primer nivel. De estos dependen normalmente una o más “Escuelas”. Un caso especial es el de la Escuela Militar, la que a pesar de poseer la jerarquía de “Instituto” mantuvo su nombre tradicional de “Escuela Militar”.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 15 - IMES (Uruguay)

por el resto de sus vidas ya que el estado militar solo se pierde por la baja o el

fallecimiento.

“El Sistema de Enseñanza del Ejército, está destinado a educar instruir y entrenar al Personal de Ejército, habilitándolo para el cumplimiento de sus funciones individuales y colectivas. En este sentido se distinguen tres áreas: (1) Educación Militar; (2) Instrucción Militar; (3) Entrenamiento Militar. Para ello el Sistema de Enseñanza esta organizado de manera matricial mediante Institutos... [...]... todos ello regidos por un Comando de la Enseñanza del Ejército, bajo la autoridad del Sr. Cte. en Jefe del Ejército. El Comando de la Enseñanza del Ejército, eleva los programas de estudio a los efectos del cumplimiento de lo establecido en el Art. 14 de la Ley 15.848 que establece, “ El Poder Ejecutivo elevará anualmente a la Asamblea General los programas de estudio de los Institutos y Escuelas de formación Militar“, de igual forma eleva, la nómina de Docentes de las diferentes Escuelas e Institutos al Ministerio de Defensa Nacional, que mediante resolución en acuerdo con el Poder Ejecutivo, son designados para el año lectivo”. 5

Dentro del Sistema de Enseñanza de Ejército, la Escuela Militar conforma el jalón

inicial del plan de Carrera del oficial del Ejército, siendo este último que lleva el peso

de la carga en lo que se refiere a todas las transformaciones que deben realizarse.

Es el Oficial quien lidera e instruye a su personal y asesora a sus superiores además

de interactuar con el medio en el cual se encuentra inmerso.6

“La Escuela Militar, creada en 1885, fue la primera Institución de Formación de

Oficiales del país. Recién en 1907 se creó la “Escuela Naval” y en diciembre de

1909 egresó la primera promoción de Oficiales de la Armada. Posteriormente, en

1910, la “Escuela Militar”, se trasladó a la Av. Garibaldi pasando a denominarse

“Escuela Militar y Naval”. El 17 de Marzo de 1913, el Ejército inauguró la Escuela de

Aviación Militar en la zona de “Cerrillos” a unos cincuenta kilómetros al Norte de

Montevideo, instalando allí el primer aeródromo que funcionó en el país. En 1916, se

5 NOGUEIRA, Leonardo (2006) Educación Militar. Ponencia presentada por el Cnel. Leonardo Nogueira durante el Debate Nacional sobre Defensa (Panel sobre Educación Militar y sus Instituciones). p.3. Este artículo está disponible para consulta a texto completo en el sitio web del Ministerio de Defensa Nacional: <www.mdn.gub.uy/public/012_nogueira.pdf>. 6 Por mayor información sobre la Escuela Militar, consultar: <www.escuelamilitar.edu.uy>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 16 - IMES (Uruguay)

creó una “Escuela Naval” independiente de la “Escuela Militar” y en 1925 fue creada

la Aviación Naval. En 1936 fue creada la Aeronáutica Militar como una nueva Arma

dentro del Ejército. La Ley 12.070, del 04 diciembre de 1953, transformó a la

entonces Aeronáutica Militar en la Fuerza Aérea Uruguaya como una organización

independiente, que dependía directamente del Ministerio de Defensa Nacional, al

igual que el Ejército y la Armada.” 7

En ese sentido la Escuela Militar ha tratado de adaptarse constantemente a los

cambios que se produjeron en su entorno habiendo tenido a la fecha doce Planes de

estudio desde el original en el año 1885 hasta el de 1989. Las modificaciones

introducidas en los mismos fueron variadas. Con respecto a la duración de los

cursos, se paso de cuatro a cinco años y de cinco a cuatro en tres oportunidades. Si

se estudia el énfasis del esfuerzo educativo, pasa de lo profesional a lo cultural y

viceversa en varias oportunidades así como de lo científico a lo humanístico. El

último cambio en el año 1988, dio el paso fundamental de imponer como condición

de ingreso tener aprobado 6º año de Bachillerato con lo cual se abren las puertas

del nivel terciario de estudios, que es lo que nos preocupa en la actualidad. En el

año 1989 se impuso como condición de ingreso tener 6º año de Bachillerato

aprobado.

7 PELÁEZ, Amílcar (2007) Administración Pública de los Recursos de Defensa en Uruguay. p.114.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 17 - IMES (Uruguay)

3.2 Generalidades de la enseñanza universitaria en la formación de oficiales

La Dirección de Educación Superior del MEC (Ministerio de Educación y Cultura) es

la encargada de llevar el registro de todas las instituciones de enseñanza terciaria y

universitaria de gestión privada. Desde Febrero de 2002, cuando se creó el Registro

de Títulos y Diplomas del Sector Terciario Público, que no pertenece a la UDELAR

(Universidad de la República), la Dirección de Educación Superior del MEC lleva el

registro de los títulos emitidos por las Instituciones públicas no pertenecientes a la

UDELAR, que están habilitadas a emitir Títulos Universitarios. Hasta el presente sólo

hay tres instituciones públicas habilitadas a emitir Títulos Universitarios: 8

- IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores).

- ESNAL (Escuela Naval).

- ENP (Escuela Nacional de Policía). El panorama actual, en lo relativo a la formación de Oficiales tanto en el ámbito del

MDN como en el del MI (Ministerio del Interior) presenta grandes particularidades.

Por otra parte, no existe homogeneidad en los requisitos para acceder a titulaciones

universitarias en las Escuelas de Formación de Oficiales, ni en los procedimientos

para acceder a esas titulaciones.

“Los institutos de formación de las Fuerzas Armadas dependen del Ministerio de

Defensa Nacional, y la capacitación para la función policial depende del Ministerio

del Interior. Por medio de sendos Decretos del Poder Ejecutivo se ha otorgado a

algunas de las carreras de formación de los cuerpos de seguridad un estatus que los

convierte en asimilables a la formación de grado universitario y por ende, facilita el

acceso a posgrados universitarios. El Decreto 503/002 (27/12/02) reconoce el “nivel

académico de rango terciario del curso para la formación de oficiales por la Escuela

Nacional de Policía el que se estima equivalente en su desarrollo a una Licenciatura

Universitaria”. El título que se obtiene es el de Licenciado en Seguridad Pública. El

8 Por mayor información sobre la Dirección de Educación Superior del MEC (Ministerio de Educación y Cultura) se recomienda consultar: <http://educacion.mec.gub.uy/superior>. En el sitio web del MEC es posible acceder a la lista actualizada de todas las instituciones de Uruguay, que no dependen de la UDELAR y que están habilitadas para emitir títulos universitarios.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 18 - IMES (Uruguay)

Decreto 731/001 reconoce al Instituto Militar de Estudios Superiores el “rango de

institución académica de primer nivel” y reconoce “el nivel académico del título de

Primer grado en Ciencias Militares asimilado a la denominación de Licenciatura”.

Otro tanto sucede con la Escuela Naval que a través del Decreto 497/001 ha

obtenido el reconocimiento de la Licenciatura en Sistemas Navales como título de

“primer grado”. En todos estos casos no se trata de instituciones universitarias, pero

merecen la pena citarse por la peculiaridad de que estas resoluciones del Poder

Ejecutivo transforman a estos casos en potenciales de continuar estudios de

postgrado. La articulación de estas normas dentro del marco legal existente,

constituye un desafío a la hora de establecer un sistema de educación terciaria y

superior articulado, pues fueron realizadas sin que se tomaran las previsiones que

permitan ese objetivo. La proyectada Ley de Educación tendrá entre otras, esa

tarea.” 9

Las Fuerzas Armadas de Uruguay están actualmente en pleno proceso de cambio.

El proceso de modernización del sector de la Defensa, actualmente en marcha, se

inició en 2005, con la aprobación de una serie de Leyes y Decretos que introdujeron

cambios en el sector de la Defensa. Este proceso se continuó en 2006, con el

Debate Nacional sobre Defensa convocado por el Ministerio de Defensa Nacional.

Como resultado de este debate, el Poder Ejecutivo remitió al Parlamente Nacional

un proyecto de Ley de Defensa, cuya aprobación, aparentemente, estaría

completada antes de fines de 2008.

La creación del Consejo consultivo de la Evaluación y Acreditación de la Enseñanza

Terciaria Pública, constituyó un paso fundamental en lo relativo a la calidad de la

educación. Este Consejo estará presidido por el Director de Educación del MEC y

estará integrado por “el Director General del Sistema de Enseñanza del Ejército

Nacional, el Comandante de Personal y Enseñanza de la Armada Nacional, el

Comando Correspondiente de la Fuerza Aérea, el Director de la Escuela Nacional de

9 ROMERO ROSTAGNO, Carlos A. (2005) Diagnostico de los Títulos de la Educación Superior en Latinoamérica y el Caribe. Informe de Uruguay. Instituto Internacional para la Educación Superior en América Latina y el Caribe. Programa de informes temáticos perteneciente al Proyecto “Observatorio de la Educación Superior en América Latina y el Caribe”. Montevideo, julio 2005. Disponible en: <http://proyecto.unlam.edu.ar/espec/htdocs1/%5Cprogramas%5CTitulos%5CInforme%20T%C3%ADtulos%20-%20Uruguay.pdf>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 19 - IMES (Uruguay)

Policía, la Dirección de la Escuela Nacional de Servicio Civil, la Dirección del

Instituto Artigas del Servicio Exterior y el Secretario General del Congreso Nacional

de Intendentes.”

Cuadro 2: Normas sobre la Enseñanza Universitaria Estatal no impartida por UDELAR

En 1997, los países miembros del Mercosur, suscribieron un protocolo de admisión de títulos y grados universitarios, que fue firmado, en la ciudad de Asunción, el 19 de junio de 1997. Esta norma fue ratificada mediante el Decreto-Ley 15.661, del 29 de octubre de 1984. Esta norma puede ser consultada en: <www.parlamento.gub.uy>.

El Decreto-Ley 15.661 creó el Registro de Títulos de instituciones privadas, al tiempo que estableció disposiciones relativas a los títulos universitarios que otorguen las Universidades privadas. Por otra parte establece el ordenamiento del Sistema de Enseñanza terciaria privada y fija sus cometidos. Esta norma da marco legal a la enseñanza de nivel universitario que se imparte en el ámbito del MDN así como del MI y fue reglamentada por una serie de Decretos que se detalla a continuación:

Decreto 308/995 – (11 ago.95) Reglamentó el Decreto-Ley 15.661 del 29 octubre de 1984. Aprueba el ordenamiento del Sistema de Enseñanza terciaria privada y fija sus cometidos. Esta norma está disponible en: <http://educacion.mec.gub.uy/educ_terciaria/Decreto%20N308995.doc>.

Decreto 376/001 – (26 sep.01) Instituto Militar de Estudios Superiores. Se le reconoce con el rango de Instituto Universitario así como también el reconocimiento de Nivel Académico del Título de 1er. Grado en Ciencias Militares. Disponible para consulta a texto completo en el sitio web de la Presidencia: <www.presidencia.gub.uy/noticias/archivo/2001/setiembre/2001092610.htm>.

Decreto 497/001 – (28 dic.01) Reconoce la Licenciatura en Sistemas Navales de la Escuela Naval. Ver: www.presidencia.gub.uy/noticias/archivo/2001/diciembre/2001121813.htm>.

Decreto 309/002 – Estipula condiciones para el seguimiento de las instituciones. Esta norma establece disposiciones relativas al trámite a seguir en los casos de modificaciones producidas en las Instituciones de enseñanza terciaria autorizadas o reconocidas.

Decreto 503/002 – (27 dic.02) Reconoce el “nivel académico de rango terciario del curso para la formación de oficiales por la Escuela Nacional de Policía. Disponible para consulta a texto completo en: <www.presidencia.gub.uy/decretos/2002123003.htm>.

Decreto 48/005 – (15 feb.05) Aprueba el Reglamento para la convalidación de los títulos de Licenciado en Sistemas Navales y de Licenciado en Sistemas Náuticos. Disponible para consulta en: <http://www.presidencia.gub.uy/decretos/2005021603.htm>.

Decreto 83/006 – (20 mar.06) Escuela Nacional de Policía agrega a sus planes de estudio un cuarto año curricular, posterior al egreso como Oficial de Policía, para poder cumplir con los requisitos del Decreto 308/995 y así poder emitir títulos Licenciado en Seguridad Pública. Disponible en: <www.presidencia.gub.uy/_Web/decretos/2006/03/077_R. 582_00001.PDF>.

Cabe destacar que, por la Resolución del MEC (Ministerio de Educación y Cultura), de fecha 15 febrero de 2002, se creó el Registro de Títulos y Diplomas del Sector Terciario Público, que no pertenece a la Universidad de la República, y que le fue reconocido su carácter universitario.

La Ley 18.046, del 24/10/2006, en su Artículo 28, dispuso la asignación al Ministerio de Educación y Cultura las partidas presupuestales para la creación de un “Sistema Nacional de Acreditación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior” en Uruguay. Este sistema para asegurar la calidad de la educación superior está actualmente en fase de desarrollo.

Fuente: Elaboración Propia.

Por otra parte, el sector de la Educación también está en proceso de reforma puesto

que el Poder Ejecutivo elaboró una nueva Ley de Educación que actualmente está

siendo analizada en el Parlamento. Esta Ley ha generado profundos debates debido

a las diferencias de opinión entre el Poder Ejecutivo que la promovió, la UDELAR y

otros actores del sector de la enseñanza. La nueva Ley de Educación tendrá

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 20 - IMES (Uruguay)

incidencia en el sector educativo de las FF.AA. Este proceso involucra a los

institutos de enseñanza de las Fuerzas Armadas, por partida doble, puesto que

pertenecen tanto al sector de la Defensa como al de la Educación.

Por otra parte, la Ley 18.046, del 24/10/2006, (Rendición de Cuentas y Balance de

Ejecución Presupuestal del Ejercicio 2005), en su Artículo 28, dispuso la asignación

al Ministerio de Educación y Cultura las partidas presupuestales para la creación de

un “Sistema Nacional de Acreditación y Promoción de la Calidad de la Educación

Superior” en Uruguay. Este sistema para asegurar la calidad de la educación

superior está actualmente en fase de desarrollo.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 21 - IMES (Uruguay)

3.3 Reforma de los Planes de Estudio de la Escuela Militar

Uno de los elementos de mayor relevancia en la implantación del Plan 1989 vigente

es que a partir de su implementación, cambian las condiciones de ingreso a la

Escuela Militar siendo la modificación de mayor importancia el pasar de exigir cuarto

año de secundaria aprobado a sexto año aprobado de cualquier orientación excepto

la biológica, por lo que ya ingresaban los alumnos con su bachillerato obtenido.10

En la actualidad conviven, durante el período de transición, dos modalidades para un

plan de estudios. El Plan de Estudios 1989 fue aprobado por el Decreto 836/988. En

el mismo se establecen como objetivos una cultura de amplia base, una profunda

raigambre democrática, información teórica y capacitación práctica, la preparación

para la investigación, la solvencia en la problemática de la profesión y la

capacitación como Jefe de Sección (fracción valor 40 hombres aproximadamente)

del Arma respectiva. En el mencionado se dividen los cursos en Preparatorio y

Profesional siendo la duración del primero de un año y del segundo de tres años.

Continúa mencionando las materias comunes para los cursos preparatorio y

profesional de formación de oficiales y luego aquellas específicas para los oficiales

del cuerpo de servicios. Culmina este plan determinando el alcance y orientación de

cada materia. 11

Si bien en el Plan de Estudio mencionado no se señala como se estructurará el

mismo, para su aplicación, la Escuela Militar realiza diversas agrupaciones de sus

alumnos, la primera en el curso preparatorio, por orientación y la segunda en el

curso profesional por Arma, orientación y año que cursa. Es muy ilustrativa al

respecto de este cambio una entrevista que realizara, para su tesis de Maestría en

Educación, el Cnel. José Burone al entonces Jefe del Departamento de Instrucción y

posteriormente Jefe de Estudios de la Escuela Militar y actualmente Cnel. (R) Dr. 10 Condiciones de Ingreso a la Escuela Militar. El Reglamento sobre Condiciones y Programa de Ingreso a la Escuela Militar (R-83) fue establecido por el Decreto 864/988 y sus modificativos, Decretos 89/991, 449/993, 434/997, 212/999, 311/002, 338/002 y 309/007. 11 Plan de Estudios 1989. Mediante el Decreto 836/998, inserto en el BMDN 8640 del 19 de diciembre de 1988, se aprobó el plan de estudios actualmente en la Escuela Militar. Es importante destacar que, a pesar de que este plan fue aprobado en 1988, es conocido comúnmente como “Plan 1989” por haberse aplicado por primera vez a la promoción que ingresó a la Escuela Militar en 1989.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 22 - IMES (Uruguay)

Enrique Hernández12. En la misma explica la razón por la que se estructura la

implementación del Plan que incluía dos opciones (Humanística y Científica), las que

se subdividían luego en cinco (posteriormente cuatro) orientaciones.

OPCIONES ORIENTACIONES Derecho Relaciones Internacionales Humanística Ciencias de la Comunicación (*) Arquitectura

Científica Ingeniería

Nota: La Orientación “Ciencias de la Comunicación” fue descontinuada, quedando así, solo dos opciones, con dos orientaciones cada una.

En esta, expresa que el concepto rector fue el de “para que gastar recursos en hacer

igual lo desigual”, buscando generar el deseo en el egresado de continuar alguna de

las carreras universitarias correspondientes a la cursada. Este plan se ejecuta sin

modificaciones de importancia hasta el año 2008 en el que se le realizan algunos

cambios, siendo el más importante la eliminación de las orientaciones unificándolas

en una sola y la incorporación de Metodología de la Investigación como materia.

Estas transformaciones se debieron a diversos factores entre los cuales se destacan las “deficiencias doctrinarias” y el “escaso nivel” de los postulantes a ingreso. En esta categoría encontramos que una dificultad muy importante es la relativa al

Perfil del egresado. A la fecha de elaboración del Plan 1989 no se contaba con un

perfil del egresado que definiera claramente cual era el objetivo a alcanzar en ese

sentido. A principios de los años 90 se elabora en el IMES un perfil del Oficial Jefe

de Sección 13 que abarca las jerarquías del Alférez al Teniente Primero sin definir

claramente los conocimientos y habilidades necesarios al comienzo de la carrera

como oficial. Esto obligaba a la Escuela Militar a proporcionar una gran cantidad de

conocimientos sin profundizar, o simplemente, obviar algunos de ellos.

12 BURONE, José ()...??? Anexo 2: Entrevista al Cnel. (R) Dr. Enrique Hernández. 13 Perfil Anterior....???

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 23 - IMES (Uruguay)

Otro aspecto importante a considerar es la diferencia en la situación que se vivía con

respecto a la calidad y cantidad de los postulantes a ingreso. En tal sentido el

semanario Búsqueda establecía que este es un problema que aqueja a todo el

sistema de enseñanza nacional. 14

Cuadro 3: Evolución del Número de Ingresos a la Escuela Militar

Año Postulantes Ingreso Porcentaje Año Postulantes Ingreso Porcentaje 89 104 67 64.42% 99 128 72 56.25% 90 115 83 72.17% 00 121 69 57.02% 91 102 61 59.80% 01 135 71 52.59% 92 148 72 48.65% 02 225 92 40.89% 93 119 73 61.34% 03 313 84 26.83% 94 103 62 60.19% 04 298 72 24.16% 95 101 61 60.39% 05 227 75 33.04% 96 120 62 51.67 06 188 75 39.89% 97 127 57 44.88% 07 138 88 63.77% 98 157 75 47.77%

TENDENCIA INGRESOS

20

30

40

50

60

70

80

1989

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Post/Ingr Lineal (Post/Ingr)

Nota: La información presentada en este cuadro pertenece al Plan de Captación de Ingresos 2009 de Escuela Militar.

Fuente: Escuela Militar.

Más recientemente, este problema fue debatido durante el panel “Educación

Universitaria de Uruguay en el Siglo XXI”, organizado por el Instituto Militar de

14 BÚSQUEDA (2008) Catedrático de Derecho Administrativo renunció frustrado por la caída del nivel educativo. Artículo publicado en la edición del 28 feb.08 del Semanario Búsqueda. Montevideo, Uruguay.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 24 - IMES (Uruguay)

Estudios Superiores (IMES) con motivo de celebrar sus 80 años. En la oportunidad,

los rectores de la Universidad de la Empresa, Universidad Católica, Universidad de

Montevideo, Universidad ORT-Uruguay, así como uno de los Pro-Rectores de la

Universidad de la República, coincidieron en que los alumnos que ingresan cada año

a las diferentes universidades, tienen un bajo nivel de preparación. 15

De la tabla que antecede es posible ver como evolucionó la relación entre el número

de postulantes a ingreso y los aspirantes que realmente ingresaron. De la misma se

resaltan los porcentajes de tendencia claramente decreciente entre 1990 y 2004.

Asimismo, es posible ver como a partir del año 2005, comenzó a incrementarse el

número de postulantes en relación con las vacantes existentes.

La menor relación postulante/ingreso llevó a que se debieran “flexibilizar” las

pruebas de ingreso bajo la disyuntiva de atenerse a la normativa a raja tabla y

reducir la oferta de oficiales al Ejército o ajustar, dentro de parámetros aceptables,

las condiciones de ingreso y llegar a un número de egreso de oficiales que colmara

las expectativas de las Armas para sus necesidades de oficiales en la Unidades

Básicas. Es preciso recalcar que la situación de la enseñanza en general y por lo

tanto de los ingresos era diferente y para reforzar esto, debe señalarse que se debió

crear la materia Idioma Español para compensar las graves carencias en la

capacidad de lectura y redacción de los ingresos.

En segundo lugar se encuentran aquellos problemas que pueden ser considerados

“estructurales”. El Plan se presentó a lo largo de los años como complejo

operativamente por la diversidad de opciones con cargas horarias diferentes, que

dificultaban la instrumentación del programa de actividades de los diversos cursos.

En el mismo orden, debemos considerar que la densidad curricular determinó 8

períodos semestrales generando 8 períodos de exámenes anuales, reduciendo los

15 EL PAÍS (2008) Preocupación entre rectores por nivel de nuevos universitarios Coincidencia. Carencia en educación liceal. Artículo publicado en la edición digital del diario El País, del Martes 24 de junio de .2008. Montevideo, Uruguay. Este artículo está disponible para consulta en: <www.elpais.com.uy/08/06/24/pnacio_353860.asp>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 25 - IMES (Uruguay)

tiempos de formación técnica profesional. Como consecuencia de esta reducción en

los tiempos disponibles se redujeron considerablemente los períodos de maniobras

en los cuales se pone en práctica los conocimientos profesionales adquiridos en el

año y se evalúan los mismos. A modo de ejemplo, en el año 2007, para poder

desarrollar maniobras de verano de 20 días, como era tradicional, fue necesario

adelantar el comienzo de los cursos.

Se suma a lo expuesto precedentemente la necesidad de contar con un muy variado

cuerpo docente de la calidad adecuada con un sistema de retribuciones menor que

el de sus pares en la docencia pública. A continuación, presentamos una tabla que

ejemplifica la diversidad de profesores necesaria considerando únicamente el

segundo año de cadetes. Esta misma dificultad se plantea para los restantes años.

Cuadro 4: Orientaciones Previstas en el Plan de Estudios 1989

ARMA ORIENTACIÓN INFANTERIA CABALLERIA ARTILLERIA INGENIEROS COMUNICACIONES

TOTAL

DERECHO 11 6 1 4 1 23

RELACIONES INTERNACIONALES 8 2 5 1 3 19

INGENIERÍA 2 2 2 1 0 7

ARQUITECTURA 3 2 0 1 0 6

TOTAL DE ALUMNOS POR ARMA 24 12 8 7 4 55

Nota: Tal como puede verse en este cuadro, de los 55 Cadetes de Segundo año, que había en el año 2007, la gran mayoría había optado por la orientación Derecho (23) y Relaciones Internacionales. En contraste, muy pocos optaron por las orientaciones Ingeniería y Arquitectura.

Fuente: Escuela Militar.

Otro de los aspectos en que se encontraron inconvenientes lo podríamos denominar

como “presupuestal”. En este orden debemos señalar que los pagos a los profesores

de la Escuela Militar se hacen a través del rubro “Dietas”. Este rubro se divide entre

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 26 - IMES (Uruguay)

todas las necesidades del Ejército siendo la Escuela Militar solo una parte de

quienes lo utilizan.

Tomando como ejemplo el cuadro anterior, el instituto debe conformar para este

segundo año de cadetes, cuatro grupos de los cuales uno tiene siete alumnos y el

otro seis. Si los grupos fuesen homogéneos, se podría reducir el pago de Dietas, en

este caso al 50% ya que todo el año de 55 alumnos podría dividirse en dos grupos

aceptables en su cantidad. Por otro lado, y también claramente expuesto en la tabla

anterior, podemos deducir que el costo profesor/alumno de las orientaciones

científicas está muy por encima de las orientaciones humanísticas.

El último de los aspectos a considerar, es entonces el de los “resultados”. Al año

2007 han egresado, con el Plan 89, 715 Alféreces. De ellos solo 15 (2% del total)

han obtenido la Licenciatura en Ciencias Militares. Del total mencionado solo 4

(0,56%) ha obtenido algún otro título universitario y ninguno de estos en las

orientaciones que se cursan en la EM (Escuela Militar). Por lo tanto, el gran esfuerzo

que realiza la EM para mantener las diferentes orientaciones, con el fin de “generar el deseo en el egresado de continuar algunas de las carreras universitarias correspondiente a la cursada” que manifestara el Sr. Cnel (R) Dr. Enrique

Hernández, no se ha cumplido.

Todos estos inconvenientes encontrados, llevaron a que se realizaran estudios con

la finalidad de definir que modificaciones se debían realizar al Plan y/o el Programa

vigente, ya que cabía la posibilidad de conservar el Plan y modificar solamente el

Programa. Este tema fue ampliamente debatido en la órbita de los Señores Oficiales

Generales del Ejército y estos estudios llevaron a que el Comandante en Jefe del

Ejército decidiera dar directivas tendientes a encarar las necesarias reformas en la

educación que se imparte en la Escuela Militar. En este proceso, se plantea la

interrogante de por que no buscar de qué manera se podrían instrumentar los

estudios para lograr que existiera la posibilidad de otorgar la Licenciatura de

Ciencias Militares al egreso del Instituto.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 27 - IMES (Uruguay)

En ese sentido, al analizar que estudios se impartían en el IMES a los oficiales

recientemente egresados se detecta que básicamente eran dedicados a la

Metodología de la Investigación con una carga horaria variable, en un curso a

distancia desarrollado en cinco meses. Ante esta información se decide aumentar la

carga horaria de la referida materia en el Instituto para que ya egresen con

conocimientos similares al curso a distancia que dicta el IMES. La nueva carga

horaria a desarrollarse es en la actualidad, para los ingresos del 2008, de 6.905

horas distribuidas en 4.345 de Instrucción Militar, 1.020 en el área académica

general, 700 del área académica militar y 840 del área instrumental.

3.4 Gestiones de la Escuela Militar

Es del caso señalar que desde hace ya mas de treinta años, el Sistema de

Enseñanza del Ejército ha realizado importantes esfuerzos para insertarse en el

Sistema Educativo Nacional. Debido a que todo su personal debe ingresar al menos

con el nivel de educación primaria culminado, el esfuerzo se ha realizado en el nivel

de educación secundaria, para el Personal Subalterno (de Soldado a Sub Oficial

Mayor) y en el nivel terciario para el Personal Superior (de Alférez a General de

Ejército).

En primera instancia serán analizadas las gestiones desarrolladas por la Escuela

Militar. En el año 1993, siendo Ministro de Educación y Cultura el Dr. Antonio

Mercader, se reconoce a la Escuela Militar como Centro de Enseñanza Superior de

Tercer Nivel con los privilegios y obligaciones que ello implica. 16 También se

determina que el caso de modificación del Plan de Estudios 1989 se deberá poner

en conocimiento a la Dirección de la Educación del Ministerio de Educación y

Cultura.

16 BMDN Nº 9293.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 28 - IMES (Uruguay)

Nótese que la resolución pone como requisito la comunicación de los cambios y no

la solicitud o aprobación por parte de las autoridades de esa Secretaría de Estado.

Esto no hace más que reforzar la idea de la autonomía del Ministerio de Defensa

Nacional en lo que respecta a la aprobación de los Planes de estudio de los

Institutos de Formación de los Oficiales de sus Fuerzas constitutivas. Esta

autonomía descansa en el entendido que como profesión se debe de poseer la

libertad de decidir que conocimientos son necesarios para acceder al ejercicio de la

misma, tal cual ocurre en las demás profesiones existentes. En el caso de la carrera

militar, estas decisiones descansan en los mandos correspondientes y el de las

profesiones universitarias, en las autoridades que las agremian y en las de los

órganos autonómicos de los centros de enseñanza que integran sus representantes.

Continuando con el proceso de inserción en el sistema de educación nacional, en el

mes de setiembre del año 1993, se firman dos convenios de gran importancia para

el tema que nos ocupa. El primero de ellos firmado por el Tte. Gral., Daniel García,

como Comandante en Jefe del Ejército y el Ingeniero Químico Jorge Brovetto como

Rector de la Universidad de la República constituye un convenio marco por el que en

primer lugar se establecen relaciones funcionales directas. En segundo lugar se

comprometen a promover el reconocimiento de las asignaturas cursadas y

aprobadas en los respectivos planes de estudio.

Por último, se establece que el cumplimiento de los objetivos se hará mediante la

elaboración de acuerdos complementarios, dejando así las puertas abiertas a los

distintos centros de enseñanza para perseguir sus objetivos e intereses en estrecho

enlace con la universidad de la República. En el mismo acto, las mismas autoridades

firman un nuevo convenio, que enmarcado en el anterior, lo profundiza, esta vez en

el ámbito específico de la Escuela Militar.

En sus considerandos menciona el Plan de Estudios 1989, hace hincapié en que sus

alumnos ingresan con 6º año de Enseñanza Media aprobado, alude a la necesidad

de que los egresados sepan resolver problemas en su órbita de gestión y

competencia, puedan integrarse a equipos multidisciplinarios, sean capaces de

realizar investigaciones en su campo y adquirir una adecuada madurez cultural. Al

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 29 - IMES (Uruguay)

mismo tiempo se reconoce que es competencia de la Universidad la enseñanza

pública superior en todos los planos de la cultura y que es objetivo prioritario de la

misma, incrementar su vinculación entre sus investigaciones y las necesidades

públicas y privadas así como colaborar y coordinar acciones con distintas

instituciones educativas del país.

En el marco de lo expuesto, ambos centros de estudio acuerdan en primer lugar el

ingreso directo de los oficiales del Ejército a las diferentes Facultades o Escuelas.

Téngase presente la importancia de esto, ya que hasta el momento los oficiales

egresaban con 4º año de liceo aprobado más los estudios de la Escuela Militar por lo

que para ingresar a la universidad debían completar su bachillerato.

A continuación se establece una tabla de materias de aprobación recíproca entre la

Escuela Militar y las Facultades de Arquitectura, Derecho e Ingeniería. Seguido se

crea una comisión encargada de la coordinación y actualización. Como último punto

a resaltar, establece que cualquier modificación que las partes introduzcan a sus

respectivos Planes de Estudios significará una revisión del Convenio, dejando en

suspenso el mismo con relación “solamente” a la o las asignaturas involucradas.

Esto es muy importante a la luz de futuros cambios ya que queda claramente

establecido que no corre riesgo la totalidad del convenio suscrito sino solamente en

suspenso aquellos puntos que hubiesen sido modificados.

El siguiente hito en esta serie de documentos lo constituye el Decreto 180/998 17

firmado por los Ministros de Defensa y Educación y Cultura por el cual se crea el

Título académico de Bachiller Militar como complementario al principal de Alférez del

Ejército Militar. Este título se establece que es el resultado en primer lugar de la

necesidad de ingresar con 6º aprobado y el mayor nivel del Plan de Estudios 89, por

otro lado se menciona el convenio firmado con la Universidad de la República

permitiendo el ingreso de los Oficiales a sus Facultades. Es interesante destacar que

parecería incongruente este reconocimiento académico a los estudios de la Escuela

Militar con la resolución del Ministerio de Educación y Cultura mencionada

17 Decreto 180/998 inserto en el BMDN 9907.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 30 - IMES (Uruguay)

anteriormente y que establece a la Escuela Militar como centro de enseñanza de

tercer nivel pero luego la habilita a extender un título que es necesario para acceder

al mencionado nivel ya reconocido.

3.5 Gestiones del Instituto Militar de Estudios Superiores

En esta sección del trabajo será analizada una parte del proceso que se desarrolla

casi en forma paralela y a impulso de otras autoridades integrantes del Sistema de

Enseñanza del Ejército. El Instituto Militar de Estudios Superiores es uno de los

Centros de enseñanza de primer nivel dentro del sistema. En el mismo se dictan

tradicionalmente tres cursos de suma importancia y que son: el CCPJ (Curso de

Capacitación y Perfeccionamiento para Jefes), el CEM (Curso de Estado Mayor) y el

CCPOS (Curso de Capacitación para Oficiales Superiores). El primero y el último

son cursos de aprobación obligatoria requeridos por la Ley Orgánica del Ejército

para estar en condiciones de ascenso al grado inmediato superior. El Curso de

Estado Mayor habilita a quienes lo aprueban, entre otras cosas, a desempeñarse

como asesores en los diversos escalones del mando.

En el año 1998 asume el Gral. Oscar Pereira como Director del IMES (Instituto

Militar de Estudios Superiores) y se empieza a estudiar la posibilidad de que ese

instituto otorgara algún tipo de grado académico. En ese sentido se dispone que los

alumnos que se encontraban realizando los diferentes cursos en ese año estudiaran

en forma parcial el problema tratando de enfocarlo desde diferentes ángulos.

Posteriormente, en el año 1999, el IMES comienza a estudiar el problema

fundamentalmente enfocado hacia la Escuela de Ingeniería Militar, dependiente del

IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores) intentando obtener para sus

graduados el título de Ingeniero Militar. Estos intentos inicialmente enfocados hacia

la Facultad de Ingeniería no prosperan por lo que el I.M.E.S. orienta sus esfuerzos

en otras direcciones. Como estos esfuerzos para que sus alumnos pudieran

continuar sus estudios en la Facultad de Ingeniería no tienen andamiento la idea

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 31 - IMES (Uruguay)

principal pasa a ser la de que el propio I.M.E.S. pudiera otorgar algún título de nivel

universitario. En ese sentido se encuentra con que los requisitos de las

reglamentaciones vigentes, en este caso el Decreto 308/995, estipulaban una mayor

carga horaria total y duración en el tiempo de las que el I.M.E.S. estaba en

condiciones de impartir. Ante esta circunstancia se decide apoyarse en el hecho de

que la Escuela Militar, para ese entonces, ya había logrado un convenio con la

Universidad de la República.

En el año 2000 el Instituto Militar de Estudios Superiores establece contactos con el

Ministerio de Educación y Cultura, por considerarse que sería el ámbito adecuado

para lograr el reconocimiento de esos estudios de grado para el Instituto. A esa

altura se tenía claramente definido que se apuntaba a una licenciatura de tipo militar

y no a adoptar alguna licenciatura ya existente en el ámbito civil para desarrollarla

internamente.

En esa primera etapa el Instituto Militar de Estudios Superiores se vinculaba en el

Ministerio de Educación y Cultura y dentro de este con el Consejo Consultivo de la

Enseñanza Terciaria Privada y además se llevaban adelante contactos con las

universidades privadas nacionales a los efectos de recabar el asesoramiento

necesario para llevar adelante el emprendimiento. Paralelamente de los estudios

que se realizaron de los diferentes trabajos de los alumnos se llega a la conclusión

de que no había manera de llevar adelante el emprendimiento como una licenciatura

desarrollándose como un centro de educación público, ya que la exclusividad en

ese nivel de educación la tiene la Universidad de la República, por lo tanto que había

que enmarcar las actividades a realizar dentro del Decreto 308/995 en una forma

híbrida ya que pese a ser un centro de enseñanza público por su naturaleza, debía

regirse por la normativa vigente para los centros de enseñanza privados. 18

18 Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada. El Decreto 308/995 creó este órgano, estableciendo en su Artículo 22, lo siguiente: “Créase en el Ministerio de Educación y Cultura el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada, con el cometido de asesorar al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Educación y Cultura en las solicitudes de autorización para funcionar (art. 3º) o de reconocimiento de nivel académico (art. 5º), en las solicitudes posteriores de inclusión de nuevas carreras (art. 6º), y en la revocación de los respectivos actos (art. 7º). Podrá también proponer las modificaciones que entienda convenientes al régimen establecido en el presente decreto.” El Decreto 308/995 está disponible en: <http://educacion.mec.gub.uy/educ_terciaria/Decreto%20N308995.doc>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 32 - IMES (Uruguay)

Las tratativas continúan dentro del Ministerio de Educación y Cultura a nivel del

Consejo Consultivo de la Enseñanza Terciaria Privada que se integra con 8

miembros de los cuales 3 son designados a propuesta de la Universidad de la

República, 2 a propuesta del Ministerio de Educación y Cultura, 1 a propuesta de la

ANEP y 2 a propuesta de las instituciones universitarias autorizadas que funcionen

como tales. Como resultado de los contactos mantenidos, el Ministerio de Educación

y Cultura autoriza a que un delegado del I.M.E.S. concurra como observador a las

reuniones del Consejo Consultivo. La primera de las dificultades que se encontraron,

fue el gran peso que tenía la opinión de la Universidad de la República en la

autorización para el otorgamiento de permisos para desarrollar esas licenciaturas.

El segundo obstáculo que se encontró fue la propia reglamentación del Decreto que

establece los elementos que se deben presentar y en el cual, en lo que se refiere al

cuerpo de profesores exige que por lo menos las tres cuartas partes del personal

asignado tengan un nivel equivalente al de su culminación lo que determina que el

75% del cuerpo de profesores debería de ser por lo menos Licenciado y a su vez un

10% debería tener experiencia en investigación o docencia. Analizando en ese

momento la composición de su cuerpo de profesores, el I.M.E.S. llega a la

conclusión de que no alcanza los niveles de esos requerimientos.

A los efectos de poder subsanar esta falla se cuenta en esa oportunidad con el

apoyo de las universidades privadas que ponen a disposición algunos de sus

profesores para cubrir determinadas áreas y poder llegar así a los límites requeridos.

Con respecto a la necesidad establecida en el decreto de un mínimo de 4 años de

estudio y 1.800 horas, este requisito no era cumplido por el I.M.E.S., los cursos no

tienen esa duración ni esa carga horaria, por lo tanto se decide incorporar a las

horas que serian necesarias para obtener esa licenciatura las correspondientes a los

cursos de los 4 años de la Escuela Militar.

Paralelamente se continúan los estudios dentro del Instituto y se llega a la

determinación que las áreas básicas que deberían de contemplarse en esta

licenciatura y sobre las cuales apoyar toda la estructura curricular serian la de la

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 33 - IMES (Uruguay)

Estrategia, la Táctica y la Administración Militar. Un nuevo obstáculo se encuentra

en el diseño curricular de la licenciatura. El Instituto no contaba con personal

calificado para llevarlo adelante, y si bien se disponía del apoyo de estructuras

administrativas de las Universidades privadas se hacía necesario contar con

elementos propios que pudieran llevar adelante este diseño. A esos efectos se

designan dos oficiales superiores que son aceptados por la Universidad Católica

para llevar adelante los estudios correspondientes al Máster en educación con

énfasis en Currículum y Evaluación.

Luego de un tiempo de concurrencia a observar el funcionamiento del Consejo

Consultivo se logra la percepción que la tramitación de la licenciatura debería de

recorrer otro camino y no la de presentarla ante el Ministerio de Educación y Cultura

sino ante la propia Universidad de la República. A esos efectos el Sub Director del

Instituto Militar de Estudios Superiores solicita una audiencia con el Rector Guarga

para tratar el tema.

La reunión se lleva a cabo y el rector acoge de buena manera el planteamiento del

Instituto y lo deriva al Dr. Ares Pons para que realizara el estudio de viabilidad

correspondiente. Del estudio del Dr. Ares Pons se desprende que con los años de la

Escuela Militar no sería suficiente, a los oficiales recibidos con Planes anteriores,

para otorgar un titulo de grado y que estaría faltando profundizar en la temática de la

investigación. Al respecto de la necesidad de contar con un 75% del cuerpo de

docentes con un nivel de licenciatura o superior, en base a estudios realizados en el

I.M.E.S., siendo el curso de Estado Mayor el de mayor nivel de los que se dictan se

equipara al diplomado de Estado Mayor al nivel de Profesor militar y desde ese

punto de vista se logra subsanar esa carencia mencionada.

Al respecto de la capacitación en el área de la investigación se acuerda agregarle un

año de estudio en el I.M.E.S. en el cual básicamente se daría Metodología de la

investigación y que finalizaría con la presentación de una tesis. En ese momento el

I.M.E.S. tenía bien claro que estaba apuntando a distintos públicos o distintos grupos

de alumnos. El primero de ellos era el que egresaba con el Plan 89 y los que

realizaron el curso de Estado Mayor a partir del año 2001 en el cual ya se

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Sergio d´Oliveira (2008) - 34 - IMES (Uruguay)

introducían estudios que apuntaban a la licenciatura. El otro público eran aquellos

egresados con planes anteriores al 89 y con el curso de Estado Mayor anteriores al

2001. Para atender a este grupo de estudiantes o potenciales estudiantes el

Instituto decide realizar un Curso de Nivelación y Homologación de Estado Mayor 19

para así proporcionar a este grupo los conocimientos necesarios.

En la actualidad, y en especial para los Oficiales egresados del Plan 89, en el año

posterior de referencia, el IMES imparte un curso a distancia que se desarrolla en

cinco meses y que por lo tanto tiene una carga horaria variable.

3.6 Postura de la Universidad de la Republica

Como resultado de todos estos ajustes y fundamentalmente en base al

asesoramiento del Doctor Ares Pons, el Consejo Directivo Central de la Universidad

de la República, resuelve aceptar la solicitud del Instituto Militar de Estudios

Superiores, de dictar una Licenciatura en Ciencias Militares. Sin perjuicio del estudio

del proceso que siguió a la obtención de la Licenciatura de Ciencias Militares por

parte del I.M.E.S., es preciso analizar los pasos que se siguieron dentro de la

Universidad de la República.

A esos efectos existen básicamente 4 documentos que es importante resaltar. El

primero de ellos es un estudio, de febrero del año 2001, realizado por el Doctor

Jorge Ares Pons que en ese momento se desempeñaba como asistente académico

del Rector de la UDELAR. En el mismo se analiza en profundidad todas las

aspiraciones que tenía en ese entonces el Instituto Militar de Estudios Superiores.

Comienza, fundamentalmente en lo que interesa a este estudio, realizando diversos

comentarios, entre ellos toma nota de que la Dirección General del I.M.E.S. dirige el

órgano coordinador de la Enseñanza Militar. Cabe destacar que lo anterior no es

exacto pero aparentemente esa fue la impresión del Dr. Jorge Ares Pons en ese

19 Curso de Nivelación y Homologación de Estado Mayor. Tiene por finalidad brindar a los Oficiales en Actividad o Retiro que realizaron el CEM (Curso de Estado Mayor) antes del año 2000 la posibilidad de acceder a la Licenciatura en Ciencias Militares.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 35 - IMES (Uruguay)

momento. Introduce la resolución del Ministerio de Educación y Cultura por la cual la

Escuela Militar es reconocida como centro de enseñanza superior de tercer nivel.

Luego toma nota de la aspiración del I.M.E.S. en procura del reconocimiento del

nivel universitario para todos los títulos otorgados en los diferentes niveles,

comenzando por el de Licenciado en Ciencias Militares, para los egresados de la

Escuela Militar, que hubieran complementado sus estudios aprobando un curso de

tesis y la posterior realización de un trabajo de tesis. Luego se maneja la posibilidad

de instrumentar postgrados para etapas posteriores y luego la aspiración del

I.M.E.S. para el reconocimiento expreso como Instituto Universitario.

A continuación se realiza un estudio del nivel académico de los estudios coordinados

por el I.M.E.S. resaltando todos los cursos que se llevan a cabo, con las actividades

de investigación que culminan en trabajos monográficos, el rigor de la planificación

de los cursos del I.M.E.S., la descripción de la plantilla docente y la experiencia de

aquellos que ocupan cargos de dirección. Al respecto de la planilla docente desglosa

pormenorizadamente los porcentajes y detalla cada uno de estos puntos resaltando

los convenios de carácter académico con que se contaba en ese momento. Con

respecto al carácter Universitario de la Institución analiza todos los antecedentes

regionales de cómo se llevan adelante estos estudios en los centros de Estudio

Militares de los países de la región.

En este punto es muy importante, resaltar un párrafo que expresa, “en virtud de

estas consideraciones nos parece adecuado que el I.M.E.S. mantenga su

denominación actual sin perjuicio de que pudiera reconocerse el rango Universitario

a las formaciones que brinda y aplicar a las mismas las denominaciones que

correspondan de acuerdo a las pautas habituales tales como las que establece el

decreto 308/995 para la Enseñanza Universitaria privada.” Este párrafo plantea, por

primera vez, el reconocimiento en un documento propio de la Universidad de la

República de la normativa a la cual debería de ajustarse el I.M.E.S. para el

reconocimiento de los títulos que quiere otorgar. Posteriormente el documento del

Dr. Ares Pons desmenuza todos los estudios que se realizan en la Escuela Militar

incluyendo su plantilla docente y llega a sus conclusiones entre las cuales podemos

destacar que no cree adecuada la denominación de Instituto Universitario para el

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 36 - IMES (Uruguay)

I.M.E.S. (no obstante admite que el nivel académico puede ser equiparable a

aquellos cursados en un Instituto Universitario), que “a partir del examen de los

materiales aportados por el IMES se concluye que parece razonable reconocer el

carácter del Licenciado en Ciencias Militares a los egresados de la Escuela Militar

que hayan complementado sus 4 años curriculares con un año académico posterior

culminando en un trabajo de tesis.” En este punto hacemos constar que en el

estudio que aquí se realiza surge que el IMES no aspiraría, por el momento, a que

los egresados fueran licenciados, sino que agregarían un año posterior y una tesis.

El siguiente documento importante a resaltar es una resolución del Consejo Directivo

Central de la Universidad de la República, de fecha 22 de mayo del 2001, en la cual

resuelve que toma conocimiento de este informe citado anteriormente y que

comparte las conclusiones del mismo. Esta aceptación de las conclusiones trae

aparejado, a nuestro entender que los hechos y análisis que dan sustento a las

mismas también lo están. Se resalta esto debido al reconocimiento de que el

I.M.E.S. debería de basarse en los requerimientos del Decreto 308/995. Luego en

sus diversos numerales no comparte la denominación de Instituto Universitario para

el I.M.E.S., si establece que el nivel académico de los estudios sea equiparable a

aquellos cursados en un Instituto Universitario y con respecto a la Licenciatura

textualmente expresa que a partir de los materiales aportados por el I.M.E.S. se

concluye que parece razonable reconocer el carácter de Licenciado en Ciencias

Militares a los egresados de la Escuela Militar, por el Plan 1989, que hayan

complementado sus 4 años curriculares con un año académico posterior culminando

con un trabajo de tesis. Continúa estableciendo las condiciones a los Oficiales

Superiores para lograr este titulo, la recomendación del curso de formación de

profesores militares para dotar así de un cuerpo docente al I.M.E.S. y establece que

se debe de estudiar el uso del termino Licenciatura. Por ultimo hace un

reconocimiento al I.M.E.S. por entender que la Universidad de la República es el

organismo naturalmente idóneo para evaluar su proyecto académico.

Para dar cumplimiento a parte de la resolución que acabamos de ver el Dr. Emilio

Blasco realiza un estudio del término Licenciatura analizando el ámbito de

aplicación de la normativa, el sentido del vocablo Licenciatura como se aplica en

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 37 - IMES (Uruguay)

Bélgica, Francia, España, Portugal, Italia, Dinamarca y Suecia. Luego profundiza en

la acepción del vocablo Licenciatura en Uruguay en donde puntualiza tres

acepciones, la primera como denominación genérica de estudios universitarios de

grado que poseen cierta duración en años y una carga horaria mínima que culmina

con el otorgamiento del titulo de Licenciado, la otra acepción es como referencia al

titulo acreditante de culminación de estudios universitarios de grado y la tercera

acepción es como repartición universitaria encargada de impartir enseñanza superior

en una disciplina determinada cuyos estudios culminan con el otorgamiento del

respectivo titulo de licenciado. Continúa estudiando el tema de la Licenciatura y

expresa que pueden revalidarse o reconocerse los grados académicos, títulos

profesionales y certificados de estudio tanto expedidos por Universidades públicas o

privadas como expedidos por otras instituciones de análogo nivel académico.

Como ultimo literal de este estudio expresa que admitido que el nivel académico de

los estudios cursados en una Institución Militar es equiparable al nivel o grado de los

estudios que culminan en el otorgamiento del titulo de Licenciado en alguna

dependencia de la Universidad de la República (Facultad, Instituto asimilado a

Facultad o “Licenciatura”). Por lo tanto, corresponde admitir el otorgamiento a los

egresados de la Institución Militar del correspondiente Titulo de Licenciado, como

por ejemplo el titulo de Licenciado en Ciencias Militares.

El ultimo documento es una resolución del Consejo Directivo Central de la

Universidad de la República, de fecha 17 de julio del 2001, en la cual toma

conocimiento del informe que acabamos de nombrar y aprueba particularmente las

siguientes conclusiones: la creación en el seno del Poder Ejecutivo en este caso

Ministerio de institutos de enseñanza militar accesorios cuya existencia se justifique

por la inexistencia de otra Institución Pública que imparta los conocimientos

requeridos, establece que una vez creados los Institutos a la culminación de los

mismos corresponde el otorgamiento de un título sin colisión con la denominación

material de los títulos otorgados por la Universidad de la República, reclama para la

Universidad de la República su competencia en el reconocimiento del nivel

académico y por último expresa que corresponde admitir el otorgamiento a los

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 38 - IMES (Uruguay)

egresados de las Instituciones Militares el correspondiente título de Licenciado,

como por ejemplo el título en Licenciado en Ciencias Militares.

3.7 Postura del Ministerio de Educación y Cultura

Un documento de suma importancia que se ha venido mencionando a lo largo de

todo el presente estudio es el Decreto 308/995 que regula el sistema de enseñanza

terciaria privada. Este Decreto fue aprobado el 11 de Agosto de 1995. En sus

considerandos establece que el Decreto-Ley 15.661, de 1984, concede la potestad a

Universidades Privadas debidamente autorizadas por el Poder Ejecutivo a otorgar

títulos con idénticos efectos jurídicos que los expedidos por la Universidad de la

República. Expresa a su vez que se hace necesario reglamentar los conceptos de

Universidad, titulo profesional y los requisitos para acceder a los mismos. Manifiesta

que existían numerosas Instituciones Privadas que otorgaban cursos de enseñanza

post-secundaria y que era importante otorgar reconocimiento oficial de la calidad de

aquellas que acreditaran ante el Ministerio de Educación y Cultura un adecuado

nivel. En otro aspecto, expone que el Poder Ejecutivo se ajustaría en la normativa o

en la reglamentación a aquellos conceptos y requisitos generalmente admitidos y

que hubieran sido objeto de una larga elaboración en el medio cultural y académico

nacional e internacional.

Comienza el Decreto estableciendo claramente qué se considerará enseñanza

Terciaria y qué será enseñanza Universitaria, continúa el mismo estableciendo a

quienes otorgará el Poder Ejecutivo autorización para funcionar y los distintos tipos

de Instituciones Universitarias. En su Articulo 5º establece como será el

reconocimiento de las Instituciones de enseñanza terciaria no Universitaria, y

posteriormente entra en el alcance de la autorización para funcionar y de el

reconocimiento de nivel académico, estableciendo que la autorización para funcionar

como Institución Universitaria y el reconocimiento del nivel académico de

Instituciones Terciarias no Universitarias referirán a las carreras incluidas en la

solicitud inicial o en las solicitudes de inclusión posteriores que cumplan con los

requisitos formales y sustanciales contenidos en el Decreto que estamos analizando.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 39 - IMES (Uruguay)

En su capítulo IV, establece claramente como se deberá llevar adelante la solicitud

de autorización para funcionar y el reconocimiento del nivel académico, que

condiciones se requieren para los mismos, cuál es la información que se debe

aportar con respecto a las carreras que se desean ofrecer, los requisitos que debe

reunir el personal docente de estos centros de estudio, y que mencionáramos

anteriormente y agrega que la solicitud para autorización para funcionar como

Institución Universitaria deberá estar acompañada de otro tipo de información

además de la detallada anteriormente, como ser tareas de investigación

programadas, tareas de extensión programadas y programa de publicaciones si

existiera.

En el capítulo V, trata todo lo referente a los títulos profesionales y en lo que más

interesa a la finalidad del presente estudio el artículo 19 cuando se refiere a los

títulos profesionales universitarios en su Literal A establece que la Licenciatura

Universitaria será el título acreditante de la culminación de carrera de primer grado

terciario, la duración de los estudios respectivos no será inferior a 1.800 horas reloj

de clases, distribuidas en un lapso no inferior a cuatro años lectivos.

Con respecto a las reválidas de asignaturas, establece que los títulos profesionales

expedidos por Instituciones Universitarias se fundarán en estudios cursados y

aprobados en la propia Institución que los otorga y que por esa excepción podrán

revalidarse algunas de estas materias siempre que su número no exceda a los 2/3

del total de asignaturas que conforman la respectiva carrera.

El Capítulo VI, del Decreto 308/995, establece la creación del Consejo Consultivo de

la Enseñanza Terciaria Privada que fuera nombrado precedentemente y le da

potestades fundamentalmente en la solicitud de la autorización para funcionar o en

el reconocimiento del nivel académico, aspecto este muy importante ya que en este

caso los trámites a realizar no involucrarían una autorización para funcionar que ya

existe o un reconocimiento de un nivel académico que también ya fue otorgado, a su

vez le da la potestad de proponer modificaciones al régimen establecido en el

Decreto que estamos estudiando. En el artículo 25, expresamente manifiesta que

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 40 - IMES (Uruguay)

cuando se trata de una autorización para funcionar como Institución Universitaria

Privada requerirá necesariamente la opinión de la Universidad de la República la

que deberá de expedirse dentro de un plazo de 60 días contados a partir del

requerimiento formal con la agregación de antecedentes y que transcurrido este

plazo sin pronunciamiento se podrá prescindir de esa autorización. El presente

Decreto fue firmado por el Señor Julio María Sanguinetti como Presidente de la

República y por el Señor Samuel Lichtenstein como Ministro de Educación y Cultura.

En el año 2001 se firma un decreto de suma importancia en el que intervienen el

MDN y el MEC. El mismo se origina ante la solicitud del CGE (Comando General

del Ejército) de que se reconozca al IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores) el

rango de instituto Universitario y el otorgamiento del título de 1er grado en Ciencias

Militares. Considera fundamentalmente las gestiones realizada ante el MEC, la

resolución del CDC de la UDELAR, del 22 de mayo de 2001, y los convenios

celebrados que reconocen el nivel académico de los oficiales para insertarse en un

nivel avanzado de diversas carreras universitarias. En su articulado expresa:

• Reconocer al IMES como institución académica de primer nivel.

• Reconoce el nivel académico del título de primer grado en Ciencias Militares

cumpliendo los requisitos de la resolución de la UDELAR del 22 de mayo de

2001.

• Establece que el IMES se regirá por el Decreto 308/995.

• Establece que el MEC controlará la calidad de su nivel académico.

3.8 Situación Actual de la Enseñanza Universitaria en el Ejército El Decreto del Poder Ejecutivo 376/001, del 26 de septiembre de 2001, inserto en el

boletín del Ministerio de Defensa Nacional 10.267, en su Artículo 1º, reconoce al

IMES el rango de institución académica de primer nivel, equivalente a las

instituciones universitarias reconocidas de conformidad con el Decreto 308/995, del

11 de agosto de 1995. En su Artículo 2º, reconoce el Nivel Académico del Título de

Primer Grado en Ciencias Militares, asimilado a la denominación establecida en el

literal a) del artículo 19 del Decreto 308/995, de los Oficiales egresados de los

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 41 - IMES (Uruguay)

Institutos de Formación y Capacitación del Ejército que cumplan los requisitos

académicos previstos en la Resolución del Consejo Directivo Central de la

Universidad de la República, del 22 mar. 2001.20

Cuadro 5: Convenios del IMES con instituciones universitarias públicas y privadas

Desde el año 2000, cuando el IMES comenzó a hacer gestiones ante el MEC (Ministerio de Educación y Cultura) y la UDELAR (Universidad de la República) para obtener el reconocimiento del nivel universitario de la Licenciatura en Ciencias Militares, ha firmado siete Convenios de Cooperación Académica, con diferentes instituciones de nivel universitario tanto nacionales como extranjeras. En este sentido, en el año 2000 se firmaron convenios de cooperación con:

1. Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República (03 oct.2000). Este convenio complementa al Convenio Marco entre el Comando General del Ejército y la UDELAR del 03 set.1993).

2. Universidad Católica del Uruguay (21 jul.2000). El Acuerdo Marco y el Acuerdo Complementario firmados en la misma oportunidad, complementan al convenio firmado, entre el Comando General del Ejército y la Universidad Católica del Uruguay, el 03 de julio de 1996.

3. Universidad de la Empresa (07 nov.2000). 4. Universidad de Montevideo (17 nov.2000). 5. Universidad de la República (28 dic.2000). Este convenio complementa al Convenio Marco entre el Comando

General del Ejército y la UDELAR del 03 set.1993). 6. Universidad ORT (14 feb.2001). Este convenio complementa al convenio firmado, entre el Comando General del

Ejército y la Universidad ORT, el 09 de julio de 1996. 7. IESE (Instituto de Enseñanza Superior del Ejército) de la República Argentina (09 mar.2001).

Convenio entre las bibliotecas del CALEN y del IMES. En Abril de 2004, el IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores) y el CALEN (Centro de Altos Estudios Nacionales), firmaron un convenio que tiene por finalidad permitir la coordinación técnica y funcional entre las bibliotecas de ambos institutos. Con esto se busca ampliar el tipo y cantidad de los documentos bibliográficos disponibles a los usuarios de ambas bibliotecas. Actualmente se está a la espera de la autorización del MDN (Ministerio de Defensa Nacional) para proceder a la firma de un acuerdo de cooperación académica con el Instituto Universitario de Punta del Este (UPE). Por otra parte, cabe destacar que los convenios suscriptos con todas estas instituciones académicas de nivel universitario, han permitido profundizar la integración del IMES al sistema educativo nacional, al tiempo que han servido para la generación de diversos tipos de intercambio académico.

Fuente: Instituto Militar de Estudios Superiores.

Reestructura de los planes de Estudio de la Escuela Militar. En el año 2007, el

Comando General del Ejército, en el documento titulado “Concepto del Comandante

en Jefe del Ejército – Precisiones de Ejecución para el año 2007 y de planificación

para el período 2008-2010”. Este documento, inserto en la OCGE 10.519, del 23 de

agosto de 2007, estableció como Objetivo General: “Orientar el esfuerzo en la

materialización de los lineamientos establecidos en la tercera parte del documento

“Ejército Nacional – Marco Conceptual de su proceso de modernización” con los

ajustes que la situación actual y futura, derivada de esta en particular por la

aprobación de la Ley de Defensa y la nueva Ley Orgánica de las Fuerzas

20 Por mayor información sobre el IMES se recomienda consultar: <www.imes.edu.uy>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 42 - IMES (Uruguay)

Armadas”.21

Asimismo, el Concepto del CJE (Comandante en Jefe del Ejército), antes referido,

establece como uno de sus Objetivos Específicos: “Actualizar el Plan de Estudios de

la Escuela Militar, adecuándolo a las realidades actuales del Sistema de Educación

Nacional y a las propias necesidades de la Fuerza, visualizando que el Oficial

egresado de la Escuela Militar, obtenga el Título de Primer Grado de Licenciado

Militar”.

El Comando General del Ejército dispuso la creación de una comisión que debería

definir el Perfil Profesional que deben tener los Oficiales que egresan de la Escuela

Militar. En base a lo actuado por la comisión referida, por la OCGE 10.586, del 17 de

julio de 2008, fue emitido el “Perfil Profesional del Alférez del Ejército Nacional”.

Posteriormente, el CJE (Comandante en Jefe del Ejército) en su oficio 462/EMP/07,

de fecha 26 de octubre de 2007, entre otras disposiciones, establece que se proceda

a elaborar una propuesta para la modificación del Plan de Estudios de la EM, para lo

cual se deberá atender las siguientes precisiones:

(1) “Las modificaciones deberán atender el Perfil del Egresado elaborado en el

año 2006 por la Comisión designada a tales efectos”;

(2) “La única orientación debe ser aquella que permita la formación del

Profesional Militar, pudiéndose incluir asignaturas correspondientes a otras

carreras universitarias, en la medida que las mismas coadyuven

explícitamente, al logro del Perfil del Egresado”...

(3) “Considerar la inclusión [en el Plan de Estudios de la EM] de la asignatura

Metodología de la Investigación visualizándose que el Cadete, una vez

aprobados los cursos curriculares, además de obtener el grado de Alférez,

pueda acceder al título de Licenciado en Ciencias Militares”.

En base a lo dispuesto por el Comando General del Ejército, la EM ha comenzado a

21 El documento Ejército Nacional: Marco Conceptual del Proceso de su Modernización, editado por el CGE (Comando General del Ejército), en Noviembre de 2004, está disponible en versión PDF, para descarga a texto completo en: <www.ejercito.mil.uy/rrpp/PAGINAS/marco_conceptual.pdf>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 43 - IMES (Uruguay)

analizar la posibilidad de obtener su reconocimiento como Instituto Universitario,

para poder emitir a los egresados, además del Grado de Alférez del Ejército, el

Título de Licenciado en Ciencias Militares. Sin embargo, para que la Escuela Militar

pudiera emitir “Títulos de Grado”, debería ser previamente reconocida como Instituto

de Rango Universitario, lo que exigiría una gestión especial con este fin ante el MEC

y la UDELAR. De optarse por esta alternativa, es difícil estimar el tiempo que podría

insumir esta gestión, al tiempo que cabe la posibilidad de que no llegara a ser

autorizada. Sin embargo, acorde a la normativa que actualmente regula la

Licenciatura en Ciencias Militares (Decretos 308/995 y 376/001), no es

imprescindible que la EM obtenga el reconocimiento como Instituto de Rango

Universitario, para cumplir con las directivas emitidas por el Sr. CJE, debido a que:

1. El Art.2 del Decreto 376/001 habilita a emitir el título de Licenciatura en Ciencias

Militares a “los Oficiales Egresados de los Institutos de Formación y Capacitación

del Ejército Nacional que hubieran culminado los requisitos académicos previstos

en la Resolución del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República”

de fecha 22 may.01.

2. La Resolución del Consejo Directivo Central de la UDELAR, del 22 may.01, que

autoriza al IMES emitir títulos de grado, determina que podrán obtener el título de

Licenciado en Ciencias Militares...”los egresados de la Escuela Militar que hayan

completado sus cuatro años curriculares con un año académico posterior,

culminando en un trabajo de tesis”.

3. De los dos puntos anteriores se hace evidente que todo egresado de la EM ya

tiene la posibilidad de acceder al título de Licenciado en Ciencias Militares y el

IMES no cumple otra función que ser el órgano al que le corresponde controlar la

calidad académica de las tesis de grado y emitir los títulos correspondientes.

4. En este contexto, desde el año 2001, se han graduado como Licenciados en

Ciencias Militares todos los Alféreces egresados de la EM que han optado por

acceder a esa titulación, sin exigírseles otros requisitos que realizar un curso de

Investigación Aplicada para posteriormente elaborar y defender su tesis de grado.

Solo a manera de ejemplo, cabe destacar que, en Diciembre de 2001, se

graduaron en el IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores), los primeros 12

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 44 - IMES (Uruguay)

licenciados en Ciencias Militares, dentro de los cuales se encontraban 4 Mayores

que realizaron el CEM en el año 2000 y 8 Alféreces egresados de la Escuela

Militar por el Plan de Estudios 1989.

5. Sin embargo, dado que el único Instituto dependiente del Ejército, que está

habilitado para emitir títulos de Licenciado en Ciencias Militares es el IMES,

necesariamente la emisión física del título debe realizarla este Instituto,

independientemente de la dependencia del Ejército a la que pertenece el Oficial

que aspira a ser Licenciado en Ciencias Militares.

6. Cualquier Oficial egresado de la EM, en actividad o retiro, que cumpla con alguno

de los requisitos presentados en el cuadro siguiente, está actualmente en

condiciones de acceder a la Licenciatura en Ciencias Militares.

Cuadro 6: Requisitos para realizar la Licenciatura en Ciencias Militares

La Resolución del Consejo Directivo Central de la UDELAR, del 22 may.01, por la que se autoriza al IMES emitir títulos de grado, determina que podrán obtener el título de Licenciado en Ciencias Militares...”los egresados de la Escuela Militar que hayan completado sus cuatro años curriculares con un año académico posterior, culminando en un trabajo de tesis”. Esta disposición solamente habilita a acceder al título de Licenciado en Ciencias Militares a los Oficiales egresados de la Escuela Militar (EM) dependiente del Ejército Nacional Uruguayo.

Programa de la EM (Escuela Militar)

Curso de Estado Mayor

(CEM)

Curso de Nivelación y

Homologación de Estado Mayor

Curso de Investigación Aplicada a las

Ciencias Militares Tesis de Grado

Oficiales (en actividad o retiro) que realizaron el CEM antes del año 2000.

SI SI SI Oficiales que ingresaron a la Escuela Militar antes de 1989

Oficiales (en actividad o retiro) que realizaron el CEM en el año 2000 o en años posteriores.

NO SI SI Oficiales que ingresaron a la Escuela Militar en 1989 o en años posteriores.

Los egresados de la EM por el “Plan 1989” pueden acceder a la Licenciatura sin necesidad de realizar el CEM.

NO SI SI

Oficiales que ingresaron a la EM en 2008 o en años posteriores.

Los Oficiales que egresarán de la EM por el “Plan 2008”, a fines de 2011, podrán acceder a la Licenciatura sin necesidad de realizar el CEM, al igual que los egresados por el “Plan 1989”. Tampoco deberán realizar el curso de Investigación Aplicada, debido a que ya lo realizaron como parte de su formación en la EM.

NO NO SI

El Plan de Estudios 1989, de la Escuela Militar, fue aprobado por el Decreto 836/988, inserto en el BMDN 8640 del 19 de diciembre de 1988.

Fuente: IMES (Instituto Militar de Estudios Superiores).

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Sergio d´Oliveira (2008) - 45 - IMES (Uruguay)

Gestión de Calidad. El Decreto 376/001, por el que se autoriza al IMES a emitir

Títulos de Grado, establece que corresponde al “Ministerio de Educación y Cultura el

registro de los Títulos otorgados por el Instituto Militar de Estudios Superiores, así

como los procedimientos necesarios para el control de calidad de su nivel

académico”. Por lo anterior, la Dirección del IMES ha implementado diferentes

mecanismos internos de control para asegurar el rigor metodológico, así como el

nivel académico del los trabajos de investigación que se realizan en el Instituto. En lo

relativo al gran compromiso asumido por el IMES en lo relativo a los procesos de

calidad, es importante destacar que el IMES y la Escuela Naval recibieron en forma

conjunta el Premio Nacional de Calidad en Educación 2004, que es otorgado

anualmente por la Presidencia de la República.22

3.9 Conclusiones Parciales

En virtud de la implementación del Plan 1989, a partir de marzo de1989 la EM pasa

de exigir 4º año de secundaria a 6º año aprobado de cualquier opción, excepto la

biológica. Es importante destacar que el Plan 1989 no menciona estructura por

orientaciones, sin embargo, la EM organizó los estudios por orientaciones. Sin

embargo, los resultados obtenidos de la aplicación del Plan 1989 en la Escuela

Militar no fueron los proyectados al elaborar el mismo. En este sentido cabe destacar

que hasta el año 2007 han egresado 715 Alféreces y de estos, solo 15 (2%) han

obtenido la Licenciatura en Ciencias Militares. Por otra parte, del total, apenas 4

(0,56%) han obtenido algún título universitario y ninguno de esos títulos está

relacionado con las opciones que cursaron durante su pasaje por la Escuela Militar.

En el año 1993 se reconoce a la Escuela Militar como Centro de Enseñanza

Superior de Tercer Nivel. Asimismo, se reconoce la autonomía del MDN sobre los

Planes de Estudio al disponer que se deberá poner en conocimiento las

modificaciones y no la obligación de solicitar. Posteriormente, mediante el Decreto

22 Premio Nacional de Calidad. Por mayor información sobre esta distinción que otorga anualmente, el Estado Uruguayo, se recomienda consultar el sitio web del Instituto Nacional de Calidad (INACAL) del Uruguay: <www.inacal.org.uy/organizaciones_rec.asp>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 46 - IMES (Uruguay)

180/998 crea el Título de Bachiller Militar como complementario al principal de

Alférez del Ejército Nacional.

En otro orden de cosas, cabe destacar que el IMES fue la primera institución militar

en incursionar en el terreno de la educación universitaria. En 1999 se comienza a

estudiar la posibilidad de otorgar algún grado académico inicialmente enfocado hacia

el Ingeniero Militar. En el año 2000, en el ámbito del MEC, se apunta hacia una

Licenciatura de tipo militar. En base a la concurrencia al Consejo Consultivo se

determina el peso gravitante de la opinión de la UDELAR. Se determinan como

escollos a superar en el trámite, la duración de los cursos y su carga horaria, la

calidad del cuerpo de profesores y el personal calificado para el desarrollo del

diseño curricular. Para solucionar la duración de los cursos se contabilizan los años

correspondientes a la EM, para los egresados del Plan 89, y los años posteriores

para los restantes. Respecto a la calidad de su cuadro docente, se cuenta

inicialmente con el apoyo de centros privados y posteriormente la aceptación de los

Diplomados de Estado Mayor como nivel adecuado.

Acerca de la capacitación de personal, para apoyar este proyecto, cabe destacar

que se envían dos oficiales a cursar la Maestría en Educación con énfasis en

Currículum y Evaluación. Los contactos se orientan hacia la UDELAR logrando que

esta resolviera aprobar la Licenciatura que el IMES pretendía. Los estudios

posteriores al egreso se realizan a distancia, con carga horaria variable

desarrollándose en cinco meses. En febrero de 2001, el Dr. Jorge Ares Pons fue

comisionado pro la UDELAR para analizar en profundidad las aspiraciones del

IMES. Este profesional realizó un detallado informa del que se debe destacar:

• En sus comentarios iníciales confunde la Dirección del IMES como dirigiendo al

órgano coordinador de la enseñanza militar

• Que no cree adecuada la denominación de Instituto Universitario para el IMES.

• Reconoce el rango Universitario de las formaciones que brinda.

• Aplica el Decreto 308/995 que regula la actividad privada al IMES.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 47 - IMES (Uruguay)

• Establece que es razonable reconocer el carácter de Licenciado en Ciencias

Militares a los alumnos de la EM que hayan complementado sus 4 años

curriculares con un año académico posterior culminando en una tesis.

• El año posterior y la tesis habría sido un planteo del IMES.

• En mayo de 2001, el Consejo Directivo Central de la UDELAR, hace suyas las

conclusiones del informe citado anteriormente.

• No hace lugar a que el mismo sea Universidad o Instituto Universitario.

• Admite que el nivel de “una” institución militar sea equiparable al de un instituto

universitario

• Admite una licenciatura para los egresados de la EM que cursen un año posterior

culminando en un trabajo de tesis

• Admite razonable que los Oficiales Superiores (reuniendo ciertas condiciones)

que complementen su formación obtengan una licenciatura

• Dispone el estudio jurídico del uso del término licenciatura por parte de un

instituto militar.

En julio de 2001, el Dr. Emilio Blasco realiza un estudio sobre el término licenciatura

culminando que “admitido que el nivel académico de estudios cursados en una

institución militar es equiparable al nivel o grado de los estudios que culminan en el

otorgamiento de un título de licenciado en alguna dependencia de la UDELAR,

corresponde admitir el otorgamiento a los egresados de la institución militar del

correspondiente título de “licenciado”. Posteriormente, el 17 de julio de 2001 el CDC

(Consejo Directivo Central) de la UDELAR toma conocimiento del informe del Dr.

Blasco y aprueba las siguientes conclusiones:

• La creación de institutos de enseñanza militar cuya existencia se justifique por la

inexistencia de otra institución pública… siempre y tanto no se le atribuyan

cometidos de enseñanza pública superior…

• Una vez creados estos institutos y cumplido los requisitos académicos

corresponde el otorgamiento de un título “sin colisión con la denominación

material de los otorgados por la UDELAR.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 48 - IMES (Uruguay)

• Que es competencia de la UDELAR el reconocimiento del nivel académico de los

estudios de nivel superior.

• Admitido el nivel académico necesario, “corresponde admitir el otorgamiento a

los egresados de la institución militar, del correspondiente título de “licenciado”,

como por ejemplo, el título de Licenciado en Ciencias Militares.

En lo relativo a la normativa que rige la educación universitaria en el Ejército, cabe

destacar que el Decreto 308/995 regula el sistema de enseñanza privada. En el

mismo se define la enseñanza Terciaria y Universitaria y se establece el

procedimiento para funcionar, el reconocimiento del nivel académico, etc. En lo

relativo a los títulos profesionales establece que la licenciatura corresponde al primer

grado terciario, con una duración de no menos de 1.800 horas distribuidas en cuatro

años. Por otra parte, establece como cometidos del Consejo Consultivo: las

autorizaciones para funcionar y el reconocimiento del nivel académico.

Por su parte, el Decreto 376/001 reconoce al IMES el rango de institución académica

de primer nivel equivalente a las instituciones universitarias reconocidas. El mismo

reconoce el nivel académico del Título de Primer Grado en Ciencias Militares

cumpliendo los requisitos de la Resolución de 2001 del CDC de la UDELAR. Esta

norma establece que el IMES se regirá por el Decreto 308/995 y determina que el

MEC controlará el nivel académico.

En lo relativo a la situación actual de la enseñanza en la EM, es importante destacar

que en el año 2008, en base a lo dispuesto por el Comando General del Ejército, se

realizan modificaciones al plan y se unifican las orientaciones. Los factores que

determinaron los cambios referidos, fueron:

1. Doctrinarios: En 1988 no se contaba con un Perfil del egresado contando a la

fecha con uno aprobado por el CGE (Comando General del Ejército). Por otra

parte, la situación respecto a los ingresos era diferente en cuanto a cantidad y

calidad.23

23 CGE (2008) Perfil Profesional del Alférez del Ejército Nacional. Inserto en la OCGE 10.586 (17

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 49 - IMES (Uruguay)

2. Estructurales: El Plan 1989 se demuestra como complejo operativamente en la

instrumentación del programa de actividades. Obligó a establecer ocho períodos

anuales de exámenes lo que insumía demasiado tiempo y dificultaba el resto de

las actividades de la Escuela Militar. La reducción de los tiempos disponibles

llevo a una disminución en aquellos dedicados a la práctica de conocimientos

profesionales militares.

3. Presupuestales: La división por opciones lleva a conformar grupos reducidos en

algunas de ellas. Los grupos reducidos elevan el costo profesor/alumno.

jul.08).

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 51 - IMES (Uruguay)

4 Escuelas de Formación de Oficiales de Uruguay

A nivel Nacional, el único de los Institutos Militares de Formación de Oficiales que

otorga un título de Grado es la Escuela Naval. Dentro del Ministerio del Interior, la

Escuela Nacional de Policía está habilitada a otorgar un título de similar nivel.

4.1 Escuela Naval

La carrera militar naval tiene una duración de cuatro años, con un régimen de

estudios interno, además de embarcos, prácticas profesionales y deportivas. Se

debe tener aprobado 6° año de secundaria como requisito para el ingreso. El primer

año de estudios es común para todos los Alumnos. Al finalizarlo, cada uno elige

entre cuatro opciones. Las opciones o cuerpos son las siguientes: 24

• Cuerpo General.

• Cuerpo de Ingenieros de Máquinas y Electricidad.

• Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración.

• Cuerpo de Prefectura.

Luego de finalizados sus cuatro años de estudios en la Escuela Naval y con el grado

de Guardiamarinas, los alumnos realizan el Viaje de Instrucción en el Velero Escuela

ROU 20 Capitán Miranda, y posteriormente presentando y aprobando una tesis, los

Guardiamarinas reciben el título universitario de Licenciado en Sistemas Navales25,

lo que los habilita a continuar con otros estudios de postgrado.

24 Por mayor información sobre la Escuela Naval se recomienda consultar el sitio web de la Armada Uruguaya: <www.armada.gub.uy/Diper/Esnal/pagina_esnal/testweb/index.html>. 25 Decreto 497/001.

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Sergio d´Oliveira (2008) - 52 - IMES (Uruguay)

Cuadro 7: Decreto 497/001 (Reconoce Rango Universitario de la Escuela Naval)

Decreto 497/001 del 18/12/2001 ESCUELA NAVAL CON RANGO UNIVERSITARIO - D 497/001

Se reconoció a la Escuela Naval el rango de Institución Académica de Primer Nivel. El decreto firmado por el Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Defensa Nacional y Educación y Cultura expresa que:

VISTO: la propuesta formulada por el Comando General de la Armada por la cual solicita el reconocimiento de la Escuela Naval con el rango de Instituto Universitario, así como también el reconocimiento de Nivel Académico de las Licenciaturas en Sistemas Navales y en Sistemas Náuticos que la misma expida.

CONSIDERANDO: I) la necesidad de contar con recursos humanos del más alto nivel y especialización, capacitados para desempeñar tareas de asesoramiento, planificación, ejecución y dirección en las diferentes ramas del Arte Militar, significando la obtención de un Título Académico Universitario de Primer Grado, un importante estimulo y valorización de la Carrera Militar.

II) que la elevación de los niveles de Educación del Personal Superior facilita su inserción en el ámbito universitario, donde el rigor metodológico y académico son determinantes en la generación del conocimiento, constituyéndose en las herramientas que le permitirán al profesional de las armas, atender adecuadamente las exigencias actuales y prepararse para enfrentar las cambiantes circunstancias en los órdenes organizacionales tecnológicos y de recursos humanos.

III) que se gestionó ante el Ministerio de Educación y Cultura el reconocimiento de la Escuela Naval como de nivel Universitario, con la potestad de otorgar Títulos de Grado.

IV) que la Resolución del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, de fecha 17 de julio de 2001, la cual reconoce el nivel académico de la Escuela Naval, así como los Títulos de Grado que propone expedir.

ATENTO: a lo establecido en la Ley 10.808 de 16 de octubre de 1946 (Orgánica de la Armada), Ley 12.549 de 16 de octubre de 1958 (Orgánica de la Universidad de la República), a los informes de las Asesorías Letradas del Ministerio de Defensa Nacional y del Comando General de la Armada.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA:

ARTÍCULO 1ro.- Reconócese a la Escuela Naval el rango de Instituci6n Académica de Primer Nivel, equivalente al de las instituciones universitarias reconocidas de conformidad con el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 ARTÍCULO 2do.- Reconócese el Nivel Académico del Título de Primer Grado a las Licenciaturas en Sistemas Navales y en Sistemas Náuticos, asimilados a la denominación establecida en el literal a) del articulo 19 del citado Decreto 308/995, de los Oficiales Egresados de la Escuela Naval que hubieran culminado los requisitos académicos previstos en la Resolución del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, de fecha 17 de julio de 2001 ARTÍCULO 3ro.- A los efectos de su funcionamiento, obligaciones y atribuciones, estará regido por lo que se establece en el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos, en todo lo que sea aplicable, hasta tanto sea aprobada la normativa que regule a las Instituciones Públicas de Educación Superior. ARTÍCULO 4to.- Cométese al Ministerio de Educación y Cultura, el registro de los Títulos otorgados por la Escuela Naval, así como los procedimientos necesarios para el control de calidad de su nivel académico. ARTÍCULO 5to.- Comuníquese, publíquese, pase a la Escuela Naval y al Ministerio de Educación y Cultura. Cumplido, archívese.

Fuente: <http://www.presidencia.gub.uy/noticias/archivo/2001/diciembre/2001121813.htm>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 53 - IMES (Uruguay)

El Decreto 497/001, reconoce a la Escuela Naval como Instituto de nivel

universitario, y a través del mismo Decreto se permite a sus egresados, marinos

militares o mercantes, cumplidos ciertos requisitos, obtener los títulos de: Oficial de

la Marina Mercante y Licenciado en Sistemas Náuticos, así como Oficial de la

Armada Nacional y Licenciado en Sistemas Navales.

Desde el año 2001, hasta el presente solo 5 Oficiales de la Armada han obtenido la

Licenciatura en Sistemas Navales, y en este período, ningún marino mercante,

egresado de la ESNAL (Escuela Naval) ha manifestado su interés de acceder a la

Licenciatura en Sistemas Náuticos. En el segundo semestre del año 2008, se prevé

la defensa de una nueva tesis, con lo que el número de Licenciado ascendería a 6.

La Escuela Naval dicta la materia “Metodología de la Investigación” a los Aspirantes

a Oficial del 3º y último año. Tras aprobar esta materia, los Aspirantes quedan

habilitados para realizar su tesis de grado. Sin embargo, hasta el presente, ningún

Aspirante a Oficial ha presentado su tesis antes de su graduación como Oficial,

debido a que durante su pasaje por la ESNAL, los Aspirantes no cuentan con mucho

tiempo libre como para dedicarlo a las tareas que implica la elaboración de su tesis

(revisión bibliográfica, entrevistas, etc.).

En el año fue actualizada la organización de la ESNAL, con el fin de adecuar su

organización y funcionamiento a las actuales necesidades de esa Fuerza. Con este

fin, mediante el Decreto 219/003, del 03 de junio de 2003, se aprobó el Reglamento

de Organización y Funcionamiento de la Escuela Naval.

Por otra parte, tal como lo indican los propios Aspirantes de la ESNAL, dado el alto

nivel de exigencias de los cursos de esa Escuela, ellos prefieren concentrar sus

esfuerzos en graduarse como Oficial y dejar la obtención del título de Licenciado

para después de su graduación. El tiempo más corto transcurrido entre el egreso de

la ESNAL y la obtención de un título de grado en la Armada, se dio en el caso de un

Oficial que obtuvo su licenciatura 10 meses después de su egreso de la Escuela

Naval. Todo egresado de la ESNAL que desee realizar su tesis de grado, debe

presentar su postulación a la “Comisión de Tesis”, integrada por cinco graduados

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 54 - IMES (Uruguay)

universitarios. Por lo general, esta comisión es presidida por un Oficial Superior de la

Armada, en actividad e integrada por Oficiales de la Armada (en actividad o retiro)

y/o por profesores civiles de la ESNAL.26 Por el Decreto 48/005, de fecha 15/02/2005, se aprobó el Reglamento para

convalidación de los títulos de Licenciado en Sistemas Navales y de Licenciado en

Sistemas Náuticos a los egresados de la Escuela Naval con anterioridad al año

2002. Gracias a este Decreto, los Oficiales de la Armada egresados antes del año

2002, tienen la posibilidad de acceder a las Licenciaturas en Sistemas Navales y en

Sistemas Náuticos, en el marco de las condiciones que pueden verse en el cuadro

siguiente.

Cuadro 8: Convalidación de Títulos de Licenciado a los Egresados de la Escuela Naval

Acorde a lo dispuesto en el DECRETO 48/005 del 15/02/05, ...“Los profesionales egresados de la Escuela Naval con anterioridad al año 2002 podrán acreditar o complementar conocimientos tendientes a la obtención de la Licenciatura, según alguna de las siguientes alternativas:

A.- Comprobar notoria buena competencia en el ejercicio remunerado de su profesión por un período no menor a tres años. Adicionalmente, realizar un curso de Metodología, con posterior presentación y aprobación de un Trabajo de Investigación de nivel de Tesis, en la Escuela Naval u otro Instituto de nivel similar.

B.- Comprobar notoria buena competencia en el ejercicio remunerado de su profesión por un período no menor a cinco años. Adicionalmente haber realizado y aprobado cursos de especialización, perfeccionamiento y/o capacitación profesional de post grado en un área específica, con una duración no inferior a setecientas (700) horas reloj de clases.

C.- Comprobar notoria buena competencia en el ejercicio remunerado de su profesión por un período no menor a cinco años. Adicionalmente haber obtenido un título o diploma como resultado de la aprobación de un curso en un Instituto de Formación Superior en el país o en el exterior con una duración no inferior a un año lectivo que incluya por lo menos cuatrocientas cincuenta (450) horas de clase reloj.

D.- Haber obtenido patente sin limitación correspondiente al nivel de gestión a bordo, mediante la aprobación de los exámenes reglamentados en la Escuela Naval. Adicionalmente, deberá comprobar notoria buena competencia en el ejercicio remunerado de la profesión ocupando cargos de alta responsabilidad laboral (Primer Oficial de Cubierta o Máquinas, Jefe de Máquinas o Capitán) en buques mayores de quinientas (500) toneladas y/o plantas propulsoras mayores a tres mil (3000) Kilo Watt, durante un periodo no inferior a un año.

El texto completo del Decreto 48/005, del 15/02/05, está disponible para ser consultado a texto completo en: <http://www.presidencia.gub.uy/decretos/2005021603.htm>.

Fuente: Elaboración propia.

26 Información obtenida del Jefe de Cursos de la Escuela Naval, C/F Roberto Quintana, durante la entrevista mantenida el 12 de agosto de 2008.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 55 - IMES (Uruguay)

La Escuela Naval ha demostrado un profundo compromiso con la Calidad en la

Educación. En este sentido cabe destacar que:

La Escuela Naval viene desarrollando trabajos en el área de la Calidad en la Educación desde hace más de una década, creando la Comisión de Calidad y el Comité de Calidad, realizando diagnósticos del centro de estudios, planificando la mejora, capacitando oficiales en el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas, apostando al perfeccionamiento docente e implantando el Sistema Integral de Enseñanza Naval 2000, entre otras actividades. En el 2002 la Dirección optó por mantener firme este rumbo en busca de ese ideal y es así que se pueden destacar dos importantes logros: (a) Convocados por el Ministerio de Educación y Cultura, la Escuela Naval formó parte del Consejo Consultivo de la Enseñanza Terciaria Pública, elaborando y presentando al resto de las instituciones representadas, un Proyecto con carácter Experimental de Aseguramiento de la Calidad y Evaluación para el Sector Terciario Público. (b) Participar del Premio Nacional de Calidad en la Educación, dependiente del Comité Nacional de Calidad.27

La Escuela Naval obtuvo el Premio Nacional de la Calidad en la Educación, en su

edición 2005, distinción que compartió en esa oportunidad con el IMES (Instituto

Militar de Estudios Supriores) y el Colegio Jesús María.

4.2 Escuela Nacional de Policía

Esta escuela se fundó en el año 1943 y tiene como misión, la formación técnico-

profesional de los cuadros de Oficiales de la Policía de todo el País, cuya base es el

Curso de Cadetes. El curso de Cadetes tiene tres años de duración y para el ingreso

se exige tener aprobado enseñanza secundaria completa (6º año de secundaria

aprobado) en cualquiera de sus orientaciones. 28

En el año 2000, la ENP (Escuela Nacional de Policías) comenzó a realizar las

primeras gestiones para incorporar, la enseñanza de nivel universitario a su

actividad académica. En este contexto, suscribió en mayo de 2001, un convenio de

cooperación interinstitucional con la UDELAR (ver Anexo 1: Convenio ENP-

UDELAR).

En el año 2002, por Resolución del Consejo Directivo Central de la UDELAR, de

27 Fuente. <www.armada.mil.uy/armada-aporta/educacion.html>. 28 Mayor información sobre la ENP (Escuela Nacional de Policía) puede ser obtenida en: <www.minterior.gub.uy/webs/enp/CONTACT/escuela_nacional_de_policia.htm>.

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Sergio d´Oliveira (2008) - 56 - IMES (Uruguay)

fecha 10 de diciembre de 2002, se reconoció que “los cursos sobre disciplinas en

que la Universidad de la República desarrolla actividad tienen un nivel

correspondiente a los de un primer grado universitario”. Esto dio lugar a que, ese

mismo mes, el Poder Ejecutivo habilitara a la ENP (Escuela Nacional de Policías) a

emitir títulos de grado.

Cuadro 9: Decreto 503/002 (Reconoce Rango Universitario de la Escuela Nacional de Policía)

Decreto 503/002 del 27/12/02

RECONOCIMIENTO DE NIVEL TERCIARIO DEL CURSO DE FORMACIÓN DE OFICIALES DE LA ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA

VISTO: la solicitud planteada por la Escuela Nacional de Policía en cuanto a reconocer el nivel académico de los estudios que la misma imparte;

RESULTANDO: I) que en muchos casos los profesionales formados por la mencionada Institución enfrentan obstáculos para acceder a la educación continua que garantice su perfeccionamiento funcional y el debido aprovechamiento de los recursos públicos que solventaron su formación inicial;

II) que es necesario estimular y valorizar la formación de recursos humanos de alto nivel y especialización, a efectos de desarrollar tareas de asesoramiento, planificación, ejecución y dirección en las diferentes ramas del quehacer policial;

CONSIDERANDO: 1) que el Ministerio de Educación y Cultura, en razón de su materia, es competente para entender en la conducción superior de la política nacional de la cultura, la educación y la ciencia, en cuanto al régimen de coordinación de la enseñanza en general;

II) que es necesario promover medidas para preservar el derecho de todos los habitantes del país a una educación permanente y de calidad, especialmente en el caso de profesionales formados en el ámbito de instituciones educativas del Estado que imparten formación terciaria, facilitando su debida articulación en el contexto, a efectos de facilitar la inserción de sus egresados en el ámbito universitario;

III) que en situaciones análogas a la que plantea la Escuela Nacional de Policía se ha accedido a su reconocimiento, como en el caso del Instituto Militar de Estudios Superiores (Decreto N° 376/001 de 3 de octubre de 2001) y la Escuela Naval (Decreto N° 497/001 de 28 de diciembre de 2001 );

IV) que de acuerdo a la Resolución del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República en sesión ordinaria de fecha 10 de diciembre de 2002, "A partir de los materiales aportados por la Escuela Nacional de Policía y los mencionados informes, se entiende que los cursos sobre disciplinas en que la Universidad de la República desarrolla actividad tienen un nivel correspondiente a los de un primer grado universitario";

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a la Ley Orgánica Policial N° 13.963 de 22 de mayo de 1971 y sus modificativas, Decreto 75/972 de 1 de febrero de 1972 ya lo informado por la Dirección de Educación del Ministerio de Educación y Cultura;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:

Artículo 1°.- Reconócese el nivel académico de rango terciario del curso para la formación de oficiales dictado por la Escuela Nacional de Policía el que se estima equivalente en su desarrollo a una Licenciatura Universitaria.

Artículo 2°.- Los egresados del mencionado curso deberán inscribir su título de Licenciado en Seguridad Pública en el Registro de Títulos y Diplomas del Sector Terciario Público del Ministerio de Educación y Cultura.

Artículo 3°.- A los efectos de su funcionamiento, obligaciones y atribuciones, estará regido por lo que se establece en el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos, en todo lo que sea aplicable, hasta tanto sea aprobada la normativa que regule a las Instituciones Públicas de Educación Superior.

Artículo 4°.- Cométese al Ministerio de Educación y Cultura el control de calidad del nivel académico de la enseñanza impartida por la Escuela Nacional de Policía.

Artículo 5°.- Comuníquese, publíquese, pase a la Escuela Nacional de Policía y al Ministerio de Educación y Cultura. Cumplido, archívese.

Fuente: <www.presidencia.gub.uy/decretos/2002123003.htm>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 57 - IMES (Uruguay)

El Decreto 503/002, del 27 de diciembre de 2002, establece: “Reconócese el nivel

académico de rango terciario del curso para la formación de oficiales dictado por la

Escuela Nacional de Policía el que se estima equivalente a una Licenciatura

Universitaria (ver Cuadro 10: Decreto 503/002). Es de destacar que en el Decreto

referido, se mencionan como antecedentes las situaciones “análogas de

reconocimiento del IMES y de la Escuela Naval. Establece asimismo que deberá

regirse por lo dispuesto en el Decreto 308/995 y que el control de la calidad del nivel

será ejercido por el MEC. En base a lo dispuesto en el Decreto referido, la Escuela

Nacional de Policía comenzó a impartir la Licenciatura en Seguridad Pública en el

año 2003 y los primeros Licenciados que se graduaron por este régimen, lo hicieron

a partir del año 2005. Hasta el año 2007 inclusive, los Oficiales Sub Ayudantes

recién egresados, quedaban con destino en la ENP, durante todo el año posterior al

egreso, para completar los requerimientos académicos que le permitieran acceder a

la Licenciatura y para realizar sus tesis de grado.

En el año 2005, se habilitó la posibilidad de que los oficiales de Policía, que

ingresaron antes del 2000 puedan acceder a la Licenciatura en Seguridad Pública.

En este sentido, se dio la posibilidad a todos aquellos Oficiales egresados antes del

año 2001, que posean Curso de Estado Mayor a que cursen las materias que le

permitirían acceder a la Licenciatura. Estos cursos se dictan en horario nocturno,

tres veces por semana a lo largo de dos años lectivos. Dado que este programa

especial comenzó en el año 2005, los primeros oficiales que se graduaron, por este

medio, lo hicieron en el año 2007. Está previsto que este régimen especial para

acceder a la Licenciatura se mantenga solo por algunos años más y luego se

descontinúe.

El Decreto 83/006 (20 mar.06) agregó un cuarto año curricular (de marzo a

diciembre) a los planes de estudio de la Escuela Nacional de Policía, para poder

cumplir con los requisitos del Decreto 308/995 y poder así emitir títulos Licenciado

en Seguridad Pública a los egresados de ese Instituto. Esto se debe a que, a

diferencia de los institutos de formación de Oficiales de las FF.AA., cuyos cursos

duran 4 años, los cursos de formación de Oficiales de Policía duran solo tres años.

Este año curricular extra sería cursado con posterioridad al egreso como Oficial de

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 58 - IMES (Uruguay)

Policía, y durante el mismo, los Oficiales Sub Ayudantes recién graduados

permanecerían con destino en la ENP. Este año lectivo sería dictado entre los

meses de marzo a diciembre de cada año y cursarían cuatro materias: (1)

Criminalística, (2) Práctica Policial, (3) Legislación Profesional y (4) Equipos, Armas

y Tiro. Culminado el mismo, los Oficiales recién graduados serían destinados a

diferentes dependencias del Ministerio del Interior.

El Decreto142/008 (04 mar.08) dispuso la suspensión del régimen creado por el

Decreto 83/006. Esta suspensión busca permitir una reforma de los programas de

estudio de la ENP, debido a que desde su implementación, un elevado número de

Cadetes, han debido abandonar la ENP por no aprobar los exámenes

correspondientes. Esta reforma busca reducir la carga horaria de las materias

universitarias, para incrementar la carga horaria de las materias profesionales.

Cuadro 10: Marco Legal de la Licenciatura en Seguridad Pública que emite la ENP

Decreto 643/971 - Reglamenta la Ley Orgánica Policial dándose normas de funcionamiento de la Escuela

Nacional de Policía y organismos afines. Decreto 644/971 - Reglamenta la Ley Orgánica Policial, estableciéndose el reglamento general de disciplina. Decreto 308/995 - Aprueba el ordenamiento del Sistema de Enseñanza terciaria privada y fija sus cometidos.

Esta norma está disponible para consulta, a texto completo, en el sitio web del MEC: <http://educacion.mec.gub.uy/educ_terciaria/Decreto%20N308995.doc>.

Decreto 503/002 – (27 dic.02) Reconoce el “nivel académico de rango terciario del curso para la formación de

oficiales por la Escuela Nacional de Policía. Disponible para consulta a texto completo en: <www.presidencia.gub.uy/decretos/2002123003.htm>.

Decreto 83/006 – (20 mar.06) Escuela Nacional de Policía agrega a sus planes de estudio un cuarto año

curricular, posterior al egreso como Oficial de Policía, para poder cumplir con los requisitos del Decreto 308/995 y así poder emitir títulos Licenciado en Seguridad Pública. Disponible en: <www.presidencia.gub.uy/_Web/decretos/2006/03/077_R. 582_00001.PDF>.

Decreto 142/008 (04/03/08) - Dispone la suspensión de Licenciatura en Seguridad Pública para los oficiales sub

ayudantes egresados de la Escuela Nacional de Policía durante el 2008. Disponible en: <www.presidencia.gub.uy/_web/decretos/2008/03/34_19 10 2007_00001.PDF>.

Fuente: Elaboración Propia en base a fuentes diversas.

Los oficiales recién egresados, en vez de permanecer con destino en la ENP,

pasaron a prestar servicios en diferentes dependencias policiales atendiendo sus

actividades académicas, vinculadas a la Licenciatura en Seguridad Pública, fuera del

horario de servicio.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 59 - IMES (Uruguay)

Es importante destacar que, en el marco del convenio ENP-UDELAR, los docentes

que imparten materias socio-jurídicas, en la ENP, son designados por la Facultad de

Derecho de la UDELAR. Asimismo, los alumnos de la ENP cursan algunas materias

en la Facultad de Derecho de la UDELAR.

Hasta el año 2007, inclusive, la realización del 4º año en la ENP era obligatorio, a

partir de la reforma que se está realizando de los programas, se prevé que a partir

del año 2008, la realización del 4º año en la ENP sea voluntario. No obstante, está

en estudio la posibilidad de que en el futuro se exija ser graduado universitario para

poder acceder a la jerarquía de Oficial Jefe.

Por el momento, los cursos nocturnos para los Oficiales de Policía egresados antes

del año 2003, se mantienen sin ningún cambio.

4.3 Escuela Militar de Aeronáutica

La educación que imparten los institutos para la formación y perfeccionamiento de

los Oficiales de la FAU (Fuerza Aérea Uruguaya) está categorizada como educación

superior, terciaria, del sector no universitario, público y no autónoma, sin

posibilidades de continuación, de acuerdo a las normas UNESCO, establecidas por

la CINE (Calificación Internacional Normalizada de la Educación), así como por la

categorización que al respecto realiza el BID (Banco Interamericano de Desarrollo)

sobre los sectores funcionales de la educación terciaria.29

El 20 de noviembre de 1991, la FAU (Fuerza Aérea Uruguaya) firmó un convenio

con la UDELAR (Universidad de la República). Este convenio permitió estrechar los

vínculos de cooperación entre la FAU y las diferentes dependencias de la

Universidad de la República.

29 Información obtenida del Director de la ECEMA (Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo), Cnel. (Av.) Alberto Zanelli.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 60 - IMES (Uruguay)

En el año 1993, por Resolución del MEC (Ministerio de Educación y Cultura), del 7

de diciembre de 1993, los egresados de las Escuelas de Formación de Oficiales,

cualquiera fuera el Plan de Estudios que hubieran cursado, podrán ingresar

libremente y sin ningún tipo de trabas a cualquier institución que dicte estudios

superiores de tercer nivel, en cualquier centro docente público o privado, que

imparta carreras reconocidas por el MEC. No obstante, cabe destacar que la

UDELAR, por Resolución del Rector, de fecha 24 feb.94, consideró inexistente, por

falta de competencia en razón de la materia, la Resolución del MEC de fecha 07

dic.93, referente al ingreso a la Enseñanza pública Superior de ciudadanos

egresados de Institutos de Enseñanza dependientes del Poder Ejecutivo. Esto deja

en evidencia la total autonomía y la gran injerencia que la UDELAR posee en

materia de educación universitaria en nuestro país.

En el año 2002, el Consejo de Enseñanza Secundaria, emitió una Resolución por la

que se “reconoce a los estudiantes de la Escuela Militar de Aeronáutica con el cuso

aprobado de primer año, como equivalente a 3º de Bachillerato [6º año de

secundaria], Opción Ingeniería, Plan 1976”. Esta norma habilita a los cadetes de la

EMA (Escuela Militar de Aeronáutica), que han aprobado todas las materias

correspondientes al primer año de cadetes, a continuar estudios en cualquier

institución universitaria pública o privada del país, a la que se pueda acceder con el

“Bachillerato Opción Ingeniería” aprobado. 30

Posibilidades de formación universitaria a distancia. La FAU (Fuerza Aérea

Uruguaya) brinda a su personal superior y subalterno, la posibilidad de acceder a

diferentes titulaciones universitarias de grado, en la modalidad a distancia. Esto se

da en el marco del convenio que la FAU firmó con el IAU (Instituto Universitario

Aeronáutico) de la ciudad de Córdoba, Argentina. Aunque la totalidad de las

materias de cada carrera son realizadas totalmente a distancia, los alumnos deben

concurrir a la cuidad de Córdoba a rendir los exámenes correspondientes. A los

efectos de facilitar la realización de estos exámenes, la FAU proporciona transporte

30 Resolución del Consejo de Educación Secundaria Nº 12, del 12 de marzo de 2002, Exp. 3/16462/01.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 61 - IMES (Uruguay)

aéreo, con sus aeronaves, para los cursantes. Las titulaciones a las que el personal

de la FAU puede acceder mediante esta modalidad son:

• Licenciatura en Logística (4 años).

• Licenciatura en Administración (5 años).

• Licenciatura en Recursos Humanos (5 años).

• Ingeniería en Sistemas (5 años).

Es importante destacar que estas carreras poseen títulos intermedios (tecnicaturas

universitarias), a los que los cursantes acceden en el segundo o tercer año de la

carrera. Sin embargo, hasta el momento, las titulaciones obtenidas mediante el

convenio con el IAU (Instituto Universitario Aeronáutico) no son reconocidas por la

UDELAR, puesto que esta Universidad no reconoce titulaciones extranjeras dictadas

en la modalidad a distancia.

Posible creación de una Licenciatura en Ciencias Aeroespaciales. En el año

2008, la EMA (Escuela Militar de Aeronáutica) comenzó a exigir a los postulantes a

ingresar, tener secundaria completa (6º año de enseñanza secundaria aprobado).

Esto se enmarca de una estrategia tendiente a obtener, en el futuro, el

reconocimiento como “Institución de Rango Universitario” que ya lograron el IMES,

en el Ejército y la Escuela Naval, en la Armada. La EMA tiene planes de obtener la

habilitación para dictar una Licenciatura en Ciencias Aeroespaciales. Si embargo,

estas gestiones todavía no han sido iniciadas, estando de momento en fase de

análisis y planificación.

Es importante destacar que la actual situación, en materia de educación, a nivel

nacional, está en plano proceso de redefinición. Es este sentido debe considerarse

el proyecto de ley de educación que el Poder Ejecutivo envió al Parlamento Nacional

y el cual está a estudio de Poder Legislativo. La disposiciones que incluya la nueva

Ley de Educación a ser aprobada, determinará el futuro de la educación en general

y esto incluye, por supuesto a la educación de nivel universitario. Todo este entorno

no hace la actual coyuntura en el momento propicio para que se introduzcan

cambios en la educación universitaria que imparten las escuelas de formación de

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 62 - IMES (Uruguay)

oficiales, tanto del MDN (Ministerio de Defensa Nacional), como del MI (Ministerio

del Interior).

4.4 Conclusiones Parciales

A nivel nacional todos los Institutos de formación de oficiales, con excepción de la

EMA (Escuela Militar de Aeronáutica) otorgan algún tipo de título universitario. En

este sentido cabe destacar que los egresados de la EM (Escuela Militar) pueden

acceder a la Licenciatura en Ciencias Militares. Por su parte, los egresados de la

Escuela Naval están en condiciones de acceder al título universitario de Licenciado

en Sistemas Navales.

Por su parte, la ENP (Escuela Nacional de Policía), otorga la Licenciatura en

Seguridad Pública a sus alumnos recibidos (tres años) que cursen un año posterior.

Sin embargo, en la actualidad, esta institución está en pleno proceso de

reformulación de sus planes de estudio, con el fin de adecuarlo a las reales

necesidades del Ministerio del Interior, en base a la experiencia adquirida desde que

se inició el proyecto universitario en la ENP (Escuela Nacional de Policía).

La EMA (Escuela Militar de Aeronáutica), aunque en 2008 comenzó a exigir 6º año

de secundaria aprobado para ingresar al primer año de cadetes, no ha realizado

todavía ninguna gestión a los efectos de obtener la habilitación como institución de

rango universitario, como sus pares del Ejército y la Armada. Dada la actual

situación, en materia de la normativa que regula la educación en el Uruguay, muy

posiblemente estas gestiones no tendrán lugar hasta que se apruebe la nueva Ley

de Educación, actualmente a estudio del Parlamento Nacional.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 63 - IMES (Uruguay)

5 Educación Universitaria Militar en la Región

En esta parte del trabajo nos limitaremos a estudiar las carreras, títulos y diplomas

de nivel universitario que se dictan o que se revalidan en los diferentes institutos de

educación militar de los países seleccionados, y no en el aspecto militar de las

mismas, por lo que se obviaran los institutos que no brinden estos títulos.

Se eligieron para este estudio los planes de carrera de Argentina, Brasil y Chile, por

ser los Ejércitos más semejantes al nuestro en doctrina, y además de ser los países

latinoamericanos con cuales se realizan intercambios académicos más

frecuentemente.

5.1 Ejército Argentino

5.1.1 Sistema Educativo del Ejército Argentino

El Comando de Educación y Doctrina del Ejército Argentino, tiene como cometido la

planificación, presupuesto, ejecución, y supervisión, en el mediano y corto plazo, de

las actividades de Educación y Doctrina que se desarrollan en el ámbito Académico

Militar y aquellas que le competen en el ámbito de la Educación Operacional, para

alcanzar la finalidad de la educación en el Ejército, a fin de contribuir al logro de los

objetivos y políticas educativas de la fuerza. Está organizado de la siguiente manera:

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 64 - IMES (Uruguay)

Cuadro 11: Sistema de Enseñanza del Ejército Argentino

Fuente: COEDOC (Comando de Educación y Doctrina) “Teniente General Pablo Riccheri”

dependiente del Ejército Argentino: <www.coedoc.ejercito.mil.ar>.

IESE (Instituto de Enseñanza Superior del Ejército). El 1° de enero de 1986, se

creó la Dirección de Institutos Superiores del Ejército para coordinar al Colegio

Militar de la Nación, la Escuela Superior de Guerra y la Escuela Superior Técnica,

principales integrantes del sistema educativo superior de la Fuerza. En ese entonces

existía la idea de transformar a la Dirección en un Instituto Universitario, meta que

pudo concretarse en 1990 al amparo del artículo 16 de la Ley 17.778. El IESE

(Instituto de Enseñanza Superior del Ejército) se creó por medio de la Resolución del

Ministerio de Educación y Justicia N° 2024, del 29 de octubre de 1990. A los efectos

de la Educación Académica, constituyen unidades académicas del IESE el Colegio

Militar de la Nación, la Escuela Superior de Guerra y la Escuela Superior Técnica. 31

31 Por mayor información sobre el IESE (Instituto de Enseñanza Superior del Ejército), se recomienda consultar: <www.iese.edu.ar>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 65 - IMES (Uruguay)

Este estudio se concentrará en la parte académica de la formación que imparte en el

Ejército Argentino, por lo cual se analizarán las actividades de los siguientes

institutos:

• Colegio Militar de la Nación.

• Escuela Superior de Guerra.

• Escuela Superior Técnica.

5.1.2 Colegio Militar de la Nación 32

El Colegio Militar de la Nación es el instituto de formación de oficiales del Ejército, de

donde egresan los subtenientes que formaran parte del cuadro de oficiales del

Ejército. El Plan de Estudios del Colegio Militar impone el desarrollo de exigencias

académicas de nivel universitario. Dentro del área académica, el colegio ha

centrado sus esfuerzos en el aspecto de Conducción y Gestión Operativa. El

instituto tiene varios sistemas de incorporación de efectivos, a saber:

• El sistema de incorporación tradicional incorpora jóvenes de hasta veinticinco

años que posean los estudios de nivel secundario completos aprobados, para

recibirse, luego de cuatro años de estudio, con el grado de Subteniente y

Licenciado en Conducción y Gestión Operativa, con orientaciones alternativas en

Armas, Contable ó Logística de Material. Esta carrera es de validez nacional y ha

sido aprobada por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, mediante la

Resolución Nro. 1.652, del 23 de diciembre de 2004.

• El sistema de Profesionales incorpora abogados, veterinarios, pilotos de avión

comercial, analistas de sistema, profesores de educación física, médicos,

odontólogos, farmacéuticos, bioquímicos y enfermeros universitarios; para

ejercer dicha profesión elegida dentro del Ejército, formando parte de su cuerpo

de oficiales luego de un curso de formación militar.

32 Por mayor información sobre el Colegio Militar de la Nación del Ejército Argentino, se recomienda consultar: <www.colegiomilitar.mil.ar>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 66 - IMES (Uruguay)

• Además el Colegio Militar de la Nación incorpora graduados universitarios,

estudiantes universitarios y terciarios recibidos o que hayan aprobado el segundo

año o 12 materias de cualquier carrera de grado universitaria. La duración de la

carrera es de un año y medio para los graduados universitarios y dos años para

los graduados terciarios y estudiantes universitarios con segundo año aprobado.

El Instituto ofrece además la Carrera de pregrado de Enfermería Universitaria,

incorporando jóvenes hasta 24 años que posean los estudios de nivel secundario

completos aprobados, para egresar luego de tres años de estudio, con el grado de

Subteniente Enfermero Profesional.

Como parte de los requisitos para el ingreso al Instituto a los diferentes sistemas de

incorporación se deberá ser argentino nativo o por opción y aprobar los exámenes

de aptitud física, médico, intelectual y psicopedagógico, dentro de las vacantes

disponibles.

5.1.3 Titulo de Licenciado en Conducción y Gestión Operativa

El objetivo educativo del instituto es formar graduados universitarios capaces de

adecuar teorías, doctrinas y métodos de empleo de organizaciones militares,

aplicadas a la conducción y gestión de funciones operativas derivadas de la Defensa

Nacional. El título que se brinda junto con el de Subteniente es Licenciado en

Conducción y Gestión Operativa, siendo los alcances del mismo los siguientes:

• Liderar Organizaciones Terrestres de las Armas en su nivel jerárquico.

• Administrar recursos humanos y materiales.

• Aplicar diferentes metodologías para la toma de decisiones en ambientes

inciertos y complejos.

• Planificar, supervisar y controlar actividades de la organización que le depende.

• Educar e instruir al personal a su cargo en funciones de la Defensa.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 67 - IMES (Uruguay)

• Intervenir en organizaciones de defensa civil y de apoyo a la comunidad ante

catástrofes naturales.

• Participar en misiones para el mantenimiento de la paz y apoyo humanitario en el

marco de Organizaciones Internacionales fuera del territorio nacional.

• Aplicar procedimientos en el ámbito de la Justicia Militar.

• Emplear sistemas informáticos básicos.

5.1.4 Escuela Superior de Guerra 33

Como parte de los estudios superiores del Ejército encontramos la Escuela Superior

de Guerra, la que tiene como misión planificar, programar y conducir el proceso

enseñanza - aprendizaje de todos los Cursos Militares y de la Licenciatura en

Estrategia y Organización, para el logro de los alcances establecidos en el Proyecto

Educativo, a fin de propender al incremento de la calidad educativa. Los cursos que

brinda dicho instituto son:

5.1.4.1 Cursos Militares

• Ciclo de Formación del Oficial de Estado Mayor

• Ciclo de Formación del Oficial Especialista en Administración en

Logística de Recursos Humanos

• Ciclo de Formación del Oficial Especialista en Administración Logística de

Recursos Materiales

• Ciclo de Formación del Oficial Especialista en Gestión de la Información

• Curso de Mandos Superiores

• Homologación de la Licenciatura en Estrategia y Organización

(También modalidad a distancia)

33 Por mayor información sobre la Escuela Superior de Guerra "Tte. Grl. Luís María Campos", del Ejército Argentino, se recomienda consultar: <www.escuelasuperiordeguerra.iese.edu.ar>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 68 - IMES (Uruguay)

• Curso de Auxiliar de Estado Mayor Especial en Asuntos Territoriales para

Oficiales de Reserva

5.1.4.2 Cursos a Distancia

• Homologación a la Licenciatura en estrategia y organización

(también modalidad presencial).

• Licenciatura en relaciones internacionales.

• Curso de actualización doctrinaria.

• Gestión de la información para la toma de decisiones estratégicas.

• Planeamiento y gestión educativa militar - módulo 1 (subsistema de educación

operacional).

5.1.4.3 Carreras de Grado y Postgrado

• Maestría en estrategia y geopolítica.

• Maestría en historia de la guerra.

5.1.5 Escuela Superior Técnica 34

El objetivo fundamental es el de formar profesionales a nivel de grado y especialistas

a nivel de postgrado en las áreas del conocimiento específico, aportando a la

sociedad recursos humanos altamente calificados, capaces de participar en

proyectos de producción, innovaciones tecnológicas, desarrollos tecnológicos e

investigaciones en los temas de su competencia, contribuyendo de esta manera al

desarrollo nacional.

34 Por mayor información sobre la Escuela Superior Técnica del Ejército Argentino, se recomienda consultar: <www.ingenieriaest.iese.edu.ar>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 69 - IMES (Uruguay)

5.1.5.1 Carreras de Grado • Ingeniería informática.

• Ingeniería electrónica.

• Ingeniería geográfica.

• Ingeniería mecánica orientación armamento.

• Ingeniería mecánica orientación automotores.

5.1.5.2 Postgrados • Especialización en criptografía y seguridad teleinformática.

• Maestría en gestión tecnológica.

• Especialización en sistemas de control.

5.2 Ejército Brasileño

5.2.1 Academia Militar das Aghulas Negras (AMAN) 35

La AMAN es la academia de formación de oficiales del ejercito del brasilero. El

estudio de las Ciencias militares en la AMAN, tiene como propósito la formación

doctrinaria y la preparación de los planificadores y de los encargados de los recursos

puestos a la disposición de la fuerza terrestre para el cumplimiento de su misión

constitucional. La duración de los cursos es de 4 (cuatro) años y son divididos en

dos fases distintas:

• la 1ª fase, correspondiendo a 1º y 2º año, tiene como objetivo inicial la formación

del cadete, con la adquisición del conocimiento común a todos los cursos,

calificándolo para la continuación en 3º y 4º año.

• la 2ª fase, correspondiendo a 3º y 4º año, tiene como objetivos: (1) complementar

la formación dada al cadete en 1º y 2º año, siendo calificado para el desempeño

en las posiciones de teniente y capitán no perfeccionado de las armas

35 Por mayor información sobre la Academia Militar das Aghulas Negras (AMAN) del Ejército Brasileño, se recomienda consultar: <www.aman.ensino.eb.br>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 70 - IMES (Uruguay)

(infantería, caballería, artillería, ingenieros y comunicaciones), del servicio de

Intendencia y del cuadro del material de guerra. (2) dirigir el futuro oficial en

cuanto a la continuación de los estudios necesarios para los cargos del capitán

perfeccionado.

Los cursos y los programas de nivel universitario o de grado superior, dictados por el

Ejército, poseen diplomas y títulos diversos, equivalentes de los conferidos por

educación superior nacional. Cuando el alumno concluye el curso de oficial en la

AMAN, con la aprobación de todos los contenidos según las regulaciones de los

establecimientos educativos, recibe el título de Bachiller en ciencias militares, el que

lo habilita a cursar los diferentes post-grados y maestrías de la carrera.

5.2.2 Escuela de Perfeccionamiento de Oficiales (EsAO) 36

La EsAO (Escola de Aperfeiçoamento de Oficiais) tiene como objetivo "perfeccionar

a los capitanes del Ejército, habilitándolos a comandar e integrar estado mayores de

organizaciones militares". Además del curso de perfeccionamiento para capitanes en

la ESAO se brindan los títulos de:

• Post-grado en operaciones militares.

• Maestría en operaciones militares.

5.2.3 Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército 37

Todos los cursos de la escuela son de post-grado y dictados en consonancia con la

legislación que regula la enseñanza de grado en el país. Este instituto brinda los

siguientes cursos:

• Curso de Política, Estrategia y Alta Administración del Ejército.

36 Por mayor información sobre la EsAO (Escola de Aperfeiçoamento de Oficiais) del Ejército Brasileño, se recomienda consultar: <www.esao.ensino.eb.br>. 37 Por más información sobre la ECEME (Escola de Comando e Estado-Maior do Exército), se recomienda consultar: <www.eceme.ensino.eb.br>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 71 - IMES (Uruguay)

• Curso de Política, Estrategia y Alta Administración del Ejército a Distancia.

• Curso de Preparación para cursos de Altos Estudios Militares.

• Curso de Altos Estudios Militares.

• Curso de Comando y Estado Mayor.

• Curso de Jefe de Estado Mayor para Oficiales Intendentes.

• Curso de Dirección para Ingenieros Militares.

• Curso de Jede de Estado Mayor para Oficiales Médicos.

• Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales de Naciones Amigas.

• Curso de Gestión y Asesoramiento de Estado Mayor.

Dependiendo de que cursos se realicen, brinda los siguientes títulos de grado:

• Post-grado en ciencias militares.

• Maestro en ciencias militares.

• Doctor en ciencias militares.

• Post-grado en política, estrategia y administración militar.

5.3 Ejército de Chile

El Comando de Institutos y Doctrina (CIDOC), es el organismo militar encargado de

velar por la formación y perfeccionamiento profesional del personal, abarcando las

áreas de docencia, instrucción, entrenamiento y de capacitación en todos sus

niveles. Dependiendo directamente del Comandante en Jefe del Ejército, la División

Escuelas es la entidad rectora de los distintos centros educativos militares, como

son: 38

• Escuelas Matrices (Escuela Militar y Escuela de Suboficiales).

• Academias (de Guerra y Politécnica Militar).

• Escuelas de Armas (Infantería, Artillería, Caballería Blindada, Ingenieros,

telecomunicaciones).

38 Por mayor información sobre el Comando de Institutos y Doctrina (CIDOC) del Ejército de Chile, se recomienda consultar: <www.ejercito.cl/nuestro_ejercito/comando_educacion.php>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 72 - IMES (Uruguay)

• Escuela de los Servicios y Educación Física.

• Escuelas de Especialidades Secundarias.

La organización del CIDOC (Comando de Institutos y Doctrina) es la que aparece en

el cuadro siguiente:

Cuadro 12: Sistema de Enseñanza del Ejército Chileno

Fuente: Ejército de Chile.

A los efectos del presente estudio, serán analizados en particular los siguientes

institutos:

• Escuela Militar.

• Academia de Guerra.

• Academia Politécnica Militar.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 73 - IMES (Uruguay)

5.3.1 Escuela Militar 39

El proyecto educativo de Nivel Superior para la Escuela Militar, constituye la

propuesta educacional que traduce y pone en ejecución todos los principios de la

doctrina institucional y está orientado a potenciar la preparación principalmente en el

ámbito militar de los nuevos Oficiales, con cuatro años profesionales que les

permiten a los egresados recibir, junto con su nombramiento como Oficiales de

Ejército, una “Licenciatura en Ciencias Militares”, titulo de grado académico

acreditado por la Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado (CNAP).

Este proyecto Educativo posee una estructura curricular, docente y militar, cuyo

enfoque se convierte en un conjunto dinámico, constituido por elementos

relacionados entre sí y dirigidos a un propósito educacional común y bien

determinado.

5.3.2 Academia de Guerra (ACAGUE) 40

Es el organismo docente encargado de planificar, coordinar, ejecutar y gestionar

integralmente el Curso Regular de Estado Mayor (CREM); los Cursos de

Informaciones para Oficiales de las Armas (CIOA) y de los Servicios (CIOS); el

Diplomado en Ciencias Militares para el Curso Regular de Ingenieros Militares

(CRIM) y la formación de los Profesores Militares de Academia.

5.3.2.1 Cursos Militares

• Curso Regular de Estado Mayor.

• Curso de Informaciones para Oficiales de Armas (Similar al CCPJ).

• Curso de Informaciones para Oficiales de los Servicios.

39 Por mayor información sobre la Escuela Militar del Libertador Bernado O´Higgins, del Ejército de Chile, se recomienda consultar: <www.escuelamilitar.cl>. 40 Por mayor información sobre la Academia de Guerra del Ejercito de Chile se recomienda consultar: <www.acague.cl>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 74 - IMES (Uruguay)

5.3.2.2 Postgrados

• Magíster en ciencias militares, mención en estudios de seguridad y defensa.

• Magíster en historia militar y pensamiento estratégico.

• Diplomado en estudios de seguridad y defensa.

• Diplomado corresponsal de defensa.

5.3.3 Academia Politécnica Militar (ACAPOMIL) 41

La academia politécnica militar forma ingenieros militares y capacita personal de

todas las instituciones de las fuerzas armadas y a profesionales civiles del Ejército,

apara sumir los desafíos científicos y tecnológicos que requiere la fuerza.

5.3.3.1 Postgrados

• Magíster en ciencias militares, mención en gestión estratégica de organizaciones.

• Magíster en ciencias de la ingeniería, mención en tecnologías de sistemas de ma

ndo y control.

• Magíster en ingeniería de sistemas logísticos en conjunto con la Pontificia

Universidad Católica de Valparaíso (PUCV).

5.3.3.2 Diplomas

• Diplomado en gestión de calidad.

• Diplomado prevención de riesgo, nivel intermedio.

41 Por mayor información sobre la ACAPOMIL (Academia Politécnica Militar) del Ejército de Chile, se recomienda consultar: <www.acapomil.cl>.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 75 - IMES (Uruguay)

5.3.3.3 Cursos • Postítulo en Telecomunicaciones y Redes de Datos.

• Diplomado en Gestión de Transporte y Distribución.

• Diplomado en Administración de Proyectos.

• Diplomado en Ingeniería de Sistemas.

• Diplomado en Mantenimiento Integral.

• Diplomado en Gestión Estratégica.

• Curso de Municiones y Artificios.

• Curso en Gestión Estratégica.

• Curso de Ingeniería de Requerimientos para Sistemas de Defensa.

• Curso de Formulación de Requerimientos Operacionales y Especificaciones

Técnicas.

• Curso de Ingeniería de Sistemas.

• Curso de Gestión de Mantenimiento.

• Otros cursos que las Unidades soliciten.

• Cabe destacar que en todos los niveles de formación en el ejército de Chile, los

alumnos deben pagar por dichos cursos (incluyendo la formación inicial en la

Escuela Militar).

Como puede verse, los tres países analizados han encontrado diferentes formas de

incorporar la educación universitaria en sus planes de carrera. A manera de síntesis

del presente subcapítulo, se analizarán a continuación las principales características

que distinguen a las diferentes soluciones que han encontrado los Ejércitos

analizados, con el fin de gestionar la educación universitaria.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 76 - IMES (Uruguay)

5.4 Conclusiones Parciales

Argentina. El Comando de Educación y Doctrina tiene como cometido la

planificación, presupuesto, ejecución y supervisión en el corto y mediano plazo, de

las actividades de educación y doctrina que se desarrollan en el ámbito académico

del Ejército Argentino. La educación académica se desarrolla en: Colegio Militar de

la Nación, Escuela Superior de Guerra y Escuela Superior Técnica. Los

Subtenientes que egresan del Colegio Militar lo hacen como Licenciados en

Conducción y Gestión Operativa, con orientaciones alternativas en Armas, Contable

o Logística de Material.

Brasil. En el más alto nivel de decisión encontramos el Departamento de Enseñanza

e Investigación que conduce las actividades relativas a la educación, educación

física, deporte, investigación y desarrollo en las áreas de doctrina y personal. La

Escuela Militar de las Águilas Negras (AMAN) otorga a sus egresados el título de

Bachiller en Ciencias Militares. La Escuela de Perfeccionamiento de oficiales es el

primer nivel que ofrece post grados y maestrías.

Chile. El Comando de Institutos y Doctrina es el organismo militar encargado de

velar por la formación y perfeccionamiento profesional del personal en todos sus

niveles. La Escuela Militar permite a sus egresados recibir, junto con su

nombramiento como Oficiales, la Licenciatura en Ciencias Militares.

Los Ejércitos de los tres países analizados presentan, al igual que el Ejército

Nacional Uruguayo, la posibilidad de que sus Oficiales accedan a titulaciones de

nivel universitario. Asimismo, como pudo verse, que en los países analizados no se

utilizan exactamente los mismos criterios. En este sentido, cabe destacar que las

escuelas militares de Chile y Argentina otorgan una licenciatura al egreso de sus

alumnos. En el caso de Brasil, la Escuela Militar de las Águilas Negras (AMAN) solo

otorga a sus egresados el título de Bachiller en Ciencias Militares. Posteriormente, la

Escuela de Perfeccionamiento de Oficiales, que es el equivalente del IMAE (Instituto

Militar de las Armas y Especialidades), es el primer nivel que ofrece titulaciones

universitarias.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 77 - IMES (Uruguay)

Cuadro 13: Títulos Universitarios Militares Otorgados por las FF.AA. de la Región

Institutos de Formación de Oficiales

Institutos de Perfeccionamiento

de Oficiales

Institutos de Estudios Superiores

para Oficiales

Institutos de Estudios

Politécnicos

URUGUAY

------

------

IMES Lic. en ciencias militares (previa tesis)

IMES Ingeniero Militar

ARGENTINA

Licenciado en conducción y gestión operativa

-------

Homologación a la Licenciatura en estrategia y organización. Licenciatura en relaciones internacionales. Maestría en estrategia y geopolítica. Maestría en historia de la guerra.

Ingeniería informática. Ingeniería electrónica. Ingeniería geográfica. Ingeniería mecánica orientación armamento. Ingeniería mecánica orientación automotores. Especialización en criptografía y seguridad teleinformática. Maestría en gestión tecnológica. Especialización en sistemas de control.

BRASIL

Bachiller en ciencias militares

Post-grado en operaciones militares. Maestría en operaciones militares.

Post-grado en ciencias militares. Maestro en ciencias militares. Doctor en ciencias militares. Post-grado en política, estrategia y administración militar.

------------

CHILE

Licenciado en ciencias militares.

-----

Magíster en ciencias militares, mención en estudios de seguridad y defensa. Magíster en historia militar y pensamiento estratégico. Diplomado en estudios de seguridad y defensa. Diplomado corresponsal de defensa.

Magíster en ciencias militares, mención en gestión estratégica de organizaciones. Magíster en ciencias de la ingeniería, mención en tecnologías de sistemas de mando y control. Magíster en ingeniería de sistemas logísticos. Diplomado en gestión de calidad. Diplomado prevención de riesgo, nivel intermedio.

Fuente: Elaboración propia.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 78 - IMES (Uruguay)

6 Conclusiones

La Escuela Militar sin lugar a dudas es el escalón inicial en la carrera del Oficial y es

la que debe de proveerle aquellos instrumentos necesarios para desarrollarse tanto

desde el punto de vista profesional como desde el punto de vista personal. Tratando

de mantener ese objetivo la Escuela Militar a lo largo de más de 120 años se ha

adaptado constantemente a la diversas necesidades de los momentos en que a

vivido, tal es así que hasta el día de la fecha a variado doce veces de planes de

estudio. Estas modificaciones han tenido diversos tenores respondiendo a diversas

iniciativas y por muy variados motivos, pero todas ellas han circunscripto su

modificación a cuestiones relacionadas a la duración de los cursos o al énfasis que

se a dado en los mismos tanto en lo cultural o como en lo profesional variando de

uno al otro.

En el año 1987 con la introducción del nuevo plan de estudios se establece como

condición de ingreso fundamental tener 6º año de bachillerato aprobado, lo cual

coloca al Instituto Escuela Militar en el nivel superior o terciario de estudios.

La Escuela Militar se encuentra inserta dentro del Sistema de Enseñanza del

Ejército, este Sistema de Enseñanza del Ejército tiene una estructura basada en un

Director General que conduce, coordina y supervisa el propio sistema basándose en

3 niveles o categorías de Centros Educativos, en un primer nivel y en carácter de

total igualdad se encuentran la Escuela Militar, el I.M.E.S., el I.M.A.E. y el Liceo

Militar que pese a depender, de acuerdo a la última modificación del sistema, de la

Escuela Militar pertenece a ese primer nivel. Estos Institutos de primer nivel

capacitan inicialmente a los cadetes de la Escuela y luego a los Oficiales a lo largo

de todo el plan de carrera y en lo que se refiere a los cursos obligatorios cada uno

de ellos comienza su capacitación en el punto en que el anterior la dejó. En lo que

se refiere a la Escuela Militar y el por qué se plantea la posibilidad de que los

Alféreces se recibieran con la Licenciatura debemos de retrotraernos al plan que

comenzó a aplicarse en 1989. En ese año la Escuela Militar pasa de exigir 4º año de

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 79 - IMES (Uruguay)

secundaria, como se hacía hasta ese momento, a exigirse 6º año aprobado de

cualquier opción excepto la biológica. Este plan establecía como objetivos una

cultura de base amplia, profunda raigambre democrática, formación teórica y

capacitación práctica, preparación para la investigación, solvencia en la problemática

de la profesión y capacitación como Jefe de Sección.

Si bien el plan no establece ninguna organización para los cursos y no menciona las

orientaciones en que deben de formarse, la Escuela Militar organiza los cursos, a

partir del comienzo de la aplicación de este plan, por las orientaciones que traen sus

alumnos de la Enseñanza Secundaria. Consultado un actor del momento la razón

esgrimida sería para que gastar recursos en hacer igual lo desigual. A partir del año

2006 se empiezan a hacer estudios de evaluación, se forman comisiones, se

involucra a los Señores Oficiales Generales en el proceso y finalmente se decide

modificar el plan vigente. En este proceso influyeron determinados factores entre los

que se destacan los elementos “doctrinarios”. En el año 1998 no se contaba con un

perfil del egresado claramente definido, posteriormente se elaboran proyectos de

perfil, pero no existía un perfil que definiera claramente el producto final como era

deseable que la Escuela Militar lo tuviera.

La situación con respecto a los ingresos era diferente, no solo por el hecho de que el

poder de captación que tenía la Escuela Militar era mayor, si no porque la calidad de

los alumnos egresaron, hasta el año 1991 era diferente de la calidad que los

alumnos que ingresaron en el año 2007. Dentro de los aspectos “estructurales” se

encuentra en primer lugar, la complejidad de la instrumentación del plan de

actividades al encontrarse los alumnos divididos no solo por arma o por orientación o

por curso preparatorios y cursos profesionales y orientación. En segundo lugar,

encontramos que esa división en grupos pequeños generaba 4 períodos de

exámenes anuales lo que sumado a los tiempos de preparación de esos períodos

insume una gran cantidad de tiempo. Esta reducción en los tiempos disponibles

llevó una disminución de aquellos dedicados a la práctica de los conocimientos

profesionales.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 80 - IMES (Uruguay)

Desde el punto de vista de factores “presupuestales”, la división en grupos pequeños

que mencionáramos anteriormente sobre todo en aquellas opciones de poca

convocatoria como Arquitectura e Ingeniería, llevó a que el costo profesor/alumno en

estos casos fuera elevado. Por último evaluando el plan desde el punto de vista de

los “resultados”, hasta el año 2007 han egresado de la Escuela Militar 715 Alféreces

de los cuales solo un 2%, 15 han obtenido la Licenciatura en Ciencias Militares y

solo 0,56%, 4 a obtenido un título universitario y ninguno de ellos en las opciones

cursadas. Esto lleva a que en el proceso de estudio de los cambios a realizar en la

Escuela Militar se empieza a evaluar la posibilidad de introducir aquellos que se

están desarrollando actualmente en el I.M.E.S. en el año académico posterior que se

implementa para la obtención de la Licenciatura de Ciencias Militares.

Posteriormente, en el año 1993 se reconoce a la Escuela Militar como Centro de

Enseñanza Superior de Tercer nivel disponiendo en esa oportunidad que se deberá

poner conocimiento de las modificaciones que se realicen al plan de estudio, esto

requiere especial importancia ya que reconoce la autonomía del Ministerio de

Defensa Nacional con respecto a la confección de los planes de estudio de sus

Escuelas. Es también de destacar dentro del convenio marco que firma el Ejercito

Nacional y la UDELAR un convenio referido específicamente a la Escuela Militar y

que desde nuestro punto de vista tienen dos aspectos sumamente resaltables. El

primero de ellos es el ingreso directo de los Oficiales del Ejército Nacional las

Facultades y Escuelas, y el segundo es que establece materias de aprobación

recíproca y que determina que cuando se realicen, tanto de parte de la UDELAR o

de las Facultades como de la Escuela Militar, modificaciones aquellas asignaturas

involucradas, quedan en suspenso las mismas, hasta tanto se analicen y aprueben

los cambios. A su vez la Escuela Militar en el año 1998 obtiene la creación del título

de bachiller militar como complementario principal de Alférez del Ejercito Nacional.

El Instituto Militar de Estudios Superiores es uno de los Centros de Enseñanza de

primer nivel del Sistema de Enseñanza del Ejército igual que la Escuela Militar y el

Instituto Militar de las Armas y Especialidades. El I.M.E.S. comienza en el año 1999

a estudiar la posibilidad de otorgar algún título, orientándose inicialmente para

obtener el correspondiente de Ingeniero Militar para los egresados de la Escuela de

Ingeniería Militar. Luego de un lapso de estar en contacto con el Ministerio de

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 81 - IMES (Uruguay)

Educación y Cultura y estudiar los requisitos que se le planteaban para sus

inquietudes, el I.M.E.S. encuentra básicamente tres escollos importantes para sus

aspiraciones. El primero de ellos con respecto a la duración de los cursos ya que los

cursos en el I.M.E.S. no duran más de un año, por lo tanto la carga horaria tampoco

era la que se le exigía. Con respecto al cuerpo docente no reunía el nivel necesario

para poder dictar estudios correspondientes a una Licenciatura y también carecía de

personal calificado para el desarrollo del diseño curricular. Para sobrellevar estos

obstáculos, con respecto a la duración de los cursos y a la carga horaria forma dos

grupos diferentes de aspirantes al título, primer grupo serían aquellos Oficiales

egresados de la Escuela Militar con el nuevo plan, de los cuales se toman los cuatro

años de Escuela Militar a los efectos de llegar a los años y la carga horaria y el

segundo grupo serían los Oficiales Superiores y se le contabilizarían a los efectos,

todos los cursos obligatorios y el curso de Estado Mayor que se desarrolla en el

I.M.E.S. Con respecto a la calidad del cuadro Docente, inicialmente se cuenta con el

apoyo de Docentes de las Universidades Privadas y posteriormente se logra el

reconocimiento de los Oficiales de Estado Mayor como el nivel más alto para ejercer

la docencia en el ámbito militar y apto a los efectos. Al respecto del personal

calificado se envían dos Oficiales Superiores a realizar los estudios

correspondientes en la Universidad Católica. En base a la situación detectada en el

Consejo Consultivo del Ministerio de Educación y Cultura el I.M.E.S. decide

canalizar el esfuerzo de la coordinación de la obtención de esta Licenciatura dentro

de la Universidad de la República. Los estudios posteriores al egreso relativos a la

licenciatura que se desarrollan en el IMES, consisten en un curso a distancia de una

duración de cinco meses y con carga horaria variable. En este curso se imparte

enseñanza correspondiente a Metodología de la Investigación.

Otro actor de importancia es la UDELAR. En este ámbito debemos estudiar cuatro

documentos que resultan básicos. El primer documento que encontramos que

plasma las inquietudes del I.M.E.S., es un documento producido por Dr. Jorge Ares

Pons en el que analiza en profundidad las aspiraciones del I.M.E.S., destacando

inicialmente, que confunde a la Dirección del I.M.E.S., como el Órgano Rector del

Sistema de Enseñanza del Ejército atribuyéndole una jerarquía superior o rectora de

los demás Institutos.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 82 - IMES (Uruguay)

En segunda instancia de su análisis concluye que no cree adecuada la

denominación de Instituto Universitario para el I.M.E.S., como era su pretensión,

pero si reconoce el rango Universitario de las formaciones que brinda y por primera

vez en un documento, queda plasmado la regulación de las actividades del I.M.E.S.

por el Decreto 308/995 que rige a los Institutos Universitarios o Universidades

Privadas. Dentro del primer grupo de alumnos que habíamos mencionado

anteriormente, establece fundamentalmente en lo que nos interesa en este estudio,

que cree razonable reconocer el carácter de Licenciado en Ciencias Militares a

aquellos alumnos de la Escuela militar que habiendo completado sus 4 años de

estudio, realizaran un año posterior culminando con una tesis. Es de destacar que

este requerimiento, acorde a lo que se deduce del informe mencionado,

correspondería al planteo del propio IMES. En mayo del 2001 en un nuevo

documento, el Consejo de la UDELAR hace suyas las conclusiones, no haciendo

lugar a que el I.M.E.S. sea Universidad o Instituto Universitario y admite que el nivel

de una Institución Militar, sin especificar cual, sea equiparable al de un Instituto

Universitario, acepta que se les pueda otorgar una Licenciatura a los egresado de la

Escuela Militar que cursen un año posterior culminando en un trabajo de tesis y que

los Oficiales Superiores en las condiciones en que había planteado el I.M.E.S.

también la obtengan y dispone que se profundice un estudio jurídico del alcance el

termino Licenciatura y su uso por parte de un Instituto Militar. En julio del 2001, el Dr.

Emilio Blasco, luego de realizar un exhaustivo estudio en diversos países y en

diversos Institutos Militares de distintas partes de la región y del mundo, culmina que

admitido el que nivel académico de estudios cursado en una Institución Militar es

equiparable al nivel logrado de los estudios que culminen en un otorgamiento de un

título de Licenciado en alguna dependencia de la UDELAR, corresponden admitir el

otorgamiento, de los egresados de la Institución Militar del correspondiente título de

Licenciado.

La UDELAR toma conocimiento del informe del Dr. Blasco el 17 de julio de 2001, y

aprueba las siguientes conclusiones: la creación de Institutos de Enseñanza Militar,

cuya existencia se justifique por la inexistencia de otra Institución Pública imparta

esos conocimientos siempre y tanto no se le atribuya cometidos de enseñanza

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 83 - IMES (Uruguay)

pública superior. Establece que una vez creados estos Institutos y cumplidos los

requisitos académicos corresponde el otorgamiento de un título, sin colisión con la

denominación material de los otorgados por la UDELAR, reconoce para sí la

competencia del reconocimiento del nivel académico de los estudios de nivel

superior, y establece que una vez admitido el nivel académico necesario,

corresponde admitir el otorgamiento a los egresado de la Institución Militar, del

correspondiente título de Licenciado, por ejemplo el título de Licenciado en Ciencias

Militares.

El Decreto 308/995, es un documento que reviste especial importancia ya que es el

que regula el sistema de enseñanza terciaria privada. Este Decreto determina o

establece claramente que considera enseñanza terciaria y que considera enseñanza

universitaria, así como también como se debe tramitar la autorización para funcionar

y el reconocimiento del nivel académico. En su Capítulo 5º, Literal A, establece que

la Licenciatura Universitaria será el titulo acreditante de la culminación de carrera de

primer grado terciario, la duración de los estudios respectivos no será inferior a

1.800 horas reloj de clase, distribuidas en un lapso no inferior de cuatro años

lectivos, no estableciendo el mencionado decreto ningún otro requerimiento.

En su Capítulo 6º, establece a creación de Consejo Consultivo de la Enseñanza

terciaria y le da potestades fundamentales ante las solicitudes de autorización para

funcionar o en el reconocimiento de nivel académico.

El Decreto 376/001 firmado por el MDN y el MEC, reconoce el rango equivalente del

IMES a las instituciones Universitarias Privadas y el nivel académico del titulo de

primer grado en Ciencias Militares cumpliendo con la Resolución de 2001 del CDC.

Además, este Decreto, dispone que el IMES se regule por el Decreto 308/995 y

asume para el MEC el control del nivel académico.

Dentro del ámbito de los restantes Institutos de formación Militar, tanto en la Fuerza

Aérea como en la Armada Nacional, solamente la Escuela Naval otorga el título

Universitario de Licenciado en Sistemas Navales a los Guardias Marinas en el

momento de recibirse.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 84 - IMES (Uruguay)

La Escuela Nacional de Policía, otorga a sus egresados luego de un año posterior,

para completar los cuatro requeridos, el título de Licenciado en Seguridad Pública.

En el decreto que lo autoriza se cita como antecedente al otorgado para el IMES. En

este punto es importante destacar que los dos reconocimientos de licenciatura

posteriores al otorgado al IMES, solamente exigieron los cuatro años dispuestos por

el decreto 308/995.

En el ámbito regional, en la Argentina encontramos un órgano superior de la

educación militar que es el Comando de Educación y Doctrina y que tiene como

cometido la planificación, presupuesto, ejecución, supervisión de las actividades de

educación y doctrina que se desarrollan en el ámbito académico militar. Dentro de

este comando de educación se encuentran, el Colegio Militar de la Nación, la

Escuela Superior de Guerra y la Escuela Superior Técnica. Para la comparación

que nos interesa los Sub Tenientes que egresan del Colegio Militar de la Nación lo

hacen como Licenciados en Conducción y Gestión Operativa con orientaciones

alternativas en armas, contable o logística y material.

En Brasil encontramos el nivel más alto de decisión en el departamento de

Enseñanza e Investigación que conduce las actividades relativas a la educación,

desarrollo y las áreas de doctrina y personal. La Escuela Militar de las Águila Negras

(AMAN), otorga a sus alumnos al recibirse el título de Bachilleres en Ciencias

Militares siendo recién la Escuela de Perfeccionamiento a nivel de Capitanes que

ofrece posgrados y maestrías.

En Chile es el Comando de Instituto y Doctrina, el organismo Militar encargado de

velar por la formación y perfeccionamiento profesional del personal a todos sus

niveles, dentro de la Escuela Militar permite a sus egresados recibir junto con el

nombramiento como Oficiales la Licenciatura en Ciencias Militares.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 85 - IMES (Uruguay)

CONCLUSIÓN FINAL La EM se ha adaptado a la situación actual, modificando su Plan de Estudios y

manteniendo su nivel terciario.

Este Plan se desarrolla en cuatro años insumiendo 6.905 horas totales.

El IMES posee el reconocimiento de institución académica de primer nivel

equivalente al de las instituciones universitarias privadas.

La UDELAR reconoce el rango universitario del IMES y acepta la licenciatura para

los Alféreces que cursen un año posterior y aprueben una tesis. Esto se basa

fundamentalmente en el análisis del plan de estudios de la EM, su plantilla docente y

en el planteo del propio IMES, siendo este el planteo inicial.

El decreto 308/995 establece como requisitos únicos para la licenciatura la

realización 1.800 horas distribuidas en un lapso no inferior a cuatro años. Por su

parte, el decreto 376/001, del 26 set.01, establece que el IMES se regirá por el

decreto 308/995 además de reconocer el primer nivel del IMES y del título de primer

grado en ciencias militares así como la facultad de control del MEC.

En el ámbito nacional, la Escuela Naval y la Escuela Nacional de Policía están

habilitadas a otorgar licenciaturas con cuatro años de estudio, acorde al decreto

308/995. Asimismo, en el ámbito regional, las escuelas militares de Chile y Argentina

otorgan una licenciatura al egreso de sus alumnos.

De todo lo expuesto resulta razonable que el IMES otorgue la licenciatura a los

Alféreces que ingresan a partir del año 2008 al momento de graduarse, con lo cual

se estaría cumpliendo con los requisitos del Decreto 308/995. Posteriormente se

debería plantear la aspiración fundada, a la UDELAR, de que la EM sea reconocida

como Instituto de Rango Universitario, para posteriormente tramitar el respectivo

reconocimiento ante el MEC.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 87 - IMES (Uruguay)

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IMAE (2006) Oficio Nº 259/SG/06, Objeto; Remito adecuaciones Perfil del Alf. de la E.M. Instituto Militar de las Armas y Especialidades (09/08/06)

IMES (2000) Estudio de Estado Mayor. Determinar momento oportuno en la Carrera de un Sr. Oficial en que se puede otorgar un título de grado. Estado Mayor Personal (14/07/00).

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 88 - IMES (Uruguay)

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MDN (1984) Boletín del M.D.N. Nº 8453 de19 de enero de 1984.Transcripción del Boletín del M.D.N. Nº 7995 (05/01/84) Modificación parágrafo I) Cursos de formación de Oficiales.

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MDN (1993) Boletín del M.D.N. Nº 9293 de 25 de mayo de 1993. Centro de Enseñanza de tercer nivel. Se reconoce a la Escuela Militar.

MDN (2003) Boletín del M.D.N. Nº 10,523 (02/12/03) - Reglamento General para la E.M. (R-95)

MDN (2006) Boletín del M.D.N. Nº 10.828 de 10 de agosto de 2006. Modificaciones al Sistema de Enseñanza del Ejército.

NOGUEIRA, Leonardo (2006) EDUCACIÓN MILITAR. Ponencia presentada por el Cnel. Leonardo Nogueira durante el DEBATE NACIONAL SOBRE DEFENSA (Panel sobre Educación Militar y sus Instituciones). Disponible en: <www.mdn.gub.uy/public/012_nogueira.pdf>.

PICARONI, Beatriz y BURONE, José (........) "Evaluación de las asignaturas académicas correspondientes a cada orientación, contenidas en el Área de instrucción Académica General y Profesional del Plan de estudios 1989 de la Escuela Militar. Universidad Católica. Montevideo, Uruguay.

Poder Ejecutivo (1965) Decreto 23/965 del 19 de enero 1965. Aprueba los Planes de Estudio para los cursos de la Escuela Militar, de Armas y Servicios y de Comando.

Poder Ejecutivo (1971) Decreto 643/971. Reglamenta la Ley Orgánica Policial dándose normas de funcionamiento de la Escuela Nacional de Policía y organismos afines.

Poder Ejecutivo (1978) Decreto 267/978 de 16 de mayo de 1976. Se introducen modificaciones en el actual Plan de Estudio de la Escuela Militar.

Poder Ejecutivo (1983) Decreto 495/983 de 27 de diciembre. Se modifica el parágrafo I) Cursos de formación de Oficiales del Plan de Estudios.

Poder Ejecutivo (1995) Decreto 308/995 (Se aprueba el ordenamiento del Sistema de Enseñanza terciaria privada y se fija sus cometidos).

Poder Ejecutivo (1998) Decreto 209/998. Sistema de Enseñanza Terciaria Privada.

Poder Ejecutivo (2001) Decreto 376/001 del 26 de setiembre de 2001. Reconócese al I.M.E.S. el rango de Institución Académica de primer nivel, así como también reconócese el Nivel Académico del Título de 1er. Grado en Ciencias Militares que el mismo expida.

Poder Ejecutivo (2001) Decreto 376/001. Reconócese al I.M.E.S. rango de Institución Académica de 1er. Nivel equivalente al de las Instituciones Universitarias reconocidas de conformidad con el

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 89 - IMES (Uruguay)

Decreto 308/995.

Poder Ejecutivo (2002) Decreto 309/002 (Normas relativas al trámite a seguir en los casos de modificaciones producidas en las Instituciones de enseñanza terciaria autorizadas o reconocidas).

Poder Ejecutivo (2002) Decreto 503/002 (Se reconoce nivel académico de rango terciario del curso para la formación de Oficiales dictado por la Escuela Nacional de Policía el que se estima equivalente a una Licenciatura Universitaria).

Poder Ejecutivo (2002) Decreto 503/002. Se reconoce el nivel académico de rango terciario del curso para la formación de Oficiales dictado por la Escuela Nacional de Policía.

Poder Ejecutivo (2003) Decreto 431/003. Reglamento de Organización y funciones del Sistema de Enseñanza del Ejército. Estado Mayor del Ejército. 2003

Poder Ejecutivo (2006) Decreto 257/006. Reglamento de Organización y funciones del Sistema de enseñanza del Ejército.

Poder Ejecutivo (2006) Decreto 83/006 de 20 de marzo de 2006. Ajústanse las normas específicas relacionadas con los Planes de Estudio y de organización de la Licenciatura en Seguridad Pública impartida por la Escuela Nacional de Policía.

Poder Ejecutivo (2008) Decreto 142/008 (Suspensión Licenciatura en seguridad pública para los Oficiales Sub-Ayudantes egresados del la Escuela Nacional de Policía durante el 2008).

Presidencia (2001) Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia de la República Oriental del Uruguay (18/12/2001) - Escuela Naval con Rango Universitario - D497/001. Disponible en: <http://www.presidencia.gub.uy/noticias/archivo/2001/diciembre/2001121813.htm>.

RANDALL, Gregory (2008) Ponencia presentada por el Dr. Gregory Randall Pro Rector de Investigación de la Universidad de la República en el Panel académico organizado por el IMES el 23/06/08.

ROMERO ROSTAGNO, Carlos A. (2005) Diagnostico de los Títulos de la Educación Superior en Latinoamérica y el Caribe. Informe de Uruguay. Instituto Internacional para la Ecuación Superior en América Latina y el Caribe. Programa de informes temáticos perteneciente al Proyecto “Observatorio de la Educación Superior en América Latina y el Caribe”. Montevideo, julio 2005. Ver: http://proyecto.unlam.edu.ar/espec/htdocs1/%5Cprogramas%5CTitulos%5CInforme%20T%C3%ADtulos%20-%20Uruguay.pdf>.

UDELAR (2000) Informe del Asistente Académico del Rector de la Universidad de la República, Dr. Jorge Ares Pons. Aspiración del Instituto Militar de Estudios Superiores de ser reconocido como Instituto Universitario.

UDELAR (2001) Resolución del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República en Sesión Ordinaria de fecha 17 de julio de 2001.Informe elaborado por la Dirección General Jurídica respecto al “Uso del Termino Licenciatura por un Instituto Militar”.

UDELAR (2001) Resolución del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2001. Universidad de la República resuelve tomar conocimiento del informe elevado por el Dr. Jorge Ares Pons.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 91 - IMES (Uruguay)

ANEXO 1: Convenio Escuela Nacional de Policía - UDELAR

Universidad de la República CONVENIO

En la ciudad de Montevideo, el de 30 de mayo de 2001, entre POR UNA PARTE, Universidad de la República, Facultad de Derecho, representada en este acto por el Rector, Ing. Dr. Rafael Guarga y la Sra. Decana de la Facultad de Derecho, Esc. Teresa Gnazzo, y POR OTRA PARTE, el Ministerio del Interior, Escuela Nacional de Policía, representado en este acto por el Sr. Ministro del Interior Esc. Guillermo Stirling, y el Director de la Escuela Nacional de Policía, Inspector General Celso Rodríguez quienes convienen en celebrar el siguiente convenio:

Primero: La Facultad de Derecho y la Escuela Nacional de Policía mantendrán relaciones orgánicas y funcionales directas, que contribuyan a la integración de la enseñanza nacional promoviendo el establecimiento de formas de cooperación que redundarán en beneficios institucionales y sociales para ambas partes.

Segundo: Para los fines de este convenio, la cooperación científica y técnica entre las partes podrá comprender las siguientes actividades:

- intercambio de información científica y técnica;

- comunicación recíproca respecto a becas, realización de cursos, conferencias, seminarios y congresos nacionales e internacionales;

- realización conjunta o coordinada de programas y proyectos de investigación, desarrollo en las áreas de interés común de la Escuela Nacional de Policía y de la Facultad de Derecho;

- realización conjunta o coordinada de cursos o talleres sobre temas específicos de la Escuela Nacional de Policía y la Facultad de Derecho;

- fortalecimiento de institutos de investigación y desarrollo y centros de capacitación;

- cualquiera forma de asesoramiento técnico.

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Sergio d´Oliveira (2008) - 92 - IMES (Uruguay)

La precedente enumeración se realiza meramente a título enunciativo y no excluye la realización de ninguna actividad que las partes consideren de interés común.

Tercero: En el marco del presente convenio, se instrumentará un intercambio de publicaciones entre las bibliotecas de la Facultad de Derecho y de la Escuela Nacional de Policía. Los estudiantes de la Escuela Nacional de Policía tendrán acceso a la biblioteca de la Facultad de Derecho en los mismos términos y condiciones que aquellos que pertenecen a esta última Casa de Estudios.

Cuarto: Las partes confeccionarán un listado de materias comunes que se dictan en la Escuela Nacional de Policía y las carreras de Abogacía y Notariado de la Facultad de Derecho. Para dichas materias se establecerá identidad de programas, cargas horarias y bibliografía. La Escuela Nacional de Policía adecuará los programas de dichas materias de acuerdo a lo que estipule la Facultad de Derecho y serán dictadas por cuerpo docente con nivel académico reconocido en cada caso por esta última.

Quinto: Tanto la Escuela Nacional de Policía, como la Facultad de Derecho, podrán invitar docentes de su respectiva contraparte a los efectos de que se integren sus equipos académicos y coparticipen en el dictado de los cursos ordinarios. Las partes crearán un equipo técnico que se encargará de coordinar los detalles del intercambio.

Sexto: Los estudiantes de la Escuela Nacional de Policía podrán revalidar automáticamente las materias que integren el listado referido en la cláusula "Cuarto" del presente convenio. Los exámenes serán rendidos en la Escuela Nacional de Policía y los Tribunales examinadores estarán integrados por docentes de ésta (pertenecientes al Área Derecho) y de la Facultad de Derecho. Para acceder a la reválida automática, el Cadete deberá alcanzar como mínimo la nota de "Bueno" (equivalente a "7" en la escala de notas que se maneja en la Escuela Nacional de Policía) en cursos reglamentados, y de "Regular" (equivalente a "4" en la escala de notas que se maneja en la escuela Nacional de Policía) en caso de haber rendido examen.

Séptimo: Las partes podrán acordar la participación de otros organismos, públicos o privados, en la ejecución o coordinación de programas y proyectos, así como en la realización de otras acciones vinculadas al objeto del presente convenio.

Octavo: Para dar cumplimiento a los objetivos del presente convenio, las partes podrán elaborar acuerdos complementarios de implementación, en los que se especificarán los objetivos y obligaciones de cada una de ellas.

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

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Noveno: Este convenio comenzará a regir a partir de la fecha de su suscripción y continuará vigente hasta que cualquiera de las partes decida lo contrario, circunstancia que comunicará a las otras con una anticipación no inferior a tres meses. La rescisión del presente convenio no afectará la continuidad de las acciones pendientes de ejecución que hayan sido aprobadas por ambas partes.

Y para constancia, se suscriben dos ejemplares, en el lugar y fecha arriba indicados.

Insp. Gral. Celso Rodríguez Director de la ENP

Esc. Guillermo Strirling Ministro del Interior

Esc. Teresa Gnazzo Decana de la Facultad de Derecho

Ing. Rafael Guarga Rector

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 95 - IMES (Uruguay)

ANEXO 2: Resolución del CDC (UDELAR) – 22 may.01 UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 22 MAYO DE 2001 ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: 3. (Exp. s/n) – La Universidad de la República, en el ejercicio de sus atribuciones como Órgano del Estado a cargo de la enseñanza pública superior (Art. 20 de la Ley Orgánica ), resuelve:

1) Tomar conocimiento del informe elevado por el Dr. Jorge Ares Pons, relativo a la aspiración del Instituto Militar de Estudios Superiores (IMES) a ser reconocido como Instituto Universitario y a su planteo de creación de una Licenciatura en Ciencias Militares, en el ámbito de la enseñanza militar de nuestro país. (19 en 19).

2) Compartir las conclusiones de dicho informe, que se transcriben a continuación:

1) Por las razones expuestas al comienzo de este informe no creemos adecuado el uso

de la denominación de Instituto Universitario para una institución de formación militar, cuya lógica natural de funcionamiento no parece compatible con la de una Universidad o un Instituto Universitario, según el concepto generalmente aceptado y recogido, por ejemplo, por el Dec. 308/995, aplicable a la Enseñanza Terciaria Privada.

2) No obstante, puede admitirse que el nivel académico de estudios cursados en una

institución militar sea equiparable al de aquellos cursados en un instituto universitario, según lo ha reconocido la propia Universidad de la República (c. fr. Informe sobre “Concepto de Enseñanza Superior en la Tradición Nacional” y convenio Universidad de la República – Ejército Nacional, del 3 de setiembre de 1993);

3) A partir del examen de los materiales aportados por el IMES, se concluye que parece

razonable reconocer el carácter de Licenciado en Ciencias Militares, a los egresados de la Escuela Militar que hayan complementado sus cuatro años curriculares con un año académico posterior, culminado en un trabajo de tesis.

4) Parece razonable, también, que el carácter de Licenciado en Ciencias Militares se le

reconozca a aquellos Oficiales Superiores que hubiesen cursado un año en el Instituto Militar de las Armas y Especialidades y dos años en el IMES (Curso de Capacitación y Perfeccionamiento y Curso de Estado Mayor) y hayan complementado su formación de forma similar a los egresados de la Escuela Militar.

5) La implementación del Curso de Formación de Profesores Militares contribuirá, sin

duda, a elevar la calidad de la enseñanza impartida. Si bien, por el momento, se aplicará solamente al personal militar, sería interesante que se extendiera también al personal civil – con las modificaciones que pudiera corresponder – a los efectos de lograr una elevación general y homogénea del nivel académico. Con el mismo objeto parecería importante que, por lo menos para aquellas disciplinas troncales de las distintas orientaciones de la Escuela Militar, el personal docente se organizara en unidades académicas con una disponibilidad horaria mayor que la imprescindible para atender las necesidades curriculares, de modo de poder incorporar otras

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

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actividades a su que hacer. Esto permitirá profundizar la formación del personal docente, facilitar su puesta al día desarrollar actividades de investigación, extensión, etc., contribuyendo positivamente al desarrollo académico de la institución y a su prestigio social. Los servicios de la Universidad de la República que disciplinas afines a las cursadas en los institutos militares, podrían colaborar activamente - en el marco de los convenios vigentes – para el logro de esos objetivos.

6) Debe ser objeto de un adecuado estudio jurídico, la compatibilidad del uso término

Licenciatura – por parte de un instituto militar – con lo establecido en el Art. 380 de la Ley 16.736 y en el Art. 5 del Dec. 308/995. (14 en 18)

Manifestar su disposición a profundizar la colaboración con las autoridades del IMES, en el marco de los convenios oportunamente suscritos con el Ejército Nacional y con dicho Instituto, con el propósito de contribuir, en forma conjunta, a la constitución de un Sistema Nacional de Educación, cuyo componente público sea del más alto nivel. (15 en 19) Entender adecuado que las autoridades del IMES consideren a la Universidad de la República como el organismo naturalmente idóneo para realizar la evaluación de su proyecto académico. (16 en 19) Solicitar a la Dirección General Jurídica su opinión en relación planteado en el punto 6 de las Conclusiones transcriptas más arriba.(15 en 19)

DANIEL RODRÍGUEZ DIRECTOR DE DIVISIÓN SECRETARÍA GENERAL

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La Enseñanza de Rango Universitario en el Ejército Nacional Uruguayo

Sergio d´Oliveira (2008) - 97 - IMES (Uruguay)

ANEXO 3: Resolución del CDC (UDELAR) – 17 jul.01

UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 17 DE JULIO DE 2001, ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: 5. (Exp. S/n)- 1) Tomar conocimiento del informe elaborado por la Dirección General Jurídica respecto al “Uso del Término “Licenciatura” por un Instituto Militar”, cuyo texto luce en el distribuido N283/01. (17 en 17) 2) Aprobar en particular las siguientes conclusiones:

a) La creación en el seno de Poder Ejecutivo ( Ministerio de Defensa Nacional y sus

dependencias) de institutos de enseñanza militar, accesorios a los servicios propios de Ministerio, cuya existencia se justifique por la inexistencia de otra institución pública que imparta los conocimientos requeridos para el normal y correcto ejercicio de sus funciones específicas y que tienda a la formación, el perfeccionamiento y la especialización el personal militar, no es inconstitucional; pero siempre y tanto no se le atribuyan cometidos de enseñanza pública superior, que la Constitución (Art. 202, inc. 10 y 203), preceptúa queden a cargo de la Universidad de la República, toda vez que la enseñanza pública superior, la investigación y la extensión de esa enseñanza, se encuentran indisociablemente ligadas al concepto generalmente admitido de Universidad y constituyen el núcleo de la especialización. (9 en 15).

b) Una vez creados los institutos, y organizadas las respectivas carreras, a la culminación

aprobatoria de los estudios, corresponde el otorgamiento de un título o diploma que exteriorice fielmente el nivel de los estudios cursados con aprobación, sin colisión con la denominación material de los títulos otorgados por la Universidad. (13 en 15).

c) Es competencia de la Universidad de la República el reconocimiento del nivel académico de

los estudios de nivel superior cursados y aprobados en otra institución pública, así como la calificación cualitativa de los títulos o diplomas otorgados. (15 en 17).

d) El ejercicio de dicha competencia no requiere un texto legislativo expreso, pues se deriva

directamente de la especialidad y la especialización típicas del Ente, establecidas por la Constitución y por la Ley Orgánica. (13 en 15)

e) Admitido que el nivel académico de los estudios cursados en una institución militar es

equiparable al nivel o grado de los estudios que culminan en el otorgamiento en un título de Licenciado en alguna dependencia de la Universidad de la República (Facultad, Instituto asimilado a Facultad o «Licenciatura»), corresponde admitir el otorgamiento a los egresados de la institución militar, del correspondiente título de «Licenciado», como por ejemplo, el título de Licenciado en Ciencias Militares. (9 en 15)

Pase al Dr. Ares Pons, Asistente Académico del Sr. Rector

DANIEL RODRÍGUEZ DIRECTOR DIVISIÓN SECRETARIA GENERAL

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ANEXO 4: Listado de Personas Entrevistadas 1. Cnel. Raúl Passarino. Director Accidental de la Escuela Militar.

2. Tte. Cnel. Moura. Jefe de Estudios de la Escuela Militar.

3. Carlos Monse (Director de la EPES – Escuela Policial de Estudios Superiores)

4. Crio. Fernando Rivero (EPES – Escuela Policial de Estudios Superiores).

5. Sub Crio. Alfredo Pino (ENP – Escuela Nacional de Policía).

6. Cnel. Alberto Zanelli. Director de la ECEMA (Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo).

7. Mag. Carlos Romero Rostagno.

8. C/F Roberto Quintana. Jefe de Cursos de la Escuela Naval.