4

Click here to load reader

Las Desamortizaciones Del Siglo Xix

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Las Desamortizaciones Del Siglo Xix

LAS DESAMORTIZACIONES DEL SIGLO XIX

Los siguientes documentos sirven de base para la realización de una composición

sobre la desamortización, que junto con otras medidas (abolición del régimen

señorial, desvinculación de los mayorazgos) conforman lo que podemos considerar

en conjunto la reforma agraria liberal. Los tres primeros documentos explicitan el

tipo de bienes afectados por cada medida desamortizadora, exponiendo el primero

de ellos los objetivos que se pretenden conseguir. Los dos últimos textos son

valoraciones del proceso desamortizador en su conjunto hechas en la época actual

por historiadores, que deben ayudarte a hacer un balance del mismo, pues el

primero de ellos (Doc. 4) se centra en los resultados sociales de la desamortización,

mientras que el segundo (Doc, 5) atiende sobre todo a los efectos financieros v

económicos.

El alumno deberá desarrollar el siguiente esquema:

- Precedentes.

El problema de las “manos muertas”en la agricultura del Antiguo régimen

Los primeros intentos desamortizadores

o La desamortización de Godoy

o Los intentos de las Cortes de Cádiz y del rey José

o El trienio liberal

- Las reformas liberales

La introducción de la agricultura en el capitalismo liberal. La acción de los

progresistas.

La desamortización de Mendizábal (1836). Bienes del clero regular

(menciones a doc.1)

La desamortización de Espartero (1841). Bienes del clero secular. (menciones

a doc.2)

La desamortización de Madoz (1855). Bienes comunales, de beneficencia y

eclesiásticos (menciones a doc.3)

- Consecuencias de la desamortización

El aumento de la superficie cultivada. Aumento de la productividad

El fracaso como reforma agraria. Las necesidades fiscales (referencias al texto

de Fontana)

o Las necesidades fiscales del gobierno de la regencia. La guerra civil

carlista

o La necesidad de industrializar el país. La construcción subvencionada

del ferrocarril

Los efectos sobre la propiedad de la tierra. La consolidación del latifundismo

(Referencia al texto de Tomas y Valiente)

Consecuencias sociales.

o El enriquecimiento de la burguesía

o El empeoramiento de las condiciones de vida para el campesinado

más humilde

El expolio del patrimonio

Page 2: Las Desamortizaciones Del Siglo Xix

Texto:

Doc. 1.-DESAMORTIZACióN DE. MENDIZÁBAL (1836):

"Señora: vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad de la nación no

es tan solo cumplir una promesa solemne y dar garantía positiva a la deuda

nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las

rentas; es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública, vivificar una

riqueza muerta, desobstruir los canales de la industria y de la circulación, apegar

al país por el amor natural y vehemente a todos los propio, ensanchar la patria,

crear nuevos y firmes vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono

excelso a Isabel II símbolo del orden y de la libertad (...) crear una copiosa familia

de propietarios (...).

Art. 1. Quedan declarados en estado de venta desde ahora todos los bienes raíces

de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones

religiosas extinguidas".

Doc. 2.-DESAMORTIZACIÓN DE ESPARTERO (1841):

"Art. 1. Todas las propiedades del clero secular (...) son bienes nacionales (...)

Art. 3. Se declaran en venta todas las fincas, derechos y acciones del clero catedral,

colegial, parroquial, fábricas de las iglesias y cofradías".

Doc. 3. DESAMORTIZACIÓN DE, MADOZ (1855):

"Art. 1. Se declaran en estado de venta (...) todos los predios rústicos y urbanos,

censos y foros pertenecientes:

Al Estado. Al clero. A las órdenes -Mutares (...). A las cofradías, obras pías y

santuarios (...). A los propios y comunes de los pueblos. A la beneficencia. A la

instrucción pública y cualesquiera otros pertenecientes manos muertas ya estén o

no mandados vender por leyes anteriores".

Doc. 4.-EL JURISTA E HISTORIADOR FRANCISCO TOMÁS Y VALIENTE

ENJUICIA ASÍ LA DESAMORTIZACIÓN:

"En suma: que la desamortización municipal quizás no debió hacerse y que la de

bienes eclesiásticos y otras “manos muertas" no debió hacerse como se hizo. Pero

toda la burguesía, incluso la de izquierdas, quiso desamortizar, y por consiguiente

la desamortización fue un hecho consumado (...). También considero innegable que

el sistema desamortizador preferible en función del logro de unos beneficios

generales no debió ser el de Mendizábal y Madoz (esto es, el del partido

Progresista), sino el aconsejado en su día por Flórez Estrada (...). Éste era el único

capaz de facilitar la creación de una clase media rural de pequeños propietarios,

con la que se estabilizaría en nuestro país el régimen liberal, y se llenaría el vacío

entre el latifundista y el bracero".

Doc. 5. EL HISTORIADOR JOSEP FONTANA SE EXPRESA DE L A MANERA

SIGUENTE:

¿Para qué sirvió la desamortización? Desde el punto de vista del gobierno la

respuesta es relativamente sencilla. En la etapa de Mendizábal, para salvarlo de la

bancarrota y ayudarle a ganar la guerra civil. En la de la llamada ley Madoz, para

financiar la construcción de la red ferroviaria. Pienso que la medida exacta en que

estas ventas redundaron en provecho del estado no debe minimizarse".

Page 3: Las Desamortizaciones Del Siglo Xix

TEXTO Histórico: Real Decreto declarando la venta de los bienes del clero. Mendizábal, 19 de

febrero de 1836.

Vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estada, no es tan sólo cumplir una

promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización

exactamente igual al producto de las ventas, es abrir una fuente abundantísima de felicidad

pública; vivificar una riqueza muerta; desobstruir los canales de la industria de la circulación;

apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio; ensanchar la patria, crear nuevos

y fuertes vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo

de orden y de la libertad... El Decreto sobre la venta de esos bienes adquiridos ya para la Nación así

como en su resultado material a de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda

pública, es menester que en su tendencia se encadene, se funda con la alta idea de crear una copiosa

familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo

completo de nuestras actuales instituciones.

a) Situar el texto dentro de su contexto histórico.

b) Explica las repercusiones que tuvieron las desamortizaciones.

c) ¿Qué motivos tenía el Estado para vender las propiedades desamortizadas?

d) Otros comentarios que te sugiera el texto.

Respuestas:

A) Situar el texto dentro de su contexto histórico.

El fragmento propuesto es una fuente primaria de tipo legislativo. En este texto se trata de justificar la

necesidad de la desamortización ante Mª Cristina de Borbón, regente en nombre de Isabel II (1833-1840).

Esta princesa, perteneciente a la familia Borbón italiana, fue la cuarta esposa de Fernando VII, y tuvo con

él dos hijas. Desde el nacimiento de Isabel (1830), Mª Cristina había tratado de defender los derechos del

trono para su hija, para lo cual empuja a Fernando a declarar la “Pragmática Sanción”, que anulaba la ley

sálica impuesta por Felipe V. Esto se hace con la oposición de los sectores más recalcitrantes del

absolutismo, que habían formado partido en torno a los derechos de Carlos Mª Isidro de Borbón, hermano

del rey, lo que llevó a Mª Cristina, más abierta de ideas que su esposo, a buscar el apoyo de los sectores

ilustrados y reformistas de la Corte y el de los liberales más moderados. Al morir el rey estallará la guerra

entre partidarios de uno y de otro, dando lugar a la primera Guerra Carlista (1833-39). La difícil situación

política hace que la regente se apoye en los liberales, los cuales irán instalando el Nuevo Régimen en el

país. El autor del texto es Mendizábal, presidente del Consejo de Ministros, quien plantea como solución

para parte de los problemas del país la desamortización de los bienes eclesiásticos del clero regular.

Mendizábal es un liberal radical (progresista) que ha llegado al gobierno de la nación en 1835, procedente

de Gran Bretaña, donde se dedicaba a los negocios, llamado por la regente ante la incapacidad de los

liberales moderados (Cea Bermúdez, Martínez de la Rosa) para hacer frente a la difícil situación militar,

política y sobre todo económica. El ministro era partidario de la libertad económica (ideas de Adam

Smith) y por lo tanto veía en las “manos muertas” un grave problema que impedía a la agricultura

española salir del atraso en la que se encontraba con respecto a otras naciones europeas.

En su justificación argumenta:

• La nacionalización y venta de las propiedades de la Iglesia son necesarias para poder hacer frente al

pago de la deuda pública. La hacienda pública, ya por sí empobrecida desde la Guerra de la

Independencia y los conflictos posteriores, se encuentra exhausta ante los gastos producidos por la

primera Guerra Carlista (1833-1840). El Estado, para poder mantener el conflicto bélico, ha tenido que

endeudarse a través de la emisión de letras, bonos y obligaciones. La falta de dinero para poder hacer

frente a los pagos de los intereses amenazaba con la quiebra del Estado.

• La venta de las tierras de la Iglesia, consideradas como “manos muertas”, a personas que les fueran a

sacar un rendimiento mayor iba a producir un aumento de la riqueza de la nación. Muchas tierras

subexplotadas, de pastos o montes se roturarían y esto produciría un aumento de la producción, lo que

animaría la economía del país en otros sectores (comercio e industria). Esto se produjo así. Se aumentaron

las tierras cultivadas y por lo tanto creció la producción, permitiendo el aumento demográfico. Pero la

peor calidad de las nuevas roturaciones hizo que disminuyera la productividad por hectárea.

• La salida al mercado de tanta tierra aumentaría el número de campesinos propietarios. Estos serían una

sólida base social para mantener un régimen que en estos momentos tenía un apoyo bastante precario. La

burguesía española era débil, cuantitativa y cualitativamente, debido al reparto de la riqueza. El acceso a

la propiedad de campesinos sin tierra fortalecería la nación y como dice el texto crearía “...nuevos y

fuertes vínculos que liguen a ella”. Las cosas no ocurrieron así. Al ser el procedimiento de venta las

subastas públicas, las propiedades iban a parar al mejor postor. De esta manera grandes cantidades de

tierra fueron a parar a la alta burguesía y a la nobleza latifundista, al no disponer los campesinos sin tierra

de recursos y conocimientos suficientes para participar en dichas subastas. Sólo en las zonas donde

predominaban la pequeña y mediana propiedad se beneficiaron labriegos no latifundistas. La

Page 4: Las Desamortizaciones Del Siglo Xix

desamortización confirmó el sistema de reparto de la tierra, perdiéndose una ocasión de oro para realizar

una reforma agraria.

• El proceso desamortizador, según su autor, consolidaría el trono de Isabel II, una niña de seis años, lo

cual impediría la victoria de su tío, don Carlos María Isidro de Borbón, defensor de los valores

absolutistas. La defensa del trono isabelino es la defensa del estado liberal y las reformas.

B) Explica las repercusiones que tuvieron las desamortizaciones.

Las desamortizaciones forman parte de uno de los principales aspectos de la política agraria liberal. Otras

medidas fueron la desvinculación de los mayorazgos y la disolución del régimen señorial. En ambos

casos la forma de hacerlo benefició a los nobles frente a los campesinos.

Las desamortizaciones de bienes, que pusieron fin a las manos muertas, fueron tres:

- La de Mendizábal (1836) contra los bienes del clero regular.

- La de Espartero (1841) contra los bienes del clero secular.

- La de Madoz (1855) sobre bienes comunales y estatales.

Aunque se concibieron como reformas agrarias, al ponerse los bienes en subasta, estos fueron a parar a las

clases medias y altas, impidiendo su acceso a los campesinos. El Estado consiguió así dinero para hacer

frente a la deuda pública y a sus proyectos, pero no consiguió aumentar la clase media.Estas medidas

significaron:

• La introducción de la agricultura en el sistema capitalista liberal, basado en la libertad de propiedad, de

explotación y comercio.

• Un fracaso a la hora de solucionar el gran problema social de España, confirmando el mal reparto de la

tierra, especialmente en el sur y centro de la Península, donde imperaba el latifundismo. En el norte y este

había más pequeños propietarios.

• Un aumento de la producción debido a que aumenta la superficie cultivada, lo cual fue imprescindible

para poder sostener el crecimiento demográfico, pero no de la productividad, ya que el mal reparto de la

tierra y la escasa mecanización lo impidieron. Por todo esto la agricultura española siguió siendo una

agricultura atrasada que frenaba el desarrollo económico.

C) ¿Qué motivos tenía el Estado para vender las propiedades desamortizadas?

El principal motivo de esta ley es establecer un proceso de reforma agraria contra las “manos muertas”, o

sea, tierras y bienes que no se podían comprar ni vender por ser de la Iglesia, de los municipios o de los

mayorazgos. Esto ya lo habían ideado los ilustrados y hasta se habían tratado de realizar algunos

proyectos, como el de Godoy, para salir del tradicional atraso del campo español. En la presente acción se

trata de nacionalizar los bienes del clero regular, por lo que se procedió a la disolución de conventos, lo

cual a su vez motivó la excomunión por parte del Papa.Sus objetivos serán:

o Conseguir dinero para la hacienda, agotada por las necesidades de la guerra civil.

El proceso no disminuyó la deuda pública, pero se pudo pagar al ejército.

o Crear un grupo de nuevos propietarios entre el campesinado para aumentar la base social del régimen.

Pero los campesinos no accedieron a la propiedad, que quedó en manos de latifundistas y burgueses,

salvo en las zonas donde predominaba a pequeña propiedad como en el norte. La desamortización fracasa

en sus objetivos sociales pero consigue mantener la guerra y aumentará la capacidad productiva nacional.

D) Otros comentarios que te sugiera el texto.

La reforma que recoge el texto es una de las principales acciones de la Regencia, siendo realizada con la

esperanza de construir en España un estado liberal. El estado liberal se fundamenta en la construcción de

un entramado legal que proteja la libertad del ciudadano. La base del sistema radica en el principio de la

Soberanía Nacional, frente al de Soberanía Real del absolutismo.

En el caso del reinado de Isabel, los liberales moderados impusieron la Soberanía Compartida, lo que

otorgaba al rey la facultad de legislar, rompiendo así parcialmente la división de poderes (Ejecutivo-Rey,

Legislativo-Cortes, Judicial-Jueces), además de conceder otras prerrogativas importantes para hacer más

efectivo su papel político: convoca y disuelve las Cortes; designa a parte del Senado, derecho al veto...

.La pieza clave del edifico legal es la Constitución, que es donde se recogen las competencias de cada

institución y donde quedan reflejados los derechos y deberes de los ciudadanos.

Varios van a ser los textos legales del reinado: El Estatuto Real de 1834, prácticamente una carta

otorgada, la Constitución de 1837 y la de 1845 (hubo una constitución elaborada, pero no promulgada, la

de 1856). En todas ellas la representación del pueblo se sitúa en las Cortes, siempre bicamerales. Los

representantes en dicha institución son elegidos por sufragio censitario, restringido o amplio según el

partido gobernante. El problema es que entre el fraude electoral y la preferencia de la monarquía por el

Partido Moderado, los progresistas se verán apartados del poder, y sólo accederán a él de forma violenta a

través de insurrecciones y pronunciamientos. Los derechos de los ciudadanos variarán en cada periodo

constitucional. La más generosa era la del 37, en la que se respetaba la libertad de expresión, derecho este

que era restringido por los moderados en cuanto alcanzaban el poder, teóricamente en aras del orden

social.