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LA SEGURIDAD INDUSTRIAL LA SEGURIDAD INDUSTRIAL EN INSTALACIONES ELECTRICAS DE ALTA Y BAJA TENSION Toledo, 29 de noviembre de 2013

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LA SEGURIDAD INDUSTRIAL

LA SEGURIDAD INDUSTRIAL EN INSTALACIONES ELECTRICAS DE ALTA Y BAJA TENSION

Toledo, 29 de noviembre de 2013

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INDICE

1.- Histórico legislación de seguridad industrial

2.- Ley de Industria. Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

3.-Reglamentos de Seguridad Industrial y Directivas Europeas

4.- Inspecciones iniciales y periódicas en instalaciones AT y BT

5.- Defectos y anomalías en las instalaciones

6.- Detección puntos calientes por infrarrojos.

7.- Coste del NO cumplimiento reglamentario

8.- Aportación de valor a la sociedad cumplir con los reglamentos

46 trasparencias en 30 minutos

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Histórico legislación SI ( de 1813 a 1992 )

Decreto 262 de las Cortes de Cádiz de 8 de junio de 1813: “todos los españoles y los extranjeros avecindados, podrán libremente establecer las fábricas o artefactos de cualquier clase que les acomode, sin necesidad de permiso ni licencia alguna, con tal de que se sujeten a las reglas de policía adoptadas para la salubridad de los pueblos”. Ley de 24 de noviembre de 1939, de ordenación y defensa de la industria nacional: la instalación de cualquier tipo de industria requería autorización previa, se regula la instalación, ampliación y traslado de fábricas. Real Decreto 2135/1980, de 26 de septiembre, sobre liberalización

en materia de instalación, ampliación y traslado de industrias: “la liberalización proyectada no prescinde, como es lógico, de que la instalación industrial deba cumplir las normas de seguridad, medio ambiente...” Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria.: establece normas de ordenación

de las actividades industriales, regula intervención de la Administración y marca el objetivo de conseguir los siguientes fines: garantizar el ejercicio de la libertad de empresa industrial, modernización, promoción industrial y tecnológica, innovación y mejora de la competitividad, seguridad y calidad industriales y responsabilidad industrial.

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Histórico legislación “Control” (de 1966 a 1995)

24 noviembre de 1939 Ley ordenación y defensa industria nacional 1951 Tratado CECA (9 mayo 1950 plan cooperación R. Schuman) 1957 Tratado de Roma, se crea la CEE

Orden 2 noviembre 1966 sobre Entidades, Asociaciones o Empresas Colaboradoras de la Administración en el reconocimiento y prueba de los aparatos que contienen fluidos a presión

RD 735/1979 normas generales que deben cumplir las ECA’s RD 2584/1981 Rglto. Gral. actuaciones del MIE en el campo de la

normalización y la homologación (ECA’s,RELE y acreditación DGIIyT) 1985 Nuevo enfoque en armonización técnica y normalización 1986 Ingreso en la CEE

RD 1614/1985 ordena las actividades de normalización y certificación RD 1407/1987 regula las ENICRE’s adaptando al nuevo marco de

competencias en materia industrial de las CCAA’s 1989 Enfoque global en evaluación de la conformidad

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Legislación actual

Ley de Industria 12/1992, ordenación sector industrial, promoción, seguridad, calidad, responsabilidad y competitividad 1992 Tratado de Maastrich, la UE sustituye a la CEE 1993 Mercado único de las cuatro libertades: personas,

mercancías, capitales y servicios RD 2200/1995 reglamento de la infraestructura para la calidad y la

seguridad industrial (RCSI) Decisión 768/2008/CE marco común evaluación de la conformidad Reglamento CE/765/2008 organización y funcionamiento

acreditación DS 2006/123/CE relativa a los servicios mercado interior

Ley 17 de 23 nov 2009 libre acceso a las actividades de servicios Ley 25 de 22 dic 2009 modifica diversas leyes para adaptación a DS RD 338/2010 modifica aspectos relevantes del RCSI por la DS Reglamentos de Seguridad Industrial y Directivas Europeas

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Legislación en vigor electricidad AT y BT1900 Ley de 23 de marzo regula la servidumbre forzosa de paso de corrientes eléctricas.

1901 Real Decreto de 26 de abril, sobre inspección y verificación de equipos y contadores eléctricos.

1929 Real Orden de 21 de noviembre, aprueba el Reglamento de instalaciones eléctricas receptoras en el interior de fincas o propiedades urbanas.

1933 Orden de 5 de diciembre de 1933, Reglamento de Verificaciones Eléctricas y de Regularidad en el Suministro de energía.

1949 Orden de 23 febrero de 1949, aprueba las instrucciones de carácter general y Reglamentos sobre instalación y funcionamiento de Centrales eléctricas, Líneas de transporte de energía eléctrica y Estaciones Transformadoras.

1954 Decreto de 12 de marzo de 1954, Reglamento de Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el suministro de energía.

1968 Decreto 3151/68, de 28 de noviembre, Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión.

1973 Decreto 2413/73, de 20 de septiembre, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

1982 RD 3275/82, de 12 de noviembre, Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

1984 Orden de 6 de julio, aprueba las ITC's MIE-RAT-01 a 20 del reglamento de AT. 2008 RD 223/08, de 15 de febrero, Reglamento Líneas eléctricas de AT e ITC-LAT 01 a 09 (deroga el RD 3151/68).

2000 RD 1955/2000, de 1 diciembre, regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

2001 RD 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

2002 RD 842/02, de 2 de agosto, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e ITC MIE-BT-01 a 51.

2008 RD 223/08, de 15 de febrero, Reglamento Líneas eléctricas de AT e ITC-LAT 01 a 09.

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Ley de Industria

ARTÍCULO 13. CUMPLIMIENTO REGLAMENTARIO

1. El cumplimiento de las exigencias reglamentarias en materia de seguridad industrial, sin perjuicio del control por la Administración Pública a que se refiere el artículo siguiente, se probará por alguno de los siguientes medios, de acuerdo con lo que establezcan los Reglamentos que resulten aplicables:

a) Declaración del titular de las instalaciones y en su caso del fabricante, su representante, distribuidor o importador del producto.

b) Certificación o Acta del Organismo de Control, instalador o conservador autorizados o técnico facultativo competente.

c) Cualquier otro medio de comprobación previsto en el derecho comunitario y que no se halle comprendido en los apartados anteriores

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Ley de Industria

ARTÍCULO 14. CONTROL ADMINISTRATIVO

1. Las Administraciones Públicas competentes podrán comprobar en

cualquier momento por sí mismas, contando con los medios y requisitos

reglamentariamente exigidos, o a través de Organismos de Control, el

cumplimiento de las disposiciones y requerimientos de seguridad, de

oficio o a instancia de parte interesada en casos de riesgo significativo

para las personas, animales, bienes o medio ambiente.

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Reglamentos de Seguridad Industrial

Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión.

Reglamento centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Reglamento de aparatos de elevación y manutención.

Reglamento de equipos a presión.

Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos.

Reglamento de instalaciones petrolíferas.

Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

Reglamento de almacenamiento de productos químicos.

Reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas.

Reglamento general de normas básicas de seguridad minera.

Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.

Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior.

Medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que

intervengan sustancias peligrosas.

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Directivas europeas

Baja tensión 2006/95/CE

Ascensores 95/16/CE

Máquinas 2006/42/CE

Equipos a presión transportables 2010/35/CE

Recipientes a presión simples 2009/105/CE

Aparatos a gas 90/396/CEE

Equipos a presión 97/23/CE

Productos de la construcción 89/106/CEE

Seguridad general de los productos 2001/95/CE

Compatibilidad electromagnética 2004/108/CE

Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos 2006/66/CE

Control de riesgos inherentes a accidentes graves en los que intervengan sustancias

peligrosas 96/82/CE ( Seveso II ), modificada por 2003/105/CE

Acuerdos internacionales transportes mercancías peligrosas (ADR) y perecederas (ATP)

39 Directivas del viejo y nuevo enfoque

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Inspecciones iniciales y periódicas

INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN

• Inspección al menos cada 3 años:

- Líneas eléctricas de alta tensión.

R.D. 1955/2000 de 1 de diciembre.

R.D. 223/2008, de 15 de febrero.

- Centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

R.D. 3275/82 de 12 de noviembre.

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Líneas, Subestaciones, Centros de transformación

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Defectos y anomalías en AT

GRUPO DESCRIPCION DEFECTO O ANOMALIA %

PUESTA A TIERRA Elemento metálico no puesto a tierra: 1,22

PUESTA A TIERRA Los siguientes elementos metálicos no están puestos a la red de tierra de herrajes: 1,26

PUESTA A TIERRA Valor de resistencia de puesta a tierra superior a 20. 1,69

PUESTA A TIERRA Falta conexión a tierra del neutro de: 0,20

PUESTA A TIERRANo existen o no son accesibles los puntos de medida y comprobación de la puesta

a tierra de:0,79

PUESTA A TIERRALa sección del conductor de protección de puesta a tierra debe ser de 35 mm2 de

CU o equivalente en:0,20

PUESTA A TIERRAExiste posibilidad de contacto simultáneo de la puesta de protección y servicio por

conductores sin aislar de puesta a tierra del neutro (servicio) y/o el puente de comprobación de la puesta a tierra del neutro (servicio).

0,39

PUESTA A TIERRA Valor de tensiones de contacto superiores a las permitidas en: 0,12

PUESTA A TIERRA Valores de diferencia de potencial superiores a las permitidas en: 0,04

PUESTA A TIERRA Se ha distribuido la tierra de herrajes fuera del centro de transformación. 0,47

PUESTA A TIERRA   6,38

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Defectos y anomalías en AT

GRUPO DESCRIPCION DEFECTO O ANOMALIA %

TRANSFORMADOR Nivel bajo de líquido dieléctrico de funcionamiento. 0,08

TRANSFORMADOR Existen pérdidas visibles de líquido aislante en trafo: 0,75

TRANSFORMADOR No está anclado mediante cuñas rígidas y/o solidarias al suelo el trafo: 0,47

TRANSFORMADOR El sistema de anclaje de las ruedas es incorrecto en el trafo: 0,08

TRANSFORMADOR Se observa deteriorado el aislador de la borna del trafo: 0,08

TRANSFORMADOR No existe placa de características del trafo: 0,08

TRANSFORMADOR No existe pantalla de separación entre los trafos: 0,04

TRANSFORMADOR El desecador está en mal estado 0,16

TRANSFORMADOR   1,73

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Defectos y anomalías en AT

GRUPO DESCRIPCION DEFECTO O ANOMALIA %

APARAMENTA El funcionamiento mecánico es inadecuado en el seccionador: 0,08

APARAMENTA Incorrecto funcionamiento del interruptor: 0,20

APARAMENTA No existe pantalla contra protección de líquidos en el interruptor: 0,04

APARAMENTA Nivel bajo de aceite en el interruptor de pequeño volumen de aceite y polo: 0,08

APARAMENTA Enclavamiento del seccionador incorrecto en el interruptor: 0,16

APARAMENTA No existe enclavamiento entre cuchillas de puesta a tierra y seccionador: 0,16

APARAMENTA Enclavamiento incorrecto del seccionador: 0,12

APARAMENTAFalta enclavamiento mecánico en el seccionador de puesta a tierra de la

celda:0,59

APARAMENTA   1,42

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Defectos y anomalías en AT

GRUPO DESCRIPCION DEFECTO O ANOMALIA %

PROTECCIONES No están dimensionados adecuadamente los fusibles de protección de: 0,16

PROTECCIONES Homogeneizar la intensidad nominal de los fusibles: 0,08

PROTECCIONES No están regulados adecuadamente los relés de protección de: 0,12

PROTECCIONES Está anulado el relé de protección: 0,24

PROTECCIONES No funcionan eléctricamente las protecciones 0,95

PROTECCIONES No funcionan mecánicamente las protecciones 0,83

PROTECCIONES No funciona la protección por temperatura del trafo: 1,61

PROTECCIONES No rearman automáticamente los relés de protección de: 0,04

PROTECCIONES   4,02

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GRUPO DESCRIPCION DEFECTO O ANOMALIA %

LOCALES Existe la posibilidad de acceso a personas ajenas a la instalación. 0,04

LOCALES Las puertas no son de apertura hacia el exterior en: 0,08

LOCALES La puerta de acceso carece de cerradura o está deteriorada. 0,04

LOCALES La situación de las rejillas para ventilación natural es incorrecta en: 0,12

LOCALES No es correcta o es insuficiente la ventilación del centro de transformación: 0,20

LOCALES No existe parada automática de ventilación forzada en caso de incendio. 0,63

LOCALES El hueco de ventilación permite la entrada de pequeños animales en: 0,16

LOCALES El hueco de ventilación permite acceso desde el exterior en: 0,04

LOCALES Las rejillas de ventilación carecen de protección para evitar la entrada de pequeños animales u objetos. 0,12

LOCALES No están señalizadas correctamente las celdas: 1,10

LOCALES No está señalizada correctamente la aparamenta: 0,75

LOCALES No está señalizada correctamente la puerta exterior del trafo: 0,35

LOCALES No están identificados los puentes de prueba de herrajes y neutro. 0,24

LOCALES No existe placa de peligro en la puerta de acceso a: 0,43

LOCALES No existe placa de peligro en: 1,34

LOCALES No existe esquema unifilar eléctrico en el local. 2,28

LOCALES No existe cartel con instrucciones generales de servicio en el local. 0,12

LOCALES El alumbrado normal no funciona o está deteriorado. 0,75

LOCALES El local no dispone de alumbrado de emergencia. 0,28

LOCALES El alumbrado de emergencia del local está deteriorado. 3,58

LOCALES El alumbrado de emergencia del local es insuficiente. 0,12

Defectos y anomalías en AT

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LOCALES No existen guantes aislantes de alta tensión de características adecuadas a la tensión de servicio. 1,06

LOCALES Los guantes aislantes están deteriorados. 1,42

LOCALES Las características de los guantes aislantes no son correctas. 0,24

LOCALES No existe banqueta aislante en el local. 0,16

LOCALES No existe pértiga detectora en el local. 1,22

LOCALES La pértiga detectora es de características incorrectas o está deteriorada. 0,08

LOCALES No existe cartel de primeros auxilios en el local. 0,16

LOCALES No existe cartel con instrucciones generales de servicio o 5 reglas de Oro. 0,39

LOCALES Se utiliza el local como almacenamiento de materiales ajenos. 0,28

LOCALES Existen conducciones de agua o líquidos inflamables. 0,04

LOCALES No existe cartel de peligro en todas las orientaciones. 0,04

LOCALES Los extintores no están situados de forma edecuada. 0,04

LOCALES El alumbrado de la subestación no funciona correctamente. 0,04

LOCALES El alumbrado de emergencia no funciona correctamente. 0,16

LOCALES Los guantes de alta tensión no son de clase IV. 0,08

LOCALES La banqueta aislante está en mal estado. 0,04

LOCALES No existe pértiga detectora de alta tensión. 0,04

LOCALES No existe cartel de primeros auxilios. 0,04

LOCALES No están identificados correctamente los elementos de maniobra y trafos. 0,04

LOCALES No existen rótulos de peligro en las cabinas de alta tensión situadas en el interior. 0,12

LOCALES No existe esquema unifilar de alta tensión de la instalación. 0,16

LOCALES El esquema unifilar de alta tensión no está actualizado. 0,12

LOCALES No existen instrucciones generales de servicio o cartel con las cinco reglas de oro. 0,04

LOCALES   18,75

Defectos y anomalías en AT

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Defectos y anomalías en AT

68%

21%

11%SIN DEFECTO LEVES GRAVES

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Inspecciones iniciales y periódicas

INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN

• Inspecciones iniciales:

- Instalaciones industriales P instalada > 100 kW.

- Locales de pública concurrencia.

-Local con riesgo incendio o explosión clase I, excepto garajes < 25 plazas.

- Locales mojados P instalada > 25 kW.

- Piscinas P instalada > 10 kW.

- Quirófanos y salas de intervención.

- Instalaciones alumbrado exterior P instalada > 5 kW.

• Inspecciones periódicas:

- Cada 5 años las que necesitan inspección inicial.

- Cada 10 años instalaciones comunes en edificios viviendas P instalada > 100 Kw.

Reglamento Electrotécnico Baja Tensión. R.D. 842/02 de 2 de agosto.

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Instalaciones de Baja tensión

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Cuadro general de distribución

Int. Gral

Colores fases

Corte omnipolar

Sección cables

Puesta a tierra

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Defectos y anomalías cuadro general

DESCRIPCION DEFECTO OBSERVADO ARTICULOREGLAMENTO

CLASIFICA.DEFECTO

 CUADRO PRINCIPAL. 01.- El cuadro carece de interruptor general. 02.- El cuadro y los circuitos no están identificados. 03.- No se respeta fielmente el código de colores: Cables de color marrón en pletina de p.a.t general. 04.- La puerta del cuadro carece de latiguillo equipotencial de puesta a tierra. 05.- En la manipulación o maniobra de los magnetotérmicos, existe riesgo de contactos directos con elementos en tensión, al faltarle a las bornas de los mismos una protección aislante. 06.- Conductores de sección insuficiente para la intensidad de los PIAs que los protegen: Cables de 4 mm2 en PIAs de 32 A y 38 A. 07. Dos magnetotérmicos de tres polos, carecen de la pestaña que arrastra a la vez a los tres polos, en caso de disparos.

 

MIE BT 020-1

MIE BT 017-2.5017-2.9.3

017-2.9.3 / 023-6.3

MIE BT 021-2.6

MIE BT 021-1

MIE BT 017-2.1.3

Artículo 7 

 

GRAVE

LEVE

GRAVE

GRAVE

GRAVE

GRAVE

LEVE 

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Caja general fusibles

Tubo metálico

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Cuadro protecciones alumbrado exterior

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Defectos y anomalías cuadro alumbrado

Carece de interruptores diferenciales. MIE BT 021-2 (GRAVE) No tiene interruptor general omnipolar. MIE BT 020-1.4 (GRAVE) Los circuitos están deficientemente identificados. MIE BT 017-2.5 / 2.9.3

(LEVE) No se respeta el código de colores. MIE BT 023-6.3 (GRAVE) PIA de intensidad de protección elevada (38 A), para cable de 4 mm2 MIE

BT 016-1.2 / 020-1. (GRAVE) En la caja o cuadro que aloja el contactor de la fotocélula de alumbrado,

hay empalmes por simple retorcimiento de los conductores. Además, éste cuadro carece en su puerta del latiguillo equipotencial de tierra. MIE BT 019-2 / MIE BT 021-2.6 (GRAVE)

La alimentación a todas las farolas se realiza con una sola fase.

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Caja conexiones alimentación farola

 

 

 

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Defectos y anomalías caja farola

La caja de conexión carece de la tapa y no está bien sujeta. El cable de p.a.t. de la caja no esta unido con el cable general de p.a.t de

la farola. Los cables subterráneos de la llegada de alimentación, son de sección

menor a 6 mm2. No se respeta el código de colores; neutro y tierra deficientemente

identificados. Falta un prensa en el cable de entrada de alimentación, a la caja de

derivación.

 

 

 

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Caja conexiones y luminaria

 

 

 

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Defectos y anomalías caja y luminaria

La caja de conexión carece de la tapa. Farola sin conexión de p.a.t., no se ve la llegada del cable. Los cables subterráneos de la llegada de alimentación, son de sección

menor a 6 mm2. No se respeta el código de colores; no se ve cable amarillo-verde. Farola con pérdida de la verticalidad con bancada golpeada. Difusor de luminaria roto. Los cables en la caja de derivación están desconectados.

 

 

 

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Caja conexiones farola alumbrado

 

 

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Defectos y anomalías caja conexiones

Farola sin conexión de p.a.t., no se ve la llegada del cable. Conexiones sin el uso de caja de derivación. Puertecilla o abertura de acceso, a una altura inferior a 0,3 m del suelo. Fuerte corrosión general en báculo soporte. La cerradura de la puertecilla está inservible por la fuerte corrosión. No se respeta el código de colores; neutro y tierra de difícil identificación. Deterioro, suciedad y envejecimiento notable de cables, conexiones. Fusible (vena de cobre) sin calibrar. 

 

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Defecto ó anomalía Calificación

Identificación de cuadro inexistente ó ilegible LEVE

Identificación de circuitos inexistente ó incorrecta. GRAVE

Identificación de circuitos incompleta ó ilegible. LEVE

Cableado en interior del cuadro no saneado y suelto. LEVE

Suciedad en cuadro eléctrico. LEVE

Faltan pantallas protectoras contra los contactos accidentales con partes en tensión. GRAVE

Faltan tapas ciegas cubre hueco. LEVE

No existe protección contra sobreintensidad en circuito. GRAVE

Intensidad nominal de protección superior a intensidad admisible del conductor Circuito: GRAVE

No existe protección diferencial en todos los circuitos. GRAVE

Interruptor diferencial no actúa con corriente diferencial de prueba nominal o con botón de prueba. GRAVE

Protección diferencial anulada. GRAVE

Identificación de conductores incorrecta. Circuito: GRAVE

Identificación de conductor(es) neutro incorrecta. GRAVE

Identificación de conductor(es) tierra incorrecta. GRAVE

Identificación de conductor(es) fase incorrecta. GRAVE

Los circuitos de puesta a tierra deberán formar una línea eléctricamente continua, en la que no podrán incluirse en serie las masas y elementos metálicos. MIE BT 39.4 GRAVE

Defectos y anomalías BT

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Defectos y anomalías BTDefecto ó anomalía Calificación

Canalización no reglamentaria. GRAVE

Uso de conductor tipo paralelo. GRAVE

Falta protección mecánica en canalizaciones eléctricas. GRAVE

Se observan conexiones realizados al aire sin caja de derivación y/o empalme. GRAVE

Valores de puesta a tierra no reglamentarios. GRAVE

Falta conductor de protección en circuito. GRAVE

Sección de conductor de protección no reglamentaria. GRAVE

No están conectadas a tierra las partes metálicas de los cuadros eléctricos. GRAVE

No existe red de protección de puesta a tierra en la instalación. GRAVE

No existe una interconexión entre el alumbrado normal y alumbrado de seguridad tal que el corte de corriente en el primero provoque el encendido del segundo. GRAVE

Se observan equipos autónomos de emergencia que no duran una hora. GRAVE

El nivel de iluminación de emergencia es deficiente. GRAVE

Falta luminaria de emergencia en salida. GRAVE

Falta iluminación de emergencia en escalera. GRAVE

Falta iluminación de emergencia en aseo. GRAVE

Equipo autónomo de emergencia en mal estado. LEVE

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Defectos y anomalías BTDefecto ó anomalía Calificación

Protección de circuitos de emergencia con intensidad nominal superior a 10 A. GRAVE

Cuadro general o secundario se sitúa en áreas de pública concurrencia. GRAVE

No existe distribución de alumbrado normal de forma que el corte de corriente en una línea deje fuera de servicio a menos de 1/3 de las luminarias. GRAVE

Existen canalizaciones no reglamentarias en emplazamientos de pública concurrencia. GRAVE

Canalización no reglamentaria en emplazamiento de pública concurrencia. LEVE

Cuadro accesible a público. GRAVE

Falta alumbrado de emergencia. GRAVE

Aparamenta eléctrica inadecuada a zona según clasificación de emplazamientos. GRAVE

El material instalado no garantiza un grado de protección IPX4 en entrada de cajas de empalme, mecanismos, cuadros. GRAVE

Luminaria no estanca en local mojado. (mínimo IPX4) GRAVE

No existe red equipotencial. GRAVE

Existen valores de la resistencia de los conductores de equipotencialidad (EE) superiores al reglamentario en algunos puntos de la instalación. GRAVE

Existen valores de la resistencia de los conductores de protección (PT) superiores al reglamentario en algunos puntos de la instalación. GRAVE

Existen tomas de corriente que, al no pasar por panel de aislamiento, deberán tener una separación ó forma diferente a todas las tomas que pasan por panel, y estarán correctamente identificadas. GRAVE

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Defectos y anomalías en BT

78.06%

0.04% 21.90%

GRAVE MUY GRAVE LEVE

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Detección puntos calientes infrarrojos

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Detección puntos calientes infrarrojos

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Detección puntos calientes infrarrojos

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Detección puntos calientes infrarrojos

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Coste del NO cumplimiento

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Coste del NO cumplimiento

CONSECUENCIAS DE NO REALIZAR INSPECCIONES PERIODICAS

Apertura de expediente sancionador por parte del Órgano Competente de la administración autonómica:

Sanción económica como consecuencia del expediente.

Riesgo de accidente o incidente en las instalaciones:

La compañía de seguros no cubre las consecuencias del accidente (daños personales, instalaciones, medio ambiente…), ante cualquier inspección no realizada.

Incumplimiento legislación de seguridad laboral (Ley 31/1995 Prevención Riesgos Laborales):

El SPA ó SPP al hacer la evaluación de riesgos del puesto ………..de trabajo hacen constar los incumplimientos reglamentarios

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Aportación de valor a la sociedad

ADMINISTRACION Activa el cumplimiento de la ley,

inspecciones reglamentariasINSPECCION

Informa defectos, riesgos, que implican mejoras,

cambios, reformas:

INGENIERIADiseño, memoria técnica, proyecto , ejecución de la

dirección de obra

INSTALADORRealiza las modificaciones, instala

nuevos equipos, consume materiales, mano de obra

TITULARResponsable cumplimiento

reglamentario. Se beneficia del correcto estado de los equipos, productividad adecuada, cero accidentes, minimiza riesgos

MANTENEDORRealiza el predictivo, preventivo y correctivo necesarios, reduciendo

costes, evitando averías y paradas de producción

Actividad económica,

mejora productividad

empresas

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Muchas gracias por su atención

José Manuel Flórez González

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Muchas gracias por su atención