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La Medicina Legal Historia y desarrollo en la Republica Argentina Sergio Oscar Alunni. Ph. D

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La Medicina Legal

Historia y desarrollo en la Republica Argentina

Sergio Oscar Alunni. Ph. D

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MEDICINA LEGAL

“especialidad médica que reúne los conocimientos de la medicina que son útiles para la administración de justicia”

“es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas legales o derivados del legislar”

AbogadoMedico

Ciencia que tiene:Asunto = conocimientos - asesoramiento

Métodos de estudio = biológicos – cs. sociales Fin= aplicación al legislar

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MEDICINA LEGAL

Características

Es una especialidad diagnóstica

El documento más importante de la medicina legal es el dictamen médico legal

En los pacientes vivos dictamina pronósticos

Criterio médico-legal: análisis científico orientado a las necesidades de la administración de justicia que el legista efectúa sobre hechos médicos de cualquier especialidad médica. Es decir, hace entendibles al abogado los aspectos médicos.

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MEDICINA LEGAL

Áreas de la Medicina Legal: Medicina legal clínica Patología forense Psiquiatría forense Ciencias forenses:

Toxicología analítica Balística Análisis de documentos Inmunohematología Dactiloscopia Estudio de pelos y fibras Daños en vehículos automotores Análisis de manchas de sangre

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MEDICINA LEGALHistoria de la Medicina Legal

El primer experto médico legal fue Imhotep (Egipto, 3000 años a. C.), la más alta autoridad judicial del rey Zoser, en esta época se castigaban los errores profesionales severamente.

La Ley de las Doce Tablas, el más antiguo código de Derecho romano (451-450 a. C.) incluye normas acerca de la duración del embarazo y de la responsabilidad del enfermo mental.

Galeno establece la Docimasia, prueba a la cual se somete un órgano para saber si ha funcionado o en qué estado de función estaba antes de la muerte.

Numa Pomplio ordenaba a los médicos hacer examen de las mujeres que morían. El código de Justiniano (529-564 d. C.) en Roma, regulaba la práctica de la

medicina, cirugía y obstetricia, se imponían penas por mala práctica. El Hsi Yuan Lu (S. XIII) escrito por un juez chino clasificaba las lesiones de

acuerdo con el instrumento que las causaba y su gravedad. El primer libro de Medicina Legal fue escrito en China en 1248, por Hsi Yuen Lu. Constaba de tres tomos: el primero sobre abortos, el segundo sobre golpes y lesiones y el tercero sobre estrangulación y otras asfixias.

En 1209 el Papa Inocencio III expidió un decreto en el que se les exigía a los médicos visitar a los heridos por orden judicial.

Siglo XIV Carlo Magno en capitulares: los Jueces deben apoyarse en informes médicos. Paris 1311, Rey Felipe establece la Medicina Legal como organización. Facultad : Montpellier obtiene permiso para realizar necropsias

Siglo XV se comienzan a hacer peritajes médico legales en caso de aborto, homicidio, infanticidio, etc.

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MEDICINA LEGAL En el siglo XVI podemos encontrar la implantación de la pericia

médica en la Institutio Criminalis Carolina. En 1537 Carlos V promulga el Código Carolino donde se establece la obligación del médico de auxiliar a los jueces. Ambroise Paré precursor de la medicina legal moderna, da el nombre de Medicina Forense a la especialidad, establece la metodología para los informes médico legales y descubrir enfermedades simuladas. En 1575 publica la primera obra de medicina legal, “De los informes y de los medios de embalsamar los cadáveres”. También escribió sobre asfixias, heridas, virginidad, brujería y embarazos múltiples.

En el siglo XVII el edicto de Enrique IV impone los cuerpos médicos con labor forense. Paulo Zacchia (1651) reconocido como precursor de la medicina legal moderna por su obra Questiones medicolegales. La obra de Zacchia trataba sobre muerte, impotencia, milagros, etc.

En el siglo XVIII se observa el gran desarrollo de la investigación científica, de la medicina y por consiguiente de la Medicina Legal. El nacimiento, la muerte, los fenómenos cadavéricos, etc., van dejando de lado algunos de los prejuicios de épocas anteriores.

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MEDICINA LEGAL

En nuestro país los temas medicolegales estaban contemplados en el Protomedicato a cargo de Gorman, Fabre y Argerich. En 1822 se crea el cargo de médico de Policía y, en 1880 el Cuerpo Médico de Tribunales. En 1896, la Ley 3379 crea el Instituto de Medicina Legal y Morgue Judicial.

Emilio Mercado “la Medicina Legal es la medicina de la vida y no de la muerte”

(1886) se crea el Cuerpo Médico Forense de la Capital, organismo que desde entonces, con modificaciones en su nombre, ha actuado como asesor de la Justicia en lo

referente a problemas vinculados con la medicina.

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MEDICINA LEGAL

La evolución excepcional que ha experimentado la medicina merced a la investigación científica hace inabarcable la totalidad de la Medicina Legal.

Actualmente se exige: Ser medico Legista mas expertos en especialidades básicas

Ej. psiquiatría, clínica médica, hematología, traumatología, obstetricia, etc.

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DERECHO

Ley Divina: Moral / Derecho Natural. conjunto de reglas de conducta promulgado por Dios al linaje humano por medio de la recta razón.

Ley Humana: Derecho Positivo de cada nación

Aquel que emana de las personas, de la sociedad, y que debe obedecer al anterior para ser justo y legítimo.

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DERECHO

La representación de la Diosa Justicia muestra a la diosa equipada con tres símbolos del Derecho: la espada simboliza el poder coercitivo del estado; la balanza simboliza el equilibrio entre los derechos de los litigantes; y la venda sobre los ojos representa la imparcialidad.

Etimología La palabra derecho deriva de la voz latina "directum", que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma“

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DERECHO El Derecho es el orden normativo e

institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.

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DERECHO

Fuentes del Derecho

La Constitución: norma fundamental de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo

La Ley: es una norma jurídica dictada por el legislador para el bien de los gobernados

La Jurisprudencia: reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y puede constituir una de las Fuentes del Derecho, según el país

La Costumbre: práctica social arraigada, una repetición continua y uniforme de un acto.

El negocio jurídico: acto de autonomía privada de contenido preceptivo con reconocimiento y tutela por parte del Orden Jurídico.

Los Principios Generales del Derecho: son los enunciados normativos más generales que, sin haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden formar parte de él Ej. Legalidad.

La Doctrina: opinión de los juristas prestigiosos sobre una materia concreta, aunque no es una fuente formal del Derecho.

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DERECHO

Si la norma alude al Estado como poder publico, es de Derecho Publico;

si se refiere a sujetos que obran desprovistos de todo carácter de potestad política, es de Derecho privado.

Se dice que las normas de Derecho privado tienden a favorecer los intereses particulares de los individuos, mientras que en las normas de Derecho Público estarían presididas por la consecución de algún interés público.

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DERECHODivisión del Derecho

1. Derecho Público :

Derecho Constitucional: que estudia la organización de los poderes del Estado y los derechos y garantías de los gobernantes

Derecho Administrativo: tiene como estudio el funcionamiento y la organización de la Administración Pública.

Derecho Penal: que determina la represión de los hechos que ponen en peligro la subsistencia de la pacifica convivencia social.

Derecho Internacional Público: que regula las relaciones de los distintos Estados entre sí.

Derecho Procesal: instrumenta la forma en que se

hacen efectivos los derechos ente los Tribunales

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DERECHODivisión del Derecho

2. Derecho Privado son: Derecho Civil: es el tronco común del cual se fueron, y

continúan, desgajando distintas materias. Estudia el concepto de persona, sus atributos, los contratos civiles. Comprende también el Derecho de Familia y la sucesión de los derechos a partir de la muerte de la persona. También el Derecho de Familia, tiende a separarse de este origen común y a tener una regulación propia.

Derecho Comercial: rige las relaciones entre los comerciantes y las consecuencias de los actos de comercio.

Derecho del Trabajo: que rige las relaciones entre empleador y empleados

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Pirámide del Derecho ArgentinoJerarquía en el orden Nacional

Const. Nac.

LeyesCódigos: Civil, Penal

DecretosResoluciones Ministeriales

Ordenanzas MunicipalesSentencias de los J ueces

NormasReglamentos

Ordenes emanadas de autoridad competente

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Concepto de Ley

Una ley es una disposición obligatoria, que emana del órgano legislativo del Estado, que regula la convivencia humana, orientando y dirigiendo la actividad de los hombres en la vida social.

Características de la ley: tiene carácter general y es obligatoria, existiendo, por tanto, una sanción para el caso de incumplimiento.

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Definen los dos niveles que reconocen para el ejercicio de la Enfermería (Profesional y Auxiliar ) y, las incumbencias que a cada nivel corresponde.

Las Normas de Organización y funcionamiento de los Servicios de Enfermería R. M. 194/95 Amplía lo ámbitos de acción de los profesionales, autoriza y regula la práctica de la Enfermería en relación de dependencia, o autónomamente (Ej. Terapia Intensiva, Atención (Ej. Terapia Intensiva, Atención Domiciliaria).Domiciliaria).

Autoriza y limita la práctica de la actividad de Enfermería únicamente a las personas comprendidas en ella.

Ley N ° 24004, 298 y 12245 del Ejercicio de la Enfermería y Resolución Ministerial 194/95

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Códigos Civil y Código Penal Códigos Civil y Código Penal ArgentinoArgentino

Ej.El Código Civil ResponsabilidadResponsabilidad: : Todo el que ejecuta un

hecho que por su culpa o negligencia ocasione un daño a otro está obligado a la reparación del perjuicio. (Art. 1109 del C.C.)

… ….por su parte el .por su parte el

Código Penal:Código Penal: Establece la pena de prisión para quien incurra en Mala Praxis. ((Art. 84 CP.)

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La Responsabilidad Profesional

Se refiere al deber hacerse cargo y de responder por las acciones derivadas del ejercicio de cualquier profesión.

El no hacerlo, puede derivar en un delito, que puede ser de dos

tipos:

Delito Doloso: Es el que deriva del daño causado con intención.

Delito culposo: Es que deriva del daño causado sin intención.

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Delitos Sanitarios más Frecuentes

Intrusismo profesional. Ejercicio ilegal de una profesión. Sustracción o destrucción de pruebas. Mala praxis: Mala praxis:

Impericia, Impericia, Negligencia, Negligencia, Imprudencia o extralimitación, Imprudencia o extralimitación, Inobservancia de los reglamentos o deberes Inobservancia de los reglamentos o deberes

inherentes a su cargo o profesión.inherentes a su cargo o profesión. Violación del secreto profesional.Violación del secreto profesional. Omisión del consentimiento informado.Omisión del consentimiento informado. Omisión de los deberes jurídicos de los profesionales:Omisión de los deberes jurídicos de los profesionales: Cuidar, Cuidar,

Vigilancia, Prestación, Informar, otros.Vigilancia, Prestación, Informar, otros.

Violación de la privacidad o intimidad del enfermo.Violación de la privacidad o intimidad del enfermo.

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Intrusismo Profesional y Ejercicio Ilegal de una

Profesión.Intrusismo Profesional: Ejercicio de actividades profesionales por personas no autorizadas legalmente para ello; se trata de la usurpación de funciones. Ejercicio Ilegal: La práctica de la actividad de una profesión de la salud sin título ni autorización o excediendo los límites de la habilitación; constituye figura delictiva.

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Supuestos Legales

Iatrogenia: Lesión o enfermedad que por el correcto ejercicio

y sin culpa produce un profesional en el desempeño de sus funciones.

Error: Es una interpretación falsa de la realidad, sin mala

intención. Mala Praxis:Mala Praxis:

Ejercicio inadecuado de cualquier profesión.

La Culpa:La Culpa: Se entiende por la ausencia de la conducta debida, tanto por acción, como por omisión, para evitar o prever un perjuicio. (art. 512 Cód.Civil).

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La CulpaLa Culpa Impericia:Impericia: Falta total o parcial de conocimientos, Falta total o parcial de conocimientos,

experiencia o habilidad en el ejercicio de su profesión.experiencia o habilidad en el ejercicio de su profesión.

Negligencia:Negligencia: Descuido, omisión o hacer menos Descuido, omisión o hacer menos de lo que se debe.de lo que se debe.

Imprudencia o extralimitación:Imprudencia o extralimitación: Es el Es el exceso o falta de previsión, ir más allá de lo exceso o falta de previsión, ir más allá de lo conveniente.conveniente.

Inobservancia de los reglamentos o Inobservancia de los reglamentos o deberes inherentes a su cargo o deberes inherentes a su cargo o profesión:profesión: No cumplirlos cuando están previstos No cumplirlos cuando están previstos para el correcto accionar.para el correcto accionar.

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Derechos del Paciente

El Consentimiento informado y la Enfermería Este supone respetar:Este supone respetar:

La Autodeterminación o Autonomía del enfermo. El derecho del enfermo a aceptar o rechazar un

tratamiento. Cumplir la Obligación de los prestadores de

servicios de Salud, de suministrar información adecuada respecto de:

Opciones de tratamiento. Riesgo frente a beneficios. Resultados deseados y esperados de

terapias o procedimientos. Complicaciones posibles y efectos adversos

indeseables. Tratamientos alternativos.

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Requisitos del Consentimiento Informado

El enfermo debe estar en condiciones y El enfermo debe estar en condiciones y capacidad de razonar y tomar decisiones.capacidad de razonar y tomar decisiones.

La decisión debe ser voluntaria y sin coerción.La decisión debe ser voluntaria y sin coerción.

El enfermo debe tener clara la idea de los El enfermo debe tener clara la idea de los riesgos y beneficios del tratamiento propuesto.riesgos y beneficios del tratamiento propuesto.

El enfermo no debe estar bajo efectos de El enfermo no debe estar bajo efectos de sedantes en el momento de dar su sedantes en el momento de dar su consentimiento.consentimiento.

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Litigios a Enfermeros

Causales

1)Paciente mas informado2)Disponibilidad de los abogados 3)Responsabilidad legal de Enfermería4)Complejidad de los cuidados5) Escasez de Enfermeros6)Desconocimiento de la Ley

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Los Aspectos Legales, en el Ejercicio de la Enfermería

Suponen que: Todo profesional debe conocer y saber cuál es y, qué ordena el marco legal que regula el ejercicio de su profesión, es decir, respecto a los derechos y obligaciones que tienen como PROFESIONALES. Por lo cual “no se puede desconocer los contenidos de la ley que Por lo cual “no se puede desconocer los contenidos de la ley que regula el ejercicio de su profesión”regula el ejercicio de su profesión”

“No es un atenuante aducir desconocer una Ley, para no cumplirla”

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Ante todo esAnte todo es

Paciente

usuariocliente

“Persona”Como tal Como tal DebeDebe ser ser respetado

““NO ES UNA Elección., NO ES UNA Elección., es una OBLIGACIÓN”. es una OBLIGACIÓN”.