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La filosofía política de Kant 1. Aunque Kant no escribió nunca un gran tratado sobre filosofía política, al estilo de las tres Críticas, y sus obras sobre el tema se han considerado siempre "obras menores", los principios defendidos en ellas lo asocian a los ideales políticos y emancipatorios de la Ilustración, principios materializados en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776 y en los ideales de la Revolución Francesa de 1789. Entre estas obras destacan Ideas para una historia universal en clave cosmopolita (de 1784) y La paz perpetua (de 1795). La otra referencia importante es, sin duda, el artículo que comentamos, ¿Qué es la Ilustración?, publicado en 1784 en la Revista mensual de Berlín y en donde elogia las reformas emprendidas por Federico el Grande, en particular el reconocimiento de la libertad religiosa y la libertad de expresión. 2. Los escritos políticos de Kant están dominados, en efecto, por los ideales de libertad, igualdad y valoración del individuo, propios de la Ilustración. El pensamiento ilustrado defiende un tipo de sociedad formada por individuos libres, con iguales derechos civiles y políticos, por ciudadanos; en palabras de Kant, por seres humanos dignos, que han alcanzado la “mayoría de edad” y hacen uso de su propio entendimiento sin necesidad de “tutores”. La mayoría de edad se identifica, por una parte, con la autonomía moral, la capacidad de actuar por deber, de acuerdo con el imperativo categórico; y por otra, con la capacidad de pensar con independencia, en todos los ámbitos. En el artículo que comentamos, Kant plantea que la posibilidad de alcanzar dicha mayoría de edad, exige el reconocimiento de las libertades fundamentales, como la libertad de pensamiento, de expresión y de culto, para que sea posible hacer “uso público de la razón”. 3.

La filosofía política de Kant

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La filosofía política de Kant

1.

Aunque Kant no escribió nunca un gran tratado sobre filosofía política, al estilo de las tres Críticas, y sus obras sobre el tema se han considerado siempre "obras menores", los principios defendidos en ellas lo asocian a los ideales políticos y emancipatorios de la Ilustración, principios materializados en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776 y en los ideales de la Revolución Francesa de 1789. Entre estas obras destacan Ideas para una historia universal en clave cosmopolita (de 1784) y La paz perpetua (de 1795). La otra referencia importante es, sin duda, el artículo que comentamos, ¿Qué es la Ilustración?, publicado en 1784 en la Revista mensual de Berlín y en donde elogia las reformas emprendidas por Federico el Grande, en particular el reconocimiento de la libertad religiosa y la libertad de expresión.

2.

Los escritos políticos de Kant están dominados, en efecto, por los ideales de libertad, igualdad y valoración del individuo, propios de la Ilustración. El pensamiento ilustrado defiende un tipo de sociedad formada por individuos libres, con iguales derechos civiles y políticos, por ciudadanos; en palabras de Kant, por seres humanos dignos, que han alcanzado la “mayoría de edad” y hacen uso de su propio entendimiento sin necesidad de “tutores”. La mayoría de edad se identifica, por una parte, con la autonomía moral, la capacidad de actuar por deber, de acuerdo con el imperativo categórico; y por otra, con la capacidad de pensar con independencia, en todos los ámbitos. En el artículo que comentamos, Kant plantea que la posibilidad de alcanzar dicha mayoría de edad, exige el reconocimiento de las libertades fundamentales, como la libertad de pensamiento, de expresión y de culto, para que sea posible hacer “uso público de la razón”.

3.

Al igual que en la ética, -donde Kant le confiere al individuo, la capacidad de de darse a sí mismo la ley moral, desde su autonomía-, en la política, el individuo será considerado también, en cuanto ciudadano, el sujeto legislador. Es decir, la capacidad legislativa del ser humano, como la capacidad moral, se funda en la autonomía de la razón, expresada en el imperativo categórico. Este imperativo, como principio formal de la razón práctica, se extiende a todos los campos de aplicación de ésta, incluida la actividad política. Así, no es de extrañar que Kant haya propuesto entre las formulaciones del imperativo categórico, la siguiente: "Obra como si por medio de tus máximas fueras siempre un miembro de una legislación universal en un reino de los fines”. En él se subraya el carácter universal de las normas morales y jurídicas, y el valor intrínseco del individuo como fin en sí mismo, dada su naturaleza racional y su autonomía; y dicho imperativo es expresión de la necesidad de fundamentación ética del derecho.

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4.

La política, en cuanto espacio público del ejercicio de la libertad, está ligada a la noción de derecho, haciéndola posible. En consonancia con el carácter formal de la moralidad, el derecho no se concibe como un sistema normativo de regulación de la convivencia, sino como el marco formal en el que se establecen las condiciones y los límites de la acción en el campo de la convivencia, del ejercicio de la libertad. El principio rector del derecho no es otro que “la máxima libertad compatible con la libertad de los demás”. El derecho considera las acciones de las personas en la medida en que afectan a otras personas, y su principio regulador sería:”Obra externamente de manera que el libre uso de tu albedrío pueda estar conforme con la libertad de todos los demás”. La ley jurídica ha de tener, por lo tanto, al igual que la moral, un carácter universal y a priori; sin embargo, mientras la ley moral se la autoimpone el individuo, la ley jurídica se impone mediante una coacción externa; a diferencia de la ley moral, no espera su realización de la buena voluntad, por lo que utiliza la imposición y la coacción para evitar violaciones de la ley.

5.

La ley jurídica, siguiendo el imperativo categórico, ha de ceñirse a la naturaleza racional del ser humano, por lo que Kant afirmará la existencia de derechos naturales (propios de tal naturaleza racional), que serán el límite de la acción del Estado. Las relaciones entre los individuos y, por lo tanto, la organización de la convivencia, tiene una naturaleza racional, por lo que la ley jurídica no puede actuar en contra de esa naturaleza. La filosofía política kantiana entronca así con los teóricos del Estado natural y de las teorías del contrato. Hay una naturaleza, anterior a la organización política de los seres humanos, que es la fuente de derechos universales contra los que no se puede legislar, y que actúan por sí mismos como principios de organización de la vida política, que debería tender a una república universal. Además de los derechos naturales, los legisladores, en función de las necesidades históricas, podrán desarrollar leyes (el derecho positivo) que correspondan al estadio de desarrollo de la sociedad civil.

6.

Antes que Kant, otros pensadores, intentando justificar racionalmente el poder político, desarrollaron la teoría del contrato social, como paso del “estado de naturaleza” a la sociedad civil organizada y polemizaron sobre la supuesta sociabilidad o insociabilidad inherentes a la naturaleza humana. Frente a Hobbes, que fundamentaba en el egoismo y el estado natural de guerra permanente, la necesidad de un poder absoluto, Rousseau consideraba que una sociedad mal organizada era la causa de la corrupción de la naturaleza bondadosa de los seres humanos. Con la misma elegancia que arbitró en la polémica racionalismo-empirismo, media Kant en este dilema, afirmando que tenemos una naturaleza contradictoria: la insociable sociabilidad. Según nuestro autor, sólo en sociedad podemos desarrollar nuestras disposiciones naturales, pero también tenemos una fuerte tendencia al individualismo. Nuestra naturaleza contradictoria es el motor que hace que las sociedades progresen. El ansia de honores, poder o bienes estimula el desarrollo de nuestros talentos, la competencia entre individuos favorece el esfuerzo y el progreso tanto individual como colectivo.

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No obstante, el Estado es necesario para frenar nuestras tendencias antisociales; es decir, necesitamos un pacto o contrato social que nos obligue a respetar a los demás, para que también ellos puedan desarrollar sus proyectos individuales.

7.

El abandono de la ley natural para someterse a las leyes públicas ha de realizarse mediante un contrato, por el que cada hombre renuncia la libertad natural para recobrarla como libertad civil, como miembro de una comunidad en la que la obediencia las leyes emanadas de la voluntad general es condición para que la libertad de cada uno sea compatible con la de los demás. Si en términos morales libertad es sinónimo de autonomía (autodeterminación del ser humano y capacidad de actuar de acuerdo con máximas universalizables; es decir, según el imperativo categórico), en términos políticos, la libertad civil no es más que el sometimiento voluntario a las leyes comunes que deben ser expresión de la voluntad general.

Kant concibe el contrato social como la condición que hace posible la instauración del derecho público, por el que quedan garantizados los derechos naturales. En realidad, Kant admite un sólo derecho natural: el de libertad, del que derivan todos los demás, los derechos civiles de igualdad y de autonomía. El derecho de libertad, al tiempo que garantizado, queda limitado por el derecho de los demás, según el acuerdo tomado por la voluntad general. La idea de voluntad general es claramente de corte rousseauniano; pero en Rousseau la voluntad general representa el interés común, mientras que en Kant representa la garantía de la libertad individual, dentro de los márgenes sea posible, para compatibilizar los distintos proyectos de felicidad individuales.

8.

El Estado es la única forma de asegurar la libertad y la cooperación, para que sea posible perfeccionarnos individual y colectivamente. Y como vamos viendo defiende un Estado democrático. Su admiración por Federico II no significa adhesión al despotismo ilustrado, que considera “un mal menor”, sino reconocimiento de que representa un progreso histórico en el proceso de “ilustración”, en el camino hacia la mayoría de edad de la humanidad. En La paz Perpetua, Kant defiende que la constitución de todos los Estados debe ser republicana (democrática), de acuerdo con los siguientes principios:

a) El Estado se justifica como garante del derecho y éste de la libertad; y eso es lo que legitima la coacción. b) El marco jurídico debe estar basado en la igualdad civil: todos los ciudadanos dependen de una legislación común a la que han dado su consentimiento.c) Como Locke y Montesquieu, admite la necesidad de la división de poderes y atribuye el legislativo a la soberanía popular.

Defiende también un derecho cosmopolita fundado en la idea racional de una asociación pacífica de todos los pueblos, bajo el imperativo moral “no debe haber guerra entre individuos ni estados”, imperativo que debe ser el principio rector de las leyes y decisiones políticas: debemos obrar como si la paz fuera posible y trabajar por el

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establecimiento de los mecanismos e instituciones necesarias para aproximarnos a tal meta. De ahí que Kant defienda la necesidad de un organismo internacional encargado de vigilar los acuerdos de paz y de mantener el derecho internacional (precursor de la ONU). Este derecho internacional o cosmopolita debe favorecer el desarrollo social y económico de todos los estados y reposar sobre un principio de universal hospitalidad.

En definitiva, Kant intenta compatibilizar el carácter inalienable de los derechos individuales de libertad, defendidos por las teorías liberales y la soberanía de la voluntad colectiva. De este modo, cada ser humano y la humanidad en su conjunto irán perfeccionándose, alcanzando cotas más altas de eticidad individual y colectiva, hasta aproximarse a una sociedad civil perfecta, a la perfecta armonía de todos los pueblos.

Todavía en nuestro tiempo, sus ideas siguen inspirando a autores como J. Rawls y J. Habermas, en sus intentos por fundamentar sus respectivas teorías del consenso.