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LA COSA PUBLICA Blog de Christian Guzmán Napurí, conteniendo artículos y comentarios sobre temas de relevancia doctrinaria y práctica sobre Derecho Público, Administración Pública, Ciencia Política y Economía LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA II. La Administración Pública se organiza de acuerdo a un conjunto de consideraciones que permitan hacer eciente su labor. Como lo hemos indicado anteriormente, la administración pública se compone de organismos y órganos, que se diferencian en cuanto a su autonomía, a lo cual debe agregarse los sistemas administrativos. La actividad organizativa. La organización, como actividad administrativa, consiste en disponer las partes de un todo para la obtención de los resultados más adecuados . Determinar la forma en que se distribuyen las actividades a realizar. Al organizar se obtiene la organización que es el medio para coordinar los recursos y las acciones de una entidad determinada. Una entidad administrativa requiere entonces un diseño organizacional determinado, que es el proceso de seleccionar una estructura organizacional apropiada para aquella, en el contexto de una estrategia y ambientes dados. El diseño organizacional resulta entonces fundamental para toda organización y en especial para la Administración Pública. El concepto de estructura organizacional o simplemente estructura es el concepto clave de la actividad administrativa de organización. Es el que le da sentido. La estructura es la forma en que las actividades de una organización se dividen, organizan y coordinan. En una entidad pública dicha estructura está denida por las normas legales del sector que corresponde, pero además se encuentra denida por el denominado Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el mismo que establece de manera operativa los contenidos organizativos de la entidad, en mérito de la potestad

La Organización Administrativa II Jerarquia

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LA COSA PUBLICABlog de Christian Guzmn Napur, conteniendo artculos y comentarios sobre temas de relevancia doctrinaria y prctica sobre Derecho Pblico,Administracin Pblica, Ciencia Poltica y EconomaLA ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA II.La Administracin Pblica se organiza de acuerdo a un conjunto de consideraciones que permitan hacer eciente su labor. Como lo hemos indicadoanteriormente, la administracin pblica se compone de organismos y rganos, que se diferencian en cuanto a su autonoma, a lo cual debeagregarse los sistemas administrativos. La actividad organizativa.La organizacin, como actividad administrativa, consiste en disponer las partes de un todo para la obtencin de los resultados ms adecuados .Determinar la forma en que se distribuyen las actividades a realizar. Al organizar se obtiene la organizacin que es el medio para coordinar losrecursos y las acciones de una entidad determinada.Una entidad administrativa requiere entonces un diseo organizacional determinado, que es el proceso de seleccionar una estructura organizacionalapropiada para aquella, en el contexto de una estrategia y ambientes dados. El diseo organizacional resulta entonces fundamental para todaorganizacin y en especial para la Administracin Pblica.El concepto de estructura organizacional o simplemente estructura es el concepto clave de la actividad administrativa de organizacin. Es el que le dasentido. La estructura es la forma en que las actividades de una organizacin se dividen, organizan y coordinan. En una entidad pblica dichaestructura est denida por las normas legales del sector que corresponde, pero adems se encuentra denida por el denominado Reglamento deOrganizacin y Funciones (ROF), el mismo que establece de manera operativa los contenidos organizativos de la entidad, en mrito de la potestadorganizativa limitada que posee la Administracin Pblica .Como resultado, la doctrina establece que es necesario aplicar cinco pasos para el establecimiento de la estructura idnea en una organizacin. Enprimer lugar, se divide el trabajo en actividades menores que son desempeadas por individuos o grupos . Ello es lo que se denomina genricamentedivisin del trabajo. Seguidamente, se debe combinar las actividades de la entidad de manera lgica y eciente. Al agrupar personal y actividadesefectuamos lo que se denomina departamentalizacin, que a su vez permite la creacin de direcciones, ocinas, jefaturas y gerencias al interior de unorganismo pblico. Al mismo tiempo, elaboramos el esquema de jerarquas y niveles de la entidad, que es denominado organigrama y que seconstituye a partir de las denominadas lneas de mando. La lnea o cadena de mando es el plan que especica el nmero de subordinados quereportan directamente a un administrador determinado .Asimismo, y como resultado del establecimiento de unidades especializadas, se establecen mecanismos de integracin al interior del organismo. Lacitada integracin de individuos, grupos y unidades orgnicas, facilita el logro de objetivos, no obstan que la misma puede ser ms difcil conforme laentidad aumenta de tamao, dicultad que puede corregirse a travs de mecanismos de delegacin y desconcentracin que veremos ms adelante.Finalmente, debe controlarse la efectividad de la organizacin realizada y ajustarlas a las necesidades, mecanismo que se hace efectivo a travs deldenominado control administrativo interno, de una importancia muy grande en la actualidad.Las relaciones entre los rganos y organismos administrativos.En general, en la Administracin Pblica puede hablarse de tres categoras de relaciones entre los diversos rganos y organismos de la administracinpblica, de acuerdo con el nivel de verticalidad de la relacin y los efectos de la misma: Jerarqua, tutela y coordinacin.JerarquaLa jerarqua es la tpica relacin de naturaleza piramidal, vertical, caracterizada por la subordinacin de los funcionarios de nivel inferior a los de nivelsuperior . El resultado de la jerarqua es la existencia de un organigrama donde los diversos rganos estn unidos por la materia, pero se distinguenpor la diversa competencia que poseen respecto de dicha materia. Ello genera que la Administracin se organice en niveles jerrquicos, mediante elempleo de la divisin del trabajo. La relacin jerrquica se establece sobre la base de una distribucin de funciones y poderes realizada de mayor amenor .La jerarqua genera varias consecuencias en el ordenamiento administrativo. En primer trmino, el sometimiento al seguimiento de polticasdeterminadas por el superior jerrquico, en trminos de poder de direccin , las mismas que conguraran actos de administracin interna, en formade rdenes, o ms bien disposiciones internas, en forma de directivas, circulares o instrucciones.La superioridad que venimos describiendo genera tambin que el superior pueda desempear labores de control respecto del inferior jerrquico , detal manera que tramita, por ejemplo, la queja administrativa que pueda ser iniciada contra ste ltimo por parte del administrado. Adems, y comoveremos ms adelante, el inferior no puede sostener su competencia respecto al superior jerrquico.Asimismo, la jerarqua administrativa se da propiamente al interior de los organismos y no fuera de ellos, salvo excepciones derivadas de la existenciade tribunales administrativos. Por otro lado, el superior jerrquico resuelve los conictos de competencia al interior de una misma entidad . Adems,decide la separacin de inferior de la tramitacin de los procedimientos administrativos respecto de los cuales se ha detectado la existencia decausales de abstencin.Adems, el superior jerrquico es el encargado de declarar la nulidad del acto emitido por el inferior . Finalmente, y en mrito de la diferencia de nivel,el rgano jerrquico superior resuelve los recursos administrativos que se presenten respecto a las resoluciones emitidas por el rgano inferior, salvoel caso del recurso de reconsideracin, que es resuelto por la misma autoridad que emite la resolucin impugnada.Sin embargo, hoy en da la jerarqua propiamente dicha se encuentra en un perodo de reformulacin, generada por el hecho de la existencia demltiples organismos autnomos y descentralizados y la atenuacin de los mecanismos de control directo y de intervencin en el rol del funcionarioinferior. La existencia de competencias desconcentradas y la excepcionalidad de la avocacin, ligadas con la existencia de un procedimientodisciplinario sometido a las reglas del procedimiento sancionador con todas las garanta que ello conlleva y la diversidad de regmenes que regulanal personal al servicio de las entidades no permiten sostener, como algunos autores lo hacen , que la jerarqua tradicionalmente entendida seencuentra en un sostenido perodo de evolucin; siendo que ms bien, en nuestra opinin la acerca a esquemas similares a los que hoy en da seaplican a la administracin privada, en los cuales se preere conformar grupos de trabajo que elaborar diseos en los cuales simplemente se ejecutandirectivas.Relaciones de tutelaAhora bien, la tutela es ms bien una relacin de tipo mixto, que implica cierta inuencia en el comportamiento de la entidad tutelada, pero que noimplica subordinacin entre unos y otros. Una relacin de tutela tpica se muestra entre los ministros y los organismos pblicos descentralizadosadscritos a su sector. La tutela, en este caso, se nos muestra a travs de varios efectos. En primer lugar, el hecho de que el organismo que tutela deberesolver los conictos de competencia que se dan respecto del organismo tutelado .En segundo lugar, la responsabilidad del manejo presupuestario corresponde al ente tutelar, como titular del pliego. Asimismo, la responsabilidadpoltica no puede ser asignada al ente tutelado sino al tutelar, por lo cual dicho rol se imputa al ministro del sector, razn por la cual este ltimodesempea un rol de supervisin ciertamente bastante laxo. De hecho, los organismos pblicos descentralizados que requieren de una mayorautonoma relativa se encuentran adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros , que funciona como un sector distinto, mxime si la normaconstitucional peruana y la de muchos pases permite que el Premier pueda ser un ministro sin cartera.Finalmente, el organismo tutelar, en la generalidad de los casos, nombra y remueve al jefe del organismo tutelado o a los miembros del rganocolegiado que constituye la Alta Direccin del mismo, inuencia que podra ser importante en determinados casos.Relaciones de coordinacin.Finalmente, en la administracin pblica moderna se da un conjunto de situaciones en las cuales es necesaria la coordinacin de determinados entes,sena estos organismos u rganos, que operan en una relacin de naturaleza horizontal, sin que exista subordinacin o tutela entre los entesinvolucrados. Esta coordinacin se da por ejemplo entre los entes que conforman un sistema, dado que los mismos deben funcionarcoherentemente. Pero adems, se da tambin respecto a entidades en general, de acuerdo con los mecanismos de colaboracin y cooperacinestablecidos en las diversas normas legales.Puntuacin: 4.34 / Votos: 68Esta entrada se public en GESTION PUBLICA Y ECONOMIA y est etiquetada con organizacin administrativa en 17 diciembre, 2007[http://blog.pucp.edu.pe/blog/christianguzmannapuri/2007/12/17/la-organizacion-administrativa-ii/] . Visto: 17012 veces 7 pensamientos en LA ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA II.le hizo falta lo que nos interesa que es la subordinacionmariu14 febrero, 2008 en 4:29 pmLa subordinacin es un concepto que se encuentra incorporado en el de jerarqua. En la Administracin Pblica la subordinacin es siempre denaturaleza jerrquica, mxime si la misma es un concepto laboral, no administrativo. Recordemos sin embargo que el empleo pblico posee unanaturaleza mixta.CHRISTIAN GUZMAN4 marzo, 2008 en 4:53 pmmi mas cordial saludo desearia porfavor me ilustrara un poco mas sobre el acto administrativo..se lo agradeceria mucho buen diagustavo19 abril, 2008 en 6:12 pmBUEN TEMAISABEL MORA26 abril, 2008 en 5:01 pmEstimado Dr. Guzman, antes que nada mi cordial saludo, soy un frecuente lector de su blog. Mi consulta est referida a la facultad de los gobiernosregionales y locales de crear y/o constituir organismos pblicos. Es posible, desde un gobierno regional, en virtud a la autonoma de la que gozan,crear organismos pblicos, similares a los regulados en la LOPE, es decir descentralizados o desconcentrados de la instancia regional? Muchas graciasErnesto12 enero, 2011 en 4:34 pmPorque cada cierto tiempo hay cambios en la administracion publica Per va reorganizacion- Si las funciones o roles estan dados en las leyesorganicas. Es una forma de desestabilizar a la administracion publica -enteder deciente- justica el ingreso de los partidarios desde amanuenseshasta funcionarios de conanza. Unas de las preguntas que siempre he planteado Porque el Jefe de Estado no nombra a un Sub-Ocial o Alferez oTeniente? como Jefe del Comando Conjunto. Si este tiene estudios de cinco aos en la escuela militar. Pero en la administracion publica si se nombracon n titulos, pero hay una gran diferencia CARRERA.Luis Ricardo29 julio, 2011 en 7:11 pmmuy buenoElva luz22 agosto, 2014 en 10:00 am