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Mediación en Psicología Jurídica
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Paula Fregenal Melgosa 78996209H
LA MEDIACIÓN EN PSICOLOGÍA JURÍDICA
La concepción clásica de conflicto es: competición o lucha entre dos o más partes para
conseguir un resultado mutuamente excluyente o incompatible. Se produce cuando las partes
perciben que tienen razones suficientes para entrar en disputa. Se pueden disputar recursos
materiales y/o simbólicos. Los conflictos ocurren cuando existen unos objetivos determinados,
cuando las partes tienen percepciones concretas de lo que se está disputando y se mantienen
en su posición. Las percepciones subjetivas del conflicto están determinadas por el entorno y
el contexto de cada individuo. Algunos conflictos son disputas en las que el nivel de
entendimiento es lo suficientemente favorecedor como para llegar a una resolución en poco
tiempo. Pero la mayoría de los conflictos a los que nos enfrentamos contienen un grado de
crispación elevado entre las partes. ¿Cómo es posible que de una mera discusión pasemos a
una enorme pelea? Se debe a que existen una serie de aspectos que influyen en lo que se ha
denominado “escala de conflicto”. Entre estos elementos encontramos las emociones
irracionales y los errores perceptivos. Toda esa amalgama de procesos y elementos que
conforman la “escala de conflicto” se producirán en mayor o menor medida dependiendo de
lo que se dispute y de quienes lo disputen. Lo aspectos mencionados anteriormente influyen
en el proceso de comunicación. Para diluir un conflicto debemos facilitar la comunicación con
la otra parte. Las personas no somos tan democráticas y ecuánimes, ni mucho menos nos
resulta fácil controlar las emociones para entablar un dialogo con el enemigo. Para eso existe
la mediación. Muchas veces necesitamos un tercero neutral que nos facilite el expresarnos y
que nos muestre la visión de conjunto, que nos permita ser menos subjetivos y más objetivos.
Ante él ambas partes deben creerse semejantes, con igualdad de oportunidades. Con estos
elementos la mediación facilita la comunicación entre las partes: obviando los aspectos
subjetivos (emociones) del conflicto y centrándose en los aspectos objetivos (necesidades)
para encontrar una solución óptima para todas las partes implicadas.
Los conflictos en nuestra era tienen varias formas de resolverse. Las más comunes hasta la
actualidad han sido el Defensor del Pueblo, la vía judicial, la conciliación, el asesoramiento y la
negociación. Desde antaño también existe la solución de problemas en la que un individuo o
grupo delegado es elegido para resolver el conflicto existente dentro del grupo mayor. De
forma más novedosa se ha creado el proceso de arbitraje para solventar el aumento de causas
presentadas por la vía judicial y para acelerar la resolución de ciertos procesos. ¿Qué tienen en
común? En este tipo de resolución de conflictos se recurre a un tercero para que decida cuál es
la solución al problema creado, el tercero está revestido de autoridad. En el proceso de
mediación, el mediador no tienen ningún poder sobre las partes y son estas las mismas que
deciden qué solución aportar a sus problemas. Desaparece la figura con poder de decisión y el
protagonismo de la resolución lo obtienen las partes implicadas en el conflicto.
La mediación se define como el proceso por el cual un tercero neutral e imparcial ayuda a las
partes implicadas en un conflicto a encontrar una solución que satisfaga sus necesidades. Es un
proceso que busca el cambio de actitud en las partes enfrentadas encaminando hacia el bien
común por medio de la ayuda de un tercero neutral. Hay tres modelos básicos que explican el
proceso de mediación: el modelo de Harvard, en el que la mediación es una negociación
colaborativa asistida por un tercero. El modelo transformativo de Bush y Folger, que se
Paula Fregenal Melgosa 78996209H centran en la comunicación y las relaciones interpersonales de las partes. El objetivo es el
desarrollo del potencial de cambio de las personas al descubrir sus propias habilidades y
reconocerlas en la otra parte. Y por último Sara Cobb ha dado un giro importante a los
modelos tradicionales centrando su teoría en la narración de historias. Este modelo parte de
un supuesto básico: la realidad social se construye mediante el relato de historias o narrativa.
Los conflictos son el producto de la coherencia entre las historias que los refieren. Se centra,
en la comunicación y las relaciones interpersonales entre las partes.
La mediación se compone de unos principios básicos e ineludibles que le dan el carácter
específico que tiene. Sin ellos estaríamos hablando de cualquier otro procedimiento de
resolución de conflictos. Estos componentes son: voluntariedad, el consentimiento informado,
la autodeterminación y la confidencialidad.
La flexibilidad es la característica principal del proceso de mediación y está ligada a la
informalidad del procedimiento. El formato de las sesiones es diverso; se realizan sesiones
conjuntas entre las partes y el mediador y sesiones privadas con cada una de las partes. El
tiempo también puede ser flexible. El proceso se divide en fases o etapas que varían en
número según los autores y que se reparten entre las sesiones. Es importante que se haya
concluido completamente una etapa para poder continuar con la siguiente. Antes de explicar
cuáles son las etapas del proceso y en que consisten es necesario apuntar que existe una
preparación previa de las partes para que lleguen a la mediación con unas consignas que
permitan desarrollar el proceso. Es lo que se conoce como la etapa de premeditación.
Tenemos que hablar con las partes por separado para conocer si aceptan resolver su problema
con la ayuda del mediador. El número de etapas que conforman el proceso de mediación
propiamente dicho varía dependiendo del autor al que consultemos, en función del tipo de
mediación al que nos refiramos. En cualquier caso, podríamos dividir el proceso mediacional
en cinco grandes bloques: presentación, conceptualización del problema, creación de nuevas
opciones y alternativas, negociación, redacción y legitimación del acuerdo.
El marco contextual de las técnicas de mediación se sitúa en la negociación, es un proceso de
comunicación bidireccional en el que se establecen directrices y límites para llegar a acuerdos
entre partes con intereses similares u opuestos. Según Fisher y Ury, para alcanzar el acuerdo
mediante la negociación en el proceso de mediación, es necesario perseguir y ejecutar cuatro
consignas globales: ayudar a separar a las personas del problema, centrarse en los intereses y
no en las posiciones, inventar nuevas posibilidades y utilizar criterios objetivos para establecer
el resultado.
La validez de la mediación debe ser analizada para cada caso en particular y que no existe
todavía un método perfecto de resolución de conflictos válido para todos los casos que se
presenten. La principal ventaja es la reducción de carga de asuntos en espera de resolución
por los tribunales de justicia. Según el caso, los meses y años en espera de una resolución
judicial pueden convertirse en la realización de seis sesiones de mediación. Si ahorramos
tiempo, económicamente salimos beneficiados. Además, los honorarios del mediador,
tratándose de una mediación privada, son compartidos por las partes en equidad. Por otra
parte las audiencias son mayoritariamente públicas y las causas y sentencias son accesibles
para muchas personas. A las personas en conflicto les resulta muy importante no ventilar en
Paula Fregenal Melgosa 78996209H público sus asuntos privados. El conflicto no se despersonaliza y aporta nuevas técnicas de
resolución de problemas. Se recomienda utilizar la mediación antes de presentar un caso al
sistema judicial, para prevenir el desarrollo de mayores conflictos, además la mediación se
está utilizando en diferentes ámbitos con resultados exitosos en muchos casos.