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Tamara Arpa Muñoz Tecnología de la información I.E.S. Salvador Victoria 2º Bachillerato

La propiedad en internet

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Índice Introducción........................................................................................................ 3 ¿Qué es el derecho de autor?............................................................................ 3 ¿Qué abarca el derecho de autor?..................................................................... 3 ¿Qué derechos proporciona el derecho de autor? ............................................. 4

Reproducción bajo distintas formas................................................................ 4 Su ejecución o interpretación pública ............................................................. 4 Grabaciones de la misma ............................................................................... 4 Su radiodifusión ............................................................................................. 4 Su traducción.................................................................................................. 4

¿Por qué debe protegerse el derecho de autor?................................................ 5 Contenido del Derecho de Autor ........................................................................ 5

Derechos morales........................................................................................... 5 Derechos Patrimoniales

¿Cómo se regula el derecho de autor? .............................................................. 6 ¿Cuáles son los derechos conexos al derecho de autor?.................................. 6

Los artistas ejecutantes ................................................................................. 6 Los productores de grabaciones de sonidos ................................................. 6 Los organismos de radiodifusión. ................................................................... 6

¿Cómo ha seguido el derecho de autor los avances en la tecnología? ............. 7 Esquema ............................................................................................................ 8 Bibliografía…………………………………………………..………………………….8

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Introducción Parece que está bastante extendida la creencia de que lo que se encuentra en Internet se puede utilizar sin más. Quien publica algo en Internet lo hace normalmente para que otros lo puedan aprovechar y utilizar, copiándolo o reproduciéndolo si es necesario. Pero una cosa bien diferente es que alguien se atribuya la autoría de una obra que no es suya poniendo su firma en ella y olvidándose de, como mínimo, citar al autor o

autora original. Y esto ocurre con demasiada frecuencia. En la legislación española, como en la de otros países, el autor adquiere todos los derechos sobre una obra desde el mismo momento en que esta es creada, independientemente de que la registre o no. Y esto afecta también a todos los recursos que en distintos formatos se publican en la Web (artículos, documentos, animaciones, sonidos…) Es el simple hecho de su creación, elaboración o composición el que nos confiere la propiedad intelectual sobre el recurso. Al

autor le asisten además, entre otros, derechos morales como el Derecho de Paternidad, es decir, exigir la paternidad o el reconocimiento como autor del recurso. ¿Pero qué hacemos con quienes a pesar de todo plagian o se apropian "por la cara" de una obra ajena? Que otras personas puedan beneficiarse de tu trabajo e incluso mejorarlo y difundirlo citando su procedencia es algo que estimula a seguir trabajando. Pero que otros se apropien y difundan como suyas obras de tu autoría es algo que por el contrario disminuye los deseos de publicar y compartir. El respeto de los derechos de autor es una exigencia ética que nos debemos imponer para que el temor a que otros sin escrúpulos se apropien de nuestro trabajo no sea un impedimento a la hora de decidirse a publicar contenidos en la Red.

¿Qué es el derecho de autor?

El derecho de autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas.

¿Qué abarca el derecho de autor?

El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.

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¿Qué derechos proporciona el derecho de autor?

Los creadores originales de las obras protegidas por el derecho de autor, y sus herederos, gozan de ciertos derechos básicos. Detentan el derecho exclusivo a utilizar o autorizar a terceros a utilizar la obra de conformidad con términos convenidos de común acuerdo. El creador de una obra puede prohibir o autorizar:

• Reproducción bajo distintas formas, como la publicación impresa o el grabado de sonidos;

• Su ejecución o interpretación pública, como en el caso de una obra de teatro o musical;

• Grabaciones de la misma, por ejemplo bajo forma de discos compactos, casetes o videocasetes;

• Su radiodifusión por radio, cable o satélite; • Su traducción en otros idiomas o su adaptación, como en el caso de una

novela adoptada en guión cinematográfico.

Muchas obras creativas protegidas por el derecho de autor requieren una gran distribución, comunicación e inversión financiera para ser divulgadas (por ejemplo las publicaciones, las grabaciones de sonidos y las películas); por consiguiente, los creadores suelen vender los derechos de sus obras a individuos o empresas más capaces de comercializar sus obras a cambio de un pago. Estos pagos se supeditan con frecuencia al uso real de la obra, en cuyo caso se denominan rolasteis.

Estos derechos económicos tienen un plazo límite, de conformidad con los tratados pertinentes de la OMPI, de 50 años tras la muerte del creador. Las distintas legislaciones nacionales pueden establecer plazos más largos. Este plazo permite tanto a los creadores como a sus herederos sacar provecho financiero de la obra durante un período razonable de tiempo. La protección del derecho de autor incluye asimismo los derechos morales, que incluyen el derecho a reivindicar la autoría de una obra y el derecho a oponerse a modificaciones que puedan atentar contra la reputación del creador.

El creador -o el titular del derecho de autor de una obra- puede hacer valer sus derechos administrativamente y ante los tribunales, mediante la inspección de locales para encontrar pruebas de protección o posesión de productos 'pirateados' (realizados de manera ilegal) relacionados con obras protegidas. El titular puede obtener una decisión de justicia encaminada a detener dichas actividades, así como percibir reparación por la pérdida de reconocimiento y ganancias financieras, consecuencia de los actos de piratería.

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¿Por qué debe protegerse el derecho de autor?

El derecho de autor y sus derechos conexos son esenciales para la creatividad humana ya que ofrecen a los creadores incentivos bajo forma de reconocimiento y recompensas económicas equitativas. En virtud de este sistema de derechos, los creadores cuentan con la garantía de que sus obras serán divulgadas sin tener que preocuparse por la copia no

autorizada o la piratería. Esto contribuye, a su vez, a facilitar el acceso y a intensificar el disfrute de la cultura, el conocimiento y el entretenimiento en todo el mundo.

Contenido del Derecho de Autor

El contenido del Derecho de Autor se divide en dos clases de derechos, los patrimoniales o de explotación, y los morales.

Derechos morales

Son derechos no económicos, personales, sobre el recurso.

• Derecho de Divulgación: Facultad del autor de decidir si pública (divulga) su obra (recurso) o no, y en qué forma lo hará.

• Derecho de Paternidad: Derecho de exigir la paternidad, reconocimiento como autor del recurso.

• Derecho de Revelación y Ocultación: El autor puede decidir divulgar una obra con su nombre, con un seudónimo (Nick) o signo, o de forma anónima. Esto no quiere decir que renuncie a la autoría de la obra.

• Derecho de Integridad: Facultad de impedir cualquier deformación de la obra que pueda perjudicar el honor y reputación del autor. En un entorno como la Web, este derecho cobra especial importancia, debido a la facilidad con la que se pueden manipular y deformar los recursos electrónicos.

• Derecho de Arrepentimiento y Modificación: Derecho del autor de retirar la obra del Medio, o modificarla.

Derechos Patrimoniales Los Derechos Patrimoniales o de Explotación representan el derecho del autor de beneficiarse económicamente de su producción intelectual.

• Derecho de Reproducción: El autor puede obtener beneficio económico de las reproducciones o copias que se realicen de su obra o recurso. Reproducir o copiar un recurso sin consentimiento del autor es ilegal.

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• Derecho de Distribución: Puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo, o de cualquier otra forma.

• Derecho de Comunicación Pública: La comunicación pública es todo un acto por el que una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. La discusión en este sentido sería, ¿puede considerarse la publicación Web como Comunicación Pública?.

• Derecho de Transformación: Derecho del autor para autorizar y obtener una remuneración por las transformaciones que se hagan sobre la obra, como por ejemplo las traducciones.

¿Cómo se regula el derecho de autor?

El derecho de autor en sí mismo no depende de procedimientos oficiales. Una obra creada se considera protegida por el derecho de autor desde que existe. No obstante, numerosos países cuentan con una oficina nacional de derecho de autor y algunas legislaciones permiten registrar obras con objeto, por ejemplo, de identificar y distinguir los títulos de las obras.

Numerosos titulares de obras creativas no cuentan con los medios de hacer respetar jurídica y administrativamente el derecho de autor, especialmente teniendo en cuenta la utilización mundial cada vez mayor de los derechos literarios, musicales y de interpretación o ejecución. Como resultado, la creación de organizaciones o sociedades de gestión colectiva se está convirtiendo en una tendencia habitual en numerosos países. Éstas

sociedades pueden proporcionar a sus miembros los beneficios derivados de los conocimientos administrativos y jurídicos de la organización, por ejemplo, recogiendo, administrando y desembolsando los royalties obtenidos mediante la utilización internacional de la obra de un miembro.

¿Cuáles son los derechos conexos al derecho de autor?

Durante los últimos cincuenta años, se ha desarrollado rápidamente un conjunto de derechos conexos al derecho de autor. Estos derechos conexos han evolucionado en torno a las obras protegidas por el derecho de autor y proporcionan derechos similares aunque, con frecuencia, más limitados y de menor duración a:

• Los artistas ejecutantes (como actores y músicos) en sus interpretaciones o ejecuciones;

• Los productores de grabaciones de sonidos (por ejemplo, grabaciones de casetes y discos compactos) en sus grabaciones;

• Los organismos de radiodifusión en sus programas de radio y televisión.

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¿Cómo ha seguido el derecho de autor los avances en la tecnología?

La esfera del derecho de autor y de los derechos conexos se ha expandido enormemente gracias a los progresos tecnológicos acaecidos durante los últimos decenios, que han aportado nuevas maneras de divulgar creaciones por formas de comunicación mundial como la radiodifusión por satélite y los discos compactos.

La divulgación de obras por Internet es el acontecimiento más reciente que plantea nuevas cuestiones en relación con el derecho de autor. La OMPI participa activamente en el debate internacional en curso, sobre la configuración de nuevas normas para proteger el derecho de autor en el espacio cibernético. La Organización administra el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (conocidos conjuntamente como 'Tratados de Internet'), que establecen normas internacionales destinadas a impedir el acceso no autorizado y la utilización de obras creativas en Internet u otras redes digitales.

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Esquema

¿Qué abarca el derecho de autor?

¿Cómo ha seguido el derecho de autor los avances en la tecnología?

Reproducción bajo distintas formas

Su ejecución o interpretación pública

Grabaciones de la misma

Su radiodifusión

Su traducción en otros idiomas o su adaptación

¿Qué derechos proporciona?

¿Por qué debe protegerse?

Contenido del Derecho de Autor

Derechos patrimoniales

Derechos morales

¿Cómo se regula?

¿Cuáles son los derechos conexos?

Los artistas ejecutantes

Los productores de grabaciones de sonidos

Los organismos de radiodifusión

LA PROPIEDAD EN INTERNET Y DERECHOS DE AUTOR

DERECHOS

DE AUTOR

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Bibliografía

Interiuris.com - Propiedad Intelectual, Internet y Derecho en un mismo sitio Noticias sobre Internet - Atom Derechos de autor y propiedad intelectual en Internet Los derechos de autor y la propiedad intelectual en Internet Wikipedia Fuente Atom http://in3.uoc.edu/web/PDF/Libertad.pdf