632

la historia

Embed Size (px)

DESCRIPTION

temas actuales de hoy.

Citation preview

TEMAS ACTUALES DEL DERECHO EL DERECHO ANTE LA GLOBALIZACIN Coordinadora editorial: Elvia Luca Flores valosAsistente editorial: Karla Beatriz Templos NezEdicin y formacin en computadora: Wendy Vanesa Rocha CachoINSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURDICASSerie DOCTRINA JURDICA, Nm. 709JOS HERIBERTO GARCA PEA WENDY AIDE GODNEZ MNDEZ Coordinadores UNIVERSIDAD NACIONAL AUTNOMA DE MXICO INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURDICASMXICO, 2014TEMAS ACTUALES DEL DERECHOEL DERECHO ANTE LA GLOBALIZACIN Primera edicin: 15 de octubre de 2014DR 2014. Universidad Nacional Autnoma de MxicoINSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURDICASCircuito Maestro Mario de la Cueva s/n Ciudad de la Investigacin en Humanidades Ciudad Universitaria, 04510 Mxico, D. F.Impreso y hecho en Mxico ISBNVIICONTENIDOPresentacin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . XIPedro SALAZAR UGARTEJorge Witker . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . XIIIEduardo Luis FEHERIntroduccin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .XVIIJos Heriberto GARCA PEAWendy Aide GODNEZ MNDEZDebate sobre la creacin de un Poder Ejecutivo colegiado en la Constitucin de 1824. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1Jos BARRAGNLos derechos fundamentales y su interpretacin . . . . . . . . . . . . . . . . 35Miguel CARBONELL SNCHEZLa reparacin del dao material a vctimas del delito y la mediacin penal en el Distrito Federal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55Ariadna COQUIS VELASCODerecho humano de manifestacin pblica: limitaciones y regula- cin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77Edgar CORZO SOSAEl auto de formal prisin y el auto de vinculacin a proceso. . . . . . 93Arturo Luis COSSO ZAZUETAVIIICONTENIDOArmonizacin de la legislacin procesal penal en el sistema acusato- rio mexicano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115Ivonne Nohem DAZTecnologas utilizadas en servicios de inteligencia y contrainteligen- cia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 145Vanessa DAZMiguel Ramos Arizpe: provincialismo responsable, federalismo en formacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177Rafael ESTRADA MICHELMarco jurdico de la ciudad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 217Jorge FERNNDEZ RUIZEl exceso ritual manifiesto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 247Lawrence FLORES AYVARLa unidad de la legislacin penal en Mxico: antecedentes, iniciati- vas, obstculos, razones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 267Sergio GARCA RAMREZOpinin consultiva dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso relativo al hbeas corpus bajo suspensin de garantas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 285Alonso GMEZ-ROBLEDO VERDUZCOEsbozo crtico y analtico de la teora de los sentimientos morales de Adam Smith . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 301Juan Luis GONZLEZ ALCNTARAFernando SOSA PASTRANAIXCONTENIDOLa prisin preventiva oficiosa (consideraciones sobre su evolucin y regulacin normativa) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 319Ral GUILLN LPEZQuerella y derecho penal en Mxico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 331Jos Daniel HIDALGO MURILLOTextura analgica de lo suyo en el concepto de justicia. . . . . . . . . . 351Jos de Jess LEDESMAEl derecho de los pueblos indgenas a un territorio. Alcances y lmites ante las concesiones mineras. El caso de Wirikuta. . . . . . . . . . . . 361Ma. Carmen MACAS VZQUEZLa importancia de la interpretacin amplia de los actos particulares como objeto del juicio de amparo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 389Jorge MEZA PREZEl juicio oral mercantil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 407Alberto Fabin MONDRAGN PEDREROCostumbres constitucionales federales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 429Alfonso NAVA NEGRETELos lmites punitivos de un Estado hemipljico . . . . . . . . . . . . . . . . . 445Pedro Jos PEALOZATransversalidad de los derechos humanos con perspectiva de gnero (una propuesta de poltica pblica que construye paz, con visin humanista) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 469Alicia Elena PREZ DUARTE Y NOROAXCONTENIDODesarrollo econmico y derechos humanos. Una visin integradora489Carlos F. QUINTANA ROLDNEl principio precautorio en la jurisprudencia de la Unin Europea. Implicaciones comerciales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 517Carlos REYESDefensa y solucin de conflictos municipales. . . . . . . . . . . . . . . . . . 539Salvador VALENCIA CARMONAEl control de constitucionalidad de oficio y el control de convencio- nalidad: una de cal y una de arena. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 555Jorge Reinaldo VANOSSINueva Constitucin. Poderes, controles y asamblea constituyente en Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 567Francisco ZIGA URBINATemas actuales del derecho. El derecho ante la globalizacin, editadoporelInstitutodeInvestigacionesJurdi-cas de la UNAM, se termin de imprimir el 15 de octubre de 2014 en Impesin Comunicacin Gr-fica,S.A.deC.V.,ManuelvilaCamacho689, col.Sta.Ma.Atzahuacn,delegacinIztapalapa, 09500Mxico,D.F.SeutiliztipoBaskervilleen 9, 10 y 11 puntos. En esta edicin se emple papel cultural 70 x 95 de 50 kilos para los interiores y car-tulina couch de 162 kilos para los forros; consta de 300 ejemplares (impresin offset).XIPRESENTACINSihayalgoquecaracterizaaJorgeWitkereslaversatilidaddesupensa-miento. A lo largo de su destacada carrera acadmica se ha ocupado de un amplio abanico de temas que tienen que ver con el derecho la disciplina de su especialidad pero tambin, y quiz sobre todo, con los grandes temas y problemas de su tiempo. Con visin global y curiosidad constante, Witker se ha interesado por cuestiones que interesan al mundo del derecho pero que trasciendensusfronteras.Porellosuobrarepresentaunexcelenteejemplo deltrabajoacadmicocomprometidoconelcambiopolticoysocialque tanto ha necesitado y sigue necesitando nuestro pas y, en general, los pases de la regin latinoamericana.Regin, la nuestra, que por motivos biogrficos e intelectuales, el doc-torWitkerconocebienyporcuyoprocesopoltico,alolargodeltiempo y de diferentes maneras, tuvo y sigue teniendo un inters legtimo y activo. Desde esta perspectiva, Witker es algo ms que un acadmico; es un intelec-tual verstil y, en el ms genuino sentido del trmino, militante de sus ideas. Uno de esos intelectuales a los que Norberto Bobbio identificaba como los actores fundamentales de su tiempo histrico y como la conciencia crtica de su poca.Hombredeconvicciones,decompromisopolticoydeaperturainte-lectual,JorgeWitker,adems,logralgoqueesdifcildealcanzarenun mundo de veleidades y modas pasajeras: acreditar un pensamiento propio, consolidado y reconocido. De ah que, sin titubeos ni exageraciones, Wendy Godnez y Heriberto Garca, coordinadores de esta obra en su Homenaje, lo califiquen como un destacado jurista. Su vasta obra es el testimonio pal-pable de ello.En su doble faceta, como investigador y como docente, Witker logr in-fluir en mltiples generaciones de abogados. Desde el aula, durante aos y hasta el da de hoy, Jorge Witker ha logrado transmitir conocimientos tcni-cos pero tambin experiencias y reflexiones que solamente maduran en las mentes que entrelazan a la lucidez con la vocacin docente. Leyendo la in-troduccin de los dos alumnos que han coordinado su homenaje y despus de escuchar las voces de otros alumnos de Jorge que he conocido a lo largo Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXII PRESENTACINdel tiempo, me viene a la mente una idea que, segn me refiri Fernando Escalante, se encuentra en la obra de George Steiner (y que yo he buscado sinxito):esmsfcilencontrarunbuenpoetaqueunbuenmaestro. Witker es uno de esos escasos especmenes y la Universidad Nacional Aut-noma de Mxico, as como otras instituciones acadmicas de nuestro pas y del mundo, se han visto beneficiadas por ello.El eco de las ideas de Jorge Witker en los ensayos que componen esta coleccin de volmenes y que se encuentran estructurados temticamen-te siguiendo los temas de inters del homenajeado es la prueba del impac-to de su pensamiento y, de paso, da testimonio del reconocimiento y afecto que despierta entre sus colegas. Un dato, este ltimo, que no es menor por-que la afabilidad no tiene que estar peleada con la inteligencia y el afecto es el producto ms genuino de la entrega.Esta obra, que contiene contribuciones de alta calidad acadmica y que merece ser leda con atencin y cuidado, editada, adems, por las institucio-nes de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico en las que ha brin-dado su servicio, es el merecido reconocimiento a quien ha sabido pensar, investigar, ensear, incidir y sumar afectos.Felicidades, doctor Jorge Witker, por todo ello.Dr. Pedro SALAZAR UGARTEDirector del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAMEste libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXIIIJORGE WITKEREduardo Luis FEHERHace algn tiempo escuch que un amigo es aquel que estando cerca o a miles de kilmetros puede tocar tu corazn y tu mente.Esta frase sin duda podra describir la persona, la vida y la obra de uno de nuestros ms notables juristas contemporneos, como lo es el querido y admirado Jorge Witker.Hay muchas cosas que impactan del maestro: su carisma, su personali-dad y su bonhoma.SololossabiossentenciabaSnecaestnentretenidosenverda-deras ocupaciones pero an as, ninguno se negar a recibirlos; ninguno consentir que nadie salga con las manos vacas. stos a todas horas, se de-jan visitar por todos, de da y de noche.Jorge Witker, a lo largo de su fecunda vida, es de ese jaez, tan escaso hoy da por la vorgine del tiempo que a todos nos abrasa y consume.De Mxico a Buenos Aires, de Chile a Brasil, de Sonora a Carabobo, de Hidalgo a Chiapas, de Sinaloa a Valparaso, del Per a La Habana, de Ciu-dad Jurez a Costa Rica y Venezuela, sin dejar de incluir a Espaa, amn de innumerables pases y universidades locales e internacionales, el nombre Jorge Witker se pronuncia con respeto.Vida dedicada a la academia, vocacin por ensear, viajero incansable, lleva lo voz del derecho, la economa, el comercio internacional y una enor-me lista ms de materias y temticas a los ms dismbolos lugares, dejando en ellos la huella indeleble de sus conocimientos.Hombre de su tiempo, Jorge Witker se actualiza y actualiza a sus nume-rosos alumnos, creando un vnculo donde el conocimiento, la amistad y los afectos presiden su particular modo humano y acadmico de ser y de sentir.Aunque nombrar es omitir, he aqu una breve muestra de la cantidad de artculos que se incluyen en esta edicin-homenaje a los cuarenta aos de fructfera funcin acadmica de Jorge Witker. Entre muchos otros temas tenemos,porejemplo,comercioexterior,comunicaciones,polticaecon-Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXIV JORGE WITKERmica, inversin extranjera, derecho ambiental, reformas constitucionales en materiaeconmica,ticaempresarial,impuestos,deudapblica,protec-cin del consumidor, arbitraje internacional, unidad de la legislacin penal, conceptodejusticia,transversalidaddelosderechoshumanos,defensay solucin de conflictos municipales, etctera. El propio ndice de este texto refleja las valiosas aportaciones de la gran cantidad de autores que sin duda aprecian la persona y la obra del doctor Witker. Aqu podramos referirnos a Domingo Faustino Sarmiento, quien hace muchos aos sentenciara: Los discpulos son la biografa del maestro.Y podramos agregar con John Ruskin lo siguiente respecto de la rela-cin maestro-alumno: Educar a un joven no es hacerle aprender algo que no saba, sino hacer de l alguien que no exista.Este volumen, patrocinado por prestigiosas instituciones de cultura su-perior, son el vivo reflejo de un acto de justeza al homenajear a Jorge Witker, cuya impronta se ha dejado sentir en los ltimos cuarenta aos en nuestra querida Universidad Nacional Autnoma de Mxico.Tanto la Facultad de Derecho como el Instituto de Investigaciones Jur-dicas seran difciles de explicar sin la enorme presencia y peso especfico de una personalidad tan relevante como lo es el querido doctor Jorge Witker.Las seales por donde se conoce a un hombre que progresa en la prc-tica en el estudio de la virtud sentenciaba Epicteto en sus clebres Manual y Mximas son: no reprender, no alabar, no menospreciar ni acusar a na-die, no alabarse nunca de lo que es l mismo ni de lo que sabe.Esto sin duda podra aplicarse a Jorge Witker en materia de la ensean-za, pues hay otra virtud de tan alto relieve como ensear?Amayorabundamiento,MarcoAurelio,ensusSoliloquios,seala: Quien peca contra justicia comete una impiedad, porque habiendo la na-turaleza universal hecho a los hombres con la mira de que se diesen un so-corro mutuo, de suerte que ayudndose los unos a los otros, segn su mrito, no se hiciesen entre s mal alguno.Qu es en el fondo lo que nos transmite Witker sino la esencia del de-recho y la justicia? Precisamente.Jos Antonio Primo de Rivera, en algunas reflexiones sobre el complejo tema del derecho, se pregunta:Qu es el derecho? El derecho vivi varios siglos entre los hombres sin que nadie se formulara esta pregunta. Los primeros que se la formularon dato significativoquedebemosretenernofueronlosjuristassinolosfilsofos. La oscuridad de las explicaciones sobre todo lo que el derecho sea se debe a que se ha tardado miles de aos en separar dos preguntas en aquella pregunta fundamental.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXV JORGE WITKEREscuchandoalmaestroWitker,muchasdelasdudasantessealadas quedan meridianamente clarificadas. Y es que el maestro, sin duda, al expli-car sus clases, dar sus conferencias magistrales, o bien al escribir sus obras, se apega estrictamente a la recordada frase de Ortega y Gasset: La clari-dad es la obligada cortesa del maestro, del filsofo y del escritor.La obra toda de Jorge Witker es, como sus exposiciones, clara, rica en expresiones, ampliamente fundamentada en su cultura jurdica universal, y por ello, sin ambages, valedera.CreedporciertodecaelReyDonSanchodeCastillaqueunadelas cosasporlasquemssesalvanlasalmasysemantienenloscuerpos,ylos reinos y los estados, y las tierras, es la justicia. Y justicia no entendis que sea solamente matar hombres sino dar a cada uno lo que merece, haciendo bien por bien y mal por mal. Y an todos los que han podido hacer justicia deben agradecer ms a Dios que les d lugar para galardonar que para castigar.Guardando el tiempo, las distancias y las circunstancias, los anteriores conceptos del derecho y la justicia, de suyo tan complejos, en la palabra, la accin y el pensamiento, toman tambin carta de ciudadana en Jorge Wit-ker, homenajeado justamente en estos esplndidos y singulares textos.Sin duda, su vida y su obra podran resumirse con la sabia sentencia de Pitgoras: Educar no es una carrera para vivir, sino templar el alma para las dificultades de la vida.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXVIIINTRODUCCINLas instituciones evolucionan, los pueblos se transforman y las relaciones hu-manas se pueden beneficiar si los cambios son profundos. En ninguna poca de la sociedad el derecho ha permanecido esttico e inmutable. El derecho es parte de la realidad social, ya sea que lo consideremos simplemente como superestructura o como campo jurdico, presumiblemente con un estatus equivalenteaotros.Cumple,porlomenos(paranoentrarahoraendis-quisiciones),unafuncinorganizadora.Tantoensupartepropiamente normativa como en la justificadora el espacio de la libertad produce un orden social que presupone, al hablar de sus relaciones con la economa, una suerte de exterioridad previa que se vuelve extremadamente problem-tica en su resolucin.Es necesario dejar constancia de que la tan consabida expresin el de-recho en la zaga de los hechos, lejos de perder actualidad, cobra dramtica vigencia frente a los nuevos tiempos de crisis y globalizacin, lo cual obliga a los abogados a manejar nuevos paradigmas y categoras que rompen es-quemas hasta ayer incuestionables.Se trata de tener una visin holstica del derecho, en palabras de nuestro homenajeado, como un todo, es decir, relacionar norma, hecho social e interesestutelados,presentesenelhombreysuentornoecolgico,enten-diendoporecolgicounaposturaantelavidaquebuscaincluirtodaslas expresiones de la naturaleza, perspectiva tridimensional y ecolgica inserta en contextos inter y transdisciplinarios, en donde lo nacional se diluye con lo global, al calor de la globalizacin econmica, en donde los mercados, en susaspectosproductivos,comercialesyfinancieros,atraviesanypermean diversos mbitos de los Estados nacionales.Cambia entonces la percepcin del derecho y por consecuencia su in-tensidad y matiz. Nuevas reas profesionales obligan al abogado de hoy a construir, ensear y aplicar en forma inter y transdisciplinaria al derecho. Aparecen nuevas problemticas y la necesidad de reformas amplias o nue-vas leyes orientadas a la defensa de intereses nacionales.La creacin de nuevas relaciones econmicas y polticas en un entorno de alta competitividad y globalizacin exige la integracin del conocimien-Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXVIII INTRODUCCINto como una herramienta til para la solucin de problemas. Asimismo, las tendenciasenelcontextodelaeconomamundialactualsondeirhacia la bsqueda de la colaboracin e integracin econmica regional sobre la base de la uniformidad en el tratamiento legal para dicho esquema, lo que coadyuvaala formacin de bloques econmicos-jurdicos con unamayor apertura y flexibilidad en el presente y el futuro.Por ello, resulta relevante para el abogado de nuestros das, inmerso en un mundo profesional novedoso, contar con una mejor y ms amplia prepa-racin acadmica que conjugue una visin holstica, inter y transdisciplina-ria del derecho. Conocimientos y enfoques propios de su campo de estudio conotrasreasrelacionadasqueleaportenunaventajaensuformacin profesional, teniendo la posibilidad de tomar decisiones y actuar de manera exitosa y socialmente responsable. Es por ello que ninguna fuente del dere-cho est al margen del anlisis de la realidad social.La frase que retomamos a continuacin lo denota:ElJURISTAparaelsigloXXI...nopuedenidebeaceptarelderechocomo instrumentodeopresin,conformismo,nievasinDebehuirdelaabs-traccin gratuita, del formalismo, de la jerga y preocuparse por la ra-cionalidad, el realismo, la respuesta creativa ante conflictos, dilemas, nuevas situaciones y desafos.1Porende,esnecesariounmayoresfuerzoparalograrsistematizarel trabajo que llevan a cabo las instituciones del Estado en aras de orientar a la poblacin en cuanto a trmites, gestiones legales, derechos exigibles, con vistas a elevar su cultura jurdica y as ofrecer un pleno acceso a la justicia (una meta an distante de alcanzar).De ah que el papel de las escuelas de derecho, en lo que concierne a satisfacer la necesidad de informacin jurdica, alcanza hoy amplias dimen-siones. En los planes y programas de derecho se estudia como concepcin general el derecho privado, pblico y social, los cuales comprenden a todas las ramas del derecho; pero dados los cambios frecuentes, las modificacio-nesqueseintroducenenelmbitojurdicosuelensermuyimportantesy necesarias.Este es el papel que nos corresponde a todos asumir, para situarnos en una sociedad ms unida y ms generosa. Se necesita participar en la for-macin de un ser humano ms justo y equitativo, que sepa orientarse en la vida y pueda orientar a los dems. Es buscar los medios para alcanzar el 1 Kaplan, Marcos et al., El papel del abogado, Mxico, Porra-UNAM, 1993, p. 111. Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXIX INTRODUCCINfin, pero en un ambiente de bienestar y progreso, marcado por la presencia devaloresoidealestradicionalesconjugadosaunprocesodecreatividad que implican un cambio de actitud ante los hechos de la realidad social.Hoy en da prevalece el egocentrismo en las actitudes humanas, remar-cado por la presencia de ideales que penetran profundamente en los senti-mientos de un proceso de vrtigo: odio, egosmo, deslealtad, infidelidad, desamor, perfidia, poder, ambicin, racismo, tristeza, miedo, angustia, en-vidia, desesperacin y destruccin, entre otros, que como juegos de azar te lo quitan todo al final.Ante eso, la actitud a asumir deber estar matizada por la presencia de certeras claves de interpretacin para lograr el cambio de conducta, mati-zadas por ideales autnticos, no de xtasis, ante el entorno que me rodea; stos se expresan a travs de la generosidad, la lealtad, la fidelidad, el amor, la entereza, la decisin, el entusiasmo, la entrega, el conocimiento y el tra-bajo, en aras de un bienestar colectivo. Se trata de servir de gua a los de-ms hacia una sociedad en la que valga la pena vivir.2 En sntesis, se trata de formar y crear ciudadanos bien informados y motivados, capaces de analizar los problemas y encontrarles soluciones, asumiendo verdaderas responsabilidades sociales.Hoy en da, la accin de aquel que ejerce la enseanza debe ser siempre la bsqueda de la verdad a travs de la interpretacin y significacin de s mismo; de l hacia los que educa y hacia su propio aprendizaje y metodo-loga; sin que esto signifique la prdida del camino y de la brjula, porque implicaelelegircorrectamenteunarutatrazadasinelimpedimentoola desazn de la construccin constante de su propia visin. As, cada profesor y/o investigador responder en la accin segn sea su propio bagaje: cultu-ral, social, tico, formativo y acadmico.El quehacer de un docente prctico es el anlisis y estructuracin cons-tante de sus actos y deberes profesionales. Es por ello que hay que entender lo previo, lo inmediato y lo ya realizado. Esto permite que como profesor y/o investigador alimente a todos con su experiencia y le d un mayor sen-tido pragmtico al ejercicio profesional. No es posible soslayar, en los um-brales del nuevo y actual siglo XXI, el papel de la tecnologa y sus efectos educativos;estoimplicallevaravasdehecholatcnica,elmtodo,pero tambinlaexperienciayelentorno,puessonestoselementosenconjun-to los que permiten resolver la problemtica en la praxis cotidiana. Es ah dondelaresponsabilidaddeprofesorescomoeselcasodeldoctorJorge Witker, que es tambin investigador, formador y gua del conocimiento, nos 2 Schon, D. A., La formacin de profesionales reflexivos, Barcelona, Paids, 1992, p. 5.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXX INTRODUCCINalcanza y exige un gran compromiso que debemos siempre entender para cumplimentar.Su sola presencia es de por s muy meritoria y explica por s sola la tras-cendencia de su persona. Don Jorge Witker es un ilustre y consagrado jurista, maestro y doctor en derecho por varias generaciones, un chileno de origen, que cumple40aosdefructferacarreracomoinvestigadoryalmismotiempo es un destacado profesor, un excelso acadmico que aporta en este grandioso pas (su Mxico como varias veces ha sealado), donde ya es mexi-cano naturalizado; al que nos ha tocado homenajear con esta magna obra que hoy presentamos.Para nosotros, presentar esta obra de homenaje al doctor Jorge Witker como coordinadores represent no slo un gran reto intelectual y un esfuer-zo extraordinario; tambin signific un modesto aporte desde el sentimiento de admiracin y respeto enorme que le tenemos, por ser una persona tan distinguidaydestacadacomoprofesor-investigadorconreconocimientoy talla internacional, con el cual nos unen lazos de afecto y de enseanza ms alldelasaulasyalquecariosamentellamamosnuestropadreacad-mico fue y ha sido nuestro tutor en la maestra y el doctorado en derecho dado quesuscrticas y/o elogios han marcado pautas en nuestralabor yvisin investigativa. Hablar del doctor Jorge Witker y lo que implica su presencia actual es y denota que se trata de alguien insustituible dentro del mundo del derecho mexicano e incluso del derecho americano en la actualidad.Siempre que se trata de hacer una obra de homenaje a un investigador de este calibre hablamos de la responsabilidad que implica al momento de decidirsobrequhaceryquescribir.SinosremitimosalDiccionariode la Real Academia Espaola, ste define el concepto de homenaje como acto o serie de actos que se celebran en honor de alguien o de algo. Por quhacerentoncesunhomenajealdoctorJorgeWitker?Larespuestaes variada, pues existe la conviccin compartida de que es un acadmico digno de homenajear; pero justo la respuesta ms franca la encontramos en su ex-celsa y convincente obra, toda de gran calidad por su contribucin y aporte a la ciencia del derecho.Nuestra premisa a la hora de hacer esta presentacin parte del supues-to esencial de que la obra del doctor Witker es de una excepcional calidad, por lo que decidimos entonces que mereca que se escribiera un compendio completoqueabarcaraydenotarasuslneasycamposdeinvestigacin, buscando mayor racionalidad y parmetros ajustados a los estndares inter-nacionales, para as poder sostener, validar y afirmar esa cualidad esencial que posee: la de ser un investigador y acadmico excelente.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXXI INTRODUCCINNo hay duda de que existen variados indicadores para denotar los estu-dios sobre obras que se revisan en el mundo entero. Su tipologa y diversas circunstancias hacen que difcilmente puedan aplicarse en Mxico o incluso en Iberoamrica en general. As encontramos que no es tarea fcil hacerlo y rebasa con creces las posibilidades de un texto acadmico e incluso la de conformar una comisin revisora. Lo cierto es tambin que el doctor Wit-ker es profesor universitario en la Facultad de Derecho de la UNAM desde 1974,dondehaimpartidodiversasasignaturasenfocadasasustemasde investigacin con el que se asocia su nombre, y no es sencillo poder valorar el impacto que ha tenido su obra en sus alumnos, y que sabemos debe ser notorio. Es as que lo nico que no se puede admitir aqu es que criterios subjetivosajenosa la transparencia y a los estndares sustituyan unaacu-ciosa revisin que permita probar la premisa de partida de cualquier obra sujeta a dictamen para medir su calidad.La presencia de su obra en los acervos bibliogrficos de las cinco prin-cipales universidades del mundo, entre ellas la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos, las ms de 1,200 citas de sus libros, sustentadas en los principalesbuscadores(PublishoPerish,GoogleAcadmico,3Latindex,4 Dialnet,5 DOAJ/Sparc Europe6)7 y sus ms de 70 libros y 50 captulos en li-bros, adems de los artculos cientficos y de divulgacin en revistas arbitra-das, as como las decenas de tesis dirigidas, comprueban y avalan el impacto y la trascendencia de su obra, no slo a nivel nacional, sino internacional.La pgina web del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM, donde nuestro homenajeado es investigador titular C de tiempo comple-to, al cierre de esta edicin est constituida por el universo que a continua-cin se detalla:reas de investigacin: Derecho internacional. Derecho social.Lneas de investigacin: Comercio internacional. Derecho comercial internacional.3 Vase http://scholar.google.es/scholar?hl=es&q=jorge+witker&btnG=&lr.4 http://www.latindex.ppl.unam.mx/index.php/search/searchResults.5 Vase http://dialnet.unirioja.es/servlet/busquedadoc?t=Jorge+Witker&db=1&td=todo.6 http://www.doaj.org/doaj?func=search&template=&uiLanguage=en&query=Jorge+Witker.7 Informacin obtenida del artculo Una carrera acadmica de excepcin, de Ernesto Villanueva, que forma parte de este homenaje.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXXII INTRODUCCIN Derecho de la competencia econmica. Derecho econmico. Metodologa de la investigacin jurdica.Temas de inters (Keywords): Epistemologa jurdica. Prcticas desleales. Prcticas restrictivas. Proceso de investigacin jurdica. Resolucin de controversias.Idiomas: Francs (lectura). Ingls.Ctedras: Arbitraje comercial (Universidad de Villarica). Derecho econmico (Facultad de Derecho de la UNAM). Metodologa de la investigacin jurdica (Universidad Veracruzana).Libros de investigacin y docencia: Metodologa de la enseanza e investigacin jurdica. La enseanza del derecho. Crtica metodolgica, Mxico, Editora Nacional, 1977. Antologa de estudios sobre la enseanza del derecho, Mxico, UNAM, 1985. Cmo elaborar una tesis de grado en derecho, Mxico, UNAM, 1984. Cmo elaborar una tesis de grado en derecho, adaptado al derecho espaol, Es-paa, Civitas, 1986. Rgimen jurdico de los productos bsicos en el comercio internacional, Mxico, UNAM, 1988. Metodologa jurdica, Mxico, McGraw-Hill, UNAM, 1993. Metodologa de la enseanza del derecho, Colombia, Themis, 1991. Metodologa de la enseanza del derecho, Mxico, Porra, 2008. Tcnicas de la investigacin jurdica, Mxico, McGraw-Hill, 1997. Lineamientos metodolgicos y tcnicas para el aprendizaje del derecho, Mxico, Porra, 1987. Universidad y dependencia cientfica y tecnolgica en Amrica Latina, Mxico, UNAM, 1979. Antologa de estudios sobre la investigacin jurdica, Mxico, UNAM, 1978.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXXIII INTRODUCCIN ElderechoenAmricaLatina,contenidoyenseanza,Mxico,UNAM, 1975. Losproblemasdelaenseanzadelderecho,Venezuela,Universidadde Carabobo, 1978.Libros sobre derecho econmico y comercio exterior: Aspectos jurdicos del comercio exterior de Mxico, Mxico, Banco Nacional del Comercio Exterior, 1976. Derecho econmico internacional, Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 1976. Introduccinalderechomexicano.Derechoeconmico,Mxico,UNAM, 1981. Derecho del comercio internacional, Mxico, Universidad de Guadalaja-ra, 1981. ElGATT(AcuerdoGeneraldeArancelesyTarifas),Mxico,Coordina-cin de Humanidades, UNAM, 1988. LaAsociacinLatinoamericanadeIntegracin,Mxico,ALADI,ISEF, 1985. Laseconomasmixtas,Mxico,CoordinacindeHumanidades, UNAM, 1985. Derechoeconmico,Mxico,Harla,1984(fundadordelactedraen la UNAM). Rgimen jurdico de los productos bsicos en el comercio internacional, Mxico, UNAM, 1985. La empresa pblica en Mxico y Espaa, Espaa, Civitas, 1984. El GATT y sus cdigos de conducta, Mxico, Editorial GUMA, 1982. Derecho econmico, Mxico, UNAM, 1995. Derecho econmico (nueve ediciones actualizadas de 1997 a 2011), di-versas editoriales, Mxico, 2011. Rgimen jurdico del comercio exterior (tres ediciones actualizadas a 2012), Mxico, UNAM, 1999. Derecho del comercio exterior, Mxico, UNAM, 2010. El GATT y los cdigos de conducta suscritos por Mxico, Mxico, UNAM, 1992. Las reglas de origen en los tratados de libre comercio suscritos por Mxico, M-xico, UNAM, 2003. ElreadeLibreComerciodelasAmricas(ALCA),Mxico,UNAM, 2004. Mxico-MERCOSUR, los retos de su integracin, Mxico, UNAM, 2007.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXXIV INTRODUCCIN Derecho de la competencia en Mxico, Mxico, UNAM, 2003. La solucin de controversias comerciales en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y EE.UU., LexisNexis, Universidad Central de Chile-UNAM, 2005. El Tratado de Libre Comercio de Amrica del Norte, Mxico, UNAM, 2005. Derecho de la competencia en Amrica, Chile, Fondo de Cultura Econ-mica, 2000. Regras de Origen nos Tratados de Livre Comrcio, Brasil, Fundaa Boiteux, Florianpolis, UNAM, 2006. ResolucindecontroversiascomercialesenAmricadelNorte,Mxico, UNAM, 1997. ReformasalaLeyFederaldeCompetenciaEconmicaalaluzdelderecho comparado actual, Mxico, UNAM, 2011. Derecho de la competencia en el Tratado de Libre Comercio de Amrica del Nor-te, Mxico, Porra, 2002. Derechotributarioaduanero(ctedradeexcelenciaacadmicadelCo-nacyt), Mxico, UNAM, 1999. El Tratado de Libre Comercio del Amrica del Norte, evaluacin y perspectivas, 2 ts., Mxico, UNAM, 1993. El Tratado de Libre Comercio de Amrica del Norte, evaluacin 10 aos des-pus. ValoracinAduaneraenelComercioExteriordeMxico,Mxico,Porra, 2010. Amparo econmico (documento de trabajo), Mxico, UNAM, 2009. Basesjurdico-econmicaseinternacionalesparasustentarlailegalidaddela equivalenciadenormalizacin,conEstadosUnidosyCanad(documento de trabajo), Mxico, 2011. Valoracin en aduanas (documento de trabajo), Mxico, 2012.De la lectura de este universo acadmico de la obra del doctor Witker una primera apreciacin que se desprende es la gran amplitud de la misma. El criterio de cantidad est resuelto. De entrada, por supuesto, esto es dig-no de valoracin y revela un arduo trabajo del autor por compartir y crear conocimientocientficoconyhacialosdems.Esevidenteentoncesque apareceinsertadaenlasmejoresexpresionesacadmicasdelasdistintas materiasdelcurrculoescolardeunplandeestudios.Enelcasoquenos ocupa, la obra de Witker forma parte de prcticamente todas las universi-dades pblicas y privadas del pas, as como de buena parte de los pases de habla hispana.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXXV INTRODUCCINCabe agregar que adems de lo expuesto, el doctor Witker ha obtenido, entre muchos otros, los siguientes reconocimientos que apuntan en la direc-cin a la hiptesis de este texto y que fueron en su momento evaluados por un comit ad hoc; a saber:1) Premio Universidad Nacional en el rea de Investigacin en Cien-cias Sociales (2000).2) Premio Nacional de Comunicacin 2011 otorgado por la Fundacin Pags Llergo en el apartado de Obra Jurdica.3)ReconocimientoalMritoCientfico,UniversidadVeracruzana, mayo de 2013.4)MiembrodelProgramaPRIDE,desde1995:nivelC,1995-2000; nivel D, 2000-2013.Amaneradecorolario,esdesealarsequeadvirtiendoesegozoco-lectivo probado en el que de repente nos hallbamos inmersos, se nos ocu-rriproponerensumomento,respaldadosporelconsensoacadmicode profesoreseinvestigadoresdeuniversidadesnacionaleseinternacionales, alInstitutodeInvestigacionesJurdicasyalaFacultaddeDerechodela UNAM (en la persona de sus directores, el doctor Hctor Fix-Fierro prime-ro y la doctora Mara Leoba Castaeda despus), un libro homenaje al doc-tor Witker, dada su prolfera obra, que pueda incorporarse al ordenamiento jurdico como parte del sistema doctrinario mexicano actual. Derivado del consenso antes descrito, destacados investigadores y profesores se sumaron a esta convocatoria que culmina en este ao 2014. Conformando una obra colectiva de gran envergadura, donde se involucran temas de especialistas de las distintas ramas del derecho. Su estructura responde a las principales lneas de investigacin del doctor Jorge Witker (Metodologa de la investigacin y enseanza del derecho, Derecho econmico y comercio exterior e internacional), y deriva-do del entusiasmo y del consenso de la comunidad universitaria, se incluy una lnea denominada Temas actuales del derecho, reclamada por profesores e investigadores que deseaban sumarse a este merecido homenaje pese a no trabajar las lneas principales del doctor Jorge Witker.As, la obra que el lector tiene en sus manos se integra por diversos art-culos de especialistas y prestigiados autores que plasman perspectivas nacio-nales e internacionales del derecho de cara a la globalizacin. Temas sobre derechoshumanos,juiciosoralesenmateriapenal,juiciooralmercantil, pueblosindgenasyconcesionesmineras,ascomocuestionesdederecho administrativo, entre otros, conforman este tomo que independientemente Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones JurdicasXXVI INTRODUCCINde ser un homenaje, es una obra de referencia obligada para quienes tienen inters intelectual en estas materias. Cabedestacarqueestelibro,juntocondosvolmenesms,referidos a Metodologas de la enseanza e investigacin jurdica y Derecho econmico y comercio internacional, forman parte de la obra homenaje referida, donde la constante de los artculos que la conforman es su actualidad, derivada de un pensa-miento innovador, creativo y nunca esttico, como el del doctor Jorge Wit-ker, que siempre ha privilegiado a los contextos ms que a los textos.Loscriteriosquesesiguieronparalaelaboracindelapresenteobra fueron objetivables, transparentes y se ajustaron a las prcticas internacio-nalesgeneralmenteaceptadasparamedirlacalidaddelaobracientfica desde el ngulo jurdico. Los mismos se pueden aplicar para medir de mejor manera el quehacer acadmico para evitar discriminacin positiva o negati-va, y resaltan la investigacin y el anlisis jurdico.En esencia, nos encaminamos hacia una revolucin en la educacin, hacia la bsqueda de cada vez mayor conocimiento e informacin. El pro-fesor y el investigador deben convivir y atemperarse a estos cambios. Para estodeberninsertarseenunamayorespecializacinprofesionalyenla bsqueda de valores que coadyuven a un acercamiento a los cambios tecno-lgicos que se avecinan. Se trata de la educacin como palanca social, ms amplia, de costos ms bajos, y donde la investigacin asume nuevos roles de aplicacin con mayor aprendizaje. En otras palabras, se trata de formar el hombredelmaana(cadavezmsprofesional,peromsciudadano),y para esto se necesitan profesores que motiven, inspiren, dirijan, pero sobre todo eduquen.Sontiemposdecambiosdenuevasmodalidadesdevidaporlo que debe procederse a idear nuevas reglas del derecho! Son tiempos tam-bin de generar gratitud y devocin. Tiempos de constancia y superacin personal y profesional, encaminados hacia un mejor trabajo en pro de los dems; porque como dijera Jos Mart: Honrar-honra y toda la gloria del mundo, cabe en un grano de maz.Muchas gracias doctor Jorge Witker por ser un educador e investigador tan visionario!Jos Heriberto Garca Pea y Wendy Aide Godnez Mndez Coordinadores88 Agradecemos la asistencia realizada por Slika Ferreira, Paulina Galicia y Omar Bo-canegra, por su apoyo y ayuda en la coordinacin de esta magna obra-homenaje.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas1*Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM.DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADO EN LA CONSTITUCIN DE 1824Jos BARRAGN*SUMARIO:I.Dedicatoria.II.Lafuenteconsultada.III.Eldebatesobre la titularidad. IV. Sus principales atribuciones. V. Las limitaciones. VI. Bi-bliografa.I. DEDICATORIAEs para m un honor participar en el libro en homenaje de un excelente com-paero y mejor amigo, Jorge Alberto Witker Velsquez, lo hago con mucho gusto por su destacada labor de investigacin y docencia en nuestra magna casa, la Universidad Nacional Autnoma de Mxico, y en casi todas las uni-versidadespblicasdeestasusegundapatria,alaquelehadedicado,sin duda alguna, sus mayores y mejores esfuerzos.Paraestelibrohomenajeheescogidountemaquesiemprehatenido ytieneenlabibliografaconstitucionaldeMxicounagranimportancia, porrazonesmanifiestas,comoeseltemagenricamentedenominadoel presidencialismo mexicano, pero ahora circunscrito al estudiodel proceso de formacin del Poder Ejecutivo durante los debates de la primera Consti-tucin mexicana de 1824.Setratadeunenfoquepococonocido,opocoestudiado,puesmuy pocos maestros saben que la mayora de los diputados a la asamblea cons-tituyente de 1824 prefera un Ejecutivo colegiado sobre la formacin de un Ejecutivo unipersonal, que es como finalmente fue aprobado.Y muy pocos maestros conocen los detalles de este interesante debate y el gran temor a que, andando el tiempo, dicho Ejecutivo, al depositarse en una sola persona, pudiera convertirse en un tirano, enemigo de los derechos y las libertades pblicas, en palabras del debate, o en un hombre tan pode-Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas2 JOS BARRAGNroso como lo fueron algunos reyes de la etapa del absolutismo, en palabras de otro querido maestro, el doctor Jorge Carpizo.II. LA FUENTE CONSULTADALa fuente a la que hemos recurrido fundamentalmente se circunscribe a los papeles originales de la Comisin de Constitucin de 1824, existentes en el Archivo General de la Nacin; al Diario de Sesiones de dicho Constituyente, y a las crnicas de los peridicos de la poca, en especial a lasCrnicas del Acta Constitutiva y de la Constitucin, impresas por la Imprenta de la Cmara de Diputados con motivo de la conmemoracin del ciento cincuenta aniversa-rio de la Repblica Federal y el centenario de la restauracin del Senado, preparadas y prologadas por su servidor.Asimismo,hemoshechousodelosvariosyvaliososdocumentosque el doctor Manuel Calvillo ha publicado en el volumen II de la obra por l dirigida: La Repblica Federal mexicana, gestacin y nacimiento, patrocinada por el Departamento del Distrito Federal, obra tambin de conmemoracin de la fundacin de la Repblica Federal y la creacin del Distrito Federal.El estudio sobre la formacin del Poder Ejecutivo contempla dos aspec-tos fundamentales: uno es el que mira la problemtica inherente a la titula-ridad de dicho Poder Ejecutivo; el otro, en cambio, se refiere, por un lado, al conjunto de facultades o atribuciones que el Acta Constitutiva del 31 de enero de 1824 y la Constitucin del 4 de octubre del mismo ao le asignan y, por otro lado, a las limitaciones que tambin se le imponen.Pues bien, en el presente trabajo procuramos ceirnos tambin a estos postulados lgicos de la materia objeto de estudio, y dividimos nuestra ex-posicin en dos partes.Enlaprimeraparteanalizamoslainteresante,comodesconocidao pocoestudiada,problemticasurgidaentornoalatitularidaddelPoder EjecutivoFederalmexicano,iniciadayadurantelosdebatessobreelpro-yectodeActaConstitutiva,yresuelta,enfin,durantelasdiscusionesdel Proyecto de Constitucin.La segunda parte se ocupa de la descripcin de las atribuciones y de las limitaciones a l asignadas.III. EL DEBATE SOBRE LA TITULARIDADCon la expulsin del territorio nacional de don Agustn de Iturbide des-aparecen las posibilidades reales de consolidar la idea de crear un Imperio Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas3 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOen Mxico. Su fusilamiento, despus, no cabe duda de que fue cuando me-nos un acto en exceso riguroso; tal vez innecesario. En todo caso, el Consti-tuyente mexicano pudo abordar el tema de la organizacin de la nacin y, ms en particular, el tema de la formacin del Poder Ejecutivo con absoluta tranquilidad. Sin interferencias ni presiones externas o ajenas al Congreso mismo, sin grandes prisas. Prevista su formacin desde el proyecto de Acta Constitutiva, el acuerdo respectivo tuvo lugar, sin embargo, despus de lar-gos debates, hasta el tiempo de discutirse el Proyecto de Constitucin.1. Segn el Proyecto de Acta ConstitutivaElSegundoCongresoConstituyenteevidentementeiniciasuslabores bajounaatmsferamuyenrarecida,o,comohoydecimos,muycontami-nada. La obligada y necesaria autodisolucin, el 30 de octubre de 1823, del PrimerConstituyentetuvoquepesarsobrelosindividuosdelnuevoCon-greso, reunidos ese mismo da en Primera Junta Preparatoria y sobre el ple-no de dicho Congreso, instalado cinco das despus, como el ms triste de los presagios, por no haber podido dicho Primer Constituyente constituir a la nacin.Laactitudrebelde,peronoble,delasprovincias,autoconstituyndose en estados libres, independientes y soberanos, debi preocupar seriamente a aquellos representantes, sobre todo durante las primeras jornadas.Lanacin,alaalturadel30deoctubreodelmesdenoviembrede 1823, ofreca un panorama de verdadera descomposicin poltica, al menos enlaperspectivadelapocaydelConstituyente.LaprovinciadeNueva Galicia se haba proclamado desde junio en el estado de Jalisco libre y so-berano,ysuCongresoConstituyentecomenzasesionarprimeroqueel Segundo mexicano. Otro tanto ocurra en Zacatecas, Yucatn y Oaxaca. En el centro del pas, tal vez el prestigio o el temor al general Miguel Barragn haca fraca-sar los intentos de formar una coalicin de Morelia-Celaya-Quertaro-San Luis Potos.El gobierno, en la vieja capital del virreinato, se empecinaba por redu-cir a los rebeldes, que tal era el calificativo que les propinaba. Jos Joaqun Herrera, nombrado sustituto de Quintanar, un hombre heroico a quien to-dava no se le han hecho las debidas honras en Jalisco, no pudo penetrar en el nuevo estado.TampocolasfuerzasdelgeneralBravolograronrebasarlastierrasde Lagos de Moreno. Realmente slo las intrigas del gobierno prosperaron a medias en Colima, separndola del nuevo estado de Jalisco.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas4 JOS BARRAGNMs al norte, Felipe de la Garza encabezaba el movimiento federalista de las provincias internas de oriente; mientras que, por el sur, la descompo-sicin poltica, al menos vista desde las pretensiones del Imperio, se mostra-ba ms profunda, sin que las fuerzas del general iturbidista Filisola lograran contener el movimiento independentista.Tal era el panorama que vea el Congreso, instalado el 5 de noviembre bajo la Presidencia de un experimentado diputado, Miguel Guridi y Alco-cer.1La Ley del 30 de septiembre de ese mismo ao de 1823 no prevea una tan rpida instalacin. La Comisin de Poderes, encargada de examinar el correspondiente de cada uno de los individuos electos, pas por alto algunas cosas, bastante graves, porque, en opinin de Miguel Ramos Arizpe, haba principios ms respetables y de mayor preferencia que los que se alegan, por ejemplo prius est esse, cuam taliter esse, salus populi suprema lex esto.2En efecto, a Ramos Arizpe, creador no tanto del federalismo, cuanto de la nacionalidad (del ser) mexicana, le importa ms evitar la disolucin pol-tica del Anhuac que el problema de algunos poderes, o el mismo problema de la forma de gobierno. Urge ofrecer algunas bases mnimas, pero funda-mentales, que pongan a salvo la integridad del extinto virreinato.Con estos pensamientos, aceptados por la mayora de los diputados pre-sentes, acometi la Comisin de Constitucin los trabajos que desemboca-ran en el articulado del proyecto de Acta Constitutiva de la Nacin Mexi-cana, ledo durante la sesin del 20 de noviembre.3Este proyecto, en contra de la afirmacin de Tena Ramrez,4 fue ardua-mente discutido. Constaba de 40 artculos. Y por ms que lo pretendamos, el modelo de federalismo escogido e incorporado a este proyecto no se pa-rece en nada al modelo estadounidense ni guarda semejanza con el modelo grancolombino, pese a que sus autores conocen muy bien los textos funda-mentales de los Estados Unidos de Amrica, lo mismo que las Constitucio-nes de Colombia.1 Vase Barragn, Jos, Crnicas de la Acta Constitutiva y de la Constitucin de 1824. Se trata de un libro dividido en tres tomos, impreso por la Cmara de Diputados en conmemoracin del sesquicentenario de la Repblica federal, en 1974, y que fue preparado bajo la respon-sabilidaddesuservidor.EneltomoIseincorporaronlascrnicasdelosperidicosdela poca: Aguila Mexicana y Sol, relativas al proceso de discusin del Proyecto de Acta Constitu-tiva; mientras que en los otros dos tomos se recopilaron las crnicas relativas al proceso de discusin del Proyecto de Constitucin. La cita se encuentra en el tomo I, p. 50.2 Ibidem, t. I, p. 47.3 Ibidem, p. 93.4 Vase Tena Ramrez, Felipe, Leyes fundamentales de Mxico 1808-1973, Mxico, Porra, 1974, p. 153.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas5 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOEl proyecto, firmado por Miguel Ramos Arizpe, diputado por Coahui-la,ManuelArgelles,diputadoporVeracruz,RafaelMangino,diputado porPuebla,TomasVargas,diputadoporSanLuisPotos,yJosdeJess Huerta, diputado por Jalisco, estuvo pensado para la situacin concreta de nuestro pas, la cual, insistimos, no guarda ninguna semejanza con el proce-so de formacin de las colonias del norte ni con el de Colombia.Nuestra Acta Constitutiva presenta un carcter singular. Se trata de un documento que no cre o hizo a todos los estados de la Federacin mexi-cana, y de un documento que tampoco redactaron provincias o estados ya preexistentes y reconocidos como tales, al menos recprocamente.Es decir, ni se trata de un pacto entre iguales ni se trata de un documento creador sencilla y simplemente de una Federacin, sino que contiene las dos notas descritas, impuestas por las circunstancias histrico-polticas del pas.El Acta Constitutiva se limit a reconocer la existencia previa de varios estados, ya plenamente constituidos libre y soberanamente, con aquella li-bertad y soberana que resulta de la prueba mxima de las armas y de los espritus tensos en mantenerla, como ocurri con las hasta entonces provin-ciasdeCentroAmrica,ahoraconvertidasenEstadoslibresysoberanos dentro de la comunidad de naciones; y como sucedi con las hasta entonces provincias, ahora convertidas en el estado de Jalisco, en el estado de Zacate-cas, en el estado de Yucatn y en el estado de Oaxaca.Este Congreso, debido a esas circunstancias, admiti incluso la presen-ciaenelsenodelCongresodeciertosdiputadosquetraanpoderesmuy especiales, o con caractersticas diversas a las de una representacin, y ms propias de una verdadera delegacin.PeroestamismaActaconstitutivacreehizo,otransform,aotras varias provincias, que hasta entonces no lo queran, a otros varios estados, hasta sumar 19, que son los que, por medio de sus diputados, firmaron di-cha Acta.EstaAsamblea,enfin,compuestaderepresentantesydedelegados, sinimportarlemuchorealmenteloqueestosignificaba,organizalana-cinmexicanadesoyendodoctrinasmuyrespetablesacercadelasobera-nayacercadelfederalismo:aadiRamosArizpequelaComisinha-ba procurado en lo posible separarse de doctrinas, y presenta un proyecto practicable.5Estas son las caractersticas generales del proyecto, donde se intentar fijar la configuracin del Poder Ejecutivo Federal, sin conseguirlo. Fue uno de los temas ms debatidos de todos los consignados en el Proyecto de Acta.5 Vase Barragn, Jos, op. cit., p. 211.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas6 JOS BARRAGNPara mejor comprensin de nuestro anlisis vamos a exponer en primer lugarculeralaconfiguracinquedelEjecutivonosofrecaelproyecto mismo, antes de toda discusin; para, en un segundo momento, examinar lastesispropuestasoalumbradasduranteladiscusindelartculocorres-pondiente del proyecto de Acta; finalmente, hablaremos acerca de la confi-guracin del Ejecutivo en el proyecto de Constitucin.A. Segn el artculo 16Deca el artculo 16 del proyecto de Acta Constitutiva:Artculo16.LaConstitucingeneraldepositarportiempolimitadoelPo-der Ejecutivo en un individuo con el nombre de presidente de la Federacin mexicana,elcualserciudadanopornacimientodelamismaFederacin, con la edad de 35 aos. Las dems cualidades, el modo de elegirlo y su dura-cin se determinar por la misma Ley Constitucional.6La redaccin es clara. No contiene ningn problema doctrinal, salvo la idea que se muestra de depositar la Presidencia en una sola persona. Esto es, la Comisin de Constitucin piensa en una sola persona como titular del Poder Ejecutivo de la Federacin. En cambio, como se ver en el debate, la mayora de los diputados presentes durante este debate del proyecto de Acta Constitutiva propugn por un rgano colegiado. Y debido a esta oposicin, se aprob dicha Acta sin llegar a un acuerdo definitivo sobre el particular.Dicha Comisin, en su Discurso Preliminar, justificaba la redaccin del artculo 16 de la siguiente manera:Entre las cualidades designadas al Supremo Poder Ejecutivo, ha credo la co-misin de su deber el conceder algunas que no encuentra dadas al Ejecutivo aun de algn sistema central, y tal vez ni el de monarquas moderadas. Tal es el imperio de las circunstancias, nacidas de la ignorancia y de la corrup-cin de tres siglos, herencia envenenada de nuestros opresores; y tal es la ley supremadelasnaciones,desalvarsuindependenciaylibertad.Cuandoel gobierno es de leyes exactamente [sic] observadas, y no de hombres, no hay peligro por la severidad de aquellas que llaman para los empleos a la virtud y mrito personal, que desechan de ellos la no aptitud y que persiguen y casti-gan a pocos para escarmiento de muchos.Segn apreciamos, no se alude para nada al carcter mismo del rgano. La Comisin piensa o presupuso, tal vez, la unanimidad de su criterio para 6 Ibidem, p. 104.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas7 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOestablecer la unicidad del titular, nico medio quiz para el pronto y eficaz desempeo del conjunto de facultades, tan poderosas, que le reconoca. En todo caso, la necesidad o conveniencia del sistema obedeca al imperio de las circunstancias.No sabemos a ciencia cierta qu cosa quiere decir la Comisin con esas palabras alusivas ala ignorancia y a la corrupcin de tres siglos, herencia envenenada de nuestros opresores. Como que se trata de una doble conce-sin a favor de dos tendencias o partidos.En efecto, por un lado, la Comisin parece referirse a la tendencia hacia la formacin de un poder central, ms o menos al estilo del gobierno opre-sor, patrocinados ahora, se puede uno preguntar, por los miembros actua-les del Ejecutivo, quienes han estado hostigando a las provincias rebeldes y cuyos secretarios del despacho han asistido desde el principio de las sesiones diurnas y nocturnas de la Comisin,7 y cuando se presenta una mocin for-mal para que estuvieran presentes al tiempo de su discusin?8Mientras que, por otro lado, la Comisin s est muy preocupada por la necesidad de establecer una base firme que sirva de unidad, que evite la dis-cordia y la atomizacin del Anhuac, ya que tal situacin slo beneficiara a Espaa, en su empeo de recuperar el virreinato.El texto primeramente transcrito del artculo 16 se comenz a discutir durantelasesindel2deenerode1924.LasCrnicas9registranlain-tervencin inmediata de Manuel Crescencio Rejn, diputado por Yucatn, oponindose al artculo, lo mismo que Jos Mariano Marn, diputado por Puebla, Juan Rodrguez, diputado por el Estado de Mxico, y Juan Bautista Morales, diputado por Guanajuato.En cambio, Carlos Mara de Bustamante, Juan Jos Romero, diputado por Jalisco, y Jos Ignacio Espinosa, diputado por Mxico, se pronunciaron a favor del texto del proyecto.Juan de Dios Caedo, diputado por Jalisco, tambin apoy el artculo, si bien insisti en que todo el cuidado debe estar en la precaucin que se tome para evitar los abusos, y no se deba tomar del nmero de sus individuos la garanta de las libertades pblicas.10En sesin extraordinaria del mismo da 2, por la tarde, se declar sufi-cientementediscutido,acordndosequefuesenominallavotacin.Elar-tculodelproyectofuereprobadopor42votos,contra25,deuntotalde 7 Ibidem, t. I, p. 97.8 Ibidem, pp. 152 y ss.9 Ibidem, p. 436.10 Ibidem, p. 439.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas8 JOS BARRAGN67 votos.11 En consecuencia se omiti tratar el artculo 17, que se refera al vicepresidente.La Comisin de Constitucin, de conformidad con las intervenciones, apenas reseadas por las Crnicas, elabor la reforma, misma que se pre-sentenlasesindel19deenerode1824,12comoprimeralectura,para discutirse al da siguiente.13Elnuevoplan,ledoporMiguelRamosArizpe,vuelveainsistirenel principiodelaunidadfundamental;estoes,volvaapresentarelmismo principiodeunEjecutivounipersonal,principioquesehacaacompaar ahora con la propuesta de creacin de un Consejo de Gobierno, como una novedad, en palabras de la Comisin, ya que no vena previsto en el texto original del proyecto de Acta Constitutiva.14Parece extrao, como dijeron los oponentes a la idea de un Poder Eje-cutivounipersonal.ElDictamendelaComisin,ahoraengrosadaporla presencia de nuevos individuos, vena acompaado por tres votos particu-lares, de los seores Demetrio del Castillo, diputado por Oaxaca, Manuel Crescencio Rejn, diputado por Yucatn, y Miguel Guridi y Alcocer, dipu-tado por Tlaxcala, quienes se apartaron del sentir de Miguel Ramos Arizpe, diputadoporCoahuila,JosIgnacioEspinosa,diputadoporelEstadode Mxico,TomsVargas,diputadoporSanLuisPotos,ManuelArgelles, diputado por Veracruz, Jos de Jess Huerta, diputado por Jalisco, Jos Mi-guelGordoa,diputadoporZacatecas,JosMaraBecerra,diputadopor Veracruz, y Juan de Dios Caedo, diputado por Jalisco.El Dictamen, como decimos, ofreca la novedad del Consejo de Gobier-no, pero adems traa modificados los artculos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 del Proyecto original.15B. Los diferentes puntos de vistaSereprobunavezmselprincipiodelatitularidadunipersonalpor los partidarios del Ejecutivo colegiado. Demetrio del Castillo en vano trat de conciliar las tesis que, segn l, se fundaban, una, en la conveniencia de unidad y celeridad que debe tener el gobierno; y la otra en el temor de que elencargadodelgobiernosupremo,alfinyalcabo,seerigieseentirano 11 Idem.12 Ibidem, p. 531.13 Ibidem, pp. 534 y ss.14 Ibidem, p. 541.15 Ibidem, p. 445.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas9 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOde la patria, y cmo ambas opiniones tienen razones muy fuertes y podero-sas....Don Demetrio del Castillo se pronuncia a favor de que el Poder Ejecuti-vo sea colegiado. Y no obstante ello, pone a la consideracin del pleno cua-tro proposiciones que en mi concepto concilian las dos opiniones y tienen todo lo bueno que se ve en el gobierno de uno solo, as como las ventajas que se conocen en el de tres, sin tener los males y temores que se observan en uno u otro.16La primera de las proposiciones deca que la Constitucin general de-positarportiempolimitadoelPoderEjecutivoentresindividuosquese llamarn el presidente, el vice-presidente y el designado, con el nombre de presidencia de la federacin mexicana...La segunda de las proposiciones indica que fuera el designado quien sustituyeraalpresidente,terminadoelperiodonormaldesumandato; mientras que el vice-presidente hara las veces de presidente, en los caso de enfermedad o de imposibilidad de ste.La tercera proposicin pretenda reconocer voto consultivo en las ac-ciones y operaciones del gobierno al vice-presidente y al designado, reser-vando la decisin final a favor del presidente.Finalmente, la cuarta proposicin se refera a la forma de su nombra-miento.Decaqueenelprimerperiodosenombrarnconformedigala Constitucin el presidente, el vice-presidente y el designado. En los perio-dossiguientesslosenombrarnvice-presidenteydesignado,puestoque eldesignadodelprimerperiodohadeserpresidenteenelsiguienteyas sucesivamente.17Estas proposiciones fueron ledas en la sesin del 3 de enero de 1824, peronoprosperaron.Demomento,tampocoseaceptlaproposicinde Jos Mariano Marn, diputado por Puebla, para que el tema se reservara al tiempo de discutir el proyecto de Constitucin.Con todo, los comentarios de formulacin de don Demetrio del Castillo nos plantean breve y sucintamente las dos tesis en pugna, que vamos a exa-minar con cierto detalle.Son partidarios del Ejecutivo unipersonal los individuos que firmaron el proyecto original de Acta Constitutiva, ya mencionados, adems de Cae-do, Carlos Bustamante, Becerra, Cabrera, Caralmuro, etctera, hasta con-tar los 25 seores que votaron a favor de dicho artculo 16 en la sesin del 2 de enero.16 Ibidem, p. 450.17 Ibidem, p. 451.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas10 JOS BARRAGNContraestatesissealzlamayoradelospresentes,entreloscuales cabe mencionar a Rejn y a Demetrio del Castillo, partidarios de un Eje-cutivo colegiado. Mientras que Guridi y Alcocer prefera la titularidad co-legiada, pero de dos individuos. Tal es, en esencia, el contenido de sus res-pectivos votos particulares. Tambin se pronunciaron a favor del Ejecutivo colegiado: Marn, Guerra, Valle, Gmez Faras, Ibarra, Moreno, Jos Mara Bustamante, etctera, hasta el nmero de 42, segn el resultado de la vota-cin citada.Losnombresdequienespatrocinaronunauotratesisapenastienen significacin ideolgica comn. Es decir que si comparamos esta votacin nominalconlasquetuvieronlugar,porejemplo,alvotarselostrminos fundamentales de los artculos 5o. y 6o. en relacin con el 4o. del Proyecto, apreciamos a simple vista que no guardan ninguna relacin.Las votaciones sobre las palabras Repblica popular, representativa, y federal del artculo 5o., as como las votaciones sobre las palabras de estados libres e independientes y soberanos del artculo 6o. evidencian una ideolo-ga determinada, o bien caracterizada, en relacin con los problemas ms graves del pas en aquel momento.En cambio, en la votacin sobre el artculo 16 del proyecto, centralistas y federalistas, por llamarlos de alguna forma, se mezclan y entrelazan, sin ningn compromiso ideolgico.Estodemuestraquedichavotacinseejecutpensandonicamente enlasventajasoinconvenientesinherentesalinstitutomismo;sebasen razonesmstcnicas,pensadasbajolahiptesisdeunEjecutivoFederal, quepodradehechoconducirbienaunfederalismoextremo,porasde-cirlo; bien al polo opuesto o de un centralismo igualmente extremo, segn los casos.Las razones tcnicas de la tesis del Ejecutivo unipersonal giran en torno a la idea de unidad y celeridad en las operaciones de gobierno, como apun-taba don Demetrio del Castillo (las Crnicas lo citan como Sr. Castillo).El seor Espinosa, diputado por la ciudad de Mxico, llamaba la aten-cin diciendo que todos los pueblos prefieren la unidad para su poder Eje-cutivoyqueesesistematienelasventajasdelaceleridadyelsigilo,que nadie deja de reconocer en el gobierno monrquico.18JuandeDiosCaedo,granconocedordelasinstitucionesestadouni-denses,recomendabaelejemplodedichopas,quenoembaracemosla mquina del Estado por asegurarla, deca contestando al Sr. Morales; que 18 Ibidem, p. 437.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas11 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOadoptndose el nmero de tres individuos se aumentar el de los aspirantes y se formarn tres partidos, seguramente ms formidables que uno solo.19Cuando ms adelante la Comisin de Constitucin presenta nuevo dic-tamen, tomando por base las intervenciones habidas en las sesiones del da 2,yparticularmentelasproposicionesdeDemetriodelCastillo,ledasel da3deenerode1824,sevuelveainsistirenlaideadelasventajasde energa,unidad,celeridadysecretoqueofreceelgobiernodepositadoen las manos de uno solo, que son, en su opinin, las recomendaciones del Sr. Castillo.20El anlisis, dice, de las referidas proposiciones ha dado por resultado en jui-cio de la comisin dos verdades; 1 que en ellas se insiste a la unidad del que haya de ser depositario del Poder Ejecutivo puesto que slo al presidente se le da voz decisiva en las operaciones del gobierno; 2 que para contrapesar la tendencia de ste hacia el despotismo o tirana se establecen dos consultores natos del presidente21De conformidad con esta apreciacin, la Comisin volvi a insistir en su propuesta de crear un Ejecutivo unipersonal, y sustitua por el consejo de gobierno la idea de los consultores natos.22En cambio, no se alude para nada a las razones expuestas por Rejn, entre otros, respaldadas por la votacin adversa al mencionado artculo 16. Parece que la Comisin, a excepcin de los votos particulares, como el del mismo Rejn, muestra un gran inters en que el Ejecutivo sea unipersonal, por razones que exceden a las meras ventajas tcnicas de la unidad, celeri-dad y sigilo.Muy posiblemente Ramos Arizpe, conductor de la mayora de esta Co-misin, est cifrando en tal configuracin la suerte misma de la Repblica, estando convencido, por lo que muestra la experiencia, de que tres seores, tal vez los mismos del actual gobierno, no podrn impedir del todo la des-integracin del Anhuac.Latesisdelaoposicin,odeunEjecutivocolegiado,giraentornoa laideadelibertadyseguridad.EldiputadoporMxico,JuanRodrguez, elprimeroentomarlapalabra,impugnelartculo,fundadoenquela 19 Ibidem, p. 439.20 Ibidem, p. 452.21 Ibidem, p. 531. Para seguir adecuadamente las incidencias de la discusin de este inte-resante punto, recomendamos la lectura de un ndice especial que se incorpora al final del tomo III, sobre la discusin del Proyecto de Acta Constitutiva. Vanse las pp. 440 y ss.22 Vase Barragn, Jos, op. cit., pp. 440 y ss.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas12 JOS BARRAGNlibertad peligra bajo el gobierno de un solo hombre, que tiene arbitrio de crearse un partido por medio de los empleos y puede disponer de la fuerza armada. Y sigue diciendo:mejorestarelPoderEjecutivoenuncuerpomoral,porquetienems luces, ms constancia, y es muy remoto que todos sus individuos se coludan contra la patria. Que los Estados Unidos tiene consolidadas sus instituciones; y que aquellos habitantes han sido educados en la libertad; al paso que noso-tros nos hallamos todava vacilantes y en la carrera lbrega que hemos em-prendido, tenemos que luchar contra nosotros mismos por nuestros antiguos hbitos y preocupaciones.23Por su parte, Morales, contestando a Espina, dijo que en el Poder Eje-cutivo deban combinarse la actividad y la seguridad de las libertades pbli-cas; prefiriendo siempre la segunda a la primera; y en tal caso fue de sentir que mejor estaba el gobierno en tres individuos que en uno solo.24Rejn, con ms detenimiento y amplitud, en su voto particular de fecha 19 de enero, nos habla sobre la necesidad de depositar dicho Poder Ejecuti-vo en un rgano colegiado:Siendo uno y nico afirma el depositario del Poder Ejecutivo queda de-masiadoexpuesta(sic)aserarrancadalatiernaplantadenuestralibertad. Un hombre con las atribuciones que le dispensa el Acta Constitutiva, se halla demasiadoseparadoydistantedelosotrosciudadanos,demodoquetiene intereses muy distintos de los del Estado... soy de opinin contina que el gobierno supremo de la Federacin debe residir en tres individuos amovibles por partes. As seor, ni faltar el secreto, ni la celeridad, ni la unidad en la ejecucin, ni sufrir demoras perniciosas al pblico en la repentina mutacin de un presidente.25Don Manuel Crescencio Rejn, al final, sintetizaba su pensamiento en tres proposiciones, la primera deca:que la Constitucin de la Federacin depositar el Supremo Poder Ejecu-tivo en tres individuos naturales de su territorio, ciudadanos en el ejercicio de sus derechos, mayores de 35 aos de edad y residentes en estos pases al tiem-po de su eleccin. La Constitucin designar la denominacin de este cuerpo, y el modo y forma de nombrar sus individuos.23 Ibidem, p. 437.24 Idem.25 Vase Barragn, Jos, op. cit., pp. 447-449.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas13 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOLasegundaproposicindecaquecadaaosemudarunodeestos tres individuos, empezando la renovacin por el primer nombrado.Y la tercera que al ao de haberse elegido los individuos del Supremo Poder Ejecutivo se mudar el ms antiguo en el orden de la eleccin, y ocu-par el primer lugar el 2 nombrado: al ao siguiente cesar ste y subir el tercer nombrado, y en lo sucesivo ser removido el ms antiguo.26Guridi y Alcocer insiste en la lnea o sentido de las proposiciones de don Manuel Crescencio Rejn. En su voto particular comenta:Opino que tome un medio en que se declinen los dos extremos que se temen, ya del peligro de la libertad nacional a que puede la unidad conducir por lo mismo que facilita el secreto y el obrar con la mayor actividad si se aplica a la tirana, ya de la falta de energa en el gobierno la que embaraza la pluralidad de manos que dirijan sus riendas, lo que sede en detrimento de la Repblica.27Y lneas ms abajo nos recuerda el ejemplo de los Estados Unidos, el de Espaa,pararecomendar,ensuma,elejemplodeRoma,atravsdetres proposiciones:Primera. Se nombrar por determinado tiempo en la forma, con las calidades y nombres que prescribir la Constitucin, dos individuos para depositarlos del Poder Ejecutivo.Segunda. Se nombrarn igualmente dos suplentes para los impedimentos de alguno de los propietarios, y para que dirima uno de ellos la discordia que pueda haber entre los depositarios del gobierno.Tercera. Entrando en ejercicio de propietario alguno de los suplentes, se nombrarinmediatamenteotroaunqueseainterinamenteodurantedicho ejercicio, para que no falte ni por pequeo tiempo el nmero de dos de esta clase que siempre es necesario.28El dictamen de la Comisin, junto con los votos particulares antes men-cionados, se someti a discusin en la sesin del 20 de enero de 1824. Du-rante los debates no se enuncia ninguna idea nueva. El seor Vlez, dipu-tadoporJalisco,desmintiadonMiguelRamosArizpe,enelsentidode que en modo alguno la mente del Congreso est por la unidad en el Poder Ejecutivo.29 Y que dejando en estado de problema si es mejor el gobierno 26 Idem.27 Ibidem, pp. 449 y 450.28 Ibidem, p. 450.29 Ibidem, p. 535.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas14 JOS BARRAGNde uno que el de tres, ahora se debe atender a que el Congreso ya reprob el primero.30C. Se acuerda posponer el debateComo hemos visto y pese a que el rechazo a la formacin de un Poder Ejecutivo unipersonal fue aprobado por la mayora de los diputados, la Co-misin de Constitucin segua insistiendo en la conveniencia de crear dicho Poder Ejecutivo con el carcter de unipersonal. El debate estaba estancado. Por ejemplo, Paz, un poco molesto, extra que la comisin reprodujera un artculo reprobado por el Congreso. Que peligra la libertad cuando se confa una gran suma de poder a un hombre solo.31Morales record adems que la Comisin tampoco le ha dado al asun-tonuevointersnimenosapoyo.32AloqueRamosArizpecontestin-dicandoqueahoraseproponeunConsejodeGobiernoqueantesnose haba propuesto, y as hay por lo menos esta idea nueva que ser o no adap-table, pero que es nueva.33EntoncestomlapalabraFrayServando,quienhizopresentequela unidadylapluralidadtienensusconvenienciasysusescollos,peroreco-mendaba que se pospusiera dicho debate para cuando se pusiera a discusin el proyecto de Constitucin:Que si estuviramos libres de turbulencias no tendra embarazo en aprobar la unidad; pero que sera muy peligroso confiar el gobierno a uno solo en cir-cunstancias crticas de la nacin. Que siendo esto as y habiendo manifestado la comisin que su proyecto no es para ahora, no hay urgencia de fijar el n-mero de individuos que han de componer el Poder Ejecutivo, y se debe dejar para la Constitucin, en cuyo tiempo se obrar con ms conocimiento y con presencia de las circunstancias en que se halla la nacin.34La Comisin de Constitucin hace suya la observacin de Fray Servan-do Teresa de Mier. Pero tampoco fue aprobada de momento. Con todo, la propia Comisin de Constitucin, ante el estancamiento del debate, termi-n redactando de nueva cuenta el artculo 15, en el mismo sentido que la 30 Vase Barragn, Jos, op. cit., p. 536.31 Ibidem, pp. 536 y 537.32 Ibidem, p. 541.33 Idem.34 Idem.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas15 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOproposicin de Fray Servando. Deca esta nueva redaccin: Artculo 15. El Supremo Poder Ejecutivo se depositar por la Constitucin en el individuo o individuos que sta seale. Sern residentes y naturales de cualquiera de los estados o territorios de la Federacin.35En las razones alegadas por una y otra tesis se advierte un fondo comn: el temor a las circunstancias presentes. La tesis de la unidad teme la desin-tegracin del Anhuac; la tesis pluralista ve en el Ejecutivo unipersonal una va hacia la opresin al estilo de la experimentada en tiempos de Iturbide, a quien mencionan repetidas veces.Se alude a la experiencia norteamericana, pero unos y otros reconocen que Mxico no se encuentra en las mismas posibilidades histricas que los Estados Unidos, para imitarlos.2. Segn el Proyecto de ConstitucinPasamos pues al estudio de la formacin del Ejecutivo segn el Proyecto de Constitucin.A. La fuente de referenciaEs importante sealar que la Comisin de Constitucin no tuvo a bien presentar un Proyecto de Constitucin integrado, sino que lo present por partes. Incluso existen, al parecer, varias versiones, unas manuscritas y otras impresas.Porejemplo,eldoctordonManuelCalvillo,enelvolumenIIdesu libroLaRepblicaFederalMexicana,gestacinynacimiento,editadaporelDe-partamento del Distrito Federal en 1974, se recogen Los proyectos de Constitu-cin para Mxico 1822-1824, y entre ellos viene el Proyecto de Constitucin atribuido a esta Comisin de Constitucin del Congreso de 1824. Se trata, al aparecer, de un proyecto impreso por la imprenta del peridico La guila Mexicana, fechado el 6 de marzo de 1824.Por otro lado, entre los papeles de la Comisin de Constitucin, que se conservan en el Archivo General de la Nacin, hallamos otro proyecto, ste manuscrito, que es el que tom en cuenta don Isidro Montiel y Duarte en su conocido libro Derecho pblico mexicano, tomo II.Ahora bien, por lo que tiene que ver con el tema del debate que veni-mosestudiando,entrelospapelesdelaComisindeConstitucinseen-35 Vase Barragn, Jos, op. cit., p. 580.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas16 JOS BARRAGNcuentran hasta cinco manuscritos diferentes, en los que se habla del punto en discusin, esto es, sobre si deba ser el Poder Ejecutivo unipersonal o, por el contrario, deba ser colegiado,36 y dos proyectos ms, impresos, relativos a esta misma parte del Proyecto de Constitucin.B. Se reanuda el debatePuesbien,parareanudareldebatelaComisindeConstitucin,de manera oportuna, es decir, desde el 6 de marzo de 1824, haba ordenado la impresin de la parte del Proyecto de Constitucin relativa a la regulacin del Poder Ejecutivo. Es un proyecto que lleva numeracin propia, diferente a la numeracin de artculos del proyecto general de Constitucin, pues em-pieza con el artculo 1o. y termina con el artculo 28.37 Es decir, nada ms habla del Poder Ejecutivo Federal. Lo hace circular. Este proyecto impreso incorporaba la propuesta de creacin de un Poder Ejecutivo colegiado.Pero por otro lado, y unos das antes de que se iniciara dicho debate, el da 28 de junio la misma Comisin ley unos artculos que hablan del Poder Ejecutivo, encomendado ahora a una sola persona. Tenemos, pues, sobre la mesa del debate dos proyectos que se corresponden con las dos propuestas que se haban discutido desde el mes de enero, en que se debati el proyecto de Acta Constitutiva.Poresoesquealiniciareldebateelda3dejuliosesuscitladuda sobre cul de los dos propuestos o cul de las dos propuestas se tomara en cuenta: segn se deja constancia en las crnicas de ese da:Tratndose de poner a discusin en lo general la parte del Proyecto de Cons-titucin que trata del Poder Ejecutivo, se suscit la duda de si se discutira el proyecto presentado desde el principio que corre impreso y propone la plura-lidad de personas en el Poder Ejecutivo, o el que se present el da 28 de ju-nio ltimo en que propone la unidad. Despus de un corto debate, se acord poner a discusin el primero.38Desde luego, son varias las preguntas que se nos ocurren formular sobre elparticular.Primera,porqulaComisinelaborunnuevodictamen, 36 Estos originales se pueden consultar en el Archivo General de la Nacin. Se conservan de manera separada, en caja fuerte.37 Sobreestaproblemticavaselanotaquepusimosalpiedepgina,alofrecerun guin para facilitar la secuencia de la discusin del Proyecto de Constitucin, en el tomo III, seccin de ndices, p. XXXI.38 Vase Barragn, Jos, op. cit., t. II, p. 489.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas17 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOdistinto del que corra impreso desde el 6 de marzo, y antes de someter ste a consideracin del Congreso? Evidentemente que la Comisin poda variar de sentir y ofrecer nueva versin sobre el asunto; y hasta poda retirar un dictamen puesto ya a vo-tacin, y en parte aprobado, como hizo algunas veces. Pero por qu, si da lectura primero al dictamen fechado el 28 de junio, luego, el da 3 de julio, presenta a consideracin del Congreso el impreso del da 6 de marzo?No aparece muy clara la motivacin que indujo a obrar de esta suerte a dicha Comisin. Lo cierto es que el 3 de julio el Congreso decidi tomar como base de la discusin general el dictamen impreso del 6 de marzo, y no el del 28 de junio.Esta decisin, por lo dems, se halla en coherencia con la tesis aprobada o dominante al tiempo de discutirse este mismo tema en el Proyecto de Acta Constitutiva. Es decir, se haba mostrado el Congreso favorable a un Poder Ejecutivo colegiado, que era el previsto por el Proyecto de Constitucin que corra impreso.Veamos si la discusin en lo general de dicho Proyecto, o parte del Pro-yectodeConstitucin,nosarrojamsluz.Tomlapalabra,elprimero, Carlos Bustamante para sostener la unidad de la titularidad, aunque se pu-diera devenir al despotismo.39Luego se levant el seor Juan Ignacio, diputado por Guanajuato, quien reconoce las ventajas tericas de la unidad del Poder Ejecutivo; sin embar-go, para el caso particular de Mxico recomienda la pluralidad, atendien-do a que el movimiento peridico de la nacin para elegir a su presidente, producira en ella una fiebre capaz de destruirla.40DonJuandeDiosCaedocontestmostrndoseahoramsdecidido partidario de la unidad del poder, recordando en que no deba temerse del hecho de que alguno de los generales pudiera sentirse en menos, al no verse electo para dicho cargo de presidente.41EldiputadoporJalisco,JosMaraCovarrubias,selimitarepetirlo que ha dicho otras veces contra la unidad y se reduce al peligro de que un hombre abuse del poder. Dijo tambin que el Congreso ha devuelto dos ve-ces a la Comisin los proyectos en que le ha propuesto la unidad.42No se vuelve a hablar del tema sino hasta la sesin del 14 de julio. La crnica de este da es muy parca al respecto, dice: continu la discusin en 39 Ibidem, p. 490.40 Idem.41 Idem.42 Ibidem, p. 491.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas18 JOS BARRAGNgeneral de la parte del Proyecto de Constitucin que trata del Poder Ejecu-tivo, y en que se propone que ste se deposite en tres personas.El seor Llave habl a favor del dictamen, y el seor Espinosa en con-tra,alegandoensustancialasrazonesyaexpuestas,enpalabrasdela crnica periodstica.43Qu pas despus? No sabemos bien, pues lo que narran las crnicas es que no hubo lugar a votar este proyecto impreso desde el da 6 de marzo de1824,niaquevolvieraalaComisin,sinoque,sindarnosmsinfor-macin, se entra a la discusin del proyecto que haba presentado la propia Comisin el da 28 de junio de ese ao de 1824. Y se aprueba, mantenin-dose el principio de la titularidad del Poder Ejecutivo Federal en una sola persona.LasCrnicas,insisto,nodanmsnoticias.Nosealudeparanadaa detalles del proyecto desechado que pudieran tomarse como razones de su desaprobacin. Tampoco hubo votacin especial, o nominal, como cuando se someti a discusin el que era proyecto del Acta Constitutiva, de mane-ra que durante la misma sesin del da 14 de julio se someti a votacin el artculo primero del nuevo dictamen en los trminos siguientes: Artculo 1. El Supremo Poder Ejecutivo de la Federacin, residir en un solo individuo, que se denominar presidente de los Estados Unidos de Mxico.44ElseorCovarrubiasloimpugnconlasmismasrazonesconquese sostuvo la pluralidad.45 Y luego aade la crnica de esta sesin:el artculo fue aprobado, salvando su voto los Sres. Jos Mara Covarrubias, diputado por Jalisco, Juan Bautista Morales, diputado por Guanajuato, Gas-ca, Juan de Dios Moreno, diputado por Puebla, Solrzano, Jos Mara Uribe, diputado por Guanajuato, Mariano Tirado, diputado por Puebla, Jos Mara Anaya, diputado por Guanajuato, Fernndez del Campo, Embides, diputado por Oaxaca, Joaqun de Miura y Bustamante, diputado por Oaxaca, Manero, Patio y Jos Miguel Llorente, diputado por Guanajuato.46Alparecer,fueluegoreformadoporlaComisin,omejordicho,fue retocado simplemente, tal vez para quedar en la redaccin que conocemos, como artculo 74 de la Constitucin.47Comohemosdichoanteriormente,laversindelosmanuscritoses coincidente al encomendar a una persona la titularidad del Poder Ejecutivo. 43 Ibidem, p. 535.44 Ibidem, pp. 535 y 536.45 Ibidem, p. 536.46 Idem.47 Vase Barragn, Jos, op. cit., p. 93.Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas19 DEBATE SOBRE LA CREACIN DE UN PODER EJECUTIVO COLEGIADOA modo de ilustracin ofrecemos a continuacin cinco ejemplos, tomados de otros tantos manuscritos:El Cuaderno Tercero dice:Ttulo 4. del Supremo Poder Ejecutivo de la FederacinSeccin 1. De las personas en quienes se deposita y de su eleccin.Artculo 73. La Federacin deposita el S.P.E. en un solo individuo que se denominar presidente de los Estados Unidos Mexicanos.El Cuaderno Cuarto, por su lado, dice:Ttulo 4. del Supremo Poder Ejecutivo de la FederacinSeccin 1. De las personas en quienes se deposita y de su eleccin.Artculo 74. La Federacin (se) deposita el Supremo Poder Ejecutivo (de la federacin) en un solo individuo, que se denominar presidente de los Esta-dos Unidos Mexicanos.LaspalabraslaFederacinaparecensubrayadasenelsentidodesupri-midas, y sobre el rengln se puso la palabra se, que nosotros hemos puesto entre parntesis; lo mismo que los trminos de la Federacin.El Cuaderno Quinto ofrece la misma redaccin que el Cuaderno Cuar-to. Aqu aparecen tachadas (no subrayadas) las palabras la Federacin.Otro manuscrito, que aparece aislado, en cierto modo, en la pgina 297 dice:TTULO 4. DEL S.P.E. DE LA FEDERACINSeccin1.Delaspersonasenquienessedepositaestepoderydesu eleccin.Artculo 71 el S.P.E. de la Federacin residir depositado por sta en un soloindividuoquesedenominarpresidentedelosEstadosUnidosMexi-canos.El quinto ejemplo figura como No. 19 de los dictmenes sobre artculos reformados:TTULO 4. DEL S.P.E. DE LA FEDERACINSeccin 1. Del presidente y de su seleccinArtculo 1. El S.P.E. de la Federacin residir en un solo individuo que se denominar presidente de los Estados Unidos de Mxico. Su eleccin se har del modo siguienteEste libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR 2015. Universidad Nacional Autnoma de Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas20 JOS BARRAGNEsteltimoejemploessindudaalgunaelqueleylaComisinde Constitucin durante la sesin del 28 de junio, que tal es la fecha que lleva al calce.3. Segn otros proyectos tericos de la pocaPara completar nuestra exposicin relativa al debate sobre la titularidad individual o colegiada del Poder Ejecutivo Federal conviene hacer mencin de la forma concreta segn la cual se configura el Poder Ejecutivo en otros variosproyectosdeConstituciones,escritosypensadosparaelMxicode entonces.Estos proyectos actualmente han sido publicados en la obra menciona-da que patrocin el Departamento del Distrito Federal y tuvo el acierto de coordinar don Manuel Calvillo, en su volumen II, a cargo directamente del propio doctor Calvillo.A. Segn el Proyecto don Antonio Jos ValdsEste Proyecto aparece con el ttulo de Proyecto de organizacin del Poder Le-gislativo. Y se atribuye a don Antonio Jos Valds, quien, siendo miembro de laComisindeConstitucindelllamadoPrimerCongresoConstituyente Mexicano, lo imprimi en 1822.48 As pues, hablando del Poder Ejecutivo dice lo siguiente: Artculo 17. El emperador, como jefe supremo y conser-vador del Estado, es una parte esencial del Poder Legislativo. Artculo 18. El emperador tiene la iniciativa de ley.B. Segn un Proyecto de Constitucin, atribuido a Guridi y AlcocerEste Proyecto, en efecto, se ha atribuido a don Miguel Guridi y Alcocer y fue impreso tambin en 1822.49 He aqu lo que dice sobre el depsito del ejercicio de la soberana en la institucin del Poder Ejecutivo:TTULO III. DEL PODER EJECUTIVOArtculo40.ElpoderEjecutivo,queeslapotestaddehacerefectivas las leyes, reside en el gobierno y ste en el Emperador y los subalternos que d