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La entrada en religión (1739) de Pedro Martínez de Arizala, oidor de la Audiencia de Quito, y sus consecuencias 1 Luis RAMOS GÓMEZ Carmen RUIGÓMEZ GÓMEZ Universidad Complutense Buena parte de los males que aquejaban a las tierras de Quito en el pri- mer tercio del siglo xviii, provenían tanto de la coyuntura externa como de la corruptela y lenidad de algunos de sus gobernantes. A fines de los años 30 las lejanas autoridades metropolitanas —que habían contribuido a crear esta situación— encomendaron a Pedro Martínez de Arizala la corrección de algunos de los problemas; Arizala no fue escogido por casualidad, ya que era un oidor que —a juicio de sus contemporáneos— sobresalía del conjunto por su honradez e integridad. A. PEDRO MARTINEZ DE ARIZALA, OIDOR DE LA AUDIENCIA DE Qurro Poco sabemos de los orígenes y familia de Pedro Martínez de Arizala. Era natural de Madrid, a donde sus padres se habían trasladado desde Pam- plona, y su padre, José Martínez de Arizala, fue caballero de la orden de Santiago desde 1687, contralor de la real casa de su majestad y sirvió la maestría de la Cámara por nombramiento del marqués de Montemolín, que era propietario de dicho oficio 2 Las referencias de archivo de la documentación utilizada se encuentran al final del ar- tículo. 2 Estos datos nos los proporciona Pedro Martínez de Arizala al pedir el traslado a Lima en 1729 y en su carta de 18 de julio de 1739, o aparecen en la certificación de la Contadurfa Mayor de seis de septiembre de 1720. De algunas facetas de su vida se trata en la «Introducción», Revista Complutense de Historia de América, 22. Servicio de Publicaciones. UCM. Madrid, 1996.

La entrada en religión (1739) de Pedro Martínez de Arizala

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Page 1: La entrada en religión (1739) de Pedro Martínez de Arizala

La entradaen religión (1739)dePedroMartínezdeArizala, oidorde la Audienciade Quito,

y susconsecuencias1

Luis RAMOS GÓMEZCarmenRUIGÓMEZ GÓMEZ

UniversidadComplutense

Buenapartede los malesqueaquejabana las tierrasdeQuito en el pri-mer terciodel siglo xviii, proveníantantode la coyunturaexternacomodela corruptelay lenidadde algunosde susgobernantes.A fines de los años30 las lejanasautoridadesmetropolitanas—quehabíancontribuidoa crearestasituación—encomendarona PedroMartínezde Arizala la correcciónde algunosde los problemas;Arizala no fue escogidopor casualidad,yaqueera un oidor que —a juicio de sus contemporáneos—sobresalíadelconjuntoporsuhonradezeintegridad.

A. PEDROMARTINEZ DE ARIZALA, OIDORDELA AUDIENCIA DE Qurro

Pocosabemosde los orígenesy familiade PedroMartínezde Arizala.EranaturaldeMadrid, adondesuspadressehabíantrasladadodesdePam-plona, y su padre,JoséMartínezde Arizala, fue caballerode la ordendeSantiagodesde1687, contralorde la real casade su majestady sirvió lamaestríade laCámarapornombramientodel marquésdeMontemolín,queerapropietariode dichooficio2

Lasreferenciasde archivode la documentaciónutilizada seencuentranal final del ar-tículo.

2 Estosdatosnos los proporcionaPedroMartínezde Arizala al pedirel trasladoa Limaen 1729y ensu cartade 18 dejulio de 1739, o aparecenen la certificaciónde la ContadurfaMayordeseisdeseptiembrede1720.Dealgunasfacetasdesu vida setrataen la «Introducción»,

RevistaComplutense de Historiade América,22. Serviciode Publicaciones.UCM. Madrid, 1996.

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210 Luis Ramos Gómez y Cannen Ruigómez Gómez

En 1703PedroMartínezdeArizala inició susestudios enlaUniversi-dady EstudioGeneraldeAlcalá, cursóSagradosCánones—obteniendoeltítulo de bachillerel 15 de febrerode 1708 y el de licenciadoel tres demayo de 1712—y participóde una forma muy activaen dichaUniversi-dad4. El ocho de mayo de 1709 ingresóen el Colegio de SantaCatalinaMártir delos Verdes,comocolegialhuésped,y allí tambiénllevó unainten-saactividadacadémica~.

Contaba,pues,ya en 1720 —tras 18 añosde estudiosmayoresen laUniversidadde Alcalá—, con una sólida y acreditadaformaciónjurídicaquepor entonceshabíaempezadoa poneren prácticaal habersido nom-brado,el primerode septiembrede 1718, tenientedecontadormayordelasrentasdecimalesde Alcalá y sus partidos,actuandoenjuicios sobreestamateria.

DesconocemoslasrazonesporlasquePedroMartínezdeArizaladeci-dió pasara América, asícomo los pasosdadosparaconseguirlo,ya quesólo sabemosque el 16 de marzo de 1720 el Consejo le propusoparadesempeñarla terceraplazade oidor de la recién restablecidaAudienciade Quito,a lo queaccedióel rey;el 20 de abril Franciscode Aranacomu-nicó a Arizala tal decisión,agradeciendoésteel nombramientotresdíasdespués,desdeAlcalá. Traslas correspondientescertificacionesde quenoteníadeudasconla realhacienda,libradasen los primerosdíasdelmesdeseptiembrede 1720, el día 14 de esemismomesy año se le expedía,enSanLorenzode El Escorial,la real provisiónde nombramientoparaocu-parla terceraplazade oidoren la Audienciade Quito, en laquesele asig-naba un sueldode 2.000 pesosde oro de a 450 maravedíes.El 18 deseptiembrese tomabarazóndel nombramientopor parte de las distintasContadurías.

En cuantoal pagode la mediaannata,sele permitíahacerlaefectivaen

apanadoIB, deJ.PANIAGUA, L. RAmos y C. RUIGÓMEZ: El proyecto reformista deloidor PedroMartínez de Arizala (1732-1 748): Consecuencias de su visita a cuenca (Ecuador). l.D.l.S.,Cuenca(enprensa).Sobreéstey otros funcionariosde la Audiencia,Hmtzoci,Tamar:Los minis-tros de la Audiencia de Quito (1650-1750). Librimundi, Quito, 1995.

Estaetapala conocemosatravésdedoscertificacionesdeestudios,queselibraron apeti-ción delpropioArizala; laprimera,paraoptara la lecturadeunacátedradeInstitutaquehabíaquedadovacanteenla Universidadde Alcalá, seexpidió el seisde diciembrede 1719; y lasegunda,emitidaantesdesu partidahaciaQuito,tienefechadeprimerodemarzode 1721.

Siendoya bachillerrealizó,durantetrescursosacadémicos,sustitucionesen la cátedradelDoctorGregoriodelBusto. Unavezalcanzadala licenciaturapresidiéun actodeconclusio-nesen 1719y leyónueveoposicionesacátedra,cuatrodeellasdeCánonesy cincodeInstituta.

RealizósietedefensasdeDerechoCivil y Canónico,trespresidenciasdeconclusionesycincolecturasdeoposicionesdeambosDerechos.

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Quito, esosi, con un recargodel 6%6 por los gastosde envío aMadrid,pagoquefraccionó Arizala en dos panes,entregandola primerael 14 defebrerode 1722 y firmandoparala segundaunaescriturade fianzaen esamismafecha.

Inmediatamentea la expediciónde la realprovisión denombramiento,Arizala solicitó licenciaparaembarcarsecon destinoa Quito con trescria-dos,cuatroespadascon susdagas,cuatroarcabucesy cuatroalbardas,asícomo500 ducadosenjoyasy platalabrada;la peticiónfue infonnadafavo-rablementeporel Consejode dosde octubrede 1720 y el monarcale con-cedió la licencia,desdeBalsain,el sietedel mismomesy año.

No conocemosenquéfechasrealizóel viajeaQuito,peroallí estabaenmarzo de 1722. Efectivamenteel 26 de esemes el presidenteSantiagoLarraíny los oidoresJuande Ricaurtey Simónde Riveray Aguado,obe-decíanla realcéduladenombramiento.En lamismafechaArizala haciaeljuramentode su cargo de oidor y alcaldede corte y, al día siguiente,setomabarazónde su nombramientoenla Contaduríade Quito.

Y comooidorde la AudienciadeQuito se mantendráhastasu entradaenreligiónen elaño1739,si bien,traslamuertedeloidor deLima, JuandeUrquizu,en 1729,Arizala intentósustituirlesin éxito. A tal fin JoséPatiño,el 27 denoviembrede 1729, trasladóaFranciscoDíazRomán,delaCáma-ra del Consejo,la peticiónde Arizala paraquele tuvierapresentea la horade cubrirvacantesde oidoreso fiscal en laAudienciade Lima.

Suactividadcomooidorde lajurisdicciónquiteñale forjó unamereci-da famade la que sontestimoniolas elogiosaspalabrascon que el presi-dente,DionisiodeAlcedoy Herrera,sereferíaa él cuandoel 30 dejunio de1730 informabaal reysobrelos miembrosquecomponíanla Audiencia~.Deél decía:«Hamantenidola másrelevantefamay opinión delbuennom-bre,abstraídode correspondenciasy comunicaciones,sin faltar a las urba-nidadesde la policía; sutil, independientey desinteresadodel vicio de laspasionesy de los respetoshumanosy, porestarazón,libre en los dictáme-nesy los votos,y ceñidoalas observanciasdelajusticiay delaconciencia.Aplicadoincesantementealestudioy al trabajo,y ala rigurosadiscusiónde

6 Aunquehabíaunareal cédulade 13 dejuniode 1717—quemencionaelcontadordeQui-to SuárezdeFigueroael 14 defebrerode 1722—enqueseestipulabaqueel recargofueradel20%.

Enestosmomentosla Audienciala integrabancincooidores:SimóndeRiveray Aguado,JoséLlorente,el propio PedroMartínezdeArizala, Manuel Rubio de Arévaloy EstebandeOíaisy Echeverría;el fiscal Diego deZárate;eí fiscal protectorJuandeLuján y Bedía; los dosrelatores:BaltasardeCuéllary BasiliodeZúñiga;los dosescribanosdeCámara:ManuelRodrí-guezde laParray PatricioAntonio deVillamil; un capellány un portero.

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212 Luis Ramos Gómez y Carmen Ruigómez Gómez

los negociosforenses,y a la brevedady evacuaciónde las causasy de losjuicios, siendoel quecon máseficazceloy fervor conducelas criminalesycuidadel buenrégimende la repúblicay del gobiernoy de queseevitenlasofensasde Dios y los pecadospúblicos.Indefectibleenlas rondas,pesqui-sasy asistencias,quesonde laobligaciónde suministerioy quelas autori-za con la religión y con el ejemplo,de tal formaquepersuademás con loqueobraque con lo quejuzga.Y a cuyasoperacionese influjos atribuyounagranpartede la tranquilidadpúblicay común,con la esperanzade quela Divina Justiciay la distributiva temporal,queconstadel soberanoarbi-trio devuestramajestad,handeremunerarenambasvidas laciencia,la vir-bid y los extraordinariosmerecimientosdeestesingularministro».

B. LA SITUACIÓN DE QUITO Y LOS ENCARGOSA PEDROMARTÍNEZ DE ARIZALA

En diciembredc 1736, cuandofinalizabael mandatode Dionisio deAlcedoy comenzabael deJoséde Araujo, seestabarealizandolavisita delcorregimientode Cuenca8,el primerode los distritos de la Audienciaquedebíanserinspeccionados.El cambiode presidenciasignificó el inicio deunaépocarealmenteconflictiva y problemática,puesseprodujounasono-ra luchapor el poderquegeneróunaseriede episodiosqueimplicaron atodoslos estamentosde la sociedadquiteña,viéndoseinvolucradosenelloshastalos marinosJorgeJuany Antonio de Ulloa, que se encontrabanenQuito formandopartede la expediciónparala medicióndel gradoterrestrea la alturadel ecuador~.

Dejandoaparteel estadode la CajaReal,en estosmomentoslas doscuestionesmásrelevantesde la situación en la Audienciade Quito eran,paraelConsejodeIndias,lasquejasquellegabancontrasupresidentey laspropuestasderivadasde la visita de Cuenca.Ambostemaserande tal enti-dadquesedecidió actuar,convirtiendoal oidor Martínezde Arizala en el

Enel V EncuentrodeLatinoamericanistasEspañoles(Sevilla,diciembre1995),J. Pania~

gua, L. Ramosy C. Ruigómezpresentamosunaponenciasobreestavisita, tirulada«Lavisita aCuenca(Ecuador)de PedroMartín¿zde Arizala: génesis,realizacióny consecuencias(1726-1748)»(enprensaenlasActasdelCongreso).Estátambiénenprensaun estudiomásprofundo—delos mismos autores—,acompañadodelatranscripcióndetodoslos documentosrelativosaesavisita y asusconsecuencias(ver nota2).

Ver RAMOS GÓMEZ, Luis: Época,génesis y texto de las «Noticias Secretas de América»¡de Jorge Juan y Antonio de Ulloa). C.S.l.C., Madrid. 1985,y «La pugna por el poder local enQuito entre1737y 1745segúnel procesocontrael presidentede la AudienciaJoséde AraujoyRío». Revista Complutense de Historia de América 18, Madrid, 1993.

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hombreclave,yaque, por unaparte,conocíabienlaproblemáticaquiteñasin haberseimplicado directamenteen ella y, por otra,tenía la experienciade haberrealizadola visita a Cuenca.Así, a lo largo de los años1738 y1739 se expidieronunaseriede realescédulaspor las quenuestrooidorpasaríaa ocuparun primerplanoen la escenapolíticadel territorio de Qui-to; la primerafue la de 16 de diciembrede 1738, porlaquese le encargabacontinuarla visitade la tierraen lassietejurisdiccionesrestantesdel distri-to de laAudienciadeQuito; la segundasefechóel 31 dediciembrede 1738y en ella se le encomendabala pesquisadel presidenteAraujo y Rio y eldesempeñode la presidencia;porúltimo, en la tercera,de cuatrode agostode 1739,se le nombróparainformarsobreel incidenteconlos marinosJor-ge Juany Antonio de Ulloa.

Como vemos, en muy poco tiempo, se le confiarona Arizala desdeMadrid tres misionesextraordinarias,de las que dos eran ciertamentecomplicadas,laboriosasy de unagran responsabilidad.Pero no sólo fuedesdeallí desdedondeArizala recibióencargosdetantaimportancia,puesno fue menorel quedesdelacapitaldel virreinato‘0sele hizo,creemosquea principios de 1739: poneren orden la problemáticasituaciónde la realhaciendaquiteña,cuyareal Cajadebíavisitar.

Perotodasestasmisionesquedaronen suspensocuandoel oidor PedroMartínezdeArizaladecidióabandonarsu puestoenla Audiencia~ e ingre-saren laordenreligiosade SanFrancisco.

C. LA ENTRADA EN RELIGIÓN DE PEDRO MARTÍNEZDE ARIZALA

Arizala ya habíamanifestadosu vocaciónreligiosaen 1730.El 18 dejulio deeseaño,desdeQuito, enviabaunacartaal rey en la que,despuésdeexponersus méritos y su celo en el cumplimientode su cargo de oidor,solicitabalicenciaparaingresarenreligiónconlas siguientespalabras:«hepropuesto [...] solicitar mi quietud y retirarmeaunavida privadaen quepuedatratar sólo de la salud eterna a que me inspira Dios, con lasproporcionesqueha dadomi genio, llamándomeal estadoeclesiástico,sicomo esperoy reverentementesuplico a vuestramajestad,me permita

~ Creemosqueel virrey tambiéninvolucró a Arizala en el asuntodelos marinosJorgeJuany Antonio deUlloa, comoveremosenel apanadoH.

Habíaporentoncesejercidocomooidordurante17 añosy bajotrespresidentes:Santia-go Larrafn,Dionisio deAlcedoy Herreray JosédeAraujoy Río.

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licencia parapasara recibir los sagradosórdenes»12 Al mismo tiempopedíase sirviera«tambiénsurealpiedadde mandarseaatendidami perso-na en cualquieradignidad de estasiglesiasde las Indias, que puedaservirhonestamentea mi manutenciónlo quemerestadevida» 13

Estacartade Arizalade 18 dejuliode 1730fue remitidaporJoséPatiñoaFranciscoDiazRomán,dela Cámaradel Consejo,el 27 dejulio de 1731,quienla trasladóal fiscal paraque informara.Este,el 11 de septiembre,argtlíaque, dadoel cortonúmerode oidorescon quecontabala AudienciadeQuito—cuatro——,eranecesarioqueArizala semantuvieraen supuesto,opinandoqueno sele debíaconcederla licenciaparaingresaren religiónhastaquese cubrierasuplazade oidor. Sobrela otrasolicitud de Arizala—obteneralgunadignidadeclesiástica—el fiscalproponíaqueno sehicie-ra ningunaexcepciónconél y queconcurrieracon susméritos,comotodos,cuandoseprodujeraalgunayacante.

LaCámara—integradaporManuelde Silva,Diego deZúñigay el mar-quésde Montemayor—,el 12 de septiembrede 1731 aprobabael parecerdel fiscal y el 15 enviabala consultacorrespondienteal monarca,quiensedemorómásdedosañosy mediopararesolveresteasunto,publicándosesudecisiónel 21 de marzode 1734, en el sentido siguiente:«No vengoenconcederaestapartela licenciaquesolicitasin queprecedadejarelempleode oidorqueocupa».

No sabemoscuándose le comunicóy recibió tal decisiónArizala enQuito, puesno volvió aplantearel temade su vocaciónreligiosa,ni siquie-ra indirectamente,hasta1739, cuandoingresó—estavez sin esperara lalicenciareal—en el colegio misionalde Pomasqui,de lo queinformó almonarcael 25 de abril de 1739,comoun hechoconsumado14,

2 Las razonesdadasporArizala paradar estepasono eran ajenasa su actividadcomooidor yaquedecíaque«hoyquelaexperienciay manejodemi empleomellamanal desengañoy conocimientode cuántoinquietany perturbanel interior los cuidadosde la vida pública ynegociosforenses,sinquebastela exactituddebidaa serenarel ánimo delgravecargode lasomisionesquecomohombrepuedoteneren eloficio, principalmentepor lo respectivoalajuris-dicción criminal, queañadeel pesointolerablede los pecadosajenos».

13 NadaespecificabaArizala sobrelasiglesiasenlasquepodríaservir,sin embargo,enelinforme del fiscal delConsejode II de septiembreaparecenreseñadoscomoposibleslugareslascatedralesdeQuito,Lima,México y Puebladelos Angeles.

14 Dosdíasantesdenotificar estadecisiónal monarca,el 23 deabril, fechabaPedroMartí-nezdeArizala un escritodirigido alpresidenteAraujoenel queleparticipabaque«habiéndomellamadoDios conluz especialal perfectísimoestadodereligión», abandonabaelsiglo. Estacar-ta la adjuntó el presidenteasu escritoal rey decinco demayode 1739, enel quesolicitabalaprovisión de la vacantequedejabaArizala.La cartase recibióen Madrid en febrerode 1742,cuandoyaestabaresueltoel tema.

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Efectivamente,en tal fecha, con el fin de que se cubrierala plazadeoidor que dejaba vacante,Arizala escribió al monarcaindicándole sudeterminaciónde seguircon su vocaciónreligiosa ingresandoen la ordenfranciscana,pues«hoyparecequecon máseficaciame llamael Señor[...]

a que enteramenterenuncieal mundo y [a] la vida secular,vistiendo elhábito y profesando[en] el sagradoinstituto del padreSan FranciscodeAsís, en el colegiode misionesy recolecciónde Pomasqulde estaprovin-cia».Al hacerlotuvopresenteladenegacióndepermisorealenel año1734y, sin duda,parasuavizarposiblesreacciones,argumentabaquetal licencia«no tuvo lugarsin embargode consultadel Consejoque apoyabael inten-to» 15 TambiénapoyabaArizalasu obraren queno estuviesecontempladoen lasLeyesdeIndias la necesidadde obtenerunalicenciarealpreviaparaingresaren religión ~ Porotro lado,no pedíaahoraningunadignidadecle-siásticaparamantenerse,comohabíahechoen 1730.

La decisiónde Arizala de ingresaren religión semantuvo trasel añodenoviciado,profesandoenlaordenfranciscanael primerodemayode 1744) 17•De estehechotenemosconstanciaporel testimoniodel escribanoAgustínCapilla,segúnel cual «el lunes [...] seordenóde epístola,el díamartes[...]

de evangelio,el díamiércolesIi...] salió de sacerdotey el juevesdijo misa».Antesdesuprofesiónfirmó laescrituraderenunciadesupuestodeoidor,

conlo quequedabaconsumadosuabandonodela Audiencia.Seiniciabaasíunanuevaetapaparafray Pedrodela SantísimaTrinidad,quetal fueel nom-brequeadoptóPedroMartínezdeArizalaal ingresaren laordenfranciscana.

D. LA LLEGADA A MADRID DE LA NOTICIADEL ¡INGRESODEPEDROMARTÑEZDE ARIZALAENRELIGIÓN Y LA REACCIÓN DEL CONSEJODE INDIAS

Aunqueconanterioridadhabíallegadoel rumor~ la noticiadequeAri-zalahabíadejadosu puestode oidorporhaberentradoen religión se supo

5 Comohemosvisto allí sedecíaquepodríaconcedersela licenciasiemprey cuandoestu-vieraprevistoel cubrir su vacantedeoidor, condicionantequeArizalapasóporalto.

6 Sobreestepunto,queél mismoconsiderabaconflictivo puessecuraensaludal referirseal

vacíolegal,seproducirándiscusionesenel ConsejodeIndias,comoveremosenelapartadoE.2.‘~ El acto,al queasistió«muchagenteilustredecaballeríay otraspersonasdedistinción».

fue presididoporel obispoAndrésdeParedes,a cuyoladosesentaronel padreprovincial fran-ciscanoBartoloméde Ajacano,el maestredeescuelaJuandela Ormaza,el oidorManuelRubiodeArévaloy el fiscal JuandeValparda.

~ Enel informedel fiscaldelConsejodeseisdejunioy eneldecuatrodeoctubrede 1740,sehablade«lasnoticiasquesehanrecibido»,sin indicarfuentealguna.Ver el apanadoO.

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216 Luis Ramos Gómez yCarmenRuigómezGómez

oficialmenteen Madrid el 19 de octubrede 1740. Efectivamente,en esafechaFranciscoCosfoentregóen manocuatrocartasqueMartínezde Ari-zatahabíaenviadoconun escritoderemisiónfechadoel 25 dejuliode 1739.

La primerade esascartaserala de25 deabril, en la queArizalacomu-nicabasu abandonodelpuestode oidory su ingresoenreligión. Enotra de19 de julio advertíasu imposibilidad de hacersecargode la pesquisadelpresidenteAraujo. En unade las desde 25 dejulio agradecíael nombra-mientode miembrohonoradodel Consejo,y en la otra de la mismafechaavisabade queno le erafactibleel continuarconla visita de la tierraquesele habíaencargadopor la real cédulade 16 de diciembrede 1738, y quehabíaremitido a la Audiencia,el día anterior,un informe —que adjunta-ba— sobreestetema19

Anteestasnuevas,el Consejode 20 de octubre,porunaparteordenabareunirlos documentosdel anteriorintentodeArizalade hacersereligiosoyde las misionesqueteníaencomendadas,y porotraremitíainmediatamen-te a su presidentelas cartasrecibidascon el fin de que «sehalle con estanoticia»,claroindicio de la trascendenciaquese dabaal tema.Nadatardóel presidentedel Consejo,CristóbalGregorioPortocarrero,aliasCondedeMontijo, en dar su opinión, puesal día siguientecondenésin paliativos ladecisiónde Arizala de «haberabandonadola comisión en quesebailaba,[...] óbiceparano seradmitido»en religión, y ordenóquesele informase«contodaindividualidad»de lo queseacordase.

La documentaciónque el Consejohabía ordenadoreunir20pasó amanosdel fiscal, Joséde Laysequilla,quien el cincode noviembreemitíaun informeenel queseconsiderabalarenunciaal puestodeoidory la tomade hábito de Arizala, y tambiénel cómosuplirle en aquellasmisionesquele habíansido encomendadas.Esteparecery la correspondienteinforma-ción sedananalizadosporel Consejoen sureuniónde 22 dediciembre,quedaríalugara la consultade 18 de febrerode 1741,dondesele plantearonalreyestostemas.

~ Casual o interesadamente, Martínez de Arizala erré en cuanto al destinatario de eseinforme, ya que debía haberlo remitido a la Junta de Real Hacienda y no a La Audiencia, la cualpor cierto nunca lo tomó en consideración.

20 Se componía de los siguientes documentos: la consulta de 15 de septiembre de ¡731; lacana de Arizala de 25 de abril, la de 19 y las dos del 25 dejulio de 1739; la minuta al conde deMontijo de 19 de junio de 1 740y el parecer del conde de Montijo de 21 de octubre de 1740. Des-conocemos la causa por la que los encargados de buscar y reunir la correspondiente documenta-ción se olvidaron de la cédula de cuatro de agosto de 1739, por la que se le había encargado aMartínez de Arizala la información sobre el conflicto entre el presidente Araujo y los tenientesde navío Jorge Juan y Antonio de Ulloa.

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Laentradaen religión <1739)de PedroMartínezdeArizala... 217

E. EL ANÁLISIS DEL CONSEJODE INDIAS SOBREEL PROCEDIMIENTOSEGUIDOPOR PEDROMARTINEZDEARIZALA PARA ENTRAR EN RELIGIÓN

EA. El parecerdel fiscal decincode noviembrey la resolucióndel Consejode 22 dc diciembredc 1740

En su análisisde cincode noviembresobreel procedimientoseguidoporArizala paraentrarenreligión,el fiscal opinóque,aunqueen lo obradoporel exoidorno habíahabidoningúninterésoculto comoel «deevadirelregularjuicio de la residenciau otro equivalente»,eraintolerabletanto«elmodoconqueabandonósuempleoy entróenla religión» comoel que«lossuperioresle admitiesenen ellasin precedernoticiay licenciade sumajes-tad».Porel hechoen sí y por el ejemplodado,el fiscal opinabaque «eldesagradocon quesehanrecibidoestasnoticias»debíahacersepatentenosólo a Arizala,sino tambiénal provincia] de SanFrancisco,reconviniéndo-le y advirtiéndolequeni él ni «sussucesores[...] no denlicenciasni admi-tanen su religión a ningunode los queseemplearenen el realservicio,sinpermisode su majestad».A estasmedidasel fiscalañadíaotrasde carácteradministrativo,como la de queseordenasea la Audienciaabrir juicio deresidenciaa Arizala por el tiempo en el quehabíadesempeñadoel puestode oidor y quese comunicasea la Cámarala vacantede la plaza,conel finde cubrirla21.

El Consejo,en su reuniónde 22 de diciembrede 1740 tratódel proce-dimientoseguidopor Arizalaparaentrarenreligión sin lograrseun parecerunánimeentresus miembros,ya que sólo unapartedel Consejoopinó22quedebíalibrarseal exoidorde cualquierculpa23 En estatoma de deci-sión, la mayoríade los consejerosvaloróen favor deArizala la circunstan-cia de quelo obradofuese«un casono prevenidoenlas leyes»y quefuesemuy considerableel tiempoquedebíatranscurrirentresolicitar la licenciapara ordenarsey conocerla repuesta,de lo que creemosentenderquellamadascomolarecibidaporArizala no podíanadmitir tantaespera;tam-biénsesopesóa su favorel hechode queel exoidorno hubieseabandona-

21 Por acuerdo del II de agosto de 1740, se había concedido a Esteban de Oíais, oidorsupernumerario de Quito, la primera plaza de numerario que quedara vacante en esa Audiencia.Tomó posesión de ¡a que Arizala dejó libre el 14 de septiembre de 1741.

22 Hicieron voto particular el presidente y cuatro consejeros más, como veremos másampliamente en el siguiente apañado.

23 También se exculpaba al prelado franciscano, sin dar razón alguna.

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218 Luis Ramos Gómez y CarmenRuigómezGómez

do ningunade lasimportantescomisionesquesele habíanencargado,pueslas correspondientesórdeneshabíanllegadoasusmanoscuandoya habíaentradoenPomasqui24•

Tambiénopinó el Consejoque estascircunstanciasno le eximíanalexoidor «derespondera los cargosde Justiciaa que estabaafecto en elsiglo», por lo que decidióproponeral rey «que se libre a la Audienciaeldespachoqueel señorfiscal proponeparaquehagapublicarentodosudis-trito quesi algunotuvierequepediro demandara Arizala, lo puedahaceren la Audienciadentrodel terminoqueseñalare»;esdecir,el Consejoopi-nabaque debíasometerseal exoidora juicio de residenciapor el tiempoquehubiesedesempeñadoesepuesto.

E.2. El votoparticular de cinco consejerosy su contestación

Como anteshemosindicado,el presidentedel Consejo—CondedelMontijo— y cuatroconsejeros—los marquesesde la Regalíay de Torre-nueva,Tomás Geraldinoy el condede Valdeparaiso—hicieron un votopanicularfrentea la opiniónmayoritariade susmiembros;a estevotores-pondieronLaysequillay Cornejoporencargodel Consejode sietede ene-ro de 1741,dondeseaprobóla minutade la consultadel 22 de diciembreanterior.

Lo quepreocupabaaaquelloscincomiembrosdelConsejoerael hechode quesi la precipitadadecisiónde Arizala —ingresaren religión sin unaprevia licencia real— se quedabasin una respuestacontundentehaciaelexoidory lasautoridadesfranciscanas25secorreríael peligrode quecual-quierautoridadpudierarecurrira esteardidparaeludirdeterminadotipo deencargoso, incluso, paraevadirsede la Justicia, lo que evidentementesupondríagravesperjuicios;esdecir,pretendíanque«lo queha sido en él[—Martínezde Arizala—] un excesodefervor, no sirvade efugioa otros».Paraello, considerabannecesariala expediciónde cédulasa los provin-cialesde las órdenes,a las Audienciasy a los virreyes«expresandoque,

24 En ningún momento se trasluce en la resolución del Consejo —como tampoco en el pre-cedente informe del fiscal— que la decisión de Arizala de entrar en religión se viese acelerada,precisamente, por los encargos que se le habían hecho desde Madrid, de los que creemos tuvonoticia antes de que llegaran a sus manos las reales cédulas. A nuestro entender, el conocimien-to de la voluntad real fue clave para que Arizala abandonase el siglo en momento tan oportuno.

~ El presidente y los cuatro consejeros opinaban incluso que se debía poner al corriente delos hechos al vicario comisado general de las Indias para que reprendiera al provincial y guar-diái, por la precipitación en aceptar a Arizala en la orden.

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aunquela piedadde vuestramajestadno negará[...] el permisoparacosade tantaedificación [...], sin noticiadel soberanoy sucesorquesepongaensusencargosy precediendoel haberdadola residencia,[...] no seles dé elhábito».

En cuantoa fray Pedrode la SantísimaTrinidad, pensabanque se ledebíaamonestarpor «el repentinomodo, no disculpable»en que habíaabandonadosu plazade oidor y profesado,sobretodo teniendoen cuentalos encargosquedejabapendientes.En razónde su importanciaseopinabaque se le debíaordenarno sólo el que asistiera,discutieray votaraen lasreunionesde la Juntade Real Hacienda26en relacióncon la visita de losrestantesdistritosde la Audienciade Quito, «segúny en la formaqueesta-ba encargado»,sino tambiénel que, al terminarsu gestiónen Quito, acu-dieraa la cortedeMadrid y sepusieraal serviciodel monarca27•

Laysequillay Cornejoestudiaroncon detenimientocadauno de lospuntosy argumentosdel voto panicularpara,a continuación,rebatirlosenfunción de lo acordadopor la generalidadde los consejeros.En primerlugar argúianque no habíaningunaley queprohibieraque los ministrosingresaranen religiónsin previalicenciareal—lo queyahabíaexpuestoelpropio Arizala y el Consejoendiciembre—y queel promulgaríacoartaríala libertadde quienesdecidierantomartal opción. Porotro lado, si hastaentoncesno habíasido necesariolegislar sobreestepunto —como sí sehabíahechoen otros,por ejemplo,prohibiendoquelos ministrossecasa-sendentrodesu distrito sin licenciaprevia—,nohabíanecesidaddehacer-lo ahora. Tampocose debíacastigara los superioresreligiosos que leadmitieronen el convento,pues,de la mismamaneraqueno habíaningunaley civil, tampocola habíacanónicay, desdeantiguo,habíaunanormativaeclesiástica«sobrelas cualidadesquedebenconcurriren el sujetoque serecibe y da la profesiónencualquierreligión», queparecíasuficiente.

En segundolugar,el votoparticularsereferíaaqueArizala teníavadosencargosen el momentode profesar,a lo que contestabanLaysequillay

26 Esta Juntase creó el 20 de diciembre de 1730 para que diese razón de los quinquenios yaveriguase y calificase las deudas. El 16 dejulio de t737 se reformó no sólo en cuanto a su com-posición, sino también en cuanto a sus cometidos, ya que se le añadió la misión de estudiardiversos informes sobre la tributación indígena. Por la real cédula de 16 de diciembre de 1738se le encargó analizar las propuestas que Pedro Martínez de Arizala había realizado durante suvisita al corregimiento de Cuenca.

27 Y así dicen: «solicite vuestra majestad no sólo de sus superiores el expreso precepto paraque asista a dichas Juntas, y venga aquí después, sino es también a prevención de un buleto deSu Santidad con dicho precepto y el de que esté aquí a las órdenes de vuestra majestad y aceptecualquier encargo que se le prescriba».

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Cornejoqueno era cierto. Así, con respectoa la continuaciónde la visitadecíanqueno le tocabaa él realizarla,puesunavezconcluidala de Cuen-cateníaquesalirotro oidora efectuarla de otrodistrito, segúnordenabalarealcéduladetresdediciembrede 1732,porlo que«sehallabadesembara-zadoy sin másencargoquesuplaza».Sobreel asuntoqueparecíamásgra-ve: el nombramientodejuezpesquisidordel presidenteAraujo, indicabanquesobreel tema«no podíatenerantecedentealguno»,porno haberlelle-gado la correspondienteorden.

Concluíandiciendoque«en casostan irregulares,queno setienenoti-cia de otro, quererimponero dar unareglagenerales muy arriesgado,ypuedenseguirsemuy perniciosasconsecuenciasal serviciode Dios y devuestramajestad[...], porcuyasconsideracionesy otrasquedejael Conse-jo a la alta y piadosacomprensiónde vuestramajestad,seafirmaen el dic-tamende queno seexpidanlos despachosqueproponeel voto particular,si[no] sólo los quedice el ConsejoparaqueArizala asistaa las Juntas[deRealHacienda]paraofrle sobrela direccióndela visita delos sietepartidosquequedanporvisitar enla formaquevapropuesto,sin quevuestramajes-tad le remuevade allí, como proponeel voto particular, trayéndoloaEspaña,ni ahorani en adelante».

E.3. Laconsultade 18 defebrerode 1741 y susconsecuencias

Todoesteconjuntode informes,resolucionesy votosparticulares,final-menteseconvirtieronen la consultade 18 de febrerode 1741 28 Ensureso-lución —publicadael 30 deoctubrede 1741—el rey aceptóplenamenteelparecerde la mayoríade los consejeros,concretándosesuopinión en cincorealescédulasde 22 de abril de 1742: tresde ellassobrela asistenciadeArizala a las reunionesde la Juntade RealHacienda29, unacuarta,dirigidaa la Audienciade Quito, paraqueseabrierajuicio de residenciaal exoidory salierael siguienteministro a continuarla visita de la tierra, y la últimaporla queseencargabaaRubio deArévalo la realizaciónde la pesquisadelpresidenteAraujo.

Con estasrealescédulasel rey cerrabael temade la entradaenreligiónde PedroMartínezde Arizala aquien no sesancionaba,aunquesí seamo-

28 En esta consultase recoge lo resuelto el 22 de diciembre de 1740 y, literalmente, el votoparticular y la respuesta de Laysequilla y Cornejo.

29 Se remitieron a Pedro Martínez de Arizala, a la Junta de Real Hacienda y al provincialfranciscano.

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nestaba,por su precipitadadecisióny sele sometíaa juicio de residenciaporel tiempode su actuacióncomooidor30• Asimismose le dabael encar-go de queasistieraa las reunionesde la Juntade RealHaciendade Quito,en las quesesopesasenlas medidassobrelareformatributariade los indiosde la Audiencia.

E LA SUSTITUCIÓNDE PEDROMARTINEZ DE ARIZALA COMOJUEZPESQUISIDORDEL PRESIDENThJOSÉDEARAUJO

De todoslos encargosquehabíanido cayendosobrelos hombrosdeAri-zala,quizáel másdifícil y comprometidofueseel de juezpesquisidordelpresidenteJoséde Araujo, tareaquese le encomendópor cédulade 31 dediciembre¿le 1738. Si estatareaerayadeporsí complejaacausadelos car-gosqueselehabíanhechoal presidentey delos partidosquesehabíangene-radoenQuitoasufavoro ensucontra,aunsehaciamásdifícil porqueen lascorrespondientesinstruccionessele ordenabaa Arizala encargarse«enínte-rin de la presidenciadela Audienciay gobiernodeaquellaprovincia»3I•

Dadala entidaddelas misionesadesarrollarpor el juezpesquisidoryla circunstanciade no haberdesignadoel rey personaquele reemplazase,se planteóunadifícil situaciónen Lima y en Madrid cuandose supoquePedroMartínezde Arizalano podíacumplircon el encargoquesele habíaencomendadopor haberabandonadoel puestode oidor, hecho que élcomunicóa lasdoscapitalesen sendosescritosde 19 dejulio de 173932, aldía siguientederecibir la realcedulade 31 de diciembrede 1738.

El. Las vacilacionesde Villagarcíay la esperanzadeMadriddequeLima hubieseactuado

El 19 dejulio de 1739,nadamásllegarasusmanosla realcédulade31de diciembrede 1738,Arizala escribióal virrey Villagarcíaexpresándole

~ EL 15 dejulio de ¡743 se abrió juicio de residencia a Martínez de Arizata, del que saliósin cargos.

~‘ Las instrucciones son de 30 de septiembre de 1738 y se le envían al virrey del Perú y aPedro Martínez de Arizala el siete de enero de 1739.

32 No conocemos estas cañas de Arizala, pudiendo reconstruirse su contenido por la res-puesta de Villagarcia de 14 de octubre de 1739 y la caña de Arizala a Villagarcia de 25 dediciembre de 1739, así como por el informe del fiscal del Consejo del cinco de noviembre de1740 y el escrito de Villagarcia al rey de 14 de enero de 1741.

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su opinión de queél tenía capacidadparanombrara su sustitutosegúnlodispuestoen la ley XXXII, título XVI, libro II de la Recopilación~. Si labúsquedadel suplentequeseencargasedela pesquisadel presidenteArau-jo era una tarea ciertamentedelicada,en esta ocasiónla situación eramuchomásgraveporqueal haberseconocidotal ordenen Quito, seprodu-jo unareaccióninmediatadelpresidenteAraujo, quienel 23 dejulioenvia-baaLima unacarta—ala queseguiríanotras—en la quesedefendíadelasacusacionesvertidascontra ~ y tildabade enemigosmanifiestosal fiscalJuande Valparday al oidor Manuel Rubio de Arévalo, impugnándolesextrajudicialmente~

Al sertandelicaday comprometidala situación,antesde actuar,Villa-garcíaoptópor recabarel asesoramientode Arizala, aquien escribíael 17de octubrede 1739 confesándolesus vacilaciones,que se debíana lassiguientescausas:a «la presenteconstituciónde dichaciudadde Quito»,divididaen bandos;a poderobrardeforipa no «conformea los realesdes-pachosy mentede su majestad»,y, por último, a no sabera quien poderencargarla pesquisa,por falta de personaadecuaday sin sospecha.Sobreesteúltimo punto,el virrey seencontrabacondicionadoporla acusaciónde«enemistadnotoria»lanzadaporAraujocontraValparday Rubio deAréva-lo, y porla parcialidaddel restode los ministrosdelaAudiencia,quetenían«tal adherenciaal expresadoseñorpresidente,que con dificultad puedeconfiarsedesempeñenestacomisión con la independienteintegridadquerequiere».

A estetema—y a otros tambiénplanteadospor el virrey en la mismacarta— respondióArizala el 25 de diciembrede 1739, reiterándolesucreenciade queteníacapacidadparanombraral juezpesquisidor,segúnserecogíaen la Recopilación.En cuantoa la elecciónde personaadecuada,

~ Su título es «Que dándose alguna comisión a oidor o alcalde y no pudiendo ir, el presi-dente nombre otro que use de ella». Como se especifica en la ley, esto era para cuando el rey nohubiese nombrado sustitutos, ya que en ese caso éstos eran los que debían actuar. Aunque en lacitada ley sólo se trata de nombramientos de los presidente de Audiencia, no parece que existaduda de que su texto se puede aplicar también a los virreyes como tales.

~ Según lo que nos dice Villagarcía en su escrito al rey de 14 de enero de 1741, en ellaAraujo decía que «muchos de los capítulos que habían llegado a su noticia estaban evacuadospor determinaciones dadas en este superior gobierno y que el de mayor gravedad sobre la intro-ducción que se le imputaba de la ropas de China tenía una total inverosimilitud por diversasreflexiones» que hacía y la documentación que adjuntaba. Este escrito al virrey es paralelo alque escribió al rey el seis de agosto de L739.

~ No sabemos si además de estos temas, Araujo también argumentó otro que expuso al reyen carta de dos de febrero de 1740: que la entrada en religión de Arizala era muestra del favorde la Divina Providencia, que así le había concedido tiempo para poder defenderse.

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Arizalanadadecíasobreel apoyoqueAraujo teníadedeterminadosmiem-bros de la Audiencia—lo que interpretamoscomo confirmaciónde loexpuestoporel virrey— si biensi quesereferíaa la adecuaciónde Valpar-da y Rubio.Al primerole descartabaporhabersido uno de los acusadoresdel presidente,mientrasqueal segundole proponíaparala misión—aun-que indirectamente—,puesrechazabaen él cualquieratisbode parciali-dad36y hacíagrandesalabanzasbasadasen los «18 añosquehe vivido asu lado» “.

El nombramientode nuevojuez pesquisidoreraun temaqueno sólopreocupóenLima, sinotambiénen Madrid,comosedesprendedel informeque PrudencioAntonio de Palacios,fiscal del Consejo,emitió el seis dejunio de 1740—antesde quesetuvieseconstanciaciertadel abandonodeArizala del puestodeoidor— sobreunaseriede escritosde Araujocon losqueéstepretendíaanularlasacusacionesvertidascontraél y quehabíanlle-vado a ordenarsu pesquisa.Aunque el fiscal no apuntósoluciónalgunaparacubrir el vacioque, de confinnarseel rumorde la entradaen religiónde Arizala, sehabríaproducido,silo hizo el Consejoen su reuniónde 17dejunio, ya queordenóquesecomunicaselaposiblenovedadal CondedeMontijo paraque«nombresu excelenciaotrosdosministrosen segundoytercer lugar [...] a fin de evitar los perjuiciosde la dilaciónde la pesquisaínterin queconplenoy justificadoconocimientosetomeresolución»~

Lo sugeridoporelConsejono sellevó a efecto,porlo queel 19 deoctu-bre, cuandollegó la confirmaciónde la noticiade queArizala habíaentra-do enreligión, la situaciónerala mismaqueenjunio.La nuevasesupogra-ciasal escritode Arizalade 19 dejuliode 1739enel queabordóel temadelvacíoquesu renunciahabíacreadoen la pesquisade Araujo, texto quenoconocemosmásqueporel extractoquedeél hizoel fiscalensu informedelcincode noviembrede 1740.Graciasaél sabemosqueMadrid respiróconrelativa tranquilidadal conocerqueArizalahabíadado«cuenta[del caso]al virrey del Perúcon testimoniode los despachos[recibidos...], asíporestarestejefe entendidode todo, comopor tocarle—por derechoy susfacultades—serel intérpreteinmediatode los realesrescriptosy explanar

36 De él decía que «hago juicio que es capaz de desempeñar cualquier encargo de impor-tancia y cristiandad»; también señalaba que «yo no he llegado a entender que se haya atravesadolance de que se le quiera argllir la menor queja, ni menos enemistad» para con el presidente.

~‘ De lo dicho por el virrey y Arizala parece desprenderse que la acusación de Araujo con-fra Rubio de Arévalo era una maniobra del presidente para que se nombrase a uno de sus par-ciales como juez pesquisidor.

38 No hemos localizado ni el escrito al presidente del Consejo ni su respuesta, si bien por elinforme del fiscal de cinco de noviembre de 1740 sabemos que no se nombró a nadie.

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la mentey real voluntadenestey otroscasos».Si tranquilizadorerael queArizala hubieseescritoal virrey «a fin de que nombrasepersonaque seencargasede dichacomisión»,aúnlo era másel queéstelo hubieseejecu-tado,como parecíaindicar «la extrajudicialnoticiaque se ha tenido dehabernombrado[el virrey] al fiscal protectorde indios [deQuito], y que[éste]estáya entendiendoen la comisión»~.

Ante estasnoticias,el fiscal del Consejoproponíareconoceresenom-bramiento,perotambiéndecíaqueporsi acasoel rumorno seconfirmaba,debíaejecutarselo acordadopor el Consejoel 17 dejunio de 1740,queerael designara dos ministros suplentesde Arizala. Paraevitar dudassobrepreferenciasy conflictos entre uno —el que habríanombradoelvirrey— y otros—los quenominaseel Consejo-,sugeríael fiscal incluiren el nombramientode los escogidospor Madrid «la cláusulade queestanominaciónseay se entiendaen el casode no haberlahechoel virrey depersonaque seencarguede la referidacomisión [... o que no] la hayaempezado».

Sobrelas atribucionesde esenuevopesquisidor—fueseel de nombra-mientoregio o virreinal—, sele planteabaal fiscal un reparoque no erabaladí:el de que esejueztambién«reasumiesey seencargasede la presi-denciadeaquellaAudiencia»,comosele habíaencomendadoaArizala. Enrelacióncon esteasunto,recordabael fiscalqueal exoidorsele habíadadoesecometidoporsu experienciayméritos,condiciones«queno fácilmenteseverificaránen otro», por lo queerade la opinión de queno recayeselapresidenciaen el pesquisidor,sino «en la mismaAudienciao enel reveren-do obispo».

A los dosdíasde queel fiscal dieseesteinforme,llegabanal Conse-jo lascartasde Arizala al rey y al Condede Montijo de 26 y 30 del mesdediciembrede 1739 respectivamente,quenadaapodabansobreel tema,aunquesilo hacíanlos escritosque adjuntaba,que eran los cruzadosentreel exoidor y Villagarcía, fechadosel 14 de octubrey 25 de di-ciembrede 1739, de los que ya hemoshablado.Si bien su texto no sereflejaen el acuerdodel Consejode 22 de diciembre,dondeseanalizóeltema,sin embargocreemosquesetuvopresentee] hechode queesascar-

~ El fiscal suponía que ViLLagarcía se había apoyado acertadamente en la ley XXXIL, títu-lo XXVI, libro LL de la Recopilación,donde aunque se hablaba de presidentes de Audiencia y node virreyes, «no se puede negar la facultad que ha tenido el virrey para nombrar persona que enJugar del referido don Pedro Mañinez de Arizala se encargue de la dicha pesquisa, pues sin dudacorresponde al virrey la facultad que se atribuye a los presidentes, siendo el de Quito reo en estacausa y no habiendo otro superior a quien acudir».

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tas indicabanclaramentequeel virrey estabasobrela cuestióny queAri-zala habíallegadoa proponerun nombreparasustituirle:el de Rubio deArévalo40

El 18 de febrerode 1741 el Consejohizo consultaal rey sobreel temade la entradaen religiónde Arizala y susconsecuencias.En relaciónconelaspectoconcretoque ahoranos ocupa,el Consejoaceptóplenamentelasadvertenciasdel fiscal, aunqueno la propuestade quién teníaquehacersecargode la presidencia,puesacordóquefueseel virrey quien eligiera«alministro o personaquetuvierepor másconvenienteparaestapresidencia,ínterin quedurela pesquisa».Comovemos,la confianzaen Villagarcíaeraplena,peroprontollegó el desencanto.

E2. La inaccióndeLima y el nombramientode RubiodeArévalodesdeMadrid

Si en su cartaal rey de dosde febrerode 1740Araujo habíautilizado laentradaen religiónde Arizalacomounamuestradeapoyodela DivinaPro-videncia,quele habíapermitidodefenderse,enel mismoescritoconvertíala inacciónde Villagarcíaen pruebade que el virrey creíaen su inocen-cia41.Peroesteúltimo argumentodejóde serválido el 14 deenerode 1741,cuandoVillagarcía escribió al rey comunicándoleque ni habíaresueltonadani pensabahacerlo,aunquepor razonesdistintasa las invocadasporAraujo.

Efectivamente,en cartade esafecha, el virrey, tras haceralusión alcontenidodel escritode Martínezde Arizala de 19 dejulio, al del presi-denteAraujo del día23 del mismomesy ala opinión del exoidorde 25 dediciembrede 1739, declarabaque ante «la entidadde este negociomepareciódebíareservarseúnicamentea la soberanadisposiciónde vuestramajestadel darprovidenciadepersonaqueentendieseen dichacomisión».Villagarcía fundamentabasu posturaen la particularconfianzaqueel reyhabíamostradohaciaArizala y no haciaotros,puesnadiehabíasidonom-bradoparasuplirle; en lo ocurrido en la causadel Marquésde Valleum-

~ Por una nota no fechada de la secretaría del Consejo, pero posterior al siete de noviem-bre, sabemos que Ja «representación [deArizala] se puso en este expediente para hacerla pre-sente al Consejo cuando se viese el todo de él», lo que ocurrió el 22 de diciembre.

41 Decía: «ha suspendido la providencia de enviar juez en siete meses que han pasadodesde la llegada del aviso, de lo cual se infiere claramente que a vuestro virrey le consta miinocencia».

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broso42y tambiénen la necesidadde reforzarla figura del presidentedeQuito, dadoel papelqueestaregiónjugabaen esosmomentosde guerra.Aestascircunstanciashabíaque sumarotra más que le permitía al virreylimeño eludirel problema:la de quepor pertenecerQuito aSantaFedes-deel 20 deagostode 1739,erasuvirrey y no el deLimaquiendebíaenten-der en el asunto;en función de ello, Villagarcía comunicabaque habíaremitido a Sebastiánde Eslava«todos los papelese instrumentosde lamatenacomo pertenecientesa su jurisdicción».Lima, pues,se olvidabadel tema.

La cartade Villagarcía—analizadapor el fiscal el 13 de noviembrede 1741—causóun gransobresaltoen el Consejoen su reuniónde cincode diciembre,ya que al no haberseejecutadola resoluciónde 22 dediciembrede 1740, la inaccióndel virrey limeño retrotraíala situacióna1738; ciertamentecabía la esperanzade que el virrey Eslavahubiesenombradojuezpesquisidor,peronadieparecióconfiaren esaposibilidad.Por ello, la solución másprácticaparecíaser la de procederal nom-bramientode un nuevo juezpesquisidory de dos suplentes,si bien elpocotiempo quefaltabaparael 28 dediciembrede 1743, fechadelfin delmandatode Araujo, condicionabaya su eficacia.Efectivamente,el Con-sejo argílía que «segúnel tiempo que indispensablementeha de pasarhastaquesepuedahabilitareljuezquedesdeaquísenombrare,estaráyaAraujoen términosde concluir su empleoy empezarpor consecuencialaresidenciade él»; comoa ello habíaque sumar«lasgrandesturbacionesque siemprehan causadolas pesquisasen aquellasprovincias»,parecíaoportunoproponeralrey que—casodeno haberobradoEslava—seacu-mulaseel cargoal juicio de residencia,dándoselea sujuez «unaindivi-dual instrucción».

La consultase fechóel 16 de diciembrede 1741, resolviendoel rey encontrade lo propuestopor el Consejo,ya que el monarcaordenóque sedesignase«un ministro de la Audienciade SantaFe o de la de Panamá»paraencargarsede la pesquisa,porque«no convienemantenertanto tiem-po en Quito un presidentecon conceptode reo». Y así, el 22 de abril de1742 —a propuestadel 10 de enero—se nombrabaa Manuel Rubio de

42 Sobre este tema decía que «tuve presente que habiendo vuestra majestad conferido comi-sión particular para la averiguación de una grave causa imputada al Marqués de Valleumbrosoen la ciudad de Cuzco, aprobó que muerto el juez se esperase nuevo nombramiento, que hizovuestra majestad en don Francisco Javier de Salazar, alcalde de esta real sala del crimen, que lafeneció>,. LAvALLE, Bernard: El mercaderyelmarqués.Las luchasdepoderen el Cuzco,1700-1730.Banco Central de Reserva del Perú, Lima, 1988.

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Arévalocomotitular~ y comosuplentesa Bernardode la Arviza y Ugar-tey aAndrésVerdugoy Oquendo,todosde la Audienciade SantaFe.

Como habíatemidoel Consejo,la pesquisadel presidenteAraujo tardóen iniciarse,ya quela real cédulade 22 de abril de 1742 no llegó a manosde Rubio de Arévalo—queaunqueeraoidor de SantaFe, seguíaen Quitoal estarencargadode la visita de su CajaReal—hastael 29 de mayo de1743,momentoenel quedepusoal reo y le desterróa Túmbez.Comenza-ba por fin la pesquisadeAraujo, aunqueno lo hacíasin problemas,yaqueel oidorPedroGómezde Andradeplanteóla gravecuestióndefondo,quehabíapasadodesapercibidaal efectuarseel nombramientode ManuelRubio de Arévalo: la dequeel pesquisidortuviesecapacidadparaasumirlapresidencia,puesno llevabacédulaen estesentido~ Segúnconfesóesteoidoren su escritoal rey de 30 dejunio de 1743, suprotestano tuvo efectoalgunopor el apoyo que los oidoresJoséLlorente y Joséde QuintanayAcevedo, y el fiscal Juande ValpardadieronaManuel Rubio de Arévaloparaqueaccedieraa la presidencia.

En consecuencia,el juezquesucedióa Arizala enla pesquisade Arau-jo, sumabaal cargode visitadorde la RealCaja,el depresidente,goberna-dor y capitángeneral,lo quehabíaintentadoevitarel Consejoenlaconsul-ta de 18 defebrerode 1741.

O. EL PAPELDE PEDROMARTINEZDE ARIZALAEN LA VISITA DE LA TIERRA Y EN LA JUNTADE REAL HACIENDA DE QUITO

Ante diversasdenunciasde malostratosa los indígenasy tras la pro-puestade 22 de mayode 1731 delpresidenteDionisiode Alcedodequelaúnicasoluciónerala realizaciónde la visita de la tierra, el tresde diciem-bre de 1732 unareal cédulaordenabaquese efectuasela visita de los dis-tritosdela AudienciadeQuito,quedebíacomenzarporelcorregimientodeCuenca.Estase le encomendóa Arizala el dosdejulio de 1734—bienes

‘~ Desconocemos el por qué se eligió a Rubio de Arévalo, pero no podemos olvidar que fueel oidor que Arizala propuso a Villagarcía el 25 de diciembre de 1739. De esa circunstanciateníanoticia el Consejo antes del 22 de diciembre de 1740, ya que por esa fecha tenía en su poder esacarta, por haberla remitido Arizala a Madrid.

“ El Consejo en la consulta de 18 de febrero de 1741 habla opinado que fuese el virreyquien eligiera a la persona que se hiciera cargo de la presidencia, ya que no le parecía conve-niente que la ocupase lamisma persona encargada de ta pesquisa. Con esta opinión se conforméel rey, pero no se ejecuté.

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verdadque por renunciadel oidor másantiguo, JoséLlorente, a quiencorrespondía—y la ejecutóentrejunio de 1735 y septiembrede 1737.Laexperienciavivida le permitió al oidor elaborarunaseriede escritosconpropuestassobreorganizaciónde las visitasy tributaciónindígena,quedie-ronlugara informesde las autoridadesquiteñas,consultasdel ConsejodeIndias y resolucionesreales.En generallas propuestasde Arizala habían«merecidola mayor aceptación»del Consejoy del rey, elogiándosesulaborhastael puntode queseleconcedieron«honoresdeministrodel Con-sejodeIndias»porla realprovisiónde SanIldefonsode tresde septiembrede 1738,acordadapordecretode 14 de agostodel mismoaño, queagrade-ció Arizalaen unade suscartasde 25 dejulio de 1739.

Ademásde este reconocimientohonoríficopor la labor efectuada,elrey, porrealcédulade 16 de diciembrede 1738,encomendóa MartínezdeArizala la realizaciónde la visita de los otrossietedistritosy queasistiesea laJuntadeRealHaciendaenla quesetrataranlos temasrelacionadosconesecometido.Estarealcédulala recibióArizalacuandoyahabíaingresadoen religión y, antela imposibilidadde cumplimentaría,comunicóestacir-cunstanciaa laAudienciaenun escritoenel quetambiénserecogíaun nue-yo texto sobresu proyecto de reformar la estructuray la articulacióntributariadelos indígenas,quefechóel 24 dejulio de l739~~.

Comoyahemosapuntadoanteriormente,antesdequellegasea Madridla noticiaoficial del ingresode Arizala en religión, habíacirculadopor elConsejoel rumor de tan preocupantenueva que, si se confirmaba,sm-posibilitabala realizacióndelo queselehabíaencomendadoal oidoren larealcédulade 16 dediciembrede 1738. Deestehechosehizo ecoel fiscalen su informede cuatrode octubrede 1740, en el queopinó queelConse-jo «podrá [...j deliberary prevenira la Juntade Quito lo que tengaporconveniente»,sugerenciaqueno seejecutósin dudaporestarseala esperade la notificaciónoficial del cambio de estadodel oidor. Másconcretofueel fiscal en suinformede cincode noviembrede 1740, tras la confirmacióndelrumordequeArizalahabíaabandonadosupuestoenla Audiencia,puesopinó queel Consejodebíanombrarnuevovisitadory no dar mayorrele-vanciaa la ausenciadel exoidorde la Juntade RealHacienda,ya queelhueco dejadoestabasuficientementecubiertocon los diversosinformesque habíarealizado—y que se remitían a dicha Junta46—, los cuales

~ Arizala también remitió este escrito al rey con carta de 25 dejulio y al virrey Villagarcíacon carta de 31 dejulio de 1739; el virrey le aprobó lo obrado el 14 de octubre de 1739.

46 Se trata de los enviados a la Audiencia el 21 de septiembre de 1735 y el 24 de julio de1739 y del enviado al rey el 28 de febrero de 1736.

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«podránsuplirenpartesufaltay servirde instrucciónparalo quehubiesendedeliberan>susmiembros.

Pocopesotuvieronestasopinionesdel fiscal en lareunióndel Consejode 22 de diciembrede 1740, ya queallí se acordaronmedidasmuydistin-tas.Así,encuantoala eleccióndevisitador,el Consejodecidióproponeralrey quecasode no estaryanombrado«o por la Juntao porla Audiencia»,lo hiciesequien«presidala Audiencia».Y en cuantoa la participacióndeArizala en la Juntade RealHacienda,se acordóque«concurriesecon supersona,dictamene instruccionesa la citadaJunta,comose habíamanda-do lo ejecutasecuandoestabaen el siglo»,paralo cual seordenabaemitirlos correspondientesdespachos.En el mismosentidosepronunciólacon-sultadel Consejode 18 de febrerode 1741, sobrela queseapoyóla reso-lución realquedio lugaratresrealescédulasde22 deabril de 1742quetra-tabanconcretamentede la asistenciadeArizala a lasreunionesde la Juntade RealHacienda,y queibandirigidasaél mismo,a laJuntay al provincialde la ordenfranciscanaparaquele concedieseel correspondientepermiso.En otracédulade la mismafechadirigida a la Audiencia,ademásde orde-narsela aperturadeljuicio deresidenciasobreArizala,semandó«queparala visita de tierrasen que estabaentendiendosalga a ella el ministro quedebíasalirpor turno».

Con respectoa lo queseordenabaa la JuntadeRealHaciendade Qui-to, debemosseñalarquesus miembrosprefirieronno darsepor enteradosy cenarel temaconfeccionandoun informefinal el20 de abril de1743; enesteescrito,en el queno participóArizala,rechazaronla prácticatotalidadde las propuestasrealizadaspor éstedesde1735. Porsu parte,fray Pedrode la SantísimaTrinidad, quien sí se hacíaeco de las cédulasde 1742,enviabaal rey un nuevoparecerel 24 dejunio de 1743 en el quedefendíasus propuestasantela certezade que él no podríaexponersu opinióna laJunta de Quito porque éstano convocaría«ningunanueva conferencia[... por considerar]evacuadala materia».Pero no era éste el principaltemorde Arizala, sino el de queel escritodela Juntafueseel únicoqueelConsejotuvieseen cuentaa la horade aprobaro rechazardefinitivamentesusmedidas.

Si bien tanto los escritosde la Juntacomo el de Arizala estabanenmanosdel Consejoel 20 dejulio de 1746,no se vieron hastael 13 de octu-bre del añosiguiente,encargándoseentoncesal fiscal queinformaracon-juntamentede los dosdocumentos.Así lo hizoel cincode febrerode 1748,en un pareceren el queacogiófavorablementecasi todaslas propuestasyargumentosdelaJuntadeRealHaciendade Quito,porlo quela mayoríade

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230 Luis RamosGómezyCarmenRuigómezGómez

lasmedidassugeridasporArizala fuerondesoídas.La últimaconsecuenciade esteexpedientefue la promulgaciónde tres realescédulas,ya en 1748:unade 15 de noviembreala Audienciasobrecuestioneseclesiásticas;otrade 22 de noviembrea la Juntaaprobandola mayoríade sus propuestasyotrade la mismafechaal virrey de NuevaGranadaordenándolela ejecu-ción de nuevasvisitas.

H. PEDROMARTÍNEZ DE ARIZALA Y LA INFORMACIÓNSOBREEL ENFRENTAMIENTO DEL PRESIDENTEARAUJO CONJORGEJUAN Y ANTONIO DEULLOA

Comoantesseñalamos,uno de los episodiosde la conflictiva situaciónqueseprodujoen Quito trasla tomadeposesióndelpresidenteAraujo, fueel queprotagonizaronel 30 y 31 de enerode 1737 el nuevopresidenteyAntoniodeUlloa,enel quetambiénseinvolucróJorgeJuan,los dostenien-tes de navío españolesque formabanparte de la misión científica paramedirel gradoterrestrea la alturade la líneaecuatorial,queserealizóaini-ciativadela Academiade las CienciasdeParis.Todopodíahaberquedadoen unacrucedesonoraspalabrasy en gestosdescortesessi ]a altivaactituddeUlloa, secundadaporJuan,no hubieseconducidoaqueaquélquebranta-sela ordendeprisión, quelos dosmarinosdesconocieranaAraujo comoacapitángeneral,quedesobedecierany resistierancon lasarmasala Justiciay que hiñerana algunosde sus miembros,en razónde lo cual acabaronrefugiándoseenel Colegio dela Compañíade Jesús~.

Parasolventarel incidente,lasdospartesrecurrieronal virrey deLima,quienobró rápidamentedandouna soluciónquedesconocemos,peroquepermitíael libre actuarde Juany de Ulloa acomienzosde marzode 1737.Posiblementelo decretadopor Villagarcía fueseel abrir unainformaciónsobrelo acontecido,tareaquecreemosencargóaPedroMartínezde Ariza-la48, el únicooidor queno habíatenido relaciónalgunacon el sucesopor

~‘ Los autos sobre lo sucedido fueron publicados por Mowroro, Santiago: «El proceso con-tra Jorge Juan y Antonio de Uttoa en Quito (t7377»>. Anuario deEstudiosAmericanosV, Sevilla,1948. Vid. R&xios GóMEz, Luis, 1985, vol. 1, cap 111-4. (ver nota 9) y HERzoG, Tamar: La admi-nistración comoun fenómenosocial: la Justicia Penalen la ciudad de Quito (1650-1750).C.E.C.Madrid, 1995,cap.6, 1.

48 No tenemos prúchas directas de este hecho, pues sólo sabemos que el 30 de abril de 1737et presidente Araujo remitió al oidor una caña sobre lo ocurrido y los autos de la informaciónrealizada; también a sus manos pasaba un testimonio de 29 de abril del escribano Diego AriasAltamirano sobre unas acusaciones vertidas contra el fiscal Valparda. claramente mezclado en

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La entrada en religión (1739) de Pedro Mart (nez de Ar¿vzila... 231

estarentoncesrealizandola visita del corregimientode Cuenca,que fi--. 49

nalizaríaen septiembrede eseanoPero los involucradosen el incidente también habíanrecurrido a

Madrid, ocupándoseel Consejodel casoy elevandounaconsultaal rey el24 de marzode 1738.En ella no salíanbienparadoslos dos tenientesdenavío,puesselesculpabade lo acontecido50, proponiéndoseque,casodeno haberactuadoel virrey,sediese«comisiónadonPedroMartínezde Ari-zala, ministro de la Audienciade Quito y de la satisfaccióndel Consejo,paraque dentrode un breve término hagalas diligenciasque convengan[.4, de formaqueen vista de ellaspuedadichovirrey tomarla resoluciónqueseamásconformea la satisfaccióndel empleodel presidentey castigode estosoficiales, encargándoledé cuentade lo queresultare».En fechaíndeterminadael rey se conformócon la parte del parecerdel Consejocorrespondientea la culpabilidadde los dos marinos~ y a la misión deMartínez de Arizala, fechándosesu nombramientoel cuatro de agostode 1739.

En paraleloa lo quehabíaocurridocon el nombramientodejuez pes-quisidordel presidenteAraujo, Martínezde Arizala fue el únicodesignadoparainformarsobreel incidenteentreel presidentey Ulloa y Juan,lo quesignificó quesu renunciaimposibilitasela realizaciónde esatarea,al no irsegundoni tercernominado.Suponemosquela correspondienterealcédu-la de nombramientole llegó aArizala, perode ello no tenemosconstanciaalguna,ni tampocodequeel virrey actuaseen algúnsentido—quizáspor-queya habíaobradoconanterioridad—,yaquesólosabemosdela reaccióndeAraujo y delos dos marinos,cuandorecibieronlos escritosdel rey, puesaellosdieroncontestación52~

Araujo, en su respuestade 12 de septiembrede 1740,no selimité sólo

el incidente, y otro de siete de agosto de 1737 por el que Juan y Ulloa declaraban no haber actua-do por influjo del fiscal.

~9 Los demás oidores y el fiscal se hablan relacionado con los hechos al haber asistido alReal Acuerdo de 31 de enero, en el que se tomó resolución sobre una faceta del conflicto.

50 El Consejo consideró «a estos oficiales reos y cómplices de excesos que merecen el cas-tigo correspondiente a sus delitos», llegando a proponer «hacerlos venir a España en la primeraocasión de navío, remitiendo otros en su lugar» caso de que se sospechase que debían pennane-cer en América largo tiempo.

~ El rey ordenaba advertir «a estos dos oficiales ha sido de mi desagrado los excesos queejecutaron», pidiendo al Consejo que a la llegada de tos dos marinos a Espaila se le recordase eltema «para que se proceda contra ellos (según «la información hecha por el oidor de Quito»j yse les imponga la pena proporcionada al delito cometido».

52 El primero de agosto de 1740 Jorge Juan y Antonio de Ulloa acusaban recibo de la realcédula a ellos dirigida, y el 12 de septiembre lo hacia Araujo.

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232 LuisRamos Gómez y Carmen RuigórnezGómez

a acusarrecibode la realcédulaaél dirigida, puestambiénrecordóa¡ reyqueMartínezde Arizala no podíahacersecargode realizarla informaciónque se le habíaordenadopor haberprofesadocomofranciscano.Ante lanueva,el Consejoacordóen su reuniónde cinco de julio de 1742que sediesecomisión a otros oidores paraque efectuasenla correspondienteinformación,perosu propuestafueplenamentedescartadaporel rey. Efec-tivamente,cuandoel ochodeagostosele consultóa Felipe V estetema,nosóloresolviózanjarel asunto,sino queconvirtióal hastaentoncesinocenteen culpabley a los acusadosen libresde todo cargo,ya quedecidiórecon-venirúnicamentea Araujo porlo sucedido~.

En estaocasión,pues,Martínezde Arizalano necesitósersuplido.

1. LA SUSTITUCIÓNDEPEDROMARTÍNEZ DE ARIZALAEN LA VISITA A LAS CAJAS REALES DE QUITOY LA REMISIÓN DE SITUADOS

La competenciadel oidor Martínezde Arizala no sólo eraconocidaenMadrid, sino tambiénen Lima, comoconfirmael hechodequeel virrey delPerúle hubieseencargadodos importantísimostemasde real hacienda,comoeran la remisiónde los situadosaSantaMarta y Cartagenay lavisi-ta ala Cajade Quito ~

Muy pocosabemosde lo obradoporArizala sobreestosasuntos,yaquesólo contamoscon el datode queel virrey limeño,en cartade 11 de mayode 1739, le aplaudióla remisión del situadode 1737,queArizala le habíacomunicadoel 24 demarzode 1739. Quizáspor ambigiledadde la cartaoporel deseodevereseproblemaresuelto,lo cierto esqueVillagarcíasobre-valorólo hechoporArizala,puespensóquela normalidadreinabaen la realhaciendade Quito. Sin embargoprontolos hechosle devolvierona la rea-lidad, y asíen la cartaqueel 17 de octubrede 1739 le escribióa Arizala,entreotrosasuntosle solicitabainformaciónsobreel «estadoen quequedóla RealCaja[... de Quito] porhabersereconocidosubsistenlos motivosquedieron ocasión II... a que se le encargasea él su «visita y arreglamento»],

‘~ No conocemos cuál fue la causa de la resolución del rey, pero suponemos que se debió auna actuación directa en favor de los dos marinos. La voluntad real se comunicó a los afectadosel 12 de diciembre de 1742.

~< Estos encargos se le hicieron a Arizala en fecha que no podemos determinar, pero quecreemos fue a principios de 1739, como se desprende de la carta de Arizala at rey de 27 de febre-ro de ese año.

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puesseha retardadola remisióndel situadoa los presidiosde CartagenaySantaMarta, [... y se repiten] las quejasde los interesadosen dichaRealCaja»,queno cobrabanlas partidasconsignadasen ella~.

Arizala contestóal virrey con unlargoeinteresanteinformefechadoenPomasquiel 25 dediciembrede 1739,enel quele indicabalanecesidaddeque se prosiguiesecon la visita a la Caja,quedebíaser realizadapor un«sujetomuy limpio, celosoy capaz,porquedeotro modosedaconvertirelantídotoen veneno,>,haciéndolesabertambiénel principio porél seguidoparacorregirla situación56• Porúltimo, le indicabaqueparaconseguiresosobjetivos,la personaidóneaerael oidorManuelRubio de Arévalo.

Si bienel estallidode la guerracon GranBretañaen noviembrede 1739debíahaberaceleradoel nombramientodel visitadorde la Cajadadalaur-genciade aprontartodoslos fondosdisponibles,sin embargola designacióndel sustitutodeMartínezdeArizala sedemoróhastael sietedeabril de 1740,fechaen la que Villagarcía nombróa Manuel Rubio de Arévalo~. Comodeferenciay demostracióndequehabíaseguidoel consejodado,enla mismafechael virrey deLima comunicabaaArizala el nombrede su sucesor

J. EPÍLOGO

Comohemosvisto, el ingresoenreligiónde PedroMartínezdeArizalano significó el abandonototal de las tareasquehabíarealizadodurantesuetapadeseglar,pueselaboróvariosinformessobrela realhaciendaquiteña,tributaciónindígenay nombramientode pesquisidordel presidenteAraujoy visitadorde CajasReales.A algunosdeestosméritosy a la supuestacon-cesiónporel rey «deunagratificaciónquele halló yaen el estadoreligio-so»~ aludiófrayPedrodela SantísimaTrinidad enun escritoque,enfecha

~ Este escrito, así como la respuesta de Arizala de 25 de diciembre —que citamos a conti-nuación— las remitió el exoidor a Madrid en cartas dirigidas al rey y al conde de Montijo.respectivamente, el 26 y el 30 de diciembre de 1739.

56 Declara que sus esfuerzos se hablan dirigido a que «el dinero aplicado al socorro dedichas plazas [deCartagena y Santa Maña, no] se convierta en empleos y propios intereses, nilas negociaciones paniculares en las cobranzas de los deudores de la real hacienda dilaten lasatisfacción de las precisas situaciones que en las referidas Cajas se deben pagar».

“ Rubio comenzó la visita de las Cajas el 17 de mayo de 1740.~ Creemos que Arizala se estaba refiriendo a la aprobación por el rey de su propuesta de

que a los oidores que realizasen la visita de la tierra se les acudiera con el doble del salario, yno con la mitad como máximo, como estaba especificado por la ley XXIX del título XXXT dellibro II de la Recopilación. Este aumento de salario se comunicó al virreyde Lima. a la Audien-cia de Quito y a Arizala por reales cédulas de 16 de diciembre de 1738.

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234 Luis RamosGómezyCarmenRuigómezGómez

desconocida,peroposiblementede 1741, remitió al virrey de NuevaGra-nada,solicitándole«quese le asistaconel salarioquegozabadeoidor [...]

duranteel añode noviciado»~.

El virrey SebastiándeEslavaaccedióa la peticióndel exoidorArizala,puesel 18 deagostode 1741 ordenabaalos oficialesrealesde Quitoquesele abonaseel añodenoviciado«sinembargode lasórdenessuspensivasquetengodadas».Perono todosaceptaronqueArizala fueracompensado,pueslos dos oficiales realesde Quito, o al menosel contadorJoséSuárezdeFigueroa,seopusierona la ordendada,si biensin demasiadafuerzapor laaprobaciónqueel decretode Eslavatuvoenel visitadorde laCaja,ManuelRubio de Arévalo,y enel fiscal Juande Valparda.Lasrazonesenlasquesebasabael contadoreranquela orden iba contraderechoy queel cobrosefundamentabaen el «fingidoméritode serviciosavuestramajestad,quelosque tenemosa la vista lo contrario nos causanotableadmiraciónel vercuántocréditoy fe se da a estafalsa suposiciónparareportaréstasy otrassemejantescomodidades»~.

Perono sóloseleconcedióaArizala unarecompensamonetaria,puesenrazónde su brillantecarreracomo seglary de los méritos contraídoscomoreligioso,en 1743 fue nombradoobispode Manila.Ciertamenteno setratabadeaquellasapetecidasdiócesisdeLima, Quito, Méxicoo Puebladelos Ange-lesconlas quehabíasoñadoen 1730 perotampocoeraun puestodesdeñable.

DOCUMENTOSCITADOS

06-12-1719

23-04-1720

03-09-1720

10-09-1720

14-09-1720

Certificación de estudiosde PedroMartínez de Arizala.AGI, Quito 176.Cartade Martínez de Arizala a Franciscode Arana. AGI,Quito 129, f. 16.Certificacionesde queMartínezde Arizala no es deudordela realhacienda.AGI, Quito 121.Razónde la ContaduríaGeneralde Valores y Distribuciónde la RealHacienda.AGI, Quito 129, f. 136.Real provisión de nombramientode Martínez de Arizalacomooidor. AOl, Quito 129,ff. 135 y ss.

El salario que debía abonársele era de 3.217 pesos, según la carta de Suárez de Figueroadé 21 de febrero de 1742.

~ Escrito de José Suárez de Figueroa al rey, desde Quito el 21 de febrero de 1742.

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La entrada en religión (1739)dePedroMartínezdeAriza/a... 235

Realescédulassobreel viajede Martínezde Arizalaa Qui-to. AOL, Quito 113,fL866v y ss.Certificaciónde estudiosdeMartínezdeArizala. AOl, Qui-to 176.LaAudienciade Quito obedecela provisiónde 14-09-1720.AOL Quito 129, f. 137.Juramentode Martínezde Arizala comooidor. AOl, Quito129, f. 137.Cartade JoséPatiñoa FranciscoDíaz Román.AOL, Quito144, ff. 540 y ss.Informe de Dionisio de Alcedo sobrelos ministrosde laAudiencia.AOL Quito 131,ff. 511 y ss.Martínez de Arizala pide licencia paraingresaren el hos-pital. AOL, Quito 131, ff. 543 y ss.Cartade JoséPatiñoa FranciscoDíazRomán.AOL, Quito131, ff. 541 y ss.Informedelfiscal del Consejo.AOl, Quito 131, ff. 541 y ss.Resxilucióndel Consejo.AOl, Quito 131, f. 141v y Quito109, ff. 456y’ss.Consultadel Consejo.AGI, Quito 109,ff. 457 y ss.y Quito104, ff. 173 y ss.Realcédulaal presidentede la Audienciade Quitoordenan-do la ejecucióndela visita. AOl, Quito 133,ff. 41 y ss.Publicaciónde la resolucióndel reysobre15-09-1731.AOl,Quito 109, f. 456 y Quito 104, f. 176v.Cartade Dionisio deAlcedo, presidentede la Audiencia,aMartínezde Arizala. AOl, Quito 133,ff. 47 y ss.CartadeJoséde Araujo, presidented~ la Audiencia,aMar-tínezde Arizala. AOL, Quito 176.Testimoniodadopor JorgeJuany Antonio de Ulloa. AOl,Quito 176.ConsultadelConsejo.AOl, Quito 134, ff. 364 y ss.Consultadel Consejo.AOl, Quito 104,ff. 440 y ss.ConsultadelConsejo.AOl, Quito 116,f. 92.Realcédulaconcediéndolehonoresde ministro del ConsejoaMartínezde Arizala.AOl, Quito 374.Instruccionesa Martínez de Arizala sobrela pesquisadelpresidenteAraujo. AOL, Escribaníade Cámara914 C, ff.139y ss.

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Realescédulasa Martínez de Arizala, a la JuntadeRealHa-ciendadeQuito,a laAudienciay al virrey LastresprimerasenAOl, Quito 176,y la últimaenAOL, Quito 116, ff. 876y ss.Realcédulaencargándolea Martínezde Arizala, la pesquisade Araujo.AOl, Quito 116,ff. 92 y ss.Cartade Martínezde Arizala al rey. AOL, Quito 133, f. 380.Cartade Martínez de Arizala a Araujo. AOL, Quito 134,ff. 1 y ss.CartadeMartínezdeArizala alrey.Aol, Quito 145, ff. 384y ss.CartadeAraujo al rey.AOl, Quito 134, ff. 1 y ss.Cartadel virrey Villagarcía a Martínez de Arizala. AOl,Quito 176.Carta-informede Martínezde Arizala a la Audiencia. AOL,Quito 176.Cartade Martínezde Arizala al rey en respuestade 03-09-1738.AOl, Quito 134, fi. 69 y ss.Cartade Martínez de Arizala al rey acusandorecibode lareal cédulade 16-12-1738:AOl, Quito 176.Martínezde Arizala aVillanuevaanunciandola remisióndecincodespachos.AOL, Quito 134,f. 67.Cartade Villagarcíaa Martínezde Arizala. Aol, Quito 176.Cartade Martínezde Arizala a Villagarcía. AOl Quito 176.Cartade MartínezdeArizala al rey. Aol, Quito 176.Cartade Martínez de Arizala al condede Montijo. AOL,Quito 176.Cartade Araujo al rey. AOL, Quito 134, ff. 119y ss.Cartade VillagarcíaaMartínezde Arizala. Aol, Quito 176.Testimoniode AgustínCapillasobreprofesiónde Martínezde Arizala. AOl, Quito 176.Lnformedel fiscal del Consejo.Aol, Quito 133, ff. 305 y ss.Resolucióndel Consejo.AOl, Quito 133, f 309.Cartade JorgeJuany Antonio de Ulloa al rey. AOL, Quito134, ff. 218 y ss.Concesióndela primeraplazade numerariode la AudienciaaEstebande Oíaisy Echevarría.AOl, Quito 110, f. 219.Cartade Joséde Araujo al rey. AOl, Quito 134, ff. 218 y ss.Informedelfiscal deJ Consejo.AOl, Quito 176.Cartadel condede Montijo a Miguel de Villanueva. Aol,Quito 176.

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25-04-173905-05-173911-05-1739

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24-10-174005-11-174022-12-174007-01-1741

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12-10-1743

05-02-174815-11-174822-11-1748

ResolucióndelConsejo.Aol, Quito 134, 67v.Informe del fiscal del Consejo. AOl, Quito 176.Resolucióndel Consejo.AOL, Quito 176.Acuerdodel Consejopor el que seencargaa LaysequillayCornejoque contestenal voto particularde cinco conseje-ros. AOl, Quito 176.CartadeVillagarcia al rey. AOL, Quito 176.Consultadel Consejo.AOL, Quito 104, ff. 519 y ss.DecretodeEslavaparaquesele abonea Martínezde Ariza-lael sueldodel añode noviciado.AOL, Quito 176.Publicaciónde la resoluciónsobrela consultade 18-02-1741.AOl, Quito 104, f. 567v.Lnformedel fiscaldel Consejo.AOl, Quito 176.Resolucióndel Consejo.AOl, Quito 110,f. 293.Consultadel Consejo.AOl 104, f. 598 y ss.Cartadel contadorSuárezde Figueroaal rey. AOL, Quito176.Realescédulasa Martínez de Arizala, a la Juntade RealHaciendade Quito, al provincialfranciscano,a la Audienciay aManuelRubio de Arévalo. Las cuatroprimerasen AOL,Quito 117, ff. 497 y ss., y la última en AOl, EscribaníadeCámara9l4A,c.l,ff. 1 yss.Consultadel Consejo.AOL, Quito 105,ff. 21 y ss.Realescédulasa Araujo, Juany Ulloa. AOl, Quito 134,ff. 218 y ss.Informede la Juntade RealHaciendadeQuito. AOL, Quito176.Informede MartínezdeArizala al rey. AOL, Quito 176.Cartadel oidorPedroGómezde Andradeal rey. AOL, Quito176.Publicaciónde la residenciade Martínezde Arizala. Archi-yo Histórico deQuito, Residencias,Caja 8, 1740-53.RelacióndeméritosdeMartínezdeArizala. AOL, Indiferen-te Oeneral228.Lnformedel fiscal del Consejo.AOl, Quito 176.Realcédulaa la Audiencia.AOl, Quito 118, ff. 533 y ss.Realescédulasa la Juntade Real Hacienday al virrey deNuevaGranada.AOL, Quito 118 f 535 y ss.