La Trata de Personas

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LA TRATA DE PERSONAS

Las primeras aproximaciones al concepto de LA TRATA proviene de:

Los instrumentos de las naciones unidas donde inicialmente se utilizo para hacer referencia a lo que se conoca como trata de blancas (comercio de mujeres blancas europeas hacia pases rabes y orientales como concubinas o prostitutas alrededor de 1900).

En el primer convenio internacional de 1904 la trata era conceptualizada como la movilizacin de mujeres y se asociaba a la esclavitud, pero ligada estrechamente a fines inmorales (prostitucin), y requera el cruce de fronteras internacionales.

LA TRATA DE PERSONAS ES

Una grave violacin a los derechos humanos.

Es una forma contempornea de esclavitud.

Es producto de una sociedad que considera las personas como cosas, mercancas, con las que puede comerciar para ser objeto de explotacin y obtener beneficio econmico.

Uno de los tres negocios mas lucrativos a nivel mundial junto al comercio de drogas y de armas

Convencin de Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional-Protocolo de Palermo para la Prtevencin, Represin y Sancin de la Trata de Personas.

Ejemplo de marco jurdico contra trata de personas en AMERICA LATINA: EL PER

Resolucin legislativa N 27527 del congreso de la republica, 04 de octubre del 2001, convencin de las naciones unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus dos protocolos adicionales: protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y nios /ratificada por decreto supremo 088-2001-RE, de 19 de noviembre del 2001.(Diario el peruano 20 de noviembre del 2001)Decreto supremo N 002-2004-IN que constituye el grupo de trabajo multisectorial permanente contra la trata de personas (Diario el peruano 20 de febrero del 2004).

Ley N 28251 que modifica e incorpora artculos IX, X y XI del titulo IV del libro segundo del cdigo penal, del 07 de junio del 2004 (Diario el peruano)

Resolucin ministerial N 2570-2006-IN/0105 por el que se institucionaliza el sistema de registro y estadsticas del delito de trata de personas y a fines (RETA), (29 de diciembre del 2006)

Ley N 28950 contra la trata de personas y el trafico ilcito de migrantes 12 de enero del 2007 (Diario el peruano 16 de enero 2007).

La ley N 30251 modific el enunciado tipico del artculo 153 del cdigo penal vigente.

Resolucin Ministerial N129-2007-IN/0105, por el que aprueban directiva Procedimientos para el ingreso, registro y consulta y reporte de datos al sistema de registro y estadstica del delito de trata de personas y afines (RETA). De 23 febrero de 2007

Plan nacional de accin contra la trata de personas en el Per 2007-2013. Valido por el grupo multisectorial el 03 de julio de 2007. ( Pendiente de aprobacin y publicacin por parte del estado peruano)

Reglamento de la ley N 28950-ley contra la trata de personas y el trafico ilcito de migrantes, aprobado por decreto supremo N 007-2008-IN (diario el peruano de 30 noviembre de 2008)

ALGUNOS PROBLEMAS SOBRE CONCEPTUALIZACION DE TRATA DE PERSONAS1.- Conflictividad en cuanto sealar el bien juridico protegido: libertad personal, pluriofensividad, integridad moral.

2.- El valor del consentimiento de la vctima

3.- La trata de personas y sus diferencias con delitos afines: violacin sexual, favorecimiento a la prostitucin y proxenetismo. (Acuerdo Plenario 03-2011)

ELEMENTOS CONCEPTUALES DE LA TRATA DE PERSONAS

Definicin:

Como la captacin, el transporte, el traslado, la acogida a la recepcin de personas, recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza u otras formas de coaccin, al rapto, al fraude, al engao, al abuso de poder o de una situacin de vulnerabilidad o a la concesin o recepcin de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotacin.

Esa explotacin incluir, como mnimo, la explotacin de la prostitucin ajena u otras formas de explotacin sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las practicas anlogas a la esclavitud, la servidumbre o la extraccin de rganos.

DESCRIPCION TIPICA

1.- El que mediante violencia, amenaza u otra forma de coaccin, privacin de la libertad, fraude, engao, abuso de poder o de una situacin de vulnerabilidad, concesin o recepcin de pagos o de cualquier beneficio, capta, transporta, traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la Repblica o para su salida o entrada al pais con fines de explotacin, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince aos.

DESCRIPCION TIPICA

2.- Los fines de explotacin de la trata de personas comprende: venta de nios, nias o adolescentes, la prostitucin y cualqueir forma de explotacin sexual, la esclavitud o prcticas anlogas, cualquier forma de explotacin laboral, la mendicidad, los trabajos o servicios forzados, la servidumbre, la extraccin o trfico de organos o tejidos somticos o sus componentes humanos, as como cualquier otra forma anloga de explotacin.

DESCRIPCION TIPICA

3.- La captacin, transporte, traslado, acogida, recepcin o retencin de nio, nia o adolescente con fines de explotacin se considera trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios previstos en el inciso 1.

4.- El consentimiento dado por la vctima mayor de edad a cualquier forma de explotacin carece de efectos jurdicos cuando el agente haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en el inciso 1

DESCRIPCION TIPICA

5.- El agente que promueve, favorece o facilita la comisin del delito de trata de personas, es reprimido con la misma pena prevista para el autor.

FORMAS AGRAVADAS

La pena sera de doce a veinte aos cuando:1.- El agente comete el hecho abusando del ejercicio de la funcin pblica.2.- El agente es promotor, integrante o representante de una organizacin social, tutelar o empresarial, que aprovecha de esta condicin y actividades para perpetrar este delito.3.- Exista pluralidad de vctimas4.- La vctima tiene entre catorce y menos de dieciocho aos de edad o es incapaz.5.- El agente es cnyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o tiene a la vctima para su cuidado por cualquier motivo o habitan en el mismo hogar.

FORMAS AGRAVADAS

La pena sera no menor de veinticinco aos cuando:1.- Se produzca la muerte, lesin grave o se ponga en inminente peligro la vida y la seguridad de la vctima.2.- la vctima es menor de catorce aos o padece, temporal o permanentemente de alguna discapacidad fsica o mental3.- El agente es parte de una organizacin criminal

TRATA DE PERSONASMEDIOSViolencia, amenaza u otra formas de coaccin.Privacin de libertadCONDUCTACaptacinTransporteFINALIDADExplotacinVenta de niosFraude o engaoAbuso de poder o de situacin de vulnerabilidadConcesin o recepcin de pagos u beneficiosTrasladoAcogidaRecepcinRetencinExplotacin Sexual (prostitucin, esclavitud sexual u otras formas)MendicidadExplotacin Laboral (trabajo o servicio forzado, servidumbre, esclavitud u otras formas)Extraccin o trfico de rganos o tejidos humanos.

DEFINICIN:

ACTIVIDADESCaptacin, transporte, traslado, acogida o recepcin de personas.MEDIOSFINES

BASAMENTO IDEOLGICO

Las relaciones de poder para controlar, dominar, poseer.

Clasificacin y mercantilizacin de la persona humana.

Uso de los trminos:

Para los fines del protocolo:A) Por trata de personas se entender la captacin, el transporte, el traslado, la acogida o la recepcin de personas recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coaccin, al rapto, al fraude, al engao, al abuso de poder o de una situacin de vulnerabilidad o a la concesin o recepcin de pagos de pagos o beneficios a fin de obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotacin.

Uso de los Trminos:

La explotacin incluir como mnimo, la explotacin de la prostitucin ajena u otras formas de explotacin sexual, servicios o trabajos forzados, esclavitud o prcticas similares a la esclavitud, servidumbre o extraccin de rganos.

PERFIL DE LA VCTIMA DE TRATA DE PERSONAS:

Se sienten cautivas y sin una salida segura.

Trabajan en el sector informal, generalmente ilcito o encubierto.

Residen ilegalmente en el pas a donde fueron llevadas.

Tienen conocimiento limitado de sus derechos y opciones legales.

Su libertad personal est restringida.

Estn de paso, han sido cambiadas de una ciudad a otra o de un establecimiento a otro.

Probablemente han experimentado abuso fsico, sexual o psicolgico, y amenaza de abuso contra ellas y su familia.

Se hallan a mercede de la violencia, multas o castigos por parte de empleadores o tratantes.

PERFIL DE LA VCTIMA DE TRATA DE PERSONAS:

En el pas donde ese encuentran, les han quitado sus documentos y les preocupa una posible deportacin.

Mienten sobre su edad, sobre todo si son PERSONAS MENORES DE EDAD.

Se encuentran atrapadas en situaciones de esclavitud por deudas o por otras situaciones.

Relacionadas al crimen organizado y algunas veces hasta con funcionarios pblicos

Enfrentan discriminacin tnica, social o de gnero.

Tienen reacciones de autoproteccin o presentan sntomas de trauma o estrs reflejados en una percepcin distorsionada del tiempo o el espacio, prdida de memoria de ciertos eventos,

Comportamiento arriesgado o subestimacin del riesgo

SE SIENTE AFECTADA POR LA PROTECCIN DEL ESTADO.

Asistencia y proteccin a las vctimas de la trata de personas

El Estado Parte deber:Proteger la privacidad e identidad de las vctimas

Asegurarse de que el Derecho Interno o los sistemas Administrativos contengan medidas que brinden:

Informacin judicial

Asegurar que sus opiniones sean presentadas en los procedimientos penales.

Presta especial atencin a las necesidades de los nios

Proveer para la seguridad fsica de las victimas

Asegurarse de que las leyes internas permitan que las vctimas obtengan compensacin por los daos sufridos.

Considerar brindar asistencia para la recuperacin social, psicolgica y fsica:

Viviendas adecuadas

Oportunidades de empleo

Abuso sufrido por las vctimas de la trata:La dimensin humanaFEMINICIO/HOMICIDIOImpacto GeneralVIOLENCIA SEXUALViolencia FsicaAmenaza y CoaccinAbuso PsicolgicoRaptoDetencinAdiccin ForzosaVIH/ITSSalud AfectadaEXTRACCIN DE ORGANOS

TRATA DE PERSONASDELITOS CONEXOSExplotacin laboralCorrupcinLavado de dinero Evasin FiscalTrabajo ForzosoServidumbre por deudasMatrimonio ForzosoTrafico de Ilcito de migrantesRedes Criminales OrganizadasFemicidio/ HomicidioRaptoEsclavitudViolacinAdopcin LegalLesiones CorporalesDetencin IlegalFalsificacin de documentos

Manejo de las personas Identificadas como vctimas de trata:

Necesidades Inmediatas

Seguridad fsica

Alojamiento en un lugar seguro

Examen Mdico

Atencin psicolgica por el trauma

Acceso al asesoramiento jurdico independiente.

Acceso a informacin sobre servicios sociales y de bienestar.

GRACIAS

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28/09/15

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